18 diciembre 2018
INCENTIVOS EN VACACIONES: CONSEGUIDOS PARA TOD@S GRACIAS A CGT El 5 de diciembre se ha conseguido por CGT poner fin a más de cuatro años de lucha tanto sindical como judicial. Una lucha en la que, digan lo que digan, casi siempre hemos estado solos y os vamos a explicar por qué. Los otros sindicatos que hoy han firmado este acuerdo en la mayoría de las ocasiones apenas si se han sumado a las sucesivas demandas conflicto colectivo contra la patronal presentadas por CGT y sus correspondientes recursos. Eso si ahora aparecerán todos en tromba a colgarse las medallas. ¿Pero qué hemos conseguido? Se ha conseguido que se pague la media de lo cobrado por los incentivos y comisiones durante el año, también en las vacaciones. ¿Y desde cuando tenemos que cobrarlo? Tenemos que cobrarlo con carácter retroactivo desde el 18 de septiembre de 2013 hasta el momento que nuestra empresa lo ha pagado correctamente, en la mayor parte de las empresas en mayo de 2018 ¿Por qué desde esa fecha? CGT en solitario demandó a la patronal del sector y consiguió ese derecho para todas las personas que trabajan en sector. La Audiencia Nacional reconoció que con la demanda de CGT del 18 de septiembre de 2014 se interrumpió la caducidad y había derecho a percibir estas cantidades desde un año antes. ¿Cómo se calcula lo que tengo que cobrar? Se suman todos los importes cobrados a lo largo del año, se dividen entre 330 días que "trabajamos" y se multiplican por los 32 días de vacaciones que disfrutamos. En los años no trabajados íntegramente el cálculo será proporcional. ¿Existe alguna razón para que la patronal haya decidido pagar ahora a todo el mundo de alta en las empresas y no solo a quien ha reclamado judicialmente? Sí claro que hay una razón, los requerimientos que han recibido todas las empresas de la Inspección de Trabajo amenazando con sanciones ante las denuncias presentadas por CGT. Sobre este particular ha sido fundamental la reunión mantenida por CGT con el Director General de Empleo y con la Directora General de la Inspección de Trabajo. Es el único sindicato que ha denunciado estos hechos para impedir que las cantidades prescribieran. ¿Debo cobrar alguna cantidad más? Sí, en la nómina de cada mes de enero cobramos un importe por la media anual de los pluses de idiomas, festivos, domingos y nocturnidad. Ese importe se estaba calculando indebidamente por las empresas ya que el convenio firmado por CCOO y UGT establecía una formula perjudicial para los trabajadores y trabajadoras. Hasta ahora se dividía por 360 y se multiplicaba por 30, desde ahora se divide por 330 y se multiplica por 32. La diferencia será pequeña, pero es nuestro dinero. Y todo esto desde un año antes de la demanda de CGT, desde el 18 de septiembre de 2013. ¿Cuándo voy a cobrar estos importes? En la nómina de febrero de 2019. Estamos hartos de los sindicatos que mienten, de los sindicatos que estafan. CGT ha presentado las 3 demandas sobre este asunto, el único sindicato que ha demandado en todos los procesos. CCOO sólo puso una demanda (y fue una federación minoritaria que sólo tiene presencia en algunas empresas) y UGT sólo ha demandado la fórmula de cálculo, junto con CGT, de los incentivos jamás demandaron nada. Este acuerdo no ha llegado porque sí, sino por la lucha consciente de una organización con principios. Lo demás es ruido.
Como todos los años, en diciembre queremos hacer un breve resumen mes a mes de nuestro trabajo sindical y de los principales acontecimientos ocurridos en la empresa. Entendemos que tenemos que dar explicaciones a las personas que nos votaron en las pasadas elecciones sindicales sobre cuál ha sido nuestra actividad en todo este tiempo. Es solo un resumen, hay mucho más, por supuesto, aquí no se ve reflejado ese trabajo diario de reclamar a turnos o a recursos humanos cuestiones que afectan a personas individuales, aquí solo reflejamos las cuestiones más importantes y que principalmente han afectado a muchos trabajadores y trabajadoras.
ENERO Ante la constatación de que Unísono ya solo empleaba contratos de ETT decidimos editar una mini-guía de derechos laborales para estas personas, que no tienen representación sindical y a las que nosotros tampoco podemos representar en la mayoría de los casos. También en enero se celebró el juicio por el que CCOO nos pedía 12000€ tanto a CGT como a una delegada nuestra por decir que habían cobrado sobresueldos: la sentencia nos ha dado la razón, habían cobrado sobresueldos.
FEBRERO Ante una demanda de CGT en solitario se alcanzó un acuerdo por el que se debía poner en marcha de nuevo la negociación del plan de igualdad. Por desgracia a día de hoy se ha avanzado muy poco a este respecto, la empresa pasa de todo, pese a que las principales accionistas y directivas de la empresa son mujeres.
MARZO Se celebró la jornada histórica de huelga general feminista del 8 de marzo, siendo CGT el único sindicato que legalmente convocó 24 horas ese día. Recibimos la sentencia del Tribunal Supremo que daba la razón a CGT en que los permisos retribuidos por matrimonio, nacimiento de hijo o fallecimiento de familiar deben empezar siempre en día laborable para las personas afectadas.
ABRIL Recibimos dos sentencias, que aunque afectaban en principio solo de forma individual a las personas que habían demandado, tienen una importancia notable para el futuro para casos similares. En la primera sentencia se reconoció un infarto como accidente de trabajo y en la segunda se condenaba a la empresa a abonar un indemnización a una persona a la que no se le había adaptado el puesto de trabajo.
MAYO Los jueces volvieron a dar la razón a CGT y se anularon todas las Modificaciones Sustanciales de las Condiciones de Trabajo que conllevaron cambios de turno en SANITAS y CARREFOUR. La empresa también tuvo que readmitir a un compañero despedido por acumulación de sanciones.
JUNIO Se celebraron las elecciones sindicales en Vigo y con ellas se confirmó la mayoría absoluta de CGT en la empresa. Los resultados fueron los siguientes CGT 7 delegados/as, CIG 7 delegados/as, UGT 3 delgados/as, CCOO cero patatero.
JULIO Recibimos la sentencia del Tribunal Supremo que confirmaba la sentencia de CGT en solitario sobre el pago de los complementos en las bajas en los meses de 31 días. También se consiguió que se anularan las Modificaciones Sustanciales de Dinero Directo del SANTANDER.
AGOSTO Se suceden los despidos por absentismo en la empresa, ya que la empresa se dedica a comprobar las bajas que hemos tenido todas las personas que trabajamos en Unísono y ha ido despidiendo a todas aquellas que cumplían los requisitos que establece la normativa en vigor, pero también a otras que no. Hay numerosas demandas pendientes de juicio y sentencia por este motivo.
SEPTIEMBRE Se alcanza por CGT un acuerdo con la empresa para el uso de Yunity para la solicitud de las vacaciones garantizando los derechos de los trabajadores y trabajadoras. También se confirma por el Tribunal Supremo la sentencia que declaraba nulo el plan de igualdad impuesto unilateralmente por Unísono.
OCTUBRE Se consigue por CGT una sentencia favorable que dice que los traslados de campaña de lunes a viernes a lunes a domingo efectuados por la empresa no han cumplido los requisitos del acuerdo. Se presenta demanda por parte de CGT por el uso de las taquillas y la empresa deja la medida sin efecto temporalmente.
NOVIEMBRE Se convoca huelga por CGT en solitario para el día 2 de noviembre por los continuos incumplimientos de la empresa de los acuerdos y por los despidos constantes por absentismo. Se notifica la Modificación Sustancial de Superlíneas del SANTANDER que ha sido impugnada por CGT.
DICIEMBRE Se alcanza acuerdo por CGT para que se abone en febrero de 2019 los incentivos en vacaciones a todas las personas de alta en la empresa. Se ha impugnado judicialmente de nuevo la obligatoriedad de las taquillas, el juicio será en enero de 2019.
Es posible que si varios festivos han coincidido con tus vacaciones la empresa te deba días libres por haber excedido la jornada máxima anual durante el año 2018. P a r a comprobarlo sólo tienes que hacer una operación muy sencilla: debes contar los días festivos de 2018 que te coincidieron con tus vacaciones y restarles tres días, si eres de lunes a viernes también debes sumar a los festivos que han coincidido en vacaciones los dos festivos que coincidieron con sábado, el resultado de esa resta será el número de días que te deben y que puedes solicitar te compensen en turnos a partir del 1 de enero de 2019. En caso de duda ponte en contacto con cualquier representante de CGT para que te ayudemos a comprobar tu situación * **
* Días festivos coincidentes con mis vacaciones
** Te deben