tributacion laboral maestria der trabajo 2

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 TRIBUTACION LABORAL  MAESTRIA EN DERECHO DEL TRABAJO  UNIDAD II  IMPOSICION A LA RENTA: NOCIONES – CONCEPTO - SISTEMAS

 UNIVERSIDAD PARTICULAR DE SAN MARTIN DE PORRES

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SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL

CÓDIGO TRIBUTARIO

GOB. CENTRAL

- Impuesto a la Renta * - IGV * - ISC * - Aport. ESSALUD * - Aport. ONP * - D° Arancelarios - Tasas de Prestación de Servicios Públicos

TRIBUTOS

GOB. LOCALES -

Imp. Predial Imp. A la Alcabala Imp. A los Juegos Imp. Al Patrimonio Vehicular

OTROS FINES - Contribución al SENATI - Contribución al SENCICO

* Tributos administrados por SUNAT

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ELEMENTOS DEL IMPUESTO A LA RENTA BASE LEGAL Art. 1-5A LIR Elemento subjetivo o personal

ELEMENTOS DEL IMPUESTO A LA RENTA

Elemento temporal:

Elemento objetivo o material

Aspecto espacial o base jurisdiccional

Renta de Fuente Peruana, Renta de Fuentes Extranjera, Art. 6-13 LIR Domiciliados, y No Domiciliados

Tasa

6.25%, 15%, 21%, 30%, 4.1%, 4.99%, 1%, 10%

LEY DEL IR Rentas gravadas (Teorías )

Art. 52A-56 LIR  Mg. Fiorella Samhan


IMPUESTO A LA RENTA PERSONAS NATURALES

MATERIA IMPONIBLE • La renta es la expresión de la capacidad contributiva de un sujeto RENTA RIQUEZA

PATRIMONIO CONSUMO  Mg. Fiorella Samhan


Mapa Conceptual RENTA

Ganancias o beneficios generados por actividades económicas Renta Gravada

Sistemas de Imposición de Renta: Cedular o analítico  Global o sintético  Mixto

Renta Producto Flujo de Riqueza Incremento más consumo patrimonial

Tomando en consideración: a) CRITERIOS DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS:  Rentas de Fuente Peruana o Extranjera b) CRITERIOS DE VINCULACIÓN  Condición de domicilio (domiciliado o no domiciliado)

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Concepto de Renta ¿QUÉ ES RENTA? Todo lo que en la esfera patrimonial de un sujeto produce satisfacciones o enriquecimientos.

Este concepto debe trasladarse a definiciones legales susceptibles de ser aplicadas por la Administración.

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Concepto de Renta ¿Qué es renta? Es sinónimo de ganancia, beneficio, utilidad, etc., es decir todo aquello que genere: a) Beneficio b) Enriquecimiento

Para quiénes lo perciben

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Características generales del Impuesto a la Renta Ideal 1. 2. 3.

Global o Sintético: Debe gravar la totalidad de rentas obtenidas por los contribuyentes, sin importar su procedencia o destino. Personal: Debe tener en cuenta la situación personal del sujeto. Progresivo: Debe gravar con tasas progresivas que incidan con mayor carga a medida que sea mayor la renta.

Ventajas • No trasladable: Afecta directa y definitivamente a aquel sobre el que la ley lo hace recaer. • Contemplar la Equidad: Principio de capacidad contributiva horizontal y vertical. • Efecto estabilizador: Tasa progresiva. Mayor ingreso, mayor incidencia  Mg. Fiorella Samhan


Características generales del Impuesto a la Renta Ideal En el Perú hasta el 2008 En el caso de los sujetos domiciliados en el país, tendía a ser global y progresivo (salvo régimen de rentas de tercera categoría y el régimen de dividendos en los que la tasa era proporcional), pero no personal. En el Perú desde el 2009 En el caso de los sujetos domiciliados en el país, es cedular con tasa proporcional (únicas cedulas que se acumulan y se gravan con tasa progresiva: rentas de trabajo y rentas de fuente extranjera de personas naturales domiciliadas). En ambos casos, el caso de sujetos no domiciliados en el país, no es progresivo ni personal (normalmente no lo es)

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SISTEMAS DE IMPOSICIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA 1. Cedular, Analítico o Inglés

2. Global, Sintético o Germánico

3. Mixto

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SISTEMAS DE IMPOSICIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA 1. Cedular, Analítico o Inglés: Se estructuran en base a establecer un gravamen en relación a cada fuente de renta. Se tiene un gravamen para las rentas cuya fuente es el trabajo, otra para las que provienen del capital y otra aplicable a la conjunción de ambos factores. Ejemplo: Sistema que entro en vigencia en Perú a partir del 2009 Considerar: Se denomina cédula a cada fuente gravada: por ejemplo las rentas del trabajo. No hay compensación entre los resultados positivos de una cédula y los negativos de otra.

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SISTEMAS DE IMPOSICIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA 2. Global, Sintético o Germánico: Un impuesto de este tipo supone establecer el gravamen del Impuesto sobre la totalidad de las rentas. El impuesto atiende la totalidad de la capacidad contributiva del sujeto, abarca la globalidad de sus ingresos. Considerar: No interesa el origen o fuente de la renta. Se realiza una síntesis final de las rentas y se suman en su totalidad.

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SISTEMAS DE IMPOSICIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA 3. Mixto: Sistema que contiene elementos cedulares y globales en proporciones variadas. Es posible que un sistema sin perder su globalidad, obligue agrupar distintas rentas en “categorías” para simplificar el cálculo, sin que implique tratamiento diferencial de la renta en función de su origen.

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SISTEMAS DE IMPOSICIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA En el Perú hasta el 2008: SISTEMA MIXTO Sujetos domiciliados: RFP de 1ª, 2ª, 4ª, y 5ª Categorías + RFE no empresarial RFP de 3ª Categoría + RFE empresarial Dividendos o distrib. de utilidades

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Sujetos no domiciliados: RFP discriminadas por actividad

Impuesto global con tasa progresiva Impuesto cedular Impuesto cedular

Impuestos cedulares

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Mapa conceptual hasta el 2008 RENTA DE PERSONAS NATURALES

OBLIGAC. SUSTANCIALES

DEVENGADO

CONTRIBUYENTES

PERCIBIDO

PRIMERA

• PERSONAS NATURALES • SOCIEDADES CONYUGALES • SUCESIÓN INDIVISA

CATEGORÍAS SEGUNDA

CUARTA

QUINTA

RENTA BRUTA

RENTA BRUTA

RENTA BRUTA

RENTA BRUTA

DEDUCCIONES

DEDUCCIONES

DEDUCCIONES

DEDUCCIONES

RENTA NETA 1C

RENTA NETA 2C

RENTA NETA 4C

RENTA NETA 5C

(+)

(+)

(+)

(+)

RENTA NETA DE FUENTE PERUANA  Mg. Fiorella Samhan

OBLIGACIONES FORMALES

CRITERIOS DE IMPUTACIÓN


Renta Neta Global (Art. 35 LIR) RENTA BRUTA (R.B.)

DEDUCCIONES

RENTA NETA (R.N.)

Primera Categoría

(-) 20% de la R.B.

R.N. de 1era.

Segunda categoría

(-) 10% de la R.B.

R.N. de 2da.

Cuarta Categoría

(-) 20% de R.B.

Quinta Categoría

Hasta 24 UIT

(-) 7 UIT R.N. de 4ta. y 5ta.

Renta Neta Global o Renta Neta de Fuente Peruana (No incluye 3C, ni dividendos, ni cualquier forma de distribución de utilidades) + Incrementos Patrimoniales

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SISTEMAS DE IMPOSICIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA En el Perú desde el 2009: SISTEMA CEDULAR Sujetos domiciliados: RFP de 1ª, y 2ª Categorías RFP de 4ª, y 5ª Categorías + RFE no empresarial RFP de 3ª Categoría + RFE empresarial Dividendos o distrib. de utilidades

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Sujetos no domiciliados: RFP discriminadas por actividad

Impuesto cedular Impuesto cedular con tasa progresiva Impuesto cedular Impuesto cedular

Impuestos cedulares  Mg. Fiorella Samhan


Renta Neta (Art. 35, 36, 45 y 46 LIR) Desde el 2009 hasta el 2014 Regímenes

Rentas del capital

Renta Bruta (RB) Primera Categoría

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Deducciones

Renta Neta (RN)

IR

- 20% RB

RN del Capital

6.25% RN O 5% RB (Tasa ef.)

Renta Neta del Trabajo

15% Hasta 27 UIT; 21% Entre 37 y 54 UIT; y 30% Exceso 54UIT

Segunda Categoría Rentas del trabajo

Cuarta Categoría Quinta Categoría

- 20% RB

Hasta 24 UIT

Renta Neta Fuente Extranjera NE Dividendos

Dividendos

-7 UIT

Renta Neta Fuente Ext. NE RB=RN

Renta Neta del Trabajo + Renta Neta de Fuente Extranjera

4.1% RN


Renta Neta (Art. 35, 36, 45 y 46 LIR) A partir del 2015

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Regímenes

Renta Deducciones Bruta (RB)

Renta Neta (RN)

IR

Rentas del capital

Primera Categoría

RN del Capital

6.25% RN o 5% RB (Tasa efec.)

- 20% RB

Segunda Categoría Rentas del trabajo

Cuarta Categoría Quinta Categoría Renta Neta Fuente Extranjera

Dividendos

- 20% RB -7 UIT Renta Neta del Traba jo

Hasta 24 UIT

Dividendos RB=RN

Renta Neta Fuent e Ext.

Renta Neta del Trabajo + Renta Neta de Fuente Extranjera

UIT 2015: S/. 3850

8% Hasta 5 UITs; 14% entre 5 y 20 UITs; 17% entre 20 y 35 UITs; 20% entre 35 y 45 UITs; y, 30% exceso 45UIT

6.8% RN (20152016) - 8% (20172018)- 9.3% (2019)


TEORIAS QUE DEFINEN EL CONCEPTO DE RENTA  Teoría de la renta producto o Teoría de la fuente  Teoría del flujo de riqueza  Teoría de consumo más incremento patrimonial  Mg. Fiorella Samhan


IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES CONCEPTO DE RENTA

1.- TEORÍA RENTA PRODUCTO Elementos del concepto de “RentaProducto”: • • • • • •

Debe ser un Producto. Debe provenir de una fuente productora durable. La renta debe ser periódica. La renta debe ser puesta en explotación. Realización y separación de la renta La renta debe ser neta.  Mg. Fiorella Samhan


IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES

CONCEPTO DE RENTA

1.- TEORÍA RENTA PRODUCTO FUENTES CLÁSICAS:

CAPITAL

TRABAJO

EMPRESA  Mg. Fiorella Samhan


IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES

CONCEPTO DE RENTA

1.- TEORÍA RENTA PRODUCTO Art. 1. Inc. a) de la Ley del Impuesto a la Renta “ El Impuesto a la Renta grava: a) Las rentas que provengan del capital, del trabajo y de la aplicación conjunta de ambos factores, entendiéndose como tales aquellas que provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicos”.

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IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES CONCEPTO DE RENTA

2.- TEORÍA FLUJO DE RIQUEZA Total de flujo de riqueza que desde los terceros fluye hacia el contribuyente. Comprende la teoría Renta Producto, más los siguientes ingresos: a.- Las ganancias de capital realizadas. b.- Los ingresos por actividades accidentales. c.- Los ingresos eventuales. d.- Los ingresos a título gratuito.

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IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES

CONCEPTO DE RENTA

2.- TEORÍA FLUJO DE RIQUEZA

a)

El Impuesto a la Renta grava: Ganancias de Capital (Art. 1.Inc.b) Son ingresos que provienen de la enajenación de bienes de capital; es decir aquellos que no están destinados a ser comercializados en el ámbito de un negocio o empresa.

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IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES CONCEPTO DE RENTA

2.- TEORÍA FLUJO DE RIQUEZA a. Ganancias de Capital (Art. 1.Inc. b) I)

Caso de bienes inmuebles: - Gravados siempre que la adquisición y enajenación se produzca a partir del 01.01.2004 (Renta de 2da. Categoría) - No están gravados los ingresos provenientes de la enajenación de la casa habitación.

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IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES

CONCEPTO DE RENTA

2.- TEORÍA FLUJO DE RIQUEZA a. Ganancias de Capital (Art. 1.Inc. b) II)

Caso de bienes muebles: - Los ingresos provenientes de su enajenación no constituyen ganancia de capital - Sólo están gravados los ingresos provenientes de la enajenación de acciones y otros valores mobiliarios.

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IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES

CONCEPTO DE RENTA

3.- TEORÍA VARIACIÓN PATRIMONIAL MÁS CONSUMO Comprende a las anteriores teorías (Renta-producto y Flujo de Riqueza), además de: a) Variación patrimonial: cambios del valor b) Los consumos: rentas imputadas, rentas de goce o disfrute (rentas psíquicas)

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IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES

CONCEPTO DE RENTA

3.- TEORÍA VARIACIÓN PATRIMONIAL MÁS CONSUMO • • •

• • •

Se busca gravar el total de enriquecimientos que percibe una persona a lo largo de un período, cualquiera sea su origen o duración. Renta = consumo + cambios en el valor del patrimonio, en un periodo. Renta = (Patrimonio ejercicio 2 – Patrimonio ejercicio 1) + consumos del ejercicio Considerar: Variaciones patrimoniales Consumos de bienes y servicios

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IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES

CONCEPTO DE RENTA

3.- TEORÍA VARIACIÓN PATRIMONIAL MÁS CONSUMO El Impuesto a la Renta grava: Rentas imputadas (Art. 1.Inc.d) Rentas imputadas (Art. 1. Inc.d) “Las rentas imputadas, incluyendo las de goce o disfrute, establecidas por esta Ley”. - Renta Ficta de predios (Art. 23.d) - Renta Ficta de bienes muebles (Art. 23.b) por cesión gratuita o a precio no determinado.  Mg. Fiorella Samhan


IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES

CONCEPTO DE RENTA

3.- TEORÍA VARIACIÓN PATRIMONIAL MÁS CONSUMO Rentas presuntas (Art. 23.a y b, Art. 26) - Renta presunta de predios arrendados (Art. 23.a); - Renta presunta de bienes muebles cedidos (Art. 23.b) - Intereses presuntos. (Art. 26)

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Teorías en la Imposición sobre la Renta: Cuadro sinóptico Renta Producto: Flujo de Riqueza:

Consumo más Incremento patrimonial:

- Renta Producto: - Ganancias de capital realizadas - Ingresos por actividades accidentales - Ingresos de naturaleza eventual - Ingresos a titulo gratuito - Uso de bienes adquiridos en periodos anteriores. - Consumo de bienes y servicios de propia producción. - Variaciones patrimoniales

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Teorías en la Imposición sobre la Renta: Gráfico CONSUMO MAS INCREMENTO PATRIMONIAL FLUJO DE RIQUEZA RENTA PRODUCTO

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SEGÚN LA LEGISLACIÓN PERUANA  DEFINICIÓN DE RENTA: La Ley del Impuesto a la Renta (Art. 1º, 2º y 3º) define las ganancias y beneficios que constituyen RENTA -

-

Rentas que se obtengan por el capital, el trabajo o la aplicación de ambos factores (provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicos. Ciertas ganancias y beneficios aun cuando no provengan de una actividad habitual Otros ingresos  Mg. Fiorella Samhan


SEGÚN LA LEGISLACIÓN PERUANA  TEORÍAS DE RENTA APLICABLES A LA LEGISLACIÓN PERUANA: La legislación peruana recoge la Teoría de la Renta Producto ya que indica que debe provenir de una fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicos (Art. 1º inc. a de la Ley ) Excepcionalmente se acoge la Teoría del Flujo de Riqueza (Art. 1º inc. a), art. 2º inc. a) y b) así como el art. 3º) y la Teoría del Incremento Patrimonial mas consumo (art. 2º inc. c)  Mg. Fiorella Samhan


Rentas por Explotación de una Fuente BASE LEGAL: Inc. a) de primer y segundo párrafo Art. 1 LIR

Capital Trabajo Aplicación conjunta de ambos factores

FUENTE

Regalías Enajenación de terrenos urbanos o lotizados e inmuebles

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Resultados de la venta, cambio o disposición habitual de bienes


EXONERACIONES E INAFECTACIONES  CONCEPTOS  INAFECTACIÓN:  SUJETOS  INGRESOS  EXONERACIÓN

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INFECTACIONES EXONERACIONES

Y

EXONERACIÓN Ámbito de aplicación del impuesto

HIPÓTESIS DE INCIDENCIA TRIBUTARIA

INAFECTACIÓN  Mg. Fiorella Samhan


INFECTACIONES EXONERACIONES

Y

INAFECTACIÓN Situación jurídica por la que determinados sujetos u operaciones se encuentran fuera de la hipótesis de incidencia tributaria

EXONERACIÓN Situación jurídica por la que se libera de la obligación de pagar el tributo, pese a que se realiza el hecho generador de la obligación tributaria

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INAFECTACIONES (Art. 18 LIR)

DE SUJETOS (SUBJETIVA)

DE INGRESOS (OBJETIVA)

- Sector público nacional - Fundaciones - Entidades de auxilio mutuo - Comunidades campesinas y nativas.

- Indemnizaciones laborales - Indemnizaciones por causa de muerte o incapacidad - CTS, rentas vitalicias y pensiones que se originen en el trabajo personal - Subsidios por incapacidad temporal, maternidad y lactancia.  Mg. Fiorella Samhan


EXONERACIONES (Art. 19 LIR)

• Las exoneraciones se confieren expresamente y se encuentran taxativamente señaladas en la LIR • Son de carácter temporal • Actualmente las exoneraciones contempladas rigen hasta el 31.12.2013 • Eximen del cumplimiento de la obligación sustancial: pago • Debe cumplirse con las obligaciones formales

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SEGÚN LA LEGISLACIÓN PERUANA  CRITERIOS DE VINCULACIÓN APLICABLES:  CRITERIOS SUBJETIVOS  CRITERIOS OBJETIVOS

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BASE JURISDICCIONAL DOMICILIO

RESIDENCIA

PERSONA NATURAL NACIONALIDAD

CIUDADANIA

SUBJETIVO LUGAR DE CONSTITUCIÓN

CRITERIOS DE VINCULACIÓN

PERSONA JURÍDICA

OBJETIVO

SEDE DE DIRECCIÓN EFECTIVA UBICACIÓN TERRITORIAL DE LA FUENTE  Mg. Fiorella Samhan


CRITERIOS PARA DETERMINAR EL DOMICILIO  DOMICILIADO: • • • • •

Peruanos con domicilio en el país. Extranjeros que permanezcan en el país mas de 183 días calendario durante un periodo cualquiera de 12 meses. Funcionarios públicos en el extranjero siempre que sean designados por el Sector Público Nacional y hayan sido domiciliados antes de asumir el cargo. Las personas jurídicas constituidas en el país. Sucesiones Indivisas, se extiende la condición del causante.

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CRITERIOS PARA DETERMINAR EL DOMICILIO  NO DOMICILIADO: • • • •

Personas naturales que permanezcan fuera del país 183 días o más en forma continua. Personas naturales que salen del país con contrato de trabajo mayor a un año o visa de residente en otro país. (pierden automáticamente la condición de domiciliado). Las personas naturales no domiciliadas podrán ser consideradas domiciliadas si permanecen 6 meses y estén inscritos en el RUC. La condición de domiciliado o no se considera al 01 de enero de cada año.

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 TRIBUTACION LABORAL  MAESTRIA EN DERECHO DEL TRABAJO  UNIDAD II  IMPOSICION A LA RENTA: NOCIONES – CONCEPTO - SISTEMAS

 UNIVERSIDAD PARTICULAR DE SAN MARTIN DE PORRES

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