I03. Formación Inicial, Periódica y ante Cambios El artículo 13 del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, señala que, además de la formación que debe impartirse antes de que se inicien las actividades u operaciones con amianto (inicial – previa), también debería repetirse a intervalos regulares (periódica) y actualizarse ante situaciones de cambios.
Formación ante CAMBIOS
Formación PERIÓDICA
Formación INICIAL (PREVIA)
Ni el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, ni el desarrollo de la Guía Técnica del INSST fijan una duración mínima al respecto, ni concretan aspectos de su contenido de la formación.
¿Se puede diferenciar el contenido y duración mínima necesaria entre la formación inicial, la formación ante cambios y la formación periódica? En normas y documentos divulgativos se pueden encontrar criterios técnicos y recomendaciones sobre las características mínimas de la formación y sus distintas modalidades de actualización.
UNE 171370-1 Cualificación de Empresas
Formación INICIAL (PREVIA)
NTP 1021 INSST 2014 Formación
Formación PERIÓDICA
Publicación INSST 2015 Formación y entrenamiento
Formación PERIÓDICA de RECICLAJE tras 1 año sin trabajar
Formación ante CAMBIOS
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