2009 Conclusiones Seminario Metodologias Escuela Judicial

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Escuela Judicial del CGPJ, Barcelona

Seminario sobre Metodologías de la Formación Judicial Acta de las sesiones celebradas el 3 y 4 de diciembre de 2009

Finalidad del Seminario La finalidad del Seminario ha sido exponer la problemática que conlleva el diseño y desarrollo de la planificación docente en la Escuela Judicial teniendo en cuenta la propuesta de nuevas metodologías docentes según las recomendaciones del EEES. Los objetivos específicos a tener en cuenta han sido los siguientes: 1. Profundizar en nuevas metodologías docentes 2. Analizar y debatir los puntos fuertes y débiles de estas metodologías aplicadas al plan docente de la Escuela Judicial 3. Proponer algunas metodologías para realizar experiencias docentes y una valoración posterior

Dinámica de las sesiones de trabajo Las sesiones se dividieron en tres apartados: a) Contexto; b) Metodologías; c) Propuestas y reflexiones. Para una mayor documentación de los asistentes, antes de las sesiones se han depositado algunos materiales y documentación en http://metodologia-ej.blogspot.com que ha sido organizado con este fin. a) Contexto La evolución de la planificación docente en la actual etapa de la Escuela Judicial se presentó por el actual Director de la Escuela Judicial del CGPJ, PASCUAL ORTUÑO; el anterior Director, CARLOS GÓMEZ MARTINEZ (Magistrado Presidente de la Audiencia Provincial de Palma) y la Directora del servicio de formación inicial, GEMA ESPINOSA CONDE (Magistrada) b) Metodologías SANTIAGO JOSÉ CAVANILLAS MÚJICA (Decano Facultad de Derecho Palma Mallorca) realizó una exposición de la programación docente para el aprendizaje de competencias a partir la implantación de los nuevos grados en el proceso de convergencia al Espacio Europeo de Educación Superior. Señaló las características de esta implantación, los desafíos y puntos de mejora. MARIO DE MIGUEL DÍAZ (Catedrático de la Universidad de Oviedo) expuso las diferentes metodologías de enseñanza y aprendizaje partiendo de la distinción entre métodos y modalidades de docencia. Los métodos son las

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formas de proceder que tienen los profesores para desarrollar su actividad docente, mientras que las “modalidades” de docencia serían “las maneras distintas de organizar y lleva a cabo los procesos de enseñanza-aprendizaje.”1 A continuación se describieron y trabajaron cuatro tipos de metodologías que se han desarrollado en los últimos años en las Facultades de Derecho: el aprendizaje basado en problemas, el aprendizaje cooperativo, el método del caso y la clínica jurídica. ANTONI FONT (Universidad de Barcelona) realizó una exposición sobre el aprendizaje basado en problemas en el que conectaba la definición de los objetivos (profesionales) con la competencias exigibles, las actividades (metodologías y estrategias) diseñadas para alcanzar unos resultados y los métodos de evaluación necesarios para valorar si se han alcanzado. Se trata de un método de aprendizaje constructivista basado en el principio de usar problemas como punto de partida para la adquisición e integración de los nuevos conocimientos2. Con el ABP se pretende, entre otros objetivos: generar un pensamiento de mayor calidad, proporcionar herramientas para aprender a pensar, utilizar el método de investigación para la construcción del propio conocimiento, crear una teoría de la práctica, el desarrollo de habilidades, la formación en competencias, y el aprendizaje en la acción (learning by doing). JOSE GARCIA AÑON (Universidad de Valencia) introdujo el método del aprendizaje cooperativo que se vincula a la modalidad de docencia de trabajo en grupo o en equipo en la que se favorece que los alumnos aprendan entre ellos. Implica procedimientos de enseñanza que consisten en la organización de los alumnos en pequeños grupos en los que trabajan conjuntamente de forma coordinada con la finalidad de aprender unos de otros, del profesor y de su entorno para resolver casos, problemas y profundizar en su propio aprendizaje. ANTONIO MADRID (Universidad de Barcelona), coordinador del Proyecto “derecho al Derecho”, explicó en qué consiste la clínica jurídica, su origen, los tipos y los modelos en los que se están implantando en las Universidades españolas. Una clínica jurídica es un espacio de formación teórico-práctica en el que se trabaja con casos reales y se presta un servicio a la comunidad. La función del profesor es la de acompañante y ha de tener alta preparación y formación para enfrentarse a los casos3. Entre las características que pueden ser interesantes para aprovechar en la docencia-aprendizaje de la escuela judicial se encuentran: el aprendizaje activo, trabajo y desarrollo de competencias, la conexión con la realidad 























































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De Miguel, M. (Dir.) (2006). Modalidades de enseñanza centradas en el desarrollo de competencias orientaciones para promover el cambio metodológico en el EEES. Universidad de Oviedo. http://sites.google.com/site/mideuo2010/

2http://metodologia-ej.blogspot.com/2009/12/presentacion-al-seminario-en-formato.html

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http://www.poderjudicial.es/eversuite/docs/escuela/clinicasJuridicas.pdf

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profesional y el contexto socio-cultural, desarrollo de la capacidad de iniciativa, la responsabilidad en el proceso y resolución del caso, promueve la autorreflexión sobre el trabajo del jurista, mejora la comprensión del Derecho SANDRA ENZLE (ESADE) expuso la metodología del caso en la que el profesor selecciona una situación que implica un problema, selecciona la documentación, prepara las preguntas… de manera que el alumno se sitúa en una posición, toma decisiones, resuelve un problema…4 c) Propuestas y reflexiones En la última parte del Seminario se trataron de recoger y debatir algunas de las propuestas, necesidades e ideas que habían surgido en el transcurso de las sesiones por parte de FELICIANO TREBOLLE FERNANDEZ (Presidente de la Audiencia Provincial de Valladolid) y MARIO DE MIGUEL DÍAZ. Entre las cuestiones planteadas por los ponentes y las personas que intervinieron en el debate cabe destacar las siguientes: *Se planteó el debate, con posiciones diversas, sobre el actual sistema de selección de jueces debido a que no solo deberían valorarse conocimientos o procedimientos, sino también actitudes o destrezas… o que el perfil de los alumnos que accedían a la Escuela planteaba dificultades formativas en determinados aspectos o competencias como la innovación, adaptabilidad al cambio, la integración, el conocimiento de la realidad social, el conocimiento de nuevas tecnologías o la formación en un idioma extranjero… Una de las incógnitas en este proceso de cambio es si la puesta en marcha del Espacio europeo de educación superior, ligada a la futura entrada en vigor de la Ley 34/2006 sobre acceso a las profesiones de abogado y procurador de tribunales, incidirá en el diseño del proceso de selección de jueces y magistrados. Sin embargo, se llegó a la conclusión que las propuestas, en esta fase del proyecto, deberían hacerse teniendo en cuenta el sistema actual de oposición. *Se constató que los sistemas docentes utilizados en las Facultades de Derecho están experimentando transformaciones debido a la implantación de los nuevos Grados y Master que implicarán cambios futuros en la selección y formación de los jueces. *En este sentido se producirá, previsiblemente, un desajuste entre las metodologías utilizadas y los sistemas actuales de selección de jueces. *Se planteó la conveniencia de utilizar diversas metodologías en función de las competencias y objetivos de aprendizaje a desarrollar. Las metodologías presentadas en este seminario se pueden y deben utilizar de forma complementaria. 























































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http://metodologia-ej.blogspot.com/2009/12/el-metodo-del-caso.html

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* Se debería realizar una concreción y determinación de los objetivos de aprendizaje a partir del Plan de Estudios de la Escuela Judicial. * Se debería realizar una concreción y determinación de los métodos de evaluación de las competencias (evaluación por pares, retroalimentación…etc.), coherente con lo anteriores. *Algunas razones por las que estas metodologías son adecuadas para el aprendizaje del Derecho en esta fase de integración en la profesión son: a) porque permiten una mejor aproximación a la realidad; b) porque promueven habilidades de pensamiento complejo (creativo, crítico y analítico); c) porque desarrollan y mejoran las habilidades de comunicación; d) porque son un instrumento eficaz para la toma de decisiones; e) porque ayudan a resolver problemas complejos; f) porque favorecen la autonomía en el desarrollo personal *Además de la revisión metodológica de la fase presencial en la Escuela se incidió en otros aspectos que habría que desarrollar: 1) Profundizar en la fase de tutorización con el aprendizaje de otros y con otros. Por ejemplo, favoreciendo la inclusión de los jueces noveles en tribunales en los que los otros Magistrados tengan cierta experiencia y haciendo que roten las funciones. 2) Modificar los objetivos, la estructura y metodologías de la formación contínua favoreciendo el aprendizaje reflexivo de la actividad que se realiza (aprendizaje de uno mismo). 3) Favorecer la coherencia entre las necesidades de cada fase formativa: presencial, tutorizada y contínua. Propuesta de trabajo sobre el Seminario: Como conclusión global se planteo la siguiente propuesta: Tomar como punto de partida la actual situación y desarrollar el plan de estudios tomando en cuenta las estructuras y exigencias para los estudios de Master oficiales5. Esto implica, al menos, concretar las competencias que se quieren desarrollar, escoger las metodologías más adecuadas para estas competencias, diseñar y planificar las actividades docentes, establecer las rúbricas adecuadas y los métodos de evaluación coherentes con lo anterior. Síntesis elaborada por José García Añón 























































 5
http://www.poderjudicial.es/eversuite/docs/escuela/verifica.pdf

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