Boletín 100 ISSN 2382-3550 (en línea) Misión Propender por el desarrollo integral del contador público y el ejercicio ético de la profesión contable generando en la comunidad respeto y confianza a través del aseguramiento de la información. Visión Ser la institución líder de la profesión contable a nivel nacional y representarla internacionalmente.
Junta Directiva (2014-2016) Presidente Hugo Francisco Ospina Giraldo Vicepresidente Luis Alfredo Caicedo Ancines Miembros De Junta Directiva Jorge Eliécer Moreno Urrea José Hilario Sanabria Caballero Gustavo Alberto Ramírez Rubio Blanca Yaneth Romero Reina José Orlando Ramírez Zuluaga Alfredo Blanco Núñez Humberto Fernández Paz Mariana Milagros Rodríguez Dirección Ejecutiva Juan Miguel Vásquez Suárez Instituto Nacional De Contadores Públicos De Colombia - INCP Carrera 7 No 156 - 68 Ofc. 1703 Edificio North Point 3 Celular: 310 854 14 80/ 87 incpcol@incp.org.co
Las colaboraciones publicadas no comprometen la responsabilidad del INCP. Las opiniones expresadas pertenecen exclusivamente a sus autores.
Estrategia Definir e implementar un portafolio claro de productos y servicios para nuestros grupos de interés. Política de Calidad El INSTITUTO NACIONAL DE CONTADORES PUBLICOS DECOLOMBIA – INCP – es una organización sin ánimo de lucro de tipo gremial, que con criterios de racionalidad económica y propiciando la relación intersectorial, genera oportunamente valor agregado a sus grupos de interés, a través de la investigación, la difusión del conocimiento, la representación gremial, la orientación técnica y la generación de beneficios, productos y servicios de calidad. A nuestros socios, que son la razón de ser, el INCP permanentemente innova, promueve el mejoramiento continuo, practica la inteligencia intrapersonal, consolida su presencia a nivel nacional, y gracias a sus membrecías internacionales con IFAC y AIC el INCP se constituye como el principal organismo consultor, satisfaciendo a sus grupos de interés mediante una oferta de valor distintiva.
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Taller Práctico - Renta Personas Naturales
05 II Cumbre INCP - ¿Qué sigue en Colombia en materia de estándares internacionales?
07 El CTCP adiciona una nueva pregunta a su consulta pública sobre las normas de aseguramiento 08 IAASB propone mejoras a los estándares de auditoría enfocados a las revelaciones de los estados financieros 10 Consejo de Ética propone mejoras a ciertas provisiones sobre servicios diferentes a aseguramiento en el Código de Ética 11 ¿Cómo va el plan de adopción de las NIIF en Colombia? 14 Las empresas cotizadas afrontan un nuevo reto contable, NIIF 15 15 Así avanza la adaptación de las NIIF 16 Contabilidad Financiera y Tributaria - Chile 18 Estandarización, globalización e infraestructura de transporte 19 Norma internacional de auditoria NIA 800 - el informe del auditor en compromisos de auditorías de propósitos especiales 20 Plan de Trabajo del Consejo Técnico de la Contaduría Pública 24 Obligación de presentar y llevar libros de contabilidad en Colombia 26 El control de inventarios y movimientos en un almacén 27 CMPC o Costes de Capitales 28 Consolidación de estados financieros con matrices en el exterior 30 Cambios en retención en la fuente 31 Si ganó más de $3 millones 131 mil al mes, debe declarar renta 32 Retefuente a través de entidades financieras: ¿eficiencia o carga adicional? 34 Si compra maquinaria este año, pagará menos impuestos en 2015 35 Renta en personas naturales 36 Brasil reduce impuesto a toma de créditos en el exterior 37 La importancia del control interno en la empresa 38 La auditoria a los estados financieros, más que una opinión 41 Trece (13) maneras de posesionar las auditorías en las organizaciones 42 ¿Para quién es el informe de Auditoría? 44 ¿Qué es la “auditoría estratégica”? 45 Encuesta resalta la importancia del propósito que debe tener una marca 47 Colombia y Argentina interesados en aumentar el comercio binacional 48 ¿Cómo funcionan los Multifondos? 49 Normas para la tercerización 50 ¿Cómo comunican la Responsabilidad Social Empresarial (RSE) las empresas?
52 El futuro económico de Asia enfrenta cinco desafíos 54 FMI destaca rendimientos de la economía colombiana 55 El BCE rebaja su tasa de interés al 0,15 %, nuevo mínimo histórico. 56 ¿Realmente necesitas un estudio de mercado?
Entorno
58 Cinco preguntas para poner a prueba a su organización 60 Unión de Bolsas en la Alianza Pacífico 62 Citas de negocios virtuales, el nuevo servicio de Proexport Colombia 65 Banco Mundial: Resumen de perspectivas mundiales (Junio)
Cifras e Indicadores Mundiales
67 Tareas pendientes del departamento contable para el segundo semestre 68 Impuesto IMAN dejará en la quiebra a independientes con ingresos medios y altos 69 Bancarización un dolor de cabeza sin reversa 70 Contrapartida - La medición en la revisión del marco conceptual IFRS
Análisis
70 Contrapartida - Los aportes sociales de las cooperativas bajo NIIF 71 Contrapartida - NIIF 4 para organizaciones que manejan los servicios funerarios o los planes exequiales 71 Contrapartida - Dudas sobre la retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta 75 Normativilidad
Normatividad
81 Material Relacionado
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Material Relacionado
Gesti贸n
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Gestión
II Cumbre INCP - ¿Qué sigue en Colombia en materia de estándares internacionales? En su segunda versión, la Cumbre INCP es el encuentro profesional y académico más importante del Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia, entidad gremial de la profesión contable en Colombia de mayor representatividad, sobre preparación de la información financiera, auditoría, educación y desarrollo profesional. De manera más específica, la II Cumbre INCP es un escenario profesional que brinda la oportunidad de debatir acerca de la importancia y los retos de la adopción e implementación continua de normas internacionales como IFRS, NIA, Normas de Educación, entre otras. En su primera versión, desarrollada en el 2012 en la ciudad de Bogotá, la Cumbre INCP se enfocó en debatir a través de exposiciones magistrales los principales retos ad portas de incorporar en nuestra legislación la convergencia hacia estándares internacionales de información financiera. En el 2014 la II Cumbre INCP se enfocará, bajo la metodología de conferencias magistrales y sesiones de discusión paralelas, en la identificación de los pasos siguientes tanto normativos, como regulatorios y de los distintos actores interesados en la consolidación del proceso de convergencia, así como identificar los aspectos que a partir de las lecciones aprendidas internacionales deben darse en una fase venidera de buenas prácticas de información, reportes integrados, sostenibilidad y gobierno corporativo.
La II Cumbre INCP será un encuentro en donde se reunirán importantes actores nacionales e internacionales, responsables de toma de decisiones e involucrados en el proceso de convergencia en organizaciones del sector público, privado, la academia y los reguladores. A diferencia de la I Cumbre INCP, evento dirigido a contadores, auditores, revisores fiscales, analistas financieros y en general tomadores de decisiones en empresas privadas y públicas sobre aspectos concernientes a la ciencia contable, la II Cumbre INCP está además de ellos dirigida a empresarios, gerentes, miembros de Juntas Directivas y profesionales de otras disciplinas que, por su responsabilidad o rol en la organización, están siendo involucrados en el mismo proceso de transformación cultural y organizacional que demanda los nuevos reportes de información financiera bajo estándares internacionales. La II Cumbre INCP estará permeada por una metodología participativa, en la que los asistentes a la misma podrán aportar opiniones y propuestas concretas con base en una metodología de escenarios que servirá para anticiparse a los siguientes pasos que la profesión debe dar en búsqueda de una competitividad profesional sostenible. Esta metodología será explicada y detallada en las próximas semanas y buscará construir un escenario de prospectiva para la profesión en Colombia.
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Estándares Internacionales
El CTCP adiciona una nueva pregunta a su consulta pública sobre las normas de aseguramiento
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Estándares Internacionales El INCP invita y anima a los distintos actores relacionados con la profesión contable en el país, a opinar sobre el documento “Propuesta de normas de aseguramiento de la información financiera para la convergencia hacia estándares internacionales” emitido por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Luego de haber participado en la mesa de trabajo instaurada por el CTCP sobre la materia y de haber realizado su Secretaría Técnica, el INCP es un actor de la profesión que cree firmemente que la participación en estos espacios podrá construir una profesión más fuerte, competente y de muy altos estándares frente a los requerimientos internacionales.
Propuesta de normas de aseguramiento de la información financiera para la convergencia hacia estándares internacionales Justificación: 1. La integración internacional de las actividades económicas, políticas y socio-culturales ha generado la globalización de los mercados y con ella la necesidad de obtener información financiera homogénea, transparente y confiable sobre la cual tomar decisiones de manera fidedigna. Esta información financiera se resume y se presenta en una serie de reportes financieros que son preparados con el propósito de cubrir las necesidades comunes de diferentes tipos de usuarios; dado el impacto que tienen dichos reportes financieros sobre la toma de decisiones, es importante que estos representen adecuadamente la situación financiera de cualquier organización. Se hace necesario entonces, generar un alto grado de confianza y transparencia sobre los estados financieros; una auditoria sobre dichos estados, responde a esta necesidad, ya que el propósito de esta actividad es “(…) aumentar el grado de confianza de los usuarios sobre los estados financieros(…)” 2. Bajo el contexto globalizado en el que se mueven los negocios en la actualidad, el ejercicio de auditoría cobra una mayor relevancia a nivel internacional y se genera la necesidad de crear prácticas unificadas de esta actividad en el mundo, con el fin de homogenizar el objetivo, los criterios, el lenguaje y los resultados esperados de una auditoria y del aseguramiento de la información financiera. 3. Como respuesta a las necesidades aquí mencionadas, nace la Federación Internacional de Contadores (IFACpor sus siglas en inglés), organización que representa la profesión contable a nivel mundial y cuyo objetivo principal es servir al interés público mediante el fortalecimiento de la profesión y la contribución al desarrollo de las economías a nivel internacional. La IFAC está compuesta por 179 miembros y asociados en 130 países y jurisdicciones, que representan aproximadamente 2,5 millones de contadores en la práctica pública, educación, servicios gubernamentales, industria y comercio. Dentro de los cuatro comités designados por la IFAC para el fortalecimiento mundial de la profesión contable, se encuentra la Junta de Estándares Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB – por sus siglas en inglés), que es la encargada de la emisión de los estándares de auditoría y aseguramiento de la información y otros pronunciamientos y orientaciones para el uso de los contadores profesionales a nivel internacional.
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El objetivo principal de esta Junta “(…) es servir al interés público mediante la emisión de estándares de auditoría, aseguramiento y otros estándares relacionados de alta calidad y facilitar la convergencia de estándares de auditoría y aseguramiento a nivel internacional (...), mejorando la calidad y coherencia de la práctica alrededor del mundo y fortaleciendo la confianza pública en la profesión de auditoría y aseguramiento (…)”.
Consulte el documento completo de la Propuesta del CTCP aquí. El 18 de junio, el CTCP agrega una cuarta pregunta a su consulta pública. Preguntas 1. Los estándares de auditoría y aseguramiento de la información y las normas de control de calidad, han sido emitidas por la Junta de Estándares Internacionales de Auditoria, y Aseguramiento - IAASB (por sus siglas en Inglés) y el Código de Ética para Profesionales de la Contabilidad emitido por la Junta Internacional de Estándares de Ética para Contadores (IESBA por sus siglas en Inglés) para su aplicación universal. ¿Usted cree que independientemente de este hecho, uno o más estándares o normas, o alguna sección del Código de Ética para Profesionales de la Contabilidad, contienen requerimientos que conducirían a un ejercicio profesional inapropiado si se aplicaran en Colombia?
Si su respuesta es afirmativa, por favor especifique para el estándar o norma pertinente, o para la sección o secciones del Código de Ética para Profesionales de la Contabilidad, cada requisito, aspecto y/o circunstancia que hacen inadecuada su aplicación por los contadores públicos y las firmas de contadores públicos que presten servicios de aseguramiento para las entidades colombianas pertenecientes a los grupos 1 y 2. Por favor adjunte su propuesta alternativa junto con su soporte técnico.
2. El CTCP propondrá a las autoridades de regulación que emitan principios, normas, interpretaciones y guías de auditoría y aseguramiento de la información, control de calidad y de ética. ¿Usted considera necesario emitir interpretaciones y/o guías adicionales a los estándares emitidos por el IAASB y por el IESBA, para la aplicación o entendimiento de algún estándar? Por favor especifique el estándar o norma y el tema en particular en donde surge la necesidad de la guía de aplicación adicional o de interpretación. 3. ¿Usted considera que alguno de los estándares o normas a que hace referencia este documento podría ir en contra de alguna disposición legal colombiana? Si su respuesta es afirmativa, por favor señale los aspectos o temas que podrían ir en contra de la disposición legal debidamente sustentados y adjunte una propuesta alternativa junto con el soporte técnico. 4. ¿Usted considera necesario que los revisores fiscales de los preparadores de información financiera clasificados en el grupo 1 apliquen de forma anticipada las Normas Internacionales de Aseguramiento de la Información Financiera a partir del 1° de enero del 2015, con el fin de que los estados financieros con corte a 31 de diciembre del 2015, preparados de conformidad con lo previsto en el Marco Técnico Normativo contenido en el Decreto 2784 del 2012 y sus decretos modificatorios, se auditen y/o dictaminen según las mencionadas normas? Fuente: Consejo Técnico de la Contaduría Pública
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Estándares Internacionales
IAASB propone mejoras a los estándares de auditoría enfocados a las revelaciones de los estados financieros teriales que puedan opacar el entendimiento de asuntos importantes. Esto puede suceder, por ejemplo, cuando las revelaciones son preparadas y auditadas relativamente tarde en el proceso de la información financiera," aclara James Gunn, Director Técnico del IAASB. "Por ende, una de las áreas claves abarcada en las propuestas del Consejo es la guía adicional para permitir establecer un enfoque apropiado del auditor sobre las revelaciones e invitar al auditor a enfocar previamente su atención en éstas, incluyendo las revelaciones en las que la información no se deriva del sistema contable."
El Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB) ha emitido para comentario público los cambios propuestos a las Normas Internacionales de Auditoría (NIA), con el fin de aclarar las expectativas de los auditores al auditar las revelaciones de los estados financieros. Las propuestas incluyen nuevas guías sobre consideraciones significativas frente a las revelaciones—desde el momento en que el auditor planea la auditoría y valora los riesgos de error material, hasta cuando el auditor evalúa los errores y genera una opinión sobre los estados financieros. "Las revelaciones siempre han formado parte esencial de la auditoría de los estados financieros según las NIA. Sin embargo, a lo largo de la última década, los requerimientos y las prácticas relacionadas con las revelaciones han evolucionado. Las revelaciones ahora ofrecen información más útil en términos de decisiones, siendo más narrativas y subjetivas por naturaleza," resalta el Profesor Arnold Schilder, presidente del IAASB. "Esto genera desafíos desde una perspectiva de auditoría, y las propuestas mejoran ciertas áreas de las NIA, con el fin de apoyar una aplicación apropiada de los requerimientos de los estándares." El trabajo del IAASB se basa en la retroalimentación recibida sobre su Documento de Debate de enero 2011, La naturaleza evolutiva de la información financiera: Revelación y sus implicaciones de auditoría (The Evolving Nature of Financial Reporting: Disclosure and Its Audit Implications). El Consejo se ha beneficiado igualmente de la cooperación y relación con las partes interesadas, incluyendo los emisores de estándares, quienes están explorando de manera activa iniciativas relacionadas con las revelaciones. El IAASB reconoce que muchos temas relacionados con revelaciones no pueden ser solucionados por el IAASB únicamente, y que se hace necesaria una colaboración y cooperación entre varias partes interesadas para potenciar la confianza pública en las revelaciones de los estados financieros. "La confianza pública en la información financiera puede verse afectada si las revelaciones son de baja calidad, incluyendo revelaciones excesivas o revelaciones no ma-
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¿Cómo comentar? El IAASB invita a todas las partes interesadas a comentar el Borrador de Consulta del IAASB que contiene los cambios propuestos a las NIA para abarcar las revelaciones en una auditoría. Para acceder al Borrador de Consulta o enviar un comentario, visitar el sitio web del IAASB, www.iaasb.org. Los comentarios deben ser enviados antes de septiembre 11, 2014. Acerca del IAASB El IAASB desarrolla normas y guías de auditoría y aseguramiento para uso de todos los contadores profesionales, bajo un proceso compartido de emisión de normas que involucra al Consejo de Supervisión del Interés Público (PIOB), el cual supervisa las actividades del IAASB, y del Grupo Consultivo Asesor del IAASB, el cual genera aportes de interés público para el desarrollo de normas y guías. Las estructuras y los procesos que soportan las operaciones del IAASB son facilitados por la Federación Internacional de Contadores (IFAC). Acerca de la IFAC IFAC es la organización global para la profesión contable, dedicada a servir el interés público a través del fortalecimiento de la profesión y contribuir en el desarrollo de economías internacionales sólidas. La IFAC se compone de 179 miembros y asociados en 130 países y territorios, representando aproximadamente a 2,5 millones de contadores en la práctica pública, la educación, el gobierno, la industria y el comercio. Preparado por el Departamento de Comunicaciones de la IFAC. Contactar a communications@ifac.org para obtener mayor información. Cancelar suscripción a todos los correos de la IFAC | Administrar las suscripciones de la IFAC “Copyright © May 2014 by the International Federation of Accountants (IFAC). All rights reserved. Used with permission of IFAC. Contact Permissions@ifac.org for permission to reproduce, store or transmit, or to make other similar uses of this document. This publication has been translated from the English language into the Spanish language by Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia. IFAC assumes no responsibility for the accuracy and completeness of the translation or for actions that may ensue as a result thereof.” “Copyright © mayo 2014 por la Federación Internacional de Contadores (IFAC). Todos los derechos reservados. Utilizado con permiso de la IFAC. Contactar a permissions@ifac.org para obtener autorización de reproducir, almacenar, transmitir o cualquier uso similar de este documento. Esta publicación ha sido traducida del idioma inglés al idioma español por el Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia. La IFAC no asume responsabilidad alguna por la exactitud e integridad de la traducción o por las acciones que puedan ser generadas como resultado.” Fuente: IFAC – Traducción propia INCP
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Estándares Internacionales
Consejo de Ética propone mejoras a ciertas provisiones sobre servicios diferentes a aseguramiento en el Código de Ética El Consejo de Normas Internacionales de Ética para Contadores (IESBA, el Consejo de Ética) ha emitido para comentario público el Borrador de Consulta (ED), Cambios propuestos a ciertas provisiones del Código sobre servicios diferentes a aseguramiento para clientes de auditoría. Los cambios propuestos tienen como objetivo mejorar las provisiones sobre la independencia en el Código de Ética para Contadores Profesionales (el Código) al: • proporcionar orientación y aclaraciones adicionales sobre lo que constituye la responsabilidad de gestión, incluyendo orientación mejorada sobre cómo el auditor puede garantizar mejor que el gestor de cliente realizará todos los juicios y tomará las decisiones que son responsabilidad del área, una vez el auditor preste sus servicios diferentes al aseguramiento a su cliente de auditoría; • proporcionar una mejor guía y aclaración sobre el concepto servicios "rutinarios o mecánicos" relacionados con la preparación de registros contables y estados financieros para clientes de auditoría que no son entidades de interés público; y • retirar la provisión que permite que la firma de auditoría preste ciertos servicios tributarios y de teneduría de libros a clientes de auditoría que son entidades de interés público (en situaciones de emergencia). "En el desarrollo de las propuestas, el consejo tomó en cuenta los resultados de una encuesta de benchmarking de los países del G-20, y un número de otros territorios, sobre ciertos tipos de servicios diferentes al aseguramiento," resaltó el Director Técnico del IESBA, Ken Siong. "Las propuestas responden igualmente a las recomendaciones de un grupo de trabajo, establecido por el consejo, que analiza los retos que enfrentan los contadores profesionales en las pequeñas y medianas empresas y firmas al cumplir con el Código, y a la retroalimentación de la comunidad regulatoria." ¿Cómo comentar? El Consejo de Ética invita a todos los interesados en estándares internacionales de ética para la profesión contable a responder el Borrador de Consulta. Para acceder al Borrador de Consulta y enviar los comentarios, favor visitar el sitio web del Consejo de Ética www.
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ethicsboard.org. Los comentarios deben ser entregados antes de agosto 18, 2014. El Consejo de Ética invita a las organizaciones profesionales de contabilidad nacionales y regionales a compartir el Borrador de Consulta e incitar la participación de sus miembros y empleados. Acerca del IESBA El Consejo de Normas Internacionales de Ética para Contadores (IESBA) es un consejo independiente de emisión de normas que desarrolla y emite -en el interés público- normas de ética de alta calidad y demás declaraciones para los contadores profesionales alrededor del mundo. A través de sus actividades, el IESBA desarrolla el Código de Ética para Contadores Profesionales, el cual establece los requerimientos éticos para contadores profesionales. Las estructuras y los procesos que soportan las operaciones del IESBA son facilitados por la IFAC. Referirse a la página www.ethicsboard. org para obtener mayor información. Acerca de IFAC IFAC es la organización global para la profesión contable, dedicada a servir el interés público a través del fortalecimiento de la profesión y contribuir en el desarrollo de economías internacionales sólidas. La IFAC se compone de 179 miembros y asociados en 130 países y territorios, representando aproximadamente a 2,5 millones de contadores en la práctica pública, la educación, el gobierno, la industria y el comercio. “Copyright © May 2014 by the International Federation of Accountants (IFAC). All rights reserved. Used with permission of IFAC. Contact Permissions@ifac.org for permission to reproduce, store or transmit, or to make other similar uses of this document. This publication has been translated from the English language into the Spanish language by Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia. IFAC assumes no responsibility for the accuracy and completeness of the translation or for actions that may ensue as a result thereof.” “Copyright © mayo 2014 por la Federación Internacional de Contadores (IFAC). Todos los derechos reservados. Utilizado con permiso de la IFAC. Contactar a permissions@ ifac.org para obtener autorización de reproducir, almacenar, transmitir o cualquier uso similar de este documento. Esta publicación ha sido traducida del idioma inglés al idioma español por el Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia. La IFAC no asume responsabilidad alguna por la exactitud e integridad de la traducción o por las acciones que puedan ser generadas como resultado.” Fuente: IFAC – Traducción propia INCP
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¿Cómo va el plan de adopción de las NIIF en Colombia? La globalización de la economía colombiana demanda la implantación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Ad-portas del mundo globalizado, se hace necesario encontrar caminos que permitan acceder a nuestras organizaciones a los mercados mundiales y a su vez que se facilite el ingreso a nuestro mercado de inversionistas extranjeros. Es por eso, que la globalización del reporte financiero se vuelve un proceso necesario e inaplazable, para facilitar este proceso de doble vía. Las NIIF (o IFRS por sus siglas en inglés) son un conjunto de normas basadas en principios, tendientes a reflejar la realidad económica de las transacciones, exigentes en el desglose de información y en gran parte orientadas a su utilización como lenguaje común internacional y que facilita la globalización de los mercados. Estos estándares contables, juegan un papel fundamental tanto en la preparación de información financiera como en el monitoreo y la aplicación
de nuevos modelos de administración, primordiales para los procesos de globalización de los mercados económicos. Sin lugar a dudas, la información financiera es la primera herramienta que los accionistas e inversionistas (interesados claves de la información “stakeholders”) utilizan para la toma de decisiones, pero ¿Cómo puede un inversionista europeo tomar una decisión estratégica sobre una empresa colombiana, si no hablan el mismo lenguaje financiero? La adopción de las NIIF, busca eliminar, o por lo menos disminuir, esa brecha entre los diferentes principios de contabilidad, lo cual conlleva una mayor transparencia y claridad la información financiera, permitiendo una mejor toma de decisiones por parte de los inversionistas.
Estado actual de la implementación de NIIF en Colombia: avanzando pero falta De acuerdo con los Decretos 2706 y el 2784 de diciembre de 2012, se confirmaron las recomendaciones en materia
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de convergencia a NIIF y en normas de aseguramiento de la información en Colombia, las cuales indicaron el establecimiento de Grupos de aplicación conformados de la siguiente manera: • Grupo 1: Empresas que aplicarán de forma plena las NIIF tal como las emite el IASB. Estas empresas están conformadas por emisores de valores, y entidades de interés público. • Grupo 2: Empresas que aplicará las NIIF para pymes tal como las emite el IASB, pero con aplicación voluntaria de las NIIF plenas aplicables para el Grupo 1. Las que decidan tomar las NIIF plenas, mantendrán las fechas de aplicación del Grupo 2. • Grupo 3: En este grupo de empresas se aplicará una contabilidad simplificada, la cual se establece en el Decreto 2706, el cual es una recopilación de conceptos establecidos entre las NIIF para Pymes emitidas por el IASB y la normativa ISAR emitidas por la UNCTAD. Las fechas de inicio de aplicación para grupo 1 y 3 será a partir del 1 de enero de 2015. Es decir con el cierre del período fiscal colombiano terminado en 31 de diciembre de 2015. Para el grupo dos, será en el año terminado en 2016. Un proyecto como este debe ser controlado internamente, aunado al de un asesoramiento de un grupo de profesionales especializados en temas de IFRS, los cuales podrán ser provistos por una firma como la nuestra. Este tiene que ser un proceso en el que se garantice la transferencia de conocimiento acumulado de un experto en Normas Internacionales. No se trata sólo de recibir una capacitación o asesoría desde el punto de vista técnico. Más allá de estos aspectos, las compañías tienen que revisar los asuntos de negocios que se vean impactados por la implementación de NIIF, y quién más que las compañías mismas que son las que conocen sus operaciones, su modelo de negocio, la aplicabilidad y transversalidad que va a tener en sus operaciones. En Colombia se puede concluir que el tema de NIIF es supremamente trascendental y no es meramente contable, sino que es un tema holístico. Por supuesto, tiene que ver con cumplimiento y regulaciones de la Ley establecida, pero también hay que verlo como un proceso propio de análisis interno en el cual se puedan identificar las debilidades, oportunidades, fortalezas y amenazas que se tengan en las diferentes áreas de cada compañía, para así convertirlas en mejores prácticas. Una vez las compañías dejen de ver esto como una imposición más del Gobierno o una exigencia legal, podrán ver que en realidad es una puerta abierta a cambios y establecimiento de mejores prácticas internas – tal como lo hacen las compañías globales-. El modelo de reporte colombiano actual es muy reglamentado en la dinámica contable mas con las normas internacionales pasará a ser un modelo contable mucho más robusto en el reporte y en la información financiera, donde habrá más letras que números, rompiendo todo lo que hasta ahora
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se ha realizado. Es la contabilidad la que dice cómo se preparan los reportes financieros, es la base para la toma de decisiones en las empresas, y los administradores se basan en estos para hacerlas realidad. Los reportes de nuestro país podrían decir más sobre la realidad económica ya que siempre ha estado más tendiente al cumplimiento de la norma tributaria y a las reglas o doctrinas emitidas por las entidades de vigilancia y control, que a cualquier otro aspecto. Las empresas del Grupo 1 están corriendo contra reloj para alcanzar el cumplimiento establecido y librarse de sanciones, pero no están viendo en el fondo la gran oportunidad que pueden estar desaprovechando. Fuera de los beneficios de la aplicación de las NIIF, entre otros, el aumento en la calidad y comparabilidad de la información financiera y la mejora de la competitividad empresarial, el cambio a NIIF, ofrece varias oportunidades para realizar un proyecto de transformación financiera. Proyectos que pueden apalancar la implementación de NIIF, y parte de una transformación financiera, serían por ejemplo la estandarización y homologación de sistemas y procesos, informes externos e internos entre el grupo; implementación de centros de excelencia y simplificación de la estructura legal por una más eficiente, todo con el objetivo de incrementar la calidad y/o reducir costos y tiempos.
La importancia de la capacitación y asesoría adecuada Nadie va a estar preparado en la totalidad en la parte técnica para las NIIF. Como no hay expertos en NIIF holísticos en el mundo sino especialistas por temas, las compañías deberían identificar debilidades y tener requerimientos específicos. Esto se logra siendo conscientes de la capacitación que requiere su gente y así poder entender las normas que realmente les aplica a ellos. Es una realidad que las compañías colombianas tendrán que llevar contabilidades de doble propósito o de varios inclusive, una contabilidad fiscal y otra bajo normas internacionales, amén de las compañías americanas que deban cumplir con el principio contable americano y qué decir de aquellas que deban cumplir también con la contabilidad gubernamental – por supuesto esto será un reto para los próximos cinco años-. Nosotros como EY tenemos claro que no basta con un especialista para cubrir todo lo que es NIIF, sino que se necesita un equipo de expertos en los diferentes temas, que en nuestro caso son capacitados por personas del exterior y que son enviados a países donde las NIIF ya son una realidad, para que tengan experiencia práctica. Cualquier asesoría brindada debe seguir el objetivo de proporcionar soluciones de alto impacto que involucren a la Administración y a la Junta Directiva ya que son ellos los directos responsables de lo que pase con el futuro de la compañía. Fuente: Pulzo – Por Felipe Jánica Vanegas, Contador Público, especialista en finanzas y certificado en IFRS por el Instituto de Contadores de Inglaterra y Gales.
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Las empresas cotizadas afrontan un nuevo reto contable, NIIF 15
El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad y el Consejo de Contabilidad Financiera de Estados Unidos publicaron el a finales de mayo una nueva norma sobre reconocimiento de ingresos que sustituye a las anteriores normas al respecto empleadas en Estados Unidos y en Europa. La nueva norma NIIF 15, afectará en España únicamente a las compañías cotizadas que presentan cuentas anuales consolidadas. En general, la norma persigue una mayor unidad de criterios contables a nivel internacional, de manera que se permita una comparación más ajustada entre las ventas de una compañía estadounidense y otra europea. En particular, la nueva norma regula la presentación de los ingresos ordinarios instando a un mayor desglose de los mismos. “La publicación de una norma conjunta sobre reconocimiento de ingresos ordinarios es un logro importante en términos de convergencia pero, para las empresas, el verdadero trabajo acaba de empezar,” explicó Enrique Asla, socio responsable del Departamento de Práctica Profesional de KPMG en España. En opinión de Asla, la nueva norma “afectará a uno de los indicadores de la información financiera más importantes, los ingresos ordinarios, cuyo alcance se extenderá a la práctica totalidad de las empresas que formulen sus estados financieros de acuerdo con la normativa estadounidense o las NIIF”. El socio de KPMG en España considera que los nuevos requerimientos contables afectarán especialmente a empresas que venden artículos o servicios de forma combinada. “Por ejemplo”, explicó Enrique Asla “una empresa de telefonía que vende por un precio determinado un paquete de llamadas, conexión a internet, televisión... deberá asignar el importe total del contrato a cada uno de los distintos componentes incluidos en el mismo y reconocer su correspondiente ingreso de acuerdo con los nuevos criterios”. Desde el punto de vista de caja, señaló, “es lo mismo, pero la contabilización de las ventas tendrá que ajustarse a los nuevos requisitos”. Los sectores que se verán más afectados por la nueva norma serán los de telecomunicaciones, ingeniería, construcción, informática. Los nuevos criterios contables pueden cambiar qué bienes y/o servicios se agrupan o se separan a la hora de recono-
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cerlos como ingresos. Es posible que haya que reconocer ingresos en un momento posterior o anterior al que se registran en la actualidad; y la distribución de los ingresos entre distintos bienes y líneas de servicios puede variar. El experto de KPMG apunta que hasta ahora la normativa al respecto en Estados Unidos era más prolija en normas específicas sobre reconocimiento de ventas. “Los usuarios de información financiera demandan una norma contable única; en general este tipo de reformas tendentes a una mayor convergencia son bien recibidas”, comentó. Los reguladores internacionales de contabilidad, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad y el Consejo de Contabilidad Financiera de Estados Unidos, llevan trabajando en la reforma de esta normativa desde hace cinco años. La nueva norma entrará en vigor el 1 de enero de 2017 aunque las empresas pueden optar por aplicarla de forma anticipada. “Aunque la fecha parece lejana las compañías deben iniciar cuanto antes el proceso de transición para asegurar una adecuada gestión del mismo”, recomienda Enrique Alsa. La extensión del proceso de adaptación y elaboración de la nueva normativa ha provocado “que muchas empresas hayan aplazado el análisis de su impacto a la espera de disponer de una norma más asentada”, dijo el profesional de KPMG. “No obstante”, añadió, “nos encontramos ante una norma ya publicada que afectará a las empresas de manera distinta”. “La conclusión de esta reforma de forma exitosa es un logro tanto para el regulador estadounidense como el internacional”, declaró en un comunicado Hans Hoogervors, presidente del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad. “Juntos hemos mejorado la información relativa a los ingresos”, añadió. “La publicación de la norma es un importante primer paso”, manifestó Russell Golden, presidente del Consejo de Contabilidad Financiera de Estados Unidos. “Pero este no es el final del proceso, ahora habrá que trabajar en garantizar que las compañías son capaces de llevar a cabo esta transición sin problemas”, añadió. Fuente: CincoDías
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Así avanza la adaptación de las NIIF
Jorge Castaño Director de Investigación y Desarrollo de la Superfinanciera, explicó cómo va el proceso de adopción de las normas de parte de las distintas compañías. Las empresas colombianas vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia adelantan un proceso para comenzar a reportar, desde enero de 2015, sus estados financieros según la normativa internacional. Las Normas Internacionales de Información Financiera corresponden a un conjunto de único de normas legalmente exigibles y globalmente aceptadas, comprensibles y de alta calidad basados en principios claramente articulado, que requieren que los estados financieros contengan información comparable, transparente y de alta calidad, que ayude a los inversionistas, y a otros usuarios, a tomar decisiones económicas. Se remplaza el término contabilidad por el de información financiera. Más que un nuevo marco contable o modelo contable es una buena práctica en materia de información financiera. Sin embargo desde alguno sectores, el especial el fiduciario, han surgido inquietudes sobre la manera en que podrán cumplir con dicho cronograma, pues la estructura de sus negocios le hace compleja la adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera, NIIF. No obstante el Gobierno ya es consciente de los afanes del sector por lo cual trabaja en los mecanismos para darle claridad a la norma y a la manera como tendrán que hacer la transición hacia los parámetros internacionales. Para darle claridad a la evolución que tiene la adopción de las normas, Jorge Castaño, Director de Investigación y Desarrollo de la Superintendencia Financiera, se refirió a las soluciones planteadas por parte del Gobierno para que las entidades cumplan con el cronograma. “Las sociedades fiduciarias, sobre los patrimonios que administran, que son alrededor de 23.000, la norma los obliga
a que adopten las normas NIIF. Pero hemos evidenciado que de esos hay una gran proporción con la posibilidad de hacerlo. Bien sea porque emiten títulos o son una cartera colectiva. De esos son unos 250 o 300 vehículos y quedan otros 22 mil que no tienen la capacidad porque son constituidos para unos fines específicos por lo que no estarían obligados a adoptar las normas NIIF o no tienen la información completa para hacerlo”, resume Castaño la incertidumbre de las fiduciarias de cómo podrán reportar bajo los estándares exigidos. Sin embargo añade que “el Ministerio de Hacienda está preparando un decreto en donde a ese otro grupo los va a obligar a un reporte de información mucho más sencilla pero no en estándar NIIF porque la realidad económica de esos patrimonios autónomos y fideicomisos no amerita la estructura de reporte internacional”. Al indagar sobre las inquietudes e impedimentos que les hayan dado a conocer con relación a la adopción de las NIIF señala Castaño que “en la entidades vigiladas, dado que hay una reserva en materia de cartera y va a haber un tratamiento especial en materia de inversiones los impactos son relativamente menores. Pero la industria si está viendo que se está haciendo muy difícil la implementación tecnológica. La transición a convertir toda esta información en los reportes que se requiere es lo que mayor esfuerzo demanda de las entidades”. No obstante, y pese a los rezagos tecnológicos de los que se afana la industria en la Superintendencia confían en que los tiempos pactados se podrán cumplir. “Se está haciendo un proceso de acompañamiento grande por convertir esos plazos pero creemos que en enero de 2015 vamos a tener un estándar mejor de información. Tendremos que hacer ajustes pero tenemos incluso el 2015 para realizar los ajustes así que vamos bien de tiempo”.
Fuente: Dinero
Boletín 100 - Ju1io 2014
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Estándares Internacionales
Contabilidad Financiera y Tributaria - Chile Las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS) permiten que la información contable, traducida en estados financieros, se elabore bajo un enfoque globalizado. Dicha información, no obstante, incorpora juicios y criterios -vinculados a la gestión de recursos económicos- de los administradores, que permiten obtener datos útiles para tomar decisiones a múltiples usuarios. La contabilidad tributaria, por su parte, tiene como objetivo proporcionar una metodología que permita, entre otros, determinar una base sobre la cual calcular el Impuesto a la Renta. Es decir, la lógica en la que se basan las valoraciones de recursos y obligaciones, no es igual a la usada por la información financiera, debido a que la información tributaria se construye, principalmente, desde las disposiciones de la Ley de Impuesto a la Renta. Las franquicias tributarias, en tanto, orientadas a disminuir la base impositiva, producen una distorsión significativa en la información, al utilizarse mecanismos de depreciación acelerada o al no reconocerse los activos por arrendamientos financieros, por ejemplo. Al respecto, el Proyecto de Ley de Reforma Tributaria (enviado al Congreso) plantea utilizar de forma más extrema el concepto de ‘depreciación acelerada’, pudiendo reconocerse como gasto el 100% de la inversión realizada, con lo cual, una entidad según el tipo de información que utilice poseerá un mayor o menor patrimonio, explicado por los bienes de capital adquiridos (contabilidad financiera) o por la imputación de ellos como gastos (contabilidad tributaria). Por último, cabe resaltar que la contabilidad tributaria expone una realidad económica completamente diferente a la determinada por la contabilidad financiera. Por ello, debemos informar claramente de los efectos en las decisiones si se toma una u otra información, sobre todo para aquellos emprendedores que comienzan a desarrollar actividades empresariales.
Fuente: estrategia.cl
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Boletín 100 - Ju1io 2014
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Estándares Internacionales
Estandarización, globalización e infraestructura de transporte Cuando el país decidió, mediante la expedición y desarrollo de la Ley 1314 de 2009, el nuevo marco de principios y normas de contabilidad de información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia, en apego de la equidad, reciprocidad y conveniencia nacional para apoyar la internacionalización económica; se vio la necesidad de llegar a la convergencia de normas de contabilidad de información financiera y de aseguramiento de la información con estándares de aceptación mundial que finalmente, unifiquen la contabilidad. Es así, como las Normas Internacionales de Información Financiera, NIIF, se convierten en fuente de construcción oportuna del escenario para el reconocimiento y medición de todo aquel ordenamiento estructural y conceptual que trae consigo la aplicación y desarrollo de la Ley 1682 de noviembre de 2013, imperativo que contiene importantes definiciones, disposiciones, principios y políticas de la infraestructura de transporte en Colombia; industria, sin duda alguna, bastión para el desarrollo de cualquier país empeñado en la movilización sin fronteras de bienes, personas y servicios. Bajo este escenario, las empresas en Colombia dedicadas a tan importante renglón de la economía y clasificadas según les corresponda para efectos de aplicar el nuevo marco técnico de contabilidad de información financiera bajo los lineamientos y criterios de los Decretos 2784 de 2012; 2706 de 2012; 3022 de 2013 y demás normas que les modifiquen o
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Boletín 100 - Ju1io 2014
adicionen, deberán estar preparadas para asumir y corregir los impactos que se deriven de transformar sus cuentas y estructura de sus Estados Financieros a los nuevos paradigmas contables y de información Financiera; principalmente si se tiene en cuenta que para efectos contables tan solo le restan de vida útil al Decreto 2649 de 1993 aproximadamente 6 meses hasta diciembre 31 de 2014. Pasará a la historia de nuestro país el hecho de tener un ordenamiento contable reglado, que por más de dos décadas nos distanció del mundo, en cuanto a la forma dinámica y global de llevar las cuentas y presentar informes financieros a terceros interesados en nuestras empresas, en línea con la evolución de los negocios, buen juicio y criterio profesionales para su manejo. Tendrán mucho por hacer, estudiar y decidir las personas naturales y jurídicas que de acuerdo con la normatividad vigente estén obligadas a llevar contabilidad, así como a los contadores públicos, funcionarios y demás personas encargadas de la preparación de estados financieros y otra información financiera de su promulgación y aseguramiento, para dar aplicación a los correspondientes nuevos marcos normativos en cada uno de sus niveles de complejidad para su reconocimiento, medición, contabilización y revelación en sus estados financieros de sus negocios y hechos económicos, en particular bajo el rubro de activos, Propiedad Planta y Equipo.
Estándares Internacionales Los nuevos paradigmas de la contabilidad de informes financieros y de aseguramiento de dicha información, conducen a que la empresa colombiana provea información a terceros interesados, basada en la transparencia que plantea el marco conceptual NIIF: “El objetivo de la información financiera con propósito general es proporcionar información financiera sobre la entidad que informa que sea útil a los inversores, prestamistas y otros acreedores existentes y potenciales para tomar decisiones sobre el suministro de recursos a la entidad. Esas decisiones conllevan a comprar, vender o mantener patrimonio e instrumentos de deuda y proporcionar o liquidar préstamos y otras formas de crédito”, transparencia que estará ganada si dichos informes reúnen las características cualitativas exigidas en cada uno de sus niveles de marcos técnicos a aplicar como la materialidad o importancia relativa, representación fiel, comparabilidad, verificabilidad, etc. En esta realidad, son evidentes los beneficios para ambos extremos, recursos y negocios para la empresa; seguridad y confianza para el inversionista.
Herramientas Profesionales
La Superintendencia de Puertos y Transporte viene asumiendo la verificación del estudio y evaluación de los posibles impactos y de requerimientos de información financiera que surjan para la supervisión sobre el sector con ocasión de la entrada en vigencia de la Ley de Infraestructura de Transporte 1682 de 2013 y su desarrollo, en concordancia con la convergencia de las normas de contabilidad, información financiera y de aseguramiento. Así las cosas, es oportuno asociar la idea de enfatizar la supervisión sobre la infraestructura del transporte para verificar el impacto de la implementación de Normas de Información Financiera, Normas Internacionales de Información Financiera NIIF para las pyme y Contabilidad Simplificada para la Microempresa, en las empresas de transporte destinatarias de la vigilancia de la entidad.
Fuente: La República - Por Juan Miguel Durán Prieto, Superintendente de Puertos y Transporte
Norma internacional de auditoria NIA 800 - el informe del auditor en compromisos de auditorías de propósitos especiales Las auditorías de propósitos especiales se efectúan sobre: estados contables preparados sobre bases diferentes a las normas contables vigentes; partes o componentes de los estados contables; el cumplimiento de acuerdos contractuales y sobre estados contables resumidos. En estos casos, la norma establece que el auditor debe revisar y evaluar las conclusiones surgidas de los elementos de juicio obtenidos durante estos compromisos especiales de auditoría como una base para expresar su opinión que debe constar claramente en un informe escrito. La norma requiere que el auditor acuerde formalmente con el cliente el alcance y el propósito del compromiso y el tipo de informe que va a ser emitido, en general, la estructura del informe es similar al informe sobre los estados contables, lógicamente con las variaciones necesarias de acuerdo con la especial naturaleza de estos trabajos. La norma incluye requisitos y elementos para cada uno de estos informes especiales.
Fuente: Centrocontable.com - Por Mercy Villarreal Jiménez
Boletín 100 - Ju1io 2014
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Herramientas Profesionales
Contable
Plan de Trabajo del Consejo Técnico de la Contaduría Pública
El Ministerio de Comercio, industria y Turismo presenta el Plan de Trabajo del segundo semestre (julio 1 a diciembre 31) a ser ejecutado por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública sobre los diferentes proyectos en materia de información financiera. En cumplimiento con lo señalado en el numeral 1 del artículo 8 de la Ley 1314 de 2009, que establece: “(…) Enviará a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, al menos una vez cada seis (6) meses, para su difusión, un programa de trabajo que describa los proyectos que considere emprender o que se encuentren en curso. Se entiende que un proyecto está en proceso de preparación desde el momento en que se adopte la decisión de elaborarlo, hasta que se expida (…)” Con base en lo anterior y lo aprobado en la sesión del 10 de Junio de 2014, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública desarrollará los siguientes proyectos en el segundo semestre de 2014:
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Boletín 100 - Ju1io 2014
A) Propuesta de normas y enmiendas de información financiera para los emisores de valores, las entidades de interés público y las empresas de tamaño grande clasificados en el Grupo 1. B) Propuesta de norma de información financiera para entidades en proceso de liquidación. C) Propuesta de norma sobre el sistema documental contable. D) Propuesta de normas de aseguramiento de la información. E) Participación en los GTTs conformados por el GLENIF. F) Emisión de guías para la valuación de activos y pasivos. G) Coordinación de actividades de divulgación, conocimiento y comprensión de las normas de contabilidad, de información financiera y aseguramiento de la información. Bogotá, D.C., junio 10 de 2014. Consolidación plan de trabajo del 1° de julio al 31 diciembre de 2014
Contable
Herramientas Profesionales
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PUBLICA PROGRAMA DE TRABAJO DEL 1° DE JULIO EN EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 A.
NORMAS Y ENMIENDAS A LOS MARCOS TECNICOS NORMATIVOS PARA LOS EMISORES DE VALORES, LAS ENTIDADES DE INTERES PUBLICO Y LAS EMPRESAS DE TAMAÑO GRANDE CLASIFICADOS EN EL GRUPO 1
ACTIVIDADES A DESARROLLAR
2014 T-3
T-4
2015 T-1
T-2
T-3
2016 T-4
T-1
T-2
T-3
T-4
Emisión de nuevas normas y enmiendas 1
DEBIDO PROCESO PARA LA EMISION
1.1
Elaborar y publicar el borrador de propuesta de las normas para discusión pública
1.2
Plazo para comentarios
X
X
X
X
X
1.3
Considerar las recomendaciones recibidas de los comités y de todos los interesados durante el lapso de exposición pública para comentarios
X
X
X
X
X
1.4
Evaluar, analizar los impactos y recomendaciones de los proyectos de normas, formuladas por la DIAN, los organismos responsables del diseño y manejo de la política económica y las Superintendencias
X
X
X
X
X
1.5
Presentar el proyecto definitivo, junto con sus recomendaciones a las autoridades de regulación
X
X
X
X
X
1.6
Publicar los proyectos definitivos
X
X
X
X
X
1.7
Fecha esperada para la expedición de las normas por parte de las autoridades de regulación
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
Boletín 100 - Ju1io 2014
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Herramientas Profesionales B.
Contable
NORMA DE INFORMACIÓN FINANCIERA PARA ENTIDADES EN PROCESO DE LIQUIDACIÓN
ACTIVIDADES A DESARROLLAR
2014 T-3
T-4
2015 T-1
T-2
T-3
2016 T-4
T-1
T-2
T-3
T-4
Expedición de la norma año 2014 y aplicación obligatoria 01/01/2016 1
DEBIDO PROCESO PARA LA EMISION DE LA NORMA
1.1
Plazo para comentarios
X
1.2
Considerar las recomendaciones recibidas de los comités y de todos los interesados durante el lapso de exposición pública para comentarios
X
1.3
Evaluar, analizar los impactos y recomendaciones de los proyectos de normas, formuladas por la DIAN, los organismos responsables del diseño y manejo de la política económica y las Superintendencias
X
1.4
Presentar el proyecto definitivo, junto con sus recomendaciones a las autoridades de regulación
X
1.5
Publicar los proyectos definitivos
X
1.6
Fecha esperada para la expedición de las normas por parte de las autoridades de regulación
1.7
Aplicación obligatoria a partir del 01/01/2016
X X
Nota: La elaboración y publicación del borrador de norma finalizó en el primer semestre de 2014.
C.
NORMA SOBRE EL SISTEMA DOCUMENTAL CONTABLE
ACTIVIDADES A DESARROLLAR
2014 T-3
T-4
2015 T-1
T-2
T-3
2016 T-4
T-1
T-2
T-1
T-2
T-3
T-4
Expedición de las normas año 2014 y aplicación obligatoria 01/01/2015 1
DEBIDO PROCESO PARA LA EMISION DE LAS NORMAS
1.1
Considerar las recomendaciones recibidas de todos los interesados durante el lapso de exposición pública para comentarios
X
1.2
Evaluar, análizar los impactos y recomendaciones de los proyectos de normas, formuladas por la DIAN, los organismos responsables del diseño y manejo de la política económica y las Superintendencias
X
1.3
Presentar el proyecto definitivo, junto con sus recomendaciones a las autoridades de regulación
X
1.4
Publicar el proyecto definitivo
X
1.5
Fecha esperada para la expedición de las normas por parte de las autoridades de regulación
1.6
Aplicación obligatoria a partir del 01/01/2015
X X
Nota: La elaboración, publicación y el plazo de comentarios del borrador de norma finalizó en el segundo semestre de 2013.
D.
NORMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA INFORMACIÓN
ACTIVIDADES A DESARROLLAR
2014 T-3
T-4
2015
2016
T-1
T-2
T-3
T-4
X
X
X
X
Expedición de las normas año 2014, período de preparación año 2015 y aplicación obligatoria 01/01/2016 1
DEBIDO PROCESO PARA LA EMISION DE LAS NORMAS
1.1
Plazo para comentarios
X
1.2
Considerar las recomendaciones recibidas de los comités y de todos los interesados durante el lapso de exposición pública para comentarios
X
1.3
Evaluar, analizar los impactos y recomendaciones de los proyectos de normas, formuladas por la DIAN, los organismos responsables del diseño y manejo de la política económica y las Superintendencias
X
1.4
Presentar el proyecto definitivo, junto con sus recomendaciones a las autoridades de regulación
X
1.5
Publicar el proyecto definitivo
X
1.6
Fecha esperada para la expedición de las normas por parte de las autoridades de regulación
1.7
Período de preparación año 2015
1.8
Aplicación obligatoria a partir del 01/01/2016
Nota: La elaboración y publicación del borrador de norma finalizó en el primer semestre de 2014.
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Boletín 100 - Ju1io 2014
X
X
T-3
T-4
Contable E.
Herramientas Profesionales
PARTICIPACIÓN EN LOS GTTs CONFORMADOS POR GLENIF
ACTIVIDADES A DESARROLLAR
2014
2015
2016
T-3
T-4
T-1
T-2
T-3
T-4
T-1
T-2
T-3
T-4
Envió de comentarios a los borradores de proyectos de normas y enmiendas del IASB 1
DEBIDO PROCESO
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
1.1
Publicar el borrador para discusión público
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
1.2
Considerar las recomendaciones recibidas de los comités y de todos los interesados durante el lapso de exposición pública para comentarios
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
1.3
Presentar las recomendaciones del país al GLENIF y al IASB
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
"IASB: International Accounting Standards Board GLENIF: Grupo Latinoamericano de Información Financiera Emisora Normas GTT: Grupo Técnico de Trabajo" F.
GUÍAS PARA LA VALUACIÓN DE ACTIVOS Y PASIVOS
ACTIVIDADES A DESARROLLAR
2014
2015
2016
T-3
T-4
T-1
T-2
T-3
T-4
T-1
T-2
T-3
T-4
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
Expedición de las guías año 2015 1
DEBIDO PROCESO PARA LA EMISION DE LAS GUIAS
1.1
Elaborar y publicar los borradores de propuestas para comentarios
1.2
Plazo para comentarios
X
X
X
X
X
X
X
X
X
1.3
Considerar las recomendaciones recibidas de los comités y de todos los interesados durante el lapso para comentarios
X
X
X
X
X
X
X
X
X
1.4
Publicar las guías definitivas
X
X
X
X
X
X
X
X
G.
COORDINAR LA DIVULGACIÓN, CONOCIMIENTO Y COMPRENSIÓN DE LAS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y ASEGURAMIENTO DE LA INFORMACIÓN
ACTIVIDADES A DESARROLLAR
2014 T-3
T-4
1.
Participar en el programa denominado " Formador de Formadores", con el fin de capacitar instructores en NIIF. Organizado por la Mesa de Educación
X
X
2.
Coordinar junto con los Ministerios de Educación, Hacienda, Comercio, las facultades y los programas de contaduría la adecuación de los contenidos académicos para la enseñanza de las Normas de Información Financiera y Aseguramiento de la Información
X
X
3.
Realización de talleres en NIIF para las PYMES
X
X
4.
Participar en las actividades de difusión organizadas por las universidades y los diferentes organismos de la profesión y otros
X
X
5.
Elaboración de guías para un mejor entendimiento de las NIIF
X
X
2015
2016
T-1
T-2
T-3
T-4
T-1
T-2
T-3
T-4
X
X
X
X
X
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X
X
X
X
X
T=Trimestre 10/06/2014.
Fuente: Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Boletín 100 - Ju1io 2014
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Herramientas Profesionales
Contable
Obligación de presentar y llevar libros de contabilidad en Colombia
Las normas contables colombianas están en proceso de ser reemplazadas por las Normas Internacionales de Información Financiera, NIIF. En Colombia, los requerimientos mercantiles (Código de Comercio Unificado) indican que los comerciantes (personas jurídicas o naturales) están obligados a llevar contabilidad de acuerdo con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Colombia (PCGA). Dichos PCGA se comprimen en decretos reglamentarios emitidos por el Gobierno Nacional (Decretos 2649 y 2650 de 1993) y las circulares externas y doctrinas contables emitidas por las superintendencias (Entidades de supervisión). En adición, las normas tributarias prevalecen sobre los PCGA. En Colombia existen diez Superintendencias, de las cuales la Superintendencia Financiera de Colombia y la Superintendencia de Sociedades, tienen a su cargo la supervisión de la mayoría de empresas colombianas. Las normas contables colombianas están en proceso de ser reemplazadas por las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF” o “IFRS” por sus siglas en inglés). El proceso de convergencia a NIIF es un proceso holístico y no meramente contable. Esto quiere decir que afecta a toda la organización dentro de las empresas y no solamente al área contable y financiera.
las emite el IASB). Lo anterior, teniendo en cuenta las recomendaciones emitidas por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (“CTCP”) y los diferentes comités técnicos ad honorem establecidos por la Ley 1314 de 2009. Vale la pena anotar que el CTCP es el organismo normalizador establecido por la mencionada Ley y que junto con este organismo se establecieron comités técnicos ad honorem conformado principalmente por representantes de las empresas colombianas y en general la comunidad de negocios en Colombia, a través de las diferentes agremiaciones. Quiere decir esto que el proceso que ha venido adelantando el Gobierno en materia de internacionalización en materia financiera-contable y de aseguramiento de la información ha sido sumamente participativo. En ese orden de ideas, se estableció como marco de referencia para las normas de aseguramiento en Colombia las Normas Internacionales de Auditoría (“ISA”, por sus siglas en inglés, emitidas por la Federación Internacional de Contadores Públicos -IFAC). Se han establecido grupos de aplicación de las NIIF de conformidad con los siguientes grupos: grupo 1, grupo 2 y grupo 3. El grupo 1 está conformado por compañías de tamaño grande y/o de interés público, el Grupo 2 está conformado por compañías de tamaño mediano y el Grupo 3 por microempresas y/o pymes.
Convergencia a Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF o IFRS por sus siglas en Inglés) y de Aseguramiento de la información
Las fechas de aplicación para el grupo 1 y grupo 3 inician el 1 de enero de 2015 con la preparación de un estado financiero de apertura con corte a 1 de enero de 2014, y un estado financiero completo bajo NIIF con corte a 31 de diciembre de 2015 comparativo con el mismo periodo anterior (del año 2014). Para el grupo 2 estas fechas se corren un año.
El 13 de julio de 2009 se aprobó en el Congreso de la República la Ley 1314, la cual tiene por objetivo la conformación de un sistema único y homogéneo de alta calidad, comprensible y de forzosa observancia, de normas de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de la información.
Las normas de auditoría generalmente aceptadas en Colombia, van a converger a estándares internacionales de auditoría emitidos por la Federación Internacional de Contadores (IFAC). Las fechas de aplicación son semejantes a las de los grupos antes indicados.
En palabras sencillas, en Colombia se decidió tener como referencia las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF” o IFRS por sus siglas en Inglés, tal como
Fuente: Pulso.com – Por Felipe Jánica Vanegas, Contador Público, especialista en finanzas, certificado en IFRS por el Instituto de Contadores de Inglaterra y Gales.
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Patrocinador Platino Publicidad pagada mediante el programa de Patrocinadores del INCP. Los patrocinadores del INCP son personas jurídicas que gracias a su aporte, contribuyen al desarrollo integral del profesional contable en Colombia a través de la canalización de recursos económicos que posibilitan al Instituto ejecutar actividades académicas y de investigación. Para mayor información de los diferentes modelos de patrocinio, por favor consulte www.incp.org.co ó solicita le información a incpcol@incp.org.co
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Contable
El control de inventarios y movimientos en un almacén Las naves industriales y los almacenes, desde siempre, han servido como lugar de almacenamiento de productos de grandes negocios o multinacionales; y por otro lado, como espacio para la gestión del inventario que satisfará las necesidades de estas grandes multinacionales. El inventario representa un gran coste para una cadena de negocios, por lo que albergarlo en el mismo lugar de almacenaje de la propia nave industrial podría llegar a reducir los gastos de forma considerable. Pues nos referimos al coste del inventario en sí, sumándole el del transporte de mercancías, el coste de la gestión de los bienes (trabajo, fumigación, reenvasado, etc.) y la custodia de las mercancías en la nave industrial. Para lograr todo esto, el director de inventario debe garantizar el equilibrio entre la oferta y la demanda mediante el establecimiento de un nivel mínimo de espera para cubrir los plazos de entrega. Para lograrlo, el director de inventario debe actuar como enlace constante con los programas para mantenerse al tanto de la evolución de las necesidades y prioridades. El almacén debe tener siempre existencias suficientes para cubrir el tiempo de entrega para las acciones de reemplazo para evitar el desabastecimiento.
¿Cómo se gestiona el control del inventario? Hay dos métodos de control de inventario que son aplicables a las situaciones de emergencia: • Política de nivel de pedido. • Reordenar la política de ciclo. Ambos son aplicables a todo tipo de negocios y van asociados a diferentes pros y contras. Hay que tener en cuenta que en la práctica sólo funcionaría en un entorno bastante estable donde la variabilidad de la demanda y la reposición de tiempo de entrega son razonablemente estables y previsibles. La gestión del inventario en una emergencia es más “proyecto basado”, equiparar la oferta y la demanda en un entorno rápidamente cambiante. Esto requiere la construcción de una cadena de suministro que tiene un alto nivel de flexibilidad y capacidad de adaptación, con la rápida identificación de las necesidades y el cumplimiento rápido de esa necesidad a través de la cadena de suministro. En la gestión de este tipo de sistema el inventario debe ser considerado en cantidades relativamente pequeñas (paquetes de inventario de artículos de socorro asociados) que se vincularía una necesidad identificada y, más tarde, se trasladaría a través de la fuente a la necesidad identificada. Fuente: emprendices.co
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Contable
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CMPC o Costes de Capitales
El coste de capital o CMPC es el coste ya sea explícito o implícito, que efectivamente le supone a la empresa la utilización de estos recursos financieros. El conocer el coste efectivo de cada una de las opciones financieras, le permitirá a la empresa elegir los recursos de menor coste incrementando, por tanto, los beneficios.
El coste del capital se define como el tipo de rendimiento interno mínimo que todo proyecto de inversión debe proporcionar para que el valor de mercado de las acciones de la empresa se mantenga sin cambio. Habitualmente se utiliza con tasa de actualización en el VAN para la valoración de proyectos de inversión. El calcular el coste medio ponderado de capital le permitirá a la empresa tomar dos tipos de decisiones: Aceptación o rechazo de un proyecto. Sólo los proyectos cuya rentabilidad sea superior al coste de capital van a producir beneficios en la empresa, aumentando indirectamente el valor de mercado de las acciones de la empresa, y por lo tanto la riqueza de sus accionistas. Determinación de la estructura financiera óptima de la empresa que sería aquella que proporciona el mínimo del coste de capital.
Factores que determinan el CMPC
Siendo, CP el capital propio de la empresa CA el capital ajeno (pasivo) de la empresa Kca el coste de los capitales ajenos, normalmente los intereses a pagar Kcp el coste de capital propio, normalmente el pago de dividendos
Factores Exógenos: Condiciones de la economía: Tasa de inflación esperada. Tipo de interés libre de riesgo. Condiciones de los activos en el mercado: • Prima por liquidez. • Prima por riesgo del mercado. Factores Endógenos: Condiciones de la empresa: • Riesgo global de la empresa. • Cuantía de financiación solicitada. Fuente: contabilidad-empresa.com
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Contable
Consolidación de estados financieros con matrices en el exterior Cuando la matriz no esté domiciliada en el país, solo procede la consolidación de los estados financieros de las subordinadas. Uno de los efectos derivados de la situación de control en Colombia es la obligación para la sociedad matriz o controlante de preparar y difundir estados financieros de propósito general consolidados con sus subordinadas. Para estos efectos, es importante considerar qué pasa cuando la matriz o controlante se encuentra ubicada en exterior.
¿Cuándo se presenta una situación de control? Según la legislación colombiana, existe control cuando el poder de tomar decisiones de una sociedad comercial está sometido a la voluntad de una o varias, que pueden ser personas jurídicas o naturales, bien sea directamente o a través de las mismas sociedades que controla (indirectamente). La ley presume que existe control en cualquiera de los siguientes casos: (i) cuando más del 50% del capital pertenezca a una persona jurídica o natural, quien será el controlante; (ii) cuando se tenga el derecho de emitir los votos necesarios para tomar las decisiones en el máximo órgano social, es decir, en la asamblea de accionista o junta de socios, o adicionalmente se tenga el número de votos necesarios para elegir la mayoría de los miembros de la junta
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Boletín 100 - Ju1io 2014
directiva; y (iii) cuando en razón de un contrato se ejerza una influencia dominante en las decisiones de los órganos de administración de la sociedad.
¿Qué son y cuándo se genera la obligación de consolidar estados financieros? Los estados financieros consolidados son aquellos que presentan la situación financiera, los flujos de efectivo, los resultados de las operaciones, los cambios en el patrimonio y en la situación financiera de una compañía matriz y sus subordinadas como si fueran una sola compañía. La finalidad de esta obligación es que la sociedad controlante presente una información financiera completa y veraz. Es así que, siempre que exista una situación de control por parte de una persona jurídica societaria respecto de una o varias sociedades en Colombia, la matriz o controlante debe preparar y difundir estados financieros de propósito general consolidados. Debe advertirse que la obligación de preparar y presentar estados financieros consolidados no releva a la matriz ni a sus sociedades controladas de preparar y presentar estados financieros individuales.
Contable
¿Quién debe consolidar los estados financieros cuando la matriz se encuentra en el exterior? En principio se podría pensar que la sociedad matriz ubicada en el exterior, por tener una inversión en el país y estar sujeta a las normas colombianas como accionista de la misma, debe cumplir con la obligación de preparar y presentar los estados financieros consolidados. Sin embargo, la aplicación de la ley colombiana a un extranjero, así tenga una inversión en una compañía en el territorio colombiano, en principio, no es posible, en especial la aplicación de normas contables internas a sociedades extranjeras. La situación expuesta fue entendida por la Superintendencia de Sociedades quien, repetidamente en su doctrina y a través de la Circular Externa 005 del 2000, señaló que, cuando la matriz o controlante no esté domiciliada en el país, solo procede la consolidación de los estados financieros de las subordinadas colombianas.
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des colombianas, pero que por efectos prácticos se prefiere que sea la sociedad subordinada con mayor patrimonio.
¿Cuál es el órgano encargado de aprobar los estados financieros consolidados cuando la matriz se encuentra en el exterior? En la Ley 222 de 1995 se establece que los estados financieros consolidados deben ser sometidos a consideración de quien sea competente para su aprobación. Por regla general, la obligación de aprobar o improbar estados financieros en Colombia es de la Asamblea de Accionistas o Junta de Socios.
Lo anterior quiere decir que todas las compañías ubicadas en el territorio colombiano, y que estén bajo el control de una misma persona extranjera, deben consolidar sus estados financieros para cumplir con la obligación ya mencionada.
No obstante lo anterior, teniendo en cuenta la situación particular que se presenta cuando la matriz o controlante se encuentra ubicada en el exterior, la Superintendencia de Sociedades ha señalado que, ante la ausencia de un órgano competente que pueda dar tal aprobación, bastaría con remitirlos a dicha entidad. En este caso, los estados financieros deben remitirse certificados y dictaminados por el representante legal, el contador y el revisor fiscal de la sociedad que los consolidó en Colombia.
Así mismo, la mencionada entidad señaló que la consolidación puede realizarse a través de cualquiera de las socieda-
Fuente: La República – Por Juan José Castaño Trujillo
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Cambios en retención en la fuente Mediante decreto 1020 de mayo 28 de 2014 el gobierno hace modificaciones a las retenciones en la fuente, en esta oportunidad a los requisitos para no efectuar retefuente a las empresas acogidas a le ley 1429 de 2010, modifica algunos artículos sobre tarifas de retenciones en la fuente, y nuevamente aplaza la implementación de la retención en la fuente por intermedio de las instituciones financieras. La norma modifica el numeral 1 del artículo 4 del decreto 4910 de 2011, el cual exige que para no efectuar retefuente a una empresa que se haya creada en el respectivo año gravable y se haya acogido a la ley 1429 (Ley de empleo), deberá solicitar aparte de la certificación bajo la gravedad de juramento, un certificado de cámara de comercio, y o la copia del RUT para probar que la fecha de creación de la empresa, está dentro de las estipuladas en la ley. Además indica dicho decreto que para las empresas que se hayan creado en años anteriores al gravable, y que estén gozando de beneficio de la ley 1429, se debe hacer una consulta por parte del agente retenedor en el portal de la DIAN para verificar si la empresa goza de beneficio, pero aclara que si no sale ningún resultado en la consulta, deberá solicitar los documentos relacionados en el párrafo anterior. Recordemos que ya previamente hemos comentado en artículos anteriores que muchas empresas que se han acogido a esta ley 1429, no aparecen en la base de datos de la DIAN, por lo que para no hacer la retención en la fuente, en este caso se deben pedir los documentos antes mencionados. Aclara que las empresas acogidas a la ley 1429 de 2010 no tienen ninguna exención en la auto retención del CREE. El artículo 5 de este decreto hace aclaraciones sobre las tarifas que deben ser observados a la hora de efectuar retenciones en la fuente sobre otros ingresos tributarios cuando el retenido sean una persona natural no obligadas a declarar, la cual será del 3.5% y por ningún motivo el 2.5%. Por otro lado el artículo 6 aclara que para los concepto de servicio de restaurante, hoteles y hospedaje, la tarifa será del 3.5% lo mismo que el arrendamiento de inmuebles y de transporte de pasajeros. Y por último nuevamente aplazan la implementación de la retención en la fuente por intermedio de las instituciones financieras. Tema que se aplaza hasta el 1 de junio del año 2017.
Fuente: Consultorcontable.com – Por William Dussan Salazar
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Si ganó más de $3 millones 131 mil al mes, debe declarar renta Con el cambio de la reglamentación que en 2012 planteó la reforma tributaria, este año más colombianos deben declarar renta. No sólo tienen que hacerlo los empresarios o las personas que ganen grandes sumas de dinero. Las personas naturales que durante el año pasado devengaron ingresos superiores a $37 millones 577 mil, deberán presentar este gravamen. Es decir, si un trabajador bien sea independiente o vinculado a una organización, tuvo ingresos superiores a los $3 millones 131 mil mensuales, deberá hacer la declaración de renta. Pero este es sólo uno de los casos en los que las personas naturales deberán hacerlo. El Gobierno Nacional, con la normativa que entró en vigencia este año, también dispuso varias reglas. Si el patrimonio de un residente en el país superó, a diciembre de 2013, los $120 millones es decir, 4.500 Unidades de Valor Tributario, debe realizar declaración de renta. El mismo escenario afronta quien haya consumido con su tarjeta de crédito 2.800 UVT, que equivalen a $75 millones 155 mil. El otro caso por el cual las personas naturales tienen que hacer este trámite en la DIAN es si el valor acumulado de las transacciones bancarias que realizó el año pasado, así como inversiones financieras superan los $120 millones. Cabe recordar, que la fecha límite para realizar este trámite es el 6 de septiembre y no es una constante que todo el que declare deba pagar impuesto sobre la renta, a los primeros $29 millones de utilidades no se les adiciona un pago. Según el director de la DIAN en Santander, José Alfredo Díaz, el número de personas que en Bucaramanga tendrán que realizar esa declaración durante este año es de 120 mil. Por lo cual el funcionario llamó a que “no dejen todo para última hora y se acerquen a la Dian a realizar sus respectivas declaraciones”, sostuvo. Así mismo, Díaz indicó que la Dian está presta a brindar charlas y talleres para aclarar las dudas en diferentes espa-
cios, por ejemplo, durante las próximas tres semanas realizarán rondas informativas por los municipios de San Gil, Málaga y Barbosa.
Las sanciones El incumplimiento de la norma, es decir, no realizar la declaración de renta en las fechas determinadas, así como el pago del impuesto, expone a las personas naturales a una sanción económica correspondiente al 5% del total del valor del gravamen a pagar. Es decir, que la sanción mínima en este caso sería de $268 mil y corren, además, con intereses por presentación extemporánea. Además “quienes no declaren su patrimonio podrían tener multas de hasta el 92% del bien omitido dentro del reporte”, indicó el director regional de la DIAN. Algunos datos para tener en cuenta 1. Para realizar la declaración es necesario tener actualizado el Registro Único Tributario, RUT. 2. Identificar en qué caso se encuentra para realizar la declaración, es decir, en qué grupo de los mencionados anteriormente. 3. Si quien hará el trámite es comerciante, debe llevar contabilidad y diligenciar el formulario 110. Si no es comerciante, el número de formato es 210. 4. Llevar los valores a declarar a un contador profesional para evitar errores en los valores. 5. Tener certificados de ingresos y retenciones. Así como el soporte si el ingreso es en acciones.
Fuente: Vanguardia.com – Por Galvis Ramírez y Cía. S.A.
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Retefuente a través de entidades financieras: ¿eficiencia o carga adicional? El Gobierno Nacional, a través de la administración tributaria, ha expresado en múltiples ocasiones la necesidad de ejercer un mayor control y efectividad sobre el sistema de retenciones en la fuente. Bajo esa motivación, se incorporó en la Ley 1430 de 2010 el artículo 376-1 al ordenamiento tributario que contempla un mecanismo para que los pagos sujetos a retención en la fuente sean realizados a través de las entidades financieras y particularmente, desde cuentas de ahorro y corrientes “marcadas” para tal fin. Por medio del Decreto 1159 de 2011 se reglamentó esa disposición dando claridad acerca de la operatividad de los pagos, la cual tiene impactos importantes no solo para las entidades financieras sino también para los agentes de retención. El plazo para adaptarse a este nuevo mecanismo fue el 1 de junio. Si bien este esquema presenta ventajas relevantes (mayor control por parte del fisco, certificados de retención centralizados en la DIAN, causación de la retención en el momento del pago y no del reconocimiento del gasto, entre otras) también trae consigo diferentes retos (extinción de obligaciones por mecanismos diferentes al pago a través de entidades financieras, operativización entre los pagadores y los bancos, posibles aumentos en costos financieros por tener que contar con varias cuentas bancarias, entre otros). Según las cifras publicadas por la DIAN, del total del recaudo anual del impuesto de renta y complementarios, 55% (para el 2013 proyectado) se obtuvo gracias al mecanismo de retención en la fuente. En algunas vigencias ha llegado a representar incluso 67%. En el caso del IVA la participación para el año pasado alcanzó 16% pero ha llegado a niveles de 29%. El punto fundamental está en si una estructura de pagos como la contemplada en el artículo 376-1 realmente permite tener la eficiencia y la vigilancia que busca el Estado
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sobre las retenciones o si terminará siendo en una carga adicional para los agentes económicos que declaran y pagan de manera estricta y que consideran que ya tienen múltiples responsabilidades con las que contribuyen al recaudo y control sobre los impuestos nacionales. Se tiene conocimiento acerca de que grandes pagadores o agentes de retención no están de acuerdo con el mecanismo porque consideran que trae consigo desarrollos tecnológicos y de sus sistemas de información, sino porque deben cambiar procedimientos y flujos de caja (por lo menos en un primer momento). Al respecto, el Gobierno Nacional está próximo a expedir una modificación regulatoria que amplía el plazo para cumplir con lo establecido en el Decreto 1159 hasta tanto no se verifique y evalúe si operativamente es viable su operación. Es de buen recibo el proyecto de regulación, pues se considera que lo más adecuado es que el mecanismo contemplado se revise con mayor profundidad con todos los agentes involucrados (agentes de retención, sujetos pasivos, entidades financieras, Dian) para asegurarse que el esfuerzo para implementar los procedimientos establecidos en la norma sea el adecuado en aras de lograr los fines que persigue el Estado en materia fiscal.
¿Para qué sirve la retención en la fuente? Es un mecanismo que utilizan los Gobiernos para mejorar el recaudo y control sobre los diferentes tributos. Tiene por objetivo asegurar el recaudo de los impuestos; acelerar el pago y dar liquidez al Estado porque se anticipa el momento en el cual se debería pagar la obligación y mejorar los mecanismos de control y cruce de información. Así han realizado el recaudo de impuestos en los últimos años. Fuente: La República – Por María Mercedes Cuéllar, Presidenta de Asobancaria.
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Tributario
Si compra maquinaria este año, pagará menos impuestos en 2015 Al superar las metas en el recaudo del IVA, se le permitirá a los empresarios descontar parte de este tributo pagado por la compra de bienes de capital en el impuesto de renta del próximo año. Las empresas que compren bienes de capital este año podrán descontar parte del IVA pagado en el próximo impuesto de renta. Este es uno de los estímulos plasmados en la reciente reforma tributaria para las compañías que se la jueguen por modernizarse. Resulta que el artículo 60 de la Ley 1607 de 2012 (Reforma Tributaria), indica que "los responsables del régimen común podrán descontar del impuesto sobre la renta el IVA causado y pagado por la adquisición o importación de bienes de capital a lo largo de cada vigencia fiscal, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el presente artículo...". La buena noticia es que este año se están cumpliendo las condiciones a las que hace referencia dicho ítem, dijo el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas Santamaría. "A mayo más o menos 700,000 millones de pesos por encima de la meta de IVA total, es decir que si el IVA sigue como va, el próximo año las empresas podrán descontar del impuesto de renta la mitad (8 por ciento) del IVA pagado en 2014 sobre bienes de capital". Es importante aclarar que esta medida no aplica para todos los años, solo cuando se supera la meta de recaudo del IVA fijada anualmente por la DIAN. Esto no sucedió en 2013, pero hoy está pasando, así que lo que falta por definir es la cantidad de puntos que permitirá cruzar el Gobierno. Los bienes de capital son las inversiones que hacen las empresas en equipos para mejorar su productividad, tales como maquinaria pesada, generadores, o vehículos, entre otros.
Fuente: El Colombiano – Por Nicolás Abrew Quimbaya
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Renta en personas naturales ¿Cómo deben interpretarse los requisitos que personas naturales tienen que cumplir para no estar obligadas a declarar el Impuesto sobre la Renta? El artículo 7º del Decreto 2972 del 2013 que establece los lugares y plazos para presentar la declaraciones tributarias, contiene la totalidad de requisitos que deben cumplir los empleados, trabajadores por cuenta propia y demás personas naturales y asimiladas a estas para no encontrarse obligados a declarar el impuesto referido. Entre esos requisitos encontramos: (i) Que los ingresos brutos sean inferiores a 1.400 UVT ($37.577.000). (ii) Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras no exceda de 4.500 UVT ($120.785.000). Se trata de dos requisitos independientes con dos supuestos de hecho distintos a saber: en el primero de ellos, se exige que los ingresos brutos consignados o no en una cuenta bancaria sean inferiores a 1.400 UVT y en el segundo que el acumulado de consignaciones bancarias con recursos provenientes o no de sueldos o ingresos derivados de la actividad económica de la persona, no supere las 4.500 UVT. Lo anterior implica que sin importar la forma de pago o en dónde se consignen los recursos que serán ingreso para el sujeto o incluso cuál es la fuente de los recursos que se consignen en cuentas bancarias del mismo, para que la persona natural no sea declarante del impuesto sobre la renta, en ningún caso sus ingresos brutos podrán ser superiores a 1.400 UVT o el monto total de sus consignaciones bancarias superior a 4.500 UVT. Tan claro es que si por ejemplo los ingresos brutos del sujeto equivalen a 4.600 UVT y a su vez fueron consignados en sus cuentas bancarias, debe concluirse que el sujeto no cumple con dos de los requisitos para ser no declarante del impuesto de renta por lo que en él se radica dicho deber formal. Finalmente, debe resaltarse que los requisitos a que nos referimos sólo determinan la obligación de presentar declaración o no del impuesto sobre la renta, pero no sirven de derrotero para depurar la misma, no determinan cuales son los ingresos que se declaran ni cuáles los que se gravan. Para tal efecto existen normas específicas del Estatuto Tributario Nacional. Fuente: Portafolio
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Tributario
Brasil reduce impuesto a toma de créditos en el exterior El gobierno brasileño redujo un impuesto que cobraba a empresas y bancos cuando tomaban créditos en el exterior, lo que en la práctica podría estimular un mayor acceso a financiamiento, en un contexto de débil crecimiento económico. Este Impuesto a las Operaciones Financieras (IOF) fue instaurado a fines del 2012 para contener el elevado ingreso de capitales desde el exterior, que inyectaba dólares al mercado y apreciaba al real. "Estamos eliminando el último IOF que fue colocado en aquella ocasión. Esta medida va a favorecer la toma de créditos en el exterior", dijo a la prensa el ministro de Hacienda, Guido Mantega. Con esta medida se reduce a 180 días (antes era de 360) el plazo mínimo de toma de préstamos externos que serán beneficiados con impuesto cero, pero se mantiene el impuesto de 6% para operaciones inferiores a un plazo de 6 meses. Mantega precisó que entre los factores que incidieron en la toma de esta decisión está la normalización del flujo de capitales para Brasil y del mercado de cambio. "Como el mercado de cambio funciona normalmente, no se requiere de esos instrumentos", aseguró. Esta medida podría hacer caer el precio del dólar en el mediano plazo, cuyo alto valor ha encarecido las importaciones en los últimos meses, además de impulsar la inflación. No obstante, Mantega aseguró que "la retirada del IOF no tiene que ver con el control de precios", ya que "no se administra el tipo de cambio para contener la inflación", que está cayendo, aseguró. El indice de precios del consumidor anotó un alza del 0,67% en abril, menor a marzo, aunque alcanzó 6,28% en 12 meses, cerca del límite de la meta de 6,5% del Banco Central. En tanto, en lo que va de año, el real, que se cotiza en 2,284 por dólar, ha registrado un avance del 3,2%. En 2013 el real perdió 12,96% y en 2012 cerró con una caída de 8,55%. La economía de Brasil creció un débil 0,2% en el primer trimestre del año, tras expandirse 2,5% en el 2013; 1% en el 2012 y 2,7% en el 2011. En el 2010, creció un 7,5%.
Fuente: Terra (Economía)
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Auditoría
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La importancia del control interno en la empresa
Es necesario implantar control interno en la empresa o negocio para poder crecer y permanecer en el mercado.
• Estimular el seguimiento de las prácticas ordenadas por la gerencia.
Desde tiempos remotos, el ser humano ha tenido la necesidad de controlar sus pertenencias y las del grupo del cual forma parte, por lo que de alguna manera se tenían tipos de control para evitar desfalcos; por tal situación, es necesario que una empresa establezca un control interno, ya que con esto se logra mejorar la situación financiera, administrativa y legal.
• Promover y evaluar la seguridad, la calidad y la mejora continua.
Se dice que el control interno es una herramienta surgida de la imperiosa necesidad de accionar proactivamente a los efectos de suprimir y/o disminuir significativamente la multitud de riesgos a las cuales se hayan afectadas los distintos tipos de organizaciones, sean estos privados o públicos, con o sin fines de lucro. Partiendo de esto mencionamos la siguiente interpretación del control interno: Es la base donde descansan las actividades y operaciones de una entidad; es decir, que las actividades de producción, distribución, financiamiento, administración, entre otras, son regidas por el control interno; además, es un instrumento de eficiencia y no un plan que proporciona un reglamento tipo policíaco o de carácter tiránico. El mejor sistema de control interno es aquel que no daña las relaciones de empresa-clientes y mantiene en un nivel de alta dignidad humana las relaciones de dirigentes y subordinados; su función es aplicable a todas las áreas de operación de los negocios, de su efectividad depende que la administración obtenga la información necesaria para seleccionar las alternativas que mejor convengan a los intereses de la entidad. Por lo tanto, se debe ver, de acuerdo con las necesidades del negocio o empresa, qué control se tiene que implantar o tener. Partiendo de este punto veremos la importancia de los objetivos del control interno: • Proteger los recursos de la empresa o negocio evitando pérdidas por fraudes o negligencias. • Asegurar la exactitud y veracidad de los datos contables y extracontables, los cuales, son utilizados por la Dirección para la toma de decisiones. • Promover la eficiencia de la explotación de los recursos con que cuenta la empresa o negocio.
• Velar porque todas las actividades y recursos de la empresa o negocio estén dirigidos al cumplimiento de los objetivos de la entidad. • Garantizar la eficacia, la eficiencia y economía en todas las operaciones. • Definir y aplicar medidas para prevenir los riesgos, detectar y corregir las desviaciones que se presenten en la empresa o negocio y que puedan afectar el logro de sus objetivos. • Garantizar que el sistema de control interno disponga de sus propios mecanismos de verificación y evaluación. • Velar porque la empresa o negocio disponga de procesos de planeación y mecanismos adecuados para el diseño y desarrollo organizacional. • Las características del control interno son: • El sistema de control interno forma parte integrante de los sistemas contables, financieros, de planeación, de información operacional de la empresa o negocio. • Corresponde a la máxima autoridad de la empresa o negocio la responsabilidad de establecer, mantener y perfeccionar el sistema de control interno. • En cada área de la empresa o negocio, el funcionario encargado de dirigir es responsable del control interno ante su jefe inmediato, de acuerdo con los niveles de autoridad establecidos en la empresa o negocio. • La unidad de control interno, o quien haga sus veces, es la encargada de evaluar en forma independiente el sistema de control interno de la empresa o negocio. • Todas las transacciones de la empresa o negocio deberán registrarse en forma exacta y oportuna. Fuente: El Economista – Por Ambrosio Amaro González, integrante de la Comisión de Desarrollo de Auditoría – Bosques, del Colegio de Contadores Públicos de México.
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La auditoria a los estados financieros, más que una opinión Para los contadores que son los encargados de formularlos, los estados financieros son un “fin”. Son el corolario de su trabajo y la culminación de sus esfuerzos. Para los empresarios y directivos de los negocios sólo son un “medio” que les permite orientarse para tomar las medidas y decisiones que consideren adecuadas para la buena marcha de la empresa.
Situación que se puede resumir, en que los estados financieros registran los resultados económicos obtenidos por la gestión integral del negocio o servicio que la organización ejecuta, cuya información interesa a varios sectores de la sociedad como son: Los dueños y/o accionistas. Les interesa plenamente conocer los resultados del ente económico, así como el cumplimiento de los objetivos, tener confianza y seguridad de sus aportaciones e inversiones y seguir invirtiendo inclusive con sus dividendos. Los directivos y funcionarios. Les interesa la excelente conducción del negocio, para saber en qué condiciones se encuentra y si se les están dando cumplimiento a los objetivos establecidos comparando lo real con lo planeado o programado, además porque en base a ello tomarán las decisiones correctivas que consideren pertinentes e informen a los accionistas de su actuación y los resultados de ésta. A la Administración: Le garantiza la correcta administración de la entidad de acuerdo con sus metas y objetivos. Supervisores y organismos de control: Punto de partida en su vigilancia y control. A las instituciones de crédito y financieras y compañías de seguros: Les interesa que los entes económicos manejen estados financieros dictaminados dando credibilidad a su información financiera. Entidades gubernamentales: Le interesa que los Estados Financieros estén dictaminados por aspectos de formalidad
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Auditoría
y normatividad. Para vigilar el cumplimiento de las disposiciones normativas, impositivas, operativas y administrativas para dar validez a los estados financieros manifestando sanciones a aquellos contadores que no se apeguen a las disposiciones antes mencionadas. A los trabajadores: Como un medio de sentir estabilidad en su aspecto laboral y seguridad social. A los proveedores y acreedores: Porque les interesa la liquidez y razonabilidad de los Estados Financieros dictaminados ya que esa credibilidad se traduce en proporcionar mayor o menor crédito a las empresas. A los inversionistas: Porque les interesa la excelente marcha del ente económico, respaldado por estados financieros dictaminados, debido a que de esa manera estarán en condiciones de analizar, en invertir o no invertir en determinado tipo de empresa. Al público en general: Para tener conocimientos si determinado ente económico goza de una buena imagen de comercio, si existen buenos servicios, de productos y saber si estos tienen calidad. Bajo ésta óptica, la auditoría a los estados financieros implica un examen a los estados financieros de manera integral de sus operaciones y soportes, en lo económico, administrativo, financiero/contable, jurídico, ambiental, .etc, consecuente con la gestión, cumplimiento normativo, control interno y de cara al desarrollo de la misión organizacional, que de tranquilidad y confianza al núcleo social de su interés. En razón a lo anterior, la auditoría Financiera no solo debe encaminarse a la verificación sobre los registro contables, también es, el examen pormenorizado de las actuaciones de la organización, áreas, procesos, autorizaciones, operaciones, registros y soportes y sus responsables de manera eficiente, eficaz, efectiva, económica y productiva, dentro de rigores normativos y legales. De tal suerte que un proceso de auditoría financiera requiere considerar entre otros los siguientes aspectos: • Tener en cuenta en todo momento del examen, la Misión de la Organización. • Conocer la organización, la política, normatividad, estructura organizacional, procesos, responsables, información financiera, manual contable con su plan de cuentas y dinámica contable, notas explicativas a los estados financieros, Informes de gestión, informes de auditorías anteriores, entre otros. • Preparar las guías, programas o cuestionarios de auditoría y control interno y demás papeles de trabajo, en función de las cuentas representativas y críticas, fruto de un estudio concienzudo y pormenorizado.
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• Conocer los aplicativos informáticos que maneja la organización, especialmente de la contabilidad y las finanzas. • Revisar las diferentes cuentas asignadas de los estados financieros, considerando en los hallazgos las connotaciones contables, financieras, administrativas, jurídicas, económicas, ambientales u otra, que estas puedan generar, determinando para cada una de ellas, la causa, efecto e impacto, que posibiliten dar un juicio/valor, o recomendación. • Plasmar en los papeles de trabajo de manera técnica, soportada y objetiva, cada una de los hallazgos, los cuales se constituyan en prueba suficiente y competente a tener en cuenta en la elaboración del informe de opinión final y la carta de control interno. • Además de opinar sobre la razonabilidad de los estados financieros, el auditor deberá conceptuar sobre la calidad del control interno, el cumplimiento normativo que le aplica, la responsabilidad y cumplimiento en la seguridad social de sus empleados, el licenciamiento de su sistemas informáticos, así como aspectos de incertidumbres que a corto y mediano plazo éste abocada la organización por amenazas de carácter externo e interno. Adicionalmente y en relación con el control interno deberá: • Evaluar la calidad de los sistemas de información y medios de información con los que cuenta el área y proceso contable. • Verificar los perfiles del talento humano, que sean idóneos y responsables del manejo y registro de la contabilidad, instalados en áreas funcionales acordes con una estructura organizacional necesaria para su funcionamiento adecuado. • Verificar la existencia del manual contable, donde no solo señale el plan de cuentas requerido, también la dinámica contable, el flujo y diagramación del proceso, la normatividad que le aplica, el mapa de riesgo y demás elementos necesarios en la formalización del manejo contable organizacional. • Verificar el adecuado manejo y custodia de la correspondencia y archivo contentivo de los soportes y memoria institucional de la organización. • Establecer la oportunidad de la rendición de cuentas e informes propios del área contable y en relación con la oportunidad y obligatoriedad de sus publicaciones. • Constatar la existencia de procesos de control que el área contable realiza sobre las dependencias fuentes de la información contable. • Seguimiento al Plan de Mejoramiento, entre otras. Fuente: marcontrol.blogspot.com - Por Marco Hernando Bonilla Martínez
Auditoría
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Trece (13) maneras de posesionar las auditorías en las organizaciones El ser humano por esencia y naturaleza es reacio y apático al control. En el interior supone la existencia de desconfianza, intromisión en su vida personal y cierto temor a la detección de sus errores. Adicionalmente, la Auditoria a través del tiempo ha sido una mala experiencia para sus receptores, dado que su actuación era entendida de forma policiva, represiva, autoritaria y desmedida para demostrar poder por quienes la ejercían; ese paradigma no ha sido del todo erradicado y su resultado muchas veces infructuoso, carente de mejoramiento, es más aún rechazado por los altos costos económicos que su ejercicio representa. Como maneras de encontrar los medios y formas para posesionar las auditorias en el contexto organizacional, a continuación me permito hacer unas sugerencias, que sin ser postulados, son acciones que en su momento emplee como auditor en muchas entidades y empresas del estado, inclusive privadas, que nos ayudara a repensar como hacer entender a las organizaciones la importancia, credibilidad y utilidad que representa contar con la figura de la auditoria. Las auditorias deben partir del entendimiento en la aplicabilidad de las normas que rigen el proceso auditor, están son: Independencia mental, cuidado profesional, entrenamiento, planeación y supervisión, obtención de evidencias y presentación y comunicación de resultados; sin este piso
o base es imposible que la auditoria logre sus objetivos de posesionarse. Así las cosas, reflexionemos sobre las maneras de introducir a la realidad estas sugerencias: 1. Reunión con las altas directivas de la organización para socializar la tarea de la auditoria, haciéndoles entender el propósito de la auditoria y el conocimiento que sobre ella tiene el grupo auditor, cuyo resultado permitirá blindar a la administración sobre malos manejos, y proporcionar mayor confianza sobre su labor y responsabilidad. 2. Presentación del grupo, para informarles sobre las calidades de cada uno de sus integrantes y el alcance de su trabajo. 3. Reunión con cada una de las áreas operativas y en relación con el alcance de la auditoria, para conocer las generalidades de su manejo operativo e información a su cargo. 4. En todo momento la auditoria debe hacer ver a la organización que su labor esta rigurosamente planeada. 5. Que la auditoria tiene pleno conocimiento del objeto a evaluar, sea la empresa o entidad en su conjunto, área, proceso etc. 6. La Auditoria debe dar muestra en todo momento de compromiso, puntualidad, respeto y buenas maneras.
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Recordando que mientras dura la auditoria se trabaja con la información de la entidad, con los recursos de la entidad y para la entidad.
11. Sus resultados deben presentarse oficialmente con la oportunidad requerida y con la calidad esperada de una auditoria competente y especializada.
7. Como propósito de la auditoria es fundamental el fomento de la cultura del autocontrol en todos los que hacen parte de la organización, cada vez que se hable con las áreas o se socialice los resultados.
12. El costo económico de la auditoria se justifica con las recomendaciones del trabajo de auditoria, cuya adopción proporcionara, contención del riesgo de actividades operativas, como mejoramiento de procesos en términos de tiempo y recursos.
8. La información que se pida así como la intervención de los auditores, debe estar bien concebida, cuidando de no solicitar la misma información por diferentes vías y desgastar a las áreas con reuniones repetitivas y temas iguales. 9. La auditoría debe dejar la sensación de presencia en la organización no por su autoridad desmedida si no por la minuciosidad y compromiso de su labor y materialidad de sus hallazgos. 10. La auditoría se hace con la organización y no a espaldas de la administración. Los hallazgos como los resultados de la auditoria deben ser socializados, discutidos y concertados con la organización y especialmente generando compromisos de mejoramiento.
13. Los informes de auditoría deben contener no solo el listado de debilidades como resultado de la auditoria, si no de manera relevante los aspectos de gestión positiva de la organización. Lo anterior permite generar un concepto más equilibrado sobre el actuar de la administración, y proporciona un grado de confianza a sus responsables por el reconocimiento que se hace de su labor. Recuerde: “Las auditorías no se crearon para detectar errores o fraudes, si no para contribuir en el mejoramiento continuo de las organizaciones“. Fuente: marcontrol.blogspot.com - Por Marco Hernando Bonilla Martínez
¿Para quién es el informe de Auditoría? meros treinta segundos o antes, que el usuario tenga el mismo en sus manos o lo observe a través de la pantalla del computador. La realidad es que si deseamos tener éxito, tenemos que desarrollar una cubierta que atraiga, una primera página que presente un resumen ejecutivo que atrape la atención de nuestros clientes de forma inmediata. Piense en las toneladas de correspondencia, reportes, documentos e email que usted recibe en una semana. ¿Cuáles usted lee inmediatamente y cuáles usted aparta, tanto física como mentalmente, para leerlos luego? La pregunta aquí es:
Los receptores del informe son generalmente: la alta gerencia, la administración local (de la función evaluada), el Comité de Auditoría, otros auditores y algún ente regulador. Lo difícil es cada uno de estos grupos desea un algo diferente; pero usted debe de satisfacerlo a todos con el mismo documento. Es por esta razón que el redactar un informe de auditoría no es tarea fácil y por lo que necesitamos implementar el enfoque de riesgo al proceso de desarrollo del informe. Tenemos la imperiosa necesidad de desarrollar un informe que tenga un impacto significativo en el lector en los pri-
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¿Desea usted que su informe de auditoría sea colocado en la pila de papeles que serán leídos más tarde? La respuesta: Claro que no. Si usted quiere que su informe sea tratado como un asunto de urgencia, debe de capturar la atención de su cliente inmediatamente. Responda las siguientes preguntas: ¿Poseen sus informes un diseño con un impacto visual apropiado? ¿Contienen mejoras significativas a los procesos examinados? ¿La reacción originada es la implementación de las recomendaciones propuestas?
Fuente: nahunfrett.blogspot.com – Por Nahun Frett
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Auditoría
¿Qué es la “auditoría estratégica”?
Para decirlo brevemente, la auditoría estratégica se orienta a darle aseguramiento a la Alta Dirección respecto de la efectividad de su estrategia, en lugar de hacerlo prioritariamente respecto de su sistema de control interno transaccional. Metodología de auditoría estratégica: partiendo de la premisa de que no se puede auditar lo que no se conoce, lo primero es encuadrar el propósito de la estrategia y el contexto en que se enmarca. Propósitos de la estrategia: • Comprender y documentar el ambiente en que opera la organización a efectos de identificar oportunidades y amenazas. • En virtud de lo anterior, plantear objetivos para sostener la misión y lograr la visión de la organización. • Identificar y gestionar los riesgos que afectan a la organización, principalmente los provenientes del exterior (estratégicos), por oposición a los riesgos internos (operacionales), que han sido el foco de atención de los auditores internos desde la aparición del informe COSO de 1992 Alcance de la labor de aseguramiento respecto de la estrategia: la Alta Dirección espera de la Auditoría Interna una contribución de aseguramiento estratégico. ¿Y qué se puede esperar de tal labor?
mitigue a través de procesos igualmente robustos e información confiable y oportuna. • Asegurar que exista una adecuada comunicación de la estrategia, trasmitiendo a cada quien lo que precisa conocer para contribuir con su tarea al éxito conjunto (on a need to know basis). Transición hacia la auditoría estratégica: 1. Ética profesional 2. Capacidad gerencial de auditoría interna 3. Conocimiento de las normas profesionales en Auditoría Interna 4. Gobierno, riesgo y control 5. Perspicacia en los negocios 6. Comunicaciones efectivas 7. Persuasión y colaboración 8. Pensamiento crítico 9. Entrega de servicios de auditoría interna 10. Mejora e innovación
• Asegurar que las metas sean relevantes para el logro de la misión y estén sustentadas en procesos robustos.
El desafío es formarse en estas áreas y desarrollar una metodología para afrontar el cambio. Tarea nada sencilla, pero con una gran recompensa al final del camino: haber convertido a la unidad de auditoría interna en una pieza clave de la organización, a su conductor en miembro valorado de la Alta Dirección y al resto de sus integrantes en profesionales valorados y disputados por todas las áreas para integrarse a ellas.
• Asegurar que se hayan identificado los riesgos estratégicos, se los haya documentado y se los monitoree y
Fuente: Auditool.com - Por Guillermo Casal
• Asegurar que el diagnóstico y los planes estratégicos estén sustentados en información fidedigna, oportuna y ajustada a los cambios del ambiente
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Encuesta resalta la importancia del propósito que debe tener una marca El “propósito” será un factor cada vez más importante para la consolidación de las marcas, puesto que es una oportunidad comercial, y un sentido de propósito “es fundamental” para el empleo de los mejores talentos, señala la última encuesta realizada por la Federación Mundial de Anunciantes (WFA, en inglés). La encuesta fue realizada entre agosto 2013 y febrero 2014 a miembros corporativos de la WFA y de las Asociaciones Nacionales de Anunciantes (Cámara de Anunciantes del Paraguay, en el caso local), alcanzando a 828 encuestados, de 33 países. De acuerdo al trabajo, el 88% de los encuestados coinciden con que el propósito (intención, finalidad, determinación, objetivos) será cada vez más importante para la consolidación de las marcas. El estudio dice también que el 87% cree que es importante para las marcas tener un sentido de “propósito”, el 83% estima que es una “oportunidad comercial”, y que el 74% estima que el sentido de “propósito” es fundamental para el empleo de los mejores talentos. La investigación sostiene asimismo que para el 67% de los encuestados no todas las marcas son adecuadas para tener un sentido de “propósito” (sin que se sienta artificial). Además, el 66% cree que es relativamente nuevo para las marcas comunicar su “propósito” en las comunicaciones de marketing de marcas. El 63% sostiene que las marcas en las que ha trabajado han tenido éxito en la comunicación eficaz del “propósito”, a través de la marca. Por otra parte, la encuesta global sostiene que un 59% acepta que es posible medir el impacto del “propósito” en las ventas, y que para el 51% de los contactados “es fácil” medir el impacto que el “propósito” ha sumado a una marca. En cuanto a la facilidad o no de comunicar el propósito de la marca, el 71% está de acuerdo con que sus marcas tienen un sentido de propósito, en tanto que el 63% asegura que sus marcas han comunicado con éxito el propósito a través de comunicaciones de marketing de la marca. RSE y ética: en relación al ítem de que para los profesionales de marketing, el propósito es la responsabilidad social de la empresa (RSE) y la ética, el 55% de los encuestados cree en la importancia de la creación de programas para impactar positivamente a las comunidades, el 47% en actividades em-
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presariales éticas, el 39% protección y mejora del medioambiente, 35% ayudar a hacer frente a los problemas mundiales, por ejemplo, las enfermedades, la pobreza mundial, el hambre, la falta de agua, etc., y otro 35% escuchar y actuar con base en las necesidades y comentarios de los clientes. El estudio agrega que en el 2013, incluso es más una cuestión de la RSE y la sostenibilidad. Tal es así que el 65% contestó que apoyaría la creación de programas para impactar positivamente a las comunidades, el 56% la protección y mejora del medioambiente, otro 56% actividades empresariales éticas, el 52% en ayudar a hacer frente a los problemas, mundiales, el 40% a escuchar y actuar con base en las necesidades del cliente, y 18% en salvaguardar y mejorar el bienestar de los empleados de las empresas, etc.
La actitud de las empresas: En cuanto al tema de que las empresas deben mirar más allá de la organización en busca de ayuda, un 89% de los encuestados cree que el propósito debe impregnar toda la organización y tener aceptación por parte de todas las funciones de la empresa. El 78% estima que los medios de comunicación son esenciales para involucrar a la gente con el “propósito” de la marca, y ayudar a darle forma como parte de un diálogo. Para el 75% el propósito debe ser formado a través de la participación de las personas fuera de la organización, incluyendo los clientes y cadena de suministro; y para el 68% es importante trabajar con terceros (ONG, gobiernos, etc.) para dar credibilidad al “propósito” de la marca.
Los atributos más importantes que genera confianza a los consumidores 1. Escuchas las necesidades y comentarios del cliente
9. Trabajar para proteger/ mejorar el medio ambiente.
2. Productos o servicios de calidad (operaria)
10. Atender las necesidades de la sociedad.
3. Tratar bien a los empleados.
11. Afectar positivamente a la comunidad local (operarios)
4. Colocar a los clientes por encima de las ganancias.
12. Liderazgo superios muy respetado (operativo)
5. Tomar medidas para abordar el problema o crisis.
13. Ofrecer retornos financieros consistentes (operativo)
6. Tener prácticas comerciales éticas.
14. Ocupa un lugar en una lista mundial (operativo)
7. Tener negocias trasparente y abiertos
15. Asociarse con terceros (operativo)
8. Comunicarse con frecuencia y honestidad.
Encuesta realizada entre agosto 2013 y febrero 2014
Fuente: Investigación Mundial del Propósito de las Marcas
Fuente: abc.com.py
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Comercial
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Colombia y Argentina interesados en aumentar el comercio binacional Buscar caminos que lleven a aumentar el comercio entre Colombia y Argentina, es uno de los propósitos de la segunda reunión que adelantó la ‘Comisión de Relaciones Económicas, Inversiones y de Monitoreo del Comercio Bilateral’, la cual fue liderada, en el caso colombiano, por la Viceministra de Comercio Exterior, Claudia Candela, y en el caso de Argentina, por el Secretario de Relaciones Económicas Internacionales, Embajador Carlos Bianco. Durante el encuentro, las partes destacaron el enorme potencial que existe entre las dos naciones para incrementar el comercio histórico de bienes en diversos sectores y se intercambiaron propuestas para facilitar el acceso recíproco entre ambos mercados. Colombia tradicionalmente le ha vendido a ese país, productos de química básica, carbón, plásticos y derivados del petróleo, entre otros. Por su parte, Argentina le vende a Colombia bienes agroindustriales, maquinaria y equipo y bienes del sector automotor. En la reunión se abordó también la necesidad de fortalecer el sector industrial, especialmente entre las pequeñas y medianas empresas, a través de una mayor coordinación entre los países. Igualmente, los funcionarios de los dos Gobiernos evaluaron las posibilidades para la promoción de la inversión y el turismo entre estas dos naciones. Los registros en este último sector, evidencian que entre el 2009 y el 2013, el número de argentinos que visitó Colombia creció 97%, mientras que los colombianos que visitaron Argentina aumentaron 52%. Fuente: Fernoticias.com
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Laboral
¿Cómo funcionan los Multifondos? El esquema Multifondos permite a los afiliados a los Fondos de Pensiones escoger un tipo de fondo para que su ahorro pensional sea invertido, teniendo en cuenta edad, perfil de riesgo, metas y momento laboral. Adicionalmente, el esquema de Multifondos estableció un tipo de fondo que se conoce como Fondo Especial de Retiro Programado, también bajo la administración de las Administradoras de Fondos de Pensiones.
¿Cuáles son las modalidades que existen? Fondo de Mayor Riesgo: Ideal para quienes están iniciando su vida laboral. Está dirigido a quienes consideran que pueden asumir mayor riesgo para su ahorro pensional, pero posiblemente con mayor rentabilidad en el largo plazo. Fondo Moderado: Recomendado para quienes no se encuentran en una edad alta para obtener la pensión. Está dirigido a aquellos afiliados que no quieren asumir mayores riesgos con su ahorro pensional. Sus inversiones serán más cautas así como posiblemente moderadas sus rentabilidades. Fondo Conservador: Dirigido a aquellas personas que se acercan a la edad para obtener su pensión, y por lo tanto, desean reducir su exposición al riesgo y ser cautos con su ahorro pensional. De otro lado, el Fondo Especial de Retiro Programado está dirigido a los pensionados que buscan que su ahorro pensional se administre con una baja exposición al riesgo, pero con posibilidades de tener rentabilidades atractivas.
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¿Qué características tienen estas modalidades? Los Fondos de Pensiones Obligatorias deberán procurar a través de la gestión eficiente de los recursos, el mejor retorno posible al final del periodo de acumulación de aportes. Así el Fondo conservador: tendrá baja exposición al riesgo, el Fondo Moderado: buscará moderada exposición al riesgo, el Fondo Mayor Riesgo: asumirá mayor exposición al riesgo y el Fondo Especial de Retiro Programado: es un tipo de fondo con el cual se busca una administración conservadora para al pago de pensiones.
¿Quiénes pueden acceder a los Multifondos? Los afiliados a pensiones obligatorias bajo el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS).
¿Qué beneficio tienen los Multifondos? El esquema Multifondos busca administrar los recursos de acuerdo a las necesidades y expectativas del afiliado. En ese sentido, los trabajadores podrán elegir la mejor manera para administrar sus ahorros pensionales dependiendo de su perfil de riesgo, su momento laboral y su edad. Fuente: porvenir.com.co
Laboral
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Normas para la tercerización La norma prohíbe la intermediación laboral con el fin de mejorar la calidad del trabajo. Los principales ítems que definen al “outsourcing” tienen que ver con el hecho de que el proveedor es un tercero especializado, hace apenas una parte del proceso de producción de su cliente, ese tercero especializado es autónomo, les puede prestar servicios simultáneamente a varios clientes, lo hace con su propio personal o trabajadores, no existe ningún tipo de subordinación entre los trabajadores del tercero y el cliente, y el tercero especializado actúa bajo su propia cuenta y riesgo. “En el marco del auge de la tercerización de servicios por cuenta del buen momento por el que atraviesa la economía colombiana es claro que se presentan casos de intermediación laboral que afectan la calidad de vida y que van en contravía de los derechos del trabajador”, afirmó Eduardo Bejarano, director de Derechos Fundamentales del Ministerio de Trabajo. La norma establece que una actividad de tercerización se vuelve intermediación laboral cuando el cliente es dueño de los medios de producción (maquinaria e instalaciones) en los que deben operan los trabajadores del tercero especializado, el cliente ejerce mando y da órdenes sobre los trabajadores de la empresa que hace la tercerización, el cliente determina a que trabajador en particular se contrata o se desvincula, siendo “presuntamente” empleados del tercero especializado, o el tercero especializado no tiene independencia económica, pues depende del cliente. Así las cosas, dada la situación en la cual la tercerización de los servicios constituya una contratación indirecta de los trabajadores en la cual se presenten casos de subordinación se estaría incumpliendo la Ley 1429 de 2010. La denominada Ley de Formalización y Generación de Empleo, establece en su artículo 63 que “el personal requerido en toda institución o empresa para el desarrollo de las actividades misionales permanentes no podrá estar vinculado a través de Cooperativas de Servicio de Trabajo Asociado que hagan intermediación laboral o bajo ninguna otra modalidad de vinculación que afecte los derechos constitucionales, legales y prestacionales consagrados en las normas laborales vigentes”. “El Ministerio a través de las direcciones territoriales recibe denuncias al respecto e impone multas hasta de 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes a quienes no cumplan con esta disposición”, aclara Bejarano. Posterior a la entrada en vigor de esta norma salió el decreto 2025 de 2011 que reglamentó en detalle las formas de contratación de personal en una empresa pública o privada. “Cuando se hace mención a intermediación laboral, se entenderá como el envío de trabajadores en misión para prestar servicios a empresas o instituciones. Esta actividad es propia de las empresas de servicios temporales, por lo tanto esta actividad no está permitida a las cooperativas y pre cooperativas de trabajo asociado”, sostiene el decreto. Fuente: Portafolio
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Responsabilidad social empresarial
¿Cómo comunican la Responsabilidad Social Empresarial (RSE) las empresas? Según un estudio publicado por KPMG International, Unlocking the value of social investment, aunque muy pocas empresas informan del impacto que tienen estas inversiones en las personas a las que pretenden ayudar; en conjunto, 100 de las empresas más grandes del mundo invirtieron más de 8.500 millones de euros (12.200 millones de dólares estadounidenses) en programas sociales en 2013.
Según se desprende del estudio, en el que se han revisado los informes corporativos publicados entre 2012 y 2013 de estas 100 compañías, éstas y sus fundaciones invirtieron, de media, el equivalente al 2,5 por ciento de sus beneficios, quitando impuestos, en programas dirigidos a abordar retos sociales y medioambientales como son el acceso a la educación, la asistencia sanitaria y la ayuda en caso de catástrofes.
No obstante, el estudio también releva que únicamente el 20 por ciento de estas empresas dio información cuantificada del impacto de los programas que financian, y solo el 32 por ciento comunicó una estrategia de inversión detallada.
“Medir el impacto de estas inversiones sobre el terreno puede ser complicado, pero es crucial para entender en qué medida son eficaces estos programas, cómo pueden mejorarse y dónde es mejor invertir el dinero para ofrecer los mayores beneficios. Para todo ello, es imprescindible contar con una estrategia para la inversión social”, comenta José Luis Blasco.
Acerca del estudio: los profesionales del área de Cambio Climático y Sostenibilidad de KPMG analizaron información publicada por las empresas y por sus fundaciones corporativas asociadas para evaluar la eficacia de la información presentada sobre la inversión social y su impacto. Fuente: prnoticias.com
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Entorno
El futuro económico de Asia enfrenta cinco desafíos
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Económico
Entorno
Según la revista Finanzas y Desarrollo del FMI, Asia se enfrenta a cinco desafíos en su búsqueda de un crecimiento económico sostenido: superar la trampa del ingreso medio, mejorar las instituciones y la gobernabilidad, abordar el problema del envejecimiento de la población, frenar la creciente desigualdad y fomentar el desarrollo financiero.
mías en desarrollo de la región. La apreciación gradual del renminbi, la mayor flexibilidad en la migración de las zonas rurales a urbanas y otros ajustes en esta potencia regional están creando oportunidades para otros países en desarrollo de Asia, como aumentos del turismo y de la exportación de manufacturas.
Si las tendencias actuales continúan, en menos de dos décadas la economía de Asia será más grande que las de Estados Unidos y Europa juntas, una posibilidad que ha llevado a algunos a referirse al siglo XXI como el “Siglo de Asia”. Pero, como explica el Director del Departamento de Asia del FMI, Changyong Rhee, “Si bien el futuro de Asia luce brillante, su éxito no está garantizado, ya que depende fundamentalmente de una combinación correcta de políticas para contener los riesgos y asegurar el crecimiento”.
Reglas para avanzar
Pobreza, trampa del ingreso medio o nuevo modelo de crecimiento Según la edición de F&D de junio de 2014, todas las zonas de la diversa región asiática enfrentan desafíos. En el continente aún hay cerca de 700 millones de personas pobres —65% de los pobres del mundo, definiendo la pobreza como la subsistencia con menos de US$1,25 por día—, y la desigualdad del ingreso va en aumento. Los mercados emergentes de la región se enfrentan a la tarea de dejar atrás su condición de economías de mediano ingreso y pasar a engrosar las filas de las economías avanzadas. Y varias de las economías industriales de Asia se han embarcado en el difícil proceso de transformar su modelo de crecimiento. Si la desaceleración en China es mayor de lo previsto, otros países de la región pagarán la factura. En Japón existe el riesgo de que las medidas tomadas en el marco del programa de la Abeconomía —basadas en el plan económico de las “tres flechas” del Primer Ministro Shinzo Abe— podrían ser menos eficaces de lo previsto en su cometido de estimular el crecimiento, particularmente si las reformas estructurales en los mercados laborales y de productos son insuficientes y no logran elevar la confianza de los consumidores y los inversionistas. Así mismo tensiones políticas nacionales e internacionales podrían obstaculizar el comercio o debilitar la inversión y el crecimiento en toda la región.
Shikha Jha y Juzhong Zhuang, del Banco Asiático de Desarrollo, investigaron el papel que juega la gobernabilidad en la prosperidad de Asia, llegando a la conclusión de que diferentes aspectos de la gobernabilidad inciden en distintas etapas del desarrollo. En particular, el vínculo entre el crecimiento y dos indicadores de gobernabilidad —eficacia del gobierno y calidad de la regulación— es más fuerte en Asia que en otras partes del mundo. Dando un vistazo al futuro de las finanzas asiáticas, James Walsh, del FMI, llega a la conclusión de que incluso a medida que se tornan más grandes, complejos e interconectados, los sistemas financieros de la región tienen que seguir siendo ágiles y estar preparados para ajustarse a nuevas realidades. La Gobernadora del Banco Central de Malasia, Zeti Akhtar Aziz, presenta su punto de vista sobre la resiliencia de Asia y cómo la región puede enfrentarse a las transiciones económicas y financieras en el resto del mundo. Señala que la diversidad, tanto dentro de las economías como a escala regional, es crucial para sustentar el potencial de crecimiento de Asia. Y para redondear el vistazo que echa a Asia, la edición de F&D incluye artículos sobre la mayor integración de Australia con Asia, el pilar de la dieta coreana —es decir, el kimchi— y la influencia mundial y el impacto económico de exportaciones culturales de Asia, como las telenovelas coreanas y las producciones de Bollywood.
De materializarse cualquiera de estos riesgos, el resultado probablemente será una moderación, y no una interrupción, del ímpetu favorable de la región. Pero los problemas estructurales más profundos podrían sembrar obstáculos más complicados para los países de toda la región que van en busca de un crecimiento sostenido. En la edición más reciente de F&D las perspectivas de Asia se analizan desde diversos ángulos, procurando arrojar luz sobre el presente y el futuro económico de la región.
• También en la edición de junio de 2014 de F&D, los investigadores Andrea Pescatori, Damiano Sandri y John Simon observan que a lo largo de horizontes de 5, 10 y 15 años no se distingue un punto claro en el que la deuda de una nación ponga en riesgo su crecimiento a mediano plazo. Los economistas del FMI Rex Ghosh, Mahvash Qureshi y Charalambos Tsangarides examinan el costo de comprometerse con un tipo de cambio fijo, ya sea explícito o no. Prakash Loungani traza una semblanza de Christopher Pissarides, cuyos estudios pioneros sobre desempleo y los mercados laborales le valieron el Premio Nobel en 2010. Y el jefe de redacción de Journal of Economic Perspectives, Timothy Taylor, examina la relación intensa y a veces complicada entre la economía y la moral.
David Dollar, de la Brookings Institution, examina el reequilibrio de la economía de China —de la inversión al consumo— y los efectos que tendrá este cambio en las econo-
Fuente: Fondo Monetario Internacional
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Entorno
Económico
FMI destaca rendimientos de la economía colombiana De acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI), la economía colombiana mantiene un “sólido desempeño”, caracterizado por un mayor crecimiento económico, una baja inflación, desempleo decreciente y continua creación de empleo formal. la entidad multilateral Aseveró que el próximo año la economía crecerá en un 4.5 %. El informe del FMI determinó que la sostenibilidad fiscal, la reestructuración al sistema de regalías petroleras y mineras y la puesta en marcha de una reforma tributaria son aspectos a destacar a la hora de valorar el desempeño económico del país. Entretanto, El ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, aseguró que el documento del FMI es un “espaldarazo” a una economía nacional donde los buenos resultados “no son frutos de la casualidad”. Sin embargo, el FMI fue muy claro al aseverar que Colombia no debe bajar la guardia y debe mantenerse atenta a los diferentes “riesgos externos”. Estos son: la caída en los precios de las materias primas, el deterioro de las condiciones financieras mundiales y los efectos secundarios en las economías emergentes que ocasione la normalización monetaria de Estados Unidos. Así mismo, la organización financiera enfatizó en la necesidad de desarrollar reformas estructurales para que el crecimiento económico sea más incluyente. A su vez, afirmó que es fundamental reducir la informalidad laboral y promover la inclusión al sistema financiero abaratando el ingreso al mismo.
Fuente: Mercado de Dinero – Por Juan Pablo Rodríguez Méndez
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Financiero
Entorno
El BCE rebaja su tasa de interés al 0,15 %, nuevo mínimo histórico. El Banco Central Europeo (BCE) bajó los tipos de interés en la zona del euro en 10 puntos básicos, hasta el mínimo histórico del 0,15 %, para impulsar el crecimiento y la inflación. Asimismo, el Consejo de Gobierno decidió fijar también por primera vez una tasa de depósito negativa de menos 0,1 por ciento para fomentar la fluidez de capital, y adelantó el anuncio de medidas no convencionales. El Consejo de Gobierno del banco reunido en Fráncfort reaccionó así al largo periodo de baja inflación en la eurozona, también en un intento de dar un nuevo estímulo a la coyuntura económica. La tasa se situaba en el 0,25 por ciento desde noviembre de 2013. El presidente del BCE, Mario Draghi, también decidió penalizar a los bancos por almacenar su dinero en el BCE al establecer una tasa negativa de depósito de un -0,1 por ciento, por primera vez en la historia del organismo europeo. Sin embargo, los economistas alertan que los bancos podrían pasar esta penalización a sus clientes estableciendo una tasa más elevada en sus créditos.
Caída de la inflación en la eurozona Draghi cumplió así con lo esperado por los analistas y se mantuvo en línea con sus últimas declaraciones, en las que aseguró que el organismo estaba listo para actuar contra el largo periodo de baja inflación que lastra la recuperación económica de la zona. La inflación en la eurozona es desde hace meses demasiado baja. Esta semana el instituto de estadística de la Unión Europea, Eurostat, dio a conocer que en mayo la inflación se situó en un 0,5 por ciento, dos décimas menos que en marzo, lo que ha redoblado la presión sobre el BCE. Esta nueva caída deja la inflación muy por debajo de la recomendación del BCE de tener una tasa inferior pero cerca del dos por ciento. Draghi dará una rueda de prensa para explicar las decisiones tomadas en el seno del consejo de gobierno a las 14:30 hora local (12:30 GMT) y donde se espera que dé a conocer otras medidas un plan de ayuda de hasta 40.000 millones de euros destinado a reactivar el crédito a las pequeñas y medianas empresas de los países del sur de Europa. El BCE también dará a conocer los nuevos pronósticos trimestrales de junio.
Fuente: Dw.de
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Estratégico
¿Realmente necesitas un estudio de mercado?
Ya sea para conocer el tamaño de tu mercado, si tu producto o servicio se adapta a las necesidades reales del cliente, los puntos de mejora de un producto antes de lanzarlo o cualquier otra decisión estratégica, la investigación te ayudará a minimizar los riesgos. La falta de presupuesto no debe ser una razón para lanzarte a la area sin realizar un estudio de mercado. Está en juego la supervivencia misma de tu empresa. “Cuántas veces vemos negocios que se han cerrado a los seis meses de montarlos. Son empresas con una oferta que está fuera del mercado porque se cae en el error de pensar que nuestras ideas son las mismas que las del público. Y no se contrastan. Hay que pensar que sólo salen al mercado un 20% de los productos que se testan. Imagín El calentón del emprendedor, que le lleva a creer que su idea es buena sin contrastarla y la creencia de que las investigaciones de mercado son caras están detrás de esta cruda realidad. Y lo cierto es que una investigación para testar una idea, con un equipo de profesionales, puede hacerse con una inversión de unos 3.000 euros. Y lo que es más, “tú mismo puedes hacer tu propia investigación y obtener unos resultados fiables siempre que se haga de forma correcta”, continúa Maldonado.
sultados válidos para tomar decisiones. No sirve con pedir opinión a un grupo de amigos y conocidos. Tampoco basta con mirar en Google para hacer una pequeña aproximación a lo que hace la competencia. Hablamos de que realices tu propia investigación siguiendo una metodología lo más cercana posible a la que utilizan los profesionales. “Se trata de tomar decisiones minimizando un poco el riesgo. Y en este sentido, el diseño y el trabajo de campo son claves para que los resultados sean de calidad”, comenta María Ángeles Zabaleta, consumer research senior manager de la firma Nielsen. ¿Por dónde empezar? Define una meta. “Lo primero es definir el objetivo de la investigación. Para qué la voy a hacer, qué quiero saber con ella o de qué me va a servir. Dependiendo del objetivo, buscaré una metodología u otra”, explica Ricardo Pérez, new business consultant de Kantar Worldpanel.
Investiga con fundamento
“Como emprendedor, lo primero es saber si tu producto o servicio es bueno o no. Fíjate ese primer objetivo. Igual también te gustaría saber cómo sería la gente que lo compraría, si necesitas que sea de color verde o no... Pero primero tienes que saber si la idea de tu producto va a funcionar o no, cuáles son las cosas buenas y cuáles las malas”, explica Javier Maldonado.
Si hablamos de estudio de mercado, significa que nos referimos a seguir una metodología que permita obtener re-
¿Qué tipo de investigación? En función de tu objetivo, tendrás que escoger entre las herramientas de investi-
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gación posibles. Algunas sólo proporcionan datos puros y duros (estudios cuantitativos). Otras, valores de calidad o de intención de compra, de oportunidades y amenazas (cualitativos). Puede que para arrancar necesites una combinación de los dos. Por ejemplo, para empezar igual lo primero que te interesa es conocer el tamaño del mercado en el que quieres entrar. Su valor en precio o por potenciales clientes. Para eso se utilizan los paneles de consumo o de compra, en los que se pregunta a la gente qué ha consumido o comprado (no se le pregunta sobre intención de compra, que es lo que te dice si tienes una oportunidad). El panel te ayudará a determinar el tamaño de tu mercado potencial, pero lo tendrás que complementar después con una encuesta de satisfacción que te proporcione pistas sobre las oportunidades y amenazas que existen realmente en ese segmento concreto. Cada herramienta sirve para un objetivo. “Para testar un nuevo producto, siempre haremos un test de producto. Para conocer las motivaciones de compra, lo mejor es una encuesta. Pero si ya estoy en el mercado y quiero detectar por qué se ha producido una caída de ventas, hago un panel de compra y veo qué barreras ha habido. Qué ha podido provocar el no crecimiento, analizo quiénes de mis competidores sí crecen, qué factores han aprovechado... Igual es
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que mi competencia ha entrado en Carrefour y como yo no lo he hecho y estoy en menos puntos de venta, no he podido crecer”, dice Ricardo Pérez. ¿Quién es mi público? La tercera decisión clave es escoger el universo de personas que van a participar en la investigación. El mínimo posible para obtener resultados fiables. Y dependerá del tipo de negocio que vayas a montar. No es lo mismo un negocio que esté dirigido a un público general y a un mercado nacional, que un comercio local para un público muy segmentado. “Si quieres poner una tienda que se llama Juguetos en un centro comercial, lo primero que debes hacer, aparte de ver el local y analizar si ya tienes competencia en ese lugar, es analizar en distintos momentos del día qué tipo de gente pasa: hombres, mujeres, de qué edad, si tienen hijos... para ver un poco el tránsito. Y luego preguntarles si estarían interesados en este tipo de tienda, qué surtido creen que debe tener, qué servicios…”, comenta Maldonado. Por el contrario, si lo que quieres es lanzar un negocio que se dirige a un público mucho más grande, tendrás que ver dónde está ese consumidor, en toda España, y cómo vas a llegar a él de la forma más eficiente y económica. El mínimo de muestra fiable (en este caso, unas 100) y el canal más adecuado para llegar a ellos. Fuente: emprendedore.es – Por Pilar Alcázar.
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Cinco preguntas para poner a prueba a su organización Si su objetivo es la obtención de excelentes resultados, entonces cada elemento de la organización de su compañía necesita dar un buen apoyo a la rápida toma y ejecución de sus decisiones. Sugerimos cinco partes esenciales de la organización: Información: cada compañía se pregunta “¿prestan apoyo nuestros sistemas de información a nuestros objetivos empresariales?” pero esto es demasiado amplio. Lo crucial es: ¿tienen las personas con un papel clave en la toma de decisiones la información que necesitan, cuándo y cómo la necesitan? La clave es pensar en qué es exactamente lo que se requiere para las decisiones críticas y comprender como hacer que esa información esté disponible de forma sistemática. En Lafarge’s Aggregates & Concrete Division, por ejemplo, se dieron cuenta de que algunas de sus decisiones más importantes estaban relacionadas con su pesada flota de equipo móvil, que estaba esparcida en 620 ubicaciones en 25 países. El vicepresidente ejecutivo, Tom Farrel, invirtió en un sistema que capturaba información sobre cada equipo en cada una de las ubicaciones – la localización de cada equipo en particular, los niveles de uso, registros de mantenimiento y demás – y casaron esos datos con un proceso analítico estándar que reflejaba las mejores prácticas del grupo. El sistema permitía a los directivos locales el tomar decisiones mejor informadas sobre el tamaño de la flota, los programas de mantenimiento y el reparto de equipos entre las ubicaciones. Personas: en cuanto al personal se refiere, la pregunta habitual es si nuestra compañía está ganando la batalla por el talento. Pero esto puede solo puede responderse a lo largo de un periodo de varios años. Ahora mismo es mejor preguntarse: “¿estamos poniendo a los mejores empleados en los puestos donde pueden tener el mayor impacto en las decisiones?”. El observar su organización desde esta perspectiva puede cambiar como se utiliza su talento. Una empresa tecnológica, por ejemplo, se dio cuenta de que menos de un 30% de las posiciones críticas con la misión de la compañía estaban en manos de los individuos con mejor rendimiento. También descubrió que sólo el 40% de estos individuos ocupaban los puestos clave. El reubicar a muchas de estas personas ayudó a la compañía a sacar el máximo partido a su grupo de talento y a mejorar la efectividad de sus decisiones.
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Estratégico Incentivos ligados al rendimiento: los directivos normalmente se preguntan: “¿son nuestras remuneraciones competitivas con las empresas de nuestro sector”?, pero una pregunta mucho más potente es esta: “se centran nuestros objetivos de resultados e incentivos en que las personas tomen y ejecuten las decisiones acertadas para el negocio”? UD Trucks (anteriormente Nissan Diesel), por ejemplo, remuneraba a su fuerza de venta principalmente sobre el número de camiones vendidos en un periodo determinado, con apenas un pequeño incentivo para los servicios postventa. Para asegurar que los incentivos ayudaban a los vendedores a tomar las decisiones correctas sobre su tiempo y sus interacciones con los clientes, la compañía añadió nuevos objetivos para las inspecciones de camiones (uno de los principales indicadores de los ingresos por servicios postventa) y para los beneficios por estos servicios. Comportamientos de liderazgo: típicamente, las compañías se preguntan si tienen un equipo de liderazgo eficaz. Una pregunta más factible es: “¿Demuestran nuestros líderes, en todos los niveles y de forma consistente, comportamientos de liderazgo eficaces?”. Las organizaciones con un alto nivel de rendimiento definen cuidadosamente los comportamientos que quieren ver y apoyan a las personas que los adoptan. Jim Kilts, por ejemplo, cuando era consejero delegado de Gillette, le pidió a su equipo que acordara un código específico de comportamientos, que incluía un debate abierto y honesto y un apoyo incondicional una vez su hubiera tomado la decisión. Los ejecutivos de Gillette por entonces, recibían cuatro calificaciones anuales por separado sobre sus comportamientos, uno de ellos mismos, otro de los directivos de su mismo nivel, otro de los que reportaban directa-
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mente a ellos y uno del propio Kilts. La puntuación afectaba a una parte importante de sus bonus. Cultura: todas las compañías quieren una cultura de alto rendimiento. Una compañía centrada en las decisiones se pregunta: “¿refuerza nuestra cultura una rápida y efectiva toma de decisiones e implementación a través de toda la organización?”. La razón por la que hay que enunciar de esta forma la pregunta es porque las mejoras que perduran en la eficacia de las decisiones normalmente requieren un cambio en la cultura de la empresa. Aunque toda cultura de alto rendimiento tiene su propia y única personalidad, todas parecen estimular un set de comportamientos remarcablemente similar – y todo ese set de comportamientos dan apoyo a las decisiones efectivas. La gente quiere ganar apasionadamente. Se orientan hacia el exterior, se centran en el cliente y en la competencia en lugar de en la política interna. Piensan como dueños y tienen una predisposición hacia la acción. Hacen trabajo en equipo, y traen entusiasmo y energía a su trabajo. Shinhan Bank ha crecido hasta convertirse en el segundo banco de Corea y obtiene, consistentemente, las mejores puntuaciones que marcan la satisfacción de los clientes. Un factor clave: su cultura de responsabilidad, rendimiento y enfoque en el cliente. Una compañía que ataca los puntos débiles en su organización en las cinco áreas descritas aquí encontrará que su toma de decisiones y la ejecución de las mismas mejorarán de forma significativa, y en consecuencia, su rendimiento. Aunque primero tiene que hacerse las preguntas adecuadas.
Fuente: Managers Magazine – Por José Ignacio Ríos, Socio de Bain & Company
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Entorno
Tecnología
Citas de negocios virtuales, el nuevo servicio de Proexport Colombia
La nueva herramienta, conocida como telepresencia, permite conectar a los empresarios colombianos en cualquier región del país con el mundo para conocer nuevos clientes y adecuar su oferta a las demandas del mercado internacional sin necesidad de desplazarse. Sin moverse de su ciudad de origen, los empresarios colombianos tienen hoy la oportunidad de acceder a un nuevo servicio que ofrece Proexport Colombia: citas de negocios a través de un sistema virtual que requiere menos capacidad de internet y ofrece mayor seguridad que los convencionales. Esta herramienta, conocida como telepresencia, permitirá a un empresario hablar hasta con cinco compradores de diferentes países en menos de un día, evitándose desplazamientos y gastos en tiempo y dinero. Son algunas de las ventajas que ofrece la nueva herramienta de Proexport Colombia para promover las exportaciones colombianas y la diversificación de mercados.
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“Las oficinas regionales e internacionales de Proexport cuentan con esta tecnología que exige menor velocidad de conexión de internet, apenas 500k, y permite ver y escuchar al interlocutor como si estuviera a pocos metros de distancia, con una gran calidad de audio y video”, explicó María Claudia Lacouture, presidenta de Proexport Colombia. Después de un año de adecuación, Proexport inauguró en Bogotá la sala principal del sistema de telepresencia, y otras en Madrid (España) y Lisboa (Portugal). Próximamente habrá en las oficinas de Medellín y Cali en Colombia, en Toronto (Canadá) y Miami (Estados Unidos). “Esta tecnología busca generar más oportunidades de negocio y abrir nuevos espacios para que las empresas accedan a la información y a las recomendaciones de los compradores internacionales y así adecúen su producto o servicio a lo que busca el cliente internacional. Es un herramienta que ofrecerá un servicio importante para las empresas de las regiones”, agregó la Presidenta de Proexport.
Tecnología
El sistema de videoconferencia avanzado facilita una comunicación bidireccional o multi-direccional a través de una conexión entre dos o más sedes, posibilitando la opción de compartir la visualización en simultánea de presentaciones, gráficos y los productos ofertados. La herramienta, que no tiene ningún costo, está disponible para los empresarios interesados en cualquiera de las oficinas de Proexport en el país y en los Centros de Información. Andrés Gómez, gerente comercial de Fibertex, empresa bogotana productora de ropa de control, deportiva y calcetería en algodón, que exporta a 28 países con su marca Co’Coon, fue uno de los primeros en utilizar la herramienta. “Con las citas que se alcanzan a tener con esta tecnología se ahorra en tiempo unas seis semanas por comprador y alrededor de US$5.000 si hablamos de un país cercano. Es una herramienta que permite acercarse mucho más rápido al cliente, optimizar recursos y dedicarse a cumplir con la expectativas del negocio”, señaló el empresario.
Entorno
Además de permitir citas de negocios virtuales, también servirá para ayudar en la validación de la oferta, que es el primer paso antes de encontrarse con un comprador internacional. “Vamos a programar sesiones permanentes en las que un comprador o experto internacional tenga citas uno a uno con exportadores para que, con sus recomendaciones, puedan adecuar sus productos a las exigencias de un determinado mercado”, sostuvo la Presidenta de Proexport Colombia. Esta no es la primera herramienta tecnológica que implementa Proexport. En la Macrorrueda de Negocios 50, que se realizó en febrero de 2014, organizó la primera Macrorrueda Virtual, en la que participaron 70 exportadores colombianos de 12 departamentos y compradores de cuatro países a través de un sistema de telepresencia, reportando expectativas por más de US$600.000.
Fuente: Proexport
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Entorno
Actualidad
Unión de Bolsas en la Alianza Pacífico La Bolsa de Valores de México se integrará a las de Colombia, Perú y Chile, que ya hacían parte del Mila (Mercado Integrado Latinoamericano), para cohesionar los mercados de los países de la Alianza del Pacífico. Cada vez más la unión de Colombia, Perú, Chile y México en la Alianza del Pacífico va tomando más fuerza, y prueba de ello es la futura integración de los mercados de valores de estos países. Magali Silva, ministra peruana de Comercio Exterior y Turismo, señaló que “los presidentes van a lanzar ya la integración total de las cuatro bolsas de América Latina. A través del Mila (Mercado Integrado Latinoamericano) ya estábamos integrados Colombia, Chile y Perú, pero la bolsa de mayor impacto es la mexicana”. Silva afirmó que la integración de los mercados de valores de la Alianza del Pacífico, que se estaba trabajando desde diciembre pasado, será de “gran impacto” entre los inversionistas, y además destacó que esto implica la libertad total de movimiento de bienes, servicios, capitales y personas. Para Esteban Tamayo, jefe de Investigaciones Económicas de Serfinco, la Alianza del Pacífico dinamizará de manera importante el mercado accionario regional, ya que México será el mercado más grande comparado con cualquier miembro del Mila. Tamayo agregó que el impacto en Colombia será de dos vías. “Primero, gracias a la entrada de México los colombianos tendrán la oportunidad de invertir en un nuevo portafolio de acciones y tendrán la opción de diversificar mucho más su portafolio de renta variable. Segundo, y más importante, las acciones locales observarán un aumento en demanda proveniente de este país y posiblemente se podrá canalizar demanda desde Estados Unidos, sirviendo México como intermediario”.
Integración de México De igual forma, Alejandro Reyes, jefe de Investigaciones Económicas de Ultrabursátiles, indicó que la bolsa mexicana es lo bastante “buena y grande; en la región es la segunda después de la de Brasil y pues esto obviamente le daría un dinamismo adicional y una visibilidad mayor a las bolsas del Mila, que ya juntas, se ven más atractivas”. Por eso Reyes agregó que la llegada de México le daría más fuerza al mercado de valores de la Alianza, ya que la Bolsa de cada uno de los países es lo bastante “pequeña” en la región, y mucho más en el mundo. Sin embargo, este impacto se observará de mediano a largo plazo, ya que falta por mejorar la integración de mercados en temas regulatorios y legales. Esto ha sido el caso también con el Mila, en el que los mercados de Chile, Perú y Colombia cuentan con diferentes legislaciones que ponen barreras a algunas transacciones. Fuente: elmundo.com – Por César Augusto Betancourt Restrepo
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Patrocinador Platino Publicidad pagada mediante el programa de Patrocinadores del INCP. Los patrocinadores del INCP son personas jurídicas que gracias a su aporte, contribuyen al desarrollo integral del profesional contable en Colombia a través de la canalización de recursos económicos que posibilitan al Instituto ejecutar actividades académicas y de investigación. Para mayor información de los diferentes modelos de patrocinio, por favor consulte www.incp.org.co ó solicita le información a incpcol@incp.org.co
Cifras e indicadores mundiales
Cifras de interĂŠs
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Cifras e indicadores mundiales
Banco Mundial: Resumen de perspectivas mundiales (Junio) 2012
2013
2014f
2015f
2016f
2.7
2.6
4.1
5.2
5.4
-8.6
-7.2
-2.5
-0.6
0.1
1 105.0
104.1
102.8
99.3
98.1
5.2
5.6
5.6
5.4
5.1
Asia oriental y el Pacífico
4.8
6.1
5.9
5.4
5.0
Europa y Asia central
7.3
6.9
8.0
8.4
8.0
América Latina y el Caribe
5.4
5.9
5.8
5.8
5.5
Oriente Medio y Norte de África
2.3
2.2
1.7
1.8
1.8
Asia meridional
5.6
3.9
4.5
4.5
4.4
África al sur del Sahara
6.4
5.8
5.2
5.3
5.4
Partida pro memoria: Mundo (ponderaciones PPA)4
3.2
3.1
3.4
4.0
4.2
Ingreso alto
1.5
1.3
1.9
2.4
2.5
Zona euro
-0.6
-0.4
1.1
1.8
1.9
Japón
1.4
1.5
1.3
1.3
1.5
Estados Unidos
2.8
1.9
2.1
3.0
3.0
4.8
4.8
4.8
5.4
5.5
Asia oriental y el Pacífico
7.4
7.2
7.1
7.1
7.0
Europa y Asia central
1.9
3.6
2.4
3.7
4.0
América Latina y el Caribe
2.6
2.4
1.9
2.9
3.5
Oriente Medio y Norte de África
0.6
-0.1
1.9
3.6
3.5
Asia meridional
5.0
4.7
5.3
5.9
6.3
África al sur del Sahara
3.7
4.7
4.7
5.1
5.1
Condiciones mundiales Volumen del comercio mundial (GNFS) Precios de los productos básicos (en US$) Productos básicos distintos al petróleo Precio del petróleo (US$ por barril)
1
Flujos de capital internacional hacia los países en desarrollo (% del PIB)
2
Países en desarrollo Ingreso neto de capitales
Crecimiento real del PIB3 Total mundial 2.5 2.4 2.8 3.4 3.5
Países en desarrollo
Fuente: Banco Mundial.
Notas: PPA = paridad del poder adquisitivo; e = estimación; f = proyección. 1.
Promedio simple de los precios del petróleo Dubai, Brent y West Texas Intermediate.
Esta edición de las Perspectivas de la Economía Mundial (GEP, por sus siglas en inglés) utiliza una nueva metodología para medir las corrientes internacionales de capital que se ajusta más a las definiciones implementadas en la sexta edición del Manual de Balanza de Pagos del Fondo Monetario Internacional (FMI). Al usar esta metodología, los capitales que fluyen hacia los países en desarrollo son cerca de 0,5 puntos porcentuales más altos que los informados en ediciones anteriores del GEP, que combinaba datos de la quinta edición de ese Manual con Estadísticas sobre la Deuda Internacional del Banco Mundial. 2.
3.
Tasas de crecimiento agregado calculadas usando ponderaciones del PIB en dólares constantes de 2010.
Calculado usando ponderaciones de la PPA de 2010.
4.
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Análisis
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Contable
Análisis
Tareas pendientes del departamento contable para el segundo semestre Apenas termina el primer semestre y todavía no respiran tranquilos los departamentos de contabilidad, luego de enviar información a las entidades de control, atender a los socios en las asambleas, presentar las declaraciones tributarias, los medios magnéticos, diligenciar ahora los insoportables requerimientos de la UGPP de unas bases de datos e información que no tenían la mayor parte de los software de nómina disponibles, elaborar el balance de apertura del desconocido mundo de las NIIF para los grupos 1 y 3, y sin chance de descanso alguno vino la actualización de la contabilidad que venía atrasada por las múltiples actividades, y luego sí a pensar que se nos viene en el 2014. Contabilidad bajo NIIF grupos 1 y 3. Luego de atender los rigurosos estudios sobre NIIF normalmente en horarios extendidos de 3 am a 6 am para poder desocupar el resto del día y comenzar a diligenciar las homologaciones y luego los ajustes de NIIF del balance de apertura preliminar de Diciembre de 2012, efectuar en serio el balance de apertura de Diciembre de 2013 y comenzar una tarea de llevar dos contabilidades en el período de transición, bajo unas condiciones la mayor de las veces muy lamentables desde el punto de vista del soporte tecnológico. Hay que preparar el sistema de información con los requerimientos de NIIF con aproximadamente 15 nuevos procesos contables durante el 2014, que suenan lógicos pero implementarlos puede convertirse en toda una historia de terror si no hay una asesoría adecuada. Lo cierto es que el 1 de enero de 2015 se abrirán los saldos de libros de la contabilidad oficial ya bajo NIIF y con unos nomenclaturas desconocidas, no oficiales, con un valor inicial en el patrimonio por los ajustes del balance de apertura que todavía no sabemos qué nombre darle en Colombia y si se puede distribuir o no entre los accionistas, con unas consecuencias tributarias que también desconoce la mayoría de las empresas. Al 1 de enero de 2015 aparecerán un buen número de nuevos obligados a llevar contabilidad del régimen simplificado bajo el modelo micro del grupo 3. El grupo 2, deberá preparar el balance de apertura al 31 de diciembre de 2014 bajo el modelo contable pymes. Nuevos requerimientos de medios magnéticos. Muy pocos han comenzado a evaluar su costosa implementación de cortes mensuales, bimestrales y anuales de casi toda la contabilidad. Pero lo delicado será en el 2015 cuando la contabilidad oficial bajo NIIF no sea la base fiscal, lo cual nos imaginamos se deberá reglamentar antes del 31 de octubre de 2014. Fuente: Gabriel Vásquez Tristancho, socio INCP, Socio Impuestos Baker Tilly Colombia, Columnista Vanguardia Liberal. Amigo Experto INCP.
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Análisis
Tributaria
Impuesto IMAN dejará en la quiebra a independientes con ingresos medios y altos Si Usted es médico, abogado, ingeniero civil, contador, arquitecto, técnico o tecnólogo, mecánico, jardinero, entre otros miles de oficios que hacemos los colombianos sin un contrato laboral, bien sea porque decidió ser independiente y estableció su propia oficina como persona natural o porque no fue posible vincularse mediante contrato laboral y está clasificado en la categoría de empleado, va a tener un problema muy delicado con su declaración de renta 2013 y siguientes, porque el denominado IMAN o impuesto mínimo alternativo se calcula sobre los ingresos brutos sin poder Usted tomar ningún costo directo ni deducción por expensas necesarias. Veamos con unos ejemplos sencillos. Si Usted como abogado o médico, persona natural, factura al mes $ 25 millones, y de este valor debe pagar el arriendo de su oficina o consultorio, su secretaria, gastos de papelería, servicios públicos, costo de dos asistentes, en promedio dichos gastos representan $ 10 millones mensuales, con lo cual le queda solamente $ 15 millones de ingresos netos. Ahora veamos los impuestos que debe pagar y que afectan directamente su ingreso de bolsillo. Por la seguridad social y por retención en la fuente por renta, sin tener en cuenta la distracción del 25% de parte exenta para calcular la retención pero no para pagar el impuesto, le deberían descontar mensualmente el 34% del ingreso bruto, es decir, $ 8,5 millones. Significa que de los $ 15 millones que le quedaban
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netos mensuales, solamente dispone Usted de $ 6,5 millones para los demás gastos de gasolina, pago de vehículo, gastos de representación y pago de vivienda. Pero viene el golpe final, cuando va a presentar su declaración de renta y calcula el impuesto por el IMAN, por este ingreso bruto, sin poder deducir ninguno de las expensas necesarias para desarrollar su actividad como trabajador independiente, el impuesto liquidado sería de $ 38,2 millones. Segundo ejemplo, si Usted tiene contratos por servicios como trabajador independiente y sus facturas al mes son superiores a $ 50 millones y en promedio tiene un margen de utilidad máximo del 15% en la mayoría de las actividades, le quedarían $ 7,5 millones mensuales. Al final del año le va a tocar pagar por el impuesto mínimo alternativo IMAN la despreciable suma de $ 118 millones, es decir, significa que el producto de todo su trabajo se fue en impuestos y no le quedó absolutamente nada para alimentar a su familia, ni para pagar la vivienda, ni para pagar la educación de sus hijos, ni mucho menos la suya. Tercer ejemplo, si Usted factura como independiente más de $ 100 millones mensuales por servicios prestados, Usted está quebrado por los impuestos. Fuente: Gabriel Vásquez Tristancho, socio INCP, Socio Impuestos Baker Tilly Colombia, Columnista Vanguardia Liberal. Amigo Experto INCP.
Tributaria
Análisis
Bancarización un dolor de cabeza sin reversa Ya muy cerca del cierre del primer semestre, varias preocupaciones tienen las empresas por la aplicación de las normas vigentes sobre bancarización, a través de las cuales el objetivo principal es desconocer costos, deducciones, impuestos descontables y pasivos de los “pagos” que “no” efectúen los contribuyentes o responsables a través del sistema financiero, entre los cuales destacamos depósitos en cuentas bancarias, giros o transferencias bancarias, cheques girados al primer beneficiario, tarjetas de crédito, tarjetas débito u otro tipo de tarjetas o bonos. Frente a las consultas efectuadas a la autoridad tributaria sobre dos temas específicos, los pagos a través de los servicios postales y sobre los cheques girados al primer beneficiario, la siguiente es la posición de oficial. Sobre la consulta si dichos pagos se realizan a través de las empresas autorizadas de giros como por ejemplo Servientrega, Envía, etc, cumplen con los requisitos legales para su aceptación, la autoridad tributaria “reitera que al no tratarse de actividades financieras, los pagos realizados a través de los servicios postales de pago no cumplen con los requisitos analizados en el presente escrito, para efectos del reconocimiento fiscal como costos, deducciones, pasivos o impuestos descontables del artículo 771-5 del Estatuto Tributario.”. La segunda consulta tiene repercusiones mucho más delicadas como se analizará adelante. Sobre los cheques girados al primer beneficiario, señala la autoridad tributaria que el inciso primero del artículo 715 del Código de Comercio esta-
blece “que la negociabilidad de los cheques podrá limitarse insertando en ellos una cláusula que así lo indique, con lo que el legitimado para exigir el pago, puede obtenerlo bien acudiendo directamente ante el banco librado para hacerlo efectivo por ventanilla, o procurar el recaudo, como lo autoriza la misma preceptiva en su inciso segundo, por conducto de un banco, mediante el sistema de compensación bancaria.” Según la DIAN necesariamente implica la imposición de esta cláusula en el cheque mediante el cual se realice el pago, para efectos del reconocimiento fiscal como costos, deducciones, pasivos o impuestos descontables.” Pero lo delicado de este último asunto es la no posibilidad de cambiar lo actuado, es decir un camino sin reversa. Significa que “todos” los cheques girados sin este sello de “páguese al primer beneficiario”, entonces serán objeto de controversia de manera inmediata. No hay que olvidar que cualquier alteración podría constituir una falsedad y esto sería un doble delito, el tributario y el penal. Y finalmente una cuenta que no se ha efectuado y es que los efectos de estos potenciales rechazos son múltiples porque adicional a renta no habrán ni impuestos descontables en IVA ni aceptación de pasivos. Fuente: Gabriel Vásquez Tristancho, socio INCP, Socio Impuestos Baker Tilly Colombia, Columnista Vanguardia Liberal. Amigo Experto INCP.
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Análisis
Estándares internacionales
Contrapartida - La medición en la revisión del marco conceptual IFRS Como consecuencia de las discusiones que se han planteado por parte de la fundación IFRS en la revisión del marco conceptual, específicamente en el tema de medición es pertinente realizar algunas observaciones sobre los temas presentados en el documento de discusión (DP). En primer lugar se presenta una definición de medición que sigue apartándose de las propuestas teóricas, conjugando en un solo término dos conceptos que merecería diferenciarse. Estos conceptos son los de la medición y la valoración. Entendiendo el primero como “la cuantificación de los atributos cualitativos del bien” para luego realizar el proceso de Valoración: “expresión monetaria de los atributos cuantitativos”. Tal como IASB lo ha propuesto en su documento de discusión se estaría hablando desde lo teórico de la “valoración”, tal como se puede deducir de la definición planteada por este organismo regulador: “Proceso mediante el cual se determinan los valores que deben incluirse en los estados financieros” Indudablemente las estructuras regulativas no pretenden ser bases teóricas de conceptualización por lo cual es válido que se parta de una definición como lo planteada, esto reafirma el hecho que se reitera respecto de considerar, como algunos lo han empezado a proponer, una estructura regulativa como una guía teórica para la enseñanza de la contabilidad financiera que induciría a errores de concepto como el que se discute. En segundo lugar se analiza como los objetivos fijados para el informe financiero de propósito general y sus caracte-
rísticas cualitativas fundamentales, de pertinencia y representación fiel, junto a las de mejora sirven de guía en las decisiones tendientes a elegir una base de medición por parte de los preparadores de información o para asistir al regulador en los criterios fijados en relación con la discusión de nuevas normas o su revisión. Es así como IASB propone considerar que el objetivo fijado para la medición debe ser ofrecer información que contribuya a una representación fiel de información relevante sobre los recursos de la entidad, las obligaciones que demandan esos recursos y como la administración gestiona los recursos de la entidad. Este debe ser el criterio en el cual se apoyen los preparadores de información al tomar decisiones respecto de buscar la mejor base de medición para su caso particular teniendo en cuenta el conocimiento del negocio y la forma en la cual los recursos generan flujos de efectivo o van a ser liquidados. Esta es la esencia de una estructura basada en principios como la que desde su prólogo propone la fundación IFRS, en la cual el preparador de la información debe tomar decisiones suficientemente contrastadas teniendo en cuenta los objetivos fijados para el informe financiero, haciendo un buen uso de su experiencia y juicio profesional. ¿Estarán los contadores preparados para cambiar su paradigma de esperar que la norma tome decisiones por ellos? Fuente: Marcos Ancisar Valderrama Prieto. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 905, Junio 09 de 2014, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana
Contrapartida - Los aportes sociales de las cooperativas bajo NIIF Como parte del proceso de revisión del Marco Conceptual IASB, se viene discutiendo lo relacionado a las definiciones de pasivo y patrimonio, llama la atención las diferentes posibilidades que se generan en desarrollo de normas particulares en relación a estas definiciones. En términos generales un pasivo es una obligación presente de la entidad de transferir un recurso económico como resultado de sucesos pasados. Un recurso económico es un derecho, u otra fuente de valor, que es capaz de producir beneficios económicos. Por ejemplo, instrumentos como pasivos financieros, crearían obligación de transferir recursos económicos y los instrumentos de patrimonio no tendrían
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la obligación de transferencia de recursos económicos. Pero atendiendo NIC 32, NIIF 2 o CINIIF 2 algunos instrumentos de patrimonio, crean obligaciones para la transferencia de recursos económicos y algunos instrumentos de pasivos financieros, no crean ninguna obligación de transferir recursos económicos. Aunque parezcan muy triviales las diferencias de tratamiento que presentan algunas normas con relación a la definición de pasivo y patrimonio, para algunos entes el tema es de vital importancia, porque en ocasiones su aplicación puede trascender inclusive la esencia del negocio de estos entes. En el caso del sector cooperativo en Colombia, los aportes
Estándares internacionales sociales deben ser devueltos a sus asociados cuando se desvinculan de la Cooperativa, siendo esta desvinculación de carácter voluntario, bajo NIIF se tomarían como un pasivo financiero. Pero los aportes sociales mantienen ciertos elementos propios de un instrumento de patrimonio, a pesar que la entidad no se reserva el derecho incondicional de rechazar dichos retiro. En el Documento de Sustentación de la Propuesta a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo sobre la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera en Colombia, el Comité de expertos del sector cooperativo presentó el diagnóstico y propuesta de posibles alternativas de tratamiento a los aportes sociales de las cooperativas, señalando tres: 1) Que se dé el carácter de instrumento de patrimonio a los aportes sociales de las cooperativas, no aplicación de NIC 32, NIIF 2 y CINIIF 2.
Análisis
2) Que se hagan las adecuaciones necesarias en el ordenamiento jurídico colombiano, para que el sector cooperativo pueda ajustarse a los estándares internacionales de contabilidad e información financiera, en lo que tiene que ver con el tratamiento de los aportes en las empresas cooperativas. 3) La definición de un plazo de ajuste o de transición suficiente para que las cooperativas incrementen los rubros diferentes al capital social representado en aportes. El Consejo Técnico de la Contaduría Pública acogió la opción dos. Es oportuno indagar por el avance del tema, teniendo presente que muchas Cooperativas del País pertenecen al Grupo 2 – Pymes y el reloj empieza a correr en su contra. Fuente: Braulio Adriano Rodriguez Castro. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 908, Junio 16 de 2014, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana
Contrapartida - NIIF 4 para organizaciones que manejan los servicios funerarios o los planes exequiales Cuando se habla de la NIIF 4, surge la inquietud de si las organizaciones que manejan los servicios funerarios o los planes exequiales, están en la obligación de aplicar la norma internacional de información financiera – NIIF 4; y si es así ellos estarán en las condiciones financieras para respaldar las obligaciones, o las contingencias surgidas en el ejercicio de la actividad especial que están desarrollando. Muchas de estas organizaciones no son compañías de seguros, y por lo tanto no son consideradas de interés público, porque de serlo, el rigor exigido sería más amplio en el manejo de sus reservas para eventos catastróficos que se pueden presentar en las siniestralidades del producto que ofrecen. En relación con el producto ofrecido y con estas compañías que actualmente no son entidades de seguros, deberán utilizar la NIIF N°4 para el registro de esta actividad especial y por lo tanto reconocer un contrato de seguros donde la empresa asume el riesgo significativo de aseguradora, con una contraparte (tenedor de la póliza o contrato) que espera sean compensados sus riesgos en caso de que ocurra el evento futuro incierto. De acuerdo con lo anterior, estas empresas sin estar supervisadas, vigiladas o controladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, tendrán que cumplir entre otras obligaciones la prueba de adecuación de los pasivos, reconocer las deficiencias en resultados del periodo y valorar los riesgos asociados y los componentes de las contingencias de los eventos futuros inciertos.
No obstante algunas compañías que manejan este producto han argumentado que la Ley 795 de 2003, establece que los servicios funerarios no constituyen actividad aseguradora; argumento que resultó infructuoso, por cuanto el Consejo Técnico de la Contaduría Pública como ente normalizador en Colombia, aclaró que estas organizaciones deben ceñirse al nuevo marco regulatorio y por lo tanto aplicar la NIIF 4 en su contabilidad. Gran parte de estas compañías pertenecientes al marco regulatorio establecido por el decreto reglamentario N°3022 de 2013, tendrán que incurrir en desembolsos asociados a esta nueva estrategia para llevar su contabilidad, por cuanto las secciones de las NIIF para Pymes no contemplan la actividad aseguradora en actividades especiales, toda vez que en el mundo se considera que ésta actividad es desarrollada por entidades de interés público. A propósito de interés público, será interesante evaluar si esta actividad realizada por entidades diferentes al sector financiero, está siendo inspeccionada, vigilada y controlada por la Superintendencia Financiera, en disposición de su misión “de preservar la confianza pública de los ciudadanos y la estabilidad del sistema financiero…” Ejerciendo la inspección, vigilancia y control de quienes realizan la actividad aseguradora en Colombia.
Fuente: Rocío Carvajal S. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 906, Junio 16 de 2014, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana
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Análisis
Tributaria
Contrapartida - Dudas sobre la retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta Como es sabido, con la expedición de la Ley 1607 de 2013, se suscitó un cambio significativo en la forma de calcular la retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta, a favor de una persona natural asalariada o independiente. Para el efecto, señala la norma que el beneficiario del pago deberá con antelación entregar una confesión donde evidencie si pertenece o no a la categoría de empleados. A su vez, el gobierno nacional expedido en principio el Decreto 0099 de 2013 y posteriormente el 1070 de 2014, los cuales reglamentaron la ley sobre esta materia, indicando especialmente, que la renta exenta del 25% señalada en el numeral 10 del artículo 206 del Estatuto tributario, también procede sobre los pagos o abonos en cuenta de las personas naturales que no provengan de una relación laboral, o legal y reglamentaria. No obstante, pareciera que a la autoridad fiscal se le olvido que esta exención consagrada en el numeral 4 del artículo 2 del Decreto 1070 de 2014, sobre los pagos diferentes de salarios de las personas naturales categoría empleados, también procede a la hora de elaborar la declaración de renta por el año gravable 2013, si por dicho periodo estuvo incursa en la categoría de “empleados” y que por consiguiente deba utilizar el formulario 210 prescrito en la resolución 093 del 8 de abril de 2014. Se concluye lo anterior debido a que observando el instructivo para la casilla 63, el fisco da a entender que el beneficio
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de renta exenta al tenor de la norma descrita en el inciso anterior, aplica exclusivamente sobre el total de los pagos laborales recibidos en el año. Lo dicho hasta aquí significa, que tal despropósito irá en contra del principio de equidad, pues no tiene sentido que para efectos de la retención en la fuente, si aplique, pero se excluya en la depuración de la declaración de la renta sobre los ingresos recibidos por concepto de honorarios, comisiones o servicios como categoría empleado. Por otra parte, en lo concerniente al renglón 48, señala el instructivo que la deducción por concepto de dependientes, no podrá superar el 10% de los ingresos brutos recibidos como empleado, en otras palabras, da a entender que no se tendría en cuenta el límite máximo de las 385 UVT en el año (32x12), definidas desde el comienzo en el numeral 3 del artículo 2 del Decreto 0099 de 2013. Como se puede observar, son tantos los interrogantes que hay alrededor de este formulario, que sin duda lo que va a pasar, es que muchos contribuyente cometan errores que al final serán ocasionados por la misma autoridad fiscal, en la medida que no son claros y concisos a la hora de redactar las normas.
Fuente: Cesar Evelio Anzola Aguilar. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 902, Junio 09 de 2014, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana
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Normatividad
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Normatividad Encuentre en nuestro portal web, haciendo clic sobre el enlace indicado, la siguiente información destacada del mes.
Contable Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: Elementos que se deben tener en cuenta para la determinación de la vida útil indefinida de un activo intangible. Descripción: Para determinar la vida útil indefinida de un activo intangible, es preciso considerar los factores económicos y legales que pueden influir en el activo. La vida útil a seleccionar será la menor entre las definidas por estos factores, y en este análisis se debe incluir el período de renovación de los derechos legales siempre y cuando exista evidencia que respalde la renovación de un costo significativo. Cabe aclarar que la NIC 38 no señala factores específicos a revisar puesto que depende de las características y prácticas de cada entidad. Regulación: Concepto 196 / 12-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: ¿Las cuotas extraordinarias que se recauden en las copropiedades, se deben registrar como un pasivo diferido? Descripción: Los recursos provenientes de una cuota extraordinaria ordenada para un fin específico, aparte de aquellos acumulados en el fondo de imprevistos, deben contabilizarse como una cuenta de naturaleza pasiva. De manera que si las cuotas extraordinarias tienen como objetivo recaudar fondos necesarios para atender gastos para el normal funcionamiento de una unidad residencial que no pueden ser cubiertos con los recursos del Fondo de Imprevistos, su registro debe efectuarse como un ingreso. Regulación: Concepto 134 /12-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: ¿Qué estados financieros están obligados a llevar los administradores de edificios? Descripción: De acuerdo con el Decreto 2649 de 1993, los administradores de edificios deben presentar el informe anual a la asamblea general de copropietarios, incluyendo el inventario y balance, el balance general el estado de ingresos y egreso, mas conocido como estados de resultados y la correspondiente ejecución presupuestal. Regulación: Concepto 182 / 12-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: ¿Cómo se identifica los casos en que una empresa se hace cargo de la recuperación de la cartera? Descripción: Los pagarés y cheques entregados como medio de garantía, son indicativos de que la compañía continúa asumiendo el riesgo sobre la recuperación de la cartera, dado que la empresa no se desprende de los riesgos inherentes a esta y por lo tanto, asume cualquier pérdida que
se dé, así las cosas deberá mantener las cuentas por cobrar en su contabilidad. Regulación: Concepto 34 / 21-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: Normas contables se aplican de acuerdo a la actividad principal que ejerce la entidad comercial. Descripción: CTCP aclaró que la contabilidad de una entidad debe ser llevada bajo un tipo exclusivo de normatividad, es decir en el evento en que deban aplicarse normas correspondientes al sector privado, estas se aplicarán de manera uniforme a todos los hechos económicos de la entidad. Razón por la cual, la federación consultante debe realizar un análisis de las actividades desarrolladas por la misma, con el fin de determinar cuáles su actividad principal y de esta forma establecer cuales son las normas que se deben aplicar. Regulación: Concepto 177 / 21-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: SuperSociedades presentó guía de aplicación general para la reclasificación de tipo contable de las microempresas. Descripción: CTCP informó que la Superintendencia de Sociedades presentó una guía de aplicación general que muestra el procedimiento que se debe seguir por parte de las sociedades comerciales calificadas como microempresas, para realizar los ajustes y reclasificaciones de tipo contable que surgen como consecuencia del nuevo marco a que se deben sujetar este tipo de sociedades para la preparación y presentación de su información. Regulación: Concepto 201 / 21-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: ¿Qué entidades están exentas de realizar el cálculo del impuesto de renta diferido? Descripción: Las entidades sin ánimo de lucro no están sujetas al gravamen del impuesto a la renta, de manera que no tendrán que realizar el cálculo del impuesto de renta diferido sobre las diferencias temporales que no afectan la renta líquida gravable. Regulación: Concepto 96 / 11-04-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: ¿Cuáles con los tipos de descuentos en los que se pueden beneficiar los clientes de las diferentes entidades? Descripción: CTCP aclaró que existen 2 clases de descuentos, el comercial y el condicionado el primero que no se reconoce contablemente puesto que figura en la factura y el valor que se contabiliza es el valor neto de la factura. El descuento condicionado, es un descuento que depende de las políticas de la empresa hacia los clientes y se hará efectivo en el momento en que se cumplan las condiciones exigidas para su otorgamiento; en ese momento, se llevará a la contabilidad como un menor valor del servicio turístico adquirido. Regulación: Concepto 184 / 21-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública
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Normatividad Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: ¿El parentesco afecta que el contador de una empresa firme los balances? Descripción: CTCP informó que no existe un impedimento expreso en el que se prohíba a un contador público firmar los estados financieros de una entidad en la cual el representante legal es un familiar en segundo grado de consanguinidad, razón por la cual el contador puede avalar con su firma los balances que sean solicitados para verificar el estado financiero de la empresa. Regulación: Concepto 251 / 09-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Estándares Internacionales Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: ¿Las NIIF son aplicables a las empresas en proceso de reorganización empresarial? Descripción: CTCP aclaró que el concepto de “proceso de reorganización” constituye una de las hipótesis fundamentales de las NIIF y de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia, por lo cual, si es inminente la liquidación de una entidad o su disolución, el marco técnico de los grupos 1, 2 o 3 no sería aplicable; en este caso se aplicarían las directrices contables establecidas para las empresas en liquidación. En estas circunstancias, la entidad debe evaluar la situación para establecer sí está afectación de la hipótesis de proceso de reorganización implica un cambio de las políticas contables aplicadas. Regulación: Concepto 171 / 12-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: Entidades que cuenten con una planta de personal mayor a 10 y hasta 200 harán parte del grupo 2 de las NIIF Descripción: CTCP aclaró que con base en el Decreto 3022 de 2013, pertenecen al Grupo 2 de las NIIF las entidades que no se clasifiquen en lo grupos 1 o 3, es decir aquellas que cuenten con una planta de personal mayor a 10 y hasta 200 trabajadores o con activos entre 500 y hasta 30.000 SMMLV, lo que equivale a la suma de $294.750.000 a $17.685.000.000. Regulación: Concepto 49 / 21-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: CTCP aclaró sobre los cambios introducidos por las normas internacionales de información financiera (NIIF) respecto a la propiedad horizontal. Descripción: Luego de la implementación de las normas internacionales, surgen algunas incógnitas acerca de los cambios introducidos y las incidencias que tienen dentro de la contabilidad de la propiedad horizontal, por ejemplo, cómo se debe registrar el fondo de imprevistos, las cuotas extraordinarias, o para el caso concreto, como registrar la inversión de una planta eléctrica y transformadores financiados mediante un crédito. Respecto a estas dudas, el CTCP se remitió a las Normas Internacionales de Información Financiera, y sostuvo que, el tratamiento contable
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por el fondo de imprevistos y las cuotas extraordinarias continuará siendo el tratado por la orientación profesional de la contaduría pública en entidades de propiedad horizontal. Respecto a la adquisición de activos fijos, afirmó que de acuerdo con la definición de propiedad, planta y equipo, estos serán activos tangibles que se mantendrán para su uso en la producción o suministro de bienes o servicios, para arrendarlos a terceros o con propósitos administrativos, y que se esperan usar durante más de un período. Regulación: Concepto 69 / 21-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: ¿Debería consolidarse aquella entidad sin ánimo de lucro que recibe donaciones con la compañía multinacional que la fundó? Descripción: CTCP aclaró que si los ingresos que recibe la Fundación por parte de la compañía multinacional tiene una destinación específica, la operación se debe asimilar a las subvenciones del gobierno tratadas en las NIC20 de acuerdo a la jerarquía normativa establecida en NIC 8.11 y 8.12, en la cual se establece que una subvención se debe “reconocer en resultados sobre una base sistemática a lo largo de los periodos en los que la entidad reconozca como gasto de los costos relacionados que la subvención pretende compensar”. Regulación: Concepto 84 / 27-03-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: ¿Qué requisitos debe cumplir una entidad para pertenecer al grupo 1 de las NIC? Descripción: El CTCP aclaró que para conocer si la entidad pertenece al grupo 1 se debe evaluar si cumple con los literales A o B del artículo 1 del decreto 2784 de 2012; si no los cumple, debe llegar a cumplir con alguno de los requisitos contenidos en el literal C, en términos de empleados activos. Si cumple con estos requisitos, de manera necesaria debe cumplir alguna de las condiciones relativas a las relaciones de inversión y operaciones de comercio exterior citadas en este literal. Regulación: Concepto 119 / 10-04-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública Norma: Los que con los cambios del decreto 3024 de 2013, están obligados al grupo 1 de las NIIF, no tienen opción de acogerse al cronograma de otro grupo Descripción: Se considera que no es equitativo que quienes decidan voluntariamente pertenecer al Grupo 1, estando obligados a ser parte del Grupo 2, si tengan la opción de acogerse al cronograma de este Grupo, de acuerdo con lo dispuesto en el parágrafo 4 del artículo 3 del Decreto 3022 de 2013, mientras quienes resulten obligados a ser parte del Grupo 1 como consecuencia de los cambios introducidos por el Decreto 3024 de 2013, no puedan hacerlo. Regulación: Concepto 104 / 21-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública Entidad: Superintendencia Financiera de Colombia Norma: La SuperFinanciera aclaró los aspectos a tener en cuenta para presentar el informe de auditoría al estado de situación financiera de apertura
Normatividad Descripción: La Superintendencia Financiera de Colombia buscando que los preparadores de información del Grupo 1 vigilados realicen en forma ordenada y planificada la convergencia hacia el marco técnico normativo anexo al Decreto 2784 de 2012, requirió a los revisores fiscales de dichas entidades para que el informe de auditoría al ESFA, tenga en cuenta las condiciones enunciadas en la presente circular, reiterando que el objetivo del informe de auditoría al ESFA es lograr aumentar la confianza de sus usuarios y obtener seguridad razonable que el mismo ha sido preparado de conformidad con el marco técnico normativo anexo al Decreto 2784 de 2012, y demás que normas modificatorias, y que se encuentra libre de errores materiales. Regulación: Circular Externa 13 / 12-06-2014 / Superintendencia Financiera de Colombia
no para efectuar el cruce de saldos deudores y acreedores del contribuyente Descripción: Se debe entender en qué fecha nace el crédito para el contribuyente, de manera que al respecto, se observa que a la luz del artículo 803 del Estatuto Tributario, la jurisprudencia y la doctrina han sostenido reiteradamente que para los saldos a favor generados en las declaraciones del impuesto sobre las ventas, se tiene como fecha de consolidación el último día del respectivo período gravable. Consecuente con lo anterior, la resolución de compensación no es la que determina la fecha del pago del impuesto, sino la procedencia o no para efectuar el cruce de saldos deudores y acreedores del contribuyente. Regulación: Concepto 27420 / 06-05-2014 / Dirección Nacional de Impuestos y Aduanas Nacionales
Entidad: Superintendencia Financiera de Colombia Norma: Planes de implementación del proceso de convergencia hacia las normas internacionales de información financiera Descripción: Superfinanciera aclaró que de conformidad con lo establecido en la Resolución 743 del 17 de diciembre de 2013, “Por la cual se incorpora en el Régimen de Contabilidad Pública, el marco normativo aplicable para algunas empresas sujetas a su ámbito y se dictan otras disposiciones”, el Régimen de Contabilidad Pública que algunos preparadores de información financiera deben aplicar corresponde al marco técnico normativo contenido en el anexo del Decreto 2784 de 2012. Dichos preparadores de información se referencian en la presente circular. Regulación: Carta Circular 57 / 12-06-2014 / Superintendencia Financiera de Colombia
Entidad: DIAN Norma: No es aplicable la exclusión del IVA a la importación de bienes a través de envíos o entregas urgentes Descripción: Las empresas intermediarias de tráfico postal y envíos urgentes no pueden aplicar la exclusión del impuesto sobre las ventas por la importación de bienes objetos de envíos o entregas urgentes cuyo valor no exceda de doscientos dólares USD$200, por cuanto su aplicación se encuentra sujeta a reglamentación. Regulación: Concepto 24790 / 15-04-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Tributario Entidad: DIAN Norma: Para la procedencia del beneficio de exclusión del IVA en la importación de bienes donados, no se pueden establecer condicionamientos adicionales a los previstos Descripción: Para efectos de la utilización del beneficio en la que se exentan del Impuesto Sobre las Ventas (IVA) a las entidades sin ánimo de lucro, se verifica que en la disposiciones reglamentarias que no se consagran restricciones por razón de la existencia de vinculación entre el donante y el donatario y tampoco establecen un término perentorio para la adquisición de los bienes con dineros provenientes de donaciones. De manera que para la procedencia del beneficio de exclusión del impuesto sobre las ventas en la importación de bienes donados, no se pueden establecer condicionamientos o requisitos adicionales a los previstos en las disposiciones vigentes. Regulación: Concepto 26630 / 29-04-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Entidad: DIAN Norma: La resolución de compensación no es la que determina la fecha del pago del impuesto, sino la procedencia o
Entidad: DIAN Norma: La DIAN procedió a ampliar el concepto de aplicación del artículo 771-5 del estatuto tributario, sobre medios de pago para la aceptación de costos de deducción Descripción: Según o determinado en el artículo 771-5 del Estatuto Tributario, sólo se aceptará fiscalmente como costos, deducciones, pasivos o impuestos descontables, los pagos en dinero en efectivo que realicen los contribuyentes y responsables, los cuales correspondan al menor valor que resulte de comparar entre los porcentajes que señala el parágrafo del artículo 771-5 del total pagado de acuerdo con el año que se trate o cien mil (100.000) UVT, y el porcentaje establecido por la misma disposición para cada periodo, de los costos y deducciones totales del contribuyente o responsable. Entonces, los pagos en efectivo que excedan el menor valor que resulte, de acuerdo con los parámetros anteriores, serán beneficiarios del reconocimiento fiscal como costos, deducciones, pasivos o impuestos descontables, según corresponda. Regulación: Concepto 30266 / 19-05-2014 / DIAN Entidad: DIAN Norma: Procedencia de la deducción de gastos por concepto de interés subcapitalizado Descripción: DIAN aclaró que la deducción de gastos por concepto de intereses subcapitalizado, solo serán procedentes siempre que las obligaciones que generan intereses no excedan 3 veces el valor del patrimonio líquido del contribuyente a diciembre del año inmediatamente anterior, restricción que aplica a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, con las únicas excepciones consagradas en la norma. Regulación: Concepto 30265 / 16-05-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Normatividad Entidad: DIAN Norma: ¿La diferencia en cambio se debe considerar como un ingreso gravado para determinar el CREE? Descripción: Se considera que tanto para el impuesto sobre la renta, como para el impuesto sobre la renta CREE, el ajuste negativo resultado de la diferencia en cambio sobre una inversión en moneda extranjera constituye un gasto período. Regulación: Concepto 29006 / 12-05-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Entidad: DIAN Norma: ¿Cuál es el periodo gravable del impuesto sobre las ventas para aquel que estaba sujeto al régimen simplificado y ahora pertenece al común? Descripción: La persona natural que había pertenecido al régimen simplificado del impuesto sobre las ventas y luego deje de cumplir alguno(s) de los requisitos previstos en el artículo 499 del Estatuto Tributario, habrá de entenderse incorporada al Régimen Común y Conforme al artículo 600 del referido Estatuto del período gravable anual, cuatrimestral o bimestral, el cual se determina teniendo en cuenta el total de ingreso bruto a 31 de diciembre del año gravable anterior. Regulación: Concepto 30117 / 16-05-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Laboral Entidad: Ministerio de Trabajo Norma: Los trabajadores que hayan perdido su ocupación podrán acceder a un seguro de desempleo Descripción: El Viceministro de Empleo y Pensiones, Juan Carlos Cortés, instó a los trabajadores que han perdido el empleo en el último año y que no han solicitado el Seguro de Desempleo, para que se acerquen a las Cajas de Compensación Familiar y realicen el trámite correspondiente. El Seguro de Desempleo permite tener acceso a salud, cotizar a pensión y recibir el pago de la cuota monetaria si era merecedor, a aquellas personas que hayan estado afiliadas a una Caja de Compensación Familiar un año dentro de los últimos 3 años como persona dependiente, o 2 años dentro de los últimos 3 años como independientes. Regulación: Comunicado de Prensa 68 / 27-05-2014 / Ministerio de trabajo Entidad: Ministerio de Trabajo Norma: La obligación que tiene el contratante de afiliar a riesgos laborales al contratista no aplica para aquellos suscritos con calidad de prestación de servicios Descripción: En busca de brindar claridad sobre la obligación de afiliar a riesgos laborales a los trabajadores de una sociedad contratista por parte de la empresa contratante, el Ministerio de Trabajo se remitió a lo dispuesto por el Decreto 723 de 2013, que tiene por objeto establecer las reglas para llevar a cabo la afiliación, cobertura y pago de aportes en el Sistema General de Riesgos Laborales de las personas vinculadas a través de contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas,
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tales como contratos civiles, comerciales o administrativos. Así las cosas, explicó el ministerio, que el citado Decreto no aplica para aquellos contratos de prestación de servicios suscritos con personas jurídicas, ya que dichos contratistas tienen en su calidad de empleadores, la obligación de efectuar la correspondiente afiliación al Sistema de Riesgos Laborales de los trabajadores dependientes a su cargo, y a su vez de los contratistas personas naturales o trabajadores independientes de alto riesgo con los que tenga vínculo. Regulación: Concepto 28293 / 20-02-2014 / Ministerio de Trabajo Entidad: Ministerio de Trabajo Norma: ¿Quién debe responder por la incapacidad de un empleado? Descripción: Es claro que por los primeros 180 días de incapacidad, la EPS a la cual se encuentre afiliado el trabajador, deberá atender el pago del auxilio económico y posteriormente dicha prestación estará a cargo de la AFP, siempre y cuando exista concepto favorable de rehabilitación o mientras se determina la pérdida de capacidad laboral, a efectos de establecer el eventual otorgamiento de una pensión de invalidez, en virtud de la interpretación constitucional que en esta materia ha efectuado la citada Corte. Regulación: Concepto 53253 / 31-03-2014 / Ministerio de Trabajo Entidad: Ministerio de Trabajo Norma: ¿Qué requisitos son necesarios para acceder a la exoneración de aportes al SENA y al ICBF? Descripción: La exoneración del empleador de los aportes del SENA y al ICBF, así como de las cotizaciones al Régimen contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud, se aplica en el caso de las personas naturales, siempre que se tengan contratados dos a más trabajadores, mediante un contrato de trabajo, los cuales individualmente devenguen menos de diez salarios mínimos legales mensuales vigentes y que cumpla a cabalidad con todas las obligaciones laborales, recordando que la normatividad no contempla en una exoneración del aporte a las cajas de compensación familiar. Regulación: Concepto 34604 / 28-02-2014 / Ministerio de Trabajo
Comercial Entidad: Superintendencia de Sociedades Norma: Las personas que desarrollan actividades dentro de una compañía multinivel no se convierten en comerciantes por esta actividad Descripción: En lo referente a la actividad que desarrolla la compañía multinivel o comercializadora de bienes o servicios mercantil en los términos del Código de Comercio, las personas que participan en la venta y/o distribución de sus bienes o servicios no se convierten en comerciantes por ese hecho, es una condición que se predica de las personas naturales o jurídicas que en forma habitual, nombre
Normatividad propio y con finalidad de lucro desarrollan tales actividades como medio de vida, condiciones que se echan de menos en los vendedores independientes, cuando su actividad en la gran mayoría de los casos es eventual y/o temporal; se encuentran sujetos a los términos de un contrato suscrito, cualquiera que sea la clase o denominación del vínculo contractual; uno de los derechos de orden legal es la facultad para dar por terminado el vínculo contractual, en cualquier tiempo y en forma unilateral, circunstancias extrañas a la condición del comerciante, persona natural, establecida en el Ordenamiento Mercantil. Regulación: Concepto 220038682 / 13-03-2014 / Superintendencia de Sociedades. Entidad: Superintendencia de Industria y Comercio Norma: Finalidad y objetivo de la protección del derecho a la libre competencia. Descripción: En cuanto a al derecho de libre competencia económica se supone responsabilidades para las empresas como base del desarrollo, el cual tiene una función social que implica obligaciones, con la finalidad a que el Estado fortalezca las organizaciones solidarias y estimulará el desarrollo empresarial, impidiendo mediante mandato legal, la obstrucción o que se restrinja la libertad económica y evitará o controlará cualquier abuso que personas o empresas hagan de su posición dominante en el mercado nacional. La normatividad que se expide en lo referente a libre competencia tienen como objetivo preservar y promover mercados competitivos, teniendo en cuenta los resultados benéficos que produce para el interés general. Regulación: Concepto 58954 / 30-04-2014 / Superintendencia de Industria y Comercio Entidad: Superintendencia de Industria y Comercio Norma: ¿Recibir donaciones con el uso de una marca puede generar cuestiones legales atinentes al derecho a la competencia? Descripción: SIC aclaró que lo que se sanciona no es la infracción de alguna ley por un agente económico determinado sino el hecho a que dicho agente haya obtenido una ventaja significativa, es decir, una disminución de los costos de producción o distribución de los productos o servicios de que se trate, o el acceso privilegiado al mercado, como consecuencia de la infracción a dicha ley. Regulación: Concepto 71135 / 20-05-2014 / Superintendencia de Industria y Comercio Entidad: Superintendencia de Industria y Comercio Norma: ¿Procede la solicitud de patente por parte de una unión temporal? Descripción: Podrán ser titulares de una patente solamente personas naturales y jurídicas, por lo cual las Uniones Temporales, al no encajar en ninguno de dichos conceptos, no podrán ser titulares de una patente, así mismo, dado que la capacidad de representación del vocero de la Uniones Temporales se ha otorgado por el ordenamiento jurídico de manera exclusiva para efectos de la contratación estatal, no es posible que éste represente a las personas naturales y jurídicas que la conforman a efectos de presentar una solicitud de patente. Sin embargo, es posible que en virtud de
la figura del apoderamiento se otorgue a al representante de la Unión Temporal la representación de aquellos que la conforman a efectos de que eleve la solicitud a efectos del trámite de solicitud del privilegio de patente, el cual de ser exitoso culminará con el otorgamiento de dicho derecho en cabeza de las personas naturales o jurídicas en nombre de las cuales se formuló la solicitud. Regulación: Concepto 267813 / 24-01-2014 / Superintendencia de Industria y Comercio.
Entidad: Superintendencia de Industria y Comercio Norma: ¿Qué término tiene la SIC para pronunciarse sobre una integración empresarial? Descripción: Como condición para que empiece a correr el plazo de tres meses para que la Superintendencia se pronuncie respecto de una integración empresarial, es que las empresas intervinientes hayan suministrado la totalidad de la información que se les ha solicitado, teniéndose como empresas intervinientes aquellas empresas que hacen parte de la operación de integración que se proyecta realizar y que ejercen una misma actividad económica o pertenecen a la misma cadena de valor y que puede tener efectos en el mercado nacional Regulación: Concepto 5139 / 03-02-2014 / Superintendencia de Industria y Comercio
Aduanero Entidad: DIAN Norma: ¿Con qué término cuenta la subdirección de gestión de fiscalización aduanera, para recaudar pruebas, en un procedimiento administrativo aduanero? Descripción: La práctica de pruebas en el procedimiento administrativo aduanero por parte de la subdirección de Gestión de Fiscalización Aduanera en el territorio nacional será de dos meses, o de tres meses cuando se deba practicar en el exterior, y correrá a partir de la ejecutoria del acto que la decretó. Regulación: Concepto 30264 / 16-05-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Entidad: DIAN Norma: El propietario de una mercancía que se encuentra en zona franca, puede disponer de ella, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos Descripción: Operaciones permanentes y transitorias: La venta de los saldos de materia prima no utilizable en el proceso industrial de los productos finales, es una actividad excepcional en el desarrollo industrial del proceso y por tanto en tal evento esta circunstancia debe quedar plenamente justificada y documentada a fin de obtener la autorización de la operación por parte del usuario operador. Regulación: Concepto 30261 / 16-05-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Material Relacionado Clasificación de la compañía para efectos de NIIF, siendo que la empresa no cumple con los requisitos para pertenecer al grupo 1 La entidad deberá revisar lo establecido en los Decretos 2784 de 2012 y 3024 de 2013, para determinar el grupo al cual pertenece. Salvo por lo establecido para las importaciones y exportaciones, un hecho económico ocurrido en el año 2013 no tendría efecto en la evaluación, ya que en los Decretos [...] Ver más Especificaciones que debe cumplir una empresa para saber que pertenece al grupo No. 1 Para conocer si la entidad pertenece al Grupo No. 1 se debe evaluar si cumple con los literales a) o b) del artículo 1º del Decreto 2784 de 2012 modificado por el Decreto 3024 de 2013. Si no los cumple, debe llegar a cumplir alguno de los requisitos contenidos en el literal c), en términos de empleados o de activos [...] Ver más Pertenencia al grupo 1 dentro de la clasificación para la aplicación de las normas de información financiera debe estimarse de conformidad a la norma legal Para conocer si la entidad pertenece al grupo 1 se debe evaluar si cumple con los literales a o b del artículo 1 del Decreto 2649 de 2012, si no los cumple debe llegar a cumplir con alguno de los requisitos contenidos, en términos de empleados o de activos pero adicionalmente y de manera [...] Ver más Preparación de estados financieros de grupo 1 frente a implementación de NIIF debe seguir en forma estricta los consecuentes periodos para ello De conformidad con el cronograma de aplicación del marco técnico normativo para los preparadores de información financiera del Grupo 1, que está contemplado en el decreto 2784 de 2012 los primeros estados financieros se preparan con corte al 31 de diciembre de 2015, [...] Ver más Para conocer si una entidad pertenece al Grupo 1 desde el punto de vista contable, es necesario analizar el cumplimiento de los criterios legales pertinentes De conformidad a este concepto, se establece la necesidad de acudir a lo establecido en el Decreto 2784 de 2012, con respecto a la emisión de valores por parte de la misma; que sean entidades de interés público; o entidades que tengan planta de personal superior a 200 trabajadores, [...] Ver más La empresa para la cual trabajo está clasificada en el Grupo 1 o 2? Para conocer si la entidad corresponde al grupo 1 es necesario analizar el cumplimiento de los criterios del artículo 1 del Decreto 2784 de 2012: a) Emisores de valores, b) Entidades de interés público, c) Entidades diferentes. Por lo anterior, para el caso planteado donde la empresa [...] Ver más Grupos 1, 2 y 3 deben usar su información contable y aplicarlas a NIIF de conformidad a lo establecido en las normas sobre la materia.
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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública informa que tanto los grupos 1 y 3 ya se encuentran reglamentados, frente a la aplicación de los Decretos 2784 de 2012 y 2706 de 2012, respectivamente, quedando pendiente la expedición del decreto para el Grupo 2; de conformidad a tales decretos [...] Ver más El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) aclara el significado de la palabra “compras”, incluida como requisito para la clasificación de las empresas en el grupo 1 Mediante concepto del mes de agosto del 2013, el CTCP interpreta el requisito de “compras” incluido en el numeral 3iv del artículo 1° del Decreto 2784 del 2012, indicando que tratándose de entidades manufactureras o comercializadoras, corresponde solo a las compras de inventarios [...] Ver más Para efectos de la aplicación del marco técnico normativo para los preparadores de información financiera del grupo 1 deberá tenerse en cuenta el periodo de preparación obligatorio El Periodo de preparación obligatorio, comprende desde el 1° de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013. Se refiere al tiempo durante el cual las entidades deberán realizar actividades relacionadas con el proyecto de convergencia de las normas de contabilidad e información [...] Ver más El CTCP recordó los requisitos para clasificar dentro del grupo 1 del marco técnico normativo para los preparadores de información financiera Consejo Técnico de la Contaduría Pública establece que para clasificar dentro del Grupo 1, se debe tener la categoría de empresa grande (planta de personal mayor a doscientos (200) trabajadores ó activos totales superiores a 30.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV)) y adicional a ello. [...] Ver más
4. Grupo 2 Entidades que cuenten con una planta de personal mayor a 10 y hasta 200 harán parte del grupo 2 de las NIIF CTCP aclaró que con base en el Decreto 3022 de 2013, pertenecen al Grupo 2 de las NIIF las entidades que no se clasifiquen en lo grupos 1 o 3, es decir aquellas que cuenten con una planta de personal mayor a 10 y hasta 200 trabajadores o con activos entre 500 y hasta 30.000 SMMLV, [...] Ver más Las entidades del grupo 2 y su proceso de implementación de las normas internacionales de información financiera En el mes de marzo de 2014 la Superintendencia de Sociedades emitió la Circular Externa 115-000002 mediante la cual imparte instrucciones para el proceso de convergencia de la norma local a estándares internacionales de información financiera, para los preparadores que conforman [...] Ver más
Patrocinador Platino Publicidad pagada mediante el programa de Patrocinadores del INCP. Los patrocinadores del INCP son personas jurídicas que gracias a su aporte, contribuyen al desarrollo integral del profesional contable en Colombia a través de la canalización de recursos económicos que posibilitan al Instituto ejecutar actividades académicas y de investigación. Para mayor información de los diferentes modelos de patrocinio, por favor consulte www.incp.org.co ó solicita le información a incpcol@incp.org.co
Material Relacionado Grupo 2 aplicará NIIF para las Pymes (IFRS for SME) El pasado 27 de diciembre de 2013 se emitió el decreto 3022 en el cual se determina quienes pertenecerán al grupo 2. Los pertenecientes a éste grupo aplicarán el estándar internacional denominado “NIIF para las Pymes – IFRS for SME”. Cabe recordar que éste marco normativo estaba [...] Ver más Establece un régimen normativo para los preparadores de información financiera - Grupo 2 Establece un régimen normativo para los preparadores de información financiera que conforman el Grupo 2, para sus estados financieros individuales, separados, consolidados y combinados. Los primeros estados financieros a los que los preparadores les aplicarán el marco técnico normativo [...] Ver más Empresas de grupos 2 o 3 deben cumplir con todas las obligaciones que deriven de la aplicación de “NIIF” plenas. De conformidad con lo estipulado por el Decreto 2784 de 2012, si una empresa de los citados grupos decide voluntariamente aplicar el marco regulatorio dispuesto en tal norma, deberá cumplir con todos los compromisos que surgiesen de tal decisión, entre las que se incluye ceñirse por el [...] Ver más Documento de Sustentación de la Propuesta sobre la aplicación de la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) para pequeñas y medianas entidades (PYMES) en Colombia- NIIF para las PYMES Grupo 2 En cumplimiento de lo establecido en el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1314 de 2009 y de acuerdo con lo señalado en el plan de trabajo del CTCP del 30 junio de 2013, se informa a la opinión pública que el 1 de octubre se remitió a los Ministerios de Comercio, Industria y Turismo, y Hacienda y Crédito Público, respectivamente, el documento de sustentación de la propuesta sobre la aplicación de la Norma Internacional de [...] Ver más
5. Grupo 3 ¿Sociedad constituida en el curso del año 2014 clasificada en el grupo 3, a qué fecha debe elaborar su estado de situación financiera de apertura? Dado que se trata de una entidad nueva y que no tiene antecedentes, deberá aplicar desde el momento de su constitución el nuevo marco técnico normativo según el grupo al que corresponda, sin embargo, teniendo en cuenta que la contabilidad debe ser llevada para efectos legales de [...] Ver más Grupos 1, 2 y 3 deben usar su información contable y aplicarlas a NIIF de conformidad a lo establecido en las normas sobre la materia. El Consejo Técnico de la Contaduría Pública informa que tanto los grupos 1 y 3 ya se encuentran reglamentados, frente a la aplicación de los Decretos 2784 de 2012 y 2706
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de 2012, respectivamente, quedando pendiente la expedición del decreto para el Grupo 2; de conformidad a tales decretos [...] Ver más
6. NIIF 15 NIIF (IFRS) 15 Ingresos de Contratos con Clientes aplicable a partir del 2017 El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), emisor de las (NIIF- IFRS) y el Consejo de Normas de Contabilidad Financiera (FASB), emisor de los (USGAAP en EE.UU.), han emitido conjuntamente un estándar para el reconocimiento de ingresos [...] Ver más
7. Ley 1314 de 2009 La globalización e interconexión de la economía hace necesaria la homogeneización de la información En un reciente estudio realizado por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas se hizo una comparación del avance de [...] Ver más Convergencia a NIIF en el manejo de inversiones Con la aprobación de la Ley 1314 de 2009, Colombia ingresó en un proceso de convergencia hacia estándares internacionales en temas contables, de información financiera y aseguramiento de [...] Ver más Todo sobre las NIIF El 27 de diciembre de 2013 el gobierno colombiano emitió el decreto 3022, a través del cual se reglamenta la ley 1314 de 2009 sobre el marco técnico normativo para los preparadores de información financiera [...] Ver más La aplicación de las Normas de Aseguramiento de Información –NAI – en Colombia El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en desarrollo de las funciones asignadas en la Ley 1314 de 2009, cumpliendo el debido proceso establecido en el artículo 8º de dicho ordenamiento, [...] Ver más La aplicación de las NIIF generará cambios en la cultura contable originados, principalmente, en los mayores requerimientos de revelación En cumplimiento de la Ley 1314 de 2009 que promueve la convergencia de normas de contabilidad y de información financiera y de aseguramiento de información hacia estándares internacionales de [...] Ver más Requerimientos para dar aplicación a la norma que establece el marco normativo para los preparadores de información financiera Según lo estipulado en la Ley 1314 de 2009 en especial en su artículo 10 que establece que son las autoridades de supervisión, las encargadas de vigilar que los entes económicos bajo inspección, así como [...] Ver más Las propiedades horizontales deben adecuarse a los estándares internacionales de información
Material Relacionado Se considera que las propiedades horizontales estando obligadas a llevar contabilidad deben cumplir lo dispuesto por la Ley 1314 y por consiguiente, clasificarse en alguno de [...] Ver más
10. Consolidación de estados financieros
8. PCGA
Tener una visión global de la situación financiera de las sociedades que conforman al grupo empresarial o la situación de control, el conocimiento de la situación financiera del grupo, disminuyendo los riesgos para los inversionistas potenciales, las entidades crediticias y los intereses de terceros. [...] Ver más
Una diferencia menos entre PCGA y las NIIF - Mejoras en la contabilización del riesgo crediticio propio Muchos inversionistas y analistas estarán encantados de escuchar que las ganancias y pérdidas resultantes de los cambios en el propio crédito de una compañía ahora podrán ser excluidos de pérdidas y [...] Ver más
9. Control de inventarios ¿Se podría tratar el inventario obsoleto como materias primas o semielaborados que han sido dejados de utilizar por deterioro? La materia prima y los productos semielaborados, que tengan una lenta rotación, que estén en óptimas condiciones para la venta o para ser consumidos en un proceso productivo en períodos superiores a un año, hacen parte de los inventarios y no de los activos no corrientes [...] Ver más Contabilización de inventarios por parte de prestador de servicios debe incluir el costo de las asistencias y la correlación con el ingreso que producirá ese activo Un prestador de servicios debe reconocer inventarios que incluyan el costo de mano de obra y otros del personal directamente involucrado en la prestación del servicio, así como valores indirectos atribuibles, siempre y cuando se den dos condiciones a saber, que el valor acumulado aún no cuente [...] Ver más La obsolescencia de los inventarios no es deducible fiscalmente El despacho consideró que no es dable solicitar fiscalmente como deducción el valor de los inventarios no enajenados por obsolescencia, pues dicha conclusión surge al analizar el concepto del gasto desde el punto de vista de su viabilidad, teniendo en cuenta los requisitos generales de las deducciones contenidos en el artículo 107 del Estatuto Tributario. [...] Ver más Control Interno de los Inventarios El control interno es aquel que hace referencia al conjunto de procedimientos de verificación automática que se producen por la coincidencia de los datos reportados por diversos departamentos o centros operativos. [...] Ver más Si la entidad es comercializadora o manufacturera, deberá tomar solo las compras para el costo de la adquisición de los inventarios El CTPC señala que el costo de adquisición de los inventarios comprenderá el precio de compra, los aranceles de importación otros impuestos que no sean recuperables con posterioridad de las autoridades fiscales, los transportes, el almacenamiento y otros costos directamente atribuibles a la [...] Ver más
¿Cuáles son los objetivos básicos de la consolidación de Estados Financieros?
11. Situación de control La obligación de inscribir situación de control no excluye a las sociedades subordinadas ni a las casas matrices La Superintendencia de Sociedades dijo que el registro mercantil de la situación de control y/o de grupo empresarial, deben realizarse cuando se configuren los presupuestos señalados en los artículos 26, 27 y 28 de la Ley 222 de 1995. Las presunciones de subordinación corresponden al control interno por participación, al control interno por el derecho a emitir votos constitutivos de mayoría [...] Ver más Recuerdan la importancia de registrar la existencia de una situación de control o grupo empresarial Con el fin de evitar la causación de multas la Superintendencia de Sociedades manifiesta que es importante efectuar el registro de la situación de control y/o subordinación como la de grupo empresarial. Si quien está obligado por ley al registro no lo hace, sin perjuicio de las multas a que hubiere lugar, la [...] Ver más ¿Cuándo se considera que una sociedad es controlada? La ley ha señalado que el hecho de tener el poder de decisión de una sociedad sometido a la voluntad de otra u otras personas es el que determina la existencia de la situación de control o subordinación. Siempre que una sociedad se encuentre enmarcada en esta situación se predicará [...] Ver más
12. Retención en la fuente Quien deje de ostentar la condición de gran contribuyente, deberá seguir presentando retenciones en la fuente a título de IVA Respecto al alcance que tiene el código de responsabilidad N° 09 en el RUT, para una persona jurídica que en el año 2013 era gran contribuyente y autorretenedor y para el año 2014 conservó únicamente la calidad de autorretenedor, señaló la Dirección de Impuestos y Aduanas [...] Ver más ¿Qué tipo de retención se le realiza a la persona natural clasificada como empleado? Las personas naturales que se clasifiquen como empleada deberá atender a las definiciones, condiciones, y requisitos consagrados en el Decreto 3032 de 2013, y una vez que se establezca que pertenece a esta categoría se deberá prac-
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Material Relacionado ticar retención en la fuente por los pagos que se realicen, [...] Ver más DIAN señaló las tarifas aplicables a la retención en la fuente por otros ingresos tributarios La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales confirmó que en virtud de las modificaciones que trajo el decreto 2418 de 2013, sobre la retención en la fuente por otros ingresos, la tarifa de retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta aplicable al arrendamiento de bienes [...] Ver más Retefuente en el 2014 para sueldos desde $ 3’896.000 La Unidad de Valor Tributario (UVT), para calcular todos los pagos a la Dian, será de $ 27.477. Menos posibilidad de descuentos. El próximo año, cuando los colombianos se enfrentarán a un nuevo esquema de aporte mínimo del impuesto de renta, basado en las medidas adoptadas en la [...] Ver más Tarifa del 4% de la retención en la fuente por concepto de rendimientos financieros por interés La modificación que trajo el Decreto 2418 al Decreto 700 de 1997, en cuanto a la tarifa de retención en la fuente por concepto de rendimientos financieros por interés, en el descuento o enajenación, debe entenderse modificada del 7% al 4% en virtud del artículo 3º del mismo [...] Ver más Los recursos entregados por Coldeportes a los deportistas “pilotos” que se encuentran en el extranjero, deben efectuar la retención en la fuente Los valores recibidos como subsidios o donaciones constituyen ingresos gravados a los deportistas “pilotos” que se encuentran en el extranjero a quienes se les entregaron los subsidios de Coldeportes, en la medida que son susceptibles de incrementar su patrimonio en el mismo momento de la percepción, tal como lo dispone el artículo 26 del Estatuto [...] Ver más ¿Son responsables de practicar retención en la fuente las sociedades fiduciarias a título del impuesto sobre las ventas? La DIAN resolvió dar respuesta a la consulta, manifestando que corresponde a las sociedades fiduciarias que de acuerdo con el artículo 437 – 2 del Estatuto Tributario, ostenten la calidad de agentes de retención, practicar retención en la fuente a título del impuesto sobre las ventas [...] Ver más Los cambios en impuestos de renta y retefuente ¿Cuáles son los principales aspectos que introdujo el Decreto reglamentario 3032 de 2013, para efectos de determinar el impuesto sobre la renta y la retención en la fuente aplicable a las personas naturales clasificadas como empleados? [...] Ver más ¿La declaración de retención en la fuente se debe liquidar sobre el valor correspondiente al total de esta? La DIAN considera que legalmente no se prohíbe la liquidación de los intereses que puedan hacerse tomando cada uno de los conceptos de la retención incluidos en las casillas 57, 58, 59 del formulario; de tal forma que cuando estos procedan, puede realizarse o sobre la totalidad [...] Ver más
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Retención en la fuente sobre rendimientos financieros Modifica el artículo 1º del Decreto Reglamentario 2201 de 1998 “Retención en la fuente sobre rendimientos financieros provenientes de títulos de denominación en moneda extranjera”, el artículo 4º “Base de autorretención” y 5º “Pago de rendimientos financieros vencidos a no autorretenedores” del Decreto [...] Ver más
13. Impuesto sobre la renta Conozca quienes tienen que declarar renta Los vencimientos para declarar el impuesto de renta inician en el mes de agosto, teniendo en cuenta el último dígito del NIT o cédula de ciudadanía. Si usted es un asalariado que el año pasado devengó ingresos brutos inferiores a 37’577.000 pesos en el año, (3’131.416 mensuales) o si su patrimonio bruto [...] Ver más Disponibles en la página web de la DIAN los formularios para la declaración del impuesto de renta para Personas Naturales 110* Declaración de Renta y Complementarios para Persona Jurídicas y Asimiladas, Personas Naturales y Asimiladas Obligadas a llevar libros de contabilidad. [...] Ver más ¿Hasta cuándo tiene plazo de pagar el impuesto a la renta? Recuerde que si no declara renta a tiempo, usted puede hacerse acreedor una multa que va desde el 20% de sus ingresos brutos. Aunque que no todas las personas naturales están obligadas a pagar este impuesto, debe saber que la Reforma Tributaria cambió muchos términos a este respecto [...] Ver más Esté atento si debe declarar o pagar el impuesto de renta De acuerdo con la Directora de la DIAN en Ibagué, no todos los obligados a presentar la declaración del impuesto sobre la renta, deben [...] Ver más ¿Ya declaró renta? Tenga en cuenta que si gana más de $3 millones tendrá que hacerlo De acuerdo con el director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, Seccional Bucaramanga, José Alfredo Díaz Archila, en 2013 cerca de 62 mil personas declararon renta, pero esta cifra podría [...] Ver más Hay más de 1,7 millones de personas que se preparan para declarar renta este año Si usted el año pasado registró ingresos por más de $37,5 millones, prepárese para hacer su declaración de renta. Esta semana quedarían listos los formularios con los cambios introducidos en [...] Ver más Que los impuestos no lo cojan desprevenido El secretario de Hacienda de Bogotá, Ricardo Bonilla González, destacó que este año por primera vez, el impuesto predial aportará más del 25 % de los ingresos tributarios de la ciudad. Por esa razón la Secretaría [...] Ver más
Patrocinador Platino Publicidad pagada mediante el programa de Patrocinadores del INCP. Los patrocinadores del INCP son personas jurídicas que gracias a su aporte, contribuyen al desarrollo integral del profesional contable en Colombia a través de la canalización de recursos económicos que posibilitan al Instituto ejecutar actividades académicas y de investigación. Para mayor información de los diferentes modelos de patrocinio, por favor consulte www.incp.org.co ó solicita le información a incpcol@incp.org.co
Material Relacionado La DIAN hace precisión sobre la fecha de inicio y terminación del plazo para la declaración de la renta y complementarios Frente a la duda sobre la fecha en que inicia la presentación de la declaración de la renta y complementarios para las personas calificadas como Grandes contribuyentes, la DIAN precisó que el plazo inició a partir del 1 de marzo [...] Ver más Los contribuyentes que no declararán renta La Reforma Tributaria cambió el panorama en torno a impuestos y tributos, generando en algunos casos confusión entre los contribuyentes. FP le explica quiénes son aquellos que no están obligados a pagar el [...] Ver más
14. Control interno Importancia de la Auditoria para empresas y organizaciones “Las auditorías pueden ser internas o externas, pero siempre tienen por finalidad el buscar la realidad económica de un determinado patrimonio” [...] Ver más La cultura organizacional como un objetivo de control y administración de riesgos En la actualidad y a partir de los análisis de las principales metodologías internacionales de Administración de Riesgos (COSO-ERM; BASILEA 2 Y 3, ISO 31.000), así como en los modelos de diseño de estructuras de Control Interno (COSO 2013), incluso al considerar los objetivos de los modelos [...] Ver más Buenas prácticas de auditoría y control interno en las organizaciones. Las evaluaciones de calidad de las Unidades de Auditoría Interna. Como a cualquier profesional, a los auditores internos nos debe preocupar la calidad de nuestro trabajo, ya que de ello dependerá el verdadero valor que aportemos a la Organización en [...] Ver más Cultura organizacional: un instrumento de control y de administración de riesgos Desde el Instituto de Auditores Internos de Argentina, Pablo Fudim explicó cuál es el rol que ocupa en la actualidad esta herramienta. Además, destacó que es una variable esencial para la consecución de los objetivos organizacionales [...] Ver más Objetivos del Sistema de Control Interno Ley 87 de 1993, artículo 2. Proteger los recursos de la organización, buscando su adecuada administración ante posibles riesgos que lo afecten; garantizar la eficacia, la eficiencia y economía en todas las operaciones promoviendo y facilitando la correcta ejecución de las funciones y actividades definidas para el logro de la misión institucional [...] Ver más Lo que todo Auditor debe conocer del Comité de Organizaciones Patrocinadoras de la Comisión Treadway – COSO
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El Comité de organizaciones patrocinadoras de la Comisión Treadway fue conformado en 1985 con la finalidad de identificar los factores que originaban la presentación de información financiera falsa o fraudulenta [...] Ver más Importancia de los Objetivos en las Organizaciones Según COSO III Cada entidad tiene una misión, la cual determina los objetivos y las estrategias necesarias para alcanzarlos. Los objetivos pueden ser establecidos mediante un proceso estructurado o informal [...] Ver más La obligación de inscribir situación de control no excluye a las sociedades subordinadas ni a las casas matrices La Superintendencia de Sociedades dijo que el registro mercantil de la situación de control y/o de grupo empresarial, deben realizarse cuando se configuren los presupuestos señalados en los artículos 26, 27 y 28 de [...] Ver más La cultura organizacional como un objetivo de control y administración de riesgos En la actualidad y a partir de los análisis de las principales metodologías internacionales de Administración de Riesgos (COSO-ERM; BASILEA 2 Y 3, ISO 31.000), así como en los modelos de diseño de estructuras de Control Interno (COSO 2013), [...] Ver más ¿Tiene alguna inhabilidad un contador público sin tarjeta profesional, para ejercer cargos de control interno? Frente a las dudas surgidas sobre la posibilidad que existe que persona nombrada contador público, pero sin tarjeta profesional pueda ser nombrado Jefe de la Oficina de Control Interno de una entidad. [...] Ver más Supervisión continúa para la detección de fraudes El fraude y la corrupción disminuyen de forma significativa la capacidad de desarrollo de nuestras organizaciones, distorsionan el sistema de gobierno corporativo y control de las empresas e impide que los objetivos estratégicos de las instituciones sean alcanzados. [...] Ver más Se establecen las condiciones e informes de requerimientos legales que se deberán incluir en los programas anuales de auditorías Buscando el cumplimiento de los roles y acciones determinadas por el marco legal aplicable a las Oficinas de Control Interno, y bajo la Guía de Auditoría de las Entidades Públicas- DAFP, se considera necesario que estas incluyan en el Programa Anual de Auditoría de [...] Ver más
15. Informe de auditoría Papeles de trabajo, sustento del proceso auditor La metodología expresada en la construcción de papeles de trabajo es la impronta que los profesionales en Contaduría tienen, conocen y manejan para sustentar su trabajo de auditoría; a la vez le proporciona un orden y desarrollo lógico y coherente de todas sus actuaciones. [...] Ver más
Material Relacionado Se establecen las condiciones e informes de requerimientos legales que se deberán incluir en los programas anuales de auditorías Buscando el cumplimiento de los roles y acciones determinadas por el marco legal aplicable a las Oficinas de Control Interno, y bajo la Guía de Auditoría de las Entidades Públicas- DAFP, se considera necesario que estas incluyan en el Programa Anual de Auditoría de cada vigencia, [...] Ver más 5 Pasos para diseñar informes de auditoría interna de alto impacto Podría decirse que el informe de auditoría es el aspecto más importante de todo el proceso del trabajo. Usted pudo haber seleccionada el área correcta, evaluar los resultados de forma efectiva, analizar los controles a profundidad y registrar los resultados elegantemente en unos papeles [...] Ver más Propuestas del IAASB para mejorar el informe del auditor: Impacto potencial sobre las auditorías de entidades no cotizadas El Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB) ha emitido propuestas que podrían transformar fundamentalmente el informe del auditor, mejorando potencialmente su valor comunicativo. El proyecto de norma (ED por sus siglas en inglés) propone un nuevo [...] Ver más
16. Comercio bilateral Colombia y Perú dan otro paso para implementar Acuerdo Comercial con la Unión Europea Colombia y Perú adelantaron una nueva reunión con los representantes de la Unión Europea para continuar con el proceso de implementación del Acuerdo Comercial que se aplica de manera provisional desde agosto del 2013. [...] Ver más Inclusión, seguridad y comercio serán ejes de gabinete binacional Perú-Colombia Las reuniones de gabinete binacional acordadas entre Perú y Colombia tendrán como ejes fundamentales el desarrollo con inclusión social, la seguridad y defensa, así como el comercio y las inversiones [...] Ver más
17. Alianza pacifico Encadenamientos productivos, clave para conquistar mercados El objetivo es que las empresas incrementen sus ventas y su sostenibilidad y que cuenten con estándares de producción internacional. Los encadenamientos productivos, la competitividad, la productividad basada en la innovación,
y la internacionalización de las empresas, son los cuatro ejes [...] Ver más Inclusión, seguridad y comercio serán ejes de gabinete binacional Perú-Colombia Las reuniones de gabinete binacional acordadas entre Perú y Colombia tendrán como ejes fundamentales el desarrollo con inclusión social, la seguridad y defensa, así como [...] Ver más Inicia cuarta ronda de negociaciones para un acuerdo comercial con Japón Finalizada la VIII Cumbre de la Alianza Pacífico, Colombia se prepara para iniciar la IV Ronda de Negociaciones que la lleve a un Acuerdo de Asociación Económica con Japón, lo que le abrirá la puerta al país [...] Ver más Alianza del Pacífico concretará en Colombia desgravación arancelaria del 92% Colombia tiene la presidencia pro témpore de la Alianza del Pacífico y en esa condición Santos será el anfitrión de los mandatarios de Chile, México y Perú. [...] Ver más Alianza Pacífico firmará eliminación de impuestos a la exportación Los cancilleres de los países miembros ultimaron detalles de la reunión que se llevará a cabo en febrero en Cartagena. [...] Ver más Alianza del Pacífico atrae a China La alianza del Pacífico fue presentada en un foro en Pekín, como un proyecto de países políticamente estables y altamente atractivo para inversionistas [...] Ver más Todos quieren con la Alianza del Pacífico Casi tres mil empresarios de 13 países han participado en las actividades de promoción de oportunidades de negocios dentro de la Alianza, conformada por Chile, Colombia, México y Perú. [...] Ver más Región Alianza del Pacífico aumenta el flujo de IED Durante la conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (Unctad) se informó la situación de la Inversión Extranjera Directa (IED) en las diferentes regiones del mundo. [...] Ver más TLC de Alianza del Pacífico fortalece posición económica conjunta ante el mundo: MinHacienda El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, celebró el anuncio de la firma de Tratado de Libre Comercio en noviembre próximo hecho por el Presidente Santos desde Nueva York en compañía de sus homólogos de México, Chile y Perú. [...] Ver más
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