1er Encuentro Internacional de Mujeres en lo Público - Sistematización

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I Encuentro Internacional “Mujeres en lo Público”

Quito, 18 Noviembre 2013

I ENCUENTRO INTERNACIONAL: MUJERES EN LO PÚBLICO. QUITO, 18 DE NOVIEMBRE DE 2013

Contenidos: I.

Saludo y apertura del evento a cargo de la Doctora Tania Arias, Vocal del Consejo de la Judicatura, en representación de las organizaciones organizadoras.

II.

Palabras de bienvenida a cargo de la Señora Gabriela Rivadeneira, Presidenta de la Asamblea Nacional

III.

La participación de la Mujer en el constitucionalismo ecuatoriano. Doctora María José Carrión Cevallos, asambleísta de la provincia de Pichincha

IV.

La primera infancia, prioridad del gobierno nacional. Magister Cecilia Vaca, Ministra de Desarrollo Social.

V.

El principio de igualdad entre mujeres y hombres en el acceso a espacios de decisión. Doctora Wendy Molina, Vicepresidenta de la Corte Constitucional del Ecuador

VI.

La Mujer desde la Corte Constitucional. Doctora María del Carmen Maldonado, Jueza Constitucional

VII.

Las mujeres y la Justicia. Doctora Tania Arias, Vocal del Consejo de la Judicatura

VIII.

Rol de las Mujeres en lo público. Doctora Gladys Acosta, ONU Ecuador

IX.

La historia sobre la participación de la mujer en lo público. Doctora Mariana Caminotti. Argentina

X.

Indicadores de Género del Ecuador: Autoridades electas-sufragantes. Doctora Roxana Silva Consejera del consejo Nacional Electoral

XI.

Avances en las políticas de inclusión económica y social con enfoque de género. Doctora Mónica Patricia Mancero Acosta, Delegada de la Ministra de Inclusión Económica y social

XII.

Mujeres en lo público, participación de las mujeres en los procesos del CPCCS. Socióloga Juana Marcela Miranda Pérez, vocal del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social

XIII.

Los sistemas de cuidados como un nuevo tema de la protección social. La experiencia Uruguaya Socióloga María del Rosario Aguirre. Uruguay.

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XIV.

La incidencia de los instrumentos internacionales en materia de derecho de género en la agenda de los estados de la comunidad andina para favorecer la participación política de la mujer. Doctora Silvia Salgado, Parlamentaria Andina.

XV.

Las mujeres y el diálogo por la democracia, la paz y la justicia social en los países andinos. Doctora Gloria Flórez, Parlamento Andino. Colombia.

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I.

Quito, 18 Noviembre 2013

Saludo y apertura del evento. Doctora Tania Arias, Vocal del Consejo de la Judicatura, en representación de las organizaciones organizadoras.

Tras los saludos protocolarios, la Doctora Arias agradece a los y las anfitriones y anfitrionas por permitir este espacio que es fruto de una iniciativa que desde hace varios meses ha reunido a diversas mujeres que trabajan en diversas responsabilidades públicas para desarrollar este evento ¿Qué parte toma la mujer, en esta transformación y adelanto? ¿Qué aporta a la labor común? No teniendo en cuenta las excepciones, que no pueden hacer regla, bien poco ha contribuido ella a la perfección relativa en que nos encontramos: no porque le haya faltado voluntad, ni aptitudes, sino porque relegada al último lugar por leyes bárbaras y retrógradas, jamás ha ocupado el lugar que le corresponde. Esas leyes injustas, atrofiaron las fibras de su energía, la vida sedentaria y la molicie, debilitaron sus miembros para el trabajo. No era esa la condición física, primitiva de la mujer. El hombre, más fuerte y más audaz que ella, absorbió poco a poco sus derechos y se hizo autoritario, convirtiéndola en sierva; un lapso secular de tiempo, la acostumbró a esa pasibilidad animal y el atavismo concluyó la obra comenzada por la tiranía […] El acero forjado en tantos siglos, es demasiado duro de romper, pero la lima de su constancia hará que algún día caigan a sus pies. […] las injusticias han hecho reaccionar a la mujer; si ella no usa de armas materiales, en cambio ha puesto en campaña todo su ingenio para conseguir el fin que se propone […] a pesar de todas las preocupaciones, ha de buscar su independencia y los medios para sostenerla […] La mujer ecuatoriana siguiendo el movimiento universal, sale de su letargo, protesta de su miseria y pide conocimientos que la hagan apta Estas palabras ya cumplieron 108 años de haberse publicado y responden al pensamiento de Zoila Ugarte quien desde su pluma cuestionó duramente la situación de las mujeres de la época, demandó igualdad y no discriminación, educación para las mujeres… pero fundamentalmente demandó un rol decisivo en lo público. Aun hoy si hacemos una revisión histórica de la participación pública de las mujeres encontramos un primer momento de discriminación radicalmente excluyente en el que las mujeres no tenían la posibilidad de intervenir en la vida pública; y otro momento en que siendo notoria su progresiva incorporación en cargos de elección y designación, su efectiva y paritaria intervención en las decisiones de la política pública, aún está en cuestión. A pesar de las discriminatorias limitaciones, las mujeres siempre estuvieron presentes en la esfera de lo público y aunque invisibilizadas, hicieron historia (sufriendo incluso castigos y hasta perdiendo la vida por posicionar sus ideales y demandar el reconocimiento de sus derechos). La lucha por este reconocimiento ha sido larga y sin duda heroica.

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Actualmente las mujeres ocupamos cargos directivos, participamos en la vida pública sea por la vía electoral o por designación. Esto es importante reconocerlo. Sin embargo, sigue existiendo el llamado techo de cristal; es el límite invisible, pero si perceptible, que ha limitado y limita la participación pública de las mujeres; este fenómeno permite que las mujeres lleguen a un nivel, un grado, una jerarquía delimitada, pero no pasar de ahí. Es por ello necesario redoblar esfuerzos, replantearse los parámetros para evaluar los avances en la vigencia de los derechos y la construcción de sociedades más justas y democráticas Hoy que estamos convocadas para hablar de la participación pública de las mujeres del Ecuador y en otros países de América Latina, no podemos dejar de recordar a esas mujeres que nos precedieron en siglos y siglos de luchas, luchas muchas veces incomprendidas pero siempre fructíferas. A ellas le debemos, en gran margen, estar hoy en diversos ámbitos de los público Las mujeres que participamos en lo público somos el resultado sin duda de decisiones individuales pero sustancialmente somos resultado de los procesos históricos reivindicativos de nuestras ancestras. Y eso nos compromete El haber llegado al poder o a los espacios de dirección y de decisión no nos releva de ninguna manera de la enorme responsabilidad de aportar desde nuestras respectivas competencias institucionales al mejoramiento de la situación y de la posición de las mujeres en nuestra sociedad. Por nuestros propios derechos, por los derechos de más de la mitad de la población ecuatoriana y por los derechos de las mujeres que vendrán La gestión pública de las mujeres y de los hombres debe considerar una agenda explicita que contribuya a superar desigualdades, discriminaciones, violencia y general el respeto de sus derechos. Hoy que las mujeres estamos presentes en los más altos cargos de elección y designación en las cinco funciones del Estado ecuatoriano, nos corresponde una gran tarea en coordinación con las instituciones públicas -tal como lo dispone el artículo 226 de la Constitución de la República- de atender a las necesidades de la sociedad en su conjunto, observando las necesidades particulares de las mujeres de todas las edades y diversidades, así como de los grupos de atención prioritaria Este evento internacional sobre el rol de las mujeres en lo público, es, en realidad, un encuentro para recordar el cercano pasado de exclusión, mirar el presente de cambios concretados y tejer puentes hacia un futuro de igualdad real y no discriminación. Este evento fue pensado para lograr el intercambio fructífero de experiencias, conocer los avances de las legislaciones y políticas públicas que las funciones del estado han logrado para las mujeres, niñas y adolescentes. 4


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Con los comentarios y aportes de las invitadas internacionales y nacionales, las opiniones de las personas asistentes, podemos ampliar información respecto de lo que se está haciendo en cada una de nuestras instituciones y países, conocer los caminos para el respeto de los derechos de las mujeres y contribuir a la igualdad real entre hombres y mujeres. Los actuales momentos son momentos de oportunidades para que en el marco de la Constitución de Montecristi y de los instrumentos internacionales de derechos humanos aportemos decididamente a fortalecer el Estado constitucional de derechos y justicia. En esta jornada de trabajo, donde por primera vez participamos mujeres que desempeñamos responsabilidades en la función legislativa, judicial, ejecutiva, electoral y de transparencia y control social, presentemos los avances presentemos los avances que garantizan los derechos de las mujeres, pero fundamentalmente presentemos los desafíos de hoy y los retos para el futuro. Las organizadoras tenemos la certeza de que los resultados de este encuentro serán fructíferos para visualizar y concretar compromisos de acción que contribuyan a crear una mejor sociedad en la que sea evidente que sin mujeres no hay democracia.

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II.

Quito, 18 Noviembre 2013

Palabras de bienvenida. Señora Gabriela Rivadeneira, Presidenta de la Asamblea Nacional

Es realmente importante convertirnos en las protagonistas de los cambios y las transformaciones de nuestros territorios. Cuando revisamos el mural del pleno de la Asamblea -creado por Oswaldo Guayasamín-, símbolo de las luchas permanentes por la libertad de nuestros pueblos, podemos escuchar la historia de representación de las mujeres que han marcado la historia de nuestro país: Dolores Cacuanco, Manuela Sáenz, Manuela Cañizares y Rosa Zárate. Tras el dolor y la injusticia que hemos sufrido las mujeres a lo largo de las historia, era menester que un gobierno de transformación pueda recoger, visibilizar, ahondar y recuperar la memoria histórica que definitivamente hace del pueblo ecuatoriano un pueblo de lucha y rebeldía permanente. Este espacio físico en el que nos encontramos, la sala José de Mejía Lequerica, es conocida tradicionalmente como la Sala Ex Senado. Era el espacio que la élite política, especialmente oligarca, utilizaba para los debates y para pensar por todo el país. Hoy en día, este espacio se ha transformado en el espacio de participación de todos los sectores sociales con el objeto de garantizar la construcción horizontal, democrática y participativa de nuestro país. No hay mayor riqueza que la diversidad de su pueblo. Y la diversidad es lo que hace que estos espacios fortalezcan la democracia y visibilicen las realidades que tenemos en cada uno de nuestros territorios. Por eso es importante que, al hablar de las mujeres en lo público -de sus luchas históricas, podamos reflejar tareas concretas, compartiendo experiencias entre los pueblos hermanos. Cuánto hemos avanzado en nuestro país y cuánto se ha avanzado en otros países desde el momento en que hoy podemos hablar libremente de la necesidad de una integración regional que tenga una óptica de socialismo, justamente para el buen vivir de nuestros pueblos. Hoy estamos aquí precisamente para esa reconstrucción de la memoria histórica, pues no deja de ser nuestra responsabilidad política no olvidar nuestro pasado, nuestras luchas y proyectarlas hasta senderos mucho más amplios en la construcción igualitaria y en la participación efectiva de las mujeres Para no olvidar hacia dónde vamos tenemos que seguir construyendo justicia, equidad social. Las luchas siguen vigentes.

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III.

Quito, 18 Noviembre 2013

La participación de la Mujer en el constitucionalismo ecuatoriano. Doctora María José Carrión Cevallos, asambleísta de la provincia de Pichincha

Este evento, “Mujeres en lo público”, es un esfuerzo profundo por recuperar la memoria histórica reciente. Muchas veces la historia reciente, la que vivimos todos los días nos parece lejana. Este esfuerzo busca construir con compañeras que están en espacios de toma de decisión, con compañeras que han tenido que sufrir una lucha de vida por llegar a esos espacios. Para nosotras este esfuerzo constituye también una reivindicación de lo que la mujer significa para la sociedad y de lo que aporta en ella, en los ambientes sociales, familiares, políticos o laborales. Por supuesto que la participación de la mujer hace diferencia. Yo me pregunto, ¿Cuál es la diferencia de la participación de la mujer en la Asamblea? Y en ese sentido me respondo que se trata de una mirada diferente. No se ven los conflictos como problemas políticos sino como problemas sociales. La mirada legislativa de la mujer es una mirada diferente: no da cabida a que los conflictos sociales se agudicen y lleven a enfrentamientos. Precisamente nuestro rol mediador en el hogar nos permite tener un rol mediador en nuestro ámbito laboral. Ese es un rol fundamental de transformación que debe visibilizarse en nuestras compañeras. Precisamente este espacio busca visualizar los obstáculos pero también retomar los avances de la mujer en lo público. Para ello, se ha tratado hacer una pequeña introducción de sobre éstos últimos. En ese sentido, Transito Amaguaña decía que “Hay que luchar por todos equitativamente, bonitamente, honradamente y racionalmente”. Y es que la mujer como sujeto histórico ha estado presente en la transformación de las sociedades, sin embargo sus esfuerzos han sido en muchos casos invisibilizados, callados y silenciados por quienes han escrito la historia de la humanidad. Si comenzamos un recorrido histórico, este debiera partir de la época de la colonia. Es en esta época cuando la comunidad andina (en la que existía una corresponsabilidad entre el hombre y la mujer) se transforma hacia una sociedad desigual, en un proceso de dominación del hombre hacia la mujer. En esta época colonial, las mujeres aportaron a los procesos de construcción de los pueblos y adquirieron conciencia social, elemento fundamental para identificar obstáculos que le impedían la participación en los espacios públicos de decisión y elección popular. En el Ecuador del siglo XVII la esclavitud continuaba naturalizada. Para la mujer la situación se agudizaba pues adquiría doble y triple opresión: por su condición económica, biológica (el ser mujer) y en el caso de las comunidades indígenas, por pertenecer a una de ellas. 7


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María Chiquinquirá, fue la primera mujer negra que obtuvo su libertad al contraer matrimonio con un sastre blanco. Lamentablemente, aquella época aún no estaba preparada para entender lo que significa la libertad y su conquista. Y es así como el patrón de esta familia pretendió que su primogénita fuera sometida de nuevo a la esclavitud cuando se encontrara en edad de servir, (entre los doce y catorce años); María no soportó tan siquiera la idea de ver como el presente y futuro de su primogénita se arruinaría, por lo que llevó a cabo intervención judicial que culminó con la liberación de su hija. Fue ese logro histórico el que produjo un quiebre y un precedente sobre la libertad de las mujeres en el Ecuador. Las mujeres construyen, crean y recrean su realidad en base a los detalles y microhistorias que reconoce su participación en los procesos políticos, cuando se intentaba formar la república. Manuela Espejo, por otro lado, estaba presente en las reuniones donde los hombres tomaban las decisiones. Pero ella, mientras repartía el café, lograba incidir con sus ideas en tales decisiones y de a poco fue “ilustrando” su pensamiento en estos espacios. Junto a su hermano, incluso llegaron a crear un periódico donde hacer oír y leer su voz. No obstante, también fue invisibilizada. Conocedora de esta situación de discriminación, camufló su pensamiento bajo el nombre de su hermano. Esta invisibilizacion tuvo como fundamentación la incapacidad intelectual de las mujeres o su posibilidad de ilustración únicamente a través del hombre. Así lo manifiesta Vallejo Andrés: “Al frecuentar las tertulias Manuela Espejo, Rosa Montufar, Manuela Cañizares, Josefa Tijerano, María Ontaneda y Larraí, entre otras mujeres, deben haber “ilustrado” su pensamiento” (Vallejo Andrés; 20) A pesar de las restricciones a las que eran sometidas por el sistema de la época, las mujeres de la sierra centro (de lo que hoy es Quito) no se dedicaron únicamente a los asuntos del hogar sino que muchas de ellas fueron comerciantes clandestinas; “Comerciantes y hacendadas, más allá de la encomienda doméstica, en Quito se evidenciaba un importante número de mujeres que intervienen en actividades comerciales a diferencia de otras regiones, como en Guayaquil a pesar de tener un crecimiento comercial interno y externo, no se observaba que el mismo haya incluido a mujeres” (Barchari; 27) Llegando a la Revolución Alfarista de 1924, el ordenamiento jurídico otorgaba el derecho al sufragio únicamente a los hombres; sin embargo, la propia norma olvidó prohibir la participación de las mujeres en estos espacios. Este vacío legal le permitió a Matilde Hidalgo de Procel en ese mismo 1924, marcar un episodio histórico en la historia del Ecuador y de América Latina, al reclamar su derecho al voto dado que la norma no se lo prohibía. La sociedad reconoció por primera vez el derecho al voto y la participación de la mujer en la vida política del país. 8


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La mujer indígena también fue parte de la lucha revolucionaria y de la independencia de los pueblos. Fue en el siglo XX que su presencia empezó denotar el liderazgo en las comunidades a las cuales pertenecían. Entre ellas, Dolores Cacuango encabezó innumerables veces las revueltas por la liberación de su gente, aun siendo acusada por varios sectores conservadores (entre ellos, la iglesia y la oligarquía) de comunista y atea. Una de las primeras sublevaciones indígenas demuestra la furia de estos pueblos liderados por mujeres, que cansados de la opresión decidieron levantarse frente al sistema y frente a los hacendados; en estas batallas las mujeres animaban al tumulto y al ejercito de indígenas que reclamaban por sus derechos. “No tengan miedo- decía Dolores Cacuango - no mata la bala, mata el destino. Indios e indias murieron resistiendo hasta más no poder” (Rodas Raquel; 62) Tránsito Amaguaña, otra líder indígena que resistió a los gobiernos conservadores y represores del país, decía -Yo he viajado, he caminado por todos los lugares, pero jamás he negociado con la sangre de mis hermanos-. Amaguaña luchó por la liberación de su pueblo. Siendo una mujer campesina de Cayambe, analfabeta, fue una de las primeras mujeres en organizar a los pueblos indígenas de esta zona. Nela Martínez Espinosa, política y escritora, participó en la revuelta del 28 de mayo de 1944 cuando se derrocó al dictador Carlos Arroyo del Río. Hay detalles que narran que fue ella la artífice de la toma del Palacio del Gobierno; incluso, se especula que durante dos días estuvo a cargo del gobierno ecuatoriano, convirtiéndose en la segunda mujer en dirigir el Ecuador, después de Marieta de Veintimilla. No obstante, aquello no ha sido oficialmente reconocido por la historia. Es así como tras un brevísimo resumen de la historia de las mujeres ecuatorianas en lo público, llegamos a las Constituciones de 1998 y del 2008, que marcan las pautas de un cambio social sin precedentes hacia el reconocimiento formal de los derechos políticos de las mujeres, cuya aplicación es facilitada por el Código de la Democracia aprobado en el año 2009. En este, se define de manera inédita en América Latina la paridad en la participación política de la mujer como un mandato constitucional. Este es sin duda un cambio histórico, no solo en los métodos de la elección popular sino en las responsabilidades de las organizaciones políticas de promover, de ajustarse a estas nuevas normas. En la Revolución Ciudadana se registra el número más alto de mujeres en la Asamblea Constituyente del 2007 -45 mujeres de 130 Constituyentes-, a diferencia de años anteriores; De esa manera, la Constitución del 2008 da cuenta de un proceso de transformación, da cuenta de un momento histórico del país: llena de sentido el término equidad, no sólo hacia las mujeres sino hacia todos los sectores de la sociedad; permite ampliar y garantiza que los derechos constitucionales no sean violentados por ninguna norma; garantiza los derechos ciudadanos como fundamentales, lo que hace que la participación de la mujer ya no sea una decisión de pocos sino que sea una obligación estatal. 9


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Así es que entrado el 2013 la historia cambia, la Asamblea Nacional del Ecuador es presidida por tres mujeres: Sr. Gabriela Rivadeneira Presidenta de la Asamblea Nacional, Dr. Roxana Alvarado Primera Vicepresidenta y Dr. Marcela Aguiñaga Segunda Vicepresidenta. Sería erróneo pensar que la lucha femenina es enfrentar al hombre. Por el contrario, es pensar otro sistema político, económico y social donde Mujer- Hombre estén en igualdad y equidad de condiciones- Buscamos el complemento entre sujetos sociales para la construcción una sociedad justa y el buen vivir. La lucha femenina es construir los espacios de confluencia de fuerzas donde hombres y mujeres estemos presentes juntos en la toma de la decisión. Por eso, en este momento planteamos que la Revolución Ciudadana tiene que ser con equidad, paridad, y tiene que seguir siendo esa ruptura de paradigmas en la toma de decisión en lo público. No podemos seguir viendo la participación de las mujeres sólo con ciertos derechos. La participación de la mujer debe incluir la construcción de un Estado sin discriminación. Para ello, hay mucho trabajo por hacer y en ello la razón de este espacio. A futuro debemos decir a las siguientes generaciones que esta reunión busca una hoja de ruta para no retroceder en los derechos, para avanzar y profundizar en la consecución de los mismos. Pero ello no sin los hombres, sino con ellos, de la mano, en la consecución de un socialismo del s. XXI.

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IV.

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La primera infancia, prioridad del gobierno nacional. Magister Cecilia Vaca, Ministra de Desarrollo Social.

¿Cómo desde la política pública podemos forjar incidencia y consecuencias positivas hacia la inequidad que todavía existe entre hombres y mujeres? Es esta pregunta la que me llevo a compartirles esta presentación, sobre una política que en este periodo del gobierno toma una fundamental relevancia: La Política de la Primera Infancia. Hace 3 años tuve la oportunidad de hacer un curso con la CEPAL sobre la economía del cuidado, que me puso a pensar en una serie de estadísticas a nivel nacional sobre la situación del cuidado con los menores de 5 años en el país, del cuidado de los adultos mayores y de las personas discapacitadas Durante mi reflexión me puse a revisar una serie de estadísticas sobre la situación de las mujeres del Ecuador en torno a la manera en que dedican su tiempo libre. En efecto, los resultados implican que las mujeres en el Ecuador todavía son las responsables del cuidado de estos tres grupos mencionados. Es ahí donde cobra importancia que la política pública desde lo social pueda orientar esfuerzos enormes para que, al hablar de construir un sistema de equidad e igualdad social, podamos hablar justamente de tomar decisiones pertinentes que permitan igualar esta responsabilidad del cuidado entre hombres y mujeres, donde aún tenemos enormes inequidades. Por eso es tan importante explicar la Estrategia Nacional de Primera Infancia. Primero iniciar explicando las funciones del aún desconocido Ministerio Coordinador de Desarrollo Social, quien articula y coordina la política del eje social con todos los que son parte del mismo: Ministerio de Salud, Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, Ministerio de Deportes y parte del Ministerio de Educación Quiero recalcar esta conjunción puesto que muchas veces el poder articular la política social nos permite identificar en que sectores existe más debilidad para promover la equidad de género. Por ejemplo, la Política de Deportes del país tradicionalmente se ha concentrado en los hombres, por lo que desde la política social se está trabajando para una política social deportiva más inclusiva. En el caso concreto de la Política de Primera Infancia, podemos ver que nos hemos concentrado en identificar y evaluar cuáles son las distintas políticas que se tienen que articular y desde qué sectores para que podamos asegurar que el cuidado de los niños de 0 a 5 años responda a una calidad absoluta pero sobre todo pueda integrar conceptos que permitan identificar los requerimientos que las propias mujeres podemos tener alrededor del cuidado de los niñas/os pequeños La temática en el Ecuador identifica que en 1950 aparecen las “guarderías” para mantener en resguardo a los niños cuyas madres trabajaban. En 1976 aparece la 11


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primera carrera de educación de párvulos en el país, orientada a formación de maestras en pre-escolar. A pesar de la gran cantidad de mujeres que ya laboraban en el Estado, no será hasta los años 90, cuando Ecuador comienza el desarrollo de programas de desarrollo infantil, con componentes técnicos más allá del cuidado. Hubo una diversificación y masificación de programas, de baja calidad. En el 1996 se publica la Reforma Curricular Consensuada, que establece que la “preparatoria” se constituye en el 1° nivel de educación básica. No será hasta el 2002 que se desarrolla el Referente Curricular para la Educación Inicial “Volemos Alto” que ofrece por primera vez una propuesta educativa común para niños menores de 5 años. Hasta el 2007 el Estado financiaba servicios de cuidado infantil a través de subasta social con la intervención de ONGs y comunidades de base. Si hacemos un análisis de la demanda de los servicios que tenemos en el Ecuador, alrededor de 1,7 millones de niños están en ese margen de 0 a 5 años. Lo importante de la concentración en la política integral del cuidado aparece al observar que el porcentaje de niños que están en el límite de la pobreza es de 1,2 millones, de modo que es en este grupo donde se focaliza especialmente la pobreza y la inequidad del país. ¿Cuáles son los esfuerzos del Estado para poder llegar a una política integral? Buscamos conjugar esa dispersión que ha existido en los distintos servicios destinados a la atención de niños menores de 5 años. Dentro del marco legal y político que tenemos en este momento, a partir de la Constitución, de la Ley de Educación Intercultural y a partir del Código de la Niñez y la Adolescencia, articulamos los distintos esfuerzos de los distintos sectores orientados a una política integral que vitalice los servicios y los articule los servicios a este grupo poblacional pero sobre todo que los articule junto a problemáticas de las mujeres Primero comentarles que el principal objetivo de la estrategia es poder integrar la política social desde los ejes de salud, inclusión económica y social y educación, que son los tres ejes fundamentales que intervienen en el desarrollo integral de los niños y niñas de 0 a 5 años. Pero sobre todo el ejercicio fundamental que hemos tenido durante los últimos meses es identificar la relación que tenemos con otros actores (ej. la función judicial); y para eso, hemos relacionado otras problemáticas que se pueden prevenir desde una política de primera infancia En el Ecuador tenemos una de las mayores problemáticas relacionadas con el embarazo adolescente (el primero en la región andina y el segundo en la región latinoamericana). Para enfrentar esta situación, buscamos articular una política nacional con las problemáticas de la adolescencia en materia de planificación familiar. Pero además, debemos conseguir que una política integral mire y precautele que el desarrollo del niño sea el mejor desde la época prenatal; para ello hemos identificado una serie de servicios en esta etapa en la que a pesar de contar con una buena 12


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normativa no siempre se dan esas condiciones. La estrategia busca efectivizar el cumplimiento de las mismas. La política integral que se está llevando a cabo nos permite atender a un tratamiento sistémico de la primera infancia pero sobre todo asegurar que las condiciones de calidad se dan desde las primeras etapas del desarrollo de los y las niñas/os. Resalta tres ámbitos de actuación en los que se hace énfasis en la Estrategia de Primera infancia 1. Acceso y cobertura: actualmente hay una bajísima cobertura de servicios de niños de menos de 5 años, lo que tiene mucha incidencia en el desarrollo profesional de las mujeres porque no logran equilibrar esa fuerza de trabajo (productivo y reproductivo). Por ello este es un elemento importante, aunque se han hecho muchos avances en términos de calidad aún queda mucho camino por andar. Por ejemplo, son muy pocas las carreras formativas de la universidad que contemplan el parvulario de 0 a 3 años. De ahí la fuerte incidencia. 2. Pertinencia. Desde la diversidad de sus poblaciones, el Ecuador debe contar con la capacidad de orientar la calidad de los servicios hacia esa misma diversidad, de modo que nuestros indígenas también puedan tener acceso a servicios dentro de esa identidad con sus territorios y comunidades 3. Familia y Comunidad. El MIES hace esfuerzos para realizar un trabajo articulado con la familia y la comunidad, lo que ha incluido la formación con las familias en nutrición, pautas de crianza, afecto, cuidado con contenidos de acuerdo al territorio y cultura. Cada uno de estos ejes se articulan, a su vez, con diferentes actividades estratégicas, entre las que destacan: mejoramiento de infraestructura, equipamiento y materiales; y formación con las familias en nutrición, pautas de crianza, afecto, cuidado con contenidos de acuerdo al territorio, y cultura Con respecto a la calidad de los servicios, la Estrategia Nacional plantea un modelo de gestión intersectorial mediante rutas de atención en territorio así como un trabajo articulado con los gobiernos autónomos descentralizados, especialmente en el tema de agua y saneamiento. Adicionalmente, busca gestionar un modelo de calidad y construcción de estándares para medir la calidad de los servicios públicos y privados mediante una certificación y acreditación de los mismos. Todas estas líneas de acción de la Estrategia Nacional se sostienen mediante un sistema de monitoreo y seguimiento sustentado en el impacto, análisis de gestión y medición de resultados.

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V.

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El principio de igualdad entre mujeres y hombres en el acceso a espacios de decisión. Doctora Wendy Molina, Vicepresidenta de la Corte Constitucional del Ecuador

El tema de la igualdad de derechos entre hombres y mujeres es, sin duda, uno de los que mayores discusiones han concitado desde lo jurídico y lo político en todo el siglo anterior y lo que va del que transcurre. Los debates contemporáneos al respecto, al igual que todos los demás basados en la discursiva de reivindicación de condiciones de dignidad para grupos históricamente discriminados, consisten en una crítica a la forma misma en la que la sociedad funciona y la manera en que estructura y distribuye el poder político, económico o de cualquier otra índole. Es así que han sido abordados desde diversas ramas de las ciencias naturales y sociales, con el objeto de desentrañar el cómo se construyen, reproducen e impregnan los estereotipos que constituyen la categoría denominada “género”, y posteriormente sirven de instrumento casi imperceptible de prolongación de prácticas basadas en la opresión. Por tal razón, existen posiciones contrarias desde todas las esferas. Bien lo señala Roxana Arroyo Vargas: "Podríamos decir sin equivocarnos que los diferentes poderes que han surgido históricamente coinciden en un punto: la negación o la aceptación parcial de lo que significa la violencia y la discriminación en la vida de las mujeres y las consecuencias que esto tiene en sus entornos geográficos, políticos, sociales y económicos. Estos poderes actúan en la medida en que omiten actuar para defender a las mujeres de la violencia y la discriminación o, peor aún, están en contra de sus derechos. Es a partir de esta actitud que se transforman en cómplices, promueven la impunidad e invisibilizan esta problemática y la magnitud de la misma."1 La historia del feminismo no es, como generalmente se estima, una lucha de las mujeres contra los hombres. Es, en realidad, la historia de la Humanidad tratando de deshacerse de cadenas autoimpuestas. La sociedad basada en el sistema de organización patriarcal se hace daño a sí misma, pues impone a más de la mitad de sus individuos a condiciones que desdicen su condición de dignidad, lo que logra a su vez, que la misma sociedad se degrade. Por lo tanto, si se desea lograr un estatus de protección universal de los derechos humanos, el feminismo no es –ni puede ser–, un asunto “de mujeres”. Temas como el acceso de las mujeres al ejercicio de los derechos políticos; la destrucción del “techo de cristal” que les impide el acceso a los cargos directivos; la real posibilidad de acceso y administración de la propiedad; el reconocimiento económico de la importancia del trabajo no remunerado; la visibilización de las más atroces formas de 1

Roxana Arroyo Vargas, “La igualdad un largo camino para las mujeres”, en Igualdad y no discriminación: El reto de la diversidad, Danilo Caicedo Tapia y Angélica Porras Velazco, edit., serie “Justicia y Derechos Humanos, Neoconstitucionalismo y Sociedad”, Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, Quito, 2010, p. 423.

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odio misógino; la adecuación de las leyes civiles, mercantiles, laborales, penales y de otra índole a las características de todos los sujetos de derecho y no solo del hombre como el óptimo iure de la sociedad contemporánea; son algunos de los ejemplos de la agenda por recorrer en este derrotero. En una discusión que propone transformaciones tan radicales en las concepciones que aparecen como “naturales” y “obvias”, la utilización del cambio constitucional como mecanismo político para el tránsito hacia un nuevo orden no sólo que se presenta como útil, sino como imprescindible. Las disposiciones que en el texto constitucional se encuentran son en sí mismas el reconocimiento público de que la situación de hombres y mujeres ha estado marcada por patrones de violencia y discriminación, pero se constata a la vez, que existe una voluntad política cada vez más fuerte y basada en un consenso democrático, por modificar dichos patrones. Por esto, la ampliación del reconocimiento, si bien no sirve directamente a un cambio inmediato, sí marca la dirección por la que transita la sociedad soñada. Concepto de discriminación contra la mujer Ciertamente es casi imposible negar la existencia de discriminación contra la mujer en prácticamente todas las esferas de la vida y en la gran mayoría de las sociedades a escala mundial. Existen ingentes aportes desde las teorías y el movimiento feminista en diversas ramas del conocimiento humano, como el derecho, la filosofía, la sociología, la psicología social, entre muchas otras, que dan cuenta del génesis y desarrollo de un comportamiento social mayoritario basado en descripciones y prescripciones respecto de lo masculino y lo femenino, el cual lleva implantado durante siglos en la civilización occidental, se reproduce y genera una inercia que envuelve todas las relaciones entre individuos, grupos y organizaciones de toda índole. La discriminación contra la mujer es definida por la Convención sobre la Eliminación de Toda Forma de Discriminación contra la Mujer, del siguiente modo: "A los efectos de la presente Convención, la expresión „discriminación contra la mujer‟ denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera"2 Esta definición halla su fuerza, no solamente en el consenso universal implícito en su adopción como una convención internacional de carácter global. Su valor se deriva de su gran utilidad al momento de calificar la gran cantidad de ámbitos a los que se aplica; la posibilidad de conglobar eventos puntuales o fenómenos crónicos y estructurales; así 2

Convención para la Eliminación de Toda Forma de Discriminación contra la Mujer, CEDAW, Adoptada en 1979 por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

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como la heterogeneidad de actos u omisiones que permite calificar como discriminatorios. De la propia definición de discriminación contra las mujeres que adopta la Convención, podemos advertir que es un fenómeno complejo en sí mismo y responde a diversas causas que atraviesan a toda la sociedad; siendo incluso tan potente, que puede permearse de forma casi imperceptible, incluso en los remedios que se pretendan ensayar para erradicarlo.3 Sin duda, uno de los campos en los que es más visible la discriminación contra las mujeres es el relacionado al campo del trabajo; sobre todo, en lo referente a la asunción de puestos de liderazgo, en el que se observan dos fenómenos de discriminación. El primero tiene que ver con la asignación de ciertos atributos a determinadas profesiones, que socialmente están asociados a determinado rol de género. Este es denominado “discriminación horizontal”4. Por otro lado, a medida que se asciende en la pirámide organizacional de determinado sector, tanto de instituciones públicas como privadas, el porcentaje de mujeres desciende, en el fenómeno denominado “discriminación vertical”5. Ester Barberá Heredia y Amparo Ramos López presentan datos relacionados con el tema, recogidos en España. De acuerdo con los datos estadísticos, al 2003, el 45,06% de mujeres ocupaban posiciones de gerencia en empresas sin personas asalariadas. En instituciones públicas el porcentaje llega a un 27,27%, pues este tipo de organizaciones se rigen por provisiones expresas sobre el acceso y promoción de las servidoras y servidores públicos. A pesar de ya advertirse un desequilibrio, el porcentaje podría considerarse relativamente elevado, ya que para las empresas que tienen menos de 10 trabajadores, el porcentaje llega al 26,55%. En las organizaciones privadas que tienen más de 10 trabajadores, se reduce más aún la cantidad de mujeres en puestos directivos, llegando únicamente al

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3 Cfr., Blanca Rodríguez Ruiz, “Hacia un Estado pos patriarcal. Feminismo y ciudadanía”, en Umbral. Revista de Derecho Constitucional, Corte Constitucional del Ecuador – Centro de Estudios y Difusión del Derecho Constitucional, Quito, 2012, p. 28. Al respecto, la afirmación de la autora es extremadamente decidora: “Mayor actividad legislativa no es, con todo, sinónimo de un mejor marco normativo, Lo será si con ella se logran articular las premisas para eliminar los supuestos de discriminación contra las mujeres. De no ser así, la ley puede producir el efecto contrario de amortiguar el discurso reivindicativo de la no discriminación por el discurso de la pseudoigualdad”. 4 Ester Barberá Heredia, et. al., “Más allá del Techo de Cristal”, en Revista del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Nº 40, Madrid, p. 55. En lo referente a la discriminación o segregación horizontal se indica: “La distribución desproporcionada de mujeres y varones por sectores laborales específicos – segregación horizontal– es un hecho constatable, que se evidencia a través de la calificación de masculino o femenino en tanto características atribuidas a bastantes trabajos”. 5 5Ibid., p. 56. Las autoras señalan: “… la documentación existente presenta como hecho significativo que, sea cual sea el sector laboral analizado, incluidos los más feminizados, la proporción de mujeres disminuye a medida que se asciende en la jerarquía piramidal, de modo que su presencia ocupando posiciones de poder y asumiendo responsabilidades laborales es mínima. Esta discriminación vertical se observa tanto si comparamos los porcentajes de varones y mujeres por categoría laboral en un determinado sector, como si se toma en consideración la cantidad de mujeres que, hoy en día, figura entre la población activa, teniendo en cuenta, además, su nivel de formación y preparación profesional”.

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15,64%. Más aún, si llegamos a puestos denominados de “alta dirección”, encontraremos ahí solamente a un 2% de mujeres6. Las autoras de este estudio identifican dos posibles causas para el fenómeno. Por un lado, está “… la cultura social dominante, en la que prevalecen los valores androcéntricos propios del sistema patriarcal”; y por otro, “… la falta de conciliación entre vida familiar y desarrollo profesional consiguiente a la pervivencia de prejuicios sociales contra las mujeres”7. Ambas, como puede advertirse, nacen de una configuración de la conciencia social basada en la clasificación dual de las características de las personas, objetos o profesiones, la asignación a cada una de ellas de una referencia basada en los parámetros sociales de lo que es masculino o femenino, así como la asignación de una carga valorativa que las jerarquiza8. Este proceso, modelado en la psicología bajo el nombre “teoría del rol social del género”, y aplicado a la psicología organizacional como la “teoría de congruencia de rol”, se puede esgrimir como una explicación plausible a la presencia y persistencia de la discriminación en el ámbito del liderazgo organizacional. De acuerdo con esta teoría, los roles estereotipados de género se construyen en la psicología humana por medio de una “homogeneidad intragrupo” –asumir que todos los miembros de dicho grupo son iguales– y la “definición por exclusión del exogrupo” –establecer las características de un grupo, en oposición a las de los demás grupos, como “contrarios” u “opuestos”–. En el caso de varones y mujeres, se asocia la masculinidad con características “agente/instrumentales”, o de producción, y a la feminidad, con valores “comunal/expresivos”, o de reproducción. Además, dicho proceso no solamente “describe” como se ve a los varones y las mujeres, sino que “prescribe” cómo deberían ser. Así las cosas, construida una imagen del hombre y de la mujer basada en estereotipos posteriormente se generan expectativas respecto de las cualidades de liderazgo, moldeadas en razón de las características masculinas, haciendo que el momento de evaluar a una persona en particular, se produzca una “incongruencia en el rol” de género femenino y el de líder9. La razón por la que el proceso de asignación de roles basados en prejuicios es tan fuerte y difícil de combatir, está precisamente en que parte de un proceso casi imperceptible nacido en la psique humana y que se refuerza con cada ejemplo y 6

Ester Barberá Heredia y Amparo Ramos López, “Liderazgo y Discriminación de Género”, en Revista de Psicología General y Aplicada, Nº 57, Madrid, 2004, p. 148. 7 Ibíd., p. 149. 8 Cfr. Frances Olsen, “El sexo del derecho”, en Ramiro Ávila Santamaría, et. al., comp, El género en el derecho. Ensayos críticos, serie “Justicia y Derechos Humanos, Neoconstitucionalismo y Sociedad”, Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, Quito, 2010, pp. 137 a 156. El análisis de Olsen se refiere específicamente al campo del derecho, pero puede ser aplicable a la mayoría de ciencias o disciplinas formales, tradicionalmente señaladas como “masculinas”. 9 Cfr., A. H. Eagly y S. J. Karau, “Role congruity theory of prejudige toward female leaders”, en Psycological Review,Nº 109, pp. 573 a 598, citada por Ester Barberá Heredia y Amparo Ramos López, op. cit., pp. 151 y 152.

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experiencia. Es además por esto que el derecho positivo, a pesar de ser modificado, logra efectos ostensiblemente menores a los esperados al cambiar la regulación respecto del acceso y promoción en el empleo de las mujeres. Pablo Alarcón, en una interesante aplicación de la categoría “habitus” utilizada por Bourdieu al estudio de la génesis de la discriminación contra las mujeres, señala al respecto: "El habitus para Bordieu es un conjunto de prácticas realizadas por los individuos sin la previa deliberación, porque están condicionados a ejecutarlas, al señalar que „no son producto de obediencia a reglas‟, indirectamente señala también que no es necesario que exista una norma jurídica coercitiva para garantizar la existencia del habitus (…). Es interesante pues la relación existente entre el habitus, orden social y jurídico, aquella nos brinda una entrada para explicar el por qué el derecho condensa desigualdades. Hay un habitus de dominación que legitima la existencia de un orden legal basado en relaciones de poder, presentes también en el campo político como en el privado”10 Esto quiere decir que la realidad después de décadas de incorporación de las mujeres a la educación formal, el reconocimiento pleno de sus derechos políticos, e incluso la aplicación de medidas legislativas, ha cambiado de manera superficial, pues aunque han existido reivindicaciones en torno a la igualdad de las mujeres en términos de derechos, el discurso se sigue manejando en los términos y bajo las reglas del sistema patriarcal basado en el “contrato sexual”11. Es más, el mismo derecho es masculino en su construcción y responde a los estereotipos de sus creadores, quienes desde hace muchos años han sido solo hombres; y en los pocos casos en los que participaron mujeres, su rol fue marginal o llegaron a dicho espacio de decisión tras adaptarse al perfil de líder, congruente con los valores y las características del estereotipo masculino. Empero, es claro que el derecho no puede ni debe ser abandonado como un mecanismo, no único, pero sí útil para modificar de forma paulatina las percepciones sociales asociadas con los roles que cumplen y deben cumplir varones y mujeres en la sociedad. Blanca Rodríguez Ruiz se refiere a los intentos de los estados occidentales por oponerse a la discriminación contra las mujeres por medio del discurso del derecho como “discurso de derechos”, resaltando su importancia, pero a la vez, cuestionando su insuficiencia. En concreto señala:

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Pablo Alarcón Peña, “El habitus y su influencia en la representación de las mujeres en la esfera de la vida política”, en Umbral. Revista de Derecho Constitucional, Nº 2, Corte Constitucional del Ecuador – Centro de Estudios y Difusión del Derecho Constitucional, Quito, 2012, pp. 173 y 174. 11 Sobre la construcción de la ciudadanía diferenciada entre hombres y mujeres y el contrato sexual, así como propuestas de un estado pos-patriarcal basado en la inclusión de los valores tradicionalmente considerados “femeninos” en la construcción de la ciudadanía, cfr., Blanca Rodríguez Ruiz, op. cit., pp. 27 a 63.

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"En la lucha contra la discriminación por razón de sexo, las democracias occidentales hemos agotado el discurso de los derechos. Decir que el discurso de los derechos está agotado no significa desconocer su papel en la lucha contra la discriminación. Los derechos siguen siendo instrumentos indispensables para la deconstrucción de la discriminación intergrupal. Lo son, en primer lugar, en la medida en que permiten eliminar manifestaciones individuales de la misma. Ello es así aunque los derechos no tengan, por sí solos, capacidad de redefinir esas relaciones”12 A pesar de ser crítica con el discurso de derechos, la autora no se refiere a que con él se agotó la lucha en el campo jurídico. Muy por el contrario, estima que este debe evolucionar hacia la modificación de situaciones reguladas por lo jurídico, en todos los campos, no como la periferia del fenómeno jurídico, sino como el contenido central del mismo. Es así que, el reconocimiento constitucional de provisiones específicas destinadas a la construcción de la ciudadanía, los derechos, la representación política y los demás asuntos regulados por la Norma Suprema, implica un primer paso a la transformación de un derecho que busque erradicar de una vez por todas la discriminación contra las mujeres en todos los campos, el laboral y de liderazgo político inclusive. Así las cosas, es necesario analizar el marco constitucional ecuatoriano, a fin de determinar si la Carta Suprema apunta en la dirección detallada en el presente acápite. Las provisiones que contiene nuestra Constitución Al igual que la mayoría de procesos constitucionales latinoamericanos, el ecuatoriano se ha caracterizado por una gradual expansión de su catálogo de derechos constitucionales respecto de grupos históricamente discriminados como las mujeres, iniciando con el sufragio activo y ampliándose paulatinamente. Es así que la Constitución de 2008 constituye un hito en el continuo de inclusión de las mujeres en el universo de sujetos plenos de derechos constitucionales iniciado a principios del siglo XX. El Constituyente, en un proceso participativo sin precedentes en la historia del Ecuador, elaboró un producto nacido de las demandas ciudadanas de hombres y mujeres comprometidas con una transformación de los paradigmas. La Constitución Política de la República del Ecuador del año 1998, ciertamente puso relevancia en el tema de la igualdad de género, pero sin lograr un salto cualitativo, como el de la nueva Norma Fundamental. Se cuenta, por ejemplo, la mención de la obligación de prevenir, eliminar y sancionar la violencia contra las mujeres; la preferencia en los servicios de defensa pública; la igualdad en el acceso a la propiedad y administración de la sociedad conyugal; acciones para el acceso al trabajo, derechos reproductivos en el trabajo y reconocimiento de situaciones de trabajo informal; protección a las mujeres jefas de hogar; una mención a la “equidad” en la representación política en procesos electorales; o, la previsión sobre un organismo especializado dedicado a la inclusión de enfoques.

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Blanca Rodríguez Ruiz, op. cit., p 29

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Sin duda se ha caminado un trecho importante en la senda hacia la consecución de la igualdad y la Constitución de la República de 2008 ciertamente ha dado saltos que pueden ser calificados como cualitativos. Entre los avances constitucionales que advertimos se pueden resaltar los siguientes: Iniciamos con la propia enunciación constitucional del principio de igualdad y prohibición de discriminación. El artículo 11 de la Norma Fundamental lo consagra del siguiente modo: "Todas las personas son iguales y gozaran de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda forma de discriminación. El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de desigualdad"13 En una mirada atenta a la formulación del principio; concretamente, en el segundo inciso del artículo transcrito, advertimos que la Norma Fundamental adopta los elementos provistos por la CEDAW para la definición de la discriminación contra las mujeres. Así, a la vez que la propia Constitución recoge el principio de aplicación directa e inmediata de las normas de los instrumentos internacionales de derechos humanos, en el mismo nivel jerárquico que las normas constitucionales, se cuenta además con un instrumento cotidiano más reconocido y utilizado por quienes practican el derecho a diario. Otros elementos importantes que se desprenden de la norma son las dimensiones formal y material de la igualdad- el cual es replicado al formular la igualdad como principio sustancial autónomamente considerado en el artículo 66, número 4 de la Constitución que reconoce entre los derechos de libertad "... la igualdad formal, igualdad material y no discriminación"-, así como el reconocimiento de acciones afirmativas, las cuales son una herramienta potente al momento de disminuir las brechas que se producen en el ejercicio de derechos entre los diversos grupos.

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Constitución de la República del Ecuador, artículo 11.2.

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Transversalmente se utiliza en la Constitución un lenguaje inclusivo, que visibiliza la presencia de titulares de derechos de ambos sexos. Por simple que parezca, este cambio es una primera introducción al debate de la sociedad respecto del papel de lo femenino en un campo de uso tan cotidiano, como es el lenguaje. Así como se ha señalado respecto del derecho, el lenguaje tampoco es neutro; y al ser el derecho una forma de discurso del poder, el lenguaje es la vía por medio de la cual prescribe la forma en que se deben desarrollar las relaciones sociales. La definición de lo masculino como “regla” y lo femenino como “excepción”; o lo masculino como el “género” y lo femenino como una “especie”, visible solamente cuando lo masculino está ausente, constituye la primera forma de discriminación, inconmovible en las raíces mismas de la cultura. He ahí la importancia de un lenguaje inclusivo, que deconstruye los códigos por medio de los cuales se expresa la sociedad. La situación de mujeres embarazadas y en período de lactancia es una preocupación capital en lo que tiene que ver con la igualdad de derechos de las mujeres. Esto precisamente porque las condiciones sexuales de reproducción son uno de los principales factores que determinan las diferencias. En razón del embarazo, muchas mujeres determinan de manera más o menos planificada –y cabe decir, de manera más o menos voluntaria– su vida personal, académica, profesional y familiar. Por ello, el embarazo justifica el que el Estado realice acciones de carácter prioritario para la protección de sus derechos. En tal sentido, la Carta Fundamental desarrolla garantías específicas para la situación de mujeres embarazadas, las que a la luz de la Constitución de 1998, únicamente estaban mencionadas como un “grupo vulnerable”, sin definir campos de acción estatal para su protección. Así, hoy existe una norma suprema que resalta la prohibición de discriminación, otra que determina la gratuidad en servicios de salud materna, otra que enuncia la protección y cuidado durante el embarazo, parto y posparto y una relacionada con la recuperación y período de lactancia (Art. 43 CRE). La distinción que hace la Carta Constitucional es importante, en tanto no se procede al acceso de las mujeres a la ciudadanía por medio de los servicios sociales únicamente, sino que las prestaciones apoyan a la mujer también para su inserción en actividades que aumentan su nivel de autonomía, sin resaltar su supuesta “vulnerabilidad”. Sin duda, las desigualdades no solamente parten desde la diferencia sexual. En un contexto tan diverso como el que vivimos en el Ecuador, la preocupación no solamente debe partir respecto de una dimensión de la igualdad. Tal es el caso de los sistemas socio-político-jurídicos que conviven en el Ecuador bajo el paraguas de la plurinacionalidad. La Constitución ecuatoriana pretende conciliar los principios, de manera que no se exceda en un desconocimiento de la calidad femenina de las mujeres indígenas, afroecuatorianas o montubias, así como tampoco, desconocer su pertenencia a un conglomerado unido por lazos anteriores a la existencia misma del Estado nacional. Es por esto que la Carta 21


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Fundamental prevé un estatus de protección especial de los derechos de las mujeres ante prácticas jurídicas discriminatorias, sea en el sistema jurídico estatal, o los diversos sistemas indígenas que conviven en el Ecuador. (Arts. 57 y 171 CRE). Tiene también trascendental importancia para el discurso de la igualdad el contar con actores políticos que lo sostengan. Así mismo, es necesario que las condiciones se igualen también en los espacios de toma de decisiones. Por eso, la garantía de una representación paritaria en los espacios de poder público en sus diversas manifestaciones, en las diversas funciones del Estado y las organizaciones políticas creadas para acceder a él es un tema de recurrente mención en la Norma Suprema vigente. Refiero entre dichas disposiciones, aquella que promueve la conformación de la Corte Constitucional. Así mismo, es de presentar como una norma relevante aquella que manda a incluir a las mujeres en la toma de decisiones de las instancias de autoridad comunitaria con potestad jurisdiccional dentro de los pueblos y nacionalidades indígenas (Arts. 65, 108, 116, 171, 176, 183, 210, 224 y 434 CRE). Respecto a los principios de paridad y alternabilidad cabe hacer énfasis en su poder como medio para invertir la tendencia observada en cuanto a la pirámide organizacional. Si bien el que las mujeres accedan a los lugares de poder no necesariamente implica un cambio en las prácticas institucionales, pues aun así es posible que lo “femenino” quede excluido de dichos espacios de liderazgo; sin duda existen más probabilidades de favorecer desde arriba el cambio de prácticas discriminatorias en sentido vertical. El texto constitucional genera un reconocimiento a las libertades sexuales y reproductivas y las garantías positivas y negativas para hacerlas efectivas. Si bien la titularidad de los derechos sexuales y reproductivos es universal, sin duda, la capacidad para ejercerlos sin discriminación no ha sido la regla respecto de las mujeres. (Art. 66.9, 66.10 y 363 CRE). Aunque a primera vista, las normas constitucionales relacionadas con el tema parecerían alejadas del tema de discusión del presente trabajo, cabría reflexionar que la destrucción de la dicotomía público-privado nos presenta un panorama que no debe pasar por alto. Así mismo, la sexualidad humana determina elementos que el derecho construido en el sistema patriarcal no ve, por ser construido a imagen y semejanza del hombre trabajador. Por ende, el valor del reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres tiene directa incidencia en las posibilidades de acceso y promoción profesional en todo nivel organizativo. La regulación constitucional de la institución matrimonial incluye una mención expresa a que la base de la misma debe ser la igualdad de derechos, obligaciones y capacidad legal de los contrayentes. Avances de este tipo ya se dieron bajo el cobijo de la anterior Constitución; sin embargo, cobran mayor relevancia, en 22


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tanto existen normas que determinan implicaciones concretas de la declaración anteriormente descrita (art. 67 CRE). Se estatuye la obligación de formular y ejecutar políticas tendientes a lograr la igualdad entre hombres y mujeres; la generación de un mecanismo especializado para el efecto; y, la inclusión obligatoria del enfoque en todos los instrumentos de política pública (Art. 70 CRE). La discriminación en razón del sexo y la pobreza son conceptos íntimamente relacionados. Por los roles de cuidado que la sociedad patriarcal impone a las mujeres, se les veda la posibilidad de acceder a la propiedad y a medios para solventar sus necesidades con prescindencias de su pareja. Por dicha razón, el acceso a las diversas formas de propiedad en igualdad de condiciones entre mujeres y hombres, sea como bienes para el disfrute personal, familiar, uso como medio de hábitat o vivienda, o en tanto constituyen factores de producción, es motivo de particular atención para la Constitución de la República. (Arts. 324, 334 y 375 CRE). Semejante atención merece la búsqueda de la igualdad del acceso al empleo y de las diversas condiciones laborales de las mujeres, como son la formación y promoción laboral y profesional, la remuneración, la iniciativa de trabajo autónomo, la estabilidad especial para mujeres embarazadas, entre otras. Es así que el enfoque de género se ve impregnado en las normas constitucionales relacionadas con el trabajo. Así mismo, está el reconocimiento económico del trabajo no remunerado, dedicado al sustento y cuidado de los seres humanos. Esta disposición es, sin duda, una novedad de la nueva Constitución, no solo en sí misma, sino en el contexto del régimen económico social y solidario que propugna la Carta Fundamental (Arts. 331 y 332 CRE). La Corte Constitucional del Ecuador: conformación, decisiones y competencias Sesión del Pleno de la Corte Constitucional del Ecuador, 2013. De acuerdo con el artículo 429 de la Constitución Política de la República del Ecuador, “[l]a Corte Constitucional es el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia”. De acuerdo con esta disposición, se constituye en un organismo jurisdiccional de cierre respecto de las decisiones jurídico-políticas en torno a la definición del contenido y las obligaciones públicas y privadas derivadas del reconocimiento de los derechos constitucionales. Es así que, por el potencial derivado de sus atribuciones, constituye un espacio de poder importante para catalizar transformaciones sociales por medio del derecho. La Constitución de la República, en su artículo 432, señala que la Corte Constitucional estará compuesta por nueve miembros, quienes ejercerán sus funciones por un período de nueve años y se renovarán por tercios cada tres años. Por su parte, el artículo 434 23


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prescribe que el proceso de selección y designación de juezas y jueces de la Corte estará a cargo de una comisión seleccionadora, nombrada por dos personas delegadas de las funciones Ejecutiva, Legislativa, y de Transparencia y Control Social y que la selección de sus miembros se realizará entre las candidaturas presentadas a través de un proceso de concurso público, con veeduría y posibilidad de impugnación ciudadana. Así también señala que en su integración se procurará la paridad entre hombres y mujeres. El artículo 25 del Régimen de Transición, cuerpo normativo expedido junto con la Constitución de la República, indica que el proceso de selección de las juezas y jueces de la Corte Constitucional iniciará una vez constituidas las funciones Ejecutiva, Legislativa, y de Transparencia y Control Social, conforme a las normas constitucionales adoptadas. En aplicación de las normas constitucionales y las constantes en el régimen de transición detallada, la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, en su Título VII, Capítulo III, Sección Segunda, reguló la designación de las juezas y jueces de la Corte Constitucional. De entre todas las disposiciones que regulan dicho proceso, destaca la contenida en el artículo 181 constitucional, que prescribe los parámetros según los cuales debe efectuarse el concurso de méritos y oposición. Los numerales pertinentes se detallan a continuación: "1. Se debe garantizar estricta igualdad de oportunidades y la prohibición de discriminar entre los candidatos presentados, en el proceso de selección. 2. El ejercicio de las obligaciones de cuidado será tomado en cuenta para la valoración de la experiencia profesional. 3. Se procurará garantizar la paridad entre hombres y mujeres, para lo cual, de existir dos candidaturas en iguales condiciones, se preferirá la candidatura de la mujer. 4. Se evitará la utilización de factores de evaluación subjetivos o irrazonables, tales como el lugar de origen, preferencias personales, las creencias o la opinión política, religiosa o filosófica, el origen familiar, u otros análogos".14 La configuración normativa del proceso de selección y designación de las juezas y jueces de la Corte Constitucional incluye elementos destinados a lograr una composición de la Corte que responda a los principios constitucionales relacionados con la eliminación de la discriminación en general. Posesión de Presidente y Vicepresidenta de la Corte Constitucional del Ecuador, 6 de noviembre de 2012. Tras el proceso de selección, es decir luego de haberse realizado el correspondiente concurso de méritos y oposición, con sus respectivas etapas, se obtuvo 14

Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, artículo 181.

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como resultado, en virtud del desempeño de las y los participantes y los puntajes obtenidos, la conformación actual del organismo con cuatro juezas y cinco jueces. Siendo su presidente varón y la vicepresidenta mujer. Ahora bien, ya que se ha referido a su conformación, voy a señalar aspectos relativos a su labor, retrotrayéndonos al momento en el que el entonces Tribunal Constitucional, en utilización del principio de aplicación directa de las normas constitucionales, asumió las competencias y la denominación “Corte Constitucional para el período de transición”, hasta la actualidad, debido a que se han generado diversos cambios que han delineado la fisonomía del sistema actual de control de constitucionalidad y el ejercicio de las garantías establecidas en la Constitución. Es así que, tenemos un primer momento en que la regulación de las competencias de la Corte Constitucional para el período de transición estaba dada por las Reglas de Procedimiento para el Ejercicio de las Competencias de la Corte Constitucional para el Período de Transición. Dichas reglas fueron reemplazadas, en aplicación de la Primera Disposición Transitoria de la Norma Suprema, por la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, la que en la actualidad rige los procesos constitucionales. Un último momento es, como ya hemos mencionado anteriormente, la designación de las juezas y jueces de la primera Corte Constitucional, el 6 de noviembre del año 2012. Identificar estos tres escenarios nos servirá para comprender en la práctica el trabajo de la Corte Constitucional para el período de transición, los cambios de orden normativo y la necesidad de potenciar mecanismos de diálogo y demanda social por parte de las mujeres organizadas con el objeto utilizar las herramientas existentes en el marco constitucional para el desarrollo del principio de igualdad entre hombres y mujeres. Durante el primer momento, existieron dos decisiones de la Corte Constitucional para el período de transición, respecto de uno de los asuntos medulares del fenómeno de discriminación en razón del sexo: el acceso de las mujeres en igualdad de condiciones a las dignidades de elección popular, por medio de los principios de paridad y alternabilidad. Las sentencias Nº 002-09-SEP-CC y Nº 005-09-SEP-CC, en las que se resolvieron los casos Nº 0111-09-EP y Nº 0112-09-EP, respectivamente. Se trata de dos acciones extraordinarias de protección presentadas por la representante del Partido de Renovación Institucional Acción Nacional, respecto de una decisión del Tribunal Contencioso Electoral, en la que se rechazó la impugnación de sendas resoluciones de la Junta Provincial Electoral de Manabí, en las que se resolvió no proceder a la inscripción de las candidaturas por irrespetar los principios de paridad y alternabilidad entre hombres y mujeres en la elaboración de listas para concejales municipales. El argumento de la accionante se centró en señalar que los principios señalados eran únicamente referenciales y no obligatorios, y que la actuación de la Junta y el Tribunal señalados constituían una limitación ilegítima al derecho de los miembros del partido a la participación política. En la sentencia Nº 002-09-SEP-CC, la Corte Constitucional para el período de transición señaló al respecto lo siguiente: 25


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"Si partimos y respetamos el principio de fuerza normativa de la Constitución, es claro que aquellos ciudadanos que aspiren a ocupar cargos públicos de elección popular de carácter pluripersonal (concejales), deben conducir dichas aspiraciones a través de un sistema electoral (la forma de construir listas es uno de sus elementos), que se respete la paridad y la alternabilidad”. Los requisitos de la paridad y alternabilidad, como componentes sustanciales del sistema político ecuatoriano y no como mera formalidad, se desprenden, además, de los procesos históricos de lucha por la igualación material en el ejercicio de los derechos políticos entre hombres y mujeres… “Un Estado de derechos como el ecuatoriano, debe caracterizarse por permitir que, de hecho, las mujeres puedan acceder en igualdad de condiciones a la representación política, para lo cual los mandatos constitucionales obligan a que en la elaboración de las listas se respete los principios de alternabilidad y paridad." La Corte para el período de transición, incluso, fue más allá, al calificar la propia actuación del partido –persona jurídica de derecho privado– como un acto discriminatorio: "En realidad, es la accionante la que recae en discriminación cuando, en la elaboración de las listas, no respeta las cuotas de género incluidas y amparadas en los principios de alternabilidad y paridad reconocidos en la Constitución de la República, siendo el ente electoral el que trata de enmendar dicha discriminación cuando ordena reformar las listas." Criterios como estos dictados en aras de la protección del principio de igualdad, en la materia analizada, obedecieron a la normativa vigente a la fecha, ya que con la vigencia de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, se prohíbe presentar acciones extraordinarias de protección, contra “decisiones del Tribunal Contencioso Electoral durante procesos electorales”. Sin duda, existirán otros aspectos sobre los que se podría pronunciar a través de la activación de los procesos constitucionales correspondientes, pero existe una falta de judicialización de casos de discriminación contra las mujeres en el ejercicio de roles directivos en el ámbito público y privado y en todos los roles en general; y el que dichos casos no lleguen al organismo a través de los procesos que son de su competencia, sea por medio de una garantía jurisdiccional, sea por medio del proceso de selección y revisión de sentencias o de un proceso de control constitucional dependiendo del caso, intensifica la necesidad del diálogo entre la sociedad civil y los grupos que defienden los derechos constitucionales; entre otras. El modelo de Estado constitucional de derechos y justicia propuesto por la Constitución de la República del Ecuador no solamente ha puesto a disposición de los sujetos los derechos constitucionales, en una ampliación innegable de su catálogo y los supuestos a los que ellos se aplican. Sin duda, el verdadero cambio cualitativo iniciado 26


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por la adopción de la norma que nos rige está determinado principalmente por los mecanismos eficaces para su protección, como son las garantías jurisdiccionales y los procesos de control constitucional. Las garantías jurisdiccionales son los mecanismos procesales que permiten a los titulares individuales o colectivos de un derecho constitucional, la tutela directa y eficaz del mismo, a través de la intervención de un órgano con potestad jurisdiccional y competencia para conocer asuntos constitucionales. Es así que, adicionalmente a su consagración constitucional, su característica fundamental es que son las juezas y jueces quienes se encargan de garantizar a nombre del Estado esta protección15 La Constitución de 2008, con el advenimiento de su nuevo paradigma constitucional expresado en el modelo de “Estado constitucional de derechos y justicia”, presentó modificaciones sustanciales al sistema de garantías constitucionales, establecidas con el objeto de convertir a los derechos reconocidos por la Norma Suprema, partiendo de considerarlos normas jurídicas cuya plena eficacia es un imperativo para todos los órganos que ejercen el poder público y para los particulares16. Si bien la garantía de derechos ha sido reconocida en constituciones anteriores, con la actual Constitución se puede afirmar que no se entendería al nuevo Estado “de derechos” sin la existencia de mecanismos que los tutelen y garanticen en todas las dimensiones posibles en los que éstos se aplican. Así, la Constitución ecuatoriana amplía el catálogo de garantías jurisdiccionales de los derechos constitucionales y reconoce expresamente siete mecanismos procesales para que las personas exijan el reconocimiento y respeto al goce y ejercicio de sus derechos. Estos son: las medidas cautelares, la acción de protección, el hábeas corpus, la acción de acceso a la información pública, el hábeas data, la acción por incumplimiento y la acción extraordinaria de protección ya sea contra decisiones judiciales o de la justicia indígena. Adicionalmente, la Corte Constitucional para el período de transición, en utilización de su competencia para dictar sentencias que constituyan precedente constitucional obligatorio, ha interpretado su competencia para conocer y sancionar el incumplimiento de sentencias y dictámenes constitucionales como una nueva garantía jurisdiccional independiente17. Las acciones por incumplimiento, extraordinarias de protección y de incumplimiento de sentencias y dictámenes constitucionales son de Competencia de la Corte Constitucional. En cuanto a los mecanismos de control constitucional, la Constitución de la República del Ecuador establece un modelo concentrado de control constitucional; es decir, 15

Ferrajoli, Luigi. Derecho y razón. Madrid, Editorial Trotta, 2001, pp. 856 y 857.

16

Montaña, Juan. “Supremacía de la Constitución y control de constitucionalidad”. Jornadas de Capacitación en Justicia Constitucional. AA.VV. Quito, 2008, pp. 110 a 114. 17 Corte Constitucional, para el período de transición, sentencia Nº 001-10-PJO-CC, caso Nº 0999-09-JP. La Corte, en concreto, señaló que “… los mecanismos constitucionales de cumplimiento de sentencias, dictámenes y resoluciones constitucionales se constituyen en garantías jurisdiccionales”.

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está encargado a la Corte Constitucional como único organismo con potestad para destruir la presunción de constitucionalidad de actos normativos de autoridades públicas envestidas de dicha potestad. En efecto, en lo relacionado al control abstracto, el artículo 436, numerales 2, 3 y 4 de la Constitución establece expresamente que es competencia de la Corte Constitucional: 1. Conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, por el fondo o por la forma, contra actos normativos de carácter general emitidos por órganos y autoridades del Estado. La declaratoria de inconstitucionalidad tendrá como efecto la invalidez del acto normativo impugnado. 2. Declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas, cuando en los casos sometidos a su conocimiento concluya que una o varias de ellas son contrarias a la Constitución. 3. Conocer y resolver, a petición de parte, la inconstitucionalidad contra los actos administrativos con efectos generales emitidos por toda autoridad pública. La declaratoria de inconstitucionalidad tendrá como efecto la invalidez del acto administrativo. En el mismo sentido, el artículo 428 de la Norma Fundamental reconoce una competencia adicional, también de control concentrado, pero esta vez concreto: “Art. 428.- Cuando una jueza o juez, de oficio o a petición de parte, considere que una norma jurídica es contraria a la Constitución o a los instrumentos internacionales de derechos humanos que establezcan derechos más favorables que los reconocidos en la Constitución, suspenderá la tramitación de la causa y remitirá en consulta el expediente a la Corte Constitucional, que en un plazo no mayor a cuarenta y cinco días, resolverá sobre la constitucionalidad de la norma. Si transcurrido el plazo previsto la Corte no se pronuncia, el perjudicado podrá interponer la acción correspondiente”. Si bien, estos mecanismos difieren entre sí desde un aspecto procesal, e incluso en relación a los efectos de cada uno, dependiendo de la extensión del control a determinada norma o acto general, o su aplicación a un caso concreto; todos parten de una sola reflexión nacida del principio de supremacía constitucional, con la consecuente obligación de establecer mecanismos que controlen la conformidad formal y material del resto del ordenamiento jurídico a sus disposiciones. Adicionalmente, y como un elemento de aplicación transversal a todos los procesos indicados, la Corte Constitucional tiene, conforme a lo previsto en los numerales 1 y 6 del artículo 436 de la Constitución, la atribución de “[s]er la máxima instancia de interpretación de la Constitución, de tratados internacionales de derechos humanos, a través de sus dictámenes y sentencias”, así como de “[e]xpedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante” en todos los procesos en los que 28


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conoce. De esta manera, por medio de la sustanciación de garantías jurisdiccionales de los derechos constitucionales, de su competencia, como por medio del ejercicio del control abstracto y concreto de constitucionalidad, por medio del proceso de selección y revisión de sentencias de garantías jurisdiccionales conocidas y resueltas en uso de sus competencias por los jueces que pertenecen a la justicia ordinaria, que cumplan con los parámetros de novedad, gravedad, relevancia, transcendencia nacional o negación de precedentes fijados previamente, conforme el art. 25 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional; así como cualquier proceso de su competencia, la Corte Constitucional puede configurar y modificar los contenidos materiales del ordenamiento jurídico ecuatoriano, con el fin de maximizar el ámbito de protección de los derechos constitucionales. Los procesos constitucionales de competencia de los organismos que integran la justicia constitucional son una potente herramienta para llevar al plano de la vivencia práctica los derechos constitucionales. No obstante, dichos mecanismos hallan su real potencialidad para modificar la realidad en la medida en que son activados por medio de quienes están legitimados para proponer la intervención de la justicia constitucional; ya que su actuación, aunque puede extenderse a efectos más generales y de orden programático por medio de la modulación de los efectos de sus sentencias, está condicionada siempre a la resolución de los casos que le son presentados dentro de sus competencias. He ahí que es imprescindible la labor a través de foros, seminarios, conversatorios que fomenten la utilización de los procesos constitucionales por medio de un constante flujo de información que permita conocer las acciones que faculta la Constitución a presentar en defensa de los derechos constitucionales, entre ellos el derecho a la igualdad formal, material y a la no discriminación, y así contribuir a la reestructuración de los patrones económicos, sociales, culturales y psicológicos propios del sistema patriarcal .

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VI.

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La Mujer desde la Corte Constitucional. Doctora María del Carmen Maldonado, Jueza Constitucional Mujer: Bastión maravilloso de la bondad de la humildad, de belleza y virtud.

Es para mí motivo de profunda complacencia encontrarme esta mañana aquí, con todas y todos ustedes, con altas representantes de las 5 funciones del Estado, y que cada una de ustedes, representantes de los derechos de la mujer desde sus propios espacios. Es para mí, este espacio el lugar ideal para preguntarnos, cual es elemento común que nos identifica, cuál es ese lazo invisible que nos une. Es que somos servidoras, servidoras y en ocasiones y varias de nosotras, servidoras públicas. ¿Qué es ser líder? Ser líder es mucho más que dar o entregar, ser líder es darse, ser líder es entregarse, y por eso es que tenga la absoluta certeza de que a las mujeres le está yendo bien en su función pública, nos va a ir bien, vamos a ser historia, vamos a cambiar la historia, porque tenemos por vocación natural, al tener la posibilidad de albergar un nuevo ser en nuestro vientre, de servir, de entregarnos, de darnos, tenemos mística, tenemos vocación de servicio. Por eso es que estas oportunidades de servicio público, deben ser ejercidas por las mujeres, deben ser acogidas con decisión, porque solamente el poder es el mejor espacio para plasmar los principios de las ideas de las políticas en la práctica. Qué mejor forma de servir sino a través de la administración de justicia, administración de justicia que debe buscar siempre el progreso de la persona y de los pueblos, administración de justicia que es la otra cara de la paz social. Y para conjugar estos dos conceptos a los que me he referido, voy a evocar las palabras de una servidora: Madre Teresa de Calcuta quien dijo “la consecuencia del amor es el servicio y la consecuencia del servicio es la paz.” Y bajo ese enfoque de justicia es que la Asamblea Constituyente de Ciudad Alfaro dio vida a nuestra actual Constitución, gracias a la lucha de trabajadores, indígenas, afro-descendientes, montubios, migrantes, jóvenes, pero en cada uno de esos grupos estuvo siempre la lucha de la mujer, y todos estos construyeron este nuevo sistema de Estado denominado Estado Constitucional de Derechos y Justicia. Nuevos horizontes se avizoran frente a una estela amplia de derechos. Cuya vigencia, depende directamente del accionar estatal. Siendo los derechos indivisibles, irrenunciables, inalienables, interdependientes, y de igual jerarquía para todos y todas les corresponde esta tutela por parte del Estado. Y siempre que no exista ningún grupo que quede fuera de esta protección, entonces podrá ser real esta construcción de Estado Constitucional de derechos y justicia. Y es la Corte Constitucional conforme a su artículo 429, está concebida como el máximo órgano de control, interpretación y administración de justicia constitucional. Es el organismo encargado de velar por la tutela de estos derechos y por la observancia de las garantías constitucionales. 30


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El encargado de velar por la supremacía constitucional y por la defensa institucional de este Estado. Su importancia es el de terminar la construcción de este nuevo régimen político, con sus actividades académicas estarán destinadas a crear una conciencia constitucional en la ciudadanía. Sus decisiones son las encargadas directas de la vigencia de los derechos materializando así este Estado tutelar, y al referirme a derechos debo necesariamente contar el principio de aplicación contenido en el artículo 11 numeral 3 a quién se ha hecho referencia Todas las personas tienen el derecho a iguales derechos, valga la redundancia, iguales oportunidades, obligaciones, sin discriminación alguna, sin discriminación por sexo. Sin embargo, la realidad que ha vivido la mujer ha sido diferente, pero es esta la Constitución la que faculta a la ley a sancionar cualquier discriminación, y es esta constitución la que faculta al Estado a promover debidas acciones afirmativas buscando a la igualdad real de los titulares de derechos que se encuentren en situaciones de desigualdad. Y debo referirme al hablar de las mujeres en lo público, a dos derechos de participación especialmente. El uno, contenido en el artículo 61 numeral 7 que establece “todas las personas tienen derecho a desempeñar empleos y funciones públicas con base a méritos y capacidades en un sistema de selección que y designación transparente, incluyente, equitativo, pluralista y democrático, que garantice su participación, con criterios de equidad y paridad de género”. También puedo citar el artículo 65 de nuestra Constitución, que determina que el Estado promoverá la representación paritaria de mujeres y hombres en cargos de nominación y designación, en cargos de dirección y decisión, en partidos y movimientos políticos. Igualmente faculta al Estado para adoptar las medidas de acción afirmativa para garantizar la participación de los sectores discriminados. En este punto, deseo comentar algo de la institución a la cual pertenezco. En la Corte Constitucional tenemos un 58,8% de servidores, frente a un 41,2% de servidoras, tenemos como se ha mencionado las cuatro mujeres de 9 juezas y jueces que integramos el pleno de la Corte de lo Constitucional. Estas son las cifras. Quiero ir al rostro humano de las cifras, sentencias que defienden los derechos de niñas y niños adolescentes, sentencias que defienden los derechos de grupos vulnerables, sentencias hechas por mujeres, lideradas por mujeres para defender los derechos de las mujeres. Uno de estos ejemplos, es el denominado caso de tenencia de menor en Manabí que conoció la Corte Constitucional en virtud de una acción extraordinaria de protección de una sentencia emitida por una jueza que retiró la tenencia de una hija de brazos de su madre para entregársela a su padre, bajo la consideración de que su padre tenía una situación económica mejor. La jueza no considero, no consideró que por regla general la patria potestad le corresponda a la madre si hablamos de menores de 12 años. No consideró si existió o no una real situación de vulnerabilidad al menor. No considero esta sentencia el mandato constitucional que obliga a sustentar los veredictos 31


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adecuadamente. Pero lo más grave de todo esto, es que tampoco consideró que la menor tenía derecho a un desarrollo integral que incluye un entorno perfecto de cariño y seguridad para desarrollar sus aptitudes y habilidades, y no considero el derecho de una mujer, de su madre, a no ser discriminada en razón de su condición económica y además el derecho a su integridad psíquica. No quiero retirarme sin antes compartir con ustedes cuáles son los desafíos ante los que nos enfrentamos. Y es que siendo servidoras públicas recordemos que antes somos, para los que así creemos, la más extensa creación de Dios, en quien puso a la misión de perpetuar conocimientos y virtudes, a quien puso la misión de transmitir valores; y esta es la primera misión de una mujer. Pues el ocupar un papel protagónico en las instituciones del Estado y ocupar un papel protagónico en las instancias de la sociedad y más necesariamente por seguir siendo las protagonistas en la construcción del desarrollo. Nuestra función no deberá agotarse en el cumplimiento de nuestras obligaciones y deberes, nuestra función tiene que ir hacia hacernos garantes de la tutela de los derechos pues así lo manda la Constitución, al indicar que los derechos deben ser aplicables, por todas las autoridades administrativas y judiciales. No olvidemos que dejando atrás el paradigma del el sexo débil, nuestra fuerza, nuestra gran fuerza viene de lo inconmensurable de nuestro corazón (no olvidemos su voz). Y que una vez desvanecidos los arquetipos respecto a los roles tradicionales de la mujer seamos capaces de desarrollar nuestras funciones con eficiencia, con responsabilidad, con honestidad, haciendo de nuestro juez la conciencia, cuyo pulso jamás debe agotarse, porque eso significaría que nuestra alma ha muerto para siempre Cuando las mujeres crecen en liderazgo, cambia el quehacer político, cambia la realidad cambia la esperanza. Michelle Bachelet Mujeres, tenemos en nuestras manos la oportunidad de ejercer un real liderazgo, de cambiar la realidad, de crear esperanza, de construir paz. Muchas gracias.

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VII.

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Las mujeres y la Justicia. Doctora Tania Arias, Vocal del Consejo de la Judicatura

Junto con las organizadoras definimos una serie de temas, que serán importantes de compartir con ustedes en este encuentro. En mi caso, me correspondió hablarles sobre las mujeres y la justicia. Y en realidad mi tema tiene que ver con el acceso de las mujeres en la justicia, desde dos aristas: por un lado, lo que tiene que ver con el acceso de las mujeres como juezas, como administradoras de justicia; y por otro, lo que tiene también que ver con el acceso a la justicia a las mujeres que son parte de procesos judiciales. Quiero empezar mi intervención compartiendo con ustedes una presentación que contiene una parte de historia con antecedentes de la problemática que se ha vivido en el Ecuador respecto al acceso a la justicia desde estos dos ámbitos, para más tarden compartir con ustedes esto que nos deja estos años desde el Consejo de la Judicatura para garantizar el acceso a la justicia de las mujeres. El Ecuador es un Estado Constitucional de Derechos de Justicia, eso lo establece nuestra Constitución en su artículo 1. De esta definición de Estado se derivan una serie de responsabilidades y de compromisos para las instituciones del Estado que tienen que ver con garantizar los derechos previstos en la propia constitución y de los actos internacionales de derechos humanos y no garantizarla solamente a través de los planes, políticas, acciones; sino garantizarlo con la debida diligencia como lo establecen los marcos internacionales de derechos humanos que forman parte de nuestros bloque de constitucionalidad. Uno de los elementos fundamentales de la Constitución de la República que hay que resaltar, es haber integrado en sus textos no solamente los derechos, sino también las garantías de las funciones públicas, las garantías normativas y las garantías jurisdiccionales que están previstas para garantizar los derechos. Además incorpora en su parte orgánica, la obligación de garantía de esos derechos por parte de las instituciones del Estado, considerando la doble intencionalidad del principio de progresividad de estos derechos. En las negociaciones iniciales, se ha develado cual es la demanda y cuáles son las obligaciones que tenemos las mujeres en lo público. Nosotras estamos obligadas a crear mecanismos para lograr una participación efectiva de las mujeres, contribuir decididamente al respecto en los derechos de las mujeres y a promover acciones que representen pasos adelantes para lograr la efectiva igualdad y la no discriminación. Estas obligaciones que tenemos las mujeres son también obligaciones en sí mismas del Estado y dentro del Estado tenemos cinco funciones, una de ellas la función judicial. La función judicial tiene la obligación fundamental de garantizar un derecho importantísimo en toda sociedad democrática que es el derecho del acceso a una justicia gratuita, imparcial, eficiente y oportuna. Uno de los mayores problemas que presenta 33


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en Estado ecuatoriano tiene que ver con la violencia que se ejerce contra las mujeres. La encuesta de relaciones familiares realizada por primera vez en Ecuador y en América Latina, resaltan que 6.6 de cada 10 mujeres han vivido en algún momento de sus vidas algún tipo de violencia. Esa cantidad, considerando que somos parte de 12 millones de habitantes y considerando que las mujeres somos el 50,6% de los habitantes del Ecuador, quiere decir que alrededor de 4,5 millones de mujeres han vivido en algún momento de su existencia algún tipo de violencia física, sexual, psicológica o violencia matrimonial, que es otro de los tipos de violencia que también mide la encuesta de relaciones familiares. Una de las respuestas que ha dado el Estado Ecuatoriano en los últimos 20 años, a estos tipos de violencia, y es por ello que reconocerlo es parte de nuestra historia, fue la creación en 1994 de la primera Comisaría de la Mujer y la Familia, en 1995 de la expedición de la Ley 103 de Violencia contra la Mujer y la Familia, y ahora mismo, así lo dispone la Constitución de 2011 y el código orgánico de la función Judicial, hemos pasado de las comisarías de la mujer a las unidades especiales de violencia contra la mujer y la familia. Si bien es cierto que a la administración de justicia las situaciones de violencia les llegan ya cuando se producen, no debemos dejar de mencionar que es importante que la administración de justicia este lista y preparada para garantizar el derecho del acceso de justicia a las mujeres para no re victimizar a las mujeres y para evitar la impunidad Es obligación también del Estado, y no solo desde la administración de justicia, garantizar un tratamiento integral a los problemas de violencia a través de un sistema integral de atención a las mujeres, niños y adolescentes que han sufrido violencia en algún momento de su vida. En esto que hemos estado empeñados desde diversas instancias, en una mesa de mujeres y justicia promovida en el Consejo de la Judicatura. Hoy contamos con 80 jueces y juezas de Violencia contra la Mujer y la Familia, que empezaron a trabajar desde el mes de julio a lo largo y ancho de todo el Ecuador. Sabemos que los casos de violencia presentan una serie de limitaciones: hay limitaciones para denunciar, el desconocimiento de los derechos, los escasos recursos económicos en las mujeres, la falta de confianza en la justicia y, paradójicamente, la imagen de desconfianza que los propios operadores de justicia tienen sobre la credibilidad de las mujeres que han sido víctimas de violencia. Esta desconfianza debe ser evidentemente superada a través de una serie de mecanismos que los propios organismos de administración de justicia deben garantizar. Se debe implementar y fortalecer los mecanismos de defensa pública y gratuita -en eso estamos trabajando intensamente con la Defensoría Pública-, garantizar la asistencia técnica a las mujeres víctimas de violencia. En el ámbito de la Justicia Ordinaria la implementación de las Unidades Judiciales de la Violencia contra la mujer y la familia y, evidentemente, jueces y juezas capacitadas, especializados y especializadas para atender a los casos con debida 34


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diligencia para garantizar que no se victimice a las personas que han sufrido violencia, para garantizar que no persista la impunidad. ¿Que hemos hecho en el Consejo de la Judicatura para garantizar el acceso de las mujeres a las judicaturas? Desarrollamos una serie de normativas internas para que los concursos de méritos de oposición nos permitan garantizar la mayor incorporación de mujeres. Aquí me permito compartir con ustedes que hasta hace dos años el número de mujeres en la administración de justicia en los juzgados de primer nivel y en las cortes policiales no superaba el 16% mientras que en la previa Corte Nacional de Justicia no existía una sola mujer integrante. Hoy por hoy lo podemos ver en el cuarto contamos con 9 mujeres de 21 integrantes de la Corte Nacional de Justicia que representa el 43%; contamos con 65 mujeres de 248 en Cortes Provinciales. En los juzgados y tribunales de primer nivel contamos con 477 mujeres de 1408 jueces y juezas de primer nivel, que representa el 34%, lo que nos permite afirmar que a día de hoy, en el conjunto de la justicia ordinaria contamos con el 33% de mujeres integrantes. Esto sin duda es importante, sin embargo deseamos notar que no llegamos al 40% que es la media latinoamericana en la incorporación de mujeres en la administración de justicia que se ha dado en muchos países en la última década. Cabe resaltar que en la Corte Nacional de Justicia tenemos una vicepresidenta mujer, y en las siguientes Salas que integran la Corte Nacional de Justicia, cinco salas son presididas por mujeres, decisión que se tomó a principios de año en la Corte Nacional de Justicia. En cumplimiento del Código Orgánico de la Función Judicial contamos hoy con 80 jueces y juezas de violencia que han reemplazado a 36 comisarías, es decir, hemos más que duplicado las condiciones de acceso a la justicia en casos de violencia. Contamos con 105 jueces de contravenciones, jueces de familia, niñez y adolescencia, jueces de contravenciones que de acuerdo al código orgánico también pueden asumir la competencia por subrogación. Las unidades de violencia contra las mujeres y la familia están presentes en casi todas las provincias, que cuentan con equipos técnicos integrados por médicos, psicólogos, trabajadores y trabajadoras sociales- que elaboran informes para que los jueces y juezas puedan decidir más adecuadamente, especialmente en las medidas de amparo, de manera que puedan definir cuál es el nivel de riesgo, el nivel de disposición que ha tenido la mujer que ha denunciado la situación de violencia, entre otras. Con respecto a los 80 jueces y juezas, 74 son mujeres y 6 son hombres, de modo que más mujeres están siendo parte de la materia de violencia contra la mujer y la familia. En cuanto a los autónomos y auxiliares del poder judicial, - en la Fiscalía General del Estado 146 mujeres de 576 fiscales, siendo un 25%; en la defensoría Pública contamos con 313 mujeres llegando al 46%- nos encontramos con una situación realmente 35


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meritoria, es una de las instituciones autónomas de la función judicial que se acerca más a la paridad luego de la Corte Constitucional de Justicia. Y en las notarías, a través de un concurso de oposición y mérito en las notarías del país, hoy por hoy hemos llegado al 40% de mujeres notarias, lo que quiere decir que hemos incrementado en un 18% la presencia de las mujeres en las notarías de todo el país. Antes contábamos apenas con el 22% de mujeres y ahora vamos a contar con el 40%: 148 mujeres notarias en el país están iniciando y por iniciar su trabajo a más tardar el 1 de enero de 2014. Aunque hay avances existen niveles de responsabilidades más frontales, como en el propio Consejo de la Judicatura, donde apenas 3 mujeres son Presidentas de Cortes Provinciales y son 5 las mujeres Directoras Provinciales de Consejos de la Judicatura. Para finalizar me parecía importante compartir cual es desde mi perspectiva de mujer integrante del Consejo de la Judicatura, en cuanto a los retos, las necesidades am atender y que debemos impulsar en el ejercicio de la responsabilidad en el Consejo de la Judicatura. Para la inclusión de más mujeres en la función judicial es necesario que se mantenga y fortalezcan las acciones afirmativas para que las mujeres puedan acceder a los cargos señalados en la administración de justicia. El Consejo de la Judicatura se ha empeñado en este esfuerzo, en incrementar el número de mujeres, en garantizar medidas de acción afirmativa de acceso a la carrera judicial (que tiene que ver con la asignación de dos puntos en la fase de méritos, y con la norma de acción afirmativa delegada, que garantiza que no más del 60% de todas las cortes de justicia en cada nivel estén integradas por miembros de un solo sexo). Están han sido entonces las primeras medidas de inicio, medidas de acción afirmativa de partida, las medidas inclusivas afirmativas de resultados, que nos han permitido por ejemplo contar por primera vez en la historia del país que 9 de mujeres, 43% de mujeres en la Corte Nacional de Justicia, y por primera vez en la historia del país, una jueza es de origen indígena, la doctora Mariana Yumbay. En la carrera judicial entonces debemos mantener y reforzar las medidas de acción afirmativas en los concursos de méritos y oposición; pero también es necesario garantizar el acceso a los recursos de justicia a las mujeres que son parte de procesos oficiales con la provisión de más y mejores unidades judiciales, garantizar la prestación de servicios con la infancia, la integración de los equipos técnicos mencionados, la necesidad de contar con políticas institucionales para la igualdad, con perspectiva de género y estudios de formación y la capacitación de los operadores de justicia en derechos y perspectiva de género, la aplicación adecuada de leyes… Y ello porque si bien es importante que estemos más mujeres en la administración de justicia, ésta es la condición necesaria pero no suficiente para garantizar que se incluya con perspectiva de género. Es indispensable que hombres y mujeres administradores de justicia 36


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cuenten con los elementos teóricos, con los conocimientos para que sus sentencias reflejen respeto a los derechos de las mujeres. No quisiera finalizar sin antes mencionar un aspecto que ha sido intocable en la administración de justicia ecuatoriana, que ocurre con las mujeres cuando son involucradas en procesos judiciales como responsables de ciertos delitos. En los casos en los que son hombres involucrados en procesos judiciales, las mujeres -sus esposas, sus madrinas, sus tías, sus abuelas- son las que asumen la defensa del marido, del hijo, del esposo, del hermano, son que llevan la alimentación, son las que recaudan el dinero para la defensa, son las que están pendiente de que el hombre, compañero, hijo, esposo, tenga la mejor defensa. A diferencia de esto, cuando las mujeres son las que están involucradas en procesos judiciales, son abandonadas, estigmatizadas, soportan que los maridos se divorcien, nadie se hace cargo de ellas, Este es un aspecto que no se podía dejar de mencionar, me parece que es una materia pendiente, especialmente para que la Defensoría Pública, que asuma este rol en el caso de las mujeres, cuando las mujeres entren en conflicto con la Justicia Penal.

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VIII.

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Rol de las Mujeres en lo público. Doctora Gladys Acosta, ONU Ecuador

Es un placer realmente estar con todas ustedes en esta mesa, y quisiera decirles que me ha sorprendido muchísimo el hilo común de pensamiento que tenemos con todas quienes han decidido hacer uso de la palabra. Creo que hay una oportunidad en considerar este reconocimiento histórico a las mujeres que nos han precedido en diferentes épocas, en diferentes partes del mundo, en las luchas por construir un mundo más humano, menos violento, más democrático. En todas las luchas por la libertad las mujeres han estado en la línea. Y antes de continuar quisiera recordar que el día de ayer ha sido una jornada muy importante para las mujeres en un país de América Latina que es Chile, en donde la Doctora Michelle Bachelet, probablemente la próxima presidenta de Chile, con quien tuve el gusto de trabajar, pues llegó a ser la Directora Ejecutiva de ONU Mujeres, y que además es un ejemplo de lucha y no solamente sino de otras mujeres que hoy día son Presidentas de la Repúblicas, y que entregaron su juventud de luchas contra dictaduras. Y la verdad es que he tenido la oportunidad de ver a esta mujer, Michelle Bachelet que ha entregado a ONU una buena parte de su creatividad y quisiera traer una frase de ella, que me acuerdo pero muchísimo y que me parece que en este foro realmente tiene mucho más sentido… Cuando una mujer entra en la política, cambia la mujer. Cuando muchas mujeres entran en la política, cambia la política. Y esta es una mirada de la Doctora Bachelet que creo que tiene mucha vigencia en el debate que estamos teniendo el día de hoy. Hay un buen ejemplo de esa rebeldía para las mujeres andinas, que enfrentaron el régimen colonial, y sufrieron con más fuerza la destrucción de sus tradiciones y formas de vida p en parte porque tenían más autonomía y mucho más poder en sus sociedades en relación al estatus minusvalorado que las mujeres europeas de su época Una exposición que se dará en Quito llamada Los señores étnicos de quito en la época de los incas, donde se muestra que las mujeres tuvieron el título de mindalá: mujeres negociadoras de productos altamente cotizados que se movía en redes sumamente relevantes para la economía de sus sociedades Y por estas y muchas otras razones, las mujeres resistieron fieramente a los colonizadores y se refugiaron en lo que los europeos llamaron la brujería, con lo que fueron perseguidas y salvajemente torturadas. A pesar de todo este ejercicio brutal de poder sobre ellas, construyeron un mundo subterráneo, que fue lo que permitió la supervivencia de la cultura indígena. Es hasta este punto que tenemos que encontrar semillas de la participación de las mujeres en la construcción de la resistencia. Más adelante podemos encontrar otras formas de resistencia, tanto colectivas como individuales. Se trata de Mujeres adelantadas a su época. Podemos pensar en Sor Juana 38


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Inés de la Cruz, en México, quien prefirió recluirse en un convento antes que condenarse a un matrimonio, institución colonial instaurada., pudiendo dar respuesta a un malestar social. En ese momento se ganó un lugar en la sociedad y una voz como muchas de las que hemos escuchado acá. Muchas voces se han alzado contra las tiranías, contra los abusos y contra las formas de opresión y de discriminación en nuestra región. No se puede soslayar que la tiranía a la que fueron sometidos los pueblos originarios tuvo una significación sustancial. El persistente racismo sembrado por los colonialistas europeos introdujo una relación de subordinación y violencia, sobre todo hacia las mujeres indígenas en servidumbre y las mujeres negras sometidas a la esclavitud Se crearon distintos estándares sociales, ante la poca presencia de las democracias europeas, cuyo efecto social difirieron para hombres y mujeres de las mismas funciones. Las mujeres siempre cargaron con sus hijos y fueron sometidas a espacios domésticos con excepción de aquellas que lograron ganar espacios Y es que en verdad nunca ha habido una dominación absoluta y así se formaron nuestras sociedades actuales, con profundas heridas pero siempre con la semilla de la rebelión El desmoronamiento de la tradición colonial y más allá de la construcción del órgano republicano traído por los aires de la Independencia conto con la participación de innumerables mujeres luchadoras--- desde las pensadoras libertarias hasta quienes se colocaron en la avanzada del ejercito de libertadores poniendo en riesgo sus vidas y las de sus hijos. Pero esa presencia no fue suficiente para romper la sucesión patriarcal. Los ss. XVIII y XIX, a pesar de haber tenido ese papel en la lucha por la independencia y luego en la fuerza laboral a la hora de impulsar la incipiente industrialización, nunca dejaron su lugar en el trabajo rural y domestico; Sin embargo mantuvieron esta naturalización de la violencia a través del abuso de la autoridad marital como una forma de control social. El Estado consideraba que la autoridad masculina en el ámbito doméstico era suficiente para mantener la cohesión en la unidad familiar. Y muchos de esos elementos, como constitutivos de la sociedad colonial tuvieron una evolución histórica que fue modificando paulatinamente su forma pero sin modificar su dominio Entonces, esto que hemos conocido en la historia como costumbres sociales abusivas, han evolucionado, pero seguimos sintiendo que es una evolución lenta Aunque hoy día ninguna persona del ámbito público podría atreverse a arremeter el orden colonial o a decir que le es indiferente la inclusión de las mujeres. Esto sí que es un logro del s. XX y es gracias a este trabajo de organizaciones de mujeres y organizaciones sociales nacionales, internacionales y ciertamente gracias a al democratización de la información, de la cultura y de la política (en parte derivada de influencia de la Declaración Universal de 1948); y hoy llegamos a este momento en que estamos evaluando cómo es la presencia de las mujeres en el ámbito público. América 39


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Latina tiene una larga historia en la democratización y en la participación del sistema político: estamos en el medio de esta lucha. Las dictaduras ciertamente fueron una traba, pero me atrevería a decir que sin las mujeres no hubiera sido posible ningún avance en contra de las distintas formas de dominación en nuestro continente. No siempre vamos a poder rendir el homenaje que se merece pues sus nombres no son siempre conocidos; aunque hoy hemos conocido algunos nombres, en general existe un anonimato invisibilizador que cubre el legado de sus identidades y hace que aún no se haya terminado de escribir esta historia. Sin embargo, se ha dado una evolución vertiginosa en el último s. XIX que ya hemos visto Además, en el correr de los años hay hitos: en 1979 se creó la Convención de Naciones Unidas para la Eliminación de todas las formas de Violencia contra la Mujer. La Convención tiene una vigencia casi universal, y digo “casi” puesto que es una de las convenciones con mayores reservas hechas por los Estados. Este instrumento internacional ha dejado atrás esa restricción de la vida social de las mujeres al ámbito privado, entendido como este espacio doméstico o familiar en oposición al ámbito público predominantemente masculino. En América latina esta convención tiene plena vigencia y algunos países como Ecuador la han incorporado como constitucional de forma directa. Sin embargo es importante reconocer la distancia de este tipo de reconocimiento al más alto nivel en el ámbito jurídico nacional y la realidad. No obstante, hay que reconocer que hubo algunos elementos de la vida internacional que influyeron en algunas decisiones de los países. Por ejemplo en el Comité CEDAW emitió su recomendación general 23 sobre la participación pública de las mujeres el mismo año (1997) en que entra en vigencia en el Ecuador la ley para la introducción de cuotas mínimas de participación de la mujer en los comicios electorales Dentro de la Recomendación citada se considera que los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizarán a las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres, en tres niveles de derechos: a) Votar en todas las elecciones y referéndums públicos y ser elegibles para todos los organismos cuyos miembros sean objeto de elecciones públicas; b) Participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales; c) Participar en organizaciones no gubernamentales y asociaciones que se ocupen de la vida pública y política del país. Los poderes públicos a los que se hace alusión en esta norma son el judicial, el ejecutivo, todos los niveles administrativos, toda la sociedad civil, sindicatos, partidos políticos, las organizaciones profesionales o industriales, de mujeres… Y lo más importante es que incluye a cualquier tipo de organización pública o privada. Es decir, no existe forma social organizada que no tenga el imperativo de respetar el principio 40


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de igualdad y de participación inclusiva de las mujeres. Esta normatividad quiere poner en evidencia que la exclusión de las mujeres produce un impacto nocivo, no sólo en la vida cotidiana sino que limita el futuro de nuestras sociedades. Y es que la democracia tiene una esencia inclusiva y por ello es muy importante delimitar los factores esenciales que eliminan la participación de las mujeres en la vida pública. Cita a la investigadora chilena Virginia Guzmán, quien considera que este sistema social de relaciones de género crea un orden institucional resultado de procesos históricos largos y no necesariamente conscientes o intencionados, que mediante normas o concepciones cristaliza concepciones que hacen que la economía, la familia, la política o la cultura están en pleno proceso de modificación; y esa diferencia puntual es la que determina los cambios posible y los avances posibles en la concepción social de las mujeres y en su asociación con el ámbito público Este es un proceso que podríamos caracterizar de histórico y tendrá en cada momento le corresponderá mayor o menor nivel de ruptura social para ampliar o para restringir la participación de las mujeres Las mujeres han estado tradicionalmente subordinadas a estas concepciones morales porque además han estado sometidas a una división social del trabajo en la que tenían muy reducida posibilidades. En el famoso techo de cristal vemos cómo se ha construido una especie de neutralidad que esconde los mismos mecanismos de subordinación; por ello, durante mucho tiempo este dominio histórico de los hombres produjo una adaptación casi natural alrededor de la cual las mujeres debían restringirse al ámbito privado. Lamentablemente, este es el modelo que sigue en ejecución Hoy en día nos encontramos que el modelo social está siendo resquebrajado por la inclusión de mujeres que están tomando parte de lo público. Y estos son los cambios que están operando durante las últimas décadas y por ello se establecieron las llamadas acciones positivas o afirmativas. El primer país que las implemento las cuotas fue Argentina, sin embargo el Ecuador ha tenido un nivel progresivo de inclusión al tener esta definición inclusivas y al superar el 30% en participación femenina en instancias de decisión. Ello hace que se establezca una masa crítica cuyos efectos preanuncian un cambio de estilo político, en el contenido de las formas de las decisiones y en la renovación de la vida política. Evidentemente, hay algo que queda pendiente pues los grandes avances que se logran en la representación en ciertas instancias del Estado no se condicen con la presencia de mujeres en órganos descentralizados del estado que el caso del Ecuador no llega al casi 7%. Por tanto, es muy importante que esas medidas positivas de participación política estén complementadas con otras de largo alcance, que eliminen los obstáculos para esta democratización. Me quiero referir a dos elementos fundamentales: uno es que las mujeres sean las principales responsables de este trabajo no remunerado y del cuidado de los hogares---estas condiciones aún vigentes en el Ecuador, producen un efecto nocivo en la igualdad de derechos y

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provocan situaciones como aquella en la que mujeres que tienen 13 o más años de estudio ganen 37 % menos que los hombres en la misma condición. Instancias multilaterales y regionales como la CEPAL, indica que la inclusión de las mujeres en la economía de América Latina forma parte de manera ineludible del proceso de cambio estructural que apuesta por la diversificación inclusiva productiva y con una ampliación de políticas industriales, económicas, sociales, laborales y ambientales. Esta será la garantía de mantener el crecimiento sostenido de una región que es la condición fundamental para responder y garantizar una real política de buen gobierno

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IX. La historia sobre la participación de la mujer en lo público. Doctora Mariana Caminotti. Argentina Es un placer muy grande el poder estar aquí en este encuentro internacional “Las Mujeres en lo Público” en la ciudad de Quito, me parece una iniciativa fabulosa y es un gran gusto poder estar. Mi intervención tiene que ver justamente con la participación de las mujeres en lo público en América Latina, y básicamente me interesaría comenzar mi intervención en torno a tres puntos que me parecen importantes: 1. La relación entre Mujeres, vida pública y democracia Me interesa centrar la mirada en el porqué es importante la participación política de las mujeres en una democracia. Como todos sabemos la democracia implica la plena vigencia de derechos, de libertades y de oportunidades de participar en la vida pública, y para poder afectar la toma de decisiones. Esta naturaleza inclusiva es un atributo fundamental y definitorio de una democracia. Pero también sabemos que en su origen las democracias nacieron excluyentes siendo las mujeres excluidas de su derecho de voto en todos los países del mundo La conquista del voto para las mujeres supuso una larga lucha histórica. En América Latina Ecuador fue el primer país en reconocerles el sufragio de las mujeres y el último fue Paraguay no hace tanto tiempo, allí por 1961. Sin embargo, esto es por supuesto una conquista fundamental en términos de la igualdad formal de derechos ciudadanos, pero también sabemos que con el derecho de voto no fue suficiente para garantizar la participación plena e inclusiva de las mujeres en los asuntos públicos. Sin embargo, uno podría pensar que más allá del reconocimiento legal y constitucional de los derechos y las prerrogativas que los marco jurídicos nacionales e internacionales aseguran, todavía enfrentamos múltiples barreras discriminatorias, tanto implícitas como explicitas, que dificultan aun hoy el ejercicio pleno de ciudadanía de las mujeres. Lo que me gustaría transmitir con esto, es que si la democracia como régimen político implica la participación justa e igual de toda la ciudadanía en el proceso político, estas dificultades que entorpecen también sobre las mujeres, son un problema para la democracia y que lesionan la calidad misma de la democracia. Es decir, que la participación política plena de las mujeres no es un problema de las mujeres, sino que es un problema de la sociedad en su conjunto. Frente a ello, afortunadamente ha habido muchísimos avances y compromisos internacionales. Entre ellos, la aprobación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación sobre las mujeres, la CEDAW que data de 1979, los Estados se comprometieron a impulsar medidas de acción afirmativas, con el propósito de eliminar la discriminación contra las mujeres de una manera amplia, y que este mismo compromiso por parte de los estados que, afortunadamente los países de América Latina han adoptado esta convención y que en el caso de Ecuador y también el 43


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de Argentina, lo han incorporado en sus textos constitucionales, así es que tienen una jerarquía constitucional Por otra parte también es interesante mencionar la 10° Décima Conferencia Regional de la Mujer que se realizó justamente en la ciudad de Quito, el año 2007, donde los Estados de América Latina y el Caribe, reconocieron el principio de la paridad de género como una condición fundamental de la democracia, y reconocieron la importancia de la paridad en todos los ámbitos de las organización social, en la vida política, en la vida económica, en la organización social en un sentido muy amplio. Y esto creo que ha sido fundamental como cambio normativo, respecto a esta manera de pensar esta participación política de las mujeres en escenarios de democratización. Y finalmente el 2010, 3 años después, esta idea de la paridad de género como principio rector de la democracia fue firmada en el Consenso de Brasilia que se realizó también en el marco de una Conferencia Regional de las Mujeres, auspiciado por la CEPAL. De esta manera, creo que este es un avance normativo fundamental para avanzar en la igualdad de género en la región y mencionarlo como un marco de todo este proceso. 2. Avances y desigualdades persistentes Respecto de los avances en las desigualdades presentes, sin duda, como muestran muchísimas de las presentaciones que me precedieron, América Latina está viviendo un momento muy particular y muy propicio para el tratamiento de estos temas. En los últimos años hemos registrado cambios muy significativos, sobre todo si los comparamos con la realidad de otras regiones del mundo -especialmente de las llamadas regiones del mundo en desarrollo- donde paradójicamente la participación política de las mujeres en muchos de aquellos países todavía tienen más dificultades de las que podemos observar en nuestra región. Mencionaré algunos hitos de este proceso que me parecen fundamentales y que creo que es importante ponerlos en la discusión. Sabemos que las mujeres en América Latina conforman el 50% o más de la población de los países; y en los últimos años, han empezado a conquistar gradualmente el acceso a puestos de representación y decisión en los que históricamente habían estado marginadas. Podemos decir en primer lugar por ejemplo, que entre 1991 y 2013, son 13 los países que han establecido cuotas de género en su legislación electoral y/o en sus constituciones, y en algunos casos, como ha sido en Ecuador, han avanzado hacia este principio normativo en estas paridades. A partir de este cambio de esta noción bastante generalizada en la región de medidas de acción afirmativas, hoy podemos ver que, en promedio, el 25% de las legislaturas nacionales están integradas por mujeres; y esto si bien todavía puede parecer una cifra no tan alta, es importante si consideramos tal cifra en 1997 donde solamente había un 11% de legisladoras latinoamericanas en promedio –lo que significa que algunos países 44


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tenían mejores promedios y algunos países que tenían promedios mucho más bajos que ese coeficiente-. Es decir, hemos tenido un cambio positivo en este aspecto. Este cambio positivo también se ha expresado en los legislativos subnacionales, tanto locales, municipales como regionales o intermedios; según un estudio reciente del PNUD que analiza los Gobiernos Nacionales de América Latina, también podemos ver que en estos niveles el promedio de participación legislativa de la mujer, tiene un número similar, que ronda el 25%. Otro dato fundamental es que ha habido en la región 5 presidentas electas (Violeta Chamorro en Nicaragua, Mireya Moscoso en Panamá, Michelle Bachelet en Chile, Cristina Fernández en Argentina y Laura Chinchilla en Costa Rica). Este dato no es menor si tomamos en cuenta que en nuestros países presidencialistas los hombres predominan en el sistema político. En los procesos recientes que podemos llamar de feminización de las presidencias, por un lado es inédito en la región pero además es inédito en el mundo. Creo que es sumamente auspicioso enfatizar y prestar atención al acceso de las mujeres en el poder. Como decía recién nuestra colega de ONU Mujeres, en el día de ayer en Chile hubo elecciones presidenciales, en las que la mayoría de la ciudadanía voto por dos mujeres. Es decir que el proceso de elección presidencial en Chile se está definiendo entre dos mujeres. En el caso de mi país la Argentina nosotros tenemos una Presidenta que fue electa por primera vez el año 2007. En aquella oportunidad, en el 2007, cuando Cristina Fernández ganó la Presidencia de la República, la segunda candidata más votada también fue una mujer, lo que significa que en las elecciones nacionales del 2007 en la Argentina, el 70% de la ciudadanía votó por una mujer. Con lo cual, se estaría dando por tierra con algunos argumentos políticos de acuerdo a los cuales la ciudadanía no estaba tan dispuesta a elegir mujeres para determinados cargos. Sin embargo, la realidad nos está mostrando que la ciudadanía está votando por mujeres para el máximo cargo de decisión en nuestros países, el que definirá los derroteros de los entes públicos o por lo menos en el rumbo de la agenda del poder ejecutivo, que no es menor verdad. En este sentido creo que tenemos datos sumamente auspiciosos, también al calor de este proceso en algunos países con distintos ritmos, podemos ver que ha crecido el número de mujeres que acceden a los ministerios nacionales y también podemos ver que han ingresado estas mujeres a las carteras que históricamente eran considerados temas masculinos como son la Economía, Producción y sobre todo la Defensa. Tomemos en cuenta que las dos de estas presidentas electas, Michelle Bachelet y Dilma Roussef, fueron Ministras de Defensa antes de acceder a la Presidencia de la República.

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Y finalmente, con este panorama también podemos ver que se ha duplicado la presencia de la mujer en los poderes ejecutivos municipales en América latina: alcaldes, intendentes, prefecto, etc. Hoy en día un 11% de los ejecutivos municipales elegidos en América Latina está ocupado por mujeres. Nuevamente es un número bastante más magro pero debemos de tener en cuenta que en 1998 ocupaban alrededor del 5%, con lo cual podemos ver aquí que ha habido un pequeñísimo y leve incremento. Si ponemos en perspectiva la representación legislativa de los países latinoamericanos y de algunos países del mundo, podemos ver los promedios de legisladores nacionales en las cámaras únicas o bajas en América Latina y los de otras regiones. Así, hoy en día, el promedio mundial en la representación legislativa de las mujeres, llega casi al 21% en el caso de las cámaras bajas o únicas y al 18% en las cámaras altas o Senado. En este ranking mundial las Américas lamentablemente no está diferenciado entre América del Norte y América latina. A pesar de ello, podemos ver que las Américas se ubican muy por encima del nivel mundial, han superado con creces a los países escandinavos que históricamente han estado a la vanguardia en estos procesos de inclusión política de las mujeres. Cámaras únicas o bajas

Cámaras altas

Países nórdicos

42.0%

--

Américas

23.9%

25.0%

Europa (OCDE; sin nórdicos)

21.9%

21.5%

África Subsahariana

20.9%

17.5%

Asia

18.4%

14.1%

Estados árabes

15.7%

6.8%

Pacífico

12.7%

36.0%

Promedio mundial

20.8%

18.2%

Si atendemos a la siguiente tabla Posición mundial

Cuotas o paridad

Legisladoras 2013 (%)

Nicaragua Ecuador

9 14

-Paridad

40,2 38,7

Costa Rica Argentina México El Salvador Bolivia Perú R. Dominicana Honduras Paraguay Venezuela Chile Guatemala Colombia Uruguay

15 18 19 43 44 63 66 73 82 83 95 99 106 102

Paridad 30% 30% --Paridad 30% 33% 30% 20% -----------

38,6 37,4 36,8 26,2 25,4 21,5 20,8 19,5 17,5 17 14,2 13,3 12,1 12,1

Brasil Panamá

121 122

30% 30%

8,6 8,5

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Podemos observar dos situaciones diferenciadas: por un lado podemos ver que hay cuatro países latinoamericanos que superan la tasa crítica, entre los cuales está Ecuador, con prácticamente un 40% de los parlamentarios nacionales; seguimos con Bolivia y Argentina. Esta tabla muestra que casi de aproximadamente de casi 180 países que incluyen este ranking, Ecuador se ubica en el puesto 14. Si tomamos en cuenta que los países escandinavos lideran todas las primeras posiciones, podemos decir que es un gran avance para el Ecuador. Por otro lado, podemos ver un conjunto de países en la base de este cuadro en los que hay muchos problemas evidentemente todavía. Vemos que países como Chile, Guatemala, Colombia y Uruguay están por debajo del 20% de porcentaje de legisladoras; hay dos países - Colombia y Uruguayque figuran como si no tuvieran cuotas, pero que en verdad sí tienen cuotas pero es muy reciente su aplicación. Además, tenemos dos casos muy críticos: Brasil y Panamá, donde no llegan al 10% de legisladoras nacionales; en el caso brasileño, este número está cristalizado desde hace años. Desde el retorno de la democracia en Brasil, no pueden pasar de ese porcentaje. Con lo cual vemos que hay grandes avances en la región pero también vemos todavía que hay grandes disparidades en desarrollo interno. Por ello, podemos decir en primer lugar, que existe un gran progreso, siendo el nivel legislativo el componente con mayor avance. No obstante, la región todavía está lejos de alcanzar esta masa crítica, que la literatura y los estándares internacionales consideran un punto de inflexión a partir del cual las mujeres pueden tener mayores capacidades de generar cambios en las instituciones, cambios en las leyes, cambios en los resultados de las políticas. También podemos ver que ha habido avances de las mujeres en la política local. Empero si miramos la dimensión subnacional vemos que la representación es muy variada entre países -hay países donde se logran resultados que son importantes, pero que hay otros países donde no logran pasar el 10%, como en el caso de GuatemalaTambién es importante mencionar que el avance de las mujeres en los puestos municipales de elección popular ejecutivos es muy lento. Según el estudio del PNUD al cual hacía referencia anteriormente, si se mantuviera el ritmo con que se viene produciendo el cambio, llevaría aproximadamente 30 años más lograr una masa crítica en los puestos ejecutivos municipales. Por lo cual allí seguimos teniendo un problema. 3. Retos Frente a esta situación una podría considerar que los problemas no están en las leyes, no están en el marco jurídico, no están en el reconocimiento de la igualdad formal. Pero entonces ¿dónde están los obstáculos para poder continuar avanzando? De manera muy esquemática encuentro tres dimensiones:

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Por un lado hay obstáculos que podríamos llamar de partida, que tienen que ver con la falta de oportunidades de las mujeres para poder participar en la vida pública en condiciones de igualdad plena con los hombres. Personalmente creo que a pesar del progreso que hemos visto, estos obstáculos están muy relacionados con la división sexual del trabajo, con roles familiares, con distribución de las responsabilidades en las familias y con el factor tiempo que es fundamental. Otro tipo de obstáculos podríamos llamarlos obstáculos de entrada. Una vez que las mujeres logran salir, logran involucrarse políticamente -ya sea en partidos, ya sea en organizaciones- muchas veces lo que ocurre es que empiezan a enfrentar estereotipos persistentes sobre el papel de las mujeres, prejuicios sobre sus capacidades, prácticas directamente sexistas de exclusión, (por ejemplo esto se ve muchísimo en los casos de los partidos políticos, donde las mujeres que militan mucho en las bases partidarias, pueden tener muchísimas dificultades para ser candidatas cuando no hay una ley que permita de manera muy clara la paridad) Y finalmente podemos encontrar obstáculos de permanencia. Éstos son un impedimento para todas las mujeres que logran acceder a puestos políticos o incluso de cierta responsabilidad Y ello porque mientras ejercen esas funciones que son sumamente importantes, muchas veces son legisladoras, o son funcionarias públicas de alto nivel, siguen manteniendo su presencia en el ámbito privado, en el ámbito de la familia; ¿qué quiero decir con esto? que no se desligan de ciertas responsabilidades que suelen recaer unilateralmente en las mujeres. No estamos planteando que no haya que ocuparse de la familia, lo que estoy planteando es que el ocuparse de la familia suele estar únicamente puesto en la mujer y no distribuido de forma equitativa Y además muchas veces logran acceder a puestos de responsabilidad siguen sufriendo del llamado techo de cristal. En Argentina, por ejemplo (donde tenemos una masa crítica de mujeres en el Congreso de la Nación desde hace dos décadas) hay Comisiones fundamentales, como la del Presupuesto y Hacienda, que decide las condiciones presupuestarias de todos los proyectos de ley, que nunca ha logrado ser presidida por una legisladora, con lo que aquí podemos ver que los roles políticos más relevantes siempre están presididos por un grupo de hombres que terminan negociando ciertas agendas. Para finalizar, quisiera decir que tenemos dos grandes desafíos: en primer lugar es que hay que revisar el tema de la división sexual del trabajo en América Latina; y en segundo lugar, poner toda atención la atención posible en las prácticas de exclusión que siguen vigentes en nuestra actividad política, que permean a los partidos y que muchas veces aparecen enraizadas e internalizadas. Si tuviéramos que decidir cómo avanzar, básicamente se concentraría en dos dimensiones: una tiene que ver con las políticas de paridad sosteniendo las políticas afirmativas y el camino hacia la paridad de género de nuestra política. Por otro lado, creo que es importante prestar atención a las políticas de conciliación de la vida 48


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familiar y de la vida pública, así como las políticas de corresponsabilidad entre hombres y mujeres como un pre-requisito para la igualdad de género en la política. Podemos tener muy buenas medidas que traten de probar la participación en el ámbito público, pero que siguen en apoyatura de este otro tipo de políticas que de tratar en alguna manera de reformular los arreglos en el ámbito privado. Sería bueno poner estas discusiones en conjunto como un camino para seguir avanzando.

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X.

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Indicadores de Género del Ecuador: Autoridades electas-sufragantes. Doctora Roxana Silva Consejera del consejo Nacional Electoral

La coordinación que se han hecho entre las diferentes organizaciones del Estado generan un hito de cómo llevar adelante un tema político, y también dejan un ejemplo de que el principio de coordinación establecido en nuestra Constitución ecuatoriana se hacen realidad. Tener sentadas y compartiendo a mujeres de diferentes funciones del Estado nos permiten vislumbrar también que hay cambios, hay cambios en el país, donde es posible trabajar en equipo y trabajar coordinadamente. Este año ha sido un año importante para las mujeres ecuatorianas en cuanto a los avances en la participación política. Hemos podido hablar de la situación actual de las mujeres y el rol que cumplimos en la sociedad. Esto implica reconocer nuestra búsqueda para compartir las desventajas e inequidades en los diversos ámbitos, especialmente en la esfera pública con respecto a la participación política. Esto es producto de una lucha de muchas mujeres ecuatorianas que hace muchos años atrás llevaron adelante la lucha y la conquista por los derechos de participación política y los derechos humanos en general de las mujeres. A pesar de que tenemos una amplia normativa, tanto a nivel nacional e internacional en el caso ecuatoriano en nuestra Constitución- marca un hito dentro de la protección de grupos de atención prioritaria, convirtiendo las políticas de inclusión en un eje transversal de la actuación de todas las funciones del Estado. Instrumentos regionales -como son los indicadores andinos de la participación política con enfoque de género de la comunidad andina-, indican que por primera vez se trabaja regionalmente con enfoque de género. Estos indicadores son una iniciativa pionera en la región para establecer parámetros uniformes, a través de una comparación de la situación real de la mujer en cuanto al ejercicio de los derechos de participación política a nivel de los países como Colombia, Perú, Bolivia y Ecuador, donde se adoptan medidas para garantizar políticas para la paridad de género. Es así, que el Consejo Nacional Electoral (CNE) ha contribuido a la concreción de acciones afirmativas en la arena electoral para promover la participación política de las mujeres en procesos electorales. Por primera vez, en las próximas elecciones del 23 de febrero del 2014 en listas unipersonales, en candidaturas de prefectura y viceprefecturas, debe cumplirse la paridad de género. Adicionalmente el CNE por primera vez, el 1 de Noviembre de 2012 creó una condición de inclusión y de género con el objetivo de generar insumos que le permitan al Consejo adoptar medidas necesarias en aras a garantizar la incorporación en igualdad de derechos, a sectores tradicionalmente discriminados y marginalizados y con enfoque de género. A partir de esto, nos propusimos presentar, desde la institucionalidad electoral (CNE), una publicación que recoja cifras sobre la participación electoral, tanto desde el lado de 50


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las sufragantes como de las autoridades electas; por primera vez se presentaron los indicadores de género; y así mismo es en esta publicación donde se hace una recopilación de datos vigentes y actuales, el cual muestra un compromiso por visibilizar la situación de la mujer en el ejercicio de sus derechos de participación política vinculadas al proceso electoral. Contiene un estudio comparativo del año 2009 al 2013, las pasadas elecciones. Esta ha sido una tarea ardua, y a pesar de la normativa vigente en el país -que obliga a las listas paritarias y alternadas- así como las diversas iniciativas que impulsan la participación política de la mujer, todavía queda mucho por hacer. Ahí, un tema importante: los gobiernos locales en todo el país. Hay un largo camino por recorrer y aquí quiero presentarlos algunos datos: En prefecturas contamos con dos mujeres versus a 21 hombres en un numero de. Alcaldías con mujeres 14 versus a 207. Juntas Parroquiales con 858 mujeres versus a 3107 hombres. Las cifras hablan por sí solas, la participación a nivel nacional de la mujer va incrementándose sustancialmente, partiendo de un 21.66 % del año 2003 llegando al 38.68% en las candidaturas y en la posición y asignación de escaños para las mujeres para la Asamblea Nacional en el 2013. Sin embargo, aún es necesario reforzar la presencia y la participación de mujeres en espacios de poder y toma de decisiones. Como he mencionado, a nivel local, la participación de las mujeres ecuatorianas no supera el 22%, por lo que puedo deducir que en la cotidianidad de lo local, las mujeres sigue siendo relegadas a roles propios en la esfera privada, con poca participación en la esfera pública y peor en la política. Es por eso que se vienen a mi mente un sinnúmero de interrogantes ¿son suficientes las acciones afirmativas o las leyes de cuotas? ¿O también es necesario en pensar en acciones afirmativas de llegada, como cuotas o escenarios obligatorios para mujeres que aseguren la participación política de las mujeres tanto a nivel local como nacional? Por ello, tener espacios, como este Primer Encuentro Internacional Mujeres en lo Público, son sumamente importantes para generar dialogo, para generar debate, y definir soluciones conjuntas desde nosotras las mujeres y para nosotras las mujeres, que permitan seguir recorriendo el camino por una participación real de las mujeres en el Ecuador. La participación política de las mujeres es un gran reto para la sociedad ecuatoriana, ahora somos actoras visibles, ahora sin nosotras las mujeres y como lo dijo Tania Arias, no hay democracia. Este es nuestro compromiso, seguir trabajando por una justicia, por una equidad y por una inclusión de todos y todas. Quisiera ahora brevemente enseñarles parte de los indicadores de género del Ecuador, para tener referencias en cuanto a la temática de la participación. En 1998 en el Congreso de ese entonces, tenemos 13,2 % de mujeres versus a la Asamblea Nacional de las pasadas elecciones del 17 de febrero de 2013 donde de un total de 58,7% son mujeres. Obviamente hay algunos asambleístas varones que han renunciado luego de que se suscitaron las elecciones del 17 de febrero y este porcentaje 51


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sube a un 2 o 3 % en las mujeres que se posicionaron dada la renuncia de asambleístas varones. En cuanto a las autoridades electas, específicamente asambleístas nacionales, el 17 de febrero de 2013 se conformaron un total de 82 mujeres versus a 83 varones; en cuanto a asambleístas provinciales tenemos 537 mujeres versus 623 hombres como candidatos y candidatas; respecto a asambleístas de nivel exterior nos encontramos con igual número de mujeres que de hombres (28); en cuanto a parlamentarios andinos constan 18 mujeres y 27 hombres. Asimismo como autoridades electas el 17 de febrero de 2013, tenemos según dignidades en cuanto asambleístas nacionales, un porcentaje de un 46,7% mujeres versus a un 53,3 % de varones; en cuanto a asambleístas en el exterior, un 50% para ambas entidades de hombres y mujeres, y asambleístas provinciales un 37,1% versus un 62,9% de varones. Así tenemos un total de nacional de mujeres en un porcentaje un 38,2% versus el 61,8% de varones. En cuanto al porcentaje de personas que ejercieron el derecho al voto el pasado 17 de febrero de 2013, tenemos que el porcentaje mayor de los sufragantes es de mujeres con el 82,68%, versus el de varones con el 69,48% de un total de 81%. Así es como la Asamblea Nacional, de acuerdo a los resultados de las pasadas elecciones, está compuesta por 53 mujeres, esto al borde del día de las elecciones del 17 de febrero de 2013, versus a 84 varones. Falta mucho por hacer para las próximas elecciones del 23 de febrero del 2014 donde se elegirá a 5658 autoridades en las diferentes entidades como prefecto, vice prefectos, prefectas y vice prefectas, alcaldes, alcaldesas, concejales, concejalas, funcionarios y funcionarias e integrantes de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Parroquiales. La ley está ahí, la norma está ahí, ahora depende mucho de la participación y del empoderamiento con todo este otro marco de acciones y desafíos que nos presentan aquí cada una de las ponentes.

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XI.

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Avances en las políticas de inclusión económica y social con enfoque de género. Doctora Mónica Patricia Mancero Acosta, Delegada de la Ministra de Inclusión Económica y social

La recuperación del Estado y la institucionalidad del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) han incorporado un proceso de transición desde una perspectiva asistencialista hacia una visión de los derechos. Desde la caridad hacia la inclusión y promoción, entendidas como la provisión de prestaciones, servicios y oportunidades de acceso a mecanismos de impulso y de inclusión social y económicas. Desde la discreción de programas aislados que existían anteriormente hacia una integración sistémica. El MIES es una entidad que busca generar oportunidades y capacidades para mejorar la calidad de vida de los sectores más vulnerables. En este sentido, su política tiene como objetivo la inclusión social, la salida de la pobreza y la protección, contribuyendo a la reducción de las desigualdades sociales. En el MIES se ha reconocido el rol asignado a las mujeres dentro del sistema económico de producción y reproducción, que se encuentra emulados en la división sexual de trabajo. En los hogares pobres esta división se encuentra marcada con más fuerza debido a cuestiones estructurales y culturales que han llevado a las mujeres a ser las únicas responsables de las tareas y cuidados Otro problema desde esta perspectiva es la ausencia del reconocimiento de la economía del cuidado dentro del sistema económico. La actividad doméstica y las tareas del hogar en general, se invisibilizan ante un sistema económico que evidencia el progreso netamente a través de crecimiento monetario. Muchas mujeres que han tenido la necesidad de ingresar al mercado laboral se han encontrado con numerosas barreras: discriminación, salarios bajos, el exceso de trabajo de la jornada, etc.; y aunque se ha incrementado la participación laboral femenina, la distribución de tiempo de trabajo doméstico y del hogar no ha sufrido grandes cambios. Esto es precisamente aquello que ocasiona un exceso en la carga laboral de las mujeres. Considerando a la familia como el elemento primordial para la política social, se amplían las perspectivas de equidad, sobre todo, en el MIES somos conscientes de este espacio como un lugar de transformaciones que genera composiciones y jefaturas familiares dinámicas, lo cual se aleja del concepto de familia tradicional y que por tanto, requiere un tratamiento especial; esto conlleva a visibilizar la existencia de heterogeneidad de intereses y necesidades de la población así como del tipo de atención y de cuidados especiales; además dentro del contexto de inclusión social, se considera que la equidad intergeneracional tiene que ver con sistemas de protección y cuidados en cada etapa de la vida. Si bien el grado de protección de los derechos y necesidades en todas las edades, su forma y énfasis son distintos a lo largo de la vida y en la mayoría de los casos se encuentra a cargo de las mujeres en los hogares. 53


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El desarrollo integral se compone de algunos elementos que permiten el adecuado desarrollo e integración de la persona en la sociedad. Para el fomento de un desarrollo integral es necesaria la creación de un sistema de cuidados que sea el conjunto de servicios de atención y protección para el sostenimiento básico de la población infantil (hasta los 3 años de edad) para las personas con discapacidad y para la población adulta mayor. Considerando que son las mujeres las responsables en la mayoría de los casos del cuidado de personas vulnerables, es importante dimensionar la carga de cuidado en los hogares. En ecuador el 85% de los hogares son biparentales y el 14, 7 % son monoparentales; la mayoría de estos últimos son liderados por mujeres. El 94% de los hogares pobres monoparentales tienen jefatura femenina. Eso evidencia la importancia de las mujeres dentro del hogar para la economía del cuidado y su contribución al sistema económico. En este contexto es indispensable resaltar las corresponsabilidades entre el Estado y la familia en la construcción de este sistema de cuidados. Una de las consecuencias de esta corresponsabilidad es la distribución de las tareas de cuidado. En Ecuador, la actividad doméstica en la que se incluye el cuidado de personas vulnerables también se le transfiere a niñas y adolescentes, siendo que el 68% de niñas y adolescentes es responsable de tareas domésticas; en este grupo el 27% se dedica al cuidado de niñas, niños y adultos mayores. Frente a esto, la política del MIES apunta a una oferta de servicios de cuidados que permita descargar esta tarea a grupos que por sus edades estarían enfrentando hasta dobles y triples vulnerabilidades. Desde la perspectiva del cuidado infantil, resulta fundamental determinar la carga del cuidado que tiene los hogares ecuatorianos según su estructura familiar y económica, lo cual permite diferenciar las necesidades de cuidado de acuerdo a los diferentes tipos de familia. El 41% de hogares en pobreza que tienen al menos un niño/a de entre 0 y 3 años requiere necesariamente de un cuidador/a, quien en la mayoría de los casos es una mujer; el 55% de hogares con jefatura femenina con al menos un niño/a menor a los 3 años son pobre; No obstante, la atención a niños/as menores a tres años debe ser especializada, por lo que el Estado tiene este papel protagónico en el desarrollo infantil. La política de desarrollo infantil ha sido declarada como política prioritaria de Estado. Y ésta se ejecuta a través de la prestación de servicio en los centros infantiles y atenciones domiciliarias y comunitarias Respecto a la atención a la población con discapacidad, en Ecuador 661.000 hogares tienen al menos una persona con discapacidad; de este grupo el 53% de hogares se encuentra en pobreza. El MIES ofrece servicios de atención en estas dimensiones de necesidades de la población. Por otro lado, un grupo poblacional tradicionalmente olvidado han sido los adultos mayores. 940,000 personas en el país son adultos mayores, el 54% se encuentra en pobreza, el 19% de hogares pobres tienen algún miembro mayor de 65 años; además, 134.000 adultos mayores viven solos; de este grupo el 48% se encuentra en situación de pobreza y el 28% en extrema pobreza. Es importante enfatizar que la población adulta mayor demanda cuidados especiales 54


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debido a sus características de vulnerabilidad. Muchos de ellos son jefes de hogar y el 36% son mujeres que pueden ejercer todavía las funciones de cuidado. El MIES a través de su política de atención a la población adulta mayor provee, coordina y regula servicios promoviendo la corresponsabilidad familiar y asegurando el derecho a la vida en comunidad en varias dimensiones: inclusión económica, cohesión económica intergeneracional, respeto y aterrizaje de saberes y prevención en salud. Siguiendo líneas como las desarrolladas en Bolivia y Brasil se concibe el aseguramiento de pensiones como universal para la población adulta mayor y con discapacidad que no cuenta con la afiliación a la seguridad social; así se otorga el 56% de las pensiones a mujeres adultas mayores; son más de 315.000 mujeres beneficiadas y se otorga también al 43% de mujeres discapacitadas, que significan aproximadamente 40.000 pensiones El proceso de construcción del sistema nuclear de cuidados requiere del involucramiento de al menos 3 sectores tradicionales: economía, salud, educación y trabajo. Desde la protección social el debate esta conduciéndose hacia la construcción de un sistema nacional de cuidados en donde se dimensionen adecuadamente las necesidades y la producción actual. Generalmente existe un sub-registro en la oferta privada de este tipo de servicios y se trata de que se apliquen estándares de calidad y costos. En esta línea y el marco de desarrollo de sistemas descentralizados de servicios esta la creación de circuitos de protección y cuidados e incluye a usuarios, productores y proveedores –en el nivel territorial- aprovechando las capacidades locales; la cercanía de la población y organización del servicio permite definir mejor las demandas de los servicios y el financiamiento. Por último y desde una perspectiva de equidad de género, es importante desarrollar mecanismos para la inclusión económica de las mujeres. El MIES ofrece servicios y programas enfocados en la población en pobreza y garantiza un mínimo de consumo, genera capacidades para su inclusión económica y su movilidad social. Uno de sus programas es el modelo de desarrollo humano que tiene como objetivo la garantía el consumo mínimo. En Ecuador la transferencia monetaria condicionada se realiza en mayor proporciona a mujeres, correspondiente al 94% del total, es decir, cerca de un millón de mujeres reciben hoy este beneficio. De igual manera se entregan microcréditos para la generación de emprendimientos. La proporción de mujeres que reciben este beneficio es de aproximadamente el 90% de todos los beneficiarios (aproximadamente 170.000 beneficiarios), lo que demuestra la capacidad de emprendimiento de las mujeres en esa situación de salida de pobreza. Esta política de aseguramiento del consumo mínimo, especialmente dirigido a mujeres, genera un efecto de poder de decisión sobre el hogar, determinado a partir de la capacidad de manejar recursos económicos. Por otro lado, se ha demostrado que la mayor parte de micro emprendimientos son iniciados por mujeres en situación de pobreza lo cual genera mayores ingresos para los hogares y también mayores niveles de empoderamiento. Finalmente un beneficio importante conseguido por las mujeres 55


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titulares del bono es el acceso a servicios de salud; estos chequeos, que incluyen chequeos de salud reproductiva, se han elevado por los requerimientos del programa. Estudios para América Latina y Ecuador muestran que en la última década (20002010) existe una movilidad social en tanto el estatus socioeconómico medio de la población aumenta proporcionalmente frente al estrato de pobreza y vulnerabilidad. A la par de un segmento de la población en pobreza pasa al de vulnerabilidad de modo que las capas de pobreza extrema se van alejando. El piso de protección social implica también el acceso a un conjunto de servicios esenciales y transferencias básicas para satisfacer las necesidades de protección social, enfrentamiento de las vulnerabilidades y promoción de las capacidades. Estos servicios incluyen salud, educación, vivienda, información, formación profesional y seguridad social. Se crea entonces un piso básico de consumo para la extrema pobreza, manteniendo las transferencias para generar contrapartes ciudadanas a través de la corresponsabilidad y habilitación de las mujeres (no solamente a través de liderazgos en fuerza de trabajo sino promoviendo liderazgos y empoderamiento económico con vinculaciones efectivas a la economía social y solidaria y también a las compras del sector público) No obstante, aún se presentan grandes desafíos porque estos procesos requieren profundización y generalización a través de estrategias directas de promoción y acompañamiento. Todo esto nos permite afirmar que la política social ejecutada por el MIES tiene un visible enfoque de género que sin embargo esta en un proceso de construcción y afianzamiento. Nuestros programas y servicios reconocen y aportan a los hogares a la tarea del cuidado, lo cual permite una mejor distribución de los cuidados entre el Estado y la familia y coadyuva a que las mujeres ingresen al mercado laboral y generen ingresos. Todo esto tiene como consecuencia liberar a las mujeres de esa asfixiante carga que supone la economía de los cuidados y puedan tener un rol más activo en la vida comunitaria, como lideresas sociales y políticas que es aquello que nos interesa promover. Finalmente si la pobreza y la desigualdad aún tienen rostro de mujer, esta es precisamente la campaña que el MIES se ha propuesto ganar

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XII.

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Mujeres en lo público, participación de las mujeres en los procesos del CPCCS. Socióloga Juana Marcela Miranda Pérez, vocal del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social

Porque en este Primer Encuentro de Mujeres en lo Público hablamos de la Violencia Intrafamiliar, porque esta violencia de Género que aún vivimos las mujeres en los diferentes espacios públicos, privados, comunitarios, religiosos, en la participación política es la causa de la limitada participación política de las mujeres en espacio de toma de decisiones, es que nos encontramos hoy en este evento (donde estamos Mujeres en puestos de toma de decisiones en las cinco funciones del Estado) con el objetivo de articular y aportar para que hombres y mujeres sepamos que por encima de todo esta nuestro derecho a vivir una vida libre de violencia. No puede ser que al 2013 sigamos teniendo estadísticas como las que observaremos: En Ecuador habitan 7.829.061 millones de mujeres, según cifras entregadas por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), correspondientes al 2012. El 28.7 por ciento de los hogares ecuatorianos está dirigido por una mujer. Según el INEC, en el país existen 3.804.976 millones de mujeres en edad reproductiva, es decir, entre 15 y 49 años. Según el INEC, 339.656 mujeres en Ecuador son madres solteras. Por otro lado, según la Organización de las Naciones Unidas, 6 de cada 10 mujeres en Ecuador sufren de violencia de género, mientras que 1 de cada 5 mujeres en el mundo es víctima de violación o intento de violación. El 60,6% de las mujeres en Ecuador ha vivido algún tipo de violencia. La violencia contra la mujer no tiene mayores diferencias entre zonas urbanas y rurales: en la zona urbana el porcentaje es de 61,4% y en la rural 58,7%, según la Primera Encuesta de Violencia de Género realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC). De acuerdo a la etnia, el porcentaje más alto que ha vivido algún tipo de violencia se concentra en la población indígena con el 67,8% seguida de la mujer afro-ecuatoriana con el 66,7%. De las mujeres que han sufrido violencia el 76% ha sido por parte de su pareja o ex parejas, 87,3% de ellas ha vivido violencia física y el 76,3% violencia psicológica, la que menos sufren es la patrimonial con el 28,9%. Según la encuesta, una de cada cuatro mujeres ha vivido violencia sexual, el tipo de violencia más común es la psicológica con el 53,9%. ¿Qué puede hacerse frente a la constante vulneración de derechos de mujeres, niñas y adolescentes que viven violencia física, psicológica y sexual para asegurarse de que estas niñas y mujeres no regresen a una situación de violencia sexual intrafamiliar? Una de las maneras comprobadas de reducir la violencia es terminar con la IMPUNIDAD; hay que investigar, perseguir y castigar a los violentadores. Esto implica hacer un seguimiento a los prestatarios de servicios de salud, de educación y a los servidores del sistema judicial. Las Estadísticas presentadas nos muestran que en 57


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dos décadas la situación de violencia de Género en el Ecuador no ha disminuido significativamente; se ha logrado evidenciar la problemática de violencia de Género que vivimos las mujeres a través de sus diferentes manifestaciones; sin embargo el problema persiste en algunas provincias del Ecuador y se ahonda la problemática de Violencia. ¿Cómo la violencia de género limita la participación política de las mujeres? 1.- Las mujeres que participan en la organización, el barrio, la comunidad, la parroquias; vive doble violencia de género; el maltrato per se que sufre en la relación de pareja; al interior de la familia y la violencia de género dentro de las organizaciones en el ejercicio de su derecho a la participación política; eso hace que se limite su participación política. 2.- En la casa, en la comunidad, en la organización, en el barrio y en las listas donde son propuestas para participar en procesos electorales. Una vez que son elegidas en cargos públicos, seguimos viviendo la violencia siendo excluidas y relegadas en los espacios de toma de decisiones, siendo hostigadas y desplazadas de los espacios que hemos ido ganándonos con la participación y la lucha constante. En definitiva, siendo invisibilizadas. ¿Qué podemos hacer desde la ciudadanía? La ciudadanía tiene un rol fundamental de Participación Ciudadana, control Social y Rendición de Cuenta a las autoridades, a los programas, proyectos y políticas públicas que se han implementado para, por un lado, disminuir la violencia de género y por otro lado, frente a la incorporación de las mujeres en la participación política y en los espacios de toma de decisiones. El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social tiene un rol importante como parte de la Función de Transparencia y Control Social que es precisamente facilitar los mecanismos de Promoción de la Participación, de Control Social y Transparencia. Lucha contra la corrupción para que los ciudadanos y ciudadanos puedan ejercer ese poder ciudadano y hacer realidad lo que la Constitución dice “El Pueblo es el Mandante” El principio de la Paridad de Género representa un recurso Constitucional y legal para hacer más visible la incorporación de las mujeres a la participación política y al acceso a espacios de toma de decisiones; donde precisamente se elaboran las políticas, programas y proyectos que aborden la problemática de la mujer. Desde el Consejo de Participación Ciudadana se impulsa la Paridad de Género, tal como lo establece la Ley Orgánica de Participación Ciudadana en su Art. 4 de Principios de la Participación, la misma que expresa que la participación de las mujeres y los hombres en las instancias, mecanismos e instrumentos definidos en la presente Ley; así como, en el control social de las Instituciones del Estado para lo cual se 58


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adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la participación real y efectiva de las mujeres en este ámbito. Mujeres desde lo Público…una mirada a la participación política de las mujeres en los procesos que facilita el CPCCS En el Consejo de Participación Ciudadana en sus 3 años de funcionamiento; hemos realizado un estudio que nos ha permitido conocer cómo desde los procesos que facilitamos se incorpora la participación política de las mujeres y hemos identificado lo siguiente: Hemos iniciado desde las mujeres que somos autoridades en el CPCCS, quienes dentro del cuerpo colegiado representamos el 43% de la participación en los puestos de toma de decisión; (los hombres representan el 57%). En el 2010 cuando recién iniciamos este cuerpo colegiado como autoridades de 7 Consejeros las mujeres éramos mayoría y la Presidencia la ejercía una mujer. Datos a nivel nacional evidencian la escasa participación de las mujeres en mecanismos de participación ciudadana y control social

Además, a la hora de conformar Veedurías Ciudadanas en los diferentes procesos de selección de autoridades, en el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social se acreditó a nivel nacional a 1866 ciudadanos. La mayor participación se da en la población masculina con un 62% del total; mientras que la participación de las mujeres alcanza 38%.

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De la designación de coordinadoras y coordinadores al interior de cada veeduría, se identifica que de las 15 Veedurías analizadas; 11 eligieron coordinadores hombres y 4 Veedurías eligieron coordinadoras mujeres. Al momento de elegir quién ocupa cargos de coordinación que tienen que ver con la toma de decisiones, aún se sigue realizando bajo una cultura u óptica patriarcal, tal y como lo indica el siguiente cuadro:

En las Comisiones Ciudadanas tanto por DEllegados de las funciones del Estrado como por la ciudadanía se elige una coordinador/a que preside cada Comision de Selección; aquí se pudo evidenciar el incremento de la participacion de las mujeres en los puestos de toma de decisiones

De las seis comisiones conformadas para delegacion de autoridades, tres estuvieron presiddas por hombres y tres por mujeres

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Selección de autoridades por terna Estos procedimientos se realizaron de acuerdo con el Reglamento para la designación de autoridades de la Procuraduría General del Estado y de las Superintendencias por ternas propuestas por el Ejecutivo, elaborado por el CPCCS. El Art. 1 de este reglamento establece que: “Objeto y ámbito.- El presente reglamento regula los procesos de designación que llevará a cabo el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, de la primera autoridad de la Procuraduría General del Estado y de las superintendencias, de entre las ternas propuestas por el Ejecutivo, mediante escrutinio público e impugnación ciudadana. De igual forma este mismo reglamento en su Art. 3, dispone que Las ternas que remita el Ejecutivo para la designación de las primeras autoridades estén conformadas, respetando la paridad y alternabilidad entre hombres y mujeres y bajo el principio de interculturalidad, en estricta observancia de los criterios de especialidad y méritos.” De estas seis primeras autoridades elegidas por ternas remitidas por la Presidencia de la República se identifica que de los 18 integrantes, 11 son hombres y 7 mujeres.

Participación de las mujeres en las ternas remitidas por el ejecutivo para la selección de autoridades De acuerdo con el gráfico el 61% de hombres participaron en las ternas propuestas por la Presidencia de la República; y 39% de mujeres.

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Autoridades designadas: De estas seis primeras autoridades elegidas por ternas evidenciamos que cinco son hombres; que corresponde al 83%; mientras que una de estas autoridades es mujer, que corresponde al 17%.

Participación política de las mujeres en cuerpos colegiados electos: En la integración de los cuerpos colegiados podemos anotar que para conformar los cuerpos colegiados a través de concurso de méritos y oposición se realizan 2 listas diferenciadas por calificación: una de hombres y otra de mujeres, donde se identifican los mejores puntuados y para elegirlos se establece la paridad y alternancia. Así lo establece la normativa correspondiente. Consejo Nacional Electoral: Este cuerpo colegiado está conformado por cinco vocales; 3 son hombres y 2 mujeres; está presidido por un hombre Tribunal Contencioso Electoral: Este cuerpo colegiado está conformado por cinco vocales; 3 son hombres y 2 mujeres; está presidido por una mujer Consejo De La Judicatura: Este cuerpo colegiado está conformado por cinco vocales; 3 son hombres y 2 mujeres; está presidido por un hombre. Participación de las mujeres Asambleas Ciudadanas en los territorios En relación con la participación de las Mujeres en la Coordinación de las Asambleas Locales como espacios comunitarios de participación política se evidencia que aún estos espacios son mayormente liderados y ocupados por hombres. En el grafico observamos que en provincias como Esmeraldas, Napo, Bolívar, Santa Elena e Imbabura existen mas mujeres en la Coordinación de las Asambleas. La lectura política que le damos a estos datos es que en los territorios no existen directrices para la conformación de estos espacios de participación ciudadana en cuanto a la paridad de género en los procesos de conformación y elección de directivas de las mencionadas Asambleas Ciudadanas. Recordemos que la paridad de género es un principio amparado en la 62


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Constitución y en la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, que garantiza la incorporación en igualdad de condiciones de las mujeres en espacios de participación ciudadana, participación política y toma de decisiones

Participación de las mujeres en las Veedurías conformadas en las provincias El CPCCS ha facilitado la conformación de Veedurías en 18 de las 24 provincias; es probable que en las otras seis provincias existan ya acciones pero los datos registrados hasta agosto del 2013, nos reflejan estas cifras. En las provincias que mayor uso de este derecho de participación ciudadana y control social los ciudadanos y ciudadanas son: Carchi , Loja; Manabí, Sucumbíos; seguidas en menor cantidad de Pichincha, Guayas Azuay, Bolívar y Cañar.

En 13 de las 18 provincias donde se han conformado veedurías ciudadanas se evidencia la participación de las mujeres en su coordinación. En Provincias como Loja, Imbabura, Sucumbíos y Bolívar se evidencia mayor presencia de las mujeres en las coordinaciones. Esto se debe seguramente a que en estas mismas provincias la participación de las mujeres rurales es más evidente y desde su trabajo hacen prevalecer sus derechos de participación y paridad de género para estar en puestos de decisión. 63


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Conclusiones Generales El Análisis que realizamos en el comportamiento de la participación ciudadana de hombres y mujeres en los procesos de participación ciudadana que se impulsan desde el CPCCS, indica que aún la participación e inclusión de las mujeres en espacios de toma de decisiones no alcanza un nivel equitativo en relación a la participación de los hombres; pese a que en los instrumentos legales en todas las Funciones del Estado se debe garantizar la paridad de género; esta en la práctica no es un ejercicio real de derechos de participación del cual pueden hacer uso las mujeres:  Esto tiene que ver con la cultura patriarcal que aún predomina en los prestatarios de servicios públicos que brinda el Estado;  Con los paradigmas culturales de los servidores y servidoras públicos que hacen las políticas públicas; facilitan un servicio; promueven los concursos; el acceso a espacios de toma de decisiones en los diferentes niveles de gobierno.  Tiene que ver con considerar los tiempos y horarios de las mujeres para acceder a espacios de participación ciudadana; de formación política para que pueda acceder; pues no se considera el doble y triple rol que ella cumple en la sociedad.  Esto lo hemos evidenciado en el estudio realizado casa adentro; con los servidores del CPCCS; en los procesos que ellos facilitan no se esta promoviendo la paridad de género; no hay criterios técnicos y metodológicos para garantizar la participación igualitaria de mujeres en Veedurías Ciudadanas, Asambleas Ciudadanas; procesos de Formación. Si observamos todo el proceso de selección de autoridades que hemos desarrollado en el CPCCS como parte de las atribuciones que tenemos; tanto en los mecanismos de selección como son las Comisiones Ciudadanas; como los mecanismos de control social para estos procesos de selección; existe un predominio en la participación en estos de 64


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hombres: 6 de cada 10 ciudadanos participantes han sido hombres y sólo 4 de cada diez postulantes a estos procesos han sido mujeres (Casualidad VIF 6 de cada 10 mujeres son violentadas). Esto se atribuye a: 1.- Desconocimiento y desinformación de espacios y mecanismos de participación a nivel local. 2.- Coaptación de movimientos y partidos políticos de espacios de participación ciudadana en los territorios; teniendo como antecedente que los espacios y movimientos políticos están liderados más por hombres que por mujeres. 3.- Muchos de estos espacios de representación en estos mecanismos de participación ciudadana, no responden a las necesidades prácticas y estratégicas de las mujeres; pues no logran posicionar mecanismos de control social a políticas, programas y proyectos dirigido a mujeres y tampoco se evidencia a nivel de territorios que los gobiernos locales promuevan políticas públicas que disminuyan la desigualdad entre mujeres y hombres; por lo que no hay recursos desde los gobiernos locales que se asignen o destinen a disminuir las brechas de género. 4.- De manera general en las Veedurías Ciudadanas conformadas en los territorios; sus objetos están ligados a vigilar obras de infraestructura; contratos, servicios básicos y no temas de políticas públicas de mujeres. Sólo en Guayaquil se constituyeron en este año Veedurías Ciudadanas en temas que tienen que ver con los derechos y acceso a servicio de las mujeres, estas veedurías conformadas son para “Vigilar protocolos y procedimientos de atención en anticoncepción y entrega de anticonceptivos en dos unidades de salud en Guayaquil” y “Procedimientos y protocolos de atención en las unidades de VIH en dos unidades de atención de violencia en Guayaquil”. De un promedio de 57 Veedurías que existen a nivel nacional solo 4 se han creado o conformado para vigilar temas relacionados a las problemáticas de las mujeres. Eso da cuenta del limitado conocimiento que existe por parte de las mujeres para ejercer el derecho a al hacer control social a temas de interés público, políticas, programas y proyectos relacionados con los derechos específicos de las mujeres. 5.- En lo que respecta a las Asambleas Ciudadanas Locales, tampoco han representado para las mujeres espacios de participación ciudadana que respondan a sus necesidades prácticas y estratégicas por lo mencionado en numerales anteriores. Sin embargo, se ha evidenciado un mayor interés de participar de las mujeres en zonas rurales; este posicionamiento de la participación de las mujeres también responde a coyunturas políticas locales. La participación de las mujeres ha logrado fortalecerse en mecanismos legales recogidos en instrumentos internacionales como la Convención para eliminar todas las formas de discriminación hacia las mujeres (CEDAW) donde se recomienda una 65


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incorporación progresiva de las mujeres en la participación política, entre otras recomendaciones. De igual manera la Constitución ecuatoriana reconoce la igualdad de derechos de hombres y mujeres y otros instrumentos legales reconocen el principio de equidad de género, la paridad y alternabilidad; sin embargo, esta participación real de las mujeres aún está lejos de alcanzarse; pues no sólo basta con las leyes y normas; sino que es preciso cambiar las estructuras de poder patriarcal que persisten en todos los ámbitos de la sociedad ecuatoriana y que se reproduce en las instituciones del Estado. Recomendaciones:  Desde las instanciase del Estado ye los gobiernos locales deben haber políticas claras para promover la participación de las mujeres.  Dar énfasis en los mecanismos de participación ciudadana reconocidos en la Constitución, la Ley de Participación Ciudadana, Código Orgánico de Ordenamiento Territorial y Descentralización en sus capítulos de participación ciudadana y en los mecanismos que implementan el reconocimiento de los principios de paridad de género, equidad para que haya mayor empoderamiento y representación de las mujeres en estos espacios y en la toma de decisiones.  Priorizar la capacitación de mujeres para que utilicemos los mecanismos de Control Social (Veedurías Ciudadanas, Comités de Usuarias, observatorios Ciudadanos, exigir Rendición de Cuentas) para vigilar el cumplimiento de derechos reconocidos en la Constitución y políticas implementadas por el Estado que den cuenta de la disminución de la brecha de género y desigualdad entre mujeres y hombres en Ecuador.  Construir el Poder Ciudadano con nuestra participación política.  Si es que queremos que la participación de las mujeres se incremente en los espacios de participación e implementándose desde los diferentes instrumentos legales en las instancias del Estado y niveles de gobierno, se debe poner énfasis en procesos de formación y capacitación a las mujeres para que tengan sustentos legales, técnicos, políticos para participar y no sigan siendo relegadas y desplazadas en sus localidades por la astucia político partidista de sus compañeros varones Para hablar de las Perspectivas de la Participación Política de las Mujeres, me traeré a colación lo mencionado por la compañera Graciela del Valle, Presidenta de la Asamblea Ciudadana de Amaguaña, la mismo que cito textualmente: “Quisiera que hayan más mujeres participando, más participación de mujeres pero realmente activa, no solamente de nombres como hay “

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“La representación activa es que vayamos y realmente nos enteremos y enfrentemos a las autoridades, mucha gente le tiene miedo a las autoridades, por ejemplo, les digo preguntemos a las autoridades cuáles han sido los proyectos, los presupuestos participativos, los recursos que hay en el plan para promover las políticas de igualdad y participación política de las mujeres”.

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XIII.

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Los sistemas de cuidados como un nuevo tema de la protección social. La experiencia Uruguaya Socióloga María del Rosario Aguirre. Uruguay.

Mostrar los avances que en el país se han hecho y también dar una idea global de lo que se está haciendo en la región en este tema que pareciera alejado de las preocupaciones más inmediatas de la participación política, pero que como se ha mostrado en las últimas intervenciones, tiene que ver con el cuidado o los sistemas de cuidados. Y esto es así porque está vinculado a la protección social y al desarrollo económico; está vinculado al desarrollo económico porque tiene que ver con o se vincula a las posibilidades de participación económica de las mujeres, tiene que ver con la protección social porque se vincula a las políticas sociales necesarias para el cuidado, y en nuestras sociedades está a cargo fundamentalmente a cargo de las mujeres. Y esto incide en los obstáculos de partida para la participación política. Se trata de obstáculos de partida que tienen que ver con desigualdades sociales, porque también la última participante mostró que la participación política a nivel local tiene que ver con situaciones muy impactantes vinculadas a la violencia que sufren las mujeres cuando quieren asumir protagonismo a nivel local. Pensar en los sistemas de cuidado contribuye en la participación política a todos los niveles. Quizás las mujeres que participan en los organismos de mayor jerarquía del Estado pertenecen a otros sectores sociales en que pueden tener otra estrategia de cuidado y lo pueden resolver de distinta manera -esto nuevamente muestra que hay desigualdades sociales en la participación social y política-. Me gustaría presentarles 5 puntos: 1) Cambios socio-demográficos y crisis del cuidado en América Latina; es un tema que ya se ha definido, es viejo pero que ahora ha asumido por los cambios socio demográficos que vamos a ver, una importancia fundamental en nuestras vidas y en el funcionamiento económico de la organización social 2) ¿Quiénes colocan el tema en la agenda social e institucional?; Es importante saber quiénes colocan este tema en la agenda y cuáles son los factores que facilitan más el poner este tema en la agenda 3) La construcción de un discurso común sobre dependencia y cuidados; Esto ha llevado a este tercer punto, a la construcción de un discurso, de argumentos comunes para colocar y para poder negociar y hacer pactos para que la sociedad y el sistema político lo asuma como importante, 4) Un nuevo pilar en la protección social: los sistemas nacionales de cuidados; así como hay pilares en la educación, la salud, la seguridad social, etc.; este enseña un nuevo pilar, de esta manera se jerarquiza y tiene algunas especificidades en términos de la organización por ejemplo de los derechos sociales, 68


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5) El Sistema Nacional de Cuidados en Uruguay: una política en construcción: principios orientadores, etapas, actores) es una política en construcción que tiene ciertos principios orientadores que han recorrido determinadas etapas y que en este momento se encuentran en una etapa de transición. En ella han participado algunos actores y es muy interesante ver cuáles son los actores impulsores y cuáles son los actores que ponen piedras en el camino, o que simplemente no están. Este esquema pretende mostrar los cambios socio-demográficos que inciden en la crisis de la identidad, por una parte es sobre el trabajo de las mujeres y por otra parte en el envejecimiento poblacional y en los cambios familiares generacionales. Todos estos cambios conducen a una crisis en los cuidados, que tiene que ver que hay muchas personas para cuidar de todas las edades y hay menos personas que puedan tener posiciones de poder cuidar. En cuanto al proceso de envejecimiento, incremento de la esperanza de vida y disminución de la fecundidad con impactos en la seguridad social y en los sistemas sanitarios porque hay que atender a esta población que vive más años y que tiene enfermedades crónicas costosas en su atención-. Además que América Latina no está preparada para hacer frente al envejecimiento de la población. América Latina envejece con mayor celeridad que los países más desarrollados. El nivel de envejecimiento que a los países del norte de América y de Europa les llevó un siglo alcanzar, la región lo tendrá en 30 años aproximadamente (con lo que estamos en una alerta ante un problema grave y urgente). Por supuesto, este proceso no es sincrónico e igualitario sino que se aprecian diferencias tanto intra-nacionales como internacionales. En cuanto a las diferencias internacionales, podemos observarlas entre grupos definidos por edad, género y residencia urbano/rural. Por su parte, las diferencias entre países: en un extremo Barbados, Cuba y Uruguay con el mayor índice de envejecimiento poblacional mientras que en la otra punta de la distribución Guatemala y Honduras. Esta sobrecarga aparece como una clave fundamental para para entender por qué pese al rápido aumento de las mujeres en el trabajo no se logra un efectivo ejercicio de sus derechos económicos, sociales y políticos. Un elemento fundamental en este caso es el uso de datos. En este encuentro Ecuador ha referenciado sus estadísticas, mediante excelentes encuestas a través del tiempo, que posibilitan un trabajo de profundidad y que debería explotarse aún más, ya que este material es muy rico y nos sirve para legitimar nuestras demandas. En este sentido, no es lo mismo que nosotras afirmemos nuestra doble o triple jornada que decirlo con los datos, con la cantidad de horas semanales que trabajamos y que ponemos al servicio de los demás, el tiempo que donamos para el cuidado de los más ancianos y de los niños pequeños. Y además porque también podemos mostrar que cada vez hay más hogares donde ambos integrantes de la pareja. Esto lo demuestra la encuesta de Uso del Tiempo Ecuador y de otros 17 países, al aportan fuertes evidencias: el indicador de carga de 69


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trabajo o trabajo total medida en horas es mayor entre las mujeres. Se constata que a pesar del aumento de los hogares de doble proveedor las mujeres siguen siendo las principales responsables de los trabajos domésticos y de cuidados. También se ha hecho referencia a los cambios de las formas de vivir en familia. Las nuevas tendencias en la estrategia de cuidado: el descenso de hogares extensos, el aumento de los hogares unipersonales -hay gente que vive sola, y que necesita cuidado; el incremento de los hogares monoparentales; la disminución del tamaño de los hogares (“los hogares son más chiquitos”) así como los cambios culturales y difusión de nuevas ideas en un mundo interrelacionado - tenemos nuevas ideas acerca de los proyectos de vida, las mujeres no queremos ya dedicarnos al cuidado de los más viejitos del hogarTodo ello conforma un conjunto de factores que nos deben hacer reflexionar acerca de cómo garantizar el cuidado. Como hemos visto, los cambios socio-demográficos provocan un aumento de la demanda de cuidados en especial de las personas dependientes al mismo tiempo que disminuye la proporción de mujeres disponibles para ejercer esa función. A ello además hay que añadirle las desigualdades y las injusticias de género: las trabajadoras con menores ingresos (ocupadas en gran parte en trabajos domésticos y de cuidados) con trabajos inestables y precarios, no pueden acceder a servicios en el mercado por lo que deben recurrir a redes parentales y vecinales. Las trabajadoras de sectores medios aunque puedan acceder a cuidados mercantiles o informales no tienen asegurada la accesibilidad ni la calidad Por ello, las políticas de cuidado y de servicios de cuidado entran a formar parte de los sistemas de protección social. El cuidado de las personas dependientes es considerado un problema colectivo que debe ser atendido por toda la sociedad. En ese sentido, se plantea la necesidad de una nueva generación de políticas en el marco de la reorganización del bienestar social y de un nuevo modelo de desarrollo (o revisado) que se marca como meta la equidad. Se está pensando entonces en una nueva generación de políticas donde las mujeres tengan el lugar que les corresponde de acuerdo a los altos niveles educativos. Los tres pilares clásicos del bienestar vinculados a la salud, la educación y la seguridad social se complementan así con el cuarto pilar que reconoce el derecho a recibir atención en situaciones de dependencia. El avance ha sido en una vuelta conceptual, en pensar que tenemos que plantear sistemas nacionales de cuidado. Se trata de conformar sistemas dotados de una institucionalidad pública capaz de integrar políticas y servicios de cuidado, de articular organizaciones y servicios públicos, privados y de la OSC, de velar por la integralidad y calidad de los servicios. Debemos ver que las intervenciones parciales de este o aquel ministerio tienen que responder a un mismo concepto de los cuidados unidos al enfoque de derechos y de género. Es decir, que los servicios que se organicen tengan en 70


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cuenta la división sexual del trabajo y ahorren tiempo a las familias, de manera que las mujeres puedan desarrollar otras actividades en el mundo público. Es así que esto, que parece muy ilusorio y utópico, es lo que se plantea avanzar hacia la universalización progresiva de los cuidados, combinando enfoques universales con acciones afirmativas y políticas selectivas que permitan igualar el ejercicio del derecho al cuidado. Si bien todas las mujeres tienen derecho a la educación, pueden elegir entre el público y privado -algunas tienen un sistema público regulado, con calidad asegurada- lo mismo debería pasar con los servicios de cuidado, no exclusivamente para los pobres, sino para todos los sectores sociales y también para las mujeres de los sectores medios, combinando así el rol universal de las acciones afirmativas y políticas normativas que permitan igualar el ejercicio del derecho al cuidado. Aquí entra una cuestión política, pues se cuestiona el papel del Estado como compensador de prestaciones que los/las pobres no obtienen en el mercado y en cambio se promueve el papel del Estado como garante de derechos universales para todos y todas. Entonces, no debe ser una prestación de “apoyo” dirigida a las mujeres que buscan trabajar sino un derecho de las personas dependientes (niños/niñas, mayores, discapacitados/as) pero también un derecho de las personas que cuidan - sean las que cuidan en el ámbito familiar o las que realizan servicios de cuidado. ¿Dónde nos encontramos en la región? En la actualidad los servicios de cuidado tienen baja cobertura y operan en el marco de una débil institucionalidad. En pocos países como Uruguay y Costa Rica se avanza hacia la organización de sistemas o redes de cuidado. Se han dado pasos importantes de carácter normativo y jurídico hacia una mayor igualdad en materia de cuidado, el caso de Ecuador, donde el proceso constituyente en Ecuador incluyó una Mesa sobre Economía del cuidado y actividades en los grupos de trabajo. Y es que de los datos que dio CEPAL en el Observatorio de Género –donde tomaron los datos de la cobertura de todos los programas de prestaciones de cuidado y la cobertura con respecto a los pobres y a los indigentes- Ecuador sale en la punta. No obstante, lo que decimos es que los programas deberían ser programas universales, no de prestaciones sino de servicios, sin perjuicio de mantener las prestaciones con la situación de agencia, para incluir a otras personas que todavía se encuentran en otros programas. En algunos países se le vincula a las políticas de conciliación entre vida familiar y trabajo, con énfasis en licencias y servicios de cuidado infantil. Son legislaciones laborales pero que no conciben a trabajadores y trabajadoras como ciudadanos con responsabilidades familiares más allá del periodo postnatal. No hay medidas para otras etapas de la crianza ni para otros destinatarios del cuidado. En realidad, tenemos responsabilidades de cuidado más allá de ese periodo posnatal; sin embargo vemos que ello no entra todavía, aunque se está reclamando que haya permisos para atender 71


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familiares dependientes, discapacitados… Esta todo el tema de la licencia por lactancia: ahora en Uruguay se emitió una nueva ley en la que el periodo de licencia por lactancia se extiende unos meses más, y además debe ser compartida con los padres durante el mismo periodo; se trata de una manera de llamar a la corresponsabilidad. Por tanto, los sistemas de cuidado deben analizarse por países, porque dependen de la situación demográfica, de las formalidad en el mercado de trabajo, de la cobertura de la seguridad social, de las prestaciones consecutivas, de la existencia de la negociación colectiva, del dialogo social, de los niveles de inversión social, de los niveles de demanda social, de los avances en materia de reforma social y de las migraciones intrarregionales – por ejemplo, si entran migrantes al país que se ofertan por bajísimos salarios y se emplean en el sector de los cuidados, el Estado también se ve presionado para desarrollar servicios de cuidado. El Sistema Nacional de Cuidados en Uruguay El contexto: La ampliación del concepto de protección social basado en un enfoque de derechos “más oportunidades para quienes tienen menos”  Se amplía el gasto social y se opera una redistribución de recursos  Se crea una nueva institucionalidad: Gabinete Social  Se promueve la coordinación horizontal entre los distintos sectores de la política social y la coordinación vertical en el nivel territorial  Se amplía la participación de la sociedad civil organizada (usuarios, sindicatos, org. mujeres,etc.) en diseño, ejecución y decisiones Muchas fueron las medidas que se tomaron: Reforma tributaria (2006); Aumento del presupuesto en educación (2006); Reforma de la salud (2007); Plan de equidad (20072011); PIODNA (2007-2011); ENIA (2010-2030); Reforma Social (2011) y PNJ (20112015). El SNC en Uruguay: una política en construcción. Primera etapa En 2008 se generan las Primeras Mesas de Diálogo Red Género y Familia y se ingresa el Programa de Gobierno Frente Amplio. En 2010, tras las elecciones se determina un segundo periodo en la administración del FA. José Mujica. Se da asimismo en 2010 la Resolución 863/010 que crea el Grupo de Trabajo en Sistema de Cuidados. El Gabinete Social aprueba el documento base de trabajo del Grupo.

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Los principios orientadores de la política de cuidados del Consejo Nacional de Políticas Sociales, incluyen: una política universal que focalice sus acciones iniciales en los colectivos más vulnerables; la perspectiva de derecho, género, generaciones y étnicoracial; estrategias combinadas de servicios y transferencias evaluando su impacto en términos de género y calidad del servicio prestado; el cambio en la actual división del trabajo en base al concepto de corresponsabilidad; la descentralización territorial, servicios de cercanía y participación de la comunidad y la profesionalización de la tarea de cuidado a través de la capacitación de las cuidadoras tanto familiares como formales La segunda etapa puede reflejarse en la siguiente figura:

No obstante, hubo factores que entorpecieron el proceso. Así, la falta de voluntad política para priorizar el sistema ( por la falta de financiamiento propio), la institucionalidad fragmentada sin rectoría, el énfasis en la focalización en poblaciones vulnerables, la disminución del financiamiento internacional para la sociedad civil o la ausencia de compromiso empresarial, fueron elementos determinantes como frenos a los avances del proceso

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¿En qué situación se encuentra actualmente el SNC? Se avanza en materia de regulación de servicios, ampliación de centros de cuidado infantil y dependientes mayores y en acciones de formación de formadores y capacitación de cuidadores/as. Se desarrollan acciones de incidencia política (actores políticos y sociales) para que el SNC se incorpore en la agenda programática del futuro gobierno: 2015-2020. Se profundizan los argumentos acerca del valor de la política de cuidados para el desarrollo y el bienestar y se aspira a fortalecer las coaliciones promotoras ampliando la participación de actores ausentes a fin de avanzar en el logro de pactos sociales y fiscales Como desafíos actuales podemos incluir la universalidad, esto es, atender el compromiso con la universalidad en tensión con la priorización y actual expansión de las políticas focalizadas de nuevo cuño dirigidas a la inclusión social. Se vincula al debate sobre la políticas fiscal (rentas generales o sistema mixto), Se requiere dimensionar económicamente las propuestas y un plan estratégico que apunta hacia la progresividad de la universalización. En segundo lugar se aspira a ofrecer servicios de calidad. Se trata de servicios de calidad con empleos de calidad, asegurar los derechos laborales de los/las trabajadoras, valorar su trabajo, incentivar su participación y remunerarlos adecuadamente, Para ello debe crearse un sistema nacional de formación del SNC y analizar los impactos del aumento del costo de los servicios en el marco de un lento camino hacia la universalización que dificultaría el acceso a los sectores medios, aunque podría favorecer el reparto intradoméstico del trabajo doméstico y cuidados. Además, es necesario ser consciente de que puede persistir la informalidad vía “arreglos” al margen de las regulaciones. En tercer lugar, debemos vencer inercias institucionales. Distintos servicios públicos actúan de forma separada (infancia, seguridad social, salud, educación) con competencias dispersas en torno a la regulación y prestación de servicios lo cual atenta contra la propuesta de sistema. Por ello se apuesta por una mayor integralidad, articulación y diferenciación entre las propuestas sectoriales Por último, se busca transversalizar la perspectiva de género: Incluir políticas justas de cuidado que incidan en un mejor reparto del cuidado y en incentivar la incorporación y mantenimiento de mujeres al mercado de trabajo. Se debe disponer de información sobre el tiempo destinado al cuidado y su reparto entre los integrantes del hogar. Respecto a los servicios se deben extenderlos horarios y la calidad de los empleos existentes. Se necesita incrementar la jerarquía del MAM para potenciar su capacidad de incidencia y la acumulación lograda en materia de información, personal técnico formado y asistencia técnica nacional e internacional.

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XIV.

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La incidencia de los instrumentos internacionales en materia de derecho de género en la agenda de los estados de la comunidad andina para favorecer la participación política de la mujer. Doctora Silvia Salgado, Parlamentaria Andina.

Una de los aspectos fundamentales en este encuentro es que en todas las intervenciones, al menos entre las compañeras nacionales, tienen la conciencia de que hablar de las mujeres en lo público implica reconocer una trayectoria de movimiento de mujeres que a lo largo de la historia ha venido bregando por los derechos de las mujeres y en particular ha posibilitado que un grupo de compañeras y compañeros estemos hablando de políticas públicas con enfoque de género. Me parece fundamental que este evento, que no puede entenderse sino como el resultado de una lucha histórica del movimiento de mujeres que bregó, se movilizó, trabajó, insistió, demandó y exigió los derechos. En segundo lugar es fundamental que el objetivo de este evento venga cumpliéndose cuando se han evidenciado los avances y el recorrido de las mujeres que implican logros importantes para la participación de las mujeres en el espacio de lo público En primera instancia, mis compañeras se han referido a la participación política de las mujeres. Tiene como antecedente una ley de cuotas luego de una constitucionalizarían de la paridad de la participación. La aplicación de principios fundamentales como la tolerancia y la pertinencia en la participación política, lo que ha permitido incrementar los índices de participación política (que si bien es cierto no logran aun la paridad, al menos en lo que es el derecho a la participación política en igualdad de condiciones en las listas para todas las elecciones populares están garantizados en la constitución y en nuestras leyes). Obviamente que esos resultados se codifiquen especialmente en el espacio rural es también el objetivo de este evento. ¿Cómo hacer que las autoridades que tienen responsabilidades políticas, la sociedad civil, las organizaciones de mujeres, las organizaciones política y el electorado en su conjunto que en las próximas elecciones de febrero de 2014 cambiemos esa agenda? Nos decía Roxana Silva que fluctúa entre el 10 y 15% la participación política femenina. En ese sentido, si participamos en un 50%, ¿Cómo hacer posible que ese número se incremente y que se vayan garantizando la equidad y la inclusión? Debemos entender que no solo la paridad permitirá vencer las inequidades sino cuando hagamos posible el acceso a la educación de la mayoría de las mujeres, cuando consigamos disminuir esa dependencia de las mujeres hacia el compañero, cuando sea posibles que nuestro sistema de partidos políticos tengan como obligación la capacitación, la preparación y la formación de liderazgos femeninos. En definitiva cuando tengamos un sistema económico que permita vencer las inequidades y especialmente, la pobreza. … en definitiva, entendemos que la mujer en lo público pasa por reconocer pasa por reconocer esos derechos políticos pero también pasa por 75


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políticas públicas que van contribuyendo a vencer las brechas de inequidad histórica que hemos tenido las mujeres en nuestro país y en la región. Así las compañeras nos han hablado de la política pública de infancia o respecto a garantizar el acceso a la justicia. Son esas políticas públicas las que posibilitan el poder hablar de la mujer en el espacio de lo público. Se develan así una serie de tareas, pues si bien es cierto que hay un trecho caminado pero hay mucho pendiente… En el campo de los derechos de las mujeres, hay que reconocer que los instrumentos internacionales han venido a jugar un papel fundamental en la constitucionalizacion y en la elaboración de una normativa que proteja y garantice el ejercicio de los derechos de las mujeres. En el 1948 encontramos la Declaración Universal de Derecho Humanos, pero no fue hasta luego de 30 años se pudo obtener un instrumento internacional que dentro del Derecho Internacional obliga a los Estados firmantes a proteger y garantizar los derechos de la mujer. Me refiero a la Convención para la Eliminación de toda forma de discriminación a la Mujer (CEDAW). Es el instrumento que recoge una serie de propuestas, políticas y obligaciones para que los estados asuman estos derechos. Es evidente que no se ha quedado ahí sino que se han generado una serie de instituciones para la vigilancia del cumplimiento de derechos: Comité, Cortes, Conferencias, Comisiones, etc.; que han permitido tener indicadores o parámetros con los que, a nivel mundial, poder establecer niveles de comparación, evaluación y procesamiento de avances, problemas o puntos sensibles que han posibilitado priorizar los puntos de las agendas de las mujeres. Cuando hablamos de región, debemos concientizarnos y comprometernos a desarrollar una agenda regional. En temas de integración la Comunidad Andina de Naciones no ha dejado de implementar agendas cuando se crean consejos de mujeres, altas autoridades de la región Andina y levantan una agenda que culmina inclusive con una serie de indicadores que dan cuenta de la situación de los derechos las mujeres en la Región Andina. Pero también estos procesos de integración van renovándose y proyectándose a una ampliación necesaria en la región, obviamente con el interés económico comercial pero también con el objetivo de garantizar una integración social que tenga como fundamento las condiciones de vida, que tenga como prioridad el impulso de los derechos a las mujeres; en definitiva, cuando se habla de la construcción de una ciudadanía andina, sudamericana o universal exige que se ponga en el tapete de la discusión temas como los que hoy se nos habla, como por ejemplo cuando nuestra compañera de Uruguay nos muestra el sistema nacional del cuidado y nos propone un nuevo escenario. Se trata de políticas públicas que den respuesta a cuestiones como el envejecimiento de la población, especialmente cuando tenemos mujeres quienes no han tenido acceso a la seguridad social. Planteamos la necesidad de construcción de una agenda de cara al nuevo proceso de integración sudamericana y latinoamericana. Que la identidad de nuestros pueblos andinos es una experiencia que nos ha permitido transitar a lo largo de estos más de 76


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35 años y que se ha concretado con la creación de una Carta Social Andina de derechos. Esta experiencia y esta carta nos posibilita hoy en día a definir qué tipo de integración queremos y fundamentalmente nos centremos en construir un nuevo bloque regional en donde el enfoque de derechos y de genero nos permita llegar al cumplimiento de lo que hoy hemos hablado: los derechos económicos, sociales, culturales, colectivos, políticos y civiles. En ese marco de debate de discusión nos encontramos en la sección sudamericana y ojala entonces podamos poner en debate temas como la paridad política en los nuevos organismos de integración. Me refiero a la necesidad de ir construyendo ese Parlamento Sudamericano donde estos temas sean parte de esa nueva agenda y podamos desde nuestra experiencia vivida en cada uno de nuestros países ir contribuyendo a la construcción de estos nuevos enfoques y paradigmas. Nada es casual cuando se trata de las mujeres. Ayer se nos anunciaba que dos mujeres en Chile disputaran la presidencia de ese país. En nuestra región contamos con dos mujeres en funciones dentro de la Presidencia. En estas condiciones creemos que La participación de la mujer en lo público tiene que ir sellándose en la institucionalización de los derechos y debe ir proyectando frente a los nuevos desafíos que nos exige la región. En el paso del Parlamento Andino que representamos a 110 millones de ciudadanos que integran la Comunidad Andina: Colombia, Ecuador, Venezuela y Perú. Nos preguntamos en qué condiciones levantaremos una agenda para representar a 440 millones en la comunidad sudamericana. Los temas de las mujeres pasan por reconocer también los problemas que tenemos en la globalidad de la sociedad, en los intereses económicos regionales, en este reposicionamiento de estos bloques económicos en el mundo que permiten dar respuesta a los problemas de la pobreza, que permiten en todo caso la redistribución de la riqueza para garantizar derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales… en puridad, derechos que nos permitan cada día ser más seres humanos independientemente del origen del que provengamos. Por eso es que finalmente quiero convocarles a entender un problema que vive la región y especialmente miles de mujeres: es precisamente la propuesta de paz que debemos apoyar desde los diferentes países en el mundo para la hermana República de Colombia. Es por ello que desde el Parlamento Andino hayamos incorporado los temas de migración, refugio, desplazamiento, delincuencia transnacional, narcotráfico y delitos transnacionales… Solo entendiendo este paradigma de la integración a través de la defensa de los derechos humanos por sobre cualquier otro interés, permitirá entonces decir que las mujeres en el espacio público y privado podemos hacer un mundo diferente y mejor.

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XV.

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Las mujeres y el diálogo por la democracia, la paz y la justicia social en los países andinos. Doctora Gloria Flórez, Parlamento Andino. Colombia.

Hoy en Colombia tenemos a los enemigos de la paz, a esos que todos los días están en los medios de comunicación y que limitan las esperanzas de paz en el país. Pese a ello, continúan las posibilidades de un dialogo y de un acuerdo en el país. Hace más de un año que el gobierno se ha sentado con una de las fuerzas de insurgentes, el Frente Armado Revolucionario de Colombia (FARC); además, parece haber indicios de un dialogo con el Ejército de Liberación Nacional (ELN). Con ellos los colombianos/as podríamos tener visos de una salida político a un conflicto de 60 años de violencia que ha dejado innumerables secuelas e impacto, tanto al cuerpo de las mujeres como a la sociedad en general Hablar de participación política y de democracia en un país como Colombia pasa por la superación de la guerra que hemos soportado y vivido, de sus secuelas e impactos y por supuesto de la construcción de la paz, que es un elemento fundamental para poder avanzar en ese ejercicio de participación política y ciudadana. Durante 33 años ha laborado desde la sociedad civil en la defensa de derechos humanos y la construcción de la paz Su experiencia política en breve, pues sólo recientemente (hace 3 años) ingresa como miembra del Parlamento Andino. No es fácil el tránsito de la sociedad civil a la política. Aún más para las mujeres, pues no es fácil romper con lógicas patriarcales y de la política que se imponen sobre nosotras y nos aísla de las posibilidades de ejercitar nuestra batalla en el ejercicio de la política. Quisiera hablar del hecho de que parte del déficit democrático está centrado en la exclusión histórica de las mujeres, de los pueblos indígenas u originarios, de los afro descendientes y en general de los más pobres de la toma de decisiones políticas. Ello empeora en regímenes políticos, como el colombiano, que posa ante la comunidad internacional de ser uno de los más democráticos (gracias a su proceso constituyente) pero que sin embargo mantiene un sistema político todavía centrado en el control de las elites políticas de siempre junto a los nuevos elementos que han dinamizado la política de los últimos años y que han hecho un profundo daño en la institucionalidad y en la democrática colombiana; son el llamado poder mafioso, que se ha entronizado en el sistema y que ha logrado no solo controlar importantes segmentos en el Congreso de la Republica sino también importantes instituciones de la justicia, militares, policías e instancias de decisión local, departamental y nacional. Para luchar en ese contexto contra las mafias violentas que se han empoderado de nuestro país, hace falta la importante tarea de las mujeres. El déficit democrático no es fácil resolverlo cuando dentro de una democracia se articulan acciones del orden militar violento, incluso para el control político; y por otro lado, el romper con siglos de dominación de estructuras políticas partidarias política partidarias que continuaran dominando bajo lógicas clientelistas, de compra de votos… 78


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Por eso es tan importante venir a un ámbito como éste, oír a mujeres que tienen cargos tan importantes en la justicia, en el legislativo, en el ejecutivo, etc.; y saber que este país hoy se constituye precisamente porque dio un salto a una revolución ciudadana. Ecuador es hoy, para las mujeres colombianas, no solo un referente fundamental sino también en un icono para que las mujeres colombianas podamos beber de esas transformaciones y dar los saltos cualitativos que necesitamos en nuestro país. El sistema político colombiano es profundamente complejo y patriarcal en todos los ámbitos (local, departamental y nacional). Incluso podría plantearse el debate sobre quienes llevan los proyectos integracionistas de nuestros pueblos, pues las mujeres también debemos avanzar y ocupar puestos destacados en los espacios parlamentarios regionales y en espacios donde se define la política de integración de nuestros pueblos. En Ecuador se ha desplegado una visión periodística de desaprobación de la labor del Parlamento Andino, desestimando su trabajo. Sin embargo en lo que estamos sumergidos no es en la suerte del Parlamento Regional sino probablemente en un proyecto de integración de nuestros pueblos. En el fondo de toda esta discusión del futuro de la CAN están dos visión integracionistas: una que pretende la integración desde los acuerdos de libre comercio; la otra, que busca un proyecto de integración de alianzas y estrategias que lucha en bloque frente al modelo que tanto daño ha hecho a nuestros pueblos, esto es, el neoliberalismo. Desde esta perspectiva, las mujeres debemos dar pasos importantes en nuestra participación pública, desde lo local hasta los procesos de integración. Precisamente Colombia consta de una precaria participación política femenina y se encuentra en el puesto 106 del ranking mundial. Aunque la ley de cuotas se aprobó, se torna inoperante, puesto que a pesar de estipular un mínimo del 30% de mujeres en las listas, la norma no constituye una obligación por sí misma para la conformación de la Cámara, lo que desvanece completamente su fuerza. Esto es así dado que en las listas las mujeres incluidas no tienen posibilidades reales de disputar una elección frente a poderes que cuentan con los recursos y los medios económicos para poder hacer su campaña. Además, se trata de una elección Presidencial especialmente significativa pues de ella dependerá el posicionamiento del subsiguiente gobierno, que deberá determinar si Colombia avanza hacia la paz o si bien avanza hacia la guerra. Estas son dos posiciones claramente diferenciadas en el país. El tema de la paz es fundamental; las mujeres, que siempre hemos trabajado en pro de la paz, constituimos la esperanza y decidimos que jugaríamos un papel protagónico en esa construcción de paz, para lo cual construimos el espacio de Mujeres por la paz. Decidimos que no nos quedaríamos calladas como lo hemos hecho tradicionalmente en nuestra resistencia pacífica que tuvimos durante años. Por ello es tan importante la participación política de mujeres, para avanzar y profundizar en un proyecto de reconciliación del país. 79


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La ausencia de las mujeres es flagrante: la mesa de negociación entre gobierno y FARC está compuesta única y exclusivamente por hombres. La inclusión de las mujeres en esta mesa es nuestra demanda con el fin de incorporar una agenda de las mujeres con una propuesta de inclusión económica política, cultural y social que nos ayude a superar tantos años de guerra. Y además para incorporar la agenda de las víctimas que es el camino para la reconciliación. Por último, quisiera proponer tres necesidades que hemos identificado en el Parlamento Andino: 1. Impulsar la acción por la paz nueva y acompañamiento de las mujeres, que se una a un espacio que hemos venido desarrollando en el que los y las asambleístas de Ecuador han tenido un papel importante: parlamentarias y parlamentarios por la paz. Es una propuesta que debemos promover desde este mismo evento donde hemos confluido mujeres de toda Sudamérica. El objetivo es que todas las mujeres nos rodeemos en un abrazo latinoamericano fraterno en el proceso de paz en Colombia. 2. El envite de la iniciativa lanzada entre nuestra frontera binacional y apoyada por ONU mujeres. Nuestra tarea es trabajar para poner en primer lugar la agenda de las mujeres en la frontera Norte, mujeres que han sido víctimas de un conflicto, víctimas de la guerra y de la resistencia. 3. Debemos esforzarnos porque el año entrante podamos laborar sobre la agenda humanitaria para la paz desde lo internacional, para visibilizar a los refugiados y para explorar los caminos que permitan la contribución de América Latina de una manera más decidida en la construcción de la paz de Colombia

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