Colgaitos (Febrero 2020)

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Boletín informativo mensual de la Sección Sindical CGT Unísono

NOTICIAS JUDICIALES • Derogado el apartado d) del art.52 del Estatuto de lxs Trabajadorxs

Es buena noticia pero ¿qué significa? Pues que ya no es una causa de despido objetivo el absentismo justificado. Antes de su derogación me despedían con una indemnización de 20 días por año trabajado. ¿Y Ahora ya no me pueden despedir? Si, pero la indemnización a 33 días por año.

• Nueva multa para Unísono

El Juzgado de lo Social de Barcelona les da un nuevo Zasca por Vulneración de la Libertad Sindical, tendrá que abonar 6251€, por malmeter entre los trabajador@s contra la CGT, diciendo que por nuestra culpa habían perdido un cliente. Tienes toda la información en: https://bit.ly/2VuTOo1

Art. 17 del Convenio: Las finalizaciones de contrato de obra anticipadas ya son despidos objetivos •

El Pleno del Tribunal Supremo se ha pronunciado tras una demanda interpuesta en solitario por CGT contra Teleperformance España y viene a decir que el art.17 del Convenio de Contact Center, firmado por CCOO y UGT, no puede regular la extinción de los contratos por obra o servicio determinado por causa de disminución o reducción del volumen (llamadas) de la contrata, al margen de lo dispuesto en el Estatuto de lxs Trabajadorxs. Vamos que era claro y evidente que no mejoraba para lxs trabajadorxs este infame artículo, que aquí en Unísono se ha sufrido, lo que indica el Estatuto referente a las causas por las que se puede extinguir un contrato, sino todo lo contrario pues suponía un preaviso inferior para las personas trabajadoras y una indemnización inferior a los 20 días/por año trabajado. A partir de ahora, se tratará como un despido objetivo.Y a ver si aprende la patronal y los sindicatos de CCOO y UGT que los convenios están para mejorar el Estatuto y no para empeorarlo. Más información en: https://bit.ly/32zgKEl

Febrero 2020 Año X

RETROALIMENTACIÓN ...o feedback, mira que teniendo una bonita palabra en castellano que significa lo mismo tenemos que usar términos anglosajones, será que es más “chic”, en fin... En este proceso de valoración de tu trabajo, el “mando” expresará opiniones, juicios sobre si sigues los procedimientos, con los aciertos y errores que tengas, fortalezas y debilidades que demuestres, y, para ello, tiene que ilustrarlo, en nuestro caso con llamadas o correos auditados. No vale con un ‘Miratelo y fírmame’, tú eres parte implicada de esta evaluación, y no tienes superpoderes, por lo que acordarte de todas las llamadas que recibes o todos los correos que escribes, es harto difícil. Así que el mando es el que debe reunirte y darte esa retroalimentación personalmente, y ante la más mínima duda que tengas, recordamos que puedes pedir escuchar la llamada o bien leer el mail auditado, así podrás “defenderte” de tu buena, o mala gestión, y aprender de los errores, preguntar lo que no sabes, etc. Y aún así, tienes un campo para comentar tus impresiones o tus argumentos antes de firmar el feedback, es importante para las dos partes. Y si finalmente te han puesto un cero tendrán que darte un refuerzo sobre la materia en cuestión, y eso solo se puede hacer presencialmente, para que puedas consultar las dudas que puedan surgirte. Y de nuevo, no te olvides de comentar todo lo que creas oportuno, como que no te han dado formación al respecto, o que necesitas tiempo para leerte las novedades, o que no encuentras ningún documento que respalde ese procedimiento, porque magos...todavía no somos, pero todo se andará...

CREATIO ¡MENUDO INVENTO! Como sabéis la empresa, ahora nos obliga a utilizar una herramienta llamada Creatio para algunas solicitudes que antes enviábamos a través de yunity a RRHH: ampliaciones/reducciones de jornada; compensación de horas de cursos; cambios de días de libranza… ¿Es más funcional? ¿Ágil? ¿Interactiva? No, rotundamente no. ¡¡¡Pero si han subido los words de las plantillas que en papel hay en turnos!!!. ¡Madre mía! ¡Qué lumbreras! Y encima pretenden que la utilicemos desde casa, con nuestros datos de internet, con nuestros móviles u ordenadores y en nuestro tiempo de ocio. Son de chiste lxs pensantes del GrupoUnísono. Desde CGT y tras visita fallida a Mediación y Arbitraje (SIMA), hemos puesto la oportuna demanda ante la Audiencia Nacional para que el uso de la susodicha herramienta no sea obligatorio, y en caso de que lo fuera, que sea la empresa la que ponga los medios materiales para ello y asuma el tiempo que requiere su utilización dentro de la jornada laboral. Continuará...


El Estatuto de lxs Trabajadorxs, reconoce en su artículo 37.6 el derecho a pedir una reducción de jornada para cuidar a un hijx menor de 12 años, o para el cuidado de una persona con discapacidad a cargo, o cuidar a un familiar de hasta el 2º grado (hijxs, nietxs, padres, madres, abuelxs, hermanxs…) que por razones de que edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismx. También durante la hospitalización y tratamiento continuado, de la o el menor a cargo afectadx por cáncer (tumores malignos, melanomas y carcinomas), o por cualquier otra enfermedad grave, que implique un ingreso hospitalario de larga duración y requiera la necesidad de su cuidado directo, continuo y permanente, acreditado por el informe del servicio público de salud u órgano administrativo sanitario de la comunidad autónoma correspondiente y, como máximo, hasta que la o el menor cumpla los 18 años. Según regula el art. 237 Ley General de la Seguridad Social, si solicitas la prestación de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad, durante los dos primeros años de la reducción de jornada por cuidado de hijx menor de 12 años, se considerará que has cotizado lo mismo que si hubieses tenido tu jornada normal. Mientras que en el caso de reducción de jornada para cuidado de un familiar hasta 2º grado es durante un año. Pasado ese periodo de tiempo, se tendrá en cuenta lo que se está cotizando realmente por la jornada reducida. Sin embargo, por menor con enfermedad grave se considera como si hubieras estado cotizando al 100%, es decir, sin reducción de jornada, para el cálculo de las prestaciones indicadas y también para prestaciones por riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural e incapacidad temporal. Por otro lado, si teniendo una reducción de jornada, tienes la desgracia de que te despidan, a la hora de solicitar la prestación por desempleo, ésta se calculará como si hubieses cotizado por la jornada normal, teniendo en cuenta el 100% de la cotización, bien sea por cuidado de menor 12 años, enfermedad grave u cuidado familiar hasta 2º grado de consanguinidad. Es decir, a la hora de pedir ayudas por desempleo no se tendrá en cuenta la reducción de jornada y da igual el tiempo que dure la jornada reducida. Y si necesitáis cualquier aclaración, no dudéis en consultar a cualquier delegadx de CGT.

¿CÓMO AFECTA LA REDUCCIÓN POR GUARDA LEGAL A LAS COTIZACIONES?

EVENTO - EL ATENEO LIBERTARIO, EL MÁS LONGEVO DE VALENCIA CELEBRA SU XXXIV ANIVERSARIO Del 2M al 6M en C/ Palma 3 Toda la información de actividades en: https://bit.ly/385mh6I

las

- 8 MARZO DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER

Por un cambio real en las condiciones sociales y laborales de las mujeres, libres de violencias, y por una vida digna. Tienes el manifiesto completo en: https://bit.ly/2wjxMKj

ENCUESTA DE NECESIDADES FORMATIVAS ¿Quién la ha hecho? Seguramente no sabrás de qué te hablamos pero allá por Noviembre 201 9 había una encuesta de necesidades formativas para hacer, como todos los años, de cara a que la empresa haga el estudio anual de formación. Pues bien, en la Plataforma de Valencia, Unísono, no lo ha comunicado ni siquiera a nuestros responsables, prueba de que a esta empresa la Formación, le importa un pepino. Solo 2 personas, por motu propio, la hicieron, pues insistimos a nadie se le avisó ni se le dio el tiempo para hacerla como otros años se ha hecho. Y lo más grave es que se atreven a enviar el estudio de necesidades formativas teniendo como muestra 2 encuestas en Valencia. ¿No les llamó la atención a los responsables de Formación que solo 2 personas en Valencia hicieran la encuesta, en serio? Como comprenderéis no podemos dar por bueno un análisis que se basa en los resultados de 2 encuestas realizadas, por esto y por otras muchas cosas como la escasez de cursos presenciales, a instancias de CGT, el Comité ha presentado un informe negativo. Os mantendremos informadxs ante cualquier movimiento al respecto de la empresa. Si quieres participar o te interesa que saquemos algún tema puedes contactar a través de Facebook, Twitter o por email valencia@cgtunisono.org. También tenéis todas las novedades de Unisono en nuestra web http://www.cgtunisono.org

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