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Intervención en situaciones de riesgo y maltrato a menores en la familia [7.1] ¿Cómo estudiar este tema? [7.2] Conceptualización del maltrato infantil [7.3] Tipología del maltrato infantil [7.4] Actuaciones ante el maltrato infantil

TEMA

[7.5] Referencias bibliográficas


Conceptualización del maltrato infantil

Elementos de intervención socioeducativa con familias

Tipología del maltrato infantil

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Situaciones de riesgo.

Definición del riesgo.

Definición de maltrato infantil

• •

Modelos de aproximación al maltrato infantil. Situaciones de desamparo

Indicadores de maltrato infantil.

Maltrato psicológico o emocional.

Maltrato físico.

• •

Fases del protocolo de actuación: •

Detección del maltrato.

Notificación del maltrato.

Maltrato sexual.

Valoración del maltrato.

Negligencia o abandono

Evaluación del maltrato.

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Esquema

TEMA 7 – Esquema

Intervención en situaciones de riesgo y maltrato en la familia


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Ideas clave 7.1. ¿Cómo estudiar este tema? Para estudiar este tema lee las Ideas clave recogidas a continuación. Aunque en nuestro país la familia y los menores son objeto de especial atención y protección, podemos seguir observando cómo en nuestros entornos comunitarios existen multitud de situaciones de necesidad no satisfechas o en las que los derechos de la familia, y sobre todo de los menores, son vulnerados constantemente. Estas situaciones de riesgo a las que los menores se ven expuestos, cuando no son protegidos adecuadamente, pueden comprometer seriamente su bienestar y desarrollo. Por esta razón, es de absoluta relevancia que se efectúen cuantas acciones preventivas sean necesarias para prevenir cualquier daño físico, psicológico o sexual en los menores. La evaluación de las conductas de riesgo para los menores y su contexto familiar y socioeducativo es un reto en constante evolución en el campo de la protección a la infancia. En este tema nos centraremos en los siguientes puntos: » Conceptualización del maltrato infantil. » Tipología de maltrato infantil. » Actuaciones ante el maltrato infantil.

7.2. Conceptualización del maltrato infantil Las situaciones de desprotección que afectan a las familias, y sobre todo a los menores, suelen responder a una dinámica temporal que comienza con la aparición de situaciones de riesgo que derivan en algún tipo de maltrato y que, en los casos de mayor gravedad, tienen como resultado una resolución de desamparo de los menores. A continuación, y de manera pormenorizada, nos detendremos en estos tres conceptos clave: situaciones de riesgo, maltrato y desamparo.

TEMA 7 – Ideas clave

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Situaciones de riesgo

Maltrato

Situación de desamparo

Figura 1. Conceptos clave.

Situaciones de riesgo La práctica e investigación en atención a las familias ha identificado una serie de necesidades comunes a todos los niños y niñas de nuestro entorno que garantiza su bienestar y óptimo desarrollo personal. Estas necesidades, que deben ser cubiertas con total garantía, son:

Necesidades biológicas Aquellas necesidades que garantizan el desarrollo físico a través de la alimentación, el sueño, la higiene y la actividad física. En definitiva, todos aquellos aspectos relacionados con el cuidado de la salud.

Necesidades cognitivas Aquellas necesidades que facilitan el conocimiento del entorno y los mecanismos de comunicación a través de la comprensión de la realidad física y social, la estimulación sensorial y la exploración del entorno inmediato.

Necesidades emocionales y sociales Aquellos elementos que facilitan la elaboración de estrategias para expresar y comprender los sentimientos, las conductas de relación con los demás (compañerismo, amistad) y cualquier condición que facilite un desarrollo afectivo saludable y sentimientos de pertenencia y seguridad. Figura 2. Necesidades que deben ser cubiertas.

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La insatisfacción de estas necesidades está directamente relacionada con la aparición de posibles situaciones de maltrato infantil. En la práctica, cuando se detecta que la cobertura de estas necesidades no está siendo garantizada para un niño o niña, se activan de inmediato una serie de medidas de detección de riesgo social. Aunque en temas anteriores explicamos que la RAE define el riesgo como ‘contingencia o proximidad de un daño’, queremos destacar que el nivel de riesgo de la población infantil consiste en «la probabilidad de que un menor que ha sido maltratado en el pasado sufra un nuevo daño en el futuro, así como la probabilidad de que ese daño sea o no grave». (Martín, 2005). De esta forma, la intervención social y educativa tiene como uno de sus objetivos prioritarios la evaluación del riesgo; para evaluar el riesgo, la intervención profesional se llevará a cabo con la finalidad de: » Realizar una predicción sobre las posibilidades de que se produzca un determinado evento negativo en el futuro de la familia. » Determinar la probabilidad de que algún miembro de la familia cometa en el futuro un acto de maltrato o abandono hacia un menor, o que dicho acto le provoque cualquier tipo de daño.

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Las situaciones de riesgo que pueden afectar a los menores y/o familia se pueden agrupar, según Garrido y Grimaldi (2009), en las siguientes categorías:

Definiciones de riesgo Tipos de definiciones Definiciones basadas en conductas antisociales

Definiciones basadas en la de cobertura de sus necesidades

Definiciones de enfoque pragmático

Definición «Niños en riesgo resultan ser aquellos cuyos comportamientos pueden ser un problema para la armonía de su entorno social». De ahí que a veces se mezclen de forma confusa las expresiones en riesgo y con riesgo. «Menor en riesgo como aquel que se ve privado de la cobertura de sus necesidades básicas y de sus derechos más elementales». Si la acepción anterior es más propia de contextos jurídicos o legales, este caso caracteriza a las nociones de bienestar y protección social. «Aquellos niños y niñas con probabilidad elevada de requerir unos servicios sociales concretos, partiendo de la disponibilidad de tales servicios». Esta concepción es más limitada que las anteriores, ya que no concreta criterios para determinar quién recibe tales servicios, a diferencia de las anteriores que fijan su atención en la conducta antisocial o en las necesidades insatisfechas..

Figura 3. Tipos de definiciones de riesgo. Fuente: Garrido y Grimaldi (2009).

Definición de maltrato infantil Existen múltiples definiciones de maltrato infantil, dada la complejidad de situaciones en las que detectamos muestras o signos evidentes o situaciones en las que pasa inadvertido y que puede ser objeto de desatención o maltrato psicológico, sexual, etc. Estas dificultades para definir el concepto de maltrato han sido recogidas por López (2007): » Heterogeneidad de la conducta de maltrato, comportamientos relacionados con el abuso, la negligencia y el castigo físico. Estos comportamientos tienen en común que ocasionan daños en los menores pero difieren en el tipo de daño ocasionado. » La definición de maltrato puede centrar su foco de atención en distintos aspectos como la conducta del maltratante o sus consecuencias.

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» Los profesionales que intervienen, que proceden de diferentes contextos (legal, sanitario, educativo, social) y que, por tanto, poseen diferentes concepciones del maltrato. » La distinción entre lo que es y no es maltrato está sujeto a parámetros culturales, profesionales y legales subjetivos. En cualquier caso, es muy importante que podamos consensuar una definición del maltrato infantil por dos motivos fundamentalmente: » Facilitar y clarificar la comunicación entre profesionales. » Garantizar la toma de decisiones apropiadas en aspectos de protección infantil. En la siguiente figura hemos querido recoger dos de los modelos conocidos para acercarnos a la definición de maltrato, elaborado por López (2007).

Modelo de deficiencia

Modelo de bienestar Definiciones

«Toda forma de violencia, prejuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación mientras que el niño se encuentra bajo custodia de sus padres, de un tutor o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo». (ONU, 1989).

«Acción, omisión o trato negligente, no accidental, que prive al niño de sus derechos y su bienestar, que amenace y/o interfiera su ordenado desarrollo físico, psíquico y/o social, cuyos autores puedan ser personas, instituciones o la propia sociedad». Ventajas

Es el modelo predominante, señala al maltratador y el daño producido, facilitando la toma de decisiones legales, sobre si los responsables de los menores pueden o no mantener la tutela. Guía a los servicios jurídicos.

• Toma como referencia el bienestar infantil, no limitándose a situaciones de maltrato tan extremas. • Se reconoce que también puede haber maltrato institucional e, incluso, social. • Obliga a hacer intervenciones, no solo orientadas a evitar el maltrato sino a conseguir el buen trato posterior. Inconvenientes

• Solo atiende a los casos extremos y/o denunciados. • No atiende a los recursos y potencialidades de la familia que maltrata y que podrían ser aprovechados para la superación de dichas conductas. • Carece de una visión global donde se valoren las consecuencias de una separación del menor.

Ausencia de parámetros de valoración del bienestar y la posibilidad de sustanciar el maltrato a efectos penales.

Figura 4. Comparación del modelo de deficiencia y el modelo de bienestar. Fuente: López (2007).

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Por su parte, el Observatorio de la Infancia (2001) ha definido el maltrato infantil como: La acción, omisión o trato negligente, no accidental, que priva al niño o a la niña de sus derechos y su bienestar, que amenaza o interfiere su ordenado desarrollo físico, psíquico o social y cuyos autores pueden ser personas, instituciones o la propia sociedad. Por tanto, si analizamos detenidamente esta definición, podemos identificar de manera más precisa los diferentes elementos que deben concurrir en un comportamiento para ser considerado como maltrato (Sorribas, García y Gras, 2011): » Tres hechos o actuaciones susceptibles de causar maltrato: o Acción: engloba los actos realizados. o Omisión: comprende todos aquellos cuidados y atención que deberían haber sido prestados y se han omitido. o Trato negligente: es sinónimo de desatención y se refiere a aquellos cuidados que se han brindado de manera inadecuada o insuficiente. » Dos condiciones que determinarán la existencia de maltrato cuando las acciones anteriores: o Priven al menor de sus derechos y su bienestar. o Amenacen su desarrollo físico, psíquico y/o social. » Los causantes o autores pueden ser: o Personas de dentro o fuera de su entorno (familiares, conocidos o desconocidos). o Instituciones: el maltrato puede derivarse de una negligencia institucional. o Sociedad: se produce cuando no existe un sujeto responsable directo del maltrato pero existe una serie de circunstancias que repercuten negativamente en el menor (por ejemplo: vivir en un entorno de violencia o ausencia de servicios básicos). La dificultad en la prevención del maltrato aparece cuando se tiene que determinar en qué punto un comportamiento pasa de ser considerado normal a constituir una forma de maltrato, es decir, en determinar dónde está el límite que separa ambos comportamientos.

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Situación de desamparo La declaración de una situación de riesgo se solventa por los servicios especializados, actuando y reforzando a la familia desde dentro del ámbito familiar. Las intervenciones que se desarrollen se intentarán llevar a cabo sin la separación del niño de su familia, pero si las actuaciones resultan ineficaces y la situación llegara a empeorar, sería necesaria la declaración de desamparo de los menores. La inmediata consecuencia de una declaración administrativa de desamparo es la separación del menor de su familia para ser acogido en una institución o en una familia de acogida. Esta decisión es muy arriesgada ya que podemos producir un daño al menor que afectaría, en función de su edad, al desarrollo de su personalidad y la formación de su carácter y adaptación al entorno (Santamaría, 2016). El Código Civil, en su artículo 172.1 define la situación de desamparo como: «La situación de desamparo se produce a causa del incumplimiento o del imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de protección establecidos por las leyes para la guarda de los menores cuando estos queden privados de la necesaria asistencia moral o material».

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Algunas de las causas que diferentes legislaciones asocian a la resolución de desamparo de los menores en una familia son:

Causas Abandono voluntario del menor por parte de su familia. Ausencia de escolarización habitual del menor. Existencia de malos tratos físicos o psíquicos o de abusos sexuales por parte de las personas de la unidad familiar o de terceros con consentimiento de estas. Inducción a la mendicidad, delincuencia o prostitución o cualquier otra explotación económica del menor de análoga naturaleza. Drogadicción o alcoholismo habitual del menor con el consentimiento o la tolerancia de los padres o cuidadores. Trastorno mental grave de los padres o cuidadores que impidan el normal ejercicio de la patria potestad o la guarda. Drogadicción habitual en las personas que integran la unidad familiar y, en especial, de los padres, tutores o cuidadores del menor, siempre que incida gravemente en el desarrollo y bienestar del menor. Convivencia en un entorno socio-familiar que deteriore gravemente la integridad moral del menor o perjudique el desarrollo de su personalidad. La falta de las personas a las cuales corresponde ejercer las funciones de guarda o cuando estas personas están imposibilitadas para ejercerlas o en situación de ejercerlas con peligro grave para el menor. Figura 5. Causas asociadas a la resolución de desamparo de los menores.

7.3. Tipología del maltrato infantil En función de la acción en la que se concrete el maltrato podemos distinguir los siguientes tipos de maltrato (Sorribas, García y Gras, 2011): Maltrato físico Incluye las acciones voluntarias o no accidentales que ocasionen lesiones o daño físico al menor. Gran parte de la violencia infantil en el hogar responde al propósito de castigar al niño. Las formas de presentación de este tipo de maltrato son muy diversas: » Quemaduras causadas por cigarrillos, plancha u otros aparatos.

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» Hematomas por golpes. » Heridas con objetos cortantes (cuchillos o tijeras). » Equimosis por ataduras, fracturas, intoxicaciones, lesiones por asfixia, etc. Dentro de esta tipología destacamos el síndrome de Münchausen por poderes, uno de los maltratos más difíciles de diagnosticar. El síndrome de Münchausen por poderes consiste en que uno de los padres induzca deliberadamente

enfermedades

en

sus

hijos,

administrándoles

fármacos,

produciéndoles lesiones, inyectándoles sustancias nocivas o proporcionando a los médicos información falseada acerca de la salud del menor. El origen de este síndrome se encuentra en una problemática psicológica de la persona adulta. En muchas ocasiones, las situaciones de maltrato tienen lugar en el hogar familiar y nosotros, los profesionales, no estamos presentes en este entorno. Sin embargo, la sospecha de situaciones de riesgo habrá de hacerse en base a la observación del estado físico, de las actitudes y del comportamiento del menor. Para que todos podamos identificar posibles situaciones de maltrato infantil entre nuestro alumnado, los elementos que pueden alertar sobre situaciones de maltrato se han recogido en una serie de indicadores de riesgo que nos darán indicios o pistas sobre la existencia de este tipo de situaciones.

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Indicadores físicos del menor • Magulladuras o hematomas en rostro o boca, en el torso, la espalda, nalgas, etc. • Quemaduras de cigarros, plancha o parrilla, quemaduras con forma de buñuelo en nalgas o genitales, indicativas de inmersión en líquido caliente o provocadas por haber sido atado con cuerdas. • Fracturas en cráneo, nariz o mandíbula; fracturas en espiral de huesos largos. • Lesiones abdominales o hinchazón de abdomen, dolor localizado o vómitos constantes.

Indicadores comportamentales del menor • Se evidencian conductas no observadas anteriormente o cambios de comportamiento, hábitos y forma de relacionarse. • Brusca bajada de rendimiento o repentina desmotivación. • Cambios bruscos de conducta: tristeza, desánimo, llanto. • Miedo o rechazo a volver a su casa o a asistir a clases. • Cauteloso con respecto al contacto físico con adultos. • Se muestra aprensivo cuando otros niños lloran. • Faltas de asistencia prolongadas e injustificadas. • Oculta con la ropa zonas de su cuerpo de manera excesiva y/o injustificada.

Conducta del cuidador • Utiliza una disciplina severa, inapropiada para la edad, falta cometida y condición del menor. • No da ninguna explicación con respecto a las lesiones del niño, o son ilógicas, contradictorias o no convincentes. • Percibe al niño de manera significativamente negativa (malo, perverso, monstruo). • Abusa del alcohol u otras drogas. • Intenta ocultar la lesión del niño o proteger la identidad de la persona responsable de haberla producido. Figura 6. Indicadores del maltrato físico.

Maltrato psicológico o emocional El maltrato psicológico comporta todas aquellas actuaciones que provocan sentimientos negativos en el menor hacia su propia persona, mermando su autoestima y ocasionando daños psicológicos. Este tipo de maltrato puede adoptar diferentes formas: » Actitudes o conductas activas: rechazo, desprecio, burla, humillación o provocación de terror. También es considerado maltrato psicológico implicar al menor en actividades antisociales. » Hostilidad verbal, amenazas e insultos. » Privación u omisión del afecto, indiferencia, apatía y aislamiento social.

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La OMS (2009) considera que los abusos emocionales y psicológicos pueden manifestarse tanto en incidentes aislados como en una reiterada dejación por parte de un progenitor o cuidador, que mantiene al niño en un entorno inapropiado a su desarrollo y carente de apoyo. Estos comportamientos dañarán muy probablemente la salud física o mental del niño, o bien su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.

Indicadores físicos del menor • Es la forma menos perceptible de abuso pero puede ser identificado por las conductas del niño y del cuidador.

Indicadores comportamentales del menor • Parece excesivamente pasivo o es extremadamente agresivo y exigente o rabioso. • Muestra conductas extremadamente adaptativas, que son demasiado adultas o infantiles (mecerse, chuparse el pulgar, enuresis). • Retrasos en el desarrollo físico, emocional e intelectual. • Ideas o intentos de suicidio. • En la elaboración de textos, dibujos o historias aparece evidentemente la agresión.

Conducta del cuidador • Utiliza una disciplina severa, inapropiada para la edad, falta cometida y condición del menor. • Percibe al niño de manera significativamente negativa (malo, perverso, monstruo). • Abusa del alcohol u otras drogas. Figura 7. Indicadores de maltrato psicológico.

Abuso sexual El abuso sexual puede definirse como la participación de un niño en actividades sexuales que no comprende plenamente, en las que no puede consentir con conocimiento de causa o para las que no está suficientemente desarrollado, o que transgreden leyes o tabúes sociales. Se produce cuando una persona adulta utiliza a un menor para estimularse o gratificarse sexualmente, por tanto, los niños pueden ser objeto de abusos sexuales por parte de adultos o de otros niños que, o en razón de su edad o de su estado de desarrollo, estén en una situación de responsabilidad, confianza o poder en relación con su víctima.

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En estos casos se producen por una situación de superioridad física o psíquica de la persona adulta, que coacciona o somete por su autoridad al menor. El abuso sexual puede darse a tres niveles: » Ausencia de contacto: voyerismo, diálogos sexuales, exposición de órganos sexuales al menor, pornografía, promoción de la prostitución infantil. » Contacto sin penetración: masturbación, tocamientos, sexo oral, etc. » Penetración: oral, anal y vaginal, se incluye en esta categoría la penetración digital y con objetos.

Indicadores físicos del menor • • • • • • • •

Dificultad para caminar y sentarse. Ropa interior rasgada, manchada o ensangrentada. Se queja de dolor o pico en la zona genital. Contusiones o sangrado en genitales externos, zona vaginal o anal. Enfermedad venérea. No controla esfínteres después de haberlo logrado. Embarazo. Sentimientos de tristeza.

Indicadores comportamentales del menor • Cambios de comportamiento, hábitos y la forma de relacionarse con los demás. • Brusca bajada de rendimiento o repentina desmotivación por realizar tareas de su interés. • Cambios bruscos de conducta: tristeza, desánimo, llanto. • Miedo o rechazo a volver a su casa o a asistir a clases. • Actitud de reserva, rechazo o con fantasías y conductas infantiles. • Escasas relaciones con sus compañeros. • Relata haber sido abusado o exhibido en imágenes de significación sexual. • Pesadillas, mal dormir, temor a quedarse solo.

Conducta del cuidador • • • • •

Extremadamente protector o celoso del niño. Alienta al niño a implicarse en actos sexuales. Antecedentes de abuso sexual en su infancia. Abuso de alcohol y drogas. Conducta negligente en el cuidado del menor. Figura 8. Indicadores de abuso sexual.

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Negligencia y abandono La negligencia se produce cuando no se atienden las necesidades básicas, tanto físicas como psíquicas o sociales del menor, ni los deberes de guarda y protección, ni los cuidados que los menores necesitan de forma temporal o permanente. Es importante destacar que no todos los padres de un niño desatendido no son necesariamente pobres, también hay padres que pueden disfrutar de una situación financiera desahogada. El máximo grado de negligencia es el abandono, que comporta repercusiones biopsicológicas que suelen afectar aspectos como la alimentación, el vestido, la higiene, la educación, etc.

Indicadores físicos del menor • • • • •

Constantemente sucio, escasa higiene, hambriento e inapropiadamente vestido. Cansancio o apatía permanente, se queda dormido en las actividades escolares. Necesidades médicas no atendidas o ausencia de cuidados médicos. Trabajo infantil. Absentismo escolar.

Indicadores comportamentales del menor • • • • • •

Menor con conductas desadaptativas. Menor con grupo de pares negativos, participa en acciones delictivas. Consumo drogas y alcohol. Hurto o robo de dinero. Alto porcentaje de inasistencia a la escuela. Manifiesta que no tiene a nadie que lo cuide.

Conducta del cuidador • • • • • • • •

Abuso de drogas o alcohol. Muestra evidencias de apatía o inutilidad. Mantiene una actitud negligente con el menor. Falta de vínculo afectivo con el menor. Ausencia como referente significativo ante la instancia educacional y de atención. Incumplimiento de horarios y citaciones. Inasistencia a reuniones de padres sin justificación. Inclumplimiento de envío de materiales y útiles de aseo, especialmente en niños pequeños. Figura 9. Indicadores de negligencia y abandono.

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7.4. Actuaciones ante el maltrato infantil Parece evidente que las personas que pasan mayor período de tiempo con los menores son quienes tienen mayores posibilidades en la detección de posibles situaciones de maltrato infantil. Entre estas personas hallamos a los miembros de la familia, los vecinos, las amistades y, por supuesto, los profesionales de los ámbitos educativos y sanitarios que, ya sea en entornos formales o en no formales, trabajamos a diario con los menores. La detección de una posible situación de riesgo o maltrato infantil activa, de inmediato, una serie de protocolos de actuación que es imprescindible conocer y aplicar cuando se den las circunstancias previstas en dichos protocolos. Los protocolos de prevención del maltrato infantil están destinados a promover la coordinación interinstitucional para mejorar la atención a los menores de edad víctimas de maltrato familiar, evitando la victimización primaria y secundaria que pudieran sufrir en el proceso de intervención. En el desarrollo de los protocolos a seguir ante situaciones de prevención del maltrato infantil se identifican diferentes fases en las que cada profesional tiene un papel relevante. En el caso de los profesionales educativos, sus actuaciones son determinantes en la primera fase de los protocolos. Las fases diferenciadas que podemos encontrar en los protocolos de actuación son las siguientes.

Detección del maltrato Notificación del maltrato Fases de actuación frente al maltrato infantil

Valoración del maltrato Actuaciones Evaluación de las actuaciones

Figura 10. Fases de los protocolos de actuación. Fuente: Sorribas, García y Gras, (2009).

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La detección del maltrato Debido a que la mayoría de niños y niñas pasan gran parte de su tiempo en la escuela, el centro educativo se convierte en un lugar privilegiado para la detección del maltrato infantil. Los educadores somos los profesionales que más tiempo pasan en contacto con los menores durante su infancia y adolescencia, y nos convertimos en testigos directos de su desarrollo y comportamiento. Este hecho nos convierte en agentes privilegiados para la detección de cualquier forma de maltrato infantil. Detectar significa reconocer o identificar la existencia de una posible situación de maltrato infantil. La detección de las situaciones de maltrato se realiza a través de la observación de los indicadores recogidos en los protocolos de actuación. Como recogen Garrido y Grimaldi (2014), aunque la detección y la notificación son dos conceptos indisolubles, la detección es la primera condición para poder intervenir y ayudar al menor o a la familia que sufre algún tipo de violencia. Ante cualquier sospecha de maltrato infantil, los profesionales educativos deberán actuar de acuerdo con lo establecido en las guías de detección y notificación del maltrato infantil de su Comunidad Autónoma, sin perjuicio del deber de denunciar ante la autoridad judicial o el Ministerio Fiscal los hechos si el maltrato detectado pudiera ser constitutivo de delito. » Cualquier ciudadano que fuera testigo o tuviera conocimiento del presunto maltrato en el entorno del menor, incluyendo los propios niños. » Profesionales que están en contacto con el menor: personal de servicios sociales, educadores, personal sanitario, trabajadores sociales, agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad, monitores de ocio y tiempo libre, etc. Ante la primera sospecha de una situación de maltrato debemos realizar una observación sistemática del menor y de la situación, teniendo como referencia los indicadores que se recogen en los protocolos mencionados anteriormente. Es importante que acentuemos el rigor en la observación, convirtiéndose en mucho más sistemática y continuada. Otras herramientas que nos podrán dar datos acerca de una posible situación de maltrato serán los contactos informales y entrevistas con los padres.

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Notificación del maltrato Notificar es trasladar información por parte de un ciudadano o profesional sobre el supuesto caso de riesgo o maltrato infantil a la autoridad o a sus agentes más próximos, sin perjuicio de prestarle el auxilio inmediato que precise. La notificación es una condición necesaria para posibilitar la intervención y una obligación legal y profesional. Esta notificación se realiza a través de una hoja de notificación del maltrato. En este formulario de notificación se distinguen los siguientes apartados: » En primer lugar, el documento recoge información sobre si se tiene evidencia o solo existe la sospecha de la existencia del maltrato. » En la parte central se localiza un cuestionario desglosado de síntomas por tipologías: físico, negligencia, maltrato emocional, abuso sexual, etc. » En cada una de estas tipologías aparecen tres casillas para determinar la gravedad de la situación: leve, moderada o grave. Posteriormente, aparecen los diferentes indicadores para señalar si el hecho mencionado se produce de manera esporádica o frecuente. » Finalmente, la hoja de notificación de maltrato infantil incorpora un apartado con los datos del menor y de la persona que los notifica. Toda la información que aquí se presenta es confidencial y está protegida por la ley. En el ámbito educativo, la persona responsable de la notificación es el director del centro y la notificación de dirigirá a los servicios sociales de la propia comunidad, siguiendo los procesos que este sistema de servicios sociales determine y en función de la gravedad de cada caso. Generalmente, los procedimientos y cauces de notificación dependerán de la gravedad del maltrato infantil: » Casos no graves y no urgentes: se notificará a los servicios sociales comunitarios para que puedan realizar una valoración más profunda.

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» Situaciones graves y urgentes en las que se sospeche la existencia de conductas de alto riesgo para la integridad física o psíquica del menor, o haya indicios de abusos sexuales, la notificación se dirigirá a los servicios sociales especializados en atención a la infancia. Para simplificar este proceso, cuando las situaciones sean muy evidentes se podrá avisar a la policía o cuerpos de seguridad o presentar una denuncia en el juzgado de zona para la rápida intervención de los profesionales especializados. En el caso de que el menor presente daños físicos, los profesionales educativos deberán trasladarlo a un centro sanitario para su reconocimiento y desde allí se activarán todos los trámites oportunos del protocolo de maltrato infantil. Valoración del maltrato Los equipos especializados de atención a la infancia recaban toda la información necesaria para verificar los hechos y poder establecer el grado de desprotección. Mediante un estudio de las características y de la situación de menor, de su familia y de su entorno se podrá diagnosticar la gravedad de la situación y planificar una actuación que intervenga en dicha situación. En este sentido realizarán las valoraciones siguientes: » La veracidad de la notificación. » La existencia de riesgo de maltrato que puede originar una situación de riesgo o maltrato. » Las causas o factores de riesgos que originaron la situación. » El grado de cobertura de las necesidades básicas y los recursos familiares y sociales de los que se dispone para cubrirlas. En primera instancia, la evaluación se lleva a cabo desde los servicios sociales básicos, aunque en casos más graves, o en cualquier caso que se considere necesario, se derivará esta actuación a los equipos de intervención especializada.

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Actuaciones Una vez analizada la realidad y el entorno del menor y de su familia se determinarán las actuaciones que son necesarias emprender para atender adecuadamente los requerimientos. Estas actuaciones quedarán recogidas en un Plan de Intervención que se adapte a las necesidades de la familia y, más especialmente, a las necesidades del menor. Como primera estrategia de intervención se intentará que el cambio se produzca dentro del propio entorno familiar, antes de plantear otras medidas alternativas que supongan la separación del menor del núcleo familiar. En la medida de lo posible, se intentará que todas las actuaciones cumplan con los siguientes requisitos: » Partir del principio de interés prioritario del menor. » Considerar al menor como una persona en su totalidad, en la que intervienen un conjunto de circunstancias individuales, familiares y sociales. » Toda intervención tendrá lugar sobre el conjunto de la familia y no se limitará a la atención a la víctima. » Las intervenciones deben desarrollarse de manera coordinada por todos los profesionales que intervengan en la familia. Evaluación de las actuaciones Al comienzo de la intervención se realizará una primera evaluación inicial, en la que se establecerá la periodicidad de las evaluaciones y el modo en que se llevarán a cabo. En la periodicidad establecida se comprobará si se llevan a cabo los avances previstos y si no se han alcanzado, se reforzarán o se continuará avanzando con otros nuevos objetivos menos ambiciosos, dependiendo de cada caso. De esta manera, la evaluación permitirá valorar la reducción de la problemática inicial de la familia, a través de los diferentes profesionales del equipo multidisciplinar que trabaje en el caso.

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7.5. Referencias bibliográficas Garrido, M. y Grimaldi, V. (2009). Evaluación del Riesgo Psicosocial en Familias con Menores. Sevilla: Consejería para la Igualdad y Bienestar Social. Junta de Andalucía. López, F. (2007). Las necesidades de la infancia: del maltrato al "buentrato". En García y V. Noguerol, Infancia maltratada. Madrid, EOS. Martín, J. (2005). Infancia y maltrato: conceptos básicos. En Martín, J. La intervención ante el maltrato infantil. Una revisión del sistema de protección, pp. 23–36. Madrid, Pirámide. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (2014). Protocolo básico de intervención contra el maltrato infantil en el ámbito familiar: actualizado a la intervención en los supuestos de menores de edad víctimas de violencia de género. Madrid:

Ministerio

de

Sanidad,

Servicios

Sociales

e

Igualdad.

Disponible:

http://www.infocop.es/view_article.asp?id=5473&cat=44 Organización Mundial de la Salud (2009). Prevención del maltrato infantil: Qué hacer, y

cómo

obtener

evidencias.

Disponible:

http://apps.who.int/iris/bitstream/10665/44228/1/9789243594361_spa.pdf Santamaría, M. L. (2016). Tipificación de las causas de riesgo y desamparo. Revista sobre la infancia y la adolescencia, vol. 11, pp. 23-47. Sorribas, M., García, A. y Gras, M. (2008). Intervención con familias y atención a menores en riesgo social. Barcelona: Altamar.

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Casos prácticos Lecciones magistrales Protocolos de intervención en maltrato infantil En esta lección magistral vamos a repasar, de manera precisa, el protocolo de actuación que deben seguir los profesionales educativos en el caso de detección de algún tipo de maltrato infantil en el ámbito familiar.

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Casos prácticos resueltos Atención a víctimas con discapacidad intelectual Alemany, A. (2014). Atención a víctimas con Discapacidad Intelectual. 1ª Jornada sobre Maltrato a las personas con Discapacidad. Sevilla: Universidad Internacional de Andalucía, págs. 163-166. En este caso práctico queremos presentar el trabajo de la Fundación Carmen PardoValcarce (FCPV), una entidad sin ánimo de lucro que lucha por la inclusión de las personas con discapacidad intelectual (DI) en la sociedad. Desarrolla un trabajo de prevención y atención a la violencia sexual en las personas con discapacidad intelectual, ya que las investigaciones alertan de que este colectivo es entre tres y diez veces más vulnerable a sufrir abusos sexuales que la población sin discapacidad.

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Para atender a este colectivo se crea la Unidad de Atención a Víctimas con Discapacidad Intelectual (UAVDI), con el objetivo de reducir la vulnerabilidad de las personas con DI a sufrir cualquier tipo de abuso o maltrato y a ser revictimizadas tras la revelación del mismo. Desde el área de intervención se ofrece una valoración de cada caso desde un punto clínico y forense, psicoterapia, tanto individual como familiar, especializada en trauma y discapacidad intelectual, y apoyo y asesoramiento a las víctimas y sus familiares durante la investigación policial y el procedimiento judicial (si deciden interponer una denuncia). La intervención desde esta entidad se estructura de la siguiente forma: » Recepción y valoración del caso: cuando un profesional o un familiar tenga sospechas de que una persona con DI puede estar siendo víctima de un abuso, los profesionales de la UAVDI pueden llevar a cabo una valoración exhaustiva de dichas sospechas. Tras el proceso de valoración se realiza el asesoramiento necesario para la toma de decisiones que se puedan desprender de dicha valoración. La valoración del caso tiene como objetivos principales: garantizar dicha obtención del testimonio adaptada a las limitaciones de la víctima, desarrollar las actuaciones que permitan la seguridad física y mental de la persona con DI y garantizar la toma de decisiones adecuada en función de las características de cada caso, llevándose a cabo la valoración con las máximas garantías posibles. » Intervención del facilitador: El facilitador es un profesional independiente que pretende garantizar el acceso a la justicia de la persona con DI en condiciones de igualdad. El facilitador trabaja con esos casos en los que la víctima, de no contar con los apoyos adecuados, tiene el riesgo de no ser considerado un testigo «válido» por poder ofrecer un testimonio adecuado en la investigación policial o judicial y, por ello, llegar a sufrir un proceso de «revictimización». » Asesoramiento jurídico y asistencia letrada: Con el objetivo de garantizar el acceso a la justicia de las personas con DI, en condiciones de igualdad que las personas sin discapacidad, se vela por la aplicación de los compromisos adoptados en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, ratificada por España en el año 2007, en materia de acceso a la justicia. Para ello, se

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ofrece la representación procesal a las víctimas en los juicios y denuncias derivadas del abuso así como cualquier asesoramiento legal que se requiera a través de un letrado especialista en personas con DI y derecho penal. » Terapia individual: necesario para la recuperación del bienestar emocional dañado tras la situación traumática y reparar las consecuencias derivadas del abuso. Desde nuestro modelo terapéutico, y siempre que el abuso no sea intrafamiliar, se considera a la familia como principal figura de apoyo y apego para las víctimas, ya que las buenas relaciones familiares y la creación de un vínculo seguro son factores que garantizan, en gran medida, la prevención y protección de las víctimas frente a posibles situaciones de abuso. » Terapia familiar: el impacto que sufren los familiares de las víctimas con DI es elevadísimo. No garantizar la recuperación emocional de la familia puede ser un gran obstáculo en la recuperación de la propia víctima. Desde la UAVDI se ofrece a los familiares de las víctimas, en los casos que se valore necesario, una terapia familiar. A través de sesiones quincenales de una hora de duración se pretenden garantizar las funciones protectoras de la familia así como recuperar el bienestar familiar. » Coordinación y asesoramiento profesional: normalmente, alrededor de la víctima y su familia intervienen diversos recursos asistenciales (centro educativo, centro ocupacional, servicios sociales, servicios sanitarios, etc.). El trabajo coordinado de todos los agentes implicados es imprescindible para garantizar la recuperación de la víctima y su familia. Por ello, la UAVDI tiene como objetivo garantizar el trabajo en red de los profesionales que trabajan al servicio de la víctima con DI; así como la inclusión de medidas de protección y terapéuticas en los diferentes entornos en los que se mueva la persona con discapacidad. Además de la coordinación con los profesionales, desde la Unidad se asesora y se supervisa la actuación de los profesionales que estén implicados en algún caso de abuso o maltrato a una víctima con DI. Accede al artículo a través del aula virtual o desde la siguiente dirección web: http://dspace.unia.es/bitstream/handle/10334/3371/1rajornadamaltrato.pdf?sequenc e=1

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+ Información A fondo Los conocimientos acerca del maltrato infantil de los futuros profesionales de la educación: un estudio exploratorio Los profesionales de la educación se encuentran, en su ejercicio profesional, en una posición privilegiada para realizar una detección precoz del maltrato infantil y para identificar posibles casos de riesgo. Sin embargo, en ocasiones, maestros y educadores en general aducen falta de conocimiento y formación para realizar dichas tareas. Este trabajo insiste en la necesidad de analizar la formación de los futuros profesionales de la educación en torno al maltrato infantil, tanto en el seno de la familia como fuera de ella, y ya sea ejercido por un adulto o por otros menores. Se realiza un estudio piloto para conocer la formación que los estudiantes del Grado de Pedagogía tienen sobre el maltrato infantil, utilizando un cuestionario que hemos diseñado específicamente para alcanzar tal propósito. Entre las conclusiones alcanzadas destacamos que, tras analizar los datos derivados del pase piloto, podemos concluir que los futuros pedagogos consideran necesario

tener

formación

específica

al

respecto,

una

preparación

que,

mayoritariamente, consideran insuficiente y muy limitada para poder afrontar sus responsabilidades profesionales en el futuro. Accede al artículo a través del aula virtual o desde la siguiente dirección web: http://revistas.ucm.es/index.php/RCED/article/view/47152/48820

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Webgrafía Save the Children Organización no gubernamental para la defensa y promoción de los derechos de la infancia en el marco de la convención sobre los derechos de los niños.

Accede a la página web a través del aula virtual o desde la siguiente dirección: https://www.savethechildren.es/

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Test 1. ¿Qué tipo de necesidades son comunes a todas las familias y menores de nuestro entorno? A. Emocionales y sociales. B. Biológicas y cognitivas. C. Todas son correctas. 2. Completa la frase: «La ______ de estas necesidades está directamente relacionada con la aparición de posibles situaciones de maltrato infantil». A. Integración. B. Insatisfacción. C. Prevención. 3. ¿Qué definición hace el Observatorio de la Infancia (2001) sobre el maltrato infantil? A. Omisión de socorro. B. Acción, omisión o trato negligente. C. Acción de daño. 4. ¿Quiénes pueden causar daño a un menor? A. Personas, instituciones o la sociedad. B. Grupo familiar y sociedad. C. Grupo de iguales y sociedad. 5. ¿Cuáles de las siguientes situaciones pueden provocar una situación de desamparo? A. Abandono del menor. B. Ausencia de escolarización. C. Todas son correctas. 6. ¿En qué formas puede presentarse el maltrato físico? A. Quemaduras, hematomas, heridas, equimosis. B. Hostilidad verbal, amenazas e insultos. C. Ninguna de las opciones son correctas.

TEMA 7 – Test

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7. Completa la siguiente frase: «La situación de _____ se produce a causa del incumplimiento, o del imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de protección establecidos por las leyes para la guarda de los menores, cuando estos queden privados de la necesaria asistencia moral o material». A. Desamparo. B. Desprotección. C. Insatisfacción. 8. ¿Quiénes pueden ser posibles detectores del maltrato infantil? A. Cualquier ciudadano y profesionales en contacto con el menor. B. Solo los profesionales de los servicios sociales. C. Sola la familia o amigos del menor. 9. Completa la frase: «La notificación es una condición necesaria para posibilitar la intervención y una obligación legal y profesional. Esta notificación se realiza a través de una hoja de ______ del maltrato». A. Derivación. B. Notificación. C. Coordinación. 10. Completa la frase: «Los protocolos de _____ del maltrato infantil están destinados a promover la coordinación interinstitucional para mejorar la atención a los menores de edad víctimas de maltrato familiar, evitando la victimización primaria y secundaria que pudieran sufrir en el proceso de intervención». A. Intervención. B. Coordinación. C. Prevención.

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