Boletin 002 - ALP

Page 1


La Adquisición de datos comienza con su instrumentación conectores contemporáneos Lemo®

cumplimiento de calidad medica

caja compuesta personalizado

La ventaja del Paragón Sistema de adquisición de datos Alta resolución de 24 bits. Latón niquelado médicamente aprobado conectores Lemo. Tecnología Push-Pull Lemo enclavamiento para una conexión segura. USB de Alta-Retención requiere 5 libras de fuerza para desconectarse. Tecnología de EDA comprobada que funciona cuando usted lo necesita.

Visite nuestra biblioteca de vídeos para aprender más www.youtube.com/limestonetechinc La solución Plata es todo lo que necesita Protegida en una maleta para instrumento Pelican. Sistema de Adquisición de Datos: DataPac_USB de 8 canales o Paragón de 9 canales Licencia de Software Polígrafo Profesional Suite 2 Transductores Neumáticos de respiración dos en oro de 24K, 1 juego de 1 cable EDA, 1 juego de electrodos enchapados conectores terminales, 1 paquete de 100 unidades nidades de Ag/AgCl electrodos con gel 1 banda de presión sanguínea ajustable, 1 banda de dedo, tubería cardio y esfigmomanómetro Riester 1 sensor de movimiento CM StingRay SE piezo ezo electrónico Algoritmos incluidos para calificación OSS y Magnitud de Respuesta Relativa (RRM) Instrumento psicométrico de preempleo incluido uido HARM Manual de usuario impreso y empastado Maleta para instrumento Pelican 1450 Soporte técnico de por vida 3 años de garantía total

Soluciones con un todo incluido para el examinador profesional Solución Plata Polígrafo Profesional Suite

Mejor instrumento, mejores resultados, mejor precio!

Descuentos disponibles. Contáctenos hoy va. para una cotización competitiva.

www.limestonetech.com

613.634.2594 sales@limestonetech.com


JUNTA DIRECTIVA: Presidente fundador: Sídney Wise Arias Presidente: Carlos Barba Daza Vicepresidente: Edwin Núñez del Prado Maldonado Secretario: Nadhiely Martínez Villafranco Tesorero: Janeth Rodríguez Rincón Director Ejecutivo: My Manuel Novoa Bermúdez R

Director Internacional: Felipe Malagon Bolaños Director Acreditación académica: Aníbal Torreblanca García Secretaria Ejecutiva: Jeimy Infante Rey Editor: My Manuel Novoa Bermúdez R

Diseño: Juan Fernando Martínez



6

Editorial Actividades de la Asociación

8

17 El uso del polígrafo y los derechos humanos 27 Escuelas de poligrafía certificadas por la ALP

27

Boletín informativo 002 - 2014

Nuevos miembros

Asociación Latinoamericana de Poligrafistas ALP

CONTENIDO

5


Editorial

EDITORIAL Estimados Colegas; Volvemos una vez más con un segundo número del Boletín Informativo de la Asociación Latinoamericana de Poligrafistas, este boletín tiene por objeto hacer de vitrina para que todas aquellas personas que deseen colaborar con artículos relacionados a nuestra profesión. No interesa la escuela ni país de donde provenga, todo poligrafísta es bienvenido a participar y colaborar con nuestra asociación. Este mes de marzo pasado la Asociación Latinoamericana de Poligrafístas organizó el Seminario de Actualización en Poligrafía en El Salvador, el mismo que contó con una nutrida participación de colegas poligrafístas; y el próximo mes de mayo estaremos desarrollando el Primer Seminario Internacional de Psicofisiología Forense Poligrafía en Colombia, evento al cual todos ustedes están cordialmente invitados.

No quería dejar pasar la oportunidad que me da este espacio sin hacer un llamado a la tolerancia que debe existir entre todos los seres humanos, muchas veces nos encontraremos con personas que piensan de forma diferente, no pretendamos que todo el mundo vea a través del mismo cristal, ni mucho menos tratemos de compartir nuestras divergencias con apasionamientos. Esta es nuestra asociación cuyo objetivo es unir y mantenernos unidos, y al que está alejado pues acerquémoslo más no tratemos de distanciarlo más. Quiero terminar agradeciendo a todos aquellos colegas que de una u otra forma vienen colaborando con sus ideas y gestiones para que la próxima Reunión Anual se realice de la mejor forma. Fraternalmente;

Carlos Barba Daza Presidente ALP 2013-2014

6



Actividades de la Asociación

SECCION DE ACTIVIDADES DE LA ASOCIACION Destacamos a continuación las principales actividades de la Asociación Latinoamericana de poligrafistas en el primer trimestre del año 2014

XVIICONFERENCIA VIRTUAL ENERO En cumplimiento del programa de capacitación y actualización para nuestros afiliados se desarrolló el día 18 de Enero de 2014 la conferencia virtual “Retos y desafíos para la poligrafía en América Latina” dictada por el Mayor Manuel Novoa Bermúdez, Director ejecutivo de la ALP, instructor certificado en poligrafía, perito en poligrafía y miembro del comité de la APA para tratar las recomendaciones de la Academia Nacional de ciencias de los Estados Unidos-NAS- frente al fortalecimiento de las ciencias y disciplinas forenses. Participaron en esta conferencia un total de 79 poligrafistas en diferentes países de América Latina. Durante esta conferencia el ponente hizo un breve análisis desde la historia de la poligrafía y su incursión en el contexto Latinoamericano, resaltando los errores del pasado, analizando las dificultades actuales en cuanto a la credibilidad de la poligrafía por parte de la comunidad científica y visualizando el curso de acción que podemos seguir a la luz de las 13 recomendaciones que hizo la academia nacional de ciencias de Estados Unidos en su reporte del año 2009.

En la foto se observa al conferencista My (r) Manuel Novoa Bermúdez impartiendo el conocimiento actualizado sobre la técnica DLST.

8

CURSO DE ACTUALIZACION EN LA TECNICA DIRECT LIE SCREENING TEST-DLSTEn la ciudad de Guatemala y en apoyo a la Asociación de poligrafistas de Guatemala la ALP dicto durante los días 15 y 22 de febrero un curso de actualización sobre la aplicación validada de la técnica DLST.


Asociación Latinoamericana de Poligrafistas ALP

Durante el curso se profundizo sobre los criterios de administración, evaluación y diagnóstico de la técnica DLST y sus aplicaciones como técnica para exámenes de exploración.

Boletín informativo 002 - 2014

Grupo de asistentes a este curso de actualización donde sobresalió la camaradería y el colegaje de los poligrafistas Guatemaltecos.

9


Actividades de la Asociación

XVIICONFERENCIA VIRTUAL FEBRERO El día xx de febrero se realizó la conferencia virtual del mes titulada “Decisiones médicas para poligrafía” con la asistencia de 80 poligrafistas de diferentes países de América Latina, en la cual el Dr. Mario Santamaría, Doctor en medicina y docente especializado de la catedra de fisiología relacionada con la poligrafía, presento un resumen de los diferentes y más comunes aspectos que se pueden presentar desde el punto de vista fisiológico en las examinaciones poligráficas para determinar la aptitud del examinado para continuar con una examinación poligráfica. En la foto se observa al conferencista y los asistentes a este importante seminario en la conferencia sobre principios validados para la poligrafía, tomando como base la compilación y actualización desarrollado por el Dr. Don Krapohl.

10

SEMINARIO DE ACTUALIZACION EN POLIGRAFIA EN SAN SALVADOR-SALVADOR En la ciudad de San Salvador- Salvador, del 3 al 7 de marzo de 2014, se realizó el seminario de actualización en poligrafía dictado por el My. Manuel Novoa Bermúdez, director ejecutivo de la Asociación, con la asistencia de 32 poligrafistas del Salvador, Guatemala y Honduras. Se desarrollaron como temas durante las conferencias aspectos dev actualidad para los poligrafistas de acuerdo a los estándares de práctica de la APA y de la ALP, tales como: principios validados para la poligrafía, Técnicas validadas de poligrafía, sistemas de evaluación de gráficas para las técnicas validadas, técnicas de formulación de preguntas para las técnicas validadas de poligrafía y principios del control de calidad en poligrafía.


Asociación Latinoamericana de Poligrafistas ALP

En la fotografía se observa al grupo de asistentes al seminario el día de la clausura en la cual cada uno de los asistentes recibió un certificado de asistencia que será válido como requisito de educación continuada ante la ALP.

Boletín informativo 002 - 2014

En la fotografía se observa a algunos de los asistentes al seminario en una de las sesiones del seminario.

11


Actividades de la Asociación

REUNION JUNTA DIRECTIVA ALP EN LIMA El día 14 de Marzo, en la ciudad de LimaPerú, se reunió en asamblea extraordinaria la junta directiva de la ALP para tratar asuntos urgentes de la asociación con la asistencia de los siguientes miembros de junta directiva: Carlos Daniel Barba Daza, presidente ALP y en representación de Juan Carlos Echeverri Garcés, miembro del comité de admisiones ALP. Edwin Núñez del Prado, vicepresidente ALP y en representación de Hilda Rivera Ruiz, miembro del comité de ética de la ALP. Manuel Novoa Bermúdez, Director ejecutivo ALP y en representación de Janeth Rodríguez Rincón, tesorera de la ALP. Sídney Wise Arias, presidente del comité presidencial ALP y en representación de Nadhiely Martínez Franco, secretaria de la ALP. Aníbal Torreblanca García, Director de acreditación académica de la ALP y en representación de Felipe Malagon Bolaños, director internacional de la ALP. Hernando De la Vega, miembro del comité de ética de la ALP El orden del día desarrollado fue el siguiente: 1. Verificacion del Quorum 2. Aprobacion del orden del dia 3. Nombramiento de presidente y secretario de la reunión 4. Informe sobre los avances del seminario anual en Cancún 12

5. 6. 7.

Informe sobre los avances para el desarrollo del reglamento interno y manual de procedimientos de la ALP Revisión de los resultados de las investigaciones en curso por parte del comité de ética Temas varios

CONFERENCIA VIRTUAL MES DE MARZO El día sábado 29 de Marzo se realizó la conferencia virtual del mes con la participación del Psicólogo, poligrafista Juan Carlos Rivera Pérez, quien diserto sobre “Fundamentos de la ética y la moral para el poligrafista”, con la asistencia de 66 poligrafistas de diferentes países de América Latina. Dejando en los asistentes la concientización de que todos los que de una u otra manera estamos involucrados en la poligrafía debemos comprender que para que el balance entre el arte y la ciencia funcione, se requiere de personas con altos principios morales y condiciones éticas a toda prueba.

SEMINARIO DE POLIGRAFIA EN LIMA-PERU Por solicitud de la Asociación Peruana de poligrafistas y evaluadores forenses de la credibilidad-APPEFC-se realizó el día 15 de Marzo en la ciudad de Lima-Perú un seminario de actualización sobre los principios validados para la poligrafía actualizados al año 2014, con la participación del Dr. Sídney Wise Arias y el Mayor ® Manuel Novoa Bermúdez como conferencistas. Un total de 40 poligrafistas Peruanos se dieron cita a este importante seminario, que finalizó con una deliciosa cilindrada como almuerzo de integración y camaradería.


Asociación Latinoamericana de Poligrafistas ALP

En la fotografía se observa al Dr. Sídney Wise Arias, presidente fundador de la ALP, instructor primario certificado con más de 35 años de experiencia en poligrafía presentando una disertación introductoria al tema de la buenas prácticas en la poligrafía y la importancia de estas actividades de integración académica. El Dr. Wise Arias, presento igualmente un reconocimiento al esfuerzo que hace la Asociación Latinoamericana de poligrafía, para llevar estas actividades de educación continuada a través de las Asociaciones capitulares como la APPEFC que se ha caracterizado desde su fundación por su preocupación e interés en la actualización de sus poligrafistas asociados.

Boletín informativo 002 - 2014

En la fotografía se observa a la Lic. Felicia Peña Vinces, vicepresidente de la APPEFC y al Mayor de Policía José Antonio Falcón Ore haciendo la apertura de este importante seminario.

13


Actividades de la Asociación En la fotografía se observa al MY (r) Manuel Novoa Bermúdez, conferencista de este seminario presentando su conferencia sobre los principios validados para la poligrafía de acuerdo a la actualización del año 2014 presentada y publicada por el Dr. Don Krapohl.

14

Finalizado el seminario, los asistentes departieron de una deliciosa Cilindrada Peruana, destacándose la camaradería, colegaje y lazos de amistad entre los poligrafistas Peruanos.




Rosario León-Dell

INTRODUCCIÓN

El estudio que hoy se presenta, es una recopilación de bibliografía que tiene por objeto rebatir esos argumentos que en la práctica se nos puede presentar en contra del uso de la

Se inicia este estudio con una recopilación de la técnica aplicada antes, durante y posterior a la prueba polígrafa, seguidamente hacemos una recopilación de las definiciones, antecedentes, generaciones y por último se listan los derechos humanos y garantías constitucionales de mayor importancia para la exposición de este tema, a fin de hacer una comparación y sustentar nuestra posición. Aplicación de la técnica poligráfica, porque el uso del polígrafo no lesiona los Derechos Humanos del examinado. El examen de polígrafo es realizado con la autorización del individuo examinado (verbal o escrito). La prueba poligráfica es firmada e identificada por el sujeto que se examinó y por el examinador.

Boletín informativo 002 - 2014

En la práctica procesal guatemalteca, cuando en determinado caso los abogados y criminalistas necesitan utilizar el polígrafo como una técnica criminalística en la obtención de la verdad, se encuentran muchos alegatos en contra de la realización de la prueba poligráfica, regularmente se critica su uso dentro de los procesos penales porque se alega que es una técnica violatoria de los derechos humanos del sindicado o imputado de los cuales goza y los que están inmersos dentro de las garantías constitucionales.

prueba poligráfica por tratarse en concepto de los neófitos “... de una forma violatoria de los derechos humanos del imputado o acusado...”

Asociación Latinoamericana de Poligrafistas ALP

EL USO DEL POLÍGRAFO Y LOS DERECHOS HUMANOS

Es realizado en presencia del abogado defensor y del propio juzgador de ser necesario. Puede ser suspendido en cualquier momento a solicitud del examinado. La técnica utilizada en el examen es previamente explicada en detalle al sujeto que se examinará. Con 24 horas de antelación se le informa al sujeto que se examinará, que será sometido a una prueba poligráfica. El examen de polígrafo puede ser repetido por otro experto a solicitud del juez. 17


El uso del polígrafo y los derechos humanos

Existe jurisprudencia Existe aceptación judicial. Existen resultados judiciales positivos. Los resultados de la prueba poligráfica pueden ser apreciados por el juzgador y las partes dentro del proceso. La diligencia de la prueba puede ser filmada o registrada de la forma que se considere pertinente. La libertad probatoria permite el uso del polígrafo, siempre y cuando las partes y sobre todo el imputado previamente lo consientan. El uso del polígrafo es permitido tanto para el imputado como para los testigos.

I. DEFINICIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Los políticos, abogados, filósofos, educadores y sociólogos tienden a conceptuar y a definir lo que debe entenderse por Derechos Humanos en función de las concepciones filosóficas que sustentes, de ahí que las definiciones que sobre esta categoría se han dado, estén determinadas por factores ideológicos, filosóficos o políticos, sin excluir por supuesto, los límites institucionales o gubernamentales percibidos o impuestos. El vasto y dinámico campo de los derechos humanos, crea el problema de dar una definición completa de esta categoría, ya que este campo se incluyen todos aquellos como el derecho a la vida, la libertad, la seguridad; la prohibición de la esclavitud, la tortura, la privación ilícita de la libertad, el destierro; el derecho a garantías procesales; la libertad de culto, pensamiento, reunión, locomoción; derechos inherentes a la familia, etc. 18

También contiene derechos políticos como el de elegir y ser electo, participar en la vida política del Estado. Además incluye una larga lista de derechos económicos, sociales y culturales que en conjunto constituyen derechos y libertades fundamentales del ser humano, es decir, atributos indispensables inherentes a la Persona Jurídica, además de los que los civilistas le atribuyen a la Persona Jurídica Individual. Se cita al autor Norberto Bobbio, quien en su texto “Presente y Porvenir de los Derechos Humanos”, señala que: “El problema que se nos presenta, en efecto, no es filosófico, sino jurídico y en sentido más amplio, político. No se trata de saber cuáles y cuántos son esos derechos, cuál es su naturaleza y su fundamento, sin son derechos naturales e históricos, absolutos o relativos, sino cual es el modo más seguro para garantizarlos, para impedir que, a pesar de las declaraciones solemnes, sean continuamente violados”.


Se entiende por derechos humanos los derechos básicos que el individuo necesita para poder desarrollarse plenamente. “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”, es un principio universal declarado en el artículo primero de los derechos humanos y repetidos en todas las constituciones del mundo libre.

El tema de los derechos humanos y su elevación a la categoría de normas jurídicas, históricamente está determinado por las luchas que a través de la historia de la humanidad se han dado en el seno de la sociedad, para que se respete la dignidad del ser humano y se le reconozca igualdad de derechos, ya que aún hoy en día la mayor parte de la población del mundo no disfruta de ellos a plenitud. El atropello a la dignidad del hombre, la desigualdad jurídica, económica, social y la lucha de éste para superar esa situación, data desde la antigüedad. En el Esclavismo, se promulgan leyes como el código de Eshuz, Hammurabi, los textos mosaicos de Deuteronomio, El Corán y otras leyes del Derecho Musulmán, griego, romano, chino, indú, etc., que niegan a determinados sujetos todo atributo legal y es más, se les considera como simples cosas y en otros casos, se establece una monstruosa desigualdad de derechos. Esta situación de injusticia y dominación, generó conflictos sociales que constituyeron las fuentes reales que forzaron la promulgación de normas jurídicas más atenuadas contenidas en leyes, tal es el caso del Derecho Pretoriano que incluyó la institución del “Habeas Corpus”. A la atenuación de la primitiva situación del esclavo, contribuyeron las doctrinas contrarias a la esclavitud de Epíteto, Séneca, Cicerón y Marco Aurelio, en contra posición de la defensa del esclavismo que sostuvieron Platón y Aristóteles.

Boletín informativo 002 - 2014

Frente al proceso de la definición de los Derechos Humanos que ha sido objeto de grandes debates, la Conferencia general de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia u la Cultura “UNESCO”, reunida en París, Francia del 17 de octubre al 23 de noviembre de 1974, en su 18ª reunión, recomendó que para los efectos de la enseñanza de los Derechos Humanos, estos deben definirse así: “Los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales son los definidos en la carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los Pactos Internacionales de Derechos Económicos. Sociales y Culturales y de Derechos Civiles y Políticos”.

II. ANTECEDENTES HISTÓRICOS Asociación Latinoamericana de Poligrafistas ALP

Pedro Pablo Camargo, sostiene que los Derechos Humanos son: “Las facultades propias que todo ente humano tiene por el derecho de ser”. Por su parte José Soder, los define como “Los derechos subjetivos” inherentes a la persona humana pero entendido que ella tiene personalidad”. Nacen junto con la persona humana y lo acompañan en toda la trayectoria de la existencia del hombre. Por eso son llamados derechos del hombre en género singular y no derechos de los hombres o derechos de ciertos grupos humanos.

También debemos anotar que el Cristianismo en su infancia se identificó con las luchas de los esclavos y en consecuencia dio un impulso tal, que inclusive coadyuvó a trastornar las estructuras esclavistas del Imperio Romano. 19


El uso del polígrafo y los derechos humanos

En el Feudalismo, la estructura jurídica romana queda eliminada, y en consecuencia prevalece la fuerza y la tierra obtenida como botín de guerra, pasa a constituir el instrumento de poder. Las luchas por la liberación de la esclavitud si bien se ganan, se empantanan en la servidumbre, ignorancia y alineación en todas las instancias. “Casi todas las conquistas de los hombre se pierden en esta Edad Oscura. La libertad de la persona con respecto al derecho, no tienen ninguna importancia en ella. El señor Feudal era al mismo tiempo propietario de la tierra, dueño de la vida, de la personalidad, de la honra y de la suerte de los hombres que habían nacido en su feudo; respecto de los hombres no nacidos en él, la situación fue no menos grave: de la vinculación inmediata del señor feudal con cuanto existe en sus dominios que fue vasallaje y sumisión por un lado y propiedad y dominio por el otro, procedió el derecho de albinagio, tan lleno de gravámenes e injusticias, y cuyas expresiones más frecuentes fueron el jus de tractus, el chabaje, el derecho de formariage y la mañeria. Mucho tiempo después, siempre en el feudalismo la lucha entre feudales y monarcas, se decide a partir de estos últimos, lo que trae como consecuencia la concesión de ciertas libertades por privilegio a determinados sectores, en virtud de que las presiones sociales que favorecen a los habitantes de las villas y ciudades que van adquiriendo cierta independencia económica, tal es el caso de los Cánones de los Concilios V, VI y VII promulgados en los años 636, 638 y 653. En Inglaterra se promulga en el año 1215, la Carta Magna, que contiene determinadas garantías individuales para los súbditos de la corona inglesa lo cual se logró con base en luchas sociales.

20

III. LAS GENERACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS a. Primera Generación de Derechos Humanos El ocaso del feudalismo y el nacimiento del capitalismo, engendró todo un movimiento transformador que genera el surgimiento de los derechos más coincidentes con lo que hoy conocemos como Derechos Humanos y Libertades Fundamentales en Inglaterra de la Ley de Habeas Corpus en 1679 y el Bill of Rishts o Carta de Derechos del Hombre de Estados Unidos y Francia. Otro reconocimiento de los Derechos Humanos lo encontramos en la Declaración de Derechos conocida también como Declaración de Virginia, firmada el 12 de Junio de 1886 en la colonia del mismo nombre y que ahora forma parte de los Estados Unidos de América. Esta declaración que se añade a la Declaración de Independencia de los Estados Unidos, establece entre otras cosas, el derecho a la vida, a la libertad, etc. Luego estos principios fueron incluidos en la constitución de los Estados Unidos, promulgada el 17 de Septiembre de 1787. El reconocimiento más completo del siglo pasado lo tenemos en la “Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano”, aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente de Francia, el 26 de Agosto de 1789 y sancionada por el Rey Luis XVI el 5 de octubre del mismo año, la cual fue producto de la Revolución Francesa, que terminó de echar por tierra las estructuras del mundo feudal. En ellas se proclaman el derecho a la vida, la libertad, la propiedad, la seguridad, la igualdad ante la Ley, las garantías procesales, la resistencia a la opresión; la libertad de culto, conciencia y religión; el derecho


Este periodo, denominado la Primera Generación de los Derechos Humanos, abarca según nuestro criterio, desde la promulgación de la Ley de Habeas Corpus en Inglaterra en el año de 1679 hasta 1917 y tiene como característica esencial referirse a los Derechos Humanos “Individuales”, elevados a la categoría de normas constitucionales. “Tres características se señalan a estos derechos: En primer lugar imponen un deber de abstención a los Estados. El Estado se limita a respetarlos y a garantizar esos derechos. Los titulares de esos derechos serán en el caso de los civiles, el ser humano en general, y en los políticos el ciudadano en ejercicio. La regulación de estos derechos políticos está determinada por los derechos nacionales. Como tercera característica se señala que los derechos civiles y políticos son reclamables salvo en circunstancias de emergencia, en todo momento y lugar están sujetos a variación de factores sociales o políticos.

Boletín informativo 002 - 2014

En nuestra América, la lucha por la independencia de las colonias, es un movimiento promovido esencialmente por la aristocracia colonial para asumir el control y gobierno de estas tierras y en el que la gran masa de población no jugó ningún papel dirigente, salvo su cuota de sangre en los casos en que la independencia se obtuvo por la fuerza. Esa influencia permite, no obstante la lucha entre liberales y conservadores, introducir aunque formalmente en sus respectivas constituciones a lo largo del siglo XIX y XX, unos capítulos sobre derechos humanos individuales. No obstante lo anterior, es de

reconocer que la inclusión de los Derechos Humanos a nivel de garantías individuales, constituyen un avance en el desarrollo histórico de la materia.

Asociación Latinoamericana de Poligrafistas ALP

a intervenir en la elaboración de leyes y el derecho a tener acceso a cargos públicos entre otros. Esta declaración precedió a la Constitución Francesa de 1793, en la cual se incluyeron los Derechos del Hombre y del Ciudadano, contenidos en la declaración de la revolución.

b. Segunda Generación de Derechos Humanos La Encíclica “Rerum Novarum”, en la que el Papa expresa su angustia ante lo que llama “la miseria inmerecida de los trabajadores”. Surgen así, al amparo de nuevas ideologías, las ideas de los derechos económicos y sociales, por medio de los cuales, se pretende dar eficacia real a los derechos de salud, trabajo, educación y uso racional de la propiedad. Las constituciones que primero consagran estos derechos son la mexicana de 1917, de la Unión Soviética en ese mismo año y la de Weimar Alemania de 1918. 21


El uso del polígrafo y los derechos humanos

Como vemos, esta segunda generación de derechos humanos, se caracterizan por ser derechos económicos y sociales que trascienden la esfera individual de la persona para abarcar los derechos colectivos, el Estado se obliga a proveer los medios materiales para la realización de servicios públicos en beneficio de los sujetos y no sólo a uno. En esta generación de Derechos encontramos la libertad de trabajo y su protección, la seguridad social, el límite a las jornadas de trabajo, vacaciones, retribución justa, salario mínimo, organización sindical, la protección a la infancia, a la mujer, el derecho a la cultura, etc. Estos derechos económicos y sociales que son característicos de la segunda generación de los Derechos Humanos, son incorporados a partir de 1917, en las constituciones de la gran mayoría de los Estados. c. Derechos Humanos de segunda generación dependientes La doctrina reconoce la existencia de los derechos humanos de la segunda generación dependientes, ya que el desarrollo de los programas económicos, sociales y culturales dependen de las posibilidades económicas de cada Estado. d. Tercera Generación de Derechos Humanos Esta generación de Derechos Humanos, está en gestación, por cuanto aún no está codificada. Nosotros consideramos que esta generación de Derechos en algunos casos, trascienden el ámbito territorial en el cual el Estado ejerce su soberanía incursionando en áreas que hasta hace poco tiempo no eran susceptibles de ser objeto del Derecho, como por ejemplo el derecho al medio ambiente y el patrimonio común de la humanidad. Esta generación de Derechos Humanos

22

comprende además, el derecho al desarrollo, a la comunicación, a la libre determinación de los pueblos, etc., en consecuencia, estos derechos pueden ser reclamados al Estado, éste también puede reclamarlos y en determinados casos la misma humanidad; de allí que algunos autores afirman que tanto el individuo como la humanidad se encaminan hacia el reconocimiento como sujetos del Derecho Internacional. Debe quedar en claro, que cuando hablamos de generaciones de Derechos Humanos, nos referimos a un desarrollo cualitativo y no a una exclusión de unos por otros, porque todos están íntimamente relacionados, ya que la realización de unos no puede concebirse sin la existencia y respeto de los otros.

IV. LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS El 10 de Diciembre de 1984, la Asamblea general de la ONU, aprobó sin ningún voto en contra, pero con varias abstenciones, la Declaración de Teherán, más de ciento veinte Estados, proclamaron unánimemente la obligación jurídica de respetar sus disposiciones. Esta declaración está compuesta de 30 artículos que comprenden derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales fundamentales, entre los cuales podemos mencionar los siguientes: Igualdad en dignidad y derechos; derecho a la vida, la libertad y seguridad; prohibición a ser sometido a esclavitud y servidumbre, torturas y penas inhumanas: derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica de la persona, igualdad ante la ley, derecho al amparo; derecho a no ser detenido o desterrado arbitrariamente; derecho a ser oído en juicio; la


Boletín informativo 002 - 2014

Se transcriben literalmente los siguientes artículos por considerar que son los más relevantes para esta exposición:

Artículo 7. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta declaración y contra toda la provocación a tal discriminación. Artículo 8. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra estos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución por la ley. Artículo 10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de la plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal. Artículo11. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

Asociación Latinoamericana de Poligrafistas ALP

presunción de inocencia, el derecho a no ser juzgado por actos u omisiones no tipificadas como delitos; derecho a la privacidad, a la libre locomoción; derecho de asilo, a tener una nacionalidad; derecho a casarse y fundar una familia; el derecho a la propiedad; libertad de pensamiento, conciencia y de religión; libertad de opinión y de expresión; derecho a participar en la vida política del Estado y por ende elegir y ser electo; derecho a la seguridad social, al trabajo, a la igualdad de salario, al derecho de sindicalizarse, a descanso y vacaciones; derecho a una condición de vida decorosa, protección a la maternidad y la infancia; derecho a la educación y al desarrollo de la persona humana; protección a sus intereses morales y materiales; derecho a que se establezca un orden social coincidente con la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

23


El uso del polígrafo y los derechos humanos

V. Derechos Humanos, Derechos Individuales La Constitución Política de la República de Guatemala contempla los Derechos Humanos, Individuales siguientes: Artículo 3º. Derecho a la vida. Artículo 4º. Libertad e igualdad. Artículo 5º. Libertad de acción. Artículo 7º. Notificación de la causa de detención. Artículo 8º. Derechos del detenido. Artículo 9º. Interrogatorio a detenidos o presos. Artículo 10º. Centro de detención legal. Artículo 11º. Detención por faltas o infracciones. Artículo 12º. Derecho de defensa. Artículo 14º. Presunción de inocencia y publicidad del proceso. Artículo 15º. Irretroactividad de la ley. Artículo 16º. Declaración contra sí y parientes. Artículo 17º. No hay delito ni pena sin ley anterior. Artículo 18º. Pena de muerte. Artículo 19º. Sistema penitenciario. Artículo 20º. Menores de edad. Artículo 21º. Sanciones o funcionarios o empleado públicos. Artículo 22º. Antecedentes penales y policiales. Artículo 23º. Inviolabilidad de la vivienda. Artículo 24º. Inviolabilidad de la correspondencia. Artículo 25º. Registro de personas y vehículos.

24

Artículo 26º. Libertad de locomoción. Artículo 27º. Derecho de asilo. Artículo 28º. Derecho de petición. Artículo 29º. Libre acceso a tribunales y dependencias del Estado. Artículo 30º. Publicidad de los actos administrativos. Artículo 31º. Acceso a archivos y registros estatales. Artículo 32º. Objeto de citaciones. Artículo 34º. Derecho de asociación. Artículo 35º. Libertad de emisión. Artículo 36º. Libertad de religión. Artículo 37º. Personalidad jurídica de las iglesias. Artículo 38º. Tenencia y portación de armas. Artículo 39º. Propiedad privada. Artículo 40º. Expropiación. Artículo 41º. Protección al derecho de la propiedad. Artículo 42º. Derecho de autor o inventor. Artículo 43º. Libertad de industria, comercio y trabajo. Artículo 44º. Derechos inherentes a la persona humana. Artículo 45º. Acción contra infractores y legitimidad de resistencia. Artículo 46º. Preeminencia del Derecho Internacional.


VI. Las Garantías Constitucionales

Las garantías reales y operantes frente al poder público, son las que ubican al hombre como sujeto fundamental del derecho, el cual antes de ser castigado se deben agotar todas las instancias que permitan la exacta determinación de la imputación otorgándosele

la posibilidad de descargo, de ser oído y los medios para oponerse a la acusación, sustentando en la racionalidad de los medios que conjugan el proceso y la determinación de la verdad formal fundada en la objetividad. Las garantías son procedimientos e instituciones de seguridad, creadas para favorecer a las partes involucradas en el proceso penal, a fin de hacer efectivos los derechos subjetivos y respetando el proceso.

A continuación se describen brevemente estas garantías Acceso a la justicia Presunción de inocencia Derivaciones In dubio pro reo. Declaración libre Derechos humanos El juez operador constitucional Non bis in idem Cosa juzgada Continuidad del proceso Legalidad y desjudicialización Justicia en plazos razonables Derecho de defensa La defensa material Defensa técnica Necesidad de la presencia del imputado.

Boletín informativo 002 - 2014

No hay pena sin ley Juicio previo Fines del proceso Independencia e imparcialidad judicial Exclusividad jurisdiccional Juez natural Indisponibilidad Independencia del Ministerio Público Acción Penal Promoción de la Investigación Obediencia Censuras, coacciones y recomendaciones. Prevalencia de criterio jurisdiccional Motivación

Asociación Latinoamericana de Poligrafistas ALP

Las garantías constitucionales que dirigen y guían el proceso penal determinan el marco ideológico y político en el cual se inserta el procedimiento penal guatemalteco.

El uso de la prueba poligráfica dentro de los procesos penales para ser eficiente y efectiva, debe en primer lugar no estar prohibida por la ley y seguidamente se debe ajustar a la más rigurosa aplicación de la técnica.

25



La asociación Latinoamericana de poligrafistas ALP, presenta un cordial saludo de bienvenida a los siguientes nuevos miembros: Dublas Ulises Contreras Rodas Ana María Gómez Jorge Mardo Jeréz Izpaché Iris Dalia Lezena Castillo Carlos Roberto Maldonado Vásquez Miriam Vanesa Martínez Marroquín Magdalena Pineda Morales

Boletín informativo 002 - 2014

Yesika Waleska Santiago Martínez

Asociación Latinoamericana de Poligrafistas ALP

NUEVOS MIEMBROS DE LA ALP

ESCUELAS CERTIFICADAS

LATINAMERICAN POLYGRAPH INSTITUTE LTDA

LATINAMERICAN INSTITUTE FOR CREDIBILITY ASSESSMENT LICA/PERU

INSTITUTO LATINOAMERICANO DE POLIGRAFIA MEXICO - ILPM

CRA 26 No. 93-70 BARRIO LA CASTELLANA academica@latinpolygraph.com PBX: 57-1-2369622 TELS: (571) 4829421-2571913 FAX: (571) 7537558 www.latinamericanpolygraph.com Bogotá –Colombia

Calle Los Petirrojos No.438 Urb. Corpac. San Isidro, Lima 27 – Perú directorgenerallica@gmail.com TELS: (511) 2268450 Ext. 108 Lima- Perú

Génova 33-503, Col. Juárez Delegación Cuauhtémoc Correo: poligrafia@ilpm.com.mx Teléfono: 55-52087823 México, D.F

27


What software will consistently give you charts looking like this?

What software will constantly give you charts looking like this?

The Stoelting

Advantage!

The Stoelting Advantage! We are often asked the same question: “why do we do, what we do?” Theare answer simple, your signals will never better interpretations of your charts will never be easier. We oftenisasked the same question: “whylook do we do,and what we do?”

Some of the highlights of the CPSpro are: The answer is simple, your signals will never look better and interpretations of your charts will never be • No Re-Centering! No lost data! You will be able to pay more attention to the easier. examinee and allow the state-of-the-art software take control of the channels • Skin Conductance or Skin Resistance. Our competitors record one or the other; with us, it’s you choice! • 24-bit analog-to-digital conversion circuitry • Ability to record up to 13 channels • Medical grade LEMO and Luer inputs and connectors • Cardiograph supports up to 215 mm Hg. • The only company that offers Skin Potential, Voice Events, Electronic Pneumos, and EDA with Laboratory-Style Finger Contoured Ag-AgCl Electrodes

We can truly stand by the notion that we have the most advanced polygraph system available with an intuitive, user friendly design.

Stop by our booth at a Polygraph Seminar near you!

For more information visit us at www.StoeltingCo.com




Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.