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del 30 de junio de 1988: Obispos para salvar la Iglesia

30º aniversario de las consagraciones episcopales del 30 de junio de 1988: Obispos para salvar la Iglesia

Padre François-Marie Chautard

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Dotado de una rica experiencia pastoral y episcopal, el arzobispo Monseñor Lefebvre conocía mejor que nadie el peso de un obispo. Advertía con la elevación de su juicio tan seguro la inmensa carencia del episcopado contemporáneo, esa “lamentable ceguera de tantos hermanos en el episcopado ”(1) . Ningún obispo se había alzado para denunciar el escándalo de Asís, ningún obispo había hablado contra la misa nueva, ningún obispo había denunciado el concilio Vaticano II. Perros mudos que habría estigmatizado el profeta(2) .

La edad de partir se acercaba. ¿Había que ponerse en manos de la Providencia, esperando que aportaría ella misma la respuesta? Mons. Lefebvre no era ni sobrenaturalista ni providencialista: la Providencia había hablado claramente a través del silencio de los obispos con ocasión del escándalo de Asís y del sínodo calamitoso de 1985, el cual había ratificado los errores conciliares: si los obispos se habían revelado incapaces de defender el honor de Jesucristo ultrajado, no cabía esperar que fueran a ordenar sacerdotes salidos de un “ seminario salvaje ” . Fuera de Monseñor de Castro-Mayer, Mons. Lefebvre no podía contar con ninguno de sus hermanos en el episcopado. Mysterium iniquitatis. Le era necesario ir hasta el término de su gracia de obispo y darse sucesores.

La necesidad de las consagraciones episcopales era doble. Por una parte, se trataba de salvar los medios de santificación tales como la santa Misa, el

sacerdocio católico, las confirmaciones válidas; por otra parte, había que dar a los fieles príncipes de la Iglesia que pudieran ejercer una verdadera autoridad.

Salvar el tesoro del Santo Sacrificio de la Misa

18 30 aniversario de las consagraciones episcopales: Obispos para salvar la Iglesia graciones derivaba del poder de orden. Había que salvar la misa de siempre. Mons. Lefebvre sabía que si él desaparecía sin consagrar obispos, se habría dado al traste con el inmenso tesoro del Santo Sacrificio, destinado a desaparecer de la Iglesia para dejar paso, definitiva y totalmente, a la misa de Lutero. Una vez cegada la fuente del sacerdocio, la verdadera misa caería en el olvido.

En su carta a los obispos del 29 de agosto de 1987 es el punto sobresaliente, justo después del reinado de Jesucristo que pone por delante: “Puesto que la Sede de Pedro y los puestos de autoridad de Roma están ocupados por anticristos, la destrucción del Reinado de Nuestro Señor prosigue rápidamente dentro mismo de su Cuerpo Místico en esta tierra, especialmente por la corrupción de la Santa Misa, manifestación espléndida del triunfo de Nuestro Señor en la cruz, Regnavit a ligno Deus(3) , y fuente de expansión de su Reino en las almas y en las sociedades.

Aparece así con evidencia la absolu-

ta necesidad de la permanencia y continuación del sacrificio adora-

ble de Nuestro Señor para que “ venga a nosotros su Reino ” .

Salvar el sacerdocio

jos ” -decía Mons. Lefebvre en su sermón de las ordenaciones episcopales“ sabéis bien que no puede haber sacerdotes sin obispo. Todos estos seminaristas que están aquí presentes, si mañana Dios me llamase, y sin duda ello ocurrirá sin que tarde mucho, y bien, esos seminaristas ¿de quién recibirán el sacramento del orden? ¿De los obispos conciliares, cuyos sacramentos son todos dudosos por-

que no se sabe exactamente cuáles son sus intenciones? ¡No es posible!”

Confirmar válidamente

Una tercera necesidad inspiraba el espíritu de Mons. Lefebvre: conferir confirmaciones ciertamente válidas y dar así a la Iglesia de Dios atletas de la fe, bautizados confirmados en la fe: “Por ello hemos elegido, con la gracia de Dios, sacerdotes jóvenes (…) que están en lugares y funciones que les permiten cumplir con la mayor facilidad su ministerio episcopal, dar la confirmación a vuestros hijos ”(4) .

La operación de supervivencia de la misa es inseparable de la supervivencia del sacerdocio, amenazada por la incomprensible incuria de los demás obispos.

Salvar la Iglesia

Finalmente, Mons. Lefebvre lo manifestó de manera expresa tanto en su car-

30 aniversario de las consagraciones episcopales: Obispos para salvar la Iglesia ta a los obispos como en su sermón de las consagraciones: esta ceremonia es la operación de supervivencia de la Iglesia y no de la sola Tradición, del sacerdocio o de la misa. “ … Consagrando obispos, estoy persuadido de continuar, de hade la HSSPX y están por ese hecho sometidos al Superior general para todas las cuestiones a ella relativas(7) , pero su misión excede del marco de la sola Hermandad. Su episcopado no pertenece ni a su persona ni a la HSSPX, ni a una diócesis, sino a la Iglesia entera, como lo muestra la consagración de Monseñor Rangel(8) , o las ordenaciones conferidas a miembros de las comunidades amigas.

Consagrar

cer vivir la Tradición, es decir la Iglesia católica ” precisa en su homilía de aquel 30 de junio de 1988. Y un año antes, en su carta a los cuatro futuros obispos, el tono era el mismo: “ … Me veo obligado por la Divina Providencia a transmitir la gracia del episcopado católico que yo he recibido, con el fin de que la Iglesia

y el sacerdocio católico sigan sub-

sistiendo…

”(5) .

El motivo es límpido: ordenar obispos es asegurar la perennidad del sacerdocio, del Santo Sacrificio de siempre y, por lo tanto, de la Iglesia en su finalidad misma: el culto de Dios en la profesión pública de la verdadera fe. En consecuencia, los obispos consagrados por Mons. Lefebvre no son obispos de la sola Hermandad Sacerdotal de San Pío X (HSSPX)(6) sino obispos al servicio de la Iglesia entera, pues no es el solo bien común de la Hermandad el que está en juego sino el de la Iglesia. Ciertamente, los obispos siguen siendo miembros Al prolongarse la crisis, y multiplicarse los lugares de culto, la cuestión de nuevas consagraciones se plantea de manera cada vez más acuciante. Ya en 1991 Mons. Tissier de Mallerais, acompañado por los obispos Williamson y Galarreta, había consagrado a Mons. Licinio Rangel (que moriría en 2002) para suceder a Mons. de Castro-Mayer, fallecido el 25 de abril de 1991, quien había fundado la Unión Sacerdotal San Juan María Vianney de los sacerdotes de Campos.

En su homilía, Mons. Tissier de Mallerais había explicado esta decisión: “Hoy, mis tres hermanos en el episcopado y yo mismo venimos a responder a vuestra llamada apremiante para que tengáis un obispo católico, digno sucesor de los Apóstoles, para conservar vuestra fe y las fuentes de la gracia. (…) Procedemos a esta consagración en el espíritu de la Iglesia (…) en el espíritu de viva solicitud que el papa Pío XII exigía de todo obispo católico por el bien de

20 30 aniversario de las consagraciones episcopales: Obispos para salvar la Iglesia la Iglesia universal, actualmente en peligro en Campos. Realizamos un acto de responsabilidad solidaria(9) por el bien de la Iglesia, que nos atañe en tanto que miembros del cuerpo episcopal católico ”(10) .

El mantenimiento de la fe, el don de los verdaderos sacramentos, el bien de toda la Iglesia en nombre de la solicitud nacida de la ordenación episcopal, tales son los graves motivos de esa consagración. Mons. Tissier de Mallerais ilustraba la dimensión política (o real) del solo poder de orden episcopal(11) , enteramente dirigido hacia el bien común no de la sola Hermandad sino de la Iglesia universal, a fortiori en tiempos de crisis.

En resumen, el estado de necesidad espiritual reclamaba, como mínimo, la transmisión del poder de orden episcopal. ¿Puede decirse lo mismo del poder de gobierno?

¿Un poder de gobierno de los obispos de la Tradición?

A la pregunta de si los obispos de la Tradición gozan de un poder de gobierno, es tentador responder negativamente. ¿Afirmarlo no sería una confesión de cisma? Se imponen algunas precisiones.

Al consagrar obispos Mons. Lefebvre tuvo empeño en no darles jurisdicción territorial –la cual, de todas maneras, no podía darles. Romano hasta el fondo de su alma, de ningún modo en absoluto quería Mons. Lefebvre constituir una Iglesia paralela. ¿Los obispos de la Tradición son, sin embargo, puros distribuidores de sacramentos? La respuesta va de suyo en la propia pregunta. Y ello por tres razones. La primera deriva de la naturaleza del poder episcopal. Como hemos visto, su ejercicio se ordena al bien común de la Iglesia, es decir, pone orden en la Iglesia. Así ordena ministros –los sacerdotes- al culto divino. El solo ejercicio de su poder sacramental rige a la Iglesia de Dios. La ceremonia de las consagraciones lo muestra de manera resplandeciente. Consagrar obispos era el acto de un jefe que realizaba un acto de autoridad con vistas a defender y conservar la Tradición amenazada de extinción. Semejante al buen pastor que protege a su rebaño, Mons. Lefebvre ponía a los fieles al abrigo contra los lobos disfrazados de corderos. Más allá de un acto sacramental, era el acto de un príncipe de la Iglesia, al servicio del bien común. La segunda razón deriva de la ordenación episcopal. Si el obispo, en virtud de su sola consagración episcopal, no tiene poder de magisterio o de gobier-

30 aniversario de las consagraciones episcopales: Obispos para salvar la Iglesia 21 no (12) , posee no obstante una autoridad moral así como una aptitud positiva para recibir esos poderes de magisterio y de gobierno(13) .

Su palabra tiene un alcance y una autoridad superiores a la de un simple sacerdote, aunque éste fuese el más brillante, al igual que, por su consagración episcopal, su rango y sus poderes episcopales, los obispos poseen una autoridad “ natural” en relación con el bien común de toda la Iglesia.

Se impone recordar el peso de la autoridad doctrinal de Mons. Lefebvre. Terminado el concilio Vaticano II, Mons. Lefebvre era un obispo emérito, sin diócesis, sin jurisdicción territorial. Sin embargo, desde que se la oyó, su voz tuvo un eco mundial. Entre todos los tenores de la Tradición, su palabra de obispo resonaba con mayor distinción. No se trata evidentemente de disminuir el valor intrínseco de sus palabras, la perspicacia, la fuerza, la sabiduría sobrenatural o la inspiración que emanaban de sus intervenciones, pero es evidente que las almas sacerdotales y laicales distinguían en ellas la expresión de un obispo(14) .

Y al consagrar obispos, Mons. Lefebvre aseguraba pues la perennidad de un cierto Magisterio. Y ello es tanto más importante para la supervivencia de la Iglesia cuanto que la predicación de obispos católicos impide la existencia de una predicación unánimemente conciliar en el seno del actual cuerpo episcopal. Las consagraciones revestían una dimensión eminentemente doctrinal(15) . Lo cual es verdad en el plano del gobierno. Si Mons. Lefebvre se negó siempre a ser el jefe de los tradicionalistas, su episcopado, unido a todas sus eminentes cualidades, hacían de él el buen pastor a quien seguían naturalmente las almas rectas. Este poder de gobierno no es ordinario, evidentemente, no debe tomarse en toda la fuerza del término, sino que se debe a la necesidad. Es un ministerio de suplencia(16) . Al igual que los fieles, desamparados por el naufragio conciliar, fueron a buscar sacerdotes fieles a la verdadera doctrina, que se hicieron cargo de confesarles sin que los fieles vieran nunca en ello la menor pretensión cismática, igualmente el ejercicio del poder de orden de los obispos de la Tradición y de su autoridad doctrinal y jurisdiccional derivan de la necesidad en la Iglesia de tener un episcopado católico que predique la verdadera doctrina, confiera los verdaderos sacramentos y realice los actos de gobierno indispensables al bien de las almas, sin que ello proceda, ni de hecho ni de derecho, de una actitud cismática. A situación extraordinaria, medios extraordinarios. La tercera razón deriva de la relación

22 30 aniversario de las consagraciones episcopales: Obispos para salvar la Iglesia de finalidad entre el poder de jurisdicción y el poder de orden. La autoridad no existe sino en virtud de los bienes que deben transmitirse; el gobierno no tiene otra razón de ser sino la de conducir la sociedad y sus súbditos a su fin. En la Iglesia de Dios, el poder de jurisdicción organiza y determina el ejercicio concreto del poder de orden. Le está subordinado. La consecuencia se sigue: puesto que existe necesidad de ejercer el poder de orden, es necesario que una autoridad lo presida. La existencia de un poder de orden de suplencia(17) engendra la existencia de un poder de jurisdicción de suplencia, como Mons. Lefebvre lo dio claramente a entender: “En la medida en que los fieles vienen a pedir a los sacerdotes y al obispo los sacramentos y la doctrina de la fe, éstos tienen el deber de velar por la buena recepción y el buen uso de la doctrina y de la gracia del sacrificio de la misa y de los sacramentos. Los fieles no pueden pedir los sacramentos y rechazar la autoridad vigilante de los sacerdotes y del obispo ”(18) .

Finalmente, un argumento extraído de la historia ayudará a comprender mejor. En tiempos de las invasiones bárbaras, y teniendo en cuenta la desidia o la incompetencia de las autoridades civiles, los fieles se dirigieron naturalmente hacia las autoridades capaces de tomar las riendas de la salvación temporal de la Ciudad: los obispos. Por consiguiente, cuando estos últimos organizaron la defensa militar de las ciudades antiguas suplieron, por su competencia y su sentido del bien común, a la defección de las autoridades civiles, sin pretender por ello convertirse en los nuevos príncipes temporales. Tal es la suplencia. Igualmente, nuestros obispos suplen por sus poderes episcopales a las deficiencias doctrinales y pastorales del conjunto del episcopado y, como los obispos de la Antigüedad protegieron a las ciudades de las invasiones bárbaras, nuestros obispos tienen por misión proteger a los sacerdotes y a los fieles de la invasión conciliar. Y como la historia es deudora de esos Defensores de la Ciudad, honrará la memoria de estos Defensores de la Iglesia.

Una profesión de fe, de esperanza y de caridad

Finalmente, no hay duda alguna de que aquella ceremonia del 30 de junio de 1988 fue una profesión de fe, de esperanza y de caridad. Profesión de fe, ciertamente esas consagraciones lo fueron de fe en la Iglesia, en el sacerdocio, en la misa y en el reinado de Nuestro Señor. Lo fueron también por su fundamento, que era el de asegurar la defensa y la transmisión de la fe. Profesión de esperanza, esas consa-

30 aniversario de las consagraciones episcopales: Obispos para salvar la Iglesia 23 graciones lo fueron al asegurar la supervivencia de la Tradición y al mostrar a las nuevas generaciones que no quedaban huérfanas, que todos los jefes no eran cobardes y que existían todavía corazones nobles.

Acto de caridad, esas consagraciones lo fueron por la abnegación y el olvido de sí que exigieron a los obispos consagrantes y consagrados, tildados de cismáticos, excomulgados por las autoridades, por todas partes puestos en la picota. Cuando tantos hombres abandonaban su misión, el viejo obispo, el viejo

luchador de Dios no renunciaba. Y para los obispos recién consagrados, esa ceremonia marcó el comienzo de una vida itinerante y apostólica poco común en la historia de la Iglesia. Las consagraciones eran una lección de bien común.

Epílogo

¿Historia pasada? El estado de necesidad persiste, por mucho que tantas cosas se digan al respecto. Si algunos obispos han tomado la palabra, hechos inéditos y alentadores, incluso contra actos inauditos del Santo Padre, siguen por desgracia mudos ante la nocividad de la misa nueva, el escándalo del ecumenismo o la secularización de los Estados.

Treinta años después de las ordenaciones episcopales, su legitimidad pasada y presente no está ya por demostrar. Treinta años después de las consagraciones, el acto heroico de Mons. Lefebvre sigue siendo un faro en la tempestad, una advertencia y un estímulo dados a las almas de buena voluntad. Para que perdure la Iglesia, para que renazca la Cristiandad. m

(1) Declaración de Mons. de CastroMayer con ocasión de la ceremonia de las consagraciones. (2) “Los centinelas de Israel son ciegos todos, no entienden nada; todos son perros mudos que no pueden ladrar ” (Is. 56, 10). (3) “Reinará Dios desde el madero ” , extraído del Vexilla regis, himno de vísperas del tiempo de Pasión. El versículo significa que el reino de Jesucristo se realiza por la madera de su cruz. (4) Sermón de las consagraciones. (5) El 4 de diciembre de 1990 Mons. Lefebvre escribía a Mons. de CastroMayer a propósito de “la necesidad absoluta de continuar el episcopado católico para continuar la Iglesia católica ” , Fideliter, julio-agosto 1991, nº 82, p. 13. (6) Aunque están primeramente al servicio de ésta, obispos auxiliares de la HSSPX. (7) “Le tocará al Superior general tomar las decisiones ” . Notas tomadas por Mons. Williamson, Recomendaciones de Mons. Lefebvre antes de las consagraciones, Sel de la terre nº 28, primavera de 1999, p. 167. (8) Carta del 4 de diciembre de 1990 de Mons. Lefebvre a Mons. de Castro-Mayer: “El llamamiento a los obispos de la Hermandad para la consagración eventual no se hace en tanto que obispos de la Hermandad, sino en tanto que obispos católicos ” , Fideliter, julio-agosto 1991, nº 82, p. 14. (9) Esta responsabilidad de que habla Pío XII debe distinguirse de la colegialidad conciliar. Aquí Pío XII habla de la responsabilidad moral de todos y cada uno de los obispos en relación con la Iglesia,

pero no de la responsabilidad personal de cada obispo en su diócesis. (10) Sermón del 28 de julio de 1991, Fideliter, septiembre-octubre 1991, nº 83, p. 5. (11) Dimensión política claramente enseñada por santo Tomás: “La relación del poder episcopal con el poder de las órdenes inferiores es semejante a la de la política que persigue el bien común (…). La política da su ley a las artes inferiores, es decir, designa a los depositarios, determina la extensión y el modo de ejercicio. Por ello pertenece al obispo llamar a los súbditos a todos los divinos ministerios. Por ello solo él confirma –a los confirmados se les confía en efecto como un mandato de confesar la fe, sólo él bendice a las vírgenes, que son figura de la Iglesia, esposa de Cristo, de la cual tiene él principalmente el cuidado; igualmente consagra a quienes deben ser elevados a las funciones de las órdenes (…). Así quien posee la plenitud del poder, el rey, reparte en la ciudad los oficios temporales ” (Suppl q 38, 1, c). (12) “De aquí se sigue que, Obispos que no han sido nombrados ni confirmados por la Santa Sede, más aún, escogidos y consagrados contra explícitas disposiciones de ella, no podrán gozar de poder alguno de magisterio o de jurisdicción; ya que la jurisdicción se da a los Obispos únicamente por mediación del Romano Pontífice ” , Pío XII, Ad apostolorum principis. (13) Se habla de potencia positiva, es decir, que no se trata de una pura posibilidad de recibir ese poder, sino de una aptitud positiva y real para recibirlo. El razonamiento vale otro tanto para el poder de gobierno. La consagración no confiere sino en potencia el poder de jurisdicción: “En su consagración, el obispo recibe un poder inamisible, que (…) no le ordena directamente a Dios, sino al cuerpo místico de Cristo ” (Suppl, q 38, 2, ad 2). (14) Consciente de ese peso, el padre Calmel escribía en 1967: “ el día en que podamos decir: ` un obispo ha tomado posición, nuestra resistencia a los revoltijos litúrgicos, dogmáticos, disciplinares no es ya asunto de simples laicos, de simples sacerdotes, sino que tenemos un obispo ´ , ese día las cosas se habrán clarificado ” citado por el P. JeanDominique, Le Père Roger-Thomas Calmel, Clovis, 2012, p. 405. (15) Mons. Lefebvre lo subrayaba, por otra parte, a los cuatro futuros obispos algunos días antes de las consagraciones: “El papel de los obispos consagrados: las ordenaciones, las confirmaciones y el mantenimiento de la fe [subrayado en las notas] con ocasión de las confirmaciones. Hará falta que protejáis al rebaño (…) Vuestro papel, en tanto que obispos, será dar los sacramentos y asegurar la predicación de la fe. ” Notas tomadas por Mons. Williamson, Recomendaciones de Mons. Lefebvre antes de las consagraciones, Sel de la terre nº 28, primavera de 1999, p. 165 y 167. (16) “ … la jurisdicción del nuevo obispo no es territorial, sino personal (…) la autoridad jurisdiccional del obispo no le viene de un nombramiento romano sino de la necesidad de la salvación de las almas. ” Mons. Lefebvre, Nota a propósito del nuevo obispo sucesor de Su Ilustrísima Mons. de Castro-Mayer, 20 de febrero de 1991, Fideliter, julio-agosto 1991, nº 82, p. 16-17. (17) Decimos bien de suplencia, es decir, que una necesidad conduce a ejercer ese poder de orden. No queremos decir, evidentemente, que el simple hecho de gozar del poder de orden lleve consigo la posesión de una jurisdicción. (18) Mons. Lefebvre, Nota a propósito del nuevo obispo sucesor de Su Ilustrísima Mons. de CastroMayer, 20 de febrero de 1991, Fideliter, julio-agosto 1991, nº 82, p. 16-17.

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