5. No se permiten personas ajenas al plantel escolar
Escuela Pretécnica
luego de haber comenzado las tareas del día.
Antonio S. Pedreira
6. El estacionamiento es para uso del personal escolar.
CALLE GUAYAMA NÚM. 300 VILLA DEL CARMEN, CAGUAS PUERTO RICO , 00725
7. Cualquier persona que necesite entrar al plantel escolar tiene que pasar por la oficina a solicitar autorización y el /la Directora/a determinará el acceso de ésta al plantel.
Tel. 787-743-4868 Fax. 787-744– 6620
8. Para dialogar con los/las maestros/as se requiere cita previa coordinada con estos/as en su hora de capacitación. 9. El Trabajador Social atenderán por cita previa
Reglamento Interno del Estudiante
y Consejera Escolar
10. La Directora atenderá por cita previa. 11. Las transcripciones de créditos se solicitarán con una semana de antelación.
“Cuando tengas una tarea difícil que hacer, algo que parece imposible, solamente trabaja cada día un poco, todos los días un poco, y de repente verás que el trabajo estará terminado.” Karen Blixen
Esc. Pretécnica Antonio S. Pedreira
Elaborado por: Profa. Anette I. Rivera Cotto
12. Los mensajes para los estudiantes se harán a través de la oficina, no se interrumpirán las clases para entregar mensajes a los estudiantes. 13. Los mensajes para los/las maestros/as se harán a través de la oficina. Se colocarán en los apartados de los/las maestros/as a menos que sea algo urgente. 14. La escuela no se responsabiliza por artículos extraviados en la misma. 15. Los documentos como certificaciones de residencia o cupones u otro documento oficial se entregarán con una semana de antelación. El documento será entregado los jueves en un sobre sellado. Si el documento es abierto el mismo perderá su validez.
Si usted desea leer en su totalidad nuestro Reglamento Interno del Estudiante de la Escuela Pretécnica Antonio S. Pedreira puede solicitarlo en la Oficina o en la Biblioteca
Escolar.
Resumen de los Deberes de los Padres "La escuela a de edificar en el espíritu del escolar, sobre cimientos de verdad y sobre bases de bien la columna de toda sociedad, el individuo." Eugenio María de Hostos
VI. DEBERES DE LOS PADRES
GOBIERNO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN REGION EDUCATIVA DE CAGUAS DISTRITO ESCOLAR DE GURABO ESCUELA PRETÉCNICA ANTONIO S. PEDREIRA CALLE GUAYAMA NÚM. 300, URB. VILLA DEL CARMEN CAGUAS, PUERTO RICO 00725 TEL. 787-4868 FAX 787-744-6620 Yo _________________________________ madre, padre o encargado de ________________________________________ que esta en el grupo ______________ de la Escuela Pretécnica Antonio S Predeira nos comprometemos a cumplir con las normas y procedimientos establecidos en el Reglamento General de Estudiante del Departamento de Educación de Puerto Rico del 8 de diciembre de 2011 y el Reglamento Interno de la Escuela. En Caguas, Puerto Rico hoy ______ de ____________ de 201___ ________________________________ Firma del madre, padre o encargado ________________________________ Firma del Maestro (a) _________________________________ Firma del Director (a) Escolar ***Favor de desprender esta hoja y devolver firmada
1. El adulto responsable del menor, viene obligado a velar por el comportamiento de su hijo/a en toda actividad escolar. 2. Es responsabilidad del adulto encargado del menor el velar por el cumplimiento de la asistencia puntual a clases y que éste asista con los materiales requeridos por el curso. 3. El/la encargado/a del menor tiene la obligación de acudir a la escuela cuando se le cita. De no ser así debe comunicarse con la escuela para pedir una nueva cita. 4. El padre, madre y/o encargado es responsable de recoger al niño/a a la hora de salida dentro de los portones de la escuela a la hora indicada. 5. Es responsabilidad del encargado proveer a la escuela varios teléfonos para comunicarnos en caso de emergencia. El costo de los servicios del 911 serán costeados por el encargado en su totalidad. Es responsabilidad de éste informar a la escuela (maestro/a de salón hogar) cualquier cambio de dirección o teléfono. 6. La escuela no podrá administrar medicamentos al/la niño/a. 7. Los padres, madres y/o encargados podrán entrevistarse con los/las maestros/as con cita previa. 8. Es responsabilidad de los padres, madres y/o encargados asistir a las reuniones y cooperar con las actividades. 9. Es responsabilidad de los padres, madres y/o encargados reponer toda propiedad de la escuela o de otra persona que sea dañada por su hijo/a, por una de igual o mejor calidad según sea determinado por la administración escolar. Aún cuando este daño sea accidental (sin premeditación) causado por la conducta irresponsable o inadecuada del/la alumno/a.
10. Ningún padre, madre y/o encargado podrá intervenir con otro menos que no sea su hijo/a. 11. Ningún padre, madre y/o encargado podrá agredir física o verbalmente al personal escolar, de así ocurrir será denunciado a la Policía Estatal. 12. Ningún padre, madre y/o encargado podrá convocar a reuniones de padres sin la autorización del/a Director/a. 13. Se prohíbe la entrada de los padres, madres y/o encargados/as al comedor escolar. 14. Es responsabilidad del padre/madre y/o encargado informar por escrito a los maestros que le dan clases al niño/a cualquier condición de salud que afecta su funcionamiento escolar. Otras disposiciones:
1. El teléfono es para casos de emergencia, ninguna persona podrá utilizarlo sin previa autorización. La persona encargada del mismo es el personal de la oficina. 2. La oficina no es lugar de reunión; es lugar de trabajo; por lo tanto los estudiantes no pueden estar en la oficina a menos que se les requiera su presencia. 3. Toda persona que llegue al plantel escolar tiene
que vestir adecuadamente: A. No se permiten personas en pantalones cortos, camisas sin mangas, batas de dormir, escotes, camisas con rotitos (perforaciones), faldas o trajes cortos, barrigas por fuera, entre otros. 4. Fumar está prohibido por ley en el plantel y sus alrededores (de verja a verja).