Reglamento Interno de la Plataforma

Page 9

PLATAFORMA JUVENIL DE SALENTO Sistema Documental Juvenil REGLAMENTO INTERNO Versión: 004

Fecha: 15 de Julio de 2020

Código: PJS - AG - 001

Página 9 de 16

Votación Secreta: Cuando se deba hacer elección y sancionar miembro de la Plataforma. ARTICULO 34º°. SALVAMENTO DE VOTO. Concepto: Se permite apartarse de la decisión de la mayoría, haciendo una sustentación muy fundamentada de su actuación. Para negar el voto mayoritario, con una sólida respuesta y no para decir cualquier cosa. ARTICULO 35º: En el acta quedara el voto de los miembros de la Plataformas que no estuvieron de acuerdo con las decisiones tomadas por la mayoría. ARTICULO 36°. INVITADOS A LAS SESIONES. Invitados a las Sesiones: Se podrá invitar a participar de manera especial a las sesiones ordinarias de la Plataforma Juvenil de Juventud de Salento, a aquellos representantes juveniles, delegados de entidades o instituciones que trabajan en temas relacionados con la Juventud y personas que por su conocimiento en la materia puedan aportar a la construcción de iniciativas, propuestas, proyectos de la Plataforma y la aprobación de agendas juveniles. La invitación se hará por escrito previamente aprobada en sesión por el Consejo de Juventud, dichos invitados tendrán derecho a voz, pero no a voto y solo podrán tratar los temas para los cuales fueron invitados. PARAGRAFO 1. Las personas que de manera espontánea asistan a las sesiones de la Plataforma sin haber sido invitadas a las mismas y que quieran participar, lo podrán hacer inscribiéndose ante la presidencia colegiada, para una intervención máxima de cinco minutos, de ser mayor la intervención se aceptarán por escrito comunicaciones o ponencias relativas a los temas discutidos en la sesión. En cualquier caso se podrá impedir la intervención, a juicio de la Plataforma Municipal de Juventud de Salento. PARAGRAFO 2. Las sesiones de la Plataforma podrán ser transmitidas en directo a través de los canales de comunicación, de radio y televisión vía internet que la Plataforma disponga para tal fin, esto con el objetivo de que los jóvenes de Salento conozcan el desarrollo de las sesiones y las decisiones que se toman allí. ARTICULO 37°. TIEMPO DE SESIONES: Las sesiones ordinarias tendrán un tiempo de mínimo treinta (30) minutos y máximo cuatro (4) horas. Las sesiones extraordinarias tendrán un tiempo de mínimo treinta (30) minutos y máximo dos (2) horas. ARTICULO 38º. ACTAS. Concepto: De toda sesión se levantará el acta respectiva, la cual contendrá una relación resumida de los temas debatidos, las intervenciones de los Miembros de la Plataformas y/o de los invitados, las decisiones adoptadas y otros aspectos relevantes de la sesión. Dicha acta deberá ser aprobada por la plenaria del Consejo antes de dar inicio a la siguiente sesión. ARTICULO 39. PRINCIPIO DE BUENA FE Y LEGALIDAD: No obstante para efectos de operatividad y eficacia de la Plataforma, se presumirán de buena fe y legales, aquellas decisiones y acuerdos que exija la actuación de sus representantes o miembro de la Plataforma antes de ser aprobada el acta.

Dir. Correspondencia: B/Palma de Cera Et. 2 Casa#3 - Cel. 3103264310 - Correo: grupojuventudsalentina@gmail.com Cod. Postal: 631020 - Facebook: Grupo Juventud Salentina – Plataforma Juvenil de Salento - Twitter: @JuventudSalento


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.