Boletín 106 ISSN 2382-3550 (en línea) Misión Propender por el desarrollo integral del contador público y el ejercicio ético de la profesión contable generando en la comunidad respeto y confianza a través del aseguramiento de la información. Visión Ser la institución líder de la profesión contable a nivel nacional y representarla internacionalmente.
Junta Directiva (2014-2016) Presidente Hugo Francisco Ospina Giraldo Vicepresidente Luis Alfredo Caicedo Ancines Miembros De Junta Directiva Jorge Eliécer Moreno Urrea José Hilario Sanabria Caballero Gustavo Alberto Ramírez Rubio Blanca Yaneth Romero Reyes José Orlando Ramírez Zuluaga Alfredo Blanco Núñez Humberto Fernández Paz Mariana Milagros Rodríguez Dirección Ejecutiva Juan Miguel Vásquez Suárez Instituto Nacional De Contadores Públicos De Colombia - INCP Carrera 7 No 156 - 68 Ofc. 1703 Edificio North Point 3 Celular: 310 854 14 80/ 87 incpcol@incp.org.co
Las colaboraciones publicadas no comprometen la responsabilidad del INCP. Las opiniones expresadas pertenecen exclusivamente a sus autores.
Estrategia Definir e implementar un portafolio claro de productos y servicios para nuestros grupos de interés. Política de Calidad El INSTITUTO NACIONAL DE CONTADORES PUBLICOS DECOLOMBIA – INCP – es una organización sin ánimo de lucro de tipo gremial, que con criterios de racionalidad económica y propiciando la relación intersectorial, genera oportunamente valor agregado a sus grupos de interés, a través de la investigación, la difusión del conocimiento, la representación gremial, la orientación técnica y la generación de beneficios, productos y servicios de calidad. A nuestros socios, que son la razón de ser, el INCP permanentemente innova, promueve el mejoramiento continuo, practica la inteligencia intrapersonal, consolida su presencia a nivel nacional, y gracias a sus membrecías internacionales con IFAC y AIC el INCP se constituye como el principal organismo consultor, satisfaciendo a sus grupos de interés mediante una oferta de valor distintiva.
Boletín 106
Contenido 04 Taller Práctico Planeación de Auditoría
Gestión
05 ¿Cómo sustentar el proceso de convergencia en una compañia?: Políticas, reportes a los reguladores y decisiones gerenciales 06 Certificación en IFRS del AICPA 07 Certificación en IFRS Para PYMES y en Auditoría Internacional de la ACCA
8 Plan de trabajo del CTCP a 30 de junio de 2015
Herramientas Profesionales
14 Las NIIF y los contadores 15 ¿Cómo afectarán las nuevas normas internacionales en la liquidación de ganancias? - Argentina 18 El Auditor y la realidad económica 19 2015 llegó con cambios en Gobierno Corporativo para las empresas - España 20 Las inevitables Normas Internacionales de Información Financiera - Costa Rica 21 Pago aplazado en la adquisición de inventarios 22 Clasificación de costes en contabilidad de gestión 24 ¿Doble contabilidad sin efecto sancionatorio? Responde Minhacienda 24 Las imposiciones a plazo fijo: ¿son inversiones mantenidas hasta el vencimiento? 26 Procedimiento de la DIAN para calificar a contribuyentes 27 El impuesto de renta pagado en el exterior podrá descontarse del CREE y su sobretasa Ley 1639 de 2014 28 Crecimiento en valor del predial será moderado para este año - Cali 32 "40.000 sociedades han sido notificadas por inconsistencias en declaración de renta": DIAN 34 A pagar impuestos por construcción de antejardines 36 Procedimientos analíticos de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría - NIA 39 Pruebas de detalle a los estados financieros 42 ¿Qué hacer con los riesgos evaluados por el auditor? - NIA 330 46 Importancia de un Comité de Ética 48 ¿Qué tipo de empresa constituir? 50 Migración laboral: así se buscan oportunidades en el exterior 51 ¿Gobierno garantizará vejez digna?
52 Consumidores financieros tendrán información a la mano 54 Prevén leve repunte del crecimiento en América Latina y el Caribe en 2015 55 8 pasos para crear una cultura sustentable en sus organizaciones 56 Trabajo organizado que produce éxito
Entorno
58 Las mayores amenazas tecnológicas en el 2015 60 El ingreso de Colombia a la OCDE y los beneficios de pertenecer al selecto grupo 61 ¿Cómo es vivir en las 5 ciudades más verdes del planeta?
62 Cifras de interés 63 Principales indicadores económicos – 2014
Cifras e Indicadores Mundiales
65 Este gobierno fue “capaz” de reconocer acuerdos anteriores 66 La contaduría pública y los impuestos en el nuevo marco regulatorio 67 Contrapartida - Deterioro en las Pyme 68 Contrapartida - Abordar la integridad de lo contable
Análisis
69 Contrapartida - Postconflicto y contabilidad II 70 Contrapartida - La auditoría estatutaria 71 Contrapartida - Transparencia del trabajo de auditoría
72 Normativilidad
80 Material Relacionado
Material Relacionado
Boletín 106
Normatividad
Gesti贸n
4
Bolet铆n 106 - Enero 2015
Gesti贸n
Bolet铆n 106 - Enero 2015
5
Gesti贸n
6
Bolet铆n 106 - Enero 2015
Gesti贸n
Bolet铆n 106 - Enero 2015
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Herramientas Profesionales
Plan de trabajo del CTCP a 30 de junio del 2015 8
BoletĂn 106 - Enero 2015
Estándares internacionales
Herramientas Profesionales
El CTCP pone a disposición del público el programa de trabajo que desarrollará durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2015, de acuerdo con lo previsto en el numeral 1° del artículo 8° de la ley 1314 de 2009.
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Consejo Técnico de la Contaduría Pública Plan de trabajo del 1° de enero al 30 junio de 2015 Presentación En cumplimiento de lo señalado en el numeral 1 del artículo 8 de la Ley 1314 de 2009, el cual que establece que el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP): “(…) Enviará a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, al menos una vez cada seis (6) meses, para su difusión, un programa de trabajo que describa los proyectos que considere emprender o que se encuentren en curso. Se entiende que un proyecto está en proceso de preparación desde el momento en que se adopte la decisión de elaborarlo, hasta que se expida.” Con base en lo anterior, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública desarrollará los siguientes proyectos durante primer semestre de 2015: A) Normas y enmiendas a los marcos técnicos normativos para los emisores de valores, las entidades de interés público y las empresas de tamaño grande clasificadas en el Grupo 1. B) Propuesta de norma de información financiera para entidades en proceso de liquidación. C) Propuesta de norma sobre el sistema documental contable. D) Propuesta de norma para la aplicación integrada a la auditoría financiera. E) Guías para la valuación de normas de información financiera y aseguramiento de la información. F) Coordinar la divulgación, conocimiento y comprensión de las normas de información financiera y aseguramiento de la información. G) Otras actividades. Bogotá, D.C., diciembre de 2014. MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA PROGRAMA DE TRABAJO DEL 1° DE ENERO AL 30 DE JUNIO DE 2015 A.
NORMAS Y ENMIENDAS A LOS MARCOS TÉCNICOS NORMATIVOS PARA LOS EMISORES DE VALORES, LAS ENTIDADES DE INTERÉS PÚBLICO Y LAS EMPRESAS DE TAMAÑO GRANDE CLASIFICADAS EN EL GRUPO 1 ACTIVIDADES A DESARROLLAR
1
DEBIDO PROCESO PARA LA EMISIÓN DE LAS NORMAS
1.1
Elaborar y publicar el borrador de propuesta de las normas para discusión pública
2015 T-1
T-2
X
T-3
2016 T-4
T-1
T-2
T-3
X
X
X
X
X
X
T-4
1.2
Plazo para comentarios
X
X
X
X
1.3
Considerar las recomendaciones recibidas de los comités y de todos los interesados durante la etapa de exposición pública para comentarios
X
X
X
X
1.4
Evaluar, analizar los impactos y recomendaciones de los proyectos de normas, formuladas por la DIAN, los organismos responsables del diseño y manejo de la política económica y las Superintendencias
X
X
X
X
1.5
Presentar el proyecto definitivo, junto con sus recomendacion esa las autoridades de regulación
X
X
X
X
1.6
Publicar los proyectos definitivos
X
X
X
X
1.7
Fecha esperada para la expedición de las normas por parte de las autoridades de regulación
X
X
X
Boletín 106 - Enero 2015
9
Herramientas Profesionales
Estándares internacionales
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA PROGRAMA DE TRABAJO DEL 1° DE ENERO AL 30 DE JUNIO DE 2015 B.
VALORES, LAS ENTIDADES DE INTERÉS PÚBLICO Y LAS EMPRESAS DE TAMAÑO GRANDE ACTIVIDADES A DESARROLLAR
2015 T-1
T-2
Expedición de la norma año 2015 y aplicación a partir del 1 de enero de 2016
T-3
2016 T-4
X
1
DEBIDO PROCESO PARA LA EMISIÓN DE LA NORMA
1.1
Considerar las recomendaciones recibidas de los comités y de todos los interesados durante la etapa de exposición pública para comentarios
X
1.2
Evaluar, analizar los impactos y recomendaciones de los proyectos de normas, formuladas por la DIAN, los organismos responsables del diseño y manejo de la política económica y las Superintendencias
X
1.3
Presentar el proyecto definitivo, junto con sus recomendaciones a las autoridades de regulación
X
1.4
Publicar los proyectos definitivos
X
1.5
Fecha esperada para la expedición de las normas por parte de las autoridades de regulación
1.6
Aplicación a partir del 1 de enero de 2016
T-1
T-2
T-3
T-4
X
X X
Nota: La elaboración y publicación del borrador de norma finalizó en el segundo semestre de 2014.
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA PROGRAMA DE TRABAJO DEL 1° DE ENERO AL 30 DE JUNIO DE 2015 C.
ENTIDADES DE INTERÉS PÚBLICO Y LAS EMPRESAS DE TAMAÑO ACTIVIDADES A DESARROLLAR
2015 T-1
T-2
Expedición de la norma año 2015 y aplicación apartir del 1 de enero de 2016
T-3 X
1
DEBIDO PROCESO PARA LA EMISIÓN DE LA NORMA
1.1
Considerar las recomendaciones recibidas de los comités y de todos los interesados durante la etapa de exposición pública para comentarios
X
1.2
Evaluar, análizar los impactos y recomendaciones de los proyectos de normas, formuladas por la DIAN, los organismos responsables del diseño y manejo de la política económica y las Superintendencias
X
1.3
Presentar el proyecto definitivo, junto con sus recomendaciones a las autoridades de regulación
X
1.4
Publicar el proyecto definitivo
X
1.5
Fecha esperada para la expedición de las normas por parte de las autoridades de regulación
1.6
Aplicación a partir del 1 de enero de 2016
2016 T-4
T-1
T-2
T-3
X
X X
Nota: La elaboración, publicación y el plazo de comentarios del borrador de norma finalizó en el segundo semestre de 2013.
10
Boletín 106 - Enero 2015
T-4
Estándares internacionales
Herramientas Profesionales
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA PROGRAMA DE TRABAJO DEL 1° DE ENERO AL 30 DE JUNIO DE 2015 D.
VALORES, LAS ENTIDADES DE INTERÉS PÚBLICO Y LAS EMPRESAS DE TAMAÑO ACTIVIDADES A DESARROLLAR
2015 T-1
T-2
2016
T-3
T-4
Expedición de la norma año 2015 y aplicación a partir del 1 de enero de 2017
T-1
T-2
T-3
T-4
X
1
DEBIDO PROCESO PARA LA EMISIÓN DE LAS NORMAS
1.1
Elaborar y publicar el borrador de propuesta de la norma para discusión pública
1.2
Plazo para comentarios
1.3
Considerar las recomendaciones recibidas de los comités y de todos los interesados durante la etapa de exposición pública para comentarios
X
1.4
Evaluar, analizar los impactos y recomendaciones de los proyectos de normas, formuladas por la DIAN, los organismos responsables del diseño y manejo de la política económica y las Superintendencias
X
1.5
Presentar el proyecto definitivo, junto con sus recomendaciones a las autoridades de regulación
X
1.6
Publicar los proyectos definitivos
X
1.7
Fecha esperada para la expedición de las normas por parte de las autoridades de regulación
1.8
Aplicación a partir del 1 de enero de 2017
X
X X
X
X
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA PROGRAMA DE TRABAJO DEL 1° DE ENERO AL 30 DE JUNIO DE 2015 E.
GUÍAS PARA LA VALUACIÓN DE NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y ASEGURAMIENTO DE LA INFORMACIÓN ACTIVIDADES A DESARROLLAR
2015
2016
T-1
T-2
T-3
T-4
X
X
X
X
X
X
T-1
T-2
X
X
T-3
T-4
Expedición de las guías año 2015 y 2016 1
DEBIDO PROCESO PARA LA EMISIÓN DE LAS GUÍAS
1.1
Elaborar las guías
1.2
Publicar las guías definitivas
Comité de Valuación 1. 2. 3. 4. 5.
Guía Guía Guía Guía Guía
para para para para para
valuación y determinación del costo atribuido y del valor razonable en propiedad, planta y equipo. la determinación de la tasa de descuento a utilizar para determinar el valor de uso de un activo o de un grupo de activos. determinar el costo, el costo atribuido o el valor razonable de las inversiones en instrumentos de capital. la capitalización de costos en el desarrollo de proyectos. la distribución del valor de terreno y construcción en el caso de inmuebles en propiedad horizontal.
Banco Mundial 6. Guía técnica sobre aplicación por primera vez – NIIF. 7. Guía técnica sobre el Marco conceptual – NIIF para las Pymes. 8. Guía técnica sobre propiedades planta y equipo- NIIF para las Pymes. 9. Guía técnica sobre activos y pasivos financieros- NIIF para las Pymes. 10. Guía técnica sobre combinación de negocios- NIIF para las Pymes. 11. Guía técnica sobre aplicación por primera vez – NIIF para las Pymes. 12. Guía técnica de educación para la aplicación de la NIIF para las Pymes. 13. Guía técnica de educación para la aplicación de las ISAs CTCP 14. Guía sobre propiedad horizontal. 15. Guía sobre entidades sin ánimo de lucro.
Boletín 106 - Enero 2015
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Herramientas Profesionales
Estándares internacionales
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA PROGRAMA DE TRABAJO DEL 1° DE ENERO AL 30 DE JUNIO DE 2015 F.
COORDINAR LA DIVULGACIÓN, CONOCIMIENTO Y COMPRENSIÓN DE LAS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y ASEGURAMIENTO DE LA INFORMACIÓN ACTIVIDADES A DESARROLLAR
2015
2016
T-1
T-2
T-3
T-4
X
X
X
X
1.
Coordinar con las facultades y los programas de contaduría la adecuación de los contenidos académicos para la enseñanza de Normas de Información Financiera y las de Aseguramiento de la Información.
2.
Realización de talleres en NIIF para las PYMES*
X
X
X
3.
Realización detalleres sobre Normas de Aseguramiento de la Información. **
X
X
X
4.
Participar en actividades de difusión organizadas por las universidades y los diferentes organismos de la profesión
X
X
X
X
T-1
T-2
T-3
T-4
* 40 Talleres ** 10 Talleres
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA PROGRAMA DE TRABAJO DEL 1° DE ENERO AL 30 DE JUNIO DE 2015 G.
OTRAS ACTIVIDADES ACTIVIDADES A DESARROLLAR
2015
2016
T-1
T-2
T-3
T-4
1.
Resolver consultas
X
X
X
X
2.
Participar en reuniones con reguladores tanto nacionales como internacionales
X
X
X
X
3.
Participar en los diferentes comités y mesas organizadas por el CTCP *
X
X
X
X
4.
Participar en los diferentes grupos de trabajo que organice el GLENIF
X
X
X
X
5.
Coordinar algunos GTTs que organice el GLENIF
X
X
X
X
6.
Participar en las reuniones de la Comisión Intersectorial de Normas de Información Financiera y Aseguramiento de la Información
X
X
*
a. Comité de expertos en valuación de activos y pasivos b. Comité Tecnico del sector real c. Comité Tecnico del sector financiero d. Comité Tecnico de expertos tributaristas e. Comité Tecnico del sistema documental contable f. Comité Tecnico de aseguramiento g. Mesa Nacional de educación
IASB: International Accounting Standards Board GLENIF: Grupo Latinoamericano de Normas de Información Financiera Emisora GTT: Grupo Técnico de Trabajo
T=Trimestre
12
Boletín 106 - Enero 2015
X
T-1
T-2
T-3
T-4
Patrocinador Platino Publicidad pagada mediante el programa de Patrocinadores del INCP. Los patrocinadores del INCP son personas jurídicas que gracias a su aporte, contribuyen al desarrollo integral del profesional contable en Colombia a través de la canalización de recursos económicos que posibilitan al Instituto ejecutar actividades académicas y de investigación. Para mayor información de los diferentes modelos de patrocinio, por favor consulte www.incp.org.co ó solicita le información a incpcol@incp.org.co
Herramientas Profesionales
Estándares Internacionales
Las NIIF y los contadores
Geoff Barnes, el CEO de Baker Tilly International, una de las firmas más grandes del mundo en contabilidad, con sede en Londres, señaló las implicaciones que tienen las normas NIIF para los contadores.
Basado en su experiencia en otros países, ¿cuáles son las ventajas de adoptar las NIIF y las lecciones más importantes aprendidas de ese proceso? Comparablemente entre los países e industrias se han percibido mejoras. La Calidad de la contabilidad ha mejorado, el precio de las acciones se ha ido acercando mucho más a los fundamentos contables, así mismo, las acciones de los que adoptan las NIIF han sido negociadas en mercados con mayor capacidad. Otro de los beneficios de la implementación de estas normas es que las predicciones de los analistas son más precisas, los inversionistas institucionales han aumentado sus participaciones en las firmas que adoptan NIIF. Toma tiempo para que los beneficios se empiecen a materializar; y el control del cumplimiento y su aplicación son importantes.
Dos recomendaciones para aquellos contadores que han trabajado toda su vida bajo un sistema de normas locales de auditoría y ahora se ven enfrentados al mundo de las IFRS.
para nuestra profesión hay oportunidades dada la necesidad de la globalización de requerir de profesionales de la contabilidad con experticias en nuevas habilidades, conocimiento y nuevos estándares teniendo en cuenta que un creciente número de nuestros clientes operan en el exterior. Sin embargo, una cantidad de nuestros servicios, los cuales hacemos muy bien, se están volviendo automatizados y/o menos rentables. La competencia se intensificará con la entrada de nuevas industrias, el outsourcing y la automatización desplaza a profesionales de la contabilidad, auditoría e impuestos por servicios más rutinarios y de menores costos. Debemos mirar a nuestros clientes de una forma más holística de manera tal que nos convirtamos en un prestador de soluciones de negocio, no solamente un vendedor de conocimiento técnico.
¿Qué amenazas ve? El crimen cibernético. Los criminales quieren obtener ganancias económicas, y tendremos un impacto en actividades M&A (Fusiones y Adquisiciones). Envejecimiento de la Población. Europa está envejeciendo más rápido que otros continentes, así que habrá inevitablemente un cambio de poder, las posturas en el mundo desarrollado cambiarán y serán influenciadas por economías emergentes.
¿Cuál es la proyección para el futuro de la profesión contable?
Por otra parte está la revolución de la tecnología. Así como la tecnología permite un alcance global, implica una competencia global. La pregunta más obvia es entonces, ¿cómo compite el “antiguo” mundo? Finalmente, la deuda. La acumulada del G7 es altísima así que los gobiernos del occidente tienden a usar una regulación más perspicaz, no “gravar y gastar”, pues los países emergentes llevan una carga mucho más baja así como tienen un crecimiento más acelerado.
Seguramente habrá bastantes giros y vueltas en lo relacionado con nuestra profesión hacia el futuro. Considero que
Fuente: Dinero
Mente abierta para reconocer los cambios que introducen los estándares y actitud de auto aprendizaje, estudio disciplinado, desarrollo de destrezas y competencias en la vida práctica.
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Boletín 106 - Enero 2015
Estándares Internacionales
Herramientas Profesionales
¿Cómo afectarán las nuevas normas internacionales en la liquidación de ganancias? - Argentina Desde EY Argentina, el socio Benjamín Harriague explicó cómo afecta a los sistemas de información de las compañías el flamante marco normativo. Además, dio cuenta de las conclusiones a las que deben llegar las empresas al diseñar las etapas del proceso de adaptación y aplicación.
de los impuestos y sobre el cálculo del impuesto a las ganancias diferido.
Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) han modificado las pautas establecidas para el reconocimiento de los ingresos contables entre períodos.
Es así entonces que se podrán presentar casos (por ejemplo, compañías que obligatoriamente deban aplicar el nuevo marco contable y ésta implique cambios sustanciales en el criterio de reconocimiento de los ingresos) en los que se podrá evaluar si esos cambios corresponden o resulta factible aplicarlos también desde el punto impositivo, o si se deberán mantener las diferencias entre el nuevo criterio contable y el criterio impositivo vigente, con el consecuente impacto en la determinación del Impuesto a las Ganancias diferido.
Si bien la aplicación del nuevo marco no es inmediata (ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2017), es necesario considerar sus efectos con anticipación para evitar sorpresas en los resultados y adecuar los sistemas de información. En cualquier proyecto de implementación de cierta envergadura, la etapa de diagnóstico resulta clave. Un buen diagnóstico reduce el riesgo de errores, hace más eficiente el uso de los recursos disponibles y evita la necesidad y el costo de reprocesos. La nueva norma sobre reconocimiento de ingresos podría tener implicaciones significativas en la determinación de la base de liquidación de los impuestos (nacionales, provinciales y municipales) y en la presentación de las declaraciones juradas impositivas respectivas, como también en la determinación del Impuesto a las Ganancias diferido. En efecto, la implementación de la misma podría implicar un adelantamiento o un retraso en el reconocimiento contable de los ingresos respecto de cómo estos se venían registrando con la normativa anterior. Por otro lado, admite el registro como activos sujetos a amortización de ciertos gastos incurridos en la obtención y/o cumplimiento de los contratos de venta, los que anteriormente se imputaban directamente a resultados. En estos casos, será fundamental para la entidad analizar el impacto que los cambios en los criterios contables de registro de los ingresos podrían tener sobre la determinación
¿Cómo afecta a los impuestos?
Pero no solamente las entidades que la apliquen de manera obligatoria estarán sujetas a este dilema. También lo estarán aquellas que apliquen las normas contables profesionales argentinas y que podrían evaluar la aplicación del flamante marco como supletorio, en la medida en que lleguen a la conclusión que la misma mejora la información contable suministrada en los estados financieros, y no se oponga a lo establecido específicamente en las NCPA (Normas Contables Profesionales de Argentina). En resumen, la implementación podría ser una oportunidad interesante para reevaluar los criterios impositivos hasta hoy aplicados en la liquidación de los impuestos, en la medida en que la legislación impositiva vigente admita aplicar en estos casos criterios contables alternativos. Cualquier cambio en el reconocimiento contable de los ingresos, que a la vez son la base para la determinación y liquidación de los tributos, deberá evaluarse con cuidado a fin de no generar potenciales cuestionamientos del fisco, toda vez que éste podría requerir a la empresa explicaciones sobre la razonabilidad y oportunidad de los mismos en la medida en que afecten de manera significativa esa determinación y liquidación de conformidad con la legislación impositiva vigente.
Boletín 106 - Enero 2015
15
Herramientas Profesionales
Estándares Internacionales
Otras consideraciones Entre las consideraciones importantes que hay que tener en cuenta, se encuentra que la firma deberá identificar los distintos productos y servicios que ofrece a sus clientes para cada tipo de contrato celebrado con los mismos y asociarlos a los respectivos flujos de ingresos. También habrá que detectar los criterios contables que actualmente aplica en el reconocimiento contable de esos ingresos a fin de compararlos con los criterios que surjan de la aplicación de la nueva norma. Para cada flujo de ingresos identificado, la entidad deberá dimensionar el potencial impacto, no solamente sobre los sistemas contables y de reporte, sino también sobre la liquidación de los impuestos, el sistema de control interno, el soporte tecnológico de sistemas y el resto de los procesos de negocio. La compañía deberá identificar qué tipo de juicios y estimaciones significativos deberán efectuarse en el marco de la aplicación de la nueva norma. La misma se basa en conceptos y premisas más generales, no tan detalladas. Por lo tanto, ahora se requiere que la gerencia efectúe más juicios y estimaciones que los requeridos con anterioridad. Además, requiere identificar y separar las distintas obligaciones que la firma asume en los contratos celebrados con los clientes. Esto resulta particularmente importante dado que define cómo y cuándo reconocer los ingresos asociados al cumplimiento de cada obligación identificada. Asimismo, requiere que estime los componentes variables incluidos en el precio de la transacción a los que tendrá derecho y espera recibir del cliente como contrapartida de los bienes vendidos o los servicios prestados. Esa estimación requiere de la aplicación de un cierto nivel de juicio por parte de la gerencia, puede estar sujeta a modificaciones posteriores, pero también está sujeta a ciertos límites. Concretamente, la nueva norma restringe la posibilidad de incorporar como parte del precio de la transacción ciertos componentes variables en la medida en que sea probable que una modificación futura a los mismos origine una reversión de los ingresos registrados. La entidad deberá asignar y distribuir el valor de la transacción entre las distintas obligaciones asumidas e identificadas en el contrato. Esta asignación se efectuará sobre la base de los precios de venta individualmente considerados para cada componente identificado, independientemente de cuáles sean los valores efectivamente acordados. La estimación no siempre resulta fácilmente determinable, especialmente cuando no surgen de datos objetivos observables. Según el nuevo marco, la empresa reconocerá los ingresos cuando cumpla con las obligaciones asumidas en el contrato. Una obligación se considera cumplida cuando la entidad transfiere el bien o el servicio al cliente, lo cual se evidencia a través de la transferencia del control de dicho bien o servicio.
16
Boletín 106 - Enero 2015
Esto puede ocurrir en un punto o a lo largo del tiempo, o en una combinación de ambos. La nueva norma provee ciertos indicadores que implican transferencia de control. En ciertas situaciones, determinar cuándo y cómo se transfiere el control de un bien o un servicio requiere de un elevado nivel de juicio por parte de la gerencia.
El diseño de las etapas Las conclusiones de la etapa de diagnóstico resultarán fundamentales para el diseño de las etapas siguientes del proyecto de implementación. Como resultado de la etapa de diagnóstico, una firma podrá responderse los siguientes interrogantes: •
¿Qué resulta más conveniente: una aplicación retroactiva completa de la norma o una aplicación retroactiva simplificada?
•
¿Qué indicadores de rendimiento financiero se verán afectados?
•
¿Cómo impactará la nueva norma en la determinación de las utilidades distribuibles a los accionistas?
•
¿Qué cambios se requerirán a los sistemas de información, flujos de transacciones y su soporte tecnológico?
•
¿Se requerirá algún tipo de entrenamiento especializado al personal?
•
¿Habrá que cambiar la forma de conducir los negocios con los clientes y cómo documentar los contratos celebrados con los mismos?
•
¿Cuáles serán los cambios en las políticas contables de reconocimiento de ingresos?
•
¿Cómo se reconocerán los ingresos: en un punto o a lo largo del tiempo, o en una combinación de ambos?
•
¿Cómo cambiará el sistema de control interno?
•
¿Cuál será el impacto de la nueva norma en la liquidación de los impuestos?
Esta norma sobre reconocimiento de ingresos es el cambio contable más trascendente desde que se implementaron las Normas Internacionales de Información Financiera para entidades públicas en el año 2012. En este sentido, es probable que la significatividad de este cambio será en algunas industrias más relevante que en otras. También es claro que no se trata solamente de un cambio de normativa contable. En efecto, el impacto probablemente trascenderá la función contable, afectando sistemas de información y otros procesos de negocio e, incluso, eventualmente la liquidación de los impuestos. Si bien el nuevo marco contable entrará en vigencia a partir de los ejercicios iniciados el 1° de enero de 2017, una evaluación temprana de sus efectos podrá requerir tiempo y recursos significativos, dependiendo de la industria en la que opere la compañía.
Fuente: iprofessional.com
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El Auditor y la realidad económica La realidad económica o esencia sobre la forma es una de las características que debe cumplir la información financiera para que sea fiable y se ajuste a la realidad. El marco conceptual de las Normas Internacionales de Información Financiera -NIIF- juzga que la información muestra fielmente las operaciones cuando se contabilizan y se presentan de acuerdo con su fondo y realidad económica y no solamente por su forma jurídica. La preferencia del fondo sobre la forma expone el papel importante de algunos conceptos NIIF, como son la noción de control y beneficios económicos futuros que se disuelven del concepto de propiedad jurídica. Para ejercer el control sobre una entidad basta con tener capacidad de decisión de sus políticas financieras y de la explotación con el fin de obtener beneficios económicos de sus operaciones. El auditor externo al ser totalmente ajeno a la empresa, conoce poco de la realidad económica de la entidad, su valoración puede estar limitada a la información que pueda recopilar, por otro lado, depende en absoluto de la cooperación que el auditor pueda obtener de parte de los auditados, su evaluación, alcances y resultados pueden ser muy limitados. A su vez, el auditor interno su veracidad, alcance y confiabilidad puede también estar limitada y alejada de la realidad económica, debido a que puede haber cierta necedad por parte de la burocracia de la entidad sobre la forma de evaluar y emitir el informe. En ciertas ocasiones la opinión del auditor no es absoluta, debido a que, al laborar en la misma entidad donde realiza la auditoría, se pueden presentar presiones, compromisos e intereses al realizar la evaluación. Por otro lado, es posible que se presenten vicios de trabajo del auditor con bastante frecuencia, ya sea en la forma de utilizar las técnicas y herramientas para realizar la auditoría, como en la forma de evaluar y emitir su informe. Vale decir que en algunos países priman las normas y conceptos sobre la realidad y la contabilidad. Las normas y conceptos son indicadores para llevar al auditor a la realidad, pero cuando llegue, tiene que intuirla o experimentarla directamente. Las normas son estáticas y la realidad fluye. En el momento en que las cosas se ponen en una norma o concepto, dejan de fluir. La realidad es una totalidad, sin embargo las normas, conceptos y palabras la fragmentan. De ahí que sea tan difícil traducir normas internacionales de un idioma a otro, porque cada idioma fragmenta la realidad de manera diferente - le agregan o quitan algo-. Por ejemplo es difícil traducir la palabra inglesa “home” al francés o español. La palabra española “casa” no es exactamente “home” que tiene asociaciones que son especificas del idioma inglés. En resumidas cuentas la última barrera para llegar el auditor a la realidad es la palabra realidad, el concepto realidad. No hay necesidad de ser un filósofo para comprender que la realidad es algo que no puede captarse con las palabras y conceptos. Para conocer la realidad uno tiene que conocer más allá de todo conocimiento. Fuente: Auditool.com – Por Mauricio Guillermo Díaz Vilalte
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2015 llegó con cambios en Gobierno Corporativo para las empresas - España
La comunicación sobre la información extra-financiera, que se suele identificar con la ética y la sostenibilidad ambiental y social de las empresas abre un nuevo capítulo. La Ley de Sociedades de Capital, que entró en vigor en Diciembre, fue la estrella. La demanda a las empresas para que amplíen la transparencia que ofrecen a los mercados y a sus grupos de interés sobre la información ética, social y ambiental se está traduciendo en cambios legislativos. Algunos serán de obligatorio cumplimiento para las compañías a partir de 2015, un cambio que afecta no sólo a la información no financiera en España, sino también en Europa, con las recientes modificaciones de la Directiva comunitaria en esta materia. Una de las grandes novedades fue la entrada en vigor, el 24 de diciembre de 2014, de la norma que modificó la Ley de Sociedades de Capital, dentro del conjunto de iniciativas para reforzar el gobierno corporativo y generar confianza entre los inversores, al tiempo que mejorar el funcionamiento de los órganos de gobierno de las empresas. Esta norma, impulsada por el Ministerio de Economía que encabeza Luis de Guindos, refuerza el poder de los accionistas durante las juntas y abre cauces para la participación accionarial. Entre otros, los accionistas votarán, de forma separada, el nombramiento o reelección de cada administrador en la junta general, que también aprobará, al menos cada tres años, la política de remuneraciones de los administradores como punto separado del orden del día. La junta autorizará, asimismo, el límite de su remuneración, que deberá guardar una proporción razonable con la importancia de la sociedad, su situación económica y sus responsabilidades. La norma creó la figura del consejero coordinador, nombrado entre los vocales independientes, cuando los cargos de presidente y el consejero delegado recaigan en la misma persona. Este jefe de los independientes puede convocar el consejo, incluir puntos en el orden del día y dirigir la evaluación del presidente. También recoge que los vocales
independientes no podrán seguir siéndolo tras un periodo continuado de 12 años. El informe de gestión que presentará la empresa incluirá tanto aspectos financieros como indicadores relativos al medio ambiente y a lo social, así como el periodo de pago medio a sus proveedores. También recoge la obligación de que las sociedades presenten un informe anual de gobierno corporativo y otro de remuneraciones, que debe ser enviado a la CNMV. El órgano regulador que preside Elvira Rodríguez trabaja ya en un nuevo Código de Buen Gobierno, que sustituirá al vigente desde 2006, y que verá la luz en 2015. En este, no sólo se quiere mejorar los aspectos relacionados con la protección de los accionistas minoritarios o de funcionamiento de las juntas o los consejos, también incluirá medidas de transparencia vinculadas con la responsabilidad social y ambiental.
En los informes de gestión Para mejorar esta comunicación, la Estrategia Española de Responsabilidad Social de las Empresas, aprobada en octubre, incluye medidas para fomentar la elaboración de informes anuales que incorporen información sobre los aspectos sociales, ambientales y de buen gobierno. Al mismo tiempo, se creará un grupo de trabajo interministerial para trasponer la nueva Directiva que el Parlamento y el Consejo europeo sobre la divulgación de información no financiera, aprobada en octubre. Esta, que acaba de entrar en vigor y modifica la Directiva de 2013, tendrá que ser traspuesta al ordenamiento jurídico español antes del 6 de diciembre de 2016 y es aplicable a todas las empresas que sean entidades de interés público, con más de 500 empleados y una facturación mayor de 40 millones de euros o un balance superior a 20 millones. Estas deberán incluir en el informe de gestión (o en una memoria separada) información sobre el impacto de su actividad en materia ambiental, social, personal, respecto a
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los derechos humanos y lucha contra la corrupción y las políticas que aplica sobre estas cuestiones.
trabajo y el diálogo y las políticas para proteger a las comunidades donde se opera.
También debe recoger los principales riesgos relacionados con estos aspectos, entre ellos, sus relaciones comerciales, productos y servicios que puedan tener efectos negativos sobre dichas materias y una descripción de cómo la compañía gestiona dichos riesgos.
Se detallarán al mismo tiempo los efectos actuales y previsibles de la actividad de la empresa en materia de medio ambiente, las emisiones de CO2, consumo de agua y el uso de energía renovable y/o no renovable, Asimismo, el documento deberá recoger los instrumentos implementados por la empresa para luchar contra la corrupción y los sobornos, y para prevenir la violación de los derechos humanos.
En el caso de la información social y sobre los trabajadores, el informe incluirá las medidas para garantizar la igualdad de género, la aplicación de los principios de la OIT, el respeto de los derechos sindicales, seguridad y salud en el
Fuente: Expansion.com
Las inevitables Normas Internacionales de Información Financiera - Costa Rica avanzará con rapidez la fuerza de los argumentos a favor de la adopción de las NIIF. Mackintosh continuó discutiendo los esfuerzos de convergencia del IASB con el Consejo de Normas de Contabilidad Financiera de los Estados Unidos (US FASB) y examinó los éxitos y fracasos del proyecto. El objetivo del programa de convergencia fue el trabajar juntos para mejorar las NIIF y US GAAP (estos últimos son los principios de contabilidad generalmente aceptados en Estados Unidos) contribuyendo así a acercar cada vez más ambos estándares.
Convergencia necesaria
El vicepresidente del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), Ian Mackintosh, participó en la conferencia de la Fundación IFRS, en Johannesburgo, Sudáfrica, sobre la viabilidad de las normas de contabilidad mundiales. Los esfuerzos para lograr normas contables globales comenzaron en 1973 con la creación de la International Accounting Standards Committee (IASC), cuerpo antecesor del IASB. La adopción global de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) no se ha completado, pero su calidad ha sido validada por más de una década. Mackintosh discutió el progreso alcanzado con las normas de contabilidad mundiales. Explicó que el 81% de los países encuestados exigen el uso de las NIIF para todas o la mayor parte de las compañías que cotizan en bolsa, y que la mayoría de los países restantes que están por exigir el uso de las NIIF para fines nacionales, ya permiten el uso en ciertas circunstancias. Estas evidencias indican que las normas mundiales son convenientes, alcanzables e inevitables. A medida que la globalización económica avanza rápidamente, también
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Este programa de convergencia ha tenido cierto éxito y también algunos fracasos. En muchas áreas importantes, el IASB y los Estados Unidos han logrado alinear los diferentes requisitos, tales como en la contabilidad para la combinación de negocios, medición del valor razonable y, más recientemente, en el reconocimiento de los ingresos. Estos logros no deben obviarse, porque han mejorado la calidad y comparabilidad de la información financiera alrededor del mundo. Mackintosh enfatizó que la convergencia no puede sustituir la adopción, y que la “falla estructural” de la convergencia es que los consejos independientes tienen diferentes imperativos. El FASB prioriza la retroalimentación de los miembros estadounidenses, mientras que el IASB sopesa la retroalimentación de todo el mundo, incluido los Estados Unidos, lo que lleva a que los consejos lleguen a conclusiones incompatibles. Concluyó que la globalización ocurrirá cuando los países tengan suficiente confianza en los procesos, criterios y actividades de extensión del IASB.
Fuente: El Financiero (Costa Rica) – Por Gustavo Arias
Contable
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Pago aplazado en la adquisición de inventarios
Una entidad puede adquirir inventarios con pago aplazado. • En algunos casos, el acuerdo contiene de hecho un elemento de financiación implícito, por ejemplo, una diferencia entre el precio de compra para condiciones normales. • Compras a crédito y el importe de pago aplazado. • En estos casos, la diferencia se reconocerá como gasto por intereses a lo largo del periodo de financiación y no se añadirá al costo de los inventarios.
Código
Ejemplo de pago aplazado en la adquisición. Una compra de inventarios tiene un precio de compra de $116.000.000 incluido el IVA, pagaderos a 6 meses, con una tasa de descuento del 12% semestral, de tal manera que el costo actual de la compra es igual a $116.000.000 / 1.12 = 103.571.428.571 el resto de $12.428.571.429 son intereses que se reconocerán a lo largo de los 6 meses.
Cuentas
Débitos
Créditos
1435
Inventarios
103.571.429
5305
Gastos financieros
12.428.571
2365
Retención fuente
3.500.000
2367
Retención IVA
2.400.000
2368
Retención ICA
500.000
2205
Proveedores
93.600.000
2408
Impuesto a las ventas
16.000.000
Registra la compra de inventarios con pago aplazado a 6 meses • La esencia de la compra es de inventarios y no de una financiación, lo cual no tendría IVA diferencial. Siempre que una compra tenga financiación explícita, esto es, se incorpora en el documento de venta, debe liquidarse el IVA de acuerdo al Estatuto Tributario en Colombia. Financiación adquisiciones: en el caso de mercancías financiadas, el valor de los intereses constituye un gasto en NIIF para pymes, solo en las NIIF plenas bajo ciertas circunstancias los intereses pueden llevarse al valor de los inventarios. En el caso de préstamos para proyectos, se deben capitalizar los intereses desde el momento en que se comienza a construir el activo, solamente por la cantidad del préstamo utiliza-
do, y el resto se va a gasto. Cuando el desarrollo del activo se suspenda también se suspende la capitalización del activo y termina cuando sustancialmente en condiciones de uso. Esta aplicación se hace cuando se aplican las NIIF Plenas, en NIIF para pymes no se registran como un mayor valor del bien. La diferencia en cambio se define de acuerdo y hasta el límite máximo de un endeudamiento en moneda funcional del país. Si la diferencia en cambio es superior a la tasa nacional es un gasto. Si la diferencia en cambio es menor se genera una utilidad en el estado de resultados.
Fuente: Contabilidad y Finanzas
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Contable
Clasificación de costes en contabilidad de gestión
El coste, contablemente hablando, es el conjunto de recursos que intervienen en el proceso productivo en un periodo determinado y que son captados, registrados y valorados según los criterios de la contabilidad de costes. El coste representa, en definitiva, el consumo de factores necesarios para la fabricación de un producto. El gasto, por otra parte, es un concepto de contabilidad financiera y lleva implícito de una u otra manera un compromiso o una obligación para la empresa. Nos encontramos con: Coste de oportunidad, aquel que representa el beneficio perdido por no utilizar un factor de producción en su mejor aplicación alternativa. Costes sacrificio, aquel consumo valorado en dinero de los factores necesarios para la producción de un bien o servicio. Su cálculo es en dos fases: 1. Determina la medida física del consumo y 2. Expresa en términos económicos (monetarios) dicho consumo.
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Coste contable, aquel que representa el conjunto de recursos que intervienen en el proceso productivo en un periodo determinado y que son captados, registrados y valorados según los criterios establecidos en la contabilidad de costes. Según la naturaleza de los costes podremos distinguir entre: 1. Cargas no incorporables, aquellas que no guardan relación con los activos de la empresa, es decir, que no forman parte del coste del producto. 2. Cargas incorporables, aquellas que guardan relación con los activos de la empresa, es decir, que forman parte del coste del producto. En nuestra asignatura las cargas incorporables adquieren una relevancia especial y se distinguen entre: a. Según el destino: • Directas, afectan al producto final específicamente. • Indirectas, no afectan específica y exclusivamente al
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producto final. Se imputan, mediante un sistema de reparto, al producto. b. Según su comportamiento: • Fijas, permanecen constantes independientemente de la cantidad de producto fabricado. Algunos autores clasifican los costes fijos en 4: - De estructura, aquellos vinculados a la capacidad productiva. - De operaciones inevitables, aquellos fundamentales para mantener los activos en condiciones de funcionamiento. - Evitables, aquellos que dependen de ciertas decisiones de los directivos (publicidad, sistemas de transporte de las mercancías...) - Programados, aquellos aprobados para momentos o proyectos concretos.
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• Variables, dependen directamente del volumen de producción. Algunos autores clasifican los costes variables en 3: - Costes reales o históricos, aquellos calculados a partir de los conocimientos de consumos pasados. - Costes estándares, aquellos en que la empresa incurrirá en condiciones normales durante el proceso de producción. Se calcula a partir de los consumos que la empresa espera obtener en un periodo futuro. Se utilizan para controlar los objetivos planificados. Se trata, más bien, de un coste semi-variable puesto que recoge tanto los costes de materia prima, mano de obra directa... como los costes indirectos de fabricación. - Costes presupuestarios, aquellos que proporcionan un pronóstico sobre la actividad empresarial. Fuente: contabilidad-empresa.com
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¿Doble contabilidad sin efecto sancionatorio? Responde Minhacienda estas disposiciones no implica llevar doble contabilidad para efectos sancionatorios.
Doble contabilidad sin efectos sancionatorios, registro de diferencias entre aplicación de normas NIIF y cálculos a partir de bases fiscales o registros en el libro tributario. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público establece que los contribuyentes obligados a llevar contabilidad deberán llevar adicionalmente un sistema de registro de todas las diferencias que surjan entre los nuevos marcos técnicos normativos (Norma NIIF) y la información resultado de las bases fiscales de las partidas que se incluyan en las declaraciones tributarias. Alternativamente, los contribuyentes obligados a llevar contabilidad, podrán llevar el Libro Tributario para registrar todos los hechos económicos. El cumplimiento de
Las bases fiscales son aquellas determinadas con base en las disposiciones fiscales y todas las remisiones a las normas contables. Así, para efectos de lo dispuesto en el artículo 165 de la Ley 1607 de 2012 y durante los plazos de 4 años señalados a continuación, todas las remisiones contenidas en las normas tributarias a las normas contables, se entenderán hechas para efectos tributarios a los Decretos 2649 de 1993 y 2650 de 1993, los planes únicos de cuentas según corresponda a cada Superintendencia o a la Contaduría General de la Nación, las normas técnicas establecidas por las superintendencias vigentes y aplicables a 31 de diciembre de 2014 o aquellas normas técnicas expedidas por la Contaduría General de la Nación vigentes y aplicables a 31 de diciembre de 2014, según sea el caso. Los plazos de 4 años inician así: Para los Grupos 1 y 3, en 2015/01/01; para el Grupo 2, en 2016/01/01. La nueva normativa tiene en cuenta lo establecido en el artículo 4o de la Ley 1314 de 2009, que indica que las normas tributarias son autónomas e independientes de las de contabilidad e información financiera, y que las normas expedidas en desarrollo de la Ley 1314 de 2009, únicamente tienen efecto impositivo cuando las leyes tributarias remitan expresamente a ellas o cuando estas no regulen la materia.
Fuente: FORVM
Las imposiciones a plazo fijo: ¿son inversiones mantenidas hasta el vencimiento? Uno de los errores más comunes que suele haber en las cuentas anuales normales es la inclusión de las imposiciones a plazo fijo en la categoría valorativa de inversiones mantenidas hasta el vencimiento, quizá precisamente por ese término: “vencimiento”. Y así se refleja en la memoria, que es donde se detecta el error. Dice el PGC normal que las imposiciones a plazo fijo son saldos favorables en Bancos e Instituciones de Crédito formalizados por medio de “cuenta de plazo” o similares, con vencimiento superior (o inferior) a un año y de acuerdo con las condiciones que rigen para el sistema financiero. Por tanto, su clasificación correcta es en la categoría de “Préstamos y partidas a cobrar”.
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En relación con las inversiones mantenidas hasta el vencimiento, únicamente se reflejan Valores De Deuda, es decir, obligaciones y bonos. Así lo refleja el PGC: “Se pueden incluir en esta categoría los valores representativos de deuda, con una fecha de vencimiento fijada, cobros de cuantía determinada o determinable, que se negocien en un mercado activo y que la empresa tenga la intención efectiva y la capacidad de conservarlos hasta su vencimiento.” Pero también recordemos que los valores de deuda también se pueden clasificar como activos mantenidos para negociar y activos financieros disponibles para la venta. Fuente: globalcontable.com – Por Manuel Rejón
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Procedimiento de la DIAN para calificar a contribuyentes Se efectúa de acuerdo a unos parámetros, como el volumen de operaciones e ingresos, entre otros. En el artículo 562 del Estatuto Tributario se estableció que para la correcta administración, recaudo y control de los impuestos nacionales, el Director General de la DIAN mediante resolución, establecerá los contribuyentes que deban ser calificados como grandes contribuyentes. Dicha calificación se efectúa de acuerdo con unos parámetros, tales como el volumen de operaciones, ingresos, patrimonio, importancia en el recaudo y actividad económica del contribuyente, responsable o agente retenedor. Con base en dicha norma, la Resolución DIAN No. 000027 del 23 de enero de 2014 estableció las condiciones para ser calificado como gran contribuyente y el procedimiento para su calificación. Entre las condiciones que generan que el contribuyente del impuesto sobre la renta del régimen tributario general u ordinario sea calificado como gran contribuyente, resaltamos entre otras: Activos fijos declarados superiores a 3.000.000 UVT, patrimonio líquido declarado superior a 3.000.000 UVT, ingresos brutos en el impuesto de renta superiores a 2.000.000 UVT, impuesto a cargo declarado en el impuesto de renta superior a 35.000 UVT, etc.
señalados en el artículo 562 del E.T., las condiciones señaladas previamente y la información suministrada por la Subdirección de Gestión y Asistencia al Cliente y las Direcciones de Gestión Organizacional y de Fiscalización. El estudio contiene el listado y análisis del cumplimiento de los requisitos de los contribuyentes que serán calificados como grandes contribuyentes y el listado y análisis de los contribuyentes que ya han sido reconocidos como grandes contribuyentes, pero que serán excluidos de la calificación por no cumplir las condiciones. Dicho estudio será presentado por la Dirección de Gestión de Ingresos ante el Comité de Programas de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para su análisis y aprobación. Aprobado el listado por parte del Comité, antes del 15 de diciembre del año fiscal en que se realiza el estudio, el Director General proferirá la resolución mediante la cual se establecen los grandes contribuyentes y/o se excluyen algunos de esta calificación. Finalmente, deben resaltarse las siguientes precisiones efectuadas a la citada Resolución: • La calificación como gran contribuyente tendrá una vigencia de dos (2) años fiscales.
En cuanto al procedimiento de calificación, la Resolución No. 000027 del 23 de enero de 2014 modificada por la Resolución No. 254 del 11 de diciembre de 2014, estableció el siguiente trámite interno:
• Mantendrá la calidad de gran contribuyente para la vigencia fiscal del año 2015, el contribuyente calificado como tal durante el año 2014 que no haya sido excluido o que posteriormente no se excluya.
La Subdirección de Gestión de Recaudo y Cobranzas realiza un estudio de los contribuyentes de acuerdo con los criterios
Fuente: Portafolio
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El impuesto de renta pagado en el exterior podrá descontarse del CREE y su sobretasa Ley 1639 de 2014 ¿Hasta qué monto podrá llegar el descuento? “El valor del descuento en ningún caso podrá exceder el monto del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE y su sobretasa, de ser el caso, que deba pagar el contribuyente e Colombia por esas mismas rentas.”
¿Habrá descuento tributario en CREE, cuando se trate de dividendos o participaciones de sociedades del exterior? “Cuando se trate de dividendos o participaciones provenientes de sociedades domiciliadas en el exterior, habrá lugar a un descuento tributario en el impuesto sobre la renta para Ia equidad -CREE y su sobretasa, de ser el caso, por los impuestos sobre la renta pagados en el exterior (…)”
¿Los Impuestos pagados en el exterior podrán ser descuento tributario en CREE y su sobretasa? Artículo 16°, Adiciónese el artículo 22-5 a la Ley 1607 de 2012 el cual quedará así: “Artículo 22-5. Descuento por impuestos pagados en el exterior. Las sociedades y entidades nacionales que sean contribuyentes del impuesto sobre la renta para la equidad CREE y su sobretasa, cuando sea el caso, y que perciban rentas de fuente extranjera sujetas al impuesto sobre la renta en el país de origen, tienen derecho a descontar del monto del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE y su sobretasa, cuando sea el caso, el impuesto sobre la renta pagado en el país de origen, cualquiera sea su denominación, liquidado sobre esas mismas rentas (…)”
¿Cómo se calcula el valor del descuento?
De la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 1739 de 2014.
¿Si no es posible descontarse el total del impuesto pagado en el exterior, qué sucede? “Parágrafo 1. El impuesto sobre la renta pagado en el exterior, podrá ser tratado como descuento en el año gravable en el cual se haya realizado el pago o en cualquiera de los cuatro (4) períodos gravables siguientes. En todo caso, el exceso de impuesto descontable que se trate como descuento en cualquiera de los cuatro (4) períodos gravables siguientes tiene como límite el impuesto sobre la renta para la equidad -CREE y su sobretasa generado en Colombia sobre las rentas que dieron origen a dicho descuento y no podrá acumularse con el exceso de impuestos descontables originados en otras rentas gravadas en Colombia en distintos períodos.”
¿Cuál es el límite del descuento respecto de la renta presuntiva de CREE? “Parágrafo 2. El monto del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE, y su sobretasa, después de restar el descuento por impuestos pagados en el exterior de que aquí se trata, no podrá ser inferior al setenta y cinco por ciento 75% del importe del impuesto y su sobretasa liquidado sobre la base presuntiva del tres por ciento (3%) del patrimonio líquido del contribuyente en el último día del año inmediatamente anterior, a que se refiere el inciso 2 del artículo 22 de la presente Ley”. Fuente: FORVM (El valor del conocimiento)
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Crecimiento en valor del predial será moderado para este año - Cali El director de Hacienda, Andrés Uribe, señaló que en los últimos dos años, el predial creció en más de un 20 por ciento, y que el de industria y comercio tuvo una recuperación del 10 por ciento. Aunque hay ciudadanos que han formado hasta movimientos en contra de los incrementos del impuesto predial, el director del Departamento Administrativo de Hacienda de Cali, Andrés Uribe, sostuvo que las alzas para este 2015 serán moderadas frente a las de años pasados. Recalcó, por ejemplo, que los porcentajes de ese aumento para los estratos del 1 al 4 quedaron por debajo de lo que estipuló el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane). Así mismo, el funcionario señaló que el municipio es autónomo en determinar esas variaciones y en hacer sus pro-
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pios estudios sobre el mercado de los bienes inmuebles en la ciudad. Mientras los caleños hacen ajustes a sus presupuestos, el director Uribe señaló que está todo listo para que en febrero arranque la actualización catastral en 32 mil predios de la zona rural. Pero afirmó que este proceso no es insumo para estudios de títulos que la Superintendencia de Notariado y Registro ha reclamado, con miras a recuperar tierras en el parque los Farallones por ser una reserva declarada parque nacional natural desde el 15 de julio de 1968. La Súper de Notariado y Registro ha señalado que aunque en el 2012 recibió información de la oficina de Catastro del municipio teme que no sea acertada porque la Administración no conoce cuánta tierra ha sido apropiada indebida-
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mente en los Farallones. En ese 2012 se detectaron 2.353 anomalías con predios.
¿Cómo ha sido el comportamiento del predial? “En el 2014 estábamos esperando una cifra cercana a los 450.000 millones de pesos.”
¿Se alcanzó esa meta? “Yo creo que vamos a lograrla. A noviembre teníamos un recaudo consolidado muy importante cercano a los 400.000 millones. Esperamos cumplirla al revisar diciembre. Como siempre lo digo, esto es gracias al comportamiento ejemplar de los contribuyentes.”
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¿Cómo le fue a Cali con industria y comercio? “Tuvo un 2013 difícil y en 2014 tuvo una recuperación muy importante de alrededor del 10 ciento. Creo que vamos a recaudar alrededor de 270.000 millones de pesos.”
¿Qué recaudo del predial se espera para este año? “Esperamos que el recaudo se aproxime a los 500.000 millones de pesos. Es un crecimiento moderado con respecto a años anteriores. Pero hay habitantes inconformes por los aumentos de este año. Los incrementos en el recaudo fueron notables en el 2013 y el 2014, pero ya para 2015 con el incremento del predial escalonado por estratos, esperamos un crecimiento más moderado y en el caso del impuesto de industria y comercio
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esperamos una trayectoria normal con respecto a la recuperación que se dio el año pasado.”
¿Cuánto se espera recoger por el impuesto de industria y comercio en este 2015? “Un recaudo cercano a los 300.000 millones de pesos.”
¿Cómo quedó el aumento del predial de este año? “Las tarifas son las mismas. Lo que sucede en el predial y eso lo conoce muy bien la gente desde hace tres años cuando empezó el proceso de actualización catastral es que el predial va creciendo paulatinamente. No creció al mismo ritmo que el avalúo sino que su crecimiento fue paulatino. Por eso, este año el crecimiento debe ser más moderado que en años anteriores. Lo que importa ahora es que hay que revisar el avalúo de acuerdo con el índice de precios de la vivienda.” El Dane determinó que el valor del incremento en los precios de la vivienda para Cali era de 5,37 por ciento el año pasado. Nosotros como tenemos un catastro autónomo podemos definir esos índices de aumento.
¿A qué se deben las diferencias entre estratos por el aumento del predial? “En realidad al final, la decisión que tomamos es hacer un incremento un poco por debajo de la media de lo que creció la vivienda en cada estrato. Para los estratos del 1 al 4, la cifra más cercana da un valor del incremento que se aproxima a la media que para el caso de los estratos 5 y 6.”
¿Cómo fijó la Alcaldía esos porcentajes para hacer el aumento? “Definimos unos incrementos más pequeños para los estratos 1 al 4 en el avalúo que oscilan entre 3 y 3,9 por ciento, mientras que para el 5 y el 6 crecen alrededor del 5,8 por ciento. Esos porcentajes se deben a que como tenemos un catastro autónomo podemos hacer nuestra propia labor de estudio, ver cómo se comportó el mercado inmobiliario en la ciudad y los resultados nos dieron que esos valores se presentaron para los diferentes estratos. Pero el crecimiento ha sido paulatino en cada uno de ellos.”
¿Cómo se alista la actualización catastral de la zona rural? “Empezamos el año pasado revisando los documentos jurídicos y de propiedad de la población, pero el año de la actualización es el 2015. El proceso va de febrero a diciembre para mirar las características técnicas. La diferencia con la actualización en la zona rural es que en el perímetro urbano,
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el avalúo estaba muy retrasado entre 7 y 9 años. Pero con respecto a la zona rural hubo una actualización en el 2010 o sea que estamos dentro de los términos legales para hacerla que son cinco años y los resultados se darán a conocer al final del año.”
¿Cuántos predios hay en este momento en esa área? “Hablamos de alrededor de 30 mil predios, pero esa es una información que vamos a validar con el proceso.”
¿Cuánto cuesta esa actualización? “Entre 4.000 y 5.000 millones de pesos de recursos propios de la Alcaldía.” La Superintendencia de Notariado está pendiente de la actualización catastral en los corregimientos por los predios asentados en los Farallones. Es muy importante tener en cuenta que para el levantamiento de títulos en la zona de Parques no se necesita la actualización catastral en la zona rural. Eso se puede hacer antes de la actualización. Esta no es un insumo para el levantamiento de títulos en la zona de Parques; es un proceso aparte. La Súper recibió reportes de Catastro sobre la zona rural, pero no los ve confiables. “Nosotros nos hemos comunicado con ellos (la Súper de Notariado) tantas veces como ha sido posible y lo hemos dejado en claro, es un proceso independiente. Nosotros estamos haciendo un trabajo y tenemos garantizado dentro del presupuesto de este 2015 una contrapartida de 2.500 millones, dineros que son distintos a los de la actualización Esperamos la respuesta de la Supernotariado.”
¿Este estamento tiene ahora la última palabra? “Es un trabajo conjunto que implicaría 9.000 millones de pesos. Esperamos el apoyo del Gobierno Nacional para resolver la situación en el Parque. El año pasado, una decisión del Tribunal Contencioso Administrativo del Valle frenó dineros de vigencias futuras entre 2009 y 2013 para las megaobras. ¿Ese fallo no pone en riesgo dineros de las vigencias para la segunda fase este año? No es así y los recursos sí están asegurados. Inclusive se estableció un acuerdo con Emcali para que la empresa empiece a pagar la deuda al municipio en cuanto a reposición de redes para las megaobras.”
Fuente: El Tiempo
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"40.000 sociedades han sido notificadas por inconsistencias en declaración de renta": DIAN Santiago Rojas, director de la DIAN, dice que se pasará de 350.000 sociedades a 400.000 este año. Habrá más control a las entidades y fundaciones sin ánimo de lucro. Colombia estrena este año otra reforma tributaria, y lo más seguro es que vendrán más antes de que finalice el actual Gobierno, lo cual sigue generando inconformidad entre las empresas y las personas naturales. Sin embargo, el director de la DIAN, Santiago Rojas, asegura que esos cambios son necesarios para que haya una economía sana y equitativa, y para poner en cintura a más evasores. Por ello, dice, la próxima reforma estructural se enfocará en las llamadas entidades sin ánimo de lucro, en focos empresariales y en ciudadanos que le hacen el quite a los impuestos, mientras otros los pagan cumplidamente. Colombia puso a rodar otra reforma tributaria. ¿Qué mensaje le da a los empresarios, muchos de los cuales siguen molestos, pues señalan que esos cambios perjudicarán el empleo y su estabilidad financiera? El mayor beneficio que puede tener un empresario es que a la economía le vaya bien, y que exista una economía sana, estable y sólida, y que crezca por encima de los países latinoamericanos. Esta nueva reforma tributaria lo que permitirá es precisamente mantener esa economía sana en beneficio del empresariado del país. A su vez, la reforma facilitará acometer una gran cantidad de programas sociales por parte del Gobierno, los cuales son fundamentales para que a la población le vaya bien. Cabe recordar, que la reforma acogió muchas de las propuestas de los empresarios, como la de eliminar el impuesto a la riqueza a partir del año 2018. Así que este año será positivo, pues se estima que la industria crecerá alrededor del 4%, lo que es un punto muy importante para el desempeño económico. Pero con mayores impuestos, no está en riesgo la creación de empleo... El hecho de que la economía vaya bien, y que la reforma tributaria permita un Producto Interno Bruto, PIB, sano, que haya más inversión pública y privada, eso repercutirá positivamente en la generación de empleo. Por ello, hoy el desempleo presenta las más bajas tasas históricas, aunque el Gobierno ha reconocido que el actual nivel (del 7,8%)
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Tributario es todavía inaceptable. Esas condiciones son propicias para seguir atacando el desempleo. La Organización para la Cooperación Económica, OCDE, recomendó una reforma tributaria estructural en Colombia. ¿Cuáles serán los primeros pasos en el 2015 para llegar a ese objetivo? La ley de la recién aprobada reforma tributaria creó una comisión de expertos que deberá ser reglamentada por el Gobierno en las próximas semanas. Esa comisión tendrá que analizar de manera integral el régimen tributario en el país. Hay temas fundamentales que se deberán mirar, como por ejemplo, el de las entidades sin ánimo de lucro, las cuales deberán demostrar que merecen beneficios tributarios. Es decir, que no se conviertan en un foco para la evasión de impuestos. Se deberán estudiar, adicionalmente, los temas de las rentas exentas, el IVA, el régimen territorial, entre otros. La comisión deberá rendir un informe al Gobierno hacia octubre, el cual se remitirá al Congreso de la República. A propósito, ¿qué nuevas metas tiene la DIAN para atacar la evasión, en renta e IVA, pues muchos colombianos le siguen haciendo 'conejo' al pago de estos tributos, mientras otros son muy cumplidos? Ejecutaremos una acción efectiva contra la evasión para obtener al menos $5 billones en el 2015 por ese concepto, los cuales se convertirán luego en $20 billones en los próximos cuatro años. Hay que reconocer que muchas empresas y personas naturales hacen un gran esfuerzo para pagar sus impuestos, mientras existe un grupo empresarial y de colombianos que viene incumpliendo sus obligaciones. Eso afecta tanto al Estado, pues recibe menores ingresos, como también a las mismas empresas, porque ese tipo de conducta genera una competencia desleal. En otras palabras, compañías y negocios que pagan y cobran el IVA por la venta de sus productos, mientras otras no lo hacen. De allí, la exigencia tan alta del Gobierno y de la sociedad para combatir la evasión. Pero, ¿cuáles son esos frentes, ya que muchas políticas no han funcionado en el pasado? Hay varios frentes. Por ejemplo, en el tema de personas naturales se realiza un esfuerzo importante en el cruce de información para detectar a quiénes no están declarando, y quiénes lo hicieron por debajo de lo que les corresponde por ley. Ya iniciamos acciones de fiscalización masiva, pues con el cruce de información apenas finalizaron el año pasado los períodos para declarar renta, establecimos que se pasó de 1,3 millones a 1,9 millones el número de colombianos que cumplieron, lo cual significó un aumento de 600.000 contribuyentes. Y detectamos que unas 40.000 personas no lo
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hicieron, y ya fueron notificadas. De igual manera, establecimos que otras 80.000 personas declararon $1,3 billones menos en ingresos recibidos, por lo que se están adelantando contra ellas las acciones correspondientes. ¿Por qué se dice que en Colombia solo pagan impuestos la mitad de las empresas, lo cual es un mal ejemplo en el escenario internacional? En ese tema se han manejado muchas cifras sobre las empresas que tributan. Realmente en Colombia tributan alrededor de 350.000 empresas, lo cual no coincide con los registros de las Cámaras de Comercio, debido a que muchos comerciantes y firmas están constituidas por personas naturales, y existen otras en liquidación. Ese universo de las 350.000 sociedades es la que manejamos, aunque sobre 5000 empresas recae la mayor carga tributaria, pues aportan el 80% de los impuestos de renta. Ante tal circunstancia, vamos a ampliar este año esa base a unas 400.000 compañías, pues ya detectamos 40.000 a las cuales se les están enviando comunicaciones porque hay inconsistencias en sus declaraciones de renta. Eso nos permitirá aumentar esa base de declarantes a nivel de sociedades y personas jurídicas apoyados en auditorías, cruces de información, temas cambiarios y precios de transferencia. Y en IVA, ¿cuáles serán las acciones para enfrentar una evasión que se calcula es todavía del 30%? Infortunadamente hay muchas empresas que no cobran el IVA que deben liquidar, y por eso vamos a implementar un sistema de facturación electrónica, cuyo piloto esperamos tenerlo en el primer semestre de este año. Es un proyecto masivo de facturación con el que buscamos que la totalidad de las empresas colombianas cuenten con ese sistema, y de esta manera se baje la evasión del IVA. ¿De qué tamaño es la evasión por parte de entidades que dicen ser sin ánimo de lucro, pero que manejan multimillonarios capitales? Esa será una de las prioridades de la comisión de expertos que estudiará la reforma tributaria estructural. La razón es porque el año pasado esas entidades tuvieron ingresos por alrededor de $129 billones, pero solo le tributaron $200.000 millones al Estado con base en los beneficios fiscales que reciben. Muchas de esas organizaciones (fundaciones, ONG's, etc.), están cumpliendo con su objeto social y el país las necesita, pero hay unas que se crean con el propósito de no pagar impuestos. Y ahí el desafío es cómo controlar ese tipo de entidades para saber si atienden sus objetivos. Fuente: El país - Por Alfredo García Sierra
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A pagar impuestos por construcción de antejardines La Secretaría de Planeación dio a conocer que las personas que efectuaron encerramiento en sus antejardines, afectando el espacio público, deberán pagar tres impuestos, por única vez. El vocero de esta cartera, Juan Gabriel Triana, informó que alrededor de 20 mil predios se verían afectados, al efectuar encerramiento y cuyo fin es hacer mucho más amplio el espacio público. Según el funcionario, con la adopción del POT y el establecimiento de la plusvalía, se generará una contribución por parte de los infractores, recursos destinados a nuevas obras en la ciudad. “En este POT tratamos de buscar salidas y puntos medios. Lo que se plantea es generar un mecanismo intermedio en donde se pueda compensar esos antejardines ya construidos, obviamente tomando una foto del hoy y que se pueda compensar y contribuir”. “Lo que se va a recibir por parte del Municipio será el impuesto de delineación urbana y como existe una mayor edificabilidad por una decisión administrativa, es un hecho de contribución por plusvalía”, explicó el funcionario. De acuerdo con Triana, los propietarios de las viviendas deberán iniciar un trámite de formalización ante las curadurías para el proceso de reconocimiento, operación que tiene un costo. “Ganan las personas, porque van a solucionar una problemática que tienen y que llevaría a la demolición de lo que ha sido construido sin licencia. No se les va a demoler y, al contrario, el Municipio obtendrá unos recursos con que se permitirá construir más espacio público en otros sectores de la ciudad”. Triana agregó que a través del POT se creó la posibilidad legal, pero se debe definir la reglamentación para que se haga efectivo.
¿Qué dice el POT? “Se autoriza a la Administración municipal para que en el plazo de 24 meses contados a partir de la entrada en vigencia del decreto (POT) elabore el estudio técnico y jurídico de los antejardines con que cuenta la ciudad, que deban ser desafectados y compensados, permitiendo la legalización de la construcción que sobre los mismos se hayan realizado.” “Los dineros que se adquieran de los mismos serán invertidos en adecuación de andenes y vías públicas, los antejardines construidos luego de la aprobación del presente decreto no podrán ser desafectados y compensados y se deberá acoger a lo establecido en el presente acuerdo”.
Fuente: El Nuevo Día
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Procedimientos analíticos de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría - NIA Existen varias firmas de Contadores Públicos que, al realizar su trabajo de auditoría, enfocan su estudio en los estados financieros, en particular en la revisión documental, mediante pruebas de detalle de las principales partidas y elementos que forman los estados financieros. Esto se deriva del enfoque fiscal de algunas de esas auditorías y, en su caso, debido al desconocimiento que tiene el personal de la firma de la normatividad de auditoría aplicable. Lo anterior origina varios problemas para esas firmas: • Falta de identificación y evaluación de los riesgos de error material, lo cual origina fallas en el diseño e implementación de las respuestas a los riesgos evaluados (incumplimiento con las Normas Internacionales de Auditoría). • Incurrir en inversiones importantes de tiempo para lograr los objetivos de auditoría establecidos (ineficiencia operativa). • Incumplir con los alcances de revisión suficientes conforme a la evaluación de riesgo establecida (incumplimiento con las NIA). Además del serio problema del incumplimiento con las NIA, los anteriores inconvenientes se reflejan en la necesidad de aplicar los procedimientos adicionales de auditoría una vez concluida, lo que resulta en una inversión importante de tiempo para el equipo. Derivado de la problemática anterior, el presente artículo busca exponer y analizar la aplicación de los procedimientos analíticos en las auditorías de estados financieros, según las Normas Internacionales de Auditoría (NIA), así como analizar su conveniencia para buscar una eficiencia operativa en las firmas de Contadores. Primero se analizarán, de acuerdo con la NIA 315, Identificación y evaluación de los riesgos de error material mediante el entendimiento de la entidad y su entorno, los procedimientos analíticos como procedimientos de evaluación del riesgo. Asimismo, se examinarán conforme a la NIA 520,
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Procedimientos analíticos, los objetivos del auditor en la aplicación de procedimientos analíticos, incluyendo: • La obtención de evidencia de auditoría relevante y confiable cuando utilice procedimientos analíticos sustantivos. • El diseño y realización de procedimientos analíticos cerca del final de la auditoría que ayuden al auditor a llegar a una conclusión general sobre si los estados financieros son consistentes con el entendimiento del auditor sobre la entidad.
Procedimientos analíticos para la identificación y evaluación de riesgos de error material De acuerdo con la NIA 315, los procedimientos de evaluación de riesgo deberán incluir, entre otros, los procedimientos analíticos. La aplicación de esos procedimientos ayuda al auditor a diseñar e implementar la respuesta a los riesgos evaluados, es decir, la definición de los procedimientos de auditoría que buscaría aplicar para reducir esos riesgos. Ejemplo de estos procedimientos puede ser el comparativo de razones financieras de la entidad auditada respecto a varios ejercicios y contra parámetros de entidades similares en la industria; alguna relación inusual o no esperada entre éstas, podría llamar la atención del auditor para posibles errores o fallas en los estados financieros de la entidad auditada, o incluso fraude en su preparación. Es importante señalar que los procedimientos analíticos en la evaluación de riesgos de error material, por sí mismos, no proporcionan evidencia para confirmar determinada situación (cuando se utiliza información muy general o resumida), sino que sólo proporcionan una idea general inicial sobre si pudiera existir un error material. El auditor deberá, en su caso, hacerse de las conclusiones de otros procedimientos para la evaluación de riesgos, tales como cuestionamientos a la administración y otros relacionados, así como procedimientos de observación e inspección para llegar a una conclusión final sobre la existencia de los riesgos de error material.
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Reflexión sobre este asunto ¿Cuántas veces se observa que se definen programas de trabajos de auditoría, sin haber realizado una identificación y evaluación de riesgos de error material? ¿Incluso sin haber realizado la planeación de auditoría? La utilización de los procedimientos analíticos permite al auditor, de una manera eficiente, identificar posibles riesgos de error, pero no sólo esto, sino que también le permite conocer sobre la entidad auditada, su desarrollo financiero y las tendencias de la industria de la entidad.
Procedimientos analíticos sustantivos La NIA 520 define los “procedimientos analíticos” como las evaluaciones de información financiera, por medio del análisis de las relaciones razonables entre datos financieros y no financieros. Asimismo, la NIA 520 señala que los procedimientos analíticos también incluyen la investigación que sea necesaria sobre variaciones o relaciones identificadas que sean inconsistentes con otra información relevante, o que difieran de manera significativa de los valores esperados. Por lo anterior, la aplicación de estos procedimientos no termina con la evaluación, sino que implica la investigación sobre conclusiones inconsistentes con la expectativa del auditor. Sabemos que los procedimientos sustantivos de auditoría a nivel de aseveración pueden ser: • Pruebas de detalles. • Procedimientos analíticos sustantivos. • Una combinación de ambos. La decisión del auditor sobre qué procedimientos debería utilizar dependerá, según su juicio profesional, de su expectativa de efectividad y eficiencia de los procedimientos disponibles. Es decir, no hay una “receta secreta” sobre qué procedimientos utilizar y de qué tipo. Esto dependerá de qué tan efectivo y eficiente sea el procedimiento (que proporcione evidencia de auditoría y fácil de aplicar); es decir, que se logre cumplir con los objetivos de la auditoría, de la manera más rápida y eficiente. Al diseñar y llevar a cabo procedimientos analíticos sustantivos como procedimientos sustantivos, ya sea independiente o junto con pruebas de detalle, el auditor debe observar lo siguiente: • Determinar qué tan adecuados son los procedimientos analíticos sustantivos. • Evaluar la confiabilidad de la información (fuente, comparabilidad, naturaleza y relevancia). • Desarrollar una expectativa sobre los importes registrados o los porcentajes y evaluar si es precisa para identificar errores. • Determinar el importe de diferencias aceptables. • Comparación de la información financiera con la no financiera. Los procedimientos analíticos sustantivos son más aplicables a grandes volúmenes de transacciones que tienden a ser predecibles en el tiempo. A estos procedimientos podría
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pertenecer el comparativo de los márgenes brutos de sucursales de una tienda de autoservicio, en donde se tiene un alto volumen de operaciones y que por su naturaleza deberían, en principio, tener márgenes brutos similares, considerando que las condiciones de las sucursales son similares. Cabe señalar que la efectividad de los procedimientos analíticos sustantivos no implica que éstos deban referirse a modelos sofisticados; ciertos modelos sencillos proporcionan evidencia efectiva de auditoría. Por ejemplo, tenemos los siguientes: • Revisión global de la depreciación del ejercicio, a partir de los saldos brutos de activos fijos y las tasas de depreciación. • Validación del importe global anual de gastos por nóminas cuando se revisa una nómina quincenal y los empleados tienen sueldos que permanecen relativamente fijos. • La comparación de márgenes brutos u operativos de la industria, con los de la empresa. • Comparativo de variaciones en ventas de unidades de productos, con las variaciones en los ingresos monetarios correspondientes. De acuerdo con su naturaleza, los procedimientos analíticos proporcionan diferentes niveles de seguridad; en la medida que el nivel de seguridad disminuye puede ser necesaria la incorporación de otro tipo de procedimiento o, en su caso, la no aplicación de ese procedimiento. Asimismo, es necesario evaluar la posibilidad de aplicar junto con los procedimientos analíticos sustantivos, pruebas de detalles. Por ejemplo, para la validación del saldo de clientes, es posible que el auditor determine realizar pruebas analíticas sustantivas (evaluación de la antigüedad de saldos) y aplicar pruebas de detalle (verificación de cobros posteriores). Al evaluar la confiabilidad de la información, el auditor deberá tomar en cuenta lo siguiente para la información disponible: la fuente, comparabilidad, naturaleza y relevancia y los controles establecidos en la preparación. La información obtenida de fuentes independientes de la entidad es más confiable; asimismo, cuando ésta ha sido auditada o revisada por externos independientes. Es recomendable tener cuidado en la confiabilidad de la información utilizada para las pruebas analíticas sustantivas; por eso, el auditor debe asegurarse de que puede confiar en ella. No todo reporte proporcionado por la entidad revisada pudo haber sido preparado con diligencia. Los asuntos relevantes para la evaluación del auditor acerca de la expectativa puede ser desarrollada suficientemente precisa para identificar un error (cuando junto con otros errores, pueden causar que los estados financieros tengan fallas), incluyen los siguientes: • La confiabilidad con que pueden predecirse los resultados esperados de los procedimientos analíticos sustantivos. • El grado al que puede desglosarse la información. • La disponibilidad de la información, tanto financiera como no financiera.
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La determinación del auditor del importe de diferencia de los valores esperados que puede aceptarse sin realizar investigación adicional se ve influenciada por la importancia relativa y la consistencia con el nivel deseado de seguridad, tomando en cuenta la posibilidad de que un error, individual o junto con otros errores, pueda causar que los estados financieros incluyan errores significativos.
¿Cuántas veces se observa que se definen programas de trabajos de auditoría, sin haber realizado una identificación y evaluación de riesgos de error material? Procedimientos analíticos para asistir a formarse una conclusión general El auditor debe diseñar y llevar a cabo los procedimientos analíticos cerca del cierre de su auditoría que le ayuden a llegar a una conclusión general sobre si los estados financieros son consistentes con su entendimiento de la entidad. Este tipo de procedimientos analíticos son utilizados para comprobar o corroborar las conclusiones alcanzadas al examinar los componentes individuales de los estados financieros, para obtener conclusiones razonables sobre las cuales basar la opinión del auditor. Es evidente que, no es posible,
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sólo por medio de los procedimientos analíticos llegar a una conclusión general de auditoría, sin haber realizado el examen de los componentes individuales necesarios. Al llevar a cabo lo anterior, es posible que el auditor identifique un riesgo de error material no reconocido, en tal caso, conforme a la NIA 315 se deberá revisar la evaluación de riesgo y modificar los procedimientos de auditoría planeados.
Conclusión Las NIA requieren la aplicación de procedimientos analíticos en la identificación y evaluación de los riesgos de error material, y para llegar a una conclusión general si los estados financieros son consistentes con el entendimiento de la entidad del auditor; asimismo, esta normatividad permite el uso de procedimientos analíticos como procedimientos sustantivos. Aunado a lo anterior, se considera que el auditor debe promover el uso de procedimientos analíticos para efectos de hacer eficiente su práctica profesional, buscando la reducción de tiempos y el logro de objetivos de auditoría de una manera más eficaz y sólida.
Fuente: Revista Contaduría Pública del Instituto Mexicano de Contadores Públicos
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Pruebas de detalle a los estados financieros
Se refiere a los procedimientos que realiza el auditor con el fin de obtener mayor evidencia de la proporcionada por las pruebas a los controles y los procedimientos analíticos. Las siguientes son algunas de las pruebas de detalle más comunes ejecutadas por los auditores:
Ejemplo: Calcular las prestaciones sociales de los empleados y comparar contra lo calculado por el cliente.
Revisión de conciliaciones realizadas por el cliente:
Se refiere a solicitar que un tercero con el cual la compañía ha realizado algún tipo de transacción le confirme al auditor dicha transacción y las características solicitadas. Ejemplo: Confirmación de saldos por cobrar con clientes.
Se refiere a la revisión que realiza el auditor a las conciliaciones realizadas por la compañía en donde se verifica: las operaciones aritméticas, que cruzan con lo registrado en libros y con la otra parte (extracto, módulos, información de clientes, información de proveedores, etc.), la existencia y validez de las partidas conciliatorias, las implicaciones en los estados financieros de las partidas conciliatorias, etc.
Pruebas de corte:
Revisión de documentación soporte:
Son procedimientos que se realizan con el fin de verificar la integridad de la información auditada. Ejemplo: En un corte de ventas, mediante la revisión de las últimas facturas del periodo auditado y las primeras facturas del periodo siguiente, busca verificar que las ventas quedaron registradas en el periodo adecuado.
Se refiere a la observación de documentación soporte con el fin de verificar la existencia de rubros de los estados financieros. Ejemplos:
Confirmación con terceras partes:
Inspección física de activos: Se refiere a la verificación que realiza el auditor, con el fin de comprobar la existencia física de determinado rubro. Ejemplos:
1. Mediante la revisión de la documentación soporte verificar la existencia de los gastos de publicidad. 2. Mediante la revisión de las facturas de venta, verificar la existencia de las ventas.
Pruebas asistidas por computador:
2. Revisar la existencia de los inventarios participando en una de las tomas físicas de inventarios.
Para compañías en donde existe un gran volumen de información el auditor puede recurrir al uso de software que maneja datos, ejemplo: ACL o Excel, con el fin de generar reportes con base en archivos planos directamente del sistema de la compañía y/o realizar procedimientos de auditoría a esos datos (analíticos y de detalle).
Revisión de cálculos realizados por el cliente:
Pasivos no registrados:
Se refiere a procedimientos que realiza el auditor y que buscan verificar la exactitud de un cálculo que realiza el cliente.
Mediante la revisión de los pagos realizados o facturas causadas en periodo siguiente, se busca identificar gastos y/o
1. Revisar la existencia de propiedad, planta y equipo mediante observación directa del activo. (Lotes, edificios, vehículos, maquinaria, etc.)
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costos que no fueron reconocidos por la compañía en el periodo auditado. Ejemplo: Revisar los pagos y causaciones realizadas en los meses de enero y febrero, con el fin de identificar gastos y costos del periodo anterior.
Pagos posteriores: Se refiere a verificar mediante un pago posterior (puede ser de un activo o un pasivo) la existencia de un saldo. Ejemplos: 1. Para probar la existencia de una cuenta por cobrar a 31 de diciembre, el auditor puede verificar su existencia revisando el recibo de caja y el extracto bancario, en donde se registró el pago efectuado por el cliente durante el periodo siguiente. 2. Para probar la existencia de un pasivo a 31 de diciembre, el auditor puede verificar su existencia revisando contra el comprobante de egreso y el extracto bancario el pago efectuado por la compañía auditada durante el periodo siguiente. En algunos casos (compañías con gran volumen de transacciones) en la ejecución de las pruebas de detalle no es práctico probar el 100% de las partidas que conforman una cuenta. Por lo anterior, el auditor debe recurrir a alguno de los siguientes métodos para la selección de las partidas: • A juicio del auditor • Muestreo de auditoría
A juicio del auditor La planeación de auditoría, la evaluación de los controles de los procesos, y la ejecución de procedimientos analíticos deben proveer al auditor de conocimiento suficiente que le permita dirigir sus pruebas de detalle a aquellas áreas en donde pueden existir riesgos de errores e irregularidades significativos. La definición de pruebas de detalle a juicio del auditor se pueden enfocar a: a) 100% de la población
existencia del 70% de la población, y para el 30% restante de la población lo puede realizar mediante un muestreo teniendo en cuenta el riesgo de errores e irregularidades que tenga identificados. c) Partidas específicas Con base en el conocimiento del cliente, el auditor puede identificar saldos o transacciones que le pueden dar indicios de la existencia de errores e irregularidades significativos o saldos o transacciones que por su naturaleza y forma de contabilizar pueden ser fáciles de manipular. Partidas sospechosas Se refiere a partidas que por su monto y naturaleza el pueden dar indicios al auditor de algún tipo de error e irregularidad. Ejemplo: Ajustes significativos al final del ejercicio con el objetivo de maquillar los estados financieros. Partidas extraordinarias Se refiere a registros por su importancia y naturaleza dentro de los estados financieros deben ser revisados por el auditor. Ejemplo: La venta de una unidad de negocio que representa el 40% de las ventas de la compañía. Ajustes manuales Se refiere a los comprobantes manuales que elabora la compañía y que normalmente pueden ser de fácil manipulación. Ejemplo: Comprobante de ajustes para el cierre. Transacciones no rutinarias. Se refiere a aquellas transacciones que por su importancia y naturaleza pueden ser de fácil manipulación por la gerencia. Ejemplo: Provisiones por descuentos en ventas. Saldos inactivos Son saldos que el auditor puede identificar fácilmente porque no han tenido movimiento durante los últimos meses y generalmente pueden contener errores e irregularidades. Este tipo de saldos se encuentran normalmente en las cuentas por cobrar o por pagar.
Para clientes en donde el número de transacciones es reducido el auditor puede tomar la decisión de probar el 100% de una población.
Ejemplo: Saldos de anticipos a proveedores que no han tenido movimiento en los últimos 90 días.
Ejemplo: En un cliente en donde mensualmente se genera una factura de venta, el auditor puede tomar la decisión de verificar las 12 facturas, y estaría probando el 100% de las ventas revisando un número reducido de partidas. b) Cubrimiento
• Es la aplicación de un procedimiento de auditoría a menos del 100% de los componentes dentro del saldo de una cuenta o Clase de transacciones con el propósito de evaluar algunas características de esa cuenta o clase.
Se refiere a identificar un número reducido de partidas con valor significativo dentro de una población. El cubrimiento lo podemos aplicar tanto en saldos (Balance) como en transacciones (Estado de Resultados) y le ayuda al auditor a obtener evidencia significativa con un trabajo reducido.
• Es el proceso de selección de una muestra entre un grupo más grande de partidas (llamado población, campo, o universo), y que utiliza las características de la muestra para llegar a deducciones acerca de las características del campo completo de partidas.
Ejemplo: A 31 de diciembre, de 100 clientes con los que cuenta la compañía, 10 clientes, representan el 70% del saldo por cobrar. Teniendo en cuenta lo anterior, el auditor puede tomar la decisión de confirmar los saldos de los 10 clientes más significativos con lo que estaría cubriendo la
• Es un procedimiento por el que se infieren los valores verdaderos de una población, a través de la experiencia obtenida con una muestra de esta.
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Muestreo de auditoría
Fuente: Auditool
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¿Qué hacer con los riesgos evaluados por el auditor? - NIA 330 Durante el proceso de una auditoría de estados financieros, el auditor debe evaluar y diseñar los procedimientos que den respuesta a los riesgos identificados de errores en su auditoría, que afecten a los estados financieros auditados en su conjunto, o bien, a una aseveración en específico. Un riesgo significativo es la alta posibilidad de que ocurra un error de importancia identificado y evaluado que, en caso de ocurrir, afectaría a los estados financieros o a una aseveración, de manera significativa. Por lo tanto, en opinión del auditor, se requiere de una respuesta adecuada en su auditoría, mediante la aplicación de procedimientos específicos. El auditor puede identificar riesgos ya sea a niveles globales o de aseveración; los primeros, están relacionados con los estados financieros, y los segundos, a errores de aseveración o a una cuenta en específico.
Respuestas a riesgos identificados a nivel global Cuando se identifica y determina la existencia de riesgos a nivel global, el auditor debe diseñar procedimientos de auditoría que respondan a ellos; asimismo, debe documentar el resultado del diseño y las conclusiones de los procedimientos ejecutados. Algunos ejemplos de respuestas a los riesgos globales son los siguientes: • Enfatizar al equipo de auditoría la necesidad de mantener el escepticismo profesional, así como el incorporar elementos de impredecibilidad en la selección de los procedimientos de auditoría que se vayan a realizar. • Asignar personal con más experiencia o con habilidades especiales en la industria, usar expertos, dar mayor supervisión, etcétera. • Si se determinan debilidades en el entorno de control, el auditor puede responder de la siguiente manera: Realizando cambios generales en la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoría; por ejemplo, se pueden efectuar procedimientos al final del ejercicio, y no en una fecha intermedia, buscando evidencia de auditoría más amplia, mediante procedimientos sustantivos, incrementando el número de localidades que se han de incluir en el alcance de la auditoría, etcétera. Un entorno de control efectivo, permite al auditor tener más confianza en el control interno y en la confiabilidad de la evidencia de auditoría generada dentro de la entidad y, con
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Auditoría ello, realizar algunos procedimientos de auditoría en una fecha intermedia más que al final del ejercicio.
Respuestas a riesgos identificados a nivel de aseveración A nivel de aseveración, para cada clase de transacción, saldo de la cuenta y revelación, en el que se haya determinado un riesgo significativo, el auditor debe diseñar y realizar procedimientos de auditoría que respondan a los riesgos, considerando lo siguiente: • El riesgo inherente: La posibilidad de que ocurra un error por las características particulares de la cuenta (clase y volumen de transacciones, complejidad y/o grado de subjetividad para la determinación del saldo o revelación, etcétera). • El riesgo de control: La posibilidad de que un control no funcione o no responda al riesgo identificado. Si la evaluación del riesgo considera que el auditor confiará y obtendrá evidencia de auditoría para determinar si los controles establecidos para las transacciones operan eficazmente. • Considerar que a mayor riesgo de error se debe obtener evidencia de auditoría más persuasiva. • Diseñar y llevar a cabo procedimientos que respondan a los riesgos de auditoría identificados, y proporcionen un vínculo claro entre los procedimientos adicionales de auditoría del auditor y la evaluación del riesgo.
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Oportunidad La oportunidad se refiere al momento en el cual se llevan a cabo los procedimientos de auditoría. El auditor puede realizar pruebas de control o procedimientos sustantivos en una fecha intermedia o al final del ejercicio. Mientras más alto es el riesgo de errores de importancia relativa, más probable es que el auditor pueda decidir qué es más eficaz, realizar procedimientos sustantivos más cerca de, o al final del ejercicio, en lugar de una fecha anticipada, o llevar a cabo procedimientos de auditoría sin anunciar o en momentos no esperados (por ejemplo, llevar a cabo procedimientos de auditoría en localidades seleccionadas sin previo aviso). Esto es de especial relevancia al considerar la respuesta a los riesgos de fraude. Por otra parte, llevar a cabo procedimientos de auditoría antes del final del ejercicio puede ayudar al auditor a identificar asuntos importantes en una etapa inicial de la auditoría y, consecuentemente, resolverlos con ayuda de la administración o desarrollar un enfoque eficaz de auditoría para atender a tales asuntos. Existen otros factores relevantes que tienen influencia sobre la consideración del auditor de cuándo aplicar los procedimientos de auditoría, por ejemplo, si existe un riesgo de ingresos sobrevaluados para cumplir con presupuestos de ingresos mediante la emisión de facturas o contratos ficticios, el auditor debe efectuar la revisión correspondiente al cierre del ejercicio y confirmar la autenticidad de los documentos.
Naturaleza
Alcance
La naturaleza de los procedimientos de auditoría se refiere a su propósito (pruebas de controles o procedimientos sustantivos) y su tipo (inspección, observación, investigación, confirmación o procedimientos analíticos).
El alcance de un procedimiento de auditoría se refiere al tamaño de la muestra que quedará cubierta con ese procedimiento o la cantidad de observaciones de una actividad de control.
Los riesgos evaluados por el auditor, pueden afectar tanto a los tipos de procedimientos de auditoría que se realizarán como a la combinación de éstos. Por ejemplo, cuando un riesgo evaluado es alto, el auditor puede confirmar la integridad de los términos de un contrato con un tercero, además de inspeccionar el documento. Asimismo, ciertos procedimientos de auditoría pueden ser más apropiados para algunas aseveraciones que otros. Es decir, en relación con los ingresos, las pruebas de los controles pueden responder más al riesgo evaluado de errores de la aseveración de integridad, mientras que los procedimientos sustantivos pueden ser los que más respondan al riesgo evaluado de errores de la aseveración de ocurrencia.
El alcance de los procedimientos de auditoría que respondan al riesgo evaluado, deben ser proporcionales al nivel de riesgo; esto es, si aumenta el riesgo de errores de importancia relativa, el alcance (cantidad de muestras o controles sujetos a los procedimientos diseñados) debe aumentar.
Al obtener una evidencia de auditoría más convincente, por medio de una evaluación de riesgo más alta, el auditor podría obtener la que sea más relevante o fiable (por ejemplo, poner más énfasis en obtener evidencia de algún tercero o en insistir en la búsqueda de corroboración de varias fuentes independientes).
Enfoque de auditoría La evaluación del auditor a los riesgos identificados al nivel de aseveración, proporciona una base para considerar el enfoque de auditoría eficaz para diseñar y llevar a cabo procedimientos que respondan a los riesgos identificados. Por ejemplo, el auditor puede determinar que los procedimientos sólo estarán basados en la aplicación de pruebas de la efectividad de los controles, o que sólo es adecuado llevar a cabo procedimientos sustantivos, o un enfoque combinado que usa pruebas de la eficacia de los controles y procedimientos sustantivos.
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Enfoque de pruebas de controles Cuando el auditor tenga la expectativa de que los controles operan eficazmente y los procedimientos sustantivos por sí solos no ofrecen evidencia de auditoría completa, el auditor deberá diseñar y realizar pruebas de controles. Los controles a probar deben ser los que estén adecuadamente diseñados para prevenir, detectar y corregir errores de importancia relativa en una aseveración; no obstante lo anterior, existe la posibilidad de que algunos procedimientos no estén diseñados como pruebas de control; además, es posible que algunos de éstos puedan proporcionar evidencia de auditoría sobre la eficacia de los mismos. Por ejemplo, indagar sobre el uso de presupuestos por la administración; la observación comparativa de los gastos mensuales presupuestados y reales de la administración, y la inspección de informes pertinentes a la investigación de variaciones entre las cantidades presupuestadas y las reales. En ciertos casos, podría resultar imposible para el auditor diseñar procedimientos sustantivos eficaces que por sí mismos proporcionen suficiente evidencia de auditoría adecuada al nivel de aseveración. Esto puede ocurrir cuando una entidad procesa su información, usando Tecnologías de Información (TI) y mantiene documentación sólo en ese medio. En este caso, es imprescindible que el auditor efectué pruebas al medio ambiente tecnológico, incluyendo pruebas de cambios a programas y pruebas de acceso.
Naturaleza, alcance y oportunidad de las pruebas de controles Para el diseño y ejecución de las pruebas de control, el auditor debe indagar respecto a: •
Cómo se aplicaron los controles.
•
Frecuencia con que se aplican.
• Quién o por cuál medio (manual o sistematizado) fueron aplicados. La indagación en sí no es suficiente para obtener suficiente evidencia de la eficacia operativa de los controles; por lo mismo, se debe combinar con otros procedimientos, por ejemplo, con la observación, inspección o re-ejecución. Cuando el auditor planea tener evidencia más contundente sobre la eficacia operativa de los controles, el auditor debe aumentar sus alcances en las pruebas de control, para lo cual debe considerar la frecuencia en que se ejecuta el control, el periodo en que estuvo vigente, la evidencia de que el control fue ejecutado, etcétera. En el caso de los controles automatizados, debido a la continuidad inherente en que éstos son ejecutados, no es necesario aumentar el número de pruebas a menos de que existan cambios en los programas (tablas, archivos u otros datos permanentes). Asimismo, se debe considerar que, en caso de que existan cambios a los programas, éstos no se realizan sin estar sujetos a los controles de cambios ade-
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cuados, y que se use la versión autorizada del programa. Del mismo modo, otros controles generales relevantes son eficaces (control de accesos). La prueba de la eficacia operativa de los controles durante el periodo intermedio debe considerar la obtención de evidencia de auditoría de cambios efectuados en los controles realizados en fecha posterior al periodo intermedio; además, evaluar la importancia de los riesgos evaluados, el grado de evidencia que se obtuvo en el periodo intermedio, la duración del periodo restante y el grado en que el auditor pretende reducir aún más los procedimientos sustantivos, con base en la dependencia de los controles.
Decisión de dejar de probar controles o, en su caso, rotar los controles a ser probados, con base en los resultados de las pruebas de auditorías anteriores Es posible usar la evidencia de auditoría de las pruebas de controles efectuadas en auditorías anteriores, para decidir la estrategia a seguir en la auditoría actual, para lo cual se debe considerar lo siguiente: • La eficacia de otros elementos del control interno, incluyendo el ambiente de control, el monitoreo de los controles por la entidad y el proceso de evaluación del riesgo por la entidad. • Los riesgos que se originan de las características del control, incluyendo si los controles son manuales o automatizados. En el caso de estos últimos, la eficacia de los controles generales relacionados con la TI. • La eficacia del control y su aplicación por la entidad, incluyendo la naturaleza y alcance de las desviaciones en la aplicación del control observadas en auditorías anteriores o la falta de un cambio en un control en particular, y si ha habido cambios de personal que afecten, de manera significativa, la aplicación del control. • Investigar si hubo cambios importantes en los controles relevantes; en su caso, el auditor deberá probar los controles en la auditoría actual. Los cambios pueden afectar la relevancia de la evidencia de auditoría obtenida en auditorías previas, de modo tal que pueda no haber ya una base para una confiabilidad continua. Si no ha habido tales cambios, el auditor deberá probar los controles al menos una vez cada tres auditorías, y deberá probar algunos controles en cada auditoría para evitar probar todos los controles sobre los cuales el auditor planea confiar en un sólo periodo de auditoría, sin probar los controles en los siguientes dos periodos. Para que el auditor pueda rotar los controles probados en periodos anteriores, debe cumplirse con lo siguiente: • Que no hayan sido modificados desde que se probaron la última vez.
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• Que no sean controles que mitiguen un riesgo importante relacionado con un asunto de juicio profesional.
combinación de procedimientos sustantivos analíticos y de pruebas de detalles.
Existen situaciones que no permiten utilizar la evidencia de las pruebas de control efectuadas en periodos anteriores, estas situaciones son:
Si se decide por efectuar procedimientos sustantivos en una fecha intermedia, el auditor cubrirá el periodo restante realizando procedimientos sustantivos combinados con pruebas de controles para cubrir el periodo en cuestión; o si el auditor determina que es suficiente, únicamente aplicar procedimientos sustantivos adicionales, que ofrezcan una base razonable para ampliar las conclusiones de auditoría de la fecha intermedia al final del ejercicio.
• Un entorno de control débil. • Monitoreo débil de los controles. • Un elemento manual importante en los controles relevantes. • Cambios de personal que afectan de modo importante la aplicación del control. • Controles generales de TI débiles. • Cuando el auditor planea confiar en los controles sobre riesgos que el auditor ha determinado como importantes, el auditor probará dichos controles en el periodo actual.
Evaluando la eficacia operativa de controles Cuando se detectan desviaciones de los controles sobre los cuales el auditor piensa confiar, deberá hacer indagaciones específicas para entender las causas y sus posibles consecuencias, para determinar si: • Las pruebas de controles realizadas ofrecen una base adecuada para confiar en los controles. • Se requieren pruebas de controles adicionales. • Los posibles riesgos de errores de importancia relativa deben ser tratados mediante procedimientos sustantivos. Las desviaciones en los controles prescritos pueden ser causadas por factores como cambios en el personal clave, fluctuaciones estacionales importantes en el volumen de transacciones y error humano. La tasa de desviación detectada, especialmente en comparación con la tasa esperada, podría indicar que no se puede confiar en el control para reducir el riesgo a nivel de aseveración al nivel evaluado por el auditor.
Procedimientos sustantivos El auditor deberá diseñar y realizar procedimientos sustantivos para cada clase de transacción importante, saldo de la cuenta, independientemente de los riesgos evaluados, para lo que puede considerar la aplicación, sólo, de procedimientos sustantivos analíticos, o pruebas de detalles o una
Si se detectan errores inesperados cuando el auditor evalúa los riesgos de error de importancia relativa a una fecha intermedia, éste deberá determinar si la evaluación de riesgo relativa y la naturaleza, oportunidad o alcance planeado de los procedimientos sustantivos, que cubren el periodo restante, requieren de alguna modificación que podría incluir la ampliación o modificación de los procedimientos efectuados. Documentación: el auditor debe asegurarse de contar, como mínimo, con la siguiente documentación: • Respuestas globales para manejar los riesgos identificados de errores de importancia relativa al nivel de estado financiero y la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos adicionales de auditoría. • La vinculación de los procedimientos aplicados con los riesgos evaluados a nivel de aseveración. • El resultado de los procedimientos de auditoría aplicados e incluir las conclusiones cuando éstos no sean claros. Si el auditor planea usar la evidencia de auditoría sobre la eficacia operativa de los controles obtenida en auditorías anteriores, deberá documentar las conclusiones sobre la confiabilidad en los mismos, los cuales fueron probados en una auditoría anterior. Conclusión: el auditor debe diseñar procedimientos adicionales de auditoría que respondan a los riesgos significativos y determinados; esto incluye la estrategia de la auditoria, el alcance, oportunidad y naturaleza de los procedimientos diseñados. El alcance de los procedimientos de auditoría que respondan a los riesgos determinados, debe ser proporcional al nivel de riesgo; esto es, si aumenta el riesgo de errores de importancia relativa, el alcance (cantidad de procedimientos, partidas o controles a ser revisados) debe aumentar.
Fuente: Revista Contaduría Pública del Instituto Mexicano de Contadores Públicos
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Importancia de un Comité de Ética
Una organización con buenas prácticas éticas, es aquella que se preocupa por tener como base un código de ética claro y actualizado que instruya la buena conducta de sus colaboradores tanto en el interior como en el exterior de la organización así como en sus relaciones con proveedores y clientes. Siendo el código de ética “la ley” interna de una organización, se necesita un órgano que vigile el cumplimiento de dicha ley y así mismo, establezca y aplique las sanciones correspondientes a las conductas que repercutan a dicho código. La creación e instauración del Comité de Ética surge de esta necesidad.
go denota honorabilidad y reconocida solvencia moral generada por sus buenos antecedentes en cuanto a conductas éticas y prácticas de negocio. Cada integrante del Comité de Ética debe conocer ampliamente el Código de Ética, así como las normas, leyes y regulaciones vigentes en lo que compete a buenas prácticas de negocio. Es importante mencionar, que dichos integrantes poseen un título honorífico y no reciben remuneración alguna por sus funciones dentro del Comité.
El Comité de Ética tiene dentro de sus objetivos los siguientes:
El Comité de Ética trabaja mediante sesiones periódicas con base en una agenda que tiene el fin de revisar y resolver los casos referentes a faltas al código de ética.
• Impulsar la cultura ética dentro de la organización, así como revisar y actualizar periódicamente la normatividad de buenas prácticas y conducta de negocios.
Así mismo, dicho órgano deberá analizar las evidencias que se reúnan y los elementos de juicio que permitan emitir un dictamen justo y objetivo para cada uno de los casos.
• Asegurar que se reciban y atiendan todos los reportes de desviaciones, faltas incurridas, o incumplimiento a la normatividad y regulaciones vigentes que se reciban a través de cualquier medio interno o externo.
La existencia del Comité de Ética dentro de la organización, refuerza la imagen ética dentro de la empresa para con sus colaboradores ya que denota sentido de justicia y transparencia.
• Evaluar las controversias, conflictos y faltas relacionadas al Código de Ética.
Consideraciones finales
• Establecer sanciones y planes de acción en casos relacionados con faltas al Código de Ética que representen un impacto negativo significativo para la empresa. • Revisar los lineamientos, políticas y procedimientos de operación que aseguren el cumplimiento y apego al Código de Ética. • Establecer en conjunto con el área de Recursos Humanos un plan de capacitación anual sobre cultura ética para el personal. El Comité de Ética debe estar conformado por ejecutivos de la alta dirección dentro de una organización, tales como socios o accionistas, directivos, consejeros e incluso gerentes de diversas áreas. El hecho de ser un ejecutivo de alto ran-
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El Comité de Ética es el organismo que vigila el cumplimiento del Código de Ética dentro de una organización, da seguimiento a los casos y establece las sanciones a las faltas en contra del Código. Todos los casos administrados por el Comité de Ética serán tratados con estricta confidencialidad, independientemente del impacto a la empresa o de la complejidad que implique el proceso de investigación. Es importante que los integrantes del Comité de Ética se adhieran tanto al Código de Ética como a una política de confidencialidad dada la naturaleza de la información a la que tendrán acceso. Fuente: Boletín de Gobierno Corporativo (Deloitte)
Patrocinador Platino Publicidad pagada mediante el programa de Patrocinadores del INCP. Los patrocinadores del INCP son personas jurídicas que gracias a su aporte, contribuyen al desarrollo integral del profesional contable en Colombia a través de la canalización de recursos económicos que posibilitan al Instituto ejecutar actividades académicas y de investigación. Para mayor información de los diferentes modelos de patrocinio, por favor consulte www.incp.org.co ó solicita le información a incpcol@incp.org.co
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Comercial
¿Qué tipo de empresa constituir?
Una mayoría, abrumadora de las empresas que se crean en el país son S.A.S (Sociedades por Acciones Simplificadas). Parecen incluso haber desaparecido los restantes tipos societarios, a excepción de las Sociedades Anónimas para sectores específicos en que la Ley así obliga, o las sucursales de sociedades extranjera para algunos casos de inversión. La preferencia de un tipo de sociedad por encima de otro tiene dos justificaciones, una académica y otra práctica. Desde el punto de vista académico, las S.A.S. ofrecen los siguientes beneficios: 1. No existe un límite en cuanto al número mínimo o máximo de accionistas. Puede Juan entonces crear una empresa donde solo Juan es el propietario; acabando con una práctica común consistente en que el emprendedor llamaba a todos los miembros distantes de la familia, para que todos juntos completaran, por ejemplo, los 5 socios de una Sociedad Anónima. 2. La responsabilidad de un accionista se limita al monto de sus aportes. A pesar de que las sociedades se crearon en parte para responder a un problema de limitación de responsabilidad, de forma que quien emprendiera una aventura empresarial no tuviera que pagar con todos sus bienes las desventuras del negocios, la Ley y la jurisprudencia han extendido la responsabilidad de la sociedad a los socios en cier-
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tos casos. (Lea aquí Levantamiento del Velo corporativo) En la S.A.S la responsabilidad solo aplica al monto que se haya destinado para la compañía y las excepciones son menores. 3. No tiene término de duración. Mientras que en otros de tipos de sociedades es requisito señalar el tiempo de duración, en S.A.S puede ser indefinido. 4. Objeto social ilimitado. Una empresa tiene capacidad para actuar en aquellos actos que desarrollen su objeto social o tengan relación directa con el mismo. Antes de las S.A.S, solíamos entonces incluir en los estatutos de las sociedades una amplísima referencia a actividades de los más diferentes sectores, de forma que si algún cliente o contratista revisara la capacidad de la compañía no interpretara ausencia de la misma.
En la S.A.S basta con afirmar que el objeto social será ilimitado para solventar dicho inconveniente, con el problema que el tejido empresarial colombiano quedo con la miopía de revisar el objeto punto a punto, y suelen rechazar un objeto simplemente “ilimitado” pues siguen pretendiendo encontrar entre las listas de actividades aquellas que son objeto del contrato que están negociando.
5. Capital suscrito, y pagado: La ley es flexible con la S.A.S, mientras en la sociedad limitada el capital debe ser pagado en su totalidad al momento de la constitu-
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ción y en la sociedad anónima el plazo máximo para el pago del capital suscrito es de un (1) año; en S.A.S, el plazo máximo para el pago es de dos (2) años. 6. Organización de la sociedad: En S.A.S hay una total libertad de pacto, por lo que respecto a la estructura orgánica de la sociedad y la forma de administración nos permite determinar libremente la mayor parte de las reglas que habrán de regir la sociedad. Esta libertad contractual es fundamental para hacer que los pactos, que los negocios requieren, se puedan establecer y estructurar en sociedades de nueva creación. Los cuales en su mayoría suelen referirse a: • Compra o venta de acciones. • Derecho de preferencia para adquirir acciones. • Restricción o prohibición de venta. • Ejercicio del derecho de voto. • Sindicación de voto.
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Punto único: Son más baratas. La constitución, reforma y liquidación de las S.A.S se realiza por documento privado, mientras el resto de tipos sociales requieren de Escritura Pública para realizar cualquiera de los pasos mencionados. Esto significa en dinero, un 3 * 1000 adicional en la creación de la sociedad, así como también un valor extra en cada una de las modificaciones que quieran realizar a la compañía. Este ahorro es fundamental, especialmente en un proyecto naciente; pues es un hecho comprobado que los gastos de constitución, abogados o contadores estarían mejor gastados en marketing, publicidad o ventas. En conclusión, en la mayoría de los casos solo existirá una razón por la que usted señor emprendedor creará una S.A.S, el dinero, pero ya que lo hace de esa manera aproveche los restantes beneficios expuestos. Si tiene cualquier duda, respecto al proceso de creación de empresa puede consultarnos en info@gestionlegalcolombia.com. Abogados en Colombia.
• Métodos de solución de controversias. • Protocolo de familia. • Cláusulas de desinversión. Desde el punto de vista práctico las S.A.S ofrecen los siguientes beneficios:
*La información, cifras y contenido del presente artículo son Propiedad Intelectual de Gestión Legal Colombia Consultores. Cualquier copia del mismo sin previa autorización del Divulgador (RevistaMprende) y del Creador (Gestión Legal Colombia Consultores) están prohibidas.
Fuente: Mprende
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Laboral
Migración laboral: así se buscan oportunidades en el exterior
Conozca las recomendaciones que hace el Ministerio del Trabajo si está interesado en vivir y trabajar en otro país.
• Conocer los requerimientos de vacunas o procedimientos de prevención médica.
De acuerdo con la Organización de Naciones Unidas (ONU), el país se sitúa a la cabeza del continente sudamericano en emigración, con unos 4,7 millones de colombianos en el exterior.
• Cumplir los requisitos para el migrante laboral como pasaporte, visa o permiso de trabajo.
Empresas extrajeras han aumentado la contratación de colombianos en otros lugares del mundo. Según el informe de la ONU ‘El Perfil Migratorio de Colombia en 2013’, desde la primera oleada migratoria en los años sesenta, los colombianos han emigrado a diferentes destinos, en gran medida, por buscar mejores condiciones de vida y mayores oportunidades laborales. Debido a esta dinámica, el Ministerio del Trabajo ha generado información con el fin de orientar al emigrante en su proceso de traslado laboral. En primer lugar, recomienda llevar a cabo una investigación previa sobre la veracidad de la oferta y la legalidad de la empresa o el empleador antes de aceptar una propuesta de trabajo. También insiste en tener en cuenta que las agencias que presten los servicios de gestión de empleo para reclutar o colocar oferentes de mano de obra en el extranjero cuenten con una autorización especial otorgada por el Ministerio del Trabajo, según el Decreto 0722 del 15 de abril de 2013.
Recomendaciones del MinTrabajo Al recibir una oferta para trabajar en el exterior tenga en cuenta: • Conocer aspectos geográficos, políticos, sociales y ambientales del país donde quiere trabajar. • Evaluar las ventajas y desventajas de las condiciones sociales, económicas y ambientales. • Informarse sobre los servicios de salud y educación para usted y la familia.
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• Evitar viajar sin la autorización migratoria o con documentos falsos, esto es un delito que se penaliza según la legislación de cada país. • Consultar información sobre el mercado laboral del país de su interés: situación del empleo y desempleo, ocupaciones de alta/baja demanda, salario mínimo promedio, legislación laboral, costo de vida.
Documentos para salir del país De acuerdo con el Ministerio del Trabajo, para salir del país debe presentarse en los sitios habilitados por la Unidad Administrativa Migración Colombia (aeropuertos o puertos migratorios), con los siguientes documentos: • Pasaporte vigente y en buen estado, como documento principal de viaje internacional. • Documento Nacional de Identificación (Cédula de ciudadanía o de extranjería) • Visa cuando se requiera. • Tiquete de viaje. • Comprobante del pago del impuesto de salida. • Certificado de sanidad o vacunación cuando se requiera. • Para salida de menores: el pasaporte y registro civil de nacimiento. • Apostille: todo documento público que se vaya a presentar en el exterior debe llevar la etiqueta que expide el Ministerio de Relaciones Exteriores, (Legalización o Apostilla).
Laboral
Programas que lo protegen en el exterior Tenga en cuenta que el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través del ‘Programa Colombia Nos Une’, de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano, busca atender las necesidades de los colombianos en el exterior. Por lo cual, desarrolla su labor de la siguiente manera: • Plan Comunidad en el Exterior. • Servicios para los colombianos en el exterior.
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• Vinculación de colombianos destacados en el exterior. Esta entidad establece las condiciones para que los colombianos que deseen migrar lo hagan de manera voluntaria y ordenada, velando por la protección de sus derechos, manteniendo sus vínculos con el país y brindando acompañamiento ante su eventual retorno. Ingrese a la página web del Ministerio del Trabajo, link de la Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo, donde obtendrá información sobre mercados laborales internacionales.
• Plan de Retorno. • Promoción de migración ordenada y regulada.
Fuente: elempleo.com – Por Yuli Rodríguez
¿Gobierno garantizará vejez digna? el mercado, permitiendo, de esta manera, el acceso a una renta vitalicia al momento de su retiro a un mayor número de colombianos”, dijo el funcionario. La renta vitalicia es la modalidad de pensión mediante la cual el afiliado o beneficiario contrata con una aseguradora el pago de una renta mensual hasta su fallecimiento o el de sus beneficiarios. En este sentido, el afiliado no está expuesto a los riesgos financieros o de una expectativa de vida alta, lo que sí ocurre en otras modalidades. De acuerdo con el Decreto, se establece que todas las rentas vitalicias que se expidan a partir del 1 de enero de 2015 podrán acceder a dicho mecanismo. Esa es la pregunta de muchos colombianos se hacen y que según el Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, se solucionará con la figura de las rentas vitalicias. Hombres y mujeres que trabajan actualmente y cotizan su pensión en las diferentes firmas del país se preguntan a diario si en el momento en que termine su vida laboral, ¿realmente podrán acceder a una pensión que les garantice una vejez digna?, y no se sumarán al grupo de personas que cuando llega el momento de reclamar sus aportes al sistema, tienen que esperar y demandar para poder acceder a los susodichos. Según el Ministerio de Hacienda, a través de un nuevo decreto se facilitarán las condiciones de oferta en el mercado de rentas vitalicias, garantizándoles una mejor calidad de vida a los pensionados, especialmente aquellos con mesadas más bajas. El mecanismo cubre la incertidumbre proveniente de las variaciones del salario mínimo en las rentas vitalicias, con el objetivo de reactivar la oferta de estos instrumentos en el mercado, permitiendo a un mayor número de colombianos el acceso a una renta vitalicia al momento de su retiro. “El mecanismo cubre la incertidumbre proveniente de las variaciones del salario mínimo en las rentas vitalicias, con el objetivo de reactivar la oferta de estos instrumentos en
Al respecto, el titular de la cartera detalló que los afiliados que van a acceder a una pensión, y sus mesadas esperadas son de un salario mínimo o marginalmente superiores, serán los más beneficiados con una ampliación en la oferta derivada del establecimiento del mecanismo de cobertura. La nueva normatividad tomó en consideración las consultas con los agentes del mercado asegurador y con las administradoras de fondos de pensiones, quienes manifestaron que la oferta de estos instrumentos en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad es necesaria para que los afiliados accedan a una pensión vitalicia sin enfrentar los riesgos financieros y de longevidad, propios de otras modalidades de pensión como el retiro programado. El Decreto 36 de enero del presente año señala que a través del mecanismo creado por el Gobierno Nacional se elimina la incertidumbre en los montos reservados por las aseguradoras de vida proveniente de los crecimientos en el salario mínimo. En ese sentido, si el crecimiento real del salario mínimo es superior a la productividad promedio de los últimos 10 años, el Gobierno Nacional asumirá el costo de esta cobertura, la cual será financiada a través del Presupuesto General de la Nación. Fuente: Dinero
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Entorno
Consumidores financieros tendrán información a la mano
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Financiero La normativa impulsada por el Representante a la Cámara ya es una realidad. Tras varios reveces, la Ley de Precios Transparentes ya es una realidad, y su aprobación da la posibilidad a que los consumidores de estos servicios estén más informados acerca de los cobros que les hacen las entidades. Tras la aprobación en el Congreso de la República y posterior sanción presidencial, la normativa se perfila como un instrumento muy importante para que los consumidores de servicios financieros conozcan el valor real que las entidades les cobran por los productos que son adquiridos. El proyecto de ley se presentó en 2012 de manos del Representante a la Cámara David Barguil y se aprobó en septiembre del 2014, pero fue objetada por el Presidente de la República, Juan Manuel Santos, y posteriormente volvió a recibir el visto bueno del ente legislativo. La iniciativa del parlamentario cordobés, busca que las entidades financieras informen a todos sus clientes de los costos que incluye cada uno de sus servicios, con lo que los bancos están obligados a presentar en la factura un valor único que incluirá las tasa de interés y todo aquello que el usuario tiene que pagar como seguro, erogaciones y costos de estudios financieros, y debe incluir lo que le cobra el banco, incluyendo cuotas de manejo. Además la publicidad se hará sobre el valor total unificado. Por su parte, los fondos de pensiones deberán informar de manera detallada a los trabajadores si el empleador ha sido puntual en los pagos y un estimado de su pensión, el capital ahorrado, los intereses totales y las deducciones hechas durante el periodo del extracto. Por ello, Colpensiones deberá enviar un extracto impreso anual y tendrá otro en línea disponible a toda hora que se actualizará semestralmente con el número de semanas cotizadas, ingreso base de cotización y rendimiento del ahorro durante el periodo analizado. También, quienes deseen pasar de un fondo de pensiones privado a Colpensiones o viceversa, tendrán derecho a recibir una asesoría especializada en donde les explicarán las implicaciones de dicha decisión. Con la nueva normativa cerca de 22 millones de usuarios del sistema financiero se verán beneficiados.
Entorno
te a la Cámara, David Barguil, aseguró que “con esta ley se busca que los usuarios sean informados de manera precisa y puedan tomar mejores decisiones financieras, sabiendo cuál entidad les descuenta menos y les conviene más”. Con la normativa se obliga a que los ciudadanos puedan acceder de manera gratuita a un asesor que les informe claramente sobre las consecuencias de cambiarse de régimen pensional. “Los bancos deberán brindar información clara a los posibles clientes con una proyección del valor que tendrán que pagar para adquirir cualquier producto. Las entidades deberán hacer su publicidad de tasas de interés sobre este Valor Total Unificado”, recalca el parlamentario. “Estos proyectos son soluciones a los problemas reales de los colombianos y son un mecanismo para que nuestro país cuente con un marco normativo suficiente que permita una inclusión financiera real, con acceso, uso, calidad y bienestar para todos los colombianos” enfatiza. El Representante asegura que "actualmente los bancos no conceden intereses en todas las cuentas de ahorro, además cobran cuotas de manejo por las tarjetas de crédito que oscilan entre $30.000 y $63.000 trimestrales, cuando estás son gratis en otros países. Al mismo tiempo, cobran tasas de hasta el 29 % por los créditos de consumo. Al final, las entidades financieras le reconocen a los colombianos $0 pesos. Es hora de continuar poniendo en cintura la banca del país". Según Barguil, la mayoría de los clientes no conoce lo que le cobra el sistema financiero; la reglamentación permitirá una competencia más transparente entre las entidades. Concluye que “lo que se busca es que los usuarios sean informados de manera transparente y puedan tomar mejores decisiones financieras sabiendo cuál entidad les descuenta menos y les conviene más”. Barguil ha sido abanderado por la defensa del consumidor y sus iniciativas se han enfocado en frenar abusos de los bancos, fondos de pensiones, compañías de cementos y telecomunicaciones. Ha realizado debates de control político contra los abusos de la banca, el debate más importante que se ha hecho sobre competencia en el país, desenmascarando el posible acuerdo de precios en diversas industrias.
Información transparente para tomar mejores decisiones El autor de la Ley de Precios Transparentes, el Representan-
Fuente: Mercado de Dinero – Por Miguel F. Contreras
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Entorno
Económico
Prevén leve repunte del crecimiento en América Latina y el Caribe en 2015
Préstamos del BID ascendieron más de US$13 mil millones en 2014.
históricamente bajos (27,6% en 2014). “No podemos dar marcha atrás”, afirmó Moreno.
El crecimiento económico de América Latina y el Caribe podría recuperarse levemente a 2,2% en 2015, frente a 1,3% en 2014, la tasa más baja desde la crisis financiera global. No obstante la ralentización, la región ha mantenido sus logros en materia de reducción de la pobreza, dijo el presidente del Banco Interamericano de Desarrollo, Luis Alberto Moreno.
A tal fin, los países deberán vigilar cómo evolucionan sus mercados laborales y sus programas sociales para proteger a los sectores más vulnerables de la población. Asimismo tendrán que mitigar los riesgos de desastres naturales, que perjudican desproporcionadamente a los pobres.
En su informe de fin de año al Directorio Ejecutivo, que representa a los 48 países miembros del BID, Moreno señaló que ante el magro crecimiento global, con precios de materias primas a la baja y limitados márgenes de maniobra fiscal, los países latinoamericanos y caribeños deberían priorizar reformas que aseguren un crecimiento sostenido e incluyente a mediano y largo plazo. “La respuesta hoy, más que antes, está en las fuentes de crecimiento de orden interno”, dijo. “Allí tenemos un inmenso desafío: aumentar la productividad. Este es el factor que explica nuestro atraso relativo frente a otras partes del mundo.” Moreno detalló una serie de reformas e inversiones que la región necesita encarar, entre ellas la profundización de la integración comercial y la modernización de la infraestructura y los servicios públicos. Otros cuellos de botella son la alta proporción de empleos informales en los mercados laborales, el limitado acceso a servicios financieros, la mala calidad de la educación y los bajos niveles de innovación en las actividades productivas. Al mismo tiempo, los países deberán defender los avances logrados en el campo social. La pobreza ha caído a niveles
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El BID tiene mucho que aportar al avance de esa agenda de reformas, agregó Moreno, dado que sigue siendo una de las principales fuentes de financiamiento a largo plazo y asistencia técnica para el desarrollo de la región. En 2014 el BID aprobó más de US$13 mil millones para proyectos en desarrollo institucional (43%), infraestructura y medio ambiente (38%), sectores sociales (16%) y comercio e integración (4%). Moreno también destacó el creciente apoyo del BID a proyectos impulsados por el sector privado, que recibieron préstamos y garantías por más de US$2.800 millones en 2014, frente a US$2.116 millones en 2013. Añadió que el Banco ha avanzado en la definición de una propuesta para consolidar sus actividades de sector privado para ganar eficiencia operativa. La propuesta deberá ser presentada a la Asamblea de Gobernadores del BID cuando se reúnan en marzo en la ciudad coreana de Busán.
Fuente: Banco Interamericano de Desarrollo - BID
Estratégico
Entorno
8 pasos para crear una cultura sustentable en sus organizaciones El éxito en las estrategias diseñadas para promover la sustentabilidad, depende en buena medida de la cultura y en qué tanto ésta se permea de dichas visiones. Este artículo le propone 8 pasos para hacerlo posible. 1. Vincule a la alta gerencia: ninguna estrategia es sostenible sin el compromiso y participación de la alta gerencia. Enseñar desde el ejemplo debe ser el punto de partida para permear la cultura de conciencia hacia la protección del ambiente y la implementación de acciones responsables con el entorno. 2. Eduque a toda la organización: la formación debe ser un pilar fundamental del proceso. Haga uso de los canales de comunicación existentes, para brindar a clientes tanto internos como externos herramientas e información útil, orientadas al uso eficiente de los recursos y la promoción de acciones hacia la sustentabilidad, al interior de los puestos de trabajo y en esferas personales y de familia. 3. Involucre a toda la organización: además de procesos de formación y difusión, es necesario diseñar programas, concursos e incentivos que estimulen, no solamente la consulta de la información suministrada, sino también la interiorización e implementación de la misma. En este sentido, algunos ejemplos son los programas de voluntariado, promulgados por muchas organizaciones alrededor del mundo, la vinculación con fundaciones que trabajan en estas temáticas, el diseño de campañas y el otorgamiento de premios y reconocimientos a los empleados. 4. Haga el tema de la sostenibilidad transversal a todos los procesos: la sostenibilidad no solo compete a
las áreas de producción, es un tema de todos los que integran la compañía; incorpórelo a cada una de las estrategias y lineamientos estratégicos de la organización. 5. Promueva la creatividad y la innovación en sus empleados: hacerlos partícipes, promoviendo la generación de ideas que permitan optimizar los procesos y diseñar, de manera conjunta, estrategias para el mejoramiento social, económico y ambiental de la compañía. 6. Promueva incentivos para generar interés y participación de los empleados: haga uso de incentivos para la disminución de residuos, el uso eficiente de los recursos, ahorro de energía, agua, entre otros. Pueden ser de tipo monetario o no monetario, en últimas lo que debe buscar es la participación de todos y el reconocimiento de la gestión. 7. Mida y divulgue los avances: defina metas, mídalas y retroalimente a la organización en el alcance logrado; esto los mantendrá además de informados, vinculados y alineados con la estrategia. 8. Hágalo divertido: diseñe estrategias y actividades diferentes, inquiete al personal y haga de la sustentabilidad un tema atractivo en todos los que componen su organización.
“Este artículo ha sido patrocinado por P&G, todas las opiniones expresadas son del autor”
Fuente: Mprende.com
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Entorno
Estratégico
Trabajo organizado que produce éxito
Un trabajo organizado es capaz de producir grandes éxitos, por ello necesitas estructurar muy bien tus metas personales, a fin de trabajar en las causas correctas que producen excelentes resultados. El trabajo desordenado, normalmente lleva al fracaso, es algo obvio. Sin embargo muchas personas parecen olvidarlo, no han realizado las labores oportunas y luego se preguntan ¿Por qué no estoy obteniendo buenos resultados? Si después de un tiempo de trabajo, observas que no estás llegando a los resultados esperados, es el momento de analizar los procesos y hacer los ajustes correspondientes. ¿Cómo hacer un trabajo organizado que produzca grandes éxitos? • La planificación: Los proyectos exitosos requieren de una efectiva planificación, donde se responden las siguientes preguntas: ¿qué se quiere lograr? (los objetivos), ¿Cómo se logrará? (las estrategias, el plan de acción y las actividades, ¿qué resultados se esperan obtener? (las metas cuantificables), ¿Cuáles son los recursos necesarios? (responsables, materiales, presupuestos), etc. Por pequeño que sea un proyecto, es vital la planificación. • La disciplina para cumplir la planificación: A veces los pasos para cumplir cierta meta están muy claros, el problema viene en la ejecución. Si no hay disciplina, entonces comienzan los retrasos, la pérdida de la concentración y una gran cantidad de problemas que llevan al incumplimiento.
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• Realizar los ajustes oportunos a la planificación: Se dice que los planes no están escritos sobre piedra, de modo que hay que realizar los ajustes a la planificación. Cambiar estrategias, mejorar los métodos de trabajo, hacer una evaluación más detallada, etc. A través de las metas periódicas se puede evaluar si las labores realizadas están avanzando por el rumbo de lo esperado. • Mantener el enfoque que lleve a los cambios positivos: Todo proyecto que conlleve organizar una gran sinergia para lograr un cambio trascendental de vida, necesita un enfoque muy alto en las metas establecidas. Si quieres construir una mentalidad triunfadora y dejar en el pasado complejos, temores y paradigmas, es vital que te concentres todo el tiempo, hasta que un cambio rotundo hay ocurrido en tu vida. • Investigar nuevas formas de hacer las cosas: No te quedes anclado a la forma tradicional de hacer las cosas, investiga nuevos procedimientos, habla con gente que tenga otras perspectivas, abre tu mente a la creatividad e innovación y en cualquier momento encontrarás métodos más efectivos para alcanzar el éxito. Los grandes sueños pueden cumplirse, para ello necesitas un trabajo organizado, el cual deberás ir perfeccionando con el paso del tiempo. Entre más te adaptes a la auto-exigencia, podrás lograr grandes propósitos.
Fuente: emprendices.co
Patrocinador Platino Publicidad pagada mediante el programa de Patrocinadores del INCP. Los patrocinadores del INCP son personas jurídicas que gracias a su aporte, contribuyen al desarrollo integral del profesional contable en Colombia a través de la canalización de recursos económicos que posibilitan al Instituto ejecutar actividades académicas y de investigación. Para mayor información de los diferentes modelos de patrocinio, por favor consulte www.incp.org.co ó solicita le información a incpcol@incp.org.co
Entorno
Tecnología
Las mayores amenazas tecnológicas en el 2015 Este año los ataques informáticos serán más sofisticados, de acuerdo con expertos. Si bien la ciberseguridad ocupó un espacio central en 2014 con diversas brechas de información en tiendas minoristas de alto perfil, como Home Depot, Michaels, Neiman Marcus y más, este año los ataques cibernéticos se volverán más sofisticados. Las empresas de cualquier tamaño deben desarrollar la flexibilidad para soportar ataques inesperados y necesitan manejar los riesgos más allá de los que tradicionalmente tratan con la seguridad de tecnología de información (TI), ya que los próximos ataques probablemente afecten su reputación y el valor para sus accionistas. Hay cinco amenazas predominantes para los que el grupo Information Security Forum (Foro de Seguridad de Información) cree que los negocios deben prepararse en 2015. Estas amenazas pueden incluso combinarse para plantear mayores peligros. - Delincuencia cibernética: El ciberespacio es un campo de cacería cada vez más atractivo para criminales, activistas políticos y sociales y terroristas, que tienen como motivación ganar dinero, llamar la atención, trastornar o derrumbar corporaciones y gobiernos con ataques en línea. En 2014 vimos que los ciberdelincuentes demostraron tener un mayor grado de colaboración entre ellos y usaron un grado de competencia tecnológica que tomó desprevenidas a muchas organizaciones. La delincuencia cibernética, junto con un incremento en los costos de cumplimiento regulatorio, los incesantes avances en tecnología de la información y un contexto de baja inversión en seguridad pueden combinarse para crear el entorno perfecto para las amenazas. Las firmas que sepan bien en qué sistemas de TI pueden depender, en su mayoría tendrán mejores argumentos para mayor inversión en aspectos de seguridad y minimizar los efectos de lo imprevisto. - Privacidad y regulación: La mayor parte de los gobiernos crearon, o están en proceso de crear, reglas sobre seguridad y uso de la información de identificación personal, con multas para organizaciones que no ofrezcan suficiente protección. Como resultado, las organizaciones necesitan tratar la privacidad como un cumplimiento y un riesgo de negocio. Esto ayudará a reducir las sanciones regulatorias y los efectos comerciales, como daños a la reputación y la pérdida de clientes en caso de una brecha de privacidad. Además, vemos que aumentan los planes para regular la recopilación, almacenaje y uso de información junto con sanciones más duras por la pérdida de datos y notificación de las brechas, particularmente en la Unión Europea. Esto probablemente se desarrolle todavía más, mientras se impone un costo general en gestión regulatoria más allá de la
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Tecnología seguridad de tecnología de la información, y necesitará la aportación a nivel legal, recursos humanos y directivo. - Proveedores de servicios: las cadenas de suministro son un componente vital para los negocios y son el punto medular para la economía global. Sin embargo, los jefes de seguridad tienen una preocupación cada vez mayor por el riesgo que plantea. La información valiosa y sensible a menudo se comparte con los proveedores. Al compartirla se pierde control directo sobre ella. Esto aumenta el riesgo de que pueda llegar al dominio público. Los proveedores de servicios seguirán con la presión de los ataques dirigidos y probablemente no serán capaces de ofrecer la seguridad sobre la confidencialidad, la integridad o la disposición de los datos. Las empresas deben pensar sobre las consecuencias de que un proveedor de manera accidental, pero dañina, dé acceso a información de propiedad intelectual, de clientes o empleadores y sus planes comerciales. Los riesgos potenciales van más allá de las cadenas de producción y distribución. Se extiende a los proveedores de servicios profesionales, abogados y contadores. - Traer tu propio dispositivo: a medida que más empleados traen al trabajo sus dispositivos personales utilizan ahí aplicaciones y guardan datos en la nube; las empresas corren el peligro de que los hackers exploten los riesgos de seguridad. Estos riesgos se derivan de amenazas internas y externas, que incluyen el mal manejo del dispositivo, la manipulación externa de las vulnerabilidades del software y el despliegue de aplicaciones son pocas pruebas y no confiables de negocios. Si se permite que los empleados utilicen su propia tecnología hay que asegurar que exista un programa que permita hacerlo y que esté bien estructurado. Si se implementa mal, esa estrategia podría llevar a filtraciones accidentales ya que habrá más manejo de la información de negocio y tendrá acceso sin protección. - Compromiso del personal: las organizaciones gastan millones, si no es que miles de millones, de dólares en la
Entorno
toma de conciencia de la seguridad de información. La razón detrás de todo esto fue para que su activo más valioso -la gente- cambie su comportamiento, a través de la reducción del riesgo al proporcionarles el conocimiento de sus responsabilidades y lo que tienen que hacer. Pero hay que pasar de la sensibilización a la creación de soluciones y la integración de conductas que reduzcan el riesgo. Los peligros son reales porque la gente todavía es un "comodín". Muchas empresas ven a la gente como su mayor activo; sin embargo, no logran reconocer la necesidad de garantizar "el elemento humano". En esencia, la gente necesita convertirse en la mayor salvaguarda de la organización. Los negocios necesitan integrar actitudes positivas que terminarán siendo una manera para "detenerse y pensar", convirtiéndose en un hábito y parte de la cultura de seguridad de tecnología de información. Finalmente, las organizaciones tienen que recordar que la seguridad de la TI va más allá de la información personal y el robo de identidad. Hay secretos corporativos de alto nivel que junto con la infraestructura crítica están constantemente bajo amenaza. Las empresas de todo tamaño operan en un mundo habilitado para internet y la gestión de riesgos tradicional no es lo suficientemente ágil para lidiar con los riesgos en el ciberespacio. Sería casi imposible esperar que los negocios eviten todos los incidentes graves de seguridad. Sin embargo, cuando se adopta un enfoque realista, de amplio consenso y de colaboración para la seguridad cibernética y la resistencia, los departamentos del gobierno los reguladores, los ejecutivos y los profesionales de seguridad de TI podrán comprender mejor la verdadera naturaleza de las amenazas cibernéticas y responder rápida y apropiadamente a ellas. Esto será de máxima importancia en el próximo año y más adelante.
Fuente: Milenio.com
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Entorno
Actualidad
El ingreso de Colombia a la OCDE y los beneficios de pertenecer al selecto grupo
Colombia inició el año anterior un proceso para adherirse a la Organización para la Cooperación Económica y el Desarrollo, OCDE, lograr este objetivo, previsto para el año 2015, requiere que el país cumpla 23 requisitos en diversos aspectos como política territorial, garantías a los exportadores y para la inversión, entre otros. La misión de la OCDE es promover políticas que mejoren el bienestar de las personas en el mundo y constituye un foro en el que los gobiernos trabajan juntos, comparten experiencias y buscan soluciones para los problemas. Trabaja para comprender los factores que inciden en el cambio económico, social y ambiental, también analiza el comercio mundial y proyecta tendencias futuras. En la actualidad la organización está enfocada en restaurar la confianza en los mercados, restablecer las finanzas públicas de la salud como bases para el crecimiento económico y sostenible, fomentar nuevas fuentes de crecimiento a través de la innovación y asegurar que las poblaciones puedan desarrollar sus capacidades para ser productivos y estar satisfechos en sus trabajos. Inicialmente formaron parte de la organización 18 países europeos, Estados Unidos y Canadá, pero otros 14 han entrado a formar parte del grupo a lo largo de su historia. Popularmente conocida como el “club de los países ricos”, pues se considera que estas naciones en conjunto tienen el 80% del Producto Nacional Bruto mundial, la OCDE promueve la mayor libertad y seguridad de las inversiones foráneas en los países miembros. Para ser miembro de la OCDE, el concejo de la organización decide si inicia discusiones con un país para su adhesión y posteriormente fija los términos y las condiciones bajo las cuales éste podría pasar a formar parte del organismo. Estas condiciones están dadas en hojas de ruta que son diferentes para cada país que pretende ingresar. La Reunión del Consejo de la OCDE a nivel ministerial inició conversaciones de adhesión con Colombia en mayo del 2013 y la hoja de ruta para el país fue entregada el 19 de
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septiembre de 2013. De Latinoamérica hacen parte del selecto club, México y Chile. Uno de los principales requisitos para hacer parte de la OCDE es la liberalización de los movimientos de capitales y servicios. Colombia deberá cumplir 23 requisitos para ingresar, aunque el organismo ya emitió un concepto técnico positivo para uno de ellos en materia de otorgamiento de créditos a los exportadores, verificando las condiciones favorables en el país. Al adherirse a la organización, Colombia se compromete a no dar un trato discriminatorio a los inversionistas de los otros países miembro y a promover un desempeño adecuado por parte de los grupos de empresas multinacionales de estos países que se establezcan en la región; así el gobierno está encargado de promover una conducta socialmente responsable entre los inversionistas que lleguen a operar en Colombia y también de ofrecerles garantías para sus recursos. En la medida en que Colombia entre a formar parte de la organización y de sus comisiones podrá participar en las discusiones y definiciones de políticas, y conocer las mejores prácticas internacionales en temas económicos, sociales y ambientales y así aplicar estos aprendizajes en el territorio nacional y mejorar las normatividades y regulaciones del país. De pertenecer al organismo, Colombia tendría un estándar más alto para medir sus desempeños en temas económicos y sociales, recibiría asesorías del organismo para direccionar sus políticas públicas e influir en cambios estructurales para un mejor desempeño y la membresía representa una especie de certificación para las inversiones que se hagan en el país. Además, el hecho de cumplir los requerimientos de adhesión implica ya beneficios en temas de desarrollo urbano y rural, autonomía para el manejo de las finanzas en los entes territoriales, medición de desempeño con base en los resultados obtenidos y con mayor flexibilidad en las reglas y garantías para acceder a mayores oportunidades en el comercio. Fuente: sectorial.com (Portal financiero, económico y empresarial)
Noticia verde
Entorno
¿Cómo es vivir en las 5 ciudades más verdes del planeta? Los esfuerzos medioambientales de una ciudad, desde implantar carriles para las bicicletas hasta favorecer los mercados de agricultores locales o lograr tener el aire limpio, no sólo son una ayuda para el planeta sino también para los vecinos. Según el Índice de Ciudades Limpias de Siemens, un proyecto que lleva a cabo la Unidad de Inteligencia de la revista The Economist, las ciudades más "verdes" son las que mejor gestionan las emisiones de dióxido de carbono (CO2), el transporte público, el desecho de los residuos y, en general, los asuntos medioambientales. La BBC habló con vecinos de las ciudades más verdes para descubrir cómo se vive en ellas. Vancouver, Canadá en comparación con otras ciudades de su tamaño analizadas en el índice mencionado, Vancouver, en Canadá, obtiene buenos resultados en emisiones de CO2 y en la calidad del aire, en parte debido a los esfuerzos de la urbe por promover las energías verdes y el uso de la hidroeléctrica. Vancouver se comprometió a reducir un 33% sus emisiones de aquí a 2020. Este compromiso no sorprende a Lorne Craig, quien se mudó a la ciudad en 1985 y escribe un blog sobre cuestiones medioambientales. "Vancouver ha tenido una contracultura verde desde la década de 1960 y en todo el mundo se la reconoce por haber sido la ciudad donde nació la organización Greenpeace", explica Craig. "Las montañas presiden la ciudad. Recuerdan a todo el mundo que somos parte de algo más grande y bello", relata. Mientras otras ciudades seguían construyendo carreteras y promoviendo los automóviles y la dispersión urbana, Vancouver se mantuvo fiel a la vida en la ciudad, como muestra el desarrollo de la Isla de Granville, una península para peatones con mercados y estudios de arte. Curitiba, Brasil De todas las ciudades que figuran en el índice para Sudamérica, solo Curitiba está por encima de la media en las clasificaciones medioambientales. Tras construir uno de los primeros sistemas de autobuses urbanos del mundo en la década de 1960 y desarrollar un programa de reciclaje pionero en la década de 1980, la ciudad situada en el sur de Brasil sigue estando en la vanguardia del pensamiento verde. De hecho, la gran utilización del transporte público hace que Curitiba figure en la cumbre del índice en cuanto a calidad del aire. Sin embargo, la ciudad necesita un poco de revitalización, según Stephen Green, que se mudó a Curitiba hace 15 años desde Londres y escribe un blog sobre estilo de vida. Aunque Curitiba planea construir un sistema de metro y más de 300 kilómetros adicionales de carriles para las bicicletas, estos proyectos son caros y la ciudad necesita más financiación para poder completarlos, dice Green. Aún así, comparada con otras ciudades de la región, "Curitiba es excelente", opina Green. Copenhague, Dinamarca aunque otras ciudades escandinavas como Oslo y Estocolmo le pi-
san los talones, Copenhague sigue siendo, año tras año, la ciudad más verde de Europa. Casi todos sus habitantes viven a 250 metros como máximo del transporte público y más del 50% utilizan la bicicleta para sus desplazamientos diarios. Como resultado, Copenhague tiene unas emisiones de CO2 muy bajas para una ciudad de su tamaño. Aunque toda la ciudad es buena para las bicicletas, los distritos de Norrebro en el noroeste y de Frederiksberg en el oeste están especialmente comprometidos con este medio de transporte, explica Mia Kristine Jessen, originaria de Copenhague. "Han gastado mucho dinero para crear la Ruta Verde, un carril de nueve kilómetros para caminar e ir en bici", explica Jessen. "La Ruta Verde se hizo para ayudar a los ciclistas a moverse por la ciudad de forma rápida y fácil y disfrutando de unas vistas bonitas", añade. "Pero no se trata solo de un carril: está llena de zonas verdes, parques infantiles, bancos y distintos terrenos, así que la vista cambia en cada giro", dice Jessen. La ruta acaba en Valby, a cuatro kilómetros del centro, en un barrio popular entre las familias por sus parques, sus escuelas y la seguridad de sus calles. San Francisco, Estados Unidos San Francisco es la ciudad más verde de Estados Unidos según el índice. La ciudad tiene una larga historia de conciencia medioambiental, desde la fundación del grupo medioambiental Sierra Club en el siglo XIX. San Francisco tiene una tasa de reciclaje del 77%, una de las mayores del mundo. "Estamos rodeados de una belleza natural imponente y tenemos una historia de progresismo y amplitud de miras", dice Donna Sky, que se mudó a la ciudad desde Costa Rica hace nueve años y fundó una empresa local de producción de hummus. Muchos habitantes, además, se preocupan por la comida que compran y se esfuerzan en que sea producida en las proximidades. Por eso, muchos barrios tienen sus propios mercados de agricultores locales, cada uno con su propia personalidad. Ciudad del Cabo, Sudáfrica la segunda ciudad de Sudáfrica está haciendo los mayores avances del continente en ese sentido, en parte por sus políticas de conservación de la energía y el mayor uso de fuentes energéticas renovables. En 2008, Ciudad del Cabo empezó a utilizar energía de su primer parque eólico y pretende obtener el 10% de su energía de fuentes renovables de aquí a 2020. Estos esfuerzos están cambiando la vida en la ciudad. "Están creando nuevos carriles para las bicicletas, los mercados de agricultores locales son muy populares y los cocineros dan importancia a los ingredientes cercanos", explica Sarah Khan, que se mudó a Ciudad del Cabo desde Nueva York en 2013 y escribe un blog sobre Sudáfrica. Aun así, Khan cree que la ciudad podría hacer todavía más para mejorar el transporte público y evitar la escasez eléctrica que es cada vez más frecuente. Los habitantes de Ciudad del Cabo hacen mucha vida en la naturaleza y no temen subirse a una bicicleta para moverse de un sitio a otro. Fuente: Ecoportal.net
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Cifras e indicadores mundiales
Cifras de interĂŠs
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Cifras e indicadores mundiales
Principales indicadores económicos – 2014 Fecha último
Último dato
dato
disponible
Var. % anual
sep-14
Mensual
Var. % anual
Tasa de desempleo
Mensual
Inflación al consumidor (IPC)
Dato anterior
Un año atrás
4,19
4,28
5,69
oct-14
0,31
1,50
0,16
%
nov-14
7,71
7,86
8,48
Mensual
Var. % anual
dic-14
3,66
3,65
1,94
Diaria
Pesos
ene-09-15
$ 2,405.03
$ 2.392,46
$ 1.933,24
4,25
sep-01-14
sep-01-14*
4,50
4.25**
3,25
ene-09-15
4,42
4,32
4,06
Variable
Periodicidad
Unidades
PIB (precios constantes de 2005)
Trimestral
Índice de producción industrial (IPI) 1/
TRM (viernes) 2/ Tasas de interés Tasa de intervención DTF
Semanal
Agregados monetarios Base monetaria
Semanal
Var. % anual
dic-26-14
8,37
13,83
13,69
M3
Semanal
Var. % anual
dic-26-14
9,33
8,80
13,07
En moneda total
Semanal
Var. % anual
dic-26-14
13,31
13,37
11,54
En moneda legal
Semanal
Var. % anual
dic-26-14
13,88
13,75
12,77
En moneda extranjera 3/
Semanal
Var. % anual
dic-26-14
5,98
8,37
-2,18
Trimestral
US$ millones % PIB
sep-14
-4.975,92 -5,03
-4.110,47 -4,31
-3.662,98 -3,92
Deuda externa
Mensual
US$ millones % PIB
sep-14
98.589,74 24,89
97.594,08 24,64
90.120,30 23,90
Saldo de reservas internacionales netas
Mensual
US$ millones
dic-14
47.323,09
47.380,20
43.632,74
SPC 4/
Trimestral
% PIB
dic-13
-3,10
-0,50
-4,02
GNC
Trimestral
% PIB
jun-14
-0,10
0,10
0,95
Cartera
Sector externo Cuenta corriente
Situación fiscal: superávit (+) o déficit (-)
* Fecha de entrada en vigencia de la modificación. ** Tasa definida el 01 de Agosto de 2014.
1. Corresponde al IPI total sin trilla. 2. El dato de un año atrás corresponde al 09 de enero de 2014. El dato anterior corresponde al 02 de enero de 2015 . 3. Se excluyen las variaciones originadas por tipo de cambio. 4. SPC: Sector público consolidado. Comprende SPNF, balance cuasifiscal del Banco de la República, balance de Fogafin y costos de reestructuración del sistema financiero.
Fuente: Banco de la República
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Análisis
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Tributaria
Análisis
Este gobierno fue "capaz" de reconocer acuerdos anteriores Habíamos escrito en septiembre de 2014 lo siguiente: “Dos asuntos se propusieron juntos en la mini reforma tributaria de la Ley 1430 del 2010: 1- Eliminar de manera gradual el Gravamen a los Movimientos Financieros GMF y 2- incorporar un modelo de bancarización en forma simultánea con dicho desmonte.” Pues bien, en ese momento criticamos que se había dejado vigente el GMF por varios años más, pero no se había desmontado lo segundo en lo relacionado con las limitaciones tributarias cuando se pagan en efectivo costos y deducciones principalmente. Debemos ahora aplaudir que mediante la Ley 1739 de diciembre de 2014, éste gobierno si fue “capaz” de reconocer acuerdos anteriores e hizo la tarea completa: 1- La de comenzar a reducir la tarifa del cobro del GMF a partir del 2019, pero a su vez 2- La de comenzar a exigir una proporción de los pagos a través del sistema financiero (bancarización) para propósitos tributarios, también a partir del 2019. Aparentemente eran dos cosas desconectadas pero en realidad no lo son. Como en el 2014 no se desmontó el GMF y sí se habían mantenido las restricciones por pagos en efectivo, la Ley 1739 estableció que “el 100% de los pagos en efectivo que realicen los contribuyentes durante los años 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018 tendrán reconocimiento fiscal como costos, deducciones, pasivos o impuestos descontables en la declaración de renta correspondiente a dicho período gravable, siempre y cuando cumplan con los demás requisitos exigidos en las normas vigentes”. (Parágrafo transitorio artículo 52 Ley 1739 de 2014). Es un gran alivio para algunas transacciones que solo son posibles en efectivo, como los pagos a transportadores para sus costos de carretera, obreros de construcción, ventas masivas y ambulantes de bienes, entre otras decenas de casos, que se habían visto afectadas por no poder realizar parte importante de sus operaciones bajo el sistema financiero y que tenían en riesgo tributario una proporción importante para aceptación de costos y deducciones en el 2014. Las discusiones y los conceptos emitidos quedaron en el pasado y sin efecto alguno. Pero la amenaza se traslada para el 2019. Lo que hay que comenzar a trabajar es un reglamento que no “satanice” las transacciones en efectivo. De hecho, esta reforma tributaria en este asunto hace una precisión muy importante al establecer que “… lo dispuesto en el presente artículo solo tiene efectos fiscales y se entiende sin perjuicio de la validez del efectivo como medio de pago legítimo y con poder liberatorio ilimitado, de conformidad con el artículo 8º de la 31 de 1992.”
Fuente: Gabriel Vásquez Tristancho, socio INCP, Socio Impuestos Baker Tilly Colombia, Columnista Vanguardia Liberal. Amigo Experto INCP.
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Análisis
Tributario
La contaduría pública y los impuestos en el nuevo marco regulatorio No cabe duda que debe armonizarse con las normas vigentes sobre regulación contable la figura local de la Revisoría Fiscal RF como expresión del ejercicio profesional independiente de la contaduría pública, por cuanto demanda un nuevo enfoque de la auditoria bajo el marco conceptual del aseguramiento. La propuesta del Ministerio de Industria y Comercio es oportuna y necesaria. Sin embargo, hay un tema que deberá sí o sí incluirse y es la responsabilidad del contador público frente a las declaraciones tributarias en Colombia. Antes de aplicar el nuevo marco regulatorio ya existen inconsistencias técnicas en el ejercicio profesional en materia tributaria, en dos sentidos: 1- Lo que “certifica” es la contabilidad y no la declaración tributaria, siendo dos cosas diferentes y 2- Las mismas reglas se aplican cuando se trata del ejercicio profesional independiente, caso RF, que cuando ejerce como contador privado. El artículo 581 establece que la firma del contador “certifica” los siguientes hechos: “1- Que los libros de contabilidad se encuentren llevados en debida forma, de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados y con las normas vigentes sobre la materia y 2- Que los libros de contabilidad reflejan razonablemente la situación financiera de la empresa.” La tercera sobre aplicación de retenciones no la analizamos porque no versa estrictamente sobre información financiera. Observamos que la intención de “certificar” sobre principios de contabilidad y sobre razonabilidad de la situación financiera son trabajos propios de la auditoría independiente y no de un contador privado. Luego lo primero que debe aclarar la profesión es la responsabilidad cuando en asuntos de impuestos un contador firma una declaración tributaria en calidad de profesional independiente como lo sería el revisor fiscal y diferenciarla cuando lo hace en calidad de contador privado, por cuanto los dos compromisos son totalmente diferentes. Como independiente “dictamina” y como privado “certifica”. De hecho la acción de “certificar” se usa indiscriminadamente en el Estatuto Tributario para una cantidad de actividades que le han asignado a los contadores públicos en el pasado. Por otro lado, lo que dice “certificar” a partir del 2015 será la contabilidad oficial basada en normas internacionales de contabilidad, las cuales en su mayor parte no construyen y por tanto no explican la base fiscal. Este será un gravísimo problema para la profesión por cuanto la tendencia es tener una contabilidad bajo norma local para determinar las bases fiscales desconectada por cuatro años de NIIF. En la pasada reforma tributaria quedó por fuera el “dictamen fiscal”, de mucha utilidad sería que la profesión lo proponga, con todo el beneficio tanto para las empresas como para el recaudador. Fuente: Gabriel Vásquez Tristancho, socio INCP, Socio Impuestos Baker Tilly Colombia, Columnista Vanguardia Liberal. Amigo Experto INCP.
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Estándares internacionales
Análisis
Contrapartida - Deterioro en las Pyme Dado que, en mi opinión, no se generaron los suficientes análisis sobre los impactos que generaría la convergencia hacia los nuevos modelos contables y ni la academia ni la comunidad contable participamos activamente en el debido proceso para la construcción de la nueva regulación, sobre el camino empezamos a dimensionar los efectos que los nuevos principios de reconocimiento, medición, presentación y revelación tienen sobre las diferentes organizaciones. Quisiera referirme en esta ocasión al tema del deterioro de valor de los activos. Tanto en la NIC 36 como en la sección 27 de la NIIF para las PYMES se establece que para la medición del deterioro de valor de los activos (como propiedades planta y equipo e intangibles) debe determinarse el importe recuperable como el mayor entre el valor razonable menos los costos de venta y el valor en uso. Para el cálculo del valor en uso debe estimarse el valor presente de los flujos netos de efectivo que se esperan recibir por el uso del activo. En términos generales, cuando no sea posible determinar los flujos de efectivos individuales esperados por el uso de un activo este debe agruparse en unidades generadoras de efectivo (U.G.E.). Aunque comparto en buena medida los principios conceptuales descritos, entiendo que estos requerimientos generalmente podrían cumplirse por parte de las entidades del grupo 1, sin embargo, resulta interesante entender porque no se observan simplificaciones en este tema para las entidades del grupo 2 que podrían encontrarán estos requerimientos demasiado complejos sin suponer una mejora en la información presentada.
Desde mi experiencia con algunas pequeñas y medianas entidades colombianas, las mediciones del valor en uso de una U.G.E. pueden en muchos casos implicar la valoración de la empresa en su conjunto; por otra parte, en determinadas entidades la determinación de las U.G.E. puede no resultar evidente y en buena medida esto hará que terminen aplicandose requerimientos bastante complicados y costosos y considero que esto resulta altamente inconveniente para algunas Pyme. Por ejemplo, una propuesta que considero razonable es; no solo en los casos en donde se estime que el valor de uso no excede al valor razonable (menos los costos de venta), sino también en los casos en donde no sea posible determinar el valor en uso de los activos individualmente considerados, se utilice el valor razonable menos costos de vender como el importe recuperable, de manera que en esos casos no se requiera a las entidades la determinación ni la valoración de las U.G.E. Seguramente, los cambios en la NIIF para las Pymes que resulten del actual proceso de revisión que adelanta IASB requerirá en el mediano plazo que discutamos sobre lo adecuado de la modificación del actual decreto 3022 de 2013 para incluir tales cambios. Espero que en ese momento podamos retomar esta y otras discusiones sobre la conveniencia nacional de la NIIF para las PYMES. Fuente: César Augusto Salazar Baquero. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 1069, Noviembre 24 de 2014, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana.
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Análisis
Estándares internacionales
Contrapartida - Abordar la integridad de lo contable Está claramente establecido que los estándares emitidos por IASB regulan información financiera de propósito general y que, de acuerdo con el marco conceptual, “(…) El objetivo de la información financiera con propósito general es proporcionar información financiera sobre la entidad que informa que sea útil a los inversores, prestamistas y otros acreedores existentes y potenciales para tomar decisiones sobre el suministro de recursos a la entidad (…)”. Existen muchas otras necesidades de información que no son adecuadamente satisfechas por una información orientada a cubrir los intereses de inversionistas y prestatarios. Esto hace que se desarrollen múltiples exigencias de información financiera de propósito especial. Mediante el Decreto reglamentario 2702 de 2014, el Gobierno Nacional expidió normas para procurar “(…) que información financiera reúna condiciones veracidad, consistencia y confiabilidad necesarias la adecuada inspección, vigilancia y control (…)”. Así las cosas las EPS “(…) deberán adecuar su contabilidad y sistemas de información de tal forma que estos permitan distinguir e identificar en todo momento las operaciones propias del aseguramiento en salud, de las relacionadas con la prestación de los servicios no pos y de los planes complementarios (…)”. Consecuentemente “(…) Los representantes legales, los contadores y revisores fiscales serán responsables del cumplimiento de las disposiciones del presente artículo en el marco de sus respectivas competencias, sin perjuicio de las responsabilidades derivadas de los deberes previstos en el Código de Comercio y demás normas que rigen su actividad (…)”.
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Estas normas reiteran que el sistema de contabilidad (que se compone de los subsistemas intelectuales y los subsistemas documentales) tiene que responder a exigencias que van más allá de las que implican los estándares internacionales de información financiera. Las normas mencionadas también confirman la responsabilidad de los representantes legales, contadores y revisores por la estructura y funcionamiento del sistema contable y no solamente por la información contable que se difunda. Ya son varias las normas legales colombianas que imponen la contabilidad separada de ciertas actividades, con el objeto de hacer posible su correcta inspección, vigilancia y control. Estas disposiciones complementan la exigencia de emitir información sobre los segmentos de operación (NIIF 8) por cuya virtud “(…) Una entidad revelará información que permita que los usuarios de sus estados financieros evalúen la naturaleza y los efectos financieros de las actividades de negocio que desarrolla y los entornos económicos en los que opera. (…)”. Las escuelas de contabilidad, de pregrado y posgrado, deben abordar la integridad de lo contable y no solamente las reglas que gobiernan la información financiera de propósito general.
Fuente: Hernando Bermúdez Gómez. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 1131, Enero 05 de 2015, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana.
Contable
Análisis
Contrapartida - Postconflicto y contabilidad II ¿Puede la disciplina contable hacer propuestas para ambientes propios de la post negociación en Colombia? más allá de la vertiente contable que se tenga para definirla, identificar su objeto o proponer su alcance, hay algunas preguntas que pueden contribuir a alimentar posibles respuestas a esta pregunta. A continuación y solo como ejemplo, formularé algunos interrogantes en diversos campos de actuación contable que podrían constituirse en insumos iniciales y contribuciones al postconflicto (post negociación) en Colombia: ¿Las estructuras fiscales del país generan equidad? ¿Cuál debe ser la lógica fiscal para financiar una sociedad de la post negociación que contribuya a resolver necesidades latentes de equidad? Sin duda el tema fiscal es prioritario para la transformación social que el país requiere. En esta área una mirada de lo contable menos centrada en los procedimientos tributarios y más desde concepciones de política fiscal tendrían mucho que decir y aportar. ¿Pueden los estados financieros contribuir a evidenciar las condiciones de negociación que se dan entre empresa y otros actores que convergen en su gestión como los trabajadores, proveedores, Estado, medio ambiente? La contabilidad financiera puede contribuir a retomar un debate en torno a si las cifras contables son también el reflejo de la manera como se relaciona la empresa con los distintos actores e intereses que convergen en la empresa. Es necesario reflexionar además acerca de si el entendimiento de transparencia solo se extiende a las lógicas de mercado y
a las necesidades de los proveedores de capital, usuarios centrales de la contabilidad estandarizada. En otros ámbitos vale la pena plantear asuntos como ¿Son los informes de responsabilidad social una contribución a la transformación de las inequidades sociales que requiere la sociedad de la post negociación? o ¿Son solamente una estrategia más para maximizar el valor de los accionistas y que contribuyen a legitimar la acción empresarial, sin que alteren las realidades sociales de los actores que convergen en su gestión? ¿Las eficiencias en costos que logran las empresas hoy en día se traducen realmente en precios menores que mejoren la calidad de vida de los consumidores? ¿Los efectos de los fraudes económicos solo son económicos? ¿Solo afectan a los propietarios? Estas y otras muchas preguntas podrían ser abordadas por la contabilidad y la investigación y la enseñanza en torno a ella, y que pueden ser útiles y pertinentes en escenarios de post negociación. La labor de lo universitario, más allá de la disciplina o la profesión que la convoque, no puede limitarse a la capacitación para el mundo laboral, debe ser también una constante reflexión y construcción para mantener activa la conciencia de la sociedad.
Fuente: Gabriel Rueda Delgado. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 1078, Diciembre 01 de 2014, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana.
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Análisis
Auditoría
Contrapartida - La auditoría estatutaria Aunque originalmente el tener auditoría estatutaria fue una decisión voluntaria de los dueños de las sociedades (tipo de organización para la que se concibió dicha auditoría), posteriormente las leyes consagraron la obligación de proveer ese cargo. En unas legislaciones la citada obligación se estipuló en protección de los eventuales socios, es decir, respecto de sociedades emisoras de acciones. En otras ese deber se instituyó para proteger a los socios actuales frente a los posibles comportamientos indebidos de los administradores. Con el tiempo las legislaciones adoptaron ambos criterios. Al dejar de ser voluntaria y convertirse en obligatoria, la auditoría estatutaria pasó a ser una institución de orden público. Con todo, las sociedades no obligadas mantuvieron la posibilidad de dotar a las entidades del funcionario en mención. Así se habló de la auditoría obligatoria y de la auditoría potestativa. El derecho societario se ha mantenido en evolución. En cierto momento de su recorrido optó por la protección de las minorías. Este enfoque penetró prácticamente todas las legislaciones nacionales e internacionales. Una manifestación de esta estrategia fue facultar a una minoría de asociados para forzar el nombramiento de un auditor estatutario. Esto es lo que en nuestro derecho societario se encuentra en el numeral 3° del artículo 203 del Código de Comercio, por virtud del cual deberán tener revisor fiscal “Las sociedades en las que, por ley o por los estatutos, la administración no corresponda a todos los socios, cuando así lo disponga cualquier número de socios excluidos de la administración que representen no menos del veinte por ciento del capital.”. De
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esta manera se conformaron tres categorías de auditoría estatutaria: la obligatoria, la potestativa (que tiene su origen en la minoría) y la meramente potestativa (que corresponde a los casos en que el cargo se organiza voluntariamente). El Proyecto de Ley “Armonización para la aplicación de normas de información financiera y de aseguramiento de la información” parafrasea el numeral trascrito, introduciéndole pequeños cambios que, finalmente, circunscriben esta facultad a organizaciones en las que haya “asociados”. Una vez extendida la revisoría fiscal a todo tipo de entidades, es necesario despojarla de su referencia genética al derecho de societario. Esto no lo logra la propuesta del Gobierno. Las entidades no societarias, en un principio o corporaciones o fundaciones, son hoy una multitud de instituciones, muchas de ellas con reglas legales propias, la gran mayoría de las cuales no tienen asociados pero, en cambio, todas tienen administradores. El diseño, implantación y supervisión de mecanismos para enfrentar la posición privilegiada de los administradores y el altísimo riesgo de que ellos obren inapropiadamente, es una de las prioridades del derecho societario moderno y de las políticas de buen gobierno (mal llamadas gobierno corporativo). Si se aprobare el nombrado proyecto del gobierno ¿mantendremos nuestras defensas o las habremos debilitado? Fuente: Hernando Bermúdez Gómez. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 1056, Noviembre 18 de 2014, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana.
Auditoría
Análisis
Contrapartida - Transparencia del trabajo de auditoría Todo parece indicar que este año terminará el proceso de revisión de las normas de aseguramiento respecto del dictamen o informe sobre los estados financieros. Culminará así la serie de actividades que comenzó en el año 2006. Son más de ocho años de investigaciones, estudios, consultas y reflexiones. Desde un principio fue claro que existía “(…) evidence of strong demand by investor and user communities for change in auditor reporting (…)”. En nuestro país se ha censurado repetidamente que los dictámenes respondan a un formato que según se dice de año a año solo cambia de fecha. Se anuncia que se expedirán las ISA 260, 570, 700, 701, 705 y 706 y, posteriormente, se promulgarán las ISA 800, 805 y 810. Como es de rigor, se ajustarán las otras normas para armonizarlas con las nuevas disposiciones. La ISA 701 tratará de la revelación de los principales asuntos considerados durante la auditoría. “(…) The purpose of communicating key audit matters is to enhance the communicative value of the auditor’s report by providing greater transparency about the audit that was performed (…)”. Según este nuevo estándar “(…) Key audit matters—Those matters that, in the auditor’s professional judgment, were of most significance in the audit of the financial statements of the current period. Key audit matters are selected from matters communicated with those charged with governance. (…)”. La norma argumenta: “(…) Communicating key audit matters provides additional information to intended users of the financial statements to assist them in understanding
those matters that, in the auditor’s professional judgment, were of most significance in the audit of the financial statements of the current period. Communicating key audit matters may also assist intended users of the financial statements in understanding the entity and areas of significant management judgment in the audited financial statements. (…)”. En muchas ocasiones los auditores se enfrentan a operaciones estructuradas para lograr ciertos efectos contables. Se produce un forcejeo con la administración, la cual, regularmente, se refugia en argumentos jurídicos. Bajo las nuevas normas de contabilidad estas situaciones aumentarán. También son frecuentes las tensiones con los preparadores con relación a las estimaciones de pérdidas. Los administradores suelen tener un criterio laxo que evita ciertos cargos que afectarían las utilidades. En ciertos casos el auditor enfrenta el sesgo de los preparadores sobre las cifras de las cuales depende su evaluación del desempeño y las consecuentes recompensas. Indudablemente hay varios “asuntos de auditoría claves” cuya revelación será de gran utilidad para los usuarios de los estados financieros, principalmente los inversionistas y las autoridades de supervisión. Además, como se pretende, aumentará la transparencia sobre el trabajo realizado.
Fuente: Hernando Bermúdez Gómez. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 1134, Enero 05 de 2015, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana.
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Normatividad
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Normatividad Encuentre en nuestro portal web, haciendo clic sobre el enlace indicado, la siguiente información destacada del mes.
Contable Entidad: Contaduría General de la Nación Norma: Se modifica el manual de procedimientos contables del régimen de contabilidad pública Descripción: Ya que se hace necesario establecer un procedimiento contable que contemple los hechos económicos propios de las entidades responsables del pasivo pensional, haciendo modificaciones al Catálogo General de cuentas que sean pertinentes para su aplicación, se determinó crear unas subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas. Regulación: Resolución 633 / 19-12-2014 / Contaduría General de la Nación. Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: Tratamiento de cuotas extraordinarias percibidas por una propiedad horizontal como ingreso diferido Descripción: El CTCP señala que de acuerdo a lo establecido en el Decreto 2649 de 1993 y los nuevos marcos normativos, si una entidad de propiedad horizontal recibe cuotas extraordinarias para la realización de nuevas obras o mejoras en la copropiedad y los recursos recibidos no cumplen los requisitos para ser reconocidos como ingresos ordinarios de la copropiedad, pero la administración concluye, sobre la base de la información disponible, que estas obras deben ser reconocidas como activos de la copropiedad, lo más útil es registrar los recursos recibidos como un ingreso diferido, de tal forma que la amortización futura de esta partida compense en el resultado los gastos reconocidos por la amortización o depreciación de los activos. Regulación: Concepto 286 / 05-11-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: El tratamiento contable de las donaciones en especie y en efectivo Descripción: El CTCP señala que en la NIIF para PYMES no existe un tratamiento específico sobre donaciones, sin embargo, de acuerdo con lo establecido en el párrafo 10.4 de ésta norma, si la NIIF no trata específicamente una transacción, u otro suceso o condición, la gerencia de una entidad utilizara su juicio para desarrollar y aplicar una política contable que dé lugar a información que sea relevante y fiable. Del mismo modo el párrafo 10.5 y 10.6 establece la jerarquía en la aplicación del juicio profesional. De acuerdo con esto las donaciones podrán tener el tratamiento establecido en el párrafo 24.4 de la sección 24 “Subvenciones del Gobierno” de la NIIF para las Pymes. Regulación: Concepto 144 / 04-11-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: Tratamiento contable del factoring con y sin recurso Descripción: El CTCP señala que los intereses incurridos
por el factor en las operaciones de financiación por las negociaciones de cartera, conceptualmente constituyen un costo del desarrollo de la actividad, si bien contablemente se registran como un gasto del periodo, dado que no cumplen los criterios para su capitalización. Regulación: Concepto 579 / 31-10-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
Estándares Internacionales Entidad: Superintendencia Financiera de Colombia Norma: SuperFinanciera imparte una serie de instrucciones para la correcta aplicación de las NIIF que rigen a partir del 1 de enero de 2015 Descripción: Entre otras la Superintendencia Financiera señaló que a fin de facilitar la adecuada implementación de las NIIF específicamente en las Sociedades Comisionistas de Bolsa de valores que reportan información financiera relacionada con el patrimonio técnico y relación de solvencia a dispuesto en su página web los correspondientes instructivos y formatos NIIF así como también se publicaran en la misma las validaciones de cada uno de los formatos. Regulación: Circular Externa 43 / 26-12-2014 / Superintendencia Financiera de Colombia. Entidad: Superintendencia Financiera de Colombia Norma: Instrucciones para la adopción de las NIIF en 2015 Descripción: De acuerdo con el cronograma establecido en el artículo 3 del Decreto 2784 de 2012 y el artículo 3 de la Resolución 743 de 2013 se previó que la aplicación de las NIIF inicia a partir del 1 de enero de 2015, resulta necesario ajustar algunos de los formatos establecidos por la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC), mediante los cuales las entidades sujetas a inspección, vigilancia y control reportan información financiera. Así las cosas, esta Superintendencia en ejercicio de sus facultades, consideró necesario impartir una serie de instrucciones, las cuales se encuentran referenciadas en el presente documento. Regulación: Circular Externa 37 / 12-12-2014 / Superintendencia Financiera de Colombia. Entidad: Superintendencia Financiera de Colombia Norma: Tratamiento de las diferencias netas positivas y/o negativas que se generen en la aplicación por primera vez de las NIIF Descripción: Ahora bien, teniendo en cuenta que la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) debe velar porque las entidades sujetas a su vigilancia cuenten con niveles adecuados de capital que salvaguarden su solvencia, en relación con los riesgos que asumen, y garanticen el cumplimiento de sus obligaciones frente a los consumidores financieros, es necesario anticipar los impactos patrimoniales que se puedan presentar con ocasión de la aplicación de las NIIF, con el propósito de evitar que se afecte la observancia de los requerimientos prudenciales de patrimonio técnico, del capital mínimo requerido para operar, así como de los demás controles de ley.
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Normatividad Regulación: Circular Externa 36 / 12-12-2014 / Superintendencia Financiera de Colombia. Entidad: Superintendencia de la Economía Solidaria Norma: SuperSolidaria concede último plazo a microempresas para entregar reportes ESFA Descripción: Según la Circular Externa 012 de 2014 todas las organizaciones clasificadas en el Grupo 3, deben presentar obligatoriamente el Estado de Situación Financiera de Apertura (ESFA). La medida cubre a las organizaciones solidarias con menos de diez trabajadores, régimen simplificado, activos totales excluidas la vivienda por valor inferior a quinientos (500) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV) e ingresos brutos anuales inferiores a 6.000 SMMLV. Regulación: Circular Externa 12 / 20-11-2014 / Superintendencia de la Economía Solidaria. Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: Tratamiento contable de activos disponibles para la venta en entidades que aplican NIIF para Pymes Descripción: La NIIF para las Pymes no contempla un rubro para los activos disponibles para la venta, razón por la cual se deben registrar y presentar en los estados financieros en el rubro en el que se reconocieron inicialmente y revelarse en las notas a los estados financieros. Debe tener en cuenta también que de acuerdo con lo establecido en el párrafo 17.20 de la NIIF para las Pymes “(…) La depreciación de un activo cesa cuando se da de baja en cuentas. La depreciación no cesará cuando el activo esté sin utilizar o se haya retirado del uso activo, a menos que se encuentre depreciado por completo”. En conclusión, deberá continuarse con el reconocimiento de la depreciación a menos que el activo este totalmente depreciado. Regulación: Concepto 194 / 18-11-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: Tratamiento contable de los instrumentos financieros teniendo en cuenta la NIIF para Pymes Descripción: El CTCP señala que de acuerdo al párrafo 11.20 de la NIIF para Pymes la entidad calculará el valor presente de todos los flujos estimados del instrumento financiero, utilizando la tasa de interés efectiva del instrumento y se ajustará el importe en libros del activo o pasivo financiero y reconocerá la diferencia como ingreso o gasto en el estado de resultados. Se debe tener en cuenta que la diferencia que se presente entre el valor de los flujos de efectivo esperados y el valor de la cuenta por cobrar, se debe llevar al resultado del ejercicio sistemáticamente contra la cuenta por cobrar como un ingreso financiero y en caso de presentarse el pago por anticipado de la cuenta por cobrar, se debe reconocer la diferencia entre esta y el valor pagado, en el resultado del ejercicio. Regulación: Concepto 253 / 18-11-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: El cálculo de las provisiones para fondos de empleados se debe hacer de acuerdo a los modelos dictados por la SuperSolidaria o según lo establecido en las NIIF Descripción: El CTCP señala que de acuerdo a lo establecido en el Decreto 3022 de 2013, las entidades que deben
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aplicar las NIIF para pymes, deben evaluar el deterioro de valor en los instrumentos financieros que se midan a costo o costo amortizado, aplicando lo indicado en el párrafo 11.25. De esta manera, dichas entidades deberán cumplir lo establecido en las Normas de información financiera para pymes, ya que no existe una excepción al decreto que permita utilizar modelos establecidos por la Superintendencia de la Economía Solidaria. Regulación: Concepto 417 / 13-11-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
Tributario Entidad: DIAN Norma: Nuevas condiciones para el procedimiento para ser calificado como gran contribuyente Descripción: Se modifica la Resolución número 000027 del 23 de enero de 2014. Cada 2 años fiscales la Subdirección de Gestión de Recaudo y Cobranzas realizará un estudio de los contribuyentes de acuerdo con los criterios señalados en el artículo 562 del Estatuto Tributario, las condiciones fijadas en el artículo 1º de la presente resolución y la información suministrada por la Subdirección de Gestión y Asistencia al Cliente y las Direcciones de Gestión Organizacional y de Fiscalización. Regulación: Resolución 254 / 11-12-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Entidad: DIAN Norma: Las sucesiones causadas por los residentes en el país están sujetas al impuesto sobre la renta y complementarios Descripción: Las personas naturales, nacionales o extranjeras, residentes en el país y las sucesiones ilíquidas de causantes con residencia en el país en el momento de su muerte están sujetas al impuesto sobre la renta y complementarios concerniente a sus rentas y ganancias ocasionales, tanto de fuente nacional como de fuente extranjera, y a su patrimonio poseído dentro y fuera del país. Regulación: Concepto 64367 / 27-11-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Entidad: DIAN Norma: ¿En qué casos se produce la sanción por inexactitud? Descripción: Constituye inexactitud sancionable en las declaraciones tributarias, la omisión de ingresos, de impuestos generados por las operaciones gravadas, de bienes o actuaciones susceptibles de gravamen, así como la inclusión de costos, y, en general, la utilización en las declaraciones tributarias, o en los informes suministrados a las oficinas de impuestos, de datos o factores falsos, equivocados, incompletos o desfigurados, de los cuales se derive un menor impuesto a saldo a pagar, o un mayor saldo a favor para el contribuyente o responsable igualmente, constituye inexactitud, el hecho de solicitar compensación o devolución, sobre sumas a favor que hubieren sido objeto de compensación o devolución anterior.
Normatividad Regulación: Concepto 64370 / 27-11-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Entidad: DIAN Norma: Las personas naturales no son sujetos pasivos del impuesto sobre la renta para la equidad Descripción: Serán contribuyentes del impuesto sobre la renta para la equidad CREE “quienes no hayan sido previstos en la ley corno sujetos pasivos”. Así las cosas, las personas naturales no fueron incluidas expresamente por la ley 1607 de 2012, en consecuencia no son sujetos pasivos del mismo y tampoco tienen la calidad de autorretenedores. No obstante no ser sujetos pasivos, las personas naturales empleadoras pueden beneficiarse con la exoneración de aportes parafiscales. Regulación: Concepto 64324 / 26-11-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Entidad: DIAN Norma: Solo pueden depreciarse los activos fijos que sean usados para la generación de la renta del contribuyente Descripción: Son deducibles cantidades razonables por la depreciación causada por desgaste o deterioro normal o por obsolescencia de bienes usados en negocios o actividades productoras de renta, equivalentes a la alícuota o suma necesaria para amortizar el ciento por ciento (100%) de su costo durante la vida útil de dichos bienes, siempre que estos hayan prestado servicio en el año o período gravable de que se trate. Regulación: Concepto 61706 (100208221 1207) / 05-112014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Entidad: DIAN Norma: No son constitutivos de costo los pagos que se realicen a personas naturales o jurídicas en funcionamiento en paraísos fiscales Descripción: Proponer que los pagos o abonos en cuenta realizados a personas naturales, jurídicas o a cualquier otro tipo de entidad que se encuentre constituida, localizada o en funcionamiento en paraísos fiscales y que no se consideren ingresos de fuente nacional para su beneficiario son susceptibles de constituir costo o deducción, ya que sobre los mismos no es menester practicar la retención en la fuente, contraría arbitrariamente lo presentado por la normatividad vigente. Regulación: Concepto 61051 / 29-10-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Entidad: DIAN Norma: Solo pueden depreciarse los activos fijos que sean usados para la generación de la renta del contribuyente Descripción: La publicidad contratada por Internet con empresas extranjeras no está sujeta al impuesto sobre la renta. Siendo similar la pauta publicitaria en televisión internacional con la pauta publicitaria contratada por una empresa Colombiana con otra extranjera sin domicilio en el país para que por Facebook en internet, u otra página internacional, se inserte y origine su publicidad desde el exterior para Colombia, se dan los elementos fácticos para no considerar los ingresos percibidos por la empresa extranjera como de fuente nacional, por tanto no estarían sujetos a la retención en la fuente a título del impuestos sobre la renta. Regulación: Concepto 57318 / 06-10-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Entidad: DIAN Norma: ¿Cómo se debe realizar el descuento de las inversiones ambientales del valor de la renta anual? Descripción: Es requisito necesario para que un contribuyente persona jurídica puede deducirse anualmente de su renta al valor de las inversiones ambientales que haya realizado, que cuente previamente a aplicarse este beneficio con la acreditación que efectúe la autoridad ambiental respectiva, en la cual deberán tenerse en cuenta los beneficios ambientales directos asociados a dichas versiones. Por lo tanto, no es viable legalmente que un contribuyente persona jurídica pueda deducirse anualmente de su renta el valor de las inversiones ambientales que haya realizado, si previamente a la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta del año gravable que corresponda, esto es, en la que se solicite la deducción, no cuenta con la acreditación que efectúe la autoridad ambiental respectiva. Regulación: Concepto 57098 / 29-09-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Entidad: DIAN Norma: Todos aquellos bienes utilizados para la prestación de diferentes servicios son considerados como bienes de capital Descripción: Se entiende como bienes de capital, aquellos bienes tangibles depreciables que no se enajenen en el giro ordinario del negocio, utilizados para la producción de bienes o servicios y que a diferencia de las materias primas e insumos no se incorporan a los bienes finales producidos ni se transforman en el proceso productivo, excepto por el desgate propio de su utilización. En esta medida, se consideran bienes de capital la maquinaria y los equipos de informática, de comunicaciones y de transporte, cargue y descargue; adquiridos para la producción industrial y agropecuaria y para la prestación de servicios. Regulación: Concepto 55629 (100208221 1002) / 22-092014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Entidad: DIAN Norma: Pensiones otorgadas en enero de 1994 y 1997 no estarán sujetos a retención en la fuente Descripción: El pago de pensiones y reajustes que correspondan a mesadas debidas a un pensionado anteriores a 1997, y posteriores al 1º de enero de 1994 por ley están exentos y no están sometidos a retención en la fuente. Al pago de pensiones que correspondían a mesadas o reajustes anteriores 1994, se le aplicará el tratamiento según corresponda de acuerdo a la legislación que en se momento le sea o le haya sido favorable. Regulación: Concepto 54750 / 15-09-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Comercial Entidad: Superintendencia de Sociedades Norma: El aumento o disminución del capital social se hará con base en la reforma estatutaria que se haga
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Normatividad Descripción: El capital social será fijado de manera precisa, pero podrá aumentarse o disminuirse en virtud de la reforma estatutaria; ello equivale a decir, que dicha medida deberá someterse a consideración del máximo órgano social en los términos y condiciones previstos en los estatutos, o en su defecto en la ley en cuanto a convocación y quórum; es de anotar que el artículo 29 de la Ley en mención, en lo que a estas sociedades se refiere, únicamente se limita a indicar que la determinación respectiva ha de constar en documento privado inscrito en el registro mercantil. Regulación: Concepto 220232033 / 24-12-2014 / Superintendencia de Sociedades. Entidad: Superintendencia de Sociedades Norma: La presunción de subordinación se da una vez rectificado que la sociedad posee el 100% del capital de una SAS Descripción: La sociedad que posee el 100% del capital de una SAS estaría incursa, en principio, en la primera de las presunciones de subordinación del artículo 261 del Código de Comercio, esto es, ser propietaria de más del 50% de su capital, lo cual generaría la consecuente obligación de declaratoria e inscripción del control, en los términos del artículo 30 de la Ley 222 de 1995; no obstante, dado que el control es definido por la Ley como el sometimiento del poder de decisión de una sociedad a la voluntad de otra u otras personas, las presunciones de subordinación del mencionado artículo pueden desvirtuarse a través de la prueba de que, no obstante encontrarse la sociedad en alguna de las situaciones previstas en éste, no existe tal sometimiento. Regulación: Concepto 220220863 / 11-12-2014 / Superintendencia de Sociedades. Entidad: Superintendencia de Sociedades Norma: El representante legal será el llamado a adoptar las medidas para los liquidadores de las sociedades Descripción: A los liquidadores les asiste el deber de actuar conforme a principios generales de conducta, tales como la buena fe y la diligencia del buen hombre de negocios, los que deberán aplicar durante todo el ejercicio de su labor, como lo sería el de tener por lo menos una cuenta bancaria a nombre de la compañía y bajo la cual deben surtirse los movimientos de ingresos y egresos de los negocios sociales, con independencia de aquellas cuentas pertenecientes al representante legal, de tal manera que si hubiere a su favor reembolsos correspondientes por ejemplo a contribuciones públicas que la compañía pagó de más, estas a juicio de esta oficina, habrán de consignarse en la cuenta de la empresa social. Regulación: Concepto 220209690 / 09-12-2014 / Superintendencia de Sociedades. Entidad: Superintendencia de Industria y Comercio Norma: ¿Qué se entiende como la utilización ilegal de una marca? Descripción: Dentro de la normatividad se entiende el uso ilegítimo de marcas en los casos en que; se aplica o coloca a marca o un signo distintivo idéntico o semejante sobre productos para los cuales se ha registrado la marca; sobre productos vinculados a los servicios para los cuales ésta se ha registrado; o sobre los envases, envolturas, embalajes o acondicionamientos de tales productos; se suprima o modifique la marca con fines comerciales, después de que se
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hubiese aplicado o colocado sobre los productos para los cuales se ha registrado la marca; fabricar la marca con fines comerciales, después de que se hubiese aplicado o colocado sobre los productos para los cuales se ha registrado la marca; usar en el comercio un signo idéntico o similar a la marca respecto de cualesquiera productos o servicios, cuando tal uso pudiese causar confusión o un riesgo de asociación con el titular del registro. Regulación: Concepto 235299 / 05-12-2014 / Superintendencia de Industria y Comercio. Entidad: DIAN Norma: Mediante un escrito podrá solicitarse la devolución de los saldos a favor Descripción: Cuando se efectúen retenciones por concepto del impuesto sobre la renta y complementarias, en un valor superior al que ha debido efectuarse el agente retenedor podrá reintegrar los valores retenidas en exceso o indebidamente, previa solicitud escrita del afectado con la retención, acompañada de las pruebas cuando a ello hubiere lugar. Regulación: Concepto 63042 / 18-11-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Entidad: Superintendencia de Sociedades Norma: ¿Qué función cumple el controlante de un grupo empresarial? Descripción: El Controlante, sea persona natural o jurídica, estará obligada a declarar la situación de control y/o de grupo empresarial, dentro del plazo para ese fin previsto, seguido a esto la matriz o controlante, además de preparar y presentar estados financieros de propósito general individuales, deberá preparar y difundir estados financieros de propósito general consolidados que presenten la situación financiera, los resultados de las operaciones, los cambios en el patrimonio, así como los flujos de efectivo de la matriz o controlante y sus subordinados o dominados, como si fuesen los de un solo ente. Regulación: Concepto 220188081 / 11-11-2014 / Superintendencia de Sociedades. Entidad: Superintendencia de Sociedades Norma: ¿Se puede disponer de la reserva legal de una sociedad convertida en acciones simplificada? Descripción: Cabe resaltar que desde la promulgación de la Ley 1258 de 2008, por la cual se creó la denominada sociedad por acciones simplificada. Así las cosas, una vez efectuada una transformación de una sociedad al tipo de las S.A.S. la obligación de mantener la reserva legal que venía operando en la sociedad antes de formalizarse la reforma estatutaria, desaparece, salvo, que en los nuevos estatutos sociales se consagre; teniendo en cuenta esto, de no haberse pactado en los estatutos, la citada reserva, bien puede el máximo órgano social de la compañía, reunido conforme las normas legales y estatutarias pertinentes, proceder a distribuirla a los asociados, sin que exista plazo para ejecutarla. Regulación: Concepto 220173751 / 21-10-2014 / Superintendencia de Sociedades. Entidad: Superintendencia de Sociedades Norma: ¿Qué medios se tienen para dirimir un conflicto societario? Descripción: Cualquier conflicto o controversia de tipo societario, se puede hacer uso del centro de conciliación
Normatividad de la Superintendencia de Sociedades o de la solicitud de investigaciones administrativas, a tono con presupuestos prescritos en el artículo 152 del Decreto 019 de 2012, en concordancia con lo dispuesto en parágrafo primero del el numeral 5 del artículo 24 del Código General del Proceso. Adicionalmente también está abierta la posibilidad de dirimir, el conflicto societario, cuando cualquiera de las partes suscriptoras de un Pacto Arbitral, pueda acudir al Centro de las dos modalidades del pacto son; la cláusula compromisoria y el compromiso. Regulación: Concepto 220174064 / 21-10-2014 / Superintendencia de Sociedades.
Laboral Entidad: Ministerio de Trabajo Norma: Nuevo ajuste pensional para la vigencia del año en curso Descripción: Para efectos del reajuste pensional que se debe efectuar en el presente año, este Despacho precisa los aspectos a tener en cuenta; entre los cuales se indica el IPC certificado por el DANE para el año 2014 el cual fue de del 3,66% con base en el cual se establecieron los reajustes pensionales tal cual se evidencia en la presente circular. Regulación: Circular 1 / 08-01-2015 / Ministerio de Trabajo. Entidad: Ministerio de Trabajo Norma: En consecuencia de la consensualidad el contratante y el empleador pueden llegar a acuerdos mutuos para modificar el contrato Descripción: Al ser el contrato de trabajo un acto jurídico celebrado por el empleador y el trabajador de manera consensual, las partes estarán facultadas para convenir la índole del trabajo, las funciones y labores a desempeñar, las condiciones para su desempeño, el sitio en donde ha de realizarse, la cuantía, la forma de remuneración, los períodos que regulen su pago y demás condiciones laborales. En virtud de dicha consensualidad, puede considerarse que tanto empleador como trabajador tienen la posibilidad de llegar a mutuos acuerdos, siempre que no contraríen la ley ni desconozcan los mínimos establecidos en la legislación laboral. Regulación: Concepto 222178 / 30-12-2014 / Ministerio de Trabajo. Entidad: Ministerio de Trabajo Norma: ¿Qué aspectos se deben cumplir para el reconocimiento de la licencia de maternidad? Descripción: Para que proceda el reconocimiento y pago de la licencia de maternidad, además del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 21 del Decreto 1804 de 1999, la trabajadora dependiente deberá haber cotizado en forma ininterrumpida, durante todo el período de gestación; en caso contrario, la EPS no podrá efectuar el reconocimiento y pago de dicha prestación, evento en el cual, el pago de la licencia de maternidad, tratándose de trabajadores dependientes, estará a cargo del empleador.
Regulación: Concepto 222822 / 23-12-2014 / Ministerio de Trabajo Entidad: Ministerio de Trabajo Norma: Hasta el 2024 se amplió vigencia de las pensiones especiales para las actividades de alto riesgo Descripción: El Ministerio de Trabajo analizando los estudios realizados y teniendo en cuenta que las actividades catalogadas como de alto riesgo para la salud del trabajador descritas en el artículo 2° del Decreto 2090 de 2003, continúan siendo un riesgo para la disminución de la expectativa de vida saludable acogió la recomendación emitida por el Consejo Nacional de Riesgos Laborales y en consecuencia, procedió a ampliar la vigencia del régimen de pensiones especiales para las actividades de alto riesgo previstas en el Decreto 2090 de 2003, hasta el 31 de diciembre de 2024. Regulación: Decreto 2655 / 17-12-2014 / Ministerio de Trabajo. Entidad: Ministerio de Trabajo Norma: El sector de construcción el más multado por el Ministerio del Trabajo por el incumplimiento de la ley laboral en seguridad y salud Descripción: Por violación a la Ley laboral, el Ministerio del Trabajo ha realizado 89 sanciones al sector de la construcción por mil 275 millones de pesos. Entre enero y octubre de este año, las sanciones ejecutoriadas han sido por violación a las normas de seguridad y salud en el trabajo, higiene y seguridad industrial; por accidentes de trabajo mortales; por evasión y elusión al Sistema de Riesgos Laborales y por no atención a los requerimientos de la Cartera Laboral. Así mismo, entre las acciones de inspección, vigilancia y control que adelanta el Ministerio se registran incumplimientos por el no pago al Sistema de Pensiones y por violación a la convención colectiva. Regulación: Comunicado de Prensa 90 / 17-12-2014 / Ministerio de Trabajo. Entidad: Ministerio de Trabajo Norma: Mintrabajo exhorta a los sectores laborales la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo Descripción: El Ministerio del Trabajo, en aras de disminuir la cifra de accidentalidad laboral, recuerda la obligación que desde hace cinco meses tienen los empleadores de implementar el nuevo Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Dado que este sistema obliga a realizar un reconocimiento permanente de las condiciones de trabajo que inciden en el bienestar, la seguridad y la salud de los trabajadores, permitiendo realizar las acciones de mejora con oportunidad. Regulación: Comunicado de Prensa 88 / 10-12-2014 / Ministerio de Trabajo. Entidad: Ministerio de Trabajo Norma: Las prestaciones económicas no se pueden reconocer si no se realizó el reporte al IBC del trabajador afiliado Descripción: En el Sistema General de Seguridad Social en Salud no pueden reconocerse prestaciones económicas sobre ingresos o emolumentos que no fueron reportados en el IBC del trabajador afiliado, se concluye que las incapacidades temporales de origen común se liquidarán tomando el valor del IBC reportado, de manera que, si el trabajador
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Normatividad cotizó sobre el 70% del salario integral, según lo ordena la Ley, será éste el que se reconozca y pague a título de incapacidad temporal. En tales eventos, es preciso tener en cuenta que a partir del tercer (3) día de incapacidad y hasta por 180 días, el reconocimiento y pago de las incapacidades corresponderá a la Empresa Promotora de Salud EPS, así: Las (2/3) partes del salario, esto es, el 66%, durante los noventa días y la mitad del salario, es decir, el 50%, por el tiempo restante, según lo dispone el Artículo 227 del Código Sustantivo del Trabajo. Regulación: Concepto 159801 / 16-09-2014 / Ministerio de Trabajo.
Aduanero Entidad: Congreso de la República Norma: Se aprueba el acuerdo de libre comercio entre la República de Colombia y la República de Corea Descripción: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1ºde la Ley 7ª de 1944, el “Acuerdo de Libre Comercio entre la República de Colombia y la República de Corea” firmado en Seúl, el 21 de febrero de 2013, obligará a la República de Colombia a las partes a cumplir lo convenido en pro del libre comercio entre naciones. Regulación: Ley 1747 / 26-12-2014 / Congreso de la República. Entidad: Ministerio de Comercio Industria y Turismo Norma: Emitida la reglamentación para la administración del contingente de importación de algunos alimentos procedentes de Canadá en consecuencia del TLC firmado con este país Descripción: El Ministerio de Comercio, Industria y Comercio procedió a informar a los interesados sobre las resoluciones emitidas en lo referente a la reglamentación y administración para el año de 2015, para los contingentes de importación bovina, frijol y carne de porcino originarios de Canadá, respectivamente establecidos para el quinto año calendario para la entrada en vigor del Acuerdo de Libre Comercio entre Colombia y Canadá. Regulación: Circular 39 / 26-12-2014 / Ministerio de Comercio Industria y Turismo. Entidad: DIAN Norma: Prohibiciones de control aduanero y cambiario de los viajeros que arriban al país o salen de él Descripción: Se debe precisar con absoluta claridad, qué la prohibición consiste en operar establecimiento de comercio y en particular lo que respecta con su ubicación aledaña a
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Boletín 105 - Enero 2015
puestos de control aduanero y cambiario de los viajeros que arriban al país o salen de él. Para lo cual, se considera necesario adicionar una obligación de exigir el establecimiento antes de los puntos de control aduanero y cambiario de entrada y salida del país. Regulación: Concepto 1245 / 07-11-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Entidad: DIAN Norma: La introducción a zona franca de bienes procedentes de otros países por parte de los usuarios no se considera importación Descripción: Las mercancías procedentes de cualquier país del mundo que se introduzcan a una zona franca constituye simplemente una operación contemplada en el régimen de comercio exterior, sujeta a ciertos y determinados controles por parte de la autoridad aduanera; esta operación como tal no se encuentra reglamentada ni hace parte de los procedimientos establecidos para los regímenes aduaneros. Regulación: Concepto 57088 / 03-10-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Entidad: DIAN Norma: Todas las personas que realicen operaciones de comercio exterior tendrán que establecer mecanismos de control de mercado propio Descripción: Las personas o empresas que presten servicios inherentes o relacionados con operaciones de comercio exterior se encuentran obligadas a establecer mecanismos de control orientados a conocer las característica usuales del mercado propio y el de sus clientes, con el fin de poder compararlos con las operaciones de comercio exterior que, atendiendo el tipo de servicios que ofrezcan, permita establecer su normalidad o posible anormalidad, o calificación de sospechosa, al compararla con otras operaciones de naturaleza similar efectuadas por clientes que se desempeñan en el mismo ramo de negocio. Regulación: Concepto 55627 / 22-09-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Entidad: DIAN Norma: ¿Qué se requiere para la habilitación del muelle de las sociedades portuarias? Descripción: El otorgamiento de la habilitación de la autoridad aduanera se sujeta a que el interesado cuente con la concesión o autorización de las sociedades portuarias, muelles o embarcadores por la autoridad competente, en tanto que la porción de área del territorio aduanero nacional habilitada como zona primaria, le otorga a aquellos, la calidad de auxiliar de la función pública aduanera para que realice toda actividad de embarque, desembarque, entrada, salida, traslado, circulación y almacenamiento de las mercancías objeto de comercio internacional, sujeta a control aduanero. Regulación: Concepto 47517 / 05-08-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
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Boletín 106 - Enero 2015
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Material Relacionado NIA 220, emitida por la IFAC: Control de calidad para una auditoría de estados financieros La norma internacional de auditoria 220 expone las responsabilidades del auditor relacionadas a procedimientos de control de calidad para una auditoria de estados financieros, y cuando es aplicable, trata las responsabilidades del revisor de control de calidad del trabajo [...] Ver más La importancia de las notas explicativas de los estados financieros en el proceso auditor “En términos generales, las notas a los estados financieros son explicaciones que amplían el origen y significado (sic) de los datos y cifras que se presentan en dichos estados, proporcionan información acerca de ciertos eventos económicos que han afectado o podrían afectar a la entidad y [...] Ver más Lo que todo auditor de información financiera debe conocer de la NIA 810 La norma internacional de auditoría 810 presenta las responsabilidades del auditor relacionadas con un trabajo para dictaminar estados financieros resumidos derivados de los estados financieros auditados. [...] Ver más Lo que todo Auditor de información financiera debe conocer de la NIA 620, Uso del Trabajo de un Experto
profesional. Los procedimientos de auditoría, son el conjunto de técnicas de investigación aplicables a una partida o a un grupo de hechos o circunstancias relativas a los estados financieros, u operaciones que realiza la empresa [...] Ver más
23. Control Interno 17 principios de Control Interno según COSO III Las empresas deben implementar un sistema de control interno eficiente que les permita enfrentarse a los rápidos cambios del mundo de hoy. Es responsabilidad de la administración y directivos desarrollar un sistema que garantice el cumplimiento de los objetivos de la empresa y se [...] Ver más Marco actualizado de control interno sobre reporte financiero El Comité de organizaciones patrocinadoras de la Comisión Treadway, COSO, presenta en 1992 la primera versión del Marco integrado de Control Interno, la cual ha sido aceptada alrededor del mundo convirtiéndose en un marco líder en diseño, implementación y conducción de control interno y [...] Ver más Como auditar las organizaciones en su conjunto
La norma internacional de auditoría 620 básicamente define las responsabilidades del auditor cuando se encuentra haciendo la auditoria de los estados financieros y encuentra ciertas áreas en las cuales no tiene la capacidad de dictaminar, debido a las limitaciones en conocimientos [...] Ver más
Es habitual observar como las auditorías encaminan su labor a resolver procesos puntuales y en particular los contables / financieros y administrativos, que si bien son fundamentales, no consideran la esencia y objetivos de la organización, plasmados en su naturaleza y su misión [...] Ver más
Lo que todo Auditor de información financiera debe conocer de la NIA 570: Negocio en Marcha
Sistematiza el control de tu empresa
La norma internacional de auditoría 570 se refiere a la responsabilidad del auditor en la auditoría de los estados financieros en relación al uso por la administración del supuesto de negocio en marcha como un supuesto para la preparación de los estados financieros. Este supuesto de negocio [...] Ver más Auditoría a las Cifras de los Estados Financieros Puntos Clave El auditor de información financiera deberá obtener evidencia suficiente y apropiada de auditoría para poder concluir acerca de la razonabilidad de los estados financieros de la compañía auditada. La evidencia de auditoría se obtiene de una mezcla apropiada de pruebas de control y de [...] Ver más La auditoría interna, vital en la conversión a las NIIF Las empresas tendrán que evaluar el alcance y el impacto de la conversión, no solo de las funciones de contabilidad y finanzas, sino también de la información, recursos humanos, impuestos, contratos, así como las métricas de rendimiento y cuadros de mando. Aunque el inicio de la [...] Ver más
22. Procedimientos de auditoría Técnicas y procedimientos de auditoría - Lo que todo auditor debe conocer Las técnicas de auditoría, son los métodos prácticos de investigación y prueba que el auditor utiliza para lograr la información y comprobación necesaria para poder emitir su opinión
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Algunos estudiosos señalan que 95% de los esfuerzos humanos buscan controlar las circunstancias que los rodean para lograr un mayor apego a sus necesidades, gustos y deseos, todo con el fin de sobrevivir, obtener, poder, amar, pertenecer, ser libre y divertirse [...] Ver más Cambios en los componentes del Marco Integrado de Control Interno COSO En Mayo de 2013 el Comité – COSO publica la actualización del Marco Integrado de Control Interno cuyos objetivos son: aclarar los requerimientos del control interno, actualizar el contexto de la aplicación del control interno a muchos cambios en las empresas y ambientes operativos [...] Ver más Objetivos del Sistema de Control Interno Ley 87 de 1993, artículo 2. Proteger los recursos de la organización, buscando su adecuada administración ante posibles riesgos que lo afecten; garantizar la eficacia, la eficiencia y economía en todas las operaciones promoviendo y facilitando la correcta ejecución de las funciones y actividades definidas para el logro [...] Ver más La cultura organizacional como un objetivo de control y administración de riesgos En la actualidad y a partir de los análisis de las principales metodologías internacionales de Administración de Riesgos (COSO-ERM; BASILEA 2 Y 3, ISO 31.000), así como en los modelos de diseño de estructuras de Control Interno (COSO 2013), incluso al considerar los objetivos de los modelos [...] Ver más
Material Relacionado 24. Sociedades por Acciones Simplificadas
25. OCDE
Las SAS pueden constituir acciones con el objetivo de cumplir obligaciones laborales
El gran desempeño de la economía colombiana fue destacado por la OCDE
En los estatutos sociales de una SAS, pueden crearse diversas clase y series de acciones e igualmente fijarles los derechos inherentes a las mismas, siempre y cuando se ajusten a los términos y condiciones previstas en las normas legales respectivas, y de otra, que cuando las acciones de pago sean [...] Ver más
El estudio evalúa las políticas macroeconómicas del Gobierno Nacional, resaltando que Colombia ha logrado mantener un crecimiento económico notable durante la última década que le ha permitido reducir la brecha con respecto a los países desarrollados. La OCDE señala que el éxito [...] Ver más
La presunción de subordinación se da una vez rectificado que la sociedad posee el 100% del capital de una SAS La sociedad que posee el 100% del capital de una SAS estaría incursa, en principio, en la primera de las presunciones de subordinación del artículo 261 del Código de Comercio, esto es, ser propietaria de más del 50% de su capital, lo cual generaría la consecuente obligación de declaratoria [...] Ver más En el caso de la SAS los accionistas si pueden convocar reuniones directamente si los estatutos lo contemplan La Superintendencia de Sociedades podrá Convocar a reuniones extraordinarias del máximo órgano social en los casos previstos por la ley, de manera que en los casos en que se convoque de manera oficiosa, la Superintendencia presidirá la reunión. Además tenemos que los [...] Ver más Es necesaria una reforma estatutaria para que se genere la disminución del capital social por acciones simplificadas. La disminución del capital social, en el régimen de la sociedad por acciones simplificada, implica una reforma estatutaria a la luz del artículos 5° y 29 de la Ley 1258 de 2008 y en lo no previsto en dicho régimen, el cual se regirá en principio por los estatutos, por las normas legales que regulan a [...] Ver más ¿En las S.A.S. con accionista único, las cuentas sociales por quién deberán ser aprobadas? Superintendencia de Sociedades aclaró que tanto los estados financieros de propósito general o especial, como los informes de gestión y demás cuentas sociales deberán ser presentadas por el representante legal a consideración de la asamblea de accionistas para su aprobación. En el caso de [...] Ver más Supersociedades se pronunció acerca de la fusión de las sociedades por acciones simplificadas Con la emisión de un concepto la Superintendencia de Sociedades dijo que como es conocido las fusiones y escisiones de sociedades son un evento permitido para el ordenamiento jurídico, para lo cual, la entidad hizo la salvedad de que hay que cumplir con ciertos requisitos. Para el [...] Ver más Retiro de socios en reunión del máximo órgano social de SAS deberá ajustarse a los estatutos de la misma La ley que estableció esta figura societaria otorgó una gran flexibilidad normativa que le permite a los constituyentes de la compañía crear clases y series de acciones, por ello, si se presenta un retiro de los socios, el manejo de la situación dependerá de lo estipulado en los estatutos de la [...] Ver más
Cambios en los Principios de Gobierno Corporativo de la OCDE De acuerdo con la definición de auditoría interna del IIA global, la función de la auditoría interna es ayudar a una organización a cumplir sus objetivos aportando un enfoque sistemático y disciplinado para evaluar y mejorar la eficacia de los procesos de gestión de riesgos, control y gobierno corporativo [...] Ver más Contraloría de Chile adopta criterio OCDE para estados financieros del Estado El órgano fiscalizador se encuentra en la etapa final de aprobación de la nueva normativa contable pública que regirá a contar de 2016 para entidades del sector público y el gobierno central. En 2015 los esfuerzos se centrarán en capacitación y mejoras a los sistemas de información [...] Ver más Corrupción transnacional, un fenómeno que afecta a todos los países: OCDE Cerca de uno de cada dos casos de corrupción transnacional implica a “agentes públicos de países cuyo índice de desarrollo humano es alto”. Ningún país, ni desarrollado ni en desarrollo se salva en el retrato sobre la corrupción que presentó en París la Organización para la Cooperación y el [...] Ver más OCDE destaca proceso de Colombia para ingresar a esa organización Otra noticia de índole económico recibió el país en el marco de la gira que adelanta el presidente de la República, Juan Manuel Santos, por Europa y que le llevó a Francia, donde tuvo un encuentro con la Organización [...] Ver más Nueva implementación de estándares internacionales referente a la política regulatoria de la OECD Se implementan nuevos estándares internacionales de la política regulatoria de la corporación y del Desarrollo Económico por sus siglas en inglés, permitiendo que las instrucciones dirigidas a las entidades sujetas a la supervisión de esta Superintendencia se encuentren actualizadas y bajo una [...] Ver más Desaceleración de las grandes economías mundiales y peligro de deflación advierte la OCDE La organización resaltó casos como el de Brasil, cuyo pronóstico de crecimiento bajó en 1,5 puntos para este año y en 0,8 para 2015. Recordando que Brasil cayó en recesión en la primera mitad de 2014, la OCDE apuntó que “la inversión ha sido especialmente floja, afectada por la incertidumbre [...] Ver más
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