Vinculaci贸n econ贸mica
Precios de Transferencia
Enero de 2015
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Vinculados económicos o partes relacionadas Vinculación (exposición de motivos Ley 1607 de 2012) “La vinculación es el presupuesto esencial para la determinación de la aplicación del régimen de precios de transferencia, dado que es entre empresas vinculadas que pueden existir condiciones distintas a aquellas que se tendrían en cuenta entre terceros independientes, y que pueden permitir una manipulación artificial de precios para efectos de minimización tributaria”
“Derivado de la globalización y del crecimiento económico, y en línea con las distintas formas de optimizar el pago de impuestos, las empresas han cambiado la forma en la que realizan sus operaciones intercompañía y las han llevado hacia nuevos esquemas que involucran, por ejemplo, establecimientos permanentes, paraísos fiscales y empresas en zonas francas”.
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Vinculados o partes relacionadas Después Ley 1607 de 2012:
Antes Ley 1607 de 2012:
Artículo 260-1 del Estatuto Tributario
-
Capital (mayor 50%) Control Dirección Otros
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Vinculados o parte relacionadas
Control o Dirección
Mayoría mínima decisoria Influencia dominante en las decisiones de los órganos de administración, dirección o toma de decisiones de negocio de la entidad Poder de decisión: (Extractado del Oficio 220-50925 del 12 de noviembre de 1996 de la Superintendencia de Sociedades.) ‘‘Aquella fuerza vinculante que detentan una o varias personas para que su voluntad prevalezca dentro del funcionamiento de una sociedad, bajo la voluntad administrativa, operativa, financiera y, en especial, que con tal voluntad se obtenga una relevante influencia en la forma en que se maneje el patrimonio social”.
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Vinculaci贸n Art铆culo 260-1 Estatuto Tributario
1. Subordinaci贸n
2. Sucursales
3. Agencias
4. Establecimientos Permanentes
5. Otros
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Vinculaci贸n - Ley 1607 de 2012 Art铆culo 260-1 Estatuto Tributario 1. Subordinaci贸n Matriz o controlante 100% 100%
Filial 3 S u b o r d i n a d a s
60%
Filial 1
70%
Filial 3 50% 25%
Filial 3
25%
Subsidiaria en un 82.5%
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Vinculación - Ley 1607 de 2012 Artículo 260-1 Estatuto Tributario (1.b.i.) Un contribuyente será una subordinada cuando más del 50% de su capital pertenezca a la matriz, directamente o por intermedio o con el concurso de sus subordinadas, o de las subordinadas de estas. Para tal efecto, no se computarán las acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto;
100%
Compañía A
100%
100%
Compañía B (Filial )
Compañía C
Compañía D
(Tercero Independiente)
(Tercero Independiente)
40% A.O.
11% A.O.
30% A.P
Compañía XY A.O.: Acciones Ordinarias A.P: Acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto
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Vinculación - Ley 1607 de 2012 Artículo 260-1 Estatuto Tributario 4.
Establecimientos permanentes, respecto de la empresa cuya actividad realizan en todo o en parte.
Artículo 20 E.T. (Adicionado por Artículo 86 Ley 1607/12) Lugar Fijo de Negocio
Lugar fijo de negocios ubicado en el país, a través del cual una empresa extranjera (sociedad o cualquier otra entidad extranjera, o persona natural sin residencia en Colombia) realiza toda o parte de su actividad.
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Vinculación - Ley 1607 de 2012 Artículo 260-1 Estatuto Tributario
Establecimientos Permanentes (incluye sucursales)
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Artículo 20 – 2 ET: Análisis Fáctico
Sin perjuicio del cumplimiento de los deberes formales de precios de transferencia, la contabilidad fiscal (ingresos, costos y gastos atribuibles a la Sucursal o EP) deberá estar soportada en un estudio sobre las funciones, activos, riesgos y personal involucrados en la obtención de las rentas y de las ganancias ocasionales atribuidas a ellos.
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Vinculación - Ley 1607 de 2012 Artículo 260-1 Estatuto Tributario Operación entre vinculados a través de un tercero e. (Antes Art. 450 E.T.) Vinculación en casos de enajenación Se simplifica y queda como operaciones realizadas entre vinculados a través de terceros no vinculados. Ejm: Operaciones Back to Back
Entidad Financiera
Subordinada 1
Colombia
Préstamo
Casa Matriz Depósito (Garantía)
Holanda (Países Bajos)
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Vinculación - Ley 1607 de 2012 Artículo 260-1 Estatuto Tributario, ajustado en Decreto Reglamentario 3030 de 2013 ( 5.f ) Cuando existan consorcios, uniones temporales, cuentas en participación, otras formas asociativas que no den origen a personas jurídicas y demás contratos de colaboración empresarial, cuando los mismos celebren operaciones con vinculados de uno cualquiera de los miembros, caso en el cual las obligaciones formales deberán ser cumplidas por el miembro de quien se predique la vinculación. vinculados Subordinada
Operación de compra de bienes *
Zona Franca
Colombia
Colombia Subordinada
Contrato de Colaboración
Compañía B
TAN
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Criterios de vinculación Paraíso Fiscal –Art. 260 – 7 (Decreto 2193 de 2013 para FY 2014) • Artículo 260-7: cualquier operación celebrada con una entidad constituida, localizada o en funcionamiento en paraísos fiscal, se encuentra cubierta por el régimen de precios de transferencia y debe ser informada y analizada (si cumple el monto mínimo de 10.000 UVT equivalente a COP 274.850.000 para FY 2014).
• En caso de tratarse de un pago en beneficio de la entidad en el paraíso fiscal (PF), se deberá realizar el análisis funcional y suministrar el detalle de costos y gastos incurridos por el PF (parágrafo 3 del artículo 260-7 ET).
• Decreto 3030, Art. 4 Num. 4 Par. 1 (EXCEPCIÓN): Lo preceptuado en el parágrafo tercero del artículo 260-7 del Estatuto Tributario en concordancia con el inciso anterior no será aplicable, cuando el contribuyente demuestre que NO se trata de operaciones celebradas con vinculados en los términos del artículo 260-1 del Estatuto Tributario, allegando a la documentación comprobatoria las pruebas que considere pertinentes (subrayado nuestro).
Paraísos fiscales
¿Los gastos efectuados al exterior a compañías ubicadas en paraísos fiscales, no sometidos a retención en la fuente, son deducibles?
Concepto No. 16680 del 22 de marzo de 2005 Los gastos efectuados al exterior a compañías ubicadas en paraísos fiscales no sujetos a retención en la fuente son deducibles siempre y cuando cumplan con los preceptos del parágrafo 3 del artículo 260-7 del E.T.
Los gastos efectuados al exterior a compañías ubicadas en paraísos fiscales y que no fueron sometidos a retención en la fuente no son deducibles bajo las previsiones de los artículos 124-2 y 408 del E.T
Concepto No. 019440 del 25 de marzo de 2014 Concepto No. 607 del 26 de mayo de 2014
Concepto No. 31855 del 26 de mayo de 2014
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Concepto 1256 9 de Octubre de 2014
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Casos prรกcticos
¿Qué pasa si?
Caso 1
?
Si el socio de una compañía A en Islas Vírgenes Británicas, participa en la Junta Directiva (no tiene derecho a voto) de la Compañía B, contribuyente colombiano, siendo A el principal cliente de la Compañía B (sus ingresos por venta de producto manufacturado superan el 90% de sus ingresos equivalentes a COP 8.000 millones), que deberes formales debo cumplir ante la Autoridad Tributaria? -
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Suponga que se encuentra en el año gravable 2014
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¿Qué pasa si?
Caso 2
?
-
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Bajo las premisas señaladas en el caso 1, que sucede si el monto de la operación es de COP 200 millones? Si quisiera evidenciar la “NO se trata de operaciones celebradas con vinculados”, que pruebas suministraría a la Autoridad Tributaria?
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Contactos Pedro Sarmiento Socio Director Tax & Legal psarmiento@deloitte.com Bogota, Colombia
Jose Guarin Socio Tax & Legal – Precios de Transferencia jguarin@deloitte.com Bogota, Colombia
Deloitte hace referencia, individual o conjuntamente, a Deloitte Touche Tohmatsu Limited, sociedad del Reino Unido no cotizada limitada mediante garantía y a su red de firmas miembro, cada una de las cuales es una entidad con personalidad jurídica propia e independiente. Consulte la página www.deloitte.com/about si desea obtener una descripción detallada de la estructura legal de Deloitte Touche Tohmatsu Limited y sus firmas miembro. Deloitte presta servicios de auditoría, tributación, consultoría y asesoramiento financiero a clientes públicos y privados en un amplio espectro de sectores. Con una red de firmas miembro interconectadas a escala global extendida por 150 países, Deloitte aporta las mejores capacidades y unos amplios conocimientos expertos a escala local que ayudan a sus clientes a tener éxito allí donde operan. Los 182.000 profesionales de Deloitte están comprometidos para convertirse en modelo de excelencia. Limitación de responsabilidad Esta publicación contiene exclusivamente información de carácter general, y ni Deloitte Touche Tohmatsu Limited, ni sus firmas miembro o entidades asociadas (conjuntamente, la “Red Deloitte”), pretenden, por medio de esta publicación, prestar servicios o asesoramiento profesionales. Antes de tomar cualquier decisión o adoptar cualquier medida que pueda afectar a su situación financiera o a su negocio, debe consultar a un asesor profesional cualificado. Ninguna entidad de la Red Deloitte se hace responsable de las pérdidas sufridas por cualquier personal que actúe basándose en esta publicación.
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