Apuntes fondos de inversión y productos de previsión francisco javier cervigon ruckauer

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Fondo F os de inverssi贸n y prod ductoss de previsi贸n n


Tabla de contenido Introducción…………………………………………………………………………………2 1. Las instituciones de inversión colectiva: los fondos de inversión…………….3 2. El papel de las instituciones financieras para la cobertura de riesgos………12 3. Los planes de pensiones……………………………………………………………..14 4. Los seguros……………………………………………………………………………..21 5. Otros productos de previsión……………………………………………………….24

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Intrroducciión La elección e de los instrum mentos fina ancieros se e considera a que no e es una dec cisión indep pendiente de d la propia a decisión de d ahorrar, sino s que la existencia de instrume entos finan ncieros adeccuados a la as necesida ades de los agentes ecconómicos y un tratam miento fiscal favorable al ahorro a largo pla azo incentiv van el ahorro de las fa amilias. En n este ulo vamos a analizar productos p fin nancieros pensados, p b básicamente e, para canalizar módu ahorro a largo plazo. p

Una persona pu uede invertir sus ahorro os directam mente, ya se ea en activo os de renta fija o able, toman ndo las deccisiones de e inversión por sí missma y adqu uiriendo de este varia modo o un alto grrado de inde ependencia a. Por el e contrario, cuando se e invierte directamente d e por uno mismo m surg gen una serrie de barre eras que de esincentivan n esta actividad, como pueden se er, por ejem mplo, los cos stes y limita aciones en términos de información, dedicac ción, importtes a inverttir, gastos de d las operaciones, difficultades para diversifficar y para evaluar corrrectamente e los riesgos s que se assumen, etc.. Es por p ello que e la inversió ón a través de instituc ciones de in nversión co olectiva pos sibilita mitig gar o incluso eliminar alguna a de las l barreras s anteriorm mente referid das, ya que e con una sola inversión en un u fondo de inversión, podem mos elimina ar las barrreras on la escassez o inexa actitud de la a informaciión, la dedicación que e una relaccionadas co inverrsión requie ere, las dificcultades pa ara lograr una u diversifiicación óptiima, etc. ya a que los gestores g del fondo de inversión se s encargarrán de ello. Sin embarrgo, hay alg gunas barre eras que no o pueden ser s eliminad das totalme ente —aunq que sí mitig gadas— a través de la a inversión en un fond do de inverssión, como son los prroblemas de erivados de e una evalu uación incorrecta del riiesgo que se s asume co on las inverrsiones. Los fondos f de pensiones p fu uncionan de e una mane era parecida a a los fond dos de inversión, aunq que su objetivo principa al es la con nstitución y rentabilizacción de un a ahorro de cara c a la jub bilación dell partícipe. Dependien ndo de los activos a en los que invvierta un pla an de penssiones, los rendimienttos generad dos por el mismo en n el mome ento del rescate (jubillación del partícipe) p se erán mayorres o meno ores. En el caso de que una perrsona

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valore más la seguridad de no obtener pérdidas derivadas de una inversión, puede considerar otros productos, como son los seguros de ahorro. Adicionalmente a lo anterior, abordamos los productos de seguros que se utilizan para cubrir los posibles riesgos que puedan acaecer sobre una persona o sobre su patrimonio. Aparte de los planes de pensiones y los seguros también existen otros productos de previsión que es interesante estudiar y analizar, dada su significativa presencia en el mercado.

A continuación, se indica el índice que vamos a seguir en la presentación de este módulo: en primer lugar se abordarán las cuestiones principales de las instituciones de inversión colectiva, como son su concepto, sus tipos, objetivos y las ventajas que proporcionan al inversor. Posteriormente, se tratará el papel de los instrumentos financieros como elemento para la cobertura de riesgos. En tercer lugar, se explicará el funcionamiento y las diversas modalidades de planes de pensiones. A continuación, se tratan los productos de seguros, y, por último, se abordarán una serie de productos de previsión social no menos importantes que los anteriores, que pueden contratarse de forma independiente o de forma complementaria a un plan de pensiones, como son los planes individuales de ahorro sistemático, los planes de previsión asegurados y la hipoteca inversa.

1. Las instituciones de inversión colectiva: los fondos de inversión a) Concepto y características

Comenzamos hablando acerca de las instituciones de inversión colectiva (IIC), que son aquéllas que tienen por objeto la captación de fondos del público para gestionarlos e invertirlos en bienes, derechos, valores u otros instrumentos financieros o no financieros, siempre que el rendimiento del inversor se establezca en función de los resultados colectivos obtenidos. Las instituciones de inversión colectiva de carácter financiero, en función de su forma jurídica, se pueden clasificar de dos formas distintas, que son: fondos de inversión y sociedades de inversión. 

Los fondos de inversión: son patrimonios separados, sin personalidad jurídica, formados por las aportaciones de los inversores. Al carecer de

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personalidad jurídicca, precisan n para su representació ón, gestión y administrración d dos tipo os de entidades esp pecializadass, que son n una de los servicios de sociedad d gestora y una entidad d depositaria. 

Las sociedades de invers sión, conocidas en la jerga ffinanciera como ad jurídica propia, al estar constituidas como “SICAV’ss”, tienen personalida sociedad des anónim mas y, por tanto, t están n gobernadas y repressentadas por p su Junta Ge eneral de Accionistas A y su Consejjo de Admin nistración. Las sociiedades de e inversión pueden es star autogesstionadas, ccon sus prropios medios y personal de gestió ón, o bien pueden encargar e la gestión a una sociedad d gestora de institucion nes de inve ersión colecctiva. Esto ú último es lo o más habitual. En cualq quier caso o, precisan de los servicios s d de una en ntidad aria, que ad dministra y custodia lo os valores de d su carte era de inversión. deposita Los inve ersores en las SICAV V’s adquieren accion nes de la ssociedad y son accionisttas de la miisma.

Por otro o lado, las IIC cuen ntan con una serie de e ventajas competitiva as frente a otros instru umentos de inversión n, lo que ha hecho que en la as últimas décadas hayan h expe erimentado una expan nsión sin precedentes p s, especialm mente entre e los invers sores mino oristas, pero o también entre e los gra andes inversores. Entre estas ve entajas debemos seña alar:  Gestión profesiona al: las IIC C cuentan n con una a gestión profesiona al de es, generalm mente prop porcionada por una so ociedad esp pecializada, que inversione debe disponer de los medio os humano os y técn nicos suficiientes, parra el nto, la con ntratación, la valoración y la co ontabilidad de los ac ctivos seguimien financieros. El hecho o de estar sometidas s a la supe ervisión de las autorid dades a país garan ntiza esa prrofesionalidad. gubernativvas de cada nversión qu ue proporc cionan: cua alquier dem manda  Numerosas alternattivas de in de inversiión, de cua alquier tipo de activos, ya sean de d renta fija, variable o de cualquier zona geogrráfica, pued de realizars se a través de fondos de inversió ón. La a de clasificcaciones estándares e e de e la IIC qu ue se existencia facilita la elección adapte a las necesid dades de cada c invers sor, garantizando que el inversor sea nte de dónde está invirrtiendo. plenamente conscien

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 Posibilidad de acceso con cuantías relativamente moderadas: por sus características,

se

pueden

obtener

rentabilidades

de

mercado

con

independencia del importe invertido. La rentabilidad de cada partícipe se establece de acuerdo con los rendimientos colectivos, independientemente de la aportación que se haya realizado al fondo común.  Diversificación: invertir a través de instituciones de inversión colectiva permite diversificar e invertir en numerosos activos y mercados desde pequeños importes, lo que resultaría imposible realizar por parte de un inversor individual.  Seguridad Jurídica: aunque varía mucho de unos países a otros, la seguridad de estas instituciones se debe al sometimiento a los órganos gubernamentales encargados de la supervisión de los mercados de valores en cada país, la obligatoriedad de contar con auditorías externas y el papel del control del riesgo y del cumplimiento normativo interno de la gestora y la depositaria. Además, en economías como las de la zona Euro, los inversores cuentan con un factor adicional de seguridad por la existencia de fondos de garantía de inversiones, que tienen por función indemnizar, al menos parcialmente, a los inversores en los casos de insolvencia de las empresas de inversión.  Liquidez: los fondos de inversión, por lo general, gozan de una gran liquidez, pudiéndose comprar o vender participaciones diariamente, siendo posible liquidar la posición en pocos días, salvo en fondos de inversión con características especiales, como los hedge funds, en los que expresamente se establecen restricciones, con ventanas de liquidez, mensuales o, incluso, anuales.  Costes reducidos: las inversiones a través de instituciones de inversión colectiva reducen los costes operativos de intermediación, depósito, etc., ya que al contar con un mayor patrimonio pueden acudir a los mercados profesionales y conseguir mejores condiciones que un inversor particular.  Información: las entidades gestoras y comercializadoras de fondos de inversión están obligadas a ofrecer información detallada de la evolución de su patrimonio e inversiones realizadas con carácter previo a la contratación y, posteriormente, mientras dure la inversión. Los folletos informativos de las IIC suelen contener información exhaustiva de las mismas.  Ventajas fiscales: las instituciones de inversión colectiva suelen contar con un trato tributario muy beneficioso, frente a la inversión directa. Algunos países han utilizado esta fiscalidad super-reducida como una forma de atraer a su territorio

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este tipo de instrum mentos de inversión, como es el e caso de e Luxemburrgo o Irlanda. Por otro lado, el e patrimon nio de los fondos f se constituye c d las aportaciones de de d los p nes, de igua al valor y ca aracterística as. Las SIC CAV’s, partícipes, y se divide en participacion onstituirse como c sociedades, cue entan con acciones. a P Para invertirr en una IIC C, los al co inverrsores tienen que suscribir (o comprar) participaciones o a acciones, según s corre esponda co on la forma a jurídica de d la instittución; si quieren q dessinvertir (to otal o parciialmente), será nece esario que e procedan n a la ve enta (reem mbolso) de sus particcipaciones o acciones. Aunque no o es lo más s habitual, hay h también n IIC que ab bonan dividendos a sus inversores.

Las participacio p ones, al contrario que la as acciones s, no tienen n valor nominal, sino que se les asigna a diarriamente un valor liquidativo, id déntico parra las susccripciones y los reem mbolsos, qu ue es equivalente al valor de cotización de las accciones. El valor liquid dativo se de etermina divvidiendo el valor total neto n del patrimonio de el fondo, una vez dedu ucidos los gastos g impu utables al mismo, enttre el núme ero total de e participaciones emitiidas. El va alor liquidattivo está ca alculado co omo valor de mercad do, es decir, se valorran todas la as inversiones del fon ndo (valore es y activoss) como si se tuvieran n que vend der totalmen nte. Ello im mplica que el valor liquidativo de e las participaciones de d los fondo os de inverrsión recoge e diariamen nte todas la as variacion nes que se producen en e los preciios de los distintos d actiivos que co omponen la cartera del fondo. Para a ilustrar lo anterior, ve eamos el sig guiente ejemplo con re especto al cálculo del valor liquid dativo de un n fondo de inversión: i El pa atrimonio ne eto de un fo ondo de invversión, a 16 de abril de d 2013, esstá integrado por los siguientes activos: 00.000 €  Cuenta corriente: 2.00 ad anónima X, de un valor v nomin nal de 20 € cada  100.000 acciones de la socieda u una, que cottizan a 40 €. €  10.000 bonos del Esttado, de un valor nomiinal de 500 € cada uno o, que cotiz zan al 9 98%.  20.000 oblligaciones autonómica a as, de un va alor nomina al de 1.000 € cada una a, que c cotizan al 10 05%.  El fondo de e inversión tiene 10.00 00 participaciones.

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¿Cuál es el valor liquidativo de las participaciones de este fondo de inversión a día 16 de abril de 2013?

Para obtener el valor liquidativo de un fondo de inversión es necesario valorar correctamente cada uno de los activos que tiene en cartera, lo que se refleja en el cuadro que se muestra en esta diapositiva.

Sabiendo que el fondo de inversión cuenta con 10.000 participaciones, para obtener el valor liquidativo de cada participación, se utiliza la siguiente expresión:

Valor liquidativo = Valor total de los activos del fondo / Nº de participaciones del fondo Valor liquidativo = 31.900.000 € / 10.000 = 3.190 €

De esta manera, se obtiene que el valor liquidativo unitario de una participación de este fondo es de 3.190 €. Como se ha comentado anteriormente, un fondo de inversión es un patrimonio sin personalidad jurídica, que necesita para su representación, gestión y administración de los servicios de dos tipos de entidades, que son: 

la entidad gestora de instituciones de inversión colectiva, en quien reside la representación del fondo y que realiza la labor de gestión y administración; y

la entidad depositaria, que será una entidad debidamente autorizada para la administración y custodia de valores, como las entidades de crédito o las sociedades de valores.

Además, un partícipe debe tener presente que la inversión en fondos de inversión no siempre está exenta de costes. Tal es el caso de las comisiones de suscripción y reembolso, que se cargan a los partícipes, no al fondo, en el momento de la suscripción o del reembolso de las participaciones.

Por otro lado, como se puede observar en el esquema de esta diapositiva, el fondo de inversión tiene que pagar los servicios que recibe de la entidad gestora y de la entidad depositaria, a través de las comisiones de gestión y depositaría, respectivamente.

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b) Re entabilidad d y riesgo de d los fond dos de inve ersión En este apartad do se abordan cuestion nes relacion nadas con la a rentabilida ad de los fo ondos de in nversión. La L rentabilid dad de los mismos se s calcula por p comparación entrre los valorres liquidatiivos corresp pondientes a las fecha as que se utilicen u com mo referenc cia de inicio o y final del período. Así, A si en la fecha F0 el e valor liquiidativo del ffondo era VL V 0, y en la a fecha Ft el valor es VL V t, tendrem mos que la rentabilidad r del fondo ((rt) en el pe eríodo F0-Ft será

rt 

VLt  VL0 x100 VL0

Iguall haríamos si en lugar del valor liq quidativo de e un fondo de inversió ón, se tratarra del preciio de comprra y precio de venta de e las accion nes de una SICAV. S

Veam mos el sigu uiente ejemplo: A 31 de d diciembrre de 2010, el valor liiquidativo de d las particcipaciones de un fond do es de 1.205,38 eu uros y a 31 de marzo de 2012 es e de 1.378 8,94 euross. La renta abilidad de el fondo en ntre ambass fechas e es: [(1.378,94 1.205 5,38)/1.205 5,38] x 10 00 = 14,4% %. Este dato d implicca que si vendemos s las particcipaciones a dicho valor habremo os obtenido una ganan ncia del 14,4 4% (sin ten ner en cuen nta las comisiones apliccables). Sin embargo, debe tene erse en cu uenta que el porcenttaje anterio or no refle eja la abilidad anu ual, sino la obtenida o en n un período o superior, ya que esta a rentabilida ad se renta ha ge enerado en n un periodo o de 456 díías. Para ob btener la tasa de renta abilidad anu ual es preciiso anualizzar la renttabilidad. Para P ello, simplemen nte, debem mos plantea ar un problema de capitalización compuesta a:

VL Lt  VL0 (1  ra )t de ra sería la rentabiliidad anualizada y t re epresentaríía el períod do tempora al, en dond añoss, que se ha a mantenido la inversiión. De aqu uí, despejan ndo, se extrae la exprresión de cá álculo de la rentabilidad anualizad da, que es la siguiente:

 VL  1t  ra   t   1 *100  VL0     a obra se pu ublica bajo licencia crea ative comm mons Esta


En el ejemplo anterior, tendríamos que la rentabilidad anualizada de la inversión en ese fondo de inversión vendría dada por la expresión:

 1.378,94 365 456  ra    1 *100    1.205,38    dado que han transcurrido 456 días (= 456/365 años) entre la suscripción y el reembolso de las participaciones. De donde se obtiene que la rentabilidad anualizada de nuestra inversión en el fondo de inversión sería de:

ra  11,37% Para el partícipe o accionista de una IIC, el concepto de rentabilidad realmente significativo es la rentabilidad neta de comisiones y gastos, por lo que es muy importante tener en cuenta, antes de la contratación, los diferentes cargos por comisiones que va a soportar el fondo en cuestión y que están regulados bien por la normativa de inversión colectiva, bien por los contratos de naturaleza privada que vincule a los partícipes con las IIC. Veamos un ejemplo que ilustra el efecto que tienen las comisiones de suscripción y reembolso sobre la rentabilidad de una inversión en un fondo de inversión: una persona adquiere, el 1 de enero de 2013, 100 participaciones de un fondo de inversión a un valor liquidativo de 10 euros y con una comisión de suscripción del 2%. Al cabo de un año vende dichas participaciones a un valor liquidativo de 13 euros, debiendo satisfacer una comisión de reembolso del 3%. ¿Cuál es la rentabilidad obtenida por esta persona?

Para obtener la rentabilidad neta de esta operación, hay que ver a qué precio suscribió y a qué precio reembolsó:

Como consecuencia de la comisión de suscripción, el partícipe se ve obligado a pagar 1.020 €, en lugar de 1.000 €, que es lo que le correspondería en caso de que no existiera comisión.

A la hora de vender las participaciones, el partícipe obtendrá 1.261 €, que es una cantidad inferior a los 1.300 € que le corresponderían si no existiera comisión.

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Por tanto, t la co onclusión qu ue se extra ae es que la a comisión de suscripción aumen nta el impo orte total de la compra, y la comisiión de reem mbolso mino ora el imporrte de la ven nta. Por último, ú qued da calcular la rentabilid dad neta ob btenida por este e partícipe:

R (%) = [(Precio de e venta – Prrecio de com mpra)/Precio de comprra] x 100 R = [(1.2 261 € - 1.02 20 €)/1.020 €] x 100 = 23,62%. Para a el ahorrad dor, el riessgo en los fondos o sociedadess de inverssión tambié én es impo ortante. Se deriva fund damentalme ente de las s oscilacion nes que se producen en el valorr liquidativo o, debido a las variaciiones en lo os valores de d mercado o de los ac ctivos finan ncieros que componen n la cartera del fondo. Un fondo tendrá t mayo or riesgo cu uanto mayo ores sean esas e oscilacciones (independiente emente de que q el fondo haya obte enido pérdidas o gana ancias en un n período determinado d o). De manera m gen neral, se presupone mayor m nivel de riesgo a la renta vvariable que e a la renta a fija y a esta e última mayor que a los ac ctivos mone etarios, que e se consid deran práctticamente sin s riesgo. Pero P esto no quita que e la renta fija a, especialm mente los bonos b a larrgo plazo, sufran grandes oscila aciones de valor en momentos de turbule encias finan ncieras, cu uando

los

tipos de e

interés o

las

prrimas

de

riesgo

os scilen

conssiderableme ente.

enta variable e, tendrían mayor ries sgo los activos no den nominados en la Denttro de la re divisa nacional (porque, al riesgo propio de la re enta variablle, se le suma el riesg go del d cambio de la mone eda corresp pondiente) y, y entre ésttos, la renta a variable de d los tipo de paíse es emerge entes. Asimismo, tie enen más riesgo los valoress de peq queña capittalización que los de mayor m capittalización. También T tie enen más riiesgo los fo ondos secto oriales (que invierten n mayoritarriamente en e un solo o sector específico de d la econ nomía) que los que inclluyen valore es de nume erosos secto ores. Existten distinta as medidass del riesgo o de un fo ondo, aunque la máss utilizada es la cono ocida como o "volatilidad" o desviación están ndar anualizada, que viene a ser s el prom medio anualizado de las l variacio ones diarias s del valorr liquidativo o en un pe eríodo deterrminado respecto al valor v medio o de dicho valor liquidativo en e ese período. La volattilidad se expresa e en tanto por ciento. Una a mayor vo olatilidad im mplica un mayor m

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riesgo, ya que indica la existencia de valores muy distantes (por arriba o por abajo) del valor medio del fondo. Con el objetivo de reducir el riesgo de los fondos de inversión, se han popularizado en algunos mercados, como el español, los fondos garantizados. Se trata de fondos que cuentan con la garantía (total o parcial) de una entidad financiera tercera, la cual entra en juego en el supuesto de que el valor liquidativo del fondo, en el momento del vencimiento de la garantía, sea inferior al valor estipulado en la propia carta o claúsula de garantía. Los fondos garantizados pueden ser de dos tipos: 

Garantizados de renta fija: suelen garantizar una determinada rentabilidad durante un período de tiempo previamente fijado (se suele fijar el valor liquidativo al final del período de garantía).

Garantizados a vencimiento (también conocidos como garantizados de renta variable): suelen garantizar el capital invertido más un rendimiento adicional que se hace depender de un índice, una acción o cualquier otra variable de carácter financiero.

Por otro lado, las características habituales de estos fondos de inversión pueden resumirse como sigue:  Existe un período inicial de comercialización del fondo, durante el cual la suscripción de participaciones no lleva aparejada comisión de suscripción.  En la mayor parte de los casos, la garantía sólo se podrá ejercitar al vencimiento de ésta, de manera que si se quiere reembolsar total o parcialmente las participaciones en el fondo antes del vencimiento de la garantía, no suele estar garantizada ni la rentabilidad mínima ni el capital invertido, dependiendo exclusivamente del valor de mercado de los activos del fondo en ese preciso momento. Además, el reembolso antes del vencimiento de la garantía devengará, por regla general, comisión de reembolso.  En algunos fondos garantizados se contemplan “ventanas de liquidez”: momentos predeterminados en los que se permite el reembolso de los fondos sin abonar comisión de reembolso, siempre y cuando se respeten los plazos de preaviso que a tales efectos establece el folleto informativo. En estos casos, el valor de reembolso será el correspondiente al valor liquidativo del fondo en el momento en que se solicite el mismo, sin garantía de rentabilidad.

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 Algunos fondos offrecen “pag gos periódic cos” durante el perío odo garantiz zado. E Estos pago os se config guran como o reembolso os parciales y obligato orios, con todas t l consecu las uencias fisccales que de e ello se derivan. 

Al venciimiento de la l garantía existen dos s opciones: o

Q la gesttora ofrezca Que a una nueva a garantía, o

o

Q Que no se ofrezca un na nueva garantía y, por p tanto, e el fondo de eje de g gozar de la característtica de “gara antizado”.

Hay doss tipos de garantía, que e son: o

l Garantía la a interna (e en la que el e destinata ario es el p propio fond do de i inversión) y por medio o de la cual, una enttidad financciera garante se c compromet e a abona ar al fondo o, a la feccha de ven ncimiento de d la g garantía, el importe ne ecesario pa ara que el valor liquidativo del mismo m i iguale al va alor garantizzado.

o

y la Garantía externa (en ( la que el e destinata ario es el pa artícipe): en n este c caso, el pro opio partícip pe es el que e recibe las cantidadess en concep pto de g garantía de e la entidad financiera, a través de d una carta a de garanttía (el p participe re ecibirá en su u cuenta, a la fecha de d liquidació ón, la difere encia, s la hubie si era, entre el valor liq quidativo del d fondo e en la fech ha de v vencimiento o de la gara antía y el va alor liquidativo garantizzado).

2 El papel de los 2. s instrum mentos fin nancieros para la cobertura a de s riesgos A lo largo de la vida de una persona, sus ingreso os, su conssumo y su a ahorro sigue en un m gene eral, sigue la a siguiente secuencia: ciclo, que, de manera o

E los prime En eros años de d su vida, los sujetoss suelen inccurrir en de eudas (d desahorro) para disfrrutar de niv veles de consumo c su uperiores a sus in ngresos co orrientes, bajos b al principio, y para adquirir los bienes d duraderos necesarios en esos inicios: vivienda, v coche, mue ebles, e electrodomé ésticos, etc.

o

E una segu En unda etapa a, los ingres sos corriente es se irán e elevando (m mayor c cualificación n profesion nal, promoc ción interna a, mayor a antigüedad), de m manera que e se puede e compensa ar ese desa ahorro inicial y empezar a

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ahorrar. El mayor porcentaje de acumulación de ahorro coincide con las edades previas a la jubilación, cuando los hijos se van independizando. o

En

el

momento

de

la

jubilación,

las rentas

corrientes

caen

notablemente, ya que las pensiones públicas son más bajas que los salarios alcanzados durante la vida activa. El consumo tiende a reducirse, salvo que surjan gastos extraordinarios relacionados con la salud y la atención médica. El sujeto mantiene su nivel de consumo, echando mano de la riqueza acumulada en su etapa activa, transformándola en renta corriente. o

De este modo, en el momento de la muerte del sujeto, éste ha consumido la mayor parte de su riqueza, siendo el remanente una consecuencia de la incertidumbre acerca del momento exacto de la muerte del agente y también depende de su estrategia para la transmisión de riqueza a sus herederos.

En definitiva, la riqueza se va acumulando a lo largo de la vida del sujeto, alcanzando el máximo antes de la jubilación, para reducirse durante la misma hasta consumirse en su totalidad o en su mayor parte, salvo que se desee (siempre que se tenga capacidad) dejar legados. Finalmente, los motivos por los cuales las familias ahorran pueden agruparse en tres grandes bloques: 

La distribución de los recursos para el consumo a lo largo del tiempo, especialmente pensando en el período tras la jubilación.

La solidaridad con las generaciones futuras, a través de transferencias de fondos mediante donaciones, herencias, legados, regalos, etc.

La precaución o disposición de fondos para hacer frente a emergencias e imprevistos.

Una vez tomada la decisión sobre el ahorro, la otra decisión a tomar consiste en la colocación de ese ahorro entre distintos activos financieros y reales. Suele suponerse que ambas decisiones son independientes, porque se supone la existencia de mercados eficientes y sin costes de transacción. Pero el hecho de que, en la realidad, existan costes de transacción (gastos y comisiones de gestión, comisiones de reembolso, comisiones de suscripción, peajes fiscales, etc.), diferentes rendimientos, diferentes niveles de riesgo, diferentes niveles de liquidez, distorsiones fiscales por aplicación de diferentes tratamientos a los distintos instrumentos financieros y reales o

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asim metrías de in nformación,, hace que la estructu ura de la riq queza no ssea irrelevante o indep pendiente de la deccisión de ahorrar. De D esta manera, m la a existencia a de instru umentos fiinancieros adecuadoss a las necesidades n s de los ahorradore es es funda amental pa ara la transm misión del ahorro a pres sente hacia el consum mo futuro o hacia las generacione g es futuras. La fisscalidad de el ahorro, en n este conte exto, tendríía la función n de romper la denominada “neuttralidad fisccal” para po otenciar el ahorro a a larg go plazo, esspecialmentte el destina ado a la jub bilación. De e ahí los esspeciales trratamientos s fiscales qu ue se le da an en la ma ayoría de la as legislaciones a los producto os financierros especia almente pe ensados pa ara la jubila ación como los planes y fondos de d pensione es, los segu uros de aho orro de jubilación o los seguros de rentass vitalicias diferidas, frente al tratamiento o fiscal de e las inverrsiones máss “especulativas” con continuas c co ompras y ve entas. A mo odo de con nclusión, es preciso de estacar el papel p que lo os instrume entos financ cieros cump plen a lo largo de la vida v de un individuo. De D este mod do, nos pod demos enco ontrar con productos financieross para anticipar con nsumo, com mo son, por ejemplo o, los mbién existe en producto os financiero os para con nstituir un ahorro, como o son présttamos. Tam los depósitos, d p para atende er imprevisttos, para la a etapa de jubilación o para transmitir rique eza.

3 Los pla 3. anes de pe ensiones

Los

planes

d de

pensio ones

son

productos s

financierros

de

p previsión

social s

plementaria a, cuyo obje etivo princip pal es el de e compleme entar al sistema públic co de comp penssiones, ya que, q como se comentaba en el video v anterrior, las ren ntas que pe ercibe una persona cu uando se ju ubila caen sensibleme s nte, en com mparación ccon los ingresos corrie entes que una u persona a percibe durante su vida v laboral. Es por eso o que los planes de pensiones p c constituyen a alternativa a para mitig gar el efectto de esta caída una buena sobre e el presupuesto de un na persona.. Debido a lo ante erior, en mu uchos paíse es se han puesto p en marcha m siste emas de carrácter ado con obje eto de com mplementar las pension nes públicass, como me edida para hacer h priva frente a las possibles situacciones futurras. Dicho complement c to a las pen nsiones púb blicas pued de tener su u origen en e el entorrno laborall, como re esultado de e negociac ciones colecctivas o de d iniciativa as empresariales (de e empleo). A través de éstas s, las

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empresas crean sistemas de protección para los empleados que forman parte de la denominada previsión social empresarial. Existe también otro pilar de carácter individual, que queda reservado a la iniciativa privada de los ahorradores a título particular (individual). En este caso, una persona que desee complementar los ingresos a percibir en su jubilación puede invertir en determinados productos de ahorro específicamente diseñados para esa finalidad. Por último, la decisión de aportar a un plan de pensiones, puede tener su origen en una asociación, que aporta unas determinadas cantidades a favor de sus asociados. Por otro lado, es preciso conocer los diversos agentes (promotores, partícipes y beneficiarios), que integran un plan de pensiones:  El Promotor: tiene tal consideración cualquier entidad, corporación, sociedad, empresa, asociación, sindicato o colectivo de cualquier clase que inste a su creación o participe en su desenvolvimiento. Cuando se trata de: o una empresa, para sus trabajadores, será un plan de pensiones de empleo; o

una asociación, para sus asociados, será un plan de pensiones asociado;

o una entidad financiera, para sus clientes, será un plan de pensiones individual. 

Los Partícipes son las personas físicas para las que se ha constituido el plan: o

en la modalidad de empleo, serán los empleados.

o

en la modalidad asociado, los miembros de la asociación o colectivo.

o en la modalidad individual, los clientes de las instituciones financieras que suscriban el plan.  Los Beneficiarios: son las personas con derecho a cobrar las prestaciones del plan: o

el propio partícipe, en caso de jubilación.

o

otras personas designadas, en caso de fallecimiento del partícipe.

No obstante lo anterior, los planes de pensiones de empleo están diseñados a medida para cada empresa y recogen todas las peculiaridades de las relaciones laborales dentro de las mismas y la distinción entre diferentes colectivos específicos de trabajadores. Dentro de un mismo plan de pensiones de sistema de empleo será admisible, por tanto, la existencia de subplanes, incluso si éstos son de diferentes modalidades o articulan en cada uno diferentes aportaciones y prestaciones. La

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integ gración del colectivo de trabajjadores o empleadoss en cada a subplan y la diverrsificación de d las aporttaciones del promotor se s deberá realizar r con nforme a critterios estab blecidos me ediante acu uerdo colecctivo o segú ún lo previssto en las e especificac ciones del plan. No obstante lo anteriorr, dentro de cada subplan no podrá haber h difere enciación alguna a en la as condicion nes aplicables. Los planes de e empleo y los asocciados tienen, por su u parte, la a capacida ad de p inverssor del fon ndo de pen nsiones al que q se inte egren, pudiendo selecccionar el perfil camb biar su adsscripción si lo considerran conven niente. En lo os planes individuales s, esa capa acidad le co orresponde al promotor, de manera que al partícipe-aho orrador le queda q el plan de pensiones la po otestad de seleccionar s p en e el que qu uiere particiipar. En esta e diaposittiva analiza aremos a tra avés del esq quema que e se muestra a cómo funciona un plan de penssiones, cuá áles son las entidades que se adsscriben al m mismo, cuál es la encia entre e un plan y un fondo de pensione es, o cómo se lleva a ccabo la tom ma de difere decissiones de in nversión de los activos del plan de e pensioness. Un plan p de pen nsiones se puede p defin nir como el instrumentto que regu ula la fórmu ula de ahorro que pe ersigue proporcionar a los partícipes un capital, un na renta o una binación de e ambos, qu ue será el re esultado de e las aportaciones realizadas a lo largo comb de la a vida activa a, más la re entabilidad que q de la inversión de éstas se ob btenga. Se suele distin nguir entre el e instrumento jurídico que regula a el sistema a de aportacción, el acce eso a la pre estaciones y las relaciones entre los distintos agentes que q intervie enen, a lo que se deno omina Plan de Pensio ones, y el patrimonio separado que se constituye co on las aporttaciones de e los partíccipes y la rentabilidad d generada a por las m mismas, qu ue se cono oce como Fo ondo de Pe ensiones. De esta e manerra, un Fond do de Penssiones puede contar con uno o más plane es de penssiones que aporten a fondos al mism mo. En el e esquema se ilustra cómo c un ahorrador (o partícipe) p decide inverttir en un pla an de penssiones, rea alizando aportacioness al mism mo, que suelen s esta ar incentiv vadas fiscalmente. Estto es lo que e se recoge e en el esqu uema mostrrado; el cosste efectivo de la d 60, mien ntras que la a aportación real es de d 100. La diferencia entre aporttación es de estoss dos imporrtes se debe e al incentivvo fiscal de estos produ uctos financcieros.

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En los planes de pensiones individuales, las aportaciones al plan las realiza exclusivamente el partícipe, pudiendo ser estas periódicas o extraordinarias: 

Periódicas: usualmente con carácter mensual, trimestral, semestral o anual. Pueden pactarse incrementos automáticos anuales, mediante un porcentaje fijo preestablecido, en función del incremento del IPC, etc.

Extraordinarias: aquéllas que realiza el partícipe sin una frecuencia establecida. Son compatibles con las aportaciones periódicas.

A pesar de esto, en cualquier momento, el partícipe puede modificar el importe o la periodicidad de las aportaciones y puede, asimismo, interrumpirlas y reanudarlas, en su caso, en un momento posterior. La única consecuencia radica en el hecho de estar constituyendo un mayor o menor ahorro. En lo que se refiere a las aportaciones en los planes de pensiones asociados, funcionan igual que los individuales, de manera que son los “socios” (afiliados a un sindicato, colegiados a un colegio profesional, empresarios o autónomos asociados a una determinada patronal, etc.) los que aportan al plan de pensiones. En el caso de los planes de empleo, las aportaciones principales van a cargo de la empresa, permitiéndose, en algunos casos, que los trabajadores-partícipes también realicen aportaciones complementarias. A efectos fiscales, estas aportaciones empresariales a planes de empleo de sus trabajadores, son considerados gasto deducible de los impuestos de sociedades para las empresas, y salario “en especie” para los trabajadores en los impuestos directos personales. El plan de pensiones capta las aportaciones de sus partícipes y las invierte en unos activos financieros u otros, en función de cuál sea su vocación inversora, obteniendo una rentabilidad por ello que se integra en los derechos consolidados de los partícipes, como se ha visto anteriormente. Como el fondo de pensiones no tiene personalidad jurídica propia, necesita de una entidad gestora y una depositaria para poder funcionar, al igual que ocurría en el caso de los fondos de inversión: 

La entidad gestora es la que administra e invierte el patrimonio del fondo de pensiones. Son sociedades anónimas con objeto social exclusivo y precisan autorización expresa del organismo regulador de seguros y fondos de pensiones, y estar debidamente registradas en el registro administrativo especial de ese organismo.

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La entidad deposita aria es la que ejerce la a custodia y el depósitto de los ac ctivos del fond do. Son en ntidades de e crédito que precisa an contar ccon autorización expresa del organismo regula ador de seg guros y fon ndos de pensiones, y estar mente regisstradas en n el registtro administrativo esspecial de ese debidam organism mo.

Por otro lado, los derech hos consollidados son n el importte de su a ahorro en cada mom mento, incluiida la renta abilidad acumulada. El cálculo de los derech hos consolid dados se re ealiza diaria amente com mo resultad do de la va aloración de d los activvos en que está inverrtido el patrimonio dell fondo de pensiones.. Las aporttaciones realizadas po or los partícipes se transforman t n en unida ades de cuenta, c divvidiendo el importe de d la aporttación corrrespondientte por el valor de la unidad de cuenta del día de d la aporttación. Por tanto, las aportaciones a s aumentan n el número o de unidade es de cuentta del partícipe, mientras que la rentabilidad d obtenida por p el fondo o aumenta (o disminuy ye) el valorr unitario de e cada unida ad de cuenta. El im mporte de los derechos consolid dados de un u partícipe e se calcula sumando las unida ades de cu uenta totales del partíccipe y multiiplicando po or el valor de la unida ad de cuen nta correspo ondiente a la fecha de e valoración n. Los dere echos conso olidados pu ueden ser traspasados t s, en cualquier momen nto, a otro plan de pe ensiones, de e la misma o de otra entidad fin nanciera, prroceso que e recibe el nombre técnico de "m movilización n" de olidados. La a movilizacción se soliicita a la entidad e gestora de destino, derechos conso quien n se encarrga de recla amar los derechos co onsolidadoss del partícipe a la en ntidad gesto ora de orige en. En el caso de lo os planes de e pensioness de empleo o o asociad dos, la moviilización se debe que, de ma anera que es e el plan de d pensiones entero e el que se puede p producir en bloq o fondo de e pensiones. Sólo en n el caso de d que loss trabajadorres o moviilizar a otro asocciados dejen n de cumplir las cond diciones de acceso al plan podrá án traslada ar sus derechos conso olidados a otro o plan de empleo, as sociado o in ndividual.

ú una vez que se e produzca alguna de las continge encias prevvistas (jubila ación, Por último, invalidez o fallecimiento), el partícip pe podrá solicitar s el rescate de e sus dere echos

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consolidados en el plan de pensiones, que se puede llevar cabo a través de tres modalidades: 

En forma de capital: se cobra, de una sola vez en un pago único, la totalidad de los derechos acumulados, acabando la relación con el plan de pensiones.

En forma de renta: consiste en un ingreso periódico según la forma en que esté establecido en el plan de pensiones o, en su caso, decida el beneficiario. Las rentas pueden ser temporales o vitalicias, si se fija un límite temporal o si se vincula al fallecimiento del beneficiario, respectivamente. Las rentas temporales, a su vez, pueden calcularse de manera financiera, considerando exclusivamente la rentabilidad generada por el propio fondo de pensiones, o actuarial, donde se tiene en cuenta no sólo una rentabilidad “técnica” sino también la probabilidad de supervivencia (o fallecimiento) del beneficiario. Las rentas financieras no suelen estar aseguradas, ya que dependen de los resultados del fondo de pensiones, mientras que las rentas vitalicias suelen estar aseguradas por una compañía de seguros a un tipo de interés técnico determinado previamente. Las rentas vitalicias podrán ser sin reversión o con reversión, dependiendo de si al fallecimiento del primer beneficiario, uno o más beneficiarios (cónyuge, hijos u otros herederos) tienen derecho a algún tipo de prestación en forma de renta o de capital.

En forma mixta: una parte en forma de capital y otra en forma de renta.

Otro factor importante a tener en cuenta es la tributación a la que normalmente están sometidas las prestaciones que se obtienen de planes de pensiones, que pueden disminuir considerablemente la rentabilidad financiero fiscal de la inversión en planes de pensiones. No obstante lo anterior, la tributación de los planes de pensiones suele ser muy ventajosa por la combinación de 2 efectos: el diferimiento del pago del tributo y el hecho de que no se tributa en el momento de la aportación sino en el momento del rescate y esto es por el motivo de que al tributar en el momento del rescate, como se ha dicho anteriormente el tipo marginal que tiene el partícipe en ese momento es inferior al que tenía en el momento de la aportación. Vamos a ver el siguiente ejemplo, que muestra cual es el efecto fiscal que tiene la inversión en un plan de pensiones. Ejemplo:

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20 0

Una persona re ealiza una única aporrtación a un u plan de pensiones por importte de 10.00 00 euros en e el año 2013. 2 Las aportacione a es tienen una desgravvación fija en el Impu uesto sobre e la Renta del d 20% y el e plan de pensiones p o obtiene una a rentabilida ad del 4,5% % durante ell año. Un año a después, esta perssona acced de a su jubilación y decide rescattar sus dere echos conssolidados en n el plan de e pensioness, en forma de capital, lo cual trib buta a un tip po fijo del 15%, ¿Cuál es la renta abilidad financiero fisca al derivada de d esta inve ersión en planes de pe ensiones? En primer lugar debemos calcular c el coste c neto de d la aportación que re ealiza: Aportación: 10.000 euros Deducción n en el impu uesto: -20% Cosste neto de la aportació ón: 8.000 euros A continuación, es preciso conocer cu uáles son lo os derechoss consolidad dos del parttícipe, de ca ara al resca ate de los mismos: m Derechos consolidado os = Aporta aciones + Rentabilidad R Derecho os consolida ados = 10.0 000 + 450 (10.000 x 4,5 5%) = 10.45 50 euros

Por último, ú se calcula el ca apital que ob btendrá el partícipe p después de im mpuestos: Capital a percibir: 10.450 * 85 5% = 8.882,,5 euros Con los datos obtenidos anteriormen nte, se pue ede calcula ar la rentab bilidad finan nciero fiscal: Rentab bilidad finan nciero fiscal: [(8.882,5-8 8.000)/8.00 00] x 100 = 11,03% mo se puede e observar, aunque la rentabilidad r d que otorga a el plan a ssus partícipes es Com del 4,5%, 4 esta persona p obttiene una re entabilidad del d 11,03% después de impuestos.

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4. Los seguros La vida, en general, viene marcada por la incertidumbre, ya que no sabemos con certeza lo que puede ocurrirnos en el futuro o el momento en que se puede presentar una determinada contingencia. La cobertura de esa incertidumbre o riesgo constituye la causa y el objeto de todo contrato de seguro, ya que ayuda a protegerse económicamente ante el acaecimiento de hechos imprevistos, cuyas consecuencias superan la capacidad individual de reparación. El seguro puede considerarse como un sistema de protección de las personas y de sus patrimonios frente a diversos hechos inciertos que amenazan su integridad física, su estado de salud, su situación económica o sus propiedades. Un seguro es un contrato o póliza entre un tomador y una aseguradora a través del cual, a cambio del pago de una prima, la aseguradora pagará una determinada compensación, indemnización o prestación a la persona designada como beneficiario en el supuesto de que ocurra un acontecimiento, contingencia o evento en la persona o bienes del asegurado. El tomador, el asegurado y el beneficiario de una póliza de seguros pueden ser la misma persona en determinados tipos de seguros, pero no tienen por qué coincidir. Los elementos que intervienen en un contrato de seguros son los siguientes: 

Aseguradora: entidad que emite la póliza, asumiendo la cobertura de los riesgos contratados y garantizando el pago de las sumas aseguradas.

Asegurado: persona que se encuentra expuesta al riesgo, en su persona, en sus bienes o en su patrimonio y es quien recibe el servicio de protección contra el riesgo por parte del asegurador. Cuando el asegurado no coincide con el tomador de la póliza, se precisa su consentimiento para la contratación del seguro.

Beneficiario: persona física o jurídica designada como titular del derecho a percibir las sumas o prestación asegurada y/o la indemnización garantizada en la póliza. No es preciso su consentimiento previo. Puede estar designado de forma explícita, con nombres y apellidos, o de una forma general, de acuerdo con un orden de prelación (“el cónyuge; los hijos vivos; los padres; los herederos legales”).

Tomador de la póliza: persona física o jurídica que suscribe la póliza con el asegurador y que asume los derechos y obligaciones derivados de la misma, salvo aquéllos que, por su naturaleza o pacto expreso, correspondan al

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asegurado y/o a los bene eficiarios. Es E el obliigado a p pagar la prima p ondiente del seguro. correspo

Los seguros se pueden clasificar básicament b te, en torno a dos g grandes grupos: segu uros de perssonas y seg guros contra a daños. 

Los seg guros de personas co omprenden todos los riesgos r que e puedan affectar a la exisstencia, inte egridad físicca o salud del d asegura ado. En función del ob bjetivo de la co obertura, podemos p ha ablar de se eguros de vida, de a accidentes o de enfermedad y asiste encia sanita aria. o

S Sobre la viida: Seguro os que afectan a la existencia e d de las perso onas: s seguros en caso de mu uerte y/o supervivencia a.

o

D acciden De ntes: Segu uros sobre riesgos qu ue afectan a la integ gridad c corporal de las persona as: daños provocados por un accidente.

o

D enferme De edad y asistencia sa anitaria: Seguros S sob bre riesgos s que a afectan a la l salud de las pers sonas: situa aciones de e enfermed dad y a asistencia sa anitaria.

Los seg guros contrra daños son aquéllos s que cubre en al asegurrado de pos sibles accidenttes o hecho os que afectten a los elementos pa atrimonialess del asegu urado. Entre loss más comu unes, podem mos destac car los siguie entes: o

S Seguro de incendios: daños prod ducidos por un incend dio en el objeto o a asegurado.

o

S Seguro de hogar: daños acontec cidos en el contenido o continente de u vivienda una a.

o

ilegítima por S Seguro con ntra robo: sustracción s p tercero os de las cosas c a aseguradas .

o

S Seguro de transportess terrestres s: daños materiales m de mercan ncías, m medios de trransporte u otros objettos.

o

S Seguro de lucro cesa ante: pérdida del rendimiento económico o que h hubiese podido alcan nzarse en un acto o actividad de no hab berse p producido el siniestro.

o

S Seguro

de e

caución: incumplim miento

de obligaciones

legale es o

c contractuale es del toma ador del se eguro. Ej.: seguro qu ue garantiz za las c cantidades p pagadas a cuenta c para a la adquisicción de una a vivienda.

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o

Seguro de crédito: pérdidas como consecuencia de la insolvencia definitiva de los deudores.

o

Seguro de responsabilidad civil: daños y perjuicios a terceros de los que sea civilmente responsable el asegurado. Ej.: seguro obligatorio de vehículos a motor.

o

Seguro decenal de daños a la edificación: daños ocasionados en un edificio como consecuencia de vicios o defectos que aparezcan en la construcción y que afecten directamente a la estabilidad del mismo.

o

Seguro de defensa jurídica: servicios de asistencia jurídica y extrajudicial.

Dentro de los seguros de personas que hemos visto anteriormente, está el seguro de vida, que es aquél que cubre el riesgo de muerte de una persona o bien que una persona viva más allá de una determinada edad o conjuntamente ambas situaciones. El seguro de vida puede contratarse sobre la propia vida del tomador (tomador y asegurado son la misma persona) o sobre la de un tercero (tomador y asegurado serían personas distintas). En este último caso, y de tratarse de un seguro para el caso de muerte, será necesario el consentimiento por escrito del asegurado. En esta diapositiva se recogen las distintas modalidades del seguro de vida, en función del riesgo que cubren: 

Seguros de riesgo: son aquéllos en los que el asegurador, a cambio de la prima, pagará a los beneficiarios la suma asegurada a la muerte del asegurado y que podrá cobrarse en forma de renta o de capital. Esta modalidad, por tanto, sólo cubre la posibilidad de fallecer, de modo que si el asegurado llega con vida al vencimiento del contrato, éste finalizará sin contraprestación por la entidad aseguradora.

Seguros de ahorro: esta modalidad de seguros garantiza el pago de un capital o de una renta al beneficiario, que normalmente suele ser el propio asegurado, si éste vive en una fecha o a una edad determinada. Cuando se vinculan a la edad de jubilación, se conocen como “seguros de jubilación”. Las modalidades básicas de los seguros de ahorro son: de capital, de renta, de rentas vitalicias inmediatas y de rentas vitalicias diferidas. La modalidad de rentas vitalicias inmediatas hace referencia a aquellos seguros que garantiza el pago, desde el momento de la contratación, de una renta al asegurado hasta su fallecimiento.

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Por otro o lado, la modalidad m de rentas vitalicias diferidas d ha ace referencia a seguros que garanttizan el pag go de una renta r a parrtir de una ffecha concrreta y hasta el momento del d fallecimiento. 

Seguros s mixtos: recogen r una combinac ción de los casos ante eriores, es decir, d el asegu urado hace frente al riesgo r de un fallecimie ento prematturo y, a la a vez, garantiza a un patrimonio para su s vejez en caso de sobrevivir. La combinació ón en una missma póliza a de segu uros de la a coberturra de falle ecimiento y de supervivvencia o me ediante dos pólizas sep paradas, un na de falleciimiento y ottra de supervivvencia, gene eran un ressultado muy similar a un produccto financierro sin considerración actua arial.

Por último, ú al co ontratar un seguro, una persona debe d saberr que tiene la posibilida ad de acog gerse al de erecho de rescate r que e es la can ncelación anticipada a d de la póliza a por volun ntad unilate eral del tom mador de la misma. A través t del rescate, r el tomador recibirá de la a asegurado ora el valorr garantizad do en el co ontrato (ded duciendo la a asegurado ora el impo orte corresp pondiente a determin nados riesgos y gasstos), qued dando la póliza p resciindida.

5 Otros productos 5. p de previs sión Para a mantener un determinado nivell de vida durante la ju ubilación, ssimilar al qu ue se disfru uta en la ép poca activa a, es preciso o tener prev vistas unass rentas que e compleme enten los ingresos pro ocedentes de los sisttemas públicos de pe ensiones, en n su caso. Este plemento pu uede constituirse a tra avés de una a variedad de d productos financiero os, tal comp y com mo hemos visto en apartados antteriores; pe ero existen otros o produ uctos para tal fin, dond de se puede e adaptar ell esfuerzo ahorrador a en las distinttas etapas d de la vida activa. a Llega ado el mom mento, se puede p optarr por aquellla modalida ad de prestación que mejor m se ajjuste a la sittuación fam miliar y econ nómica del perceptor. p En concreto, c va amos a ana alizar a continuación otros o tres prroductos qu ue pueden servir s como o compleme ento o alterrnativa al pla an de pensiones y que e son los sig guientes: ell Plan Indivvidual de Ah horro Sistemático (PIA AS), el Plan n de Previssión Asegurado (PPA)) e la Hipoteca Inversa.

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Comenzamos con el Plan Individual de Ahorro Sistemático es un instrumento de ahorro que permite constituir mediante el establecimiento de un plan de ahorro “sistemático” (es decir, fijando un importe de aportación y una periodicidad determinada) una renta vitalicia asegurada y se configura como un seguro de renta vitalicia diferido. Aunque las características específicas dependerán de los requisitos de las normativas fiscales de cada país, ya que del cumplimiento de esos requisitos dependerá que goce o no de una fiscalidad preferente, destacamos aquí algunas de estas características: o

La figura del tomador (quien contrata), asegurado (quien asegura un riesgo que soporta) y beneficiario (el que percibe la prestación en caso de que el riesgo se presente) recaen sobre la misma persona.

o

Se permite el rescate en cualquier momento, aunque perdiendo total o parcialmente los beneficios fiscales. Por tanto, para acceder al rescate no es necesario la ocurrencia de las contingencias que debían presentarse para acceder al rescate de un plan de pensiones, aunque ofrece un capital asegurado en caso de fallecimiento del titular.

o

Son seguros de prima periódica, estando la aportación anual máxima limitada por la normativa fiscal, que puede ser independiente de lo que se aporte a un plan de pensiones.

o

La cuantía total acumulada puede que esté limitada también a un máximo.

o

Este producto da acceso a una serie de ventajas fiscales, aunque estas están ligadas al mantenimiento del producto durante al menos un mínimo de años.

Un Plan de Previsión Aseguradoes un seguro de ahorro con coberturas, prestaciones y límites de aportaciones análogos a los de los planes de pensiones. La diferencia fundamental entre los PPA y los planes de pensiones es que los primeros, por medio de la entidad financiera o aseguradora, garantizan un tipo de interés, mientras que los segundos no ofrecen rendimientos garantizados, sino que su rentabilidad depende del comportamiento de los activos en los que se invierte y de la estrategia de la gestora. Sus principales características son: o

La figura del tomador, asegurado y beneficiario recaen sobre la misma persona.

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o

R Rentabilida ad garantizzada: al ten ner carácterr de seguro o, se obliga a las e entidades a ofrecer un tipo de interés técnico garantiza ado durante e toda la a vida del contrato c y emplear e técn nicas actua ariales, por lo que el cá álculo d la renta de abilidad no sólo depe ende del tipo de inte erés, sino de d la p probabilidad d de fallecim miento (o su upervivencia a) del asegu urado.

o

C Coberturas s adicionale es: la cobe ertura princiipal será la a jubilación, pero c cuenta tamb bién, siguien ndo el modelo de los planes p de pensiones, con c la c cobertura ad dicional de la contingencia de in nvalidez o d de fallecimiento, c cuyo importte máximo vendrá es stablecido contractualmente en cada c caso.

o

Illiquidez: al igual que los planes s de pensio ones, no po odrán resca atarse h hasta

su

jubilación,

salvo

casos c

exccepcionales

(fallecimiento,

de larga du d desempleo uración, inc capacidad laboral l tota al y perman nente, g gran invalide ez, enferme edad grave y dependen ncia severa a). o

L ventajass fiscales de Las e las que disfrutan los PPA son ssimilares a la as de lo os planes de d pensione es.

o

T Traspasos: no se penaliza el traspaso a otro pla an de prev visión a asegurado, s podrá ca ambiar de compañía c asseguradora a si se por lo que se d desea.

Se trrata de una a modalidad d de préstamo hipotec cario que se e concede a al propietarrio de una vivienda con c la que se posibillita converttir a dinero o el valor patrimoniall que esenta la propiedad p d su vivie de enda sin pe erder la titu ularidad y que sirve como repre garantía del pré éstamo. Lass característticas de estte producto son las siguientes: o

E importe máximo El m concedido es un u porcenta aje determin nado del vallor de ta asación en el momento o de contratar la opera ación.

o

E prestatariio puede diisponer del importe co El oncedido de e una sola vez v o d forma pe de eriódica, com mo si se tratara de una a renta.

o

E importe del El d préstam mo dispuestto más los intereses ccorrespondie entes s pagan normalmen se nte cuando fallece el propietario, median nte la c cancelación de la deud da por los herederos, h q recibiríían del caus que sante la a propiedad de la vivienda, o bien, en caso contrrario, la en ntidad fiinanciera ejjecutaría la a garantía hipotecaria, h adquiriendo o la propied dad y a acudiendo a vender la vivienda al mercado, para p recupe erar los imp portes

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que se le adeuden. En el caso de que el importe obtenido de la venta de la vivienda sea superior a la cantidad adeudada por los herederos, la entidad financiera deberá devolverle a los mismos los importes que excedan la deuda pendiente. Para poder realizar una hipoteca inversa, deben darse una serie de requisitos, que dependerá de la normativa vigente de cada país. Tomando como base la normativa española, se concretan en: o

El préstamo debe estar garantizado mediante hipoteca sobre la vivienda habitual del solicitante.

o

La vivienda hipotecada debe tasarse y asegurarse contra daños.

o

El solicitante y los beneficiarios designados deben ser mayores de 65 años o afectados de dependencia severa o gran dependencia.

o

La deuda solo será exigible por la entidad financiera y la garantía ejecutable cuando fallezca el prestatario o, si así se estipula en contrato, cuando fallezca el último de los beneficiarios.

o

Al fallecimiento del deudor, sus herederos podrán cancelar el préstamo, en el plazo estipulado, abonando la totalidad de la deuda con sus intereses, sin que se les pueda exigir comisión alguna por cancelación.

o

Si los herederos deciden no devolver o no pudieran, los importes vencidos, la entidad financiera podrá ejecutar la hipoteca y resarcirse así del crédito vencido. No obstante, la entidad sólo podrá recuperar el dinero hasta donde alcancen los bienes de la herencia, sin que la entidad financiera pueda ejecutar el cobro con otro patrimonio personal de los herederos.

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