CATÁLOGO ARTÍCULOS 2015
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Normativa C.D.O. La Lanera - Palencia 9. NORMAS DE VESTUARIOS. 9.1. Es obligatoria la utilización de zapatillas de baño en las duchas y en la zona de pies descalzos. 9.2. Por su propia seguridad, no se permite el uso de aparatos eléctricos que no sean los de la propia instalación. 9.3. La Dirección no se responsabiliza de los objetos extraviados, sustraídos u olvidados en los vestuarios, taquillas o en el interior de la instalación. Por ello se recomienda no llevar objetos de valor y utilizar las taquillas. 9.4. No se permiten acciones de higiene personal como afeitarse, teñirse, cortarse las uñas, el pelo o depilarse, dentro del recinto de los vestuarios. 9.5. Los niños a partir de 7 años deberán cambiarse en los vestuarios correspondientes a su sexo. 9.6. No se puede comer en el interior de los vestuarios. 9.7. Los residuos deberán ser depositados en los contenedores destinados a tal fin. 9.8. Los usuarios intentarán en todo momento mantener la higiene del vestuario. 9.9. Los acompañantes no podrán pasar en ningún momento dentro de los vestuarios, a excepción de los que vayan con niños menores de 7 años. El acompañante solo podrá acceder a los vestuarios de su mismo sexo o a los vestuarios habilitados para acompañantes. Durante las clases, permanecerán en la zona de espera (nunca vestuarios) hasta el final de las clases, permitiéndose en ese momento nuevamente el acceso.
10. NORMAS PARA EL USO DE TAQUILLAS. 10.1. Las taquillas no serán consideradas cajas de seguridad. La instalación no se hará cargo de pérdida o sustracción de los contenidos de dichas taquillas, sea cual sea su modalidad. 10.2. Taquillas de utilización puntual. 10.2.1. Solo se pueden utilizar cuando el usuario se encuentra en la instalación. 10.2.2. Se procederá a su apertura y vaciado diariamente al cierre de la instalación. 10.2.3. La instalación no se hará responsable de los objetos encontrados en las taquillas vaciadas al final de la jornada. 10.2.4. El calzado debe guardarse dentro de la taquilla protegido con una bolsa. 10.2.5. Taquillas de funcionamiento mediante moneda 10.2.5.1. La pérdida de la llave de la taquilla supondrá el abono de la misma. 10.2.6. Taquillas de funcionamiento mediante candado. 10.2.6.1. Cada usuario utilizará un candado de su propiedad. 10.2.6.2. La horquilla del candado tendrá como máximo 6,3 mm de diámetro y como mínimo 24,8 mm de altura. 10.2.6.3. Es importante memorizar el número de taquillas. 10.2.6.4. Antes de cerrar el candado en la taquilla compruebe que tiene la llave. 10.2.6.5. El centro no se hace responsable del coste de reposición de los candados abiertos a la fuerza debido a la imposibilidad de su apertura por parte del cliente o al incumplimiento del reglamento de régimen interno. 10.3. Taquillas de alquiler. 10.3.1. La utilización de las taquillas de alquiler, se pactará a través de la firma de un contrato. 10.3.2. El abono de la tarifa se hará en efectivo o con tarjeta el primer mes. Los demás pagos se harán obligatoriamente por domiciliación bancaria, con carácter mensual al comienzo de cada mes. 10.3.3. La utilización del servicio, se hará respetando la normativa específica adjunta al contrato. 10.3.4. Para dar de baja la taquilla de alquiler se notificará por escrito con el correspondiente registro hasta el día 20 del mes en curso, inclusive. Las bajas tramitadas después de la emisión de la remesa bancaria se harán efectivas pasado el mes siguiente al que se realiza el cambio, de no ser así significa la no devolución de los recibos ya tramitados.
11. NORMATIVA ACTIVIDADES Y CURSOS. 11.1. Los no abonados deberán presentar el justificante de la inscripción en la recepción y recogerlo al abandonar la instalación. 11.2. Los no abonados podrán acceder a la instalación con 15 minutos de antelación y deberán abandonarla, como máximo, 15 minutos después de la finalización de la sesión. 11.3. Los menores de 7 años podrán acceder al vestuario de grupos o infantil con un adulto, quien si no es abonado deberá abandonar el recinto durante la sesión. 11.4. Los cursillistas esperarán al monitor en los espacios designados. 11.5. Los acompañantes de los menores de 7 años esperarán para recogerlos en los vestuarios; el monitor se encargará de acompañarlos. Es importante recoger a los niños con puntualidad. 11.6. Los cambios de grupo se realizarán bajo los criterios del responsable del área. 11.7. Para que un curso o una actividad pueda llevarse a cabo, deberá contar con un mínimo del 50 % de las plazas cubiertas, 10 días antes de la fecha prevista para su comienzo. Si no alcanza dicho objetivo, se procederá a la asignación de otro grupo o a la devolución del importe del curso o de la actividad.
13.2. El uso gratuito de las pistas polideportivas y/o pabellón vendrá determinado por la Dirección del centro y será requisito indispensable que las pistas y/o pabellón estén disponibles, que todos los usuarios sean abonados, no pudiéndose realizar reserva previa de las mismas. 13.3. No se permite la entrada al pabellón y/o pistas polideportivas con mochilas, comida ni botellas de cristal. 13.4. Es obligatorio llevar ropa y calzado deportivo adecuado, en ningún caso se utilizarán botas de tela o zapatillas de baño. 13.5. Los desperfectos causados en la pista o material fungible serán repuestos pagando su importe por las personas o entidades que hayan generado el desperfecto. 13.6. La Dirección tendrá potestad para organizar todo tipo de actividades, disponiendo para ello del horario y espacios necesarios. 13.7. En el uso de la pista polideportiva se respetarán las normas particulares del juego así como las básicas de comportamiento y fair-play . 13.8. Los/as menores de 18 años tienen que estar acompañados de una mayor de edad. 13.9. Los/as usuarios/as del pabellón y/o pistas polideportivas que no estén abonados/as al centro podrán acceder 15 minutos antes del comienzo de la reserva y tendrán que abandonar la instalación 15 minutos después de la reserva. De no cumplirse alguna de estas condiciones, se abonaría el importe de una entrada puntual.
14. NORMAS DE USO PISTAS DE PADEL Y PISTAS EXTERIORES. 14.1. Los no abonados, además de la tarifa de alquiler, deberán abonar una entrada general para acceder a la instalación. 14.2. Es obligatorio acceder a las pistas con calzado y atuendo adecuados. No se podrá acceder en ningún caso con calzado de calle o inapropiado para la práctica deportiva. 14.3. No está permitido la entrada a las pistas de juego con mochilas, comida, botellas de cristal, etc. 14.4. Para poder comprobar que la reserva de la pista es correcta el personal del centro puede solicitar el carné de abonado, el documento nacional de identidad y el ticket de reserva de la pista. Para no causar molestia al pedir esta documentación los usuarios podrán exponerla en el panel habilitado en cada pista. En caso contrario, el personal del centro está autorizado a detener la actividad para solicitar la citada documentación. 14.5. El alquiler de la pista se hará directamente en la recepción o a través del sistema de reservas, donde se podrá consultar las condiciones para poder reservar. 14.6. A efectos de control se anotará en el correspondiente cuadrante el número de D.N.I. o N.I.E. de aquellas personas que vayan a utilizar la pista. 14.7. No podrán entrar acompañantes a las pistas. 14.8. La luz artificial se conectará cuando se abone la entrada que incluye este servicio.
15. NORMAS DE USO DEL APARCAMIENTO. 15.1. El aparcamiento será de uso exclusivo de usuarios y así será reflejado en la señal de entrada al mismo (circulación permitida solo a vehículos autorizados). Nuestro personal podrá pedir tarjeta o documento que acredite que la persona que utilice dicho aparcamiento es usuario. En caso de no querer identificarse o no ser cliente tendrá que abandonar el ticket de aparcamiento. 15.2. El horario de aparcamiento será el mismo que el del centro deportivo, ningún usuario podrá aparcar en el mismo fuera del horario de apertura del centro. 15.3. Es obligatorio respetar la señalización del aparcamiento (direcciones de entrada y salida, aparcamientos para discapacitados, aparcamiento trabajadores, etc.). En caso de no respetarse, la Dirección podrá llamar a la Policía Local para la retirada de los vehículos mal estacionados. 15.4. El centro no se responsabilizará de los daños o robos que se lleven a cabo en el aparcamiento.
16. NORMAS DE REGULACIÓN DE LA VENTA DE ARTICULOS Y MATERIAL. 16.1. Para realizar cualquier cambio y/o devolución de material comprado en la recepción del centro, será imprescindible presentar el ticket original de compra y, en su caso, la tarjeta y resguardo de la operación. 16.2. El plazo máximo para realizar el cambio y/o devolución se verá reflejado en el ticket de venta. 16.3. El importe pagado se devolverá del mismo modo en que haya sido abonado. 16.4. Si el producto ha sido usado no se realizará la devolución, salvo que presente defectos de fábrica. 16.5. El abonado tiene derecho a un descuento en el precio del material a la venta (precio de abonado). 16.6. Las devoluciones se realizarán según los criterios detallados en ticket de venta.
17. OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS, INFRACCIONES, SANCIONES Y PROCEDIMIENTO. 17.1. Obligaciones: Los usuarios estarán obligados, con carácter general,
can en la inscripción. 17.2.1.4. El uso de carné o pase por persona diferente al titular del mismo. 17.2.1.5. La práctica de juegos o deportes en áreas no destinadas al efecto o la alteración del orden de la instalación que no constituya infracción Normativa C.D.O. La Lanera - Palencia más grave. 17.2.1.6. Incumplir la legislación vigente aplicable en el centro en materia 13.2. El uso gratuito de las pistas polideportivas y/o pabellón vendrá can en la inscripción. 9. de NORMAS DE VESTUARIOS. bebidas alcohólicas y sustancias tabaquismo, estupefacientes. determinado por la Dirección del centro y será requisito indispensable 17.2.1.4. El uso de carné o pase por persona diferente al titular del mismo. pistas y/o pabellón estén disponibles,prohibicioque todos los usuarios sean 17.2.1.5. La práctica de juegos o deportes en áreas no destinadas al efecto 9.1.17.2.1.7. Es obligatoria laCualquier utilización de zapatillas de baño en las duchas y en la que las otro incumplimiento de las obligaciones, o la alteración del orden de la instalación que no constituya infracción abonados, no pudiéndose realizar reserva previa de las mismas. zona de pies descalzos. grave. 13.3.reglamento No se permite la entrada al pabellón y/o pistas polideportivas 9.2.nes Por su o propia seguridad, no se permite el uso de aparatos en eléctricos limitaciones establecidas este que no tengan otra con más 17.2.1.6. Incumplir la legislación vigente aplicable en el centro en materia mochilas, comida ni botellas de cristal. que no sean los de la propia instalación. 9.3.calificación. La Dirección no se responsabiliza de los objetos extraviados, sustraí- 13.4. Es obligatorio llevar ropa y calzado deportivo adecuado, en ningún de tabaquismo, bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes. 17.2.1.7. Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones, prohibiciodos u olvidados en los vestuarios, taquillas o en el interior de la instala- caso se utilizarán botas de tela o zapatillas de baño. 17.2.2. Son infracciones graves: ción. Por ello se recomienda no llevar objetos de valor y utilizar las 13.5. Los desperfectos causados en la pista o material fungible serán nes o limitaciones establecidas en este reglamento que no tengan otra repuestos pagando su importe por las personas o entidades que hayan calificación. taquillas. apoderamiento de enseres personales de otros usuarios o de 17.2.2. Son infracciones graves: el desperfecto. 9.4.17.2.2.1. No se permitenEl acciones de higiene personal como afeitarse, teñirse, generado cortarse las uñas, el pelo o depilarse, dentro del recinto de los vestuarios. 13.6. La Dirección tendrá potestad para organizar todo tipo de activida- 17.2.2.1. El apoderamiento de enseres personales de otros usuarios o de material o mobiliario dedes,las instalaciones. equipamiento, material o mobiliario de las instalaciones. disponiendo para ello del horario y espacios necesarios. 9.5.equipamiento, Los niños a partir de 7 años deberán cambiarse en los vestuarios En el uso de la pista polideportiva se respetarán las normas particula- 17.2.2.2. No atender de forma reiterada a las indicaciones que las personas correspondientes a su sexo. 17.2.2.2. No atender de forma reiterada13.7. a del las indicaciones que las personas responsables establezcan para el buen funcionamiento de las instalaciores juego así como las básicas de comportamiento y fair-play . 9.6. No se puede comer en el interior de los vestuarios. 9.7. Los residuos deberán ser depositados en los contenedores destinados 13.8. Los/as menores de 18 años tienen que estar acompañados de una nes u orden de las actividades. responsables establezcan para el buenmayor funcionamiento de las instalacio17.2.2.3. Que el usuario no comunique a los responsables de la instalación de edad. a tal fin. 9.8.nes Los usuarios intentarán todo momento mantener la higiene del 13.9. Los/as usuarios/as del pabellón y/o pistas polideportivas que no si padece enfermedad infectocontagiosa que pueda afectar a terceros. u orden deen las actividades. estén abonados/as al centro podrán acceder 15 minutos antes del 17.2.2.4. La comisión de tres infracciones leves diferentes o dos si se trata vestuario. de la reserva y tendrán la instalación 15 de la misma infracción leve, en el trascurso de un año. 9.9.17.2.2.3. Los acompañantes no podrán pasar en ningún dentro de comienzo Que el usuario no momento comunique a los responsables dequelaabandonar instalación los vestuarios, a excepción de los que vayan con niños menores de 7 años. minutos después de la reserva. De no cumplirse alguna de estas condicio- 17.2.2.5. El incumplimiento de una sanción impuesta. abonaría el importeafectar de una entrada 17.2.3. Son infracciones muy graves: El acompañante solo podrá acceder a los vestuarios de su mismo sexo o a nes, se si padece enfermedad infectocontagiosa que pueda a puntual. terceros. 17.2.3.1. El trato incorrecto, vejatorio, insultante o el uso de la violencia los vestuarios habilitados para acompañantes. Durante las clases, perma17.2.2.4. comisión de hasta tresel final infracciones leves DE diferentes dosY PISTAS si seEXTERIORES trata . verbal hacia otros usuarios, espectadores o personal de la instalación. necerán en la zona La de espera (nunca vestuarios) de las clases, 14. NORMAS USO PISTAS DEo PADEL 17.2.3.2. La perturbación relevante de la convivencia que afecte de permitiéndose en ese momento nuevamente el acceso. de la misma infracción leve, en el trascurso un año. 14.1. Losde no abonados, además de la tarifa de alquiler, deberán abonar manera grave, inmediata y directa a la tranquilidad o al ejercicio de los derechos legítimos de otras personas o del normal desarrollo de la una entrada general para acceder a la instalación. 10. NORMAS PARA EL USO DE TAQUILLAS. 17.2.2.5. El incumplimiento de una sanción impuesta. 14.2. Es obligatorio acceder a las pistas con calzado y atuendo adecuados. actividad, siempre que tales actos no sean subsumibles en los tipos previstos en la legislación de protección de la seguridad ciudadana. No se podrá acceder en ningún caso con calzado de calle o inapropiado 10.1. Las taquillas no serán consideradas cajas de seguridad. La instalación 17.2.3. Son infracciones muy graves: 17.2.3.3. La conducta físicamente violenta o agresiva respecto de otros no se hará cargo de pérdida o sustracción de los contenidos de dichas para la práctica deportiva. No está permitido la entrada a las pistas de juego con mochilas, usuarios, espectadores, deportistas o personal de la instalación, aun sin taquillas, sea cual sea modalidad. 17.2.3.1. Elsutrato incorrecto, vejatorio, 14.3. insultante o el uso de la violencia resultado lesivo. comida, botellas de cristal, etc. 10.2. Taquillas de utilización puntual. poder comprobar reserva de la pista es correcta el 17.2.3.4. Los actos de deterioro grave y relevante de la instalación o sus pueden utilizar cuando el usuario seespectadores encuentra en la 14.4. Para 10.2.1. Solo se hacia verbal otros usuarios, o personal dequelalainstalación. personal del centro puede solicitar el carné de abonado, el documento elementos o el deterioro intencionado de la misma o de los equipos, instalación. máquinas o material deportivo. nacional identidad y el ticket deque reserva de la pista. Para no causar 10.2.2. Se procederáLa a su apertura y vaciado diariamente al cierre de la de 17.2.3.2. perturbación relevante ladeconvivencia afecte de molestia al pedir esta documentación los usuarios podrán exponerla en el 17.2.3.5. El impedimento de uso del servicio, el espacio público o de los instalación. equipos o material a otros usuarios. habilitado en cada pista. En caso contrario, el personal del centro 10.2.3. La instalación no se haráinmediata responsable de los y objetos encontrados manera grave, directa a lapanel tranquilidad o al ejercicio de los está autorizado a detener la actividad para solicitar la citada documenta- 17.2.3.6. La comisión de más de una infracción grave, en el curso de un en las taquillas vaciadas al final de la jornada. año. derechos de otras personas 10.2.4. El calzado debelegítimos guardarse dentro de la taquilla protegido con una ción. o del normal desarrollo de la 14.5. El alquiler de la pista se hará directamente en la recepción o a través 17.2.3.7. Las infracciones leves prescribirán a los seis meses; las graves, a bolsa. los dos años y las muy graves, a los tres años. actividad, siempre que tales actos no sean subsumibles en los tipos del sistema de reservas, donde se podrá consultar las condiciones para 10.2.5. Taquillas de funcionamiento mediante moneda 17.3. Sanciones: 10.2.5.1. La pérdida de la llave de la taquilla supondrá el abono de la poder reservar. previstos en la legislación de protección la seguridad ciudadana. 14.6.de A efectos de control se anotará en el correspondiente cuadrante el 17.3.1. Infracciones leves: Las infracciones leves podrán ser sancionadas misma. número de D.N.I. o N.I.E. de aquellas personas que vayan a utilizar la pista. con apercibimiento por escrito, pérdida de la condición de usuario o 10.2.6. Taquillas de funcionamiento mediante candado. 17.2.3.3. La conducta físicamente violenta o agresiva respecto prohibición de acceso por un plazo entre uno y seis meses. 14.7. No podrán entrar acompañantes a las pistas.de otros 10.2.6.1. Cada usuario utilizará un candado de su propiedad. 10.2.6.2. La horquilla del candado tendrá como máximo 6,3 mm de 14.8. La luz artificial se conectará cuando se abone la entrada que incluye 17.3.2. Infracciones graves y muy graves: Como consecuencia de las usuarios, espectadores, deportistas o personal de la instalación, aun sin infracciones graves se podrá imponer la sanción de pérdida de la este servicio. diámetro y como mínimo 24,8 mm de altura. condición de usuario o de prohibición de acceso entre seis meses y dos 10.2.6.3. Es importante memorizar el número de taquillas. resultado lesivo. años. Y de dos a diez años si los hechos fueran constitutivos de una 10.2.6.4. Antes de cerrar el candado en la taquilla compruebe que tiene la 15. NORMAS DE USO DEL APARCAMIENTO. infracción muy grave. La pérdida de la condición de usuario por infracción llave. 17.2.3.4. Los actos de deterioro grave y relevante de la instalación o sus 10.2.6.5. El centro no se hace responsable del coste de reposición de los 15.1. El aparcamiento será de uso exclusivo de usuarios y así será reflejado grave o muy grave podrá ser definitiva atendiendo a las circunstancias del candados abiertos a la fuerza debido a la imposibilidad de su apertura por en lade señal la de entrada al mismo solo a vehículos caso y a criterio de la Dirección del centro. elementos o el deterioro intencionado misma o (circulación de lospermitida equipos, parte del cliente o al incumplimiento del reglamento de régimen interno. autorizados). Nuestro personal podrá pedir tarjeta o documento que máquinas o material deportivo. 10.3. Taquillas de alquiler. acredite que la persona que utilice dicho aparcamiento es usuario. En En todo caso, las sanciones aplicables serán compatibles con la obligación 10.3.1. La utilización de las taquillas de alquiler, se pactará a través de la caso de no querer identificarse o no ser cliente tendrá que abandonar el del usuario, declarado responsable, de reponer el daño o su equivalente económico. 17.2.3.5. El impedimento de uso del servicio, el espacio público o de los firma de un contrato. ticket de aparcamiento. 10.3.2. El abono de la tarifa se hará en efectivo o con tarjeta el primer mes. 15.2. El horario de aparcamiento será el mismo que el del centro deporti- La sanción de pérdida de la condición de usuario o de la prohibición de oharán material a otros usuarios. Losequipos demás pagos se obligatoriamente por domiciliación bancaria, vo, ningún usuario podrá aparcar en el mismo fuera del horario de apertu- entrada conllevará la pérdida de la cantidad que hubiera abonado por el uso o la entrada al centro. con carácter mensual al comienzo de cada mes. ra del centro. 17.2.3.6. comisión de más de específiuna infracción en el curso de un 10.3.3. La utilizaciónLa del servicio, se hará respetando la normativa 15.3. Es obligatoriograve, respetar la señalización del aparcamiento (direcciones Para la imposición de las sanciones en el grado correspondiente (máximo, ca adjunta al contrato. de entrada y salida, aparcamientos para discapacitados, aparcamiento medio o mínimo) se atenderá a la entidad del daño causado, la intencioaño. 10.3.4. Para dar de baja la taquilla de alquiler se notificará por escrito con trabajadores, etc.). En caso de no respetarse, la Dirección podrá llamar a la nalidad o negligencia de la persona responsable y la intensidad en la perturbación ocasionada en la instalación, servicio o al equipamiento, así el correspondiente registroinfracciones hasta el día 20 del mes leves en curso, inclusive. Las Policía Local retirada meses; de los vehículos malgraves, estacionados. a 17.2.3.7. Las prescribirán a para losla seis las bajas tramitadas después de la emisión de la remesa bancaria se harán 15.4. El centro no se responsabilizará de los daños o robos que se lleven a como a la pacífica convivencia o el legítimo ejercicio de los derechos de otras personas o actividades. efectivas pasado años el mes siguiente que se realiza el cambio,adelos no sertres así cabo en el aparcamiento. los dos y lasal muy graves, años. 17.4. Pérdida de la condición de usuario. significa la no devolución de los recibos ya tramitados. 17.4.1. La sanción de pérdida de la condición de usuario supondrá la 17.3. Sanciones: 11. NORMATIVA ACTIVIDADES Y CURSOS. 16. NORMAS DE REGULACIÓN DE LA VENTA DE ARTICULOS Y prohibición de acceder a ninguno de los centros Supera durante el periodo de su imposición. 17.3.1. Infracciones leves: Las infracciones leves podrán ser sancionadas MATERIAL. 17.4.2. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior, no se adqui11.1. Los no abonados deberán presentar el justificante de la inscripción rirá la condición de usuario o se perderá la misma en los siguientes casos: apercibimiento escrito, pérdida de lacualquier condición de usuario o en con la recepción y recogerlo al abandonar lapor instalación. 16.1. Para realizar cambio y/o devolución de material comprado 11.2. Los no abonados podrán acceder a la instalación con 15 minutos de en la recepción del centro, será imprescindible presentar el ticket original a) Por prescripción médica, podrán ser dados de baja aquellos usuarios que por problemas de salud tenga contraindicada la realización de las prohibición de acceso por 15 unminutos plazo entre uno y seis meses. antelación y deberán abandonarla, como máximo, después de compra y, en su caso, la tarjeta y resguardo de la operación. actividades del centro. de la finalización de la sesión. 16.2. El plazo máximo para realizar el cambio y/o devolución se verá 17.3.2. Infracciones graves y muy graves: Como consecuencia de las A este efecto, cuando se advierta que un usuario puede padecer cualquier 11.3. Los menores de 7 años podrán acceder al vestuario de grupos o reflejado en el ticket de venta. infantil con un adulto, quien si no es abonado deberá abandonar el 16.3. El importe pagado se devolverá del mismo modo en que haya sido tipo de enfermedad o lesión incompatible con la actividad física que infracciones graves se podrá imponer la sanción de pérdida de la pretenda realizar o que pueda entrañar un riesgo para el resto de recinto durante la sesión. abonado. usuarios, personal o bienes de la instalación, podrá exigirse informe 11.4. Los cursillistas esperarán al monitor en los espacios designados. 16.4. Si el producto ha sido usado no se realizará la devolución, salvo que condición de usuario o de prohibición de acceso entre seis meses y dos médico en el que se acredite dicha compatibilidad, no pudiendo acceder 11.5. Los acompañantes de los menores de 7 años esperarán para presente defectos de fábrica. mientras tanto al centro. recogerlos en los vestuarios; el monitor se encargará de acompañarlos. Es 16.5. El abonado tiene derecho a un descuento en elde preciouna del material a años. Y de dos a diez años si los hechos fueran constitutivos b) Por no acreditar o sobrepasar la edad establecida para cada actividad. importante recoger a los niños con puntualidad. la venta (precio de abonado). 17.4.3. La pérdida de la condición de usuario, imputable exclusivamente a 11.6. Los cambios de grupo se realizarán bajo los criterios del responsable infracción muy grave. La pérdida de la condición deseusuario por infracción 16.6. Las devoluciones realizarán según los criterios detallados en ticket este, no dará lugar a la devolución del importe satisfecho por el uso del del área. de venta. centro. grave podrá ser definitiva 11.7. Para queo unmuy curso o grave una actividad pueda llevarse a cabo, deberá atendiendo a las circunstancias del contar con un mínimo del 50 % de las plazas cubiertas, 10 días antes de la 17. OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS, INFRACCIONES, SANCIOcaso ypara a criterio la Dirección del centro. fecha prevista su comienzo. de Si no alcanza dicho objetivo, se procedeNES Y PROCEDIMIENTO. rá a la asignación de otro grupo o a la devolución del importe del curso o de la actividad. 17.1. Obligaciones: Los usuarios estarán obligados, con carácter general, al uso del Centro con actitud positiva y de respeto hacia los demás 12. NORMAS DEL SOLÁRIUM. usuarios y personal de la instalación, en estricto cumplimiento de las normas de acceso y uso de las mismas conforme a las normas que rijan en 12.1. No introducir sillas, sombrillas ni objetos que deterioren el estado del cada momento. césped. Las mismas obligaciones que a los usuarios les serán exigibles a sus 12.2. Abstenerse de comer en la zona exterior, zonas de baño y solárium. acompañantes, visitantes o al público asistente en el caso de que el Utilice las zonas habilitadas para ello. Centro acoja un evento o actividad con público. 12.3. Para prevenir accidentes, está prohibido introducir en el recinto 17.2. Infracciones: Sin perjuicio del derecho de admisión en los términos objetos cortantes, punzantes o de vidrio. que la legislación vigente establezca y de la concurrencia y aplicación de 12.4. No se permitirá jugar con pelotas, raquetas, etc. en el césped o vaso normativa sectorial específica, las conductas de los usuarios, acompañany se respetará el descanso de los demás. tes, visitantes o espectadores que contravengan las obligaciones de uso 12.5. No se tumbe en el césped sin protección de toallas o similares, vigentes en el centro podrán ser calificadas como infracciones leves, pueden sufrir procesos alérgicos. graves o muy graves, conforme a las previsiones del presente reglamento, 12.6. Atención a la exposición prolongada al sol, sobre todo en niños al objeto de ser impuesta la sanción administrativa que corresponda. pequeños. Utilice cremas protectoras de acuerdo con la sensibilidad de la 17.2.1. Constituyen infracciones leves: piel. 17.2.1.1. El incumplimiento de las normas específicas de uso de cada 12.7. Está prohibido fumar. instalación. 12.8. Para acceder al solárium es obligatorio pasar por el pediluvio. 17.2.1.2. Permanecer en la instalación provisto de indumentaria o calzado no adecuado, de acuerdo con las normas generales establecidas en este 13. NORMAS DE PABELLÓN Y PISTAS POLIDEPORTIVAS. Reglamento o las específicas que rijan la actividad o uso del espacio deportivo y, en su caso, de las instrucciones dadas por el personal de la 13.1. Los/as abonados/as tendrán derecho a la utilización del pabellón instalación. polideportivo en los horarios, espacios y actividades que designe la 17.2.1.3. No abonar la tarifa por el uso, aprovechamiento, servicio o Dirección del Centro. realización de actividades, dentro de los plazos y normas que se establez-
En todo caso, las sanciones aplicables serán compatibles con la obligación del usuario, declarado responsable, de reponer el daño o su equivalente económico. La sanción de pérdida de la condición de usuario o de la prohibición de entrada conllevará la pérdida de la cantidad que hubiera abonado por el uso o la entrada al centro. Para la imposición de las sanciones en el grado correspondiente (máximo, medio o mínimo) se atenderá a la entidad del daño causado, la intencionalidad o negligencia de la persona responsable y la intensidad en la perturbación ocasionada en la instalación, servicio o al equipamiento, así como a la pacífica convivencia o el legítimo ejercicio de los derechos de otras personas o actividades. 17.4. Pérdida de la condición de usuario. 17.4.1. La sanción de pérdida de la condición de usuario supondrá la prohibición de acceder a ninguno de los centros Supera durante el periodo de su imposición. 17.4.2. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior, no se adquirirá la condición de usuario o se perderá la misma en los siguientes casos: a) Por prescripción médica, podrán ser dados de baja aquellos usuarios que por problemas de salud tenga contraindicada la realización de las actividades del centro. A este efecto, cuando se advierta que un usuario puede padecer cualquier tipo de enfermedad o lesión incompatible con la actividad física que pretenda realizar o que pueda entrañar un riesgo para el resto de usuarios, personal o bienes de la instalación, podrá exigirse informe médico en el que se acredite dicha compatibilidad, no pudiendo acceder mientras tanto al centro. b) Por no acreditar o sobrepasar la edad establecida para cada actividad. 17.4.3. La pérdida de la condición de usuario, imputable exclusivamente a este, no dará lugar a la devolución del importe satisfecho por el uso del centro.
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