Número 22
El deterioro en las condiciones laborales de nuestra empresa es un hecho. Al incumplimiento sistemático de los distintos acuerdos, del Convenio Colectivo y del Estatuto de los Trabajadores se suma el modelo de contratación utilizado por los responsables de Unísono. Hasta hace poco más de cinco años el contrato de obra y servicio era el contrato más habitual en la empresa. Posteriormente cambió este tipo de contratos por los contratos eventuales. Ahora Unísono ya no contrata a nadie con ningún tipo de contrato. Y trabajo hay. Lo que hace nuestra empresa es utilizar empresas pantalla para las nuevas contrataciones. Unísono hace la selección, la formación previa antes de la contratación, pero los contratos los firman distintas empresas de trabajo temporal (ETT), utilizando además el modelo de contrato más precario que se puede utilizar en estos casos: el eventual. Quienes formamos parte de la plantilla de Unísono no deberíamos mirar para otro lado pensando que a nosotros/as no nos afecta. Si nos afecta y mucho. En primer lugar, deberíamos ser conscientes de que esta situación no quiere decir otra cosa que quienes tenemos más derechos estorbamos y que la empresa utilizará cualquier oportunidad para sustituirnos por alguien de ETT. Mientras a las personas que trabajamos con contrato de Unísono se nos niegan cambios de turno o ampliaciones de horario, alegando que no hay vacantes, se contrata por medio de ETT con los turnos y jornadas que nos han denegado. Desde CGT llevamos tiempo luchando contra esta situación y denunciando ante la Inspección de Trabajo las ilegalidades que entendemos que se están produciendo; sin embargo CCOO y UGT prefieren ponerse del lado de la empresa, alegando que las empresas pueden contratar mediante ETT. Efectivamente, las empresas pueden contratar por ETT, pero cumpliendo la ley y Unísono no la cumple.
CGT consigue importantes mejoras para quienes trabajan mediante ETT´s Desde CGT queremos expresar nuestra satisfacción por el acuerdo alcanzado hoy en la Audiencia Nacional a raíz de una demanda presentada en solitario por CGT, y por el que hemos conseguido que las personas que Unísono contrate por medio de ETT tengan a partir de ahora las mismas condiciones que tienen las que estamos contratadas por la propia empresa en materia de igualdad y conciliación de la vida laboral y familiar. A partir de hoy las personas contratadas por ETT dispondrán de las siguientes mejoras:
35 horas al año, retribuidas para acompañar a hijos/as menores de 14 años al médico. Una vez agotadas estas 35 horas dispondrán de las necesarias, sin retribuir, para acompañar al médico a hijos/as menores de 9 años. Las embarazadas tendrán derecho a los siguientes descansos diarios extras: Jornadas de 20 o menos horas 5 minutos más Jornadas de 35 o más horas 15 minutos más Resto de jornadas 10 minutos más Se podrá acumular el permiso de lactancia en 21 días Se equipara el parto natural al permiso de hospitalización El permiso de hospitalización que será de 3 días, y se puede disfrutar en los 15 días siguientes a la hospitalización sin que sea necesario que ésta continúe. Por accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención ambulatoria que precise reposo de familiares hasta 2º grado 3 días. Por fallecimiento de hijo/a 4 días.
Estos derechos os pertenecen a todos/as, exigir que se os los respeten, y si la ETT o Unísono os ponen pegas, contactad con CGT para solucionarlo. Ha sido cuando menos curioso ver que CCOO ni siquiera ha comparecido al juicio. No deben tener abogad@s disponibles para estas cosas, y UGT ha preferido no firmar y mirar para otro lado, como siempre los intereses de estos dos sindicatos están muy lejos de los de l@s trabajadores y trabajadoras. Si este acuerdo no les gusta y creen que pueden conseguir algo mejor, esperamos que tanto CCOO como UGT ya mismo presenten una demanda contra la empresa y las ETT para exigir aquello que nosotr@s no hayamos conseguido, pero por si acaso vamos a esperar sentad@s.
CREATIO ¿otra chapuza de Unísono? La empresa ha puesto en conocimiento de la RLT la implantación de una aplicación, que será de uso obligatorio, para que todos y todas entreguemos nuestros justificantes y solicitemos nuestros permisos y licencias. El invento se llama CREATIO. Según la empresa a partir de ahora si queremos pedir la compensación de festivos o una preferencia horaria, tenemos que hacerlo por esa aplicación. Si tenemos que justificar una ausencia de horas médicas, también debemos hacerlo por ese aplicativo. Lo que no se puede hacer es enviar el documento de baja médica por medio de CREATIO. Resulta que el único justificante que resulta de interés para los trabajadores y trabajadoras no se puede entregar “a distancia”, hay que seguir entregarlo presencialmente en los centros de trabajo. Vamos, que la empresa quiere que las personas que están enfermas y de baja se tengan que molestar en un desplazamiento, ¿por qué será? Desde CGT entendemos que el procedimiento incumple varios acuerdos que existen en la empresa y que expresamente dicen que pueden tramitarse en papel, pero además pueden estar vulnerando la normativa de protección de datos, ya que su envío se hace sin que los justificantes por ejemplo de una enfermedad o de la situación de embarazo puedan encriptarse. Pero lo mejor de todo es que la empresa pretende que lo hagamos en nuestro tiempo libre y con nuestros propios medios. Esto es, que nos va a obligar a tener un teléfono de última generación que escanee documentos o un ordenador con escáner y conexión a internet. En CGT hace ya tiempo que ante una propuesta similar de otra empresa lo denunciamos ante la Audiencia Nacional, y nos dio la razón con una sentencia que no deja lugar a dudas: “si el empleador implementa un sistema informático ahorrándose costes de gestión, que requiere unos determinados medios materiales así como un determinado tiempo para su realización, es a la empresa a quien corresponde asumirlos, facilitando tanto los medios como el tiempo necesario para las tareas encomendadas en cumplimiento del mandato empresarial de introducir los datos a la aplicación, lo contrario supondría admitir la obtención de una ventaja empresarial a costa de una agravación de la prestación del trabajador sin obtener beneficio añadido alguno”. Blanco y en botella. También queremos solicitar a quienes trabajan en turnos su ayuda para la no implantación de CREATIO. Sus puestos de trabajo son los que están en peligro, creo que no es necesario que les recordemos lo ocurrido anteriormente en situaciones similares.
Igualdad: Volver a empezar Llevamos perdida la cuenta de las veces que la empresa ha suspendido o aplazado reuniones para que Unísono tenga un Plan de Igualdad. Esto es un asunto que se remonta a 2010 y que ha supuesto continuos varapalos judiciales para la empresa, que se ha negado en todo momento a que exista un Plan de Igualdad efectivo y que ha sido incluso condenada por los tribunales por negociar de mala fe y tratar de imponer su punto de vista (su punto de vista es que todo está bien y que hay mucha conciliación en Unísono y tal…) pero el caso es que incluso les han condenado a indemnizar a CGT con 6000 euros por todos estos motivos. Cuesta comprender esta actitud cuando las dos cabezas visibles de la empresa, María del Pino y Sandra Gisbert (Presidenta y Directora General respectivamente) son precisamente mujeres y deberían estar, cuando menos, sensibilizadas con el tema. Pero parece ser que sólo les importan sus condiciones personales, sus beneficios personales y lo demás les parece secundario. No les duele regentar una empresa con un 75% de trabajadoras mujeres sin que exista un plan de igualdad que, tal y como indica la norma, es obligatorio para las empresas del tamaño de Unísono desde el año 2007. Parece que para ellas una empresa moderna consiste en poner nombres en inglés a todas las cosas y en convocar concursos de torrijas y disfraces. Primero el escollo era que no querían pagar los incentivos cuando disfrutábamos de permisos retribuidos que tenían que ver con la conciliación de la vida laboral y familiar. Ante la demanda de CGT, la Audiencia nacional les dio un varapalo, obligándoles a abonar estos incentivos. Más tarde se negaban a aplicar el plan de igualdad a las personas contratadas por ETT, y de nuevo la Audiencia Nacional ha dado la razón a CGT en una reciente sentencia que obliga que los planes de Igualdad de las empresas, también deben aplicarse en su totalidad a las personas contratadas por ETT. Creemos que ya no tienen más excusas, esperamos que en la próxima reunión se pueda avanzar sustancialmente en la negociación para que muy pronto en Unísono tengamos un plan de igualdad eficaz, que sirva a todas las personas que trabajamos para la empresa.
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