Intercambio de informaci贸n con otras autoridades tributarias Moderador Pedro Enrique Sarmiento Panelistas Juan Manuel Idrovo Carlos Ca帽贸n
Contexto • Empieza a darse con la EU savings directive (2005) • Lista gris OCDE -> intercambio información 2010. • Ley FATCA acelera el intercambio de información. • Convenios bilaterales: Colombia – Estados Unidos / Colombia – Curazao
FATCA ¿Qué es? El gobierno de los Estados Unidos en 2010 promulgo la ley estadounidense denominada FATCA (foreign account tax compliance act o ley de cumplimiento tributario de cuentas extranjeras). La ley busca evitar la evasión de impuestos de los ciudadanos de los Estados Unidos, a través del intercambio de información con las entidades financieras. Características Mejora cumplimiento fiscal de personas de Estados Unidos que tienen cuentas en el extranjero. Las instituciones financieras extranjeras deben celebrar contrato de cumplimiento con el departamento del tesoro de los estados unidos para que identifique y reporte anualmente las cuentas de los ciudadanos respectivos. Proyecta recaudar 7,6 billones de dólares de ingresos fiscales en un periodo de 10 años. Requiere agente retenedor para que retenga el 30% de pagos sujetos a retención hechos a las entidades financieras que no estén cumpliendo con los requerimientos FATCA.
Convenio Colombia – Estados Unidos • Acuerdo de intercambio de información tributaria entre Colombia y Estados Unidos (ley 1666 de 2013). • Se intercambiara información de personas naturales y jurídicas, independiente de que sean residentes o no en Estados Unidos o en Colombia. • Impuesto sobre la renta y complementario, IVA y gravamen a los movimientos financieros vs todos los impuestos federales de Estados Unidos. • Solo intercambia información la DIAN por parte de Colombia y el secretario del tesoro o su delegado por parte de Estados Unidos. • No se le notifica al contribuyente sobre el intercambio de información.
Convenio Colombia - Curazao • Acuerdo para el intercambio de información en materia tributaria. • Permitirá a los países suscritos intercambiar información relevante para administrar efectivamente las imposiciones tributarias a las que haya lugar a partir de la información recolectada de los naturales del país recaudador. • La DIAN y demás entidades del estado podrán solicitar información financiera a Curazao, incluso del pasado.
Tipos de intercambio • General y automático: información que se manda usualmente, sin requerimiento previo alguno. • Espontaneo: información especifica que se envía por considerarse importante, sin que medie requerimiento previo por parte del estado receptor. • Especifico: información particular, que previamente el estado parte del acuerdo.
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