Régimen General De imputación Parcial (Artículo 14 letra A de la Ley sobre Impuesto a la renta)
N° 2 REGISTROS TRIBUTARIOS DE LAS RENTAS EMPRESARIALES El Registro Tributario de las Rentas Empresariales es el libro donde controlaremos las utilidades de los contribuyentes que se encuentran pendientes de tributar con impuestos finales, o se encuentren con su tributación final cumplida como sería el caso del RAP del derogado régimen de renta atribuida, recordemos que en este último régimen los socios atribuían su base imponible en el mismo ejercicio que la empresa por la misma base pagaba el IDPC, por dicha atribución el socio pagaba su impuesto global complementario en forma inmediata, pero se daba el caso en que al socio se le atribuía un monto mayor que lo que el mismo retiraba, generando saldo de RAP no retirado o positivo, que al 31.12.2019 quedo informado en la DJ N°1939 sobre “Movimientos y Saldos de los Registros de Rentas Empresariales”. Siguiendo el análisis este saldo positivo de RAP, en el supuesto que se trataba de un contribuyente afecto al 14 letra A derogado al 31.12.2019, y afecto al renovado semi integrado del nuevo artículo 14 letra A, el saldo de RAP positivo lo debe considerar como un saldo de Rentas con Tributación Cumplida, monto que al igual que las rentas acogidas al pago de Impuestos Sustitutivo del FUT (ISFUT) tendrán el primer lugar en el orden de imputación de retiros y distribuciones, generando un ingreso no afecto a impuestos finales para los beneficiarios socios o accionistas. Las empresas sujetas a las disposiciones de esta letra A) del Artículo 14 de LIR deberán confeccionar al término de cada ejercicio los siguientes registros tributarios, donde deberán efectuar y mantener el control de las siguientes cantidades: a) Registro RAI El registro RAI es la abreviación de “Rentas Afectas a Impuestos”, este registro controla todos las inversiones del contribuyente, al considerar en su cálculo el capital propio tributario, (Activo – INTO – Pasivo Exigible), restando las utilidades que cumplieron su tributación y consignadas en el registro REX, sumando el mismo REX si es negativo, restando el Capital Pagado, sumando el FUR si es que mantiene reinversiones, y por ultimo adicionando los Retiros y Dividendos del periodo, recordar que a diferencia del semiintegrado vigente hasta el 31.12.2019, y el vigente a partir del 01.01.2020, la corrección monetaria y las imputaciones se realizan al final del ejercicio. Determinación del RAI: CAPITAL PROPIO TRIBUTARIO REX POSITIVO REX NEGATIVO CAPITAL PAGADO FUR RETIROS / DISTRIBUCIONES RENTAS AFECTAS A IMPTOS RAI
b) Registro DDAN
$+ $$+ $$$+ $=
Si el capital propio fuese negativo, se considerará como valor cero