Cartilla Violencia Basada en Género

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COPPAS COMITÉS PARROQUIALES DE PASTORAL SOCIAL



SECRETARIADO NACIONAL DE PASTORAL SOCIAL Monseñor Héctor Fabio Henao Gaviria Director Sección Vida, Justicia y Paz Rosa Inés Floriano Carrera Coordinadora Componente "Género y construcción de paz" Claudia Mercedes Herrera Gómez Especialista Elaboración de la Herramienta Pedagógica Juan Pablo Villota Villarreal Diagramación: Jimmy Leonardo Tello Molano DIÓCESIS DE PASTO Monseñor Julio Enrique Prado Bolaños Obispo de Pasto P. Germán Roser Arce Vicario para la Pastoral James Morales Subdirector de Pastoral Social Pasto Alexandra Patricia Jurado Pantoja Encargada del Proyecto sobre la Ley 1257 en la Diócesis de Pasto Equipo COPPAS María Elena Arteaga Ramos Coordinadora Regional de Coppas Thomas Jung Coordinador Coppas de la Diócesis Mónica Silva Animadora Coppas

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PRESENTACIÓN

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a presente cartilla surge del interés que tiene la Iglesia Católica colombiana por trabajar en la defensa y promoción de la dignidad humana, especialmente en las comunidades y grupos poblacionales que han sufrido mayor discriminación e injusticias por parte de la sociedad, entre los cuales se destacan las mujeres. Este interés lo comparte la Iglesia con diferentes organismos nacionales e internacionales y, para ello, ha realizado una alianza estratégica a través del Secretariado Nacional de Pastoral Social y la Diócesis de Pasto con el Programa Integral de Violencias de Género de Naciones Unidas, por medio del Fondo de Población de Naciones Unidas UNFPA-. En las últimas décadas se ha destacado el papel de la mujer en la construcción de iglesia y de sociedad, lo cual ha sido, sin lugar a dudas, fruto de un gran esfuerzo de muchas mujeres y de varias décadas de luchas por parte de ellas y de todo un movimiento nacional en contra de las diversas manifestaciones de violencia que sufren. La Iglesia diocesana de Pasto, apoyada en la Palabra de Dios, en su doctrina y de acuerdo con su Plan Diocesano de Renovación y Evangelización, se preocupa por respetar y reconocer la dignidad de todos los seres humanos y para ello está comprometida en prevenir todas las manifestaciones de violencia y de discriminación que sufren las mujeres en pleno siglo XXI. Como miembros del Pueblo de Dios, debemos recordar que los derechos de la mujer son los Derechos Humanos y por lo tanto su aplicación es universal en lo que se refiere a principios de igualdad, seguridad, libertad, integridad y dignidad para todos los seres humanos. Es necesario hacer efectiva la plena participación de la mujer, en igualdad de condiciones que el hombre, en la vida política, social y cultural del país, y así construir una sociedad incluyente, tolerante, en proceso siempre de reconciliación y convivencia pacífica. La última reunión de los obispos de América Latina y el Caribe, en Aparecida Brasil, en 2007, así lo expresa: “Es necesario en América Latina y El Caribe superar una mentalidad machista que ignora la novedad del cristianismo, donde se reconoce y proclama la “igual dignidad y responsabilidad de la mujer respecto al hombre” (Documento de Aparecida, No. 453).”

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La violencia es el uso abusivo del poder y, lastimosamente, se ve reflejado en la mayoría de nuestras comunidades, barrios, sectores, en donde las mujeres, los niños y las niñas casi siempre se encuentran en condiciones de inferioridad con respecto a quien posee el poder de hacer y de tomar decisiones, lo que les hace más vulnerables a ser víctimas de muchas formas de violencia. Es por eso, que presentamos a todas y todos nuestros agentes de pastoral y, de manera especial, a aquellos hombres y mujeres que luchan por construir una sociedad más justa y más humana, este instrumento de prevención y sensibilización de todas las formas de violencia y discriminación contra las mujeres para que, al estudiarlo y aplicarlo en situaciones reales, pueda contribuir, por una parte, a erradicar este fenómeno que “clama justicia” y, por otra, a dignificar a las mujeres promoviendo posibilidades para un desarrollo integral para ellas y sus familias. Colocamos en manos de María, Madre Nuestra, este trabajo que iniciamos en la Diócesis de Pasto.

P. GERMÁN ROSERO ARCE Vicaría para la Pastoral Diócesis de Pasto

PASTORAL SOCIAL PASTO Equipo COPPAS (Comités Parroquiales de Pastoral Social)

CONTENIDO PRESENTACIÓN HECHOS DE LA REALIDAD ILUMINACIÓN PASTORAL Iluminación Bíblica Iluminación a partir de documentos de la Iglesia ANTECEDENTES LEGALES

CONTRA LAS MUJERES DERECHOS DE LAS MUJERES LEY 1257 DE 2008 RUTA DE ATENCIÓN INSTRUCCIONES DEL JUEGO

DEFINICIONES DE VIOLENCIAS

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1. HECHOS DE LA REALIDAD La violencia contra Está fomentada por la desigualdad la mujer no diferencia de oportunidades, de derechos y de raza, status, nivel educativo, religión, ni edad y participación que hay entre hombres y mujeres, la inexistencia de leyes es un problema que recorre adecuadas y los esfuerzos todos los rincones del mundo. insuficientes del Estado para Está vinculada con el poder, el garantizar la seguridad y el acceso privilegio y el control a una vida digna de las mujeres en ejercido por parte de los todos los espacios donde se hombres hacia las desempeñe y viva, pero mujeres. principalmente en la casa.

Gran parte de este tipo de violencias es producto de una cultura patriarcal (machismo) como la que se vive en Colombia y en nuestra región nariñense. Los modelos culturales y sociológicos generados por las costumbres tradicionales y la estructura social le dan aún a la mujer espacios inequitativos de disfrute y goce de los DDHH como mujeres y esto se ve manifestado en los altos índices de violencia causada en contra de innumerables mujeres.

Recuerda que... La violencia hacia las mujeres es denominada violencia en el género o violencia por razones de género y se refiere a la que éstas sufren por el hecho de ser mujeres, como una ex p r e s i ó n d e l a s r e l a c i o n e s desiguales de poder entre hombres y mujeres. Este tipo de violencia puede darse en el ámbito de la familia, en el lugar de trabajo, en la escuela, en la comunidad, en la calle, en las instituciones Y en todos los ámbitos sociales, políticos, económicos, culturales y religiosos, y tanto en la vida privada como pública.

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La cultura es una barrera presente que obstaculiza la atención, la comunicación de la situación que se está padeciendo así como también la aplicación adecuada de las leyes. Precisemos algunos términos:


MUCHAS PERSONAS PIENSAN QUE... <A las mujeres se las debe maltratar

porque les gusta. <Un “golpecito” es muestra de cariño. <Si no me “pega” no me quiere. <La que “muestra” es por que algo

quiere. <Es normal que los hombres sean infieles pero las mujeres deben “estar en casa”. <Por “cantaletosas” se buscan que sus maridos las golpeen. <Sólo a las mujeres pobres y sin educación las maltrata su esposo o compañero. <El hombre dentro de su casa tiene derecho sobre su mujer y “que nadie se meta”. <El marido “pone la plata” así que ella calladita y a obedecer se ha dicho porque de lo contrario “no le da más para el mercado”.

Culturalmente hemos desarrollado el concepto de que la violencia hacia las mujeres depende de determinadas conductas femeninas, como: “ no portarse bien”, “provocar al hombre”, y, es así, que en “nombre del amor”, son maltratadas, ignoradas e incluso asesinadas millares de mujeres en nuestro país al igual que son víctimas directas del conflicto armado interno.

Es por ello que es necesario conocer más acerca de esta realidad y comprometernos todos y todas con los cambios que son necesarios para erradicar estas formas de discriminación y de violencia. Dolorosamente y durante mucho tiempo la violencia en el hogar se ha ubicado en el espacio de lo privado, de lo íntimo, por lo cual ha sido socialmente aceptada en nuestra región; vivimos una cultura que ubica a las mujeres como objetos naturales de violencia y a los hombres como normal y necesariamente agresivos.

La violencia se aprende y “...surge asociada a condiciones psicológicas, sociales y principalmente culturales que pueden ser modificadas”.

Recuerda que...

“La violencia contra la mujer es una forma de discriminación que impide gravemente que goce de derechos y libertades en pie de igualdad con el hombre.” CEDAW., Recomendación General No. 19 (1992)

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2. ILUMINACIÓN DOCTRINAL Desde la mirada cristianoY por ello la Iglesia a través de católica, la violencia de las Sagradas Escrituras y de género debe ser diversos documentos erradicada a través del (Magisterio*) se ha pronunciado a reconocimiento de la igual favor de resaltar y rescatar la dignidad de todas las dignidad de la mujer y del hombre personas, hombres y como parte fundamental de la mujeres. obra del Creador. 2.1. ILUMINACIÓN BÍBLICA

FA causa de su dignidad personal, el ser humano, hombre y mujer, es siempre un valor en si mismo y por si mismo y como tal, exige ser considerado y tratado. FPor lo cual la mujer jamás puede ser tratada y considerada como un objeto utilizable, un instrumento, una cosa. FAnalicemos algunos textos bíblicos que nos ayudan a entender el valor que debe tener toda mujer dentro de la sociedad y qué debemos fomentar desde el Evangelio:

Génesis

“Creación de la especie humana”.

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IGUALDAD

Es uno de los textos básicos de la Biblia. Así está fundamentado, de una vez para siempre, desde los comienzos de la experiencia bíblica que no hay diferencia de dignidad entre hombre y mujer. Esta experiencia tiene profundas consecuencias para la relación entre los dos y el mutuo trato, ya que reconocer la dignidad humana es la base de los Derechos Humanos.

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Lee los textos bíblicos, analizalos y actúa

“Y creó Dios al hombre a su imagen. A imagen de Dios lo creó. Varón y mujer los creó.”


Marcos

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“Curación de una mujer y resurrección de la hija de Jairo”. DIGNIDAD

21-34

Jesús se encuentra en este texto, sin tener en cuenta a la gran cantidad de gente y a sus discípulos, con Jairo y con “una mujer”. Según el testimonio bíblico, el hombre tiene nombre y cara: Jairo,- es importante oficial de la sinagoga- y tiene un motivo claro, urgente y altruista -su hija está agonizando-. En cambio, la mujer se queda sin nombre, actúa a escondidas, no tiene ninguna importancia, es mujer y está enferma y con esto, en la religión judía, impura y pecadora. La desigualdad no puede ser mayor. Jesús reconoce la igualdad entre los dos, la dignidad, el valor, la confianza y la fe de la mujer, hace que ella se descubra y aparezca del anonimato. De esta forma, la resalta y le devuelve su dignidad. Jesús toma una opción por la mujer, la saca de su exclusión y le da la misma importancia que a Jairo (el cual posteriormente también verá curada y viva a su hija).

La sociedad y religión de la época de Jesús le daban toda la dignidad a Jairo y la mujer aparecía totalmente indigna. Jesús asume una actitud extremadamente provocante, cambiando los papeles entre este hombre y esta mujer.

“Resurrección del hijo de la viuda de Naín”. VIDA

No hay derecho para la muerte de mujeres en vida. ¡Las mujeres tienen dignidad la misma de los hombres: en época de Jesús y hoy en día!

Lucas

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12-15

Jesús tiene un encuentro con una mujer. Por ser viuda, su exclusión de la sociedad está agravada. El único hijo, única posibilidad de futuro, de protección y de sobrevivencia física y moral, había muerto una mujer sin perspectiva, sin atención, desesperada, como muerta. Algo normal.

En cambio, para Jesús no es normal: se detiene, la mira y se acerca. Incluso, está tan “atrevido” que en público le dirige la palabra, algo que rompía las leyes de la época: “no llores”. Jesús no es indiferente, se compadece, toma contacto, toca la camilla y ofrece su mano. Entra en contacto, se fija en la mujer y da ejemplo a los demás que caminan con él. Con esto, la muerte ya no tiene más poder: el hijo muerto se sienta, lo que significa que la muerte de la mujer se acaba. Jesús devuelve la vida, el futuro y la dignidad de mujer: se levanta ella. ¡JUÉGATELA POR LA DIGNIDAD!

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“El encuentro con la mujer pecadora”.

Juan

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VIDA

1-11

Jesús está en medio de un conflicto fuerte, y esto en el lugar más importante del judaísmo que es el Templo: por un lado, la mujer adúltera, y por el otro, los hombres que son maestros de la Ley y fariseos. Por un lado, una mujer, indefensa, pecadora, tildada por la Ley y los hombres, y por el otro, hombres con la fama de justos; se creen superiores a los demás, sobre todo, a las mujeres. Llama la atención que no aparece en escena el hombre que igualmente había cometido adulterio: ¡que injusticia frente a la mujer! Jesús una vez más se encarga de tomar en serio a los humanos y su igualdad. Pone en claro la condición pecadora de todos los seres humanos, sin distinción, tanto de mujeres como de hombres. Después de un pequeño diálogo, se sienten desenmascarados los hombres, razón por la cual se retiran (los más viejos primero). Los hombres por ser hombres no son “mejores” ante Dios.

Jesús tampoco aprueba el error cometido por la mujer: “vete y en adelante no vuelvas a pecar.” Ella tampoco es un humano mejor que el hombre. Jesús le da su lugar. Por su misma dignidad, por ser los dos imagen y semejanza de Dios, son iguales.

2.2. ILUMINACIÓN A PARTIR DE DOCUMENTOS DE LA IGLESIA

La Iglesia Siempre ha recordado, en diversos documentos y cartas, que en todo el mensaje de Cristo está la afirmación de la dignidad de cada persona, hombre y mujer.

Veamos a continuación algunos de estos documentos:

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V Conferencia General del Episcopado Latinoamericano y del Caribe CELAM “Aparecida 2007” (Nros. 451 - 458) En este documento, los obispos destacan la igual dignidad que existe entre hombres y mujeres, y que nos invita a superar el machismo tan arraigado en nuestra sociedad:

“La antropología cristiana resalta la igual dignidad entre varón y mujer, en razón de ser creados a imagen y semejanza de Dios. El misterio de la Trinidad nos invita a vivir una comunidad de iguales en la diferencia. En una época de marcado machismo, la práctica de Jesús fue decisiva para significar la dignidad de la mujer y su valor indiscutible...” (No. 451). “Es necesario... superar una mentalidad machista que ignora la novedad del cristianismo, donde se reconoce y proclama la “igual dignidad y responsabilidad de la mujer respecto al hombre” ( No. 453). De igual manera se manifiesta el deber de acompañar a las mujeres que luchan por reivindicar sus derechos:

“Proponemos... Acompañar a asociaciones femeninas que luchan por superar situaciones difíciles, de vulnerabilidad o de exclusión.” (No. 458). Carta a los Obispos de la Iglesia Católica Sobre la colaboración del hombre y la mujer en la Iglesia y en el mundo (2004) Es un deber reconocer y ampliar la participación activa, necesaria e indispensable de la mujer tanto en la construcción de la familia, célula básica, como en la sociedad misma, a través del trabajo y la toma de decisiones, entre otras responsabilidades:

“Implica, ante todo, que las mujeres estén activamente presentes, incluso con firmeza, en la familia... pues es particularmente en ella donde se plasma el rostro de un pueblo y sus miembros adquieren las enseñanzas fundamentales. (…) que las mujeres estén presentes en el mundo del trabajo y de la organización social, y que tengan acceso a puestos de responsabilidad que les ofrezcan la posibilidad de inspirar las políticas de las naciones y de promover soluciones innovadoras para los problemas económicos y sociales.” (No. 13c)

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Carta de Juan Pablo II a las mujeres (1995) El Santo Padre insiste en la defensa de los derechos de las mujeres:

“La Iglesia quiere ofrecer también su contribución en defensa de la dignidad, papel y derechos de las mujeres… también hablando directamente al corazón y a la mente de todas las mujeres… .” (No. 1). En el reconocimiento de su papel protagónico en la construcción de la humanidad y la exclusión de la que han sido víctimas:

“Es la hora de mirar con la valentía de la memoria, y reconociendo sinceramente las responsabilidades, la larga historia de la humanidad, a la que las mujeres han contribuido no menos que los hombres, y la mayor parte de las veces en condiciones bastante más adversas. (...) partiendo con desventaja, excluidas a menudo de una educación igual, expuestas a la infravaloración, al desconocimiento e incluso al despojo de su aportación intelectual.” (No. 3) Condena el abuso al que constantemente están sometidas, incluido aquel en el que se llega a comercializar con su cuerpo:

“Es hora de condenar con determinación, empleando los medios legislativos apropiados de defensa, las formas de violencia sexual que con frecuencia tienen por objeto a las mujeres. En nombre del respeto de la persona no podemos además no denunciar la difundida cultura hedonística y comercial que promueve la explotación sistemática de la sexualidad, induciendo a chicas incluso de muy joven edad a caer en los ambientes de la corrupción y hacer un uso mercenario de su cuerpo.” (No. 5) Mulieris Dignitatem Carta Apostólica “Dignidad y Vocación de la Mujer” (Juan Pablo II, 15 de agosto de 1988) Juan Pablo II insiste en la toma de conciencia que debemos tener todos acerca de la dignidad de la mujer:

“Cada hombre ha de mirar dentro de sí y ver si aquella que le ha sido confiada como hermana en la humanidad común (…) no se ha convertido para él en un “objeto” de placer, de explotación” (MD 14).

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Y en una constante lucha en contra de todas las formas de discriminación existentes y en pro de los derechos de las mujeres:

“La mujer no puede convertirse en objeto de dominio y de posesión masculina… Las mismas palabras se refieren al matrimonio, pero indirectamente conciernen también a los diversos campos de la convivencia social: aquellas situaciones en las que la mujer se encuentra en desventaja o discriminada por el hecho de ser mujer” (MD 31).

Christifideles Laici Exhortación Apostólica ``Los cristianos laicos´´ Juan Pablo II, 1988 Es deber de todos los miembros de la Iglesia reconocer y defender la dignidad de cada ser humano, hombre y mujer, y trabajar por erradicar cualquier forma de discriminación existente:

“La dignidad personal constituye el fundamento de la igualdad de todos los seres humanos entre sí. De aquí que sean absolutamente inaceptables las más variadas formas de discriminación que, por desgracia, continúan dividiendo y humillando la familia humana (...) Toda discriminación constituye una injusticia completamente intolerable...”. (CL 37)

Recuerda que... F La Iglesia nos invita a reconocer como fundamentos de la convivencia en paz: la verdad, que implica reconocer la igual dignidad de todas las personas y pueblos y la justicia, que conlleva el reconocimiento de los derechos y deberes en clave de reciprocidad de otros, acorde con el mensaje de Cristo. F Puedes leer otros pasajes bíblicos que te pueden apoyar, tales como: Mateo 19, 3-8; Juan 4, 39-42; 19, 25; Lucas 24, 1-12 entre otros. F De igual forma profundizar en la lectura de los documentos completos que te hemos presentado y leer otros como Gaudium et Spes y Pacem in Terris que hablan sobre el tema.

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3. ANTECEDENTES LEGALES Con el fin de sensibilizar, prevenir y erradicar todas las formas de discriminación y de violencia contra las mujeres y de garantizar los Derechos de los que también gozan, a través de los últimos años se han desarrollado instrumentos, documentos y mecanismos que procuran cumplir con este objetivo. 3.1. SISTEMA INTERNACIONAL

Queremos dar a conocer algunos de estos documentos que han sido consagrados por el Sistema de Naciones Unidas y el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y que procuran que, en cada Estado que forma parte de estos sistemas, se cumplan sus observaciones y recomendaciones.

Recuerda que...

Colombia hace parte del Sistema de Naciones Unidas y del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, por lo tanto como Estado parte está obligado a velar por el cumplimiento de lo que está escrito en estos documentos.

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FConvención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer -CEDAW- (Entrada en vigor para Colombia: 19 de febrero de 1982, en virtud de la Ley 51 de 1981.) FConvención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer “Convención de Belém do Pará”, 1994. (Entrada en vigor para Colombia: 15 de diciembre de 1996, en virtud de la Ley 248 de 1995.) FConvención sobre los derechos políticos de la mujer, 1952. (Entrada en vigor para Colombia: 5 de noviembre de 1986, en virtud de la Ley 35 de 1986.) FDeclaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer (1993). FDeclaración de la UNESCO sobre la contribución de las mujeres a una cultura de paz (1995). Es importante que conozcamos estos instrumentos ya que gracias a ellos es que hoy podemos reclamar y proteger los derechos de las víctimas de la violencia contra las mujeres y luchar por que el mensaje de Cristo y ratificado por la Iglesia se cumpla realmente.


3.2.SISTEMA LEGAL COLOMBIANO

Colombia, atendiendo a las recomendaciones del Sistema Internacional, ha construido un amplio marco legal para la protección de las mujeres frente a todas las formas de violencia. El avance más importante a nivel legislativo que se ha dado hasta el momento frente al problema de la Violencia contra las Mujeres es la expedición de la ley 1257 de diciembre de 2008.

Entre las leyes más importantes encontramos las siguientes, las cuales es importante leerlas, analizarlas, darlas a conocer y exigir su cumplimiento ya que la LEY por sí sola no cambia las conductas ni corrige las agresiones

FDECRETO

164, 25 ENERO DE 2010: Por el cual se crea una Comisión Intersectorial denominada "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres" FLEY 1257 DEL 4 DE DICIEMBRE DE 2008: Por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones FLEY 1009 de 2006: Por la cual se crea con carácter permanente el observatorio de asuntos de género. FLEY 823 DE 2003: Por la cual se dictan normas sobre igualdad de oportunidades para las mujeres. FLEY 294 de 1996: Por la cual se desarrolla el artículo 42 de la Constitución Política y se dictan normas para prevenir, remediar y sancionar la violencia intrafamiliar.

Ten en cuenta que...

El Gobierno Nacional creó la CONSEJERÍA PRESIDENCIAL PARA LA EQUIDAD DE LA MUJER con el objetivo de Adelantar acciones a favor de la equidad de género que contribuyan de manera significativa y determinante a cerrar las brechas sociales, construir ciudades amables y forjar una cultura para la convivencia basada en la equidad la igualdad y la solidaridad promoviendo para ello: Acciones afirmativas Política Social con Igualdad de Oportunidades Transversalidad de género

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4. DEFINICIONES DE VIOLENCIAS CONTRA LA MUJER Luego de leer los anteriores capítulos, es importante que tengamos claro algunos conceptos que hacen referencia a la temática que estamos trabajando. Por ejemplo, ¿qué se entiende por DISCRIMINACIÓN contra la mujer?

El artículo 1 de la “Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer” define dicha discriminación como “toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo, que tenga por objeto o como resultado menoscabar o anular el reconocimiento, el goce o el ejercicio por la mujer independientemente de su estado civil y sobre la base de la igualdad entre los sexos de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil, o en cualquier otra esfera..” Y de acuerdo a lo anterior ¿qué podemos entender por VIOLENCIA contra la mujer?

Para comprender mejor esta parte de la cartilla, vamos a tomar las definiciones que nos brinda la “Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer” y la Ley 1257 de 2008, al respecto “Toda amenaza o todo acto de violencia sea en la vida pública, sea en la vida privada motivado por la condición femenina de la víctima, que tenga o pueda tener como fin un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico, una coacción o una privación arbitraria de la libertad, constituye violencia contra la mujer. La violencia contra la mujer abarca, entre otros, los actos de violencia física, sexual y psicológica producidos en la familia, incluidos los malos tratos y el abuso sexual de las niñas en el hogar; los actos de violencia física, sexual y psicológica perpetrados dentro de la comunidad en general; los actos de violencia física, sexual y psicológica en cuya perpetración o tolerancia tenga responsabilidad el Estado.” (Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer).

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“Por violencia contra la mujer se entiende cualquier acción u omisión, que le cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial por su condición de mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, bien sea que se presente en el ámbito público o en el privado.” (Ley 1257 de 2008, Art. 2) ¿Se pueden distinguir tipos de violencia contra la mujer?

Claro que sí. La Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba en 1993 la “Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer” en la que se describen las expresiones de la violencia basada en género (VBG), que luego la ley colombiana retomará. A continuación se citan los tipos de violencia contra la mujer, según la declaración…(Válida para los países que la han adoptado) y según la Ley 1257 (válida para Colombia) las cuales incluyen: Violencia psicológica o emocional: Constituye toda acción u omisión que cause daño, dolor, perturbación emocional, alteración psicológica o disminución de la autoestima de la mujer. La violencia psicológica está presente también en los casos de violencia física y sexual. Incluye los siguientes actos: amenaza de daño, aislamiento físico y social, celos extremos y posesión, privación, intimidación, degradación y humillación; llamar a la víctima con nombres peyorativos, criticarla, insultarla, devaluarla constantemente; ignorar, minimizar o ridiculizar sus necesidades y sus logros. (Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, 1993).

“Daño psicológico: Consecuencia proveniente de la acción u omisión destinada a degradar o controlar las acciones, comportamientos, creencias y decisiones de otras personas, por medio de intimidación, manipulación, amenaza, directa o indirecta, humillación, aislamiento o cualquier otra conducta que implique un perjuicio en la salud psicológica, la autodeterminación o el desarrollo personal.” (Ley 1257 de 2008, Art. 3 a).

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Violencia física: Considerada como todo acto de fuerza que cause daño, dolor o sufrimiento físico en las personas agredidas, cualquiera que sea el medio empleado y sus consecuencias, sin considerarse el tiempo que se requiera para su recuperación. La violencia física puede incluir los siguientes maltratos: empujar, abofetear, golpear, patear; atacar con un arma; sujetar, amarrar o recluir; dejar a la víctima en un lugar peligroso; negar ayuda a la víctima estando enferma o herida. (Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, 1993).

“Daño o sufrimiento físico: Riesgo o disminución de la integridad corporal de una persona.” (Ley 1257 de 2008, Art. 3b).

“Daño o sufrimiento sexual: Consecuencias que provienen de la acción consistente en obligar a una persona a mantener contacto sexualizado, físico o verbal, o a participar en otras interacciones sexuales mediante el uso de fuerza, intimidación, coerción, chantaje, soborno, manipulación, amenaza o cualquier otro mecanismo que anule o limite la voluntad personal. Igualmente, se considerará daño o sufrimiento sexual el hecho de que la persona agresora obligue a la agredida a realizar alguno de estos actos con terceras personas.” (Ley 1257 de 2008. Art. 3c).

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Violencia sexual: Se considera todo maltrato que constituya imposición en el ejercicio de la sexualidad de una persona y que la obligue a tener relaciones u otras prácticas sexuales con el agresor o con terceros, mediante el uso de la fuerza física, intimidación, amenazas o cualquier otro medio coercitivo. La violencia sexual incluye los siguientes actos: tratar de que la víctima realice actos sexuales en contra de su voluntad; intentar tener actividad sexual con la víctima cuando no está totalmente consciente, no se le pregunta o ella siente temor a negarse; producir daño físico durante la relación sexual, o lesionar sus genitales, incluyendo el uso de objetos o armas; obligar a la víctima a tener relaciones sexuales riesgosas que conlleven a contraer Infecciones de Transmisión Sexual (ITS); criticar y utilizar palabras sexualmente degradantes para la víctima. (Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, 1993).


Violencia Económica: Es el ejercicio abusivo del poder que incluye el control y manejo, por parte del hombre, de dinero, propiedades y, en general, de los recursos de la familia. Algunas manifestaciones de este tipo de violencia son: hacer que la mujer tenga que dar todo tipo de explicaciones cada vez que necesita dinero; dar menos dinero del que se necesita en el hogar, a pesar de contar con él; inventar que no hay dinero para gastos que la mujer considera importantes; gastar el dinero sin consultar con la mujer; disponer del dinero de la mujer; que el hombre tenga a su nombre las propiedades derivadas del matrimonio; privar de vestimenta, comida, transporte o vivienda. (Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, 1993).

“Por violencia económica, se entiende cualquier acción u omisión orientada al abuso económico, el control abusivo de las finanzas, recompensas o castigos monetarios a las mujeres por razón de su condición social, económica o política. Esta forma de violencia puede consolidarse en las relaciones de pareja, familiares, en las laborales o en las económicas.” (Ley 1257 de 2008, Art. 2).

Violencia Patrimonial: Está representada por toda acción u omisión que ocasiona daño o menoscabo en los bienes muebles o inmuebles de la mujer y su patrimonio; también puede consistir en la sustracción, destrucción, desaparición, malversación, ocultamiento o retención de objetos, documentos personales, bienes, valores, recursos económicos. (Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, 1993).

“Daño patrimonial: Pérdida, transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores, derechos o económicos destinados a satisfacer las necesidades de la mujer.” (Ley 1257 de 2008. Art. 3d).

Ten en cuenta: La violencia sexual es uno de los crímenes más antiguos y conocidos. No distingue edad, clase social, religión, ocupación o apariencia física. La mujer violada no tiene apoyo físico, psicológico, ni legal, por el contrario, muchas veces es estigmatizada socialmente, incriminada en los interrogatorios policiales y judiciales y humillada en los chequeos médicos.

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5. DERECHOS DE LAS MUJERES Por lo tanto, ¿Se puede hablar de unos derechos especiales para la mujer?

No necesariamente. Ya hemos indicado que las mujeres tienen igualdad de derechos que los hombres y que estos derechos están reconocidos en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, sin embargo se aprecia que éstos por sí solos son insuficientes para dar la respuesta que se necesita a los diversos, especificos y complejos problemas sociales que debe enfrentar la mujer. Muchos de estos problemas son el resultado de las relaciones de inequidad generadas por una sociedad machista.

FSi se desea construir una sociedad realmente igualitaria es necesario que se tengan unos instrumentos especiales que consideren los niveles de vulnerabilidad en que viven las mujeres, tanto en lo público como en lo privado (hogar). FQue a su vez se reconozcan las necesidades particulares de las mujeres y que por lo tanto se llegue a garantizar de forma eficaz la eliminación de las inequidades históricas y las injusticias sociales que experimentan las mujeres por el único hecho de ser mujer.

Recuerda que... Los Derechos Humanos son el conjunto de valores éticos que componen la dignidad humana propia de todos los hombres desde que nacen, sin distingo de religión, raza, edad, sexo, condición social, pensamiento, etc; son un producto histórico y su reconocimiento ha sido gradual, más lento de lo que quisiéramos.

FLos

instrumentos que hemos visto sobre Derechos Humanos de la mujer contribuyen a romper con el sistema de jerarquías, de subordinación y discriminación entre hombres y mujeres y comprometen a nuestro país a que no solo elabore normas y leyes sino que se las respete contribuyendo a elaborar costumbres y prácticas que garanticen una real igualdad entre el hombre y la mujer.

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FEsta

En Nariño conviven innumerables mujeres con capacidad de contribuir en forma efectiva en el desarrollo de nuestro departamento que sufre el olvido del Estado y el aumento de la violencia. ¡Por algo la mujer será siempre considerada como constructora de la paz y del desarrollo!.

igualdad se alcanza si existe la capacidad y la voluntad de reconocer las diferencias entre hombre y mujer, respondiendo a las inquietudes y necesidades de la mujer, y dándole poder y participación real en espacios tales como: la política, la economía, la vida social y cultural; para que así la mujer logre plenamente contribuir en el desarrollo democrático y en la construcción de paz en nuestra Colombia y en especial en nuestra región nariñense.

O sea, ¿en últimas cuáles son los derechos de la mujer?

Son los mismos derechos del hombre y por tanto la mujer tiene derecho, en condiciones de igualdad, al goce y a la protección de todos los derechos humanos y libertades fundamentales reconocidos internacionalmente y que están en nuestra Constitución Política

Para una mejor comprensión de los Derechos Humanos se sugiere una clasificación, aunque hay que resaltar que los Derechos Humanos son universales, innatos, irrenunciables, obligatorios, inalienables, imprescriptibles, indivisibles, inviolables y progresivos:

! Derechos de primera generación o fundamentales ! Derechos de segunda generación o llamados Económicos, sociales y culturales ! Derechos de tercera generación o colectivos o derechos de los pueblos ¡JUÉGATELA POR LA DIGNIDAD!

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Colombia dentro de su Constitución Política de 1991, también contempla la protección, cumplimiento y difusión de los Derechos Humanos los cuales se encuentran distribuidos así: !Derechos Fundamentales (Artículos 11 al 41) !Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Artículos 42 al 77) !Derechos Colectivos y del Ambiente (Artículos 78 al 82)

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lo anterior se desprende que las mujeres tienen derecho a una vida libre de violencia -en el ambiente público y privado-, sin presiones de poder por parte de los hombres, a vivir sin discriminación alguna, a ser valoradas y educadas sin “modelos” sociales y culturales basados en conceptos de inferioridad y subordinación hacia el género masculino, a contribuir en el desarrollo y el bienestar de la sociedad y a participar en igualdad de condiciones que el hombre en la política, economía,cultura o cualquier otro espacio.

La violencia contra la mujer, quebranta o anula el goce de sus derechos humanos y sus libertades fundamentales entre los cuales se destacan: El derecho a la vida; El derecho a no ser sometida a torturas o a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; El derecho a protección en condiciones de igualdad en tiempo de conflicto armado interno; El derecho a la libertad y a la seguridad personal; El derecho a igualdad ante la ley; El derecho a igualdad en la familia; El derecho al más alto nivel posible de salud física y mental; El derecho a condiciones de empleo justas y favorables.

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6. LEY 1257 DE 2008 HERRAMIENTA DE PROTECCIÓN ¿Y cómo se pueden proteger los derechos de las mujeres cuando han sido vulnerados?

La legislación colombiana promulgó la ley 1257 de 2008, por medio de la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación en contra de las mujeres. Esta es una buena herramienta que ha sido construida para favorecer y proteger los derechos de las mujeres de nuestra región. ¿Y a quién pretende favorecer esta ley en concreto?

A una de cada tres mujeres colombianas que son víctimas de violencia por parte de su esposo o compañero; a innumerables mujeres que han sufrido las consecuencias del conflicto armado, tales como agresiones a su integridad física, a su salud emocional, sexual y su patrimonio. Entonces, ¿cuál pude ser el objetivo de esta ley que no esté en otras leyes que ya existen en Colombia? Su objetivo principal es adoptar normas que permitan garantizar para todas las mujeres una vida libre de violencia, el ejercicio de sus derechos, el acceso a los procedimientos administrativos y judiciales para su protección y atención, y la adopción de políticas públicas para que esto no se “quede en el papel” como decimos comúnmente. ¿Y en sí de qué trata la ley?

La ley 1257 de 2008 hace énfasis en ampliar las medidas de protección para las mujeres víctimas de violencia, consagra de igual manera el derecho que tienen las mujeres a la asistencia legal y especializada, la cual hay que indicar debe ser gratuita. Por otra parte la ley procura hacer que el Estado asuma servicios de habitación y alimentación cuando fuera necesario para las mujeres víctimas, al igual que hace énfasis en la protección de la intimidad de las mismas durante los procesos penales que se llegaren a dar. ¡JUÉGATELA POR LA DIGNIDAD!

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Esto no hay que olvidarlo: Cuando se denuncia al agresor la victima no está obligada a conciliar o asistir a confrontaciones “cara a cara” con él; se deberá proteger en todo momento la identidad, la intimidad y la integridad de la mujer y su núcleo familiar.

Algo que introduce la ley es el respeto por las decisiones que las mujeres víctimas tomen relacionadas con la conciliación. Otra cosa muy importante al respecto es que se agravan las penas en delitos como lesiones personales además que la violencia contra la mujer se tipifica como delito y al causante se lo caracteriza como delincuente. No olvidemos que: Los jueces de paz y los conciliadores no tienen competencia para imponer sanciones e investigar casos de violencia contra la mujer que estén previstas en la ley 1257 de 2008. De igual manera se reconoce el acoso sexual como delito y se reconoce lo que ya hemos leído como “violencia patrimonial”. ¿Y quién puede denunciar un caso de violencia contra la mujer?

Con el fin de avanzar en la eliminación de la violencia contra las mujeres, la denuncia podrá ser interpuesta por cualquier persona que conozca de los hechos y una vez realizada dicha denuncia se puede solicitar las medidas de protección necesarias para prevenir que estos hechos vuelvan a suceder y garantizar los derechos de la mujer y sus hijos.

Y si el agresor es mi esposo o compañero, ¿qué puedo hacer?

La ley contempla el que se pueda ordenar una medida de protección inmediata que incluye la protección de los bienes de sociedad conyugal, su vida e integridad física.

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Esta medida de protección busca poner fin a la violencia, prevenir y proteger a la mujer víctima y su grupo familiar sobre todo cuando hay altas probabilidades que las agresiones se repitan.

Dentro de las medidas de protección se destacan las siguientes: FOrdenarle al agresor (o victimario) se abstenga de reincidir en su

conducta. FOrdenarle al agresor que desaloje la casa que comparte con la

víctima y sus hijos cuando su presencia es un peligro. FEl agresor tiene la obligación de acudir a un tratamiento reeducativo

y terapéutico (curativo) en una institución ya sea pública o privada FProtección temporal para la víctima en caso de gravedad o repetición

de las agresiones. FProhibir al agresor la enajenación de los bienes de sociedad conyugal

(hipotecas, cambios, traslados).

¿Y quien brinda esas medidas de protección?

Éstas pueden ser solicitadas por la víctima o la persona que denuncia ante una Comisaría de Familia o si no existe o no está actuando ante el Juez Municipal o Promiscuo Municipal del lugar donde suceden los hechos. Lo relacionado con los bienes lo decretan los jueces civiles.

Cabe recordar que junto a las medidas de protección también existen medidas de atención, destinadas a garantizar alimentación y vivienda de la mujer y sus hijos y esto estará a cargo del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) o EPS a la cual se encuentra afiliada. Estas medidas están en proceso de reglamentación.

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7. RUTA DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS DE V.C.M. ¿Y dónde puedo denunciar un caso de violencia contra la mujer?

La denuncia puede ser realizada en el CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL A VÍCTIMAS DE ABUSO SEXUAL (CAIVAS), en las Comisarías de Familia, en las Inspecciones de Policía, en la SAU (Sala de Atención al Usuario) de la Fiscalía; si sucede en la noche o fin de semana también reciben la denuncia en la Unidad de Reacción Inmediata (URI) de la Fiscalía.* * En los municipios pequeños se cuenta con la presencia de las Comisarías y las Inspecciones de Policía

Y si he sido víctima ¿A dónde puedo acudir?

En el caso de SALUD puedes acudir a las IPS, EPS, Hospitales y Centros Médicos, aquí te atenderemos de forma adecuada, brindando atención médica (física y mental). De igual manera ordenaremos los exámenes y controles que sean necesarios. Por otra parte te debemos orientar para el acceso a la justicia, colocamos el caso en conocimiento de la Fiscalía (URI*, SAU*), Medicina Legal y/o CAIVAS* y CAVIF* para la realización de la denuncia penal y prácticas de exámenes médicos en un plazo no mayor a 72 horas. Recuerda que la atención de todas las instituciones debe ser respetuosa, ágil y completa.

Como POLICIA brindamos información sobre tus derechos, te orientamos, acompañamos y actuamos de manera inmediata para garantizar tus derechos. A su vez también debemos remitir este tipo de casos a la Fiscalía (URI, SAU), Medicina Legal, CAIVAS y/o CAVIF para lo que sea pertinente y de su competencia. *URI: Unidad de Reacción Inmediata *SAU Sala de Atención al Usuario *CAIVAS: Centro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual *CAVIF: Centro de Atención Integral a Víctimas de Violencia Intrafamiliar

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Nosotros en el ICBF (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar) te brindamos asesoría psicosocial y es nuestro deber también remitir los casos de violencia contra las mujeres a la Fiscalía, Medicina Legal, CAIVAS y/o CAVIF.

En las COMISARÍAS DE FAMILIA ofrecemos las medidas de protección, de las cuales ya hemos hecho mención, para restablecer tus derechos y de igual forma remitimos a las instituciones competentes para establecer la denuncia, los exámenes médicos y las investigaciones a que diera lugar cada caso. Como MINISTERIO PÚBLICO, el cual está conformado por la PROCURADURÍA GENERAL, la DEFENSORÍA DEL PUEBLO y las PERSONERÍAS MUNICIPALES, en todos los casos es nuestro deber orientarte y asesorarte legalmente, remitir a las comisarías de familia o fiscalía, tramitar las quejas y peticiones, abogar por una atención oportuna y velar para que recibas la atención y protección integral. En la PASTORAL SOCIAL y en cada uno de sus COPPAS (Comités Parroquiales de Pastoral Social), al igual que en otras ORGANIZACIONES SOCIALES, te ofrecemos toda la información del caso sobre tus derechos, te orientamos, acompañamos y remitimos, a ti a tus hijos, a hogares de acogida si lo requieres.

En la SAU* y/o URI* recibimos la denuncia (la URI las 24 horas del día incluidos los fines de semana) y te debemos remitir a Medicina Legal para los exámenes médicos y pruebas que sean necesarias. Además te orientamos sobre las acciones legales a seguir y si el caso lo amerita remitimos a las instituciones de salud.

Recuerda que estas instituciones y sus funcionarios lo deben hacer con el mayor respeto y sin convertir a la víctima en responsable de la violencia causada.

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FINAL: ¡JUÉGATELA POR LA DIGNIDAD! Ahora te invitamos a ti a jugártela por la dignidad de hombres y mujeres participando de la dinámica del juego “juégatela por la dignidad”. Su objetivo es aprender y reafirmar los conceptos leídos en la cartilla. Además es un buen momento para conocer otras personas, otras historias y otros ejemplos de vida. Al terminar el juego ¡pásalo!. Nuestro compromiso contribuir a sensibilizar, prevenir y erradicar todas las formas de violencia contra la mujer.

INSTRUCCIONES DEL JUEGO Este juego tiene dos modalidades: 1. 2.

Como juego de mesa (al estilo del parqués) Como juego de campo abierto (al estilo de la “yincana”)

Objetivo: El juego consiste en aprender sobre la Ley 1257 de 2008 y la Ruta de Atención, para ello cada que un participante (o equipo) avance irá recibiendo fichas premiadas las cuales se contarán al finalizar el juego y determinará que participante (o equipo) ha tenido mejor desempeño. Por lo tanto no importa llegar primero sino haber conseguido el mayor número de fichas premiadas durante el recorrido por la RUTA DE ATENCIÓN. Accesorios: F 6 Figuras de colores que representan a las instituciones involucradas en la RUTA DE ATENCIÓN a víctimas de Violencia contra la Mujer. F 30 Tarjetas con preguntas. F 6 fichas de color por cada figura (36 en total). F 60 Fichas de color blanco. Se avanza y se da el turno en el sentido de las manecillas del reloj. Las figuras se mueven de acuerdo al color que salga al lanzar el dado (No se mueve por números sino por colores). 1. JUEGO DE MESA 1. 6 Participantes individuales ó 6 equipos (se recomienda no mayor a 3 personas por equipo). 2. Cada participante o equipo escoge un color que lo represente y toma la figura y las fichas del mismo color. Los colores representan una de las instituciones que intervienen en la

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ruta de atención en casos de violencia contra la mujer. 3. Para escoger quien inicia el juego se lanza el dado y el participante (o equipo) que posea el color que haya salido en el lanzamiento comenzará. 4. Para iniciar, las figuras que representan cada participante (o equipo), se colocarán sobre el logo de la institución que les corresponde que denominaremos “BASE”. 5. Para salir de la BASE el participante debe lanzar el dado y sacar su propio color, si no es así cede el turno al participante siguiente y así sucesivamente. Cuando se haya sacado el color se ubica la ficha en la casilla de INICIO y se comienza a avanzar. 6. Para llegar a la “PLAZA DE LA DIGNIDAD, meta del juego, se ingresa a ella como en el parqués, luego de recorrer todo el tablero externo se dirige hasta el centro del juego y se termina una vez se haya sacado el color correspondiente al participante (o equipo) y se tengan las seis fichas de colores de las instituciones. 7. Cuando un participante caiga en su mismo color obtendrá una ficha blanca (o negra) por el solo hecho de hacerlo y responderá una pregunta de las tarjetas ubicadas a un lado del juego. Si contesta acertadamente obtendrá una nueva ficha de lo contrario pasará a contestar el participante (equipo) siguiente que ganará la ficha. Si ninguno contesta acertadamente todos deben volver al inicio del juego. 8. Cuando un participante (o equipo) caiga en el color contrario al ubicado en el tablero (azul verde; rojo violeta; amarillo naranja), el participante (o equipo) al que corresponda dicho color puede proponer una penitencia, hacer una pregunta libre o tomar una de las tarjetas del tablero y hacérsela al participante (o equipo) que haya lanzado el dado,; si la responde correctamente obtendrá una ficha, de lo contrario la ganará el participante (o equipo) que ha hecho la penitencia o pregunta. 9. Cuando un participante (o equipo) caiga en una de las casillas marcadas con el símbolo de las instituciones obtendrá una ficha del color de la institución y debe completar las seis fichas, si no lo ha logrado al llegar al centro del tablero debe seguir lanzando el dado, manteniendo el turno de los otros participantes, hasta completar el número de fichas faltantes que se le entregarán de acuerdo al color que salga al lanzar el dado. Las fichas de colores las entregará el participante (o equipo) propietario del color en juego. 10. Si un participante (o equipo) llega a ocupar la misma casilla que otro participante (equipo) se realiza un RETO que consiste en que el participante que ha llegado a la misma casilla le hace una pregunta o una prueba al otro participante (o equipo), quien venza le entregará al otro participante (equipo) una ficha de su propiedad. 11. Si un participante (o equipo) cae en una ficha marcada con “HOGAR DE ACOGIDA” tendrá el derecho de reclamar una ficha del color de las instituciones y avanzar hasta al punto donde se encuentre la salida de dicha institución, si le tocase retroceder puede avanzar hasta donde haya una próxima casilla marcada con “SALIDA”. 12. Si no hubiera el número de participantes completo se puede obviar una o varias de las instituciones del tablero para poder jugar. 13. En el juego por equipos se debe escoger un “REPRESENTANTE” para que responda las preguntas a nombre de todo el equipo. Las preguntas deben ser consultadas antes de responder o será anulada la respuesta y pierde la ficha en juego.

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2. JUEGO DE CAMPO 1. 6 grupos (se recomienda no mayor a 6 personas por equipo) y se juega en campo abierto. 2. Se debe contar con un coordinador de juego que hará las preguntas, penitencias, evaluará el desempeño de los equipos y entregará las fichas. En este caso no podrá hacer parte de ningún equipo. 3. Cada participante o equipo escoge un color que lo represente y toma la figura y las fichas del mismo color. Los colores representan una de las instituciones que intervienen en la ruta de atención en casos de violencia contra la mujer. 4. Para escoger quien inicia el juego se lanza el dado y el equipo que posea el color que haya salido en el lanzamiento comenzará. 5. Para iniciar, las figuras que representan cada participante (o equipo), se colocarán sobre el logo de la institución que les corresponde que denominaremos “BASE”. 6. Para salir de la BASE el participante debe lanzar el dado y sacar su propio color, si no es así cede el turno al participante siguiente y así sucesivamente. Cuando se haya sacado el color se ubica la ficha en la casilla de INICIO y se comienza a avanzar. 7. Para llegar a la “PLAZA DE LA DIGNIDAD, meta del juego, se ingresa a ella como en el parqués, luego de recorrer todo el tablero externo se dirige hasta el centro del juego y se termina una vez se haya sacado el color correspondiente al equipo y se tengan las seis fichas de colores de las instituciones. 8. Cuando un equipo caiga en su mismo color obtendrá una ficha blanca (o negra) por el solo hecho de hacerlo y responderá una pregunta de las tarjetas ubicadas a un lado del juego. Si contesta acertadamente obtendrá una nueva ficha de lo contrario pasará a contestar el equipo siguiente que ganará la ficha. Si ninguno contesta acertadamente todos deberán cumplir una penitencia que la indicará el coordinador del juego. No habrá premio pero si un equipo no cumple con la penitencia perderá una ficha. 9. Cuando un o equipo caiga en el color contrario al ubicado en el tablero (azul verde; rojo violeta; amarillo naranja), el equipo al que corresponda dicho color puede proponer una penitencia, hacer una pregunta libre o tomar una de las tarjetas del tablero y hacérsela al equipo que haya lanzado el dado; si la responde correctamente obtendrá una ficha, de lo contrario la ganará el equipo que ha hecho la penitencia o pregunta. 10. Cuando un equipo caiga en una de las casillas marcadas con el símbolo de las instituciones deberá correr hasta la estación de esa institución previamente ubicadas en el campo de juego y cumplir con una prueba que será señalada por el coordinador (es preferible tener las pruebas previamente elaboradas y marcadas en el campo las estaciones de cada institución) si logra cumplir la prueba obtendrá una ficha del color de la institución y debe completar las seis fichas, si no lo ha logrado al llegar al centro del tablero debe seguir lanzando el dado, manteniendo el turno de los otros participantes, hasta completar el número de fichas faltantes que se le entregarán de acuerdo al color que salga al lanzar el dado. Las fichas de colores las entregará el equipo propietario del color en juego. 11. Si un o equipo llega a ocupar la misma casilla que otro equipo se realiza un RETO que consiste en que el participante que ha llegado a la misma casilla le hace una pregunta o una

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prueba al otro o equipo, quien venza le entregará al otro equipo una ficha de su propiedad. 12. Si un equipo cae en una ficha marcada con “HOGAR DE ACOGIDA” tendrá el derecho de reclamar una ficha del color de las instituciones y hacer que los demás equipos cumplan con una PRUEBA, el equipo que cumpla mejor la prueba obtendrá una ficha. 13. En el juego por equipos se debe escoger un “REPRESENTANTE” para que responda las preguntas a nombre de todo el equipo. Las preguntas deben ser consultadas antes de responder o será anulada la respuesta y pierde la ficha en juego. Se pueden hacer variaciones al juego o las pruebas de acuerdo a la creatividad de quien coordine o de los participantes. Lo importante es aprender jugando y ¡pasarlo! Para que todos y todas aprendamos, nos sensibilicemos y contribuyamos a prevenir todo tipo de Violencia contra la Mujer.


ยกESTE JUEGO Pร SALO!


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