BoletínE XPRE S S No.10
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IASB completa la reforma de la contabilidad para los instrumentos financieros IASB completa la reforma de la contabilidad para los instrumentos financieros: emite el IFRS 9 final. Poco tiempo después de la emisión del IFRS (NIIF) 15 Ingresos ordinarios provenientes de contratos con los clientes, IASB acaba de publicar el elemento final de la respuesta comprensiva a la crisis financiera mediante la emisión del IFRS (NIIF) 9 Instrumentos financieros. En palabras más sencillas, fue completado el IFRS (NIIF) 9. El nuevo estándar será efectivo el 1 de enero de 2018 con aplicación temprana permitida. El paquete de mejoramientos introducidos por el IFRS (NIIF) 9 incluye: • Un modelo lógico para la clasificación y medición, • Un modelo único, prospectivo, para el deterioro de las ‘pérdidas esperadas’, y • Un enfoque sustancialmente reformado para la contabilidad de cobertura. Al respecto, el boletín de prensa de IASB [disponible en: http://www. ifrs.org/Alerts/PressRelease/Pages/ IASB-completes-reform-of-financialinstruments-accounting-July-2014. aspx] señala:
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Estándares Internacionales
Agosto 2014
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Clasificación y medición
Estándares Internacionales
BoletínEXPRESS
Agosto 2014
La clasificación determina cómo los activos financieros y los pasivos financieros son contabilizados en los estados financieros y, en particular, cómo se miden sobre una base continua. El IFRS (NIIF) 9 introduce un enfoque lógico para la clasificación de los activos financieros, que está orientado por las características de los flujos de efectivo y el modelo de negocios en el cual el activo es tenido. Este enfoque único, basadoen- principios, reemplaza los requerimientos existentes basados-en-reglas que generalmente se considera que son excesivamente complejos y difíciles de aplicar. El nuevo modelo también resulta en un modelo único de medición que se aplique a todos los instrumentos financieros, eliminando por lo tanto la fuente de complejidad asociada con los anteriores requerimientos de contabilidad.
Deterioro Durante la crisis financiera, el reconocimiento retrasado de las pérdidas de crédito en los préstamos (y otros instrumentos financieros) fue identificado como una debilidad en los estándares de contabilidad existentes. Como parte del IFRS (NIIF) 9, IASB ha introducido un modelo de nuevo de deterioro de la pérdida esperada que requerirá el reconocimiento más oportuno de las pérdidas de crédito esperadas. De manera específica, el nuevo Estándar requiere que las entidades contabilicen las pérdidas de
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crédito esperadas cuando los instrumentos financieros sean reconocidos por primera vez y reconozcan sobre una base más oportuna las pérdidas esperadas durante toda la vida. IASB ha anunciado su intención de crear un grupo de recursos para la transición con el fin de apoyar a los stakeholders en la transición hacia los nuevos requerimientos de deterioro.
Contabilidad de cobertura El IFRS (NIIF) 9 introduce un modelo sustancialmente reformado para la contabilidad de cobertura, con revelaciones mejoradas acerca de la actividad de la administración del riesgo. El nuevo modelo representa una revisión importante de la contabilidad de cobertura que alinea el tratamiento contable con las actividades de administración del riesgo, permitiendo que las entidades reflejen de mejor manera esas actividades en sus estados financieros. Además, como resultado de esos cambios, la os usuarios de los estados financieros se les proporcionará mejor información acerca de la administración del riesgo y acerca del efecto que la contabilidad de cobertura tenga en los estados financieros.
Crédito propio El IFRS (NIIF) 9 también elimina la volatilidad en utilidad o pérdida que fue causada por los cambios en el riesgo de crédito de los pasivos que se elijan para ser medidos a valor razonable. Este cambio en la contabilidad significa que las ganancias cau-
sadas por el deterioro del riesgo de crédito propio de la entidad en tales pasivos ya no se reconoce en utilidad o pérdida. La aplicación temprana de este mejoramiento a la información financiera, antes de cualesquiera otros cambios en la contabilidad para los instrumentos financieros, es permitida por el IFRS (NIIF) 9. Es importante tener en cuenta que si bien este nuevo estándar es respuesta directa a la crisis financiera y a las solicitudes del G20, su alcance va mucho más allá. Hace parte de un conjunto que se está afianzando y del cual se derivarán consecuencias importantes entre las cuales se destacan las reformas a las prácticas tributarias internacionales y al compartir de la información tributaria entre los países. Por lo tanto, merece toda la atención y requiere acción efectiva de parte de las autoridades para garantizar su implementación. Por ese motivo, las salvedades y excepciones que se está volviendo moda solicitar en Colombia (por parte de entidades del Grupo 1 pero también a otros estándares) requiere una acción decidida para evitarlas porque se convierten en la fuente de eludir el sistema IFRS (NIIF) convirtiéndolo en una ‘etiqueta’ para estar a la ‘moda’ pero desatendiendo sus principios, su disciplina y sus características.
Fuente: samantilla1.com – Por Samuel Mantilla
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Contable
El retorno de la inversión social de las firmas se puede medir
Social Return On Investment (Sroi) es el nombre de la metodología que hace posible medir el retorno de la inversión social que realizan las compañías. Nació en la Comisión Europea del Reino Unido y fue traída a Colombia por el Grupo Civis el año pasado. Aunque sólo hay dos empresas que ya han hecho uso de este mecanismo, se espera que muchas más lo implementen y sea eje en el desarrollo de actividades de Responsabilidad Social Empresarial (RSE). El Sroi es el resultado de un trabajo de medición de varios indicadores que reflejan, en términos financieros, cuál es insumo adicional de las inversiones que realizan las organizaciones. “Por cada peso invertido, hay una muestra exacta del porcentaje y el monto que corresponde al valor agregado. Para llegar a ese punto se necesita de todo un proceso de conocimiento y calificaciones otorgadas”, explicó Juan Fernando Petterson, coordinador de Sroi para el Grupo Civis. Los principales indicadores de análisis son el cambio que generan los proyectos sociales, que pueden ser positivos o negativos, y la sostenibilidad de los mismos. A partir de esos dos elementos es posible “volver tangible lo intangible a través de la evaluación de los diferentes procesos ambientales, sociales y
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económicos que desarrolla la compañía”, dijo Petterson. Este se aplica actualmente en varios países del mundo, la Comisión Europea lo usa también para funciones de contrataciones de ONGs. Aunque por acuerdos de confidencialidad, el coordinador no puede dar el nombre de las dos empresas que involucraron el mecanismo a su plan de desarrollo, sí manifestó que son petroleras, una de ellas ubicada en el Magdalena Medio. La importancia de la medición radica en que las compañías deben conocer estas cifras para el correcto desarrollo de sus funciones y para cumplir con el ejercicio de acciones propias de RSE. “En Colombia actualmente no se mide el retorno de la inversión social de los procesos. Se desarrollan proyectos sin rumbo. Las organizaciones no saben si están ejerciendo bien su labor”, mencionó Petterson. Otro de los aspectos débiles de las compañías, según el coordinador, es que en los informes de sostenibilidad actuales, a pesar de que se resaltan los aspectos positivos, no hay prueba real de los beneficios y del impacto generado en las comunidades. El precio de la aplicación de esta metodología depende de la estructura y organización de los proyectos sociales empresariales. Sin embargo, generalmente corresponde a 0,5% de la inversión total para este ámbito.
Los principios clave de Sroi son: la vinculación de los grupos de interés, lo que permite que la inversión tenga proveedores y destinos adecuados; la comprensión de los cambios producidos por los procesos sociales, que pueden ser positivos o negativos; la transparencia en la gestión propia de la compañía, que proporciona valores sobre los que se pueden trabajar; la verificación del resultado y la realización de ajustes que evidencien la viabilidad de las muestras que muestra la metodología. Entre los aspectos específicos que evalúa el mecanismo están el análisis de políticas ambientales, sociales y económicas, la formulación de proyectos (calidad y cantidad de información de la empresa), la interlocución con los grupos de interés y el alcance poblacional. Para poner en práctica la metodología es posible asistir a seminarios, talleres y capacitaciones en donde otorguen las instrucciones para ello. El Grupo Civis, además de otorgar estos servicios, es la única compañía que está en la facultad de dar la certificación respectiva. También es posible que las organizaciones se adhieran a la Red Sroi, conformada por empresas de varios países del mundo. Fuente: La República
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cación del marco técnico normativo de información financiera para las microempresas deberán observarse los siguientes períodos: 1,2,3,4… 5. Últimos estados financieros conforme a los decretos 2649 y 2650 de 1993 y normatividad vigente: Se refiere a los estados financieros preparados al 31 de diciembre de 2014 inmediatamente anterior a la fecha de aplicación. Para todos los efectos legales, esta preparación se hará de acuerdo con lo previsto en los Decretos 2649 y 2650 de 1993 y las normas que los modifiquen o adicionen y la demás normatividad contable vigente sobre la materia para ese entonces.
Sin importar el tamaño que tengan los negocios que vayan naciendo en 2014, durante el presente año la contabilidad oficial se debe llevar para todos ellos con las normas del Decreto 2649 de 1993. Además, serían los únicos que no tendrían estados financieros de apertura en enero 1 de 2014 como lo piden los Decretos 2706 y 2784 de 2012. Según los Decretos 2706 y 2784 de diciembre de 2012, modificados con los Decretos 3019, 3023 y 3024 de diciembre de 2013, es claro que sólo los entes jurídicos y personas naturales comerciantes que sí existían antes de enero 1 de 2014, y que pertenezcan a los Grupos 1 y 3 de la convergencia a normas internacionales, serían los únicos que tienen que preparar su Estado de Situación Financiera de apertura con fecha enero 1 de 2014, pues allí lo que harán es tomar sus cifras financieras de dic. 31 de 2013 preparadas conforme al Decreto 2649 de 1993 y transformarlas
en lo que sería el resultado de aplicarles los nuevos marcos contables de los Decretos 2706 y 2784 de 2012. Pero en el caso de los entes jurídicos y personas naturales comerciantes que inician operaciones sólo durante el presente año 2014, ellos no prepararían ese estado de Situación Financiera de enero 1 de 2014. Además, su contabilidad de la fracción de año 2014 sí la tendrían que llevar conforme a las normas de los Decretos 2649 y 2650 de 1993, pues éstos son los que regirán en las empresas del Grupo 1 y 3, hasta dic.31 de 2014 para la preparación de cualquier estado financiero con fines oficiales. Así se desprende de lo indicado por ejemplo en el art. 3 de los numerales 5 y 6, y en el art. 5, ambos del Decreto 2706 de 2012 donde se lee: “Artículo 3°. Cronograma de aplicación del marco técnico normativo de información financiera para las microempresas. Para efectos de la apli-
6. Fecha de aplicación: 1 ° de enero de 2015. Es aquella fecha a partir de la cual cesará la utilización de la normatividad contable actual y comenzará la aplicación de los nuevos estándares para todos los efectos, incluyendo la contabilidad oficial, libros de comercio y presentación de estados financieros. Artículo 5°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y respecto de las microempresas definidas en este Decreto, a partir de la fecha de aplicación establecida en el numeral 6 del artículo 3 del presente decreto, no les será aplicable lo dispuesto en los Decretos 2649 y 2650 de 1993 y las entonces.” Por consiguiente, es como si los entes jurídicos y personas naturales comerciantes que inician operaciones durante el 2014 no tuvieran periodo de “preparación” y que el mismo año 2014 es su periodo de “preparación y transición”. Pero todos los que pertenezcan al Grupo 1 y 3, a partir del 2015 (sea que existieran antes de enero 1 de 2014 o que empezaron a existir en algún momento durante el 2014), tendrán que empezar a aplicar en enero 1 de 2015 su nuevo marco normativo. Fuente: Glob@lsoft
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Contable
Marco contable que aplicarán sociedades y comerciantes que inicien operaciones en 2014
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¿Cómo se puede contabilizar los costes? Contable
sistemas de contabilidad de costes y un ejemplo-explicación sobre el tema. 1) Costes Directos e Indirectos: Es un sistema en el que se divide los costes de un producto entre directos (gastos exclusivos para crear un único producto) e indirectos (gastos que deben realizarse pero que no son exclusivos del proceso de un producto en particular). 2) Costes Variables y Fijos: En este sistema, los costes fijos son aquellos que no se ven alterados por la producción y se deben pagar sea cual sea nuestra facturación. En cambio, los variables como su nombre indican, varían según la cantidad de producto (o servicio) que facturemos. Si analizamos los dos modelos, vemos que costes directos o variables se pueden deducir muy fácilmente. Si consideramos la fabricación de un neumático, el caucho es un coste directo ya que una cantidad específica se destina para una unidad y por lo tanto también es un coste variable, a más producción, más cantidad utilizada y más coste. Por el contrario, los costes indirectos o fijos son aquellos que no dependen claramente de una unidad, por ejemplo los gastos de una campaña de marketing. La dificultad radica en saber alocar la cantidad de costes indirectos (o fijos) de un modo correcto para que refleje la realidad de la estructura de coste de un producto. En el caso del neumático, se podría tomar una decisión salomónica y dividir el coste entre el número total de neumáticos producidos. Una de las consecuencias de las crisis económicas es el férreo control sobre cualquier tipo de gasto y la supervisión constante de su evolución. El mundo empresarial no es una excepción y también se ve obligado a llevar una relación más detallada y pormenorizada de las salidas de caja. Los beneficios de realizar análisis exhaustivos son muy elevados debido a
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que en un gran número de ocasiones, el coste de supervisar los gastos es menor al ahorro proporcionado, permitiendo un beneficio extra en las cuentas. El objetivo de este artículo es mostrar las principales opciones a la hora de decidir qué cuesta un producto o qué partidas deben considerarse. A continuación detallaremos los dos grandes
De un modo u otro, el fin de la contabilidad de costes es ser representativa de lo que cuesta un producto o servicio y siempre está sujeta diferentes interpretaciones. El sentido común será nuestro aliado en esta difícil tarea.
Fuente: queaprendemoshoy.com
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Tributario
¿Quiénes pagan el impuesto de delineación urbana? - Valledupar
sarrollan; complementan incluyendo los planes parciales, dará lugar a la imposición de sanciones urbanísticas a los responsables, incluyendo la demolición de las obras, según sea el caso, sin perjuicio de la eventual responsabilidad civil y penal de los infractores; para efectos de la aplicación de las sanciones estas infracciones se considerarán graves o leves, según se afecte el interés tutelado por dichas normas. Para el curador urbano número 2, Iván Zuleta Fuentes, existe una cultura de no pago en Valledupar, evadiendo las responsabilidades, “en sus inicios lo hacían por desconocimiento, en la actualidad porque los costos son altos”. En 1996 el impuesto de delineación urbana se pagaba, existía un valor de construcción espontáneamente, explicó Zuleta, quien agregó que éste era equilibrado en los estratos y por metros cuadrados, pero cuando el proceso fue avanzando el pago de los impuestos fue frenado por una demanda.
El impuesto de delineamiento urbano deben cancelarlo todas las construcciones nuevas y todas aquellas personas que van a remodelar o adecuar, no sin antes tener un permiso previo de la Curaduría. La Alcaldía de Valledupar buscando la legalidad de los predios, desde el segundo semestre de 2013, realiza visitas a las diferentes construcciones para verificar si cumplen con los requisitos y el pago de este impuesto. De acuerdo a lo manifestado por la secretaria de Hacienda Lily Mendoza Vargas, en esta administración se inició el cobro de dicho impuesto, definido por el Estatuto Tributario Municipal, pero que se venía omitiendo; “en el 2012 recaudamos 440 millones, el año siguiente 745 millones y en lo que va del 2014 hemos cobrado 1.137 millones de pesos”, señaló la funcionaria. “Le pido al Municipio que revise la situación de los altos costos en el impuesto de delineamiento urbano que ha golpeado fuertemente a los constructores”: Curador Urbano Número 2, Iván Zuleta Fuentes. “La comunidad ha respondido positivamente”, añadió Mendoza, algunos
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consideraban que este impuesto no se pagaba, por ello hemos realizado la socialización respectiva, además de ser un costo que se ahorraban las constructoras porque no se les hacía un seguimiento, pero en la actualidad las personas han aceptado el desconocimiento del pago de este impuesto y se han acercado a hacerlo.
Sanciones Las sanciones son emitidas en este caso por la Secretaria de Hacienda a quienes hagan caso omiso a este impuesto, lo que se traduce en el sellamiento de la construcción, “en el momento ya hemos identificado algunas constructoras, de 51 predios estaríamos hablando a quienes se les ha hecho seguimiento como lo plantea la ley, pese a esto han prescindido y vamos a recurrir al sellamiento”. La Ley 810 de 2003 hace referencia a las infracciones urbanísticas, toda actuación de construcción, ampliación, modificación, adecuación, demolición de edificaciones, urbanización y parcelación, que contravenga los planes de ordenamiento territorial y las normas urbanísticas que los de-
El Estatuto Tributario Municipal incluyó en el 2004 mediante acuerdo 026, la licencia otorgada para la Oficina de Planeación del cobro del impuesto, “error que se pagó alto, la licencia no la da la Oficina de Planeación sino la Curaduría”, aclaró Zuleta Fuentes.
¿Quiénes deben pagar y cuándo? Toda persona debe pagar delineamiento urbano, cuando solicita licencia de construcción o urbanismo, el alcalde de turno hizo un nuevo acuerdo municipal, donde se instauró el impuesto de construcción para comenzarlo a cobrar desde el 1 de julio de 2013. De acuerdo al estrato y a los metros cuadrados se hace el cobro; el impuesto residencial es “económico” de acuerdo a lo manifestado por el Curador Urbano Número 2, por el contrario el comercial, institucional e industrial tiene costos elevados; “en el residencial oscilan valores alrededor de un millón o tres millones, impuestos a nivel comercial por 400 millones de pesos, pequeños locales comerciales con 19 millones de pesos, lo que ha causado mayor evasión en la legalización de las obras que anteriormente evadían por desconocimiento, esto los lleva a construir sin licencia”. Fuente: El Pilón
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Tributario
¿Cuáles características debe reunir una persona natural para declarar renta presuntiva?
Quienes van a declarar por primera vez, deben declarar renta presuntiva a pesar que no tienen denunciado el patrimonio líquido del año 2012. Un pensionado, por ejemplo, pertenece al universo de los otros y utilizará el formulario 110. Brevemente resolvamos la siguiente inquietud: Un pensionado que tiene solo sus ingresos por pensión, ¿debe calcular renta presuntiva? El cálculo de la renta presuntiva es para todo tipo de persona natural, así sea un simple pensionado, sin importar que por el 2013 pertenezca a la categoría de empleado, trabajador por cuenta propio u otros declarantes.
La renta presuntiva se debe calcular cuando la persona decide que va a presentar la declaración en el formulario 110 o 210, porque cuando las personas residentes clasificadas como empleados o trabajadores por cuenta propia deciden que van a presentar la declaración en los formularios 230 o 240, IMAS de empleados o por cuenta propia, en estos formularios no se debe calcular la renta presuntiva. Entonces quien sea solo pensionado pertenece al universo de los otros, y en consecuencia debe utilizar siempre el formulario 110. Aun los que van a declarar por primera vez deben declarar renta presuntiva a pesar que no tienen denunciado el patrimonio líquido del año 2012. Entonces si usted sí
poseía algo de patrimonio en el 2012, así no estuviera obligado a declararlo, sobre ese patrimonio se hace el cálculo de la renta presuntiva. Los únicos que no van a calcular renta presuntiva son los beneficiarios de la Ley 1429 de 2010, pequeñas empresas, ya que se puede ser beneficiario de pequeña empresa como persona jurídica o natural, entonces una persona natural con beneficios se salva de la renta presuntiva durante los primeros 5 o 10 años (Amazonas, Guainía y Vaupés). Igualmente, tampoco la calculan quienes en el año 2012 tenían un patrimonio negativo. Fuente:Glob@lsoft – Por Martha Morales Manchego
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Así es el manejo del tema fiscal en un leasing con México Tributario
Para efectos fiscales en el impuesto sobre la renta, ¿es renta de fuente nacional lo percibido por una compañía mexicana con ocasión de la venta de un equipo en leasing ubicado en Colombia y cuya opción de compra es ejercida por el cliente en Colombia? De conformidad con el artículo 12 del Estatuto Tributario las sociedades extranjeras son gravadas en Colombia únicamente por sus rentas de fuente nacional. En concordancia con lo mencionado, el Artículo 24 del mismo cuerpo normativo dispone que constituyen ingresos de fuente nacional los obtenidos en la enajenación de bienes materiales e inmateriales, a cualquier título, que se encuentren dentro del país al momento de su enajenación. De acuerdo con lo dispuesto en dichas normas, en principio lo percibido por la compañía mexicana con ocasión de la venta objeto de la consulta sería considerado renta de fuente colombiana y, por lo tanto, se encontraría gravado con el Impuesto sobre la Renta en Colombia. No obstante, lo anterior, debe tenerse en cuenta que la República de Colombia suscribió un tratado de doble imposición con los Estados Unidos Mexicanos, aprobado mediante la Ley 1568 de 2012, pero con aplicación a partir del 1 de enero de 2014 y de manera preferente sobre las normas locales, en cuyo Artículo 13 se regula la imposición del impuesto a la renta sobre ganancias de capital obtenidas por un residente en uno y otro Estado. Para dar respuesta a la consulta, es pertinente remitirnos al aparte 5º del referido Artículo 13 por cuanto de su tenor literal se colige que las ganancias derivadas de la enajenación de bienes muebles (para el caso que nos concierne equipos), se encuentran sujetas al impuesto sobre la renta del país en donde el enajenante (compañía mexicana) tenga su residencia fiscal (en este caso México). Fuente: Portafolio
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Auditoría
Las Cinco Fuerzas de Porter: Herramienta clave para los Auditores
El Análisis Porter de las cinco fuerzas es un modelo estratégico elaborado por el ingeniero y profesor Michael Porter de la Harvard Business School en 1979.
¿Cuáles son los objetivos de este análisis? El análisis de las 5 fuerzas que influyen en el negocio de una empresa, provee al auditor de información sobre las tendencias del mercado, y todo ello con el objetivo de: • Identificar riesgos del negocio; • Identificar oportunidades del negocio; • Comparar las ventajas competitivas; • Conocer el entorno de la empresa para anticipar riesgos y acciones; • Complementar la matriz DOFA.
Las Cinco Fuerzas de Porter El análisis de las Cinco Fuerzas de Porter, se refiere a entender los factores que determinan la rentabilidad de un sector industrial y de sus empresas y que pueden generar riesgos de
negocio con implicaciones significativas en los estados financieros. Para Porter, existen 5 diferentes tipos de fuerzas que marcan el éxito o el fracaso de un sector o de una empresa.
1. Amenaza de entrada de nuevos competidores. La entrada de nuevos competidores genera disminución en las ventas, incremento de las devoluciones en ventas y del inventario obsoleto, dañado y de lenta rotación.
2. La rivalidad entre los competidores. Cuando la rivalidad entre competidores es fuerte, nuestro cliente puede estar enfrentado a guerras de precios, campañas publicitarias agresivas, promociones y entrada de nuevos productos, generando ventas a pérdida.
3. Poder de negociación de los proveedores. Cuando nuestro cliente depende de un solo proveedor este puede apro-
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vechar esta situación para imponer sus condiciones (precio de compra, tamaño del pedido, forma de pago, calidad del producto, etc.), generando altos costos para nuestro cliente y por consiguiente la venta de productos a pérdida.
4. Poder de negociación de los clientes. Cuando nuestro cliente depende de pocos clientes o clientes grandes, estos pueden imponer sus condiciones
(precio de venta, descuentos, devoluciones en ventas, servicios, forma de pago, calidad de los productos, etc), generando altos costos para nuestro cliente y por consiguiente la venta de productos a pérdida.
tas y en casos extremos problemas de negocio en marcha. Ejemplo, la entrada del Té es una amenaza para las gaseosas.
5. Amenaza de ingreso de productos sustitutos.
A continuación, presento algunos ejemplos para un mejor entendimiento. Los ejemplos aquí enunciados no pretenden abarcar todas las situaciones, simplemente espero sirvan de guía para facilitar la identificación de riegos desde las Cinco Fuerzas de Porter.
La entrada de productos sustitutos le puede generar a nuestro cliente la disminución en las ventas, el incremento de las devoluciones en ven-
Análisis de las Cinco Fuerzas de Porter y su relación con los estados financieros
Implicaciones en los estados financieros
Factor de riesgo
Riesgos de negocio
1. Amenaza de entrada de nuevos competidores.
Pérdida de mercado por la entrada de un nuevo competidor.
Provisión de inventarios (No se vende se incrementa el inventario de lenta rotación, dañado u obsoleto) Provisión por devoluciones en ventas.
2. La rivalidad entre los competidores.
Ventas a pérdida generadas por la guerra de precios.
Provisión de inventarios (costo o mercado el más bajo - A 31 de diciembre de 2014 existen $100 en la cuenta de inventarios pero la compañía los vende en $90, tiene que crear una provisión por $10).
3. Poder de negociación de los proveedores.
Costos altos del proveedor.
Provisión de inventarios (costo o mercado, el más bajo).
4. Poder de negociación de los compradores.
Ventas a pérdida.
Provisión de inventarios (costo o mercado, el más bajo) Provisión por descuentos a clientes. Provisión por devoluciones en ventas. Revelación en las notas a los estados financieros de esta situación y en el informe del Auditor.
Devoluciones significativas por las exigencias. Dependencia de más del 50% de las ventas en pocos clientes.
5. Amenaza de ingreso de productos sustitutos.
Pérdida de mercado.
Provisión de inventarios. Problemas de negocio en marcha a revelar en informe del auditor y en las notas a los estados financieros de la compañía.
Finalmente podemos identificar gran cantidad de riesgos, sin embargo, debemos complementar nuestro análisis calificando esos riesgos, teniendo en cuenta la probabilidad de ocurrencia y su impacto en los estados financieros.
Fuente: Auditool – Por Vladimir Martínez
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