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Aร O 14 - Nยบ 81
BUSCAMOS UN MAGO PARA EL 2017
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EDITORIAL
MAY- JUL 2016
AÑO 14 - Nº 81
FIE Federación Interamericana Empresarial Asociación Empresarial Continental
Ha transcurrido un semestre del 2016 y qué vemos? que casi habrán más candidatos que votantes porque todos se sienten presidenciables, y por otro lado, los habitantes de este país creen que basta llegar a mayo del próximo año para que la economía florezca por arte y magia; cuando lo que se necesitará será un MAGO que haga resucitar a Ecuador, para ese entonces estará en ruinas. El terremoto fue recién el 16 de abril y el país comenzó a hundirse más a partir de las salvaguardas.
Joyce de Ginatta Presidenta Global Guayaquil, Ecuador Consejo Editorial: Giovanni Ginatta Director Ejecutivo FIE Ecuador Julita Maristany Secretaria General Buenos Aires, Argentina Rodney Goodwin Presidente Sector Noreste EE.UU. Carolina Serani Presidenta Sector Sureste EE.UU. Claudio de Rosa Presidente Sector El Salvador Fidel Márquez Rector de la Universidad Tecnológica Ecotec Franklin López Profesor Adjunto de Universidad de Tulane
¿POR QUÉ UN MAGO?
la
Coordinación Paola Valarezo Baidal Impresión POLIGRáFICA C.A. MIPYMES es una publicación de la Federación Interamericana Empresarial. Sus artículos pueden ser reproducidos previa autorización de la presidencia de la FIE. El contenido de esta revista también está disponible en los sitios web www.fiepymes.com y www.joyceginatta.com Para comentarios e inscripciones contactarse al telf: (593-4) 2886332 o al correo: jginatta@joyceginatta.com
Por otra parte, el presidente siempre odió la dolarización y ha fabricado recetas para tratar de neutralizar las virtudes de la misma, tanto es así, que no se ha aprovechado el tener un dólar fuerte, que no ha usado y copiado la receta de Panamá que decidió en 1903 eliminar la moneda local y comenzar a utilizar el dólar, moneda que ningún panameño permitiría violar o neutralizar sus virtudes como hace nuestro gobierno. Se tiene que aceptar que el modelo que implementa este gobierno está agotado. ¿Hasta cuándo las novelerías?, mientras Panamá habla de libre mercado y bajos impuestos, acá mortifican a los inversionistas acosándolos hasta con impuestos retroactivos. ¿Por qué digo que se busca un mago?, porque el próximo Presidente de la República debe comenzar a reconstruir este país, dar seguridad jurídica y generar CERTIDUMBRE, que es la receta importante para generar prosperidad; en vez de esto, el presidente dice que tiene premura en cerrar el acuerdo con la Unión Europea y mientras tanto el Canciller Long dice que lo peor que puede existir son los Tratados de Libre Comercio y el presidente no le pide la renuncia. El Gobierno dice que el problema con el acuerdo con la Unión Europea se ha complicado por el Brexit que ganó en Inglaterra, cuando todos sabemos que no tenemos el convenio con la Unión Europea como consecuencia de las salvaguardias y otra serie de absurdos para atrancar el convenio. Todos sabemos también que en dolarización no se necesita Banco Central y que esta institución fue una de las culpables de la crisis del 99. Este Gobierno ha resucitado al Banco Central para que sea el proveedor de fondos quitando la liquidez de las instituciones que obligatoriamente tienen depositados su dinero en ese banco. Han llegado al colmo de hablar de moneda electrónica, gracias a Dios los ecuatorianos que no somos tontos no deseamos cambiar una moneda verdadera como el dólar por fichas electrónicas que no se pueden usar fuera del país, sino para jugar monopolio dentro de Ecuador. Por todo lo expuesto y mucho más, hay que buscar un mago que pueda en la forma menos dolorosa limpiar el país de tanta basura que nos han colocado en estos años. Que Dios nos salve y encontremos a ese mago.
Ing. Joyce Higgins de Ginatta Guayaquil, julio de 2016
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Contenido
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Lecciones del brexit Dr. Hernán Pérez Loose
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Recobremos la memoria Ing. Joyce de Ginatta
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La protección al derecho de propiedad por parte de la ONU Dr. Jorge Zavala E.
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Deuda pública y su problemática Econ. Mauricio Pozo
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Brexit: Overshooting, un salto a lo desconocido Ab. Rafael Rosenthal (Argentina)
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Seamos prudentes Econ. Alberto Acosta - Burneo
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Insostenible, mantener estructura actual de las finanzas públicas Econ. Jaime Carrera
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El costo de oportunidad de la dilación Sr. Alberto Medina Méndez (Argentina)
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Optimismo Ing. Giovanni Ginatta
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LECCIONES DEL BREXIT Dr. Hernán Pérez Loose Coronel & Pérez
Una vez que David Cameron anunció que renunciaría a su cargo de primer ministro, luego de conocer los resultados del reciente plebiscito británico, lo lógico habría sido que lo suceda Boris Johnson, el exalcalde de Londres. Después de todo, él había liderado el movimiento en favor de la separación de Gran Bretaña de la Unión Europea. Pero no fue así. Una vez más, el bombástico político sorprendió a su país con la declaración de que él no se presentaría a disputar la primaria dentro de su partido, el conservado, para elegir al sucesor de Cameron. Con ello, Johnson dejar en manos de otros enfrentar la difícil y, hasta cierto punto, dolorosa tarea que tanto defendiera durante los meses que duró la campaña. El alcalde de Londres no es el único en tener este tipo de reacción ante los resultados del plebiscito. Otros líderes británicos que por su acción o silencio contribuyeron a la decisión de separarse de la Unión, hoy parecen sino arrepentidos, al menos preocupados por las consecuencias de sus propios actos. Y no solo de los líderes políticos, sino también de la propia ciudadanía. Por ejemplo, más de la mitad de los jóvenes británicos optaron por no participar en la votación, e inclusive en la campaña. Sin embargo, ese es el segmento de la ciudadanía británica que mayoritariamente votó en favor de permanecer en la Unión, y que serán los que realmente tengan que soportar los efectos económicos del divorcio de su país del resto de Europa. Otro habría sido el resultado del plebiscito si el ausentismo de la juventud británica no habría sido tan pronunciado tal como sucedió. Las consecuencias de la separación británica del proyecto europeo son altamente negativas. En los días que le siguieron al anuncio de los resultados del plebiscito, los mercados bursátiles y, sobretodo, cambiario, del mundo pasaron por una severa
turbulencia. Pero eso no es tan relevante. Al fin y al cabo, los mercados tienden por lo general a reaccionar desproporcionadamente en casos como este. Lo grave de los efectos del divorcio de Gran Bretaña de la Unión Europea está por venir, ellos se verán o sentirán en toda su extensión en el mediano y largo plazo. A pesar de todas las acrobacias diplomáticas que se hagan, Gran Bretaña quedará como un tercer país ajeno a la Unión Europea. Su posición de aislacionismo, que ya era visible antes del plebiscito - no aceptó ser parte de la zona Euro y tampoco aceptó adherirse al Convenio de Libertad de Movimiento de Personas -, ahora va a llegar más lejos aún. Lo ocurrido en Gran Bretaña llama a varias reflexiones. Por un lado, la reacción de Johnson y de otros líderes británicos que ahora han comenzado a mostrar preocupación por las consecuencias de sus actos, muestra la creciente irresponsabilidad de los políticos, no solo británicos, sino en general. Qué fácil es encantar a los electores con soluciones sencillas, ofreciéndoles curas milagrosas, efectivas y rápidas. Qué fácil es inyectarles miedo, desconfianza y hasta odios, cuando el cuerpo social pasa por alguna crisis. La campaña por la separación de Gran Bretaña estuvo plagada de falsedades y exageraciones, que al día siguiente de los resultados sus propios autores tuvieron que admitirlas. Otra lección que puede extraerse es la importancia que tiene la participación responsable en el quehacer público. Es decir, en la política. Hoy la mayoría de los británicos que por comodidad optaron por ignorar la política van a tener que cargar con las consecuencias de una decisión adoptada por otros. 5
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RECOBREMOS LA MEMORIA
Ing. Joyce de Ginatta Presidenta de la Federación Interamericana Empresarial (FIE)
En Junio 5 del 2006 la FIE publica el suplemento #3 con el título “DESCONGELÉMONOS” en el se hablaba de nuestra propuesta de 1995 publicada en enero/96 y ese suplemento publicado en Junio del 2006 en la misma se hablaba de haber perdido 10 años y ahora de ese suplemento han pasado 11 años por lo que el país sigue congelado por más de 11 años. El check list del futuro 2006/2020 sigue igual, nos falta 4 años para descongelarnos por eso necesitamos un mago. Ustedes juzgarán.
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LA PROTECCIÓN AL DERECHO DE PROPIEDAD POR PARTE DE LA ONU Dr. Jorge Zavala E. Profesor en postgrado de las Universidades de Guayaquil, Católica y Espíritu Santo
¿Por qué el Estado del Ecuador suscribió y ratificó el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) dentro de la Organización de las Naciones Unidades (ONU), junto a más de ciento cincuenta Estados?
de conocimiento sobre la materia de derechos humanos que, en el caso de los hermanos Isaías, eran provenientes de Gran Bretaña, Estados Unidos, Italia, Israel, Costa Rica, Argentina, Alemania, Mauritania, Mauricio, Israel, Japón, Georgia y otros países.
La razón principal fue sumarse a la voluntad del planeta de superar la agresión contra los derechos fundamentales de las personas, y tener un instrumento idóneo para hacer respetar la dignidad de los seres humanos frente al poder público detentado por dictaduras y gobiernos autócratas. Se trata del reconocimiento de los derechos de libertad básicos para una vida digna de todos.
¿Los hermanos Roberto y William Isaías Dassum presentaron la respectiva denuncia por violación de sus derechos reconocidos en el pacto por actos emanados del gobierno del Ecuador?
¿Por qué el Estado del Ecuador suscribió y ratificó el Protocolo Facultativo (PF) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la ONU? El motivo fue la necesidad de reconocer el derecho de las personas particulares de poder presentar denuncias (comunicaciones) por vulneraciones a los derechos reconocidos en el pacto y de los que son titulares, provenientes de los órganos de los Estados miembros (Estados partes), y de la potestad del Comité de Derecho Humanos de la ONU para declarar la violación de las normas internacionales que reconocen tales derechos e imponer la condena de reparación que sea procedente, determinando el procedimiento que debe seguirse. ¿Quiénes conforman el Comité Derechos Humanos de la ONU?
de
Son dieciocho especialistas de altísimo nivel, seleccionados por sus antecedentes culturales y
En efecto, el día 12 de marzo del año 2012 ellos presentaron la respectiva comunicación, la misma que se notificó al Estado del Ecuador el 5 de junio del 2013, la cual fue respondida mediante escrito del 4 de diciembre del 2013, primero; y el 10 de diciembre del 2015, después. ¿La decisión contenida en el dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU es vinculante o de obligatorio cumplimiento por las partes intervinientes en el litigio? Desde que el Ecuador llegó a ser parte en el Protocolo Facultativo, el Estado parte reconoció la competencia del Comité para determinar si ha habido o no violación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y, por lo tanto, su potestad para condenarlo de ser ese el caso. ¿Cuál fue el “asunto” que conoció y resolvió el Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas? En el caso Isaías, el Comité determinó que el objeto del asunto a deliberar y decidir era:
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1. Condena penal; e, 2. Incautación de bienes de los hermanos Isaías. ¿Cuáles son las decisiones adoptadas sobre “Incautación de Bienes de los Hermanos Isaías”? I. “7.4 En el presente caso, el Comité considera que la emisión del Mandato Constituyente n°13, que prohibió de manera expresa la interposición de acción de amparo constitucional u otra de carácter especial contra las resoluciones de la AGD e incluyó la instrucción de destituir, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiera lugar, a los jueces que avocaren conocimiento de ese tipo de acciones, violó el derecho de los autores bajo el artículo 14 (1) del pacto, a un proceso con las debidas garantías en la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil. II. “8. El Comité de Derechos Humanos, actuando en virtud del artículo 5(4) del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, dictamina que el Estado parte violó el derecho de los autores bajo el artículo 14(1) del pacto a un proceso con las debidas garantías en la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil. ¿Qué derechos contiene el art.14 (1) del PIDCP? Los derechos humanos comprendidos por las normas que enuncia el pacto en el artículo 14.(1) son tres: tutela judicial efectiva (Art.75 CRE), debido proceso adjetivo (Art.76, números 2 hasta 7 CRE) y debido proceso sustantivo (Art.76.1 CRE). “Art.14. 1. Todas las personas son iguales ante los tribunales y cortes de justicia. Toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido por la ley, en la substanciación de cualquier acusación de carácter penal formulada contra ella o para la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil. La prensa y el público podrán ser excluidos de la totalidad
o parte de los juicios por consideraciones de moral, orden público o seguridad nacional en una sociedad democrática, o cuando lo exija el interés de la vida privada de las partes o, en la medida estrictamente necesaria en opinión del tribunal, cuando por circunstancias especiales del asunto la publicidad pudiera perjudicar a los intereses de la justicia; pero toda sentencia en materia penal o contenciosa será pública, excepto en los casos en que el interés de menores de edad exija lo contrario, o en las acusaciones referentes a pleitos matrimoniales o a la tutela de menores. ¿Qué actos están comprendidos en ambas decisiones del comité? Es claro por ser textual que el Comité declara, en el punto 7.4 del dictamen, al acto normativo denominado Mandato Constituyente No.13, violador del derecho reconocido en el pacto en el Art.14.1: “Toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido por la ley, en la substanciación de cualquier acusación de carácter penal formulada contra ella o para la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil”, es decir, el derecho a la tutela judicial efectiva que nuestra constitución reconoce en el artículo 75, pues dicho mandato impidió el acceso a la jurisdicción y a un juicio sustanciado por un tribunal “competente, independiente e imparcial, establecido por la ley”. Es claro, además, que el Comité declara en el punto 8 del dictamen, al acto administrativo constituido por la resolución AGD-UIO-GG-2008-12, aprobada por la Agencia de Garantías de Depósitos el 8 de julio de 2008, violadora del derecho reconocido en el pacto en el Art.14.1: ““Toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido por la ley, en la substanciación de cualquier acusación de carácter penal formulada contra ella o para la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil”, pero con referencia al derecho al debido proceso sustantivo (due process of law) en materia administrativa que reconoce nuestra constitución en el artículo 76, numeral 1. 9
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Es lo que dice en su voto particular uno de los miembros del Comité que participó en las deliberaciones que se dieron durante 4 años y que no sólo votó a favor del dictamen, sino que redactó un voto concurrente ampliatoria a favor de los denunciantes. En efecto, transcribamos ese voto que el Ministerio de Justicia se niega a publicar en su página web: Voto particular (en parte disidente) de Yuval Shany, miembro del Comité: “1. Estoy de acuerdo con el Comité en que la resolución AGD-UIO-GG-2008-12, aprobada por la Agencia de Garantías de Depósitos el 8 de julio de 2008, junto con el Decreto Legislativo núm. 13, aprobado por la Asamblea Constituyente al día siguiente, vulneraron el derecho reconocido a los autores en el artículo 14, párrafo 1, del pacto a ser oídos públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente a fin de determinar sus derechos y obligaciones legales que, en este caso, son sus derechos y obligaciones como particulares que sufrieron una incautación de sus activos en calidad de directores y accionistas de Filanbanco. El Comité también obró acertadamente al desestimar la objeción del Estado parte ratione personae, aludiendo al objetivo de las medidas impugnadas de incautarse de los activos societarios, dado que la propiedad privada de los autores quedaba abarcada por tales medidas, y se vieron privados, como particulares, de la capacidad de oponerse a la legalidad de tales medidas”. ¿Cuáles son los hechos que fueron objeto de la denuncia y de la deliberación sobre los que resuelve el comité mediante las decisiones I y II transcritas? Dice el dictamen: Los hechos según los autores. (…) 2. 16. Paralelamente al proceso penal, tuvo lugar un proceso civil de incautación de bienes llevado a cabo por la AGD en contra de los exaccionistas y exadministradores de Filanbanco, con el alegado fin de garantizar el pago de la acreencia de los depositantes del
banco en el momento de su intervención. El proceso se inició mediante la resolución AGDUIO-GG-2008-12 de 8 julio de 2008, que dispuso la incautación de todos los bienes de propiedad de quienes fueron administradores y accionistas de Filanbanco hasta el 2 de diciembre de 1998. Sobre esta base, sin procedimiento administrativo ni judicial previo y con apoyo de la fuerza pública, se inició la incautación de más de 200 empresas y otros bienes propiedad de los autores y otros integrantes del grupo Isaías¹. Además, el 9 de julio de 2008, la Asamblea Constituyente, elegida en el marco del proceso político conducido por el Presidente de la República, dictó el Mandato Constituyente No. 13, al cual dotó de rango constitucional. Este mandato ratificó la validez legal de la resolución mencionada; declaró que la resolución no sería susceptible de acción de amparo constitucional u otra de carácter especial; y ordenó que las acciones interpuestas fueran archivadas, sin que se pudiera suspender o impedir el cumplimiento de la resolución. Los jueces que avocaren conocimiento de cualquier clase de acción constitucional relativa a esa resolución y aquellas que se tomaran para ejecutarla debían inadmitirlas, bajo pena de destitución, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiere lugar. El mandato establecía igualmente que no era “susceptible de queja, impugnación, acción de amparo, demanda, reclamo, criterio o pronunciamiento administrativo o judicial alguno”. 2.17. El Mandato n° 13 tiene como antecedente el Mandato Constitucional n° 1, de 9 de noviembre de 2007, que prohíbe el control o impugnación de las decisiones de la Asamblea Constituyente. Este mandato establece que los jueces y tribunales que tramiten cualquier acción contraria a esas decisiones serán destituidos y sometidos a enjuiciamiento. El 10 de junio de 2010, Roberto Isaías Dassum presentó una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional contra el Mandato n°13 que fue desestimada el 21 de junio de 2012, con base en la inmunidad de la que goza el mandato. 2.18. Los recursos presentados por los autores contra esta resolución y otras que siguieron con
¹ El expediente contiene una lista de las empresas y otros bienes incautados. 10
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el fin de incautar bienes resultaron infructuosas. La resolución señala que eran susceptibles de incautación todos los bienes de los autores, incluidos aquellos que no estaban destinados a la operación de Filanbanco o de cualquier otra empresa de ese grupo económico, es decir, también los afectados al uso personal de los autores. Además, la incautación abarcaba bienes que se tuvieran como de propiedad de los autores según el conocimiento público, es decir, independientemente de la titularidad indicada en los respectivos títulos de propiedad. La denuncia 3.12. En el proceso de incautaciones también se violó el derecho al debido proceso. La AGD es un órgano administrativo que no escapa al ámbito del artículo 14 del pacto cuando ejerce actividades destinadas a la determinación de derechos y obligaciones de carácter civil. Teniendo esto en cuenta, la ausencia de un procedimiento administrativo contradictorio ante la AGD, donde los autores pudieran ejercer su derecho a la defensa antes de que la AGD decidiera sobre la incautación de sus bienes, violó las garantías del debido proceso (artículo 14(1) y (2) del pacto). El Estado blindó la debilidad jurídica de la la Resolución AGDUIOGG-2008-12 a través del Mandato No. 13, dotándola de inmunidad jurisdiccional. Esta inmunidad supone una violación del derecho de acceso a la justicia, al debido proceso y a la igualdad ante la ley y los tribunales para hacer valer derechos de carácter civil, en particular los derechos patrimoniales de los autores como antiguos dueños y accionistas de Filanbanco. El Mandato No. 13 viola igualmente el derecho al debido proceso en relación con el artículo 2, párrafos 1 y 3 a) del pacto, al no respetar el derecho a interponer un recurso efectivo y el derecho de los autores a la igualdad ante los tribunales. Por las mismas razones la resolución y el Mandato No. 13, en conjunto, violan el derecho a la igualdad ante la ley y a la no discriminación previstos en el artículo 26 del pacto, al negar el acceso a la justicia a unas personas concretas para que pudieran hacer valer sus derechos2.
¿Qué ordena el comité al Ecuador? 9. De conformidad con el artículo 2, párrafo 3 a), del pacto, el Estado parte tiene la obligación de proporcionar a los autores un recurso efectivo. En cumplimiento de esta obligación, el Estado debe dar plena reparación a las personas cuyos derechos reconocidos en el pacto hayan sido violados. En consecuencia, el Estado parte debe asegurar que los procesos civiles pertinentes cumplan con las garantías en conformidad con el artículo 14(1) del pacto y el presente dictamen. 10. Por haber llegado a ser parte en el Protocolo Facultativo, el Estado parte ha reconocido la competencia del Comité para determinar si ha habido o no violación del pacto. Con arreglo al artículo 2 del pacto, el Estado parte se ha comprometido a garantizar a todos los individuos que se encuentren en su territorio o estén sujetos a su jurisdicción los derechos reconocidos en el pacto, y a proporcionar un recurso efectivo y jurídicamente exigible cuando se compruebe una violación. Por consiguiente, el Comité pide al Estado parte que, en un plazo de 180 días, presente información sobre las medidas que haya adoptado para aplicar el presente dictamen. Se pide, asimismo, al Estado parte que publique el dictamen del Comité y que le dé amplia difusión en el Estado parte. ¿Cuál es el “recurso efectivo” a ejercer una vez que se ha comprobado la violación del debido proceso en la determinación de las incautaciones y en la expedición del Mandato Constituyente No. 13? En cuanto a los actos jurídicos, tanto normativo (Mandato Constituyente No.13) como ejecutivo (Resolución AGD de Incautaciones), su invalidez ha sido declarada por el Comité y, por lo tanto, ambos carecen de eficacia jurídica desde su origen y, conforme a lo decidido en los puntos 9 y 10 del dictamen. “el Estado parte tiene la obligación de proporcionar a los autores un recurso efectivo (…) y jurídicamente exigible cuando se compruebe una violación” y, dice, en el punto 9 que en “cumplimiento de esta obligación el
² Los autores señalan que una demanda contra la resolución interpuesta el 28 de junio de 2010, fue rechazada por la Corte Provincial de Justicia de Guayaquil en aplicación del Mandato No. 13. 11
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Estado debe dar plena reparación a las personas cuyos derechos reconocidos en el Pacto hayan sido violados”. El “recurso efectivo” que debe proporcionar el Estado es uno que sea idóneo para el fin perseguido, cual es, la “plena reparación” a las víctimas de la vulneración de los derechos. Por supuesto, que el “recurso efectivo” debe estar previsto en la legislación nacional y ser adecuado para las reparaciones que se deban realizar. El Ecuador ha previsto ese recurso en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJYC) que determina la ejecución de la declaración de vulneración de derechos, interpretado obligatoriamente como la ha hecho la Corte Constitucional, en ejercicio de la competencia que le asigna el artículo 436 CRE, en su Sentencia No. 004-13-SAN-CC, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial 022 del 25 de junio de 2013 (“4. Dicho procedimiento se constituye en un proceso de ejecución, en el que no se discutirá sobre la declaratoria de vulneración de derechos”), por lo que la pretensión de reparación integral de los hermanos Isaías, comprensiva de la petición de restitución de bienes y de compensaciones económicas (indemnizaciones), debe ser propuesta mediante la respectiva demanda en acción ejecutiva. Tanto la institución del “recurso efectivo” como la de la “plena reparación” se encuentran definidas por la Resolución 60/147 sobre “Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones de las normas internacionales de derechos humanos a interponer recursos y obtener reparaciones”, dictada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobada el 16 de diciembre de 2005 y publicada el 21 de marzo de 2006, epígrafes VII, punto 11 y IX, puntos 17 a 20. VII. Derecho de las víctimas a disponer recursos 11. Entre los recursos contra las violaciones
manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y las violaciones graves del derecho internacional humanitario figuran los siguientes derechos de la víctima, conforme a lo previsto en el derecho internacional: a) Acceso igual y efectivo a la justicia; b) Reparación, adecuada, efectiva y rápida del daño sufrido; c) Acceso a información pertinente sobre las violaciones y los mecanismos de reparación. IX. Reparación de los daños sufridos 15. Una reparación adecuada, efectiva y rápida tiene por finalidad promover la justicia, remediando las violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos o las violaciones graves del derecho internacional humanitario. La reparación ha de ser proporcional a la gravedad de las obligaciones y al daño sufrido. Conforme a su derecho interno y a sus obligaciones jurídicas internacionales, los Estados concederán reparación a las víctimas por las acciones u omisiones que puedan atribuirse al Estado y constituyan violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos o violaciones graves del derecho internacional humanitario. Cuando se determine que una persona física o jurídica u otra entidad está obligada a dar reparación a una víctima, la parte responsable deberá conceder reparación a la víctima o indemnizar al Estado si este hubiera ya dado reparación a la víctima. 17. Los Estados ejecutarán, con respecto a las reclamaciones de las víctimas, las sentencias de sus tribunales que impongan reparaciones a las personas o entidades responsables de los daños sufridos y procurarán ejecutar las sentencias extranjeras válidas que impongan reparaciones con arreglo al derecho interno y a las obligaciones jurídicas internacionales. Con ese fin, los Estados deben establecer en
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su derecho interno mecanismos eficaces para la ejecución de las sentencias que obligan a reparar daños. 18. Conforme al derecho interno y al derecho internacional, y teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso, se deberá dar a las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario, de forma apropiada y proporcional a la gravedad de la violación y a las circunstancias de cada caso, una reparación plena y efectiva, según se indica en los principios 19 a 23, en las formas siguientes: restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición”. “Conforme al derecho interno” la LOGJYC prevé la forma de reparar a las víctimas de violaciones de derechos humanos en los artículos 18 y 19: Art. 18: Reparación integral.- En caso de declararse la vulneración de derechos se ordenará la reparación integral por el daño material e inmaterial. La reparación integral procurará que la persona o personas titulares del derecho violado gocen y disfruten el derecho de la manera más adecuada posible y que se restablezca a la situación anterior a la violación. La reparación podrá incluir, entre otras formas, la restitución del derecho, la compensación económica o patrimonial, la rehabilitación, la satisfacción, las garantías de que el hecho no se repita, la obligación de remitir a la autoridad competente para investigar y sancionar, las medidas de reconocimiento, las disculpas públicas, la prestación de servicios públicos, la atención de salud. La reparación por el daño material comprenderá la compensación por la pérdida o detrimento de los ingresos de las personas afectadas, los gastos efectuados con motivo
de los hechos y las consecuencias de carácter pecuniario que tengan un nexo causal con los hechos del caso. La reparación por el daño inmaterial comprenderá la compensación, mediante el pago de una cantidad de dinero o la entrega de bienes o servicios apreciables en dinero, por los sufrimientos y las aflicciones causadas a la persona afectada directa y a sus allegados, el menoscabo de valores muy significativos para las personas, así como las alteraciones, de carácter no pecuniario, en las condiciones de existencia del afectado o su familia. La reparación se realizará en función del tipo de violación, las circunstancias del caso, las consecuencias de los hechos y la afectación al proyecto de vida. En la sentencia o acuerdo reparatorio deberá constar expresa mención de las obligaciones individualizadas, positivas y negativas, a cargo del destinatario de la decisión judicial y las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que deben cumplirse, salvo la reparación económica que debe tramitarse de conformidad con el artículo siguiente. La persona titular o titulares del derecho violado deberán ser necesariamente escuchadas para determinar la reparación, de ser posible en la misma audiencia. Si la jueza o juez considera pertinente podrá convocar a nueva audiencia para tratar exclusivamente sobre la reparación, que deberá realizarse dentro del término de ocho días. Art. 19: Reparación económica.- Cuando parte de la reparación, por cualquier motivo, implique pago en dinero al afectado o titular del derecho violado, la determinación del monto se tramitará en juicio verbal sumario ante la misma jueza o juez, si fuere contra un particular; y en juicio contencioso administrativo si fuere contra el Estado. Solo podrá interponerse Recurso de Apelación en los casos que la ley lo habilite.
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ECONOMÍA
DEUDA PÚBLICA Y SU PROBLEMÁTICA Econ. Mauricio Pozo Analista Económico
La deuda pública puede analizarse por varias vías que van desde el tipo de prestamista, la jurisdicción de las operaciones, los objetivos de los créditos, etc. Sin embargo, una forma tradicional es clasificar la misma según el domicilio del acreedor y deudor, esto es, entre deuda pública interna y aquella externa. La primera hace referencia a la deuda convenida entre entidades domiciliadas en el país, esto puede ser cuando el Estado es el deudor y otra entidad pública es el acreedor. El caso actual más relevante es la deuda interna entre el Estado y el IESS, a pesar que esta institución tiene una suerte de dualidad legal, pues siendo pública los recursos que administra son distintos de los del fisco, distinción hecha por la misma ley. En el caso de la deuda externa, en cambio, la jurisdicción es en el exterior y la gran mayoría de los acreedores también, a pesar de que existen acreedores de deuda externa que son residentes en el país, caso de los tenedores de bonos emitidos por el Estado Ecuatoriano. Las formas de contratación de deuda pública son muchas y el tipo de acreedores también. En el caso de la deuda pública externa los acreedores pueden ser gobiernos, instituciones multilaterales de crédito, proveedores de activos, tenedores de títulos valores, bancos e inversionistas en general. No obstante, cualquiera que sea el tipo de acreedor externo o la forma de pago, no por ello se elimina la obligación del Estado Ecuatoriano de cumplir con los compromisos adquiridos. Tal vez el ejemplo más reciente de los últimos años es el endeudamiento atado a las ventas anticipadas de petróleo, donde el Estado no paga en dinero, sino
en barriles de petróleo, compromiso por la forma del servicio de la deuda que no deja de ser una obligación externa. Contratar deuda no es necesariamente malo. Inclusive, endeudarse es muchas veces necesario para financiar proyectos y puede ser un factor importante para el crecimiento económico. Así como las personas y las empresas se endeudan, los gobiernos y los estados hacen lo propio. Sin embargo, si las empresas y las personas contratan deuda para fines pocos productivos o lo hacen en condiciones desventajosas, es problema de esos actores, no se socializan esos errores. Algo muy distinto es cuando un funcionario público se endeuda en representación de un estado, pues sus decisiones sí tienen impactos para toda la sociedad. Si la deuda contratada es en condiciones desfavorables, pues la economía y la sociedad entera se ven afectadas. Hay principios básicos de cualquier endeudamiento público que deben ser precautelados con absoluta rigurosidad. Uno es contar con una instancia que autorice cualquier operación de deuda pública donde los partícipes tengan representación del gobierno, pero también sean de fuera del Ejecutivo, como sería un Banco Central Independiente. Antes de este gobierno, el Banco Central emitía un informe técnico que pasaba a ser analizado por la Junta Monetaria donde se analizaba la conveniencia del endeudamiento, las condiciones financieras, el impacto en la economía, el efectos en la liquidez doméstica, los condicionamientos, las restricciones presupuestarias, las consecuencias para el mediano y largo plazo, etc.
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El Banco Central del Ecuador actuaba como lo que se conoce en la jerga económica: el “tercero confiable”. Esto significa que siendo una institución de la esfera pública, su administración y gobierno se rige por las políticas de su directorio, quienes no son empleados ni funcionarios del gobierno central sino son elegidos de manera independiente, normalmente por el Congreso Nacional, teniendo por lo tanto total libertad para actuar y decidir. Muchos son los ejemplos de los bancos centrales independientes, siendo uno de los más cercanos el de Colombia y el de Estados Unidos. El caso de Colombia se ilustra con hechos, como es el vigente que ilustra su actuación al observar que ese país con una devaluación anual sobre el 30% no ha registrado crecimientos de la tasa inflacionaria. Otro principio es relativo al destino del crédito, el mismo que debería permitir que el Estado incremente su patrimonio, es decir, no se dirija a cubrir gastos corrientes. El endeudamiento público debe estar dirigido a aumentar el patrimonio nacional, lo que significa inyectar un motor de crecimiento para la economía. El gasto corriente se evapora en plazos cortos y
no permite incrementar y sostener el ritmo de actividad económica. Un tercer factor: si la operación de deuda es para cubrir préstamos anteriores, las condiciones financieras de la nueva operación deberían ser mejores que las anteriores. Una forma de medir este principio es a través del concepto de balance primario o déficit o superávit primario. Esta definición del ámbito fiscal se calcula como la diferencia entre los ingresos fiscales del presupuesto y los gastos sin que estos últimos consideren el pago de intereses de la deuda pública. El objetivo es que el balance primario debe ser igual o mayor al valor de intereses de la deuda pública, pues caso contrario significaría que el país se estaría endeudando para pagar deudas anteriores, es decir, estaría “abriendo un hueco más grande para tapar uno más pequeño”. En las cifras del país de los últimos años no solo que el déficit primario es menor al valor de intereses de la deuda pública, sino que es negativo en porcentajes inclusive inferiores al -4% de PIB. Este indicador de balance primario es normalmente considerado como una meta fiscal en los acuerdos internacionales con las instituciones multilaterales de crédito.
Evolución del PGE 2010-2015 (En USD millones)
Fuente: BCE /Elaboración: El autor.
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ECONOMÍA
Un cuarto principio es que el monto del endeudamiento guarde cierta proporción con el crecimiento de la economía para evitar hipotecar, el mediano y el largo plazo. La lógica es simple, pues si el monto del endeudamiento crece por encima del aumento de la actividad económica, lo que equivale al incremento de PIB, la capacidad de pago de la economía en el futuro se va reduciendo y, por lo tanto, lo que se conoce como la sostenibilidad fiscal también se deteriora. El caso del Ecuador es también patético en este tema, pues el endeudamiento público crece cada año de 3 a 4 veces por encima del aumento del PIB, por esa razón se explica que el peso o carga de la deuda frente al PIB pase del 16% del PIB el 2009 al 36% el 2016 según el BCE y el 46% del PIB si se registraran todas las operaciones no contabilizadas por el gobierno. Un quinto elemento es que la contratación de deuda sea absolutamente pública y transparente para conocimiento de toda la sociedad. Este es otro de los factores que no se ha cumplido, pues en los convenios atados a ventas anticipadas de petróleo con la China y con Tailandia no se conocen las condiciones financieras y demás compromisos contraídos por el Estado Ecuatoriano. Es desconocido el precio de petróleo al que se pagan los créditos, si existen condicionamientos para importar bienes y servicios de la China, si la contratación de mano de obra, para los proyectos por ejemplo, debe ser con personal chino, etc. Lamentablemente ninguno de estos requisitos, que deberían ser legales, se ha respetado en este gobierno. Como se indicó, aparte que la deuda externa ha crecido muy por encima del crecimiento de la
economía, el endeudamiento se ha contratado en condiciones onerosas, pues aproximadamente el 50% del total de la deuda externa es a menos de 7 años plazo y a tasas superiores al 7% anual. Esto significa tasas y plazos muy distantes de lo que podría acceder el país si suscribiría un acuerdo con los multilaterales donde las operaciones son a plazos largos, 20 - 25 años, con períodos de gracia y a tasas de interés que no superan el 3% anual. El destino de varias operaciones de deuda se ha dirigido a cubrir gastos corrientes del presupuesto fiscal, pues si se hacen los números, el ingreso por tributos y por exportaciones de petróleo no han sido equivalentes al volumen de gasto corrientes de los presupuestos del Estado a lo largo de los años, lo que quiere decir que el endeudamiento se ha dirigido a gastos de inversión pero también a cubrir gastos corrientes, donde se incluyen los subsidios. Para efectos del cálculo del techo legal de endeudamiento público del 40% del PIB, no se registra toda la deuda interna y externa, tal como se señaló. No están registradas las emisiones de deuda interna de corto plazo como son los Certificados de Tesorería (CETES) o los Títulos del Banco Central (TBC´s). Tampoco están registradas las ventas anticipadas de petróleo como se señaló, ni las emisiones de bonos de Estado compradas por el Banco Central con los recursos de las reservas internacionales; fondos, que por cierto, no le pertenecen en su totalidad al gobierno, sino a los depositantes en el Banco Central como son los bancos privados y públicos, el IESS, los gobiernos seccionales y las entidades públicas autónomas.
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ECONOMÍA
Deuda Pública Total con respecto al PIB 2000-Mayo 2016 (En porcentajes)
Fuente: BCE. / Elaboración: El autor.
Sin duda, el legado de deuda pública obligará al siguiente gobierno otra vez a reestructurar y refinanciar buena parte de las obligaciones estatales, pues tal como está la estructura de la deuda pública cada vez se torna más complicado
honrar dichas obligaciones. Para el 2016, entre amortizaciones de deuda pública interna y externa y los intereses respectivos, el monto se acerca a USD 6.000 millones, es decir, aproximadamente 6% de PIB, cifra muy pesada para la liquidez fiscal.
Deuda Pública Total con respecto al PIB 2000-Mayo 2016 (En porcentajes)
*La deuda flotante 2015 corresponde a obligaciones pendientes de pago que incluye intereses. Fuente: BCE. / Elaboración: El autor.
En resumen, el tratamiento y conducción de la deuda pública en el Ecuador en los últimos casi 10 años ha comprometido seriamente la viabilidad y sostenibilidad de las finanzas públicas para los
próximos años, realidad que demandará esfuerzos significativos para las próximas administraciones públicas.
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BREXIT: OVERSHOOTING, UN SALTO A LO DESCONOCIDO Ab. Rafael Rosenthal Especializado en Derecho Internacional Bancario y Finanzas – (Argentina)
El impacto inicial del resultado de BREXIT es más dramático por la sorpresa y su incertidumbre a futuro, que por los daños reales que haya provocado. Cualquier observador de la UE recuerda que todos los resultados de consultas o referéndums (Francia, Dinamarca, Holanda) siempre han sido negativos. En 1992, los daneses votaron para rechazar el Tratado de Maastricht. Los irlandeses votaron para rechazar tanto el Tratado de Niza en 2001 y el Tratado de Lisboa en 2008. Los franceses rechazaron la Constitución Europea. Cabe esperar que las próximas consultas electorales en Holanda e Italia tengan resultados negativos, aunque no estimamos que generen el efecto dramático que tuvo el BREXIT. El Primer Ministro Cameron, dejó la resolución del problema en manos de su sucesor, al anunciar que renuncia en octubre y que no será su administración la que solicite el Artículo 50mo del Tratado. Será el nuevo premier quien deberá hacer equilibrio con los deseos de no separación de Irlanda del Norte y Escocia. Las consecuencias políticas inmediatas de quienes votaron por salir, convierten el BREXIT en un resultado pírrico para aquellos que lo apoyaron. Será doloroso para el Reino Unido perder el acceso al mercado interior de la UE, y será dolorosa para UE la pérdida del acceso al mercado laboral británico. Más de 3 millones de ciudadanos de la UE viven y trabajan en el Reino Unido, de ellos, más de 800.000 de Polonia. Europa (Alemania, Francia e Italia) no estaba
preparada para el resultado del BREXIT y reaccionaron con sorpresa, y recién el lunes 27 al mediodía de NY lograron armar una conferencia de prensa conjunta para llevar leve calma a los mercados. Las próximas consecuencias (positivas o negativas) no serán determinadas tanto por la actitud de Europa hacia la negociación del BREXIT, sino que dependerán más del resultado electoral inglés y de quién sucederá a Cameron. Si ganan los conservadores (Boris Johnson, Theresa May) se espera una transición que apacigüe el caos reinante y tal vez eviten una crisis constitucional con Escocia e Irlanda del Norte. Si ganan los laboristas (Jeremy Corbyn), se espera una negociación más tensa, una UK más aislacionista y proteccionista, y una crisis constitucional con Escocia e Irlanda del Norte. Algunas consecuencias inmediatas: Las primeras víctimas: • Bancos británicos (HSBC -15%, Barclays -37%, Lloyds -29% ) • Bancos globales con base en Londres para sus operaciones de derivados, por ejemplo: UBS y Deutsche Bank (riesgo de liquidez). • La exposición de derivados de los bancos europeos con settlement en UK podría ser el talón de Aquiles del sistema financiero. • Compañías europeas con operación de tesorería central en Londres. • Ciudadanos europeos que usufructuaban el Res-non-Dom para mejorar sus tasa impositiva • Real Estate. Estimamos que se termina el auge de precios de la vivienda en el Reino Unido. 19
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OPINIÓN
La devaluación de la Libra podría generar una espiral de los costos de construcción y estancar una serie de proyectos de construcción de viviendas en Londres. Oportunidades: • High Yield. La Fed no subirá la tasa en lo inmediato (los spreads de High Yield vs Treasuries subieron 47 bps a 6.39%) • BREXIT podría desencadenar una ola masiva de adquisiciones de empresas de UK y Europa por parte de empresas con sede en EE.UU. • Acciones Globales Inglesas: una vez que la Libra toque un piso (GBP/US 1,20) empresas globales estarán a atractivos múltiplos de valuación. Finalmente una mirada geopolítica Rusia y China aumentan su poder de influencia a medida que se desmembra el bloque occidental. Rusia: lleva 3 años de sanciones y jugará fuerte en el desconcierto europeo para buscar atenuar la presión financiera que ejerce Europa por la anexión de Crimea. Cabe esperar más de Putin a partir de ahora. China: siguiendo la visita de Estado del Premier Xi al Reino Unido en octubre 2015, cabe esperar un acercamiento de China hacia UK vía oferta de Tratado de Libre Comercio, y al mismo tiempo más presión hacia Hong Kong y acoso militar en Asia Meridional. Estados Unidos tuvo que ratificar el status de aliado de privilegio de UK, en momentos en que necesita más de Europa que del Reino Unido. Otro error estratégico de Obama en política exterior que seguramente pagará Hillary Clinton (seguramente próxima presidente norteamericana). En síntesis: estamos ante una crisis que no se resolverá hasta las elecciones británicas y ello llevará a que los mercados se comporten como una “V” hasta tanto no haya previsibilidad. El punto clave para evitar una crisis global será la estabilidad de los bancos europeos (incluyendo los británicos) y la liquidez que proporcionen sus bancos centrales.
Disclaimer Forward-looking statements: This document contains “forward-looking statements” within the meaning of the Private Securities Litigation Reform Act of 1995. In addition, we may make forward-looking statements in our other documents filed or furnished with the SEC, and our management may make forward- looking statements orally to analysts, investors, representatives of the media and others. Forward-looking statements can be identified by words such as “anticipates,” “intends,” “plans,” “seeks,” “believes,” “estimates,” “expects,” “target,” “projects,” “outlook,” “forecast,” “will,” “may,” “could,” “should,” “can” and similar references to future periods. In particular, forward-looking statements include, but are not limited to, statements we make about: (i) the future operating or financial performance of the Company, including our outlook for future growth; (ii) our noninterest expense and efficiency ratio; (iii) future credit quality and performance, including our expectations regarding future loan losses and allowance levels; (iv) the appropriateness of the allowance for credit losses; (v) our expectations regarding net interest income and net interest margin; (vi) loan growth or the reduction or mitigation of risk in our loan portfolios; (vii) future capital levels or targets and our estimated Common Equity Tier 1 ratio under Basel III capital standards; (viii) the performance of our mortgage business and any related exposures; (ix) the expected outcome and impact of legal, regulatory and legislative developments, as well as our expectations regarding compliance therewith; (x) future common stock dividends, common share repurchases and other uses of capital; (xi) our targeted range for return on assets and return on equity; (xii) the outcome of contingencies, such as legal proceedings; and (xiii) the Company’s plans, objectives and strategies. Forward-looking statements are not based on historical facts but instead represent our current expectations and assumptions regarding our business, the economy and other future conditions. Investors are urged to not unduly rely on forward-looking statements as actual results could differ materially from expectations. Forward-looking statements speak only as of the date made, and we do not undertake to update them to reflect changes or events that occur after that date. For more information about factors that could cause actual results to differ materially from expectations, refer to the “Forward-Looking Statements” discussion in Wells Fargo’s press release announcing our fourth quarter 2015 results and in our most recent Quarterly Report on Form 10-Q, as well as to Wells Fargo’s other reports filed with the Securities and Exchange Commission, including the discussion under “Risk Factors” in our Annual Report on Form 10-K for the year ended December 31, 2014. Este documento contiene “declaraciones prospectivas” dentro del significado de la Ley de Reforma de Litigios sobre Valores Privados de 1995. Además, podemos hacer declaraciones en nuestros otros documentos presentados o provistas con la SEC hacia el futuro, y nuestra la administración puede hacer orientadas hacia las declaraciones por vía oral a analistas, inversores, representantes de los medios de comunicación y otros. Las declaraciones prospectivas se pueden identificar por palabras como “anticipa”, “pretende”, “planea”, “pretende”, “cree”, “estima”, “espera”, “objetivo”, “proyecta”, “perspectiva “,” pronosticar “,” hará “,” puede “,” podría “,” debería “,” puede “y referencias similares a períodos futuros. En particular, las declaraciones a futuro incluyen, pero no están limitado a, declaraciones que hacemos sobre: (i) el futuro desempeño operativo o financiero de la Compañía, incluyendo nuestra perspectiva para el crecimiento futuro; (Ii) nuestra tasa de coste y eficiencia sin intereses; (Iii) la futura calidad de crédito y el rendimiento, incluyendo nuestras expectativas con respecto a futuras pérdidas en préstamos y los niveles de subsidio; (Iv) la idoneidad de la reserva para pérdidas de crédito; (V) nuestras expectativas en cuanto a margen de intereses y el margen de interés neto; (Vi) el crecimiento del crédito o de la reducción o mitigación del riesgo en nuestras carteras de préstamos; (Vii) los niveles futuros de capital u objetivos y nuestra relación estimada capital ordinario de nivel 1, bajo los estándares de capital de Basilea III; (Viii) el rendimiento de nuestro negocio de hipotecas y cualquier exposiciones relacionadas; (Ix) el resultado esperado y el impacto de los desarrollos legales, reglamentarias y legislativas, así como nuestra expectativas en cuanto a su cumplimiento; (X) los dividendos futuros de acciones comunes, la recompra de acciones comunes y otros usos del capital; (Xi) nuestro rango objetivo para el rendimiento de los activos y retorno sobre el capital; (Xii) el resultado de contingencias, como los procedimientos legales; y (xiii) la de los planes, objetivos y estrategias de la empresa. Las declaraciones prospectivas no se basan en hechos históricos sino que representan nuestras expectativas y suposiciones actuales con respecto a nuestro negocio, la economía y otras condiciones futuras. Los inversores se les insta a no excesivamente confiar en las declaraciones prospectivas como resultados reales podrían diferir materialmente de las expectativas. Las declaraciones prospectivas se refieren sólo a la fecha de su emisión, y que no se comprometen a actualizarlas para reflejar los cambios o eventos que se producen después de esa fecha. Para obtener más información sobre los factores que podrían causar que los resultados reales difieran materialmente de las expectativas, se refieren a la discusión “declaraciones a futuro” en la nota de prensa de Wells Fargo anunciar nuestro cuarto trimestre de 2015 los resultados y en nuestra última Memoria Anual en el Formulario 10-Q, así como a otros informes de Wells Fargo presentados ante la Comisión de Bolsa y Valores, incluyendo la discusión en “Factores de riesgo” en el Informe anual en el Formulario 10-K para el año terminado en diciembre 31 de 2014.
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SEAMOS PRUDENTES
Econ. Alberto Acosta - Burneo Editor de Análisis Semanal
Durante casi una década las autoridades de la Revolución Ciudadana conspiraron frecuentemente contra el sistema monetario y los equilibrios económicos. Sin embargo, la economía siguió creciendo gracias a una bonanza que ocultó las fallas en el manejo económico. El gobierno ensayó otra explicación, que los buenos resultados se debían a su magnífica gestión porque ellos sí saben de economía. Pero las cosas cambiaron en 2015 cuando la economía entró en su primera crisis desde que se adoptó la dolarización. Ahora el gobierno quiere endosarle la culpa de la crisis al precio del petróleo y a la fortaleza del dólar. Pero creer en esta teoría equivale a pensar que la calentura está en las sábanas. ¿Qué esconde la crisis? El descenso del precio del petróleo y la fortaleza del dólar fueron solamente el detonante que puso en evidencia la debilidad de la economía ecuatoriana y lo poco preparados que estábamos para hacer frente a un escenario adverso. Empecemos por las finanzas públicas. Durante una década el concepto que primó fue el de impulsar la economía a través de un creciente gasto público que llegó a niveles insospechados con un récord de 44% del PIB en 2014. Los excelentes
ingresos petroleros no fueron suficientes para las aspiraciones del gobierno que adicionalmente se endeudó agresivamente. La deuda externa pasó de 15% del PIB en 2010 a 33% en 2016. Adicionalmente, durante la bonanza se agravaron los problemas productivos. El gobierno socialista desconfió de los empresarios y buscó restringir sus libertades a través del micro manejo de la economía. Algunos ejemplos: la obligatoriedad de firma de convenios de inversión para acogerse a beneficios tributarios, la intervención estatal en la fijación de los precios, la determinación de sectores ganadores en la economía, etc. Primó el criterio de que el Estado conoce mejor que los mismos ciudadanos lo que les conviene. La economía se llenó de distorsiones por las arbitrarias decisiones de la planificación central que emanaba Senplades. Se rechazó la firma de acuerdos comerciales con los principales mercados para las exportaciones ecuatorianas; se incrementaron los salarios sin que exista correlación con incrementos en la productividad; se cerró el mercado ecuatoriano a la competencia externa para supuestamente sustituir importaciones incrementando los precios locales; se creó toda una maraña regulatoria y elevados tributos que aumentaron los costos de producción local.
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ECONOMÍA
Pero la bonanza terminó, y después de la fiesta llegaron los estragos. Los elevados costos de producción del Ecuador sumados a la falta de acceso preferencial a los mercados mundiales, redujeron las exportaciones no petroleras. El descenso en los precios del petróleo arrasó con las otrora abundantes rentas del gobierno. El financiamiento externo se tornó escaso. El ajuste se volvió inevitable. Por el lado fiscal, el gobierno tuvo que reducir su nivel de inversión y acumula atrasos con proveedores, gobiernos seccionales y la seguridad social. El desequilibrio comercial y con menos financiamiento externo, la economía perdió liquidez. En 2015, se produjo una salida neta de divisas de $1.500 millones o un equivalente a 1,5% del PIB. La pérdida de liquidez es preocupante para una economía dolarizada porque reduce los recursos disponibles para realizar transacciones comerciales: cae el consumo y las ventas. Este es el mecanismo automático de ajuste en una economía dolarizada frente a desequilibrios económicos. Si tuviéramos moneda propia, esta se hubiera depreciado reduciendo la capacidad adquisitiva de los ciudadanos corrigiendo los desequilibrios. En dolarización, el ajuste se produce a través de la pérdida de liquidez que se traduce en destrucción de empleos. A marzo, 152 mil personas pasaron a engrosar las filas de desempleados en el sector urbano nacional para un total de 388 mil personas sin empleo. ¿Qué hacer? El primer paso es equilibrios económicos. Debe sostenibilidad fiscal a través de un gasto y un reenfoque del rol del
recobrar los retornar la recorte en el Estado en la
economía. El Estado debe ser complementario al sector privado. En materia productiva, los costos de producción deben reducirse: eliminación de aranceles y salvaguardias a bienes de capital e insumos, reducción en la tramitología e impuestos que encarecen la producción. A nivel monetario, hay que eliminar las barreras para el ingreso de capitales: esto implica eliminar el impuesto a la salida de divisas y dar garantías a la inversión reconstruyendo la institucionalidad del país. Lamentablemente el gobierno de la Revolución Ciudadana, en su último año, se resiste a un cambio de rumbo. Prefiere sostener su nivel de gasto acudiendo a peligrosos mecanismos de financiamiento: tomar las reservas internacionales para financiar al fisco, y la emisión de Títulos del Banco Central para pagar a proveedores. El nuevo ingrediente a esta política es el impulso a la moneda electrónica con la que el gobierno espera inflar la oferta monetaria para compensar la pérdida de divisas. En dos recientes reformas tributarias se incluyeron varios incentivos para que la ciudadanía adopte este nuevo medio de pago. Pero la población desconfía del Banco Central por su historial de manejo de los depósitos que ha recibido por encaje bancario, gobiernos regionales y central que han terminado financiando las arcas fiscales. La economía no necesita más experimentos, sino de políticas económicas prudentes que despierten la confianza en la ciudadanía para impulsar la inversión y el consumo. La tarea para devolver a la economía a una senda de sano crecimiento, es enorme.
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INSOSTENIBLE, MANTENER ESTRUCTURA ACTUAL DE LAS FINANZAS PÚBLICAS Econ. Jaime Carrera Director del Observatorio de la Política Fiscal
La ausencia de ingresos petroleros en el presupuesto y la drástica reducción de los ingresos tributarios producto del agudo decrecimiento de la economía y de nocivas políticas públicas, confirman el fin del ciclo de expansión fiscal y la insostenibilidad de las cuentas públicas. La evolución fiscal de 2016 muestra que los ingresos tributarios y no tributarios son insuficientes para cubrir los gastos corrientes básicos y gastos de capital e inversión reducidos a mínimos de subsistencia. En el escenario del cuadro 1, bajo ciertos supuestos de inflación, crecimiento de la economía y PIB nominal (cuadro 2), se efectúa un ejercicio de evolución de los ingresos, gastos y déficit para el período 2016-2021. Al asumir que las cifras varían constantemente, el propósito es demostrar al conjunto de la sociedad la debilidad de las finanzas públicas y el elevado costo del ajuste para superar la aguda crisis económica y fiscal, producto del inadecuado manejo de la bonanza petrolera. Mantener vigente estructura de ingresos. Planteamos reflexionar sobre el futuro fiscal del Ecuador, si hasta 2021 se mantiene la vigente estructura de ingresos (cuadro 1). Esto es, ingresos tributarios negativos para la actividad económica como el impuesto a la salida de
divisas, las salvaguardias a las importaciones y el anticipo del impuesto a la renta que pagan las empresas, en algunos casos, a pesar de tener pérdidas en sus balances. Se supone que no habrá ingresos petroleros para el presupuesto como ha ocurrido en los años 2015 y 2016. Se asume que la economía crece a partir de 2018 y los tributos evolucionan al ritmo del crecimiento económico y la inflación. En este ejercicio se considera mantener los aumentos al ICE decretados en la la Ley Orgánica para el Equilibrio de las Finanzas Públicas aprobada en abril de 2016. Se excluye de este escenario el aumento del IVA del 12 % al 14 % y otros tributos y contribuciones establecidos en la Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana para la Reconstrucción y Reactivación de las Zonas Afectadas por el Terremoto de 16 de abril de 2016, la que se aprobó en mayo de 2016. Estos ingresos que tienen vigencia de un año, tampoco son considerados en los cálculos de ingresos y gastos de 2016. Aunque, hay inquietud sobre su utilización para cubrir las necesidades fiscales, debido a la aguda iliquidez del fisco. Estructura vigente de gastos con ciertos recortes. En el escenario del cuadro 1, se parte de la estructura de gastos de 2016, que incorpora la 23
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reducción de ciertos gastos corrientes y gastos de capital e inversión, consecuencia de la falta de dólares y no de un ordenado programa económico y fiscal. Los gastos de inversión serían los mínimos sostenibles inclusive con la reducción de las asignaciones a los GADs. Los gastos de personal se mantendrían congelados hasta 2021 y los de bienes y servicios crecerían al ritmo de la inflación y crecimiento de la economía. Se proyectan recortes en las transferencias a empresas públicas y otras, para mantener hasta 2021 sin crecer el rubro total de transferencias corrientes. El pago de intereses obedecería a las previsiones oficiales en la programación cuatrianual, sin considerar los nuevos endeudamientos para financiar los déficits futuros. Recurrencia de déficits elevados. Cuando los gastos superan a los ingresos se producen los déficits fiscales. Al mantener hasta 2021 la estructura de ingresos y gastos arriba descrita y que se muestra en el cuadro 1, los déficits globales serían elevados, entre $6.000 millones y $3.000 millones. También se mantendrían déficits primarios recurrentes, estos surgen de la diferencia entre ingresos y gastos, deducido el valor de los intereses de la deuda pública. Cuando existen déficits primarios, el Estado tiene que endeudarse para el pago de intereses, hecho que es signo de falta de sostenibilidad de las cuentas públicas. Los déficits serán más elevados si la economía no crece como se plantea, pues, las recaudaciones crecen en función de la dinámica económica. Inmanejables requerimientos de financiamiento. Los requerimientos de financiamiento reflejan el monto de los dólares que se debe conseguir
para cubrir el déficit del presupuesto, el pago de las amortizaciones de la deuda pública interna y externa, las deudas pendientes de pagar del presupuesto al final de cada año, los Certificados de Tesorería con plazos menores a un año (CETES), los bonos de deuda pública adquiridos con las Reservas Internacionales y otras obligaciones de pagos que existan además del déficit fiscal. Si la estructura fiscal de 2016 permanece intocada hasta 2021 (cuadro 1), los requerimientos de financiamiento serían inmanejables, entre el 17 % y 9 % del PIB (cuadro 3). Si cada año se mantienen los CETES y los bonos de deuda comprados con la RI, se renueva cada año los vencimientos de deuda interna y se consiguen cada año $1.500 millones de préstamos de organismos multilaterales para financiar inversiones, la brecha financiera por subvencionar se mantendría entre los $8.000 millones y $3.000 millones en 2021. La brecha financiera muestra los dólares que faltarían por conseguir para cubrir todas las necesidades de financiamiento. Programa fiscal hacia la sostenibilidad. Mantener en los próximos años el curso actual de las cuentas públicas es inviable, así como reducir o suprimir impuestos sin fuentes de compensación. Para el período 2017-2021, Ecuador requiere implementar con absoluta disciplina un programa que conduzca a la sostenibilidad fiscal, premisa indispensable para el progreso económico y social del país. Programa que exigirá severos ajustes en ingresos y gastos, en el marco de un programa económico coherente que atraiga inversiones e impulse el crecimiento económico. Consensos sociales y políticos serán imperativos en el proceso de ajuste e implementación de un modelo de Estado que consolide una economía sana que promueva el crecimiento y bienestar.
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OPINIÓN
EL COSTO DE OPORTUNIDAD DE LA DILACIÓN Sr. Alberto Medina M. Periodista. Consultor Privado en Comunicaciones (Argentina)
El interminable debate en torno al dilema sobre si la gestión de las reformas debe abordarse con políticas de shock o con una dinámica más gradual, omite el análisis de aspectos profundos, demasiado relevantes. Los defensores de las estrategias más frontales sostienen que generar transformaciones implica encararlas con contundencia. Saben que no se lograrán triunfos de la noche a la mañana y que la implementación puede hacerse secuencialmente, pero siempre transitando un sendero definido. En algunas ocasiones se confunden los términos y se intenta hacer creer que un esquema como el descripto es invariablemente abrupto y desordenado. La tarea consiste en gestar puntos de inflexión, modificando los sistemas de incentivos, de premios y castigos, orientándolos con mayor inteligencia y una eficiencia superior. Los resultados jamás aparecerán mágicamente, pero una categórica mutación de las reglas de juego puede ser vital para alterar el rumbo de los acontecimientos y esperar palpables mejoras en un plazo razonable. Del otro lado, los promotores del gradualismo afirman que las políticas de impacto son bruscas, políticamente inviables y sus consecuencias son inhumanas, nefastas y exageradamente negativas para la mayoría.
Es cierto que tomar medidas drásticas produce efectos inmediatos y trae consigo importantes secuelas. Eso es indudable y no debe ser negado. En todo caso, se deben contrastar las evidentes ventajas y los ineludibles inconvenientes que vienen de la mano de esas duras determinaciones. Son muy pocos los que están dispuestos a desnudar con idéntica potencia, el precio de la inacción, el verdadero costo de las demoras. No hacer nada, o hacer poco, también tiene derivaciones. Es probable que no sean tan notorias en el corto plazo, pero no por ello consiguen ser menos destructivas y nocivas para mucha gente. La invitación a elegir opciones aparentemente más suaves, placenteras, cómodas y políticamente correctas, encierra una trampa brutal impregnada de una gran deshonestidad intelectual. Lo gradual ofrece un camino escalonado, pero esa tardanza tiene gigantes costos ocultos que pretenden ser minimizados. No parece saludable esconderlos bajo la alfombra. Cuando se sostiene eternamente un régimen de subsidios inmoral solo para evitar las consecuencias de quitarlo, se debe asumir con sinceridad que se seguirá esquilmando a muchos ciudadanos detrayendo una parte importante del fruto de sus esfuerzos personales cotidianos para sustentar a otros que no lo están haciendo, ni tienen intenciones de hacerlo. 27
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OPINIÓN
Prolongar el saqueo institucional puede parecer más sutil, pero solo lo es para los que reciben la ayuda. Para los que siguen pagando la fiesta, eso es impiadosamente perverso. Suponer que dejar todo como está o modificarlo tenuemente no tiene costo alguno es de necios, pero también de cínicos. Los economistas saben que las alternativas que ofrece una inversión deben ser evaluadas y consideradas a la hora de tomar la decisión. A eso llaman “costo de oportunidad”. En materia de decisiones personales, familiares y también sociales, ese mismo concepto conserva su sentido equivalente. No hacer nada, detenerse frente a lo necesario e inevitable implica también aceptar que esa decisión tiene inexorables ramificaciones para todos. Los eventuales damnificados a los que se intenta proteger deberán postergar la oportunidad de hacer lo correcto y arrancar la nueva era cuanto antes. No se extirpa un tumor por etapas aduciendo que es menos doloroso. Se toma la decisión de enfrentar el problema con coraje y se asumen los riesgos, el circunstancial daño emergente, siempre sabiendo también que hacerlo ahora es mucho mejor que posponerlo indefinidamente. El único caso en el que se decide no hacer nada, es cuando se considera que el paciente está en una fase terminal y no tiene oportunidad alguna de sobrevivir. Allí se opta por garantizar calidad de vida acortando los tiempos de supervivencia. Si el diagnostico de la política es que administran un enfermo sin futuro, sería bueno que lo digan. Si por el contrario, como suelen recitar, el porvenir
es sinónimo de éxito, es hora de apurar el tranco, porque a este ritmo dilapidarán las oportunidades de corregir errores. La sociedad tiene enormes responsabilidades en esta parodia. No se puede pretender a vivir en el primer mundo sin hacer significativos sacrificios, con cobardía y gradualismo. Es hipócrita creer que se pueden conseguir grandes logros sin atravesar contingencia alguna. Si se desea prosperar, hay que estar dispuestos a hacer todos los deberes. Esta situación actual no es mérito exclusivo de la dirigencia política, sino también de esta sociedad que declama ampulosamente algo que luego no puede sostener con actitudes individuales concretas. Pareciera que quienes dicen aspirar a los cambios, no lo desean con tanto fervor. Cierta actitud timorata, ambigua, repleta de dudas y contradicciones, invade las mentes de quienes desean progresar, mientras prefieren permanecer en la zona de confort que les ofrece la continuidad infinita. Es posible que la victoria final esté a la vuelta de la esquina, pero no se llega hasta allí con ridículos zigzagueos, posturas temerosas y midiendo cada paso. La meta soñada requiere de valentía y claridad suficiente, ya no solo para alcanzarla, sino para intentar recorrer ese trayecto con convicción. La discusión política prosigue casi sin sentido. Por ahora el gradualismo gana la batalla. Sería bueno que los que apoyan esa visión comprendan que los supuestos perjuicios que pretenden evitar son reales y siguen allí. Aunque no puedan visualizarlo existe el costo de oportunidad de la dilación.
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ENFOQUE
OPTIMISMO Ing. Giovanni Ginatta Director Ejecutivo F.I.E.
Es difícil ser optimista en este momento, no sólo por las condiciones en que se encuentra el Ecuador, sino por todo el entorno mundial. Si damos un corto vistazo por el mundo, la situación económica de la mayoría de las regiones del mundo, incluyendo zonas de otrora gran potencia como Europa, se encuentran en serias dificultades. Cada vez aparecen nuevas noticias que nos sorprenden como la reciente alarma de la banca italiana. Pero el mundo no se encuentra solo bajo el atentado de la economía, sino que existen amenazas políticas y sociales alarmantes. Vemos líderes que más parecen dictadores populistas que gobernantes democráticos. Vemos candidatos a la presidencia de grandes potencias que parecen los chicos malos del barrio. El terrorismo multinacional, escondido en un obscurantismo religioso, ataca sin aviso como un felino agazapado en cualquier rincón del mundo. Potencias como los EE.UU. ven resurgir la violencia en sus calles ante señales de odio racial que no es digno del siglo XXI. La lucha contra la droga está lejos de ganarse, y la juventud del mundo, aún en países pobres como Ecuador, amenaza con comerse una generación entera ante el vicio. El Ecuador también entrega señales poco optimistas. Su deuda crece, sus gastos crecen, los atrasos en los pagos crecen, la violencia y el consumo de droga no para, el desempleo crece, la actividad económica en general viene en picada... Pero en todo este entorno mundial y nacional, ¿hay espacio para el optimismo creativo? Por supuesto que sí, y eso justamente es parte de lo que debe de cambiar. Parecería que hay estrategias mundiales y nacionales para someter a la población al miedo permanente, a la paralización y al pesimismo. Esta cadena debe ser rota, pero rota al margen de los políticos. En el fondo los políticos son lo mismo. No importa si son de derecha o de izquierda. Todos quieren tener más poder en sus manos y menos poder verdaderamente en manos de la gente. Su visión es el de concentrar poder para ejecutar
programas a favor de la gente (en el mejor escenario), pero basados en su propia visión de lo que se debe de hacer. Aquí volvemos a lo que había escrito en un artículo anterior: el principio de agencia. Este principio, muy comentado en diferentes estudios relacionados con la representación financiera, se aplica también a la estructura de los gobiernos y el manejo de los países. En palabras sencillas, lo que el principio de agencia indica es que, los gerentes (o alcaldes, presidentes, líderes en general) actúan de acuerdo a sus intereses (legítimos o no), y no necesariamente por los intereses de sus accionistas (o mandantes). Esta es la clave para establecer esquemas modernos de gobernabilidad a nivel de empresas o del sector público. La razón para el optimismo es esta. Los problemas del Ecuador son graves pero tienen solución. Es cuestión de voluntad tanto de gobernantes como de gobernados. La presión debe de venir de los gobernados para que se hagan los cambios que encaminen nuevamente al país hacia el progreso. La fórmula básica es esta: A. Reorganizar el país de tal forma que la descentralización y la autonomía regional sea verdadera. Hoy hemos retrocedido en los esquemas de centralización. En el pasado se crearon organizaciones descentralizadas y autónomas para resolver temas puntuales como riego, vialidad, desarrollo agrario, etc. Esto se ha perdido y si hubiera la voluntad y presión popular debería de reinstalarse. B. El poder de Gobierno debe de acercarse a la gente bajo esquemas de subsidiaridad. No se trata sólo del centralismo de Quito sino de las capitales provinciales y todo un esquema burocrático nacional que asfixia a los productores y público en general. C. Finanzas responsables. El Ecuador debe de ser eficiente en el uso de sus recursos y debe de gastar lo que tiene. Se ha hecho un buen esfuerzo en la recaudación tributaria en el país. Desde la época de la Econ. Elsa de Mena en adelante, el SRI ha venido
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recaudando muchos más recursos. Con esos recursos debemos gastar hasta que alcance las sábanas. Para ello, se debe volver a dimensionar un tamaño de Estado apropiado. El incremento del número de servidores públicos en los años recientes ha sido exponencial. Esto debe ser compensado por la estructura de subsidiaridad antes mencionada. Mayor poder en manos de la gente y no en manos de una burocracia central. La deuda pública también ha crecido y se habla de subir el techo legalmente aceptado. La toma de decisiones de la asignación de recursos tanto para gasto como para inversión, sigue el dilema del principio de agencia. ¿Se han hecho los mejores gastos e inversiones para el país? Existen pruebas a la mano, por ejemplo de aeropuertos con poco uso, carreteras desproporcionadas para el tipo de tráfico existente, etc. D. Mercados saludablemente abiertos. El mito de que el Ecuador se puede desarrollar bajo un esquema de desarrollo endógeno no es posible. Este es un país con un mercado doméstico pequeño. Los primeros años de la bonanza petrolera escondió la realidad y volvimos al modelo de sustitución de importaciones. Pretender competir ensamblando celulares, motos y bicicletas no tiene sentido para un país como Ecuador que no tiene los medios de competencia para entrar tardíamente en estos mercados dominados por los países asiáticos. El que acaba pagando altos costos por productos de mediana calidad es el pueblo. Se debe de desmantelar el esquema absurdo de aranceles exagerados y salvaguardias. Se debe de retomar la negociación con los principales mercados a los que el Ecuador exporta de la misma forma que lo han hecho (y ya están en funcionamiento) nuestros países vecinos. E. Volvernos nuevamente productivos. El Ecuador ha estado en un experimento fallido creado por personas inteligentes pero desligadas de la realidad. No podemos seguir siendo liderados por genios en la teoría pero ignorantes de experiencia. La verdadera vocación productiva del Ecuador ha estado en la agroindustria, la acuacultura y el turismo. Salvo algunos nichos industriales como la metalmecánica, el resto de aventuras industriales solo han sobrevivido bajo esquemas de proteccionismo. Debemos de volcarnos nuevamente al campo con valor agregado y tecnología.
Existe mucho por hacer, por subir la productividad del campo ecuatoriano. En el turismo estamos en pañales. Prueba de ello es que la cifra de visitantes anuales es inferior de la que tienen muchos otros países de América Latina como Costa Rica, República Dominicana, Cuba, entre otros. F. Impuestos y trámites razonables. Nadie niega que una sociedad moderna deba de tener un esquema fiscal que procure los ingresos suficientes para operar el Estado y sus obras. Sin embargo, no se puede cambiar las reglas del juego con tanta frecuencia. Las empresas y personas deben tener un horizonte más o menos claro a mediano plazo para poder planificar y operar. Además, existe otro problema similar con los frecuentes cambios de regulaciones y otras reglas burocráticas. A pesar de ser un país sub desarrollado, el Ecuador ha incrementado sustancialmente el número de exigencias y regulaciones para la operación de una empresa. G. Seguridad jurídica. Reglas claras y estables. Administración de justicia eficiente. En una línea parecida a la anterior, la generación y producción de cuerpos legales ha sido increíblemente grande. Esto complica la operación empresarial y en general el costo de producción en Ecuador. Por otro lado, la administración de justicia en el país sigue siendo lenta y complicada. A pesar de la inversión en infraestructura judicial, el sistema sigue siendo lento y engorroso. La resolución de conflictos en temas elementales como inquilinato, cobranzas, contratos, etc., sigue sin resolverse ágilmente. H. Distributismo moderno. En lo personal, creo en el modelo del distributismo delineados por pensadores históricos como Chesterton, Belloc, y el Papa León XIII. Pero el distributismo está reñido tanto con el capitalismo agresivo como con el socialismo. El distributismo propone una sociedad dominada por pequeños propietarios, productores integrados en cooperativas y otras formas de organización que les permita ser eficientes pero bajo esquemas de propiedad en manos de los productores. Este es el único esquema que puede asegurar una verdadera cohesión social a largo plazo. Para esto, se debe de acercar la economía y la política a la gente. No solo a las regiones, sino a las provincias, a las ciudades, a los pueblos y comunas.
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