Isolux Declaraci贸n de Renta Personas Naturales 2013 Diciembre de 2012
Aspectos Tributarios Personas Naturales Enero 2015
Por qué es pertinente el tema?
L1607
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• Empleados • Trabajadores por cuenta propia (TCP) • Otros
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Agenda
1. Clasificaci贸n de las Personas Naturales
2. Impuesto a la Riqueza 3. Impuesto sobre la Renta y Complementarios 4. Residencia fiscal 5. Beneficios Tributarios 6. Sistemas de determinaci贸n del impuesto de Renta Page 3
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โ บ 1.
Clasificaciรณn de las Personas Naturales
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Cómo se clasifican las Personas Naturales?
L1607 Ley 1607 de 2012
•
• Empleados • Trabajadores por cuenta propia Empleados (TCP) • Otros
• Trabajadores por cuenta propia (TCP)
• Otros
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Categorías de Personas Naturales
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Empleados
Trabajadores por cuenta propia
• Ingreso superior al 80% por las siguientes actividades:
• Ingreso superior al 80% por las siguientes actividades (entre otras):
•
Aplicación del régimen ordinario para:
-
Prestación de servicios de manera personal o realización de una actividad económica por cuenta y riesgo del empleador, mediante vínculo laboral, legal y reglamentario
-
Deportivas y de esparcimiento
-
-
Agropecuario, silvicultura
Actividades que no se encuentren dentro de empleados o tratabajores por cuenta propia (%)
-
Construcción
-
Electricidad, gas y vapor
-
Profesiones liberales
-
Industria madera, corcho y papel
Actividades por cuenta propia con ingresos superiores a 27.000 UVTs
-
Servicios Técnicos que no requieran materiales o insumos especializados
-
Estatuto Notariado
-
Otros
Manufactura alimentos, textiles, prendas
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Qué actividades realizan los TCP?
Actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento Agropecuario, silvicultura y pesca Comercio al por mayor Comercio al por menor Comercio de vehículos automotores, accesorios y productos conexos Construcción Electricidad, gas y vapor Fabricación de productos minerales y otros Fabricación de sustancias químicas Industria de la madera, corcho y papel Manufactura alimentos Manufactura textiles, prendas de vestir y cuero Minería Servicio de transporte, almacenamiento y comunicaciones Servicios de hoteles, restaurantes y similares Servicios financieros Page 7
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► 2.
Impuesto a la I. “Empleados” Riqueza
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Obligados Impuesto a la Riqueza
Ley 1739 del 23 de diciembre de 2014
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Personas Naturales y sucesiones ilĂquidas contribuyentes del Impuesto de Renta y Complementarios. Personas Naturales (nacionales o extranjeras) no residentes respecto de sus riquezas poseĂdas en Colombia.
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Hecho generador del Impuesto a la Riqueza
Posesi贸n de Riqueza igual o superior a $1,000 Millones al 1 de enero de 2015.
Riqueza
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=
Patrimonio bruto
-
Deudas
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Base gravable del Impuesto a la Riqueza
Al 1 de enero de 2015, 2016, 2017 y 2018 + Patrimonio bruto (-) Deudas a cargo (-) Valor patrimonial de la casa o apartamento de habitación (Hasta 12,200 UVT - $345,003,800 para 2015) (-) Valor patrimonial de las acciones, cuotas o partes de interés en sociedades nacionales, poseídas directamente o por medio de terceros. (-) Valor total del patrimonio liquido poseído en el exterior (Solo para Extranjeros residentes por menos de 5 años) = Base Gravable
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Aumento o disminución de la base gravable en los años siguientes
►
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Aumento
Disminución
La base gravable para los años 2016, 2017 y 2018 será la mayor entre la base gravable determinada para dichos años y base gravable de 2015 incrementada en 25% la inflación del año anterior.
La base gravable para los años 2016, 2017 y 2018 será la menor entre la base gravable determinada para dichos años y base gravable de 2015 disminuida en 25% la inflación del año anterior.
La inflación acumulada del año 2014 fue del 3.66% - DANE
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Tarifas Impuesto a la Riqueza
Tabla impuesto a la riqueza Personas Naturales * Cifras en millones de pesos excepto porcentajes
Rangos de la base gravable Límite inferior Límite superior
►
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Tarifa marginal
Impuesto
>0
< 2,000
0.125%
Base Gravable * 0.125%
>= 2,000
< 3,000
0.35%
((Base Gravable - 2,000) * 0.35%) + 2,500
>= 3,000
< 5,000
0.75%
((Base Gravable - 3,000) * 0.75%) + 6,000
>= 5,000
En adelante
1.50%
((Base Gravable - 5,000) * 1.50%) + 21,000
La obligación legal del impuesto a la riqueza se causa al 1 de enero de los años 2015, 2016, 2017 y 2018.
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Escenarios Impuesto a la Riqueza
Año gravable 2015 – Valor de impuesto según límites de las tarifas Patrimonio bruto Deudas Patrimonio Liquido (Riqueza) Valor Patrimonial casa de habitación (Límite) Valor patrimonial de las acciones Patrimonio liquido del exterior* Base Gravable Tarifa marginal aplicable Valor impuesto
2,000,000,000 3,000,000,000 6,000,000,000 7,000,000,000 (1,000,000,000) (1,000,000,000) (3,000,000,000) (2,000,000,000) 1,000,000,000 2,000,000,000 3,000,000,000 5,000,000,000 1,000,000,000
2,000,000,000
3,000,000,000
0.125%
0.35%
0.75%
1,250,000
2,500,000
6,000,000
* Exclusión aplicable solo a extranjeros con residencia menor a 5 años.
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5,000,000,000 1.50% 21,000,000
Escenarios Impuesto a la Riqueza Impuesto a la riqueza con incremento del 25% la inflación en la Base Gravable Patrimonio bruto Deudas Patrimonio Liquido (Riqueza) Valor Patrimonial casa de habitación (Límite) Valor patrimonial de las acciones Patrimonio liquido del exterior Base Gravable** Tarifa marginal aplicable Valor impuesto Total Impuesto por los 4 años
2015 2,000,000,000 (500,000,000) 1,500,000,000
2016 2,000,000,000 (500,000,000) 1,500,000,000
1,500,000,000
1,513,725,000
0.125% 1,875,000
0.125% 1,892,156
2017 2,000,000,000 (500,000,000) 1,500,000,000
2018 2,000,000,000 (500,000,000) 1,500,000,000
1,513,725,000
1,513,725,000
0.125% 1,892,156
* Exclusión aplicable solo a extranjeros con residencia menor a 5 años ** Incremento en la Base gravable del 25% de la inflación (Inflación del 3.66% usada para este ejemplo).
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0.125% 1,892,156 7,551,469
► 3.
Impuesto sobre I. “Empleados” la Renta y Complementarios
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Obligados Impuesto de Renta
Ingresos superiores a 1,400 UVT (a単o 2014 $38,479,000)
Asalariados Patrimonio superior a 4,500 UVT (a単o 2014 $123,682,500)
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Obligados Impuesto de Renta Consumos mediante tarjeta de crédito superiores a 2,800 UVT (año 2014 $76,958,000)
Asalariados
Compras y consumos superiores a 2,800 UVT (año 2014 $76,958,000)
Consignaciones, depósitos o inversiones financieras superiores a 4,500 UVT (año 2014 123,682,500)
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► 4.
Residencia I. “Empleados” Fiscal
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Residencia Fiscal Colombianos y Extranjeros
0
Año 1
Año 2
183 días de manera continua o discontinua, dentro de un periodo de 365 días calendario
Consideraciones adicionales: • •
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Días de entrada y de salida son considerados para el cómputo La residencia se adquiere a partir del segundo año, cuando los 183 días se completen en éste último
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Residencia Fiscal Colombianos (condiciones adicionales) Ser nacional y que durante el respectivo período gravable, se cumpla alguna de las siguientes condiciones: • • • • • •
Su cónyuge o compañero permanente no separado legalmente, o los hijos dependientes menores de edad, tengan residencia fiscal en el país; Que el (50%) o más de sus ingresos sean de fuente nacional; Que el (50%) o más de sus bienes sean administrados en el país; Que el (50%) o más de sus activos se entiendan poseídos en el país; Quienes no acrediten su condición de residentes en el exterior para efectos tributarios; Quienes tengan residencia fiscal en una jurisdicción calificada por el Gobierno Nacional como paraíso fiscal.
No serán residentes quienes a pesar de cumplir alguna de las condiciones anteriores reúnan las siguientes condiciones establecidas en la ley 1739 de 2014: • •
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Que el (50%) o más de sus ingresos anuales tengan su fuente en la jurisdicción donde tengan su domicilio. Que el (50%) o más de sus activos se encuentren localizados en la jurisdicción donde tengan su domicilio. Material exclusivo para asistentes al I Encuentro Contable & Tributario INCP
Crédito Tributario
• Descuento del valor del impuesto pagado en el exterior, del impuesto a pagar en Colombia.
• Se mantiene el mismo tratamiento para el descuento tributario.
• Límite: El impuesto no debe exceder el monto a pagar en Colombia por el mismo concepto.
Antes de la Reforma
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Después de la Reforma
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Fuente de Ingresos
Extranjeros y Colombianos no residentes
Extranjeros y Colombianos Residentes
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• Patrimonio poseído en Colombia. • Rentas de fuente colombiana.
• Patrimonio poseído en Colombia + Exterior • Rentas de fuente colombiana + extranjera • Crédito Tributario aplicable/CDI
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► 5.
Beneficios I. “Empleados” Tributarios
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Beneficios Tributarios Aportes Voluntarios Fondos de Pensiones - AFC
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• Máximo 30% del ingreso anual • Hasta un límite máximo de 3,800 UVT anuales (año 2014 $104,443,000)
Renta Exenta Laboral
• 25% del resultado de depurar el total de los pagos laborales menos los INCRNGO, deducciones y rentas exentas (limitado a 240 UVT mensuales)
Deducciones
•Aportes obligatorios a salud •Aportes a medicina prepagada (limitados a 16 UVT mensuales) •Intereses por créditos hipotecarios (limitados a 100 UVT mensuales) •Dependientes (10% del ingreso bruto, limitado a 32 UVT mensuales)
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Deducción por Dependientes
Hijos entre 18 y 23, padre o madre financia educación en instituciones formales de educación o en programas técnicos no formales, debidamente certificadas o acreditadas
Hijos menores de 18
Dependientes - Cónyuge o compañero permanente; o
Hijos mayores de 23, factores físicos o sicológicosMedicina Legal /EPS
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- Padres o hermanos
a) Factores físicos o sicológicos- Medicina Legal /EPS b) Ingresos menores a 260 UVT al año ($595,500 mes)- Contador Público
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► 6.
Sistemas de I. “Empleados” Determinación del Impuesto
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Sistemas de Determinaci贸n del Impuesto
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Sistemas de Determinaci贸n del Impuesto
2,800
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Sistemas de Determinación del Impuesto
• No Residentes: Tarifa 33%
Método ordinario
Liquidación Impuesto sobre la Renta
Impuesto Mínimo Alternativo Nacional “IMAN” Impuesto Mínimo Alternativo Simple “IMAS” (Aplica para Ingresos brutos inferiores a $76,958.000)
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• Residentes: Tarifas progresivas (0%, 19%, 28% y 33%)
• Sólo se podrá disminuir la base gravable con ciertas deducciones • Tarifas Especiales
• Sólo se podrá disminuir la base gravable con ciertas deducciones. • Tarifas Especiales (más altas) • La declaración quedará en firme 6 meses después de su presentación y pago
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Determinación de la Base Gravable Beneficio Tributario
Método Ordinario
IMAN
IMAS
Aportes a pensión (Obligatoria y Voluntaria y cuentas AFC)
Renta Exenta (límite anual del 30% ingreso laboral o tributario y hasta 3,800 UVT)
Pensión obligatoria del trabajador
Pensión obligatoria del trabajador
Deducible el aporte obligatorio del trabajador
Deducible el aporte obligatorio del trabajador
No aplica
No aplica
No aplica
No aplica
No aplica
No aplica
Aportes a salud
Deducción por intereses de crédito hipotecario
Medicina Prepagada
Dependientes
Deducible el aporte obligatorio del trabajador Deducible el valor de los intereses pagados por préstamo de vivienda durante el año gravable (límite de 1,200 UVT) Deducible el valor de los aportes realizados a medicina prepagada durante el año gravable (límite 16 UVT) 10% del ingreso bruto (límite 32 UVT)
25% del ingreso laboral (menos INCRNGO, No aplica Renta exenta laboral deducciones y rentas No aplica Page 31 Material exclusivo para asistentes al I Encuentro Contable & Tributario INCP exentas)
►¡Gracias
por su
atención!
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