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Listo, el Programa Nacional de Pesca y Acuacultura 2020–2024 e prevé incrementar en 15% la producción, con relación al 2018
prohibitivos del Acuerdo, a partir del test de proporcionalidad y racionalidad, podrían válidamente cuestionarse al no tener más motivo que la “no objeción de orden técnico respecto a la decisión del Gobierno Federal para refrendar el compromiso de protección a la vaquita marina”, aunado a que otras disposiciones parecieran rebasar el ámbito de competencia material de los titulares de las dependencias que lo suscriben, y unas más transgredir el principio de reserva de ley al crear, por una parte, conductas típicas no contempladas en leyes formal y materialmente expedidas por el legislador, a cuya actualización se pretende hacer recaer sanciones, y por la otra, establecer figuras como la retención provisional de embarcaciones para conductas que las normas aplicables no contemplan como objeto de esa medida cautelar, a más, que en otros tópicos el Acuerdo se funda en disposiciones no relacionadas con las obligaciones que crea y sus épocas de cumplimiento son, por lo menos ambiguas.
En la práctica, el Acuerdo hace inviable la pesca con embarcaciones mayores en pesquerías como la de camarón con red de arrastre al sólo permitir la pesca y tránsito por la zona marina de 05:00 a.m. a 16:00 p.m. soslayando que las faenas suelen darse conforme a mareas y ciclos solunares, en zonas de pesca que distan horas del puerto base, como sería el caso de la flota de Puerto Peñasco, Sonora, por lo que el horario diurno determinado transcurriría solo en actos preparatorios de navegación y posicionamiento sobre áreas de pesca, cuando en realidad no es dicha flota el sujeto al que se puede atribuir la razón determinante de La regulación, (captura ilegal de totoaba con red de enmalle de noche).
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Mención aparte todo el tema de nuevos artes de pesca rentables y sustentables, y lo que se espera del Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura.
La implementación de otros apartados del Acuerdo, tales como la inspección obligatoria previo al zarpe y arribo de cada
embarcación menor, resultarán difíciles de cumplir para el gobierno por la insuficiencia de recursos humanos, materiales y financieros, y por el tiempo que cada una requeriría, en caso de verificarse cada aspecto que el Acuerdo mandata. Semejante dificultad podría enfrentarse ante la estrechez del presupuesto federal y la precaria situación económica de
los pescadores, sobre todo artesanales, para costear los sistemas de monitoreo que se imponen como obligatorios.
Resolver estos y otros aspectos determinarán en el corto plazo la viabilidad fáctica y jurídica de lo que mañana será, conforme al Acuerdo Regulatorio de Observancia General y Obligatoria para el sector regulado y las autoridades reguladoras.