Boletín No. 118

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Boletín 118 Junta Directiva (2014-2016) Presidente Hugo Francisco Ospina Giraldo Vicepresidente Luis Alfredo Caicedo Ancines Miembros De Junta Directiva Jorge Eliécer Moreno Urrea José Hilario Sanabria Caballero Gustavo Alberto Ramírez Rubio Blanca Yaneth Romero Reyes José Orlando Ramírez Zuluaga Alfredo Blanco Núñez Humberto Fernández Paz Mariana Milagros Rodríguez Dirección Ejecutiva Juan Miguel Vásquez Suárez Instituto Nacional De Contadores Públicos De Colombia - INCP Carrera 7 No 156 - 68 Ofc. 1703 Edificio North Point 3 Celular: 310 854 14 80/ 87 incpcol@incp.org.co

Las colaboraciones publicadas no comprometen la responsabilidad del INCP. Las opiniones expresadas pertenecen exclusivamente a sus autores.

ISSN 2382-3550 (en línea)

Misión Propender por el desarrollo integral del contador público y el ejercicio ético de la profesión contable generando en la comunidad respeto y confianza a través del aseguramiento de la información. Visión Ser la institución líder de la profesión contable a nivel nacional y representarla internacionalmente. Estrategia Definir e implementar un portafolio claro de productos y servicios para nuestros grupos de interés. Política de Calidad El INSTITUTO NACIONAL DE CONTADORES PUBLICOS DE COLOMBIA – INCP – es una organización sin ánimo de lucro de tipo gremial, que con criterios de racionalidad económica y propiciando la relación intersectorial, genera oportunamente valor agregado a sus grupos de interés, a través de la investigación, la difusión del conocimiento, la representación gremial, la orientación técnica y la generación de beneficios, productos y servicios de calidad. A nuestros socios, que son la razón de ser, el INCP permanentemente innova, promueve el mejoramiento continuo, practica la inteligencia intrapersonal, consolida su presencia a nivel nacional, y gracias a sus membrecías internacionales con IFAC y AIC el INCP se constituye como el principal organismo consultor, satisfaciendo a sus grupos de interés mediante una oferta de valor distintiva.


Contenido Gestión

06 Capacítate con los mejores especialistas en el INCP 07 Seminario, Qué hacer después del ESFA. 08 XI Diplomado en Normas Internacionales de Aseguramiento NIA 09 Taller, Información Exógena 10 I Diplomado Tributario INCP

Herramientas Profesionales

12 La nueva norma NIIF 16, el arrendamiento cambia 14 Principales cambios a las NIIF para las PYMES 18 Auditoría de implementación de las NIIF 22 Contabilidad en las operaciones de factoring - España 24 Son ajustes de cierre financiero o cierre en NIIF 26 14 tips para entender un balance 30 Seis claves para entender y utilizar un Estado de Resultados 34 La DIAN señala los formularios y formatos para cumplir obligaciones tributarias en este año 36 ¿Cómo pagar el impuesto del carro más barato? 40 Base del límite del 40 % pagos no constitutivos de salario según la UGPP 44 Los formularios y formatos para cumplir obligaciones tributarias en este año 2016 46 Auditoría y monitoreo continuos: una manera de impulsar decisiones más rápidas 50 ¿Cómo auditar las estimaciones contables según normas internacionales? 54 Contratación de auditores externos - Una perspectiva desde el comité de auditoría 58 Fases de la auditoría: comunicación de resultados 60 Vea los cinco puntos claves del nuevo Estatuto Aduanero 64 Empresas tendrán un año más para implementar Sistema de Seguridad y Salud

68 El impacto de la tasa de cambio para la balanza comercial 72 La exportación del modelo chino

Entorno

75 Presupuesto General de la Nación de 2016: ¿Austeridad inteligente? 78 ¿Cómo iniciar un negocio sin dinero o con poca inversión?

Boletín 118

80 BID: Brasil, Chile, México y Uruguay lideran energía limpia eólica, solar, biomasa y otras


86 Clasificación de los países según el ingreso: un nuevo documento de trabajo

Cifras e Indicadores Mundiales

92 Contrapartida - Hay que respetar la contabilidad financiera 93 Contrapartida - Los contadores tienen que apersonarse de la posible reforma estructural 94 Contrapartida - Por fin - IFRS 9

Análisis

95 Contrapartida - Contabilidad de costos, contabilidad financiera y avalúo de bienes 96 Contrapartida - Tratamiento contable del pasivo por vacaciones 97 Contrapartida - Revisoría fiscal en las sociedades fiduciarias 98 Contrapartida - Por entonces reinaba la contabilidad administrativa y no la contabilidad financiera

101 El control interno bajo las Normas Internacionales de Aseguramiento 104 Proyecto de normas tributarias para las ESAL (Entidades sin ánimo de lucro) 105 Orientación Técnica 14 del CTCP - ESAL (Entidades sin ánimo de lucro)

109 Normatividad

118 Material Relacionado

Spatia

Normatividad

Material Relacionado

Boletín 118


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Herramientas Profesionales

Herramientas Profesionales Estándares Internacionales 12

La nueva norma NIIF 16, el arrendamiento cambia

14 Principales cambios a las NIIF para las PYMES 18 Auditoría de implementación de las NIIF 22 Contabilidad en las operaciones de factoring - España Contable 24 Son ajustes de cierre financiero o Cierre en NIIF 26 14 tips para entender un balance 30 Seis claves para entender y utilizar un Estado de Resultados Tributaria 34 La DIAN señala los formularios y formatos para cumplir obligaciones tributarias en este año 36 ¿Cómo pagar el impuesto del carro más barato? 40 Base del límite del 40% pagos no constitutivos de salario según la UGPP 44 Los formularios y formatos para cumplir obligaciones tributarias en este año 2016 Auditoría 46 Auditoría y monitoreo continuos: una manera de impulsar decisiones más rápidas 50 ¿Cómo auditar las estimaciones contables según normas internacionales? 54 Contratación de auditores externos - Una perspectiva desde el comité de auditoría 58 Fases de la auditoría: comunicación de resultados Aduanero 60 Vea los cinco puntos claves del nuevo Estatuto Aduanero Laboral 64 Empresas tendrán un año más para implementar Sistema de Seguridad y Salud

Entorno

Análisis

Spatia

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Normatividad

Material Relacionado


Herramientas Profesionales Estรกndares Internacionales

La nueva norma NIIF 16, el arrendamiento cambia

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Estándares Internacionales Herramientas Profesionales El IASB acaba de publicar la nueva norma de arrendamientos NIIF 16 que sustituirá los criterios de reconocimiento, valoración y desglose de contenidos en la actual NIC 17 para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2019. Con la publicación de esta norma se acaba un largo proceso que se inició en 2009, y que no se ha visto exento de importantes discrepancias como las manifestadas por algunos de los sectores que recurren de forma habitual a este tipo de contratos como elementos propios de sus modelos de negocio. La nueva norma no tiene efectos muy significativos en la contabilidad del arrendador. No obstante, en el caso de los arrendatarios la historia es muy diferente. De acuerdo con los nuevos requisitos contables, se elimina la diferenciación entre el arrendamiento operativo y el financiero de forma que todos los contratos se van a reconocer de una forma muy similar a la que actualmente se desarrolla en la NIC 17 para los arrendamientos financieros. Es decir, en el momento del reconocimiento inicial del contrato el arrendatario deberá reconocer, sujeto a determinadas excepciones, un activo (derecho de uso) y pasivo (deuda) por un importe equivalente al valor actual de los pagos futuros del contrato. El derecho de uso será objeto de amortización sistemática durante el plazo del arrendamiento. Asimismo, se reconocerá en las cuentas un gasto financiero por los intereses relacionados con el pago de las cantidades aplazadas. De esta forma, el gasto de arrendamiento lineal que se desprende de la actual norma se verá sustituido por un gasto de amortización constante y por

unos gastos financieros decrecientes, lo que alterará el resultado final del ejercicio. En consecuencia, las implicaciones contables en el balance del arrendatario pudieran resultar significativas ante el necesario reconocimiento de unos pasivos y unos activos que hasta la fecha se encontraban fuera de balance. No menos importantes son los efectos en las cuentas de pérdidas y ganancias, ya que el beneficio antes de impuestos se verá penalizado por el reconocimiento de una carga financiera mayor durante los primeros años del contrato, y por el cambio en los márgenes de explotación y financiero respecto al modelo actual. Para dar una idea de la magnitud del impacto de la nueva normativa, el propio IASB cuantifica en su estudio “Effects analysys IFRS 16” que los compromisos por contratos de arrendamiento no registrados en balance de las sociedades cotizadas en el mundo que elaboran sus estados financieros bajo NIIF o US GAAP alcanza los tres trillones de dólares. Además de los efectos contables, los nuevos requisitos alterarán de una forma muy significativa los indicadores habituales utilizados por las entidades, inversores y analistas tales como el EBITDA, EBIT, el apalancamiento financiero, la rotación de activos, los beneficios por acción, entre otros, circunstancia que habrá que explicar y que afectará a la información histórica disponible en las empresas y en el mercado. Además de lo anterior, la publicación de la norma ha defraudado las expectativas de unos

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mercados globales que apuestan decididamente por la convergencia de principios contables. El proyecto conjunto iniciado por el IASB y el FASB no solo no ha sido capaz, una vez más, de buscar la ansiada convergencia, sino que se van a poner de manifiesto diferencias en áreas en las que hasta la fecha no se identificaban tratamientos contables distintos, curiosa contribución, sin contar que muchos “retailers” en Europa hubiesen aceptado con mayor agrado la solución aportada por el FASB que va a permitir una presentación de la cuenta de pérdidas y ganancias más próxima a los criterios que actualmente se están aplicando. El IASB está convencido de que la implantación de la NIIF 16 presenta unos beneficios que superan ampliamente a los costes relacionados con dicho proceso, conclusión que, no obstante, no comparten muchas empresas que, además de su lógica preocupación por los costes que se van a derivar de su implementación, piensan que el impacto de los nuevos requisitos contables en los indicadores que hasta la fecha venían utilizando tanto internamente como en sus comunicaciones al mercado y en sus estados financieros no va a facilitar la interpretación adecuada de sus operaciones. Dicho esto, una vez que la nueva norma está emitida, toca ahora empezar a estudiarla con detenimiento, analizar sus implicaciones en los contratos vigentes y capturar una información, en muchos casos dispersa, que será necesaria para conocer su efecto en los estados financieros.

Fuente: Cinco Días – Por Enrique Asla


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Principales cambios a las NIIF para las PYMES

Luego de emitida la NIIF para las PYMES original en julio del 2009, el IASB empezó su proceso de revisión integral después de que los preparadores y usuarios de la información financiera tuvieran dos años de experiencia en la aplicación de esta nueva norma. El proceso de revisión integral empezó con una petición de información, un documento mediante el cual se obtuvo retroalimentación primaria en la aplicación de la NIIF para las PYMES (junio, 2012). Después de obtener esta retroalimentación, el IASB emitió un Proyecto de Norma para comentario público (octubre, 2013). Con base en las respuestas de los encuestados, el personal técnico del IASB elaboró tres Documentos de Agenda dirigidos al Grupo de Implementación de las PYMES (SMEIG, por sus siglas en inglés), para facilitar la elabora-

ción del informe de recomendaciones por parte del grupo (julio, 2014).

Impuesto a las Ganancias: Alineación de la Sección 29 con la NIC 12

Posteriormente, el SMEIG analizó los Documentos de Agenda y elaboró un informe de recomendaciones dirigido al IASB (octubre, 2014).

El contenido de la Sección 29 de la NIIF para las PYMES fue completamente reformado y alineado con los principios establecidos en la NIC 12 de las NIIF Completas.

En los meses siguientes, el IASB discutió las propuestas del SMEIG a través de varias reuniones, y emitió las enmiendas finales a la NIIF para las PYMES (mayo, 2015). El presente artículo resume las principales enmiendas finales que se espera que entren en vigencia el 1 de enero del 2017. Cambios a la norma que podrían tener efectos significativos Entre todos los cambios hechos a la NIIF para las PYMES, estos son los que se consideran más significativos:

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Por ejemplo, en los principales originales de la Sección 29, se requería a los preparadores que estimen las bases fiscales de los activos en función de sus consecuencias fiscales a través de la venta. Ahora con las enmiendas, se requiere a los preparadores que estimen las bases fiscales de los activos en función de sus consecuencias fiscales a través de su uso esperado (que puede ser la venta o mantenerlo en operación). También se añadió una exención por ‘costo o esfuerzo desproporcionado’ para el requerimiento


Estándares Internacionales Herramientas Profesionales de compensar activos y pasivos por impuesto a las ganancias. Actividades Extractivas: Incorporación de los principios de la NIIF 6 en la Sección 34 Cuando se emitió la NIIF para las PYMES original (2009), esta era muy silenciosa con respecto a la contabilidad de las actividades extractivas (Sección 34 – Actividades Especiales). Ahora con los cambios finales, la Sección 34 incorpora algunos párrafos de la NIIF 6 Exploración y Evaluación de Recursos Minerales – norma que establece los principios para la contabilidad de actividades extractivas en las NIIF Completas. Esta mejora a la NIIF para las PYMES, permite a los preparadores de estados financieros de este sector económico aplicar directamente los principios establecidos en la Sección 34, y no tener que hacer una referencia a las NIIF Completas. Propiedades, planta y equipo: opción del modelo de revaluación Anteriormente, la NIIF para las PYMES solo permitía el modelo de costo para la medición posterior de las Propiedades, planta y equipo. Inicialmente, la opción de un modelo de revaluación no fue considerada en el Proyecto de Norma por parte del IASB. Sin embargo, durante el proceso de consulta pública, muchos de los encuestados manifestaron un fuerte interés en permitir la opción del modelo de revaluación para las propiedades, planta y equipo. El personal técnico del IASB y el SMEIG no estuvieron de acuerdo en permitir la opción de este modelo de medición posterior, lo cual quedó manifestado en el informe de recomendaciones. No obstante, el IASB en sus deliberaciones finales, permitió la incorporación de esta opción en la NIIF para las PYMES para la medición posterior de las Propiedades, planta y equipo. En los fundamentos a las conclu-

siones de las enmiendas finales a la NIIF para las PYMES, el IASB expresa que se permitió la opción del modelo de revaluación debido a que la ausencia de esta opción en la norma original estaba creando un límite para su adopción en algunas jurisdicciones. Por tanto, esta enmienda es consistente con el objetivo del IASB de promover una mayor adopción de la NIIF para las PYMES a nivel global. Otras enmiendas relevantes a la NIIF para las PYMES A continuación se describen otras enmiendas a la NIIF para las PYMES que se han considerado relevantes, de acuerdo a cada sección: Sección 2 - Conceptos y Principios Generales ‘Costo o esfuerzo desproporcionado’ es un concepto muy importante en la aplicación integral de la NIIF para las PYMES que requiere el uso del juicio profesional y la mejor información disponible. Por tal motivo, las enmiendas incluyen mayor guía sobre la aplicación de la exención de ‘costo o esfuerzo desproporcionado’, basado en el Q&A 2012/01 emitido por el SMEIG. La Sección 2 modificada ahora incluye el siguiente párrafo: “La aplicación de un requerimiento daría lugar a un “costo o esfuerzo desproporcionado” ya sea porque el costo es excesivo (por ejemplo, los honorarios de un tasador son excesivos) o los esfuerzos de los empleados son excesivos en comparación con los beneficios que recibirían los usuarios de los estados financieros por contar con la información”. Las enmiendas también hacen énfasis en que solo ciertas secciones de la NIIF para las PYMES permiten el uso de la exención por costo o esfuerzo desproporcionado y están especificadas en la norma (es decir, que los preparadores no pueden ejercer discrecionalmente esta opción). Asimismo, se debe revelar en las notas a los estados financieros

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en qué casos se ha utilizado esta opción y cuál fue el razonamiento para hacerlo. Sección 5 - Estado del Resultado Integral y Estado de Resultados Agrupación de las partidas de otro resultado integral sobre la base de si son potencialmente reclasificables a resultados (o no), en concordancia con la actual NIC 1 – Presentación de Estados Financieros. Sección 9 - Estados Financieros Consolidados y Separados Adición de la opción del método de la participación (a veces denominado ‘valor patrimonial proporcional’) para medir las inversiones en subsidiarias, negocios conjuntos y asociadas, en los estados financieros separados. Sección 11 – Instrumentos Financieros Básicos Adición de una exención por ‘costo o esfuerzo desproporcionado’ a la medición de inversiones en instrumentos de patrimonio a su valor razonable. Aclaración de que la mejor evidencia del valor razonable es un ‘precio cotizado en un mercado activo’, en lugar de un ‘precio en un acuerdo de venta vinculante’ (que proponía el Proyecto de Norma). Sección 18 – Activos Intangibles distintos de la Plusvalía Cuando la vida útil de un activo intangible no pueda ser establecida con fiabilidad, la vida útil debe ser establecida mediante la mejor estimación de la gerencia y no deberá exceder los 10 años. La NIIF para las PYMES original fijaba automáticamente la vida útil en 10 años cuando esta no podía ser establecida con fiabilidad. Sección 19 - Combinaciones de Negocios y Plusvalía Adición de una exención por ‘costo o esfuerzo desproporcionado’ para el reconocimiento de


Herramientas Profesionales Estándares Internacionales activos intangibles separadamente en una combinación de negocios y adición de un requerimiento para todas las entidades de proporcionar una descripción cualitativa de los factores que componen cualquier plusvalía reconocida. Cabe indicar que esta exención por ‘costo o esfuerzo desproporcionado’ no aplica al reconocimiento de pasivos contingentes en una combinación de negocios.

Como resultado del proceso de revisión integral de la NIIF para las PYMES, el IASB apoyaba lo siguiente como un enfoque provisional para revisiones futuras de la NIIF para las PYMES:

Dentro del proceso de consulta pública del Proyecto de Norma de la NIIF para las PYMES, muchos de los encuestados manifestaron ciertos cambios a la norma que iban más allá del proceso de revisión integral. Estos cambios propuestos a la NIIF para las PYMES también fueron soportados por el SMEIG, y se citan a continuación:

1.

1.

las PYMES. El plan del IASB para revisiones futuras de la NIIF para las PYMES

Sección 22 – Pasivos y Patrimonio Adición de guías esclareciendo la clasificación de instrumentos como patrimonio o pasivo, en concordancia con la NIC 32 – Instrumentos Financieros: Presentación y Medición de las NIIF Completas. Incorporación de una exención por esfuerzo o costo desproporcionado del requerimiento para medir el pasivo para pagar una distribución distinta al efectivo al valor razonable de los activos distintos al efectivo a distribuir y de guías que aclaran la contabilización de la liquidación del dividendo por pagar. Sección 33 - Información a Revelar sobre Partes Relacionadas

2.

Alineación de la definición de ‘parte relacionada’ con la NIC 24 - Información a Revelar sobre Partes Relacionadas. Sección 35 – Transición a la NIIF para las PYMES La incorporación de una opción de permitir que se use la Sección 35 más de una vez—sobre la base de las modificaciones de la NIIF 1 - Adopción por Primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera. Existen otros cambios y aclaraciones menores a la NIIF para las PYMES que se espera que tengan un efecto muy limitado. En el presente artículo hemos descrito los principales cambios que se espera sean relevantes para los preparadores y usuarios de la información financiera de

3.

Una revisión integral de la NIIF para las PYMES debería comenzar aproximadamente dos años después de la fecha de vigencia de las modificaciones a la NIIF para las PYMES procedentes de una revisión integral anterior. Esto daría tiempo para que las PYMES apliquen las modificaciones, y para que las partes interesadas identificaran y comentaran cualquier cuestión de implementación o consecuencias no previstas que procedan de esas modificaciones. El IASB observó que esperaba que las revisiones integrales comenzasen con la emisión de una ‘Petición de Información’. Entre las revisiones integrales, el IASB con información procedente del SMEIG, decidiría si existe una necesidad de una revisión intermedia para considerar cualquier NIIF nueva o revisada no incorporada todavía o modificaciones urgentes que hayan sido identificadas. Este proceso significaría que las modificaciones a la NIIF para las PYMES no se esperaría que fuera habitualmente con mayor frecuencia de aproximadamente una vez cada tres años para proporcionar a las PYMES una plataforma estable.

Cambios fuertemente recomendados a la NIIF para las PYMES que no fueron considerados en las enmiendas finales del 2015

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2.

3.

Definición de valor razonable acorde con la NIIF 13 - Medición del Valor Razonable (y no de acuerdo a la antigua definición de valor razonable). Dentro de las Secciones 11 y 12, actualizar la opción de política contable con NIIF 9 – Instrumentos Financieros (y no con la NIC 39 – Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición). Medición de las plantas productoras como si fueran propiedades, planta y equipo (y no como activos biológicos).

Estos cambios son fuertemente recomendados para el próximo proceso de revisión integral de la NIIF para las PYMES (o también podrían ser considerados como cambios urgentes interinos antes de finalizar el proceso de revisión integral, de acuerdo al enfoque tentativo del IASB para próximas revisiones). Ver: Modificaciones de 2015 a la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES) Ver: Modificaciones de 2015 a los Fundamentos de las Conclusiones de la Norma Internacional de Información Financiera para las Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES) Fuente: Asociación Interamericana de Contabilidad – Por Luis A. Chávez


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Herramientas Profesionales Estándares Internacionales

Auditoría de implementación de las NIIF El proceso de implementación de la NIIF es un proyecto que impacta en toda la organización empresarial, las empresas en Colombia lo desarrollan por obligación o por estrategia financiera para mejorar su representación y revelación ante terceros. Este proyecto requiere inversión en conocimiento, planeación, tiempo de los empleados, mejoramiento de la tecnología de recolección de la información, mejoramiento y parametrización del software, revaloración de los activos y pasivos, entre otras actividades que incluyen un costo importante para la empresa. El costo para las entidades del grupo 1, implementación de normas NIIF plenas es más alto por la necesidad de información a revelar y por la obligación de políticas de medición que requieren métodos más estructurados y seguimiento de ajustes a las categorías contables constante. En cambio para las empresas del grupo 2, empresas pequeñas y

medianas que implementan las NIIF PYMES, el costo de implementación es proporcionado al tamaño y la dificultad de la empresa, por la disminución del rigor de medición y de la cantidad de información a revelar. Independiente del tipo de empresa, deben invertir una cantidad relevante de recursos para adecuar su contabilidad a las NIIF. Las empresas para su desarrollo contratan a las firmas para que desarrollen la asesoría y proceso de implementación. La contratación puede tener diferentes alcances y entregables. Capacitación, el desarrollo de políticas contables a NIIF, entrega del ESFA, parametrización del programa informático, políticas de registro, trazabilidad contable, parametrización de la taxonomía contable, etc. Entre más alcance, más dificultad, más tiempo, más conocimiento, mayor precio. Los contratantes, en su mayoría no comprenden el proceso,

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y contratan basados en las expectativas comerciales que les ofrece el asesor contable, en su generalidad basada en el parámetro del precio. El contratante al tener desconocimiento sobre el tema, espera que algunos elementos como la certificación en NIIF garanticen que el asesor tenga pericia en el tema. Cuestión que solo demuestra su conocimiento en la norma, pero no su capacidad para abordar la parametrización. Los programas informáticos hacen gallardía en su acomodamiento a NIIF, los cuales iniciaron tarde su adecuación y están probando en caliente los procesos de implementación en las empresas. Por lo tanto, esto y otros sucesos ponen al contratante en posiciones muy difíciles para concertar y revisar el servicio adquirido. El precio, el renombre del software, la entidad que lo recomienda, la certificación, entre otras, son variables para te-


Estándares Internacionales Herramientas Profesionales

ner en cuenta en la contratación. Pero muchas empresas han tenido problemas en la programación de implementación, es algo esperado teniendo en cuenta que es un proceso nuevo, y se está experimentando. Recopilar estos problemas puede ayudar a que las empresas no vuelvan a cometerlos. Como no se entiende el alcance de la implementación, muchos contrataron hasta el ESFA, sin comprender que allí no terminaba el proceso de implementación, entonces compraron programas de implementación y capacitación del ESFA, que eran en algunos casos muy económicos pero estos no terminaban el proceso de parametrización. Por lo tanto, el costo no ha terminado y posiblemente terminará pagando más que si hubiera contratado todo el paquete. Otras empresas fueron más cautas y contrataron hasta el proceso de parametrización del software, y los asesores empezaron a presionar a los

programas contables para que se adecuaran a las necesidades creando problemas a las empresas informáticas, esto ha hecho que los asesores se quejen de la poca ilustración que ofrece los consultores del programa para los ajustes. La estrategia de varios de los programas informáticos ha sido vender la asesoría de la implementación ellos mismos, lo que facilita la disminución de la censura, pero aumenta el riesgo de la empresa contratante a no ser adecuada a su necesidad de información, sino a lo que el software entrega. Otras entidades han pagado a su contador interno para que se capacite y realice la implementación, siendo esto estratégico dado que es necesario en todo caso que el contador interno tenga el conocimiento necesario para abordar este proceso, pero el contador se ha cargado de tanto trabajo que no han podido hacer los procesos de implementación y tampoco el trabajo anterior, llenando al contador de un estrés retumbante y

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en muchos casos por el mismo sueldo. Las empresas han hecho inversiones para parametrización del software y muchas no saben si realmente ya se encuentran capacitadas para abordar las revelaciones en NIIF. Algunas empresas que supuestamente estaban sus sistemas contables en NIIF, habían pagado una inversión onerosa para este proceso, cuando la superintendencia solicitó la revelación de cuatro estados financieros de la taxonomía contable, tuvieron problemas para poder obtener esa información de su sistema de información. Si esto fue con cuatro informes, que tal cuando tenga que revelar los 65 informes que son para plenas y los 45 informes que son para PYMES. Muchas de estas empresas que supuestamente ya están en NIIF, ni siquiera saben qué es una taxonomía contable. El año 2014 varios de los programas informáticos no sabían qué era eso, actualmente muchos no


Herramientas Profesionales Estándares Internacionales están adecuados para abordar la revelación taxonómica, pero comercialmente dicen lo contrario. Esta situación pone en tensión a los contratantes, pues entonces el riesgo de que su inversión en NIIF sea onerosa es latente. Hay varias estrategias que pueden servir para disminuir el riesgo. Y la mejor, es antes de realizar el recibido de la implementación, contratar a otra firma diferente para que realice la auditoría de la implementación. Es un costo más, pero este puede disminuirle el riesgo de tener que reinvertir nuevamente todo el valor para volver a iniciar. Otra estrategia clave es crear antes de

iniciar todo el proceso, el comité de implementación contable como un órgano que pertenece a la junta directiva. Algo que debe tener claro es que este comité debe pertenecer a la junta directiva y no a la gerencia. El comité puede ser temporal o permanente, en caso de ser permanente se recomienda optar por otro nombre. Este comité es el encargado de contratar a la firma asesora, estudiar y aprobar el programa de implementación, aprobar las políticas contables de conversión, contratar la auditoría de implementación de NIIF para que realice el diagnóstico del trabajo realizado, realizar el recibido del trabajo realizado, en-

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tre otras tareas del programa de implementación. Esto es una recomendación para los contables, es otro producto que solo lo puede asesorar contadores que estén altamente capacitados para hacer una apreciación sería del proceso de implementación del sistema de información contable y entregar un diagnostico riguroso.

Fuente: AprendeNIIF.com – Por Carlos Augusto Rincón Soto


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Contabilidad en las operaciones de factoring - España

El factoring es una herramienta muy utilizada en la actualidad por las empresas para conseguir liquidez. Para ello, una organización empresarial puede ceder a una entidad financiera la gestión de sus facturas y cobros. Explicamos a continuación un poco más sobre este proceso, para entender posteriormente cómo debe ser contabilizado en los libros de cuentas de las empresas que lo utilizan. Al ser una operación con diversos movimientos, estos deben ser apuntados en los libros contables, de igual modo que se registran otro tipo de operaciones. Entendiendo el factoring Imaginemos que soy una corporación que ha emitido a otra em-

presa una factura por la compra de una serie de materiales. Sin embargo, esta factura tiene una fecha de vencimiento a treinta o sesenta días. Este tipo de situaciones generan cierta inestabilidad de caja a la empresa proveedora, puesto que no verá satisfechos los costes e ingresos de sus trabajos pasados uno o dos meses. Para estos casos, es recomendable utilizar el factoring. Bajo esa operación, lo que hacemos es ceder los derechos de cobro a una entidad financiera, quien nos adelanta el valor de las facturas en el momento en el que se emiten. Es decir, la empresa proveedora contará con el valor efectivo de las mismas sin necesidad de esperar treinta o sesenta días.

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A cambio, la entidad financiera (factor) recibe una comisión por la gestión. Este tipo de operaciones son también comunes en corporaciones que tienen retrasos de forma habitual con sus clientes. Existen muchos autónomos y empresas que, aunque no tienen fechas de vencimiento en sus facturas, sí ven como sus ingresos se retrasan porque el deudor abona las cantidades que debe pasado un tiempo desde la emisión de la factura. La contabilidad del factoring Este tipo de situaciones generan una serie de movimientos, que son algo diferentes a la tradicional emisión de una factura y recepción del dinero correspondiente.


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En primer lugar, hay que tener en cuenta que dependiendo del tipo de factoring que utilicemos esta operación se deberá apuntar en los libros de una manera u otra. La principal diferencia está en el riesgo de impago del deudor, y quien lo asume. Existe el factoring sin recurso, en el que la entidad financiera a la que se ceden las facturas es la que asume el riesgo de insolvencia del deudor. En el factoring con recurso, seguirá siendo la empresa que emite las facturas la que asumirá el riesgo de morosidad. Dicho de otro modo, si el deudor no paga, las consecuencias recaerán sobre la empresa, y no sobre la entidad financiera. En relación con lo anterior, si el factoring ha sido sin recurso y el

efecto resulta impagado, deberá contabilizar la parte correspondiente al coste de la operación de factoring, con un código 650 en el Debe (Título: Pérdida de créditos comerciales incobrables) y un código 432 en el Haber (Título: Clientes por operaciones de factoring). Ambos con el concepto de ‘Pérdida de retención en la formalización por la entidad de Factoring’. Si el factoring es con recurso, se anota la pérdida total de la cantidad adeudada, en diversos asientos, y del siguiente modo. Código 436 en concepto de reclasificación de cliente como de dudoso cobro, en el Debe (con el título Clientes de dudoso cobro). Con un código 432, y con el mismo concepto, y misma cantidad,

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en el Haber (Título: Clientes, por operaciones de Factoring). La pérdida de deterioro, en este caso, también debe quedar reflejada con el código 694 en concepto de Dotación de pérdida por deterioro de créditos, en el Debe (Título: Pérdida por deterioro de valor de créditos comerciales). En el Haber, la misma cantidad y concepto, y como título: Deterioro de Valor de créditos comerciales. Código 490.

Fuente: Gedesco (España)


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Son ajustes de cierre financiero o cierre en NIIF 24


Contable Herramientas Profesionales •

• •

El cierre financiero se elabora a partir del Balance general y el reconocimiento de los hechos económicos contenidos en el saldo de las cuenta del Balance general, desde el punto de vista del reconocimiento, medición y revelación exigido por las NIIF. Este proceso se puede llevar a cabo mediante registro de las diferencias conceptuales, eliminaciones de grupos de cuentas, reclasificación de algunos grupos de cuentas, cambio de nombre de las cuentas del plan de cuenta, en registros contables que modifiquen las estructura de la base de datos del software, siempre que estos tengan la posibilidad de manejar una parametrización de códigos diferenciales, de los contrario las PYMES deberían utilizar la hoja de cálculo tan cual se elaboró el ESFA y ahora es otro procedimiento donde la única diferencia es que el primero se ajustó contra la cuenta de ganancias acumuladas y los restantes contra las cuentas de resultado. Reclasificar los fondos de uso restringido. Reclasificar las cuentas por cobrar por anticipos a proveedores, en la cuenta de inventarios en un rubro que se denomine anticipo para compra de mercancías, igualmente se hace con los anticipos para compra de propiedades, planta y equipo. Identificar y clasificar las inversiones medidas a valor razonable, costo amortizado o al costo. Cuáles de esas inversiones están disponibles para la venta y cuáles hasta la fecha de su vencimiento. Evaluar el reconcomiendo de ingresos, gastos bajo la hipó-

tesis fundamental de acumulación o devengo. Reconocimiento de hechos económicos por su realidad económica y no por su forma legal. Ajustes a las estimaciones contables de acuerdo a las políticas contables en contraste de las políticas fiscales. Mayor depreciación por estimaciones en sus componentes de la propiedad planta y equipo, cambio de las estimaciones por modificaciones en su naturaleza, reconocimiento de las estimaciones por desmantelamiento de las propiedades, análisis de los gastos pagados por anticipado y cargos diferidos y su reconocimiento como activo o como gastos según el cumplimiento de los requerimientos NIIF. Menor gasto por depreciación de las propiedades clasificadas como propiedades de inversión.

• • • •

Ajustes de cierre financiero para el reporte NIIF • • •

Préstamos a socios o accionistas, reclasificadas como dividendos. Reconocimiento de la tasa de interés efectivo a préstamos a empleados. Verificar si las tasas pactadas en cartera o proveedores están conforme a las del mercado o si son menores. Reconocimiento de los gastos financieros en activos financieros con pago aplazado y pasivos financieros con pago aplazado. Cambio de cuentas de provisiones por deterioro del valor de la cartera, inventarios y propiedades planta y equipo y ajuste de su valor al reconocimiento de las evidencias. Calcular el pasivo por impues-

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to diferido por las diferencias temporarias entre los pasivos fiscales y los pasivos financieros, cuyo ingreso subyace se espera que incremente la ganancia en el futuro. Calcular el Activo por impuesto diferido por las diferencias temporarias entre los activos fiscales y los pasivos financieros, cuyo gasto subyace se espera que reduzca la ganancia contable. Compensar los anticipos de impuesto de renta con los valores a pagar en impuesto de renta, para determinar el valor neto a pagar. Eliminar las cuentas de orden contra las cuentas de orden por contra. Eliminar las cuentas acreedoras contra las cuentas acreedoras por contra. Eliminar las cuentas de revelación contra el superávit por revalorización. Por último se hace el cierre para el reporte de las ganancias donde participan los nuevos gastos con los anteriores del balance de prueba que no hayan sido eliminados y aquellos que hayan sido aumentados o disminuidos por reclasificación de otras cuentas. Presentación de los estados financieros: Estado de situación financiero, Estado del Resultado integral, Estado de flujos de efectivo, Estado de cambios en el patrimonio y Notas revocatorias de los estados financieros.

Presentación de los indicadores financieros y el impacto de las políticas financieras bajo NIIF.

Fuente: Contabilidad y Finanzas


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14 tips para entender un balance

El objetivo de los estados financieros de una empresa es proporcionar información útil, a un amplio grupo de usuarios, sobre la situación financiera, rendimiento y flujos de efectivo, para que estos puedan tomar decisiones. El estado de situación financiera, también llamado balance, presenta los activos, pasivos y patrimonio de una entidad en una fecha específica. Veamos que significa cada uno de ellos: •

Activos: es un recurso controlado por una entidad y del cual se esperan obtener beneficios en el futuro. Pasivo: es una obligación presente de la empresa, surgida de eventos pasados y que para ser cancelada requerirá que la organización se desprenda de recursos. Patrimonio: es la diferencia entre los activos y pasi-

vos de una entidad. Veamos entonces como debemos leer un estado de situación: 1.

Una de las clasificaciones más utilizadas en la presentación de los activos y pasivos es la de corrientes y no corrientes. El término corriente implica que la empresa espera realizar el activo o cancelar el pasivo en el ciclo normal de operaciones o en los próximos doce meses y que mantiene esa partida financiera con fines de negociación. Todos los activos y/o pasivos que no cumplan estas características serán clasificados como no corrientes.

Los activos corrientes incluyen, entre otras cuentas, el efectivo y sus equivalentes, las cuentas por cobrar comerciales y los inventarios. Los pasivos corrientes contemplan, entre otros, los sobre-

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giros bancarios, las cuentas por pagar a proveedores y los gastos acumulados por pagar. 2.

El ciclo de operaciones de un negocio es el periodo que transcurre entre la adquisición del inventario y su transformación en efectivo o su equivalente. Esta definición implica que un negocio puede tener un ciclo de operaciones superior a los doce meses y aun así los inventarios involucrados en el mismo son considerados circulantes.

3.

Son ejemplo de activos no corrientes la propiedad, planta y equipo. Estos no se mantienen con fines de negociación y su objetivo es producir los bienes que se van a vender. Otro ejemplo son las cuentas por cobrar no exigibles dentro de los doce meses a partir de la fecha del estado de


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contrato de arrendamiento operativo. El valor razonable de ambos inmuebles puede determinarse, sin esfuerzo desproporcionado para la empresa, dentro de un contexto de negocio en marcha. El primer edificio se debe clasificar como propiedad, planta y equipo y el segundo como una propiedad de inversión.

situación, producto, por ejemplo, de la venta de un equipo. Un tercer ejemplo podría ser la inversión en bonos recuperables en dos y tres años respectivamente. 4.

5.

Son ejemplo típico de pasivos no corrientes las cuotas de hipotecas u otros préstamos que se deban cancelar pasados doce meses desde la fecha del estado de situación o la deuda adquirida por la emisión de bonos pagaderos a dos o tres años (contrapartida del punto 3). Otra clasificación de los activos y pasivos es de acuerdo a su función. Veamos un ejemplo típico: una organización cuenta con dos inmuebles, el primero lo utiliza como sede de su planta y el segundo lo alquila a terceros con un

Otro ejemplo sería una empresa que tiene como objeto la compra y venta de automóviles. Uno de ellos es dedicado para realizar las encomiendas y traslados propios del negocio. La clasificación es obvia, la flota destinada a la venta sería el inventario y el vehículo asignado a la empresa, propiedad, planta y equipo. 6.

La propiedad, planta y equipo deberá subclasificarse, utilizando el juicio profesional, de acuerdo al tipo de entidad que este-

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mos analizando. Un ejemplo podría ser: • • • • • • •

Terrenos. Edificios. Maquinaria. Naves o aeronaves. Vehículos de motor. Muebles y enseres. Equipos de oficina.

Si la entidad opta por presentar en un solo rubro la propiedad, planta y equipo, esta debe presentar la subclasificación en las notas adjuntas los estados financieros. 7.

La propiedad, planta y equipo debe mostrarse neta de depreciación. Se escogerá el método de depreciación más cónsono con el activo. Por ejemplo: para los automóviles es más adecuado asignar una depreciación de acuerdo a los kilómetros recorridos que no un método en línea recta. Igual


Herramientas Profesionales Contable cosa sucede con la maquinaria y algunos equipos de oficina que dentro de sus especificaciones técnicas nos indican cuantos cortes y/o copias son capaces de realizar en su vida útil. Recordemos que el fin último es presentar los activos a su valor razonable. 8.

9.

Las cuentas por cobrar comerciales deben mostrarse separadas de las cuentas por cobrar relacionadas, accionistas u otros terceros. Los inventarios se separarán en: 1. Inventario de materia prima.

su tipo y vencimiento. Así, debemos separar una provisión por beneficios a empleados de una provisión por garantías otorgadas sobre nuestros productos. De igual forma, si existen beneficios que los empleados solo pueden obtener después de transcurrido más de un año, se clasificarán como beneficios a largo plazo empleados. 12. Con respecto a su patrimonio, una empresa con capital en acciones deberá revelar, entre otras, la siguiente información: • •

2. Inventario de productos en proceso. 3. Inventario de productos terminados. 10. Las cuentas por pagar comerciales deben mostrarse separadas de las cuenta por pagar relacionadas, accionistas u otros terceros. 11. Las provisiones por beneficios empleados y otras provisiones también deberán clasificarse de acuerdo a

• • • •

Numero, tipo y valor de cada tipo de acción. Cantidad de acciones emitidas y totalmente pagadas y/o emitidas pero no canceladas (total o parcialmente). Derechos, privilegios y restricciones que otorga cada tipo de acción. Acciones de la entidad mantenidas por ella o por empresas relacionadas. Constitución y características de cada tipo de reserva que figure en el patrimonio. Detalle del movimiento de la cuenta de Utilidades Acu-

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muladas. Esta información se debe incluir en las correspondientes notas a los estados financieros. 13. Una entidad debe revelar sobre los supuestos clave para su futuro y otras fuentes de incertidumbre que pudieran afectar las estimaciones realizadas en el estado de situación que se presenta. De igual forma, debe considerar aquellos riesgos que puedan ocasionar, en el ejercicio contable siguiente, variaciones significativas en los importes en libros de los activos o pasivos de la organización. 14. En el estado de situación se deben presentar partidas adicionales y notas que permitan comprender la situación financiera real de la empresa. No olvidemos que el fin último de los reportes financieros es el de tomar decisiones con respecto a la entidad analizada.

Fuente: Rodríguez Carracedo & Asociados


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Seis claves para entender y utilizar un Estado de Resultados

Abordaremos el estado de resultados que nos da información sobre el desempeño de la gerencia y sus aportes al crecimiento (positivo o negativo) de la empresa. Algunos son: 1.

2.

puntos

a

3.

Los ingresos incluyen tanto los ingresos ordinarios como las ganancias. Veamos que abarca cada uno de ellos:

Ingresos ordinarios: son producto de las actividades ordinarias de la empresa. Son originados por su “razón de ser”. Por ejemplo, si una entidad se dedica a la fabricación y venta de calzado, sus ingresos ordinarios son los producidos por esta actividad. Pueden tener varios conceptos y los más comunes son: ventas, alquileres, comisiones, regalías, etc. Ganancias: son todos

considerar

El estado de resultados presenta las partidas de ingreso, costos y gastos reconocidas en un periodo. Observemos que este estado financiero abarca un “desde” y un “hasta”, mientras que el estado de situación es una descripción económica a una fecha determinada. Los ingresos son un incremento en los beneficios económicos futuros, relacionado con un aumento en

aquellos que, cumpliendo la definición de ingreso, no son producto de las actividades propias de la entidad. Si retomamos nuestra fábrica de zapatos, una ganancia podría ser: intereses obtenidos por colocaciones bancarias, utilidad en la venta de un equipo utilizado en la planta, beneficios producto de operaciones bursátiles.

un activo o una disminución en un pasivo y puede medirse con fiabilidad.

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4.

Se recomienda presentar las ganancias separadas de los ingresos ordinarios a fin de facilitar los análisis económicos y de desempeño en las organizaciones. El mostrarlas en un solo rubro puede distorsionar las cifras y enmascarar problemas de la empresa. Veamos un ejemplo:


Contable Herramientas Profesionales desmenuzar cada uno de los componentes del costo y saber el por qué se llegó a este resultado.

EMPRESA EJEMPLO C.A Estado de resultados del 01/01/2.01x Expresado en Unidades Mometarias (U.M.) Ingresos (1)

1.200

Menos:

Analizar las actividades y/o inversiones que nos produjeron las ganancias. Del mismo se pueden obtener importantes conclusiones:

-750

Costo de Venta Utilidad Bruta en Venta

450

37,50%

Menos: -300

Gastos operativos Resultado de impuesto y reserva

150

12,50%

--

(1) Incluyen ingresos ordinarios y ganancias sin embargo, si deslosamos los ingresos... ventas

950

Ganancias

250

Total ingresos

--

1.200

si repetimos el analisis operativo utilizanco solo las ventas, los resultados varian considerablemente: ventas

950

--

Menos: -750

Costo de Venta Utilidad Bruta en Venta

200

21,05%

Menos: Gastos operativos

-300

Resultado de operaciones

-100

-10,53%

Mas/Menos Ganancias Resultado de impuesto y reserva

Como se puede apreciar, la evaluación del desempeño de la gerencia cambió drásticamente. Las pérdidas operativas estaban enmascaradas con otros ingresos que nada tienen que ver con el desempeño propio del negocio. Se pasó de una “utilidad bruta en ventas” del 37,50 % a una del 21,05 %, incapaz de cubrir los gastos operacionales y menos de generar utilidad. De este análisis tan simple se pueden derivar varios puntos interesantes: •

Se hace necesario un análisis inmediato de los precios de los productos. Se debe analizar si nuestros precios están ajustados a la realidad del mercado, considerando las circunstancias de este y la calidad del bien que ofrece la empresa. De

150

5.

Los costos y gastos se registran cuando ha surgido un decremento en los beneficios económicos futuros y son salidas o disminuciones en el valor de los activos empresariales o incrementos en algún pasivo. Por ejemplo: merma del efectivo, disminución de los inventarios, depreciación de la propiedad, planta y equipo o incremento de la deuda bancaria.

6.

Así como las ganancias se deben reconocer separadas de los ingresos ordinarios, para no desvirtuar el análisis operativo del negocio, las perdidas no operacionales también deben presentarse por separado. Ilustremos esta afirmación con otro ejemplo:

esta labor, que se tiene que realizar de manera conjunta con el área de mercadeo y ventas, se desprenderá si se pueden incrementar o no nuestros precios de venta y que acciones de mercadeo debemos adoptar. Los gastos de operación deben seguir el mismo camino que los costos.

Es imprescindible un análisis de costos. Se hace necesario revisar nuestra lista de proveedores habituales, conseguir nuevos suplidores, negociar precios en función de cantidad, realizar análisis de tiempo y movimiento en la fábrica, optimizar los procesos productivos y el tiempo de entrega a las tiendas (cuanto más rápido repongo más rápido se vende y no se generan “vacíos” en los anaqueles), en fin,

31

Quizá las podamos repetir y hasta mejorar, lo que significaría un incremento global de nuestros resultados. Sin embargo, no es una alternativa sustentable a mediano o largo plazo. Fueron actividades puntuales difíciles de replicar y se dieron por una situación específica muy particular (por ejemplo la venta de un activo significativo). Comenzó siendo una “prueba” y nos hemos percatado que puede ser una fuente de ingresos permanente y hasta un segundo plan de negocio.


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Si analizamos el primer estado financiero podemos obtener una serie de conclusiones erradas. Entre ellas: •

Los responsables de manejar los gastos operacionales de la empresa están haciendo su trabajo de manera muy deficiente al sobrepasar su cuota en un 60 % (de 300 a 480 U.M.).

Como consecuencia de la primera conclusión se de-

ben disminuir de manera drástica los gastos operacionales ya que son “excesivos” para la realidad actual de la compañía, por ello, reduciremos la nomina, eliminaremos los incentivos y postergaremos el lanzamiento de nuestro departamento de mercadeo “on line”. Como se puede observar, el primer estado financiero nos da la información sesgada, ya que no

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discrimina entre los gastos operacionales regulares y la pérdida que se originó por una inversión desafortunada en el mercado bursátil. Les invito a aplicar estos análisis en sus organizaciones. Estoy segura que podrán obtener información de lo más productiva.

Fuente: Rodríguez Carracedo & Asociados


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La DIAN se単ala los formularios y formatos para cumplir obligaciones tributarias en este a単o

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Tributaria Herramientas Profesionales Durante el último trimestre del año 2015, estuvimos hablando de la importancia de un adecuado cierre contable año 2015 con el fin de reflejar las cifras tributarias que se mostrarán en cada uno de los renglones de los formularios de las declaraciones del impuesto a la renta formato 110 (obligados a llevar contabilidad), del CREE y del impuesto a la riqueza. Hacíamos insistencia, que los ajustes fiscales son indispensables y solo nos reflejan la realidad tributaria dentro del marco de la ley, si partimos de unos saldos contables que también reflejen la realidad económica del contribuyente.

mato 1732 El formato 110 es un formulario habilitado para: a.

b.

c.

Las obligaciones formales del contribuyente El calendario tributario para este año 2016 y cumplir con las obligaciones formales de declarar y pagar los impuestos y retenciones, se encuentra establecido en el Decreto No. 2243 de noviembre 24 de 2015. Pagar el impuesto del obligado tributario es lo que se denomina la obligación principal o sustancial, pero la ley establece también cumplir formalidades, obligaciones y deberes (declarar, facturar, informar, etc.) para el cabal cumplimiento del pago tributo y es lo que se denomina la obligación formal o accesoria y generalmente, en lo que respecta al calendario de presentación y pago de las declaraciones, se encuentra reglado en normas reglamentarias. Los formularios para cumplir con la obligación formal de declarar en este año 2016 Como sucede cada año, es al director general de la DIAN a quien le corresponde prescribir y habilitar mediante acto administrativo los formularios para el cumplimiento de las diferentes declaraciones tributarias, y se ha expedido ahora la Resolución No. 00004 de enero 8 de 2016, donde se señala lo siguiente: Declaración de renta y complementario año gravable 2015 formulario 110 y su for-

d.

e.

Declaración del impuesto a la renta y el complementario de ganancias ocasionales por parte de las personas jurídicas y asimiladas, contribuyentes del régimen ordinario. Declaración del impuesto a la renta y el complementario de ganancias ocasionales por parte de las entidades contribuyentes del régimen especial consagrado en el artículo 19 del Estatuto Tributario. Declaración del impuesto a la renta y el complementario de ganancias ocasionales de las cajas de compensación familiar y fondos de empleados conforme a lo señalado en el artículo 19-2 del E.T. Declaración del impuesto a la renta y el complementario de ganancias ocasionales de personas naturales y asimiladas obligadas a llevar libros de contabilidad, salvo que opten y puedan utilizar el formato 240 IMAS para trabajadores por cuenta propia. Declaración de ingresos y patrimonio de las entidades que tengan la calidad de no contribuyentes y señalados expresamente en el artículo 9 del Decreto 2243 de 2015.

Tributaria – Año Gravable 2015”, siempre y cuando cumplan una de las siguientes condiciones: a.

b. c.

d.

Aspectos para destacar: 1.

Formato 1732 información con relevancia tributaria En cumplimiento a lo previsto en el artículo 631-3 del Estatuto Tributario, los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios obligados a llevar libros de contabilidad que declaren en el formulario 110, deberán presentar información con relevancia tributaria, que para el año gravable 2015 o fracción del año gravable 2016, se ha descrito en el formato 1732 denominado “Formato y Especificaciones para el Suministro de la Información con Relevancia

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Quienes a 31 de diciembre de 2015 estuvieren calificados como grandes contribuyentes; Quienes a 31 de diciembre de 2015 tuvieren la calidad de agencias de aduanas; Las personas jurídicas y asimiladas que a 31 de diciembre del año 2014 posean un patrimonio bruto superior a 46.571 UTV ($1.280’003.935) o hayan obtenido en el año 2014 ingresos brutos superiores 46.571 UVT ($1.280’003.935). Las personas naturales que a 31 de diciembre del año 2014 posean un patrimonio bruto superior a 46.571 UTV ($1.280’003.935) o hayan obtenido en el año 2014 ingresos brutos superiores a 46.571 UVT ($1.280’003.935).

2.

3.

Cuando el contribuyente o declarante haya sido seleccionado por la DIAN entre los obligados a cumplir con el deber de declarar a través de los servicios informáticos electrónicos dispuestos por la entidad, deberá presentar la respectiva declaración en forma virtual utilizando el mecanismo de firma respaldada por el correspondiente certificado digital emitido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Presentarla en forma litográfica se entiende como no presentada. El formulario litográfico será utilizado únicamente por aquellos contribuyentes no obligados a presentar virtualmente el formulario número 110 y que opten por no utilizar el servicio de diligenciamiento en el sistema. La información con relevancia tributaria que prescribe el formato 1732 hará parte


Herramientas Profesionales Tributaria

corresponda a los concepel pago de su primera cuointegral del Formulario núta del impuesto a la renta mero 110. tos que sean homologables conforme al procedimiento 4. La información del formato y “Valor Fiscal” conforme al establecido por el parágrafo Estatuto Tributario. 1732, deberá ser presendel artículo 11 del Decreto 6. Por obvias razones, los detada también a través de 2243 de 2015. clarantes de ingresos y palos servicios informáticos trimonio no deben diligenelectrónicos de la DIAN, Las opiniones son responsabiliEstándares internacionales ciar el formato 1732. diligenciando el respectivo dad de los socios de Araque Aso7. La DIAN pondrá a dispoformato previo a la presenciados Consultores Tributarios sición el Formulario 10 normativas en tación delaño Formulario 110. Desde enero de este entraron en vigencia algunas Normas daricen con internacionales, que garanticen los SAS. y se beneficie a los usuarios con forma virtualprocedimientos en la pági- bancarios 5. Los contribuyentes du- permiten de Información Financiera (NIIF),que las cuales una mejora en la revelación de información las finanzas na bancarias, una mayor transparencia”. web, www.dian.gov.co, rante el año 2015 no de apliNos basamos en el entendimiendice Fitch Raitings. Además, según la compañía, estas normas para su diligenciamiento, caron en su contabilidad de lasque normas y desequilien el Por su parte, Fitch to asegura no sevigentes espera un generaronlas algunos por ejemplo en el goodwill, presentación y/o pago elecNIIFcambios, deben como diligenciar delel derecho tribu- por brio o caída en las conocimiento calificaciones en sector bancario el cual muestra el valor de“Valor reputación de la empresa. trónico, o para su diligenlas columnas Contaparte de la adopción de las NIIF yno se ser tiene la expectativa tario, y puede compartido ciamiento enque el este sistema y híbrido funcione. ble” conforme a los DecreDe acuerdo con Andrés Márquez, director de calificaciones sistema por las autoridades tributarias. posterior tos 2649 2650 Latina, de 1993 de Fitch Raitings en y América en Colombia hay una presentación ante las entidades autorizadas y “Valor con Fiscal” conforme visión conservadora respecto a las NIIF “porque en el Sistema híbrido para la regulación de los bancos para recaudar. Estatutotodas Tributario. En país no sealadoptaron estas medidas internacionales, Fuente: Diario del Huila - Por José 8. Recuerde los grandes los las contribuyentes como por cambio, ejemplo en reservas de préstamos en mora, que Desde el acuerdo deHilario ley 1314 de 2009, entre el Ministerio Araque Cárdenas Y Juan de contribuyentes que yutilique a partir deltrabajando 1° de enetema en el cual se sigue con las normas de la Hacienda el Ministerio Comercio, Industria y Turismo, Diegode Araque Duran zarán el formulario 110 y ro del año 2015 aplicaron Superintendencia Financiera”. se han venido implementando algunas NIIF. Esto con el fin formato 1732, partir del en su contabilidad las NIIF, de agarantizar una transparencia en los métodos utilizados Otro tema del que habla Fitch es la mejora de los bancos 09 de febrero y hasta el 22bancario. diligenciarán la columna por el sistema colombianos con respecto a los estados financieros consolidel mismo mes, cancelarán “Valor Contable” en lo que dados y anualizados de las NIIF. Gracias a la estructura filial

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En Colombia los reguladores trabajaron en algunas normas para acoplar las necesidades y generar un sistema mixto con las normas internacionales.

de los bancos en temas como el leasing y los servicios fiduciarios, tienen grandes inversionistas en el exterior, como Bancolombia con un 30% del total de sus activos, según cifras de septiembre de 2014.

Para Fabio Moscoso, analista de finanzas de la universidad EAN, “es importante que los bancos nacionales se estan-

Fuente: La República

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¿Cómo pagar el impuesto del carro más barato?

Si usted tiene un vehículo y no tiene demasiada plata, aquí le presentamos algunas de las alternativas que puede considerar para ahorrarse algunos pesos. Según un estudio de mercado realizado por BBVA Research y publicado por la revista empresarial, sobre el sector automotriz en Colombia, las ventas de vehículos para el año 2015 estarían calculadas en 314 mil vehículos. En el estudio se analizó el consumo de los hogares, el sueño por mejorar la calidad de vida de la clase media (materializado en la compra de vehículo) y el mercado laboral. Es así como vemos que el mercado automotriz en nuestro país aún puede llegar a crecer más, pues la tenencia de autos (sin motos) es por cada 1.000 habitantes, de 98, lo que es aún un nivel bajo respecto al promedio

de Latinoamérica, según analistas. Esto quiere decir que la gente está cada vez más interesada en comprar vehículo y que, aunque la situación por el dólar y la gasolina es difícil, adquirir uno siempre será una forma en la que las personas sentirán que mejora su calidad de vida. El problema es que no consideran los costos ocultos de tener uno.

Recuerde que apenas inicia un nuevo año, usted tendrá que comprometerse con sus obligaciones de pago, por lo que la mayoría de las secretarias y autoridades de movilidad de cada ciudad anuncian desde enero sus fechas límite de pago. •

Bogotá: Más de un millón 600 mil ciudadanos con vehículos y motocicletas matriculados en Bogotá, podrán tener un descuento del 10 % si pagan su impuesto antes del 8 de mayo del 2016.

Uno de ellos, es el impuesto. En esto, hay que tener en cuenta que una resolución del Ministerio De Transporte del 2015 estableció nuevas fórmulas para avaluar (o calcular el valor comercial de) un vehículo, lo cual hace que se modifique valor del impuesto, haciendo que pueda llegar a salir mucho más caro de lo que usted pagó el año pasado. ¿Cómo hacer que le salga más barato?

Cabe recordar que los poseedores de motocicletas con un cilindraje igual o mayor a 125cc deben pagar el impuesto, las motos con un menor cilindraje solo pagan derechos de semaforización que para la capital es de $43.000.

Por fecha

Para pagar, usted puede hacerlo

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Herramientas Profesionales Tributaria a través de los formularios que envía la Secretaría de Hacienda o también por pagos en línea o por internet, ingresando a las páginas de la zona transaccional virtual de los bancos donde tengan sus cuentas y contar con las claves requeridas para realizar transacciones virtuales. Otra opción es ingresar al portal www.haciendabogota.gov.co, donde con solo digitar la placa del vehículo y la cédula del propietario, se podrá obtener el formulario listo para imprimir o para pagar a través del botón de pagos PSE. Cajeros automáticos o en sistemas de audio-respuesta de los bancos autorizados para el recaudo. •

Santander - Bucaramanga.

Mientras tanto, la gobernación de Santander ya estableció fechas para beneficiar por pronto pago el descuento sobre el impuesto de vehículo que será del 15 % desde el 1 al 15 de abril del 2016 dependiendo de la placa de su carro o moto así: •

Placas de carros terminadas en:

--

000 a abril. 251 a abril. 501 a abril. 751 a abril.

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250, plazo hasta 1 500, plazo hasta 8 750, plazo hasta 15 999, plazo hasta 15

Placas de motos terminadas en:

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00-25, plazo hasta 1 abril. 26-50, plazo hasta 8 de abril. 51-75, plazo hasta 15 de abril. 76 – 99, plazo hasta 22 de abril.

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Es de aclarar que después de estas fechas se inician pagos con sanción dependiendo de la placa la cual tiene un valor mínimo de $149.000. Para hacer el pago, tendrá que dirigirse a Clt-casa del libro calle 35 no. 9-81, donde también se les prestara asesoría

a los ciudadanos.

mientos.

Por tipo de carro

Nariño – Pasto

La gobernación de Nariño estipulo que el descuento será del 20 % para los pagadores cumplidos determinando fechas así: todos los propietarios de vehículos que realicen pagos entre el 1 de enero de 2016 al 30 de abril del 2016 serán beneficiarios del descuento, y pago sin sanción e interés de mora hasta el 31 de julio de 2016. Formas de pago: efectivo, tarjeta débito y/o crédito (solo banco de occidente) y a nivel nacional banco Av. villas, banco Colpatria y banco de occidente. Por medios de pago Existen estrategias por parte del Gobierno Nacional y algunas entidades bancarias como Bancolombia que les permitirá a los habitantes de 270 municipios el pago en línea de sus impuestos de manera rápida, una estrategia que empezó en Florida Blanca, Santander y que estará llegando al resto del país a más tardar en marzo del 2017. Esta estrategia hace parte de gobierno en línea empleada desde el año 2008 con la colaboración de las gobernaciones y alcaldías del país. Otra entidad que ofrece pagos en línea es Davivienda que, a través del Portal Empresarial y de sus sedes bancarias, ofrece el servicio de pagar el Impuesto haciendo deducciones por desembolsos oportunos, reduciendo costos. El banco Av. Villas también ofrece el pago del impuesto de vehículo en tres pasos por medio de su zona transaccional. Además, puede tener en cuenta que algunas entidades bancarias le ofrecerán un tipo de descuento si hace el pago usando sus medios virtuales o las tarjetas de crédito. Pero también podrá ahorrar en tiempo y dinero, pues los pagos son inmediatos, evitándole retraso en el cumplimiento de sus obligaciones y desplaza-

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Recuerde que el impuesto se cobra dependiendo del valor del carro, así que una solución para ahorrar en el pago del impuesto es comprar un carro que sea económico. Actualmente en el mercado del nuevo y el usado existen muchas posibilidades que se ajustan a los gustos y necesidades de los usuarios. Un precio bajo se traduce en un impuesto bajo, que puede verificar en la Tabla de Avalúos de Vehículos 2016 publicada por Mintransporte. El cálculo del impuesto Según la Secretaria De Distrital De Hacienda de Bogotá se tiene en cuenta los siguientes elementos: 1.

2.

3.

4.

La base gravable: esto es el valor que se establece para hacer el pago del impuesto y que es establecido anualmente por el Ministerio de Transporte. Clase del vehículo: lo que se traduce en que tiene que identificar si su carro es particular, de carga, para transportar pasajeros o si es moto. Características del vehículo: marca, línea, modelo, capacidad (de acuerdo con la clase de vehículo). La tarifa: es la tasa por aplicar sobre la base gravable del vehículo establecida anualmente, mediante decreto del Ministerio de Hacienda, para determinar el valor del impuesto. La tarifa varía de acuerdo con el uso (particular o público) y el avalúo del vehículo.

Para información de todas las ciudades del país los ciudadanos pueden ingresar a la página de la gobernación de cada departamento a nivel nacional y podrán verificar plazos, fechas y liquidación del recibo de pago. Fuente: Finanzas Personales – Por Adriana Buitrago


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Patrocinador Platino Publicidad pagada mediante el programa de Patrocinadores del INCP. Los patrocinadores del INCP son personas jurídicas que gracias a su aporte, contribuyen al desarrollo integral del profesional contable en Colombia a través de la canalización de recursos económicos que posibilitan al Instituto ejecutar actividades académicas y de investigación. Para mayor información de los diferentes modelos de patrocinio, por favor consulte www.incp.org.co o solicita la información a incpcol@incp.org.co

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Base del límite del 40 % pagos no constitutivos de salario según la UGPP

Requiere especial atención la interpretación adoptada por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), mediante el acuerdo No. 1035 del 29 de octubre de 2015, sobre los conceptos que deben formar parte para calcular el límite del 40% de los pagos no constitutivos de salario de la base de los aportes a salud, pensiones y riesgos laborales, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 1393 de 2010. A. Pagos no constitutivos de salario base del límite del 40 % En la sección II del citado acuerdo, expresamente se relacionan los conceptos de los pagos que no constitutivos de salario que se deben excluir de la base de cotización de aportes al sistema de Seguridad Social Integral en

Salud, Pensión, y Riesgos Labores y los demás aportes al SENA, ICBF y Régimen de Subsidio Familiar, que a su vez en el caso de los trabajadores particulares deben tenerse en cuenta en el límite del 40 %. Con fundamento en el Código Sustantivo del Trabajo (C.S.T.), para la UGPP los pagos laborales no constitutivos de salario son los siguientes: 1.

2.

Las prestaciones sociales establecidas en los títulos VIII y IX del Código Sustantivo del Trabajo (Art. 128 C.S.T.). Lo que recibe el trabajador, en dinero o en especie, no para su beneficio ni para enriquecer su patrimonio, sino para desempeñar a cabalidad sus funciones como: gastos de representación, medios de transporte, elementos de trabajo, y

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3.

4. 5. 6.

otros semejantes (Art. 128 C.S.T.). Aclara que, cuando el artículo 128 del C.S.T. hace referencia a “otros semejantes”, está incluyendo entre otros el auxilio para vestuario, auxilio para comunicaciones y para estudio. Viáticos permanentes en la parte diferente a proporcionar al trabajador manutención y alojamiento (Art. 130 C.S.T.). Viáticos accidentales (Art. 130 C.S.T.). El auxilio legal de transporte (Art. 2 Ley 15/59 y art. 17 Ley 344/96). Las sumas que recibe el trabajador de manera ocasional y por mera liberalidad del empleador como primas, bonificaciones o gratificaciones ocasionales, participación de utilidades, excedentes de las empre-


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7.

8.

sas de economía solidaria (Art. 128 del C.S.T.). Los beneficios o auxilios habituales u ocasionales acordados convencional o contractualmente u otorgados en forma extralegal por el empleador, cuando las partes hayan dispuesto expresamente que no constituyen salario en dinero o en especie, tales como la alimentación, habitación o vestuario, las primas extralegales, de vacaciones, de servicios o de navidad (Art. 128 C.S.T.). Los aportes de las entidades patrocinadoras a los fondos de pensiones voluntarias, no constituyen salario y no se tienen en cuenta para liquidar prestaciones sociales. Las prestaciones percibidas en virtud del plan son independientes del régimen de seguridad social y de cualquier otro régimen pensional.

Finalmente, la UGPP faculta a sus funcionarios para incorporar a la base de cotización de estos aportes, los pagos no constitutivos del respectivo mes, que excedan el 40 % del total de la remuneración en el mismo período, entendida como la totalidad de los ingresos que recibe el trabajador en el respectivo mes por todo concepto. En nuestro criterio esta interpretación de la UGPP se aparta del espíritu del artículo 30 de la Ley 1393 de 2010, como resultado del análisis de la exposición de motivos de la Ley 1393 de 2010 y de la doctrina emitida por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). B. Espíritu del artículo 30 de la Ley 1393 de 2010 De acuerdo con lo expresado por el Gobierno Nacional en la exposición de motivos de la Ley 1393 de 2010, con esta Ley se pretendía "adoptar medidas que permitan generar nuevos recursos al sistema para superar

el deterioro financiero del mismo, así como para asegurar el avance en materia de cobertura universal y unificación de planes de beneficios. De esta manera, se requiere la consecución de nuevas fuentes de recursos, y la potenciación y optimización de los recursos existentes, especialmente a través de medidas integrales que permitan ejercer un control eficaz a la evasión y elusión en el pago de las cotizaciones y mediante la reorientación de los recursos al interior del sistema”. En línea con los objetivos de esta Ley, el artículo 30 buscaba disminuir la evasión y la elusión en el pago de las cotizaciones al sistema de seguridad social, limitando los pactos de no salario producto de los acuerdos entre los patronos y los trabajadores, que no se consideran salario conforme al artículo 128 del C.S.T., figura que estaba teniendo mucho auge en el sector empresarial dentro de los planes de remuneración de ejecutivos. Así lo reconoce el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en el concepto No. 121 del 30 de julio de 2012, en el que precisa: “De lo anterior se deduce que la aplicación del artículo 30 de la mencionada Ley 1393 es específica, esto es, que el mismo sólo está destinado a aplicarse al Sistema General de Seguridad Social en Pensión y Salud de los trabajadores de la empresa privada. Para tal efecto y, sólo cuando las partes (trabajador empleador) han dispuesto pagos no constitutivos de salario, en ningún caso podrán ser superiores al 40 % del total de la remuneración. Como se puede advertir, esta norma no establece de ninguna manera un beneficio; por el contrario, fija el límite superior de un tratamiento laboral especial que tiene efectos sobre la aportación general a los sistemas de salud y de pensiones, y de ese modo impide ahorros o lucros de los particulares a expensas de ellos. En consecuen-

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cia, es una norma restrictiva, lo que de pasada constituye una explicación adicional de la imposibilidad de darle aplicación analógica elaborando a partir de ella, según parece comprenderse entre las expectativas de la consultante, una "teoría [que] se podría hacer extensiva a las prestaciones sociales"; se trata fundamentalmente de la protección de unos patrimonios determinados”. Con fundamento en el anterior análisis, en el concepto el ICBF concluye: 1.

Para esa Entidad, la aplicación del artículo 30 de la mencionada ley es específica, o sea que solo está destinado a aplicarse al sistema general de seguridad social en pensión y salud de los trabajadores de la empresa privada; esto quiere decir que cuando las partes (trabajador - empleador) han dispuesto pagos no constitutivos de salario, en ningún caso podrán ser superiores al 40 % del total de la remuneración.

2.

Que dada la connotación especial de las prestaciones sociales, no se puede hacer extensiva la aplicación del artículo 30 de la Ley 1393 de 2010 a efectos de liquidar prestaciones sociales legales y extralegales del trabajador en el sector privado.

C. Efectos de la fórmula de la UGPP Consideramos que con esta fórmula de la UGPP, al incluir dentro de la base del límite del 40 % los conceptos que no son salario y las prestaciones sociales, reduce el monto de los pactos de no salarios acordados entre el patrono y el trabajador contemplados en el artículo 128 del C.S.T, que se puede descontar de la base de los aportes a salud y pensiones, conforme al espíritu de la Ley.


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Salario Prestaciones Bono No CS Total

ANTES 10 5 4 19

UGPP 10 5 4 19

Base Límite 40 % Pagos No CS Excedente Límite

10 4 4 0

19 7,6 9 -1,4

Nota: ejemplo sobre el cálculo estimado de los efectos. La ANDI ha alertado a sus afiliados sobre este tema, porque según esa agremiación “no ha tenido la suficiente divulgación, ni la suficiente controversia o

incluso oposición,” pues de conformidad con ese Acuerdo de la UGPP, cada vez que se liquiden y paguen la prima de servicios y las cesantías dichos valores también tendrán que ser tenidos en cuenta determinar individual-

mente frente a cada trabajador, si dicho ingreso supera en un 40 % el total de la remuneración del empleado. Fuente: Rodríguez Consultores & Asociados Ltda. – Por Jorge E. Rodríguez R.

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Los formularios y formatos para cumplir obligaciones tributarias en este año 2016 Concepto DIAN 16442 de 2015, y Orientación Técnica N. 016 de 2015 del CTCP). En cambio, todavía no, para las empresas del grupo 2, que el formato 1732 como parte integrante de la declaración de renta del año gravable 2015, su valor contable se debe diligenciar con normas locales, quiere decir, bajo el marco de los decretos 2649 y 2650 de 1993.

La importancia que reviste para toda la comunidad contable en general y para los contribuyentes declarantes, porque, en primer lugar, son los contadores públicos, asesores tributarios o expertos tributaristas, a quienes nos corresponde la delicada tarea de diligenciar y presentar correctamente los respectivos formularios y formatos utilizando la plataforma virtual de la DIAN con el mecanismo de firma digital, o llevarlo debidamente diligenciado para presentar en ventanilla de un banco a quienes aún no les corresponda presentar su declaración tributaria utilizando el mecanismo de firma digital. En segundo lugar, porque algún o algunos datos a diligenciar de los formularios habilitados para declarar en este calendario tributario del 2016, pudo haber cambiado, adicionado, modificado o eliminado, y sucede por ejemplo con las declaraciones de

renta en el formulario el 110 y su formato 1732, que a propósito este formato, para las empresas que durante el año 2015 tuvieron que llevar contabilidad con aplicación de las IFRS (Grupo 1), los valores a diligenciar en la columna “valor contable” deberá corresponder, ya no bajo la contabilidad local, sino a la contabilidad oficial llevada bajo ese nuevo marco técnico normativo, que entre otras cosas, por el momento, surgen toda serie de dudas e incertidumbre, porque por ejemplo, nos preguntamos, para que le sirve a la autoridad tributaria comparar un dato contable registrado con aplicación de las IFRS, con un valor tributario declarado bajo la normatividad fiscal existente, si como todos sabemos, durante cuatro años, las bases tributarias van a permanecer inalteradas frente a esos nuevos registros contables con estándares internacionales (Art. 165 Ley 1607 de 2012, Decreto reglamentario 2548 de 2014,

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Por otro lado, igual situación de cambios en el diligenciamiento de los formularios 130 o 140 declaraciones de los sistemas IMAS para Empleados y Trabajadores por Cuenta Propia respectivamente, que para el año gravable 2015, cambiaron las reglas de juego en cuanto a obligados y requisitos para acceder a los sistemas, modificaciones que introdujo la ley 1739 de 2014; también puede que se hayan presentado algunas modificaciones en el diligenciamiento de los respectivos renglones del formulario 210 para declarar el impuesto a la renta de las personas naturales no obligadas a llevar libros de contabilidad; y en general, cualquier otro formulario de los habilitados para cumplir obligaciones tributarias en este año calendario de 2016 (IVA, riqueza del que estaremos hablando en el próximo consultorio, retención fuente, etc.). Y en tercer lugar, el declarante debe ser consciente o conocedor, que sus declaraciones tributarias no presentadas, o con errores en su diligenciamiento, dan lugar a la aplicación o autoliquidación de sanciones dinerarias y en ciertos casos sometidos a engorrosos procesos tributarios, como es el caso por ejemplo, que el incumplimiento de la obligación de presentar el Formato número 1732 dará lugar a la aplicación


Tributaria Herramientas Profesionales de las sanciones contempladas en el artículo 651 del Estatuto Tributario, cuando no se presente de manera previa a la presentación del Formulario número 110, o cuando su contenido presente errores, o no corresponda a lo solicitado. En otros casos, puede ser, que presentada la declaración tributaria pueda llegarse a considerar como “declaración no presentada” de acuerdo a las causas previstas en la ley, para lo cual se requiere requerimiento previo por parte de la DIAN, cuando por ejemplo, el declarante la presenta en forma física o litográfica en bancos y no lleva la firma del declarante, o la del contador cuando de conformidad con las normas legales deba estar firmada por un contador público, o cuando estando obligado a presentarla virtualmente utilizando el mecanismo de firma digital, la presente físicamente en un banco. Las declaraciones que surten el efecto jurídico de “Ineficaces”, es decir, que la ineficacia opera automáticamente o de pleno derecho sin pronunciamiento previo por parte de la DIAN, son las de retenciones en la fuente o autorretenciones del CREE, cuando las mismas se presenten sin pago total, salvo las previsiones

hechas por la misma ley. Formulario No. 120 Declaración anual informativa de precios de transferencia. Por ser un formulario de poco uso de nuestros contribuyentes del impuesto a la renta de esta región sur-colombiana, su presentación y crítica la dejamos para un próximo consultorio tributario. Sin embargo, están obligados a presentar esta declaración por el año gravable 2015, los contribuyentes del impuesto a la renta que define el artículo 25 del Decreto 2243 de 2015 y los plazos están señalados en su artículo 26. Formulario No. 140. Declaración anual impuesto sobre la renta para la equidad CREE. Formulario prescrito a través de la Resolución 000073 de julio 7 de 2015, de uso obligatorio para las sociedades, personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios y las sociedades y entidades extranjeras contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta, que sean sujetos pasivos del impuesto sobre la renta para la equidad (CREE), por sus ingresos de fuente nacional obtenidos mediante sucursales y establecimientos permanentes. Se debe presentar a través de los servicios informáticos electrónicos,

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utilizando el mecanismo de firma digital emitido por la DIAN. Las declaraciones presentadas por un medio diferente, se tendrán como no presentadas (ver artículos 19 al 22 del Decreto 2243 de 2015). Formulario No. 160 Declaración anual de activos en el exterior, prescrito a través de la Resolución 000096 de septiembre 14 de 2015. De uso obligatorio para los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario, sujetos a este impuesto respecto de sus ingresos de fuente nacional y extranjera, y de su patrimonio poseído dentro y fuera del país, que al 1o de enero del año 2016 posean activos en el exterior de cualquier naturaleza. Deberán hacerlo a través de los servicios informáticos electrónicos, utilizando el mecanismo de firma digital emitido por la DIAN. Las declaraciones presentadas por un medio diferente, se tendrán como no presentada. Se destaca, que esta declaración es de tipo informativo mas no tributaria, por eso, la sanción aplicable en caso de no presentación o presentación extemporánea, es la dispuesta en el artículo 651 del Estatuto Tributario, relativa al no envío de información. Fuente: Araque Asociados


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Auditoría y monitoreo continuos: una manera de impulsar decisiones más rápidas

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Auditoría Herramientas Profesionales Las organizaciones necesitan anticipar y mitigar riesgos de forma activa. Hay métodos que pueden mejorar la revisión continua, y oportuna de datos financieros y de control interno. Cuando la administración de Hewlett Packard Co. (HP) identificó la frecuencia y volumen de los registros manuales en el libro diario, la función de auditoría interna de la compañía inició un panel de control que permitiera evaluaciones continuas. HP adoptó un enfoque de auditoría y de monitoreo continuos para identificar la causa originaria de esas transacciones y para facilitar mejores decisiones con registros estandarizados bajo mejores controles. Diversos grupos de mando corporativo y de cumplimiento colaboraron para diseñar sistemas de análisis de alto nivel con capacidad de profundización. Podían identificar y estudiar tendencias, movimientos en las cuentas, picos de actividad durante el ejercicio, naturaleza de los asientos y a las personas que hicieran los registros. El éxito del programa fue una pronta medida para reducir el número y riesgo de asientos en el diario. “Es un paso muy sencillo de avance”, dice Brad Ames, director de auditoría interna de HP. En el mundo de los negocios donde el cambio ocurre rápidamente y las organizaciones tienen acceso a una oferta aparentemente ilimitada de información o datos, las compañías quieren actuar sobre esos datos en tiempo real. Las organizaciones necesitan anticipar y mitigar los riesgos en forma activa, y cada vez más el análisis de datos para mejorar el ambiente del control es parte de ese proceso. Jason Pett, directivo de la práctica de auditoría interna en PwC, dice que los auditores internos de las compañías líderes están aprovechando la información para impulsar todo lo que hacen. “¿Cómo usamos los datos para impulsar nuestras decisiones de alcance? ¿Cómo usamos los datos para impulsar nuestro proceso de evaluación del riesgo?

¿Cómo los usamos para ayudar a decidir qué auditorías deberíamos hacer? Creo que hablamos del apalancamiento de datos para transformar totalmente el desempeño de la auditoría interna”. En este entorno, la auditoría y el monitoreo continuo crecen como herramientas para que los auditores internos produzcan más valor para sus empleadores. En la auditoría continua, el personal de auditoría interna usa tecnología para analizar frecuentemente los datos para una pronta identificación de valores atípicos. Esto ayuda a centrar sus recursos. El monitoreo continuo es un poco diferente. Se establece el análisis de medidas clave de desempeño para que la administración las revise en tiempo real y actúe sobre ellas cuando sea necesario. Estos métodos pueden mejorar la revisión continua, oportuna de datos financieros y de control interno en una organización. La encuesta 2014 de la consultora Protiviti sobre capacidades y necesidades de la auditoría interna señala que las habilidades en herramientas de auditoría y análisis de datos con ayuda de computadora son las competencias que más se necesitan. Estas herramientas y tecnologías apoyan las actividades de monitoreo y auditoría continuos. "Las empresas necesitan anticipar y mitigar los riesgos en forma activa, y cada vez más el análisis de datos para mejorar el ambiente de control es parte de ese proceso”. Según el informe Los grandes riesgos requieren pensar en grandes datos, de la encuesta de EY de 2014, la muy regulada industria de energía y servicios es líder en el uso de herramientas de análisis forense de datos para el monitoreo continuo. En otro informe de una encuesta de PwC, 2014, sobre dicha industria, fomentar la agilidad de los negocios: fortalecer el impacto y valor de la auditoría interna, 57 % de directores de auditoría

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(superior a 31 % de 2012) califican a la auditoría continua como muy importante. Una encuesta de 2013 de PwC encontró que las áreas donde se usaba más la auditoría continua eran: • • • • • • • •

Tarjetas de gastos y suministros de empleados (72 %). Cuentas por pagar, desembolsos, compras y otros gastos (72 %). Análisis de asientos del diario (40 %). Auditorías de fraudes (40 %). Cadena de suministro e inventario (36 %). Nómina, tiempo extra y reportes de tiempo (20 %). Análisis de operaciones (20 %). Análisis de estados financieros (20 %).

Brad Ames dice que “uno de los mayores beneficios son las evaluaciones o análisis continuos que acortan el tiempo para hacer que la administración responda al riesgo, como departamento de auditoría se puede ser más persuasivo y facilitar acciones oportunas de la administración mediante el análisis mucho más rápido o con mucha más eficiencia de lo que se podría con una auditoría tipo inspección”. HP ha usado auditoría y monitoreo continuos para hacer mejoras en varias áreas, incluyendo: •

Simplificar la certificación de la Sección 404 de la Sarbanes-Oxley sobre controles generales de Tecnologías de la Información (TI) y controles de aplicación de TI. Establecer un marco comparativo de controles automatizados configurables para medir la oportunidad y extensión del cambio optimiza las pruebas de control de aplicación. El fin es rastrear tendencias y comparar cambios con un umbral predeterminado para sostener y llevar adelante la conclusión de la base de referencia con un examen mínimo (es decir,


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serían validados sin mayor examen los controles automatizados que no hayan cambiado desde la anterior auditoría). Analizar los asientos del diario y conciliación de cuentas para dar a los auditores y a la administración un panorama continuo del volumen y frecuencia de los registros del diario en todo el negocio. El monitoreo manual de registros del diario se diseña para aislar los indicadores claves atípicos como: Asientos de gran valor en el diario registrados en cuentas de alto riesgo. Usuarios no financieros que registran asientos del diario en cuentas financieras. Asientos del diario registrados, en los que se utilice el acceso de usuarios descontinuados. Conflictos de segregación de deberes (es decir, usuarios que tengan la capacidad de iniciar, revisar y aprobar entradas del diario en todas las aplicaciones). Usuarios que registran entradas del diario incluso después de las fechas tope del cierre de fin de mes. Asientos del diario con descripciones o explicaciones poco claras o incompletas. Monitorear compensación de ventas, que consiste en evaluación continúa de razonabilidad de bonos y comisiones. Los factores que sugerirían algo atípico pueden incluir: Medición del desempeño de la compensación de ventas meta vs. ventas reales (o sea, comisiones fuera de rango que no correspondan con el desempeño). Beneficiarios de comisiones en funciones que no son de ventas. Niveles de responsabilidad por incentivos altos (es decir, bonos pagados por adelantado).

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Monitorear cambios en la vida útil y depreciación de activos fijos para constatar si los activos se conforman a la política contable de la compañía. El panel de control proporciona una visión de las siguientes excepciones para acción de la administración: Compara y coteja la exactitud de la vida útil de activos recién adquiridos con base en la clase de activo. Señala los activos atípicos a los que se haya asignado una vida útil mayor que los límites de la política.

Monitorear el fraude de garantía del producto: el objetivo del análisis es detectar conducta potencialmente fraudulenta. El análisis compara datos en las partes de refacción que se embarcaron a localidades de los clientes con los datos en las partes usadas que se devuelven a HP, para monitorear las siguientes excepciones:

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Partes devueltas con menos valor que el del envío. Partes devueltas en menor cantidad que las enviadas. Partes devueltas de un tipo diferente a las enviadas (es decir, se envió un aparato de la red, se devolvió el disco duro). Casos de servicio por garantía creados por ingenieros que se los asignan a sí mismos para su resolución.

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Se crea una visión de resumen para mostrar el número de excepciones de cada tipo y el monto en dólares por ingeniero. Otra gráfica muestra la tendencia por ingeniero. Los informes se usan para seleccionar casos para más investigación. •

Indicadores de riesgo en monitoreo de gasto de empleados para aislar los potenciales errores:

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Gastos cuestionables en establecimientos restringidos

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o en artículos restringidos y palabras clave (por ejemplo, tarjeta de obsequio, premio o modernización). Categorización incorrecta (es decir, gastos que no son de alimentos identificados como un alimento). Actividad de tarjeta en la propia ciudad. Gastos no reportados y actividad personal en tarjetas deudoras (es decir, saldos altos que pasan de mes a mes debido a cargos personales que no se han reportado).

Función de los ERP Las grandes organizaciones que han gastado mucho dinero en modernizar sus Sistemas de Planeación de Recursos de la Empresa (ERP, por sus siglas en inglés) en particular están acelerando su uso del monitoreo continuo, según Christopher Wright, consultor y director administrativo y líder en remedios financieros y cumplimiento de reportes para Protiviti. Asegura que ya que la mayoría de los sistemas ERP guardan todos los datos en un mismo lugar y que los reportes rutinarios de excepción son estándar en estos sistemas, habilitan a auditoría interna para crear e implementar plataformas de monitoreo continuo. Esto permite a auditoría interna y a la administración maximizar el valor de los sistemas ERP y hacer más ágil su organización. Wright explica que el primer paso para las compañías que buscan iniciar el monitoreo continuo es levantar un inventario de las herramientas que ya tengan y ver qué datos podrían ser fácilmente usados en tiempo real. “Su sistema ERP no es solo un procesador de palabras costoso. Realmente funciona en forma que añade valor, fija un umbral al flujo de trabajo y mejora la estructura de control de una manera eficiente y productiva en cuanto a costo”, dice Christopher Wright.


Auditoría Herramientas Profesionales ¿Superan los beneficios a los costos? No obstante, el costo puede ser un obstáculo para la auditoría y el monitoreo continuo para organizaciones medianas y pequeñas que ya enfrentan importantes cargas de cumplimiento en un entorno de negocios cada vez más regulado. Ames, de HP, asegura que los costos pueden justificarse debido a los beneficios que la auditoría continua y el monitoreo continuo brindan en dos niveles. Primero, los beneficios se ven a lo largo del ciclo de vida de la auditoría, desde la planeación al compromiso de trabajo (con conclusiones más precisas y rápidas) hasta la recomendación y acción correctiva, cuando se pueden establecer análisis para soportar la corrección o remedios. Segundo, puede haber múltiples beneficiarios, incluyendo las funciones de ética y cumplimiento, administración de riesgos de la empresa, y seguridad de TI. “Cuando realizan monitoreo continuo, se tienen más beneficiarios, más patrocinadores a quienes puede rendir un mayor beneficio e incrementar el rendimiento sobre inversión”, dice Ames. Con esto en mente, algo que puede seriamente inhibir la implementación y utilidad de la auditoría y el monitoreo continuo es la reestructuración organizativa, explica Ames. Y también que puede establecerse un equipo de cumplimiento y trabajar con auditoría interna como un fuerte patrocinador del monitoreo y auditoría continuos, solo para hacer cambiar las prioridades de la administración con la reestructuración. Eso puede llevar a frustración al implementar y ejecutar la auditoría y el monitoreo continuos.

"En el monitoreo continuo se establece el análisis de medidas clave de desempeño para que la administración las revise en tiempo real y actúe sobre ellas si es necesario”. El foco sobre el monitoreo y la auditoría continuo no disminuye la necesidad de aseguramiento mediante el reporte tradicional de auditoría que se ha realizado por muchos años. Pese a todos los desarrollos tecnológicos de años pasados, las compañías siguen centradas en las mediciones trimestrales del ejercicio fiscal debido a los requisitos regulatorios sobre información. Los requisitos de auditoría externa también vinculan algunos de los reportes tradicionales de auditoría interna al año fiscal. Pero el monitoreo continuo sí cambia el foco de algunos de los proyectos tradicionales de auditoría interna. “Cualquier momento en que esté manejando tiempo real, cambia la dinámica de selección (triage) del hecho mismo a decir, ‘Esto es lo que encontramos. Esto es lo que arreglamos. Esto es lo que ya estamos haciendo en forma diferente’, cuando reporte al consejo. Condensa la dinámica de identificación de la auditoría y de solución de problemas. Puede condensarlo de manera que puede reportar la solución, si no el estatus”, expresa Wright. A su vez, la auditoría y reporte tradicional pueden también estimular el monitoreo continuo adicional para producir mejoras adicionales. En HP se pidió a los auditores internos que desempeñan trabajo de campo tradicional que identificaran de tres a cinco indicadores, en las áreas que estaban auditando, que soportaran la reparación y proporcionaran nuevas medidas para monitorear.

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Mientras tanto, Ames ha visto que la función de planeación de auditoría interna se hace mucho más estratégica y centrada en el futuro. Y auditoría interna hace planeación en forma colaborativa con la función de riesgo/cumplimiento como socio estratégico. Ames asegura que “no solo es bastante bueno tener la capacidad técnica y los datos estandarizados. Hay que tener la capacidad de coordinación y de administración de relaciones para planear en forma conjunta con la segunda línea de defensa y la función de cumplimiento. Tenemos un buen programa en HP que lo desarrolla y lo entrena, lo equipa con tecnología y datos estandarizados, y fija la expectativa de monitoreo del riesgo. Eso requiere liderazgo”. Este artículo es una reseña del original titulado “Driving faster decisions”, publicado en Journal of Accountancy, abril/ mayo de 2015. Traducción para Veritas, del Colegio de Contadores Públicos de México, por Jorge Abenamar Suárez Arana. Autor original: Ken Tysiac

Fuente: Veritas Online


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¿Cómo auditar las estimaciones contables según normas internacionales?

El objetivo de este artículo es el de proporcionar una guía a los auditores para obtener y evaluar la suficiente y apropiada evidencia de auditoría para respaldar las estimaciones contables significativas en el desarrollo de una auditoría de estados financieros, de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas. Una "estimación contable" es una aproximación de un elemento, partida o cuenta en un estado financiero. Estimaciones contables son frecuentemente incluidas en los estados financieros históricos, debido a que: a.

b.

La medición de ciertos montos o la valorización de ciertas cuentas es incierta y depende de la ocurrencia de hechos futuros. Los datos pertinentes relacionados con acontecimientos ya ocurridos no pueden ser compilados sobre una

base que sea oportuna y a un costo aceptable. Las estimaciones contables en estados financieros históricos son aproximaciones que sirven para medir los efectos de transacciones o hechos comerciales que ya ocurrieron o la situación actual de un activo o pasivo. Algunos ejemplos de estimaciones contables son: el valor neto realizable de existencias y de cuentas por cobrar, reservas técnicas en compañías de seguros, ingresos ordinarios por contratos de construcción contabilizados por el método de grado de avance y gastos por pensiones o por garantías. La administración es responsable por la determinación de las estimaciones contables incluidas en los estados financieros. Las estimaciones se basan tanto en factores subjetivos como objetivos y, por lo tanto, se requiere

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de juicio para estimarlas a la fecha de preparación de los estados financieros. La administración, al establecer su juicio, generalmente se basa en: a.

El conocimiento y experiencia que tiene de hechos pasados y presentes y

b.

Sus supuestos con respecto a las condiciones que espera que existan, así como el curso de acción que la Administración espera adoptar.

El auditor es responsable de evaluar la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por la administración en el contexto de los estados financieros tomados en su conjunto. Dado que las estimaciones están basadas tanto en factores subjetivos como objetivos, puede ser difícil


Auditoría Herramientas Profesionales para la administración establecer controles sobre estas. Aun cuando en el proceso de las estimaciones de la administración se involucre a personal competente que utiliza información pertinente y fiable, es posible que este se sesgue por factores subjetivos. Consecuentemente, al planificar y efectuar los procedimientos de auditoría para evaluar las estimaciones contables, el auditor debiera considerar con una actitud de escepticismo profesional, tanto los factores subjetivos como objetivos. Determinación de las estimaciones contables Es responsabilidad de la Administración establecer los procedimientos para la determinación de las estimaciones contables. Aunque el proceso para determinar una estimación puede no estar documentado o formalmente establecido, este normalmente consiste en lo siguiente: a.

b.

c.

d.

e.

f.

La identificación de las situaciones para las cuales son requeridas estimaciones contables. La identificación de los factores pertinentes que pueden afectar la estimación contable. La recopilación de información pertinente, suficiente y fiable, sobre la cual basar la estimación. La determinación de supuestos que representan el juicio de la administración, de las circunstancias y hechos más probables en relación a los factores pertinentes. La determinación del monto estimado en base a los supuestos y otros factores pertinentes. La comprobación que la estimación se presenta en conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados aplicables y que la revelación es adecuada.

El riesgo de representaciones incorrectas significativas en las estimaciones contables normal-

mente varía con la complejidad y subjetividad relacionada con el proceso, la disponibilidad y fiabilidad de la información pertinente, el número e importancia de los supuestos establecidos y el grado de incertidumbre asociados a estos. Control interno relacionado con las estimaciones contables A través del control interno de una entidad, se puede reducir la probabilidad de representaciones incorrectas significativas en las estimaciones contables. Algunos aspectos pertinentes del control interno, incluyen los siguientes: a.

La comunicación por parte de la administración de la necesidad de contar con estimaciones contables adecuadas.

b.

La recopilación de información pertinente, suficiente y fiable sobre la cual basar cada estimación contable.

c.

La determinación de las estimaciones contables por personal calificado.

d.

La adecuada revisión y aprobación de las estimaciones contables por los niveles de autoridad apropiados, lo cual incluye:

La revisión de las fuentes de información pertinentes. La revisión de la determinación de los supuestos. La revisión de la razonabilidad de los supuestos y de las estimaciones resultantes. La consideración de la necesidad del uso de especialistas. La consideración de los cambios en los métodos previamente establecidos para determinar las estimaciones contables. La comparación de las estimaciones contables de ejercicios anteriores con los resultados posteriores a fin de evaluar la fiabilidad del proceso utilizado en la de-

• •

• •

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terminación de las estimaciones. La consideración por parte de la administración de si el resultado de la estimación contable es consecuente con los planes operacionales de la entidad. Evaluación de las estimaciones contables.

El objetivo del auditor al evaluar las estimaciones contables es obtener suficiente y apropiada evidencia de auditoría para alcanzar una seguridad razonable que: a.

b. c.

Todas las estimaciones contables que podrían ser significativas para los estados financieros han sido determinadas. Esas estimaciones contables son razonables en las circunstancias. Las estimaciones contables se presentan de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados aplicables y están reveladas adecuadamente.

Identificación de circunstancias que requieren de estimaciones contables Al evaluar si la Administración ha identificado todas las estimaciones contables que podrían ser significativas para los estados financieros, el auditor considera la situación de la industria o industrias en la que la entidad opera, su método de administración de los negocios, nuevos pronunciamientos de contabilidad y otros factores externos. El auditor debiera considerar la aplicación de los siguientes procedimientos: a.

b.

Considerar las afirmaciones incluidas en los estados financieros para determinar la necesidad de estimaciones. Evaluar la información obtenida como resultado de la aplicación de otros procedimientos, tales como: Información acerca de cambios ocurridos o planificados en los negocios de la entidad, incluyendo


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• •

cambios de la operación estratégica y de la industria en la que esta opera, que pueden indicar la necesidad de efectuar una estimación contable. Cambios en los métodos de recopilación de la información. Información con respecto a litigios, demandas, liquidaciones tributarias y otras contingencias identificadas. (Solicitud de Información a los Abogados de un Cliente en Cuanto a Litigios, Demandas y Gravámenes). Información obtenida de la lectura de las actas de las Juntas de Accionistas, sesiones de Directorio, Comités y otros. Información incluida en informes de organismos reguladores o informes de exámenes, correspondencia proveniente de supervisiones y otros documentos similares de organismos reguladores aplicables. Indagar con la Administración acerca de la existencia de circunstancias que puedan indicar la necesidad de efectuar una estimación contable.

Evaluación de la razonabilidad de las estimaciones contables Al evaluar la razonabilidad de una estimación contable, normalmente el auditor se concentra en factores y supuestos claves, que son: a. b. c. d.

Significativos para la estimación contable. Sensibles a variaciones. Desviaciones del comportamiento histórico. Subjetivos y susceptibles a representaciones incorrectas y sesgos.

El auditor normalmente debiera considerar la experiencia histórica que ha tenido la entidad en la preparación de estimaciones, como también la experiencia del auditor en la industria. Sin embargo, cambios en hechos, circunstancias o en los procedi-

mientos de la entidad, pueden causar que factores diferentes de aquellos considerados en el pasado, se vuelvan importantes para la estimación. Al evaluar la razonabilidad, el auditor debiera obtener un entendimiento de como la administración determinó la estimación. Basado en ese entendimiento, el auditor debiera aplicar una o alguna combinación de los siguientes enfoques: •

Revisar y efectuar pruebas del proceso aplicado por la administración para determinar la estimación. Determinar una expectativa independiente de la estimación para corroborar la razonabilidad de la estimación efectuada por la administración. Revisar hechos o transacciones posteriores ocurridos antes de la fecha del informe del auditor.

Revisión y prueba del proceso de la administración. En muchos casos, el auditor evalúa la razonabilidad de una estimación contable a través de la aplicación de ciertos procedimientos para efectuar pruebas del proceso que utilizó la administración para efectuar la estimación. Los siguientes son procedimientos que pueden ser efectuados por el auditor cuando utiliza este enfoque: I.

Identificar si hay controles sobre la preparación de las estimaciones contables e información respaldaría que pueda ser útil en la evaluación. II. Identificar las fuentes de información y los factores que la administración utilizó para establecer sus supuestos y considerar si estos son pertinentes, fiables y suficientes para el propósito basado en la información obtenida en otras pruebas de auditoría. III. Considerar si existen otros factores claves o supuestos alternativos respecto a tales factores.

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IV.

Evaluar si los supuestos son consecuentes entre sí con la información sustentadora, información histórica pertinente y de la industria. V. Analizar la información histórica utilizada al determinar los supuestos para evaluar si la información es comparable y consecuente con la información del período auditado y considerar si tal información es suficientemente fiable para el propósito. VI. Considerar si los cambios en el negocio o en la industria pudieren causar que otros factores se vuelvan significativos para los supuestos. VII. Revisar la documentación disponible de los supuestos utilizados en la determinación de las estimaciones contables e indagar con respecto a cualesquier otros planes, metas, objetivos de la entidad, como asimismo considerar su relación con los supuestos. VIII. Considerar la utilización del trabajo de un especialista, con respecto a ciertos supuestos. IX. Probar los cálculos utilizados por la Administración para incorporar los supuestos y los factores claves en la estimación contable. Desarrollar una expectativa Basado en la comprensión que el auditor tiene de los hechos y circunstancias, este puede desarrollar independientemente una expectativa de la estimación, utilizando otros factores claves o supuestos alternativos respecto a estos. Revisión de hechos o transacciones posteriores A veces, ocurren hechos o transacciones posteriores a la fecha del balance general, pero antes de la fecha del informe del auditor, los cuales son importantes para identificar y evaluar la razonabilidad de las estimaciones contables y de los factores cla-


Auditoría Herramientas Profesionales ves o de los supuestos utilizados en la determinación de la estimación. En tales circunstancias, puede ser minimizada o bien considerarse innecesaria la evaluación de una estimación o de un factor clave o de un supuesto, por cuanto el hecho o transacción posterior pueden ser utilizados por el auditor para evaluar su razonabilidad. Ejemplos contables

de

estimaciones

Los siguientes son ejemplos de estimaciones contables incluidas en los estados financieros. La lista se presenta solamente para fines informativos y no incluye la totalidad de los casos que pudiesen existir. Cuentas por cobrar: •

Estimación para cuentas y documentos por cobrar de dudosa recuperabilidad.

Clasificación entre instrumentos para la venta y mantenidas al vencimiento. Probabilidad de una alta correlación de la cobertura Ventas de instrumentos de deuda o de patrimonio con opciones de compra y de venta.

Instalaciones productivas, recursos naturales e intangibles:

• • •

Litigios:

• •

• • •

Método de lo devengado: • •

Existencias: • •

Existencias obsoletas. Valor neto realizable de existencias donde están involucrados precios de ventas y costos futuros Pérdidas en compromisos de compra.

Instrumentos financieros: •

Valorización de instrumentos de deuda y de patrimonio.

Vidas útiles y valores residuales. Métodos de depreciación y amortización. Recuperabilidad de costos. Recuperabilidad de reservas (por ejemplo, mineras).

• • •

Reservas para pérdidas por siniestros en compañías de seguros. Planes de compensaciones basados en el pago de acciones. Reclamos de garantías. Renegociación de deudas. Estimaciones actuariales (en pensiones, indemnizaciones y otras).

Ingresos ordinarios: • • • •

Ingresos por transporte de pasajeros en líneas aéreas. Ingresos por suscripciones. Ingresos por fletes y carga. Ingresos adeudados por cuotas sociales.

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Pérdidas en contratos de venta.

Contratos: • • •

Ingresos por devengar. Costos por incurrir. Grado de avance.

Leasing: Costos directos iniciales. Costos de administración. Valores residuales.

• Probabilidad de pérdida. • Monto de la pérdida. Tasas: • • •

Tasa de impuesto efectiva anual en informes financieros intermedios. Tasa de interés aplicable a cuentas por cobrar y a cuentas por pagar. Tasa de utilidad bruta sobre un programa o método de contabilización.

Otros: •

Pérdidas y valor neto realizable en ventas de segmentos o en la reestructuración de negocios. Valor justo en transacciones no monetarias costos en un informe financiero intermedio.

Fuente: Auditool


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Contratación de auditores externos - Una perspectiva desde el comité de auditoría

El papel que desempeña el comité de auditoría, ha tomado un nivel de importancia como nunca antes; a tal grado, que ahora se considera como una mejor práctica que este órgano, auxiliar del consejo de administración, sea el que se encargue de elegir a la firma de contadores públicos que dictaminará los estados financieros de la sociedad y prestará otros servicios, tanto de carácter obligatorio por disposición de ley, como optativos, por así convenir a los intereses de la entidad.

será vista con mayor frecuencia, veo conveniente dar algunas ideas para apoyar a los integrantes de dichos comités en el cumplimiento de esta obligación.

claramente las necesidades/ servicios que se pretenden y que detalle el proceso que seguirán internamente para determinar al ganador del concurso.

El comité de auditoría, para cumplir con este cometido, debe elaborar un plan completo, que tome en consideración todos los elementos que intervienen, desde la oportunidad en el tiempo, los servicios y hasta los elementos de juicio que pondrá en juego, así como las bases para la negociación de los precios.

La intervención del comité puede resultar en una recomendación al consejo de administración o en la contratación directa, situación que depende de los atributos específicos de cada comité.

En todos los casos es recomendable hacer un proceso de licitación o concurso ordenado y profesional que contenga y contemple una base uniforme, que permita comparar objetivamente las propuestas, que explique

Considero como un factor fundamental para el éxito del concurso, contar con el tiempo suficiente para que puedan desahogarse todos los temas inherentes. Cuando se cuenta con el tiempo necesario, el proceso puede planearse, organizarse y ejecutarse adecuadamente y este es el ideal, pero no siempre es así; me referiré al primer escenario, en donde hay tiempo suficiente para todos los actores.

Al considerar que esta actividad

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Entre las cuatro grandes firmas de auditoría hay una gran calidad y amplia gama de servicios, pero también existen otras que, por su tamaño, ubicación geográfica


Auditoría Herramientas Profesionales o rango de precios, pueden considerarse como idóneas dentro de este proceso. El primer paso a dar, después de haber inventariado todos los servicios que se van a poner a concursar, es determinar a quiénes se va a invitar a concursar. Una vez hechas las invitaciones a las firmas que el comité de auditoría haya decidido poner a concursar, y una vez salvado el importantísimo tema de los convenios de confidencialidad, deberá entregar, preferentemente por escrito, las bases del evento, además de entrevistarse con los representantes de esas firmas a efectos de clarificar los aspectos generales de los servicios requeridos y la forma en la que se desarrollará el concurso. Las bases del concurso pueden contar con un índice como el que a continuación sugiero: • • • • • •

• •

• •

Introducción. Propósito del documento. Definición y descripción de la sociedad. Relación de los servicios requeridos. Características de los servicios requeridos. Visita a instalaciones, plantas y entrevistas con ejecutivos clave. Contactos al interior. Información de la(s) firma(s) de Contadores Públicos. Características de la propuesta técnica y de la cotización. Calendario del concurso. Metodología del concurso.

Introducción En este capítulo pueden señalarse cuáles son los motivos que llevan al comité de auditoría a iniciar el proceso de licitación de los servicios, por lo que a las firmas invitadas les deberá quedar claramente definida la situación

ante la que están presentes, como:

dato necesario para una identificación inicial.

--

Definición y descripción de la sociedad

--

Una entidad nueva que nunca antes ha tenido operaciones y requiere contar con estos servicios profesionales. Una entidad que, por diversas circunstancias, desea cambiar de firma por las siguientes razones: Requiere cambiar: es el cambio por el cambio mismo; existen adeptos pero también detractores a esta situación. Es necesario analizar ventajas y desventajas de cambiar o permanecer. Existe una cláusula en los estatutos sociales que obligue hacer el cambio de firma, no de socio, cada determinado periodo. Porque tiene obligación de concursar los contratos de un cierto importe en adelante. Porque requiere de más servicios que los que en ese momento le presta la persona moral correspondiente y desea hacer un paquete completo. Porque desea reducir el costo del servicio actual, como parte de una estrategia de reducción de los gastos de la entidad, etcétera.

Propósito del documento Puede hacerse una breve descripción de la intención del documento o bases del concurso, para indicar, entre otras cosas, que se trata de la emisión clara y uniforme de las reglas que rigen el concurso; que serán comunes y obligatorias para todos los que decidan participar; que señala el alcance de la convocatoria, es decir, el o los periodos o ejercicios sociales por los que será válido el contrato y cualquier otro

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Esta parte de la labor es de especial importancia y debe hacerse de manera completa y auténtica, para dar a conocer a los interesados y la sociedad que emite la invitación al concurso, lo que les permitirá que obtengan tanta información como sea posible acerca del giro o giros de la compañía, el formato societario bajo el cual funciona, la denominación o razón social y ubicación de las sociedades, la estructura jerárquica, tanto en posiciones como en nombres de las personas que las ocupan y, si es posible, un breve currículo y hasta fotografía de los principales directivos y ejecutivos, las divisiones que la integran, indicando si se trata de una compañía con alcance local, regional o internacional y, en su caso, las ciudades, estados, regiones o países que comprende. También es prudente describir lo que pudiera entenderse como el “mapa accionario”, en donde se hable de la forma en la que se integra el capital social de las compañías, de las tenedoras y de las sub-tenedoras, si las hubiera. Pueden incluirse copias de las principales actas de asambleas, como la constitutiva y subsecuentes, además de las de las sesiones del consejo de administración. Es determinante incorporar a este documento los estados financieros de dos o tres ejercicios anteriores, si fuera el caso, así como la descripción de las principales políticas contables que han aplicado, si es que las notas a los estados financieros aludidos fueran omisas o parcas en este tema. También es conveniente describir, ampliamente, el tema rela-


Herramientas Profesionales Auditoría tivo a los sistemas de información. Por lo tanto, sería necesario indicar cuál es la plataforma tecnológica que utilizan; si el conjunto de programas con los que soporta la operación son de carácter comercial o han sido desarrollados ex profeso; el número de versión y su año de emisión; si los administran directamente o utilizan los servicios de un tercero; si están integrados entre sí o son independientes, y cómo logran la “comunicación” entre ellos. Para redondear la imagen de la compañía, hay que añadir la información relativa al número de personas que la integran, los sindicatos a los que están afiliados sus colaboradores y hasta las tasas de crecimiento y permanencia. Sobra decir que, antes de entregar este paquete de información, es recomendable firmar un contrato o convenio de confidencialidad entre las partes, debidamente validado por los abogados. Relación de los servicios requeridos Puede ser práctico hacer una relación de los servicios requeridos, que sirva como un índice para la siguiente etapa, que es la descripción detallada de tales servicios. Esta relación de servicios puede ser tan larga o tan corta como las necesidades propias de cada entidad en lo particular; sin embargo, es conveniente tener en cuenta, desde el principio, que los servicios a requerir no generen ningún conflicto de interés o independencia al otorgarlos a una misma firma en lo particular, pues de detectar tales inconsistencias, será indispensable hacer las separaciones pertinentes desde el inicio para hacer dos o más licitaciones. Esta relación

contiene todos aquellos servicios especiales que, por la naturaleza de la sociedad, pudieran requerir el comité de auditoría, el consejo de administración, la propia administración o un tercero interesado y cuya necesidad sea indispensable cumplir. Características de los servicios requeridos Aunque esta explicación puede estar incluida en el apartado antes descrito, al tratarse por separado no se duplica, sino que en una parte encontrarán los servicios como una lista y en la siguiente, la descripción exacta y concisa de cada uno de ellos, en donde puede hacerse mención del nombre técnico y/o coloquial del servicio, su contenido, alcance y cualesquiera otra características que requiera alguna de las partes interesadas. Por ejemplo, si requieren el dictamen de los estados financieros consolidados y los individuales o solo uno de ellos; si deberán ser traducidos a uno o más idiomas; si deberá haber algún tipo de conversión o consideración especial; si deberán cumplir con los requerimientos de algún banco o sindicato de ellos; si habrá necesidad de estudios de precios de transferencia y entre qué países; si requerirán el dictamen para las cuotas de seguridad social, de consumo de agua, etc., y toda aquella información que el auditor pudiera llegar a necesitar para hacer su mejor estimación de tiempos y costos. Visita a las instalaciones, plantas y entrevistas con ejecutivos clave Puede resultar evidente que al estar tratando con el comité de auditoría que está integrado por consejeros independientes y no tienen relación directa con la operación del día con día, será necesario designar a los ejecuti-

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vos clave a los que podrán entrevistar las firmas participantes, a fin de ganar un mayor conocimiento del ente a servir. En la misma dirección apunta la visita a las instalaciones físicas de la compañía, que les permitirá conocer los principales procesos, tanto operativos como de administración. Contactos al interior Junto con la información de ejecutivos clave, proporcionar información del o de los contactos al interior del comité de auditoría para aclaraciones e información adicional. Información de la(s) firma(s) de Contadores Públicos Una vez que se ha descrito a la sociedad y los servicios requeridos, es el turno de solicitar información sobre aspectos puntuales de las firmas en concurso, a fin de que el comité se allegue de los elementos de juicio en los que se apoyará para tomar la decisión de otorgar el contrato. La información puede ser de distinta naturaleza, pero es necesario conocer la estructura organizacional de la firma; si se trata de una entidad nacional o es parte de una internacional; si cuenta con el apoyo del staff para soportar la función principal (auditoría externa): la investigación fiscal y contable, la auditoría a los sistemas de información, la capacidad y uso de la tecnología de información como parte de su proceso y de su soporte; bases de conocimiento, etc. Asimismo, si posee la descripción de las características y métodos de trabajo; enfoque de riesgos; método para determinar la materialidad de las partidas a cuestionar; forma de capacitar, retener y promover al personal clave; procesos de confidencialidad de la información entre equipos de trabajo, y forma de coordinación


Auditoría Herramientas Profesionales de la firma a nivel nacional o internacional, si fuera el caso.

tos/servicios, motivo de la cotización.

También hay que hacer la pregunta que corresponde a los elementos que utilizará la firma para garantizar, razonablemente, la permanencia del equipo asignado, a fin de que la curva de aprendizaje se lleve a cabo una sola vez y no cada año.

Puede ser necesario que la propuesta técnica se presente por separado de la económica o conjuntamente, dependiendo del motivo por el cuál se solicita la cotización de los servicios. Cuando de lo que se trata es de escoger un auditor por los atributos de la calidad de su servicio, su metodología, su proceso, su prestigio, es recomendable solicitar los documentos por separado, a fin de que quienes toman la decisión, no se vean influidos por el precio desde un principio. Tratándose del caso de intentar reducir el costo de los servicios, la situación es distinta y los costos pueden ir en el mismo documento.

Interés especial merece la información sobre los clientes que atienden en la actualidad y que pudieran ser competidores. Esta es una situación delicada por existir la duda de que pudiera haber intercambio de información. Este tema debe resolverse a satisfacción del cliente, quien podrá rechazar alguna firma en función de considerar incompatible su cartera de clientes. Un elemento que debe considerarse en este proceso, es que es facultad del cliente, entre otras, seleccionar al equipo de personas que le atenderían, por lo que de considerarlo así, podría solicitarle a las firmas que le presenten una terna de socios y gerentes, con nombres y currículos, para que escojan el equipo que les atendería en caso de ser seleccionados. Características de la propuesta técnica y de la cotización En este apartado resulta interesante establecer si habrá necesidad de que las firmas presenten por escrito su propuesta técnica y económica y si habrá o no, oportunidad de hacer una presentación oral ante el comité de auditoría. En la propuesta técnica las firmas incluyen todos los temas descritos en el apartado 8 con una orientación técnica específica, por lo que deben describir su metodología y el proceso que siguen para obtener los produc-

En el caso de la propuesta económica, pueden considerarse los siguientes temas: definir la moneda en la que deberán expresarse la cifras, pudiendo ser local o en un referente internacional como dólares o euros; si el contrato se extendiera por más de un ejercicio, definir el método que utilizarán para actualizar sus precios en los periodos subsecuentes; definir si requieren la cotización de manera analítica o global; definir a cargo de quién corre el costo de la curva de aprendizaje, y definir cuotas por hora, así como la forma en la que se incurrirán los gastos de viaje, si fuera el caso. En general, se trata de contemplar todos los casos y posibilidades, para no tener costos ocultos y que las cotizaciones puedan ser totalmente comparables. Calendario del concurso La definición de las fechas de los eventos debe ser muy clara. Podría incluir la fecha para recibir debidamente firmados y aceptados, los convenios de confidencialidad, las fechas para las

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visitas a las instalaciones y entrevistas con ejecutivos clave, la fecha de entrega de la propuesta técnica-económica, de la presentación oral, incluido el tiempo disponible para cada firma y, finalmente, la fecha de comunicación de resultados, sea que la haga directamente el comité de auditoría o el propio consejo de administración. Metodología del concurso El comité de auditoría puede señalar cómo se llevará a cabo el concurso y cuáles serán los criterios que determinarán al ganador del mismo. Las firmas deben conocer la importancia de cada uno de los factores técnico-profesionales y del precio, para poder enfocarse en ellos satisfactoriamente. También conviene establecer, tanto el valor de la propuesta escrita como el de la presentación oral. Las reglas claras producirán una competencia sana entre las firmas invitadas. El trabajo al interior del comité es arduo y difícil, pero si se fijan anticipada y adecuadamente las métricas bajo las cuales pasarán las propuestas, seguramente que se facilitará un tanto la selección de la firma ganadora. Este tema podría ser el más extenso de todos, pero estaría basado en supuestos, por lo que cada caso debe tratarse con las particularidades de la empresa de que se trate.

Fuente: Revista Contaduría Pública del Instituto Mexicano de Contadores Público – Por Guillermo Sánchez Arrieta


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Fases de la auditoría: comunicación de resultados informes se va a hacer patente el estilo propio de cada auditor. Juntar letras con sentido no es tan sencillo como parece, aunque por suerte existen técnicas de escritura de informes, fácilmente accesibles para cualquier interesado.

La comunicación de los resultados del trabajo cierra el proceso principal de la auditoría, con independencia de que haya otras actividades importantes como la supervisión o el seguimiento del progreso de los planes de acción. Durante el progreso del trabajo, y al finalizar el trabajo de campo, se pueden hacer comunicaciones intermedias, sin necesidad de que se hagan de manera formal. Esto es importante cuando se observan hechos que sean de una entidad suficiente que requieran la adopción de medidas inmediatas por el cliente. Sea de una forma u otra, creo que es positivo que se establezcan medios para anticipar los resultados al cliente antes de que reciba una primera versión del informe. El informe final es, el elemento más trascendente del proceso completo de la auditoría. La redacción del mismo es en sí mismo un auténtico reto al que nos enfrentamos por la dificultad

de que las observaciones y conclusiones de auditoría queden adecuadamente reflejadas en el mismo. Por su condición de producto final es importante atender tanto a la forma como al contenido. La primera duda surge al plantearnos qué tipo de comunicación presentar. Las normas facilitan que cada organización emplee el formato que considere más apropiado a cada tipo de trabajo. Según mi experiencia, no hay ninguna estructura de informe que sea 'redonda'. Personalmente soy partidario de redactar informes breves y que se acompañe de un resumen ejecutivo, que puede incluirse como un anexo separado con destino a la alta dirección. En cuanto al contenido, hay unos requerimientos mínimos que deben estar presentes en el informe como son la expresión del objetivo, alcance y los resultados. En la redacción de los

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En la medida de lo posible, debemos aspirar a lograr que las comunicaciones cumplan unos niveles de calidad, conforme señala la Norma 2420 'las comunicaciones deben ser precisas, objetivas, claras, concisas, constructivas, completas y oportunas'. Los potenciales lectores de nuestros informes agradecerán que seamos capaces de alcanzar estos atributos. Aquellos informes que por su naturaleza lo requieran deben incluir una opinión. Esta es la expresión del juicio profesional del auditor sobre el objeto auditado y puede indicarse de forma general o limitada. La opinión debe estar alineada con las observaciones y conclusiones señaladas. La opinión se forma durante toda la auditoría y es un elemento más de la misma, ni mucho menos el más importante. Aunque al final, y que equivocadamente, es el poso que queda de todo el trabajo realizado.

Fuente: Auditoria Interna 2.0 Por Jaime García


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Herramientas Profesionales Aduanero

Vea los cinco puntos claves del nuevo Estatuto Aduanero

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Aduanero Herramientas Profesionales se les reconoce ese hecho, facilitándoles el proceso.

La norma elimina la preocupación de las empresas que realizan operaciones de comercio exterior, en especial sobre los controles.

La idea es que la DIAN conozca a sus clientes y que estos se ganen la confianza, para que los controles sean expost y no exante.

Controlar y facilitar: esos son los objetivos centrales del Estatuto Aduanero que entrará en vigor en los próximos días, una vez el presidente Juan Manuel Santos firme los decretos reglamentarios de la norma que fue aprobada por el Congreso de la República en el segundo semestre del año pasado.

“La figura más grande de la confianza es el Operador Económico Autorizado (OEA), al cual las empresas se tienen que someter y cumplir unos estándares. Esto nos ayuda a bajar los costos, porque no es necesario pedir garantías bancarias ni de compañías de seguros. De esa manera, las sanciones y las aprehensiones que se hagan de mercancía no sean por cuestiones formales sino circunstanciales”, señaló Díaz Molina.

“Estamos satisfechos con lo logrado, porque los proyectos anteriores le daban mucha fuerza al tema del control, pero muy poco o nada a la facilitación del comercio exterior”, dijo Javier Díaz, presidente de Analdex, gremio que reúne a los exportadores e importadores colombianos.

En la actualidad, cuando un exportador o un importador comete un error que no puede corregir, es sancionado, e incluso le decomisan la mercancía. Ahora se puede revisar, sin sanción y sin quitarle el producto. Hoy, el 76 % de la mercancía aprehendida por la Policía Fiscal y Aduanera es por cuestiones formales.

Por su parte, fuentes de la DIAN aseguran que la implementación se hará de forma paulatina, de manera tal que los protagonistas de las actividades de comercio exterior puedan prepararse para cumplirla. 1.

La norma se enfoca en la gestión del riesgo, un principio que va a empezar a aplicar la administración aduanera. Así mismo endurece las sanciones y las multas para quienes violen las normas. A continuación, Portafolio publica los cinco puntos claves del nuevo Estatuto Aduanero, que debe entrar en vigencia este mes, pero cuya implementación se extenderá hasta el segundo semestre de este año. La norma se concentra en la confianza en el cliente, es decir, que a quienes tienen tradición de exportadores

la responsabilidad a ellos. Ahora, el contratar o no un agente de aduana va a ser facultativo, es decir, opcional. El exportador o importador puede hacer directamente el trámite, pero también se mantiene la opción de contratar un agente aduanero. En ambos casos, el responsable es el dueño de la mercancía, y sobre él recaen las sanciones y las responsabilidades. Eso lleva a que las empresas fortalezcan sus departamentos de comercio exterior.

“Ese no es el contrabando, sino el producto de un error que cualquiera puede cometer”, señala el dirigente gremial. 2.

El usuario dispone de entre 5 y 15 días para hacer correcciones en la documentación.

3.

En las declaraciones de importación o de exportación el responsable va a ser el declarante. En la actualidad, el empresario contrata un agente aduanero que le haga los trámites y le cede

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Eso significa que el presidente o el gerente de una empresa deben ponerle cuidado a esta operación porque si comete un error no subsanable puede terminar en la cárcel. La figura de agentes de aduanas no desaparece, sino que debe agregar valor para que el empresario los contrate. 4.

La DIAN tendrá un sistema informático robusto que le permita llevar el control de las operaciones de manera electrónica. Este proceso apenas está siendo implementado, razón por la cual se tomará unos meses más.

5.

En los regímenes especiales el gran cambio que se introduce es la posibilidad de exportar a través de otro país recursos como el petróleo, combustibles líquidos derivados del mismo, gas y energía eléctrica. “Ahora es posible utilizar el territorio de otro país para exportar a un tercer destino y, para ello, se puede hacer uso de los ductos, tuberías o redes de Ecua-


Herramientas Profesionales Aduanero dor para de ahí sacar el petróleo a Honduras, por ejemplo. Además, el reembarque deja de ser una modalidad de exportación y pasa a ser un destino aduanero, lo que conlleva a una simplificación en el trámite de reembarque porque no

se requerirá presentar una declaración aduanera de exportación”, afirma Karla Cure, abogada Asociada de Posse Herrera Ruíz. Finalmente, vale la pena destacar que, en materia de exportación, las modalidades de exportación definitiva, la de muestras

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sin valor comercial y la de café no presentarán mayores modificaciones.

Fuente: Portafolio


Herramientas Profesionales

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Herramientas Profesionales Laboral

Empresas tendrán un año más para implementar Sistema de Seguridad y Salud

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Laboral Herramientas Profesionales El Ministerio de Trabajo anunció que se amplió por un año el plazo para que todas las empresas del país implementen el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, SG-SST. Bajo el decreto 171 del 1 de febrero, el plazo para las empresas de menos de diez (10) trabajadores estaba fijado hasta el pasado 31 de enero; para las empresas entre 10 y 200 trabajadores, hasta julio del presente año y para las de más de 201 trabajadores hasta enero de 2017. Con la modificación, todas las empresas sin tener en cuenta su tamaño deberán hacer el cambio hasta el 31 de enero de 2017. Con la medida se busca facilitar la sustitución del programa de Salud Ocupacional por el nuevo Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. El nuevo sistema, creado mediante decreto 1443 de 2014, hoy Decreto Único 1072 de 2015 y antes conocido como Programa de Salud Ocupacional (Resolución 1016 de 1989), busca identificar los peligros, evaluar y valorar los riesgos y establecer los respectivos controles, mediante la mejora continua del sistema en las empresas y cumplir con la normatividad en materia de riesgos laborales. La principal razón del cambio es

que con este nuevo programa se buscará "prevenir las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo a las cuales están expuestos los empleados, reduciendo al mínimo los accidentes y enfermedades laborales que se puedan presentar", explicó el viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Enrique Borda Villegas. El funcionario también explicó que la implementación del SGSST debe ser liderada por el empleador con la participación de los trabajadores para lograr la aplicación de las medidas de prevención y control eficaz de los peligros y riesgos en el lugar que laboran. Además quienes no cumplan con la medida serán sancionadas con multas hasta de 1.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes y “en caso de reincidencia de tales conductas o por incumplimiento de los correctivos que deban adoptarse, se podrá suspender actividades hasta por un término de 120 días o el cierre definitivo de la empresa", aclaró la directora de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, Andrea Torres Matiz. Pasos que se deben seguir las empresas para la implementación del nuevo Sistema SG-SST 1.

Evaluación inicial del Sistema de Gestión de la Segu-

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ridad y Salud en el Trabajo. Identificación de peligros, evaluación, valoración y gestión de los riesgos. 3. Política y Objetivos de Seguridad y Salud en el Trabajo. 4. Plan de Trabajo Anual del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo y asignación de recursos. 5. Programa de capacitación, entrenamiento, inducción y reinducción en SST. 6. Prevención, preparación y respuesta ante emergencias. 7. Reporte e investigación de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales. 8. Criterios para adquisición de bienes o contratación de servicios con las disposiciones del SG-SST. 9. Medición y evaluación de la gestión en SST. 10. Acciones preventivas o correctivas. 2.

Fuente: El Empleo



Entorno

Entorno Financiero 68 El impacto de la tasa de cambio para la balanza comercial

Economía 72 La exportación del modelo chino Actualidad 75 Presupuesto General de la Nación de 2016: ¿Austeridad Inteligente? Estratégico 78 ¿Cómo iniciar un negocio sin dinero o con poca inversión?

Noticia verde 80 BID: Brasil, Chile, México y Uruguay lideran energía limpia eólica, solar, biomasa y otras

Análisis

Normatividad

Spatia

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Material Relacionado

Herramienta Profesionales


Entorno Financiero

El impacto de la tasa de cambio para la balanza comercial

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Financiero Entorno

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Entorno Financiero Con base en el último saldo de balanza comercial publicado, es posible analizar un mercado colombiano en el cual el impacto positivo de la tasa de cambio sobre sus exportaciones alcanzó su límite, generando incertidumbre y preocupación sobre el futuro que depara al sector exportador. Desde inicios de 2015, cuando la TRM superaba los $2.400 pesos/dólar, las esperanzas que se tenían sobre la reducción o superación del déficit de la balanza comercial eran altas. Sin embargo, según estimaciones del área de investigaciones económicas de Bancolombia, a cierre de 2015 el déficit en dicha cuenta incrementó 385.6 %, alejando cualquier escenario positivo por parte del impacto de la tasa de cambio en el mercado nacional. Colombia, considerada una economía emergente con alto nivel de dependencia a la producción y comercialización de materias primas, no es ajena a la desaceleración económica mundial. Por lo tanto, la caída de los precios, principalmente el petróleo y el carbón, han calado en las cuentas nacionales, propiciando una caída estimada del 44 % en las exportaciones tradicionales.

Esto, es reflejo del impacto limitado de la tasa de cambio en la competitividad del sector exportador colombiano, donde, al superar su margen, los rendimientos tienden a ser negativos y se suelen profundizar las dificultades originarias a los fenómenos de cuellos de botella presentes en el sector. Adicionalmente, los principales socios comerciales del mercado colombiano afrontan situaciones semejantes, por lo que la demanda de bienes nacionales por parte de estas economías ha disminuido. Por ello, y teniendo como base la coyuntura depreciativa nacional y la actual desaceleración económica global, se espera un escenario con mayor variaciones negativas para las exportaciones, en el cual, ante una mayor depreciación de la moneda local, el impacto de la tasa de cambio perderá terreno en el ámbito de beneficios comerciales y atacará la ineficiencia productiva y operacional del sector exportador, agravando la situación local, en especial la balanza comercial. No obstante, la depreciación del peso frente al dólar ha tenido el impacto esperado sobre la de-

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manda de bienes extranjeros, disminuyendo las importaciones en un 150.3 %, según estimaciones de Bancolombia. Este factor denota el incremento de la demanda nacional por bienes producidos internamente, lo cual ha impulsado la recuperación de la industria colombiana. Sin embargo, el déficit de balanza comercial ha aumentado, conduciendo a perspectivas futuras negativas, en donde será la demanda interna la que solventará la cuenta nacional correspondiente a las relaciones comerciales internacionales. Ante esto, la posibilidad latente de una mayor depreciación del peso genera incertidumbre y preocupación en la balanza comercial nacional, pues el tiempo en el cual se observaba el aumento de la tasa de cambio como factor positivo para las cuentas nacionales ya pasó, y lo que queda es afrontar y dar pronta solución a las múltiples dificultades que posee el sector exportador para que el impacto negativo sea menor.

Fuente: Sectorial


Entorno

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Entorno Econom铆a

La exportaci贸n del modelo chino

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Economía Entorno En los últimos años la estrategia de desarrollo estadounidense y europea se ha centrado en las grandes inversiones para la salud, empoderamiento de la mujer, apoyo a la sociedad civil mundial, y medidas anticorrupción. En los inicios de 2016 estamos presenciando una histórica competencia entre modelos de desarrollo –es decir, estrategias para promover el crecimiento económico– entre China, por un lado, y EE.UU. y otros países occidentales, por otro. Aunque se trata de una contienda que en gran medida el público en general no ha visto, su resultado determinará el destino de gran parte de Eurasia durante las próximas décadas. La mayoría de los occidentales es consciente de que el crecimiento se desaceleró sustancialmente en China: pasó de más del 10 % anual en las últimas décadas a menos del 7 % (y tal vez menos) en la actualidad. Los líderes de ese país no se quedaron de brazos cruzados, sino que procuraron acelerar el cambio desde un modelo de crecimiento orientado a las exportaciones, nocivo para el medio ambiente y basado en las manufacturas pesadas a otro centrado en el consumo interno y los servicios. Pero los planes chinos implican además una importante dimensión externa. En 2013, el presidente Xi Jinping anunció una gigantesca iniciativa llamada un cinturón y un camino, que transformará el corazón económico de Eurasia. La parte del cinturón implica vincular por ferrocarril a China Occidental con Asia Central y, desde allí, con Europa, Oriente Medio y Asia Meridional. La parte que extrañamente llamaron camino está compuesta por puertos e instalaciones para aumentar el tráfico marítimo

desde Asia Oriental y conectar esos países con el cinturón, permitiéndoles transportar sus bienes por tierra en vez de tener que transitar dos océanos, como ocurre actualmente. El Banco Asiático de Inversión para Infraestructura (BAAI) –liderado por China y en el que EE.UU. se negó a participar a principios de este año– está diseñado, en parte, para financiar Un cinturón y un camino. Pero las necesidades de inversión del proyecto son gigantescas respecto de los recursos de la nueva institución propuesta. De hecho, “un cinturón y un camino” representa un sorprendente cambio en la política china. Por primera vez, China busca exportar su modelo de desarrollo a otros países. Las empresas chinas, por supuesto, han estado extremadamente activas en toda Latinoamérica y el África Subsahariana durante la última década: invirtieron en los sectores de materias primas y extractivos, y en la infraestructura necesaria para transportar esos productos a China. Pero un cinturón y un camino es diferente: su propósito es desarrollar capacidad industrial y demanda de consumo fuera de China. En vez de extraer materias primas, China busca desplazar su industria pesada a países menos desarrollados, enriqueciéndolos y fomentando su demanda de productos chinos. El modelo de desarrollo de China es diferente del que actualmente está de moda en Occidente. Se basa en inversiones masivas en infraestructura lideradas por el Estado –rutas, puertos, generación eléctrica, trenes y aeropuertos– que faciliten el desarrollo industrial. Los economistas estadounidenses reniegan de esta propuesta que podríamos describir como “constrúyelo y la demanda llegará” debido a las

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posibilidades que se abren para la corrupción y el usufructo particular cuando la participación estatal es tan intensa. En los últimos años, por el contrario, la estrategia de desarrollo estadounidense y europea se ha centrado en las grandes inversiones para la salud pública, el empoderamiento de la mujer, el apoyo a la sociedad civil mundial y las medidas anticorrupción. Independientemente de cuán loables sean estas metas occidentales, ningún país se ha enriquecido invirtiendo solamente en ellas. La salud pública es una condición de fondo importante para el crecimiento sostenido, pero si una clínica carece de electricidad confiable y agua limpia, o no hay caminos para llegar a ella, no servirá de mucho. La estrategia china basada en la infraestructura ha funcionado extremadamente bien en ese país y constituye un componente importante de las estrategias implementadas por otros países del Este Asiático, desde Japón y Corea del Sur hasta Singapur. La gran pregunta para el futuro de la política mundial es clara: ¿cuál de estos modelos se impondrá? Si “un cinturón y un camino” cumple las expectativas de los planificadores chinos, toda Eurasia, desde Indonesia hasta Polonia, será transformada durante la próxima generación. El modelo chino florecerá fuera de ese país, elevará los ingresos y, con ellos, la demanda de productos chinos para reemplazar a los mercados estancados en otras partes del mundo. Las industrias contaminantes también se trasladarán a otras partes del mundo. En vez de formar parte de la periferia de la economía mundial, Asia Central estará en su corazón. Y la forma autoritaria del gobierno chino se hará acreedora de un inmenso presti-


Entorno Economía gio, que implicará un gran efecto negativo para la democracia en todo el mundo. Pero hay motivos importantes para cuestionar el éxito de un cinturón y un camino. El crecimiento impulsado por la infraestructura ha funcionado bien en China hasta el momento porque el gobierno chino pudo controlar el entorno político. Este no será el caso en el extranjero, donde la inestabilidad, el conflicto y la corrupción interferirán con sus planes. De hecho, China ya ha tenido que enfrentar a grupos de interés airados, legisladores nacionalistas y amigos inconstantes en lugares como Ecuador y Venezuela, donde ya cuenta con masivas inversiones. China lidió con el descontento de los musulmanes en su propia provincia de Xinjiang, en gran medida, a través de denegaciones y represión, pero esas prácticas no funcionarán en Pakistán o Kazajstán. Esto no significa, sin embargo,

que los gobiernos de EE.UU. y otros países occidentales puedan adoptar una postura complaciente y sentarse a esperar el fracaso chino. La estrategia del desarrollo a través de las infraestructuras masivas puede haber alcanzado su límite dentro de China y tal vez no funcione en el extranjero pero, de todas maneras, es fundamental para el crecimiento mundial. EE.UU. supo construir enormes represas y redes de caminos allá por los 50 y los 60, hasta que esos proyectos pasaron de moda. Actualmente, tiene relativamente poco que ofrecer a los países en vías de desarrollo en este sentido. La iniciativa Power Africa del presidente Barack Obama es buena, pero le ha costado ganar impulso; los esfuerzos para construir el puerto Fort Liberté en Haití han resultado un fiasco. EE.UU. debiera haberse convertido en miembro fundador del BAAI; de hecho, aún puede incorporarse para orientar a China

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hacia un mayor cumplimiento de las normas ambientales, laborales y de seguridad internacionales. Al mismo tiempo, en EE.UU. y otros países occidentales debemos preguntarnos a nosotros mismos por qué la infraestructura es ahora tan difícil de construir, no solo en los países en vías de desarrollo, sino también en nuestros propios territorios. A menos que lo hagamos, nos arriesgamos a ceder el futuro de Eurasia y otras partes importantes del mundo a China y su modelo de desarrollo.

Fuente: El Espectador – Por Francis Fukuyama


Actualidad Entorno

Presupuesto General de la Naci贸n de 2016: 驴Austeridad inteligente?

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Entorno Actualidad Conforme avanza el año 2016, viene siendo cada vez más evidente el elevado grado de tensión fiscal que enfrentará Colombia durante el próximo quinquenio por cuenta del fin del auge minero-energético (tanto en volúmenes como en precios). De hecho, la Comisión de Expertos Tributarios avizora faltantes fiscales del orden del 1.5 % del PIB en 2018 y del 3 % del PIB en 2022, dada la destorcida minero-energética y el marchitamiento de impuestos antitécnicos (Imporriqueza, sobretasa-CREE y GMF). Ello corrobora los faltantes fiscales que varios analistas han venido mencionando, estimados en cerca del 2 % del PIB, incluyendo 1 punto de menores transferencias. Toda esta tensión fiscal se refle-

ja en el Presupuesto General de la Nación de 2016 (PGN-2016), por valor de $216 billones (25 % del PIB), el cual incluye recortes por cerca de un punto del PIB respecto a 2015 (ver cuadro adjunto). El PGN-2016 se denominó como de “ajuste presupuestal inteligente”, al reducir la relación gasto (sin servicio de la deuda)/PIB del 20.3 % en 2015 hacia el 19.5 % en 2016. Pero los ciudadanos se preguntan, y con razón: ¿qué tan inteligente es recortar el gasto de inversión, el verdaderamente productivo, del 5.6 % del PIB en 2015 hacia el 5.1 % del PIB en 2016? Este reparo es pertinente debido a que es bien sabido que el “talón de Aquiles” de nuestra baja productividad, especialmente exportadora, radica en la caren-

cia de infraestructura, la cual no podrá ser financiada en su totalidad a través de concesiones viales. Lastimosamente, esos ajustes en la inversión son el resultado de las inflexibilidades presupuestales provenientes de: i) gastos de personal, representando 3.9 % del PIB; ii) elevados montos de transferencias que representan “caja atrapada” del CREE, con destinación específica hacia la educación-Sena-ICBF (1.3 % del PIB) y 4 % del PIB para pensiones; y iii) el servicio de la deuda, donde la devaluación del 15 %-20 % durante 2016 (promedio anual) estará elevando los pagos por intereses hacia el 2.6 % del PIB (+0.3 % del PIB frente a 2015).

Presupuesto General de la Nación para 2016 (% del PIB) 2015 (1)

2016 (2)

Var (2) - (1)

4.0

3.9

-0.1

Defensa y Seguridad

2.1

2.1

Rama Judicial Fiscalia y justicia

0.8

0.9

0.0

Defensa y Seguridad

1.0

0.9

-0.1

10.4

10.4

0.0

Transferencia para inversión (SGP, victimas y otros)

4.9

5.0

0.1

Otras transferencia

5.5

5.3

-0.2 -0.2

Gastos de personal y generales

Total transferencias

De las cuales pensiones

0.0

4.1

4.0

Operación Comercial

0.2

0.2

0.0

Servicio de deuda

5.8

5.5

-0.3

Amortizaciones

3.5

2.9

-0.5

Intereses

2.3

2.6

03

Inversión

5.6

5.1

-0.5

Total PGM

26.1

25.0

-1.1

Total PGM sin deuda

20.3

19.5

-0.8

Fuente: Ministerio de Hacienda y Crédito Público

El agravante de todo esto es que incluso la llamada “austeridad inteligente” puede no ser suficiente para cumplir con los requerimientos de la Regla Fiscal, dada la abundancia de supuestos en el fondeo de dicho PGN-2016 (aun después de haber castigado su proyección del precio del petróleo Brent hacia valores promedio de US$35/barril vs. US$50/barril estimados anteriormente). En particular, se destacan: i) la proyección de crecimiento económi-

co del 3.2 % en 2016 (cuando el mercado espera valores en el rango 2 %-2.5 %); y ii) las ganancias en gestión por parte de la Dian que reportarían recaudos adicionales por cerca del 0.5 % del PIB (sin que aún se conozca cuál es el instrumental que así lo permitirá). Todo lo anterior subraya la urgencia de tramitar una verdadera “Reforma Tributaria Estructural” que arbitre recaudos

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por al menos 2 puntos del PIB, pues nuestras presiones tributarias del 14 % del PIB (o del 12.5 %-13 % netas de transferencias CREE) lucen totalmente inadecuadas para fondear las presiones de gasto prospectivo plasmadas en el PGN-2016 (ya comentadas).

Fuente: Informe de Coyuntura Económica – Banco de Occidente


Entorno

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Entorno Estrat茅gico

驴C贸mo iniciar un negocio sin dinero o con poca inversi贸n?

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Estratégico Entorno Una de las mayores preocupaciones que persigue a un emprendedor es el cómo va a financiar su negocio, y en muchas ocasiones la falta de dinero se convierte en un obstáculo difícil de superar. Actualmente existen diversas maneras de financiar un negocio, pero también existen metodologías para emprender con poco o nada de capital, una de estas metodologías es conocida como Bootstrapping, un concepto de origen inglés que hace referencia a realizar una actividad sin recursos o con muy pocos. Es importante aclarar que esta metodología no es compatible con toda clase de negocios, pero con mucha creatividad podemos usar los pilares del Bootstrapping para emprender aunque nuestros recursos sean limitados. Claves del Bootstrapping para iniciar un negocio Para emprender con poco dinero o sin recursos se hace necesario tener en cuenta los siguientes elementos: •

En lugar de enfocarte en la búsqueda de capital, debes centrarte en la generación de ingresos. Busca la esencia de tu negocio y ponla en marcha en pequeña escala. La clave

está en vender y generar ingresos desde el primer momento. Las habilidades de gestión son claves para el éxito (capacidad de vender, para planear, organizar, etc.). Aprovecha cada recurso que tengas a la mano. Desde una computadora hasta un mueble pueden servirte al comenzar. Reinvierte en el negocio. Debes sacrificar los beneficios a corto plazo y enfocarte en mejorar tu producto o servicio. Emprende en compañía de un socio igual de apasionado que tu. Debes ser muy paciente porque empezar con recursos limitados significa que el crecimiento del negocio será lento.

Como puedes ver, el Bootstrapping nos muestra un enfoque distinto al tradicional y es una metodología que se adapta perfectamente al desarrollo de proyectos web o a la creación de startups. Algunos ejemplos de Bootstrapping •

Supongamos que deseas iniciar un restaurante. A primera vista notamos que es necesario hacer una gran inversión en infraes-

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tructura, pero en este caso la esencia del negocio es la elaboración y venta de comida, y lo que podemos hacer es comenzar con comida a domicilio y poco a poco se va expandiendo el negocio hasta poder auto-financiar el local. Supongamos que tu idea es comercializar camisetas estampadas, en este caso puedes reducir la inversión necesaria para comenzar si aprovechas las ventajas de Internet como canal de ventas. Incluso puedes empezar a vender antes de comprar el primer lote de camisetas. Plataformas como eBay o Mercadolibre son muy útiles en este caso. Microsoft es un ejemplo más práctico. El joven Bill Gates inició su empresa en el garaje de Paul Allen (una muestra de cómo aprovechar los recursos a la mano) pero lo más interesante del caso es que el osado Bill vendió la licencia de su sistema operativo a IBM cuando ni siquiera tenía el producto listo.

Fuente: Negocios y Emprendimiento – Por Javier Díaz


Entorno Noticia verde

BID: Brasil, Chile, México y Uruguay lideran energía limpia eólica, solar, biomasa y otras

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Noticia verde Entorno Energía Limpia XXI.- El año 2015 representó un año de gran crecimiento en el uso sostenible de energía limpia y promoción de reformas jurídicas para fortalecer el desarrollo de las renovables en toda Latinoamérica. El más reciente informe del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y Bloomberg: “Climascopio 2015” destaca que en el último año Latinoamérica invirtió más de 23 mil millones de dólares en energía eólica, solar, biomasa, geotérmica y otras renovables. El reporte publicado esta

semana en Energía Limpia XXI destaca que en 2011, la región atrajo US$20 mil millones en fondos para proyectos de energías limpias y en 2014 alcanzó los US$23 mil millones. Sin embargo, hubo obstáculos a lo largo de este camino. En 2013 la inversión fue comparativamente menor, alcanzando los US$15,4 mil millones. La región de América Latina y el Caribe es muy compleja, abarca dos hemisferios e incluye un conjunto muy heterogéneo de países. Como es de esperar, las condiciones y

las oportunidades varían ampliamente entre todos estos países. La mayor parte de la actividad en la región hasta la fecha se ha centrado en las economías más grandes, pero algunos de los países pequeños también se han destacado entre los líderes de energías limpias de la región. Entre los diez primeros lugares del ranking mundial del Climascopio se encuentran cuatro países de América Latina: Brasil, Chile, México y Uruguay.

Además Climascopio indica que estos países aparezcan entre los primeros lugares del ranking no debería ser una sorpresa: Brasil ha sido líder regional en el desarrollo de energías limpias en los últimos cuatro años; a pesar de su desaceleración económica, el sector de las energías limpias sigue creciendo en el país. Chile se ha convertido en un líder en energía solar, primero con proyectos comerciales que no implican un contrato a largo plazo de abastecimiento, sino al contrario, venden su energía en el mercado spot liberalizado. Recientemente el país ha realizado subastas de energía limpia que se entregarán en bloques de tiempo individuales cuando más se requiera de este tipo de energía.

está abriendo nuevas oportunidades para los generadores privados y más capacidad para las energías limpias. Gracias a su sistema de subasta, Uruguay debería terminar el 2015 con casi el 30 % de su capacidad instalada proveniente de parques eólicos. Finalmente, Honduras puso en marcha un sistema de primas atractivas que llevó a una oleada de desarrolladores a instalar 300MW de instalaciones fotovoltaicas en el pequeño país.

la futura implementación de las energías limpias (políticas y la estructura del sector energético) y elementos fundamentales que ayudan al tamaño del mercado (precios de la electricidad, la demanda de energía y la tasa de electrificación).

La reforma energética de México

Parámetro I En el Climascopio, el Marco Propicio del Parámetro I evalúa lo que se ha desplegado en el país (mirando la capacidad de energías limpias instaladas y los niveles de producción de biocombustibles), mecanismos en marcha que pueden facilitar

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Los cinco países con mejor puntaje en este parámetro son: Uruguay, Brasil, Chile, Nicaragua y Costa Rica, los cuales tienen un punto importante en común: todos ellos tienen una alta penetración de energías limpias en su matriz. Uruguay se destaca debido a una puntuación alta en su marco político y el crecimiento rápido de capacidad de energías limpias. En 2014, los países de la región no introdujeron un número particularmente grande de nuevos


Entorno Noticia verde mecanismos de políticas para apoyar las energías limpias. Sin embargo, se dieron pasos clave hacia la ejecución de las políticas que ya estaban establecidas. Entre algunos de los avances clave en el desarrollo de políticas que ocurrieron durante el año 2014, México continuó con la culminación de su reforma energética; Colombia publicó su ley de energía limpia; Honduras implementó un sistema de primas (Feed-in tariffs o FITs) para atraer el interés de inversores en la tarifa de US$180/MWh, que atrajo un gran interés por parte de la industria. Finalmente, Brasil, Chile, Jamaica, Panamá y Uruguay contrataron proyectos con energías de biomasa, minihidráulica, eólica y solar a través de subastas inversas para los contratos de energía. En la Figura 2, se destacan ejemplos de las subastas celebradas en los últimos dos años, mostrando los precios y la capacidad contratada. Marcos de políticas estables y mecanismos de contratación estandarizados, como subastas y sistemas de primas (Feed-in tariffs o FITs) facilitan la instalación de las energías limpias. En la figura 3, se destaca la cantidad de capacidad de energías limpias en la región. A finales de 2014 un total de 39GW de energía limpia fue instalado en ALC, un 7,7GW de los cuales corresponden a nueva capacidad de energía limpia durante el 2014. Dos hitos importantes se alcanzaron en 2014: la energía solar superó la marca de los 0,5GW de capacidad instalada y la eólica alcanzó casi los 10GW. El colapso de los precios internacionales del petróleo fue uno de los grandes acontecimientos que sacudieron el sector energético en América Latina y el Caribe. Cuando el precio de referencia del crudo Brent cayó de US$110

a US$57/barril el impacto se sintió con más fuerza en los países productores de petróleo como Brasil, Ecuador, México y Venezuela, los cuales generaron menores ingresos como consecuencia de ello. En lo que se refiere a las energías limpias, el impacto de la caída del precio del petróleo fue relativamente moderado en América Latina en 2014. Los precios mayoristas spot de electricidad, los cuales tienen una fuerte correlación con los precios del petróleo (ya que las plantas de combustibles fósiles por lo general son las más caras) no cayeron significativamente en el 2014. El promedio cayó solo 5 % a US$53/MWh en comparación con el precio medio en 2013 de US$57,8/MWh. El impacto del petróleo más barato se podría sentir con más fuerza en el 2015, siendo los proyectos comerciales en energía limpia los más afectados, ya que estos se basan en los altos precios en el mercado spot, para lograr retornos de los inversionistas. Parámetro II El parámetro de Inversiones en Energía Limpia y Financiamiento Climático mira los niveles de inversión hasta la fecha para los proyectos de grande y pequeña escala, y mapea los flujos de fondos a las nuevas instalaciones, fusiones y adquisiciones, donaciones y las microfinanzas. Los países que tienen mejor puntaje en este parámetro vieron un aumento importante de la inversión en 2014: Honduras, Bolivia, Guatemala, Panamá y Chile. En el caso de Bolivia, el país atrajo US$41 millones, representando un gran salto en comparación con los US$7 millones que se invirtieron en el 2013. En líneas generales, durante el

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2014 los niveles de inversión en energías limpias en la región se recuperaron y crecieron un 49 % en comparación con 2013, cuando la región solo atrajo US$15 mil millones. Entre los principales destinos de inversión se encuentran: Brasil, que atrajo más de la mitad de los fondos, (US$14 mil millones), seguido por México (US$2 mil millones) y Chile (US$2 mil millones). También es importante destacar algunos de los países que han visto un gran aumento en la inversión durante el 2014, entre ellos Panamá (alcanzando los US$839 millones en 2014, lo que supera ampliamente los US$172 millones de 2013), Honduras (que pasó de US$74 millones en 2013 a US$823 millones en 2014) y Guatemala (que fue de los US$84 millones a los US$702 millones durante el mismo periodo de tiempo). En otros países, la actividad ha comenzado a desacelerarse, como en Uruguay, por ejemplo, que atrajo mil millones de dólares, una cifra impresionante, pero un poco más baja de lo que se invirtió en el año anterior. Los países más pequeños suelen ver un patrón más intermitente de atracción de inversiones debido al tamaño de la red del país. En términos de inversión en tecnologías, las tendencias observadas durante el 2013 continuaron en 2014. La energía eólica se mantiene como el principal sector de la energía limpia en América Latina y el Caribe, atrayendo US$15,5 mil millones en inversión. Brasil, México, Panamá y Uruguay atrajeron la mayoría de ella. La energía solar atrajo una cantidad récord de inversión; US$2,8 mil millones el año 2014, en gran parte debido a la acumulación de proyectos de energía fotovoltaica en Chile y Honduras.


Noticia verde Entorno El Climascopio también mapeó las fuentes de los fondos, clasificándolas en inversionistas nacionales o extranjeras. Los fondos procedentes de inversionistas locales también aumentaron durante el 2014, aunque de forma más modesta que en el año anterior, alcanzando los US$5,3 mil millones, en comparación con US$4,5 mil millones en el 2013. Como muestra el top 20 de inversionistas de energías limpias, el Banco Nacional de Desarrollo de Brasil proporcionó la mayor cantidad de recursos y es uno de los principales inversionistas de energía limpia a nivel mundial. Otro banco de desarrollo regional que también aparece en la lista, es el Banco Centroamericano de Integración Económica. Entre los bancos y agencias multilaterales de desarrollo, vemos que han jugado importantes roles el Banco Mundial, el Banco Interamericano de Desarrollo, la Agencia Japonesa de Cooperación Internacional y el Banco Alemán Gubernamental de Desarrollo (KfW). Finalmente, es importante destacar la participación de los bancos comerciales privados en la lista, como el Santander, de España; Bradesco e Itaú, de Brasil; y Corpbanca, de Chile. Parámetro III El parámetro de Negocios de Bajas Emisiones de Carbono y Cadenas de Valor de Energía Limpia III examina los tipos de empresas que prestan servicios o fabrican equipos para la industria de la energía limpia. Este parámetro también incluye un conjunto de indicadores fuera de la red (off-grid) que solo aplican a Haití, ya que es el único país en la región que es considerado un país fuera de la red bajo la metodología del Climascopio. Al igual que en ediciones anteriores de Climascopio, los países

líderes en este parámetro también coincidieron con algunas de las mayores economías de la región. Brasil y México lograron las puntuaciones más altas gracias al tamaño de sus economías y sus mercados de energía renovable. Sin embargo, la solidez de la cadena de valor de Brasil se ve ayudada por las reglas “de contenido nacional” del país que requieren que los desarrolladores usen equipos de origen local para acceder a préstamos del Banco de Desarrollo de Brasil para proyectos de energía limpia. En México, los impulsores son algo diferentes. Si bien el país tiene aranceles a la importación de equipos fotovoltaicos (PV) fabricados en el extranjero, algunos fabricantes de equipos con base en el país también tratan de exportar al mercado estadounidense. La mayoría de los otros países de la región cuentan con presencia de desarrolladores, ingenieros y constructores en los seis sectores evaluados bajo el Parámetro III: biocombustibles, biomasa y residuos, geotérmica, minihidráulica, solar y eólica. En Haití, donde la tasa de electrificación es muy baja y la mayoría de la población sigue dependiendo de formas de generación eléctrica distribuida, hay una oportunidad significativa para los sistemas de energías limpias de pequeña escala. El Climascopio identificó varias compañías en la isla que están proporcionando pequeños sistemas de iluminación y energía a partir de energía solar, la biomasa y minihidráulica. Parámetro IV El Parámetro de Actividades de Gestión de los Gases de Efecto Invernadero, examina las iniciativas a nivel de países, corporaciones, proyectos e iniciativas

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para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero por país. Las economías más grandes por lo general están en los primeros lugares en la clasificación, no solo porque su nivel de emisiones es mayor y por lo tanto requieren de más proyectos, sino también porque tienen un sector empresarial más dinámico, que incluye a compañías internacionales y nacionales. Los cinco países que cuentan con mejor puntaje son: Brasil, Chile, México, Colombia y Uruguay, los mismos países que lideran el ranking del año pasado, con pequeños cambios en sus posiciones. El Climascopio registró que ocho países de América Latina actualmente ya tienen una meta de reducción de sus emisiones, incluyendo a Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Jamaica, México y Perú. A medida que las negociaciones sobre el clima lideradas por la ONU en París, en diciembre del 2015, se acerquen, se espera que los países emergentes presenten nuevos compromisos. En América Latina, hay un total de 1.160 proyectos de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero registrados bajo tres normas: Mecanismos de Desarrollo Limpio (MDL), Estándares de Verificación de Carbono (VCS) y Gold Standard (GS). Este número representa un ligero aumento de las 1.128 registradas en 2013. Sin embargo, vemos una mayor participación en proyectos de acciones de mitigación apropiadas para cada país (NAMAs, por su sigla en inglés). En 2014, 11 países latinoamericanos tenían proyectos NAMAs en preparación o que ya han sido implementados, en comparación con los 10 en 2013. Fuente: Energía Limpia XXI


Cifras e indicadores mundiales

Cifras e Indicadores Mundiales 86 Clasificación de los países según el ingreso: Un nuevo documento de trabajo

Análisis

Spatia

Material Relacionado

Normatividad

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Herramienta Profesionales

Entorno


Cifras e indicadores mundiales

Cifras de interĂŠs 85


Cifras e indicadores mundiales

Clasificación de los países según el ingreso: un nuevo documento de trabajo Acabamos de publicar un documento de trabajo en el que se revisa la clasificación del Banco Mundial de los países de acuerdo a su ingreso. En la actualidad, existe un enorme interés por clasificar a los países, tal como lo señalaron Tariq Khokhar y Umar Serajuddin en un reciente blog, en el que plantearon si debemos seguir usando el término

“países en desarrollo”. ¿Cuál es el mejor país para vivir, según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)? (depende, pero podría ser Australia, Noruega o Suecia). ¿Qué países están experimentando el mayor progreso social, según Social Progress Imperative? (Noruega y Suecia, de nuevo). ¿Dónde existen ma-

yores facilidades para hacer negocios, según el Banco Mundial? (Singapur). ¿Qué países tienen los índices más altos o bajos de desarrollo humano, según el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo? (una vez más es Noruega, y Níger tiene el índice más bajo).

The w orld by incom e Low ($1,045 orless) Low erm iddle ($1,046–$4,125)

Upperm iddle ($4,126–$12,745) High ($12,746 orm ore)

W orld Bank estim atesof 2013 GNIpercapit a

No data

Greenland (Den)

Iceland

Norw ay

Faeroe Islands (Den)

Sw eden Finland

Russian Federation

The Nethe rlands

Estonia Latvia Denmark Russian Fed. Lithuania United Ireland Kingdom Germa ny Poland Belarus Belgium Channel Islands K) (U Ukraine Luxembourg M oldova Liec htenstein Romania France Italy Switzerland Bulga ria Andorra Isle Mof an (U K)

Canada

United States

Portugal

Spain M onaco

GibraltarK) (U

Bermuda (UK)

Algeria

M exi co

Cayman sI.(U K)

W estern Sahara

Turks and Caicos s. I (U K)

Cuba Beli ze Jamaica GuatemalaHonduras ElSalvador Nica ragua

M auritania

Haiti

CostaRicaPanama

CaboVerde

R.B. de Venezuela

Guyana Suriname French Guiana Fr)(

Ecuador Kiribati

M ali Niger Chad Erit rea Rep. of Yemen Sudan Burkina Faso Djibouti Benin Nige ria Ethiopia Central Côte Ghana Sie rra Leone South African d’Ivoire Republic Sudan Libe ria Cameroon Togo Somalia Equatorial Guinea Uganda Kenya SãoTomé andPríncipe Congo Gabon Rw anda Seychelles Dem.Rep.of Burundi Congo Tanzania Como ros

Zambia Bolivia

M alawi

Namibia Bots w ana

Paraguay Germa ny

St.M artinFr) ( St.M aarten (Neth)

Rico (US)

St.Kitts and Nevis

Antigua andrbuda Ba GuadeloupeFr) (

Dominica M artinique Fr)(

Aruba (Neth)

St.Vincent and rGenadines

the Curaçao (Neth)

St.Lucia Barbados Grenada

R.B. de Venezuela

Trinidad andTobago

Chile

Uruguay Argentina

M yanmar

Lao P.D.R.

N.M ariana Islands (US)

Thailand

Vietnam Cambodia

Guam (US)

Philippines

Brunei Darussalam M alaysia

Federat ed States of M ic ronesia

M arshall Isla

Palau

M aldi ves Nauru

Singapo re

Papua New Guinea

Indonesia

Poland

CzechRepublic Ukraine SlovakRepublic Aust ria

Tuvalu

Vanuatu

Aust ralia

Fiji

New Caledonia (Fr)

South Lesotho Africa

New Zealand

Hungary

Slovenia Croatia

Kiribati

Solomon Islands

M auritius RéunionFr) (

Sw aziland

U.S. Virgin Islands (US)

Bangladesh India

M ayotte (Fr)

M ozambique Zimbabw e M adagascar

Tonga

Dominican Republic Puerto

Japan

Timor-Leste Angola

Ame rican Samoa (US)

Rep.of Korea

Bhutan Nepal

Sri Lanka

Brazil

Peru FrenchPolynesia Fr)(

Fiji

Dem.Peopl e’s Rep.of r Ko ea China

Senegal The Gambia Guinea-Bissau Guinea

Colombia

Samoa

M ongolia

Kyrgyz Georgia Uzbekistan Rep. Armenia Azerbaijan Turkmenistan Turkey Taji kistan Greece Cyprus Syrian Arab Islamic Rep. Lebanon Afghanistan Rep. ofIran Iraq Is rael Kuw ait W est Bank and Gaza Jordan Pakistan Bahrain Libya Qatar Arab Rep. ofEgypt Saudi Arabia United Arab Emirat es Oman

TunisiaM alta

M orocco

The Bahamas

Kazakhstan

Romania

Bosnia and Herzegovina Serbia San M arino KosovoBulga ria M ontenegro Italy FYR M acedonia Albania Vatican City Greece

Antarctica

IBRD 41312

Usar el INB per cápita Durante más de 50 años, el Banco Mundial ha usado una medida específica del desarrollo económico —el ingreso nacional bruto (INB) per cápita— para clasificar a los países. El primer compendio de estas estadísticas, publicado en 1966, se denominó Atlas del Banco Mundial y tenía solo dos estimaciones para cada país: su población, y su producto nacional bruto per cápita en dólares esta-

dounidenses, ambas para el año 1964. Entonces, el ingreso promedio per cápita más alto informado fue el de Kuwait, con USD 3290. El segundo lugar lo ocupó Estados Unidos, con USD 3020 y el tercer puesto lo obtuvo Suecia, bastante detrás, con USD 2040. En los tres últimos lugares se ubicaron Etiopía, Alto Volta (actualmente Burkina Faso), y Malawi, con estimaciones del producto nacional bruto (PNB) per cápita de USD 50, USD 45 y USD 40,

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NOVEMBER

respectivamente (el INB solía llamarse PNB). Probablemente, no es ninguna sorpresa que hoy en día Noruega ocupe el primer lugar. Malawi sigue ocupando el último puesto. Agrupar a los países En 1978, el primer Informe sobre el desarrollo mundial (WDR, por sus siglas en inglés) dio un paso adelante. Introdujo grupos de países de “ingreso bajo” y de “ingreso mediano”, que eran


Cifras e indicadores mundiales los países no industrializados, con excedente de producción de petróleo, o de planificación centralizada, y que en 1976 tenían ingresos per cápita inferiores y superiores a USD 250, respectivamente. En el WDR de 1983, el grupo de países de ingreso mediano se subdividió en niveles “bajo” y “alto” en torno a un um-

bral de USD 1670, y en 1989 se introdujo un umbral de “ingreso alto” de USD 6000. Este sistema se ha mantenido desde entonces, ajustándose cada año los umbrales de acuerdo a la inflación. Con el tiempo, los términos han llegado a ser una parte común del discurso del desarrollo, y muchos profesionales incluso

se refieren a los países de ingreso bajo, mediano y alto directamente por sus siglas en inglés: LICs, MICs, e HICs.

Por supuesto, el mundo ha cambiado desde 1989. En aquel entonces, más de la mitad de los habitantes del planeta vivía en países clasificados como de ingreso bajo, perteneciendo las dos terceras partes a apenas dos países: India y China. En 2014, unos 25 años después, el efecto del crecimiento económico ha hecho que algunos países pasen a una clasificación más

alta, de ingreso bajo a mediano, o de ingreso mediano a alto, y menos del 10 % de la población mundial vivía en 31 países de ingreso bajo en 2014. El 70 % de las personas que viven en la pobreza extrema ahora pertenece a países de ingreso mediano, aunque la tasa de pobreza extrema en países de ingreso bajo es muy alta, del orden del 50 %. En consecuencia, hemos examinado

en detalle la clasificación de los ingresos. Nuestro documento de trabajo fue publicado recientemente. En el mismo hemos tratado de revisar si dicha clasificación sigue siendo relevante para el propósito analítico original.

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Este gráfico muestra el INB per cápita de cualquier país en función de los tres umbrales, usando los últimos datos de los indicadores del desarrollo mundial.

La clasificación según el ingreso sigue siendo útil Nuestra conclusión general es


Cifras e indicadores mundiales que el uso de umbrales fijos que se mantienen constantes en el tiempo, ajustándolos solo por la inflación de los precios, proporciona un método absoluto de evaluar el cambio que muchos todavía encuentran atractivo. Otros métodos parecen tener más inconvenientes. Por ejemplo, los umbrales relativos, como los que se basan exclusivamente en las clasificaciones (como los cuartiles), son atractivos, pero tienen la limitación inherente de que la meta cambia de manera constante. El INB per cápita también sigue siendo una opción razonable como una variable de clasificación. Aunque evidentemente no es perfecto, el INB se correlaciona bien con varios otros indicadores usados comúnmente para evaluar el progreso de los países. Además, hay una importante ventaja práctica de que los datos están disponibles: por lo general, hay datos suficientes y se dispone a tiempo de estimaciones tanto del INB como del tamaño de la población para actualizar la clasificación cada año. Ambas medidas están sujetas a errores difíciles de calificar, especialmente en países con poca capacidad estadística. Esto puede ser una fuente de volatilidad en la clasificación (es decir, cambios repentinos de una clasificación a la siguiente), ya que las estimaciones de INB per cápita se revisan ocasionalmente cuando los métodos o los datos de origen mejoran. Por ejemplo,

cuando se lleva a cabo un nuevo censo o se “rebasan” las estimaciones del producto interno bruto (PIB). Usted puede ver este efecto revisando nuestros archivos de la base de datos. Hemos seleccionado los INB per cápita de tres informes de abril de los WDI con seis años de diferencia: 2003, 2009 y 2015. Otra fuente de inestabilidad no deseada es la conversión del INB a dólares estadounidenses, ya que las tasas de mercado estándar pueden fluctuar en el corto plazo. Sin embargo, el método “Atlas” funciona en gran medida como se pretende. El uso de tipos de cambio para la paridad del poder adquisitivo (PPA) sería probablemente otra mejora que proporcionaría una mejor base para las comparaciones del INB entre países. Pero la disponibilidad y confiabilidad de los datos sigue limitando su uso para este propósito en particular: las importantes revisiones en cada ronda “de referencia” del Programa de Comparación Internacional hacen que las estimaciones de la PPA sean inadecuadas actualmente para un sistema de clasificación anual (vea esta selección de estimaciones del INB per cápita usando la PPA para saber el impacto de las revisiones de la PPA de los últimos tres años de referencia del PCI: 1993, 2005 y 2011). Recomendaciones para próximos estudios Algunos aspectos de la metodología tal vez justifiquen un

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examen más minucioso. Hay opciones alternativas para medir la inflación que se emplean, por ejemplo, para ajustar los umbrales. Y, si bien la conclusión general es que el uso de los umbrales absolutos sigue siendo el enfoque más útil en comparación con una clasificación relativa y que es valioso mantenerlos, se deberían considerar alternativas. Un ajuste relativamente simple y atractivo sería alinear el umbral de ingreso bajo con el punto de corte que se usa como uno de los datos para determinar la elegibilidad para recibir un préstamo de dinero en términos concesionarios de la Asociación Internacional de Fomento (AIF), el fondo del Banco Mundial que ayuda a los países más pobres, fijado actualmente en USD 1215, en comparación con el corte de USD 1045 para los países de ingreso bajo. Esta es una fuente de confusión para muchos usuarios, que ya tienden a equiparar a ambos. Otra opción podría ser la de definir un conjunto adicional de umbrales basados en la clasificación relativa de los países, según los cuartiles y, a continuación, mantener estos umbrales constantes en términos reales en el futuro, tal vez como un sistema piloto en paralelo con el que ya existe. Hay muchas otras opciones y posibilidades, y esperamos sus opiniones y comentarios.

Fuente: Banco Mundial


Análisis

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Análisis

Análisis Tributaria 92 Contrapartida - Hay que respetar la contabilidad financiera 93 Contrapartida - Los contadores tienen que apersonarse de la posible reforma estructural 94 Contrapartida - Por fin - IFRS 9 Estándares internacionales 95 Contrapartida - Contabilidad de costos, contabilidad financiera y avalúo de bienes Contable 96 Contrapartida - Tratamiento contable del pasivo por vacaciones 97 Contrapartida - Revisoría fiscal en las sociedades fiduciarias Auditoría 98 Contrapartida - Por entonces reinaba la contabilidad administrativa y no la contabilidad financiera

Spatia

Normatividad

Herramienta Profesionales

Material Relacionado

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Entorno


Anรกlisis

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Análisis Tributaria

Contrapartida - Hay que respetar la contabilidad financiera La Comisión de expertos para la equidad y competitividad tributaria, opinó que las bases gravables deben establecerse a partir de la contabilidad financiera, efectuando varios ajustes: “(…) Esos ajustes buscarían, por un lado, asegurar un tratamiento uniforme en áreas en las que las normas NIIF permiten discrecionalidad y, por otro, limitar la utilización para fines fiscales de pagos que no tienen relación de causalidad con la generación de utilidades o que son de difícil control, así como figuras utilizadas con claros fines de elusión tributaria. (…)”. La discrecionalidad, entendida como la posibilidad de escoger entre tratamientos distintos, ha ido desapareciendo en las normas emitidas por IASB. En cambio, los estándares requieren que se analice cada caso para luego encontrar la forma de tratarlo. Puede haber muchas erogaciones que no tengan relación con los ingresos, sobre todo en las entidades de justicia distributiva. La tesis es especialmente inaceptable tratándose de personas naturales, ya que según

la doctrina los pagos de vacaciones, salud y educación, para citar algunos, no tienen que ver con la generación de los ingresos y, en consecuencia, no tienen relación con la generación de utilidades, a pesar de ser esenciales para el ser humano. Son muchas las normas actuales que establecen ciertos tratamientos para facilitar el control por parte de las autoridades tributarias. Los ciudadanos tienen el derecho de exigir la existencia de una fiscalización efectivamente dotada de los instrumentos necesarios para vigilar adecuadamente su actividad. Es el colmo que los atrasos tecnológicos de la autoridad sean la causa del aumento de impuestos. No se ve cómo los registros hechos para demostrar la realidad económica, puedan ser utilizados para la elusión tributaria. Más bien deberían pensar en establecer procedimientos concretos para hacer valer dicha realidad. En lugar de alterar la base contable, en cuanto a sus criterios de reconocimiento, medición y presentación, el ordenamiento

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tributario debería establecer estímulos y desestímulos al contribuyente, según las conveniencias de las políticas públicas. Los diferentes tratamientos tributarios entre países, han sido el motor que ha empujado a varias empresas a buscar las jurisdicciones de menor carga. Así se han consolidado los llamados paraísos fiscales. A manera de réplica, encontramos que las diferencias entre impuestos generales hacen que se escoja uno u otro municipio. El tratamiento tributario debe ser razonable, lo que entre otras cosas supone ser equitativo. La equidad no puede construirse sobre la base de hacer igual a los diferentes, ni sobre la idea que hay que financiar la corrupción. De manera que a esta cuestión le falta mucho por reflexionar. La contabilidad tiene que ser respetada.

Fuente: Hernando Bermúdez Gómez. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 1829, febrero 1 de 2016, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana.


Tributaria Análisis

Contrapartida - Los contadores tienen que apersonarse de la posible reforma estructural La Comisión de expertos para la equidad y competitividad tributaria manifestó: “(…) Normalmente, en materia fiscal, las provisiones no son deducibles porque se trata de gastos estimados y no gastos reales del contribuyente. (…)”. Es muy común encontrar un tratamiento disímil entre ingresos y egresos. Mientras los primeros se acumulan aunque no se hayan recibido y se paga impuestos sobre ellos aunque no se hayan recaudado, las pérdidas sufridas respecto del valor de los activos y ciertos pasivos no son reconocidas en materia tributaria. Viene entonces la tesis según la cual se trata de gastos no reales. El deterioro de un activo es un hecho incontrovertible aunque no haya implicado una salida de recursos en efectivo. Hay que combatir la inclinación a aumentar los impuestos a cargo, desconociendo ciertas erogaciones. Una autoridad tributaria sesgada jamás tendrá el respeto necesario de parte de la comunidad. La problemática se acentuará en cuanto se reemplace el costo histórico por el valor razonable.

Con la misma argumentación se podría decir que los cambios de valor de los activos financieros no expresan ingresos o egresos hasta que no se produzcan los respectivos flujos de efectivo. En lugar de estudiar a fondo el concepto de “realización”, que contemplaba claramente nuestra anterior reglamentación, se opta por imponer tratamientos tales como afectar el patrimonio sin pasar por las cuentas de resultado. No hay que alterar la contabilidad para dar efecto a tratamientos especiales en materia de impuestos. Basta que se utilicen (y conserven) hojas de trabajo en las que aparezcan los cálculos respectivos. La cultura tributaria acompaña a muchos habitantes de nuestro territorio, al punto que algunos se niegan a llevar contabilidad porque no quieren pagar impuestos. Para otros, la regla tributaria prima sobre las normas contables, en forma tal que no se refleja la realidad económica sino el querer de la legislación fiscal. En la medida en la cual la legis-

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lación fiscal es arbitraria, se le recibe como una agresión. Este es el sentimiento que acompaña a muchas personas naturales en todo el mundo, según lo han demostrado investigaciones de ISAR. De poco sirve tener una tarifa baja si la base gravable es el resultado de acomodamientos que la hacen alta. Entre más artificial sea la contabilidad, menores posibilidades habrá de lograr que empiecen a llevarla los que trabajan en la informalidad. La comisión habla de elusión. Ciertos asesores se refieren a planeación. Nadie quiere pagar más impuestos de los que le tocan. La interpretación de las normas se vuelve compleja, cuando debiera ser sencilla. La problemática tributaria es fundamental para los contadores. Estos tienen que apersonarse de la posible reforma estructural.

Fuente: Hernando Bermúdez Gómez. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 1830, febrero 1 de 2016, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana.


Análisis Tributaria

Contrapartida - Por fin - IFRS 9

Pocas cosas han resultado tan complejas como la estandarización contable de los activos y pasivos financieros. Luego de mucho trabajo se expidió la IFRS 9 para mejorar el modelo contemplado en la NIC 39. Como se recordará, la Unión Europea no aceptó inicialmente la NIC 39. Emitida en 1999, fue modificada en los años 2000, 2003, 2004, 2005, 2007, 2008. En 2009 se emitió la primera entrega de IFRS 9, la segunda en 2010 y la tercera en 2013. En 2014 se terminó la emisión de la IFRS 9. Parte de este trabajo fue realizado en conjunto por IASB y FASB. El ambiente fue muy complicado puesto que estuvo alterado por las crisis financieras de los años 2000 y 2008. En la actualidad se está buscando armonizar la fecha de vigencia de la IFRS 9 con la IFRS 4 y se discute en torno los instrumentos financieros con características de patrimonio. Según explicó FASB “(…) After considering feedback from stakeholders on the guidance in the 2013 proposed Update and potential revisions to that guidance that FASB and IASB

jointly deliberated, the FASB concluded that the cost and complexity introduced by that model was not justified by the benefits, particularly in light of the apparent limited change to the overall accounting outcomes under the proposed classification and measurement model when compared to GAAP. In addition, the FASB anticipated that additional standard setting would be required to clarify the accounting model that was proposed by the Board in the 2013 proposed ASU. (…)”. Consecuentemente, FASB emitió el 5 de enero de 2016 el Accounting Standards Update (ASU) 2016-1, Financial Instruments—Overall (Subtopic 825-10): Recognition and Measurement of Financial Assets and Financial Liabilities. La norma aplicará para la información financiera que las compañías públicas emitan después del 15 de diciembre de 2017. Las empresas privadas, las entidades sin ánimo de lucro y los planes de beneficios de empleados, la aplicarán después del 15 de diciembre de 2018 (pero solo afectará su información interina después del 15 de diciembre de 2019). Esta norma, como ninguna otra,

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explica por qué hay especialistas en una o unas IFRS. Para verdaderamente dominar el tema, hay que recorrer históricamente todo los textos producidos desde el año 2000 hasta hoy. Los asuntos de clasificación, medición, deterioro y contabilidad de coberturas, demandarán los mayores esfuerzos. En medio de todo este asunto se encuentra la medición a valor razonable, que mejor fuera traducir por valor justo. Los funcionarios de las tesorerías siempre han interactuado con los valores de mercado, pero los registros de sus operaciones se basaban en el modelo de costo histórico, con valorizaciones o desvalorizaciones al corte de la información. Ahora se integra la lógica del que invierte para manejar la liquidez, con la información financiera que procura mostrar las cantidades por las cuales pueden convertirse los activos o liquidarse los pasivos en una fecha dada.

Fuente: Hernando Bermúdez Gómez. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 1802, enero 18 de 2016, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana.


Estándares Internacionales Análisis

Contrapartida - Contabilidad de costos, contabilidad financiera y avalúo de bienes La medición es una de las acciones básicas de la contabilidad financiera. Esta es la razón por la cual IASB, en su Proyecto de Norma PN/2015/3, Marco Conceptual para la Información Financiera, publicado en mayo de 2015, dedica el capítulo 6 a ella. Un asunto que merece reflexión respecto de la medición, tiene que ver con la relación entre la contabilidad de costos, la contabilidad financiera y el avalúo de los bienes. Cualquier determinación de valor depende de los criterios que se utilicen como indicadores de utilidad. Como se sabe, dos enfoques son los principales: la cantidad de recursos que se recibiría al disponer de los bienes y la cantidad de recursos que produciría el uso del bien. Estos pueden o no coincidir. Generalmente el constructor del bien prepara un presupuesto que articula actividades con tiempos y valores. Estos presupuestos, si son técnicamente elaborados, tienen un gran detalle. Entre las primeras actividades que se incluyen en un presupuesto están las labores de diseño. Los planos, los croquis y otras expresiones similares, son reconocidos como propiedades intelectuales,

protegidas por la legislación de los derechos de autor. Algunas profesiones tienen estándares que guían la elaboración de sus presupuestos, como es el caso de la arquitectura, la ingeniería civil, la construcción (técnicos constructores). En ciertos casos estas tarifas son revestidas de naturaleza jurídica. La ejecución presupuestal se registra detalladamente por actividades y dentro de ellas por naturaleza. Al terminar se produce una liquidación de la construcción, finiquitándose todos los acuerdos de precios variables. Los bienes son objeto de valoraciones mediante avalúos. En diferentes países, Colombia entre ellos, los valuadores son reconocidos como una profesión. Esto quiere decir que se guían por estándares. Al igual que ha sucedido con los presupuestos, algunos de sus estándares han sido revestidos de naturaleza jurídica. Nuestra legislación desarrolla los métodos de comparación o de mercado, de capitalización de rentas o ingresos, de costo de reposición y el método (técnica) residual. Como se ve, la contabilidad financiera está flanqueada, por un

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lado, por los presupuestos y la contabilidad de costos y, por el otro, por los avalúos. Así planteadas las cosas, se puede preguntar: ¿puede la contabilidad financiera desconocer los costos de fabricación de un bien determinados por los presupuestos y su ejecución? ¿Puede la contabilidad financiera desconocer los avalúos hechos por profesionales inscritos y según estándares? En el caso específico de las construcciones de bienes inmuebles, todos los estudios (por ejemplo, de suelos) y todos los diseños (por ejemplo, arquitectónicos) forman parte necesaria de la construcción, pues ésta no es más que la ejecución de ellos. Normalmente se trata de cifras apreciables. Salvo que se haya resuelto no construir el bien y no exista la posibilidad de vender los derechos de autor, los estudios y diseños forman parte del respectivo activo.

Fuente: Hernando Bermúdez Gómez. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 1807, enero 18 de 2016, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana.


Análisis Contable

Contrapartida - Tratamiento contable del pasivo por vacaciones Es común encontrar que, en sus estados financieros elaborados conforme las NIIF, muchas compañías no han realizado ningún ajuste respecto del tratamiento contable del pasivo por vacaciones. El problema es que el valor que las entidades suelen reconocer como pasivo por vacaciones es normalmente inferior al importe que se termina pagando a los trabajadores, lo cual sucede principalmente por dos razones: 1.

2.

El pago de las vacaciones se realiza considerando el salario que el trabajador devengue en el momento de disfrutar del descanso remunerado y no el que devengaba en el año en que se creó la obligación. El número de días que se pagan cuando el empleado disfruta el descanso remunerado no son los días hábiles sino los días calendario, puesto que se incluyen los días de descanso y los días de fiesta.

Utilizaremos un ejemplo para ilustrar la problemática comentada.

Un empleado inició labores el 1 de enero de 2015 y durante todo ese año devengó un salario de $1.000.000 mensuales. Considerando que deben pagarse 15 días hábiles de descanso remunerado por cada año de servicio prestado, muchas compañías reportarían en sus estados financieros un pasivo por vacaciones para este empleado por un importe de $500.000. Sin embargo, el valor que se paga al empleado en 2016, cuando disfruta sus vacaciones, es de $800.000, debido al incremento salarial acordado y que además se pagan 20 días de descanso, porque se incluyen los domingos y festivos. Por lo anterior, la entidad reconoce como gasto en 2016 $300.000 adicionales que no había reconocido el año anterior. En mi opinión, tal tratamiento contable resulta inadecuado de acuerdo con los principios de reconocimiento y medición de beneficios a los empleados, puesto que el valor pagado por vacaciones remunera el servicio prestado por el trabajador durante 2015 y no en 2016. Por esta razón, el pasivo por vaca-

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ciones (de corto plazo), debe medirse por el valor “que se espera que haya que pagar por esos servicios”, lo cual requiere la realización de estimaciones contables que deben considerar toda la información disponible en el momento de elaborar los estados financieros. En conclusión, una buena provisión para vacaciones, de acuerdo con las NIIF, debería considerar, entre otros, el incremento salarial previsto y el número total de días que se esperan pagar a los trabajadores. 1. 2.

Párrafo 28.5 NIIF para las PYMES. Véase el ejemplo 15 del material de entrenamiento de la NIIF para las PYMES Módulo 28. Fundación IFRS.

Fuente: Edgar Emilio Salazar Baquero. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 1843, febrero 1 de 2016, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana.


Contable Análisis

Contrapartida - Revisoría fiscal en las sociedades fiduciarias Entre las entidades más complejas de auditar se encuentran las sociedades fiduciarias, debido a que la Superintendencia Financiera de Colombia exige que el revisor fiscal dictamine los estados financieros de ciertos patrimonios autónomos. Normalmente tales sociedades administran muchos patrimonios de este tipo. El 22 de enero de 2016, mediante la Circular externa 03, la mencionada superintendencia dispuso: “(…) La metodología a que se refiere la presente Circular debe ser aplicada por los revisores fiscales de las sociedades fiduciarias respecto de los dictámenes que emitan a los negocios con corte al 31 de diciembre 2015 (…)”. Como se ve, se trata de una instrucción expedida a destiempo. Durante años la superintendencia ha obrado de esa manera, sin que los sujetos a sus órdenes se hayan rebelado. Pero deberían hacerlo. En algún momento se planteó que la auditoría de los patrimonios autónomos podría llevarse a cabo por un auditor distinto del revisor fiscal. Pero esta idea no obtuvo mucho apoyo.

Ya son más de 25 años que los patrimonios autónomos tienen que llevar contabilidad separada de sus negocios, los cuales se consolidaban en las cuentas de orden fiduciarias. De acuerdo con las reglas expedidas en desarrollo de la Ley 1314 de 2009, algunos patrimonios autónomos se consideran como del Grupo 1 y otros como del Grupo 2. En muchos casos se recurre a la constitución de patrimonios autónomos como instrumento de seguridad en el manejo de los recursos. Un ejemplo de ello es el artículo 91 de la Ley 1474 de 2011, al que probablemente se refiere la aludida Circular 03. El constituyente asume las comisiones fiduciarias, la cuales incorporan el costo adicional ocasionado por obtener un dictamen sobre los estados financieros. En muchos casos el control del patrimonio autónomo lo tienen los constituyentes, la fiduciaria es apenas una administradora de recursos. El negocio consiste básicamente en un procesamiento contable. Se espera que la fiduciaria no ejecute actos prohibidos, así el constituyente lo ordene.

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Así como se obliga a llevar contabilidad separada, se exige un dictamen del revisor fiscal para aumentar la seguridad sobre el adecuado uso de los recursos, objetivo que dista de los que son propios de una auditoría financiera. Cada patrimonio autónomo tiene sus propias reglas de administración, en forma tal que el revisor fiscal no puede generalizar. Algunos miran con sospecha que el revisor fiscal, nombrado por la sociedad fiduciaria, que es la administradora del patrimonio, audite los respectivos estados financieros. Este cuestionamiento se resolvió en los fondos de pensiones ordenando la participación de los afiliados del respectivo fondo en la elección del revisor fiscal. ¿Cómo se resolvería en los patrimonios autónomos? ¿Hay que rechazar el cuestionamiento?

Fuente: Hernando Bermúdez Gómez. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 1833, febrero 1 de 2016, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana.


Análisis Auditoría

Contrapartida - Por entonces reinaba la contabilidad administrativa y no la contabilidad financiera Con la incorporación al derecho contable colombiano de las normas internacionales de aseguramiento, nuevamente se han reavivado los equívocos entre la revisoría fiscal y la auditoría externa. Es una discusión entre legos, debido a que muchísimos contadores y actuales alumnos de contaduría nunca estudiaron la revisoría fiscal. Y es que, aun practicando la revisoría fiscal, se la puede desconocer. Porque la revisoría fiscal, en cuanto auditoría estatutaria, responde a su regulación legal y no a lo que realmente hacen los que se dicen revisores fiscales. Por lo mismo, la revisoría tampoco es la concreción de los sueños de algunos académicos y profesionales que se han dedicado a idealizarla, hasta el punto de hacerla imposible de llevar a cabo. Lo anterior no quiere decir que la revisoría sea lo que funcionarios del gobierno y jueces de la república han sostenido, desde sus interpretaciones gramaticales, descontextualizadas y elaboradas a la espalda de la profesión contable mundial. Desde los tiempos en que el Fiscus ejercía funciones de tesorero hasta hoy, han pasado muchas cosas. Entre ellas la creación de los títulos negociables y la or-

ganización de las bolsas de valores (siglo XVII). Los negocios de altísimo riesgo originaron la responsabilidad separada que distingue a las modernas personas jurídicas (el aportante solo arriesga lo que pone en juego). Encontramos también, en el cercano siglo XX, la Gran Depresión (1929). Del análisis de lo sucedido nacieron nuevas obligaciones para los administradores respecto de la contabilidad, que ellos solucionaron introduciendo en las organizaciones un asesor cuyo oficio era el de auditor financiero. Así brotaron los auditores internos. Los auditores financieros que permanecieron fuera de las organizaciones se llamaron auditores externos. De manera que, estrictamente hablando, los auditores externos eran auditores financieros externos. La fusión entre los fiscales y los auditores financieros ocurrió cuando la rendición de cuentas de los administradores se centró en los estados financieros. Así las cosas, es verdad que la revisoría fiscal es distinta de la auditoría financiera externa. La revisoría fiscal incluye pero no se limita a la auditoría financiera. Esta es, entonces, de menor alcance que la revisoría fiscal. Las más antiguas evidencias que co-

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nocemos sobre la existencia del revisor fiscal en nuestras compañías (siglo XIX) nos lo presentan como un auditor financiero. Da seguridad a los socios sobre la veracidad de las cuentas que les presentan los administradores y aumenta la credibilidad de los reportes que los administradores hacen circular en el mercado de capitales (valores y crédito). La contabilidad del siglo XIX no era igual a la del siglo XXI. Por entonces reinaba la contabilidad administrativa y no la contabilidad financiera. La contabilidad administrativa de principios del siglo XX, que utilizaba el sistema de comprobantes, tenía como uno de sus objetivos principales el ejercer control sobre las transacciones. Así como la auditoría financiera es la responsable de la atención sobre el control interno, la rendición de cuentas es responsable de la auditoría de cumplimiento.

Fuente: Hernando Bermúdez Gómez. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 1841, febrero 1 de 2016, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana.


Spatia

Spatia 101 El control interno bajo las Normas Internacionales de Aseguramiento 104 Proyecto de normas tributarias para las ESAL (Entidades sin ánimo de lucro) 105 Orientación Técnica 14 del CTCP - ESAL (Entidades sin ánimo de lucro)

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Spatia “Spatia INCP es una oportunidad para formar opiniones y conceptos sobre asuntos de interés público para la comunidad contable.”

El control interno bajo las Normas Internacionales de Aseguramiento ¿Cuál es el alcance real de la función para el Revisor Fiscal que está en el numeral 3 del artículo 209 del Código de Comercio sobre si hay y son adecuadas las medidas sobre el Control Interno? El objetivo básico de una auditoría financiera es expresar una opinión sobre la razonabilidad de los Estados Financieros (EF) de acuerdo a los PCGA o las NIIF, mostrando de esta manera la realidad económica de un ente en la fecha de terminación del ejercicio contable. Es por lo anterior que, el control interno es examinado básicamente, con el fin de determinar el grado de confianza que se puede depositar en ellos, como herramienta para decidir el tipo y extensión de las pruebas de auditoria. Es así que por lo anterior, se sostiene que, la Revisoría fiscal incluye una auditoria de Control Interno, porque el numeral 3 del artículo 209 del Código de Comercio permite dar una opinión sobre el mismo. Igualmente, se permite profundizar de manera satisfactoria los objetivos que le son propios. Es así como el auditor no puede dejar de evaluar si dicha estructura contribuye a garantizar la salvaguarda de los bienes, la integridad del sistema contable, los procedimientos de control y la eficiencia en las operaciones. Sin embargo, se debe evaluar si es una opinión o dar un concepto, el artículo 209 del código de comercio le pide al Revisor que incluya en su dictamen si hay o no medidas adecuadas de control interno; y, para tal fin, el revisor fiscal debe expresar si existen adecuados controles en el sistema de control interno de la entidad. Con la expresión anterior, solo existen dos escenarios posibles, a saber: que el revisor fiscal verificó que sí se están cumpliendo esos controles, como bien lo expresa el numeral 3, o si por el contrario no hay adecuadas medidas de control interno que permita igualmente expresar una opinión sobre dicha realidad. Con todo y lo anterior, nos preguntamos ¿qué pasa con los profesionales de revisoría fiscal que no están cumpliendo a cabalidad con esa responsabilidad, no están cumpliendo con diligencia su trabajo? ¿Por qué el revisor fiscal (RF) está frente a la sociedad con una mala imagen, a raíz de los delitos, fraudes, malversación de activos que los últimos escándalos empresariales han dejado? Es la misma sociedad que se hace la pregunta: ¿Dónde estaban los auditores en ese momento? ¿Dónde estaban los revisores fiscales? Contestar estas, otras dudas y cuestionamientos requerirá que se analicen las causas en las que el RF no está teniendo en cuenta la debida aplicación de esas medidas de control. Pero, la posible o posibles respuestas no son con el ánimo para justificarlo, sino, para entrar a evaluar qué se puede hacer con dichas causas para mitigarlas. A su vez, mirando la otra cara de la moneda, existe también el interrogante del Revisor fiscal: ¿hacía donde está enfocada mi función como RF? ¿Está orientado hacia la evaluación independiente de la razonabilidad de los EF y el control interno contable? y/o ¿debe estar orientada, igualmente, hacia la evaluación de todo el control interno, cuya responsabilidad de establecer los criterios es de la gerencia? ¿Cómo RF debe mirar todo el control de la organización, tanto control contable y administrativo? Como se observa, son varias las preguntas que se formulan, no solo de la sociedad hacia el RF, si no que el mismo RF cuestiona para realizar su trabajo. Es importante resaltar y por ende tener en cuenta que, el control interno a nivel de auditoria interna difiere mucho a nivel de revisoría, ya que el de revisoría va más encaminado hacia los EF, mientras que el auditor interno debe evaluar de forma independiente el control interno integral que abarque igualmente la parte administrativa, operativa y cumplimiento de leyes, incluyendo los componentes del marco

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Spatia conceptual de control interno. Sin embargo, la NIA 610 permite que el revisor fiscal utilice el trabajo del auditor interno (ver NIAs 315 y 610). El control interno debe abarcar de forma integral toda la organización. Es así, como algunos colegas asumen tanta responsabilidad con sus empresas que, llegan a convertirse en asesores de la misma entidad y agregan valor. En conclusión, el revisor fiscal debe ser siempre un ente independiente, aunque dicha independencia, a veces, pareciera estar supeditada por el pago realizado por parte del auditado. ¿Qué es un criterio adecuado según las Normas Internacionales de Aseguramiento? De acuerdo con lo establecido en el marco conceptual de aseguramiento, de IFAC, los criterios son puntos de comparación que se utilizan para medir y evaluar el sujeto que vamos a auditar. Para tal efecto, existen criterios formales que nos indican por ejemplo que, para la preparación de los EEFF se va a utilizar las IFRS. Pero, por otra parte, los criterios para la gestión del Control Interno se deben basar en un Marco de referencia establecido de control interno (Ejemplo: COSO, ERM, COBIT, MECI, ISO31000) u objetivos individuales de control diseñados específicamente para la entidad. El auditor debe evaluar de forma independiente los criterios definidos por la administración. Si el reporte es sobre el cumplimiento, debe soportarse en la ley. Si reflexionamos, el revisor fiscal cumple las tres funciones, a saber: financiero, control interno y cumplimiento. Igualmente existen criterios menos formales como lo son: el desarrollo de un código de ética, evaluación de desempeño, etc. Los criterios deben ser entendibles para los usuarios para que entiendan en cierta forma como se está evaluando. Por lo tanto, estos criterios deben estar disponibles para los usuarios. No todas la PYMES tienen implementado el Marco de control interno de COSO debido a que no están obligadas, sin embargo, esto no impide para que se pueda evaluar los componentes del mismo. Ciertamente no tienen documentado un sistema de control interno, pero eso no quiere decir que no tengan un control interno implementado. Pero para el revisor fiscal ¿qué referencias (criterios adecuados) va a utilizar?, si las mismas empresas no tienen un modelo de control definido (escrito) para evaluarlo. No existe un referente claro, tal como lo exige la NIA 315, la cual, es una referencia utilizada para evaluar y medir en forma material el objeto de análisis, que incluye la presentación y revelación del mismo. Sin lugar a duda, son las PYMES las que deben abordar los temas de control interno, porque, muchas veces deben enfrentarse con circunstancias dentro de la entidad en algunas áreas o en las líneas de producción que pueden desestabilizar la compañía, pero sin un adecuado modelo de control de comparabilidad o cualquier modelo de control, es difícil. El marco de referencia nos dice que los criterios deben tener algunos atributos como los siguientes: • • • • •

Relevantes. Suficientes, totalidad. Confiables. Neutros. Comprensibles.

Los auditores deben aplicar su criterio y juicio profesional, y, deberían tomar como referencia lo establecido en el Código de Comercio, respecto de las responsabilidades. ¿Cuáles son los marcos de control internos existentes y cuáles son aplicables en Colombia? El Marco conceptual de Control Interno fue emitido por COSO en 1992 y actualizado en el 2013. El Marco conceptual de Gestión del Riesgo Empresarial – (ERM – Enterprise Risk Management) o COSO II, en el año 2004. La adaptación para Colombia es el Modelo Estándar de Control Interno - MECI que se aplica en todas

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Spatia las entidades públicas. Para las entidades financieras realizaron un hibrido entre el MECI y COSO que se reglamentó por medio de la circular externa 014 de 2009 de la Superintendencia Financiera de Colombia. El control es responsabilidad de la gerencia, y no es nada diferente que una acción de la administración para el éxito. Cuando se mira desde este concepto, el control interno debería evaluarse de una forma en que sea parte de las actividades diarias de cada uno de los integrantes de la entidad, para que esta pueda crecer y de alguna forma mitigar los riesgos existentes en el curso normal de los negocios, para el logro de los objetivos organizacionales. ¿Es suficiente para el Revisor Fiscal la evaluación del control interno por parte de la auditoría financiera? La NIA 315 establece que “El objetivo del auditor es identificar y valorar los riesgos de inexactitud material debido a fraude o error tanto en los EEFF como en las afirmaciones mediante el conocimiento de la entidad y su entorno, incluido el control interno con la finalidad de proporcionar una base para el diseño y la implementación de respuesta a los riesgos valorados de inexactitud material. El control interno se diseña e implemente por parte de los responsables del Gobierno corporativo”. Como se mencionó antes, es claro que el objetivo del auditor financiero es identificar y valorar que los EF y las aseveraciones estén libres de inexactitud material, debida a fraude o error. Con respecto al RF, podrían no ser suficientes, por cuanto este debe verificar adicionalmente el cumplimiento de otras normas que le apliquen a la entidad, según la legislación colombiana. Sin embargo, al observar los objetivos de la evaluación del control interno, y si el RF puede evaluar todas las aseveraciones o afirmaciones relacionadas con el control interno (autorización, confidencialidad, disponibilidad, validez, precisión, puntualidad e integridad), y al hacer un buen uso de las NIAs, como marco de referencia y camino a seguir, los EF deberían ser el reflejo de la actuación en los negocios de una entidad, por lo que se podría afirmar que se cumple con lo requerido en el numeral 3 del artículo 209 del código de comercio, de realizar una adecuada evaluación del control interno, porque adicional a los reportes financieros, se debe evaluar la eficacia y eficiencia de las operaciones y el cumplimiento de normas, para cumplir con los objetivos del control: • • • • •

Conforme con leyes, regulaciones, políticas y procedimientos. Logro de metas y objetivos. Confiabilidad de la Información. Eficiente, eficaz uso de los resultados. Salvaguarda de los activos.

Líderes de discusión: Jenny Sosa y Luis Eduardo Daza Participantes: Zandra Puentes, Segundo Paulino Angulo Cadena, Ruth Stella Babativa N., José Ubaldo Díaz Henao, José David Gómez Vargas, Claudia Jannethe Gonzáles Ramírez, Armando Machuca Pardo, Nancy Maribel Pachón Rodríguez, Arturo Milton Valencia Becerra, Luis Armando Leal y Jorge Jiménez.

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Proyecto de normas tributarias para las ESAL (Entidades sin ánimo de lucro) La legislación fiscal no se modernizó frente a la actividad de las ESAL que se inició con una intención eminentemente social. Hoy esta denominación incluye a los entes económicos como asociaciones, fundaciones y corporaciones. Otras entidades del mismo orden están desreguladas por una múltiple vigilancia como las entidades de actividades relacionadas con el sector salud. Por otra parte, las cooperativas tienen un doble reto por su actividad económica. En cuanto a las entidades religiosas se cuestionan los cuantiosos activos e inmuebles que no están sujetos a la carga fiscal en comparación con cualquier contribuyente que tenga bienes iguales o superiores a $1.000 millones y por lo tanto está obligado a pagar impuesto a la riqueza. Por su parte, los fondos de empleados son un tipo de ESAL que desarrolla una actividad económica en beneficio de sus asociados. Adicionalmente, se cuestiona la propuesta de gravar con el 20 % a las copropiedades junto con otro tipo de entidades; de paso, se critica el rol de algunos contadores como asesores de este tipo de entidades para buscar beneficios tributarios a través de estas figuras societarias de economía solidaria. No se le puede atribuir este problema a los contadores; al contrario, si la ley otorga unos beneficios, el problema es la falta de control por parte de las autoridades frente a dichas posibilidades jurídicas. Un ejemplo de ello son las propiedades horizontales que son de naturaleza civil pero ahora con obligaciones tributarias. La propiedad horizontal (PH) ha sido reglamentada en las dos últimas reformas. Son entidades no contribuyentes a diferencia de las entidades con régimen especial. Sin embargo, según las actividades desarrolladas podría ser una PH de carácter mixto en la que se grava con IVA o impuesto de renta del 20 % aquellas generadoras de los impuestos. De acuerdo con el artículo 869 del Estatuto Tributario (ET), si existe una actividad social que es “aprovechada” por el contribuyente se puede reconsiderar la situación económica por parte de la autoridad correspondiente. De otra parte, hay dos entidades que vigilan a las entidades de régimen especial, la Superintendencia de la Economía Solidaria y la DIAN; pero en la práctica realmente no se vigila. Según la propuesta de la Comisión de Expertos del Ministerio de Hacienda, las entidades no contribuyentes, presentarán una declaración de ingresos y patrimonio mientras que las entidades contribuyentes del régimen especial tendrán una tasa de impuesto de renta del 20 %. Sin embargo, puede reinvertir los excedentes en la misma causa social (el impuesto sería sobre los gastos no deducibles). Según información disponible de la DIAN al año 2013, las entidades de régimen especial son 54.933 y las no contribuyentes 71.663. Al parecer, en esta cifra no está la totalidad de las propiedades horizontales porque solamente en Bogotá son cerca de 80.000 copropiedades. Al 2012, los ingresos de las entidades con régimen especial ascendieron a $129,6 billones y pagaron impuestos por valor de $203,523 millones. Ha faltado un control adecuado por parte de las autoridades encargadas para la evasión en este tipo de entidades. Debido a las diversas actividades de las ESAL, unas fundadas bien pero otras no, se está desvirtuando la naturaleza de beneficio social y comunitario. Se debería tener cuidado y controles para la creación de las ESAL y unos controles fiscales que regulen sus actividades económicas. Un tema al margen que ahora preocupa a los contadores es la práctica que ha tenido la DIAN al sancionar al revisor fiscal con el 20 % de la sanción liquidada por inexactitud de las declaraciones de su cliente. Líderes de discusión: Cesar Evelio Anzola Aguilar, Luis Eduardo Daza y Lucero Téllez Participantes: Ruth Stella Babativa N., Lina Marcela Bedoya Gordillo, Edwin Saúl Castañeda Soriano, Flor Emilse Figueroa, Karen Garzón, Alberto Orejuela Suarez, Nancy Maribel Pachón Rodríguez, Alfonso Perdomo Villalobos, William Pinzón Nossa, Erly Diazmin Quintero Lopez y Jorge Jiménez.

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Orientación Técnica 14 del CTCP - ESAL (Entidades sin ánimo de lucro) De acuerdo con el documento de Orientación Técnica 14 sobre Entidades sin ánimo de lucro del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, publicado en octubre de 2015, las ESAL se pueden clasificar en 12 categorías, pero en Colombia existe una gran diversidad según su actividad, regulación, aspectos contables y existencia de órganos de control como la revisoría fiscal. A pesar de su variedad este tipo de entidades buscan un beneficio social a través de un resultado económico. En Colombia, según El Tiempo, existen 92.884 ESAL que representan un aporte del 15 % del PIB. Al respecto, es conveniente hacer una comparación del sector en países como Italia, Canadá, Japón, Holanda, Estados Unidos y Reino Unido. Tipos de ESAL: 1. 2. 3. 4. 5.

Sociedades no Financieras: aquellas que se dedican a prestar servicios y bienestar. Sociedad Financieras: dedicadas a prestar servicios financieros, tipo cooperativas de ahorro y crédito. Gobierno General: agremiaciones, asociaciones, partidos políticos. Hogares: servicios de bienestar, tipo Cajas de Compensación, Organizaciones Religiosas, Copropiedades. Otras ESAL: otras como clubes sociales.

Se presenta una paradoja y desconocimiento entre una entidad y actividades sin ánimo de lucro, así como la diferencia con ánimo de lucro. Es necesario divulgar estas diferencias para que los empresarios y las demás personas lo reconozcan. El ánimo de lucro se mide en términos de bienestar y no necesariamente se trata de desconocer o perseguir un rendimiento económico. Para las ESAL el lucro es bienestar. Por lo anterior, la estructura del marco conceptual y preparación de los estados financieros debe ser contrario a los demás entes económicos que sí buscan un lucro financiero (utilidades y rentabilidad). Sincronización con la convergencia a NIIF Las ESAL no persiguen repartir utilidades para sus dueños, tomado de un concepto canadiense. La presentación de un cuadro comparativo de la normatividad para llevar contabilidad o revisoría fiscal en Colombia concluye que casi todas las ESAL tienen regulación. Según este cuadro de sincronización normativa nacional, todas las ESAL deben llevar contabilidad y por tanto, el proceso de convergencia a NIIF es aplicable a las ESAL. El enfoque propuesto de IASB está dedicado a activos y pasivos, ya no en resultados. En el marco de la convergencia a normas internacionales de contabilidad en Colombia, las ESAL deberían estar con los mismos grupos 1, 2 y 3 establecidos en las normas vigentes. El concepto de consolidación presentado en la orientación técnica del CTCP no es adecuado, sobre todo cuando se tiene una participación en una entidad con ánimo de lucro. Este tema se debería revisar y ajustar. Sumar puede ser fácil, pero los intereses son diferentes. Un tema a revisar son los estatutos cuando se presenta la posibilidad de invertir más del 50 % del capital en entidades con ánimo de lucro. En general, no se permite realizar este tipo de inversiones. Tal vez, el único caso colombiano es Coomeva, hoy una entidad financiera vigilada por la Superintendencia Financiera. Se debería establecer una normatividad especial para las ESAL en cuanto a las inversiones y a las actividades que deben realizar. No hay un marco normativo claro para las ESAL y el existente es ambiguo. Sin embargo, resolver esta situación no es sencillo. Según la orientación técnica, si una ESAL tiene participación mayoritaria en otra con ánimo de lucro, deberá combinar sus estados financieros pero no tiene una lógica según los intereses de cada uno.

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Spatia Aplicación prospectiva de guías sobre los estados financieros Como resultado del análisis de la orientación técnica, se proponen los estados de actividades a cambio de los estados de resultados. Más que un estado de actividades debería ser un estado social. Sin embargo, se debe revisar con cuidado la estructura propuesta para el estado de actividades porque no se trata simplemente de haber cambiado el nombre del estado financiero. Se vuelve a caer en el mismo error, porque se propone una modificación en la presentación de los estados financieros pero el fondo es diferente de las ESAL. Debería existir un grupo especial para ESAL según las actividades que desarrollen, el monto y otras características. En el caso del grupo 1 no hay entidades que coticen en el mercado, según los casos conocidos en el mundo, pero en la normatividad local varias ESAL si serían grupo 1. En Colombia se debe adoptar y no adaptar estas normas. Faltó una transición regulatoria histórica para adecuar la convergencia a normas internacionales. Una respetuosa crítica es la de hacer excepciones, con motivo del proyecto de decreto sobre los informes de ESAL vigiladas por la Superintendencia de la Economía Solidaria. Especialmente sobre la nota de patrimonio de estas entidades. Se debería revisar con mayor rigurosidad técnica. Una conclusión es que estas diferencias o imprecisiones obedecen al avance de este proceso que, se estima, va en 10 % o menos. Para no caer en la desinformación, se deben consultar las fuentes oficiales y serias. Al respecto, el CTCP es la primera fuente y se debe participar en los comentarios previos a la expedición de los documentos y NO después de haber sido divulgadas las disposiciones o normas. Método Diferido y Contabilidad de fondos En cuanto a la diferencia entre el método diferido y la contabilidad de fondos, la conclusión es que el método diferido es lo que se hace hoy. La contabilidad de fondos es para cada fondo específico según su objetivo. Por otra parte, se deberían considerar algunos aspectos especiales para cada uno de los siguientes tipos de ESAL: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.

Cooperativas, fondos de empleados y otras; Manejo de aportes como Pasivo o Patrimonio. Cajas de compensación familiar – Manejo de multiservicios. Iglesias y comunidades religiosas – Valor de los activos y obras de arte. Asociaciones profesionales y gremiales – Seccionales y autonomía, consolidación. Colegios y universidades – Reconocimiento de ingresos. Bibliotecas – Manejo de Donaciones y Depreciación de los Libros. Museos – Valoración de activos. Clínicas y hospitales – Reconocimiento de Servicios y Gastos. Clubes sociales y deportivos – Animo de lucro, aportes, valoración de jugadores y derechos de transferencia.

Al final, lo recomendable es preparar a las entidades con la definición de políticas o estatutos propios para establecer los criterios a tener en cuenta para la adopción de normas internacionales. Especialmente, en lo relacionado con las decisiones sobre el patrimonio de la entidad.

Finalmente, en cuanto al proceso de convergencia a normas internacionales, ya estamos en adopción y por lo tanto se sugiere buscar un referente técnico para las ESAL colombianas, basado en experiencias extranjeras (marco especial para ESAL) como Israel, Estados Unidos, Francia y Canadá. Líderes de discusión: Elmer Camacho y Luis Eduardo Daza Participantes: Ruth Stella Babativa N., Carlos Caicedo, Luis Fernando Calderón Gómez, Jorge Alberto Cardona Méndez, Héctor Hernando Duque pardo, Diana Lizeth Lucumi Guevara, Early Diazmin Quintero Lopez, Luz Dary Quiroga López, Jarvi Ramírez, Camilo Fernando Ruge Gómez y Lina Marcela Bedoya Gordillo Te invitamos a participar en nuestras próximas sesiones Spatia y contribuir con tu opinión.

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Normatividad

Normatividad 109 Contable 110 Estรกndares Internacionales 110 Tributario 112 Comercial 114 Laboral 115 Aduanero

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Entorno

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Normatividad cultades otorgadas a la Superintendencia de Puertos y Transporte mediante la Ley 01 de 1991: los Decretos 101 y 1016 de 2000 modificados por el Decreto 2741 de 2001 y el artículo 10 de la Ley 1314 de 2009 para vigilar que los entes económicos bajo inspección, vigilancia o control, preparadores y profesionales de aseguramiento de información, cumplan con las normas en materia de contabilidad y de información financiera y aseguramiento de información. Regulación: Circular 00041 / 29-01-2016 / Superintendencia de Puertos y Transporte

Encuentre en nuestro portal web, haciendo clic sobre el enlace indicado, la siguiente información destacada del mes. Contable Entidad: Superintendencia Nacional de Salud Norma: Se imparten instrucciones a 150 entidades vigiladas que aplican el Régimen de Contabilidad Pública por medio de la Circular Externa No. 000003 Descripción: La Superintendencia Nacional de Salud, adjudicó instrucciones a ciento cincuenta organizaciones vigiladas, las cuales aplican el Régimen de Contabilidad Pública, que no cotizan en el mercado de valores, y por último que no reciben ni administran ahorro del público. Esto lo realiza la Superintendencia de Salud por medio de sus facultades y adhiriéndose a la Ley 1314 de 2009 en el Artículo 10 y al Decreto 2462 de 2013 en los Artículos 6 y 10, por los cuales se han seleccionado dichas entidades de acuerdo a ciertos criterios técnicos. Regulación: Circular externa 000003 / 0302-2016 / Superintendencia Nacional de Salud

Entidad: Superintendencia de Puertos y Transporte Norma: Ampliación del plazo para el reporte del Estado de Situación Financiera de Apertura (ESFA), para el Grupo 2 y voluntarios Grupo 1 Descripción: El plazo estipulado para la presentación de información financiera (Reporte de estado de Situación Financiera de Apertura – ESFA), fue modificado del 31 de diciembre de 2015 al 29 de enero de 2016, mediante la circular 040 de 23 de diciembre de 2015. Son los clasificados en el Grupo 2 y los voluntarios del Grupo 1 quienes tendrán esta prórroga en el tiempo de envío de sus estados financieros referentes al año 2015 para facilitar el cumplimiento de la obligación de reportar su información financiera. Regulación: Circular 00042 / 29-01-2016 / Superintendencia de Puertos y Transporte

Entidad: Contaduría General de la Nación Norma: Con objetivo de minimizar inconsistencias, la CGN elabora instructivo para la preparación de las notas a los estados contables Descripción: A causa de haber detectado ciertas inconsistencias en el reporte del formulario CGN2005_003NE_NOTAS_DE_CARACTER_ESPECIFICO del proceso presentación del Balance General del Sector Público con corte al 31 de diciembre de 2014, la Comisión Legal de Cuentas de la Honorable Cámara de Representantes realizó una solicitud que busca mejorar el proceso para la presentación de dichos reportes en los siguientes años. Regulación: Carta Circular 002 / 29-012016 / Contaduría General de la Nación

Entidad: Superintendencia Financiera de Colombia Norma: Tenga en cuenta las modificaciones realizadas al catálogo de información financiera, si su empresa pertenece al Grupo 1, 2o3 Descripción: Se ha considerado que para quienes presentan información financiera, pertenecientes al Grupo 1, 2 y 3, es de total pertinencia lograr que tanto las instrucciones adjudicadas a sus organizaciones vigiladas y sus requerimientos estén en coordinación o cooperación frente a los nuevos marcos técnicos. La Superintendencia Financiera, organización que ha tomado esto en consideración, anunció que el Catálogo único de Información Financiera con fines de supervisión, el cual contiene la anterior

Entidad: Superintendencia de Puertos y Transporte Norma: Ampliación del plazo de reporte de los Estados Financieros año 2014 según el proceso de convergencia a NIIF Grupo 1 Descripción: De conformidad con las fa-

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Normatividad apreciación, empezó a regir a partir del 1 de enero de 2016. Regulación: Resolución 11305 / 15-122015 / Superintendencia Financiera de Colombia

puesto a las ganancias. Esta norma contiene los requisitos necesarios para realizar la medición de activos o pasivos por impuestos diferidos; las enmiendas hechas aclaran la forma cómo se debe contabilizar los activos por impuestos diferidos relacionados con los instrumentos de deudas valorados a valor razonable. La norma obliga a las entidades a que las modificaciones de su aplicación se hagan a partir del 1 de enero de 2017, fecha pactada para que la norma empiece a regir. Regulación: Recognition of Deferred Tax Assets for Unrealised Losses

Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: ¿Cuál es la sección de las NIIF para PYMES que debe consultar para proceder con el reconocimiento del impuesto diferido? Descripción: La NIIF para PYMES que refiere al reconocimiento del impuesto diferido es el literal h) del párrafo 35.10. La norma establece que no es necesario que una empresa que implementa por primera vez las normas internacionales reconozca los activos por impuestos diferidos ni pasivos por impuestos diferidos relacionados. Regulación: Concepto 914 / 07-12-2015 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: Activos biológicos bajo NIIF Descripción: El tratamiento de las plantas productoras se modificó en junio de 2014 por el IASB, pero esta enmienda aún no se encuentra vigente en el país. No sobra anotar que la modificación aludida solo es para el Grupo 1, puesto que la NIIF para PYMES no modificó este aspecto. También cabe recordar que en el Grupo 2, los activos biológicos se miden al valor razonable, solo si este es posible obtenerlo sin costo o esfuerzo desproporcionado; en caso contrario, se miden al costo menos depreciación y pérdidas por deterioro. Regulación: Concepto 798 / 12-11-2015 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Estándares Internacionales Entidad: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia Norma: Para mantener inalterables las bases fiscales de las empresas, la DIAN expide concepto en el que se menciona la vigencia de las normas tributarias Descripción: La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, considerando la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera, ha elaborado un concepto el cual aclara que en el artículo 165 de la Ley 1607 de 2012, en términos tributarios, “…las remisiones contenidas en las normas tributarias a las normas contables, continuarán vigentes durante los cuatro (4) años siguientes a la entrada de las Normas Internacionales de Información Financiera –NIIF-…”. Regulación: Documento / 05-02-2016 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia

Tributario Entidad: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Norma: El pago del anticipo del impuesto sobre las ventas debe hacerse tal como señala el Estatuto Tributario Descripción: De acuerdo al pronunciamiento que efectúa la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), único organismo habilitado para realizar la interpretación jurídica de las normas tributarias de orden nacional, el anticipo del impuesto sobre las ventas debe efectuarse tal como señalen los artículos 600 y siguientes del Estatuto Tributario, es decir que se deben hace los pagos equivalentes al 30 % que exige la norma, sin dar lugar a la interpretación de que puede ser un valor menor, ya que no existe la preposición “hasta”, ya que en este caso sí señalaría que existe un límite

Entidad: Fundación IFRS Norma: Enmiendas hechas a la NIC 12 – Impuesto a las ganancias empezarán a regir a partir del 1 de enero de 2017 Descripción: El pasado 19 de enero el IASB publicó las modificaciones a la NIC 12 – Im-

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Normatividad ración de energías no convencionales solo aplica para aquellos que realicen directamente la inversión Descripción: El artículo 11 de la Ley 1715 de 2014 permite que los declarantes de renta puedan deducir anualmente de este impuesto, por los cinco (5) años siguientes al periodo gravable en que se realice la inversión, el cincuenta por ciento (50 %) del valor total de la inversión realizada, siempre que los declarantes inviertan los recursos en Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE) y sean quienes las realice de manera directa, ya que la deducción no puede extenderse a terceros así tengan interés o no en el desarrollo del proyecto de generación de energía a partir de FNCE. Regulación: Concepto 37123 (100208221 001667) / 24-12-2015 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

máximo para efectuar el pago del anticipo. Regulación: Concepto 00001 (100208221 000027) / 15-01-2016 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Entidad: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia Norma: Ampliado el plazo para la presentación de información relacionada con el Sistema Técnico de Control hasta el 31 de marzo de 2016 Descripción: La Resolución No. 000013 solicitó, para quienes están obligados a reportar información relacionada con el Sistema Técnico de Control de la Resolución No. 132 del 22 de diciembre de 2015, ampliar el plazo establecido para la presentación de este informe el cual venció el pasado 31 de enero de 2016. La solicitud refiere a entregar los reportes semestralmente del periodo enero 01 a diciembre 31 de 2015 a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) a más tardar el 31 de marzo de 2016. Regulación: Resolución Número 000013 / 01-02-2015 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia

Entidad: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Norma: Creación del impuesto complementario de normalización tributaria en Colombia Descripción: Mediante la Ley 1739 de 2014 nació a la vida jurídica el impuesto de normalización tributaria, el cual es complementario del impuesto de riqueza y son sujetos pasivos de este impuesto los contribuyentes del impuesto a la riqueza y los declarantes voluntarios, que posean activos omitidos y pasivos inexistentes, este impuesto de normalización se declara, líquido y pago en la declaración del impuesto a la riqueza, y se causa por la posesión de activos omitidos y pasivos inexistentes al 1º de enero de los años 2015, 2016 y 2017. Regulación: Concepto 34465 (100208221 001561) / 01-12-2015 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Entidad: Unidad de Planeación Minero Energética Norma: Resolución 045 Por la cual se establecen los procedimientos y requisitos para emitir la certificación y avalar los proyectos de Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE), con miras a obtener el beneficio de la exclusión del IVA y la exención de gravamen arancelario de que tratan los Artículos 12 y 13 de la Ley 1715 de 2014 Descripción: La presente Resolución tiene por objeto establecer los procedimientos y requisitos para solicitar la certificación que avala la documentación, con el fin de iniciar el trámite de solicitud de la certificación del beneficio ambiental ante la autoridad ambiental competente, con miras a obtener el beneficio de la exclusión del IVA y/o la exención de gravamen arancelario de que tratan los Artículos 12 y 13 de la Ley 1715 de 2014. Regulación: Resolución 045 / 03-02-2015 / Unidad de Planeación Minero Energética

Entidad: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Norma: Contribución de obra pública en los contratos especiales de gestión Descripción: La contribución especial de obra pública se genera por la simple suscripción con cualquier autoridad de derecho público, de un contrato del mismo tipo, también aquellos para concesión, mantenimiento y operaciones de vías de comunicación,

Entidad: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Norma: El incentivo tributario a la gene-

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Normatividad de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 142 de 1994; en los contratos de obra pública suscritos con empresas de servicios públicos domiciliarios también se genera la contribución, pero debe ser tenido en cuenta si se suscribe un contrato especial estipulado por el artículo 39 de la ley 142, ya que en un principio no se genera la contribución de obra pública y tampoco corresponde a este tipo de contratos; se debe revisar la naturaleza de cada contrato y la finalidad del mismo para determinar si es obligación liquidar la contribución especial de obra. Regulación: Concepto 35663 (100202208 1270) / 12-15-2015 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

contabilidad. Este formato está disponible para diligenciarse, para su presentación y/o pago electrónico a quien le corresponda. Si el contribuyente ha sido elegido por la DIAN para declarar sus impuestos mediante los servicios electrónicos deberá presentar su declaración en el formato virtual mediante el sistema de firma respaldada por el certificado digital entregado por la DIAN. Regulación: Resolución 000004 / 08-012016 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia Entidad: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Norma: Beneficio de exención de impuesto sobre las ventas para vehículos destinados solo a reposición Descripción: El Decreto 248 de 2015 establece un tratamiento preferencial para los vehículos automotores ensamblados en Colombia, en el caso de que sean destinados al transporte público de pasajeros solo por reposición, tendrán derecho a exclusión del impuesto a las ventas quienes sean pequeños propietarios transportadores de menos de tres (3) vehículos, y solo para efectos de reposición por uno solo que sea por única vez; el documento soporte para la exoneración fiscal es el certificado de cumplimiento de requisitos para el registro inicial del vehículo nuevo en reposición (CREI), que es expedido por el Ministerio de Transporte. Regulación: Concepto 34039 (100202208 1208) / 25-11-2015 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Entidad: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Norma: Exoneración del impuesto sobre las ventas a un sector económico requiere de expresa autorización legal Descripción: La Constitución Política establece que solo el Congreso, las asambleas y concejos en tiempos de paz, tiene la facultad para crear contribuciones fiscales y de manera excepcional, las contribuciones parafiscales en los términos que señale la ley, así mismo en la ley, ordenanza o acuerdo se pueden permitir que las autoridades fijen el valor de las tasas y contribuciones, pero el sistema para definir los costos y beneficios corresponde al órgano legislativo correspondiente. Para que exista una exención de impuestos a determinada actividad o sector económico se requiere que exista una ley que lo permita. Regulación: Concepto 35662 (100202208 1261) / 11-12-2015 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Comercial Entidad: Superintendencia de Sociedades Norma: El derecho de inspección en una asociación, ¿tiene alguna limitación? Descripción: El derecho de inspección es un derecho el cual consta de la capacidad que tienen todos los socios de una compañía de inspeccionar, directamente o mediante una persona capacitada y encargada para esta actividad, los libros y comprobantes de la sociedad, con el objetivo de conocer la situación financiera y administrativa en la que se encuentra la empresa a la que entregaron sus aportes. Aunque sea un derecho esencial del asociado, no tiene poder absoluto sobre la compañía, así está estipulado

Entidad: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia Norma: Consulte en la página de la DIAN el Formulario Modelo 110 para su declaración de impuestos Descripción: Se hizo público el Formulario Modelo número 110 en la página de la DIAN (www.dian.gov.co), para el acceso de todas las personas jurídicas y asimiladas, contribuyentes del régimen especial, declarantes de ingresos y patrimonio y para las personas naturales, obligadas a llevar la

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Normatividad en los artículos 369, 379 numeral 4, 422 y 477 del Código de Comercio, y 48 de la Ley 222 de 1995, los cuales indican que estos tienen limitaciones temporales y de contenido para relación con la entidad a la cual realizan sus aportes. Regulación: Concepto 220 004504 / 2501-2016 / Superintendencia de Sociedades

cumplir si está considerando conformar un grupo empresarial Descripción: Cuando por ciertos motivos se hace la conformación de un grupo empresarial, se debe tener en cuenta que a este tipo conjuntos también lo cobijan normas, las cuales exigen el cumplimiento de algunas obligaciones de parte del grupo empresarial. Estas obligaciones, más concretamente, están estipuladas o reguladas en los artículos 29 en adelante en la Ley 222 de 1995. Allí se plantea que estos grupos o sociedades, deberán presentar informes especiales en el que se esclarezcan las relaciones económicas existentes con el grupo empresarial, además, también deberán hacer inscripción en el registro mercantil sobre la conformación de la sociedad en un plazo máximo de los 30 días siguientes a la creación de este, entre otras cosas. Regulación: Concepto 220 001414 / 1201-2016 / Superintendencia de Sociedades

Entidad: Superintendencia de Sociedades Norma: Debida diligencia en la prevención del riesgo Descripción: El esquema de autocontrol, en desarrollo del pilar fundamental de la debida diligencia, basado en estándares nacionales e internacionales apunta y busca minimizar la posibilidad que a través de las distintas actividades de la empresa se introduzcan recursos provenientes del lavado de activos o se financie el terrorismo y de esta forma deberán implementar como mínimo las medidas y procedimientos que ayudarán al cumplimiento de ese objetivo. Regulación: Concepto 220 002376 / 2001-2015 / Superintendencia de Sociedades

Entidad: Superintendencia de Sociedades Norma: Facultades legales del liquidador dentro de una sociedad Descripción: El numeral 2.2.2.11.1.1 del Decreto 2130 de 2015, define la naturaleza jurídica del cargo de liquidador dentro de los procesos de liquidación judicial, como sus funciones, deberes, responsabilidades, su capacidad jurídica para representar a la sociedad en trámite de liquidación, así: “Los promotores, liquidadores y agentes interventores son auxiliares de la justicia y su oficio es público, ocasional e indelegable”. Regulación: Concepto 220 004640 / 2601-2015 / Superintendencia de Sociedades

Entidad: Superintendencia de Sociedades Norma: ¿Qué se debe realizar con los bienes no aceptados dentro del proceso de liquidación por adjudicación? Descripción: Los bienes remanentes dentro del proceso liquidatorio por adjudicación de la sociedad estarán dirigidos a ser adjudicados a los socios o accionistas de una sociedad a prorrata de sus aportes, para el caso de las personas jurídicas o al deudor en el caso de las personas naturales comerciantes o propietarias de una empresa. Seguido a esto los bienes no recibidos, serán entregados a una entidad pública beneficiaria del domicilio del deudor o, en su defecto, del lugar más cercano. Los bienes no recibidos por aquellas dentro de los diez días siguientes a su adjudicación serán considerados vacantes o mostrencos según su naturaleza y recibirán el tratamiento legal respectivo. Regulación: Concepto 220 002001 / 1801-2016 / Superintendencia de Sociedades

Entidad: Congreso de la República Norma: SuperSociedades y Secretaría de Transparencia de la Presidencia impulsan ley contra la corrupción transnacional Descripción: El 2 de febrero del presente año fue sancionada la Ley 1778 de 2016, la cual establece el régimen administrativo sancionatorio para todas las personas naturales y jurídicas que incurran en actos de corrupción o soborno transnacional, además, agrega el tipo penal de cohecho estipulado en el Código Penal. La ley indica que quienes realicen actos de soborno o corrupción transnacional serán sancionados con

Entidad: Superintendencia de Sociedades Norma: Conozca cuáles obligaciones debe

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Normatividad Descripción: En los casos en los cuales la trabajadora se encontraba vinculada mediante contrato de trabajo, fue desvinculada en atención a una justa causa, y conoció de su estado de embarazo una vez finalizado el vínculo contractual, la madre ex trabajadora tendrá derecho como mínimo al reconocimiento de las cotizaciones durante el periodo de gestación. Regulación: Concepto 220192 / 17-112015 / Ministerio de Trabajo

una multa de entre 650 y 50.000 salarios mínimos legales vigentes, además, de recibir una condena de entre nueve y quince años de cárcel, esto aplica para las personas naturales. Regulación: Ley 1778 / 02-0 2-2016 / Congreso de la República Entidad: Superintendencia de Sociedades Norma: La readquisición de cuotas para las sociedades de responsabilidad limitada es posible siempre que se cumplan las condiciones del artículo 396 Descripción: Debido a la inexistencia de una norma que lo prohíba, para las sociedades de responsabilidad limitada la obtención de sus propias cuotas es factible, aunque debe tener en cuenta que lo será siempre y cuando esto se haga dentro de las condiciones previstas en el artículo 396. Esto lo ha tomado en consideración la Superintendencia de Sociedades en conformidad con el artículo 372 y en afinidad con el artículo 396 del Código de Comercio. Regulación: Concepto 220 001499 / 1301-2016 / Superintendencia de Sociedades

Entidad: Ministerio de Trabajo Norma: Condiciones para efectuar la reubicación o traslado de un empleado Descripción: Al momento de definir la reubicación de un empleado se deberá tener en cuenta aspectos tales como; gozar de todos los beneficios que se desprenden de la ejecución de su trabajo, permanecer en su cargo mientras no se configure una causal objetiva que justifique su desvinculación, desempeñar trabajos y funciones acordes con sus condiciones de salud que le permitan acceder a los bienes y servicios necesarios para su subsistencia, obtener la misma en un trabajo que tenga los mismos o mayores beneficios laborales al cargo que ocupaba antes, es decir, de ninguna manera el nuevo cargo podrá derivar en la violación de su dignidad o en la afectación de su derecho fundamental al mínimo vital y recibir capacitación necesaria para el adecuado desempeño de las nuevas funciones. Regulación: Concepto 228137 / 26-112015 / Ministerio de Trabajo

Entidad: Superintendencia de Sociedades Norma: ¿Cómo diferenciar la enajenación global de activos de la enajenación de acciones por parte de los accionistas? Descripción: Existen varias diferencias entre la enajenación de activos y la enajenación de acciones, pero primero se debe aclarar que la enajenación de activos es un concepto nuevo que menciona la citada Ley 1258 de 2008, este término hace referencia a un mecanismo de integración el cual se logra por medio de la acción de reorganización societaria en la cual la compañía enajena una parte o la totalidad de sus activos y/o pasivos y por esto recibe dinero o acciones de la empresa que los adquiere. Regulación: Concepto 220 203295 / 2412-2015 / Superintendencia de Sociedades

Entidad: Ministerio de Trabajo Norma: Periodo de prueba no puede ser superior a la quinta parte del término del contrato Descripción: En lo referente al periodo de prueba para los contratos de trabajo se debe entender que la misma no podrá ser superior a la quinta parte del término del contrato, siempre y cuando aquel no supere el límite establecido por el artículo 78 del Código Sustantivo del Trabajo, correspondiente a dos meses. Precisando que la normatividad contempla norma específica alguna relativa al periodo de prueba para contratos de jornada incompleta aplicando lo mencionado de manera general.

Laboral Entidad: Ministerio de Trabajo Norma: Empleada en estado de embarazo desvinculada por justa causa, tiene derecho al pago de las cotizaciones durante la gestación

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Normatividad Regulación: Concepto 227477 / 25-112015 / Ministerio de Trabajo

reposen en la entidad tales como las declaraciones de importación, sin perjuicio de lo anterior el Decreto 2685 de 1999 establece que las mercancías extranjeras a excepción de equipaje de viajeros, que se encuentren en el territorio aduanero nacional, deben ser amparadas por la declaración de régimen aduanero, planilla de envío o la factura de nacionalización en los casos que así lo exijan. Regulación: Concepto 34036 / 25-11-2015 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Entidad: Ministerio de Trabajo Norma: Fuero sindical no excluye al trabajador del inicio de una actuación disciplinaria justificada en su contra Descripción: Si bien la norma establece el fuero sindical como una protección que resguarda el derecho de asociación sindical, esto no es excusa para que un funcionario o trabajador descuide las funciones propias de su cargo, por lo tanto, un proceso disciplinario será independiente de la protección en mención, dependiendo de la sanción debido a que si esta implica destitución sí se requerirá del levantamiento de la protección, de lo contrario su aplicación será procedente. Regulación: Concepto 242980 / 17-122015 / Ministerio de Trabajo

Entidad: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Norma: Exención arancelaria en la importación de vehículos para miembros de la policía nacional Descripción: La Ley 14 de 1990 permitió el beneficio de exención arancelaria en la importación de vehículos, si dicha transacción comercial es efectuada por personal perteneciente al nivel ejecutivo de la Policía Nacional, tal como manifestó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en el concepto 37633 de 2014. Regulación: Concepto 36166 (100202208 1292) / 18-12-2015 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Aduanero Entidad: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Norma: DIAN publica circular para reiterar obligación de presentar el formulario 350 ante declaración de equipaje y dinero en efectivo Descripción: Mediante Circular Externa No. 000001 del 03 de febrero de 2015, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales reitera a las empresas de transporte con rutas internacionales, que deben realizar la entrega a cada uno de los pasajeros que ingresan al territorio aduanero colombiano, el formulario 350 “Declaración de equipaje, de dinero en efectivo y de títulos representativos de dinero – viajeros”, dicho formulario consta de dos versiones, español e inglés, y deben estar disponibles en el medio de transporte para que se entregue al pasajero durante el viaje, en el idioma que requiera. Regulación: Circular Externa 000001 / 0302-2016 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Entidad: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Norma: Definidos formularios vigentes durante el 2016, para obligaciones aduaneras y cambiarias Descripción: La DIAN procedió a establecer los formularios que deberán ser utilizados para el cumplimiento de las obligaciones aduaneras y cambiarias durante el año 2016. Igualmente se precisa que, diligenciado el formulario y efectuada su impresión, deberá firmarse si se trata de una declaración para su presentación y pago en los bancos y demás entidades autorizadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para el efecto, debiendo continuar el trámite administrativo cuando corresponda a obligaciones aduaneras y cambiarias. Regulación: Resolución 8 / 25-01-2016 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Entidad: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Norma: Comprobación de mercancía importada ante la autoridad aduanera Descripción: El Decreto 19 de 2012 dispone la prohibición de exigir documentos que

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Análisis

Entorno

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Spatia

Normatividad


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documentos de apoyo […] Ver más

Ampliación del plazo de reporte de los Estados Financieros año 2014 según el proceso de convergencia a NIIF Grupo 1 De conformidad con las facultades otorgadas a la Superintendencia de Puertos y Transporte mediante la Ley 01 de 1991: los Decretos 101 y 1016 de 2000. modificados por el Decreto 2741 de 2001 y el artículo 10 de la Ley 1314 de 2009. para vigilar que los entes económicos bajo inspección. vigilancia o control, preparadores y profesionales de aseguramiento […] Ver más

Aplicación voluntaria de las NIIF Por la cual se dictan disposiciones en materia del ejercicio de aplicación voluntaria de las Normas Internacionales de Información Financiera – NIIF, por parte de las empresas sujetas al ámbito de aplicación del Régimen de Contabilidad Pública […] Ver más Activos biológicos bajo NIIF El tratamiento de las plantas productoras se modificó en junio de 2014 por el IASB, pero esta enmienda aún no se encuentra vigente en el país. No sobra anotar que la modificación aludida solo es para el Grupo 1, puesto que la NIIF para PYMES no modificó este aspecto. También cabe recordar que en el Grupo 2, los activos biológicos se miden al valor razonable […] Ver más

¿Ya inició la implementación de las NIIF en su empresa? De no cumplir con la norma, podría recibir una sanción de hasta 200 salarios mínimos Según el Decreto 3022 de 2013, publicado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la fecha en la que las empresas deben empezar a aplicar las normas internacionales de Información Financiera (NIIF) empezó a partir del primero de enero de este año, pero, se ha percibido que muchas de las empresas, aunque tienen la obligación de incorporar las normas […] Ver más Lo que debe saber sobre las NIIF, un conjunto de normas basadas en principios Ahora que varios países de Latinoamérica han empezado a adoptar las NIIF y muchas empresas deben empezar a presentar información financiera regida bajo estas normas, es necesario como empresa que aprenda sobre ellas, si aún no las conoce. NIIF significa Normas Internacionales de Información Financiera o en inglés IFRS International Financial Reporting Standard […] Ver más

Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide el Decreto Único Reglamentario de NIIF y NIA El pasado 14 de diciembre, el Ministerio de Hacienda hizo público el Decreto Único Reglamentario número 2420 del 14 de diciembre de 2015 de Normas de Contabilidad y de Aseguramiento de la Información refiriéndose al reglamento expedido en la Ley 1314 de 2009 (el cual contiene la normatividad referente a contabilidad, información financiera y aseguramiento […] Ver más eStudium No 7, Presentacion de estados financieros bajo NIIF, Isis Granados 16/10/15 […] Ver vídeo

eIFRS Professional — Acceda a las últimas NIIF y mucho más eIFRS Professional es el recurso online exclusivo de la Fundación IFRS con el que podrá acceder a las versiones autorizadas y comentadas de las NIIF, las interpretaciones, el procedimiento a seguir y muchos otros

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Material Relacionado eStudium No 8, Finanzas para la Aplicación Efectiva de las Normas NIIF, Iván Álvarez Piedrahita - 13/10/2015-19/10/2015 […] Ver vídeo

eStudium No 10, Cómo Elaborar las Políticas Contables bajo NIIF, Santiago Beltrán - 30/10/15 […] Ver vídeo

eTube No 1, Valoración bajo NIIF, Hernando Ortiz - 29/05/15 […] Ver vídeo

eTube No 2, Introducción a las NIIF Parte I, José Ramiro Pardo - 13/06/15 […] Ver vídeo

eTube No 4, Introducción a las NIIF Parte I, José Ramiro Pardo - 19/06/15 […] Ver vídeo

eTube No 8, Tratamiento Contable del Impuesto a la Riqueza bajo NIIF, Gustavo Ramírez aclara - 17/07/15 […] Ver vídeo

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Material Relacionado eTube No 34, Normas NIIF® ¿por qué son importantes?, IFRS - 12/02/16 […] Ver vídeo

rá sus derechos de uso y obligaciones bajo el arrendamiento financiero como activos y pasivos en su estado de situación financiera por el importe igual al valor razonable […] Ver más ESFA Aspectos Importantes a Revelar Año de Transición y Balance de Apertura por Convergencia hacia las NIIF (IFRS) Aunque pareciera que el tema no revierte mayor dificultad, he considerado pertinente realizar puntualizaciones particulares sobre la diferencia de los momentos que componen el año de transición desde el Balance de Apertura hasta los Primeros Estados Financieros bajo NIIF (IFRS) […] Ver más

6. ESFA 29 de enero fue el plazo máximo para la presentación del ESFA por parte de los clasificados en el Grupo 2 y voluntarios del Grupo 1 El plazo estipulado para la presentación de información financiera (Reporte de estado de Situación Financiera de Apertura – ESFA), fue modificado del 31 de diciembre de 2015 al 29 de enero de 2016, mediante la circular 040 de 23 de diciembre de 2015. Son los clasificados en el Grupo 2 y los voluntarios del Grupo 1 quienes tendrán esta prórroga en el tiempo de envío […] Ver más La elaboración del ESFA debe tener evidencia física y seguir los estándares normativos Las entidades que no se encuentren vigiladas, supervisadas o controladas por algún ente también están sujetas a la elaboración del ESFA, aunque no deban remitir en principio esta información a ninguna entidad. Para lo cual, las entidades deben tener evidencia física de la elaboración del ESFA dentro de las pautas establecidas en la sección 35 como soporte […] Ver más Propiedad, planta y equipo, arrendamientos financieros y obligaciones financieras en el ESFA El CTCP señala que de acuerdo con lo establecido en el párrafo 20.9 de la NIIF para las PYMES, al comienzo del plazo del arrendamiento financiero, un arrendatario reconoce-

Manejo de activos diferidos por gastos en actividades de exploración para ESFA y de los inventarios – Grupo 2 Para la contabilización de actividades de extracción la entidad deberá aplicar lo establecido en el párrafo 34.11., de la NIIF para Pymes. De esta manera los desembolsos incurridos en exploración y evaluación solo podrán ser capitalizados cuando se cumplan las condiciones para su reconocimiento como propiedades, planta y equipo o activos intangibles […] Ver más ¿Es viable la retransmisión del ESFA para los preparadores de información financiera del grupo 1 de las NIIF? La solicitud de los preparadores de información financiera del Grupo 1 bajo NIIF, supervisados por esta Superintendencia para retransmitir el ESFA, con el fin de adecuarlo a las normas establecidas en el anexo del Decreto 2784 de 2012 y sus modificatorios, será procedente hasta los primeros días del presente año y antes del cierre de los primeros estados […] Ver más Valoración de activos fijos para el ESFA El CTCP señala que de acuerdo con lo establecido en el párrafo 35.10, en el cual se plantea una serie de exenciones en el momento de preparación del ESFA en la fecha de transición, se establecen dos alternativas para el tratamiento de la propiedad, planta y equipo […] Ver más

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Material Relacionado 7. Factoring

según se estipula en la circular […] Ver más

¿Qué diferencias hay entre el factoring y el confirming? Es bien sabido que para que una empresa pueda alcanzar el éxito efectúe una buena gestión de tesorería. Pero aun así, la mayoría de empresas son demasiado pequeñas en sus inicios como para disponer de un profesional financiero que realice dicha gestión. Así que, como emprendedor, es imprescindible que conozcas un par de sistemas de cobro […] Ver más

Preparación de los primeros estados financieros separados o individuales Para disminuir la asimetría contable, se requiere autorizar que las empresas referidas apliquen la contabilidad de coberturas de conformidad con el Anexo del Decreto número 2784 de 2012, sin hacer exigible lo relativo a la documentación formal de la relación de cobertura, y del objetivo y estrategia […] Ver más

Sociedades dedicadas únicamente a la actividad de factoring tienen controles diferentes a las que realizan la actividad, pero que no lo hacen de manera exclusiva La habilitación del factoring en el país necesita una condición mínima que consiste en el establecimiento de una empresa legalmente organizada como persona jurídica e inscrita en la Cámara de Comercio, pero se debe tener en cuenta que las condiciones para el ejercicio de dicha actividad no serán las mismas a las que debe sujetarse una empresa […] Ver más ¿El contrato de factoring qué aspectos debe cumplir para su celebración por parte de empresas colombianas? En Colombia los factoring deben ser instituciones financieras legalmente habilitadas y personas jurídicas inscritas en la Cámara de Comercio, algunas de las cuales podrán tener dentro de su objeto social dicha actividad de manera exclusiva, y otras, comprender otro tipo de actividades comerciales. Ahora, si la empresa colombiana realiza un contrato de factoring […] Ver más

8. Estados financieros Entidades prestadoras de salud están en la obligación de publicar sus estados financieros correspondientes al 2013 y 2014 La Superintendencia Nacional de Salud, se pronunció por medio de Circular Externa 000004 en la cual se indica que todas las entidades prestadoras de servicio de salud, públicas, privadas y generadores de recursos para la salud, deben hacer público sus estados financieros correspondientes al 2014 o 2013, los cuales deben estar adecuados

Estados Financieros Consolidados y Separados: Diferencias NIIF Full y NIIF para PYMES Las NIIF full (NIIF 3 combinaciones de negocios, la NIIF 10 Estados Financieros Consolidados y NIC 27 Estados financieros separados) y la NIIF para las PYMES (sección 9 estados financieros consolidados y separados) comparten principios similares para los estados financieros consolidados y separados [...] Ver más NIC 1 – Presentación de estados financieros: Casos de estudio A continuación se exponen algunos casos de estudio sobre ciertos tratamientos contables contenidos en la NIC 1: caso 1 XYZ es un fabricante de televisores. El mercado nacional de productos electrónicos actualmente se encuentra atravesando dificultades, y por lo tanto muchas entidades en este [...] Ver más NIA 250 – Consideración de leyes y regulaciones en una auditoría de estados financieros La norma internacional de auditoría 250 expone la responsabilidad del auditor de tener en cuenta y asumir las leyes y regulaciones relevantes en una auditoría de estados financieros. Estas leyes y regulaciones dependen de la entidad, determinando así su marco de referencia legal y regulador [...] Ver más NIA 300 – Planeación de una Auditoría de Estados Financieros La norma internacional de auditoría 300 presenta la responsabilidad del auditor de planear una auditoría de estados financieros. La planeación involucra establecer la estrategia general y desarrollar el plan de trabajo para la auditoría, lo que le permite al auditor organizar y administrar de [...] Ver más

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Material Relacionado NIA 240 – Responsabilidad del auditor en relación con el fraude en una auditoría de Estados Financieros La norma internacional de auditoría 240 presenta las responsabilidades del auditor con respecto al fraude en auditorías de estados financieros; y explica cómo deben aplicarse las normas de auditoria 315 y 330 para el manejo de riesgos de errores de importancia relativa, y da una guía al [...] Ver más Fecha de emisión de estados financieros bajo NIIF El CTCP señala que los entes económicos pueden presentar estados financieros con cortes diferentes al 31/12, si por requerimiento estatutario o de los organismos de supervisión le son exigidos, esto sin dejar de presentar estados financieros con corte al 31 de diciembre de cada año, según lo [...] Ver más NIA 220 – Control de calidad de la auditoría de estados financieros La NIA 220 trata de la responsabilidad específica que tiene el auditor en relación con los procedimientos de control de calidad de una auditoría de estados financieros. También, habla de las responsabilidades del revisor de control de calidad del encargo. El objetivo del auditor en esta [...] Ver más

9. CREE El anticipo de la sobretasa no es extensible al impuesto CREE Al existir norma en la sobretasa al CREE que de manera clara y expresa determina su cuantificación, sistema de declaración y pago, no es posible colegir que por efectos de la remisión efectuada en el artículo 24 de la Ley 1739 de 2014 sea extensible al anticipo la sobretasa, el régimen [...] Ver más El uso del CREE en las pérdidas fiscales ¿En la depuración de la base gravable del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE) para los años gravables 2013 y 2015, es procedente compensar las pérdidas fiscales con las rentas líquidas ordinarias que se obtengan en los períodos gravables siguientes? El artículo 22 de la Ley [...] Ver más

Modificadas las regulaciones para definir la exoneración de la sobretasa al CREE El Ministerio de Hacienda y Crédito Público procedió a corregir los yerros cometidos en los artículos 21, 31, 41, 57 y 70 de la Ley 1739 de 2014 “Por medio de la cual se modifica el Estatuto Tributario, la Ley 1607 de 2012, se crean mecanismos de lucha contra la evasión”, al evidenciar que [...] Ver más

10. Impuesto a la riqueza Impuesto a la riqueza respecto de las entidades extranjeras sin ánimo de lucro Las entidades extranjeras sin ánimo de lucro, que no poseen domicilio fiscal en Colombia aunque posean establecimiento permanente o sucursal, son declarantes del impuesto a la riqueza ya que no son aplicables las disposiciones del artículo 293-2 del Estatuto Tributario; para determinar la base gravable se debe determinar el patrimonio […] Ver más La deducción del valor patrimonial se hará de la base gravable del impuesto a la riqueza Resulta procedente la deducción del valor patrimonial neto de las edificaciones y terrenos donde funciona la planta de tratamiento y tanques de almacenamiento de una empresa pública de acueducto y alcantarillado, de la base gravable del impuesto a la riqueza […] Ver más La detracción del patrimonio se hará con base en el impuesto a la riqueza Cuando un colombiano o un extranjero es residente fiscal en el país, debe evaluar su situación de sujeción pasiva a 1 de enero de 2015, en relación con su patrimonio mundial, pero los extranjeros con residencia en el país por un término inferior a 5 años podrá detraer el valor patrimonial que tenga en el extranjero con base en el cálculo de la base gravable del impuesto a la riqueza […] Ver más

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Material Relacionado 11. Impuesto a la riqueza Pago de contratistas al sistema de seguridad social y deducción de aportes parafiscales Los pagos que se realicen por concepto de obligaciones que no provienen de relación laboral o reglamentaria, sino que se efectúan por la prestación de servicios, son deducibles para el contratante previa verificación por parte del mismo de que el contratista realice la afiliación y cotización al sistema de seguridad social de acuerdo a los ingresos que perciba […] Ver más

Validez de pagos realizados a dependientes que no cumplen condiciones del artículo 387 del Estatuto Tributario para disminuir la base de retención Las personas naturales pueden disminuir la base de retención mediante deducción mensual hasta el 10% de ingresos, los cuales deben corresponder con relaciones laborales o reglamentarias, por concepto de dependientes y limitado a 32 UVT mensuales. Cualquier deducción que se desee aplicar sin cumplir los requisitos anteriormente expresados es contraria […] Ver más

Condiciones para ser exonerado del pago de parafiscales En lo referente al Impuesto de Renta para la Equidad (CREE) y exoneración de aportes parafiscales, se entiende que estarán exoneradas del pago de los aportes parafiscales a favor del Servicio Nacional del Aprendizaje (SENA) y del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), las sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto […] Ver más

Debe acudirse a los Artículos 588 o 589 del Estatuto Tributario para la modificación del saldo a favor Cuando la modificación en saldo a favor o a pagar que se produzca, obedece a la modificación o cambio sustancial que se originó en la anterior declaración. En tal caso, se considera que debe acudirse al procedimiento establecido en los artículos 588 o 589 del E.T., dependiendo el objeto de la corrección y dentro de los términos previstos para los mismos […] Ver más

La respectiva organización sindical es la que determina la calidad en la que efectúa los aportes parafiscales en contratos sindicales La respectiva organización sindical es quien debe determinar la calidad en que debe efectuar los aportes parafiscales es esto como independiente o dependiente y consecuente con ello se generará la obligatoriedad o no del pago parafiscales […] Ver más

El estatuto tributario establece la obligación de la expedición de facturas De acuerdo con el artículo 615 del E.T, para efectos tributarios todas las personas o entidades que tengan la calidad de comerciantes, o enajenen bienes producto de la actividad agrícola, deberán expedir las respectivas facturas o documentos equivalentes, y conservar copia de las mismas por las operaciones realizadas […] Ver más

12. Estatuto Tributario Procedencia del artículo 720 del Estatuto Tributario respecto de las liquidaciones de aforo derivadas de emplazamiento por no declarar El procedimiento de cobro coactivo se inicia cuando el contribuyente no declara dentro del término legal establecido, no obstante tiene una serie de herramientas para defenderse de los hechos que le pueda imputar la administración de impuestos. El parágrafo del artículo 720 del Estatuto Tributario, solo es procedente cuando hay […] Ver más

El beneficio de auditoría del estatuto tributario estará reglamentado para su otorgamiento El beneficio de auditoría que reglamenta el artículo 689-1 del Estatuto Tributario, consiste en la reducción del término de firmeza de las declaraciones privadas presentadas por los contribuyentes del impuesto de renta y complementarios, siempre y cuando se cumplan las condiciones allí señaladas. De esta manera, deberán presentar la declaración […] Ver más

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Material Relacionado La clasificación de los agentes retenedores debe cumplir con la obligación de información según el estatuto tributario Corresponde a los agentes retenedores clasificar a las personas naturales de acuerdo con lo regulado en los artículos 329 del Estatuto Tributario, si el sujeto de retención cumple con la obligación de información para dicha clasificación; de lo contrario se debe aplicar las reglas de los artículos 383 y 384 y escoger la mayor que resulte de aplicar los métodos […] Ver más Los pagos o abonos en cuenta se regirán por Estatuto Tributario Los pagos o abonos en cuenta efectuados a las personas naturales residentes en el país, pertenecientes a la categoría de empleados les aplica a partir del 1 de enero de 2013, la tabla de retención en la fuente contenida en el artículo 383 de E.T […] Ver más

13. Auditoría continua ¿Qué es la Auditoría Continua? Es un método utilizado por los auditores para realizar actividades relacionadas con revisiones en tiempo real. La tecnología desempeña un papel fundamental en la automatización de la identificación de excepciones o anomalías, el análisis de patrones de los dígitos de campos […] Ver más

14. Auditoría interna La auditoría interna en las compañías aseguradoras – Argentina Con la resolución 31.231, la SSN normó la función de la evaluación independiente de aseguramiento estableciendo la figura del responsable de Control Interno, el Programa Anual de Control Interno y el comité. A lo largo del tiempo la normativa de la Superintendencia de Seguros de la Nación […] Ver más Alineación estratégica de las funciones de auditoría interna Las funciones de auditoría interna pueden seguir cuatro pasos para tener una mayor participación en las iniciativas estratégicas. El entorno de negocios actual es un terreno poco conocido para muchos. Las compañías se están expandiendo hacia nuevos merca-

dos, realizando adquisiciones, formando [...] Ver más Tercera línea de defensa: auditoría interna – modelo de las tres líneas de defensa Los auditores internos proveen aseguramiento sobre la efectividad del gobierno corporativo, la gestión de riesgos y el control interno. Es importante establecer y mantener una función de auditoría interna independiente con personal adecuado y competente […] Ver más La función de auditoría interna en el proceso ORSA A continuación compartimos otra publicación de la Fábrica de Pensamiento del IIA España emitida en octubre del 2015: la función de auditoría interna en el proceso ORSA: una guía de supervisión. Como elemento fundamental de la Gestión de Riesgos definida en la Directiva Solvencia II, todas las entidades […] Ver más Evaluaciones externas – Función de la auditoría interna Como una buena práctica, pero también con la finalidad de atender a los requerimientos de la Norma 1.312 del Marco Internacional para la Práctica Profesional de Auditoría Interna, los Directores de Auditoría Interna deben establecer evaluaciones externas al menos una vez cada cinco años por un evaluador o equipo de evaluación […] Ver más El valor agregado de Auditoría Interna Las últimas encuestas sobre la profesión del auditor interno destacan la atención de los riesgos emergentes del negocio y sus prácticas de gerenciamiento. Los resultados obtenidos también demuestran que un sólido gerenciamiento de riesgos tiene un impacto positivo sobre el rendimiento y las ganancias de una empresa […] Ver más Auditoría Interna: un aliado en la identificación del riesgo Actualmente las compañías se enfrentan a riesgos y a regulaciones que evolucionan constantemente. Estos factores pueden llevarnos a pensar si llegó el momento para que el rol de la Auditoría Interna (AI) evolucione también y sea parte integral del equipo que identifica y mitiga los efectos de los riesgos […] Ver más

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Material Relacionado ¿Cómo se desarrolla un proyecto de auditoría interna? La mayoría de los departamentos de auditoría interna realizan trabajos de aseguramiento y consultoría. Debido a que cada asignación tiene aspectos exclusivos, debe haber flexibilidad en la manera de administrar los trabajos de auditoría. Sin embargo, también es necesario que haya algún tipo de norma, además de procesos […] Ver más Pulso Global Auditoría Interna 2015: abrazando las oportunidades en un entorno dinámico Este nuevo análisis del IIA Global establece que en el entorno empresarial actual, con riesgos emergentes y con un cambio continuo, la función de auditoría interna tiene que ser más sensible. El Director de Auditoría Interna (DAI) para poder navegar con éxito en un entorno dinámico [...] Ver más 10 Recomendaciones prácticas para la supervisión eficaz de la función auditoría interna IIA UK – Chartered Institute of Internal Auditors emitió recientemente la guía técnica, llamada “Lo que todo director debe saber para obtener lo mejor de la función de auditoría interna”. Aquí encontrará las 10 recomendaciones para una supervisión eficaz dentro de la auditoría interna: asumir la [...] Ver más Nivel madurez función auditoría interna Se ha preguntado usted alguna vez: ¿En qué nivel de desarrollo se encuentra su departamento de auditoría interna? El siguiente análisis de madurez le será de gran utilidad [...] Ver más Marketing en función de la auditoría interna Un buen proceso de marketing no es un accidente, sino el resultado de una cuidadosa planificación y ejecución; utilizando técnicas y herramientas efectivas de comunicación. De acuerdo con Philip Kotler (considerado por algunos el padre de la mercadotecnia moderna), marketing es: “El proceso por el que los grupos e individuos satisfacen sus necesidades al [...] Ver más Nuevos procesos en los informes de auditoría interna Una nueva forma de informar La auditoría

interna constituye una actividad estratégica por cuanto por medio de su eficaz accionar permite reducir pérdidas, costos e improductividades. Su producto se ve revelado a través de los informes y recomendaciones. Estos informes deben ser claros, [...] Ver más Implementan Normas Generales de Control Interno para el Sector Público – Argentina La Sindicatura General de la Nación (Sigen) presentó las Normas Generales de Control Interno para el Sector Público Nacional, durante un acto en el que participaron auditores, inspectores y funcionarios públicos responsables [...] Ver más Partes interesadas en el diseño e implementación del Marco Integrado de Control Interno – COSO III Las partes interesadas desempeñan un papel muy importante en el diseño e implementación del Marco Integrado de Control Interno. El Control Interno es desarrollado por la Dirección, el Consejo de Administración y demás personal de la entidad [...] Ver más NIA 265 – Comunicación de deficiencias en el control interno La norma internacional de auditoría 265 presenta la responsabilidad del auditor de comunicar oportuna y apropiadamente a los encargados del gobierno corporativo y administración las deficiencias encontradas en el control interno durante el desarrollo de la auditoría de [...] Ver más ¿Qué áreas deben incluirse en el plan de auditoría interna? La gerencia del departamento de auditoría debe desarrollar un plan que describa qué y cuándo auditar cada área seleccionada. En sentido amplio, el plan de auditoría describe cómo llevará a cabo sus responsabilidades el departamento de auditoría interna. El propósito del plan es [...] Ver más

15. Estimaciones contables NIA 540 – Auditoría de estimaciones contables, incluyendo estimaciones contables del valor razonable y revelaciones relacionadas La norma internacional de auditoría 540 presenta la responsabilidad del auditor con re-

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Material Relacionado lación a las estimaciones contables, aquellas partidas de los estados financieros que no pueden medirse en forma precisa sino solo estimarse; incluidas las estimaciones contables del valor razonable y las revelaciones relacionadas a la auditoría de estados financieros […] Ver más

eTube No 25, Guía de Control de Calidad para Pequeñas y Medianas Firmas de Auditoría, Fabián Romero - 21/11/15 […] Ver vídeo

Cambios en estimaciones contables Una estimación contable es “determinar el valor o importe de una partida o rubro en ausencia de una norma o criterio preciso para calcularla“, lo anterior, ocasiona la utilización de “criterios” o “juicios de valor” […] Ver más

16. Control interno El Marco Integrado de Control Interno posee como virtud incentivar el mejoramiento continuo del control interno El Marco Integrado de Control Interno (COSO), para las empresas ha generado un gran impacto desde su última actualización en 2013, puesto que gracias al mejoramiento que tuvo en este momento dio gran valor a la profesión contable ya que provocó en las entidades la necesidad de cambio e innovación en materia teórica y conceptual en relación al diseño […] Ver más

eTube No 26, Guía de Control de Calidad para Pequeñas y Medianas Firmas de Auditoría - Parte II, Fabián Romero - 27/11/15 […] Ver vídeo

Monitoreo del sistema de control interno – Principio 17 de COSO III: Evalúa y comunica deficiencias La organización evalúa y comunica las deficiencias de control interno de forma oportuna a las partes responsables de aplicar medidas correctivas, incluyendo la alta dirección y el consejo, según corresponda. Las deficiencias en lo componentes y principios de control interno pueden surgir de diferentes maneras […] Ver más Control interno: una mejor imagen La cultura moderna está basada, en buena parte, en las imágenes. La celeridad de los cambios que se dan en distintos ámbitos hace que la atención del ciudadano se sature con una gran cantidad de estímulos. Para la mayoría, los temas de las empresas y los organismos públicos resultan confusos […] Ver más

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Cifras e indicadores mundiales

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