Libertad Sindical

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Libertad Sindical


UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA CENTRO UNIVERSITARIO DE SAN MARCOS FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES DERECHO LABORAL GRUPO NO. 2 LIBERTAD SINDICAL

NOMBRE

CARNET

1) Luis Pablo López Escobar

200942811

2) Alex Aramis Dionicio Velásquez

200942837

3) Juan Francisco Aguilar Paz

201330544

4) Elmer Eduardo de León Dionisio

201846153

5) Sulma Lesly Chávez Chávez

201844114

6) Julissa Elizabeth Rivera Godínez

201945268

7) Anthony Adrián González de León

201945046

8) María Alejandra de León Díaz

201946132

9) Wendy Liseth de León Guzmán

201940609

10) Eliezer Alexander Monzon Matias

201946788

11) José Carlos Méndez Dionicio”

201946429


Contenido I Presentación..........................................................................................1 II Reseña Histórica de la Libertad Sindical..............................................2 2.1 Sindicalismo y Libertad Sindical en Guatemala.................................3 2.1.1 Antecedentes Históricos.................................................................3 2.1.2 La Era Revolucionaria ..................................................................4 2.1.3 La Contrarrevolución .....................................................................4 2.1.4 Los cambios que No Ocurrieron con la Firma de la Paz................5 2.1.5 Código De Trabajo ........................................................................5 III LIBERTAD SINDICAL EN GUATEMALA GENERALIDADES.............6 3.1 Libertad Sindical en general...............................................................7 3.2 Libertad Sindical en Guatemala.........................................................7 3.3 Sujetos de la libertad sindical............................................................8 3.3.1 A los trabajadores...........................................................................8 3.3.2 Las organizaciones sindicales........................................................8 3.3.3 Los empleadores y sus organizaciones..........................................8 IV NORMATIVA ACTUAL SOBRE LA LIBERTAD SINDICAL, NACIONAL E INTERNACIONAL.............................................................9 4.1 Libertad sindical y su fundamento en el ordenamiento jurídico Nacional e internacional...................................................................10 4.1.1 Libertad sindical y su ordenamiento Jurídico Nacional................10 4.1.2 Constitución Política de la República de Guatemala ...................10 4.1.3 Código de Trabajo.........................................................................10 4.1.4 Pactos colectivos...........................................................................11 4.2 Libertad sindical y su ordenamiento jurídico internacional..............11 4.2.1 Convención americana sobre derechos humanos ......................11 4.2.2 Convenio noventa y ocho (98) de la Organización Internacional del Trabajo..................................................................12 V ORGANIZACIONES QUE VELAN POR LA LIBERTAD SINDICAL...13 5.1 Ministerio de trabajo y la libertad sindical en Guatemala.................14 5.2 Organización Internacional del Trabajo (OIT)..................................14 5.3 Comité de libertad sindical ..............................................................15 5.4 Objeto...............................................................................................15 VI ANALISIS DE LA PROBLEMÁTICA Y COMPARACION DE LA LIBERTAD SINDICAL AL ENTORNO INTERNACIONA...................16 6.1 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA ........................................17 6.2 SOLUCIONES ............................................................................18 6.3 CONCLUSIONES........................................................................19 VII BIBLIOGRAFIA.................................................................................20


1

I PRESENTACIÓN Desde la burguesía y la época de la revolución francesa se dio el surgimiento de un derecho para poder organizarse en grupos considerándose como ilegal, la evolución del concepto de libertad sindical transitó por todos los estadios del derecho colectivo del trabajo, desde su prohibición tipificado como delito por normas del derecho penal, la etapa intermedia de tolerancia pero sin reconocimiento y promoción hasta alcanzar su máximo desarrollo con el reconocimiento de la existencia de un derecho a la libertad sindical que es propio de la condición de trabajador y pertenece al género de los derechos fundamentales del hombre, durante años el movimiento Obrero Sindical busca las formas de que el trabajador tenga derechos y sean reales además que se cumplan para su plena validez. Al igual que en la mayoría de los países, Guatemala cuenta con la presencia de Asociaciones de trabajadores o Sindicatos, como un derecho a crear sus propias organizaciones y de afiliarse a ellas es parte integral de una sociedad libre abierta y principalmente democrática, ya que en muchos casos estas organizaciones han desempeñado un papel importante en la trasformación del país. Sin libertad sindical no puede haber un diálogo social ni progreso hacia una justicia social, esta libertad garantiza a los trabajadores la posibilidad de expresar sus aspiraciones, fortalecer su postura en la negociación colectiva y participar en la elaboración y aplicación de la política económica y social. La libertad sindical es un derecho individual y colectivo que toda persona lleva con el solo hecho de vivir en sociedad; este tema debe de ser estudiado como componente importante del derecho colectivo del trabajo, ya que conlleva a la formación de asociaciones profesionales denominados sindicatos. Es un principio fundamental de la organización sindical, junto a la exclusividad, unidad, democraticidad, pluralidad y capacidad En la presente revista el lector encontrara cinco capítulos que se desarrollan desde la reseña histórica de la libertad sindical hasta una problemática con su respectivo análisis y posibles soluciones.

“Redacción Grupo 2 Derecho Laboral USAC-CUSAM”


2

II RESEÑA HISTORICA DE LA LIBERTAD SINDICAL


3

2.1 Sindicalismo y Libertad Sindical en Guatemala

fines, reivindicativos, ni se planteaban la 2.1.1 Antecedentes

Históricos

Según el informe (Institute, 2009, pág. 62):

“D

lucha de clases. Sin embargo, fueron la génesis del movimiento que en el período de 1919 a1 1920 conformaron el primer movimiento sindical que perseguía cau-

esde sus inicios las uniones de sindicalistas en Guatema-

la han atravesado diversas etapas. Las denominadas asociaciones mutualistas (1821-1918), quienes haciendo uso del derecho general de asociación, conformaron agrupaciones de trabajadores artesanales, quienes laboraban por cuenta propia, que perseguían fines que se limitaban al socorro y auxilio mutuo o al estudio. Estas agrupaciones no perseguían

sas reivindicativas de los trabajadores y que jugó un papel importante en las gestas políticas que en ese período derivaron en la caída de la dictadura de Manuel Estrada Cabrera. La década comprendida de 1920 a 1930 constituye una etapa en la historia del movimiento obrero guatemalteco, en la que se supera el modelo mutualista y se trasciende a una estructura organizativa que permite la conformación, dentro de un marco jurídico precario, para los movimientos sindicales”.

Fuente: Hallazgos de la situación de inseguridad en Guatemala, emitido por el World Bank Institute, 2009.


4

2.1.2

La Era Revolucionaria (LÓPEZ LARRAVE,

2005, pág. 58) “Tras el derrocamiento de la “dictadura Ubiquista”, se inicia una década (1944-1954) en la que se consolidan los mayores avances en política social, particularmente en lo laboral. El proceso revolucionario estuvo marcado por una actividad política fuerte por parte del movimiento sindical; en el cual se intenta la consolidación de un movimiento sindical unificado.

La instauración

2.1.3 La

Contrarrevolución

de una nueva Constitución

(LÓPEZ LARRAVE,

de la República la cual con-

2005, pág. 133) “El go-

tiene una sección especí-

bierno denominado de la

fica para el tema laboral, y

contrarrevolución

que ordena la reglamenta-

un período de tiempo en el

ción del mismo a través de

que se inicia la persecución

un Código de Trabajo, en el

y el intento de destrucción

cual se contenían los bene-

del movimiento sindical y

ficios y obligaciones de los

popular organizado, el cual

trabajadores y se abre el

se agudiza en los 36 años

espacio para el reconoci-

que oficialmente dura el

miento de las organizacio-

Conflicto Armado Interno –

nes sindicales, la genera-

CAI- (1960 a 1996) en Gua-

ción de garantías jurídicas

temala. El proceso iniciado

y políticas para la confor-

con

mación de los mismos con

tuvo un impacto en todos

fines reivindicativos. Es de

los niveles de organización

resaltar que el papel tutelar

económica, social y popu-

de las leyes laborales con-

lar del país, retomando la

tenidas en el código, brin-

violencia selectiva, meca-

daba por primera vez las

nismo utilizado por la dicta-

protecciones a los trabaja-

dura ubiquista, pero con un

dores que por décadas les

componente más fuerte de

fueron negadas”.

represión”.

la

marca

contrarrevolución


5

2.1.4

Los cambios que No Ocurrieron con la Firma de la Paz

(LÓPEZ LARRAVE, 2005, pág. 143) “los sindicatos no han logrado adquirir la fuerza de la década de los 70s, lo cual puede ser en gran medida uno de los efectos directos de la violencia, donde la participación social era fuertemente castigada; 12 años después

retos que los nuevos tiempos demandan. Asimismo, el poder reaccionar con mucha mayor eficiencia ante los hechos de persecución, amenaza, criminalización o asesinato de alguno de sus miembros”.

de la firma de los Acuerdos de Paz Firme y Duradera, los hostigamientos, amenazas y asesinatos parecieran continuar perpetrándose contra este colectivo, aunque no con la virulencia de los años de la represión. La apertura democrática no le ha sido suficiente para reconformarse, fortalecerse y plantearse ante los nuevos

MACA, 2007, pág. 234) la historia en cuanto al código de trabajo: “Como ya hemos visto, la organización sindical no fue posible hasta la conformación de una Constitución Política de la República que contemplara la figura del sindicato; y por otra parte un Código de Trabajo que reglamentara

2.1.5

Código De Trabajo Según el autor (BÁ-

Fuente: Revista Acciones e Investigaciones Sociales. Navarrete y Puyal

los aspectos vinculados al mismo. Estos dos elementos serán brevemente analizados en lo que a sindicatos corresponde, ya que le brindan la sustancia legal en la que reposa la conformación de los mismos. Asimismo, observaremos algunos elementos contenidos en las normativas internacionales signadas y ratificadas por Guatemala en materia sindical y algunos elementos vinculados a reformas a las normativas de carácter nacional y que tienen una incidencia directa en los sindicatos como organizaciones de los trabajadores y para los trabajadores”.


6

III LIBERTAD SINDICAL EN GUATEMALA GENERALIDADES


7 3.1

Libertad Sindical en general De acuerdo con el Licenciado

3.2 Libertad Sindical en Guatemala

(CASTILLO Y CASTILLO, 1974, pág. 448) nos expone lo siguiente:

Según el Ministerio (Trabajo, 2019, pág. 24) la LIBERTAD SINDICAL:

“La libertad sindical es un dere-

“Conforme a lo estipulado por la

cho individual y colectivo que toda per-

Constitución Política de la República de

sona lleva con el solo hecho de vivir en

Guatemala, en el artículo 34, el cual reco-

sociedad, este tema debe de ser estu-

noce el Libre Derecho de Asociación, el

diado como componente importante del

convenio 87 sobre la Libertad Sindical y

Derecho de Trabajo ya que con lleva a

la Protección del Derecho de Sindicación

la formación de asociaciones profesiona-

y el Convenio 98 sobre el Derecho de

les denominados sindicatos. La pregun-

Sindicación y de Negociación Colectiva,

ta es ¿La libertad sindical se respeta y

ambos de la Organización Internacional

se aplica en Guatemala? La libertad

del Trabajo -OIT-, es un derecho fun-

sindical comprende para los tra-

damental, el cual se define como

bajadores el goce y ejercicio de

el derecho que tienen los traba-

los siguientes derechos: 1. El

jadores y empleadores a cons-

derecho de constituir organiza-

tituir

ciones sindicales; 2. El derecho

estimen convenientes, definido

del individuo de ingresar a organizaciones ya formadas y permanecer en las mismas. 3. El derecho del sindicato a ser respetado como persona; de ejercer su acción a favor de sus afiliados. 4. El derecho a retirarse libremente de las organizaciones sindicales. La afiliación sindical; es un acto de incorporación de un trabajador a una determinada organización sindical, se trata de un derecho que forma parte del contenido esencial de la libertad sindical en su vertiente individual. La afiliación sindical es un acto voluntario del trabajador, sin más límite que la obligación de respetar los estatutos del sindicato, pero nadie puede ser obligado a afiliarse a un sindicato o a soportar formas de presión directas o indirectas para afiliarse o no hacerlo”.

organizaciones

según

por la -OIT- como un derecho mínimo dentro el ámbito de trabajo. El artículo 211 del Código de Trabajo, regula que el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, será el responsable de trazar y llevar a la práctica la política nacional de defensa y desarrollo del sindicalismo, garantizando y protegiendo su libre ejercicio de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, por lo que brindará a los trabajadores y empleadores el asesoramiento jurídico gratuito. Los sindicatos, por sus integrantes, pueden ser: Gremiales: Cuando están conformados por trabajadores de una misma profesión u oficio y si se trata de patronos, de una misma actividad económica.


8

3.3 Sujetos de la libertad sindical Según licenciado César Landelino Franco López, los Derechos que confiere la libertad sindical corresponden; 3.3.1 A los trabajadores En el libro del licenciado (FRANCO LÓPEZ, 2005) menciona: “Puesto que la libertad sindical ha sido reconocida por la acción de la clase trabajadora en su lucha por mejorar sus condiciones de vida, es propio afirmar que son los titulares por excelencia de los derechos que presupone aquella libertad. Todos entendemos a quienes nos referimos cuando hablamos de los trabajadores, pero el problema se complica cuando vtratar de decir quienes son trabajadores.

Fuente: mintrabajo.gob

3.3.2 Las organizaciones sindicales (Franco López, 2005, pág. 96) “La libertad sindical tiene como fundamento el ejercicio de derechos que sobre todo sirven para constituir, organizar y hacer funcionar organizaciones sindicales. 3.3.3 Los empleadores y sus organizaciones (FRANCO LÓPEZ, 2005, pág. 98) “La libertad sindical también corresponde a los empleadores para formar sus organizaciones sindicales patronales. Cabe explicar esto únicamente por el principio legal y humano de que los derechos corresponden a todos por igual.


9

IV NORMATIVA ACTUAL SOBRE LA LIBERTAD SINDICAL, NACIONAL E INTERNACIONAL


10

Fuente: Derecho laboral| 2013 – 2021 pro Javier García de Tiedra, abogado.

4.1

Libertad sindical y su fundamento en el ordenamiento jurídico

nacional e internacional Libertad sindical y su ordenamiento Jurídico

debemos de tomar de base

mar parte de grupos o aso-

que la Constitución es la

ciaciones de autodefensa

Nacional

norma suprema de un Es-

o similares. Se exceptúa el

con

tado y ella se establece los

caso de la colegiación pro-

(LÓPEZ LARRAVE, Intro-

derechos y principios fun-

fesional”.

ducción al estudio procesal

damentales que se regirá

4.1.3

del trabajo, 2003, pág. 52)

su población, también en

“Según la normativa

Es el orden, como buena

base a esta norma básica

que el Código de Trabajo

disposición material, orga-

o fundamental se reprende-

Guatemalteco contiene, en

nización, Ley o conjunto

rán otras que serán subor-

relación al Sindicalismo, en

de ellas, Escala de fuentes

dinadas y complementarán

el Titulo Sexto Capítulo úni-

jurídicas siguiendo de igual

la actividad del Estado y la

co, regula todo lo relacio-

manera con lo siguiente:

población”. 4.1.2 Constitución Política de la República de Guatemala

nado a las actividades, de-

4.1.1

De

acuerdo

“La derivación de las normas de un orden jurídico de la norma fundamental del propio orden, se realiza mostrando como las normas particulares han sido creadas de acuerdo con la norma básica. Al respecto

Artículo 34.- “Derecho de asociación. Se reconoce el derecho de libre asociación. Nadie está obligado a asociarse ni a for-

Código de Trabajo

rechos y obligaciones tanto de empleadores como de trabajadores, garantizando el ejercicio del Derecho de Libertad Sindical, conforme el artículo 211, también podemos encontrar en el artículo 218 el reconocimiento


11

Fuente: www.ilo.org/global.com Convención Americana

de su personalidad jurídica,

o industria, con respecto

u Organizaciones, y son

el procedimiento a seguir y

a uno o más patronos, en

signatarios cuando acep-

la aprobación de estatutos

lugar o por tiempo determi-

tan, ratifican, aprueban o se

e inscripciones de los sindi-

nados e inclusive una re-

adhieren a ellos, y que son

catos”.

lación de trabajo a futuro.

adaptables al ordenamien-

Tienen característica de ser

to jurídico nacional para

(LÓPEZ LARRAVE,

una ley Profesional, y tien-

mejorar las condiciones de

El derecho de huelga en

de a superar los derechos

sus habitantes en su entor-

Centroamérica., 1987, pág.

mínimos contenidos en la

no social.

16) “Es el que celebra entre

Constitución y el Código de

uno o varios sindicatos de

Trabajo”.

4.1.4 Pactos

colectivos

4.2.1 Convención ameri-

cana sobre derechos hu-

trabajadores y uno o varios

manos

patronos, o uno o varios

4.2

sindicatos de patronos, con

ordenamiento jurídico in-

Pacto de San José, suscrita

el objeto de reglamentar las

ternacional

el 22 de noviembre de 1969

Libertad sindical y su

También

llamado

condiciones en que el tra-

(Constitucionalidad,

en San José de Costa Rica

bajo deba prestarse y las

2013, pág. 25) Es todo el

y entra en vigencia el 18 de

demás materias relativas a

conjunto de normas jurí-

julio de 1978, en su artículo

éste. Artículo 49 del Código

dicas que el Estado se ha

16 Libertad de Asociación,

de Trabajo Son convenios

comprometido por medio

numeral 1 establece: “To-

que regulan uniformemente

de

trata-

das la personas tienen de-

las prestaciones de los tra-

dos, pactos, convenios con

recho a asociarse libremen-

bajadores, de una empresa

otros Estados, Organismos

te con fines ideológicos,

declaraciones,


12

Fuente: Instituto Belisario Dominguez

religiosos, políticos, econó-

los empleadores, los conte-

de un trabajador a la con-

micos, laborales, sociales,

nidos básicos en el Conve-

dición de que no se afilie a

culturales, deportivos o de

nio son los siguientes:

un sindicato o a la de dejar

cualquier otra índole”.

Artículo 1.

de ser miembro de un sin-

Convenio noventa

1. Los trabajadores

dicato;

y ocho (98) de la Organi-

deberán gozar de adecua-

(b) despedir a un tra-

zación Internacional del

da protección contra todo

bajador o perjudicarlo en

Trabajo

acto de discriminación ten-

cualquier otra forma a cau-

relativo

diente a menoscabar la li-

sa de su afiliación sindical o

a la aplicación de los prin-

bertad sindical en relación

de su participación en acti-

cipios del derecho de sin-

con su empleo.

vidades sindicales fuera de

4.2.2

Convenio

dicación y de negociación

2. Dicha protección

las horas de trabajo o, con

colectiva, 1949, vigencia:

deberá ejercerse especial-

el consentimiento del em-

18/7/1951, Ginebra, Adop-

mente contra todo acto que

pleador, durante las horas

ción: 1/7/1949, Sesión de

tenga por objeto:

de trabajo.

Conferencia: 32. Frente a

(a) sujetar el empleo


13

V ORGANIZACIONES QUE VELAN POR LA LIBERTAD SINDICAL


14

5.1

Ministerio de trabajo y la libertad

sindical en Guatemala (Trabajo, 2019, pág. 47) “El Mi-

tablecer relaciones laborales estables y duraderas, basadas en la confianza y el respeto mutuo”.

nisterio de Trabajo y Previsión Social, a

(Trabajo, 2019, pág. 46) “El Minis-

la población en general, reitera su com-

terio de Trabajo y Previsión Social, en la

promiso irrestricto en velar por el cumpli-

promoción del Diálogo Social, herramien-

miento de la normativa laboral vigente,

ta fundamental para que empleadores,

tanto nacional como internacional, por lo

trabajadores y gobierno trabajen de forma

que resalta los principios contenidos en

conjunta, con buena fe, responsabilidad y

los Convenios Internacionales de la Or-

objetividad en la búsqueda de consensos

ganización Internacional de Trabajo 87 y

tripartitos, que mejoren de forma integral

98 sobre Libertad Sindical, protección del

las condiciones de los y las trabajadoras,

derecho de sindicación y la negociación

así como el desarrollo de actividades que

colectiva, respectivamente, los cuales

propicien: la generación de trabajo de-

establecen que la libertad de asociación

cente con condiciones y salario dignos y

sindical y la negociación colectiva, son

crecimiento económico, sostenido, inclu-

inequívocamente medios susceptibles

sivo y sostenible”.

de mejorar las condiciones de trabajo y Organización Internacional del Tra-

de garantizar la paz social. Lo anterior

5.2

tiene relación directa al contenido de la

bajo (OIT)

Declaración Universal de los Derechos

(GRISALIS, 2002, pág. 57) “Es un

Humanos en su artículo 23, la cual resal-

organismo especializado de las Naciones

ta: “Toda persona tiene derecho a fundar

Unidas, que procura fomentar la justicia

sindicatos y a sindicarse para la defensa

social y los derechos humanos y labora-

de sus intereses”.

les internacionalmente reconocidos. Fue

(Trabajo, 2019, pág. 47) “por lo

creada en 1919, y es el único resultado

que el Ministerio de Trabajo y Previsión

importante que aún perdura a la Socie-

Social, considera firmemente la nego-

dad de Naciones; en 1946, se convirtió en

ciación colectiva como un Derecho Fun-

el primer organismo especializado de las

damental Laboral, para la búsqueda de

Naciones Unidas”.

acuerdos entre trabajadores y empleadores, los cuales tienen como objetivo es-


15

5.3 Comité

de libertad sindical

(LÓPEZ LARRAVE, El derecho de huelga en Centroamérica., 1978, pág. 123) “El Comité de Libertad Sindical (CLS), se creó por decisión del Consejo de Administración el año 1951. En sus comienzos sólo se le pedía que efectuara un examen preliminar de las quejas y deFuente: www.cic-libi.com

terminara si tenían suficiente fundamento para justificar su traslado a la Comisión

(GRISALIS, 2002, pág. 54) “La OIT

de Investigación y Conciliación. Sin em-

formula normas internacionales del traba-

bargo, en la práctica, su cometido iba a

jo, que revisten la forma de convenios y

tomar un cariz muy distinto; como era difí-

de recomendaciones, por las que se fijan

cil someter los casos a dicha Comisión, el

unas condiciones mínimas en materia

Comité se transformó pronto en el órgano

de derechos laborales fundamentales:

que examina los casos a fondo y somete

libertad sindical, derecho de sindicación,

sus conclusiones y recomendaciones al

derecho de negociación, así como otras

Consejo de Administración”.

normas, por las que se regulan condiciones que abarcan todo el espectro de cuestiones relacionadas con el trabajo. Presta asistencia técnica, principalmente en los siguientes campos: formación y rehabilitación profesionales; política de empleo, administración del trabajo; legis-

5.4 Objeto (LÓPEZ LARRAVE, El derecho de huelga en Centroamérica., 1978, pág. 123) “El mandato del Comité consiste en conocer, tramitar y resolver si las situacio-

lación del trabajo y relaciones laborales;

nes concretas planteadas como

condiciones de trabajo; desarrollo geren-

alegato en la Queja se ajustan

cial; cooperativas; seguridad social; esta-

o no a los principios de la Liber-

dísticas laborales y seguridad y salud en

tad Sindical derivados de las NIT

el trabajo”.

para, en su caso, formular conclusiones y recomendaciones que permitan restablecer y garantizar el ejercicio de los derechos sindicales”.


16

VI ANALISIS DE LA PROBLEMÁTICA Y COMPARACION DE LA LIBERTAD SINDICAL AL ENTORNO INTERNACIONAL


17

6.1

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

La situación en que se encuentran los trabajadores guatemaltecos es lamentable si se considera que existe desestimulo para integrarse a sindicatos, derivado de una serie de circunstancias o factores internos en la organización y externos en la vida nacional, que provocan la desconfianza y falta de interés en conformarlos, sin embargo, se reconoce que son indispensables para la preservación y mejora de las condiciones laborales de los trabajadores dentro de un centro de trabajo determinado y la existencia de un marco normativo bastante sólido que puede motivar a que se incrementen este tipo de organizaciones, pero que sin embargo, para el caso de Guatemala y como se estableció lo mismo sucede a nivel internacional, la mala practica empleada por dirigentes sindicales en forma individual ha conllevado a ese descontento generalizado, pero que también, otro factor importante es el hecho de que los gobiernos han sido liberales o neoliberales y han propiciado fácilmente políticas de desgaste para este tipo de organizaciones. Los conflictos jurídicos y sociales que se generan dentro del seno de las relaciones de trabajo, se generan fundamentalmente por los puntos de vista o los enfoques desde la perspectiva de su realidad que ostentan los dos grupos que intervienen en las relaciones laborales, como son los trabajadores y los patronos. Las limitaciones a través de la ley, como el caso del Decreto número 71-86 del Congreso de la República de Guatemala, regula la Ley de Sindicalización y Huelga de los Trabajadores del Estado. Tiene como objeto regular el derecho de los trabajadores a la libre sindicalización y huelga, en armonía con lo que establece la Constitución Política de la República de Guatemala. Entre otros factores se encuentra el de orden político que limitan la conformación de organizaciones sindicales más sólidas y precisamente, este factor incide de mayor forma en el tema jurídico legal, por cuanto, se considera que las normas de trabajo son mínimas y superables a través de otras formas de negociación, pero el problema consiste entonces, en que el Estado como los demás entes intervinientes en la política nacional, convengan en respetar esos derechos laborales.


18 6.2

SOLUCIONES

El Estado de Guatemala en materia

estudio de las razones por las cuales las

laboral, tiene la obligación de intervenir a

organizaciones sindicales han perdido cre-

través de las normas e instituciones para

dibilidad y comparar lo que sucede con las

resolver dichos conflictos. Como bien lo

disposiciones que se regulan en el Código

establece el licenciado Luis Fernández Mo-

de Trabajo, frente a la realidad guatemalte-

lina: “Más allá de la pugna entre el capital

ca y en el ámbito internacional, y con ello,

y el trabajo, de los intereses encontrados

sensibilizarse en el sentido de que está

de patronos y trabajadores, el elemento

bien que los trabajadores y trabajadoras no

nutriente de esta rama jurídica es su vo-

tienen opciones de organización más que

cación conciliadora. No se trata de atacar

a través de los sindicatos o bien asociacio-

a los empleadores ni de limitar a los traba-

nes solidaristas, con el objeto de que se

jadores. Pero así como el derecho general

regule esta situación.

debe buscar la armonía dentro del contex-

En relación a la poca información

to de una sociedad, el derecho de traba-

que se manifiesta en los Empleados Pú-

jo está llamado a cumplir una misión muy

blicos sobre el Derecho de libre Sindica-

importante y delicada, como lo es lograr la

lización, el Ministerio de Trabajo y Previ-

sincronización de las partes de la produc-

sión Social debe de implementar políticas

ción, a efecto de beneficiar a la sociedad

educativas mediante mecanismos idóneos

en su conjunto”.

para una formación inédita de los trabaja-

Los legisladores y las comisiones correspondientes deben realizar estudios

dores públicos, para con ello concientizarlos de la importancia de este Derecho.

para determinar las causas y consecuen-

Es necesario que Guatemala de

cias de lo que sucede en el caso de la LI-

cumplimiento a los compromisos regula-

BERTAD SINDICAL en Guatemala, y de-

dos en los convenios internacionales de

terminar que podrían producirse a favor

trabajo, que fomenten y fortalezcan la or-

de los trabajadores y trabajadoras nuevas

ganización de los y las trabajadoras, y se

formas de organización como sucede en el

respete la Libertad Sindical pues el dete-

caso de la autogestión para regularlo en el

rioro en la credibilidad que han sufrido las

Código de Trabajo.

organizaciones sindicales y políticas que

El Estado, a través de las autorida-

apoyan a la libertad de sindicación se debe

des respectivas como el Ministerio de Tra-

tanto a factores internos nacionales como

bajo y Previsión Social, deben realizar un

externos internacionales.


19

6.3

CONCLUSIONES

A lo largo de la historia la Libertad Sindical ha presentado diversas etapas evolutivas a nivel internacional y nacional debido a que los trabajadores a nivel mundial han enfrentado una lucha constante por la defensa de sus interese económicos, sociales y culturales para lograr una mejoría y reconocimiento de las condiciones laborales, de manera tal que estas sean las adecuadas y necesarias En conclusión, la libertad sindical es el derecho de los trabajadores y empleadores a constituir y afiliarse libremente a organizaciones sindicales, y el de estas y de aquellos a desarrollar actividades sindicales en defensa y promoción de sus derechos e intereses. Debido a las diversas circunstancias de corrupción, atropello de derechos y abuso a la integridad de los seres humanos, que enfrentaron los trabajadores pertenecientes a los movimientos de Libertad Sindical, que permitieron la creación, el desarrollo y el reconocimiento del derecho de libre sindicalización, surgió la necesidad de que existiera una regulación jurídica tanto a nivel internacional como nacional, para garantizar la tutela de derechos fundamentales para los trabajadores, y la existencia de un organismo Existe un marco normativo internacional que amerita su revisión en el caso de las formas de organización de los trabajadores, considerando que se trata de derechos colectivos de trabajo que fortalecen las instituciones que lo conforman, pero en el caso de Guatemala, los trabajadores se encuentran ante esa limitante por desconocerlos.


20 VII BIBLIOGRAFÍA BÁMACA, V. (2007). Historia, denominación, definición y naturaleza del derecho de trabajo. Guatemala : folleto. CASTILLO Y CASTILLO, C. H. (1974). La libertad sindical, derecho de clase. Guatemela : Imprenta. Constitucionalidad, C. d. (2013). Interpretación de la Corte de Constitucionalidad. Guatemala . Franco López, C. L. (2005). Derecho sustantivo colectivo del trabajo. Guatemala : Editorial Fénix. FRANCO LÓPEZ, C. L. (2005). III congreso nacional de derecho de trabajo y la. Guatemala : Ciudad Universitaria . GRISALIS, J. A. (2002). Derecho del trabajo y de la seguridad social. paises Centro Americanos: Editorial Depalma. Institute, W. B. (2009). Hallazgos de la situacion de inseguridad en Guatemala,. Guatemala : Fundación para el desarrollo en Guatemala . LÓPEZ LARRAVE, M. (1987). El derecho de huelga en Centroamérica. Guatemala : Colección Pueblo LÓPEZ LARRAVE, M. (2003). Introducción al estudio procesal del trabajo. Guatemala : Editorial. LÓPEZ LARRAVE, M. (2005). Breve historia del movimiento sindical guatemalteco. Guatemela : Editorial Estudiantil Fénix. Trabajo, M. d. (2019). Libertad Sindical en Guatemala . Guatemala : gubernamental . Legislación: Constitución Política de la República de Guatemala. Asamblea Nacional Constituyente, 1986. Declaración Universal de los Derechos Humanos. Promulgada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, 1948. Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales. Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos. Convenio número 87 de la Organización Internacional del Trabajo. Convenio número 98 de la Organización Internacional del Trabajo. Código de Trabajo. (Decreto 1441 del Congreso de la Republica de Guatemala) Ley


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