Boletín 103 ISSN 2382-3550 (en línea) Misión Propender por el desarrollo integral del contador público y el ejercicio ético de la profesión contable generando en la comunidad respeto y confianza a través del aseguramiento de la información. Visión Ser la institución líder de la profesión contable a nivel nacional y representarla internacionalmente.
Junta Directiva (2014-2016) Presidente Hugo Francisco Ospina Giraldo Vicepresidente Luis Alfredo Caicedo Ancines Miembros De Junta Directiva Jorge Eliécer Moreno Urrea José Hilario Sanabria Caballero Gustavo Alberto Ramírez Rubio Blanca Yaneth Romero Reina José Orlando Ramírez Zuluaga Alfredo Blanco Núñez Humberto Fernández Paz Mariana Milagros Rodríguez Dirección Ejecutiva Juan Miguel Vásquez Suárez Instituto Nacional De Contadores Públicos De Colombia - INCP Carrera 7 No 156 - 68 Ofc. 1703 Edificio North Point 3 Celular: 310 854 14 80/ 87 incpcol@incp.org.co
Las colaboraciones publicadas no comprometen la responsabilidad del INCP. Las opiniones expresadas pertenecen exclusivamente a sus autores.
Estrategia Definir e implementar un portafolio claro de productos y servicios para nuestros grupos de interés. Política de Calidad El INSTITUTO NACIONAL DE CONTADORES PUBLICOS DECOLOMBIA – INCP – es una organización sin ánimo de lucro de tipo gremial, que con criterios de racionalidad económica y propiciando la relación intersectorial, genera oportunamente valor agregado a sus grupos de interés, a través de la investigación, la difusión del conocimiento, la representación gremial, la orientación técnica y la generación de beneficios, productos y servicios de calidad. A nuestros socios, que son la razón de ser, el INCP permanentemente innova, promueve el mejoramiento continuo, practica la inteligencia intrapersonal, consolida su presencia a nivel nacional, y gracias a sus membrecías internacionales con IFAC y AIC el INCP se constituye como el principal organismo consultor, satisfaciendo a sus grupos de interés mediante una oferta de valor distintiva.
Boletín 103
Contenido 04 II Cumbre INCP - ¿Qué sigue en Colombia en materia de estándares internacionales? 05 Lo que la II Cumbre INCP tiene preparado para ti
Gestión
05 Sesiones Paralelas 10 Conversatorios
12 A tres meses de aplicación de NIIF, 1.409 empresas redujeron su patrimonio
Herramientas Profesionales
14 ¿Cómo impactará la adopción de las normas internacionales en los Bancos Argentinos? 16 Acreedores no están listos para leer nuevos estados contables 17 Analfe advierte que las NIIF amenazan a los fondos de empleados 18 Contraloría analiza retrasar en un año aplicación de normas de contabilidad del sector público - Chile 19 República Dominicana: Presentan nuevo sistema de contabilidad gubernamental a los Ayuntamientos y Cámara de Cuentas 20 ¿Cómo se realiza el manejo contable de la publicidad radial? 22 ¿Qué técnica de presupuestación utiliza? ¿Por qué es importante? 26 Registro de las donaciones en el patrimonio o como ingreso 27 Registro contable de mejoras en propiedad ajena depende de clase de contrato de arrendamiento 27 Políticas contables, parámetros y reglas de juego para entender los estados financieros 28 Claves sobre el impuesto al patrimonio 32 El leasing habitacional es reconocido por la DIAN como mecanismo de financiación de vivienda 33 En Caldas se cayeron dos rebajas del impuesto de vehículos 34 La doctrina de la DIAN por encima de la Ley 35 El impuesto a los dividendos 36 Extensión e incremento del impuesto al patrimonio: eje central del proyecto de ley de financiamiento 38 El nuevo MECI una gran oportunidad para el municipio colombiano 40 Reporte de control para organizaciones de servicios (SOCR) 42 Principio 2 de COSO III: Ejerce responsabilidad de supervisión 43 Factores críticos de éxito en el departamento de auditoría interna 44 Acerca de la inscripción de actas y documentos para entidades sin ánimo de lucro 46 El 53% de las empresas de Santander tiene tres años de creada 48 Lo que debe saber sobre incapacidades laborales
50 Universidades tienen que actualizar pensum de Contaduría - Nicaragua 52 Riesgo crediticio: ¿Qué implica el riesgo país? - Argentina 54 Destacan a Colombia por el boom que vive su economía, en especial, el sector tecnológico 56 Diez frases de Peter Lynch para aprender a invertir
Entorno
58 La infonomía o economía de la información 59 Las ciudades pueden tomar la iniciativa en el tema del cambio climático para un futuro con mayor capacidad de adaptación 60 Cifras de interés 61 Resultados del listado del FEM
Cifras e Indicadores Mundiales
63 Reporte anual de nómina por períodos mensuales 64 Contrapartida - Costo de Patrimonio de Inversionistas 66 Contrapartida - Información con base en NIF 67 Contrapartida - Aplicación de la opción de la NIC 39 para las pymes
Análisis
68 Contrapartida - Proyecto Libro Tributario 69 Contrapartida - Auditoría integral
70 Normativilidad
Normatividad
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Boletín 103
74 Material Relacionado
Gesti贸n
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Bolet铆n 103 - Septiembre 2014
Gestión
La II Cumbre INCP tiene preparado para ti SESIONES PARALELAS Track 1 - Preparación de Información Financiera
Sesión 1 Efectos del Marco Contable y Resultados en la implementación de las NIF del Grupo 1 El objetivo es dar a conocer cuáles son los principales impactos de la puesta en marcha de las NIF Grupo 1, de acuerdo con la selección de las políticas contables y la preparación por primera vez de los principales rubros de los estados financieros realizados al 1 de enero de 2014. Se sugiere tomar como referencia los efectos de las principales compañías que hacen parte de los emisores de valores del país y su interpretación por parte de los usuarios de la información financiera.
Material relacionado Es indispensable efectuar un paralelo contable, durante el período de transición para las empresas del grupo 1 y 2 de las NIIF La información e acuerdo con las NIIF producida durante el año 2014 y 2015, en el caso del Grupo 1 y 2 respectivamente, aunque no corresponda a la contabilidad oficial en ese año, debe contener todos los […] Ver más Para las compañías clasificadas en el Grupo 1 de las NIIF, los costos indirectos de fabricación hacen parte de los costos de transformación Los costos de transformación de los inventarios comprenderán aquellos costos directamente relacionados con las unidades producidas, tales como la mano de obra directa. También comprenderán una parte […] Ver más
La SuperFinanciera aclaró los aspectos a tener en cuenta para presentar el informe de auditoría al estado de situación financiera de apertura La Superintendencia Financiera de Colombia buscando que los preparadores de información del Grupo 1 vigilados realicen en forma ordenada y planificada la convergencia hacia el marco técnico normativo anexo al […] Ver más Los que con los cambios del decreto 3024 de 2013, están obligados al grupo 1 de las NIIF, no tienen opción de acogerse al cronograma de otro grupo Se considera que no es equitativo que quienes decidan voluntariamente pertenecer al Grupo 1, estando obligados a ser parte del Grupo 2, si tengan la opción de acogerse al cronograma de este Grupo, de acuerdo […] Ver más ¿Qué requisitos debe cumplir una entidad para pertenecer al grupo 1 de las NIC? El CTCP aclaró que para conocer si la entidad pertenece al grupo 1 se debe evaluar si cumple con los literales A o B del artículo 1 del decreto 2784 de 2012; si no los cumple, debe llegar a cumplir con alguno […] Ver más ¿Cómo se aplican las NIIF de los grupos 1 y 3 de las empresas? Consejo Técnico de la Contaduría Pública aclaró que el grupo 1 de las empresas aplicará las NIIF completas, y para el Grupo 3 se dará aplicación la NIIF para las Micro Empresas, sin embargo, este tema no […] Ver más Supersociedades solicita el estado de situación financiera de apertura – ESFA - para las sociedades que se clasificaron en el Grupo 1 Mediante la circular externa 115-000004 la Superintendencia de Sociedades con base en las facultades de inspección, vigilancia y control otorgadas por la ley, solicita y establece los plazos y requisitos mínimos para la […] Ver más
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Gestión ¿Está obligada a preparar estados financieros bajo NIIF, una empresa calificada dentro del grupo 1 que lleva un proyecto de construcción culminado en 2014? En Colombia, están obligadas a presentar información financiera de acuerdo con las Normas de Información Financiera (NIIF), los entes económicos clasificados dentro del Grupo 1 teniendo en cuenta los […] Ver más Guía de Orientación emitida por la Superintendencia de Sociedades para la aplicación por primera vez del Marco Técnico Normativo para Preparadores de información financiera pertenecientes al Grupo 1 El país viene desarrollando el proceso de convergencia a estándares internacionales contables, de información financiera y de aseguramiento de información como lo señaló la Ley 1314 de 2009, con el […] Ver más ¿Cómo saber si una empresa pertenece a la clasificación del grupo 1 NIIF? Independientemente de la superintendencia que vigile al ente económico, de acuerdo con el Decreto No. 2784 de 2012 y sus modificaciones, pertenecen al grupo No. 1: los emisores de valores, las entidades y negocios […] Ver más Clasificación de la compañía para efectos de NIIF, siendo que la empresa no cumple con los requisitos para pertenecer al grupo 1 La entidad deberá revisar lo establecido en los Decretos 2784 de 2012 y 3024 de 2013, para determinar el grupo al cual pertenece. Salvo por lo establecido para las importaciones y exportaciones, un hecho económico […] Ver más
Sesión 2 Avances en el proceso de implementación del Marco Contable de las NIF Grupo 2 El objetivo es evaluar los avances en el proceso de implementación de las NIF en el Grupo 2, relacionados con la metodología sugerida para la implementación, y la evaluación de los diferentes impactos que tendrá para la organización en cuanto a: contabilidad y reportes (Selección y preparación de información contable), gente, procesos, tecnología involucrada y otros impactos relacionados con la toma de decisiones para las compañías que deben reportar bajo este grupo.
Material relacionado SuperSociedades pone a disposición del público la “Guía para elaborar el estado de situación financiera de apertura bajo NIIF Pymes” Recientemente, la Superintendencia de Sociedades puso a disposición del público la “Guía para elaborar el estado de situación financiera de apertura bajo NIIF PYMES”, con el fin de orientar y apoyar a los entes […] Ver más Disposiciones aplicables relacionadas con los instrumentos financieros para las entidades clasificadas en el Grupo 2 De acuerdo con la normatividad vigente, las entidades clasificadas en el Grupo 2 de las NIIF deberán aplicar para la presentación de su información financiera el nuevo marco técnico normativo establecido por el […] Ver más
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Sesión 3 Desarrollo en la preparación de las revelaciones de los estados financieros bajo NIF El objetivo es informar sobre los adelantos en la preparación de las revelaciones en los estados financieros, teniendo en cuenta que cada día son y serán más complejos. Actualmente, existen variedad de revelaciones y requisitos que deben ser cumplidos por los preparadores de información financiera para entregar descripciones relevantes y de alta calidad para los usuarios de la información financiera.
SuperSociedades coloca a su disposición Guía de Aplicación por Primera Vez Grupo 2, además Video del Taller NIIF Aplicación por primera vez ESFA Grupo 2
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Guía de Aplicación por Primera Vez Grupo 2: la Superintendencia de Sociedades, en ejercicio de las funciones consagradas en el numeral 2 del artículo 10 de la Ley 1314 de 2009, elaboró la Guía de […] Ver más
“En términos generales, las notas a los estados financieros son explicaciones que amplían el origen y significado (sic) de los datos y cifras que se presentan en dichos estados, proporcionan información acerca […] Ver más
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La importancia de las notas explicativas de los estados financieros en el proceso auditor
Gestión IASB publica propuestas como parte de la Iniciativa de cambios en revelaciones
La aplicación de las NIIF generará cambios en la cultura contable originados, principalmente, en los mayores requerimientos de revelación
El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad el 25 de marzo 2014 publicó con el objetivo de obtener comentarios un Proyecto de Norma para esbozar propuestas de modificación a la NIC 1 Presentación […] Ver más
En cumplimiento de la Ley 1314 de 2009 que promueve la convergencia de normas de contabilidad y de información financiera y de aseguramiento de información hacia estándares internacionales de aceptación […] Ver más
Track 2 - Aseguramiento de información financiera
Sesión 1 Implementación de NIA en Firmas de Auditoría Durante esta sección del módulo de Aseguramiento de Información Financiera, usted podrá conocer sobre los principales retos que enfrentaran las firmas pequeñas y medianas en la implementación de las Normas Internacionales de Auditoría, una vez sea emitida la normatividad correspondiente. En esta sesión usted puede conocer las mejores prácticas para la puesta en marcha de la norma en las firmas medianas y pequeñas, de acuerdo con la experiencia de diferentes firmas reconocidas de auditoría. Material relacionado Para ser relevante, la auditoría debe evolucionar: KPMG A partir de una serie de entrevistas con 16 líderes de auditoría de KPMG de diferentes países, la firma ha realizado un llamado para impulsar la evolución del rol de los auditores o lograr que el riesgo sea menos […] Ver más Potenciando la calidad y eficiencia de las Pequeñas Firmas de Auditoría El ritmo del cambio y el aumento en la complejidad de las normas de auditoría y de información financiera en los últimos años ha sido drástico y podría implicar un impacto desproporcional en las firmas […] Ver más IAASB informa sus hallazgos de la revisión post-implementación de las NIAS clarificadas El Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramien-
to (IAASB) emitió su revisión post-implementación -un informe que destaca los resultados de los esfuerzos del IAASB por confirmar si […] Ver más
Sesión 2 Rumbo a la Auditoría del valor razonable: Uso de expertos En esta parte del evento usted podrá conocer las experiencias de los auditores externos relacionadas con el apoyo de los expertos en la auditoría, con la entrada en vigencia de las Normas Internacionales de Contabilidad, haciendo referencia en especial de todo lo que tiene que ver con la valuación de activos y determinación del valor razonable por parte de la administración. Los expertos que participan en esta parte del evento le indicarán como evaluar la necesidad del involucramiento de un experto en la auditoría, establecer sus actividades, responsabilidades y el efecto de sus conclusiones para la auditoría.
Material relacionado NIC-NIIF: Un reto para los auditores El proceso internacional de regulación de la contabilidad financiera
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Gestión exige al auditor asociarse con el concepto de empresa global, que está centrado en la imagen fiel, mercados financieros, construcción de confianza como base del valor y elemento instrumental del capitalismo. […] Ver más
Sesión 3 Aplicación de las NIA para la adopción por primera vez de las NIF – balances de apertura En esta sesión los expertos le indicarán los riesgos profesionales asociados con la auditoría de los estados financieros de apertura para la adopción de normas internacionales de contabilidad, desde la óptica de los reguladores y los auditores de la información financiera. Usted podrá conocer de primera mano cuales son las limitaciones que el auditor enfrentará al realizar su trabajo tales como
forma de evaluación de las nuevas políticas contables, auditoría de las revelaciones, alcance de la revisión e informe a emitir. Material relacionado ESFA aplazado por la SuperFinanciera La Superintendencia Financiera de Colombia mediante Circular Externa No 014 de 2014, ha decidido aplazar la presentación del Estado de Situación Financiera de Apertura (ESFA) para sus vigilados, las nuevas fechas de reporte son: para el ESFA separado el 30 de julio y para el ESFA consolidado agosto 30. […] Ver más La SuperFinanciera aclaró los aspectos a tener en cuenta para presentar el informe de auditoría al estado de situación financiera de apertura La Superintendencia Financiera de Colombia buscando que los preparadores de información del Grupo 1 vigilados realicen en forma ordenada y planificada la convergencia hacia el marco técnico normativo anexo al Decreto 2784 de 2012, requirió a los revisores fiscales de dichas entidades para que el informe de auditoría al ESFA, […] Ver más
Track 3 - Desafíos futuros de la profesión en Colombia
Sesión 1 Desafíos para el desarrollo profesional continuo de los Contadores Públicos El objetivo tratar sobre los recientes cambios de las normas IES en cuanto al desarrollo profesional en pregrado para los contadores. Asimismo, evaluar la necesidad de un modelo de educación continuada estándar para asegurar la actualización de los contadores colombianos, plan de acción o tareas en las que debemos enfocarnos para cumplir con dichos estándares.
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En esta sesión usted conocerá de una de las personas que participaron en el desarrollo de algunas de las Normas Internacionales de Educación (IES por sus siglas en Inglés), relacionadas con la educación de los profesionales de la contabilidad, y de personas responsables por el programa de contaduría y posgrados relacionados en dos universidades muy reputadas en Colombia, cómo se va a afectar la educación del profesional tanto antes de optar por su grado como después del mismo. Estos desafíos cambian los perfiles profesionales. El Contador Público va a ser mucho más útil en las organizaciones; nuevos campos de trabajo podrán ser satisfechos muy bien por el profesional de la contabilidad.
Gestión En este foro, usted puede plantear sus inquietudes sobre esos nuevos campos de acción, sobre lo que se requiere para llegar a satisfacer esos campos de acción y con ello podrá planear en su organización.
Material relacionado Retos de Colombia en la implementación de las NIIF En Colombia la costumbre de aplazar o dejar todo para el último momento, así como el temor a romper paradigmas y enfrentar nuevos desafíos, son el mayor reto de la implementación de las Normas […] Ver más Contadores públicos tienen la obligación de acogerse al nuevo marco técnico normativo de información financiera De conformidad con las disposiciones legales, el contador público deberá realizar su trabajo cumpliendo las disposiciones profesionales promulgadas por el Estado, aplicando los procedimientos adecuados,. […] Ver más 7 consejos para Contadores sobre el apoyo a la globalización de las pequeñas empresas La globalización no es un fenómeno nuevo; la novedad se refleja en la velocidad y cómo afecta a las pequeñas y medianas empresas (PYMES). El impacto sobre las PYMES tiene implicaciones significativas […] Ver más
Sesión 2 Evolución de la profesión contable hacia nuevos modelos de negocio, operaciones más complejas
Sesión 3 Retos de la aplicación del Modelo COSO 2013 en Colombia El objetivo es presentar la actualización del Modelo Coso 2013 que requerirá ajustes en el Gobierno Corporativo de las compañías colombianas. Incluye cambios en las funciones de la junta directiva, valoración del riesgo de fraude y mayor rigor en la evaluación del diseño y efectividad del control interno. COSO es una estructura de control interno, generalmente aceptada internacionalmente. Los cambios constantes del mundo de los negocios requieren cada vez mejores modelos de control interno y, por ello, COSO recientemente se actualizó. En esta sesión, quienes han vivido el desafío de la actualización de los controles internos en la organización tanto desde el punto de vista de la responsabilidad propia en la organización como desde quien apoya tal cambio, nos contarán su experiencia. Esto nos ayudará para nuestros propios proyectos. La experiencia es replicable a cambios en controles, así no se use el modelo COSO. Aproveche este foro para plantear preguntas sobre aspectos del control interno de su organización que le inquieten y que puedan generalizarse. Los panelistas tomarán en cuenta sus inquietudes para la charla general. Material relacionado
El mundo de los negocios está generando el desarrollo de la evolución de la práctica profesional con actividades diferentes a las relacionadas con impuestos, contabilidad y auditoría. Por lo tanto, existen otros tipos de servicios donde el contador puede apoyar a la comunidad de los negocios (Outsourcing, evaluación de control interno y otros servicios relacionados).
COSO III, la integridad y los valores éticos en las organizaciones
En esta sesión, Kelly Anerud, una de las directoras en la Federación Internacional de Contadores IFAC, quien tiene la misión de estandarizar los nuevos servicios, y Cesar Cheng, Socio Director en Colombia de una de las grandes firmas de contadores en el mundo, nos contarán sobre los nuevos servicios que se están requiriendo en las organizaciones en el mundo para ser ejecutados por los profesionales de la contabilidad.
El Comité de organizaciones patrocinadoras de la Comisión Treadway, COSO, presenta en 1992 la primera versión del Marco integrado de Control Interno, la cual ha sido aceptada alrededor del mundo convirtiéndose. […] Ver más
En este foro, usted puede plantear sus inquietudes sobre necesidades en su organización que puedan ser satisfechos por esos nuevos servicios o inquietudes sobre los servicios mismos. Igualmente, podría considerar inquietudes sobre los beneficios de los servicios en su organización. Material relacionado Proceso de convergencia Construcción Conjunta En el taller virtual se intercambiaron opiniones y comentarios en relación con unos temas y problemáticas planteados. El objetivo de este taller fue debatir conocimientos, experiencias, preocupaciones y nuevos temas de aporte. Los temas de discusión fueron los siguientes: Aseguramiento - Futuro de la Profesión Contable - Transformación Empresarial -Relación del Estado con sus Usuarios. […] Ver más
El año pasado COSO emitió una actualización del ya famoso “Internal Control- Integrated Framework”. El Marco integrado de control interno propuesto por COSO provee un enfoque integral y herramientas para la […] Ver más Marco actualizado de control interno sobre reporte financiero
Responsabilidades de supervisión de la Junta Directiva según COSO III A continuación se presenta las responsabilidades de supervisión de la Junta Directiva en relación con cada componente del Sistema de Control Interno según el nuevo Marco Integrado de Control Interno, COSO III […] Ver más Cambios en los componentes del Marco Integrado de Control Interno COSO En Mayo de 2013 el Comité – COSO publica la actualización del Marco Integrado de Control Interno cuyos objetivos son: aclarar los requerimientos del control interno, actualizar el contexto de la aplicación del […] Ver más Lo que todo Auditor debe conocer del Comité de Organizaciones Patrocinadoras de la Comisión Treadway – COSO El Comité de organizaciones patrocinadoras de la Comisión Treadway fue conformado en 1985 con la finalidad de identificar los factores que originaban la presentación de información financiera falsa o fraudulenta y […] Ver más Importancia de los Objetivos en las Organizaciones Según COSO III Cada entidad tiene una misión, la cual determina los objetivos y las estrategias necesarias para alcanzarlos. Los objetivos pueden ser establecidos mediante un proceso estructurado o informal dependiendo de la […] Ver más
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Gestión
CONVERSATORIOS
Ajustes Normativos en Marcha para la Implementación de los Estándares Internacionales El objetivo es presentar la forma como está trabajando el CTCP sobre la normatividad local para llegar a los estándares, participación de los comités y, los cambios normativos que sobrevienen (Revisoría Fiscal, XBRL, si habrá marco conceptual sobre el grupo 2 de aplicación de NIF y las principales diferencias con el proceso de implementación de NIF de Grupo 1). En la última parte de esta conferencia se plantearán al expositor FAQs que el público asistente haya dejado a través del Foro. En esta sesión usted conocerá de primera mano, de una de las personas más autorizadas en el tema, los cambios que se propondrán en materia de contabilidad y auditoría en Colombia, en los próximos días. Todas las propuestas que ha hecho el Consejo Técnico de la Contaduría han sido aceptadas por los ministerios e incluidas en los decretos al respecto. Este conocimiento le ayudará a planear sus recursos y enfrentar sus necesidades. Los cambios en contabilidad y auditoría tienen un impacto importante en las compañías. En este foro, usted puede plantear las inquietudes que tenga sobre el futuro de la normatividad contable y de auditoría, al presidente del Consejo Técnico de la Contaduría.
Participa con tus preguntas en el foro virtual aquí
Avances en la Consistencia Contable y Tributaria: proceso de Implementación de NIF y sus efectos en la Información Tributaria El objetivo es plantear la forma como se debe y se está avanzando en la información de carácter tributario en Colombia. Con la entrada en vigencia de las NIF se deberá cumplir con los requisitos tributarios tales como: precios de trasferencia, información soporte a las transacciones tributarias, etc. Forma de recopilación de la información tribu-
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taria para la toma de decisiones sobre la información base para las declaraciones. (NIF y/o Colgaap). En la última parte de esta conferencia se plantearán al expositor FAQs que el público asistente haya dejado a través del Foro. Sin duda, la implementación de las NIIF genera mediciones diferentes en activos, pasivos, ingresos y gastos. Aunque las normas tributarias han indicado el camino a seguir en el futuro cercano, las compañías deben manejar las diferencias entre la normativa contable bajo NIIF y la normativa para reportar impuestos. Este conversatorio expondrá los desafíos identificados en esta materia. Es una gran oportunidad para que usted comparta en este foro sus propios desafíos en la materia y tenga la oportunidad de obtener información de cómo otros los han manejado o planean manejarlos.
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Construyendo el futuro de la profesión contable El objetivo es reflexionar sobre los nuevos requerimientos para la profesión contable en Colombia para ejercer la profesión y como debería ser el camino para obtener mayor participación de consulta en la emisión de normas nacionales e internacionales (NIF, NIA, etc.). FAQs de los asistentes depositadas en el Foro Virtual. Los socios directores en Colombia de las firmas de auditoría más grandes del mundo conversarán sobre el futuro de la profesión en Colombia. Ellos compartirán la experiencia de su red de Firmas en otros países que han transitado el camino que estamos caminando en Colombia. Es su oportunidad para preguntar lo que le inquiete del futuro de la profesión y lo que crea que le afectará.
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Publicidad pagada mediante el programa de Patrocinadores del INCP. Los patrocinadores del INCP son personas jurídicas que gracias a su aporte, contribuyen al desarrollo integral del profesional contable en Colombia a través de la canalización de recursos económicos que posibilitan al Instituto ejecutar actividades académicas y de investigación. Para mayor información de los diferentes modelos de patrocinio, por favor consulte www.incp.org.co ó solicita le información a incpcol@incp.org.co
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Estándares Internacionales
A tres meses de aplicación de NIIF, 1.409 empresas redujeron su patrimonio
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Estándares Internacionales
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A tres meses de que se cumpla el plazo para que las empresas del Grupo 1 (grandes empresas) empiecen a aplicar las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) 2.210 compañías, de las 2.654 obligadas, ya entregaron reportes a la Superintendencia de Sociedades acerca de los avances en sus estados financieros.
Para el segundo grupo, que tiene 230.000 empresas, se espera que se realice la transición adecuadamente, sin embargo ya hay un nuevo plazo, 30 de septiembre, para que las entidades solidarias presenten por primera vez el Estado de Situación Financiera de Apertura (Esfa), anunció Olga Lucía Londoño, superintendente de Economía Solidaria.
De las empresas que realizaron el reporte, la Supersociedades observó un impacto importante en la reducción del patrimonio en 1.409 compañías, en 700 se evidenció un aumento y en 101 no hubo cambios. Guillermo Berrio, socio de Crowe Horwath, empresa especializada en implementación de las NIIF hace énfasis “en que esto no las perjudica y que con un proceso de planeación adecuado se pudo mitigar la caída del patrimonio”.
Según Gerardo Santos, director de contaduría pública de la Universidad de La Salle, la mejor manera de hacer el proceso es por fases, “ya que cada una obliga a valorar los recursos necesarios, personas involucradas, productos esperados y el tipo de información que se espera entregar”.
Las NIIF son las nuevas normas contables que debe seguir el sector empresarial para ser más competitivos con los demás países del mundo. Se trata de proporcionar la información financiera de forma más sencilla y entendible para las compañías. Una de las principales quejas de la industria ha sido la falta de preparación de los contadores. Según Berrio, “70% de los contadores en Colombia no están capacitados técnicamente en la normatividad y un gran porcentaje de ese 30% restante tiene una capacitación básica, lo que evidencia un atraso”. Sin embargo, “la evolución que ha tenido el pensamiento de los empresarios respecto a este tema ha tenido que ver con el cumplimiento. Hasta que no vieron que era un tema inminente y sanciones, muchos no iniciaron un proceso de convergencia adecuado”, explica Felipe Jánica, socio líder IFRS, EY. Debido a esto y a que aún hay 17% de empresas del Grupo 1 que apenas están comenzando el proceso, el Gobierno ha tenido que dar varios plazos para la implementación, y lo que en un principio se pensó era un proceso de un año ya va en cinco. Cabe recordar que a partir del 1 de enero de 2015, se deben aplicar únicamente las normas internacionales.
La expectativa para la segunda y tercera fase es que las empresas y el sector contable estén más preparados, ya que por ejemplo los programas de contaduría de las universidades llevan un tiempo implementando la capacitación en sus planes de estudio. Pero las NIIF no vienen solas, las empresas han olvidado que dentro de la normatividad también se espera que en seis meses se decrete el establecimiento de las Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento, NIA, que buscan asegurar la transparencia en los reportes y que la información financiera esté de acuerdo con las NIIF, “a pesar de que aún no son obligatorias por ley, el inversionista sí lo pide”, explica Ana Lucia López, directora técnica del Instituto Nacional de Contadores Públicos. “Las empresas están en una carrera por las NIIF, pero las NIA serán el siguiente paso para sacar a Colombia del atraso contable” agrega López. Para Jánica, este megaproyecto solo traerá beneficios, ya que los inversionistas extranjeros “quieren estados financieros de alta credibilidad y que las cifras sean las que son, por esto una auditoría a través de las NIA dará garantía a la inversión”.
Fuente: La República
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Estándares Internacionales
¿Cómo impactará la adopción de las normas internacionales en los Bancos Argentinos? Mónica Cukar, Directora del Comité de Entidades Financieras del Instituto de Auditores Internos de Argentina, explicó cuáles serán las consecuencias de la comunicación "A" 5541 recientemente emitida por el Banco Central donde se fija el cronograma de convergencia hacia las NIIF. El Banco Central de la República Argentina (BCRA) mediante su Comunicación "A" 5541 (12/2/14) decidió y estableció un primer cronograma de convergencia hacia las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Esta disposición tiene como objetivo alinear los estados contables de las entidades financieras locales con estándares internacionales, ya que las reglas internacionales -emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (International Accounting Standards Board)- son aplicadas aproximadamente en 120 países, mientras que en nuestro país, su adopción fue establecida por las normas contables profesionales para los estados contables emitidos por empresas incluidas en el régimen de oferta pública -ya sea por su capital o por sus obligaciones negociables- a partir del 1 de enero de 2012, habiendo quedado excluidas en esa oportunidad las entidades financieras, entre otras. La citada Comunicación establece que las entidades alcanzadas por la Ley de Entidades Financieras deberán emitir sus estados contables aplicando NIIF, para los ejercicios económicos iniciados a partir del 1 de enero de 2018 y los períodos intermedios correspondientes. Este plazo, extenso a primera vista, se ve acotado si se considera el impacto que el cambio conlleva. En este sentido, cabe recordar que hoy los estados contables de las entidades financieras no registran o exponen la totalidad de la información requerida por estas normas. Entre otros aspectos, se puede mencionar la registración del Impuesto a las Ganancias siguiendo el método del impuesto diferido, hoy no considerado por el BCRA, al igual que el criterio de valuación para operaciones con instrumentos financieros, que no siempre sigue el criterio de valores corrientes adoptado internacionalmente. El análisis de la cartera de préstamos y las previsiones por riesgo de incobrabilidad constituyen otro importante punto de atención, al requerir análisis individual y grupal estadísticos según sea el segmento de clientes bajo análisis. Cabe recordar que hoy el BCRA tiene pautas mínimas de previsionamiento que son aplicadas por las entidades financieras y que seguramente serán objeto de análisis al trazar el plan de convergencia. Finalmente, un tema no menor será el cálculo del interés efectivo contemplando las comisiones de origen que se encuentren vigentes y los costos directos dentro de la tasa de interés, aspectos un tanto más complicados para
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calcular a nivel individual y para monitorear en el sistema en su conjunto. Al momento de redefinir sus planes de cuentas, las entidades deberán contemplar los correspondientes a sus sociedades vinculadas -en el caso de tratarse de un grupo económico- ya que las NIIF contemplan su aplicación para el grupo económico en forma consolidada. Es así que para iniciar el recorrido del camino de convergencia las entidades deberían pensar en preparar a su personal para el cambio, revisar sus sistemas, actualizar sus normas y manuales de procedimientos, siguiendo en todo momento los lineamientos que el BCRA irá estableciendo al respecto a partir del segundo semestre del año en curso.
Por lo mencionado, y a efectos de lograr un recorrido exitoso sería importante que las entidades inicien el proceso de planificación propio de un proyecto de la importancia como el que se presenta. En tal sentido, definir e iniciar el proceso de capacitación de las áreas involucradas en la generación de la información, es una de las primeras cuestiones a considerar y, en este aspecto, las áreas de contabilidad, control interno, cumplimiento y auditoría interna deberían tomar la iniciativa, ya que el tiempo otorgado por el BCRA es suficiente pero no excesivo, a juzgar por la complejidad del trabajo a realizar. Fuente: iProfessional
Acreedores no están listos para leer nuevos estados contables mientos que han tenido con diferentes figuras encargadas de interpretar los informes de las empresas en el país, existe temor pues un porcentaje representativo de su personal relacionado con este tema, no cuenta con los conocimientos idóneos para leer dicha información. Según el directivo no basta con buscar conocimientos contables pues hay que contar con especialistas en temas de valoraciones para combinar conocimientos y expertos en finanzas corporativas en todo lo que requieres las NIIF. “Las firmas tenemos un network acumulado proveniente de países que ya han implementado las normas, y en donde a través de las experiencias con diferentes empresas y acreedores hemos logrado capitalizar factores técnicos y académicos que pueden evitarle dolores de cabeza a los involucrados”, explicó.
Expertos contadores públicos que prestan servicios profesionales al sector financiero, señalaron vacíos técnicos en los acreedores encargados de recibir los balances de empresas privadas y públicas. La implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), también conocidas por sus siglas en inglés como IFRS (International Financial Reporting Standards), son Estándares Internacionales en el desarrollo de la actividad contable y suponen un manual de la forma como es aceptable en el mundo. Aunque en diferentes escenarios se han expresado preocupaciones por la implementación de dicho modelo y las sanciones que pesarían sobre quienes no aplicarán dicha figura en los plazos establecidos por la Superintendencia Financiera y la Superintendencia de Sociedades, poco se sabe sobre la preparación que tienen los encargados de leer e interpretar dichos informes. Cristóbal Uribe, socio de auditoría de la firma de contadores colombiana Amézquita, señaló que de acuerdo a los acerca-
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A su turno, Miguel A Molfino, socio de First Corporate Finance Advisors, explicó que con la llegada de la Inversión Extranjera Directa (IED) a Colombia y el apetito de inversionistas foráneos en el país, es necesario que se entienda la filosofía de las NIIF tal y como si estuviera en su continente, lugar en donde se implementó esta figura desde el año 2005. “Muchos empresarios y funcionarios consideran que se dio muy poco plazo para la implementación de este mecanismo sin darse cuenta que la dinámica global demuestra que Colombia está atrasada en este segmento. Europa lo comenzó en 2005, en América Latina la mayoría de los países los ha implementado, por lo tanto ya es hora de vincularse a las mismas”, señaló. Según Molfino, la experiencia en Argentina demostró que el mayor problema en la implementación de la figura, fue la falta de asesoría o de asesoramiento para la ejecución de las mismas, motivo por el cuál prever un contratiempo con la asesoría apropiada resulta vital para evitar multas y sanciones en los balances de cualquier compañía. Fuente: Dinero
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Analfe advierte que las NIIF amenazan a los fondos de empleados
Desde que se implementó por medio de la Ley 1314 del 2009, la conformación de un sistema homogéneo de normas contables de información financiera (NIIF) que fuera comprensible alrededor del mundo, los propietarios, funcionarios y empleados de las empresas empezaron su proceso de ajuste. Sin embargo, este nuevo modelo ha creado gran molestia especialmente en el sector de los fondos de empleados, ya que según explicó Miller García Perdomo, presidente de la Asociación de Fondos de Empleados Analfe, la ejecución de las NIIF “empujaría a los fondos de empleados, la principal fuente de financiación de más de cinco millones de hogares en el país, en el corto plazo a la quiebra técnica”. Según Perdomo, los aportes de los asociados se convertirían en pasivos y el patrimonio de las entidades disminuiría en los balances, por lo que habría una pérdida de capacidad de endeudamiento lo que llevaría a consecuencias como pérdida de contratos donde se necesite solidez financiera.
es improcedente y también reclaman un trato discriminatorio, ya que se están imponiendo normas diseñadas para entidades con ánimo de lucro. El reclasificar cualquier porción de los aportes sociales al pasivo es “darles el carácter de prestamista a los asociados desnaturalizando la figura del asociado y el aporte social, de esta manera se perdería la esencia de estas organizaciones”. Según Edmundo Flores, investigador de estándares internacionales, en Colombia se realizará la implementación para todas las entidades sin ánimo de lucro incluyendo cajas de compensación y se clasificarán de acuerdo al tamaño dentro de los tres grupos establecidos por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública y lo único que necesitan es una buena ayuda en la transición.
Entidades sin ánimo de lucro están en capacidad
Además añadió, que los fondos de empleados son una figura que existe únicamente en Colombia, y que al clasificarse como una entidad del sector solidario debería ser exonerada de esta implementación como se realizó en otros países del mundo con este tipo de entidades.
A pesar de que las entidades sin ánimo de lucro no están en la obligación se cree que sí están en la capacidad para afrontar este reto que mejoraría la capacidad de sus organizaciones a futuro, ya que se estarían implementando estados financieros que tienen una mayor credibilidad alrededor del mundo.
Al considerarse organizaciones sin ánimo de lucro esperan que se llegue a un acuerdo de generación de un nuevo diseño de estándar de contabilidad solidario “que se ajuste a las condiciones legales, doctrinales, operativas, económicas y financieras de las entidades que hacen parte los fondos de empleados”, explica el comunicado.
La mayoría de entidades de este tipo se espera queden en los grupos uno y dos de clasificación, por lo cual tendrían más tiempo para realizar los ajustes especificados y para que se involucre a toda la organización, en coordinación con un experto en las normas contables internacionales.
Los fondos de empleados han ido observando que adaptar la información financiera a los estándares que pide el gobierno
Fuente: Colprensa/ La República
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Contraloría analiza retrasar en un año aplicación de normas de contabilidad del sector público - Chile Cerca de 200 organismos del Estado tendrán que adoptar nuevos estándares en sus balances (NICSP). Las carreteras, por ejemplo, estarán contabilizadas dentro de los estados financieros del MOP. La Contraloría General de la República (CGR) sigue trabajando a toda marcha en la redacción de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP), que son análogas las IFRS aplicadas en el sector privado. En diciembre, la normativa estará publicada en el Diario Oficial en una resolución aprobada por el contralor general de la República. Y, si bien inicialmente se fijó que en el año 2015 empezaban a operar las NICSP en más de 200 entidades públicas, desde la Contraloría afirman que se está evaluando postergar su entrada en vigencia en un año. Consideran que podría ser razonable permitir un período más amplio para capacitar y modificar el sistema informático de los organismos. De ser así, la obligatoriedad de la implementación partiría en enero de 2016, ya que la normativa no puede quedar vigente a mitad de año, pues el proceso tiene que involucrar una apertura inicial de los estados financieros, por lo que siempre tendrá que partir el primero de enero. Las NICSP regirán para todos los ministerios y sus servicios dependientes, el Poder Judicial, el Congreso Nacional y la propia Contraloría, que deberán presentar nuevos estados financieros basándose en los principios de las nuevas normas. Durante este año, la CGR desarrolló una especie de plan piloto con un grupo de 13 organismos y constituyó mesas de trabajo para escuchar las necesidades de cada uno de ellos y ver la factibilidad de implementar puntos específicos. La Contraloría también contó con asesoría del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) durante todo este año en seis visitas distintas. La última se realizará durante el mes de octubre. El organismo también financió un diplomado —que se le adjudicó a la Usach— donde se capacitó a funcionarios de los 13 servicios públicos del plan piloto. Mauricio Cuevas, socio de IFRS de Grant Thornton —una de las auditoras que participa en el proceso—, explica que durante este año se ha diplomado a 120 personas del Ministerio de Salud y sus 29 servicios del país, 50 personas del Servicio Salud Metropolitano Sur Oriente, 50 profesionales del Ministerio de Obras Públicas (MOP) y 120 del Ejército.
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Nuevas exigencias Uno de los principales cambios que traerá la normativa es que los bienes nacionales de uso público como las carreteras empezarán a estar contabilizados como un activo. Es decir, se tendrá que reconocer toda la infraestructura pública dentro de los estados financieros de la entidad que corresponda. “Uno de los principales desafíos consiste en incorporar todos los activos de infraestructura con que cuenta nuestro país, tales como carreteras, caminos, puentes, aeropuertos, represas, obras hidráulicas y concesiones, ya que ninguno de tales bienes está registrado en los estados financieros”, dice Cuevas. Una de las principales dificultades será efectuar un catastro de todas las obras de infraestructura y luego de ello de-
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terminar cuál será la forma de valorización más apropiada, para definir el valor con que serán incorporadas a los estados financieros. “Existen en la actualidad alrededor de 120 mil kilómetros de carretas y caminos en nuestro país que deben ser inventariados y valorizados para incorporarlos como activos en la contabilidad de la nación, tarea no menor”, agrega. Las obras de infraestructura concesionadas también tendrán que quedar registradas en los estados financieros del MOP. Para el Ejército y Fuerzas Armadas se debe incorporar y valorizar sus activos tales como tanques, buques, aeronaves, armamento, instalaciones militares, etc.
Fuente: Economía y Negocios Chile
República Dominicana: Presentan nuevo sistema de contabilidad gubernamental a los Ayuntamientos y Cámara de Cuentas La Dirección General de Contabilidad Gubernamental (DIGECOG), presentó en el mes de septiembre el nuevo Sistema de Contabilidad Gubernamental sustentado en las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Publico (NICSP) a los ayuntamientos de todo el país, así como también al Pleno de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana. El Director General de la (Digecog), Licenciado Daniel Omar Caamaño Santana explicó que se realizó un arduo trabajo para elaborar el anteproyecto de ley para modificar la normativa legal vigente; la definición y desarrollo del marco conceptual contable; la elaboración de las políticas contables para el Sector Público, el plan de cuentas contable único; los manuales de contabilidad, las guías técnicas para su aplicación y un módulo contable exclusivo para los gobiernos locales. También se presentó la metodología y programas de implementación de las NICSP para la administración central, instituciones autónomas y gobiernos locales. La actividad contó con la presencia del Lic. Juan De Los Santos, Presidente de la Federación Dominicana de Municipios (FEDOMU) y Alcalde de Santo Domingo Este, así como demás Alcaldes, Alcaldesas, directores administrativos y contadores de los diferentes gobiernos locales del país. Fuente: Entorno Inteligente - Con Información de El Nuevo diario
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¿Cómo se realiza el manejo contable de la publicidad radial? Solo cuando los ingresos totales de las ventas de cuñas radiales, durante el año anterior, hayan sido inferiores a 30.000 UVT el servicio es excluido de IVA. Veamos detenidamente el siguiente caso. Este año empecé a llevar la contabilidad de una SAS que tiene que ver con publicidad en radio. Tengo dudas con relación al IVA porque en el RUT me dice que es régimen común en ventas y en el E.T. la definen en el art. 476 como excluida IVA, si no supera los ingresos para ser régimen común. Quisiera que me aclararan ese punto y cómo debería hacer las facturas de venta. ¿Tendría de todas maneras que discriminarlo en la factura de venta? Si se trata de una emisora, en efecto hay que observar el art. 476 del E.T., numeral 21, donde se observan los servicios excluidos del IVA. 21. Los servicios de publicidad en periódicos que registren ventas en publicidad a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior inferiores a 180.000 UVT. La publicidad en las emisoras de radio cuyas ventas sean inferiores a 30.000 UVT al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, y programadoras de canales regionales de televisión cuyas ventas sean inferiores a 60.000 UVT al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. Aquellas que superen este monto se regirán por la regla general. Entonces como este caso tiene que ver con una emisora, la norma afirma que solo cuando los ingresos totales de las ventas de cuñas radiales, en el año anterior, hayan sido inferiores a 30.000 UVT el servicio es excluido, pero si se pasaron el servicio es gravado. Por esta razón, quizás en el RUT se coloca que en algún momento usted puede ser responsable del régimen común si solamente en el año anterior, las ventas de esas cuñas radiales, que cobraron en la emisora se pasaron de 30.000 UVT. De igual manera, se debe tener en cuenta otra norma relacionada con la publicidad y de cómo se cobra el IVA en la pauta publicitaria. Se debe observar el art. 25 del Decreto 433 de 1999, el cual lo menciona la DIAN en el Concepto unificado del IVA del año 2003, donde aparecen empresas que hacen otro tipo de pauta publicitaria y no son propiamente una emisora o un periódico, sí son responsables del IVA.
Fuente: Glob@lsoft
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¿Qué técnica de presupuestación utiliza? ¿Por qué es importante?
Ya sea que usted esté operando actualmente un negocio o pretenda ejecutar un proyecto de negocio, es importante saber qué técnica de presupuestacion le conviene usar más. Dentro del entorno empresarial actual, la técnica presupuestaria utilizada está íntimamente vinculada al desarrollo y supervivencia de una empresa, de un proyecto o para proyectar una idea de negocios en un horizonte de tiempo. ¿Sabe usted lo importante que es saber qué técnica de presupuestación usar? Simple: La respuesta radica, en que esa técnica será la responsable de proveer el dinero suficiente para operar y mantenerse en el mercado. Como usted sabrá, una entidad comercial que ya esté en el mercado, o un emprendedor que desee ejecutar una idea de negocio deberá confeccionar sus presupuestos de ventas, de ingresos, producción, utilidades sobre la base creíble de técnicas concretas, afortunadamente hoy en día existen métodos muy buenos, que han sido aplicados con éxito por gobiernos, empresas y personas particulares.
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A continuación se presentan algunas técnicas más utilizadas:
Presupuesto Base Cero El Presupuesto Base Cero (PBC) es la técnica que sustenta el principio de que para el próximo período el importe de cada partida es cero. Mientras un enfoque da por válido lo ejecutado con anterioridad, otro afirma que nada existe y todo debe justificarse a partir de cero, analizando la relación costo – beneficio de cada actividad. Este presupuesto está destinado principalmente a “ahorrar” ya que su novedad reside en el hecho de rediseñar el presupuesto de un año para otro de arriba abajo, eliminando todos los gastos posibles. Se realiza sin tomar en consideración las experiencias habidas. Este presupuesto es útil ante el desmedido y continuo incremento de los precios, exigencias de actualización, de cambio, y aumento continuo de los costos en todos los niveles, básicamente.
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La aparición del PBC constituyó una reacción al procedimiento del sector público – fundamentalmente cuantitativo y casi nada cualitativo – que no sólo no contribuye a un análisis crítico de cada partida, sino que por una especie de inercia, generalmente fomenta un aumento en las erogaciones.
Hasta que Pheter Fynn llego a cambiar esto en su empresa llamada Texas Instruments (TI). Cada año prepara sus presupuestos como un loco como si el año pasado jamás hubiera existido, cada presupuesto tenía que ser Pensado desde CERO y así justifico su Locura:
El PBC resulta muy poco operativo porque exige que cada gerente, todos los años empiece de cero, como si su actividad nunca hubiese existido y descubra una nueva forma de trabajo y que además la evalúe relacionando su costo con el beneficio. En un auténtico presupuesto, las partidas del ejercicio anterior siempre se encuentran sujetas a modificaciones o a su eliminación, y deben ser cuidadosamente analizadas y evaluadas en orden a sus destinos. Sin embargo, se debe destacar que el presupuesto común no implica que las erogaciones anteriores simplemente son ratificadas y a menudo incrementadas. Por el contrario, exige competencia para la revisión periódica de todo lo actuado y la evaluación de la gestión y de las actividades de cada responsable para la definición de las partidas que lo componen.
“No es aceptable el uso de los gastos del año pasado como punto de referencia para los costos presupuestados este año, sólo para tener que justificar el aumento de ese gasto.”
Paquete de Decisión es el documento que identifica y describe una actividad específica de tal manera que la administración pueda: Evaluarla y jerarquizarla con relación a otras actividades que compiten por los mismos o similares recursos limitados y decidir si la aprobará o desaprobará. La descripción completa de cada actividad, función u operación que la Administración necesita para evaluarla y compararla con otras similares incluye:
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1. Metas y objetivos 2. Consecuencias de no aprobar la actividad 3. Medida de rendimiento 4. Otros posibles recursos de acción 5. Costos y beneficios Cómo se divide: 1. De eliminación mutua; son aquellos que presentan diversas alternativas para realizar la misma actividad, eligiendo la mejor, excluyendo los paquetes restantes. 2. De incremento, son aquellos que presentan diferentes niveles de actividad o costo.
Presupuestos por programas El presupuesto por programas se desliga de la concepción tradicional del concepto presupuestario. Pero su adopción supone la aceptación de unos elementos fundamentales, como los que se indican seguidamente: 1. Los objetivos de gasto. Cada programa es la ordenación de medios que disponen los centros gestores en orden a la consecución de sus objetivos. 2. Los programas. Son combinaciones de medios identificables orientados al logro de un determinado objetivo a alcanzar por un centro de gestión. 3. Los indicadores. Son elementos referidos a los objetivos de los programas presupuestarios que proporcionan informaciones cuantificables. Poseen carácter descriptivo y valorativo. 4. Seguimiento, control y evaluación de los resultados de la gestión. En un sistema de presupuesto por programas es imprescindible el establecimiento de algún tipo de control referido a la ejecución de los programas y sus resultados finales. Se puede definir la técnica presupuestaria por programas como una técnica empleada por el sector Privado y público, la cual, le permite realizar proyectos o programas estableciendo las actividades, los objetivos y su costo de ejecución y a su vez, racionaliza el gasto público. Es otras palabras, se puede decir que el presupuesto por programas, son las cosas y medios que adquiere el gobierno para el cumplimiento de sus funciones. El presupuesto por programas, es un instrumento de la programación presupuestaria ya que su función es combinar los recursos disponibles en el futuro. También se puede definir al presupuesto como una serie de programas que realiza cada una de las áreas de la empresa, para que la distribución de los recursos sea dirigida hacia las actividades y se tengan mejores beneficios.
Estructura Está formada por un conjunto de categorías: Función, sub-función, programas, subprogramas, actividad, proyecto, tarea, obra y trabajo.
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1. Función: Conjunto de gastos presupuestales, su finalidad inmediata o a corto plazo, proporciona un servicio público determinado. 2. Programa de operación: Es una herramienta que va a cumplir una función, mediante la fijación de metas u objetivos y se necesita emplear recursos materiales, humanos y financieros para que con anterioridad sean costeados. 3. Subprograma: Es la subdivisión de un programa, según su función y mediante metas parciales. 4. Actividad: Es emplear los recursos materiales, humanos y financieros para cumplir la realización de ciertos trabajos y de las metas de los mismos. 5. Tarea: Operación especial dentro de un proceso gradual y a través de ella se obtiene un resultado parcial. 6. Programa de inversión: Se aplican recursos para aumentar la capacidad operativa y se van a fijar las metas a alcanzar. 7. Subprograma: Subdivisión del programa en áreas específicas, en las que se lleva a cabo el proyecto de inversión. 8. Proyecto: Conjunto de obras de un programa o subprograma de inversión por realizar para obtener bienes capitales, determinados por el programa o subprograma. 9. Obra: Es la parte de un proyecto, un bien de capital específico. 10. Trabajo: Esfuerzo precisado dentro de un proceso.
Presupuestación por objetivos Con la idea de hacer más efectiva la descentralización y la delegación de las responsabilidades se desarrolló una nueva técnica presupuestaria que se divulgó bajo el nombre Presupuesto por Objetivo. Tres fases se distinguen en el desarrollo de esta técnica: 1. El establecimiento de objetivos. 2. Preparación de la organización que posibilite el logro de los objetivos. 3. Control de la realización de los objetivos. Como su nombre lo indica, este tipo de presupuestacion concibe como premisa principal el reconocimiento de objetivos concretos que guiarán la actuación de las operaciones de la entidad comercial.
Fases del presupuesto por objetivos La instauración y puesta en práctica de un presupuesto por objetivos requiere, el desarrollo de las siguientes fases: 1. Identificación de los programas de trabajo: El órgano encargado de la elaboración del presupuesto y los gestores del gasto deben identificar los programas de trabajo es-
Contable pecíficos que sean significativos para ser desarrollados y que derivan del propio programa de gobierno. 2. Los programas de trabajo definidos han de examinarse en relación con: La estructura organizativa existente, siendo ésta la que debe supeditarse a aquellos y no al contrario, asignando un responsable para cada objetivo o grupo de objetivos y evitando al máximo los denominados “programas compartidos”. Por lo que la organización administrativa es un elemento esencial en el éxito o fracaso de la implantación de un presupuesto de ejecución y planteará no pocas reticencias desde el ángulo político y administrativo, por cuanto significa organizar la estructura administrativa en función de los objetivos a cumplir dentro del período elegido. 3. Identificación de las unidades de ejecución dentro de cada programa: Esta es la fase en la que se presentan las mayores dificultades técnicas del proceso de implantación, dado que han de elegirse y describirse las actividades verdaderamente significativas para la consecución de los fines del programa. Las condiciones teóricas básicas que ha de cumplir una actividad para ser utilizada adecuadamente son las siguientes: – Ser cuantitativamente significativa. – Debe definir con claridad la función realizada. – Ha de ser fácilmente medible, recomendándose, cuando sea posible, que la cuantificación sea a nivel físico y económico. – Posibilidad de seguimiento, tanto a lo largo del proceso de ejecución como a la finalización del mismo. 4. Medición de los costes: Intento de medición total de los costes de ejecución de los objetivos marcados en los programas. Esto supone la orientación del sistema contable a tal finalidad, con la implantación de una Contabilidad Analítica a nivel adecuado. 5. Establecimiento de un sistema de información interna: De modo que pueda medirse la marcha del programa durante el año. El sistema de seguimiento nos permitirá analizar las desviaciones que se vayan produciendo sobre el plan inicial y tomar las medidas correctoras oportunas para reconducir el cumplimiento del objetivo. 6. Legislación que autoriza el presupuesto: Promulgación, en términos de programas, de la legislación que autoriza el presupuesto. Sería preciso introducir en las normas presupuestarias las modificaciones necesarias para poder desarrollar esta técnica sin inconvenientes legales. 7. Establecimiento de las cuentas: Establecimiento, sobre la base de programas subdivididos en unidades de ejecución, de las cuentas destinadas a controlar y registrar los desembolsos monetarios.
Presupuesto por actividades La planeación basada en actividades (más conocida por su nombre en inglés, Activity Based Planning [ABP]), es un método de trabajo el cual, a partir de la evolución del mode-
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lo ABC/M (administración basada en las actividades), busca generar información que integre los procesos de planeación estratégica y de presupuestación en un esquema basado en actividades para gestionar con un espectro más amplio.
Presupuesto basado en las Actividades (ABB) Es una forma más de presupuestar o planificar un período en una entidad. La confección de un presupuesto en base a las actividades es la adaptación de la filosofía del Costo Basado en las Actividades (ABC) al proceso de formulación de presupuestos. Con la utilización del mismo se pretende que éste se centre en las actividades, pues son estas las generadoras de costos y se estiman los recursos a utilizar teniendo en cuenta los output a obtener y los factores que causan los costos de las actividades a desarrollar. La prolongación de los principios del sistema ABC al Dentro del entorno empresarial actual, la técnica presupuestaria utilizada está íntimamente vinculada al desarrollo y supervivencia de una empresa, de un proyecto o para proyectar una idea de negocios en un horizonte de tiempo. La presupuestación basada en las actividades es un método de presupuestación donde la organización usa un entendimiento de sus actividades y su comportamiento a través de mediciones para estimar cuantitativamente las cargas de trabajo y requerimientos de recursos que serán utilizados en la ejecución de la planeación a través del presupuesto maestro, asumiendo la presupuestación del costo de las actividades y no de los productos, al ser estas las generadoras del costo. Este presupuesto, es un plan integrado y coordinado que se expresa en términos financieros, respecto de las operaciones y recursos que forman parte de una empresa, para un período determinado, con el fin de lograr los objetivos fijados por la gerencia. La presupuestación basada en las actividades es un método de presupuestación donde la organización usa un entendimiento de sus actividades y su comportamiento a través de mediciones para estimar cuantitativamente las cargas de trabajo y requerimientos de recursos que serán utilizados en la ejecución de la planeación a través del presupuesto maestro, asumiendo la presupuestación del costo de las actividades y no de los productos, al ser estas las generadoras del costo. Este presupuesto, es un plan integrado y coordinado que se expresa en términos financieros, respecto de las operaciones y recursos que forman parte de una empresa, para un período determinado, con el fin de lograr los objetivos fijados por la gerencia.
Técnica presupuestaria Basada en las Actividades El ABC es una técnica que permite asignar costos indirectos a bienes o servicios en función de las actividades que el producto o servicio consumen. De esta manera se costean actividades y no factores o elementos del costo, llegando a calcular el costo de un producto sobre la base del consumo de actividades que hace y no sobre la base de los elementos
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del costo o recursos básicos, los cuales son de difícil prorrateo en el caso de tratarse de costos indirectos.
La actividad como parte integral del Presupuesto La primera etapa para la elaboración del presupuesto basado en las actividades, consiste en definir aquellas que la empresa realizará en el período elegido. Esta definición pasa por identificar las actividades que consumirán los recursos que la empresa utilizará en el período, de forma tal que el total de recursos consumidos pueda ser vinculado con las actividades definidas; es decir, deben estar relacionados los recursos con el desempeño de las actividades. La actividad es el conjunto de tareas que generan costos y que están orientadas a la obtención de output para elevar el valor añadido de la organización, se llevan a cabo para satisfacer necesidades de los clientes, ya sean internos o
externos. Estas van a constituir un núcleo de acumulación de recursos empleados en el proceso productivo, capaz de ser asignados a los productos de acuerdo a los generadores de costos que le son imputables a cada tarea seleccionada. La actividad está integrada por un conjunto de tareas y para hacer un sistema de costos es imprescindible seleccionar actividades que agrupen las mismas. Está orientada a generar output mientras que la tarea es un paso necesario para la finalización de la actividad. Las actividades pueden clasificarse según su relación con los productos o servicios que produce o comercializa la empresa. En este sentido existen las actividades principales (relacionadas directamente con los productos y servicios) y las actividades auxiliares (apoyan las actividades principales). Fuente: Emprendices.co – Por Salvador Palma
Registro de las donaciones en el patrimonio o como ingreso “De lo consignado en la descripción del rubro referido se colige que cuando el ente económico recibe donaciones que correspondan a bienes que contengan las características para ser clasificados como propiedad, planta y equipo o de otro tipo, pero cuyo destino sea diferente al capital de trabajo, deben ser registradas en la cuenta correspondiente del activo, teniendo como contrapartida el superávit de capital. Por el contrario, si una compañía recibe donaciones en dinero o en otro tipo de bienes que serán utilizados en el desarrollo de su objeto social, involucrándolos directamente dentro de su actividad operacional para atender costos o gastos de funcionamiento, éstos originan un ingreso no operacional y el Plan Único de Cuentas ha previsto la subcuenta 429509 Subvenciones, para su contabilización.”
"Las donaciones que reciba un ente económico se registran dentro del patrimonio como superávit de capital, cuando se reciban bienes de uso para la entidad o aportes con destino diferente al capital de trabajo. Pero, si una entidad recibe donaciones en dinero o en especie para desarrollar su objeto social como sería el de la utilización de estos bienes o la incorporación de los mismos en el ciclo de actividades operacionales de la entidad, estas donaciones se contabilizan como ingreso y a su vez, la distribución de los mismos se registra como gastos". Por su parte, la Superintendencia de sociedades, mediante concepto 220-012225, indicó lo siguiente:
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Como vemos, las interpretaciones que hacen estos organismos para indicar si una donación recibida debe registrarse directamente en las cuentas de “superávit de capital” (dentro del patrimonio) o si debe registrarse en las cuentas del grupo “ingresos” (en el estado de resultados), es que todo depende del destino específico que deberá dársele a la donación. Por tanto, y por citar un ejemplo, si una Fundación sin ánimo de lucro dedicada a la labor de educar niños recibe una donación en dinero pero que debe ser destinada específicamente a comprar un edificio en el cual se den clases, en ese caso ese dinero sí se registraría directamente en sus cuentas de “superávit de capital” dentro del patrimonio. Pero si el dinero recibido fuese para que lo utilicen en el giro normal de sus actividades, a saber, para pagarle a los profesores que dan las clases, en ese caso la donación se registraría como un “ingreso” en su estado de Resultados Fuente: cipauditoresltda.blogspot.com
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Registro contable de mejoras en propiedad ajena depende de clase de contrato de arrendamiento Para realizar el registro contable de las mejoras efectuadas en propiedades ajenas, es necesario que el interesado establezca si las mismas están relacionadas con contratos de arrendamiento financiero o de arrendamiento operativo, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP). Si se derivan de un contrato financiero capitalizado como una clase de propiedad, planta y equipo, las mejoras deben incorporarse como parte del costo del activo, bien sea en el reconocimiento inicial o en periodos posteriores.
vida útil o un patrón de consumo distinto a los del activo principal, pueden ser presentadas como una clase separada de propiedad, planta y equipo. En todo caso, señaló el CTCP, la vida útil no necesariamente corresponde a la duración del contrato, sino que este término debe compararse con la utilización esperada del activo y establecerla por el menor término de los dos.
No obstante, si los derechos son ajustados al costo atribuido en la fecha de transición, los saldos registrados como cargos diferidos o activos intangibles deberán ser dados de baja contra las ganancias o utilidades retenidas, precisó la entidad.
De otra parte, las mejoras dentro de un contrato operativo pueden registrarse inicialmente como una clase de propiedad, planta y equipo, siempre que cumplan las condiciones para el reconocimiento de un elemento de esta clase, como esperar el uso sobre ellos para más de un periodo o intervenir en la producción o suministro de bienes y servicios.
Cuando las mejoras representan una parte significativa del costo de los derechos registrados como activo y tienen una
Fuente: esperanzajuridica.com – Por Yesica Espinosa
Políticas contables, parámetros y reglas de juego para entender los estados financieros El hecho que existan políticas contables no garantiza que no se manipule un estado financiero. Estas políticas deberían nacer de la gerencia o la parte administrativa de la empresa, pero terminan siendo elaboradas por el área contable. Ha causado revuelo en la comunidad contable el concepto “políticas contables”, pero siempre se han tenido políticas contables. Uno no puede hacer un estado financiero si no se tiene una política. Ahora bien, que yo no haya cumplido con esas políticas, se haya manipulado información, eso es otra cosa. El hecho que haya políticas no garantiza que no se manipule un estado financiero. Las políticas contables son los parámetros y reglas de juego con las cuales se elaboran los estados financieros, para que cuando alguien los lea sepa en qué se basa el profesional para elaborar los estados financieros. A medida que uno va leyendo se va ubicando. Las políticas contables lo que hacen es contextualizar cómo y bajo qué metodología se hicieron y prepararon los estados financieros. Estas políticas nacen de la gerencia, de los administradores pero ellos no las hacen. El área contable es quien asume esta responsabilidad. Y así estos las hagan, la gerencia es
quien debe aprobarlas y legalizarlas. Así se vuelve un elemento más como fundamento cuando se firma algo. Bajo esta perspectiva, el principal objetivo de las políticas contables es brindarle a quien va a leer el estado financiero la facilidad de que entienda la forma cómo se elaboraron esos estados financieros.
¿En dónde se colocan esas políticas contables? Se colocan en las notas a los estados financieros; el cual es el quinto estado financiero. Esas reglas de juego están en el estado de notas a los estados financieros. No hay que colocar todas sino las principales políticas contables y de manera resumidas. Puede ser que mi manual de políticas contables sea más extenso y detallado, pero se deben resumir para que el lector entienda de dónde fue que se obtuvo la información y los métodos. Hay que recordar que quien garantiza que se han cumplido las políticas contables es una auditoría. Fuente: Glob@lsoft
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Claves sobre el impuesto al patrimonio
¿De qué se trata el nuevo impuesto del Ministro Mauricio Cárdenas? El patrimonio es igual al valor de todos los bienes y derechos apreciables en dinero (Activo) poseídos por una persona, menos las cuentas por pagar a toda clase de acreedores (Pasivo). En lenguaje contable el concepto de Patrimonio se expresa con la siguiente ecuación: Patrimonio = Activo – Pasivo El impuesto al patrimonio se estableció en Colombia en 1935, se eliminó a partir de 1974 para las personas jurídicas y a partir de 1992 para todos los contribuyentes. Este impuesto se reimplantó en el año 2002 con el nombre de “Impuesto para preservar la Seguridad Democrática” bajo la promesa gubernamental no cumplida de ser temporal. A partir de 2004 y hasta el día de hoy se volvió a adoptar el nombre de impuesto al patrimonio. Según la teoría tributaria, los impuestos patrimoniales buscan gravar la renta potencial, no la renta real producida por
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los bienes, renta potencial que es considerada como una expresión de capacidad económica y por tanto de capacidad contributiva. El contribuyente que posee bienes improductivos pero con aptitud de ser explotados, se ve exigido a explotarlos, puesto que al gravar la renta virtual y no la real premia a aquellos con capitales productivos y penaliza a quienes tienen recursos improductivos o poco productivos. Otra virtud que se le atribuye al impuesto al patrimonio es que, al operar en forma simultánea con el impuesto a la renta, consolida y asegura la progresividad del sistema tributario imprimiéndole mayor equidad, pues la acumulación de capital usualmente se presenta en los estratos de ingresos medios y altos. El impuesto al patrimonio también es visto como un mecanismo de control a la evasión al compensar los impuestos de rentas ocultadas por los contribuyentes. Desde la perspectiva política, este tributo es fuente de dividendos electorales para legisladores y gobernantes al tomar parte de
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la riqueza de los más pudientes y distribuirla a los menos favorecidos vía gasto público o subsidios. Sin embargo, el impuesto al patrimonio es considerado una doble tributación a la renta. Usemos el ejemplo de dos personas, consumidor y ahorrador, que reciben ingresos por $100 y pagan impuesto a la renta por $20. El primero decide consumir el ingreso neto de $80 y no paga impuesto al patrimonio, no así el ahorrador que al invertir los $80 debe pagar al Estado este impuesto. El patrimonio en Colombia es objeto de múltiple tributación, tanto por tenencia como sobre la circulación, bien sea global o individual para ciertos bienes. Por tenencia: impuesto al patrimonio; impuesto predial, plusvalía y contribución por valorización de bienes inmuebles; impuesto a los vehículos. Cuando en un año gravable se obtienen bajas utilidades o se sufren pérdidas, se paga impuesto a la renta sobre el 3% del patrimonio líquido. Además debe pagarse contribuciones a las cámaras de comer-
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cio y organismos de vigilancia y control del Estado. Sobre la circulación: gravamen a los movimientos financieros (4 por 1.000), impuesto de ganancias ocasionales sobre las herencias, impuesto de registro de los bienes inmuebles en compraventa, constitución y cancelación de hipoteca, e impuesto de registro de aportes de capital a las sociedades, entre otros. Cuando se desciende del postulado general a la realidad particular de grupos de contribuyentes o contribuyentes individuales, en vez de mayor equidad y productividad de los activos predicada por los teóricos puede presentarse el efecto contrario de inequidad o eliminación de la viabilidad de las inversiones por la excesiva o impropia carga tributaria. Una de estas situaciones se da en los casos de improductividad de los bienes no atribuible al contribuyente sino inherente a la actividad económica que se está desarrollando, como en el período improductivo de las inversiones durante
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el cual no hay generación de renta ni de flujos de efectivo, sino por el contrario consumo de efectivo. La obligación de pagar el impuesto al patrimonio, al no existir renta, debe atenderse acudiendo al endeudamiento o un mayor aporte de los propietarios. Como ejemplos tenemos los cultivos de tardío rendimiento, y a manera de ilustración vamos a considerar la reforestación. Esta actividad tiene turnos entre siembra y que pueden ir de 8 a 25 años dependiendo de la especie de árboles sembrados y del uso dado a la madera. Un programa forestal con un turno de 20 años que para garantizar determinado volumen permanente de madera requiera cosechar 100 hectáreas por año, necesita tener sembradas 2.000 hectáreas con edades entre 1 año y 20 años. En los primeros 20 años el cultivo estará en período improductivo y a partir del año 21 de las 2.000 hectáreas, 100 estarán en período productivo y 1900 en período improductivo. No obstante se debe pagar el impuesto al patrimonio sobre el total de la inversión. Si este programa forestal se inició en el año 2002, en el año 2014 continuará en período improductivo pero habrá pagado impuesto al patrimonio del 12.9% sobre la inversión. Para que los diferentes tipos de impuestos cumplan eficientemente su función deben considerar el entorno económico y social. Hace 30 años o más, el impuesto al patrimonio pudo haber sido importante para mitigar los altos niveles de evasión porque las autoridades de impuestos no disponían de los recursos tecnológicos para controlarla. Hoy en día, la DIAN cuenta con equipos de cómputo, software e internet, entre otros, que le permite procesar y consultar una gigantesca cantidad de información suministrada por los mismos contribuyentes, todo lo cual facilita la función de fiscalización. El pasado estaba caracterizado por una economía cerrada, la oferta de bienes y servicios era limitada para atender la demanda, altos precios y altas rentabilidades del capital que permitían pagar el impuesto al patrimonio. Hoy, con la globalización, el desarrollo del transporte, el mayor acceso a la tecnología y el flujo de capitales, la situación es de exceso de oferta, con alta competencia y menores márgenes de utilidad que ha conducido a la disminución de la rentabilidad del patrimonio de diversos sectores de la economía. La tasa de interés real del DTF a 90 días ha descendido de manera importante. Así, para el período de los 6 años anteriores (1986 a 1991) a la eliminación del impuesto al patrimonio, la tasa promedio DTF fue del 33.83%, la inflación del 26.40% y la tasa de interés real del $7.43%. Para el período de 6 años terminados en 2013 (2008 a 2013), la tasa promedio DTF fue del 5.56%, la inflación del 3.49% y la tasa de interés real del $2.07%. Si con esta renta real del 2.07% el ahorrador tiene que pagar el impuesto a la renta del 33%, el Gravamen a los Movimientos Financieros del 4 x 1000 y el impuesto al patrimonio del 1.2% ó 1.5%, el Estado termina confiscándolo.
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El hecho real, observable, es que los patrimonios no generan una rentabilidad similar para todos los sectores de la economía, no por causas atribuibles a los contribuyentes sino porque deben afrontar diferentes condiciones de mercado, competencia, tecnología, estructura de activos, fuentes de financiación, e impacto de las variables macroeconómicas. La apreciación del peso tiene un impacto muy distinto en una empresa con un alto porcentaje de sus ventas destinadas a la exportación que en un constructor de bienes inmuebles. El impuesto al patrimonio tal como está articulado en el Estatuto Tributario tiene otras inequidades. La exclusión de la base gravable del valor patrimonial neto de las acciones o aportes poseídos en sociedades nacionales tiene como propósito evitar el doble pago del impuesto sobre el mismo patrimonio, tanto por la sociedad como por los socios o accionistas. Sin embargo esta exclusión no aplica a todos los contribuyentes sino a los tenedores directos de estos títulos o los indirectos a través de fondos de inversión especializados en acciones. No aplica a los trabajadores que tengan inversiones en acciones a través de fondos de pensiones o fondos mutuos de inversión, configurándose en este caso la doble tributación.
Conclusión Las imperfecciones del impuesto al patrimonio, en particular por no expresar una capacidad de pago similar para todos los contribuyentes, conduce a inequidades, observándose casos donde los pagos anuales de este impuesto es superior a los de renta y CREE juntos. Esta fuente de recursos podría ser utilizada excepcionalmente para financiar situaciones coyunturales del Estado tal como fue propuesto en 2002 por el Gobierno de la época. Lo cierto es que el impuesto al patrimonio se convirtió en fuente de ingresos permanente del Gobierno Nacional y ha sido incluido en sus ingresos corrientes. Lo deseable sería reemplazarlo con un impuesto que consulte mejor la capacidad de pago. El impuesto a la renta refleja en mejor medida la capacidad contributiva, puesto que a mayores utilidades se paga mayor impuesto y no se agrava más la situación de quienes sufren pérdidas o tienen bajas rentabilidades, así como también los activos en período improductivo. Por lo anterior se propone reemplazar el impuesto al patrimonio por otro que se liquide sobre la misma base del impuesto a la renta que permita recaudar el monto equivalente. Este impuesto, que también podría ser una sobretasa al de renta, sería transitorio por los mismos años en que se pagaría el impuesto al patrimonio. El impuesto sustituto o la sobretasa del impuesto a la renta hace que contribuyan todos los declarantes a financiar las cargas públicas de la nación y no solo un grupo de ellos. Fuente: las2orillas.co - Por: Indalecio Dangond Baquero
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El leasing habitacional es reconocido por la DIAN como mecanismo de financiación de vivienda Pese a lo expuesto en el mes de febrero de 2014 por parte de la DIAN a través del concepto 006153 que desconocía el leasing habitacional como sistema de financiación de vivienda al considerarlo sólo una “figura jurídica”, que utilizaban las entidades sujetas a vigilancia de la Superintendencia Financiera; ha sido revocado tal concepto y se da de forma expresa su reconocimiento.
Leasing habitacional como forma de financiación de vivienda Hasta ahora la DIAN había mantenido la posición de desconocer el leasing habitacional como forma de financiación de vivienda, por tal razón no permitía que se otorgara el beneficio a los retiros que se efectuaran de aportes voluntarios a fondos de pensiones antes de 10 años, ya que para esa entidad la adquisición de vivienda sólo era procedente una vez se ejerciera la opción de compra.
Retiro de aportes para pago de leasing Mediante concepto 885 del 31 de julio de 2014 de la DIAN fue revocada dicha posición. De esta forma se abre la posibilidad de realizar pagos por concepto de leasing habitacional con dineros provenientes de retiros de aportes voluntarios a fondos de pensiones por considerar que no deben estar sometidos a imposición alguna tales retiros, ya que persigue la finalidad de adquisición de vivienda, aún si ese retiro es realizado antes del periodo de 10 años, impuesto por la Ley 1607 de 2012 (reforma tributaria), conservando así su condición de renta exenta. Esto fundamentado en que la Ley habla de forma general de adquisición de vivienda, sin enfatizar en forma alguna adoptada, permitiendo así el retiro de dichos aportes para atender el pago de los cánones del leasing habitacional.
Otorgamiento del Beneficio Tributario para el Locatario del Leasing Habitacional En el mismo concepto la DIAN reconoce igual beneficio tributario cuando el retiro se hace con la finalidad de pagar para que sea cedida la posición de locatario en un contrato de leasing habitacional, aunque la cesión como tal no haga parte del leasing, toda vez que se considera que se está cumpliendo con la finalidad de adquisición de vivienda, revocando lo expuesto en febrero a través del concepto 006153. Constituye entonces un gran avance en materia de adquisición de vivienda de personas naturales quienes encontrarán a través del ahorro mediante aportes voluntarios en fondos de pensiones el doble beneficio que otorga el considerar ese ingreso como renta exenta y al mismo tiempo poder disponer de esto para adquisición de vivienda mediante la modalidad de leasing habitacional. Fuente: Sectorial.com – Por Gloria Patricia Jaramillo Aristizábal
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En Caldas se cayeron dos rebajas del impuesto de vehículos Dos posibilidades de rebaja en los impuestos de vehículos en Caldas acaban de desaparecer. Si usted compraba un carro en el departamento y lo matriculaba en la Unidad de Tránsito Departamental, ubicada en Villamaría, la exención era del 20%. O si lo adquiría por fuera del territorio caldense y también lo matriculaba en Villamaría, el beneficio era por el 50%. Estos alivios tributarios los aprobó la Asamblea del 2007, luego de que la Secretaría de Hacienda los incluyó en un paquete de beneficios en busca de mejorar las rentas de la Gobernación. Sin embargo, casi seis años y medio después de entrar en vigencia, el Consejo de Estado anuló el parágrafo en el que estaban estas dos disposiciones, que favorecían a dueños de carros. El alto tribunal consideró que los diputados no estaban facultados para establecer esos beneficios. Aclara que si bien la Constitución Política permite a las entidades territoriales conceder exenciones y tratamientos preferenciales sobre impuestos de su propiedad, no lo autoriza frente a tributos de titularidad de la Nación, como el de vehículos automotores. Abogados explicaron que la decisión obedece a que las entidades territoriales no pueden conceder beneficios o tratamientos tributarios preferenciales en un impuesto nacional, aunque sus rentas se hayan cedido a los departamentos y al Distrito Capital. El proyecto lo aprobaron el 18 de diciembre del 2007, es decir a 13 días de finalizar su mandato el gobernador Emilio Echeverri, y de asumir Mario Aristizábal. Mauricio Velásquez, jefe de la Unidad de Rentas en ese momento, argumentó sobre los descuentos: "La Oficina de
Rentas ha realizado algunos cambios, lo que ha generado muy buenos resultados, así mismo es lo que se pretende con la presente ordenanza a fin de alcanzar mejores rentas para el año 2008". Agregó que era una estrategia a mediano plazo, dado que es importante educar y formar una cultura en Caldas para el pago oportuno del impuesto de vehículos. "Con la exoneración de impuestos por sanciones y pago oportuno, es un impuesto que puede representar un ingreso importante". El Consejo de Estado también explicó que no solo la Asamblea, sino en general los entes territoriales, no tienen atribuciones para conceder beneficios o tratamientos tributarios preferenciales de carácter nacional, pues esto le corresponde exclusivamente al legislador. Con el fallo, el llamado tribunal supremo revocó la sentencia del Tribunal Administrativo de Caldas que negó la nulidad del parágrafo primero del artículo 5° de la Ordenanza 586 de 2007.
Repercusión El actual Jefe de la Unidad Departamental de Rentas, Jesús Antonio Bermúdez, dijo que la medida aprobada en el 2007 era una estrategia que se antojaba sugestiva para los propietarios de vehículos. Bermúdez expresa: "Lo primero es que la ordenanza salió, por consiguiente gozaba de legalidad y por eso se aplicaba. Se vio como una buena esperanza para mejorar los ingresos a la Gobernación".
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El funcionario dice que en la práctica las cosas fueron distintas de lo esperado. Asegura que no tuvo la acogida esperada, sobre todo por un comportamiento cultural de la gente de Manizales. "En la ciudad tienen mucha confianza en su Secretaría de Tránsito. Además, a pesar de los beneficios por comodidad, prefieren tener matriculado su carro aquí y no en Villamaría, así solo se gasten 20 minutos para ir allá", añade. Su conclusión es que en muy poco se afectarán el recaudo por la anulación, vía Consejo de Estado, de los descuentos para quienes compraban carros y los afiliaban en la Unidad Departamental de Tránsito en Villamaría.
Algo de historia *El impuesto sobre vehículos automotores, creado por la Ley 488 de 1998, es un impuesto de propiedad de la Nación, y, por ello, dicha facultad está atribuida, exclusivamente, al Congreso de la República, cuando de rentas nacionales se trata. *Los artículos 187 y 294 de la Constitución Política desarrollan la autonomía de las entidades territoriales, entre otros, para establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como para conceder exenciones y tratamientos preferenciales en relación con los tributos de su propiedad.
*En el caso del impuesto sobre vehículos automotores, esa facultad para crear beneficios o tratamientos tributarios preferenciales se ve restringida, toda vez que si bien las rentas del impuesto fueron cedidas a los departamentos y al Distrito Capital, y su titularidad es de la Nación, dicha cesión, según se desprende de la Ley 488, sólo le permite a estas entidades territoriales la administración y control del tributo, a saber: el recaudo, la fiscalización, proferir liquidaciones oficiales, la discusión, el cobro y la devolución del impuesto.
Lo que se cayó 1. Los vehículos nuevos, comprados en la jurisdicción del Departamento de Caldas, que se registren en la Unidad Departamental de Tránsito de Caldas, se harán acreedores a una exención equivalente al 20% sobre el impuesto del año correspondiente al de su matrícula, el cual se liquidará conforme al valor de la respectiva factura de venta. 2. La exención será del 50% cuando el vehículo que se matricula en la unidad departamental de tránsito sea adquirido fuera de la jurisdicción del Departamento de Caldas.
Fuente: La Patria – Por Óscar Veiman Mejía
La doctrina de la DIAN por encima de la Ley
Uno de los más importantes postulados del Estado de Derecho es la garantía consistente en que los tributos están ligados a la representación del pueblo en el órgano legislativo, en virtud del principio de reserva de ley. Sin embargo, se le otorgó competencia a la DIAN para interpretar las normas jurídicas, función que se efectúa por medio de conceptos. Este fenómeno causa distorsión al sistema jurídico en materia tributaria, en la medida en que a través de la doctrina de la DIAN se incrementa el recaudo, dando con esos conceptos alcances que la ley no consagra. Un ejemplo de ello es el reciente Concepto 100202208885 del 31 de julio de 2014, en el cual la DIAN regula el tratamiento de las personas na-
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turales sometidas al impuesto sobre la renta y complementarios. Precisemos primero que el artículo 329 del Estatuto Tributario, estipula de manera clara que los ingresos por pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales no se rigen por lo previsto en los capítulos I y II del título pertinente del Estatuto Tributario sino por lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 206 ibídem, lo que supondría que estos ingresos no se tienen en cuenta para establecer la aplicación de los sistemas alternativos de depuración de la renta, recordemos que estos son el IMAN, IMAS y el procedimiento de depuración ordinaria. Por su parte, el Decreto 3032 de diciembre 27 de 2013, consagra que estos ingresos si se deben tener en consideración para efectos de determinar la calidad del contribuyente, lo que la ley no advierte por ningún lado. No siendo suficiente la anterior contradicción, la DIAN se despacha con el Concepto antes mencionado y ordena que los ingresos provenientes por pensiones se deben sumar a los otros ingresos obtenidos en el periodo gravable, y así aplicar las reglas de porcentaje límite para establecer si se es empleado, trabajador por cuenta propia u otros, ampliando el número de contribuyentes que tendrán que liquidar su impuesto por el IMAN, aumentando, de esta manera ilegal, el recaudo del impuesto sobre la renta y violando de manera flagrante el principio de no impuesto sin representación. Fuente: Alcorriente Empresarial – Banco de Occidente
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El impuesto a los dividendos En la mayor parte de los países civilizados los dividendos pagan impuestos que son superiores a los que recaen sobre las empresas. En Estados Unidos se cobra un 39,6% a los propietarios, mientras las empresas pagan el 33%. En los países de la OECD, club al que aspiramos entrar, se paga en promedio 24% por los dividendos y 19% sobre la renta de las empresas. Se trata de cobrar impuestos proporcionales a la riqueza de los individuos y de que la desigualdad se reduzca, algo que no sucede en Colombia, uno de los países con mayor desigualdad en el mundo. Acá la desigualdad aumenta de generación en generación, porque además el impuesto a las herencias es bajo y no proporcional, igual al de la ganancia ocasional que es de sólo el 10% (simplificado de tarifas marginales de 18, 28 y hasta 33% por Santos I). Cuando los dueños de las empresas quedan exentos de pagar impuestos sobre los dividendos, se agudiza la desigualdad. La secretaria de Luis Carlos Sarmiento Angulo paga una proporción bastante mayor de su ingreso que su jefe, quien gana mil veces más. La injusticia se reproduce con el impuesto al patrimonio porque las acciones están exentas del mismo. La evasión de los terratenientes es monumental: subvalúan sus propiedades al declarar un peso por cada 50 pesos de sus valores comerciales y se escapan de un impuesto que tiene algunos visos progresistas, si tan sólo recayera sobre las personas naturales. Otra consecuencia es que incentiva a las empresas a repartir más dividendos y a reinvertir menos sus utilidades. Por eso es un impuesto anti-técnico y nocivo. El impuesto al patrimonio de las empresas es contraproducente. Pagan más las empresas más viejas o que cuentan con amplias dotaciones de capital físico, como una acería o una generadora de energía. Las empresas que están invirtiendo grandes volúmenes de capital, cuya maduración puede tomar varios años, como la industria petrolera, son especialmente golpeadas. Eso puede determinar que ciertas inversiones simplemente no se hagan. Siempre es técnicamente superior un impuesto al flujo de ingresos que al patrimonio, pues éste puede no estar generando la caja requerida para enfrentarlo. Quedamos pagando los que tenemos apartamento y ahorros en un fondo de pensiones, mientras que las empresas pagan el 80% del tal impuesto. Si el impuesto al patrimonio recayera sólo sobre las personas naturales, sin eximir las acciones, por fin los hombres más ricos del país pagarían parte de lo que les corresponde para sostener al Estado que los protege. Como las deudas se pueden excluir del patrimonio, las personas naturales y las empresas se endeudan... ¡para comprar acciones! El incentivo puede crear una burbuja en el mercado accionario; al mismo tiempo, se reduce el colateral para respaldar sus créditos, lo que crea mayor riesgo para los bancos. En 2015, el Gobierno estará recaudando sólo 12,4% del PIB, cifra que es vergonzosa después de dos reformas tributarias. Su decisión de cobrar el impuesto al patrimonio sólo por un año significa que se resigna a un déficit fiscal enorme, a menos que se venga con un aumento del IVA, para que los pobres y la clase media paguemos lo que no pagan los más ricos. El Gobierno también podría tasar los dividendos y las herencias proporcionalmente, además de retirar las exenciones injustificadas al ahorro financiero; obtendría así, al mismo tiempo, el recaudo necesario y una mejor distribución del ingreso. Fuente: El Espectador – Por Salomón Kalmanovitz
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Extensión e incremento del impuesto al patrimonio: eje central del proyecto de ley de financiamiento El Proyecto de ley para el año 2015 aprobado por el Congreso en las comisiones conjuntas tiene un déficit de 12,5 billones de pesos. Es por ello que resulta necesario que la ley de presupuesto se encuentre acompañada por una ley de financiamiento que cubra lo faltante. En este sentido, el Ministro de Hacienda anunció que se radicará en el congreso un proyecto de ley de financiamiento cuyos ejes serán: la extensión y modificación del impuesto al patrimonio y la extensión del 4x1000. Así mismo, habló de la necesidad de gravar a partir del 2015 los capitales que tienen los colombianos en el exterior y aclaró que debido a la extensión y aumento del impuesto al patrimonio, no se gravarán los dividendos. Por último, estableció la posibilidad de incrementar la tarifa del IVA y de la creación de nuevos impuestos. El Ministro de Hacienda explicó en qué consiste la extensión y la modificación del impuesto al patrimonio y las razones para extender el 4x1000 de la siguiente manera:
Impuesto al patrimonio El impuesto al patrimonio se extendería por cuatro años más y se plantea un aumento a su tarifa, la cual pasará de 1,5 % a 2,25%. Con esto el gobierno calcula que 40 mil empresas aportarán aproximadamente 8,8 billones de pesos. Ese aumento de tarifa anual se realizará de la siguiente manera: • Primer rango: 1000 millones de pesos a 3.000 millones de pesos tendría una tarifa de 0,4% • Segundo rango: 3.000 millones de pesos hasta 5.000 millones de pesos tendría una tarifa de 1.1% • Tercer rango: 5.000 millones de pesos - 8.000 millones de pesos tendría una tarifa de 2% • Cuarto rango: más de 8.000 millones de pesos tendrían una tarifa de 2,25% La base de cobro permanecerá en 1000 millones de pesos.
4x1000 El impuesto a los movimientos financieros se extendería hasta el año 2019. A pesar de que se había previsto que este impuesto iba a bajar este año al 2 por mil, el gobierno justifica su permanencia por la necesidad de reforzar el presupuesto del sector rural tras las protestas que se dieron en el 2013.
Fuente: Boletín Impuesto al patrimonio - Deloitte
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El nuevo MECI una gran oportunidad para el municipio colombiano
El Modelo Estándar de Control Interno (MECI) de haber sido implementado adecuadamente por las administraciones municipales, hubiera permitido un gran avance en la eficiencia y eficacia de las administraciones locales. El Modelo Estándar de Control Interno, al igual que otras importantes normas tales como el Marco Fiscal de Mediano Plazo, el Plan anual mensualizado de caja (PAC), la norma de calidad NTCGP 1000 y otros, se ritualizaron, es decir, las administraciones municipales los elaboraron y los aprobaron, para cumplir las normas que los obligan a hacerlo, pero no se han implementado o los que lo han hecho presentan grandes falencias.
Fundamento legal del control interno La Constitución Política de 1991 incorporó el concepto del Control Interno como un instrumento orientado a garantizar el logro de los objetivos de cada entidad del Estado y el cumplimiento de los principios que rigen la función pública. Por su parte, la Ley 87 de 1993 establece normas para el ejercicio del Control Interno en las entidades y organismos del Estado, y la Ley 489 de 1998 dispuso la creación del Sistema Nacional de Control Interno. Finalmente, mediante el Decreto 1599 de 2005 se adoptó el Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005.
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¿Cuál es el ámbito de aplicación del MECI? El Modelo Estándar de Control Interno debe ser aplicado por todos los organismos y organizaciones de las Ramas del Poder Público en sus diferentes órdenes y niveles, por la organización electoral, los organismos de control, los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado, las sociedades de economía mixta, en las cuales el Estado posea el 90% o más de capital social, el Banco de la República y los fondos de origen presupuestal.
¿Qué es realmente el MECI? Es el Modelo Estándar de Control Interno que permite el diseño, desarrollo y operación del Sistema de Control Interno en las Entidades del Estado.
Sustento del modelo estándar de control interno Autocontrol: Es la capacidad de cada servidor público para controlar su trabajo, identificar desviaciones y hacer correctivos, para lograr los resultados esperados en el ejercicio de su función, de manera que la ejecución de los procesos, actividades y/o tareas bajo su responsabilidad, se desarrollen con fundamento en los principios establecidos en la Constitución Política.
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Autorregulación : Es la capacidad de la entidad para aplicar de manera participativa a su interior, los métodos y procedimientos establecidos en la normatividad, que permitan el desarrollo e implementación del Sistema de Control Interno bajo un entorno de integridad, eficiencia y transparencia en la actuación pública. Autogestión: Es la capacidad institucional de toda entidad pública para interpretar, coordinar, aplicar y evaluar de manera efectiva, eficiente y eficaz la función administrativa que le ha sido asignada por la Constitución, la Ley y sus Reglamentos.
Diferencias entre el antiguo MECI 2005 y el nuevo modelo propuesto El modelo propuesto en 2005 contemplaba tres subsistemas, nueve componentes y veintinueve elementos asociados a cada uno de los componentes; así por ejemplo para el componente de ambiente de control, el elemento acuerdos y compromisos éticos obliga a la entidad a elaborar con la participación de todos los servidores un código de ética, un manual de talento humano que contemple todo el proceso desde la selección, admisión, permanencia, capacitación, bienestar y retiro; y un documento en el cual el gobernante consigne la forma en que va a regir los destinos del municipio.
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En el componente administración de riesgos obliga a que la entidad disponga de un estudio que identifique los riesgos inherentes a cada uno de los procesos, los analice, los valore y determine la forma como va a administrarlos. En el de direccionamiento estratégico debe disponer de los respectivos planes y programas, un mapa de procesos y una estructura organizacional con sus respectivos manuales de funciones, tanto a nivel de cargos como de unidades administrativas. El modelo de actualización del MECI propuesto por el Departamento Administrativo de la Función Pública, contempla dos módulos, Módulo de Control de Planeación y Gestión con los componentes de Talento Humano, Direccionamiento Estratégico, Administración del Riesgo y los elementos, Acuerdos, Compromisos o Protocolos Éticos, Desarrollo del Talento Humano, Planes, Programas y Proyectos, Modelo de Operación por Procesos, Estructura Organizacional, Indicadores de Gestión, Políticas de Operación, Políticas de Administración del Riesgo. Identificación del Riesgo, Análisis y Valoración del Riesgo y un Módulo de Control de Evaluación y Seguimiento, con los componentes Autoevaluación Institucional, Auditoría Interna y Planes de Mejoramiento con los elementos, Autoevaluación del Control y Gestión, Auditoría Interna y plan de mejoramiento. Como complemento a la estructura anterior, existe un eje transversal enfocado hacia la información y la comunicación.
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Es decir que como resultado final de la actualización, de tres subsistemas se pasó a dos módulos, de nueve componentes se pasó a seis y de los veintinueve elementos del modelo anterior se pasó a trece.
¿Cómo deben proceder los municipios para actualizar su MECI? Los municipios que diseñaron e implementaron adecuadamente el MECI 1000 propuesto en 2005, no tendrán mayores inconvenientes para adaptarse a la actualización, ya que prácticamente poseen todos los elementos y productos que contempla el nuevo MECI, lo recomendable, en este caso, es conformar nuevamente las instancias de participación tales como el Comité de Coordinación de Control Interno, el Representante de la Alta Dirección y el Equipo MECI, para socializar el nuevo MECI, ya que la participación activa de todos los funcionarios es esencial, si se parte del principio de que el control interno son todos los servidores de la Institución. Surtido el proceso de socialización, se debe realizar un diagnóstico, en el cual las entidades deberán identificar los principales cambios surtidos en el proceso de actualización y realizar una autoevaluación con respecto al estado del Sistema en la actualidad, esto con el fin de establecer lo que debe ser creado, modificado o eliminado según sea el caso.
El paso siguiente es la planeación de la actualización en la cual se deberá realizar un listado de las actividades, producto del diagnóstico que se realizó. Se continúa con la ejecución y seguimiento llevando a cabo las acciones definidas en el plan de actualización, y se realizarán los seguimientos necesarios para tomar los correctivos que permitan la actualización. Culminada la ejecución, se darán a conocer los resultados finales de la actualización, se mostrarán los productos realizados, y se realizará un nuevo balance con el fin de efectuar una comparación con el diagnóstico inicial, que permitirá evidenciar los cambios que se surtieron para la actualización del MECI. Así mismo, deberán realizarse jornadas de actualización para garantizar que los servidores públicos conozcan los cambios y comiencen su aplicación. La elaboración e implementación de un buen MECI, mejora la credibilidad de los ciudadanos en la administración, garantiza la eficiencia en el manejo de los recursos y la eficacia en el logro de los objetivos, permite un avance significativo en la norma de calidad de la gestión pública y además será el medio a través del cual se realizará seguimiento y evaluación a lo dispuesto en el Decreto 2482 de 2012 en cuanto al Modelo Integrado de Planeación y Gestión. Fuente: Diario del Huila – Por Marino de Jesús Montoya Ramírez, Jairo Octavio Poveda Perdomo, José Israel Charry Calderón y Jorge Gil Aldana Pérez
Reporte de control para organizaciones de servicios (SOCR) Cuando una empresa decide externalizar alguno de sus procesos o actividades, se enfrenta a una interrogante clave en la selección y relacionamiento con la organización de servicios o tercero: ¿dispondrá de un ambiente bien controlado que proteja nuestra reputación al mismo tiempo que continúa operando con el nivel que requerimos? Durante muchos años, una de las principales formas en que las empresas han cubierto esta interrogante, al menos en cuanto a los sistemas que apoyan la información financiera, ha sido mediante la obtención de un reporte de evaluación de control sobre la organización de servicios (SOCR por sus siglas en ingles), donde el SAS 70 fue el estándar más reconocido. En la actualidad, la búsqueda por disminuir costos, externalizar riesgos y el auge de nuevos servicios en la nube que brinden mayor movilidad, ha llevado que las organizaciones de servicios trabajen para obtener un reporte SOC, marcando la diferencia sobre sus competidores:
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Auditoría
Las organizaciones de servicios Realizan funciones o tareas que organizaciones usuarias o clientes, no pueden llevar a cabo por sí solas. Normalmente son asociadas con la externalización (outsourcing) de tecnología de información y/o procesos de negocio. Algunos ejemplos de organizaciones que prestan servicios, son: • Proveedores de centros de datos • Proveedores de servicios de aplicaciones • Servicios para la administración de seguridad de la información • Servicios de infraestructura para el alojamiento web o de comercio electrónico • Subcontratistas de procesos de negocio – organizaciones que ayudan a los clientes a iniciar, autorizar, registrar o procesar transacciones • Centro de atención telefónica al cliente y centros de servicio
Los reportes SOC La opinión independiente sobre el ambiente de control, hoy en día es conocida con el término SOC para agrupar estándares, aplicar normas comunes y relacionar reportes. Un reporte SOC es un examen (auditoría) de la descripción suministrada por la organización de servicios sobre los sistemas que emplea para con sus clientes, el cual es relevante para los procesos de control interno que afectan o no a la información financiera. • Reportes SOC 1: Informe sobre los controles relevantes al control interno sobre la información financiera. Directamente asociado con el anterior SAS70 y cuyos equivalentes actuales son el ISAE 3402 (Assurance Reports on Controls at a Service Organization emitido por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento, IAASB por sus siglas en inglés) y cuya aplicabilidad es global,y el SSAE16 (Statement on Standards for Attestation Engagements No. 16 Reporting on Controls at a Service Organization emitidio por el Instituto Americano de Contadores Públicos Certificados, AICPA por sus siglas en inglés), adaptado y competente a la legislación o normativa de US (United States). El uso de estos informes se limita a la gestión de la organización de servicios, las entidades usuarias y sus auditores. • Reportes SOC 2: Informe sobre los controles relevantes a la seguridad, la disponibilidad, la integridad de
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procesamiento, la confidencialidad y/o privacidad, conocidos actualmente como los criterios de confianza y/o gobernabilidad. Se realizan bajo la aplicación de guías de AICPA (AT 101, Certificación compromisos y AT 801, Informes sobre los controles en una organización de servicio); así como del TSP Sección 100 Trust Services Principles (Principios de Servicios de Confianza). Estos informes pueden ser de uso restringido a los principales involucrados. • Reportes SOC 3: Informe sobre los Servicios de Confianza para organizaciones de servicio. Similar al SOC2, son preparados usando como guía los estándares de AICPA y CICA (Instituto Canadiense de Contadores Certificados) para la evaluación de los principios, criterios y/o ilustraciones de confianza mencionados anteriormente. Los informes pueden ser libremente distribuidos o publicados en un sitio web como un sello.
Beneficios de los reportes SOC • Garantía independiente sobre el ambiente de control • Eficiencia y optimización de los costos • Ventaja competitiva, facilitando la adquisición y la retención de clientes • Cumplimiento regulatorio y mejora de la gestión de riesgos y controles
Conclusiones La experiencia ha demostrado que una pre-evaluación es el enfoque más efectivo antes de emprender la iniciativa de obtener un reporte SOC. Bajo este esquema, su asesor debe: • Contribuir en la identificación de los objetivos de control claves y las actividades de control. • Asistir a la gerencia en la elaboración de un borrador de la descripción de sus sistemas y controles. • Evaluar los controles que están actualmente implementados y emitir un informe de resultados con los hallazgos y recomendaciones aplicables, sin comprometer la independencia de su asesoría. • Asistir eventualmente a la gerencia en el monitoreo del plan de acción para corregir y/o fortalecer la estructura general de control.
Fuente: Notas de Prensa de TI – Por Juan Fernández, Gerente Senior de Servicios de Asesoría, EY Venezuela y Carmen Bandres, Socia Líder de Servicios de Asesoría, EY Venezuela
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Principio 2 de COSO III: Ejerce responsabilidad de supervisión La Junta Directiva demuestra independencia de la administración y ejerce la supervisión del desarrollo y desempeño del Control Interno. Además entiende el negocio y expectativas de los accionistas, clientes, empleados, inversionistas y demás partes, así como los requerimientos legales y de regulación y riesgos relacionados. Estas expectativas y requerimientos ayudan a determinar los objetivos de la organización, supervisar las responsabilidades de la Junta directiva y los recursos necesarios, según el principio 2 de COSO III.
La junta directiva es independiente de la administración y debe demostrar habilidades y experiencia relevante para llevar a cabo sus responsabilidades de supervisión. La composición de la Junta directiva se determina de acuerdo a la misión, valores y objetivos de la entidad, así como las habilidades y experiencia para supervisar, indagar y evaluar la alta dirección apropiadamente. El número de miembros de la Junta Directiva se determina de acuerdo a las características de la organización facilitando así la crítica constructiva, discusiones y la toma de decisiones.
La Junta directiva es responsable de supervisar y cuestionar objetivamente el trabajo de la administración. Esta supervisión es apoyada por las estructuras y procesos establecidos en los niveles de ejecución del negocio. De la misma manera, el director ejecutivo y la alta dirección tienen la responsabilidad del desarrollo e implementación del sistema de control interno. Dependiendo las características de la organización estas responsabilidades son llevadas a cabo.
Los miembros de la Junta Directiva deben contar con las siguientes capacidades y habilidades:
Para llevar a cabo sus funciones adecuadamente, la Junta directiva debe cumplir con dos requisitos indispensables, independencia y competencia profesional.
• Disponibilidad para permitir la discusión y deliberación
Independencia y Competencia profesional: Es importante contar con personal competente, que tenga una formación adecuada, de acuerdo al cargo que ocupa y responsabilidades que tenga. El área de Recursos humanos debe especificar el nivel de competencia requerido para las distintas tareas, así como la aptitud (Conocimientos y habilidades de cada persona), la cual infiere en el criterio profesional al momento de diseñar, implementar y desarrollar el control interno y evaluar su efectividad. Una vez se realiza la contratación el profesional debe iniciar un proceso de capacitación y enseñanza en forma práctica, teórica y metódica, sobre su cargo, los valores corporativos de la entidad y el plan estratégico. Esto permite un trabajo eficaz del sistema de control interno debido a que se cuenta con profesionales competentes que comprenden las metas y objetivos de la entidad.
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• Integridad y valores éticos. • Liderazgo • Pensamiento critico • Resolución de problemas
• Mentalidad de control interno: escepticismo profesional, enfoques para la identificación y respuesta a riesgos, evaluación de la efectividad de control interno. • Conocimiento de la entidad y del mercado • Experiencia financiera y reporte financiero • Entendimiento de las leyes y regulaciones relevantes. • Experiencia social y ambiental • Conocimiento de las compensaciones e incentivos del mercado • Entendimiento de los sistemas y cambios tecnológicos y oportunidades
Fuente: Auditool
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Factores críticos de éxito en el departamento de auditoría interna
Los factores críticos de éxito (FCE) se definen como: El número limitado de áreas en las cuales los resultados, si son satisfactorios, asegurarán un funcionamiento competitivo y exitoso para la organización. Se trata en definitiva de identificar áreas y factores cuyo funcionamiento permitirán la implantación de una estrategia determinada. Deben considerarse factores internos y externos de la Organización, como actividades dentro de la organización que se deben realizar con especial atención, sucesos externos sobre los cuales la organización puede tener o no control y áreas de la organización cuyo funcionamiento debe situarse a un nivel competitivo. La identificación de los factores críticos de éxito permiten a la actividad de auditoría interna conocer el número esencial de elementos que debe tener en consideración para el logro de su visión y misión, para garantizar que los recurso son usados en las actividades que realmente son más importantes, por lo que debe tenerse presente las siguientes interrogantes en la identificación de los FCE.
Procesos ¿Son los procesos y dinámicas de la función de auditoría interna capaces satisfacer las necesidades del negocio? ¿Desarrollamos un plan anual de auditoría basado en riesgos? ¿Implementamos un enfoque de auditoría basado en riesgos para cada proyecto? ¿Realizamos servicios de consultoría? ¿Está el proceso de auditoría interna diseñado para identificar si la organización está controlando las áreas que debe controlar y no simplemente las que son “fáciles” de controlar? ¿Posee el departamento los recursos apropiados para poder agregar valor y desarrollar los procesos exitosamente?
Personal
Posicionamiento
¿Posee el departamento de auditoría interna el personal correcto para lograr su misión?
¿Está la función de auditoría interna estratégicamente posicionada y apoyada?
¿Está el equipo de AI correctamente estructurado y es el mejor en relación a costo/beneficio, tiene los recursos necesarios para cumplir con las expectativas?
¿Cuál es el reporte funcional del Departamento de Auditoría Interna? ¿Cuál es el reporte administrativo del Departamento de Auditoría Interna? ¿Cuántas reuniones realiza el Director de Auditoría Interna con el Comité de Auditoría Interna anualmente? ¿Están conciliadas las expectativas de la función de AI entre el Comité de Auditoría, la gerencia y el director de AI?
¿Desarrollamos un plan de carrera para cada miembro del departamento? ¿Requerimos al personal la obtención certificaciones profesionales para ascender a posiciones superiores?
Fuente: nahunfrett.blogspot.com – Por Nahun Frett
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Acerca de la inscripción de actas y documentos para entidades sin ánimo de lucro Inscripción de actas y documentos * Aplica para libros del Registro Mercantil y de las Entidades sin Ánimo de Lucro
¿Qué son las actas, libros y documentos? Actas: Documentos en los que constan las decisiones de: • Los órganos colegiados de las sociedades, tales como juntas de socios o asambleas de accionistas, así como las juntas directivas. • Los órganos de dirección y administración de las entidades sin ánimo de lucro, tales como las Asambleas de fundadores, Asamblea de asociados, Junta Directiva, entre otros.
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Se entiende configurada el acta cuando en el escrito se encuentran todos los requisitos solicitados en el Art. 189 del Código del Comercio. Las actas gozan de la presunción legal de autenticidad, por lo tanto, las personas que lo suscriben como presidente y secretario de la reunión, dan fe y responden por la veracidad de su contenido. Libros: Conjunto de hojas destinadas por las personas jurídicas y naturales para almacenar la información relacionada con los negocios, la operación, la administración, o el desarrollo de las actividades que se realizan en la empresa o en la entidad.
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Documentos: Escritos donde constan las decisiones tomadas por una o más personas, donde se disponen derechos o se toman a nombre propio, o en virtud de los cargos, decisiones que afectan a una sociedad o a una entidad sin ánimo de lucro.
nombramientos o cambio de objeto, el valor del impuesto es una tarifa estándar (de acuerdo con la ley, corresponde a cuatro (4) Salarios Mínimos Legales Diarios Vigentes), que varía de acuerdo a las modificaciones que tenga el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente.
Efectos de realizar la inscripción de actas, libros y documentos
¿Cuáles son los libros que debo inscribir?
1. Las actas y documentos privados inscritos en los registros públicos, adquieren la calidad de documentos públicos, es decir, cualquier persona podrá tener acceso a ellos a través de los certificados expedidos por la CCB. 2. Los actos inscritos en el Registro Mercantil o en el Registro de las Entidades sin Ánimo de Lucro adquieren el efecto de la oponibilidad, es decir, los efectos jurídicos que cause el documento se extienden a terceros (personas ajenas a quienes suscribieron el acta o documento). 3. Las actas y documentos inscritos en la CCB gozan de la presunción de la buena fe, es decir, se asume que su contenido es cierto y verdadero. Las tachas de falsedad que puedan iniciarse sobre éstos serán tramitadas por el interesado ante la autoridad civil o penal correspondiente y en contra de las personas que suscriben u otorgan los documentos. Además de la obligación legal establecida para las personas jurídicas, el registro de los libros les otorga el efecto de la oponibilidad frente a terceros. Las sociedades comerciales que inscriban sus libros pueden pertenecer al Círculo de Afiliados de la Cámara de Comercio de Bogotá y disfrutar de múltiples beneficios.
Costos Tenga en cuenta que la inscripción de libros no genera cobro de impuesto de registro una vez emitido el documento (fecha del documento). Una vez emitido el documento (fecha del documento) o configurado el acto, la ley otorga un plazo para ser inscrito en el Registro Mercantil o en el Registro de Entidades sin Ánimo de Lucro, so pena de obtener una sanción pecuniaria por mora sobre el impuesto de registro, la cual se liquida diariamente: • Las actas y documentos emitidos en Colombia, tienen dos (2) meses para su radicación. • Las actas y documentos emitidos en el exterior, tienen tres (3) meses para su radicación. Los derechos de inscripción son una tarifa estándar, que varía de acuerdo a las modificaciones que tenga el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente. Cuando el documento no tiene intrínseco o incorporado un interés económico (Actos sin cuantía), como por ejemplo la reforma del nombre de la sociedad o de la entidad, los
De acuerdo con lo estipulado en el Decreto 019 de 2012 los libros que deben inscribirse son: Comerciantes: Libros de registro de socios o accionistas y los de actas de asamblea y juntas de socios. Entidades Sin ánimo de Lucro: Los libros de asociados, actas del máximo órgano social y demás respecto de los cuales la ley establezca esta formalidad. Nota: los libros de contabilidad y los de actas de las juntas directivas ya no se inscriben en los registros públicos que administran las Cámaras de Comercio. "Teniendo en cuenta la nueva reglamentación, lo invitamos a consultar los libros que su empresa está obligada a tener registrados. Adicionalmente, si su empresa se ha transformado de tipo de sociedad, es importante hacer esta revisión"
¿Qué pasa si no registro mis actas, libros y documentos? Las actas y documentos no inscritos no tienen efectos legales frente a terceros. En el caso de las sociedades, según lo contemplado en el Art. 29 del C. del Co. En el caso de las entidades sin ánimo de lucro, según lo dispuesto en Circular Única de la SIC, Circulares 4 y 8 de 2007 de la SI y Circular 8 de 2008 de la SIC. Está incumpliendo con sus obligaciones como comerciante y como entidad sin ánimo de lucro, lo cual puede implicar sanciones por parte de las diferentes entidades de control, inspección y vigilancia. Para las sociedades: Superintendencia Financiera, Superintendencia de Sociedades, Superintendencia de Industria y Comercio. Para las entidades sin ánimo de lucro: Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. y Gobernación de Cundinamarca, entre otras. La inscripción se debe hacer dentro de los plazos establecidos por La Ley. De lo contrario, se generan intereses de mora del impuesto de registro. La inscripción es método más efectivo de control, organización y actualización sobre la persona jurídica.
¿Dónde debo realizar la inscripción de dichos documentos? Realice la inscripción de sus libros, actas y documentos en cualquiera de las sedes de la Cámara de Comercio de Bogotá.
Fuente: Cámara de Comercio de Bogotá
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Comercial
El 53% de las empresas de Santander tiene tres años de creada mercado, por eso la gente toma la decisión de, con poco capital, hacer una empresa para generar autoempleo”.
Las dos esquinas Para el director de la Escuela de Economía y Administración de la UIS, Jorge Navarro España, la situación que presenta el departamento ha mostrado durante los últimos años “un ambiente para los negocios muy positivo, lo que ha generado que se creen más empresas”, aseguró. El académico destaca que nadie crea una nueva organización para obtener pérdidas, de tal manera que la juventud del tejido empresarial de la zona podría explicarse por ese ‘síntoma’ de confianza.
El tejido empresarial de Santander es muy joven. Frente a ese panorama ¿cuál es el diagnóstico? Los expertos señalan que esto es resultado de un buen ambiente para hacer negocios; sin embargo, ante un remezón en la economía, las empresas jóvenes sufrirían más. En Santander, de las más de 70 mil empresas registradas en la Cámara de Comercio de Bucaramanga, el 53% tiene menos de 3 años de creada. La juventud del tejido empresarial del departamento propone varios escenarios. Por un lado, este panorama muestra una posibilidad de crecimiento enorme, pues la creación de nuevas sociedades y compañías le da impulso al empleo, pero el corto tiempo de creación también representaría, eventualmente, volatilidad frente al futuro de esas empresas. Según la herramienta estadística Compite 360, son más de 38 mil empresas las que se crearon desde 2011 hasta la fecha, mientras las compañías con más de 24 años de existencia alcanzan las 1.925, es decir, el 2,6% del total. Para el director del Observatorio de Competitividad de la Cámara de Comercio de Bucaramanga, Horacio Cáceres Tristancho, lo que se ha hecho en formalización empresarial en Santander es el gran motivador de esta situación. Además, el experto destaca que “la estructura empresarial no alcanza a absorber toda la fuerza laboral que hay en el
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No obstante, no todo es color rosa. El docente también señaló que existe un ‘coctel’ entre la juventud empresarial y el tamaño de las compañías que juega en contra. Si tenemos en cuenta que el 94% del total son microempresas, se puede pensar que “de existir un escenario de recesión en la economía del departamento, las primeras que caerían serían las empresas muy pequeñas, por lo cual ese sería el escenario adverso”, puntualizó Jorge Navarro. Según datos revelados por la Cámara de Comercio de Bucaramanga, en 2013 el 98% de las empresas que se crearon eran mipymes. Y aunque dentro de estos análisis siempre es clave el término de supervivencia de las empresas, la CCB encontró un movimiento ascendente de renovación en la matrícula mercantil. El 88% de las empresas que se crearon en 2012 renovó sus matrículas en 2013. En 2005 el porcentaje de empresas que renovaban sus papeles de creación era del 31%.
El cambio En nueve años, la constitución de empresas nuevas reportada por la CCB en el departamento mostró una variación del 62%, Fuente: Vanguardia – Por David Ortiz Castaño
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Publicidad pagada mediante el programa de Patrocinadores del INCP. Los patrocinadores del INCP son personas jurídicas que gracias a su aporte, contribuyen al desarrollo integral del profesional contable en Colombia a través de la canalización de recursos económicos que posibilitan al Instituto ejecutar actividades académicas y de investigación. Para mayor información de los diferentes modelos de patrocinio, por favor consulte www.incp.org.co ó solicita le información a incpcol@incp.org.co
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Laboral
Lo que debe saber sobre incapacidades laborales De acuerdo con el Ministerio de la Protección Social, el auxilio por incapacidad se define como el reconocimiento de la prestación de tipo económico y pago de la misma que hacen las EPS a sus afiliados cotizantes no pensionados, por todo el tiempo en que estén inhabilitados física o mentalmente para desempeñar en forma temporal su profesión u oficio habitual, mientras que en materia de Riesgos Profesionales, el Artículo 2º de la Ley 776 de 2002 define la incapacidad temporal como aquella que, según el cuadro agudo de la enfermedad o lesión que presente el afiliado al Sistema General de Riesgos Profesionales, le impida desempeñar su capacidad laboral por un tiempo determinado. Las incapacidades laborales por riesgo común (enfermedad general) y por riesgo profesional presentan algunas diferencias que trataremos de dar claridad. En la incapacidad por riesgo común, su pago está a cargo de las Empresas Promotoras de Salud, EPS, mientras que las incapacidades por riesgo profesional las reconoce las Administradoras de Riesgos Laborales, ARL. Las incapacidades por riesgo común son reconocidas en la actualidad a partir del tercer día por la EPS, por lo que los primeros dos días estarán a cargo del empleador. Mientras tanto, las incapacidades por riesgo profesional son reconocidas desde el primer día de su ocurrencia por la ARL al igual que las licencias de maternidad.
Porcentaje El reconocimiento económico de la incapacidad por riesgo común es el equivalente al 66.6% del sueldo básico de cotización hasta los primeros 90 días; a partir del día 91 y hasta el día 180, su reconocimiento es del 50%, mientras que el de la incapacidad por riesgo profesional es igual al 100% del salario base de cotización a partir de su ocurrencia. La incapacidad por enfermedad general es de hasta 180 días. La incapacidad por riesgo o enfermedad profesional puede ser hasta por 360 días. Superado ese tiempo y si el trabajador no se recupera, se debe iniciar el proceso para el reconocimiento de la incapacidad permanente parcial o la pensión por invalidez bajo los procedimientos que establece la Ley para el reconocimiento pensional. La pensión por incapacidad permanente o invalidez originada en riesgo común la paga el fondo de pensión, y la originada por riesgo profesional la paga la ARL.
Cotizaciones Respecto a las cotizaciones, el trabajador debe pagar tanto las que corresponden a salud (4% del salario base de cotización) como la que corresponden a pensión (4%), no
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Laboral importa si se trata de una incapacidad por riesgo profesional o por riesgo común. En este caso, tanto la EPS como la ARL descontarán del subsidio o incapacidad el valor que le corresponde al empleado por cada concepto. En cuanto a los aportes que le corresponden al empleador, este debe pagar los aportes a pensión si se trata de riesgo común, dado que con las disposiciones de la Ley 1607 de 2012 las empresas no cotizan por sus empleados a salud a partir del 1° de enero de 2014. Con respecto a los riesgos profesionales no hay lugar a su pago, por cuanto el trabajador no está sometido a ningún riesgo laboral debido a que no está trabajando por estar en incapacidad. Si se trata de una incapacidad por riesgo profesional, los aportes a pensión y salud que le corresponden al empleador son asumidos por la ARL.
Prestaciones sociales Se entiende como prestaciones sociales lo relacionado con la prima de servicios, las cesantías y los intereses sobre las cesantías. Según opinión del Ministerio de la Protección Social, si un trabajador se incapacita, se le debe pagar las prestaciones del caso con base al último salario devengado por el trabajador, sin que para el cálculo de las prestaciones se descuente el tiempo que hubiere estado el trabajador incapacitado, así lo establece su concepto 36773 de febrero 13 de 2008.
Las incapacidades vs. el Estatuto Tributario De acuerdo con el Estatuto Tributario, las incapacidades son rentas de trabajo exentas, así lo contempla el artículo 206 al indicar que se encuentran exentas del impuesto de renta las indemnizaciones que recibe el trabajador por concepto de un accidente de trabajo o por enfermedad y las relacionadas con la maternidad. Así las cosas, al ser las incapacidades una renta laboral exenta, dado que no es la empresa quien paga el auxilio sino la EPS, en el caso de riesgo común, y la ARL, en el de
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riesgos profesionales, ello significa también que las incapacidades, excepto los dos primeros días no cubiertos por la EPS o aquellos valores adicionales al reconocimiento del auxilio que se haga con cargo a la tesorería del empleador como política corporativa, como es el 33,34% no cubierto por la EPS en los primeros 90 días de incapacidad, no son un gasto para el empleador. Por último, será bueno advertir que las empresas verifiquen el reconocimiento contable de las incapacidades dado que las mismas, su reconocimiento o pago al empleado, no están bajo su cargo sino a cargo de cada una de las entidades de salud que protegen el riesgo común o profesional, por tanto no son gastos; de igual manera, se debe proceder con los certificados anuales de ingresos y retenciones por concepto de nómina, en el cual las incapacidades deberán informarse como no gravadas en aquellos valores reconocidos directamente por la EPS o la ARL en el año gravable.
Vacaciones Las vacaciones son un descanso remunerado a que tiene derecho todo trabajador, y tienen como finalidad que el trabajador recupere sus fuerzas y energías que se supone han sido afectadas y disminuidas como consecuencia del desarrollo de las actividades laborales, por lo que a pesar de que la ley no ha sido clara en definir el caso particular de qué sucede con un trabajador que, en uso de sus vacaciones, es incapacitado por riesgo común o por maternidad, la jurisprudencia y la doctrina han considerado que las incapacidades no afectan las vacaciones, en vista a que siendo el objetivo de las vacaciones el permitirle al trabajador descansar y recuperase física y mentalmente, al presentarse una incapacidad durante el período en que el trabajador esté incapacitado, será imposible que se cumpla con la recuperación que persiguen las vacaciones. En consecuencia, si un empleado sale a vacaciones durante 15 días, y estando en vacaciones se incapacita, las vacaciones se extenderán por el tiempo que dure la incapacidad. Fuente: Diario Occidente - Por Rodrigo García O.
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Entorno
Universidades tienen que actualizar pensum de ContadurĂa - Nicaragua
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Actualidad
Entorno
Debilidad. No están egresando contadores competitivos porque son formados con contenidos desfasados.
Menos competitivos
La mayoría de los contadores públicos que cada año salen de las universidades privadas y públicas de Nicaragua no saben adoptar las nuevas normas internacionales de contaduría pública, porque estas casas de estudios superiores no las tienen incluidas en su pensum curricular.
A juicio del presidente de los contadores públicos, si las universidades no buscan cómo actualizar su pensum académico en cuanto a la contaduría, los profesionales que salgan serán menos competitivos que el resto de la región.
“Casi todas las universidades de Nicaragua persisten con modelos de enseñanza de contenido desfasados y por eso los estudiantes no salen competitivamente listos para el mercado laboral”, indicó Freddy Solís, presidente del Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua. Según Solís, los contadores públicos de todo el mundo, producto de la globalización, tienen que hablar un mismo lenguaje y para hablar ese mismo lenguaje el G20 (grupo de países más industrializados) estableció reglas uniformes de registros de las operaciones económicas y comerciales mundiales. Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), también conocidas por sus siglas en inglés como IFRS (International Financial Reporting Standards), son unas normas contables que constituyen los Estándares Internacionales o normas internacionales en el desarrollo de la actividad contable que son aceptadas en todo el mundo. “Hemos venido impulsando la adopción de las normas internacionales dentro del colegio y a los actores externos, como las cámaras empresariales y el Gobierno, eso nos ha costado mucho tiempo, pero ya lo estamos haciendo, ahora lo que necesitamos es que las universidades se pongan a tono con esos estándares internacionales”, explicó el presidente de los contadores públicos del país. Actualmente el Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua cuenta con casi 4,000 miembros, de los cuales, 1,600 son contadores públicos autorizados.
“Hay grupos empresariales que están contratando a extranjeros para que ocupen los cargos de contralores porque simplemente vienen con un conocimiento más adelantado de la contabilidad que los graduados aquí”, explicó Solís. El experto sostiene que lo primero que deben hacer las universidades es capacitar a sus docentes y hacerles saber que el activo fijo de una empresa ya no se hace como antes, “ahora hay métodos adicionales de evaluación que no se les está enseñando a los chavalos en los centros de estudios superiores”. Según Solís, debido a esa desactualización curricular, la fuerza laboral nicaragüense tiene que conformarse con bajos salarios o con ser asistentes de los profesionales que vienen de otros países.
Impulsan proyecto Actualmente el Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua está gestionando ante el Banco Mundial, BM, recursos para impulsar un proyecto de capacitación para preparar a miles de personas del sector público y privado del país sobre las nuevas normas internacionales de contabilidad. “Estamos tratando de aterrizar un programa que estamos discutiendo con el BM y el Gobierno, finalizar un currículo guía para la carrera de contaduría que luego le estaríamos proporcionando a las universidades”, detalló Solís. Fuente: El Nuevo Diario - Nicaragua
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Entorno
Financiero
Riesgo crediticio: ¿Qué implica el riesgo país? - Argentina El riesgo creditico es implícito de las operaciones financieras que se realizan cuando se intercambian capitales en un periodo de tiempo no simultáneo, es decir, si una persona le presta $ 100 a otra que se compromete a devolverle dentro de un año $ 110, esa operación está sujeta a una serie de factores imprevisibles, dado que siempre que medie el tiempo va a existir un riesgo. En primera medida, ese intercambio no simultáneo de capitales da origen al empleo de la tasa de interés, que en líneas generales tiene los siguientes componentes: 1. El interés propiamente dicho. 2. Los gastos administrativos originados por el empleo del crédito. 3. La inflación originada por la proyección de la pérdida del poder adquisitivo de la moneda acorde al periodo de tiempo de la operación, por ejemplo, si se proyecta un inflación del 15 % anual, la tasa para obtener un rendimiento efectivo debe estar por encima del mismo, como ser un 25% anual. Lógicamente, si el crédito es contraído en dólares, la inflación oscila por debajo de los 2 puntos, pero está asociado al riesgo de la variación del tipo de cambio. 4. El riesgo por la posibilidad de pérdida económica originada por el incumplimiento de la parte que debe reembolsar el préstamo asumido. Entonces, el riesgo que está definido como la posibilidad de que el deudor incumpla con la deuda asumida, para lo cual, los agentes financieros lo ponderan estableciendo la relación RENTABILIDAD-RIESGO, que en gran parte de los casos está sobrevaluada. El concepto de Riesgo crediticio en la actividad financiera está directamente vinculado con la rentabilidad y solvencia del sector. Ponderación del riesgo en el mercado internacional: Las determinación de la valuación del riesgo se puede originar por calificaciones de crédito que emplean las grandes de agencias calificadoras del mundo como Moody’s, Standard and Poor (S & P) y Fitch Ratings, que representan al menos el 90% del mercado. Estas agencias establecen un puntaje que muestra la capacidad de la organización (gobierno o una corporación pública o privada) de cumplir con sus obligaciones financieras para los inversores. Por ejemplo, un instrumento catalogado con las letras “AAA” para Fitch significa un instrumento de deuda con alta calidad y capacidad de pago muy fuerte para cumplir con sus obligaciones financieras, todo lo contrario es la letra “D”, que significa que el emisor de dicho instrumento dejó de pagar una o
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Financiero más de sus obligaciones financieras, por ejemplo, que se haya declarado en quiebra. Estas agencias cometieron la gran crisis Subprime de Estados Unidos en 2008, originando una gran burbuja financiera y una mala medición del riesgo asociado a las operaciones con derivados financieros de las hipotecas pertenecientes a las personas consideradas como de alto riesgo. Calificaron a estos instrumentos de deuda como de alta calidad crediticia, suponiendo que los mismos estaban diversificados y respaldados por garantías inmobiliarias, todo lo contrario sucedió y fue un elemento transcendental de la crisis. La desregulación del mercado de capitales que generó estructuras de especulación, otorgó una importante serie de oportunidades para maximizar la ganancia fuera de todo contexto. Los operadores capitalistas bancarios o no, se enriquecieron en proporciones significativas, corriendo todos los riesgos, alimentando colectivamente a la burbuja hasta que finalmente estalló. En relación al Riesgo país, concepto que resuena mucho actualmente, comenzó a acuñarse con el resurgimiento de la actividad bancaria internacional durante la década de los ´50 y tuvo mayor preponderancia después de las crisis de deuda latinoamericana originada por la crisis del petróleo en 1973. Éstas provocaron que los países que estaban fuertemente endeudados en esa década entraran en la suspensión de sus pagos, es decir, en default. A partir de esa instancia, se generó una serie de medidas para “supervisar los riesgos internacionales de la banca”, sobre todo en Estados Unidos en donde se produjeron grandes quiebras bancarias por esa razón. El mecanismo de ponderación del riesgo país elaborado por el banco de inversión norteamericano JP Morgan comenzó a publicarse en julio de 1995 con el objetivo de crear una referencia que reflejara los rendimientos de una cartera de deuda de mercados emergentes, como ser la de nuestro querido país Argentina. En definitiva, ponderan el riesgo asociado al otorgamiento de un crédito en los mercados emergentes, manejando así la estadística y condenando a los países a pagar un mayor costo financiero. La determinación de la tasa de interés que se le aplica a la Argentina para que pueda acceder al financiamiento del mercado internacional está compuesta por el rendimiento de la tasa libre de riesgo, considerada como el bono del Tesoro de Estados Unidos, por ser un activo libre de riesgo, es decir, que no existe riesgo incobrabilidad y desvíos alrededor del rendimiento esperado, más el EMBI (Emerging Markets Bonds Index o Indicador de Bonos de Mercados Emergentes) que es el índice más conocido para medir el riesgo-país. En resumen: Tasa de Interés i (Us$) = i (tasa libre de riesgo) + Riesgo País (EMBI US$) Para darle un encuadre práctico por ejemplo si la tasa de los bonos del Tesoro de Estados Unidos a 10 años es de un 2,45 % anual y el riesgo país se ubica en los 801 puntos es decir 8,01 %, el país para acceder al financiamiento internacional debe pagar como mínimo un 10,46 % anual en dólares.
Entorno
Otro componente muy importante que se debe incluir es la tasa de variación esperada del tipo de cambio cuando el crédito es contraído en dólares, tema sobre el cual no se ahondará.
Los países que tienen mayor riesgo de incumplimiento con las obligaciones financieras según JP Morgan son Venezuela, después Argentina y le sigue Perú. El máximo histórico en Argentina se dio en Agosto del 2002 por el default del 2001 que llego a los 7222 puntos, lo que implicaba que financiarse con los mercados internacionales era algo totalmente imposible, y su mínimo histórico fue en enero del 2007 cuando ascendía a 184,74 puntos a pesar de que todavía se tenía deuda defaulteada. Con el canje del 2005, únicamente se logró el 76,15 % de adhesión del monto de la deuda, igualmente teníamos un bajo nivel de riesgo país. Es inevitable hacer referencia la postura del Gobierno Nacional de cumplir con todos los compromisos asumidos de la deuda pública externa, como ser con el Club de París, con Repsol, entre otros y recientemente, de buscar la alternativa más viable para que los bonistas que accedieron al canje de la deuda en el 2005 y 2010 puedan hacer efectivo su cobro que fue imposibilitado por el Juez Griesa, que sigue las líneas del imperialismo financiero. Este fallo a favor de los fondos buitres afecta considerablemente al país en varios puntos, pero particularmente altera a que la Argentina pueda acceder al financiamiento internacional por ser considerado como un país de alto riesgo, implicando la limitación de seguir empleando políticas expansivas (vinculadas principalmente a erogaciones de capital) que son las que más se demandan en la economía actualmente debido al efecto derrame positivo que genera. Como por ejemplo, la primera consecuencia del fallo del juez Griesa fue la suspensión de emisión de deuda por 250 millones de dólares estimativamente que iba a efectuar el gobierno de la provincia de Mendoza, afectando también a las provincias de Río Negro, Chubut y Entre Ríos que también estaban en la búsqueda de financiamiento externo. En síntesis, la ponderación de este indicador de riesgo condiciona a los mercados emergentes para que puedan acceder al financiamiento de los mercados internacionales, aplicando medidas que menoscaban los ingresos de un Estado Nacional, Provincial o hasta de una sociedad debido al alto retorno que desean obtener los financistas sin regulación alguna en la forma de determinación de este indicador. Fuente: misionesonline.net - Por Martín Leiva Varela
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Entorno
Económico
Destacan a Colombia por el boom que vive su economía, en especial, el sector tecnológico CNN Internacional exaltó que el país está disfrutando de una expansión del 6 % de su PIB gracias al crecimiento de este sector. Ese medio asegura que no deja de ser sorpresa para algunos analistas el buen momento que vive la economía, pero los indicadores dan cuenta de buenos resultados frente a los demás países. El presidente de la Bolsa de Valores de Colombia, Juan Pablo Córdoba, explicó que algunas de las razones que explican ese buen momento de la economía tienen que ver con los resultados del Gobierno y de diferentes sectores productivos. Según él, la penetración de Internet ya está prácticamente en toda Colombia y en ciudades como Medellín hay una gran oportunidad de desarrollo que le abre las puertas a los inversionistas para que vean el país como una buena opción. CNN destaca, además, que el PIB que registra Colombia desde 2010 está por encima del 4 % y que en el sector de la tecnología se convirtió en la tercera nación con mejor comportamiento de América Latina gracias, entre otras cosas, al número de usuarios. “Definitivamente, la posición de Colombia es muy buena por el crecimiento de la economía, el mejor de los últimos 10 años. En el sector tecnológico, la expansión ha sido del 33 % de los últimos 5 años”, aseguró Córdoba a ese mismo medio. Según él, Colombia es hoy en día el mejor destino del mundo para los inversionistas porque el mercado es seguro y se convirtió en una gran plataforma para hacer negocios. “Si vas a Colombia a hacer negocios, vas a encontrar un muy buen retorno por las condiciones actuales”, agregó. El presidente de la BVC se encuentra en Nueva York y es uno de los invitados en el InsideOut 2014, un evento en el que se reúnen administradores de portafolio, emisores colombianos e inversionistas estadounidenses. En total serán 300 encuentros en los que, según Córdoba, “se realiza una presentación de la compañía, se habla del momento por el que está atravesando, la estrategia para los próximos años y la coyuntura del país (…) es una oportunidad para tener un diálogo directo”, señala el diario La República. Fuente: Pulzo
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Entorno
Patrocinador Platino Publicidad pagada mediante el programa de Patrocinadores del INCP. Los patrocinadores del INCP son personas jurídicas que gracias a su aporte, contribuyen al desarrollo integral del profesional contable en Colombia a través de la canalización de recursos económicos que posibilitan al Instituto ejecutar actividades académicas y de investigación. Para mayor información de los diferentes modelos de patrocinio, por favor consulte www.incp.org.co ó solicita le información a incpcol@incp.org.co
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Entorno
Estratégico
Diez frases de Peter Lynch para aprender a invertir
Durante su carrera ha acuñado muchísimas frases que se sirven de guía para quienes quieren incursionar en el mundo de las finanzas y los mercados. Peter Lynch es uno de los gestores profesionales de activos más valorados y reconocidos en el mundo. A cargo del fondo Fidelity Magellan obtuvo un retorno anual compuesto de 29% por año durante el período comprendido entre 1977 y 1990, lo que lo posiciona como uno de los administradores de fondos más exitosos de la historia. Además, es autor de diversos libros y publicaciones sobre mercados y estrategias de inversión.
2.- “Se puede perder dinero a corto plazo, pero necesitas del largo plazo para ganar dinero” Al igual que otros grandes inversores como Warren Buffett y Sir John Templeton, Peter Lynch considera que un enfoque de largo plazo es clave a la hora de invertir. 3.- “Es importante aprender que existe una empresa detrás de cada acción, y sólo hay una razón real por la cual las acciones suben. Las compañías pasan de una mala performance a una buena, o las pequeñas crecen para convertirse en grandes”
Durante su basta carrera ha acuñado muchísimas frases que se sirven de guía para todos aquellos que quieren incursionar en el mundo de las finanzas y los mercados internacionales. Estas son las más destacadas:
Lynch cree fervientemente en el análisis fundamental, es decir, analizar los números del negocio por encima de cuestiones como los gráficos de precios o la tendencia del mercado.
1.- “La clave para ganar dinero con las acciones es no tenerles miedo”
4.- “Si no analizas las empresas, tienes las mismas chances de éxito que un jugador de póker apostando sin mirar las cartas”
A largo plazo, Lynch es un optimista sobre las posibilidades que tiene un inversor para ganar dinero en los mercados. Sin embargo, para eso es fundamental aprender a tolerar la volatilidad, especialmente no vender en períodos de turbulencia y pesimismo.
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Resulta central estudiar en detalle las características de cada firma en particular antes de tomar alguna decisión, más allá de cuestiones generales como las perspectivas de la industria o la economía.
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5.- “Invertir es un arte, no una ciencia. Las personas que tienden a cuantificar todo rígidamente están es desventaja” Factores como la idoneidad del management de una compañía o sus ventajas competitivas no siempre pueden cuantificarse. Sin embargo, suelen ser factores centrales de éxito en los mercados. 6.- “Nunca inviertas en una idea que no puedas ilustrar con un crayón” Luego de un análisis detallado, el inversor debe ser capaz de explicar con claridad y sencillez el motivo de compra de cada activo en su portafolio. Si la decisión requiere de una explicación demasiado compleja, probablemente no sea un gran negocio. 7.- “La mejor empresa para comprar puede ser alguna que ya tienes en cartera” Los inversores muchas veces tienden a ser reacios a aumentar posiciones en activos que tienen en sus portafolios, especialmente cuando las acciones acumulan ganancias y agregar más implica incrementar el precio promedio de entrada. Sin embargo, muchas veces, se necesita una mirada flexible al respecto para maximizar el retorno.
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8.- “Excepto en casos de grandes sorpresas, las acciones son bastante predecibles en períodos de veinte años. En cuanto a si van a subir o bajar en los próximos dos o tres años, es lo mismo que arrojar una moneda al aire” Los mercados son volátiles a corto y mediano plazo, pero a largo plazo las compañías tienden a incrementar su valor a medida que crecen sus negocios. Esto implica que a mayor horizonte temporal aumenta la previsibilidad de los retornos. 9.- “Si dedicaste más de trece minutos a discutir pronósticos económicos y de mercado, desperdiciaste diez minutos" Según el punto de vista de Lynch no tiene demasiado sentido prestar mucha atención a la economía y a los mercados en general. El valor agregado se encuentra en analizar las mejores empresas con una mentalidad de largo plazo. 10.- “Si te gusta la tienda, probablemente te va a gustar la acción” Nuestras experiencias como consumidores pueden ser valiosas para detectar oportunidades de inversión en empresas con productos y servicios atractivos.
Fuente: El Economista
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Entorno
Tecnología
La infonomía o economía de la información La información es uno de los activos intangibles de mayor relevancia dentro de las organizaciones. Con base en el conocimiento, derivado de la información que se produce luego de su análisis en contexto y relación con las variables componentes de este; se toman la mayor parte de las decisiones, a pesar de que algunas son tomadas a través de la intuición, que no es sino la contención de información a un nivel tan avanzado para permitir a su poseedor dibujar escenarios mentales y predecir de alguna forma los acontecimientos que tendrán lugar de acuerdo con las alternativas de acción presentes. Infonomía es un término que se acuñó hace ya varios años y cuyo significado continúa teniendo enorme importancia para los líderes de grupo o encargados de tomar decisiones trascendentales dentro de cualquier proyecto de empresa u organización ya consolidada. Definido como la gestión de los datos, información o conocimiento, se encarga de la recolección, sistematización, análisis y buen uso de los mismos para favorecer los intereses de una empresa. Un gestor de conocimiento o infonomista es entonces quien se encarga de que de los datos que se extraen de fuentes tanto internas como externas, concernientes a la organización; permitan la toma de decisiones acertadas, en las que el riesgo ha sido reducido al máximo y las garantías de acierto son lo suficientemente altas como para sentirse seguros del buen resultado. El encargado de la infonomía dentro de la empresa se vale de instrumentos como las bases de datos, los buscadores, las redes internas (Intranet), y demás elementos; para que la empresa tenga un banco de conocimiento sobre temas que son imperativo para la empresa como: Investigaciones de mercado, Benchmarking, noticias sobre la empresa, comentarios que resaltan o pueden afectar la imagen de la marca, quejas, sugerencias, estadísticas, entre muchos otros. La economía de la información es un tema con el que, siendo emprendedores en potencia, es necesario estar relacionados, dado que llega un momento en que las empresas se hunden en un mundo de datos y su administración se hace necesaria. Recordemos que la gran mayoría de las buenas decisiones son precedidas por un escrutinio, que ofrece el insumo del que se componen. Fuente: Emprendices.co (Comunidad de Emprendedores) - Por David Barrera
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Noticia verde
Entorno
Las ciudades pueden tomar la iniciativa en el tema del cambio climático para un futuro con mayor capacidad de adaptación En todo el mundo, las ciudades están tomando la iniciativa de abordar el desafío del cambio climático. Si bien los funcionarios gubernamentales de alto nivel están paralizados, los líderes urbanos están respondiendo a la necesidad urgente de hacer que nuestras ciudades tengan mayor capacidad de adaptación a medida que los impactos del cambio climático se intensifican. En Vancouver, estamos persiguiendo tenazmente nuestro objetivo de ser la ciudad más ecológica en el mundo para 2020. Es una meta audaz, pero —al tratar de conseguirla— estamos protegiendo nuestro medio ambiente y haciendo crecer nuestra economía. Las ciudades exitosas del futuro serán aquellas que realicen las inversiones y los cambios necesarios para adaptarse a los efectos del cambio climático. Este representa un grave riesgo para la estabilidad económica y social a nivel mundial, y las ciudades resilientes resultarán muy atractivas para las personas y el capital. Con un liderazgo firme, las decisiones cotidianas de los gobiernos municipales pueden preparar a nuestras comunidades para el cambio climático. Si tenemos en cuenta este problema cuando evaluamos nuevas propuestas de desarrollo o infraestructura para nuestras ciudades, se pueden salvar vidas, crear empleos y mejorar las condiciones de nuestras calles y barrios. Una fijación clara del precio del carbono permite a los Gobiernos, las empresas, las organizaciones sin fines de lucro y los ciudadanos tomar decisiones más inteligentes que tendrán un impacto real. Las compañías innovadoras no esperan a que los Gobiernos actúen; muchas de ellas ya están poniendo precios internamente a las emisiones de gases de efecto invernadero para obtener una ventaja competitiva. Las empresas y regiones con visión de futuro que establecen el precio del carbono hoy, tendrán más flexibilidad y capacidad de respuesta frente a las inciertas condiciones del mañana. En Vancouver, tenemos la suerte de que nuestro gobierno provincial instituyó el primer impuesto sobre el carbono de América del Norte. En solo seis años, esta medida ha conducido a nuestra provincia hacia un futuro más verde. Al mismo tiempo, nuestra economía es próspera, y en Vancouver se ha impulsado un rápido crecimiento del empleo en una economía más ecológica. Las empresas de energía renovable y tecnología limpia están optando por invertir en Vancouver, precisamente porque con la aplicación del impuesto sobre el carbono estamos más avanzados. En nuestra ciudad, estamos aprovechando esta oportunidad mediante el apoyo a proyectos con bajos niveles de emisio-
nes de carbono. Una nueva estrategia de energía renovable para los vecindarios reducirá drásticamente la contaminación por el carbono y hará que nuestro suministro de energía local sea más resiliente. Vancouver tiene ahora el código de construcción más ecológico de América del Norte, imponiendo estándares más audaces para la conservación de la energía y la reducción del consumo del agua y los residuos. Tenemos como meta máxima poner fin a nuestra dependencia de los combustibles fósiles y bajar drásticamente el consumo de estos, para que nuestra huella ecológica sea sostenible. La aplicación de un impuesto sobre el carbono y la toma de decisiones políticas que dan prioridad a la lucha contra el cambio climático permiten que los beneficios sean claros. Las emisiones de gases de efecto invernadero están disminuyendo en toda la provincia. Vancouver tiene la tasa per cápita más baja de este tipo de gases en América del Norte. En nuestra ciudad se ha producido un gran aumento de los empleos ecológicos, que están creciendo cuatro veces más que la tasa nacional. Si actuamos ahora, nuestras inversiones serán más eficientes en función del costo y permitirán a los ciudadanos disfrutar de viviendas, infraestructura y empleos adaptados al cambio climático. Si desaprovechamos esta oportunidad de tomar medidas hoy, corremos el riesgo de tener que adoptar decisiones más urgentes y costosas en el futuro. Para abordar de modo directo el desafío del cambio climático, debemos ampliar rápidamente estas medidas exitosas. Aunque el impuesto sobre el carbono de Columbia Británica ha sido positivo, existe aún un resquicio para las exportaciones de combustibles fósiles, una concesión a la resistencia de los poderosos intereses del sector del carbón, el petróleo y el gas. Si bien los países y las empresas se están preparando para una economía poscarbono, todavía se proponen en todo momento infraestructuras con alto nivel de emisiones de carbono, tales como oleoductos para transportar combustibles fósiles y puertos para carbón térmico. Estas decisiones con poca visión de futuro hacen que nuestra transición sea más cara, desperdiciando el capital que se necesita con urgencia para transporte ecológico e infraestructura energética, modernizaciones en materia de eficiencia energética y otros proyectos que tienen fuerte respaldo de los dirigentes locales. El costo de la inacción aumenta cada día. Sobre la base de las lecciones de Vancouver y otros lugares, las ciudades pueden asegurarse una buena posición para poder prosperar en la economía mundial poscarbono. Fuente: Banco Mundial
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Cifras de interĂŠs
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Cifras e indicadores mundiales
Resultados del listado del FEM Lo anterior compensó el retroceso de nueve puestos en "educación superior", Colombia pasó del lugar 60 al 69, por la deficiencia en ciencias y el "impacto del Sida en los negocios". El otro indicador que más cayó fue "salud y educación básica", cediendo siete escalones hasta el 105, por el bajo desempeño en cobertura y calidad frente a otros países. No obstante, la sorpresa se dio en el indicador de infraestructura que mejoró en ocho puestos, del 92 al 84, pero un factor adyacente, como el de "eficiencia de mercados" cayó siete peldaños hasta el 109. En lo que está peor ubicado Colombia es en el subíndice de "instituciones", referido a la fortaleza de los entes públicos, en que perdió un lugar y se sitúa en el 111. Esto se explica por el sub-factor "ética y corrupción" en que Colombia ocupa el puesto 123. En contraste, dentro del mismo grupo está el indicador en que tiene mejor calificación: protección a los inversionistas, ocupando la casilla seis. Le sigue el factor de "entorno macroeconómico", en que pasa del 33 al puesto 29 entre las 144 economías, con una calificación, de 1 a 7, de 5,6, lejos de Noruega, el mejor evaluado. Pero en otro factor positivo de Colombia, el tamaño de mercado, se aprecia que otros países hicieron mejor la tarea y se cae un lugar hasta el puesto 32, una materia en que comparten podio EE.UU. y China.
El Reporte Global de Competitividad 2014-2015 que reveló el Foro Económico Mundial (FEM) situó a Colombia en el puesto 66 entre 144 países, luego de ocho años de oscilar entre los lugares 68 y 69. Así retorna a niveles de 2006, cuando ocupó la casilla 63. El mayor avance se registra en el ítem de "preparación tecnológica", al escalar 19 puestos hasta el lugar 68, explicado por los avances en acceso a internet de banda ancha por habitante (puesto 35).
También resulta inquietante que, pese a los esfuerzos públicos y privados en materia de innovación, el país retroceda tres puestos, hasta el 77, en un aspecto que lidera Finlandia. Lo anterior no se sopesa con la mejora leve en "sofisticación de los negocios", que avanza un escalón hasta el 62 y en los que son primero Japón y Suiza. En todo caso, al ponderar todas las variables, Colombia avanza en competitividad, lo que es una señal positiva para los inversionistas internacionales a la hora de determinar en cuáles economías priorizar sus recursos, aunque esto puede presionar una mayor revaluación por la llegada de más dólares. Fuente: El Colombiano
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Análisis
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Tributaria
Análisis
Reporte anual de nómina por períodos mensuales El año 2014 estrenaremos un nuevo modelo de reportes de medios magnéticos para la DIAN basados en la estructura contable del DR 2649 de 1993 y uno de los puntos más neurálgicos será el de producir dicha información por períodos mensuales, bimestrales y anuales cuando anteriormente se enviaba una sola cifra anual. La Resolución 158 de agosto de 2014 precisa los informantes que deben reportar anualmente por períodos mensuales, especialmente en lo relacionado con los contribuyentes que tuvieren dos o más empleados con vinculación laboral. La norma anterior obligaba prácticamente a todas las personas naturales o jurídicas con dicho reporte pero la Resolución 158 antes citada las delimitó de la siguiente manera: “Todas las personas naturales y asimiladas, jurídicas y asimiladas, así como las demás entidades públicas y privadas que durante el período a reportar hayan tenido diez (10) o más empleados o que en el año gravable 2012 hayan obtenido ingresos brutos superiores a trescientos millones de pesos ($300.000.000), deberán presentar información de nómina y liquidación de prestaciones sociales”. El conjunto de informantes continua siendo amplio y preparar las bases de datos de la nómina no es tarea fácil, adicional que dicha información debe ser consistente con los registros en los diferentes centros de costos y de operación de la entidad, labor que debe ser preparada con suficiente anticipación para no improvisar tanto en los reportes a la DIAN como en los cruces posteriores que hará la UGPP, entidad que tiene la facultad de verificar y sancionar por los errores cometidos en los aportes a la seguridad social. De cada uno de los trabajadores se deberá reportar: 1- Tipo de documento del tercero, 2- Número de identificación del tercero, 3- Tipo de vinculación, 4- Condición especial del trabajador, y 5- Conceptos y valores de pagos salariales, no salariales y de prestaciones sociales. Para reportar los conceptos y valores se debe utilizar la codificación establecida para cada pago, teniendo en cuenta si la nómina es de salarios, compensaciones o de agremiados. Es obligatorio el reporte de dichos datos mensuales a partir del mes de noviembre de 2014 y de los meses anteriores será opcional. Sin embargo, una vez construidos los parámetros correspondientes y para efectos de cruce con costos y deducciones, la mejor recomendación es reportar todo el año 2014. Hemos observado que una labor compleja de realizar será la actualización en el sistema de los denominados datos básicos de cada trabajador, tales como dirección, actividad económica, código país, código departamento, código municipio, correo electrónico, teléfono fijo, teléfono celular, entre otros datos básicos estipulados en el artículo 5 de la Resolución 228 de 2013.
Fuente: Gabriel Vásquez Tristancho, socio INCP, Socio Impuestos Baker Tilly Colombia, Columnista Vanguardia Liberal. Amigo Experto INCP.
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Análisis
Contable
Contrapartida - Costo de Patrimonio de Inversionistas El costo del patrimonio se ha definido como el costo que exige un inversionista por atender una alternativa de inversión, obviamente dicho costo se expresa en porcentaje y para calcularlo debemos conocer las siguientes variables: Partiendo de la definición del coeficiente beta, es pertinente decir que es el indicador que muestra la volatilidad en la rentabilidad de una acción, frente a la volatilidad en la rentabilidad del mercado. Cuando este indicador es igual a uno, podemos concluir que la acción se mueve al mismo ritmo que el mercado, mientras que cuando es inferior a uno, determinamos que es menos volátil que el mercado y obviamente cuando es superior a uno, será más riesgosa la acción porque presenta mayores cambios en su rentabilidad. Por lo general siempre se considera la tasa libre de riesgo como la rentabilidad de los bonos del tesoro de los Estados Unidos. No obstante, para el caso de Colombia se puede tener en cuenta la rentabilidad de los Títulos de la Nación TES, que reflejan los bonos públicos colombianos. Por otro lado, la tasa de mercado se calcula de dos maneras: La primera es tomando la rentabilidad del índice principal en el cuál se transan las acciones de la compañía objeto de estudio, si es que ésta cotiza en bolsa, y la segunda es teniendo en cuenta la Rentabilidad Operacional Sobre los Activos (ROA) de la industria o sector al cual pertenece la empresa, si es que ésta no cotiza en bolsa. Para calcular el costo del patrimonio se debe tomar la tasa libre de riesgo y sumarla a la prima de riesgo (diferencia en-
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tre la tasa libre de riesgo y la tasa de mercado) y por ultimo multiplicarla por el coeficiente beta. El anterior procedimiento se considera la forma correcta para que un inversionista pueda determinar cuál es su costo de patrimonio y se convierte en una herramienta técnica y ecuánime para apoyar la correcta toma de decisiones financieras y así escoger la mejor alternativa de inversión, tanto en Colombia como en el resto del mundo. De todas maneras, el principio fundamental de todo inversionista es diversificar eficientemente su dinero. Existen diferentes formas de diversificar, por ejemplo, por intermediarios financieros, por grupos económicos, por países, por monedas, por tipos de mercado y por otras inversiones. Al diversificar lo que está haciendo el inversor es disminuir el nivel de riesgo que corre cuando coloca sus excedentes de liquidez en diferentes opciones. Sin embargo, la cultura juega un papel importante en este tema, ya que por lo general, nosotros los colombianos somos cortoplacistas y queremos altas rentabilidades con el menor esfuerzo posible. Sin duda, el nivel de conocimiento, asesoría y actualización financiera, permitirán disminuir los riesgos e incrementar los beneficios de una inversión.
Fuente: Helber Mauricio Monroy Pedraza. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 957, septiembre 01 de 2014, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana.
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Análisis
Estándares internacionales
Contrapartida - Información con base en NIF Conocidas cifras preliminares tomadas de las primeras versiones de algunos estados financieros ajustados por la aplicación de las nuevas normas de información financiera, aún no avalados con base en procesos de aseguramiento de la información, varios celebran que las empresas hicieron un esfuerzo por revelar su realidad económica. Es de esperar que ello sea cierto. Una de las justificaciones básicas de la actual etapa de generación de información contable consiste, precisamente, en el convencimiento de que las normas recién adoptadas traen consigo mejor información. Sin embargo, la calidad de la información basada en las NIF debe ser probada y no supuesta. Es de esperar que varios aplaudan sin analizar. Pero el País no puede quedarse en supuestos, ni en la posición dogmática de claros beneficiarios del cambio, ni en la complacencia de los promotores del proceso. La investigación científica producida en otros países sobre la aplicación de las normas internacionales de contabilidad ha dejado en claro que el tránsito de los antiguos marcos informativos a los nuevos no ha ocurrido en forma inconsciente, desprevenida. Por el contrario. Esa investigación científica ha puesto de presente que las empresas, al adoptar nuevas políticas y métodos contables, sopesan cuidadosamente las consecuencias. Diferentes criterios han obrado inclinando a las empresas a asumir ciertos tratamientos que han considerado convenientes en sus circunstancias.
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¿Qué ventajas se derivan de aprovechar el cambio de normas para aumentar o disminuir el patrimonio? ¿Qué efectos tendrán los cambios en los impuestos, tasas y contribuciones, en las prácticas de supervisión, en los procesos de consecución de créditos, en la participación en los mercados de capitales, en la distribución de utilidades, etcétera? Una de las características más importantes del cuerpo de estándares internacionales de información financiera es su esfuerzo en fundarse en principios, antes que expresarse en reglas. Si bien esto facilita y promueve la preparación de información más adecuada, la sociología ha demostrado que los modelos basados en principios dan lugar a muchas más posiciones grises, como la tan famosa y descarada diferencia que en materia tributaria se ha concebido para distinguir entre evasión y elusión. El “juego” consiste en obrar sesgadamente sin configurar una infracción de las normas. Así pues los investigadores deben analizar la nueva información, sin aplaudirla ni rechazarla de antemano, sin dejarse llevar por preconceptos, prejuicios o conveniencias y revelar hasta qué punto el proceso se ha iniciado con la sinceridad y la integridad que se requiere para que efectivamente, como se desea y espera, el País obtenga un resultado favorable que contribuya a la prosperidad de todos su habitantes. Fuente: Hernando Bermúdez Gómez. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 944, agosto 19 2014, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana.
Estándares internacionales
Análisis
Contrapartida - Aplicación de la opción de la NIC 39 para las pymes Al entrar en vigencia el Decreto 3022 de 2013, ha surgido en muchos la inquietud sobre si el párrafo 11.2 (b) de la NIIF para las PYMES es aplicable o no en Colombia.
los “requerimientos y guías” de las NIIF completas, cuando sea necesario. En este orden de ideas, es posible recurrir a NIC 8.12, que establece:
Como es de público conocimiento, la Sección 11.2 de la NIIF para las PYMES establece los criterios de reconocimiento, medición y revelación sobre instrumentos financieros en los siguientes términos:
“Al realizar los juicios descritos en el párrafo 10, la gerencia podrá considerar también los pronunciamientos más recientes de otras instituciones emisoras de normas que empleen un marco conceptual similar al emitir normas contables, así como otra literatura contable y las prácticas aceptadas en los diferentes sectores de actividad, en la medida que no entren en conflicto con las fuentes señaladas en el párrafo 11.”
“Una entidad optará entre aplicar: (a) lo previsto en la Sección 11 y Sección 12 en su totalidad, o (b) las disposiciones sobre reconocimiento y medición de la NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición y los requerimientos de información a revelar de las Secciones 11 y 12 para contabilizar todos sus instrumentos financieros. La elección de (a) o (b) por parte de una entidad es una elección de política contable…” En una contrapartida anterior leímos que no es posible aplicar este párrafo porque en Colombia la NIC 39 no se encuentra en el ordenamiento legal, dado que se decidió aplicar la NIIF 9.
En estas circunstancias, es perfectamente factible usar la opción incluida en el párrafo 11.2 (b) de la NIIF para las PYMES y aplicar las disposiciones sobre reconocimiento y medición establecidas en la NIC 39 versión 2009. Si no se hiciera de esta manera, se estaría violando el ordenamiento jurídico, puesto que esto implicaría una excepción a la citada norma, la cual debe obedecer a un debido proceso y ser motivada, en cumplimiento de la Ley 1314.
En primera instancia, cabe señalar que la regulación emitida con relación a la NIIF 9, es sólo aplicable al Grupo 1. En consecuencia, no pueden mezclarse los marcos técnicos normativos y asumir que el descarte de aplicación de la NIC 39 versión 2009 incluye también al Grupo 2.
El hecho de que el texto de la NIC 39 no se haya incluido expresamente en el decreto, no obsta para su aplicación, si se tiene en cuenta que la misma normatividad, como ya lo mencionamos, permite el uso de otros estándares cuando no haya referentes suficientes en los marcos normativos emitidos. Si fuera obligatoria la inclusión explicita de los textos en la normatividad, no podría darse aplicación a estos requerimientos.
En segundo término, es importante señalar que el orden jerárquico normativo incluido en la Sección 10, párrafos 4 a 6, de la NIIF para las PYMES establece que es posible recurrir a
Fuente: Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 970, septiembre 15 de 2014, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana.
Al respecto debemos efectuar algunas aclaraciones:
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Análisis
Tributaria
Contrapartida - Proyecto Libro Tributario Para analizar el proyecto de decreto del Libro Tributario, Aduanero y Cambiario, voy a utilizar un ejemplo de la venta de un vehículo y mantenimiento: “Normalmente, un distribuidor de automóviles vende un automóvil por 10,000 unidades monetarias (u.m.) y ofrece 3 años de servicio por un cargo adicional de 400 u.m. como si fuese una promoción, el distribuidor incluye el servicio de 3 años como parte de la venta del automóvil, por un precio total de 10,200 u.m. ¿Cuántos son los Ingresos por venta y servicios bajo NIIF? Transacciones de múltiples elementos: 1.-Ingreso por venta del auto = 10.000 / 10.400 x 10.200 = 9.808 (reconocido en la entrega). 2.-Ingreso por servicio de 392, reconocidos posteriormente sobre un periodo de 3 años, una vez se preste el servicio.” El valor facturado, y sobre el cual se liquidan los impuestos son 10.200 u.m, que sería el valor registrado bajo Decreto 2649 de 1993. Ahora, para la empresa que compra el vehículo bajo el Decreto 2649de 1993 lo va a depreciar en 5 años. Sin embargo, bajo las NIIF se requiere que un experto determine la vida útil de cada vehículo, teniendo en cuenta, por ejemplo, efecto que el medio ambiente le puede causar, estado de la malla vial en la ciudad donde se va a utilizar, etcétera. En el artículo 5° del proyecto de decreto, mencionado inicialmente, se menciona que “un hecho económico deberá generar un registro para efectos de las normas internacionales de información financiera y otro para efectos fiscales…” por cuatro (4) años.
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Vale la pena retomar lo que mencioné en la Contrapartida 812 de noviembre 12 de 2013, sobre la Jerarquización de las políticas contables establecida en la Norma Internacional de Contabilidad N°8: La primera opción es aplicar la NIC/ NIIF concreta que esté especificada. La segunda opción es adaptar los requerimientos de las NIC/NIIF que traten temas similares y relacionados. La tercera opción es adoptar los pronunciamientos más recientes de otras instituciones emisoras de normas. La cuarta opción es aplicar, por ejemplo, las prácticas contables nacionales para efectos de la contabilización de los impuestos nacionales, departamentales y municipales, teniendo en cuenta que las bases tributarias podrán ser diferentes de las bases contables. Como quinta opción, considerar la aplicabilidad de las definiciones, criterios de reconocimiento, medición, presentación y revelación, establecidos en el Marco Conceptual del IASB. ¿Será que las empresas y los contadores podremos resistir cinco años (uno de paralelo y cuatro para efectos del libro tributario) realizando doble registro con su correspondiente análisis para efectos contables y tributarios; o será que podemos utilizar una sola fuente de información, pero manejando diferentes bases contables y tributarias, con su respectiva conciliación?
Fuente: Paulino Ángulo Cadena. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 946, agosto 18 de 2014, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana.
Auditoría
Análisis
Contrapartida - Auditoría integral Algunos quieren que la revisoría fiscal se acabe. Otros que se la reduzca, ya sea al ámbito de la auditoría de información financiera histórica, ya sea al de otro tipo de auditorías (de manera que la auditoría financiera no corresponda al revisor fiscal). Hay quienes sostienen que la revisoría debe encargarse de una auditoría integral. Y hay quienes creen que a la revisoría corresponden funciones de control. En noviembre de 2008, como consecuencia de una proposición presentada por el representante a la Cámara Óscar de Jesús Marín, se aprobó el parágrafo conforme al cual “El Gobierno Nacional podrá expedir normas de auditoría integral aplicables a los casos en que hubiere que practicar sobre las operaciones de un mismo ente diferentes auditorias” (hoy parágrafo 1°, artículo 5°, Ley 1314 de 2009). Refiriéndose al texto aprobado por aquella época, el mencionado representante manifestó “Otro de los logros en la discusión de la iniciativa gubernamental, fue garantizar que los contadores colombianos puedan seguir haciendo las auditorías en forma integral y no segmentada, como exigen las multinacionales. Además, que la figura del Revisor Fiscal se mantenga. El beneficio de estas excepciones defendidas por el Representante antioqueño, garantizan la permanencia profesional de cerca de 150 mil contadores públicos en el país.” Así las cosas, el Gobierno puede expedir normas de aseguramiento de información y normas de auditoría integral. Esta facultad le permitiría proferir normas similares al Auditing Standard No. 5 An Audit of Internal Control Over Financial Reporting That Is Integrated with An Audit of Financial Statements.
A la luz de lo que se conoce, las autoridades de regulación y las de normalización no han dedicado ningún esfuerzo en torno de la auditoría integral. Si bien la IAASB solo se ocupa del aseguramiento de información, eso no quiere decir que falten pronunciamientos de orden científico, técnico o normativo sobre la auditoría integral a nivel mundial. Sobre ella se encuentran disponibles artículos, libros y ponencias presentadas en congresos internacionales de la profesión contable. De ninguna manera el desarrollo de la Ley 1314 está circunscrito a los asuntos regulados por organismos internacionales. Colombia mantiene su soberanía legislativa y le es perfectamente posible expedir cualquier tipo de normas. Aún más: en Colombia, por regla general que tiene muy pocas excepciones, los contadores pueden ofrecer y prestar servicios de auditoría integral aunque ella no haya sido objeto de regulación. Reducir la contabilidad y la auditoría a lo previsto en estándares internacionales es una posición inaceptable tanto para la academia como para la profesión. Las normas son de menor alcance que la técnica, ésta de menor cubrimiento que la ciencia y ésta más estrecha que los horizontes de la creatividad y la innovación que mueven al mundo.
Fuente: Hernando Bermúdez Gómez. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 959, septiembre 01 de 2014, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana.
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Normatividad
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Normatividad Encuentre en nuestro portal web, haciendo clic sobre el enlace indicado, la siguiente información destacada del mes.
Contable Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: ¿Las cajas de compensación familiar cómo deben registrar contablemente los recursos por conceptos de parafiscales? Descripción: El CTCP señala que las cajas de compensación familiar reconocerán los recursos por concepto de parafiscales (4%) así: al momento de recibir el pago efectuado por los empleadores, un débito a la cuenta de caja o bancos, y la contrapartida a: cuentas por pagar, patrimonio e ingresos según sea su destinación de acuerdo con lo establecido en la Ley 21 de 1982. Regulación: Concepto 59 / 27-08-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: No existe concepto referente a vínculos económicos e intereses comunes de los contadores públicos Descripción: El CTCP resalta que en la actualidad no existe ningún concepto emitido por el Consejo en relación con la expresión “vínculos económicos e intereses comunes que se relacionan con el tema de inhabilidades e incompatibilidades de los contadores públicos como Revisores Fiscales”. Regulación: Concepto 212 / 21-08-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública Entidad: Contaduría General de la Nación Norma: Al momento del cierre del periodo contable debe evaluarse técnicamente la recuperabilidad de la cartera y reconocer las contingencias de pérdida de su valor Descripción: El CTCP señala que al finalizar el periodo contable se debe hacer una evaluación sobre la calidad de la cartera, para efectos de reconocer en los estados financieros la pérdida de valor de la misma, también lo es el hecho que el administrador tiene, por disposición de ley, la obligación de cobrar y recaudar cualquier obligación de carácter pecuniario a cargo de los propietarios u ocupantes del conjunto, para lo cual deberá iniciar oportunamente el cobro judicial de las mismas. Así las cosas, el legislador estableció que el administrador responderá por los perjuicios que ocasione por el no acatamiento de la función que expresamente le impone la ley 675 en su numeral octavo “(…) 8. Cobrar y recaudar, directamente o a través de apoderados cuotas ordinarias y extraordinarias, multas, y en general, cualquier obligación de carácter pecuniario a cargo de los propietarios u ocupantes de bienes de dominio particular del edificio o conjunto”. Regulación: Concepto 116 / 19-08-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Estándares Internacionales Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: Estados financieros para usuarios externos sin re-
servas de cumplimiento de las NIIF con anterioridad de la aplicación en Colombia Descripción: El CTPC considera que si una entidad entrega estados financieros a usuarios externos en los que se incluya una declaración explicita y sin reservas de cumplimiento de las NIIF, con corte al cierre del ejercicio inmediatamente anterior a la fecha de aplicación en Colombia, es decir, con anterioridad del 1º de enero de 2015, no requerirá volver a aplicar la NIIF 1. En consecuencia, deberá tomar el Estado de Situación Financiera presentado a esos usuarios externos como punto de partida para iniciar el uso de las NIIF en la contabilidad local para todos los efectos a partir de la mencionada fecha. Regulación: Concepto 385 / 20-08-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública Entidad: Ministerio de Comercio Industria y Turismo Norma: Propuestas de Normas proceso de convergencia hacia estándares internacionales Descripción: El Ministerio de Comercio Industria y Turismo expone en su página oficial la Consulta Pública del Proyecto de Decreto: “Por el cual se señala un nuevo plazo para que los preparadores de información financiera que conforman el Grupo 2 den cumplimiento a lo señalado en el parágrafo del artículo 3° del Decreto 3022 de 2013”. Y agradece remitir comentarios a los siguientes correos electrónicos atejada@mincit.gov.co y mgonzalezs@mincit.gov.co. Regulación: Ver Proyecto de Decreto / Ministerio de Comercio Industria y Turismo
Tributario Entidad: DIAN Norma: El contribuyente, voluntariamente puede declarar el valor del activo omitido en los periodos anteriores como renta líquida gravable Descripción: De conformidad con el artículo 239-1 del Estatuto Tributario, puede el contribuyente, voluntariamente, declarar el valor del activo omitido en periodos anteriores como renta líquida gravable, liquidando el respectivo impuesto, caso en el cual no se generará sanción alguna. En el caso en que el respectivo activo se incluya sin liquidar el impuesto correspondiente o no se haga voluntariamente y la administración de impuestos detecte dichos pasivos, procederá la imposición de la sanción por inexactitud. Regulación: Concepto 50053 / 19-08-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Entidad: DIAN Norma: Dividendos y regalías se gravan de manera exclusiva en el país en donde ellas se generaron Descripción: De acuerdo con las Decisión 578 de la Comunidad Andina se debe dar preeminencia para la potestad de gravamen al estado de la fuente, esto es, en donde se generó la renta. Así, rentas tales como dividendos y regalías se gravan de manera exclusiva en el país donde ellas se generaron, sin que se graven en el país de residencia del beneficiario de las mismas. Regulación: Concepto 47967 / 08-08-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Normatividad Entidad: DIAN Norma: Los servicios de administración de fondos del Estado y los servicios vinculados con la seguridad social están excluidos del impuesto sobre las ventas Descripción: Los argumentos de tipo constitucional, legal y jurispruden-ciales, permiten colegir que la exención del IVA prevista en el numeral 3 del artículo 476 del Estatuto Tributario, es objetiva y está circunscrita a la naturaleza del servicio prestado en relación con el sistema de seguridad social, esto es, que necesariamente el servicio de operador de información contratados por las EPS y demás Administradoras del SSS, están directamente vinculados con las previsiones del manejo a la seguridad social de que trata la Ley 100 de 1993, dado que el pago del aporte, el registro e inscripción del aportante en la planilla PILA, en sí mismo, son los que están vinculados a la Seguridad Social. Regulación: Concepto 50285 / 20-08-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Entidad: Ministerio de Hacienda y Crédito Público Norma: Durante el tiempo que subsista el proceso de extinción de dominio, los impuestos sobre los bienes no causarán intereses moratorios Descripción: Consulta referente a la posibilidad de continuar el proceso de cobro sobre obligaciones causadas y en mora, para mitigar el déficit fiscal del municipio. Se dé respuesta, señalando que el valor de los impuestos que pertenezcan a la entidad territorial, seguirán siendo de ésta y a ella le deberán ser cancelados por la Dirección Nacional de Estupefacientes, si para el efecto se perciben ingresos como consecuencia de su administración. En caso de no ser así, se pagarán por el propietario del bien, si no se declara la extinción de dominio, o por el adquirente, si el bien se enajena luego de la declaración de extinción de dominio, en ningún caso se obligará al particular a pagar intereses moratorios o remuneratorios, del bien que no tuvo a su disposición. Regulación: Concepto 29046 / 06-08-2014 / Ministerio de Hacienda y Crédito Público Entidad: DIAN Norma: Servicios turísticos prestados a no residentes no son equivalentes a bienes exentos con derecho a devolución bimestral Descripción: Cuando la principal actividad a desarrollar en el país por parte del no residente no es de descanso o esparcimiento, este despacho considera que los servicios turísticos prestados a personas no residentes que tengan un estatus migratorio diferente al permiso de Ingreso y Permanencia no puede hacerse extensiva a la exención consagrada en el literal d) del artículo 481 del Estatuto Tributario. Regulación: Concepto 47344 / 05-08-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Entidad: DIAN Norma: Impuesto mínimo alternativo simple -IMAS- de empleados Descripción: El Impuesto Mínimo Alternativo Simple; -IMAS- es un sistema de determinación simplificado del
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impuesto sobre la renta y complementarios, aplicable únicamente a personas naturales residentes en el país, clasificadas en la categoría de empleado, cuya Renta Gravable Alternativa en el respectivo año gravable sean inferior a cuatro mil setecientas (4.700) UVT, y que es calculado sobre la renta gravable alternativa determinada de conformidad con el sistema del Impuesto Mínimo Alternativo Nacional -IMAN-, a la Renta Gravable Alternativa se le aplica la tarifa que corresponda. Regulación: Concepto 48807 / 11-08-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Entidad: DIAN Norma: ¿Cuál es la base de retención por concepto de rentas de trabajo efectuados a las personas en la categoría de empleados? Descripción: El auxilio de cesantía y los intereses sobre cesantías, siempre y cuando sean recibidos por trabajadores cuyo ingreso mensual promedio en los seis últimos meses de vinculación laboral no exceda de 350 UVT. En relación con los empleados que se encuentren vinculados mediante una relación laboral, legal o reglamentaria, la base para la retención en la fuente será la misma que se determina para la aplicación del artículo 383 del E.T. Regulación: Concepto 40899 (100202208 533) / 10-072014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Entidad: DIAN Norma: Estará obligado a declarar retefuente el profesional con contrato de prestación de servicios en el que se utilice materiales de propiedad de una ESE Descripción: Los trabajadores que presten servicios personales mediante el ejercicio de profesiones liberales o que presten servicios técnicos que no requieran la utilización de materiales o insumas especializados o de maquinaria o equipo especializado, serán considerados dentro de la categoría de empleados, siempre que sus ingresos correspondan en un porcentaje igualo superior a (80%) al ejercicio de dichas actividades. De manera que si un profesional tiene un contrato de prestación de servicios profesionales con una Empresa Social del Estado, utilizando equipos, materiales e insumos de propiedad de esta entidad, deberá acogerse a las disposiciones atinentes a la retención en la fuente. Regulación: Concepto 47563 / 06-08-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Laboral Entidad: Ministerio de Trabajo Norma: Expiden el manual único para la calificación de la pérdida de la capacidad laboral y ocupacional Descripción: El Manual Único para la Calificación de la Pérdida de la Capacidad Laboral y Ocupacional contenido en el presente decreto, se aplica a todos los habitantes del territorio nacional, a los trabajadores de los sectores público, oficial, semioficial, en todos sus órdenes y del sector privado
Normatividad en general, independientemente de su tipo de vinculación laboral, clase de ocupación, edad, tipo y origen de discapacidad o condición de afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral, para determinar la pérdida de la capacidad laboral y ocupacional de cualquier origen. En ese orden de ideas, dicho Manual se constituye en el instrumento técnico para evaluar la pérdida de la capacidad laboral y ocupacional de cualquier origen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 100 de 1993 modificado por los artículos 142 del Decreto-ley 019 de 2012 y 18 de la Ley 1562 de 2012, en concordancia con lo previsto en el artículo 6° de la Ley 776 de 2012. Regulación: Decreto 1507 / 12-08-2014 / Ministerio de Trabajo
Comercial Entidad: Superintendencia de Sociedades Norma: ¿Quién tiene la faculta para elegir el liquidador de la sociedad? Descripción: Es unción del máximo órgano social efectuar libremente la elección, remoción, fijación de honorarios y, aceptación de la renuncia de los liquidadores, decisiones que deberá adoptar con las mayorías legales o estatutarias previstas para el efecto, constar en el acta que en su oportunidad se levante, para luego proceder a su registro en la Cámara de Comercio del domicilio social de la compañía. Regulación: Concepto 220-134090 / 28-08-2014 / Superintendencia de Sociedades Entidad: Superintendencia de Sociedades Norma: Reconocimiento de intereses se hará en el acuerdo de reorganización Descripción: En el acuerdo de reorganización debidamente aprobado por la mayoría, el escenario propio de discusión, es el que determinará lo concerniente al reconocimiento o no de las quitas, pago de intereses o no, que definan los interesados en este escenario concursal. Regulación: Concepto 220-134125 / 28-08-2014 / Superintendencia de Sociedades
Aduanero Entidad: DIAN Norma: La operación de exportación de combustibles en reaprovisionamiento utilizando una barcaza de transportes improcedente Descripción: En atención al parágrafo del artículo 298 de la Resolución 4240 de 2000, el cual establece que el procedimiento previsto en el Capítulo XVI – Exportación de energía eléctrica y gas “le será aplicable a la exportación de todas aquellas mer¬cancías cuyo transporte se realice a través de redes, tuberías o ductos”, el Despacho de la DIAN consideró que no es viable jurídicamente realizar la operación de exportación de combustibles en reaprovisionamiento utilizando una barcaza, pues dicho medio de transporte no se encuentra autorizado como sí lo están los señalados en la norma transcrita, estos son, las redes, tuberías o ductos; los cuales, además de garantizar la conexión del punto habilitado al lugar de suministro, deben contar con equipos de medición y dispositivos de seguridad que permitan inferir el volumen de mercancía abastecida así como fecha y hora del día por cada suministro, y funcionar de acuerdo con los requerimientos de calibración y demás aspectos exigidos por la DIAN, como se desprende del artículo 302 ibídem. Regulación: Concepto 46735 / 04-08-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Entidad: DIAN Norma: La ley 1004 de 2005 aplica a todos los usuarios de zonas francas Descripción: La DIAN concluye que el régimen consagrado en la Ley 1004 de 2005 para los usuarios de zona franca se aplica en su integridad respecto de las actividades allí desarrolladoras y es excluyente, en virtud de lo cual, la preferencia y especialidad está dada no solo en razón de la tarifa de renta (15%) que se aplica a todos los usuarios industriales de zona franca, sino también respecto del régimen tributario que comporta también el tratamiento especial regulada en materia de IVA, además del aduanero y cambiario, frente a los demás contribuyentes sometidos al régimen ordinario. Regulación: Concepto 48028 / 06-08-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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4. NIA ¿Qué llega después de las NIF para la estandarización contable en Colombia? La Directora Técnica del Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia, Ana Lucia López, indica los retos que siguen después de la adopción de las NIF para el logro de la estandarización contable mundial [...] Ver más ¿En qué consiste las normas se aseguramiento de nivel moderado? En relación con las normas de aseguramiento de información de nivel morado, es necesario señalar que el legislador al redactar los artículos 1 y 2 de la Ley 1314, utilizó la expresión “de nivel moderado”, para referirse a [...] Ver más Procedimientos para auditar la toma física de inventarios de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría Para el Auditor, es necesario estar presente en el momento del conteo físico y realizar procedimientos de auditoría que le permitan sentirse satisfecho en cuanto la existencia y condición del inventario. [...] Ver más
5. Implementación de las NIIF Llego la hora de las NIIF– NIF La expedición de la Ley 1413 del 2009, “La cual regula los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptadas en Colombia y además señalan las autoridades [...] Ver más No adoptar las NIIF conllevaría a sanciones por la violación a las normas de auditoría
En un reciente estudio realizado por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas se hizo una comparación del avance de los países miembros en la convergencia de las normas contables a los estándares [...] Ver más Convergencia a NIIF en el manejo de inversiones Con la aprobación de la Ley 1314 de 2009, Colombia ingresó en un proceso de convergencia hacia estándares internacionales en temas contables, de información financiera y aseguramiento de la información. En [...] Ver más Responsabilidad de los administradores en la implementación de las NIIF en Colombia A partir de la implementación en Colombia de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), millones de empresarios tienen ahora la obligación de seguir los lineamientos contables establecidos por [...] Ver más Inquietudes en Relación con la Convergencia hacia estándares Internacionales En el marco del Foro de Sensibilización sobre las Normas Internacionales de Información Financiera (en adelante, NIIF) y de Auditoría y Aseguramiento de la Información (en adelante, NAI) para la Alta Dirección de las [...] Ver más
6. Ley 1314 del 2009 Proyecto de decreto que reglamenta los artículos 4 de la Ley 1314 de 2009 y 165 de la Ley 1607 de 2012 Apreciados Contadores: Para la Defensoría del Contribuyente y Usuario Aduanero es importante informarles que la DIAN divulgó el proyecto de decreto que reglamenta los artículos 4 de la Ley 1314 de 2009 y [...] Ver más La globalización e interconexión de la economía hace necesaria la homogeneización de la información En un reciente estudio realizado por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas se hizo una comparación del avance de [...] Ver más Convergencia a NIIF en el manejo de inversiones
La decisión de una empresa de no adoptar las NIIF conllevaría a sanciones por la violación de la no aplicación de las normas de auditoría aceptadas en Colombia. Mediante el Concepto 269 de 2014, el Consejo [...] Ver más
Con la aprobación de la Ley 1314 de 2009, Colombia ingresó en un proceso de convergencia hacia estándares internacionales en temas contables, de información financiera y aseguramiento de [...] Ver más
Siete reglas para la aplicación de NIIF
Todo sobre las NIIF
Tener las cuentas claras en las empresas es el mejor síntoma de que las cosas marchan bien. Por eso, es importante conocer cuáles son las nuevas normas contables y cómo se aplican. Por lo anterior Gerardo Santos [...] Ver más
El 27 de diciembre de 2013 el gobierno colombiano emitió el decreto 3022, a través del cual se reglamenta la ley 1314 de 2009 sobre el marco técnico normativo para los preparadores de información financiera [...] Ver más
8 de cada 10 empresas reportaron sus balances con nuevas Normas Internacionales de Información Financiera
La aplicación de las Normas de Aseguramiento de Información –NAI – en Colombia
La Supersociedades informó que de las 2.654 compañías a las que se les solicitó información financiera bajo este nue-
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en desarrollo de las funciones asignadas en la Ley 1314 de 2009,
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Material Relacionado cumpliendo el debido proceso establecido en el artículo 8º de dicho ordenamiento, [...] Ver más La aplicación de las NIIF generará cambios en la cultura contable originados, principalmente, en los mayores requerimientos de revelación En cumplimiento de la Ley 1314 de 2009 que promueve la convergencia de normas de contabilidad y de información financiera y de aseguramiento de información hacia estándares internacionales de [...] Ver más Requerimientos para dar aplicación a la norma que establece el marco normativo para los preparadores de información financiera Según lo estipulado en la Ley 1314 de 2009 en especial en su artículo 10 que establece que son las autoridades de supervisión, las encargadas de vigilar que los entes económicos bajo inspección, así como [...] Ver más Las propiedades horizontales deben adecuarse a los estándares internacionales de información Se considera que las propiedades horizontales estando obligadas a llevar contabilidad deben cumplir lo dispuesto por la Ley 1314 y por consiguiente, clasificarse en alguno de [...] Ver más
7. Donación Se fijó el monto máximo total de la deducción para inversiones o donaciones El monto total de la deducción que por inversiones o donaciones hagan los contribuyentes de conformidad con lo establecido en el artículo 158-1 del Estatuto Tributario, en proyectos calificados como de [...] Ver más ¿Recibir donaciones con el uso de una marca puede generar cuestiones legales atinentes al derecho a la competencia? SIC aclaró que lo que se sanciona no es la infracción de alguna ley por un agente económico determinado sino el hecho a que dicho agente haya obtenido una ventaja significativa, es decir, una disminución de [...] Ver más Para la procedencia del beneficio de exclusión del IVA en la importación de bienes donados, no se pueden establecer condicionamientos adicionales a los previstos Para efectos de la utilización del beneficio en la que se exentan del Impuesto Sobre las Ventas (IVA) a las entidades sin ánimo de lucro, se verifica que en la disposiciones reglamentarias que no se consagran restricciones [...] Ver más Subvenciones y donaciones hacen parte de los ingresos operacionales de las entidades sin ánimo de lucro El Consejo Técnico de Contaduría Pública recordó que las subvenciones del gobierno nacional que son otorgadas a las entidades sin ánimo de lucro, son equiparables a los ingresos operacionales de las mismas [...] Ver más Las entidades sin ánimo de lucro que reciban donaciones en dinero para el desarrollo de su objeto social deberán ser contabilizadas como ingreso al patrimonio
Las donaciones que reciba un ente económico se registran dentro del patrimonio como superávit de capital, cuando se reciban bienes de uso para la entidad o aportes con destino diferente al capital de trabajo. Pero [...] Ver más
8. Políticas contables Una entidad aplicará sus políticas contables de manera uniforme para transacciones, de acuerdo a las NIIF que permita establecer sus categorías El párrafo B87 del apéndice B de la Guía de Aplicación de la NIIF 10 dispone que los estados financieros consolidados del grupo sean elaborados con políticas contables uniformes entre los miembros. Lo anterior [...] Ver más Diseñar un manual de políticas contables IFRS-NIIF es el primer paso para el Aseguramiento y Control Interno de información financiera Las políticas contables de acuerdo con los estándares internacionales son principios específicos, métodos, bases, acuerdos y procedimientos adoptados por una empresa para la preparación [...] Ver más
9. Leasing Habitacional Superfinanciera imparte instrucciones para fortalecer procesos de contratación de seguros asociados a créditos con garantía hipotecaria o contratos de leasing habitacional Desde del 2 de agosto de 2014 los procesos de licitación que adelanten los establecimientos de crédito para contratar esta clase de seguros deberán atender las instrucciones expedidas por la Superintendencia [...] Ver más ¿En que consiste el leasing habitacional? El leasing habitacional es un sistema de financiación para la adquisición de vivienda, en el cual se hace efectivo el beneficio tributario para los créditos hipotecarios [...] Ver más
10. Impuesto al patrimonio Base para cobrar impuesto al patrimonio será de $ 1.000 millones Gobierno optó por ese monto y no por la base de $ 750 millones que fue la propuesta inicial. El Gobierno, a través del ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, anunció que, “después de concertar con sectores [...] Ver más Para el 2011 el impuesto al patrimonio se generaba por la posesión de riqueza, cuyo valor sea igual o superior a $1,000,000,000 e inferior a $3,000,000,000. Los hechos generadores del Impuesto al Patrimonio por el año 2011 los constituyen la posesión de riqueza al 1º de enero de 2011, cuyo valor sea igual o superior a $1.000.000.000 e inferior a $3.000.000.000 y la [...] Ver más
11. Impuesto sobre los dividendos Dividendos y regalías se gravan de manera exclusiva en el país en donde ellas se generaron
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Material Relacionado De acuerdo con las Decisión 578 de la Comunidad Andina se debe dar preeminencia para la potestad de gravamen al estado de la fuente, esto es, en donde se generó la renta. Así, rentas tales como dividendos y [...] Ver más Adiós al ICA en los dividendos Durante muchos años, las Secretarías de Hacienda municipales y distritales han querido gravar la percepción de dividendos con el impuesto de Industria y Comercio “ICA”. En efecto lo han hecho. Y los contribuyentes [...] Ver más
12. 4X1000 Un problema de estructura para corregir El 4×1000 ha hecho que el 50 % del sistema de pagos que usa el país sea el efectivo. Antes de este impuesto era tan solo el 30 %, sostiene Asobancaria. Aunque la presidenta de Asobancaria, María Mercedes Cuéllar [...] Ver más Los cambios reales del 4X1.000 Asobancaria aclaró cuáles son los tipos de cuentas exentas del 4X1.000 y el monto al que no se le cobrará el impuesto. Aunque todos los clientes del sistema financiero, especialmente quienes tienen cuenta de [...] Ver más Conozca todo lo que debe saber sobre cómo será el impuesto 4x1.000 este año Mucho se ha hablado sobre los cambios realizados en la exención del impuesto 4×1.000 para los usuarios financieros, comentarios que han logrado causar confusiones, inclusive muchos no son del todo ciertos. Es por [...] Ver más
13. Auditoría interna ¿Cuál es la importancia actual del auditor interno? Nancy Yong, socia de PricewaterhouseCoopers (PwC), explica la importancia de las auditorías internas en el contexto actual, los aspectos que faltan mejorar localmente y el perfil que debería tener un auditor en la empresa. [...] Ver más Cambios marco internacional práctica profesional auditoría interna El Documento para discusión de las mejoras propuestas para el Marco Internacional para la Práctica Profesional de la Auditoría Interna (MIPP) del IIA Global, ya está disponible en español [...] Ver más ¿Por cuánto tiempo debe retener los papeles de trabajo de un departamento de auditoría interna? Día a día el departamento de auditoría interna genera una gran cantidad de documentos de forma electrónica e impresa, que llega un momento que no sabemos qué hacer con tanta información acumulada [...] Ver más
plicar en cada trabajo como funciona el proceso, cuando el auditor no es capaz de enlazar las [...] Ver más Importancia de la Auditoría para empresas y organizaciones “Las auditorías pueden ser internas o externas, pero siempre tienen por finalidad el buscar la realidad económica de un determinado [...] Ver más Estado de la profesión de Auditoría Interna de 2014 según PwC Los resultados del estudio anual de PwC indican que la alineación de las expectativas de los stakeholders y el desarrollo de las habilidades y capacidades que respondan a estas expectativas, serán las claves [...] Ver más 7 Indicadores Claves de Desempeño para un Departamento de Auditoría Interna Esta tabla presenta los KPI (Key Performance Indicators) más comunes para un Departamento de Auditoría Interna y preguntas que un auditor interno debe realizar respecto a cada medida [...] Ver más ¿Debe su departamento de auditoría interna tener manuales de políticas y procedimientos formales? Esta pregunta podría parecer compleja, debido a que es una decisión que en algún momento todos los que nos dedicamos a ejercer la profesión de auditoría interna hemos realizado. Sin embargo, ya esta situación ha sido [...] Ver más Para ser relevante, la auditoría debe evolucionar: KPMG A partir de una serie de entrevistas con 16 líderes de auditoría de KPMG de diferentes países, la firma ha realizado un llamado para impulsar [...] Ver más Barreras que limitan la objetividad de un auditor interno Los auditores internos deben tener una actitud imparcial y neutral, y evitar cualquier conflicto de intereses. La objetividad es una actitud [...] Ver más El riesgo de fraude y la auditoría interna El fraude es un fenómeno universal, pues afecta a todo tipo de actividades y/o empresas, bien sean públicas o privadas, e independiente de la actividad económica desarrollada, [...] Ver más 6 Hábitos Para Mejorar Desempeño del Auditor Interno Detrás de cada proceso de transformación empresarial existe un proceso de transformación personal, por lo que se debe revisar el desempeño y dar pasos [...] Ver más Los 10 problemas más comunes de los Auditores Internos “No existe ningún problema que no te aporte simultáneamente un don. Buscas los problemas porque necesitas sus dones”. [...] Ver más
7 Pecados que los clientes no perdonará a sus auditores internos
Auditoría Interna 101: Uso Información de carácter personal durante el trabajo
No entender cómo funciona el negocio – La credibilidad del departamento se debilita cuando el cliente tiene que ex-
Durante el desarrollo de nuestro trabajo de auditoría interna, sin importar el tipo de organización en la cual estemos
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Material Relacionado trabajando, por lo general tenemos acceso a información de carácter personal, por lo que resulta [...] Ver más
entidades sin ánimo de lucro, son equiparables a los ingresos operacionales de las mismas […] Ver más
FODA Departamento Auditoría Interna
Se establecen las condiciones bajo las cuales las entidades sin ánimo de lucro, identificarán el grupo al que pertenecen en NIIF
Es un análisis que también es conocido como Matriz ó Análisis DOFA, DAFO, o en inglés SWOT, es una metodología de estudio de la situación de una empresa o un proyecto, analizando [...] Ver más
14. COSO III COSO III, la integridad y los valores éticos en las organizaciones El año pasado COSO emitió una actualización del ya famoso “Internal Control- Integrated Framework”. El Marco integrado de control interno propuesto por COSO provee un enfoque integral y herramientas para la [...] Ver más Responsabilidades de supervisión de la Junta Directiva según COSO III A continuación se presenta las responsabilidades de supervisión de la Junta Directiva en relación con cada componente del Sistema de Control Interno según el nuevo Marco Integrado de Control Interno, COSO III [...] Ver más Importancia de los Objetivos en las Organizaciones Según COSO III Cada entidad tiene una misión, la cual determina los objetivos y las estrategias necesarias para alcanzarlos. Los objetivos pueden ser establecidos mediante un proceso estructurado o informal dependiendo de la […] Ver más
15. Entidades sin Ánimo de Lucro Modificados de manera parcial los criterios para celebrar convenios con entidades sin ánimo de lucro por parte del SENA El Ministerio de Trabajo procedió a establecer que es necesario modificar de manera parcial la Resolución 2921 de 2014, mediante la cual se fijó los criterios que autorizan al Sena para celebrar los convenios de […] Ver más Registro de la economía solidaria De conformidad con el artículo 143 del Decreto 2150 de 1996, las entidades de naturaleza cooperativa, los fondos de empleados y las asociaciones mutuales, así como sus organismos de integración y las instituciones […] Ver más ¿Cómo registrar la disolución y la liquidación de una entidad sin ánimo de lucro? ¿Cómo se registra la disolución? Presente la solicitud de registro en cualquier Cámara de comercio. Para esto usted debe: 1. Presentar una copia autentica del acta o documento que decretó la disolución con los […] Ver más Subvenciones y donaciones hacen parte de los ingresos operacionales de las entidades sin ánimo de lucro El Consejo Técnico de Contaduría Pública recordó que las subvenciones del gobierno nacional que son otorgadas a las
Se considera que las entidades sin ánimo de lucro deberán identificar el grupo que pertenecen según el ámbito de aplicación definido en los decretos reglamentarios. Por consiguiente, al igual que las demás […] Ver más
16. Incapacidades laborales La protección en riesgos laborales, más que una obligación una necesidad En promedio cada once horas y media murió el año pasado en Colombia una persona a causa de un accidente de trabajo. Según la Dirección de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, de las 938 muertes […] Ver más El decreto 019 del 2012 determinó, que es función del empleador tramitar incapacidades y licencias de maternidad ante la EPS Se recuerda que con la entrada en vigencia del Decreto 019 de 2012, en adelante serán los empleadores y no los trabajadores quienes tendrán que tramitar ante la respectiva EPS el reconocimiento y pago de las […] Ver más Reconocimiento y liquidación de incapacidad por enfermedad general para trabajador independiente dependerá del tiempo que dure la misma El porcentaje sobre el que las EPS reconocerán la incapacidad dependerá del tiempo en que ésta dure; entre el día 4 y el día 90 de incapacidad, la prestación económica se reconocerá sobre las 2/3 partes del […] Ver más
17. Prestaciones sociales ¿Terminado el contrato de trabajo, por cualquier causa, cuánto tiempo tiene el ex empleador para pagar la liquidación final de prestaciones sociales? “Si a la terminación del contrato, el empleador no paga al trabajador los salarios y prestaciones debidas, salvo los casos de retención autorizados por la ley o convenidos por las partes, debe pagar al asalariado, como […] Ver más Derecho a prestaciones, el más vulnerado En los primeros dos meses de este año el Ministerio del Trabajo en Sucre ha recibido más de 900 consultas laborales. De estas, 310 (la mayoría) son de empleados del sector comercial. Le sigue los prestadores […] Ver más Las cooperativas de trabajo pueden establecer el pago de primas o pensiones, pero estas nunca serán equivalentes a las prestaciones sociales Ningún asociado de una cooperativa tiene derecho a prestaciones sociales como prima de servicio o auxilio de cesantías, siempre y cuando no sea socio y trabajador a la vez, caso en el cual, si tendrá derecho a las […] Ver más
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