Revista INCP No. 175

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Noticias IFAC eNews IFAC....................................................................................................................................................../4

Noticias del Mundo AICPA pregunta, “¿Cuál es su CI en fraude?”........................................................................................................../6 Nueva investigación de AAT demuestra el valor de las prácticas para las empresas del Reino Unido.............................../6 La profesión contable se enfoca en el día internacional de la mujer............................................................................/6 Contadores forenses en Australia hacen las veces de testigos expertos para testimonios de opinión y no opinión............/8 CA Sri Lanka lanza nueva iniciativa para mejorar la estructura financiera de las PYMES................................................/8 ICAEW se une a la iniciativa de ciber-seguridad...................................................................................................../8 CPA Canadá - Bolsa de Valores de Toronto prepara a las compañías para las revelaciones ambientales y sociales............../8 Nombramientos recientes de entes miembros y elecciones....................................................................................../9 Iniciativas comunes entre organizaciones profesionales de contabilidad...................................................................../9 FSB emite Carta Abierta al G-20 sobre el sistema financiero global y la reforma........................................................./9 Nuevo portal financiero PYMES lanzado en el Reino Unido......................................................................................../9 El Comité de Contadores Públicos de Malasia adoptará próximamente la contabilidad de devengo.............................../10 Perfiles: Ministro de Economía influyente detrás del giro económico de Argentina...................................................../10 NASBA de Estados Unidos busca propuestas de investigación en educación contable................................................./10 Disponible nuevo informe sobre supervisión del ente regulatorio holandés................................................................./10 FSC anuncia planes de política financiera para Corea en el 2014............................................................................/10 Revisión de estructura planeada por la Fundación IFRS en el 2015........................................................................../11 Fondo Global busca miembro para Comité de Auditoría........................................................................................../11 Comité SMP emite resultados de la última Encuesta Breve SMP.............................................................................../11 Consejo de la IFAC aprueba Constitución y Ordenanzas durante junta especial........................................................./11 Auditor General de Kenia percibido como el policía de la corrupción......................................................................../12 Nuevo documento sobre Retos de Información Financiera emitido por IFAC e ICAS.................................................../12 IAASB adopta un enfoque holístico en este nuevo marco para la calidad de auditoría.............................................../12 Documento de política del IPSASB sobre directrices de reporte GFS......................................................................../12 Basilea emite Directrices Globales revisadas para auditorías a bancos...................................................................../14 Pocas PYMES de Estados Unidos emplean a contadores......................................................................................../14 Presidente de la IFAC se pronuncia en GLOBE 2014............................................................................................../14 Documento de consulta del IAASB...................................................................................................................../14 CEO de IFAC debate sobre el rol del Director Financiero......................................................................................../14 Los Comités IFAC, SMP y PAIB contribuyen en el Desarrollo de la Estrategia de Ética y el Plan de Trabajo..................../15 IAESB publica documento informativo revisado sobre Desarrollo y Gestión de Exámenes Escritos.............................../15 Perspectiva de la última publicación Gateway: Opinión de Charles Tilley sobre los Principios Contables de Gestión Global de CIMA......................................................................................................................................................../15 Próximo evento abarcará cambios pronosticados, impacto sobre el modelo de información del auditor ......................./16 Publicaciones traducidas ahora disponibles........................................................................................................../16 IFAC e ICAJ celebran Seminario para Profesionales en Contabilidad........................................................................./16 Lanzamiento de dos iniciativas que apoyan la contabilidad forense........................................................................./16 Presidente Delegado de IFAC se presenta en Conferencia sobre Gestión de Auditoría General de IIA.........................../17 CPA Australia: ¿Su ética está tomando un giro equivocado?.................................................................................../17 HKICPA emite nueva guía sobre gobierno............................................................................................................/17 Proyecto de norma del IAESB............................................................................................................................/17 Estrategia económica de Brasil sufre cambios....................................................................................................../17 Nuevo video de Singapur: Caminos hacia una carrera contable............................................................................../18 Iniciativas comunes entre organizaciones profesionales de contabilidad................................................................../18 Profesor solicita estandarización de calificaciones requeridas en finanzas islámicas.................................................../18 Presidente de Nigeria elogia el ICAN, contabilidad................................................................................................/18 ICAI sugiere nuevas fechas para la convergencia de estándares............................................................................./20 Reforma de auditoría aprobada por Parlamento de la UE......................................................................................./20 Sudáfrica respalda el marco de información integrada........................................................................................../20 MIA emite informe de revisión de firmas, busca mejorar la calidad de auditoría......................................................../20 Dos informes de la OCDE demuestran los primeros impactos de la reforma a las finanzas públicas............................../20

Opinión NIIF para las PYMES ¿La solución al problema para la aplicación de la normativa internacional?................................./22 ¿Se puede cambiar sin realmente cambiar? Hacia una revisoría fiscal basada -en- principios......................................./31 Analizar el impacto de la adopción o convergencia por primera vez de la NICSP 17, Propiedad Planta y Equipo en la entidad gubernamental -FINANDENA- de acuerdo con los estados financieros de la vigencia fiscal 2012................................./42 Reforma del mercado de la auditoría (Unión Europea) Preguntas más frecuentes...................................................../52


eNews IFAC 1. Comité PAIB emite documento de debate sobre Liderazgo Financiero El Comité de Contadores Profesionales en Empresas (PAIB) ha emitido un Documento de Debate, El rol de un director financiero: Un debate global sobre la preparación de los contadores frente al liderazgo financiero, para estimular el debate sobre la preparación de los contadores frente a los roles de liderazgo financiero, incluyendo el de director financiero. Cinco principios resaltan los cambios en términos de expectativas, alcance y mandato del director financiero y los roles de liderazgo financiero. El documento recomienda las acciones que las organizaciones profesionales de contabilidad y los empleadores pueden tomar para preparar a los contadores profesionales frente a un progreso en su carrera hacia el liderazgo financiero. Estos principios y acciones recomendadas concientizan aún más sobre las implicaciones para la educación, la capacitación y el desarrollo de los contadores profesionales. 2. Global Knowledge Gateway: Próximo lanzamiento del nuevo Centro de Recursos IFAC Es con gran emoción y entusiasmo que la IFAC introduce un nuevo desarrollo para su sitio web: El Global Knowledge Gateway de la IFAC es un portal de noticias contables, opiniones, recursos y liderazgo de pensamiento de la IFAC, sus organizaciones miembro y otros grupos e individuos notables. El Gateway responde a la solicitud que la IFAC mejore su posición como la organización contable global. El Gateway será lanzado en el 2014 y permitirá a los contadores profesionales acceder a recursos de alta calidad; aprender sobre áreas emergentes de 4

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la profesión como la sostenibilidad y la información integrada; permanecer conectados con los temas contables más relevantes y las noticias diarias; e interactuar al intercambiar opiniones, hacer recomendaciones y compartir lo que encuentran con sus propias redes sociales.

una comunidad entre profesionales, estudiantes, empleadores y académicos, donde puedan compartir sus opiniones sobre la crisis." Esta nueva campaña incluye una presencia en Twitter, Facebook, Google+, YouTube, y LinkedIn, al igual que en el sitio web, www.CompetencyCrisis.org.

3. ACCA e IMA hacen lanzamiento del nuevo sitio web de Liderazgo Financiero

5. Clave de la comunicación en equipos financieros de alto rendimiento

La Asociación de Contadores Públicos Colegiados (ACCA) y el Instituto de Contadores Gerenciales (IMA) lanzaron un sitio web dedicado al liderazgo y desempeño financiero (www.roleofcfo. com), el cual incluye recursos sobre el inicio de una carrera en finanzas, opciones de mediados de carrera y cómo ser un director financiero. Estos son los informes más recientes:

Un reciente artículo En la oscuridad debate sobre el desarrollo de un equipo de alto rendimiento, incluyendo ciertas opiniones que expresan que los directores financieros no se están enfocando lo suficiente en la creación de equipos generadores de éxito y el "sorprendente" rol del talento individual en el éxito del equipo. El artículo establece que "los estudios científicos y análisis empresariales han demostrado consistentemente que la comunicación efectiva es crucial en el rendimiento de los equipos, impactando directamente el balance de una compañía." En la oscuridad es publicado por CPA Australia.

• Futuros caminos hacia el liderazgo financiero analiza cómo se espera que evolucione el futuro rol del director financiero y en qué manera las experiencias serán más beneficiosas para la siguiente generación de directores financieros. • Darwinismo digital presenta las 10 principales tendencias que cuentan con el potencial de moldear significativamente el negocio y el panorama de la contaduría. 4. Lanzamiento de nuevo sitio web del IMA sobre crisis de competencias En respuesta a lo que considera como crisis de competencias, el Instituto de Contadores Gerenciales (IMA) ha lanzado un nuevo sitio web "diseñado para fomentar el discurso enfocado en el tema relacionado con la brecha de talento que se evidencia en la profesión contable; las acciones dedicadas a encontrar soluciones; y crear

6. Nuevo Informe CIMA se enfoca en la mejora de la toma de decisión y la eficiencia en las finanzas del sector público El Instituto Certificado de Contadores Gerenciales (CIMA) y el Instituto para el Gobierno han producido un proyecto para el cambio, lo que dirigirá hacia una mejor toma de decisión y mayor eficiencia en el sector público. Liderazgo financiero para el gobierno busca proporcionar una "estructura para abrir el debate sobre el rol del liderazgo financiero en organizaciones grandes y desarrolladas y para apoyar el trabajo del gobierno del Reino Unido en la creación de un modelo de liderazgo corporativo."


7. ICAEW analiza la evolución de los roles de liderazgo financiero ¿Cómo ha cambiado el rol del director financiero a través de los últimos 50 años? En un artículo de Finance & Management (Finanzas y Administración), el Colegio de Contadores Certificados de Inglaterra y Gales (ICAEW) analiza el rol que los profesionales en finanzas desempeñan en una empresa exitosa y sostenible, y cómo este rol ha cambiado a través del tiempo. El artículo Director financiero - Antes y ahora (Finance Director—Then and Now) evidencia lo que ha cambiado y lo que continua igual, y abarca algunas de las capacidades necesarias en un director financiero y otras personas en cargos financieros de liderazgo. 8. Se explora la conexión entre innovación y liderazgo financiero en nuevo informe de CGMA Un nuevo informe de CGMA, Logrando la innovación: Empleando el poder de las finanzas, identifica cinco áreas en las que "los líderes financieros pueden tener un impacto fundamental sobre la manera en que las compañías comercializan las ideas innovadoras." CGMA es una iniciativa conjunta entre el Instituto Americano de Contadores Públicos Certificados (AICPA) y el Instituto Certificado de Contadores Gerenciales (CIMA). El informe completo se encuentra disponible para miembros CGMA únicamente. 9. Reciente informe de ACCA evalúa el liderazgo financiero y la contabilidad en el sector público del Reino Unido En un nuevo informe, la Asociación de Contadores Públicos Colegiados (ACCA) analiza cómo los gerentes financieros en el Reino Unido están sobrellevando las demandas que les son dirigidas y cómo pueden demostrar un valor mejorado, proporcionando un

liderazgo financiero estratégico más efectivo. La importancia del liderazgo financiero estratégico en el sector público del Reino Unido en tiempos de austeridad financiera revela que los "entes del sector público—incluyendo consejos locales, autoridades de salud y hospitales, servicios de policía, bomberos y ambulancias—necesitan ser más proactivos aclarando a los decisores los costos financieros y los beneficios de ciertas acciones en particular. 10. ICAEW: ¿Qué puede aprender el sector público del sector privado? El informe del Colegio de Contadores Certificados de Inglaterra y Gales (ICAEW), ¿Un director financiero en el Gabinete? Fortaleciendo las finanzas del Reino Unido para el futuro, recomienda que el gobierno del Reino Unido asigne al gabinete un funcionario público con capacidades financieras para así ayudar a mejorar la gestión de las finanzas públicas. Esta asignación sería comparable al director financiero de un grupo en el sector privado. 11. Instituto CFO Singapur y PwC opinan sobre la tecnología y el director financiero Tecnología y el director financiero: Discusiones de un focus group sobre seguridad de los datos y análisis de negocios, publicado por el Instituto CFO de Singapur y PwC, investiga los nuevos retos para los directores financieros al utilizar nuevas fuentes de datos para así poder entregar pronósticos más acertados a las empresas, mitigando simultáneamente el riesgo de exposición de datos. 12. IFAC apoya la Investigación de la ACCA sobre Cultura Corporativa La Asociación de Contadores Públicos Colegiados (ACCA) ha emprendido un gran proyecto de investigación internacional, estudiando la cultura corpo-

rativa y lo que influencia la conducta de un individuo en las organizaciones. Específicamente, el proyecto analiza cómo el comportamiento puede ser influenciado para el beneficio a largo plazo de la compañía, sus propietarios y demás partes interesadas. La IFAC celebró tres sesiones de mesas redondas de la ACCA en Nueva York, permitiendo a los expertos intercambiar visiones sobre cómo la cultura corporativa puede ser valorada e influenciada. Una serie previa de mesas redondas se realizó en Londres; se han planeado mesas redondas adicionales en Bruselas, India y el Medio Oriente. Para información adicional, contactar a Paul Moxey, director de gobierno corporativo y gestión de riesgo de la ACCA, quien está liderando la investigación.

Preparado por el Departamento de Comunicaciones de la IFAC. Contactar a communications@ifac. org para obtener mayor información. Copyright © 2014 por la Federación Internacional de Contadores (IFAC). Todos los derechos reservados. Se requiere la autorización escrita de la IFAC para reproducir, almacenar, transmitir o cualquier uso similar de este documento, salvo como lo permita la ley. Contactar a permissions@ ifac.org. Cancelar suscripción a todos los correos de la IFAC | Administrar las suscripciones de la IFAC “Copyright © January 2014 by the International Federation of Accountants (IFAC). All rights reserved. Used with permission of IFAC. Contact Permissions@ifac.org for permission to reproduce, store or transmit, or to make other similar uses of this document. This publication has been translated from the English language into the Spanish language by Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia. IFAC assumes no responsibility for the accuracy and completeness of the translation or for actions that may ensue as a result thereof.” “Copyright © enero 2014 por la Federación Internacional de Contadores (IFAC). Todos los derechos reservados. Utilizado con permiso de la IFAC. Contactar a permissions@ifac.org para obtener autorización de reproducir, almacenar, transmitir o cualquier uso similar de este documento. Esta publicación ha sido traducida del idioma inglés al idioma español por el Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia. La IFAC no asume responsabilidad alguna por la exactitud e integridad de la traducción o por las acciones que puedan ser generadas como resultado.”

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AICPA pregunta, “¿Cuál es su CI en fraude?” La edición de marzo del Journal of Accountancy, publicado por el Instituto Americano de CPA (AICPA), incluye un quiz para valorar el conocimiento sobre la prevención de fraude. El artículo sostiene que el fraude está presente en todas las

organizaciones e industrias; por lo tanto, todas las organizaciones necesitan medidas de prevención proactivas. Fuente: Journal of Accountancy – Traducción propia incp

Nueva investigación de AAT demuestra el valor de las prácticas para las empresas del Reino Unido Los hallazgos incluidos en un nuevo informe de la Asociación de Contadores Técnicos (AAT por sus siglas en inglés) revelan que los aprendices en el Reino Unido ofrecen un retorno sobre inversión significativo ya que el resultado económico excede frecuentemente los costos de capacitación y salario. El valor de las pasantías (The Value of Apprenti-

ceships) reporta que los aprendices han generado £1.8 millardos en beneficios económicos netos a las organizaciones del Reino Unido en el 2013. Fuente: Association of Accounting Technicians (Asociación de Contadores Técnicos) – Traducción propia incp

La profesión contable se enfoca en el día internacional de la mujer Como celebración del día internacional de la mujer el 8 de marzo, varias organizaciones y firmas contables realizaron encuestas, informes y celebraron eventos sobre las mujeres en el sector financiero, el liderazgo y la contabilidad, incluyendo: • El rol de la mujer en el sector financiero en Omán (Role of women in the financial sector in Oman) • Mujeres, contabilidad y desarrollo en Bangladesh (Women, accountancy, and development in Bangladesh) • Trayectorias profesionales para mujeres en el sector financiero (Career paths for women in finance) • Igualdad de sexos y crecimiento económico en el Reino Unido (Gender equality and economic growth in the UK) • Igualdad y crecimiento económico en Etiopía (Equality and economic growth in Ethiopia) 6

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• Empoderamiento económico de las mujeres en las naciones nórdicas (Economic empowerment of women in Nordic nations) • Creciente número de mujeres que ingresan a la profesión contable (Women entering the accountancy profession on the rise) • Mujeres y liderazgo en el sector público (Women and leadership in the public sector) • Mujeres y finanzas personales en Irlanda (Women and personal finance in Ireland) • Informe sobre mujeres que asumen roles de liderazgo (Report on women in leadership roles) Fuente: IFAC – Traducción propia incp



Contadores forenses en Australia hacen las veces de testigos expertos para testimonios de opinión y no opinión Los cambios al Estándar de Contabilidad Forense en Australia testigos expertos en tribunales, al proporcionar tanto una

publicada por CPA Australia, analiza el tema más de cerca para guiar a los contadores profesionales en este cambio de expectativas y normas.

opinión como evidencia sin opinión. La revista In the Black,

Fuente: In the Black – Traducción propia incp

dejan en claro que los contadores son considerados como

CA Sri Lanka lanza nueva iniciativa para mejorar la estructura financiera de las PYMES El Instituto de Contadores Certificados de Sri Lanka (CA Sri llama la espina dorsal de la economía de Sri Lanka—más

iniciativa abarcará el acceso a la financiación, la cual CA Sri Lanka considera uno de los retos más significativos para las PYMES.

de 30.000 pequeñas y medianas empresas (PYMES). Esta

Fuente: The Island – Traducción propia incp

Lanka) ha lanzado una nueva iniciativa para mejorar lo que

ICAEW se une a la iniciativa de ciber-seguridad El Colegio de Contadores Certificados de Inglaterra y Gales (ICAEW) se ha unido a la Sociedad de Información de Ciber-Seguridad Compartida, en un esfuerzo por unir a empresas y gobiernos para abarcar y analizar los desafíos de

la ciber-seguridad. El ICAEW es el primer ente contable en unirse a esta cooperación. Fuente: Colegio de Contadores Certificados de Inglaterra y Gales – Traducción propia incp

CPA Canadá - Bolsa de Valores de Toronto prepara a las compañías para las revelaciones ambientales y sociales Una nueva publicación conjunta de CPA Canadá y la Bolsa de Valores de Toronto busca ayudar a las compañías a prepararse para la posible expansión de los requerimientos de revelación. Cartilla sobre revelaciones ambientales y sociales (A Primer for Environmental and Social Disclosures) define los principios claves para la conducta empresarial 8

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frente a lo ambiental y social al igual que los requerimientos obligatorios de revelación, información voluntaria, indicadores de desempeño claves específicos a la industria, e iniciativas en otros países. Fuente: CPA Canadá – Traducción propia incp


Nombramientos recientes de entes miembros y elecciones • Sherree Ebanks, director ejecutivo, Sociedad de Contadores Profesionales de las Islas Caimán Fuente: IFAC – Traducción propia incp

Iniciativas comunes entre organizaciones profesionales de contabilidad • El Comité Consultivo de Organismos Contables, una cooperación entre cinco organizaciones profesionales de contabilidad, ha emitido un estudio internacional exhaustivo sobre información financiera para organizaciones sin ánimo de lucro. El estudio revela un interés palpable en un estándar internacional para información financiera específica a este sector. Fuente: Consultative Committee of Accountancy Bodies (Comité Consultivo de Organismos Contables) – Traducción propia incp

• Un nuevo marco borrador para mejorar los pronósticos comerciales y la toma de decisión ha sido emitido por el organismo Contador Gerencial Global Certificado (Chartered Global Management Accountant), una iniciativa conjunta del Instituto Americano de Contadores Públicos Certificados y el Instituto Certificado de Contadores

Gerenciales. Principios Contables de la Administración Global: Generando mejores negocios a través de un rendimiento mejorado estará disponible para comentarios hasta mayo 10, 2014. Fuente: Chartered Institute of Management Accountants (Instituto Certificado de Contadores Gerenciales) – Traducción propia incp

• El Instituto de Contadores Certificados en India y el Ministro indio de Desarrollo de Recursos Humanos han firmado un Memorando de Entendimiento para crear una nueva plataforma de televisión. Este nuevo canal tendrá como objetivo educar a los estudiantes de contabilidad y forma parte de la Misión Nacional de Educación del gobierno a través de Tecnología de la Información y Comunicación. Fuente: The Accountant – Traducción propia incp

FSB emite Carta Abierta al G-20 sobre el sistema financiero global y la reforma El presidente del Consejo de Estabilidad Financiera (FSB) emitió recientemente una carta pública a los ministros y gobernadores del G20 sobre la reforma financiera. La carta enuncia lo que aún debe llevarse a cabo para reformar y estabilizar el sistema financiero global y lo que se necesita para crear un sistema financiero global abierto e integrado.

Los ministros de finanzas y gobernadores del banco central del G-20 se reunieron en Sidney, Australia en febrero de 2014, para aprobar un estándar de información común con el objetivo que los impuestos mejoren la transparencia y reduzcan las oportunidades de evasión fiscal. Fuente: Financial Stability Board (Consejo de Estabilidad Financiera), G-20 – Traducción propia incp

Nuevo portal financiero PYMES lanzado en el Reino Unido Un nuevo portal ha sido lanzado por fundadores no bancarios para ayudar a las pequeñas y medianas empresas a encontrar financiación. El sitio web, http://alternativebusinessfunding.co.uk/, permite a los bancos referir a empresas

que no pueden apoyar, o no completamente, a fuentes de financiación más apropiadas. Fuente: Economia – Traducción propia incp

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El Comité de Contadores Públicos de Malasia adoptará próximamente la contabilidad de devengo Nur Jazlan Mohamed, presidente del Comité de Contadores Públicos Certificados de Malasia apoyó públicamente la contabilidad de devengo, la cual Malasia adoptará en enero 1, 2015. El señor Mohamed declaró que dos de los beneficios

claves de las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público para Malasia son la transparencia y la reducción de residuos. Fuente: Free Malaysia Today, Borneo Post – Traducción propia incp

Perfiles: Ministro de Economía influyente detrás del giro económico de Argentina El ministro de economía de Argentina, Axel Kicillof, ha surgido como el rostro de los giros económicos en Argentina y supuestamente ejerce una influencia significativa en

muchas áreas mientras la presidente Cristina Fernández de Kirchner se recupera de sus recaídas médicas. Fuente: New York Times – Traducción propia incp

NASBA de Estados Unidos busca propuestas de investigación en educación contable La Asociación Nacional de Consejos Estatales de Contabilidad (NASBA) busca actualmente propuestas de investigación en educación contable. NASBA está interesada principalmente en propuestas sobre el impacto de experiencias

laborales y las prácticas en candidatos al examen CPA y las barreras para ingresar a la profesión, entre otros temas. Fuente: National Association of State Boards of Accountancy (La Asociación Nacional de Consejos Estatales de Contabilidad) – Traducción propia incp

Disponible nuevo informe sobre supervisión del ente regulatorio holandés Un nuevo informe sobre supervisión apropiada ha sido publicado por el Foro de Consulta Holandés de Entes Regulatorios, una colaboración entre siete entes financieros holandeses. Criterios para una buena supervisión (Criteria for

Good Oversight) proporciona un marco de valoración para la supervisión y las actividades regulatorias. Fuente: AFM – Traducción propia incp

FSC anuncia planes de política financiera para Corea en el 2014 La dirección de la política financiera en Corea del Sur ha sido anunciada por la Comisión de Servicios Financieros (FSC) de Corea. La FSC ha definido tres objetivos de la política, incluyendo disciplina del mercado, estabilidad del 10

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sistema financiero y fortalecimiento de la competitividad de la industria financiera. Fuente: Financial Services Commission (Comisión de Servicios Financieros) – Traducción propia incp


Revisión de estructura planeada por la Fundación IFRS en el 2015 La Fundación IFRS revisará su estructura en el 2015, en un esfuerzo por mantener la relevancia con el entorno cambiante de la definición de estándares. La Fundación IFRS considerará un mayor compromiso con las partes interesa-

das, una revisión constitucional, el tamaño del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) y el eventual cierre de su programa de convergencia. Fuente: The Accountant – Traducción propia incp

Fondo Global busca miembro para Comité de Auditoría El Fondo Global de lucha contra el SIDA, la tuberculosis y la malaria (Fondo Global) busca un miembro externo e independiente para su Comité de Ética y Auditoría. La descripción del cargo y los requerimientos, junto con los detalles de la aplicación, se encuentran disponibles en el sitio web

del Fondo Global. El Fondo Global es socio de la IFAC en la iniciativa MOSAIC (Memorando de Entendimiento para Fortalecer la Contabilidad y Mejorar la Colaboración). Fuente: Global Fund for AIDS (Fondo Global de lucha contra SIDA) – Traducción propia incp

Comité SMP emite resultados de la última Encuesta Breve SMP La más reciente Encuesta Breve SMP de la IFAC de pequeñas y medianas firmas (SMP) indicó que una menor parte de sus clientes pequeños tienen la carga de la incertidumbre económica, sugiriendo probablemente un clima económico más favorable y señalando un futuro crecimiento en este sector. Para mayor información sobre los hallazgos y el informe completo, referirse a la Encuesta Breve SMP de la IFAC, 2013 Resumen fin de año incluida en el área Comité SMP del sitio web de la IFAC: www.ifac.org/SMP. La

encuesta de final de año 2013 recibió 3.709 respuestas y fue realizada en noviembre-diciembre 2013 en 17 idiomas. La encuesta tiene como objetivo obtener un panorama de los principales retos y tendencias que influencian a las SMP globalmente. La IFAC agradece a los miembros y organizaciones regionales que contribuyeron con la traducción y distribución de la encuesta. Fuente: IFAC – Traducción propia incp

Consejo de la IFAC aprueba Constitución y Ordenanzas durante junta especial Durante una junta especial en Nueva York, la Comisión de la IFAC votó para aprobar la nueva Constitución y Ordenanzas (LINK) por una mayoría arrasadora—con 109 a favor, 3 en contra y 5 abstenciones. De 146 organismos miembros elegibles, 118 ejercieron su derecho de voto—se considera la tasa de participación más grande de todos los votos de la Comisión. La IFAC agradece el tiempo dedicado a los delegados con derecho de voto que participaron, aquellos que participaron de manera presencial y vía conferencia web.

Mientras se encontraban en Nueva York para la junta especial, los miembros de la Comisión participaron en una jornada de puertas abiertas en la oficina de la IFAC, la cual incluyó sesiones sobre la creación de capacidades y la promoción de la calidad; el desarrollo de los intereses de la profesión contable global; el apoyo a los contadores alrededor del mundo; las guías sobre el proceso de nominaciones; y las guías sobre traducciones y temas de autorizaciones. Fuente: IFAC – Traducción propia incp

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Auditor General de Kenia percibido como el policía de la corrupción El Auditor General de Kenia, Edward Ouko, ha desatado una guerra contra la corrupción en Kenia. Ouko ha revelado que el empoderamiento y la responsabilidad son sus armas claves. Fuente: Economia – Traducción propia incp

Nuevo documento sobre Retos de Información Financiera emitido por IFAC e ICAS La IFAC y el Instituto de Contadores Certificados de Escocia (ICAS) han colaborado para fomentar el compromiso y el debate sobre el Marco Conceptual para la Información Financiera del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) a través de un nuevo documento conjunto, ¿Necesitamos una hoja de ruta para la información

financiera? El documento busca alinear las consideraciones teóricas con las prácticas y generar debate y discusión que asista al IASB una vez inicie el proceso de revisión del Marco Conceptual actual. Fuente: IFAC – Traducción propia incp

IAASB adopta un enfoque holístico en este nuevo marco para la calidad de auditoría El Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB) ha emitido una nueva publicación, Un Marco para la Calidad de Auditoría: Elementos claves que crean un ambiente para la calidad de auditoría. A través de este Marco, el IAASB pretende aumentar el conocimiento de los elementos claves de la calidad de auditoría, motivar a las partes interesadas claves a desafiarse y hacer más

para aumentar la calidad e auditoría en sus entornos específicos, y facilitar un mayor dialogo entre las partes interesadas sobre el tema. El Marco describe de manera holística el aporte diferencial, el proceso y los factores de producción relevantes para la calidad de auditoría a nivel de contrato, firma y nacional. Fuente: IFAC – Traducción propia incp

Documento de política del IPSASB sobre directrices de reporte GFS El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (IPSASB) ha emitido un documento de política titulado Proceso de consideración de directrices de reporte GFS durante el desarrollo de IPSAS. Define el proceso del IPSASB para considerar las directrices de reporte 12

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de Estadísticas Financieras del Gobierno (GFS) durante el desarrollo de Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (IPSAS). Fuente: IFAC – Traducción propia incp


Patrocinador Platino

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Publicidad pagada mediante el programa de Patrocinadores del incp. Los patrocinadores del incp son personas jurídicas que gracias a su aporte, contribuyen al desarrollo integral del profesional contable en Colombia a través de la canalización de recursos económicos que posibilitan al Instituto ejecutar actividades académicas y de investigación. Para mayor información de los diferentes modelos de patrocinio, por favor consulte www.incp.org.co ó solicita le información a incpcol@incp.org.co


Basilea emite Directrices Globales revisadas para auditorías a bancos En búsqueda de una confianza del mercado mejorada frenfinancieros bancarios, el Comité de Supervisión Bancaria

abarca las expectativas de supervisión y la calidad de auditoría, ya que se relacionan con el trabajo de los auditores externos y del comité de auditoría.

de Basilea emitió recientemente una nueva guía. La guía

Fuente: Bank for International Settlements – Traducción propia incp

te a la calidad de las auditorías externas de los estados

Pocas PYMES de Estados Unidos emplean a contadores Una nueva encuesta de Palo Alto Software demuestra que

trabajan con asesores financieros—aunque únicamente el

pocas pequeñas y medianas empresas (PYMES) en Estados

18% de los encuestados trabaja actualmente con un ase-

Unidos emplean a contadores profesionales Las estadísticas

sor, un 20% espera contratar a uno este año.

de la encuesta son más alentadoras para las PYMES que

Fuente: Accounting Today – Traducción propia incp

Presidente de la IFAC se pronuncia en GLOBE 2014 Warren Allen, el presidente de la IFAC, fue uno de los ejecutivos destacados en GLOBE 2014, que se realizó en marzo 26-28, en Vancouver, Canadá. Participó en la sesión "Verde es el nuevo Negro: El rol creciente de C-Suite en sostenibilidad," un panel de discusión que se enfoca en las métricas

que los directores financieros están utilizando para avanzar en las iniciativas de sostenibilidad de sus compañías. Fuente: IFAC – Traducción propia incp

Documento de consulta del IAASB El Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB) ha emitido su Estrategia propuesta para 2015–2019 y Programa de Trabajo propuesto para 2015– 2016. El Documento de Consulta incluye preguntas para obtener las opiniones de las partes interesadas sobre qué tan apropiados son los objetivos estratégicos del consejo, y los

temas escogidos como puntos centrales frente a los objetivos; y el enfoque tomado en el desarrollo del programa de trabajo, en particular la decisión del IAASB de enfocarse en menos proyectos de envergadura. Fuente: IFAC – Traducción propia incp

CEO de IFAC debate sobre el rol del Director Financiero Durante su presentación en la cumbre CFO 2014 de The Economist, Fayez Choudhury, director ejecutivo de la IFAC, se entrevistó con Lianna Brinded del International Business Times sobre el rol cambiante del director financiero (CFO). El Sr. Choudhury explicó que el rol del director financiero moderno es más complejo de lo que alguna vez fue—un 14

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director financiero ahora ayuda a direccionar el negocio. En la entrevista y en su presentación en la conferencia, el Sr. Choudhury enfatizó la importancia de las metas de negocios a largo plazo, incluyendo la responsabilidad y la cautela que implican los lapsos éticos. Fuente: IFAC – Traducción propia incp


Los Comités IFAC, SMP y PAIB contribuyen en el Desarrollo de la Estrategia de Ética y el Plan de Trabajo Los Comités de Pequeñas y Medianas Firmas (SMP) y de Contadores Profesionales en Empresas (PAIB) de la IFAC han respondido al reciente Documento de Consulta sobre la Estrategia y el Plan de Trabajo del Consejo de Normas Internacionales de Ética para Contadores (IESBA). La respuesta del Comité SMP apoya los temas estratégicos identificados, las acciones y su priorización relativa. En particular, apoya la propuesta de proyecto de reestructurar el Código de Ética para Contadores Profesionales (el Código) para mejorar tanto su claridad como utilidad y solicitó al Consejo garantizar que este tema se convierta en una prioridad alta.

La respuesta del Comité PAIB apoya igualmente los temas estratégicos y las acciones pero, en general, recomienda menos cambios al Código y un mayor compromiso para aumentar el conocimiento de los requerimientos y permitir una implementación efectiva. El Comité PAIB resaltó igualmente la importancia de tener en cuenta las perspectivas de los contadores profesionales en empresas y recomienda una interacción continuada y aumentada entre el Comité IESBA y el Comité PAIB. Fuente: IFAC – Traducción propia incp

IAESB publica documento informativo revisado sobre Desarrollo y Gestión de Exámenes Escritos El Consejo de Estándares Internacionales de Educación Contable (IAESB) ha publicado un Documento Internacional de Información de Educación para ayudar a las organizaciones profesionales a realizar los exámenes escritos de los contadores aspirantes que buscan una certificación. El documento pretende ayudar a las organizaciones contables profesionales en la implementación del Estándar Internacional de Educación revisado (IES) 6, Desarrollo profesional

inicial, Valoración de la competencia profesional, emitido en noviembre 2012, y abarca las políticas y los procedimientos de desarrollo, administración y calificación de los exámenes escritos. Es particularmente útil para las organizaciones en desarrollo que necesitan tomar decisiones sobre prácticas de valoración para sus programas educativos. Fuente: IFAC – Traducción propia incp

Perspectiva de la última publicación Gateway: Opinión de Charles Tilley sobre los Principios Contables de Gestión Global de CIMA En la más reciente Perspectiva del Global Knowledge Gateway de la IFAC, Charles Tilley, director ejecutivo del Instituto Certificado de Contadores Gerenciales (CIMA), resaltó el lanzamiento de los Principios Contables de Gestión Global, actualmente disponibles para consulta pública y desarrollados junto con el Instituto Americano de Contadores Públicos Certificados (AICPA). Apunta que aunque contamos con estándares de información financiera, existe una necesidad de "guías autoritativas para permitir a los

directores financieros valorar y mejorar la calidad de las prácticas de gestión contable y los procesos utilizados en sus organizaciones." Una vez finalizados, estos principios propuestos permitirán a los directores financieros contar con un sistema contable establecido que direccionará mejor sus negocios." El artículo completo se encuentra en el Global Knowledge Gateway. Fuente: IFAC – Traducción propia incp

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Próximo evento abarcará cambios pronosticados, impacto sobre el modelo de información del auditor Un próximo evento celebrado por el Centro para la Calidad de Auditoría, Ejecutivos Financieros Internacional y el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad abarcará lo que se viene con los cambios propuestos por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento fren-

te al informe del auditor. El evento en mayo 8 en Londres reunirá a ejecutivos financieros de entidades cotizadas, auditores y reguladores. Fuente: Financial Executives International – Traducción propia incp

Publicaciones traducidas ahora disponibles Para acceder a las publicaciones traducidas, favor referirse a la Base de datos de Traducciones. • Holandés—Guía de Gestión de Firmas para Firmas Pequeñas y Medianas, Tercera Edición (2012) • Finlandés—Guía de Control de Calidad para Firmas Pequeñas y Medianas, Tercera Edición (2011) • Georgiano—El Estándar para Trabajos de Revisión de Aseguramiento Limitado: Abarcando las Necesidades de Pequeñas y Medianas Empresas (2012)

• Español—“Desarrollando y reportando medidas financieras suplementarias” (2014); “Trabajos de Revisión— Un Servicio al Cliente que Agrega Valor,” (2014); Global Digest: Enero (2014); press releases de la IFAC, el Consejo de Normas Internacionales de Educación Contable, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público. Fuente: IFAC – Traducción propia incp

IFAC e ICAJ celebran Seminario para Profesionales en Contabilidad En marzo 18, el Instituto de Contadores Certificados de Jamaica (ICAJ) se asoció con la IFAC para celebrar un seminario titulado “Creando un negocio rentable” en Kingston, Jamaica. El seminario abarcó los desafíos y las oportunidades para las firmas pequeñas y medianas (SMP) y las pequeñas y medianas empresas (PYMES). Entre los conferencistas destacados encontramos a Dawn McGeachy y

Monica Foerster, miembros del Comité SMP de la IFAC, y Christopher Arnold, gerente técnico, Asuntos SME & SMP de la IFAC. Las sesiones incluyeron perspectivas de emprendedores líderes sobre la creación de negocios exitosos, las mejores prácticas de negocios para PYMES y SMP, y los beneficios del cumplimiento del negocio para PYMES y SMP. Fuente: IFAC – Traducción propia incp

Lanzamiento de dos iniciativas que apoyan la contabilidad forense El Instituto Americano de Contadores Públicos Certificados (AICPA) y el Colegiado de Finanzas Públicas y Contabilidad (CIPFA) han iniciado proyectos individuales para apoyar la contabilidad forense. Como parte de un acuerdo que consiste en la transferencia de las funciones contra el fraude de la Comisión de Auditoría del gobierno del Reino Unido al 16

El Contador Público

CIPFA, el nuevo Centro Contra el Fraude ha sido establecido por el CIPFA. AICPA está estableciendo un programa de apoyo de contabilidad forense para aquellos interesados en desarrollar dichas habilidades. Fuente: The Accountant – Traducción propia incp


Patrocinador Platino

17 al desarrollo El aContador Público contribuyen Publicidad pagada mediante el programa de Patrocinadores del incp. Los patrocinadores del incp son personas jurídicas que gracias su aporte, integral del profesional contable en Colombia a través de la canalización de recursos económicos que posibilitan al Instituto ejecutar actividades académicas y de investigación. Para mayor información de los diferentes modelos de patrocinio, por favor consulte www.incp.org.co ó solicita le información a incpcol@incp.org.co


Presidente Delegado de IFAC se presenta en Conferencia sobre Gestión de Auditoría General de IIA Olivia Kirtley, la presidente delegado de la IFAC, presentó el tema "Comités de auditoría necesitan nuevas percepciones: Manteniendo el ritmo con las demandas cambiantes" el 25 de marzo en la Conferencia de gestión de auditoría general del Instituto de Auditores Internos (IIA) en Orlando, FL,

Estados Unidos. Las sesiones educativas de este año incluyeron: riesgo y perspectivas estratégicas; perspectivas de liderazgo ejecutivo; percepciones sobre el fraude; tecnología; riesgos de cumplimiento y asuntos emergentes. Fuente: IFAC – Traducción propia incp

CPA Australia: ¿Su ética está tomando un giro equivocado? En un reciente artículo En la oscuridad (In the Black), el no de CPA Australia advierte que aún aquellas personas

vencerse que no es incorrecto. Al racionalizar acciones poco éticas podemos "adormecer nuestra consciencia sobre el carácter incorrecto de estas acciones y ahondar en ellas."

decentes pueden actuar de manera incorrecta y luego con-

Fuente: In the Black – Traducción propia incp

asesor de políticas de estándares internacionales y gobier-

HKICPA emite nueva guía sobre gobierno El Instituto de Contadores Certificados de Hong Kong (HKIresponsabilidades de gobierno corporativo. La guía, y los

prácticas de gobierno corporativo. HKICPA igualmente explicó los cambios recientemente en la nueva legislación de la Ordenanza de Compañías que afectará el gobierno.

seminarios relacionados, busca mejorar las revelaciones y

Fuente: Instituto de Contadores Certificados de Hong Kong – Traducción propia incp

CPA) ha publicado una nueva guía para aquellos que tienen

Proyecto de norma del IAESB El Consejo de Normas Internacionales de Educación Contable (IAESB) ha emitido para comentario público una revisión propuesta del Estándar Internacional de Educación (IES) 8, Competencia profesional para auditores responsables de la auditoría de estados financieros. El estándar

revisado se enfoca en los requerimientos de competencia profesional para los auditores responsables de las auditorías de los estados financieros. Fuente: IFAC – Traducción propia incp

Estrategia económica de Brasil sufre cambios En años recientes, Brasil ha seguido lo que llama una "nueva matriz" de políticas económicas diseñada para fomentar el crecimiento—bajas tasas de interés, una tasa de cambio debilitada y exenciones tributarias. No obstante, el Banco 18

El Contador Público

Central de Brasil aumentó recientemente las tasas de interés, señalando el final de esta estrategia. Fuente: Financial Times (suscripción requerida) – Traducción propia incp


Nuevo video de Singapur: Caminos hacia una carrera contable La Comisión de Contabilidad de Singapur ha publicado un nuevo video, Where Accountancy Happens (Dónde sucede la contabilidad), el cual resalta los caminos que pueden seguir los contadores aspirantes. El video forma parte de la iniciativa de educación de la Comisión. Fuente: Singapore Accountancy Commission (Comisión Contable de Singapur) – Traducción propia incp

Iniciativas comunes entre organizaciones profesionales de contabilidad • Se ofrecerán cursos sobre Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público en países seleccionados a través de la iniciativa conjunta del Instituto Colegiado de Finanzas Públicas y Contabilidad, EY y IASeminars. Fuente: Chartered Institute of Public Finance and Accountancy (Instituto Colegiado de Finanzas Públicas y Contabilidad) – Traducción propia incp

mente para debatir sobre las maneras de trabajar juntos, incluyendo la implementación de los Estándares de Información Financiera de Nepal, las Normas Internacionales de Información Financiera y las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público. Fuente: Instituto de Contadores de Malasia – Traducción propia incp

• Una nueva asociación ha sido anunciada entre la Asociación de Contadores y Auditores de Emiratos Árabes Unidos y la Asociación de Contadores Certificados Colegiados para desarrollar el Certificado de Contador Certificado de EAU y promover las calificaciones de los nacionales de EAU. Fuente: Zawya – Traducción propia incp

• El Instituto de Contadores de Malasia y el Instituto de Contadores Certificados de Nepal se reunieron reciente-

• El Instituto de Contadores Certificados de Australia, el Instituto de Contadores Certificados de Singapur, el Instituto de Contadores Certificados de Nueva Zelanda y la Comisión Contable de Singapur han firmado una Declaración de Intención para establecer relaciones laborales más estrechas. Fuente: Singapore Accountancy Commission (Comisión Contable de Singapur) – Traducción propia incp

Profesor solicita estandarización de calificaciones requeridas en finanzas islámicas El profesor Humayon, presidente de Edbiz Corp Londres y de Estudios Islámicos Contemporáneos, recientemente so-

zas Islámicas. El Profesor Humayon explica que aunque se pronostican algunas diferencias y disparidades, el problema real es la definición inconsistente de los términos básicos.

licitaron la estandarización de las calificaciones en Finan-

Fuente: The Malaysian Reserve – Traducción propia incp

un profesor visitante de Finanzas Islámicas de la Academia

Presidente de Nigeria elogia el ICAN, contabilidad Durante una reciente junta entre el presidente Goodluck Certificados de Nigeria (ICAN), el presidente Jonathan elo-

en la economía de Nigeria, refiriéndose a los contadores como el "pasaporte hacia los negocios en cualquier lugar del mundo."

gió al Instituto y la profesión por el rol que desempeñan

Fuente: Daily Times – Traducción propia incp

Jonathan de Nigeria y el líder del Instituto de Contadores

El Contador Público

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ICAI sugiere nuevas fechas para la convergencia de estándares El Instituto de Contadores Certificados de India (ICAI) ha sugerido una hoja de ruta revisada para la convergencia entre las Normas Contables de la India (Ind AS) y las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), recomendando que las compañías con un neto de más de

INR 5 millardos (US $83 millones) implementen los nuevos estándares que convergen con las NIIF a partir de abril 1 de 2016. Fuente: Business Standard, India Briefing – Traducción propia incp

Reforma de auditoría aprobada por Parlamento de la UE En un voto unánime, el Parlamento de la Unión Europea (UE) aprobó reformas de auditoría para estados miembro de la UE. Las reformas requerirán que las compañías cotizadas en bolsa realicen una rotación de auditores cada 10 años; no obstante, este periodo puede ser extendido una

vez si se efectúa una oferta de servicios. En una declaración posterior a la decisión, la IFAC advirtió que esto crea una divergencia regulatoria potencial. Fuente: Economia, European Parliament News – Traducción propia incp

Sudáfrica respalda el marco de información integrada El Comité de Información Integrada (IRC) de Sudáfrica aprobó recientemente el Marco Internacional de Información Integrada creado por el Consejo Internacional de Información Integrada. El IRC ha sido pionero en términos de información integrada. Fuente: International Integrated Reporting Council (Consejo Internacional de Información Integrada) – Traducción propia incp

MIA emite informe de revisión de firmas, busca mejorar la calidad de auditoría El Informe de revisión de firmas ha sido publicado por el esfuerzo para apoyar a los auditores en la mejora de la ca-

daciones correctivas, incluyendo que las firmas de auditoría tomen acciones para mejorar los procedimientos y crear una base sólida para la opinión de auditoría.

lidad de auditoría. El informe presenta medidas y recomen-

Fuente: Instituto de Contadores de Malasia – Traducción propia incp

Instituto de Contadores de Malasia (MIA) como parte de un

Dos informes de la OCDE demuestran los primeros impactos de la reforma a las finanzas públicas Dos recientes informes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) revelan que las reformas a las finanzas públicas aplicadas en diferentes partes de Europa han comenzado a dar buenos resultados. La encuesta económica del área euro y La encuesta económica 20

El Contador Público

de la Unión europea resaltan igualmente desafíos significativos que permanecen -a pesar del reciente crecimiento económico- como por ejemplo altos niveles de desempleo. Fuente: Public Finance International, Organisation of Economic Co-operation and Development – Traducción propia incp


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NIIF para las PYMES ¿La solución al problema para la aplicación de la normativa internacional? Por Dr. Rafael Molina Llopis Departamento de Contabilidad Universidad de Valencia (España) Rafael.Molina@uv.es

Resumen La NIIF para las PYMES es, por la dimensión de su ámbito de aplicación, una pieza clave en el proceso de armonización contable internacional. Tras una breve referencia al papel del IASB en dicho proceso, este trabajo realiza una descripción de los pasos seguidos para la emisión de la NIIF para las PYMES y de sus aspectos más relevantes, para continuar con un análisis comparativo de sus principales diferencias con las NIIF Completas. Finalmente, el documento contiene una serie de reflexiones respecto a las dificultades prácticas que enfrenta el proceso de aplicación de la normativa internacional y sobre las posibles soluciones que, a juicio del autor, pudieran considerarse. Palabras clave: IASB, NIIF, NIIF para las PYMES, Armonización contable. Abstract The IFRS for SMEs is of the size of its scope, a key player in the international accounting harmonization process.

1.

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After a brief reference to the IASB's role in this process, this paper makes a description of the steps followed for the issuance of IFRS for SMEs and their relevant characteristics, to continue with a comparative analysis of the main differences with full IFRS. Finally, the document contains some reflections related to the practical difficulties facing the process of implementing international standards and possible solutions, according to the author, be considered. Keywords: IASB, IFRS, IFRS for SMEs, Accounting Harmonization. 1. Introducción La Norma Internacional de Información Financiera para las Pequeñas y Medianas Empresas (NIIF para las PYMES), casi cinco años después de su aprobación el 9 de julio de 2009, sigue constituyendo un tema de máxima actualidad. Además de efectuar un somero repaso del contenido de la NIIF para las PYMES y de sus principales diferencias con las NIIF completas en el cuerpo central, este trabajo se inicia con una breve referencia histórica al organismo emisor, el International Accounting Standards Board (IASB), y su papel en el proceso de armonización contable internacional, y termina con algunas reflexiones sobre las razones que, en opinión del autor, dificultan la aplicación práctica de

su normativa, particularmente, en el caso de las pymes.1 2. El IASB y el proceso de armonización contable internacional El International Accounting Standards Committee (IASC), precursor del actual IASB constituido en 2001, fue creado en 1973 por acuerdo de los representantes de los organismos profesionales de contabilidad de Australia, Canadá, Francia, Alemania, Japón, México, Países Bajos, Reino Unido e Irlanda y Estados Unidos; publicando, dos años más tarde, su primera Norma Internacional de Contabilidad (NIC). Tras un primer período de casi tres lustros, con escaso predicamento, caracterizado por la emisión de normas excesivamente flexibles basadas en las prácticas contables de las grandes empresas transnacionales y carentes de un fundamento conceptual sólido; el organismo reconoce la necesidad de contar con un marco teórico que sustente la normativa y permita disminuir su discrecionalidad. Arranca así una corta segunda etapa que, con la puesta en marcha del Proyecto de Comparabilidad, la aprobación del Marco Conceptual y la sustitución de la metodología inductiva por la deductiva; será crucial en el futuro de la entidad y, tras su refundación, la llevará a convertirse en el máximo referente de la contabilidad a nivel mundial.

Una visión crítica del proceso de armonización contable internacional y sus implicaciones a nivel europeo puede verse en Molina (2005).

El Contador Público


La globalización de los mercados financieros, impulsada a principios de los años noventa por la incorporación de las nuevas tecnologías, evidenció las divergencias normativas entre países y la conveniencia de abordar un proceso de armonización contable internacional que evitara la babelización de los mercados, con el consiguiente desconcierto para los inversores. En este contexto, el IASC puso en marcha una estrategia para conseguir el reconocimiento y aplicación de sus normas a nivel internacional, cuyo paso más relevante fue el convenio firmado en julio de 1995 con la International Organization of Securities Commissions (IOSCO), por el que este organismo, condicionado al cumplimiento por parte del IASC del Core Standards Work Program — programa de adaptación de la normativa que debía completarse en un plazo máximo de cinco años—, se comprometía a recomendar a todos sus socios la aplicación de las NIC. Este acuerdo supone el inicio de una tercera etapa marcada por el cambio de filosofía del organismo, que pasa a priorizar a los inversores sobre el resto de usuarios de la información contable, cuestión que, a juicio de muchos expertos, introduce un marcado sesgo neoliberal en la normativa como consecuencia de la notable influencia ejercida por las grandes corporaciones transnacionales —conocidas como global-players— que operan en los mercados de valores de los países más desarrollados. Aunque los trabajos de revisión finalizaron en 1998 con una importante disminución de las alternativas contables permitidas y la incorporación de mayores exigencias de divulgación informativa para las empresas, el resultado final no fue aceptado por la IOSCO hasta mayo de 2000, si bien las reticencias expresadas por la Securities and Exchange Commission (SEC) americana, que se reservó el derecho a seguir exigiendo reconciliaciones y divulgación de información adicional e, incluso, a interpretar y seleccionar algunas de las alternativas contables permitidas por las NIC; planteaban serias dudas sobre su utilidad final.

2.

Sin embargo, las sombras que los escándalos financieros protagonizados por Enron, Worldcom y Xerox, entre otros, proyectaron sobre los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados de Estados Unidos (US GAAP, por sus siglas en inglés) a principios del nuevo siglo —junto con el espaldarazo dado por la Unión Europea al recién constituido IASB con la aprobación del reglamento que exigía la aplicación de las NIIF para la elaboración de las cuentas consolidadas de los grupos cotizados en 2005—, favorecieron un acercamiento entre el Financial Accounting Standards Board (FASB) y el IASB. Esta aproximación culminó, en setiembre de 2002, con la rúbrica del Acuerdo Norwalk, memorándum de entendimiento por el que ambos organismos se comprometían a desarrollar normas contables compatibles de alta calidad para la preparación de información financiera, compartiendo esfuerzos y recursos y estableciendo un marco para el diálogo permanente entre ellos. Esta alianza dio sus primeros frutos en 2004 con las emisiones de la NIIF 5. Activos no corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas, que converge con los SFAS 144 y 146; y de los SFAS 151. Costes de inventario y 153. Intercambios de activos no monetarios, que se alineaban con la NIC 2 y la NIC 16, respectivamente.2 Ese mismo año se inicia el proyecto común más ambicioso, todavía en curso, que es la redacción conjunta de un nuevo Marco Conceptual para la Información Financiera. Al amparo de este nuevo escenario, en 2005, la SEC establece 2009 como fecha límite para la eliminación del requisito de conciliación de los resultados y del patrimonio neto de sus cuentas con los US GAAP incluido en el Informe 20-F para aquellos emisores extranjeros que presenten sus estados financieros preparados de acuerdo con las NIIF, circunstancia que, finalmente, se adelantará a 2007. En esta línea convergente, el regulador americano publicó en 2008 la hoja de ruta para la sustitución paulatina de los US GAAP por las NIIF entre 2014 y 2016, en función del tipo de empresa.

A pesar de estos progresos, el proceso de convergencia entre IASB y FASB no solo avanza más lentamente de lo deseable, sino que, a día de hoy, no tiene una fecha clara de conclusión, constatándose importantes diferencias entre las posiciones de ambos organismos. Ni siquiera los reiterados llamamientos realizados por el G20 desde 2009 —estableciendo sucesivas fechas límite para que ambos organismos fijaran una agenda específica para completar sus proyectos— han conseguido ese objetivo. De hecho, las palabras de Russell Golden, nuevo presidente del FASB, tras la estéril reunión conjunta celebrada en Londres en julio de 2013, afirmando que todo el mundo quiere la convergencia pero nadie les va a decir cómo alcanzarla, no constituyen los mejores augurios. Desde su fundación como IASC, además de la NIIF para las PYMES, el IASB ha publicado más de un centenar de pronunciamientos distribuidos en 54 normas y 53 interpretaciones que, de acuerdo con el párrafo 7 de la NIC 1, reciben el nombre genérico de NIIF. Atendiendo a su denominación específica, las normas emitidas han sido 41 NIC y 13 NIIF, de las que 28 NIC y 13 NIIF continúan en vigor, mientras que las interpretaciones se dividen en 33 SIC y 20 CINIIF, de las que 8 SIC y 16 CINIIF están todavía vigentes. Aunque el apartado siguiente presenta una comparativa detallada, el mero repaso al historial emisor del organismo pone de manifiesto la primera gran diferencia entre las NIIF Completas, un conjunto de normas independientes, y la NIIF para las PYMES, una norma única. 3. NIIF para las PYMES: aspectos generales Cronología La NIIF para las PYMES es el resultado de un largo proceso de discusión en el seno del IASB que, como el documento Fundamentos de las Conclusiones indica en su párrafo FC1 (IASB 2009a: 8), tiene su origen en el informe de transición al consejo del

SFAS es el acrónimo de Statement of Financial Accounting Standards, denominación de las normas emitidas por el FASB.

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nuevo IASB presentado por su homólogo saliente del IASC, en el que se confirmaba la demanda de una “versión especial” de la normativa para pequeñas empresas. De manera casi inmediata, el Consejo inició un proyecto específico para su desarrollo con la creación de un grupo de expertos para que exploraran la cuestión y plantearan las posibles alternativas. Tres años después, en junio de 2004, se publica el primer documento para la discusión, con el título Opiniones Preliminares sobre Normas de Contabilidad para Pequeñas y Medianas Entidades, en el que se planteaban, entre otras, cuestiones tan básicas como si el proyecto debía continuar y, en su caso, qué objetivos debería perseguir la futura norma, a qué entidades tenía que dirigirse, cuáles deberían ser el enfoque y el formato elegidos para su desarrollo o cómo deberían abordar las empresas aquellas cuestiones específicas que no estuvieran previstas en ella. Las 120 respuestas recibidas no solo permitieron constatar la elevada demanda de la norma propuesta, sino también que su publicación podría llegar a favorecer la expansión del ámbito de influencia del organismo emisor. No obstante, ante la falta de concreción de muchas de esas contestaciones, en abril de 2005, el IASB publicó un cuestionario con dos preguntas específicas para determinar cuáles eran las simplificaciones requeridas en los principios de reconocimiento y medición, y qué temas abordados en las NIIF Completas podrían omitirse en la nueva norma para pymes. Después de analizar concienzudamente las 101 respuestas recibidas en diferentes reuniones, en enero de 2006, el grupo de trabajo presentó un borrador preliminar del proyecto de norma. Tras la difusión de dos versiones revisadas a través de la web del IASB en agosto y noviembre, en febrero de 2007, se hizo público un proyecto de norma que, por primera vez a lo largo de la trayectoria del organismo, fue traducido a cinco idiomas.

Como señalan los párrafos FC15 y FC16 (IASB 2009a: 10-11), el objetivo de la norma propuesta “era proporcionar un conjunto de principios contables simplificado e independiente” que, basándose en las NIIF Completas y teniendo en cuenta “consideraciones costo-beneficio”, se adecuara a las entidades no cotizadas y a las necesidades de los usuarios de sus estados financieros. Junto al proyecto de norma, el IASB publicó una guía de implementación con estados financieros ilustrativos y un listado de la información a revelar, así como el documento antes citado en el que se fundamentaban las conclusiones a las que se había llegado durante el proceso. Además del habitual proceso de discusión, en este caso el IASB sometió al proyecto de norma a unas pruebas de campo, en las que participaron más de un centenar de pequeñas empresas de veinte países, a fin de evaluar los problemas de comprensión, la adecuación a las entidades objetivo, la complejidad de aplicación, etcétera. Una vez analizadas las más de 160 cartas recibidas con comentarios y tras casi una década de trabajo, cerca de 50 reuniones públicas y numerosas presentaciones en distintos foros; el Consejo —con 13 votos a favor y 1 en contra— aprobó la NIIF para las PYMES definitiva en julio de 2009. Los principales cambios con respecto al proyecto de norma previo pueden consultarse resumidos en el párrafo FC34 del documento Fundamentos de las Conclusiones que, junto al titulado Estados Financieros Ilustrativos - Lista de Comprobación de Información a Revelar y Presentar, acompaña a la norma.3 Se trata, pues, de una norma única, basada en las NIIF Completas pero independiente, organizada por temas distribuidos en treinta y cinco secciones —algunas de las cuales incluyen apéndices o guías que no forman parte de la norma—, que, en conjunto, supone una reducción cercana al 90% tanto en el volumen de la propia norma, como en los requerimientos de

información a revelar, que pasan de más de 3.000 en la normativa de referencia a alrededor de 300.4 Respecto a la independencia, conviene aclarar que se manifiesta en un doble sentido. Por un lado, la NIIF para las PYMES puede ser adoptada aunque el país no haya hecho lo propio con las NIIF Completas. Por otro, la norma no contiene ningún requerimiento de consulta de las NIIF Completas ni referencias cruzadas a las mismas, excepto la opción de utilizar la NIC 39. Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición, en lugar de las Secciones 11 y 12 dedicadas a los instrumentos financieros. Especialmente relevante resulta la inclusión de las cuestiones relativas a los objetivos de los estados financieros, cualidades de la información, conceptos y principios contables básicos como parte de la norma, en la Sección 2. Este contenido en las NIIF Completas se recoge en el Marco Conceptual que, tanto en su versión de 1989 como en su redacción más reciente de 2010, señala explícitamente que no es una NIIF “y por tanto no define normas para ninguna cuestión particular de medida o información a revelar” (IASB 2010:7). Como apoyo para su aplicación, la Fundación IFRS está llevando a cabo una serie de acciones tanto en el ámbito de capacitación como en el técnico. En el primer caso, a través de la iniciativa de educación, ha desarrollado y puesto a disposición de los usuarios interesados —de manera gratuita y en varios idiomas— una serie de materiales formativos que complementa con la realización, conjuntamente con asociaciones profesionales y organismos de desarrollo internacional, de diversos seminarios regionales para la formación de formadores. En el apartado técnico, en setiembre de 2010, la Fundación constituyó el Grupo de implementación de las PYMES (SMEIG, por sus siglas en inglés), cuyas dos responsabilidades principales son analizar las cuestiones planteadas por los usuarios —eva-

3. Los razonamientos detallados sobre las principales cuestiones técnicas analizadas pueden encontrarse en los párrafos FC36 a FC158 del mismo documento. 4. Para los usuarios con experiencia en el manejo de las NIIF Completas, puede resultar especialmente interesante la tabla de fuentes presentada al final de la NIIF para las PYMES en la que se relaciona cada una de las secciones de la norma con la NIIF u otro documento del IASB que la sustentan. No obstante, cabe recordar que las fuentes señaladas se corresponden con las normas vigentes en julio de 2009 que pueden haber sido revisadas o derogadas.

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luando si requieren una guía de implementación adicional y, en su caso, elaborar documentos de respuesta— y hacer recomendaciones al IASB sobre posibles modificaciones de la norma. Hasta la fecha, el SMEIG ha emitido siete documentos de respuesta denominados Q&As y ha colaborado en la elaboración del documento Una Guía para Micro Entidades que apliquen la NIIF para las PYMES (2009), publicado por la Fundación el pasado mes de junio, cuyo objetivo es ayudar a las microempresas que deban aplicar la NIIF para las PYMES a identificar más fácilmente qué requerimientos de la norma son relevantes para ellas (IFRS Foundation 2013: 6). En cuanto al mantenimiento, en línea con la nueva política del organismo frente al proceso de revisión permanente casi compulsivo de los últimos años, el IASB ha optado por la prudencia, previendo una primera “revisión exhaustiva de la experiencia de las PYMES al aplicar la NIIF para las PYMES cuando un espectro amplio de entidades haya publicado estados financieros que cumplan con la Norma durante dos años” (IASB 2009b: 13). Concluida ésta, la previsión es que las modificaciones se realicen con una frecuencia aproximada de tres años. Además, el Consejo deja claro que aunque durante ese periodo se realicen cambios en las NIIF Completas, éstos no afectarán a la NIIF para las PYMES mientras no sea revisada. Actualmente, está en curso la primera Revisión Integral iniciada en 2012 —una vez concluido el plazo para la recepción de comentarios al proyecto de norma—, cuyo horizonte de entrada en vigor se ha retrasado un año desde el plazo inicialmente previsto, hasta 2016. ¿Por qué? y ¿Para quién? Según los datos del Banco Mundial, en 2012 había un total de 47.520 compañías cotizadas en el mundo, de las que 4.102 eran estadounidenses y 6.082 pertenecían a países de la zona euro, por citar dos de las áreas económicas más importantes del mundo. Frente a estas entidades que apenas suponían el 0,01% y del 0,03% del

total de empresas privadas, teniendo en cuenta solo 132 países —la estadística anterior abarca 214 países—, el mismo organismo contabiliza más de 125 millones entre micros, pequeñas y medianas empresas. Por otro lado, el Marco Conceptual aprobado por el IASC en 1989 —vigente en el momento de emisión de la NIIF para las PYMES—, en su párrafo 10, priorizaba claramente a los inversores entre los diferentes usuarios de los estados financieros considerando que al ser “los suministradores de capital-riesgo a la empresa, las informaciones contenidas en los estados financieros que cubran sus necesidades, cubrirán también muchas de las necesidades que otros usuarios esperan satisfacer en tales estados financieros” (IASC 1989: 9).5 Así pues, el escenario previo a la NIIF para las PYMES presentaba una clara apuesta por la armonización contable internacional en torno a la regulación del IASB, que chocaba con los inconvenientes derivados de la aplicación de unas normas que se habían desarrollado pensando en los requerimientos de menos del 0,05% de las empresas, que incluyen complejas operaciones y exigencias de información a revelar que complican la elaboración y elevan los costos de la información contable para las entidades más pequeñas. En este contexto, resulta lógica la demanda de una normativa específica para pymes constatada por el Consejo del IASC. Asimismo, puede considerarse razonable que, a pesar de la discutible utilización del término pymes en el título, la norma emitida para dar respuesta a ese interés vaya dirigida a las entidades no cotizadas con independencia de cuál sea su tamaño excluyendo, básicamente, a las compañías de los sectores financiero y de seguros. Más concretamente, el párrafo 1.2 de la NIIF para las PYMES define a las pequeñas y medianas entidades como aquéllas que no tienen obligación pública de rendir cuentas y publican estados financieros con propósito de información general para usuarios externos.

Acto seguido, el párrafo siguiente aclara que la obligación de rendir cuentas de una empresa va ligada a la cotización de sus instrumentos de deuda o patrimonio en un mercado público o a que una de sus principales actividades sea mantener activos en calidad de fiduciaria para un amplio grupo de terceros (IASB 2009b: 14). El Consejo justificó la no inclusión de criterios cuantitativos en la definición de pyme argumentando que sus normas se aplicaban en más de un centenar de países y que no era posible establecer límites homogéneos para todos ellos. No obstante, dejó explícitamente abierta la posibilidad de utilización de criterios de tamaño para determinar qué entidades podían aplicar la norma a juicio de cada país (IASB 2009a: 29). Para terminar este apartado dedicado a describir la génesis y los aspectos generales de la NIIF para las PYMES, conviene conocer aquellas simplificaciones que, motu proprio o por sugerencia de terceros, el Consejo consideró en algún momento del proceso pero que, finalmente, decidió no contemplar en la redacción definitiva. Las razones detalladas para desestimar las cuestiones relacionadas a continuación pueden encontrarse en los párrafos FC138 a FC150 del documento Fundamentos de las Conclusiones: • No requerir un estado de flujos de efectivo. • Tratamiento de todos los arrendamientos como arrendamientos operativos. • Tratamiento de todos los planes de beneficios a los empleados como planes de aportaciones definidas. • Método del contrato terminado para contratos de construcción. • Menos provisiones. • Falta de reconocimiento de pagos basados en acciones. • Falta de reconocimiento de impuestos diferidos. • Modelo del costo para toda la agricultura.

5. La nueva versión del Marco Conceptual, publicada en 2010, que incorpora los cambios realizados en los capítulos 1 y 3 derivados de la primera fase del proyecto de revisión en curso, ha eliminado este sesgo y señala como usuarios a los inversores, prestamistas y otros acreedores, sin distinción en cuanto a su importancia (IASB 2010: 11).

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• Estados financieros no consolidados. • Reconocimiento de todas las partidas de ingreso y gasto en resultados. 4. NIIF para PYMES vs NIIF Completas: principales diferencias Además de las cuestiones relativas al formato, normas diferentes vs norma única, y al volumen, las diferencias entre las NIIF Completas y la NIIF para las PYMES pueden clasificarse en tres categorías: • Temas tratados en las NIIF Completas omitidos en la NIIF para las PYMES: • Ganancias por acción (NIC 33). • Información financiera intermedia (NIC 34). • Información financiera segmentos (NIIF 8).

por

• Contabilización separada de los activos mantenidos para la venta (NIIF 5). • Temas incluidos en la NIIF para las PYMES que no se tratan en las NIIF Completas: • Conceptos y Principios Generales (sección 2).6 • Estados Financieros Combinados (sección 9). • Emisión inicial de acciones u otros instrumentos de patrimonio (sección 22). • Venta de opciones, derechos y certificados de opciones para compra de acciones (warrants) (sección 22). • Capitalización de ganancias o emisiones gratuitas y división de acciones (sección 22). • Diferencias derivadas de simplificaciones en criterios de reconocimiento y medición, eliminación de opciones de políticas contables o reducción de exigencias de información. A continuación, agrupadas por temas, se recogen someramente las principa-

6.

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El Marco Conceptual no es una NIIF.

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les diferencias atribuibles a esta última categoría, indicando las secciones de la NIIF para las PYMES que prescriben su tratamiento y las NIIF correspondientes. Con el fin de facilitar la consulta, cuando sea relevante, se incluirá la numeración de los párrafos de la NIIF para las PYMES implicados. • Estados Financieros (secciones 3 a 8 y 10 vs NIC 1, 7 y 8) • La relación de los documentos integrantes de “un conjunto completo de estados financieros” no incluye el estado de situación financiera al inicio del ejercicio comparativo más antiguo en el que se aplica un cambio de manera retroactiva, exigido por la NIC 1.10, f [3.17]. • Se permite la presentación de un único estado de resultados y ganancias acumuladas [3.18 y 6.5]. • No se requiere la presentación separada de los activos no corrientes mantenidos para la venta, aunque sí información al respecto [4.14]. • Activos no financieros (secciones 13, 16, 17, 18 y 27 vs NIC 2, 16, 36, 38 y 40) • Diferencias comunes a todos los elementos integrantes de este tema: • No se permite la capitalización de gastos por intereses en la valoración inicial de los activos aptos exigida por la NIC 23. • No se admite la aplicación del valor razonable excepto en las propiedades de inversión. • Inventarios (sección 13 vs NIC 2): • No hay diferencias significativas con lo prescrito en la NIC 2, salvo en lo relativo a la definición de los productos agrícolas y minerales que quedan fuera del alcance [13.3 (a)].

• Se establece una prelación, atendiendo a las circunstancias, para la valoración posterior. Si se puede medir “sin costo o esfuerzo desproporcionado”, al valor razonable con cambios en resultados; en caso contrario, al modelo de costo menos depreciaciones y menos deterioros, como propiedades, planta y equipo [16.7]. • Propiedades, planta y (sección 17 vs NIC 16):

equipo

• La posibilidad de amortizar un activo por partes separadas se vincula al patrón de consumo de beneficios económicos, en lugar de a la importancia significativa que tenga su costo con relación al total del elemento como hace la NIC 16 [17.16]. • La vida útil, el valor residual y el método de amortización solo deben revisarse si hay algún indicador de cambio [17.19]. • Intangibles (secciones 18 y 19 vs NIC 38): • No se permite la activación de gastos de desarrollo aceptada, con condiciones, por la NIC 38 [18.14]. • Se elimina la posibilidad de “vida útil indefinida” recogida en la NIC 38. Cuando no sea posible determinarla, se fijará en 10 años [18.20 y 19.23 (a)]. • La vida útil y el método de amortización solo se revisarán si hay algún indicador de cambio [18.24]. • Deterioro (sección 27 vs NIC 2 y 36): • Incluye los inventarios dentro de su alcance. • Solo hay que estimar el valor recuperable si hay indicios de deterioro [27.7].

• No contiene las cuestiones relativas al deterioro que se tratan conjuntamente con el resto de los activos en la sección 27.

• Todos los deterioros y sus reversiones deben reconocerse de forma inmediata en resultados [27.6].

• Propiedades de inversión (sección 16 vs NIC 40):

• Subvenciones del gobierno (sección 24 vs NIC 20)



• El importe total de la subvención se reconoce como ingreso de una sola vez, según proceda [24.4]: • Subvención sin condiciones, cuando sea exigible. • Subvención con condiciones, cuando se cumplan; hasta ese momento se reconocerán como pasivo. • Inversiones en asociadas y negocios conjuntos (secciones 14 y 15 vs NIC 28 y NIIF 11)7 • La “influencia significativa” se tasa en el 20% de los votos [14.3]. • Las inversiones pueden registrarse por tres procedimientos [14.4 y 15.9]: • Método del costo. • Método de la participación. • Modelo del valor razonable con cambios en resultados (obligatorio para las asociadas que coticen). • Las plusvalías implícitas que puedan surgir en la adquisición de la asociada se amortizarán de acuerdo a lo señalado en la sección 19 [14.8 (c)]. • Costos por préstamos (sección 25 vs NIC 23) • Gasto en el periodo en que se devenguen, sin posibilidad de capitalización [25.2]. • Estados financieros Consolidados y Separados (sección 9 vs NIC 27 y NIIF 10) • No se requieren estados financieros consolidados si la controladora es, a su vez, subsidiaria y su controladora última elabora estados financieros consolidados [9.3]. • Si se elaboran estados financieros separados deben describirse los métodos utilizados para contabilizar las inversiones en subsidiarias, controladas de forma conjunta o asociadas [9.27 (b)]. • Instrumentos financieros (secciones 11 y 12 vs NIC 32 y 39 y NIIF 7 y 9)

• Se puede optar entre aplicar la NIIF para las PYMES totalmente o la NIC 39 con los requerimientos de información de la NIIF para las PYMES [11.2].

setiembre de 2012, señalan que más de 80 jurisdicciones han adoptado ya la norma o planean hacerlo en los próximos tres años (IFRS Foundation 2012: 13).

• Diferente clasificación de los instrumentos financieros.

Sin embargo, desde informes de organismos internacionales hasta manifestaciones de gremios profesionales —pasando por académicos y contadores— son muchas las voces que alertan de lo engañoso de esos datos, en particular, en las economías menos desarrolladas. La adopción legal por parte de las autoridades correspondientes, en muchos casos, no está conllevando la aplicación práctica de las NIIF y cuando es así, la falta de un conocimiento adecuado de su contenido está cuestionando seriamente la calidad y credibilidad de la información emitida.

• Simplificación de los métodos de valoración y de los requisitos para la baja en cuenta. • Beneficios a los empleados (sección 28 vs NIC 19) • Se exige el reconocimiento inmediato de las ganancias y pérdidas actuariales y de todos los costos de servicios pasados sin ningún aplazamiento. • Actividades Especiales [Agricultura] (sección 34 vs NIC 41 y NIIF 6) • Los activos biológicos se valorarán a valor razonable solo si es fácilmente determinable “sin costo o esfuerzo desproporcionado” [34.3 (c)]. • Adopción por primera (sección 35 vs NIIF 1)

vez

• Incluye diversas exenciones no contempladas en la NIIF 1. • Reduce la información a revelar cuando se usa el valor razonable como costo atribuido. 5. ¿La solución al problema de aplicación real de las NIIF? Desde finales de los años noventa, muchos han sido los países que, oficialmente, han adoptado las NIIF Completas. La compañía Deloitte Global Services Limited (2013), en su interesante sitio web IASPlus, presenta un resumen sobre el uso de las NIIF como normativa básica para la elaboración de los estados financieros de compañías cotizadas y no cotizadas en 174 países, cuyos datos agregados indican que dichas normas son permitidas o requeridas en alguna medida en 128 y 106 países, respectivamente.8 En cuanto a la NIIF para las PYMES, el propio IASB, en la presentación realizada dos de sus miembros —Paul Pacter y Darrell Scott— en la IFRS Conference celebrada en Dubai en

Las dificultades intrínsecas de las NIIF, la deficiente capacitación de los profesionales, la informalidad del sistema en muchos países —donde la mayor parte de las empresas no están sujetas a requisitos de información diferentes a los fiscales— o el retraso en su incorporación a la formación universitaria son algunos de los problemas más mencionados. Indudablemente, la procedencia anglosajona de las NIIF y su compleja redacción original en inglés generan dificultadas de comprensión, máxime cuando en muchos países ni siquiera se dispone de una traducción propia que adapte giros y vocabulario a su idioma o variedad lingüística, como sucede en Latinoamérica. Sin embargo, el verdadero problema es, en mi opinión, de planteamiento. Me refiero a cuestiones tan básicas, pero tan relevantes, como ¿Para qué sirve la Contabilidad? ¿Quiénes son sus principales usuarios? ¿Cómo se elaboran los estados contables?, etc. A mi juicio, al menos en el caso de las pymes, el enfoque del IASB no es el adecuado. Antes de continuar, quiero aclarar que mi valoración en relación con el papel desempeñado por el IASB en la evolución y modernización de la contabilidad financiera es muy positiva. No obstante, el mantenimiento de algunos planteamientos heredados de

7. La NIIF 11 deroga la NIC 31 y la SIC 13 para los periodos iniciados a partir del primero de enero de 2013. 8. Aunque los autores del informe advierten que los datos deben leerse teniendo en cuenta las notas metodológicas que incorporan, dado que el objetivo de la cita es contextualizar los comentarios y que los datos están disponibles para su consulta en la fuente, se ha considerado que su omisión no perjudica la información ofrecida.

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etapas anteriores —donde sus objetivos y cometido eran claramente diferentes—, no ha favorecido la aplicabilidad de sus normas, especialmente, en el caso de la NIIF para las PYMES. Probablemente, parte del problema resida en la definición de pyme adoptada que, entre otras, mezcla grandes compañías no cotizadas con un elevado número de accionistas y grandes responsabilidades económicas, con empresas familiares, de tamaño muy inferior y una operativa radicalmente distinta, en las que la propiedad y la gestión están claramente vinculadas. Sin embargo, es el peculiar prisma con que el organismo emisor otea la realidad empresarial —ignorando importantes particularidades y haciendo generalizaciones difícilmente sostenibles que terminan por distorsionarla gravemente— lo que resulta más preocupante y hace sus fundamentos más discutibles. Los párrafos FC53 y FC54, en los que se justifica “por qué la NIIF para las PYMES no tiene como objetivo el suministro de información a los propietarios que son administradores para ayudarles a tomar decisiones de gestión” (IASB 2009a: 23-24), o el párrafo FC80, que enfatiza el carácter externo de los usuarios, incluyendo entre ellos a proveedores, agencias de rating o clientes —que, supuestamente, utilizan los estados financieros de la compañía para tomar decisiones o calificarlas (IASB 2009a: 33), cuando en la mayoría de los países dichos estados ni son públicos ni accesibles para terceros—, son claros ejemplos de esa visión deformada. Respondiendo conjuntamente a las dos primeras preguntas anteriormente planteadas, en mi opinión, la Contabilidad es, fundamentalmente, una herramienta de gestión y, por tanto, su principal usuario es la gerencia de la empresa, en especial, en las pymes y más aún si no tienen obligación de presentar cuentas públicamente. Tampoco comparto la afirmación realizada en el párrafo FC50 indicando que “La determinación del resultado fiscal requiere estados financieros con propósitos de información especial diseñados para cumplir con las leyes y regulaciones fiscales de una determinada jurisdicción” (IASB 2009a: 23).

9.

Cabe recordar que la relación contabilidad-fiscalidad es un tema ampliamente estudiado y muy bien resuelto por el propio IASB en la NIC 12 —con escasas diferencias en lo sustancial con la sección 29 de la NIIF para las PYMES—, que posibilita la conciliación entre ambos ámbitos mediante la aplicación del conocido como método del efecto impositivo, que permite el reconocimiento de diferencias temporarias y de los activos y pasivos por impuestos diferidos correspondientes. La aplicación del concepto de estados financieros con propósito de información general del IASB a las pymes y, más aún, el razonamiento empleado para defenderlo sugieren la necesidad de realizar estados financieros a la carta, en función del destinatario o de los objetivos perseguidos, con el consiguiente riesgo de discrecionalidad y pérdida de confiabilidad de la información contable. No puede negarse que las necesidades de información de la gerencia — esté en manos de propietarios o de terceros— difieren de las que se derivan de una posición acreedora, de los requerimientos de un inversor o de las exigencias de control tributario de los estados. La satisfacción de las demandas informativas de los distintos usuarios de la contabilidad puede requerir o aconsejar asimetrías en los niveles de revelación, formatos diferentes de presentación e, incluso, la incorporación selectiva de estados financieros complementarios o documentación de carácter accesorio. Sin embargo, la diversidad de usuarios con diferentes objetivos no altera la realidad económica de la empresa ni debe, por tanto, condicionar la imagen de su situación presentada en los estados financieros. En consecuencia, no hay, en mi opinión, ninguna razón que pueda justificar que la fuente principal de esa información no deba ser la misma en todos los casos: la contabilidad de la empresa. Finalmente, quiero referirme a los problemas de aplicación práctica permanentemente asociados a las NIIF como consecuencia de esa perspectiva auditora que parece dominar al organismo emisor desde su creación y que, a mi modo de ver, constituyen la principal dificultad para su adopción efectiva.

La lectura de las NIIF deja la sensación de que estamos ante una serie de reglas que nos indican cuándo y cómo rellenar unas casillas de unos formularios llamados estados financieros. La propia NIIF para las PYMES señala, en su párrafo P6: “Las NIIF establecen los requerimientos de reconocimiento, medición, presentación e información a revelar que se refieren a las transacciones y otros sucesos y condiciones que son importantes en los estados financieros con propósito de información general”. A continuación, el P7 añade que “están diseñadas para ser aplicadas en los estados financieros con propósito de información general” (IASB 2009b: 11).9 Sin embargo, los estados financieros no son documentos que se elaboran de manera independiente aplicando unas normas. Son el resultado de agregar y ordenar, de una determinada forma, la información relativa a las operaciones realizadas por la empresa y registradas, día a día —libro diario—, en su contabilidad. Por tanto, el primer y determinante requisito para tener unos estados financieros de calidad que representen fielmente la situación patrimonial, económica y financiera de la entidad es que las operaciones diarias hayan sido correctamente valoradas y registradas. Es decir, el objetivo de la norma no deberían ser los estados financieros sino la valoración y registro de los hechos contables. Si esto se hace correctamente, la formulación de los estados financieros apenas entraña dificultad, más allá del cumplimiento de todos los requerimientos informativos. Así pues, el trabajo del contador de base —no necesariamente políglota ni egresado de un máster en Contabilidad—, frecuentemente infravalorado y a menudo menospreciado —incluso por otros estamentos de la profesión contable que parecen ignorar su dependencia del mismo—, es, sencillamente, vital. Él es, sin ninguna duda, el verdadero usuario de la normativa contable. Por tanto, si no se facilita la operativa contable diaria, no se reconoce el papel del contador en la organización y no se destinan recursos para la mejora de su nivel profesional, nunca se conseguirá una adopción real de las normas ni unos estados financieros

La cursiva es del autor.

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de calidad que gocen de la confianza de los usuarios. De nada sirve tener unas excelentes normas contables destinadas a facilitar la toma de decisiones de los usuarios si éstos no tienen un mínimo de certidumbre sobre su correcta aplicación y la veracidad de la información que proporcionan. Respecto al reconocimiento y la mejora profesional, considero necesario un proceso de reflexión que deberíamos iniciar los propios contadores con un ejercicio de autocrítica, pero que debería alcanzar también a empresarios, académicos y autoridades, porque se trata de un problema global. Si la Contabilidad no es fiable, las empresas no obtienen recursos para crecer y la inversión extranjera —tan necesaria en las economías en desarrollo— busca destinos alternativos. En relación con la simplificación de la operativa diaria, en mi opinión, la estandarización tiene un papel determinante. El uso de cuadros de cuentas y modelos de estados financieros normalizados, además de mejorar objetivamente la comparabilidad de la información contable, facilita el aprendizaje, reduce la discrecionalidad, simplifica el tratamiento de la información y elimina barreras profesionales incrementando la competencia y, por tanto, el nivel de exigencia. La disponibilidad adicional de una guía de registro que sirva de apoyo a la aplicación de los criterios de valoración y sintetice los principales motivos de cargo y abono de cada una de las cuentas es otra herramienta, a mi modo de ver, indispensable para conseguir la aplicación práctica de la normativa. La estandarización no es —como algunos sectores señalan— una limitación, ni resta categoría a la norma. Es, simplemente, una cuestión de sentido común y de coherencia. Promover la armonización contable como estrategia para conseguir la comparabilidad de los estados financieros de las empresas y, paralelamente, obcecarse en defender la libertad de cada profesional para — incorporando la información mínima exigida— elegir el formato, las partidas a incluir y su orden de presentación, convirtiendo la tarea de comparar en la resolución de una especie de puzle; solo favorece la discrecionalidad, generando perplejidad en el usuario e incrementando su desconfianza. Tal vez, esta cuestión no fuera relevante en la primera etapa del entonces IASC cuando las normas que 30

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emitía eran más un compendio de las prácticas contables que desarrollaban sus miembros a utilizar como referencia por otros emisores, que unas normas con verdadera vocación de aplicabilidad. Sin embargo, como anteriormente señalé, el rol actual del ahora IASB ha cambiado sustancialmente. Ya no es un emisor privado de normas contables, ahora es el emisor de unas normas que, necesariamente, tienen que aplicarse. Esta nueva situación le confiere grandes ventajas, pero también incrementa el nivel y el alcance de sus responsabilidades, exigiendo, en consecuencia, una profunda revisión de sus planteamientos. Cuestiones como la disponibilidad gratuita y en todos los idiomas de las normas y demás recursos del organismo deberían ser, a estas alturas, indiscutibles. Hay que reconocer en el haber del IASB que, aunque con el apoyo financiero de otras organizaciones, ese parece ser el camino emprendido con la NIIF para las PYMES. Bienvenido sea. 6. Conclusiones La generalización de la adopción de las NIIF como consecuencia del proceso de armonización contable internacional puso de manifiesto la necesidad de contar con unas normas específicas para pymes, más sencillas y manejables. En respuesta a esa demanda, tras casi una década de trabajo, el IASB emitió la NIIF para las PYMES en julio de 2009 dirigida a las empresas sin obligación pública de rendir cuentas —sin limitaciones de tamaño— e independiente, salvo por una excepción, de las NIIF Completas.

peculiar visión de la realidad empresarial y de la Contabilidad del IASB, junto con la resistencia de este organismo a la estandarización de los modelos y procedimientos contables básicos, siguen siendo los principales obstáculos para conseguir la adopción efectiva de su normativa. En consecuencia, en opinión de este autor, la NIIF para las PYMES, aun representando un avance muy relevante, por sí sola no va a resolver el problema de la aplicación real de las NIIF. Si no se solventan las cuestiones mencionadas, el pretendido proceso de armonización contable internacional se quedará en una convergencia teórica de las exigencias regulatorias en los distintos países que, en lugar de mejorar la calidad y credibilidad de la información financiera, terminará generando una mayor desconfianza en la Contabilidad a causa del incumplimiento generalizado de la normativa por parte de las empresas.

Bibliografía Deloitte Global Services Limited 2013

“Use of IFRS by jurisdiction”. IASPlus. Fecha de consulta: 18/8/2013. Disponible en: http://www.iasplus.com/en/ resources/ifrs-topics/use-of-ifrs

IASB 2009a

NIIF para las PYMES. Fundamentos y Conclusiones. Londres: IASCF Publications Department.

2009b

NIIF para las PYMES. Londres: IASCF Publications Department.

2010

Marco Conceptual para la Información Financiera. Londres: IFRS Foundation Publications Department.

La estructura de la NIIF para las PYMES supone un cambio relevante en relación con las NIIF Completas, pasando de un conjunto de normas individuales a un documento único que contiene todos los temas a tratar organizados por secciones. Además, el volumen de la norma ha sido sustancialmente reducido simplificando la redacción, excluyendo opciones de política contable, rebajando cuantiosamente los requerimientos de revelación y eliminando algunas cuestiones tratadas en las NIIF Completas, aunque también se han incorporado ciertos temas no incluidos en ellas.

2012

A guide to the IFRS for SMEs. Londres: IFRS Foundation Publications Department.

Sin embargo, si bien mejora considerablemente el escenario regulatorio para las empresas no cotizadas, la heterogeneidad de este colectivo, la

Molina, Rafael

IASC 1989

Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros. Londres: IASCF Publications Department.

IFRS Foundation 2012

“The IFRS for SMEs”. IFRS. Fecha de consulta: 18/8/2013. Disponible en: http://www.ifrs.org/IFRS-for-SMEs/ Documents/1209SMEsDubai.pdf

2013

Una Guía para Micro Entidades que apliquen la NIIF para las PYMES (2009). Londres: IFRS Foundation Publications Department.

2005

“Puntos débiles de la armonización contable europea”. Técnica Contable, vol. 57, Nº 674, pp. 4-12, Madrid.


¿Se puede cambiar sin realmente cambiar? Hacia una revisoría fiscal basada-en-principios Por Samuel Alberto Mantilla B. Documento auto­ rizado para su publicación. Blog: http://samantilla.tumblr.com Sitio web: www.samantilla1.com Twitter: @SAMantilla1 samuelalbertom@gmail.com

Introducción Este trabajo sigue la dirección de dos trabajos míos anteriores: • La profesionalización de la auditoría en Colombia y la transformación de la revisoría fiscal,10 y • Aseguramiento de información financiera. Fundamentación teórica.11 A la luz de las teorías jurídica disponibles, analiza las transformaciones que se proponen a la revisoría fiscal manteniendo su carácter institucional pero adecuándola a los estándares y las prácticas internacionales. Deja claro que los cambios a la revisoría fiscal, si de verdad se quieren incorporar los estándares y las prácticas internacionales, no se pueden limitar al interior de lo que se denomina el sistema basado-en-reglas (basado en la teoría de los órganos societarios) sino que debe realizarse una transformación que conduzca a una revisoría fiscal basada-en-principios (basada en la teoría del gobierno corporativo). Resalta que esto es conveniente pero no es gratis, hay un precio por pagar, porque es mejor hacer cambios que sean efectivos y no meras continuaciones del status quo vigente.

Contexto para el análisis Se considera que una de las características centrales del mundo en el presente es que todo está sujeto a continuo cambio. Sin embargo, son pocos los acuerdos respecto de qué se entiende por cambio. En esas condiciones, una pregunta central es si es posible cambiar sin realmente cambiar, esto es, si dado un conjunto que esté necesitado de cambio basta con modificar o reemplazar las partes que estén causando daño o que no estén dejando avanzar. Sobre ello hay distintas apreciaciones y pocos acuerdos. Sin embargo, en la búsqueda de un cambio que sea efectivo, está claro que la clave está en ‘cambiar la perspectiva,’ esto es, cambiar la manera como se ven las cosas porque si se siguen mirando de la misma manera se sigue insistiendo en las mismas soluciones que no han funcionado. 12 De acuerdo con Wicks (Op. Cit.): • La razón central es enfrentar el problema central para cambiar. Como se tiene miedo a enfrentar la verdad, se da cabida a los dos grandes enemigos de la apertura: la arrogancia y la ignorancia. • La arrogancia ocurre cuando exportamos (proyectamos) la responsabilidad por nuestros fracasos y errores (‘le echamos la culpa a otros’) por las vías de excusarse, absolver, explorar, racionalizar, mitigar o contextualizar. • La ignorancia ocurre cuando asumimos la responsabilidad por

todo de manera que resulta en sentimientos negativos acerca de nosotros mismos (‘pérdida de auto-estima’) por las vías de la auto-condena, la sobre-responsabilidad, el ser híper-críticos de sí mismos, o las tendencias excesivamente perfeccionistas. • Para lograr resultados que sean efectivos, la solución comienza por la búsqueda de la claridad que está en el medio de la arrogancia y la ignorancia y que es la que lleva a una nueva libertad y a la capacidad de cambiar, que otros prefieren denominar resillience, esto es, capacidad de recuperación.13 Con base en esto, ¿Qué puede proponerse en relación con la transformación que necesita la revisoría fiscal a fin de adecuarla a los estándares y las prácticas internacionales? En otras palabras: ¿cómo lograr un proceso efectivo que permita cambiar la tradicional revisoría fiscal basada-en-reglas, a una revisoría fiscal basada-en-principios? Lo que sigue es un intento, ciertamente un poco aventurado, de buscar un cambio efectivo en la revisoría fiscal. Cambios a la revisoría fiscal Una primera claridad, importante, es reconocer que se necesita hacer cambios a la revisoría fiscal. Prácticamente hay consenso general respecto de ello. Donde no hay acuerdo es en relación con cuáles cambios. Si se analiza la evolución de la revisoría fiscal es claro que ha tenido cambios. Sería ingenuo señalar que ha permanecido igual. Desde la perspec-

10. Disponible en: http://media.wix.com/ugd/e8a62c_7a7b3e90ae6c8c299d982709b955b5b8.pdf 11. Disponible en: http://media.wix.com/ugd/e8a62c_57d9aa8858be46f99acde1884ea1c029.pdf 12. Este es el enfoque que propone Robert J. Wicks en su libro “Perspective. The calm withim the storm.” (Oxford University Press, New York: 2014) y es la base que se utiliza para el análisis que acá se está realizando. 13. La perspectiva de Wicks (Op. Cit.) es principalmente desde el campo de la sicología. Para un análisis de la resillience desde la perspectiva de las organiza ciones, vea: Bishop J.F., Toby, y Frank E. Hydoski. Capacidad de recuperación empresarial. Administración del creciente riesgo de fraude y corrupción. Ecoe ediciones: Bogotá, 2010.

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tiva normativa, está claro que la profusión regulatoria ha ido introduciendo más y más funciones que han ido haciendo que la revisoría fiscal sea diferente hoy a como lo fue en el pasado. Pero tales cambios han sido al interior de su sistema y no le han permitido una adecuación efectiva a las circunstancias del presente ni han sentado las condiciones para adecuarla a los estándares y las prácticas internacionales. Como algunos dicen usando lenguaje común: más de lo mismo. A la hora de enfrentar el proceso de convergencia hacia los estándares internacionales (ordenado por la ley 1314 de 2009), ya se dispone de aceptación casi generalizada de que ‘tocó’ incorporar las NIIF y las NIA, y que en últimas la convergencia derivó en una ‘adopción con salvedades.’ Hay voces que critican aspectos14 de este proceso pero en general todos ‘se están subiendo al bus.’ Donde no hay la misma aceptación es en el caso de la revisoría fiscal y está primando la posición ingenua de que hay que mantener la revisoría fiscal sin hacerle transformaciones de fondo, como si la incorporación de las NIA (mejor: el Sistema ISA/NIA) fuera un asunto neutro, carente de consecuencias. Hay muchas expresiones de arrogancia o de ignorancia que buscan mantener, como sea, el status quo. Por el lado de la arrogancia, los de un lado le echan la culpa a los del otro lado pero ninguno acepta que está equivocado. Para un sector, las deficiencias de la revisoría fiscal están en la mala calidad de los egresados de contaduría, el uso inadecuado de las tecnologías disponibles, la acción profesional centrada en la persona natural, etc. Para otro sector, los problemas se derivan del monopolio que ejercen las firmas grandes que le quitan el espacio a los nativos, el poco respaldo que el gobierno da para el ejercicio de las funciones, la paga exigua que dan los empresarios, etc. Pero ningún sector reconoce, y menos públicamente, sus aciertos y desaciertos.

Por el lado de la ignorancia, prevalecen las voces de los contadores contra los contadores, hay una carrera loca (aceptada por la profesión) de quién le coloca más y más responsabilidades y funciones a los revisores fiscales, todo el mundo señala que como lo está haciendo lo está haciendo bien, las normas son aceptadas como verdades, se privilegia el cumplimiento normativo incluso sacrificando la ética, etc. Estas listas parece que no tuvieran fin. Y siempre se sigue en las mismas. ¿Qué se necesita hacer para lograr que la revisoría fiscal que actualmente está basada-en-reglas se transforme hacia una revisoría fiscal basadaen-principios? De acuerdo con mi manera de entender, ese es el cambio central a realizar. Un cambio que es posible pero que está condicionado (‘no es gratis’): • Implica cambiar la teoría jurídica subyacente (órganos sociales) por la teoría jurídica inmersa en el gobierno corporativo del presente (‘objetivos comunes y roles independientes’). • Tiene la enorme ventaja de que la revisoría fiscal sigue siendo una institución (incrustada en el derecho colombiano), le permite adecuarse a los estándares y las prácticas internacionales (uso de los IFRS/NIIF y de los ISA/NIA, principal pero no exclusivamente), le facilita mantenerse al ritmo de los negocios, y sigue siendo rol privativo de los contadores. • Implica cambios de fondo tanto en su concepción (no como órgano social sino como un rol entre los diferentes roles que buscan compartir los objetivos comunes), en su funcionamiento (un órgano que se convierte en tres roles diferentes) y en el respaldo profesional (contadores profesionales en ejercicio profesional independiente). • Conlleva pagar el precio. En otras

palabras, ‘para que la revisoría fiscal pueda ser transformada, la profesión de respaldo, esto es, la contaduría, tiene que ser transformada.’ No podrá cambiar la revisoría fiscal con la contaduría pública tal y como hoy está funcionando. En este contexto, la revisoría fiscal no desaparece pero sí es sometida a transformaciones de fondo. Veamos algunos detalles de los elementos arriba mencionados. Las teorías jurídicas subyacentes Como la revisoría fiscal es una institución en el derecho colombiano es necesario analizar cuáles serían las alternativas que en el derecho colombiano podrían darse para hacer la transformación necesaria. No solo sin violar las normas sino si es posible que el derecho facilite los procesos. Esto se puede resumir de la siguiente manera: la revisoría fiscal, nacida a finales del siglo 19, se basó en la teoría jurídica de ‘el mandato y los mandatarios’ pero se consolidó cuando fue incorporada en el Código de Comercio, de los años 1970, con base en la teoría jurídica de los ‘órganos societarios.’ El cambio desde la teoría jurídica de ‘el mandato y los mandatarios’ hacia la teoría jurídica de los ‘órganos sociales’ fue analizado en detalle por Hernando Bermúdez en su excelente trabajo “Apuntes sobre la revisoría fiscal, el revisor fiscal y sus suplentes” (Octubre 1998). Se recomienda que el lector acuda a tal documento. El cambio desde la teoría jurídica de los ‘órganos sociales’ hacia la teoría jurídica del ‘gobierno corporativo’ se esboza en el presente trabajo y se remite a las referencias bibliográficas para su análisis de fondo.15 La Tabla 1 resume los principales elementos de cada una de estas teorías jurídicas mencionadas y facilita visualizar cuáles son los cambios que se requieren.

14. Vea, por ejemplo, mi trabajo Colombia le dice NO a las NIIF, en: http://media.wix.com/ugd/e8a62c_4edea0239585a060616d763ed0e23f0f.pdf. 15.

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Entre mucha bibliografía disponible, principalmente los siguientes libros: •

Monks and Minov. Corporate Governance. Wiley; 5 edition (August 15, 2011) Wiley; 5 edition (August 15, 2011)

Tricker, Bob. Corporate Governance: Principles, Policies and Practices. Oxford University Press, USA; 2 edition (June 18, 2012)

En español, vea: Chorafas, Dimitris. IFRS, Valor Razonable y Gobierno Corporativo. Ecoe ediciones: Bogotá, 2007 (http://www.ecoeediciones.com).

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Tabla 1 1 Mandato y mandatarios

2 Órganos sociales

3 Gobierno corporativo

Principalmente un asunto de derecho privado latino (derecho civil trasladado al derecho comercial).

Afortunada aportación del derecho público al privado.

Derecho anglosajón (Common Law) como base del derecho contractual y de negocios contemporáneo.

La teoría organicista es de origen alemán, vinculada al concepto de corporación y ha sido acogida por los más renombrados tratadistas italianos.

Constituye el eje alrededor del cual se organizan las instituciones económicas internacionales/ globales.

Órgano (= el vehículo) es diferente de función (= es ejecutiva).

Estructura & Poderes en función de un propósito (un objetivo común y roles independientes en función de ese objetivo común).

Fuente

Ideas de contrato y mandato.

Base La jerarquía de los órganos está atemperada por la separación de poderes. Mandante (propietario)

Órganos de: dirección, administración y control

Mandatario (Administración)

Poderes centrales :16 • Shareholders (Propiedad) • Directores (Monitoreo/vigilancia) • Administración (Desempeño/ ejecución)

Actores

Al igual que los poderes centrales, todos los demás roles tienen definiciones e incompatibilidades específicas. Ningún rol puede concentrar poderes incompatibles. Relación básica

Confianza privada

Fe pública

Interés público

Carácter

Privado

Eminentemente público (estatal): función jurídica delegada.

Eminentemente público (social, interdisciplinario). 17

El revisor fiscal es el centro de las responsabilidades.

La Revisoría Fiscal es un órgano social (del cual hacen parte el revisor fiscal y los auxiliares; incluye suplentes designados).

¿Cómo se pueden agrupar en roles (según gobierno corporativo) las funciones que actualmente tiene la revisoría fiscal (según órganos sociales)? Existen tres grupos:

Por eso la revisoría fiscal puede ser ejercida por sociedades de contadores públicos, cooperativas de segundo grado, cooperativas de trabajo asociado. Incluso puede ser organizada por departamentos o secciones (Cfr. Art. 47, decreto 2373 de 1956).

• Auditoría de estados financieros: rol externo a la organización auditada (de ella hacen parte el socio líder pero también el equipo de auditoría. Las reglas de independencia aplican incluso a la red a la cual pertenece la firma).

Participantes

• Evaluación y asesoría: es la auditoría interna: rol interno a la organización pero independiente de la administración. • Certificación: rol interno a la organización e interno de la administración (‘responsabilidad por la ejecución’)

16. Un análisis de la problemática actual, referida como relación que evoluciona entre accionistas, directores y ejecutivos, puede verse en: http://irrcinstitute.org/ projects.php. 17. Al analizar este aspecto, Tricker (Op. Cit.) hace referencia a las siguientes teorías y filosofías que dan respaldo al gobierno corporativo: (1) El dilema de la agencia; (2) Teoría de la agencia; (3) Economía de los costos de transacción; (4) Teoría de la dirección (stewardship); (5) Teoría de la dependencia de los recursos; (6) Hegemonía de la clase directiva; (7) Perspectivas filosóficas y organizacionales, (8) La perspectiva social: filosofías del stakeholder; (9) Teoría del stakeholder ilustrado; (10) Teoría de las diferentes fronteras y los niveles de los sistemas; y (11) Un tema en la búsqueda de su propio paradigma. Todas estas teorías y filosofías son ‘comunes’ en el pensamiento interdisciplinario contemporáneo.

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El gobierno corporativo y los estándares internacionales Las teorías jurídicas del gobierno corporativo se han ido incorporando por diversas vías, entre las cuales se destacan dos: a través de los estándares

internacionales (de los cuales hacen parte los códigos de gobierno corporativo) y las prácticas de responsabilidad social corporativa. Desde la perspectiva técnica, los estándares internacionales hacen parte

de la arquitectura financiera internacional cuya implementación está articulada a través de 12 estándares clave,18 tal y como se resume en la Tabla 2:

Tabla 2: Doce estándares clave Áreas

Estándar

Cuerpo emisor

Política macroeconómica y transparencia de datos 1. Transparencia de la política monetaria y Código de buenas prácticas sobre transparencia en FMI financiera políticas monetaria y financiera 2. Transparencia en política fiscal 3. Difusión de datos

Código de buenas prácticas en transparencia fiscal

FMI

Estándar especial sobre difusión de datos

FMI

Sistema general para la difusión de datos

Regulación y supervisión financiera 4. Supervisión bancaria

Principios centrales para la supervisión bancaria BCBS (‘Basilea’) efectiva

5. Regulación de valores

Objetivos y principios de la regulación de valores

IOSCO

6. Supervisión de seguros

Principios centrales para los seguros

IAIS

7. Resolución de crisis y seguros de depósito

Principios centrales para sistemas efectivos de seguros de depósito

BCBS/IADI

8. Insolvencia

Insolvencia y derechos del acreedor

BM

9. Gobierno corporativo

Principios de gobierno corporativo

OECD

10. Contabilidad y auditoría

Estándares/Normas internacionales de información IASB financiera (IFRS/NIIF)

Infraestructura institucional y del mercado

Estándares/Normas de auditoría (ISA/NIA)

IAASB

11. Pago, compensación y liquidación

Principios para la infraestructura del mercado financiero

CPSS/ IOSCO

12. Integridad del mercado

Recomendaciones de FATF para combatir el lavado del dinero y la financiación del terrorismo y la pro- FATF liferación

Como puede observarse, los estándares de auditoría se refieren de manera explícita a la auditoría de los estados financieros y no a las otras auditorías. Esto tiene consecuencias importantes y por eso arriba se mencionó que la auditoría de estados financieros tiene un ‘rol externo a la organización auditada.’ Se privilegia el interés público de preservar la infraestructura institucional y del mercado. Por esta razón, la revisoría fiscal entendida como el rol de auditoría de los estados financieros según estándares

internacionales, preserva su carácter institucional en el marco del derecho. También puede observarse que los estándares de gobierno corporativo (definidos como principios de gobierno corporativo) igualmente hacen parte de la infraestructura institucional y del mercado. Se blinda esto contra efectos extraños. Los estándares/normas internacionales de auditoría interna (emitidos por el IIA19), si bien tienen el reconocimiento como tales, no hacen parte

de esta infraestructura institucional y del mercado, dado que responden a un rol interno a la organización pero independiente de la administración. Esta es una de las razones principales para la incompatibilidad de que la misma persona ejerza simultáneamente para el mismo cliente los roles de auditoría independiente de los estados financieros y de auditoría interna. A esto se debe agregar que si bien los contadores públicos pueden ejercer su rol como auditores internos, éste no es un rol privativo suyo y de hecho es

18. https://www.financialstabilityboard.org/cos/key_standards.htm 19. Hacen parte de The International Professional Practices Framework (IPPF) [Estructura para las prácticas profesionales internacionales] de la auditoría interna. Vea: https://na.theiia.org/standards-guidance/Pages/Standards-and-Guidance-IPPF.aspx

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ejercido por otros profesionales. A diferencia de la auditoría independiente de los estados financieros, que es un rol privativo de los contadores públicos (contadores profesionales en ejercicio profesional independiente).

en ejercicio profesional público que, mediante las certificaciones dé un aseguramiento medio pero en ningún caso aseguramiento alto (dado que el aseguramiento alto corresponde a la auditoría).

Los sistemas tipo caja negra son de carácter primitivo y se caracterizan porque dan un salto en el vacío, esto es, permiten que se conozca el input y el resultado pero no los procesos ni las consecuencias.

Tal y como se mencionó arriba, la otra vía importante para la incorporación del gobierno corporativo es la de la responsabilidad social corporativa20 que tiene como contraparte el cumplimiento corporativo.21

3. Las teorías y prácticas relacionadas con funciones de evaluación y asesoría, que técnicamente se pueden agrupar en la función de auditoría interna, en todo caso son incompatibles23 con la función de auditoría independiente de los estados financieros. Por consiguiente, no pueden ser funciones de la revisoría fiscal basada-en-principios. Como la ley 1314 de 2009 pide hacer la convergencia hacia estándares internacionales, una alternativa práctica es requerir que (especialmente en las entidades de interés público, esto es el Grupo 1 del Direccionamiento Estratégico) estén obligadas a tener auditoría interna según los estándares internacionales de auditoría interna. Una solución igualmente práctica sería dejar a elección de las entidades del Grupo 2 tener o no la función de auditoría interna según los estándares internacionales de auditoría interna.

Los sistemas transparentes corresponden a los desarrollos más eficientes del presente: permiten que se vean los insumos (inputs), los procesos (process), los resultados (outputs), las consecuencias (outcomes), pero también la retroalimentación (feed-back) y, muy importante, los objetivos (targets) que en últimas son los que definen las relaciones (relations) y las sinergias (synergies).

En lo que tiene que ver con la transformación hacia una revisoría fiscal basada-en-principios, los cambios principales a incorporar son: 1. Las teorías y las prácticas asociadas con ‘firmar el balance’ deben ser reemplazadas por ‘auditar los estados financieros según los estándares internacionales de auditoría’ (incorporando todo el sistema ISA/NIA, esto es, simultáneamente hacer los cambios necesarios en la profesión de los contadores para que quienes realicen la auditoría de estados financieros estén sometidos al régimen de los contadores profesionales en ejercicio profesional público (requiriendo y garantizando la independencia del auditor). Esto se debe definir con claridad como obligación para las entidades de interés público (Grupo 1 del Direccionamiento Estratégico) y posiblemente algunas del Grupo 2.22 2. Las teorías y prácticas asociadas con ‘firmar las declaraciones tributarias’ deben quitarse como función/responsabilidad del revisor fiscal y trasladarse al contador jefe de contabilidad de la entidad (garantizando que estos contadores estén sometidos al régimen de los contadores profesionales en ejercicio profesional privado o, en caso extremo, un contador profesional

4. Las actuales funciones de certificación que tiene el revisor fiscal deben ser quitadas a éste y trasladadas a los funcionarios que en las entidades tengan las responsabilidades de dirección de la ejecución. Este es un cambio clave, con efectos importantes en la relación del revisor fiscal con la entidad, con la autoridad tributaria y con las entidades de inspección, vigilancia y control (superintendencias). Firmar no es auditar El pensamiento de sistemas diferencia entre sistemas ‘tipo caja negra’ y sistemas ‘transparentes.’

Las expresiones normativas ‘firmar el balance’ (usada en el Código de Comercio y en la Ley 43 de 1990, entre otras) y ‘firmar las declaraciones tributarias’ (usada en la legislación tributaria) son expresiones tipo caja negra dado que explican su resultado (‘firmar’) pero no los procesos asociados a ello. Simplemente usan ‘presunciones legales’ como la que respalda la fe pública que da el contador público: “La atestación o firma de un Contador Público en los actos propios de su profesión hará presumir, salvo prueba en contrario, que el acto respectivo se ajusta a los requisitos legales, lo mismo que a los estatutarios en el caso de personas jurídicas. Tratándose de balances, se presumirá además que los saldos se han tomado fielmente de los libros, que éstos se ajustan a las normas legales y que las cifras registradas en ellos reflejan en forma fidedigna la correspondiente situación financiera en la fecha del balance.” 24 La auditoría de estados financieros, ejecutada según los estándares/ normas internacionales de auditoría (ISA/NIA25) no presupone nada: exige. La expresión técnica que utilizan

20. Vea: Caliyurt, Kiymet. Corporate Governance: An International Perspective (Csr, Sustainability, Ethics & Governance. Springer; 2014 edition (April 11, 2014). También: Mullerat, Ramon (Ed.). Corporate Social Responsibility. The Corporate Governance of the 21st Century. Kluwer Law International and International Barr Association: The Hage, Netherlands, 2005. 21. Charan, Ram. Boards That Deliver: Advancing Corporate Governance From Compliance to Competitive Advantage. Jossey-Bass; 1 edition (February 3, 2005). 22. La reforma a la auditoría independiente, que se está dando en la Unión Europea ha incorporado lo que se denomina ‘elevar la barra’ para la obligatoriedad de las entidades pequeñas y medianas a tener auditoría independiente de sus cuentas anuales. La consecuencia de esto es que menos entidades están obligadas a contratar auditor independiente y que se deja a elección de estas entidades si contratan o no auditoría independiente de sus cuentas anuales. Un fenómeno que es conveniente ir analizando e incorporando en Colombia ahora que se empieza a hablar de estas cosas.21. Charan, Ram. Boards That Deliver: Advancing Corporate Governance From Compliance to Competitive Advantage. Jossey-Bass; 1 edition (February 3, 2005). 23. Incompatibilidad no significa carencia de relación. La incompatibilidad se refiere a que un mismo profesional no puede prestar simultáneamente para el mismo cliente servicios de auditoría independiente y servicios de auditoría interna. La relación y cooperación entre la auditoría independiente y la auditoría interna constituyen el alcance de estándares específicos tanto en los ISA/NIA como en los estándares internacionales de auditoría interna. 24. Artículo 10, Ley 43 de 1990 25. Uno de los aportes clave del proceso de clarificación al cual fueron sometidos los ISA/NIA es que les da a todos los estándares una estructura común: (1) introducción; (2) objetivos; (3) definiciones; (4) requerimientos; (5) material de aplicación y otro de carácter explicativo; y (6) apéndices.

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los ISA/NIA es ‘requerimientos,’ que no son opcionales, los cuales pueden clasificarse en requerimientos de contratación, planeación, ejecución, documentación y presentación de reportes. Pero no solo se refieren a los requerimientos sino que, de manera muy explícita definen los ‘objetivos’ a lograr con el fin de que el auditor obtenga seguridad razonable para que pueda dar seguridad razonable respecto de si los estados financieros presentan de manera razonable la situación financiera, el desempeño financiero y los flujos de efectivo de la entidad cuyos estados financieros están siendo auditados. No diferenciar entre ‘firmar’ y ‘auditar’ solo ha servido para las discusiones estériles que hemos tenido en la profesión acerca de si la revisoría fiscal es o no es auditoría, si es más que auditoría o si es sumatoria de auditorías. Lo anterior explica por qué muchos se resisten a dar el paso desde un sistema tipo caja negra hacia un sistema transparente: las nuevas exigencias son bastante mayores y, desafortunadamente, muchos prefieren irse por lo bajo para ‘garantizar la obtención de ingresos’ sin importar el logro de los objetivos y mucho menos la calidad de los procedimientos aplicados. Eso explica por qué muchos, demasiados, están interesados en el ‘entrenamiento práctico’ de los contadores y poco en la educación para la acción (experticia). Los estándares internacionales exigen la aplicación del juicio profesional y ello requiere educación sólida: el entrenamiento superficial y repetitivo de ‘lo que conviene’ no sirve. Ni siquiera en las empresas pequeñas. Mucho menos en las empresas grandes donde las presiones competitivas son enormes y donde confluyen múltiples especialistas que deben respaldar sus acciones.

Desde la perspectiva de la supervisión, el centro de atención se traslada de la emisión de normas (reglamentaciones, decretos, instructivos, guías, etc.) hacia el análisis de la información contenida en los estados financieros. El presupuesto es que se saben ‘leer’ los estados financieros, no la discusión alrededor de la coma o la tilde contenida en la norma. Y en el presente, hay disponibilidad suficiente de herramientas analíticas26 que hacen que estos procesos no solo sean posibles sino eficientes. Sin embargo, para muchos es ‘suficiente’ la emisión de la norma porque saben que es ‘acatada’ sin cuestionamientos. Desafortunadamente esto es cierto para quienes solo actúan porque la norma lo dice, no porque las necesidades de información y los juicios profesionales lo señalen. Cómo ha evolucionado la función certificante Primero que todo, debe quedar bien claro que la función certificante es una ‘función del Estado,’ que la ejerce ya sea de manera directa o que delega en quien tiene a bien. Está asociada principalmente a la protección de los derechos de registro tanto de la existencia de las personas (nacimientos, defunciones, matrimonios, sociedades, etc.), de la propiedad (finca raíz, vehículos, territorios, etc.), como de las actuaciones administrativas del Estado (registro de libros de comercio y contabilidad, firmas digitales, etc.). Algunos lo entienden en sentido amplio27 y otros en sentido reducido28, dándose entre estos extremos una diversidad importante de criterios y escuelas jurídicas. Las funciones, si bien no los derechos, son delegadas ya sea en funcionarios del Estado o en funcionarios externos (‘auxiliares de la justicia’, ‘auxiliares del Estado,’ entidades de cer-

tificación), bajo lo que se denomina ‘colaboración de entidades privadas en el ejercicio de funciones públicas, lo cual hace que tanto las funciones como las responsabilidades asociadas correspondan al ámbito del derecho administrativo: fe pública.30 Así como el Estado puede delegar la función certificante, también puede quitarla. No es algo que el Estado entregue en propiedad sino que corresponde a un acto de confianza: notarios, contadores, médicos, forenses, etc., son habilitados previos requisitos y condiciones pero tal habilitación puede ser revocada.31 Puede ser expresada ya sea como una certificación (esto es, una constancia que acredita o da seguridad, generalmente autenticada mediante sellos y firmas y respaldada mediante libros y registros) o una licencia (esto es, una autorización que, previo el cumplimiento de requisitos establecidos, permite realizar una actividad (comercio, certificaciones de origen), ejercer una profesión (medicina, abogacía, contaduría, etc.), conceder un derecho (derechos de autor, derechos de copia, etc.), prestar un servicio (intermediación financiera, servicios públicos, concesiones de carreteras y peajes, etc.), realizar una explotación (minería, espectro electromagnético), etc. Tanto en las certificaciones como en las licencias hay una variedad impresionante y ninguna esfera en particular puede reclamar la exclusividad. Recuérdese: es una función del Estado. En lo que se refiere a la información contable se destaca la fe pública contable expresada principalmente por las vías del registro de los libros de contabilidad (cámaras de comercio, alcaldías, etc.), por la firma del balance y de las declaraciones tributarias (revisores fiscales, contadores), y por las certificaciones de información (revisores fiscales, contadores).

26. Quede bien claro: XBRL (eXtensible Businnes Reporting Language) es una herramienta para ‘presentación de reportes,’ no es una herramienta de registro (los PUC son reemplazados por las etiquetas XBRL pero no por el lenguaje XBRL) y mucho menos una herramienta de análisis. Éstas, son más instrumentos para minería de datos, correlación de datos e información y búsqueda de patrones y tendencias. El alcance de este trabajo no permite abordar estas temáticas con detalle. 27. Ramos Rams, Leonor. El derecho de acceso a archivos y registros administrativos. Editorial Reus: Madrid, 2008. 28.

Martínez Jiménez, José E., y J.A. García Trevijano Fos. La función certificante del estado. Instituto de Estudios de Administración Local, Madrid: 1977

29. Galán Galán, Alfredo. El ejercicio de funciones públicas por entidades privadas colaboradoras de la administración. Huygens Editorial: Madrid, 2010, especialmente pg. 281ss 30. La enciclopedia jurídica señala que “La fe pública local es emanación del poder del Estado para autenticar ciertos actos, que se consideran relevantes para la vida social y que en la administración local se confiere a los secretarios.” Agrega que lo esencial de la fe pública es (a) autenticar, (b) formalizar, (c) certificar. Anota que “Los actos de certificación son auténticos actos administrativos, sometidos, por ello, a un procedimiento administrativo.” (http://www.enciclopedia-juridica.biz14. com/d/fe-publica-local/fe-publica-local.htm). 31. Lo que en últimas hace que una profesión o una disciplina sea la que reciba esta función (o incluso pueda reclamar tenerla) es su capacidad de defensa teórica que le de respaldo a las acciones. En otras palabras, el avance científico del cuerpo disciplinar. Por esta razón, se necesitan fundamentaciones teóricas sólidas. Lo práctico no necesariamente es útil (porque puede ser desplazado por una tecnología o un conocimiento más avanzado).

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En el caso concreto de la revisoría fiscal, la función certificante ha ido in crescendo hasta el punto de que en la actualidad cubre tanto información contenida en contabilidad como información referida a otras áreas de competencia (residencia fiscal, legalidad del software, pago de obligaciones laborales y parafiscales, etc.). Las tecnologías de la información han llevado a cambios profundos en la función certificante, principalmente en lo que tiene que ver con la autenticación (firmas digitales) y el registro (depósitos en bases de datos), con las consiguientes actualizaciones en la protección de los derechos y las reservas de información contenida en las bases de datos (Cfr. Habeas Data). Incluso la modernización de esta función certificante se ha ampliado a otros ámbitos: tecnología, medio ambiente, calidad, procesos, sostenibilidad, responsabilidad social, etc. Pero quizás el impacto más profundo se ha originado por la introducción de los conceptos y las prácticas del gobierno corporativo. A causa, principalmente, de los fracasos corporativos tipo Enron y similares, se han dado cambios de fondo por efecto de la Ley Sarbanes-Oxley (SOA). Si bien SOA es una ley exclusiva del mercado de valores de los Estados Unidos, su acogida se ha dado tanto fuera del mercado de valores como fuera de los Estados Unidos, incorporándose en muchas legislaciones y cuerpos normativos del mundo entero. Sus efectos han trascendido a todo el mundo conduciendo a que en el presente, el estándar internacional sobre certificaciones de información (financiera y nofinanciera) sea SOA, que introdujo tres niveles de control interno:32 1. Estructura y procedimientos de control interno. Es el nivel más alto de control interno, respecto del cual la administración es responsable por su: (a) establecimiento y mantenimiento; y (b) valoración de su efectividad. E igualmente respecto del cual los auditores independientes son responsables por su: (a) atestación; y (b) reporte de auditoría. Este nivel es equiparable al del Siste-

ma de Control Interno a que hace referencia COSO. 2. Controles internos contables. Es un nivel más técnico, referido al proceso de presentación de reportes financieros (financial reporting). Respecto de éstos el comité de auditoría tiene una responsabilidad particular: establecer procedimientos relacionados con la recepción, retención y tratamiento de los reclamos recibidos por el emisor en relación con los mismos, así como los que tienen que ver con contabilidad y auditoría. Este nivel es equivalente al objetivo de confiabilidad del proceso de presentación de reportes financieros de COSO. 3. Controles internos. Es el nivel más práctico, asociado con la mayor efectividad frente a los problemas concretos que se enfrentan en el día a día de las organizaciones. Los responsables de estos controles son los signing officers (ejecutivos que firman), esto es, el ejecutivo principal o las personas que desempeñan funciones similares. Esta responsabilidad conlleva certificar en cada reporte anual o trimestral la información relacionada con los controles internos. Este nivel es el equivalente a las ‘actividades de control’ o ‘controles específicos’ a que hace referencia COSO. En lo que tiene que ver con la transformación hacia una revisoría fiscal basada-en-principios, lo relacionado con las certificaciones a cargo de los ejecutivos que firman es quizás un área estratégica de cambio. Si de verdad se quiere acceder a los estándares y prácticas reconocidos internacionalmente, la certificación debe estar a cargo de quien tiene a cargo la ejecución o el desempeño (performance) y por consiguiente quien es el responsable directo. En lenguaje sencillo, esto quiere decir que: • Las certificaciones de información contable deben ser firmadas por el contador público jefe de la contabilidad de la entidad y no por el

revisor fiscal de la misma. Quien lleva la contabilidad es quien sabe dónde y cómo está en la contabilidad y debe responder por su representación fiel. • Las certificaciones por el cumplimiento de las obligaciones laborales y el pago de aportes parafiscales deben ser firmadas por el jefe de recursos humanos (o jefe de personal, o jefe de talento, o gerente, o dueño de la empresa) y no por el revisor fiscal. • Las certificaciones por la legalidad del software utilizado en el procesamiento de la información deben ser firmadas por el jefe de sistemas (o jefe de tecnología de información, o similar, o gerente, o dueño de la empresa) y no por el revisor fiscal. • Las certificaciones relacionadas con residencia fiscal deben ser firmadas por el jefe de impuestos de la entidad o por el contador público jefe de contabilidad de la entidad o por el abogado de la entidad, pero no por el revisor fiscal de la misma. La lista es extremadamente larga para incluirla en un trabajo como este pero es fácil de resolver por el Estado (ya sea el legislativo, el gobierno nacional o la DIAN) si de verdad se quiere dar prelación a un sistema de revisoría fiscal basado-en-principios, que incorpore los estándares y las prácticas internacionales.33 Con esto no se pierde la delegación de funciones de certificación que da el Estado ni se deteriora la protección de los derechos asociados a ello, pero sí se des-concentran funciones actualmente asignadas al revisor fiscal. La auditoría es un rol de interés público Uno de los cambios importantes que ha tenido el ejercicio de la profesión contable a nivel mundial es el pasar desde un esquema de atestación (fe pública: tercero en la relación mandante-mandatario) al esquema de aseguramiento (interés público: un rol más entre muchos, en la búsqueda de objetivos comunes).

32. Vea detalles en: Mantilla B., Samuel A. Auditoría del control interno. Tercera edición. Ecoe ediciones: Bogotá, 2013, pg. 105ss. 33. Recuérdese que en varios países (Cfr. México) existe la ‘auditoría fiscal’ que, diferente de la auditoría de estados financieros y realizada por otro contador público, expide las certificaciones para efectos tributarios.

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Patrocinador Platino Publicidad pagada mediante el programa de Patrocinadores del incp. Los patrocinadores del incp son personas jurídicas que gracias a su aporte, contribuyen al desarrollo integral del profesional contable en Colombia a través de la canalización de recursos económicos que posibilitan al Instituto ejecutar actividades académicas y de investigación. Para mayor información de los diferentes modelos de patrocinio, por favor consulte www.incp.org.co ó solicita le información a incpcol@incp.org.co


Interés público es una expresión de aceptación mundial en el mundo posmoderno. Señala el objetivo básico de la relación existente entre los diferentes stakeholders, entendidos éstos en el sentido amplio, incluyendo la sociedad en general.34 Corresponde a una etapa posterior en la evolución de la relación económica fundamental: • Antes, dicha relación era del comerciante para con su patrimonio y tenía como objetivo preservar la confianza privada. • En un momento siguiente, cuando el propietario (dueño del capital) cedió al administrador (profesional) la toma de decisiones a partir de la teoría de la agencia, fue necesario que un tercero independiente garantizara y certificara la rendición de cuentas de esa relación con el objetivo de dar fe pública. • Ahora que el mundo se ha hecho más interconectado, interdependiente y complejo, los participantes en la relación económica son muchos, muy variados, y tienen cantidades de intereses en conflicto. Se hace necesario, entonces, asegurar tales relaciones en función del interés público. Al respecto el Código de Ética para Contadores Profesionales, emitido por IESBA señala claramente:35 Una característica que distingue a la profesión contable es su aceptación de la responsabilidad para actuar en el interés público. Por consiguiente, la responsabilidad del contador profesional no es satisfacer de manera exclusiva las necesidades de un cliente o empleador individual. Al actuar en el interés público, el contador profesional tiene que observar y cumplir con este Código. Si por ley o regulación a un contador profesional le está prohibido cumplir ciertas partes de este Código, el contador profesional

tiene que cumplir con todas las otras partes de este Código. Y más adelante agrega: … El enfoque de la estructura conceptual les ayuda a los contadores profesionales a cumplir con los requerimientos éticos de este Código y a satisfacer su responsabilidad para actuar en el interés público.36 El interés público aplica tanto al ejercicio profesional independiente (auditoría, aseguramiento) como al ejercicio profesional de negocios (o privado, esto es, todos los otros servicios que presta el contador profesional que no son ejercicio profesional independiente). Vale la pena resaltar acá que la excepción al cumplimiento del Código es que por la vía de la ley o regulación se prohíba de manera explícita al contador profesional cumplir con ciertas partes de este Código. Esto muestra una vez más por qué no solo es importante emitir la norma (‘el texto del Código’) sino que la estructura que lo respalde debe ser consecuente con la misma. La auditoría y la certificación, ejecutadas por contadores profesionales, tienen en común que deben hacerse en función del interés público. Se diferencian en que la auditoría tiene como objetivo el dar seguridad razonable de que los estados financieros presentan razonablemente la situación financiera, el desempeño financiero y los flujos de efectivo de la entidad: aseguramiento alto. La certificación tiene como objetivo dar seguridad razonable de que la información concreta acerca de la cual se certifica está tomada fielmente de los libros de contabilidad y cumple las leyes y regulaciones aplicables a esa materia en concreto: aseguramiento medio, si es ejercido según los estándares internacionales de aseguramiento de información (Sistema ISA/NIA).

Dado que tradicionalmente las certificaciones han constituido funciones de fe pública, no hay problema de que el Estado traslade algunas de ellas de los revisores fiscales a los contadores jefes de contabilidad y otras a los ‘ejecutivos certificantes.’ Lo que no es aceptado, según los estándares internacionales, es que quien ejerza el rol de auditor de estados financieros simultáneamente para el mismo cliente ejerza el rol de certificador. Convergencia hacia los estándares internacionales No se puede desconocer que Colombia avanza en el proceso de convergencia hacia los estándares internacionales de información financiera y aseguramiento de la información. La emisión de normas sobre el tema así lo demuestra y los esfuerzos de las entidades por ajustarse a tales normas son evidentes. Pueden, sin embargo, hacerse algunas anotaciones respecto de cómo avanza el proceso: 1. Hay diferencias de fondo en relación con la orientación del proceso. Mientras el mundo está apretando a las empresas grandes y des-apretando a las empresas medianas y pequeñas (para ello se utiliza la expresión técnica ‘elevar la barra’), en Colombia se están des-apretando las empresas grandes (Cfr. Las salvedades del decreto 1851 de 2013 y los ‘silencios’ sobre la consolidación, sobre el aseguramiento y sobre las propuestas de la OECD acerca de las modificaciones a la legislación para hacer que efectivamente tributen las empresas grandes)37 y apretando las pequeñas (Cfr. las cargas para las entidades de los Grupos 2 y 3 y las modificaciones introducidas por la última reforma tributaria). 2. La implementación de las NIIF está orientada a la presentación

34. Vea: Mantilla B., Samuel A. Auditoría de información financiera. Ecoe ediciones: Bogotá, 2009, pp. 165ss. 35. IESBA. Handbook of the Code of Ethics for Professional Accountants. 2013 Edition. IFAC: New York, 2012, par. 100.1. 36. IESBA. Code of Ethics (Op. Cit), par. 110.6. 37. La Unión Europea ha aprobado, recientemente, que las compañías grandes revelen en sus reportes anuales una cantidad de información no-financiera. Vea: http:// www.accountancyage.com/aa/news/2340423/eu-parliament-adopts-non-financial-reporting-rules?amf_cntctid=2023024&utm_term=&utm_content=EU%20Parliament%20adopts%20non-financial%20reporting%20rules&utm_campaign=AA.Daily_RL.EU.A.U&utm_medium=Email&utm_source=AA.DCM.Editors_Updates

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de reportes para las superintendencias según como las superintendencias entienden las NIIF, pero no necesariamente hacia el objetivo de presentar la situación financiera, el desempeño financiero y los flujos de efectivo de las entidades. Se están priorizando los estados financieros independientes (separados) y poco se está trabajando en relación con los estados financieros consolidados, que constituyen el centro de atención de los IFRS/NIIF. Si a ello se añade que la atención se está centrando en los temas tradicionales (PPE, inventarios) pero no en la dinámica nueva que introducen los IFRS/NIIF (valor razonable, el control como criterio de consolidación, la contabilización de los contratos de arrendamiento, con los clientes, fusión, etc.) la implementación de las NIIF en Colombia está siendo algo ‘suave’ y no necesariamente muestra las ‘durezas’ de la realidad financiera. 3. Es importante abordar, colectivamente y con celeridad, la diferencia clave entre los IFRS/NIIF y los ISA/NIA: a. Los IFRS/NIIF son básicamente para mercados de capital (financieros-seguros-valores) que es donde se concentran

la riqueza y los intereses de los inversionistas (lo cual hace que las ‘salvedades’ sean materialmente peligrosas). Para las Pymes se da una simplificación (Cfr: IFRS/NIIF para Pymes) en algunos aspectos de medición y principalmente de revelación. b. Los ISA/NIA básicamente aplican a todo tipo de entidades (grandes, medianas, pequeñas), con algunos problemas en ‘grupos.’ Por eso internacionalmente han sido complementadas con lo que se denomina ‘plus regulatorio’ para las entidades de interés público (mercados de capital) concretados en mayores requerimientos (la metodología es desde arriba-hacia-abajo, basada en riesgos, controles a-nivel-de-entidad) y otros complementos (auditoría del control interno ó explicar si se tienen o no controles internos fuertes). 4. Las reformas estructurales a la revisoría fiscal y a la profesión de los contadores no pueden seguir aplazándose ni dejarse al azar. Se hace necesario un análisis a fondo por parte de las distintas partes de interés (stakeholders), de cara al

país y no en los recintos privados de los acuerdos de conveniencia. Hay mucho trabajo por realizar y el tiempo es el peor enemigo. 5. ¿Hay otras opciones? Claro que sí.38 a. Existe la opción de que la revisoría fiscal ejerza las funciones de evaluación y asesoría (auditoría interna) y de certificación, y que otro contador público realice la auditoría independiente de los estados financieros. Esto es particularmente viable en el Grupo 1, dejando a libertad que las entidades del Grupo 2 acojan o no el esquema. Implica crear la profesión del auditor independiente, diferente a la profesión del contador público. b. También hay la opción de dejar la revisoría fiscal tal y como está, dejando a un lado (o incompleta) la convergencia hacia los estándares internacionales. En todo caso, se esperan decisiones por parte del gobierno nacional. Fuente: Por Samuel Alberto Mantilla B., documento autorizado para su publicación. Blog: http://samantilla.tumblr.com Sitio web: www.samantilla1.com Twitter: @SAMantilla1 samuelalbertom@gmail.com

38. Vea, por ejemplo: La profesionalización de la auditoría en Colombia y la transformación de la revisoría fiscal en: http://media.wix.com/ugd/e8a62c_7a7b3e90ae6 c8c299d982709b955b5b8.pdf .

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Analizar el impacto de la adopción o convergencia por primera vez de la NICSP 17, Propiedad Planta y Equipo en la entidad gubernamental- FINANDENA- de acuerdo con los estados financieros de la vigencia fiscal 2012 Por Francy Ramírez Bernal y Martha Lucía Castiblanco González Universidad Militar Nueva Granada

Palabras clave: Normas Internacionales de Contabilidad NICSP, Federación Internacional de Contadores IFAC, Contaduría General de la Nación CGN, Principios de Contabilidad de Aceptación general en Colombia COLGAAP.

Resumen

Introducción

Esta investigación ha tenido como objetivo analizar el impacto de la adopción o convergencia de las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público NICSP No 17 - Propiedad Planta y Equipo, en la Entidad Financiera de Desarrollo Nacional-FINANDENA con información del balance a 31 de diciembre de 2012. Para ello, se indago acerca de las normas internacionales, su definición, características, aplicabilidad y finalmente como se adoptó en la Entidad, a través de un comparativo de las normas actuales para el manejo de Propiedad Planta y Equipo COLGAAP, comparando con las NICSP-17.

El efecto globalizador de la economía ha hecho que el sector empresarial mundial se vea enfrentado a grandes retos en la toma de decisiones y por ende se busque uniformidad y comparabilidad de la información contable y financiera a reportar.

En Colombia se aplican estas normas de acuerdo lo establecido por la Federación Internacional de Contadores IFAC que es el órgano emisor de las NICSP, a través del cual se realizó esta investigación, además de la normatividad emitida por la Contaduría General de la Nación CGN como organismo Nacional el cual tiene la responsabilidad de realizar la convergencia de las Normas a través de la facultad que le asignó la Constitución Política y la ley 298 de 1.996 al Contador General de la Nación. 42

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La razón fundamental para que este proceso se dé, es que se hace indispensable para el mercado poder manejar información financiera que cumpla con las características de comparabilidad, transparencia y confiablidad, que se hable el mismo idioma para la presentación de los Estados Financieros. Es por esto que adoptar las Normas Internaciones de Contabilidad hoy, para los países que quieren participar en nuevos mercados y seguir siendo o ser más competitivos, es un tema clave a nivel internacional, para obtención de nuevas negociaciones, créditos, entre otros. Para ello, las empresas ya cuentan con la posibilidad de emitir sus estados financieros bajo Normas Internacionales de Información Financiera -NIIF-, también conocidas por sus siglas en inglés como –IFRS- International Financial Reporting Standard, o Normas Internacionales de Conta-

bilidad para el Sector Público -NICSP-, las cuales, según los expertos, revelan fielmente la situación financiera de la organización, mejorando las alianzas entre agentes de interés (Stackeholders), teniendo en cuenta la universalidad del marco contable y financiero usado por las NIIF-IFRS y las NICSP. Es necesario establecer que la entidad que regula la aplicación NICSP para las Entidades del Sector Público a nivel internacional es la -IFAC- International Federation Of Accountants por sus siglas en inglés, en lo cual centraremos nuestra investigación, en razón a que el objetivo principal es analizar el impacto de la adopción o convergencia por primera vez de las NICSP No. 17, Propiedad Planta y Equipo en la Entidad Gubernamental Financiera de Desarrollo Nacional, de ahora en adelante FINANDENA, de acuerdo con los Estados Financieros de la vigencia fiscal 2012. Así mismo establecemos como objetivos específicos el Contrastar la razonabilidad de la información solicitada por la Federación Internacional de Contadores IFAC y la información contable de los estados financieros de la Entidad Gubernamental FINANDENA, reconocer los activos en general para todos los costos de la propiedad planta y equipo, en el momento en que incurren, de acuerdo con la normatividad establecida por la NICSP No. 17, y por último establecer los requerimientos de información que plantea la IFAC en relación con el tratamiento que se debe dar a la Propiedad Planta y


Equipo de una Entidad Gubernamental como FINANDENA. Se contemplan aspectos como: Importe o Valor en libros, clase de propiedad planta y equipo, importe o base depreciable, depreciación, valor específico para una entidad, pérdida por deterioro de un activo generador de efectivo, pérdida por deterioro de un activo no generador de efectivo, propiedades planta y equipo, importe recuperable, importe del servicio recuperable, valor residual, vida útil, valor razonable, todos de gran relevancia a través de los cuales se realiza un comparativo frente a la presentación actual (31 de diciembre 2012) bajo COLGAAP y su impacto en los Estados Financieros bajo Normas Internacionales para las Entidades del Estado- NICSP-. De otro lado, es necesario realizar esta investigación teniendo en cuenta que Colombia es un país que debe enfrentar cambios en cuanto a la estructura de sus negocios, el posicionamiento de inversión extranjera directa y cambios en su economía; para ello debe establecer nuevas políticas para la presentación de información financiera. La tendencia hacia las Normas Internacionales de Contabilidad, hace que el país actualmente como integrante de acuerdos internacionales, adquiera un compromiso y una necesidad por adherirse a dicha normatividad, poniendo a la profesión contable en una serie de retos por afrontar. Colombia ha empezado poco a poco a ser partícipe de éste fenómeno de armonización, gracias a todos los proyectos realizados y planeados para el crecimiento de la economía y por ende el desarrollo del país. Sin embargo, la Nación ha estado configurada en cuanto a regulación por estándares de manejo muy diferentes a los internacionales, lo que le impide una eficaz relación con los países en los cuales adelanta negocios. Tales razones son la causa para que surja la necesidad de una comunicación con el mundo, si lo que verdaderamente quiere y le interesa es entrar en forma a los mercados, así mismo competir y por qué no, ser

acreedor de proyectos a nivel de inversión extranjera que busquen en Colombia su potencial y ayuden al desarrollo del país, con miras a aspirar al proceso integracionista de las economías internacionales. Por lo anterior y acorde con las políticas del gobierno Nacional es indispensable que las entidades del sector público apliquen y adopten la normatividad internacional con el objeto de armonizar y coadyuvar con la prosperidad futura de nuestra Nación. Finalmente es necesario destacar que la bibliografía utilizada para la elaboración del presente ensayo se sustenta, fundamentalmente en la información provista por la IFAC a través de los documentos emitidos y/o la información expuesta en su página web www.ifac.org, y normatividad nacional expuesta por la Contaduría General de la Nación en su página web www.contaduria.gov.co. Marco Teórico Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público Definición: Para un mejor entendimiento de las Normas Internacionales de Contabilidad aplicadas al Sector Público, se hace necesario entender qué significa la IFAC – Federación Internacional de Contadores: es la organización internacional para la profesión de la contaduría que se dedica a atender el interés del público fortaleciendo la profesión y contribuyendo al desarrollo de economías internacionales sólidas. IFAC está compuesta por 179 miembros y asociados en 130 países, que representan a más de 2,5 millones de contadores que trabajan en forma privada y en los sectores educativo, gubernamental, industrial y comercial. Además de emitir las normas internacionales de información financiera para el sector público a través del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (IPSASB siglas en Inglés) que establece los requisitos de la información financiera a presentar por parte de los Gobiernos, la IFAC mediante sus consejos

independientes emisores de normas, establece normas de ética, auditoría y aseguramiento y educativas. También emite guías para que los contadores profesionales se desempeñen de acuerdo con parámetros de alta calidad. (Federación Internacional de Contadores). En tal sentido la IFAC (Federación Internacional De Contadores) define las Normas Internacionales del Sector Público -NICSP- como las que establecen los requisitos para la elaboración de informes financieros que emiten los gobiernos y otras entidades del sector público que no sean empresas comerciales del gobierno. Las NICSP sobre el método contable de acumulación se basan en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) que son emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (International Accounting Standards Board/IASB) en la medida en que los requisitos incluidos en esas normas se apliquen al sector público. Las NIIF son consideradas "basadas en principios" como un conjunto de normas en el sentido de que establecen normas generales, así como dictar tratamientos específicos. El objetivo de IFAC de acuerdo con, es fomentar y apoyar el valor de los profesionales de la contabilidad en empresas concienciando acerca de la importancia de las funciones que desarrollan los profesionales de la contabilidad, apoyando a los organismos miembros en la mejora de las competencias de sus miembros y facilitando la comunicación de ideas y prácticas adecuadas compartidas. (Paladino, 2011) IFAC y el Comité de PAIB (Contadores Profesionales en Empresas) publican informes, encuestas, guías y documentos de consulta y debate, además de destacar la labor de sus miembros en áreas estratégicas clave: • Funciones, dominio y competencias del PAIB • Gobierno y ética; • Sostenibilidad y responsabilidad corporativa; • Control y administración de riesgos; El Contador Público

43


• Administración financiera y del rendimiento; y • Creación de informes financieros. Como podemos observar IFAC contribuye al desarrollo de normas internacionales de alta calidad respecto a la auditoría, el aseguramiento y el control de calidad; la formación contable, la ética; y la contabilidad del sector público. Además desarrolla una función cada vez más importante como guía y facilitador de la adopción y puesta en práctica de alta calidad, de estas normas. La puesta en práctica debe apoyarse en una formación constante, un desarrollo profesional continuo y el suministro de herramientas y guías de puesta en práctica. IFAC fomenta y facilita la colaboración entre los organismos miembros, los organismos reguladores, las empresas, los profesionales, la comunidad de donantes y otras partes interesadas para lograr este objetivo. Por otra parte, IPSASB es un consejo técnico de la IFAC, que ha reemplazado al Comité del Sector Público (PSC) creado a fines de 1986. Desde 1996 progresó con un Programa dirigido al desarrollo de las NICSPs inherentes a la información financiera por parte de entidades del sector público a nivel del gobierno local, estadual y nacional. Dicho Programa de Normas ha sido financiado por el Banco Mundial, el Banco de Desarrollo Asiático, el Programa de Desarrollo de Naciones Unidas, el Fondo Monetario Internacional y la IFAC. (Paladino, 2011). En la actualidad la IPSASB cuenta con 15 miembros procedentes de los organismos integrantes de la IFAC. Los nuevos términos de referencia de la IPSASB permiten que se designen miembros públicos, los cuales pueden ser nominados por cualquier individuo u organización. Los miembros del IPSASB son designados por sus conocimientos y experiencia en la información financiera del sector público, ellos pueden tener el apoyo de los asesores técnicos procedentes de la profesión contable de sus propios países. Los participantes de los organismos de préstamo multilaterales y determinadas organizaciones interna44

El Contador Público

cionales y regionales son observadores de la IPSASB con derechos totales de permanencia en las reuniones pero sin derecho a voto. (Paladino, 2011) Aplicabilidad El Programa de Normas fue establecido como respuesta a la preocupación sobre la calidad de la información financiera presentada por muchos gobiernos y sus organismos, conforme a la escasa confiabilidad de dicha información, que condiciona muchas veces el éxito de los objetivos gubernamentales. La calidad de la información financiera del gobierno con destino a los usuarios externos y gerentes de muchas jurisdicciones es generalmente pobre y puede afirmarse que la baja calidad de la información financiera está a menudo asociada a los pobres estándares de gerenciamiento financiero, a las deficiencias del proceso de toma de decisiones económicas y a la ausencia de adecuadas rendiciones de cuentas. Un contexto tal contribuye a un nivel bajo de disciplina financiera y a menudo lleva al incremento de la corrupción. La relación entre la buena gobernabilidad, la transparencia fiscal y los mejores resultados económicos también está siendo reconocida y haciendo responsables a los gobiernos, sus organismos y sus funcionarios, lo cual es un elemento clave para dicha relación en el sector público, sobre la base de que la transparencia fiscal es una condición necesaria, aunque no excluyente, para el debido ejercicio de la Rendición de Cuentas. Sobre el tema, el IPSASB opina que los componentes claves de cualquier sistema de contabilidad gubernamental deben ser los siguientes: • La preparación de estados financieros de acuerdo con las normas contables generalmente aceptadas, desarrolladas para el interés del usuario de los estados financieros de las entidades del sector público, y • Una auditoría independiente que provea garantías de que dichas normas han sido respetadas. (Paladino, 2011) El IPSASB opina que un impedimento de importancia para el logro de la debida rendición de cuentas y la trans-

parencia financiera de los gobiernos y sus organismos es la ausencia de normas de información financiera generalmente aceptadas para dichas entidades. En muchas jurisdicciones, no han sido establecidos los entes profesionales formadores de normas a nivel nacional o bien son los propios organismos públicos los que cumplen funciones de formadores de normas, quedando muchas veces en las manos de una sola persona tal responsabilidad. En estas circunstancias, el desarrollo y promoción de las NICSP proveerán un hito mínimo adecuado y bien entendido para la calidad de la información financiera de los gobiernos y otras entidades del sector público. Para los usuarios de los estados financieros de los gobiernos y sus organismos y aquellos preocupados por la transparencia financiera, los beneficios que surgen del desarrollo y mantenimiento de las NICSPs incluirán: • El establecimiento de prácticas de información financiera adecuadas; • La consistencia en la aplicación de dichas prácticas (tanto dentro del país / jurisdicción en forma periódica, como entre países por el mismo período), y • La potencial armonización/convergencia de la información financiera entre las bases económica y contable, si ello fuera apropiado. Dada la escasa calidad de la información financiera disponible en la actualidad para los gerentes del sector público de muchas jurisdicciones, es probable que los usuarios internos también se beneficien del desarrollo y aplicación de las NICSP. La adopción de las NICSP también comprende una mayor eficiencia y efectividad en la auditoría y análisis de los estados financieros gubernamentales debido a que prácticamente en todo el mundo vienen adoptándose reglas comunes para la información financiera de transacciones y eventos similares. También significará que la idoneidad en la presentación de la información financiera (un recurso que escasea tan a menudo en el sector público) será más dinámica y flexible, a través de los límites nacionales, con



la esperanza de que, por ejemplo, las economías en desarrollo puedan acceder a este recurso a un costo más bajo. (Paladino, 2011) Adopción o convergencia La adopción de las NICSP por parte de los gobiernos acrecienta tanto la calidad como la comparabilidad de la información financiera presentada por las entidades del sector público de los diversos países del mundo. Se reconoce el derecho de los gobiernos y los entes normativos de establecer pautas y normas contables para la presentación de la información financiera del sector público de sus respectivas jurisdicciones. Las necesidades de la economía mundial, la integración de las mismas y la participación de Colombia en convenios con otros países hacen cada vez más urgente la implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad para Sector PúblicoNICSP-. Los organismos internacionales requieren sistemas contables comparables para realizar negociaciones a nivel internacional, de allí surge la imperiosa necesidad de que el Gobierno Nacional adopte las Normas Internacionales de Información Financiera NIIF. Y las NICSP para las Entidades Gubernamentales. Concepto adopción o convergencia de la Contaduría General de la Nación de las normas internacionales La permanente evolución de los mercados ha generado cambios estructurales, económicos, financieros y de regulación tanto para el sector público como para el sector privado. El desarrollo de nuevas posibilidades financieras para los diferentes actores de los mercados demanda, de la regulación contable, una actualización constante de sus directrices. Actualmente en Colombia, a partir de la expedición de las leyes (1314 de 2009 y 1450 de 2011), la convergencia de la regulación contable Colombiana con estándares internacionales de información financiera se convierte en una actividad prioritaria en la gestión de los reguladores. La política de regulación en el ámbito de la contabilidad pública, a cargo del Contador General de la Nación, re46

El Contador Público

conoce como referentes válidos para orientar el Régimen de Contabilidad Pública -RCP- en esa perspectiva internacional, la realidad del entorno económico, jurídico y social en el que operan las empresas de propiedad estatal así como de las entidades de gobierno; los avances en las normativas internacionales emitidas por el Consejo de Estándares Internacionales de Contabilidad (IASB por su siglas en inglés) y de la Federación Internacional de Contadores IFAC; y las prácticas de regulación seguidas en otras economías del mundo (CGN). Por lo anterior resulta de gran importancia resaltar la Regulación expedida por la CGN en materia de normas internacionales: Resolución 051 de 2013. Por la cual se incorpora en el Régimen de Contabilidad Pública el marco normativo aplicable para algunas empresas sujetas a su ámbito. Marco normativo Decreto 2784. Resolución 033 de 2012. Por la cual se dictan disposiciones en materia del ejercicio de aplicación voluntaria de las Normas Internacionales de Información Financiera - NIIF, por parte de las empresas sujetas al ámbito de aplicación del Régimen de Contabilidad Pública. Resolución 220 de 2012. Por la cual se modifica el artículo 4º de la Resolución 033 de 2012. Carta Circular 010 de 2012. Dirigida a representantes legales, jefes de áreas financieras, contadores y jefes de control interno de entidades públicas de los sectores central y descentralizado de los niveles nacional y territorial, relativa a la modernización del Régimen de Contabilidad Pública a Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público - NICSP (IPSAS). Después de hacer una breve descripción de las Normas Internacionales de Información Financiera para el Sector Público, y con el propósito de desarrollar el objeto de la investigación, centraremos nuestra atención en la NICSP 17 – PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO – Sector Público, su reconocimiento, características, aplicación, medida del impacto en los Estados Financieros de la Empresa Estatal FI-

NANDENA teniendo en cuenta la información de los Estados Financieros a 31 de diciembre de 2012. Norma Internacional NICSP 17 – Propiedades Planta Y Equipo Reconocimiento Esta Norma Internacional de Contabilidad del Sector Público (NICSP) se ha desarrollado fundamentalmente a partir de la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 16 (revisada en 2003) Propiedades, Planta y Equipo publicada por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB). En la presente publicación del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (IPSASB) de la Federación Internacional de Contadores (IFAC) se reproducen extractos de la NIC 16, con autorización de la Fundación de Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS). El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de propiedades, planta y equipo, de forma que los usuarios de los estados financieros puedan conocer la información acerca de la inversión que la entidad tiene en sus propiedades, planta y equipo, así como los cambios que se hayan producido en dicha inversión. Los principales problemas que presenta la contabilidad de propiedades, planta y equipo son (a) el reconocimiento de los activos, (b) la determinación de su importe en libros y (c) los cargos por depreciación y pérdidas por deterioro de valor que deben reconocerse con relación a los mismos. (IFAC) Impacto que genera la adopción por primera vez de la NICSP 17 en los estados financieros de FINANDENA a 31 de diciembre de 2012 METODOLOGÍA Para el análisis del impacto de la adopción o convergencia por primera vez de las NICSP 17 en la Entidad se tienen en cuenta los principales aspectos establecidos a través de la administración de la Entidad así: 1) Las Propiedades Planta y Equipo de FINANDENA, están representados por los activos tangibles adquiridos,


con la intención emplearlos en forma permanente para el desarrollo de su objeto social. “Clase de propiedades, planta y equipo (Class of property, plant and equipment) es un grupo de activos de naturaleza o función similar en las operaciones de una entidad, que se muestra como una partida única a efectos de revelación en los estados financieros". (IFAC- NICSP No. 17). El valor histórico de la Propiedad Planta y equipo en FINANDENA, estará constituido por todas las erogaciones y cargos necesarios hasta colocarlo en condiciones de utilización, tales como los de adecuación, supervisión, impuestos, intereses y ajustes por diferencia en cambio. “Valor específico para una entidad (Entity-specific value) es el valor presente de los flujos de efectivo que una entidad espera obtener del uso continuado de un activo y de su disposición al término de su vida útil, o bien de los desembolsos que espera realizar para cancelar un pasivo”. (IFAC- NICSP No. 17). El valor histórico de las Propiedades y equipo, recibidas por: permuta, donación, dación en pago, se determinarán por el valor convenido por las partes y soportado por el avalúo respectivo. El valor histórico se debe incrementar con el de las adiciones, mejoras y reparaciones, que aumenten significativamente la cantidad o calidad de la vida útil del activo. Se entiende por vida útil el lapso durante el cual se espera que la propiedad y equipo, contribuya a la generación de ingresos. Para su determinación es necesario considerar, entre otros factores, las especificaciones de fábrica, el deterioro por el uso, la acción de factores naturales, la obsolescencia por avances tecnológicos. “Vida útil (Useful life) es: (a) El periodo durante el cual se espera que un activo esté disponible para su uso por una entidad; o bien (b) El número de unidades de producción o similares que se espera obtener del activo por parte de la entidad”. (IFACNICSP No. 17). Para efecto de registros de la Propiedad Planta y Equipo de FINANDE-

NA, el área encargada del manejo de la contabilidad es la Dirección de Contabilidad de la Entidad, se deberá realizar el asiento contable soportado con la respectiva factura de compra y discriminados los bienes adquiridos de acuerdo con las placas que asigne el área de Servicios Administrativos de la Entidad; así mismo ésta será la responsable de la administración y custodia de los inventarios de la Propiedad Planta y equipo de FINANDENA. Para la determinación de la depreciación y valoración: La contribución de la Propiedad Planta y equipo de la Entidad, en la generación del ingreso debe reconocerse en los resultados del ejercicio mediante la depreciación de su valor histórico “Depreciación (Depreciation) es la distribución sistemática del importe depreciable de un activo a lo largo de su vida útil”. ”. (IFAC-NICSP No. 17). En FINANDENA, la depreciación se determinará sistemáticamente mediante el método de línea recta. Los periodos de depreciación a utilizar según el bien serán los siguientes: 1) Edificios 50 años 2) Equipo, muebles y enseres de oficina 10 años 3) Equipo de computación 3 años 4) Vehículos 5 años La Propiedad Planta y equipo de FINANDENA, se depreciará a partir del primer día del siguiente mes de la fecha de adquisición, el valor base de la depreciación deberá tener presente los montos mínimos establecidos periódicamente por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Para efectos de retiro de un elemento de la Propiedad, Planta y equipo de FINANDENA, bien sea por obsolescencia, daño, deterioro, o venta, para efectos del registro de la operación, éste evento deberá estar autorizado mediante resolución que expida la autoridad competente de la Entidad. Las variaciones que sufran los inventarios de Propiedad y equipo de FINANDENA, bien sea por compra,

adición, retiro o venta, deberán ser actualizadas en los registros contables en el mes en el cual se presente el evento. Para lo cual se deberá contar con la discriminación de los bienes a ser actualizados en el mes correspondiente. Al finalizar el periodo de depreciación, si quedan valores residuales por efecto de aproximaciones, éstos se deberán ajustar en el último periodo. FINANDENA, conservará para efectos de control con valor cero, la Propiedad Planta y Equipo totalmente depreciada. Para la determinación de la vida útil de la propiedad y equipo de FINANDENA, que hubieren incrementado su valor por concepto de Mejoras, reparaciones y adiciones, se tendrá en cuenta el estudio realizado por una persona natural vinculada o no laboralmente a la entidad o por persona jurídica de comprobada idoneidad profesional. Para determinar la valoración o desvalorización: FINANDENA, por lo menos cada tres (3) años realizará avalúos sobre la Propiedad y equipo con base en estudios elaborados por personas naturales, vinculadas o no laboralmente a la Entidad, o por personas jurídicas, de comprobada idoneidad profesional. “Pérdida por deterioro de un activo generador de efectivo (Impairment loss of a cash-generating asset) es la cantidad en que el importe en libros de un activo excede a su importe recuperable. Una pérdida por deterioro de un activo no generador de efectivo (Impairment loss of a non-cash-generating asset) es la cantidad en que el importe en libros de un activo excede a su importe de servicio recuperable.” ”. (IFAC-NICSP No. 17). Entre uno y otro avalúo FINANDENA, actualizará el último, utilizando indicadores específicos de precios según publicaciones oficiales o a falta de éstos, por el índice de precios al consumidor para ingresos medios, establecido por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, registrado El Contador Público

47


entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del respectivo año. Los avalúos que servirán de base para la actualización de la Propiedad Planta y Equipo de FINANDENA, deberán realizarse de manera neutral y por escrito, de acuerdo con las siguientes reglas: Presentará su monto discriminado por unidades o por grupos homogéneos.

3. Indicará la vida útil remanente que se espera tenga el activo en condiciones normales de operación.

esta actividad se dejará un documento que evidencia la conciliación. La Entidad clasifica los activos de propiedades y equipos como sigue:

4. Segregará los bienes muebles reputados como inmuebles, mostrando su valor por separado.

• Terrenos • Construcciones y edificaciones

Con respecto a la realización de inventarios de Propiedades y equipos:

1. Tratará de manera coherente los bienes de una misma clase y características.

Las actualizaciones de los valores de la Propiedad Planta y equipo que registra FINANDENA, deberá estar soportada con los informes anuales de inventarios realizados por la Financiera.

2. Tendrá en cuenta los criterios utilizados por FINANDENA, para registrar adiciones, mejoras y reparaciones.

Para efectos de control, se deberán realizar conciliaciones trimestrales entre los saldos que registran las bases contables y de recursos físicos, de

• Equipos de Oficina • Equipos de comunicación y computación • Vehículos Después de establecer las anteriores determinaciones Administrativas para al manejo de la Propiedad Planta y Equipo de la Financiera, se obtuvieron los datos de los Estados Financieros a 31 de diciembre de 2012 así:

FINANCIERA DE DESARROLLO NACIONAL – FINANDENA VALOR CONTABLE – VALOR AVALUO (Valores en miles de pesos) PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO A DICIEMBRE 31 DE 2012

Nombre cuenta

Terrenos

Tiempo a depreciar en años

Costo adquisición activos menores a 3 años

Depreciación bajo NICSP 31/12/2012

Costo neto 31/12/2012

Depreciación bajo COLGAAP 31/12/2012

Ajuste costo bajo NICSP

Avalúo 2012

Mayor valor del activo NICSP

Activos depreciación retirados Costo revaluado NICSP

Saldo COLGAAP a 31/12/2012 calculado

Saldo COLGAAP 31/12/2012 Balance

Diferencia

N/A

1.926.144

0

1.926.144

0

0

1.962.542

36.398

0

1.926.144

1.926.144

0

Construcciones y edificaciones

50

14.291.911

4.841.826

9.450.085

11.963.480

7.121.654

11.000.938

1.550.853

0

14.291.911

14.291.911

0

Equipo de computación y comunicación

3

1.336.464

0

1.336.464

0

0

0

0

301 .014

1.637.478

1.637.478

0

Muebles y enseres

10

1.189.365

269.834

919.531

269.834

0

0

0

1.434.193

2.623.558

2.623.558

0

Vehículos

5

Total

0

0

0

0

0

0

0

89.904

89.904

89.904

0

18.743.884

5.111.660

13.632.224

12.233.314

7.121.654

12.963.480

1.587.251

1.825.111

20.568.995

20.568.995

0

Fuente: Figura N° 1 – Tomado del documento “Términos de Referencia para la Propiedad Planta y Equipo” – FINANDENA

FINANCIERA DE DESARROLLO NACIONAL – FINANDENA VALOR CONTABLE – VALOR AVALUO (Valores en miles de pesos) PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO A DICIEMBRE 31 DE 2012

Nombre cuenta

Tiempo a depreciar en años

Costo adquisición activos menores a 3 años

Depreciación bajo NICSP 31/12/2012

Costo neto 31/12/2012

Depreciación bajo COLGAAP 31/12/2012

Ajuste costo bajo NICSP

Avalúo 2012

Mayor valor del activo NICSP

Activos depreciación retirados Costo revaluado NICSP

Saldo COLGAAP a 31/12/2012 calculado

Saldo COLGAAP 31/12/2012 Balance

Diferencia

Terrenos

N/A

1.926.144

0

1.926.144

0

0

1.962.542

36.398

0

1.926.144

1.926.144

0

48

El Contador Público


Avalúo comercial 2012 sedes FINANDENA

Terreno

Construcción

Total

Pereira

0

163.702

163.702

Bogotá

1.485.000

8.119.261

9.604.261

Neiva

58.663

275.694

334.357

Barranquilla

67.245

396.501

463.746

Montería

92.649

406.200

498.849

Medellín

161.590

659.901

821.491

97.396

312.638

410.034

0

667.041

667.041

1.962.543

11.000.938

12.963.481

Cali Bucaramanga TOTALES

Fuente: Figura N° 2 – Tomado del documento “Términos de Referencia para la Propiedad Planta y Equipo” – FINANDENA

Se toma como base el costo histórico y fecha de adquisición o ingreso en libros de los terrenos cada una de las sedes de FINANDENA, que sumados a 31 de diciembre de 2012 según balance registran la suma de $1.926.144, Norma COLGAPP. Así

mismo se realizó un avaluó técnico de los terrenos a la misma fecha los cuales registraron un total de $1.962.543 a 31 de diciembre de 2012, comparando estos valores, se genera una diferencia positiva por la suma de $36.399, la cual se ajustara como

un mayor valor del costo, que debe ser sujeto de la respectiva depreciación. En este caso el impacto en los Estados Financieros de FINANDENA se reflejó un incremento de su costo Norma NICSP No. 17.

FINANCIERA DE DESARROLLO NACIONAL – FINANDENA VALOR CONTABLE – VALOR AVALUO (Valores en miles de pesos) PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO A DICIEMBRE 31 DE 2012

Nombre cuenta

Tiempo a depreciar en años

Costo adquisición activos menores a 3 años

Depreciación bajo NICSP 31/12/2012

Costo neto 31/12/2012

Depreciación bajo COLGAAP 31/12/2012

Ajuste costo bajo NICSP

Avalúo 2012

Construcciones y edificaciones

50

14.291.911

4.841.826

9.450.085

11.963.480

7.121.654

11.000.938

Activos depreciación Mayor valor del retirados Costo activo NICSP revaluado NICSP 1.550.853

0

Saldo COLGAAP a 31/12/2012 calculado

Saldo COLGAAP 31/12/2012 Balance

Diferencia

14.291.911

14.291.911

0

Fuente: Figura N° 3 – Tomado del documento “Términos de Referencia para la Propiedad Planta y Equipo” – FINANDENA

Para el análisis del impacto y teniendo en cuenta que se determinó por parte de la Administración de la Entidad que la vida útil de las construcciones y edificaciones es de 50 años, se recalculó la depreciación, la cual se realizaba por el método de línea recta a 20 años.

El valor de la depreciación bajo NICSP asciende a la suma de $4.841.826. De otra parte las NICSP recomiendan la aplicación del método del costo revaluado para este tipo de activos; por ende debemos comparar el valor del costo bajo COLGAAP que a 31

de diciembre ascendía a $9.450.085 frente al avalúo técnico realizado a 31 de diciembre de 2012, el cual indico que el valor del activo era de $11.000.938, se genera un impacto positivo en el costo del activo en $1.550.853.

FINANCIERA DE DESARROLLO NACIONAL – FINANDENA VALOR CONTABLE – VALOR AVALUO (Valores en miles de pesos) PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO A DICIEMBRE 31 DE 2012 Nombre cuenta

Tiempo a depreciar en años

Costo adquisición activos menores a 3 años

Depreciación bajo NICSP 31/12/2012

Costo neto 31/12/2012

Depreciación bajo COLGAAP 31/12/2012

Ajuste costo bajo NICSP

Avalúo 2012

Mayor valor del activo NICSP

Activos depreciación retirados Costo revaluado NICSP

Saldo COLGAAP a 31/12/2012 calculado

Saldo COLGAAP 31/12/2012 Balance

Diferencia

Equipo de computación y comunicación

3

1.336.464

0

1.336.464

0

0

0

0

301.014

1.637.478

1.637.478

0

Fuente: Figura N° 3 – Tomado del documento “Términos de Referencia para la Propiedad Planta y Equipo” – FINANDENA

Para determinar el costo histórico del Equipo de Computación la Administración de la Entidad determinó que los activos adquiridos con anterio-

ridad al 1ero de enero de 2010, no serían tenidos en cuenta atendiendo a que si no estaban depreciados estarían próximos a serlo. Por lo anterior

se estableció que la Financiera debía dar de baja activos por valor de $301.014, lo cual impacta negativamente los estados financieros. El Contador Público

49


FINANCIERA DE DESARROLLO NACIONAL – FINANDENA VALOR CONTABLE – VALOR AVALUO (Valores en miles de pesos) PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO A DICIEMBRE 31 DE 2012 Nombre cuenta

Tiempo a depreciar en años

Costo adquisición activos menores a 3 años

Depreciación bajo NICSP 31/12/2012

Costo neto 31/12/2012

Depreciación bajo COLGAAP 31/12/2012

Ajuste costo bajo NICSP

Avalúo 2012

Mayor valor del activo NICSP

Activos depreciación retirados Costo revaluado NICSP

Saldo COLGAAP a 31/12/2012 calculado

Saldo COLGAAP 31/12/2012 Balance

Diferencia

Muebles y enseres

10

1.189.365

269.834

919.531

269.834

0

0

0

1.434.193

2.623.558

2.623.558

0

Fuente: Figura N° 4 – Tomado del documento “Términos de Referencia para la Propiedad Planta y Equipo” – FINANDENA

Para determinar el costo histórico de los Muebles y Enseres al igual que el Equipo de Computación la Administración de la Entidad determinó que los activos adquiridos

con anterioridad al 1ero de enero de 2010, no serían tenidos en cuenta atendiendo a que si no estaban depreciados estarían próximos a serlo. Por lo anterior se determinó

que la Financiera debía dar de baja activos por valor de $1.434.193, lo cual impacta negativamente los Estados Financieros.

FINANCIERA DE DESARROLLO NACIONAL – FINANDENA VALOR CONTABLE – VALOR AVALUO (Valores en miles de pesos) PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO A DICIEMBRE 31 DE 2012 Nombre cuenta

Tiempo a depreciar en años

Costo adquisición activos menores a 3 años

Depreciación bajo NICSP 31/12/2012

Costo neto 31/12/2012

Depreciación bajo COLGAAP 31/12/2012

Ajuste costo bajo NICSP

Avalúo 2012

Mayor valor del activo NICSP

Activos depreciación retirados Costo revaluado NICSP

Saldo COLGAAP a 31/12/2012 calculado

Saldo COLGAAP 31/12/2012 Balance

Diferencia

Vehículos

5

0

0

0

0

0

0

0

89.904

89.904

89.904

0

Fuente: Figura N° 5 – Tomado del documento “Términos de Referencia para la Propiedad Planta y Equipo” – FINANDENA

Para el caso de los vehículos de la Financiera se determinó que como este tipo de activo fue adquirido antes del año 2010, se depreciaran totalmente es decir dar de baja estos activos por valor de $89.904, lo cual impacta negativamente los Estados Financieros. Conclusiones Realizado el análisis de la adopción o convergencia por primera vez de las Normas Internacionales relacionadas con la Propiedad Planta y Equipo NICSP No. 17 en la Entidad Financiera de Desarrollo Nacional FINANDENA a 31 de diciembre de 2012, se concluye que se refleja en el ajuste al costo de los Terrenos, las Construcciones y Edificaciones, que asciende a la suma de $7.121.654, lo cual genera un mayor valor del activo por la suma de $1.587.251 y a su vez un ajuste negativo a la depreciación por activos retirados por decisión administrativa por la suma de $1.825.111. A pesar de que se genera una pérdida por diferencia de $237.589, no genera un alto impacto para la Entidad, resaltando que este tipo de activos están relacionados como parte 50

El Contador Público

de apoyo al desarrollo de su objeto social, pero no en su labor misional que si genera un alto impacto en la situación financiera. De otra parte al contrastar la razonabilidad de la información solicitada y el tratamiento que se debe dar a la Propiedad, Planta y Equipo determinada por la a IFAC – NICSP No 17 y los Estados Financieros de FINANDENA, consideramos a pesar de que se deben tomar decisiones administrativas frente al manejo y aplicación de la norma que afectan el valor razonable y la depreciación de los mismos no se genera un alto impacto, y no representa una gran diferencia frente al manejo y aplicación de las normas Colombianas COLGAAP. Finalmente para las revelaciones, de este tipo de activos es de gran importancia el juicio profesional, para la selección de un método de depreciación, la estimación de la vida útil, por lo que se requiere revelar la depreciación del periodo y depreciación acumulada. Así mismo, se debe revelar del modelo de revaluación o política contable aplicada a la Propiedad Planta y Equipo (IFAC- NICSP No. 17).

Bibliografía •

CGN. (s.f.). Obtenido de http://www. contaduria.gov.co/wps/portal/internetes/ home/accesos/contaduria-niif/!ut/p/b1/04_ Sj9CPykssy0xPLMnMz0vMAfGjzOINzPyDTEPdQoM9zX2MDTyDAoJdAkPNjY2CTIAKIkEKcABHA0L6_Tzyc1P1C3IjygG309ZG/dl4/ d5/L2dJQSEvUUt3QS80SmtFL1o2XzMwNDAwOEJSNlREQzMwSUo5TU5QNTgzR0

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IFRS Application around the world jurisdictional profile: Colombia. Recuperado de http:// www.ifrs.org/Use-around-the-world/Documents/Jurisdiction-profiles/Colombia-IFRSProfile-June-2013.pdf

Términos de Referencia Propiedad Planta y Equipo - Documento Técnico FINANDENA.


Patrocinador Platino

51 al desarrollo El a Contador Público contribuyen Publicidad pagada mediante el programa de Patrocinadores del incp. Los patrocinadores del incp son personas jurídicas que gracias su aporte, integral del profesional contable en Colombia a través de la canalización de recursos económicos que posibilitan al Instituto ejecutar actividades académicas y de investigación. Para mayor información de los diferentes modelos de patrocinio, por favor consulte www.incp.org.co ó solicita le información a incpcol@incp.org.co


Reforma del mercado de la auditoría (Unión Europea) Preguntas más frecuentes Documento de la Federación de Contadores Europeos (FEE por sus siglas en francés). La FEE se complace en compartir estas Preguntas Frecuentes sobre la Directiva sobre Auditoría Legal de las Cuentas Anuales y Cuentas Anuales Consolidadas y el Reglamento sobre Auditoría Legal de Entidades de Interés Público adoptado por el Pleno del Parlamento el día 4 de abril de 2014. Estas cuestiones y sus respuestas se plantean con la intención de informar a todos los interesados, que actúan en organismos reguladores, organismos profesionales y ejerciendo la profesión, que buscan ciertas aclaraciones sobre las numerosas cuestiones que han surgido de esta normativa con objeto de facilitar la implementación, ayudar a resolver cuestiones prácticas y preservar y elevar la calidad de la auditoría. La normativa a la que se refieren estas cuestiones es compleja y voluminosa. Las respuestas que proponemos están todavía en curso de elaboración y, en consecuencia, evolucionarán, de modo que se irán añadiendo cuestiones nuevas y se adaptarán y afinarán las ya propuestas. Las respuestas que se incluyen en este documento no expresan una posición de la FEE ni una opinión legal. Se facilitan sobre la base de los mejores esfuerzos y no obligan a la FEE ni a sus miembros. La FEE, en consecuencia, no acepta responsabilidad alguna en ninguna jurisdicción con relación al contenido de estas preguntas frecuentes. Los lectores pueden facilitar sus impresiones a la FEE enviando un co-

rreo a auditFAQ@fee.be. Se agradecerán comentarios y sugerencias sobre cuestiones adicionales. A pesar de ello, no ha de verse como un canal on-line de ayuda y la FEE no asume ningún compromiso acerca del tratamiento de la información proporcionada. General ¿Cuál es el contexto de la reforma del mercado de la auditoría? Desde su nombramiento como Comisario Europeo de Mercado Interior, Michel Barnier ha puesto la UE en el camino de una triple reforma con el objetivo de hacer el sector financiero más fuerte. En este sentido Michel Barnier propuso: • La reforma bancaria • La reforma de las agencias de calificación crediticia y • La reforma de la auditoría para mejorar la relevancia de la auditoría y reforzar la independencia del auditor. Con relación a este último punto, el 13 de octubre de 2010, el Comisario Barnier, publicó el Libro Verde titulado “Política de auditoría: Lecciones de la crisis” y abrió una consulta invitando a los grupos de interés a responder a 38 cuestiones sobre la implementación de la auditoría legal en la UE. Tras este proceso de consulta, en noviembre de 2011, la Comisión adoptó dos propuestas una de Reglamento sobre la calidad de la auditoría de las entidades de interés público y la segunda de Directiva para la mejora del mercado único de las auditorías legales.

39. A la fecha de finalización de esta traducción el texto ha sido ratificado por el Consejo. 14 de abril de 2014.

52

El Contador Público

Este fue el inicio del debate legislativo- al que la FEE contribuyó significativamente- y que resultó en un acuerdo preliminar sobre el Reglamento y la Directiva entre el Parlamento, los estados Miembro y la Comisión Europea el 17 de diciembre de 2013. En enero de 2014, el Comité de Asuntos Jurídicos (“JURI”) del Parlamento Europeo votó la adopción de ambos textos. El Pleno del Parlamento Europeo adoptó los textos el 3 de abril de 2014. El Consejo de Ministros (“Consejo”), como colegislador, debe ratificar el mismo texto a continuación.39 La publicación en el DOUE se espera para verano de 2014. La FEE ha informado el proceso de formación política y mantiene un diálogo regular con todos los grupos de interés. Todas las publicaciones relacionadas con este tema se pueden encontrar en la web de la FEE. ¿Cuáles eran los objetivos de la Comisión Europea (CE) cuando lanzó este proyecto? Tal y como declaró la propia CE, los objetivos principales de esta reforma fueron: • Clarificar y definir de manera más precisa el papel del auditor; • Reforzar la independencia y escepticismo profesional del auditor; • Hacer más dinámica la parte más alta del mercado de la auditoría; • Mejorar la supervisión de los auditores; • Facilitar la prestación de servicios de auditoría transfronterizos • Reducir las cargas administrativas innecesarias a las PYME


¿Es la legislación de auditoría de la UE definitiva?

toría legal de EIP a aquellos que establece la Directiva.

No todavía, pero prácticamente sí. Falta la adopción formal según lo comentado anteriormente.

Ver más adelante una explicación general de las diferencias que existen entre una Directiva y un Reglamento.

¿Qué forma ha adoptado la legislación propuesta? La legislación adoptada ha sido en forma de Directiva y Reglamento. • La Directiva, que modifica el texto de la Directiva vigente (2006/43/ CE), contiene una serie de requerimientos nuevos y modificaciones a los ya existentes que rigen cualquier auditoría que se realice en un estado miembro de la UE así como algunos requerimientos que se aplican a las Entidades de Interés Público (EIP) sólo con relación a los comités de auditoría; • El Reglamento contiene una serie de requerimientos adicionales aplicables únicamente a la audi-

En general ¿Cuál es la diferencia entre una Directiva y un Reglamento? La Directiva obliga a los estados miembros a cumplir con los objetivos en un plazo de tiempo, en general de 18 a 24 meses, dejando a las autoridades nacionales elegir la forma y medios para cumplir con dichos objetivos. Las Directivas, además, deben transponerse a la legislación nacional de acuerdo con los procedimientos legislativos de cada estado miembro. Por el contrario, un Reglamento obliga directamente a cualquiera en la UE ya que es directamente aplicable en todos los países miembros sin necesidad de medidas de transposición nacionales. Es importante destacar

que a pesar de que un Reglamento es directamente aplicable, existen opciones disponibles en el Reglamento de Auditoría entre las cuales las autoridades competentes de los países miembros deberán elegir. Por consiguiente los Estados Miembro pueden utilizar legislación complementaria que será precisa para que los estados miembros traten las opciones disponibles. ¿Cuándo será efectiva esta legislación tras su adopción? Para ser efectiva, la directiva debe transponerse por los estados miembros a su legislación nacional. Los estados miembros tienen un plazo de dos años para adoptar y publicar las normas que hagan que se cumpla esta directiva a contar desde los 20 días posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la UE (DOUE). Tras esta fecha límite, la CE puede demandar al estado miembro que no haya transpuesto la Directiva.

Ejemplo práctico de disposiciones con un plazo de 2 años para la aplicación de la directiva Adopción final: 15 de abril de 2014 Publicación en el DOUE: 10 de junio de 2014 Fecha de entrada en vigor: 30 de junio de 2014 Fecha límite para la transposición por parte de los estados miembros: 30 de junio de 2016

En cuanto al Reglamento, técnicamente entra en vigor a los 20 de su publicación en el DOUE. Sin embargo, y debido básicamente a que el Reglamento se refiere a la Directiva, la cual tal y como se ha indicado anteriormente necesita 2 años para su transposición a la legislación nacional, se ha previsto un plazo de 2

años desde la fecha de entrada en vigor para la aplicación de la mayoría de las disposiciones. En concreto: • Las disposiciones en general tienen dos años de plazo para su aplicación excepto la relativa al nombramiento del auditor

(Art 16) que tiene un plazo de tres años. • Las disposiciones relativas a la rotación obligatoria de firmas de auditoría son directamente aplicables. Las disposiciones transitorias relativas a la rotación obligatoria de firmas se analizan más adelante.

Ejemplo práctico de disposiciones con un plazo de aplicación de dos años en la directiva: Adopción final: 15 de abril 2014 Publicación en el DOUE: 10 de junio de 2014 Fecha de entrada en vigor: 30 de junio de 2014 Vinculante: 30 de junio de 2016

El Contador Público

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¿Cuáles son las disposiciones más significativas que ha modificado la directiva? La Directiva modifica el texto de la Directiva de Auditoría Legal (2006/43/ CE) y contiene una serie de requerimientos nuevos y modificaciones a los ya existentes que rigen cualquier auditoría que se realice en un estado miembro de la UE. Algunos artículos de la Directiva vigente se mantienen sin cambios. Los principales cambios se refieren a: Definiciones: (Art.2) por ejemplo la definición de Entidades de Interés Público (EIP) que se ha ampliado. Independencia y objetividad del auditor y la organización global del trabajo y del propio auditor. Control de calidad y una serie de especificidades y nuevos requerimientos con relación a faltas y sanciones. Un nuevo mecanismo para adoptar las Normas Internacionales de Auditoría en el ámbito de la UE. Informe público del auditor e informe interno dirigido al comité de auditoría de las EIP. ¿Cuáles son las opciones disponibles para los estados miembros en la Directiva? La FEE ha preparado un documento que resume las opciones disponibles en la Directiva, identifica aquellas que no se han modificado con respecto a la Directiva de 2006 y las nuevas. ¿Cuáles son las disposiciones principales que se incluyen en el Reglamento? El Reglamento es una nueva legislación aplicable únicamente a la auditoría de EIP. Las áreas principales de interés son las relativas a: • Restricciones a la prestación de servicios distintos a la au-

54

El Contador Público

ditoría a los clientes EIP de

la duración del encargo como se ex-

auditoría, especialmente, la in-

plica a continuación.

troducción de una lista de servicios prohibidos. • Nuevos requerimientos relativos a la rotación obligatoria de firmas para EIP. • Los informes sobre EIP que son externos (dirigidos al público) e internos (dirigidos a los comités de auditoría) que ahora se regulan en detalle e incluye requerimientos acerca de cierta información a revelar. • La supervisión de los auditores y firmas en el ámbito de la UE. • El establecimiento de un nuevo organismo, Comité de Organismos Europeos de Supervisión de Auditores (COESA) con amplias competencias. ¿Cuáles son las opciones disponibles para los estados miembros y las autoridades competentes en el reglamento? La FEE ha preparado un documento que resume las opciones disponibles en el reglamento. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR ¿Qué tipo de requerimientos se incluyen en el Reglamento con relación a la rotación obligatoria de firmas? Tal y como se indica en el Artículo 17 del Reglamento, la norma general es que las EIP deben rotar de auditor tras un período máximo de 10 años. Los estados miembros tienen la opción de aplicar un periodo inferior a 10 años lo que permitirá a Italia y Holanda mantener su actual esquema de rotación de 9 y 8 años respectivamente. Los estados miembro tienen también la opción de ampliar

¿Las compañías podrán ampliar la duración del encargo más allá de los 10 años? Depende del estado miembro y de cómo implemente las opciones que el Reglamento contempla y que permiten la ampliación. ¿Cómo puede ampliarse la duración del encargo de auditoría? La posibilidad de ampliar la duración de un encargo de auditoría más allá de los 10 años y de tener unos requerimientos de rotación inferiores a 10 años son opciones de los estados miembros. Se puede extender la duración del encargo más allá de los 10 años hasta: • un periodo total de 20 años pero únicamente si se lleva a cabo una licitación pública en el plazo de los 10 primeros años (o un periodo inferior si lo decide el estado miembro) • un periodo total de 24 años pero únicamente si dos auditores (por ejemplo via una auditoría conjunta) son nombrados de manera simultánea tras el período máximo de duración y presentan un informe conjunto. Existen unas disposiciones transitorias que se detallan a continuación. ¿Cuáles son las normas transitorias relativas a las disposiciones sobre rotación obligatoria de firmas? Las medidas transitorias variarán en función del periodo de nombramiento a la fecha de entrada en vigor de la nueva normativa. En caso de que la nueva legislación se publique el 10 de junio de 2014 y entre en vigor el 30 de junio de 2014:


Si el auditor lo ha sido durante 20 años o más, la primera rotación deberá tener lugar en 6 años: Adopción del Reglamento: 15 de abril 2014 Publicación en el DOUE: 10 de junio de 2014 Fecha de entrada en vigor: 30 de junio de 2014 Primera rotación: el 30 de junio de 2020 se ha de nombrar a un nuevo auditor o firma

Si el auditor lo ha sido 11 a 20 años, la primera rotación deberá tener lugar en 9 años: Adopción del Reglamento: 15 de abril 2014 Publicación en el DOUE: 10 de junio de 2014 Fecha de entrada en vigor: 30 de junio de 2014 Primera rotación: el 30 de junio de 2023 se ha de nombrar a un nuevo auditor o firma

En otro caso el nuevo régimen se aplicará a los dos años de la fecha de implementación: Adopción del Reglamento: 15 de abril 2014 Publicación en el DOUE: 10 de junio de 2014 Fecha de entrada en vigor: 30 de junio de 2014 Primera rotación: el 30 de junio de 2026 se ha de volver a nombrar al auditor o a un nuevo auditor o firma.40

¿Estos nuevos requerimientos reemplazan lo que se incluye en la Directiva de auditoría de 2006? No. Además de la rotación obligatoria de auditor o firma, los socios clave de auditoría deben rotar tras un periodo máximo de 7 años con un periodo de enfriamiento de 3. Este requerimiento de rotación está en línea con la directiva actual de 2006 y el Código IESBA excepto por el período de enfriamiento que actualmente es de 2 años según la Directiva de Auditoría de 2006. ¿Las auditorías conjuntas van a ser obligatorias en la UE? No. Las auditorías conjuntas no se exigen ni en el Reglamento ni en la Directiva. Se mantiene, como hasta ahora, la posibilidad para los estados miembro. En el caso de las auditorías de EIP, el Reglamento deja la opción a los estados miembros de extender

el periodo de rotación si se cumplen ciertas condiciones (tal y como se indica anteriormente). ¿Cuándo se ha de llevar a cabo la licitación para poder ampliar la duración del periodo de rotación. Según el texto legislativo la licitación debe realizarse “para tener efecto a partir de que haya finalizado el periodo máximo de duración”. Para más información consultar en apartados anteriores del documento. ¿Podrán aquellos países en que ya existen sistemas de rotación obligatoria de firmas, mantener dichos sistemas? Sí, siempre y cuando estos sistemas sean compatibles con lo dispuesto en el Reglamento. ¿Qué estados miembros ejercitarán la opción de ampliar la du-

ración del período a 20 – 24 años y cuáles elegirán uno inferior a 10 años? Todavía no se sabe. La FEE a través de sus miembros hará un seguimiento de la utilización de opciones por parte de los estados miembro para tener un input sobre el tema en cuanto esté disponible. Si por ejemplo un grupo (por ejemplo un grupo bancario) tiene subsidiarias PIE en otros países miembro con diferentes periodos de rotación, ¿cómo se aplicarán las disposiciones que contiene el Reglamento? El Reglamento no incluye disposiciones específicas sobre rotación aplicables a las auditorías de grupos con múltiples EIP. Cada EIP deberá cumplir con la normativa sobre rotación aplicable en el país en la que esté establecida.

40. NOTA del ICJCE: A la fecha de la publicación de esta traducción no hay una única interpretación de la disposición transitoria relativa a este supuesto, contenida en el artículo 41.3 del Reglamento

El Contador Público

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PRESTACIÓN DE SERVICIOS ¿Qué tipo de servicios distintos a la auditoría pueden proporcionarse? Sujeto a los principios generales de independencia, un auditor podrá proporcionar servicios distintos a la auditoría que no estén prohibidos explícitamente. El texto exacto del artículo 5, que incluye la lista de prohibiciones se incluye a continuación: a) Servicios fiscales relacionados con: i. la preparación de impresos tributarios, ii. el impuesto sobre las rentas del trabajo, iii. los derechos de aduana, iv. la búsqueda de subvenciones públicas e incentivos fiscales, salvo que la legislación exija un apoyo respecto de estos servicios al auditor legal o sociedad de auditoría, v. la asistencia relativa a las inspecciones fiscales de las autoridades tributarias, salvo que la legislación exija un apoyo respecto de estos servicios al auditor legal o sociedad de auditoría, vi. el cálculo de impuestos directos e indirectos y el pago diferido de impuestos, vii. el asesoramiento fiscal; b) Los servicios que supongan cualquier tipo de intervención en la gestión o la toma de decisiones de la entidad auditada; c) Los servicios de contabilidad y preparación de los registros contables y los estados financieros; d) Los servicios relacionados con las nóminas; e) La concepción e implantación de procedimientos de control interno o de gestión de riesgos relacionados con la elaboración y/o el control de la información financiera o del diseño o aplicación de los sistemas informáticos de información financiera; f) Los servicios de valoración, incluidas las valoraciones realizadas en relación con servicios actuariales 56

El Contador Público

o servicios de asistencia en materia de litigios;

Servicios fiscales – ¿están todos ellos prohibidos?

g) Los servicios jurídicos relacionados con:

Depende. La lista de servicios prohibidos incluida anteriormente, cubre un amplio rango de servicios fiscales que incluye cumplimiento fiscal, cálculo de impuestos y asesoramiento.

i) la prestación de asesoramiento general, ii) la negociación por cuenta de la entidad auditada, y iii) la defensa de los intereses del cliente en la resolución de litigios; h) Los servicios relacionados con la función de auditoría interna de la entidad auditada; i) Los servicios vinculados a la financiación, la estructura y distribución del capital, y la estrategia de inversión de la entidad auditada, con excepción de la prestación de servicios de verificación en relación con los estados financieros, como la emisión de cartas de conformidad en relación con folletos emitidos por la entidad auditada; j) La promoción, negociación o suscripción de acciones de la entidad auditada; k) Los servicios de recursos humanos relacionados con: i. cargos directivos que puedan ejercer una influencia significativa en la preparación de los registros contables o los estados financieros objeto de la auditoría legal, si tales servicios incluyen: •

la búsqueda o selección de candidatos para esos cargos, o

la verificación de las referencias de los candidatos para esos cargos,

ii. la estructuración del diseño organizativo, y iii. el control de costes. La prestación de servicios permitidos está sujeta a la aprobación del comité de auditoría tras una evaluación de las amenazas a la independencia y las salvaguardas aplicadas para mitigar o eliminar estas amenazas.

Existe una opción para los estados miembros de permitir algunos servicios fiscales. En concreto: i. La preparación de impresos iv.- La búsqueda de subvenciones públicas e incentivos fiscales v.- La asistencia relativa a las inspecciones fiscales de las autoridades tributarias vii.- El cálculo de impuestos directos e indirectos y el pago diferido de impuestos, vii.- El asesoramiento fiscal; Siempre que esos servicios no tengan o tengan un efecto inmaterial individualmente o de forma agregada sobre los estados financieros. ¿Es posible para un estado miembro permitir algún servicio prohibido? Sí. El Reglamento prohíbe los servicios de valoración y casi todos los servicios fiscales, pero los estados miembro tienen una opción para permitir: - Los servicios de valoración y; Ciertos servicios fiscales tal y como se ha detallado en la cuestión anterior. En cualquier caso se ha de tener en cuenta que los estados miembro pueden aplicar una o más de estas opciones de manera diferente para cada uno de los servicios anteriores. ¿Es posible para un estado miembro prohibir otros servicios distintos a la auditoría no descritos en el artículo 5 del Reglamento? Sí. Los estados miembro pueden prohibir servicios distintos a los que se incluyen en el artículo 5 del Reglamento. INFORMES DEL AUDITOR ¿Cuáles son los nuevos requerimientos con respecto a los informes del auditor para el público?


Patrocinador Platino Publicidad pagada mediante el programa de Patrocinadores del incp. Los patrocinadores del incp son personas jurídicas que gracias a su aporte, contribuyen al desarrollo integral del profesional contable en Colombia a través de la canalización de recursos económicos que posibilitan al Instituto ejecutar actividades académicas y de investigación. Para mayor información de los diferentes modelos de patrocinio, por favor consulte www.incp.org.co ó solicita le información a incpcol@incp.org.co


Los nuevos requerimientos se refieren a:

Otros nuevos requerimientos aplicables a la auditoría de EIP son:

• El informe, requerido para todas las auditorías legales de la UE (no sólo para la auditoría legal de as EIP), incluirá una declaración acerca de cualquier incertidumbre sobre hechos o condiciones que puedan suscitar una duda significativa sobre la posibilidad de la entidad de continuar como empresa en funcionamiento (Artículo 28 de la Directiva).

• Una declaración que no se han prestado servicios distintos a la auditoría prohibidos y que el auditor o la firma son independientes de la entidad.

• Adicionalmente y sólo en el caso de las EIP el informe de auditoría deberá proporiconar, como soporte de la opinión de auditoría, una descripción de los riesgos de incorrección material debidos a fraude o error más significativos valorados; un resumen de la respuesta del auditor a dichos riesgos, y en su caso, las observaciones clave surgidas con relación a dichos riesgos (artículo 10 del Reglamento)

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El Contador Público

• Revelar en el informe público el detalle de los servicios distintos a los de auditoría prestados a la entidad auditada y aquellas que estén bajo su control que no se hayan revelado en el informe de gestión o en los estados financieros. SUPERVISIÓN ¿Quién será responsable de la supervisión de los auditores? Los organismos de supervisión nacionales siguen siendo responsables de la supervisión en el ámbito nacional. Sin embargo se va a crear un nuevo organismo el Comité de Organismos

Europeos de supervisión de auditores (COESA) que tomará las funciones del actual EGAOB. El COESA estará presidido por un estado miembro, no por la CE, e integrará las autoridades nacionales responsables de la supervisión (tal y como ahora hace el EGAOB).

Esta publicación es la traducción de un documento originalmente publicado por la FEE (Fédération des Experts Comptables Européens) en abril de 2014 cuyo título original en inglés es Frequently Asked Questions – Audit Policy’. La versión original en inglés está disponible en el sitio web de la FEE en el enlace http://www.fee.be/index.php?option=com_ content&view=article&id=1410:f-aq&catid=52:faq&Itemid=396 de donde puede descargarse gratuitamente. La traducción ha sido realizada por el ICJCE, la FEE no se hace responsable del contenido del documento ni de la exactitud de su traducción. En caso de duda el lector debe dirigirse al documento original. Los documentos de la FEE no pueden reproducirse total ni parcialmente, tanto sea el original como su traducción sin consentimiento escrito previo de la FEE - Avenue d’Auderghem 22-28, B-1040 Brussels, Belgium, secretariat@fee.be.




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