La ETT EUROFIRMS obliga a firmar junto con el contrato un documento por el que la persona contratada acepta la suspensión temporal del contrato en caso de decidirlo la empresa. Ante la denuncia de CGT ante la Inspección de Trabajo esta empresa ha sido obligada a cambiar el texto de dicho documento para que se ajuste exclusivamente a los supuestos que contempla la ley. Es bastante frecuente que os comuniquen cambios de turnos, días de libranza o incluso despidos por wasap o por correo electrónico. Es un sistema que no es válido para tales comunicaciones. Los turnos deben publicarse en WFM y una vez publicados no pueden modificarse salvo que en los mismos figure que son semanales, en cuyo caso solo podrán modificarse pero con 7 días de antelación. CGT ha presentado una denuncia ante la Inspección de Trabajo para que todas las personas que tenéis contrato de ETT en la campaña del Banco Santander Super Línea paséis a trabajar para Unísono con contrato indefinido. Unísono no puede despediros, debe ser vuestra ETT quien os entregue la carta de despido, donde debe figurar la causa del despido. Si es porque vuestro contrato ha finalizado tenéis derecho a una indemnización de 12 días por año de trabajo o la parte proporcional. Para quienes cobréis plus de idiomas indicaros que se cobra por meses, pero si no habéis trabajado en la cola de idiomas todo el mes deben pagaros por días y además por cada día que estemos en la cola de idiomas debemos cobrar 1,4 días de dicho plus ya que deben remunerarnos también la parte proporcional de los días de descanso. Desde CGT hemos presentado una demanda para que a las personas de ETT se os apliquen las mismas medidas que a las de Unísono que hacen referencia a mujeres embarazadas, lactancia, igualdad y conciliación de la vida laboral y familiar. Antes de que finalice el año tendremos sentencia. Durante el año 2020, por ser bisiesto, todas las personas que trabajen en Unísono, incluso las contratadas por ETT, dispondrán de 1 día más libre. Esto es un logro de CGT en solitario que en el año 2004 firmó un acuerdo con la empresa y que posteriormente en el 2008 confirmaron los juzgados ante la demanda, también en solitario, presentada por CGT. Y este derecho afecta a todo el mundo. Sea cual sea nuestra jornada, categoría profesional o la fecha de alta. Con estar de alta un solo día en el año 2020 ya tenéis derecho a ese día libre.
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