Revista Abogados Diciembre 2019-Enero 2020

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Precio al pĂşblico $35.00


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Entrega Héctor Sánchez Equipo De Cómputo A Salas Y Juzgados

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Poder Judicial Fortalece su Autonomía y Contribuye a la Consolidación del Estado de Derecho en Puebla

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Nuevos Nombramientos de Jueces de lo Familiar en el Distrito Judicial de Puebla

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Entrevista con Edgar Nava

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La Tutela Jurisdiccional de los Derechos Político Electorales de los Pueblos y Comunidades Originarios

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El Registro Marcario en México

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Derecho Animal

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CONTENIDO

Poder Judicial Pone En Funciones 23 Nuevos Juzgados Familiares

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EDITORIAL

Directorio Julio César Ramírez Y Villafaña • Director General

Julio César Ramírez Y García • Director General Operativo

Colaboradores • Mgdo. Presidente del TSJEP Héctor Sánchez Sánchez

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• Mgdo. Presidente del TEEP Jesús Gerardo Saravia Rivera • Lic. Gabriel Lara Duarte • Mtra. Elizabeth Montero Romero

Cabe destacar, que en materia de Justicia Penal, incrementó 100% el número de juezas y jueces, en virtud que, el estado pasó de tener 13 jueces a un total de 32 impartidores de justicia. En cuanto al Sistema de Ejecución Penal, se triplicaron los jueces, abatiendo el 42.3% del rezago, así mismo los juzgados se reubicaron cerca del Centro de Readaptación Social de San Miguel, y con la Fiscalía General del Estado y la Defensoría Pública se acondicionaron los espacios necesarios. Fue el primer Tribunal de Justicia de un estado en emitir una convocatoria para juezas y jueces de oralidad, en una acción afirmativa en materia de paridad de género la mitad de espacios fueron destinados a las mujeres mejor evaluadas y el resto se asignó en condiciones de igualdad. En conjunto con el Poder Judicial de la Ciudad de México fueron los únicos en participar en la creación de guías de conducción de audiencias que serán modelo nacional para eficientar el sistema penal acusatorio. Así mismo, este año el máximo Tribunal del Estado privilegió a través de concursos internos el fomento y estímulo a la carrera judicial, y transparento los concursos de oposición al contar con observadores del Consejo Ciudadano Seguridad y Justicia de Puebla, promoviendo al mismo tiempo la participación de organismos ciudadanos que se encargan de informar y orientar a la ciudadanía en temas de seguridad y justicia. Para abatir el rezago interno, y toda vez que el 70% de los asuntos recibidos, corresponde a la justicia familiar, se crearon 5 nuevos juzgados en Tehuacán, Atlixco, Huejotzingo y dos más en San Pedro Cholula, nombraron 5 nuevos jueces y 18 más como jueces supernumerarios adscritos a 58 municipios del estado.

Fátima Hernández Segura • Editora Oscar Madrid Camacho - Daniel Loaiza Ramírez - Diego Loaiza Ramírez • Circulación Lizzette Galeazzi Rodríguez - Rafael Gómez Alonso • Diseño Editorial por: Etherea Marketing & Branding

La ‘’Revista Abogados Compromiso con la Justicia’’, es una revista actual, año 3, diciembre 2019 - enero 2020, Revista Bimensual, editada y publicada por ‘’Grupo Digital Resonancia Informativa’’ Sociedad Civil, con domicilio en Calle Río Bravo 5933, colonia Jardines de San Manuel en la Ciudad de Puebla - México, código postal 72570. Tel: 22-29-18-5353. Derechos al uso exclusivo en trámite. Registro de Título ante el IMPI número 1837862 para su publicación impresa y 1837861 para su publicación digital. Licitud de contenido en trámite. Tiraje 5000 ejemplares. Precio por ejemplar $35.00 Las Opiniones expresadas por los Autores de los Artículos que contiene esta Revista, no necesariamente refleja la postura del Editor de la Publicación. Queda estrictamente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos e imágenes de la publicación sin previa autorización por escrito, del Editor.

Uno de los logros más importantes del Honorable Tribunal, fue posicionar al estado de Puebla como referente a nivel nacional, al ser el primer estado en conseguir la certificación de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) de la Secretaría de Economía federal, por implementar un sistema tecnológico que redujo de siete a tres meses la resolución de juicios orales mercantiles, con mayor rapidez, facilitando el desahogo de los procesos por parte del Tribunal Superior de Justicia, sin necesidad de que las partes involucradas acudan constantemente a los juzgados; ofreciendo certeza jurídica al sector empresarial para atraer inversión nacional y extranjera. Para la impartición de justicia con perspectiva de género y atención a las medidas de prevención del Plan de Acción para dar cumplimiento a la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra la Mujeres (AVGM) en Puebla, el Poder Judicial aprobó los lineamentos correspondientes para que a través del Instituto de Estudios Judiciales se impartieran diversas capacitaciones y cursos especializados a operadores jurídicos estatales en materia de actuación e investigación y juzgamiento de diversos delitos, que permitan dejar evidencia de su aprovechamiento e implementación. También en conjunto con el Gobierno del Estado que encabeza el Licenciado Miguel G. Barbosa Huerta impulsaron diversas medidas enmarcadas en una política gubernamental con perspectiva de género, por tratarse de un asunto que requiere mayor atención, preparación y capacitación. Aún faltan retos y objetivos por cumplir, resultando de vital importancia el compromiso y colaboración del magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado, Héctor Sánchez Sánchez, del Gobernador del Estado Miguel G. Barbosa Huerta y del Congreso del Estado para fortalecer y continuar con la mejora al Poder Judicial del Estado en beneficio de los ciudadanos, con la aprobación del presupuesto y entrega de recursos adicionales por la cantidad de 150 millones de pesos para este año 2020.

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DIRECTORIO

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• Lic. Giuse Coria

El Poder Judicial del Estado de Puebla ha reiterado a lo largo de este año, su compromiso con la impartición de justicia pronta y expedita, garante de los Derechos Humanos y perspectiva de género; para generar confianza y credibilidad en las instituciones que administran e imparten justicia ha trabajado arduamente para hacer frente a las exigencias que requiere el Estado. Al respecto el plan de trabajo que ejecuto el Honorable Tribunal del Estado para este 2019 consistió medularmente en 4 ejes que consistieron en: Fortalecer la estructura judicial; Creación, modernización y equipamiento; Capacitar y formar a los servidores de carrera judicial; Adaptación de perspectiva de género y Fomento a la transparencia y rendición de cuentas.

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PODER JUDICIAL 23 NUEVOS JUZGADOS FAMILIARES

Impulsa Modernización De Órganos Jurisdiccionales Al Poner En Funciones

Con la inauguración de estos órganos, el Presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Héctor Sánchez, aseguró que el Poder Judicial con estas acciones, impulsa la modernización y actualización de sus órganos jurisdiccionales para dar respuesta a la sociedad.

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Exhortó a los nuevos jueces a cumplir con la función que les fue conferida para abatir el rezago que existe como consecuencia del constante incremento de asuntos que se ventilan en materia Familiar y, de esta forma, facilitar a los ciudadanos el acceso a la justicia.

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Héctor Sánchez solicitó a juezas y jueces emitir las sentencias con perspectiva de género, toda vez que es fundamental para el Poder Judicial contar con las suficientes herramientas para identificar prejuicios y hacer un análisis de género en las controversias que son sometidas a su conocimiento, así como visibilizar la presencia de estereotipos discriminatorios de los grupos en situación de vulnerabilidad para garanti-

zar del acceso a la justicia efectiva e igualitaria. Estas acciones permitirán atender incluso las recomendaciones de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM). De esta manera los 5 juzgados familiares se asignan con la siguiente distribución: Dos para el Distrito Judicial de Cholula, uno para el de Tehuacán, uno para el de Atlixco y uno para el de Huejotzingo, al ser estos lugares aparte del Distrito Judicial de Puebla, donde se concentra el mayor número de asuntos familiares en el Estado. Los jueces y juezas que serán titulares de dichos Juzgados son Teresa Márquez Bermúdez y María de los Ángeles Muñoz Cortes, Hugo Solares Wences, María Belén Olivares Lobato y María Rosalba Pantoja Vázquez. Los 18 Juzgados Familiares Auxiliares que iniciaron funciones son: Gabriela Alvarado León, titular del Juzgado Primero Auxiliar de lo Familiar del Estado de Puebla; Humberto Borja Sánchez, titular del Juzgado Segundo Auxiliar de lo Familiar del Estado de Puebla; Daniel Flores Garrido, titular del Juzgado

Tercero Auxiliar de lo Familiar del Estado de Puebla; Emma Mónica Garibay Hernández, titular del Juzgado Cuarto Auxiliar de lo Familiar del Estado de Puebla; Julián González Cuevas, titular del Juzgado Quinto Auxiliar de lo Familiar del Estado de Puebla; Alberto Gutiérrez Ríos, titular del Juzgado Sexto Auxiliar de lo Familiar del Estado de Puebla; Adolfo Hernández Martínez, titular del Juzgado Séptimo Auxiliar de lo Familiar del Estado de Puebla; María del Socorro López Reyes, titular del Juzgado Octavo Auxiliar de lo Familiar del Estado de Puebla; Minerva Nikteha Mejía Pérez, titular del Juzgado Noveno Auxiliar de lo Familiar del Estado de Puebla; Antonia Inés Morales Palacios, titular del Juzgado Décimo Auxiliar de lo Familiar del Estado de Puebla; Alfonso Olmos Villalobos, titular del Juzgado Décimo Primero Auxiliar de lo Familiar del Estado de Puebla; Jaqueline Oviedo Hernández, titular del Juzgado Décimo Segundo Auxiliar de lo Familiar del Estado de Puebla; Olga Pérez Zambrano, titular del Juzgado Décimo Tercero Auxiliar de lo Familiar del Estado de Puebla; Luz María Perea Iturriaga, titular del Juzgado Décimo Cuarto Auxiliar de lo Familiar del Estado de Puebla; Juan Carlos Pérez Flores, titular del Juzgado Décimo Quinto Auxiliar de lo Familiar del Estado de Puebla; Magda Reyes Delgado, titular del Juzgado Décimo Sexto Auxiliar de lo Familiar del Estado de Puebla; Maribel Rojas López, titular del Juzgado Décimo Séptimo Auxiliar de lo Familiar del Estado de Puebla y Carlos Sánchez Hernández, titular del Juzgado Décimo Octavo Auxiliar de lo Familiar del Estado de Puebla. El PJ refrenda su compromiso de otorgar a los ciudadanos acceso a la justicia familiar en un esquema eficiente y con respeto a los derechos humanos.

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Entraron en funciones 23 nuevos juzgados que conocerán de la materia familiar, 18 de ellos serán juzgados auxiliares de órganos que actualmente se encuentran funcionando como una medida provisional, y 5 serán Juzgados de lo familiar que se desempeñarán de manera permanente.

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“Tienen en Huejotzingo a juezas que con su carrera judicial han demostrado la experiencia que poseen”

HUEJOTZINGO

“Aquí frente a las juezas quiero ratificar el compromiso del Poder Judicial con la población de hacer valer el Estado de Derecho, que se respeten los derechos de las niñas y los niños y garantizar la impartición de justicia con perspectiva de género. Tienen en Huejotzingo a juezas que con su carrera judicial han demostrado la experiencia que poseen”, enfatizó.

Poder Judicial y Ayuntamiento de Huejotzingo ponen en funcionamiento un nuevo Juzgado Familiar

Asimismo, el Magistrado Presidente del TSJ advirtió que la violencia contra la mujer no necesariamente se da en la calle, por lo que exhortó a las juzgadoras a contribuir con la protección de los derechos de las familias, de los menores y de las mujeres, juzgando con perspectiva de género, de manera pronta y expedita.

ponen en funcionamiento un

NUEVO JUZGADO FAMILIAR • Héctor Sánchez Sánchez, Presidente del TSJ refrendó el compromiso del Poder Judicial con la población de hacer valer el Estado de Derecho, respetar los derechos de las niñas y los niños y garantizar la impartición de justicia con perspectiva de género. • La alcaldesa Angélica Alvarado Juárez subrayó que la apertura de un nuevo Juzgado Familiar es un gran avance que acerca la justicia a los ciudadanos.

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Con el objetivo de impulsar la justicia de proximidad social en la entidad que beneficie a los poblanos de cada región, el presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Héctor Sánchez Sánchez y la alcaldesa de este municipio, Angélica Alvarado Juárez, pusieron en marcha el Juzgado en Materia Familiar en este Distrito Judicial.

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Héctor Sánchez agradeció a la presidenta municipal por facilitar las instalaciones para el juzgado y aseguró que el Poder Judicial ha buscado contar con más herramientas para la impartición de justicia Familiar, ya que más del 70 por ciento de la carga jurisdiccional se relaciona con esta materia.

Finalmente, agradeció a la presidenta Angélica Alvarado Juárez por su disposición para crear una sinergia mediante la cual se podrá instalar próximamente un Centro de Convivencia Familiar en el municipio, el cual será un espacio seguro y adecuado para que los menores puedan interactuar con sus progenitores en mejores condiciones. En tanto, la alcaldesa de Huejotzingo subrayó que la apertura de un nuevo Juzgado Familiar es un gran avance que acerca la justicia a los ciudadanos, sobre todo a las mujeres y destacó que esta sinergia entre el Ayuntamiento y el Poder Judicial permite recuperar el tejido social.

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Poder Judicial y Ayuntamiento de

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Inauguraciรณn Juzgado de

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San Pedro Cholula 10

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Fotos Inauguraciรณn

Juzgado de

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Atlixco

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Por último, Héctor Sánchez detalló que dotar de equipo de cómputo a las diferentes áreas de este órgano jurisdiccional permitirá agilizar los procesos administrativos y facilitar el trabajo de los servidores públicos. Al acto asistieron Margarita Gayosso Ponce, Magistrada Presidenta de la Sala Unitaria Especializada en Justicia para Adolescentes; Belinda Aguilar Díaz, Magistrada Presidenta de la Primera Sala en Materia Civil y Directora del IEJ; Jared Albino Soriano Hernández, Magistrado Presidente de la Cuarta Sala en Materia Civil; Ignacio Galván Zenteno, Presidente de la Primera Sala Civil; José Bernardo Armando Mendiolea Vega, Presidente de la Segunda Sala Civil; Elier Martínez Ayuso, Presidente de la Cuarta Sala en Materia Civil; Magistrada María Emma Peralta Juárez; Magistrado Arturo Madrid Fernández; Magistrado Jorge Benito Cruz Bermúdez; Magistrado Amador Coutiño Chavarría; Juezas, Jueces, así como Juan Carlos Morales Flores, Director de Informática del Poder Judicial.

ENTREGA

HÉCTOR SÁNCHEZ EQUIPO DE CÓMPUTO A SALAS Y JUZGADOS

Con el objetivo de continuar impulsando la modernización y actualización tecnológica en las instalaciones del Poder Judicial, así como lograr mayor eficiencia en las labores de administración de justicia, el Presidente del Consejo de la Judicatura Héctor Sánchez Sánchez entregó 125 equipos de cómputo y 117 impresoras a personal de Salas y Juzgados de la capital y del interior del estado.

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Indicó que también se entregaron 117 impresoras que serán distribuidas en Juzgados, Salas del Tribunal Superior de Justicia, el Consejo de la Judicatura y el Instituto de Estudios Judiciales (IEJ).

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Al respecto, el Magistrado Presidente señaló que con este esfuerzo se logró otorgar 7 computadoras a cada una de las 7 salas del Tribunal Superior de Justicia y 13 equipos a cada Juzgado Familiar de nueva creación en los Distritos Judiciales de Atlixco, Cholula, Huejotzingo y Tehuacán.

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PODER JUDICIAL FORTALECE SU AUTONOMÍA Y CONTRIBUYE A LA CONSOLIDACIÓN DEL

El Magistrado Presidente del TSJ, Héctor Sánchez Sánchez, rindió su Informe de Actividades 2019.

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Puebla, Pue.- El Poder Judicial de Puebla fortalece su identidad y contribuye a la consolidación del Estado de Derecho en Puebla trabajando desde el respeto y la autonomía con los Poderes Ejecutivo y Legislativo para generar bienestar social, afirmó el presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Héctor Sánchez Sánchez, al rendir su Informe de Actividades 2019, acompañado por el gobernador del estado, Miguel Barbosa Huerta, y el presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso Local, Gabriel Biestro Medinilla.

“Debo resaltar que la autonomía se ha refrendado tanto por el titular del Poder Ejecutivo como por los integrantes del Poder Legislativo. Muchas gracias, gobernador por ese compromiso democrático que ha demostrado desde el minuto número uno de su gestión y que hoy se ve reflejado”, afirmó el presidente del TSJ ante magistrados, jueces, legisladores, alcaldes, autoridades educativas y representantes de la sociedad civil. Por su parte, el gobernador Barbosa Huerta, felicitó al Magistrado Presidente por la presentación de los resultados logrados este año.

Reconoció al gobernador Miguel Barbosa Huerta el respeto a la autonomía del Poder Judicial.

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ESTADO DE DERECHO EN PUEBLA

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Agradeció a los diputados locales por el incremento presupuestal que permitió avanzar en la modernización e implementación de buenas prácticas.

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También se refirió a la construcción de una iniciativa de reforma para el Poder Judicial que, entre otras cosas, consolide la independencia de la institución y fije una previsión constitucional en materia de presupuesto, así como el empate de distritos judiciales y centros de procuración de justicia con la nueva distritación que propone su gobierno.

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El Magistrado Presidente subrayó que en los últimos dos años, el Poder Judicial se ha convertido en un referente nacional, al impulsar un proceso de modernización y aplicación de buenas prácticas que hacen más eficiente la impartición de justicia de calidad, pronta y expedita, con la visión de lograr un lenguaje accesible para todos, sentencias cortas, puntuales y comprensibles.

“Hablar de modernizar al Poder Judicial no solo es dotarlo de equipos de cómputo y tecnologías; modernizar al Poder Judicial nos obliga a evolucionar en la forma de administrar justicia y adaptar estas buenas prácticas a las reglas procesales dentro de las materias más sensibles”, indicó. Destacó que gracias a la coordinación con los demás Poderes del Estado, se logró un presupuesto histórico que permitió avanzar en la construcción de un Poder Judicial más sólido y eficiente. “La visión que tuvo en su momento el Presidente Juárez, posicionando a la justicia como la más importante de las garantías sociales, hoy se revitaliza con el impulso otorgado por las y los legisladores de esta Sexagésima Legislatura, al haber incrementado en 41 por ciento los recursos destinados a nuestra institución”

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“Un informe claro, de propósitos, logros, metas y estrategias (…) felicito al Poder Judicial encabezado por el Magistrado. Puedo garantizar el esmero con el que se desempeña en la colaboración entre Poderes que desarrollamos en los temas de seguridad pública”, refirió el mandatario.

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NUEVOS NOMBRAMIENTOS DE

JUECES DE LO FAMILIAR EN EL DISTRITO

JUDICIAL DE PUEBLA

A efecto de seguir privilegiando la carrera judicial bajo los principios de excelencia, profesionalismo, objetividad, imparcialidad, independencia y antigüedad; fueron nombrados para ocupar el cargo de Juez de lo Familiar en el Distrito Judicial de Puebla recientemente a servidores del Poder Judicial del Estado de Puebla.

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Al respecto los jueces y juezas que fueron nombrados como titulares de los Juzgados Primero, Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto y Sexto Familiar a partir de los meses de julio y septiembre del presente año son los abogados Miriam Morales Botello, Verónica Rojas Pasán, Imelda Martínez Moxca, Griselda Méndez Ibarra, José Cuauhtémoc Blázquez Guevara y Luis Armando Juárez Valencia; quienes cuentan con los estudios académicos necesarios y una amplia experiencia profesional, como a continuación se detalla:

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Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla *Auxiliar de Ministerio Publico, adscrita a la Fiscalía Especializada en Asuntos Indígenas Prácticas en el Centro de Mediación y Conflitos, * En la Generalitat de Cataluña, Ayuntamiento de Barcelona, España Prácticas en Centro de Justicia Juvenil *En la Generalitat de Cataluña, Ayuntamiento de Barcelona, España.

CARRERA JUDICIAL

JUEZa primerO DE LO FAMILIAr FORMACIÓN ACADéMICA

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Universidad Cuauhtemoc Facultad de Derecho Plantel Puebla TITULO: LICENCIADA EN DERECHO

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Universidad de Barcelona, España Escuela de Postgrados TITULO: Maestra en Criminología y Ejecución Penal

EXPERIENCIA PROFESIONAL Procuraduria General de Justicia del Estado de Puebla *Auxiliar de Ministerio Publico, adscrita a la Agencia Especializada en Delitos Sexuales y Violencia Intrafamiliar. Procuraduria General de Justicia del Estado de Puebla *Auxiliar de Ministerio Publico, adscrita a la Supervisión General para la protección de los Derechos Humanos.

Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, Instituto de Estudios Judiciales Mecanismos para Impartir Justicia con Equidad de Género Puebla, Puebla, Universidad de la Sierra La Eficacia de la Constitución Mexicana. Puebla, Pue. Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, Instituto de Estudios Judiciales Discapacidad y Derechos Humanos. Puebla, Puebla,

Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla * Secretaria de Acuerdos Adscrita al Juzgado de lo civil y Penal de Izucar de Matamoros, Puebla

Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, Instituto de Estudios Judiciales Jucio de Amparo. Puebla, Puebla

Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla * Secretaria de Estudio y cuenta Adscrita al Juzgado Primero de lo Familiar del Estado de Puebla

Universidad Autonoma de Madrid Diplomado : Protección a los Derechos del Menor

Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla Jueza Adscrita al Juzgado Primero de lo Familiar de la Ciudad de Puebla

CURSOS Y SEMINARIOS Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla Diplomado: Sensibilización en Mediación

Dialogos Colectivos, Justicia Restaurativa Círculos de Paz. Oaxaca, Oax.

EXPERIENCIA DOCENTE Profesora en la Universidad Europea Materias Impartidas: Sociología Jurídica y Teoría Política. Profesora en la universidad Tolteca, en la Maestría en Juicios Orales. Materia impartida: Juicios Orales Civiles y Mercantiles

Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada Departamento de Justicia, Generalitat de Catalunya, Barcelona. Diplomado: La Teoría del Aprendizaje Social y sus Implicaciones. Barcelona, España. Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada Departamento de Justicia, Generalitat de Catalunya, España. Los Accesos a la Corte Internacional Barcelona, España. Universidad Complutense de Madrid Diplomado: Derechos Fundamentales y Globalización Madrid, España.

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MIRIAM MORALES BOTELLO

Estudios de Género de la Universidad Autonoma de México Diplomado: Juzgar con Perspectiva de Género. Puebla, Pue.

Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla * Diligenciaria Adscrita al Juzgado de lo civil de Izucar de Matamoros, Puebla

Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla * Secretaria de Estudio y cuenta Adscrita al Juzgado Segundo de lo Familiar del Estado de Puebla

MAESTRA

Instituto Nacional de Ciencias Penales Diplomado: Argumentación Jurídica. Ciudad de México

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Experiencia profesional Agosto-Sept. 1999 Juzgado Undécimo Civil. Tribunal Superior de Justicia del Estado. Escribiente interina. Interinato por licencia de la titular del cargo. Feb. - julio. 2000 Juzgado Undécimo Civil. Tribunal Superior de Justicia del Estado. Comisario Auxiliar “C”. Nombramiento por renuncia del titular del cargo. Agosto - Oct. 2000 Juzgado Undécimo Civil. Tribunal Superior de Justicia en el Estado. Diligenciario interino. Interinato por incapacidad médica del titular. Nov. - Dic. 2000 Juzgado Undécimo Civil. Tribunal Superior de Justicia en el Estado. Comisario Auxiliar “C” Ene 2001-Ago 2003 Secretaría Proyectista interina, adscrita al Juzgado Undécimo Civil de esta Ciudad, siendo Juez el Lic. José Montiel Rodríguez. Interinato por licencia temporal de la titular del cargo.

JUEZa segundO DE LO FAMILIAr

Escolaridad •

1984 - 1986 Escuela Primaria José Clotilde Torres Ramos.

1990 - 1992 Secundaria Técnica número 2, “Francisco I. Madero” .

• •

1987 - 1989 Escuela Primaria Federal Fernando Ximello. 1993 - 1995

Preparatoria “Lázaro Cárdenas”. (incorporada a la Benemérita

Universidad Autónoma de Puebla). • •

Promedio: 9.47 Diploma por destacada trayectoria académica.

1995 - 1999 Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla.

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• •

Título de Abogada, Notaria y Actuaria. Promedio: 9.44.

Titulación Automática.

Cédula Profesional No. 3243133.

1-15-marzo-2004 Juzgado Undécimo Civil Secretaria de acuerdos interina por incapacidad médica del titular, siendo Juez la Lic. Ma. del Rosario Sánchez Aguilera. Marzo-Ago-2004 Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Puebla. Oficial Judicial en el Área de Proyectos y Acuerdos, así como Secretaria particular del titular del Juzgado. Sept 2004-Ago-2006 Juzgado Undécimo Civil. Tribunal Superior de Justicia en el Estado. Comisario Auxiliar “C”, realizando funciones de auxiliar en la Secretaría de proyectos, así como encargada del desahogo de audiencias de conciliación, siendo Juez la Lic. Ma. del Rosario Sánchez Aguilera. Sep. 2006- marzo 2008 Juzgado Décimo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado. Secretaría Proyectista intinerante siendo Juez la Lic. Sandra Lucía Perea Iturriaga. Abril 2008-Dic. 2009 Juzgado Octavo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado. Secretaría Proyectista interina, siendo Juez el Lic. Helmo mayoral Bello y la Lic. María Rosalba Pantoja Vázquez. Interinato por licencia temporal del titular del cargo.

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Verónica Rojas Pasán

1º-15-Feb. 2004 Tercera Sala Civil. Tribunal Superior de Justicia del Edo. Secretaria proyectista en la Ponencia del Magistrado Leonardo Tecua Petla, por incapacidad médica del secretario titular.

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Ene 2010-Agost 2018 Segunda Sala Civil del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado. Secretaria de Estudio y Cuenta, en la ponencia del Magistrado Alfredo Mendoza García

Segunda Sala Civil del H. Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Puebla, en la ponencia del Magistrado José Bernardo Armando Mendiolea Vega.

Y en la ponencia del Magistrado José Bernardo Armando Mendiolea Vega. Servicios sociales Enero-Dic-1998 Quinta Sala Civil del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado. Magistrado Lic. Leonardo Tecua Petla. Secretaría de Estudio y Cuenta. Oct-Dic-1999 Juzgado Noveno de lo Civil de esta Jurisdicción. (Oficialía mayor).

Mayo-Julio-99 Juzgado Undécimo de lo Civil de esta Jurisdicción. (Secretaría de Acuerdos).

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Cursos

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“Semana Jurídica 2013”. “Justicia Terapéutica en procesos de separación y divorcio”. “La prueba en los sistemas jurídicos: tradicional y adversarial”. “Reforma al Código de Comercio”. “Seguridad Conductual”. “Aplicación de la reforma constitucional en materia penal en el Estado de Puebla”. “La importancia de la formación de Juez de Primera Instancia”. “Derecho Procesal Penal”. “Código de Procedimientos civiles para el Estado”. “Gestión de Información en la Administración de Justicia”. “Jornada Informativa del I.S.S.S.T.E.P. Y Plática de Medicina Legal y del Trabajo. “Primer Semanario Nacional e Internacional de Formación y Actualización en Derechos Humanos. Perspectivas de los Derechos Humanos y su Situación Actual”. “Foro Universitario Sobre Reformas a la Ley Orgánica Municipal”. Conferencia sobre “Menores Infractores”. “Primera Jornada de Estudio de Derechos Humanos”. “Seminario Pragmático de Amparo”. “Curso de Relaciones Humanas”. “Introducción a Micro Soft Works”. “Formación de Jueces”. “Equidad de Género”. “Interés Superior de los Menores de edad” Sept 2018-Jun 2019 Secretaria de Estudio y Cuenta, adscrita a la

Trabajo actual A partir del 1 de julio 2019 Juez Segundo de lo Familiar de los de esta Capital de Puebla.

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Enero-Abril-99 Juzgado Primero de lo Familiar de esta Ciudad. (Secretaría de Acuerdos).

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Nació el 6 de abril, en la Ciudad de México, e inició su Carrera Judicial cuando:

Imelda Martínez Moxca DICIEMBRE / ENERO

JUEZA TERCERO DE LO FAMILIAr

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Ingresó al Tribunal Superior de Justicia del Estado, en el año de 1987 a 1992, como Escribiente del Juzgado Décimo Segundo de lo Civil.

De junio a octubre de 1992, ocupó el cargo de Diligenciaria en el Juzgado Octavo de lo Penal.

De noviembre a diciembre de 1994, ocupó el cargo de Secretaria de Acuerdos en el Juzgado Décimo Segundo de lo Civil.

De abril a agosto de 1996, ocupó el cargo de Secretaria de Acuerdos del Juzgado Noveno de lo Civil.

De diciembre de 1996 a julio de 2001, ocupó el cargo de Diligenciaria en el Juzgado Décimo Segundo de lo Civil.

Estudios académicos: •

Licenciatura en Derecho y Ciencias Sociales. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. (UAP).

Maestría en Derecho Civil y Mercantil. Benemérita Universidad Autónoma de Puebla.

De julio de 2001 a abril de 2005, ocupó el cargo de Secretaria de Acuerdos del Juzgado Décimo Segundo de lo Civil.

De abril de 2005 a abril de 2018, ocupó el cargo de Secretaria de Estudio y Cuenta del Juzgado Décimo Segundo de lo Civil.

Diplomado en “Capacitación Especializada en Medios Alternos de Solución de Conflictos”. Impartido por Tribunal Superior de Justicia del Estado.

De octubre de 2018 a febrero de 2019, ocupó el cargo de Secretaria de Estudio y Cuenta del Juzgado Décimo Primero de lo Civil.

De febrero de 2019 a agosto de 2019, Juez del Juzgado Primero de lo Civil de Tehuacán, Puebla.

Diplomado en “Derecho Familiar” . Impartido en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, con participación del Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia en el Estado.

A partir de septiembre de 2019, ocupa el cargo de Juez Tercero de lo Familiar de esta Ciudad de Puebla.

Especialización de Preparación de Jueces de Primera Instancia”. Impartido en la Universidad Cuauhtémoc, por diversos docentes, con la participación del Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia en el Estado.

Algunos cursos: •

“La Impartición de Justicia con Perspectiva de Género”. Impartido por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla.

Certificación Especializado de Audiencias en el Proceso Civil Oral. Impartido por el Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado y el Instituto de Estudios Judiciales. Impartido por el Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado y el Instituto de Estudios Judiciales.

Curso Protocolo de Actuaciones para quienes Imparten Justicia en casos que involucren Niñas, Niños y Adolescentes. Por el Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado y el Instituto de Estudios Judiciales.

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Abogada

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CARRERA JUDICIAL

Abogada

GRISELDA MENDEZ IBARRA JUEZa cuartO DE LO FAMILIAr

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HISTORIAL ACADÉMICO DE ESTUDIOS SUPERIORES

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A partir del año de 1991 realizó labores meritorias como pasante en los Juzgados Primero, Cuarto y Décimo, Civiles de Primera Instancia de la ciudad de Puebla, posteriormente, se le otorgó el grado de Licenciatura por la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, en la carrera de Abogado, Notario y Actuario, en el ciclo escolar 1991 – 1997, elaborando la Tesis Profesional: “Adiciones a los artículos 271, 443 y 444 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, Facultativos al Juez de Primera Instancia para el Análisis y Correlación de las Pruebas y las Excepciones en Materia Civil”;

En cuanto a su carrera judicial, fue adscrita como escribiente al Juzgado Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Cholula, Puebla, a partir del mes de febrero de 1997; posteriormente, fungió como diligenciaria adscrita al Juzgado Segundo Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Cholula, Puebla, en el periodo comprendido de noviembre de 1997 a febrero del 2001, mismo periodo en el que también realizó funciones de Oficial mayor; estuvo adscrita como Secretaria de Acuerdos al Juzgado Segundo Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Cholula, Puebla, de febrero de 2001 a junio de 2003, y como Secretaria de Estudio y Cuenta adscrita al mismo juzgado de junio de 2003 a octubre de 2009; además, participó en los dos Concursos para Nombramiento de Juez Interino de Primera Instancia, convocados por el Honorable Tribunal Superior de Justicia en el Estado, en el año 2009, obteniendo el séptimo lugar con una calificación de 240 puntos y el décimo lugar con una calificación de 206 puntos, respectivamente; asimismo, en el periodo comprendido de febrero, marzo y primera quincena de abril de ese mismo año, estuvo encargada del Despacho del Juzgado Segundo Civil de Cholula, Puebla, por ausencia de titular; cabe señalar, que a partir del 16 de octubre de 2009 se le adscribió como Secretaria de Estudio y Cuenta al Juzgado Noveno Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puebla, encargándose de ese despacho a partir del 25 de octubre de 2010 y como juez Interina hasta el 06 de enero de 2011, por Ausencia del Titular del mismo; aunado a ello, fue asignada como Secretaria de Estudio y Cuenta del Juzgado Noveno Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puebla, Puebla, del 07 de febrero al 14 de marzo de 2011; Finalmente, realizó funciones como Secretaria de Estudio y Cuenta adscrita

a la Ponencia Dos de la Tercera Sala en Materia Civil del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado, del 14 de marzo de 2011 a junio de 2019; Actualmente se desempeña como Juez Cuarto de lo Familiar del distrito judicial de Puebla, Puebla.

CAPACITACIÓN JURÍDICA Colaboró en el Foro “La Enseñanza y Estudio del Derecho Romano” en diciembre de 1991; en el Ciclo de Conferencias en Procuración de Justicia que se llevó a cabo en la Biblioteca del área de Ciencias Sociales y Administrativas de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla en junio de 1993, así como en el del Foro: “Análisis de la Reforma Constitucional en seguridad Pública y justicia Penal”, impartido por el Instituto de Estudios Judiciales del Poder Judicial de marzo a abril de 2008, y en la Semana Jurídica celebrada en el Auditorio “José María Morelos y Pavón” de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla en noviembre de 1993, asimismo, participó en el Coloquio Internacional: “Juicio Oral: Propuesta de un Nuevo Sistema Jurídico”, que se llevó a cabo en el Instituto de Estudios Judiciales del Poder Judicial del Estado de Puebla en enero de 2004; finalmente, participó en la Conferencia Magistral: “La Importancia de la Formación del Juez de Primera Instancia”, impartido por el Instituto de Estudios Judiciales del Poder Judicial, abril de 2009. También participó en diversos cursos entre los que destacan: “Geografía e Historia del Estado de Puebla y Relaciones Humanas”, impartido por el Honorable Tribunal Superior de Justicia en el Estado en noviembre de 1997; “Comunicación y Eficacia Laboral”, impartido por el Honorable Tribunal Superior de Justicia en el Estado en junio de 1998; “Relaciones Humanas”, impartido por el Instituto de Estudios Judiciales del Poder Judicial en julio 2000; Curso: “Redacción y Ortografía III”, impartido por el Instituto de Estudios Judiciales del Poder Judicial entre noviembre y diciembre de 2000; “Prueba Indiciaria”, impartido por el Sistema Nacional de Seguridad Pública a través de la Academia Regional del Sureste. Jalapa, Veracruz, en febrero de 2002; Curso-Taller: “Redacción Jurídica”, impartido por el Instituto de Estudios Judiciales del Poder Judicial, en junio de 2004; “Introducción a la Grafoscopía”, impartido por el Instituto de Estudios Judiciales del Poder Judicial de junio de 2005; “Derecho Procesal penal”, impartido por el Instituto de Estudios

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consecuentemente, presentó su examen profesional el 28 de noviembre de 1997; además, aprobó el Grado de Maestría en el Centro de Ciencias Jurídicas de Puebla con la especialidad en “Procuración e Impartición de Justicia”, correspondiente al mes de septiembre 2002 a julio 2004, obteniendo la titulación automática por promedio; incursionó así en el Programa Académico: “Formación de Juez de Primera Instancia” que ofreció el Instituto de Estudios Judiciales “Mgdo. José María Corte y Juárez” del Poder Judicial del Estado de Puebla, en ciclo escolar comprendido de febrero a octubre de 2009.

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Judiciales del Poder Judicial de agosto a septiembre de 2006; además, obtuvo su Constancia de Conclusión de Módulos: “Fundamentos Filosóficos” y “Especialidad en Materia Penal”, impartido por el Instituto de Estudios Judiciales del Poder Judicial, dentro del curso-taller “Formación de Juez de Primera Instancia” de febrero a abril de 2008; “Nuevo Proceso Penal Acusatorio y Oral”, impartido por el Instituto de Estudios Judiciales del Poder Judicial en mayo de 2010; y “El Error Judicial y la Motivación de Sentencias”, impartido por el Instituto de Estudios Judiciales del Poder Judicial en septiembre de 2010.

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LIC. GRISELDA MENDEZ IBARRA JUEZa CUARTO FAMILIAR

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Octubre de 1992 - Realización de práctica profesional en el bufete jurídico gratuito de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, atendiendo a diversos usuarios y realizando servicio social en el Juzgado Segundo de lo Civil de la Ciudad de Puebla, juzgado cuarto de defensa social de la ciudad de Puebla, y en la Notaría Pública número 33 de esta ciudad, por un periodo de dos meses en cada dependencia Octubre de 1993 - Ingreso al despacho “Asesoría Jurídica” con el licenciado Mario Hernández González, ubicado en la avenida 13 poniente número 913 interior 1 de esta ciudad. En el año 1994 - Participación en el Proceso Federal Electoral en la Junta Distrital Electoral del II Distrito Electoral Federal con sede en Puebla. Noviembre de 1998 - Expedición de dictamen de examen profesional, para obtener título de abogado, notario y actuario. Enero de 1999 - Expedición por la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla de título de abogado, notario y actuario, debidamente legalizado, con fecha 19 de abril de 2000. Junio de 2000 - Se inscribió título ante el H. Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Puebla, bajo la partida 215, a fojas 54 vuelta, por acuerdo de pleno de fecha 8 de junio de 2000 Septiembre de 2000 - Ingreso al H. Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Puebla, con adscripción al Juzgado Civil de Huejotzingo, Puebla, bajo el sistema personal por honorarios. Nov-2000 a may-2001 - Diligenciario interino del Juzgado Tercero de Defensa Social de la ciudad de Puebla.

JUEZ quinto DE LO FAMILIAr Titulo profesional: abogado, notario y actuario

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Historial laboral:

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Junio de 1990 - Meritorio en el Juzgado Segundo de lo Civil a cargo de la c. Juez Lic. Mónica Guamero Vargas, desempeñando actividades con el comisario del juzgado, oficialía de partes y secretaría de acuerdos hasta agosto de 1993.

Agosto de 2001 - Ingreso al Juzgado Segundo de lo Civil de Cholula, Puebla, como secretario de acuerdos impar. Noviembre 2008 - Ingreso a la Cuarta Sala Civil del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado, como secretario de acuerdos.

Cursos: Marzo de 1991 - Participación en el ciclo de conferencias sobre “Metodología de la Enseñanza e Investigación Jurídica”, impartido por la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla. Julio de 2000 - Asistencia al curso “Relaciones Humanas” impartido por el Instituto de Estudios Judiciales del Poder Judicial del Estado de Puebla.

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josé cuauhtémoc blázquez guevara

May-2001 a jul-2001 - Diligenciario interino del Juzgado Civil del Distrito Judicial de Huejotzingo, Puebla.

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Noviembre de 2000 - Participación en la primera etapa del “Taller exégesis y aplicación de las normas procesales del Derecho Privado”, en el Colegio de Estudios Legislativos y Jurisprudencia.

Julio 2017 - Asistencia al curso taller ¿Qué prefieres Igualdad o Equidad?, impartido por el Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia del Estado.

Junio de 2001 - Participación en el curso de “Ortografía”, impartido por el Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia en el Estado.

Noviembre de 2017 - Diplomado en “Derechos Humanos en la impartición de justicia”, impartido por la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla.

Mayo de 2005 - Asistencia a la conferencia “Funciones de la Secretaría de Acuerdos de un Juzgado”, impartido por la Universidad del Desarrollo del Estado de Puebla, campus Zacatlán, Puebla. Marzo de 2006 - Participación en la conferencia “Organización y funciones de un Juzgado”, impartida por la Universidad del Desarrollo del Estado de Puebla.

Junio 2018 - Acreditación del “Curso de Derechos Humanos y Violencia” llevado a cabo en la modalidad en línea, impartido por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Septiembre de 2006 - Asistencia al curso “Derecho Procesal Penal”, impartido por el Tribunal Superior de Justicia del Estado y el Instituto de Estudios Judiciales. Marzo de 2008 - Asistencia a los talleres de sensibilización “Construyendo la Equidad de Género” y en torno a las “Masculinidades y Acciones Afirmativas” para la certificación en el “Modelo de Equidad de Género meg:2003”, impartido por el H. Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla a través del Instituto de Estudios Judiciales y el Instituto Poblano de las Mujeres. Marzo de 2009 - Participación en el curso “Técnicas de Programación Neurolingüisticas para el Liderazgo” de conformidad al convenio establecido con la Secretaria de Finanzas y Administración correspondiente al programa de “Capacitación Acelerada Específica” del Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado de Puebla.

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Junio 2009 - Participación en el curso “La Redacción en las Actuaciones Judiciales” de conformidad al convenio establecido con la Secretaria de Finanzas y Administración correspondiente al programa de “Capacitación Acelerada Específica” del Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado de Puebla.

Abril 2018 - Ponente en el ciclo de conferencias “Oralidad. Tendencia en materia Civil, Mercantil y Familiar”. Reconocimiento otorgado por la Asociación de Abogados de Cholula.

Abril 2012 - Participación en el curso “Aprender a pensar leyendo bien”, impartido por el Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado de Puebla dentro de la Capacitación Acelerada Específica.

Noviembre 2018 - Participación en el curso “Yo sé de género 1-23 conceptos básicos de género; marco internacional para la igualdad de género; y promoción de la igualdad de género en el sistema ONU”, impartido por ONU Mujeres, Centro de capacitación.

Diciembre 2012 - Participación en el curso “Formación de Magistrado en el Sistema Penal Acusatorio Adversarial” impartido por el Tribunal Superior de Justicia de Puebla y el Instituto de Estudios Judiciales.

Mayo de 2019 - Participación en el curso a distancia “Diversidad sexual, inclusión y no discriminación” impartido por el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.

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Mayo 2009 - Participación en el curso “Propiedad en el Uso de las Letras” de conformidad al convenio establecido con la Secretaria de Finanzas y Administración correspondiente al programa de “Capacitación Acelerada Específica” del Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado de Puebla.

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SECUNDARIA: Escuela Secundaria Oficial “Ambrosio Herrera” ubicada en Tecali de Herrera, Puebla, del año 2000 al 2003.

PRIMARIA: Escuela Primaria Oficial “Ambrosio Herrera” ubicada en el municipio supramencionado, del año 1994 al 2000.

JARDIN DE NIÑOS: “Ambrosio Herrera” ubicada en el mismo municipio, del año 1992 a 1994.

EXPERIENCIA PROFESIONAL

JUEZ sextO DE LO FAMILIAr Egresado de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, de la Licenciatura en Derecho. Cursó la Maestría en Derecho con terminal en Ciencias Penales de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, así como en Mediación y Conciliación por parte del Instituto de Estudios Judiciales del Estado de Puebla. En la actualidad es doctorante en Derecho en el Centro de Estudios de Posgrado con sede en Puebla. Cuenta con 9 años de experiencia en el Poder Judicial del Estado de

Puebla, en la que ha desempeñado diversos cargos de la carrera judicial -Oficial mayor, Secretario de Estudio y Cuenta y Secretario de Acuerdos– y desde julio de 2019, es Juez Especializado en Materia Familiar. Ha participado en diversos foros, seminarios, talleres, congresos, cursos y conferencias, impartidas por el Instituto de Estudios Judiciales del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, del Centro de Estudios Superiores de Tepeaca, del Ilustre Colegio de Peritos ICP, de la Organización Internacional para las Migraciones, de

la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla así como de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Comisión Ejecutiva para la Actualización y Modernización de la Procuración y Administración de Justicia, de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla y de la Universidad Iberoamericana de Puebla, entre otras. Ha sido docente y ponente en conferencias y cursos por diversas Universidades y por el Instituto de Estudios Judicial del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla.

Juez del Juzgado Sexto de lo Familiar del Distrito Judicial de Puebla. (julio 2019 a la actualidad)

Secretario de Acuerdos Penal del Juzgado Mixto del Distrito Judicial de Tecali, Puebla. (2018-junio 2019).

Secretario de Estudio y Cuenta del Juzgado Mixto del Distrito Judicial de Tecali, Puebla. (2011-2017).

Oficial mayor del Juzgado Mixto del Distrito Judicial de Tecali, Puebla. (Año 2011).

EXPERIENCIA DOCENTE •

Forense II en la Licenciatura en Derecho del Centro de Estudios Superiores de Tepeaca en el ciclo escolar 2018-2019.

FORMACIÓN COMPLEMENTARIA: •

Asistencia al curso “Razonamiento probatorio”, efectuado del 1 al 9 de junio de 2018, realizado por el Instituto de Estudios Judiciales del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla.

Asistencia al curso taller “Justicia Restaurativa”, efectuado del 4 al 7 de julio de 2018, realizado por el Instituto de Estudios Judiciales del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla.

Participación en el primero foro sobre la inseguridad en el marco de las VI Jornadas de Actualización 2018-2019 del Centro de Estudios Superiores de Tepeaca, realizado el 10 de octubre de 2018.

Asistencia al taller “Interpretación de lesiones traumáticas genitales y extra genitales en los exámenes médicos contra la libertad sexual. Toma de muestras de interés criminalístico”, llevado a cabo el 17 de septiembre de 2018 por el Ilustre Colegio de Peritos ICP y el Centro de Estudios Superiores de Tepeaca.

Asistencia al taller “El abordaje criminalístico y trabajo forense en lugares de muerte y violentas y feminicidios”, llevado a cabo el 17 de septiembre de 2018, por el Ilustre Colegio de Peritos ICP y el Centro de Estudios Superiores de Tepeaca.

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FORMACIÓN ACADÉMICA:

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DOCTORANTE EN DERECHO PENAL en el CENTRO DE ESTUDIOS DE POSGRADO S.C. CON SEDE EN PUEBLA.

MAESTRÍA EN DERECHO CON TERMINAL EN CIENCIAS PENALES POR LA BENÉMERITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA. Cédula profesional 11010479.

MAESTRÍA EN MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN POR EL INSTITUTO DE ESTUDIOS JUDICIALES DEL ESTADO DE PUEBLA.

LICENCIATURA EN DERECHO por la BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA.

Cédula profesional 6857429

BACHILLERATO: En el Colegio de Bachilleres del Estado de Puebla, Plantel 4 con clave 21ECB0017D ubicado en Tecali de Herrera, Puebla del 2003 al 2006.

Docente frente a grupo de la materia Derecho Procesal Civil I y Clínica

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Luis Armando Juárez Valencia

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Asistencia al taller “Fortalecimiento de las capacidades del poder judicial en materia de trata de personas desde una visión integral de los derechos humanos y la perspectiva de género” organizado por la Organización Internacional para las Migraciones y el Poder Judicial del Estado de Puebla Asistencia a la quinta reunión nacional de evaluación del sistema de justicia para adolescentes en el país celebrada en Puebla en noviembre de 2016 por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla. Asistencia al ciclo de conferencias “Juzgar con perspectiva de Género”, celebrado del 11 de febrero al 8 de abril de 2015 por el Instituto de Estudios Judiciales del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla.

Asistencia al foro “Prevención de la discriminación por identidad sexual” realizado el seis de julio de 2015 en la CDH Puebla.

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Asistencia al curso-taller “Juicio oral sumarísimo” celebrado el 13,14, 20 y 21 de enero de 2016, realizado por el Instituto de Estudios Judiciales del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla.

Asistencia al curso taller-informático realizado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, denominado: “El control de convencionalidad, los derechos humanos. Referentes en internet y en la jurisprudencia nacional e internacional”, efectuado los días 5 y 6 de febrero de 2014.

Asistencia al curso taller “Temas avanzados del sistema penal acusatorio adversarial”, efectuado del 24 al 27 de febrero de 2014, realizado por el Instituto de Estudios Judiciales del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla.

Asistencia al foro organizado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, denominado: “La impartición de justicia con perspectiva de

Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla el 4 de septiembre de 2013.

género: retos y desafíos” celebrado el siete de marzo de dos mil catorce.

Certificación en Mecanismos Alternos de solución de controversias en materia penal por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla. (1ª generación 2017).

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Asistencia al Seminario “La doctrina del Control de la Convencionalidad en la Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Teoría de las Restricciones Constitucionales a los Derechos Humanos en la Jurisprudencia de la SCJN”, efectuado el 24 y 25 de abril de 2017, realizado por el Instituto de Estudios Judiciales del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla.

Asistencia a la conferencia ¿Qué es la justicia terapéutica? Realizada el nueve de octubre de 2014 por el Instituto de Estudios Judiciales del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla.

Participación en el curso “Capacitación básica para Jueces y magistrados en el nuevo sistema de justicia penal” celebrado del 9 de junio al 8 de octubre de 2014, otorgado por la Comisión Ejecutiva para la Actualización y Modernización de la procuración y administración de justicia y el Instituto de Estudios Judiciales del Estado de Puebla.

Asistencia al curso: “Justicia para niños, niñas y adolescentes”, impartido por el Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla del 16 al 19 de octubre de 2013.

Participación en el Taller-Seminario Internacional organizado por el Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla: “La trata de personas en el nuevo sistema acusatorio adversarial”, impartido por la Embajada de los EUA en México el 1 y 2 de diciembre de 2014.

Asistencia a la conferencia “el nuevo sistema penal acusatorio desde la perspectiva de los derechos humanos”, impartido por el Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla el 6 de noviembre de 2013.

Asistencia a la conferencia “Los tratados internacionales y su relevancia en el marco de la reforma constitucional en materia de derechos humanos del 10 de junio de 2011”, realizada el 5 de junio de dos mil trece por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla.

Asistencia al taller: “La mediación y la Conciliación dentro del nuevo sistema de Justicia Penal”, impartido por el Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla el 6 y 7 de diciembre de 2013.

Asistencia al curso-taller: “Justicia Terapéutica en proceso de separación y divorcio”, impartido por el Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla el 10 y 11 de diciembre de 2013.

Participación en el taller: “Estrategias de enseñanza aprendizaje para operadores del sistema de justicia penal”, impartido por la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla del 22 al 25 de octubre de 2012.

Participación en el taller: “Didáctica del caso jurídico”, impartido por la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla del 15 al 18 de octubre de 2012.

Asistencia al curso: “Taller formador de formadores en juicio penal acusatorio adversarial” impartido por el Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla del 15 al 25 de octubre de 2012.

Asistencia a la conferencia: “Proceso penal acusatorio y oral en México”, impartido por el Instituto de Estudios Judiciales Magistrado José María Corte y Juárez del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla el 29 y 30 de abril de 2011.

Constancia de actualización expedida por la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla por haber expedido y acredita el Curso-Taller: EL SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO realizado del 19 de junio al 21 de agosto de 2010.

Asistencia a la conferencia “La obligatoriedad de las recomendaciones públicas en el marco de la reforma constitucional en materia de Derechos Humanos del 10 de junio de 2011”, realizada el 3 de julio de dos mil trece por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla. Asistencia al taller “Juicio oral mercantil” impartido por el Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla el 16, 17, 23 y 24 de agosto de 2013. Asistencia a la conferencia “La suspensión de garantías y los Derechos Humanos en el marco de la Reforma Constitucional en materia de derechos humanos del 10 de junio de 2011”, impartido por el Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla el 14 de agosto de 2013. Participación en las “Jornadas de actualización en derechos humanos dirigidas a servidores públicos” impartida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, en septiembre de 2013. Asistencia a la conferencia “Controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad en el marco de la Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos del 10 de junio de 2011”, impartido por el Instituto de Estudios Judiciales del

Asistencia a la conferencia: “Conducta y ética en el servicio público”, impartido por el Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla el 2 de octubre de 2013.

Constancia de participación al Congreso Internacional Virtual en Docencia Jurídica realizado por la Universidad Iberoamericana de Puebla el 13 y 14 de octubre de 2010.

Constancia de actualización expedida por la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla por haber expedido y acredita el Curso-Taller: TÉCNICAS Y DESTREZAS DE LITIGACIÓN realizado del 11 de septiembre al 6 de noviembre de 2010.

Asistencia al coloquio: “La Seguridad Pública ante el Nuevo Sistema de Justicia Penal Mexicano”, realizado por la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, el 25 de mayo de 2009.

Constancia de actualización expedida por la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla por haber asistido y acreditado el Curso-Taller: DERECHO NOTARIAL Y REGISTRAL realizado del 17 de octubre al 5 de diciembre de 2009.

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E N T R E V I S T A

A

EDGAR NAVA A BO GA D O Y E M P R E S A R I O P O B L A N O

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Por: Lic. Giuse Coria

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He visto a muchos hombres de éxito, pero son pocos los que dejan ver su pasado, muchos esconden sus inseguridades controlando su entorno, pero no es el caso de Edgar. Edgar deja que elijamos dónde será la entrevista, nos ofrece algo de tomar y nos hace sentir como en casa.

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Edgar es un empresario inquieto, con presencia en el sector automotriz, la industria de la construcción y recientemente en la industria hotelera. Preparado para los nuevos retos que enfrenta el país, sabe que las oportunidades hay que aprovecharlas y que tener resiliencia y constancia es primordial. “La gente piensa que el ser empresario siempre es éxito y plenitud. Hoy, en estos días, el ser empresario es de las actividades más complicadas por la economía que está pasando el país. Llegan momentos de crisis, de desesperación; debes de fundamentar esa esperanza, esa fuerza, siempre de la mano de Dios.”

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Para Edgar una de las claves para alcanzar tus metas es la disciplina, nos cuenta cómo diariamente se levanta a las 6:00AM y practica box. “Empezar el día haciendo ejercicio te permite ver desde otra perspectiva tu día.” Nos dice mientras describe su rutina, en la cual no puede faltar tiempo para dedicarlo a su familia, habla con mucho cariño de sus 3 hijos y de su esposa, disfruta pasar tiempo con ellos y con una sonrisa en el rostro nos platica sobre el pequeño Edgar, el cual a pesar de tener solo 3 años ya es un apasionado de los autos que reconoce rápidamente modelos y marcas de autos.

EL SER HUMILDE EN LA VIDA TE PERMITE NO PERDER LA BRÚJULA DEL SENTIDO

Después de una hora inmersos en una charla enriquecedora nos queda claro que Edgar Nava es el tipo de emprendedor y empresario que México necesita, dedicado a hacer crecer a su personal, fortalecido con una familia amorosa y preparado para los retos que enfrenta el país.

COMÚN

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Empezamos hablando cómo inició todo y de sus orígenes humildes donde desde pequeño aprendió el verdadero valor de la amistad. “Al vivir en la azotea de la funeraria que administraba mi papá sólo mis verdaderos amigos venían a visitarme.” Edgar le da un sorbo a su café y nos cuenta cómo su mamá fue la fuente de inspiración para iniciar la carrera en Derecho, a pesar de que hoy no se dedica totalmente a esta rama, fué también en el despacho de su madre, donde descubrió su pasión por la industria de la construcción, ya que muchos de los clientes del despacho eran constructoras.

Para Edgar la humildad siempre ha tenido un peso importante, y nos lo deja claro al ver cómo interactúa con los meseros y el personal del hotel. “El Ser humilde en la vida te permite no perder la brújula del sentido común.” Pero no sólo la humildad es la base del éxito, también nos platica cómo fue en el año 2011 que Gruconsa, su constructora, pasó de tener 1400 trabajadores a sólo 600. “.. le apostamos a diferentes proyectos en diferente partes del país y ninguno de los proyectos salió de forma positiva, tuvimos que reducir a 600 trabajadores. Me costó mucho trabajo porque me involucro mucho con mi equipo, y me costo el decirles -hasta aquí- , fue un momento difícil, fue una lección, hoy nos vamos con pies de plomo.” Es así como el licenciado en derecho hoy empresario poblano nos deja claro que los fracasos no son derrotas sino lecciones.

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Población hablante de alguna lengua indígena 500,000 y más De 100,000 a 499,999 De 50,000 a 99,999 De 10,000 a 49,999 Menos de 10,000

LA TUTELA

JURISDICCIONAL de los derechos político-electorales de los pueblos y comunidades originarios Por: Mgdo. Presidente del TEEP, Lic. Jesús Gerardo Saravia Rivera

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Garantizar los derechos de las y los ciudadanos indígenas es uno de los grandes deberes y retos del Estado mexicano, y así se reconoce tanto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como en los diversos instrumentos internacionales suscritos por México, en especial, por lo que se analizará en específico en este ámbito la tutela jurisdiccional de los derechos político-electorales.

I. Antecedentes jurídicos de los derechos indígenas Internacionales En el ámbito del desarrollo histórico de los derechos indígenas, Rangel González (2018) señala que los pueblos indígenas contaban con una autonomía tolerada y consuetudinaria por resignación y prudencia, pero no reconocida ni asegurada la igualdad y reciprocidad ya que el reconocimiento de los derechos de los pueblos originarios consistía en protegerlos como entidades de interés público, como si fueran monumentos o estructuras políticas estáticas dependientes del Estado. Por su parte S. Anaya (2005) hace referencia a que la primera cultura europea relativa a los pueblos indígenas, asociada con el desarrollo del derecho internacional se encuentra en la corriente teológico-filosófica dominante del pensamiento medieval en la que destaca la filosofía

de su máximo exponente Tomas de Aquino, propugnando la existencia de un orden jurídico independiente y considerando superior al derecho positivo y a las decisiones de las autoridades; señalando que desde la filosofía iusnaturalista de los teóricos europeos del Renacimiento se reconocía de forma parcial a los pueblos indígenas como comunidades autodeterminadas frente a la colonización. En el ámbito internacional la trayectoria del reconocimiento de los pueblos indígenas ha seguido un largo camino a través de declaraciones, pactos y convenciones internacionales que nuestro país ha ratificado, algunos de ellos, unos vinculantes y otros no, entre los no vinculantes encontramos los siguientes:

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México se ha constituido como uno de los países con mayor riqueza cultural, sustentada originalmente en sus pueblos indígenas, según datos del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, una quinta parte de nuestra población se encuentra reconocida como integrante de uno de los 68 pueblos indígenas (aproximadamente 26 millones de personas) y 6.5% habla alguna lengua indígena perteneciente a una de las 11 familias lingüísticas, de las cuales derivan 68 agrupaciones y 364 variantes [INALI]

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• • •

Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948); Declaración sobre los Derechos de las Personas Pertenecientes a Minorías Nacionales o Étnicas, Religiosas y Lingüísticas (1992); Declaración Universal de los Derechos Lingüísticos (1996); Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007); y Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2016).

Ahora bien, en el contexto obligatorio y que incide en los derecho indígenas tenemos los instrumentos siguientes: • • • • • •

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• •

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Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966); Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (1966); Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969); Convenio Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (1975); Convenio sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (1981); Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos indígenas y tribales en países independientes (1989); Convenio sobre la Diversidad Biológica (1992); y Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (1995).

Nacionales Con relación a los antecedentes normativos nacionales en la materia, la reforma de 1992 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos incluye en su artículo 4° el reconocimiento de la pluralidad de la nación, y los derechos de los pueblos indígenas. Para entender el concepto de pluralismo en relación con los derechos indígenas debemos atender su definición en el terreno ético y jurídico, en el primero, se define como el reconocimiento de que no hay normas morales de validez absoluta para juzgar como correctas o incorrectas a las acciones de las personas, ni hay criterios absolutos para evaluar las normas y los sistemas normativos así, el Estado debe servir a todos ellos, fomentando su desarrollo, y estableciendo y gestionando mecanismos para evitar, y en su caso para dirimir, conflictos entre los diversos pueblos y entre diferentes sectores de la sociedad (Olivé, 2004) y, en el ámbito jurídico se define de forma general, como la posibilidad de los grupos étnicos de ejercer su derecho tradicional frente a otros sistemas jurídicos diferenciados y determinar las formas de resolución de conflictos en su espacio territorial, contribuyendo al fortalecimiento de la diversidad cultural y los derechos territoriales de los pueblos indígenas. En suma, esto es lo que se conoce como un Estado plural (Ramírez, 2005). Con las reformas a la constitución federal de 2001, 2015, 2016 y 2019, el texto original del artículo 4° quedó inserto en el artículo 2°, el cual fue adicionado y en el cual, además del reconocimiento de los derechos indígenas, se estableció la obligatoriedad de las autoridades de los

tres órdenes de gobierno para garantizar su pleno desarrollo. En el texto constitucional se reconoce la composición pluricultural sustentada originalmente en los pueblos y comunidades indígenas, definiéndose los primeros como: aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas y los segundos como: aquellas que formen una unidad social, económica y cultural, asentadas en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres (CPEUM). En resumen, de la lectura del contenido del precepto constitucional y de aquellos instrumentos internacionales que en su conjunto conforman el bloque de constitucionalidad, se derivan una serie de derechos inherentes a los pueblos y comunidades indígenas como son: • • •

Derecho a la diferencia: que es el reconocimiento a las distintas formas de organización social, costumbres, lenguas, creencias y tradiciones. Derecho a la no discriminación: que exige el trato igualitario y digno hacia los integrantes de los pueblos y comunidades indígenas. Derecho a la consulta: que consiste en la obligación del Estado de consultar la opinión de los pueblos indígenas, sobre las decisiones que involucren su interés, ya sea en aspectos políticos, sociales, económicos y culturales.

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• •

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Derechos lingüísticos: con el efecto de garantizar el derecho de acceso real a la justicia de los miembros de los pueblos indígenas, se hace necesario, que en todos los procedimientos esté presente un intérprete que realice las traducciones pertinentes. Derecho a la autoadcripción: se materializa en la declaración de voluntad de personas o comunidades que, teniendo un vínculo cultural, histórico, político, lingüístico o de otro tipo, deciden identificarse como integrantes de un pueblo indígena, sin que este reconocimiento dependa de ninguna autoridad o institución externa; Derecho de acceso de mujeres y hombres indígenas a la justicia: es el fundamento real del ejercicio efectivo y protección de los derechos humanos de los que gozan las personas, que implica la posibilidad de acceder a la defensa de un derecho ante un tribunal competente y que sean tomadas en cuenta las diferencias culturales, económicas y sociales de los integrantes de los pueblos y comunidades indígenas y, en especial, de su situación de vulnerabilidad, eliminando cualquier obstáculo que les impidan acceder a la justicia. Derecho a la libre determinación: esta es la facultad que tienen los pueblos y comunidades indígenas de autogobernarse, lo cual implica, vivir bajo sus formas de organización social, económica, política y cultural; aplicar sus sistemas normativos para la resolución de conflictos y elección de autoridades; establecer prioridades en los programas de desarrollo de sus comunidades; preservar y enriquecer su cultura e identidad y elegir representantes ante los ayuntamientos, en los municipios con población indígena (TEPJF).

Lo anterior pone de manifiesto dos aspectos muy importantes el autogobierno y, la obligatoriedad de las autoridades jurisdiccionales de potenciar los derechos de los integrantes de los pueblos y comunidades indígenas, reconociendo su situación de vulnerabilidad, y propiciando un acceso real y sencillo a la justicia.

servicio público como condición para el acceso a los cargos de representación, así como mecanismos igualmente colectivos de legitimación. Si bien la organización y concepción de las autoridades tiene variantes de acuerdo con el grupo étnico al cual se haga referencia, también tienen similitudes que recorren a todas las etnias.

La facultad de autogobierno va de la mano con el concepto de usos y costumbres, Single Sochet (2016) señala que este concepto muchas veces resulta vago y ambiguo. Se trata de normas no escritas y prácticas de tipo comunitario que tienen carácter formal y consensuado, que adquieren valor jurídico y que son parte de la identidad de las propias comunidades. Mediante los usos y costumbres, los grupos indígenas designan a las autoridades comunitarias con las cuales tienen una relación directa y con las que resuelven sus problemas cotidianos. Éstas se rigen por principios colectivos e involucran el

Ahora bien acorde al texto constitucional que ordena que las constituciones y leyes de las entidades federativas establecerán las características de libre determinación y autonomía que mejor expresen las situaciones y aspiraciones de los pueblos indígenas en cada entidad, así como las normas para el reconocimiento de las comunidades indígenas como entidades de interés público (CPEUM), es que se han creado diversas leyes secundarias que buscan la garantía en la tutela de los derechos humanos de éstos

II. Tutela jurisdiccional Uno de los grandes temas configurativos del derecho electoral y que además se ha vuelto prioritario, es el relativo a los derechos político-electorales de los pueblos y comunidades indígenas, los cuales se encuentran relacionados principalmente con los derechos de voto activo y pasivo en los municipios y, en su caso, juntas auxiliares, ya que son estos ámbitos los de mayor cercanía con los pueblos y comunidades indígenas. Derivado de la reforma constitucional de 2011 así como la resolución en el caso “Rosendo Radilla Pacheco” (CIDH), se ha determinado la obligación de las autoridades de realizar un control de constitucionalidad y de convencionalidad ex officio, entendidos como la facultad y obligación de considerar las normas de derechos humanos reconocidas tanto por la Constitución federal, como por los instrumentos internacionales ratificados por México (SCJN, 2005). El artículo 1° constitucional establece un mandato convencional para todas las autoridades del Estado mexicano, que impone la obligación de privilegiar el amplio respeto a la identidad cultural de los pueblos y las comunidades que se rigen por sistemas normativos internos, en una complicada consonancia con la salvaguarda efectiva de los derechos humanos de sus integrantes (Bustillo Marín, 2016).

Acorde al texto del artículo 99 fracción V constitucional, la función de las autoridades jurisdiccionales en materia electoral se encaminan a resolver las controversias relacionadas con actos y resoluciones que violen los derechos político-electorales de los ciudadanos, componente fundamental de la democracia. Como acertadamente lo señala Bustillo Marín (2016), el trabajo jurisdiccional electoral se ha orientado, entre otros, hacia una sistemática progresividad en la interpretación y protección de los derechos políticos que emana del marco constitucional y convencional, con ello da eficacia al bloque de constitucionalidad y al parámetro de regularidad de la constitución relacionados con los derechos políticos de la sociedad en términos de igualdad y no discriminación; este trabajo jurisdiccional ha generado importantes precedentes en la salvaguarda y aplicación de los derechos de los pueblos y las comunidades indígenas con el fin de tutelar el derecho de acceso a la tutela judicial efectiva. Asimismo, señala que la importancia del reconocimiento de los derechos político-electorales de los indígenas radica en que la participación indígena amplía la democracia representativa porque se expresa en una intervención creciente de la ciudadanía indígena como electorado o aspirantes a cargos de elección popular, en los procesos

la participación indígena amplía la democracia representativa DICIEMBRE / ENERO

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electorales y en la gestión pública en los ámbitos local y nacional, lo que conlleva a una apropiación progresiva de los derechos humanos, al desarrollo de la normatividad internacional y al establecimiento de las condiciones jurídicas y políticas que hagan posible el ejercicio de los derechos dentro de la institucionalidad de los estados, garantizando la representación directa de los pueblos en las instancias de gobierno y legitimando sus formas de autoridad y representación. El trabajo jurisdiccional en materia electoral ha generado criterios relevantes en la tutela de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas partiendo de la premisa que estos son grupos sociales que generalmente se encuentran en condiciones de desigualdad material y que, por ello, existen circunstancias particulares que limitan su acceso a la justicia, por lo que, en los casos en que se plantee la violación a sus derechos, el juzgador debe suplir cualquier tipo de insuficiencia señalada en el escrito de demanda con la finalidad de situar en un plano de igualdad sustantiva al ciudadano indígena con respecto a las autoridades emisoras del acto que se estima violatorio de sus derechos político-electorales. Conforme a criterios emitidos por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, esta suplencia absoluta no sólo beneficia al ciudadano indígena, sino también permite a la autoridad jurisdiccional lo siguiente: • Examinar de manera oficiosa y libre los motivos de disenso planteados inicialmente, incluso cuando existan omisiones, defectos, confusiones o limitaciones en su exposición. • Allegarse de todos los medios probatorios necesarios que sirvan para acreditar la violación a los derechos político-electorales del ciudadano, incluso si no fueron ofrecidos o aportados por el promovente. • Corregir las omisiones o deficiencias en que hubiere incurrido el ciudadano indígena. • Considerar las características propias de la comunidad o del pueblo indígena, y sus especificidades culturales para la fijación de la controversia y su resolución. • Llevar a cabo las notificaciones jurisdiccionales en forma efectiva, considerando las condiciones particulares de la comunidad y sus especificidades culturales, para generar medios de comunicación accesibles (Jiménez Bartlett y Aguilar Contreras, 2018).

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Mgdo. Presidente del TEEP Lic. Jesús Gerardo Saravia Rivera

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EL

REGISTRO MARCARIO EN

MÉXICO Por: Lic. Gabriel Lara Duarte

El régimen de propiedad industrial en México está compuesto de varios rubros contemplados en la Ley de Propiedad Industrial (LPI), entre ellos tenemos a los llamados signos distintivos, los cuales permiten identificar en el mercado, productos o servicios de la misma especie, a través de nombres, imágenes, objetos, entre otros, con el fin de promover el desarrollo de las empresas y del mercado nacional e internacional.

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La LPI reconoce expresamente como signos distintivos a las Marcas, Avisos Comerciales, Nombres Comerciales, Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas. En el presente trabajo me referiré únicamente al procedimiento administrativo para el registro de una Marca, de la manera más completa y sucinta posible.

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Para alcanzar el objeto antes planteado, debemos entender a la Marca como todo signo perceptible por los sentidos y susceptible de representarse de manera que permita determinar el objeto claro y preciso de la protección, que distinga productos o servicios de otros de su misma especie o clase en el mercado, de conformidad con el artículo 88 de la LPI. Para efectos del presente trabajo no profundizaré en la naturaleza normativa de la Marca, ni de las diversas modalidades de ésta (Marca colectiva, Marcas Notoriamente Conocidas y Famosas) sino que me focalizaré en el trámite administrativo contemplado en la ley para logar la protección del signo distintivo.

En ese tenor, el procedimiento administrativo para registrar una marca, se debe llevar a cabo ante el IMPI, que es la autoridad administrativa competente para aplicar las disposiciones relativas de propiedad industrial. Por ello, para obtener el registro de una marca deberá presentarse solicitud por escrito ante el IMPI, o de forma electrónica mediante el Portal de Acceso a Servicios Electrónicos (PASE). La solicitud deberá realizarse en los formatos oficiales que al efecto expida el IMPI, los cuales deberán contener nombre y domicilio del solicitante, la representación del signo que constituya la marca, la fecha de primer uso de la marca en México o, en su caso, la mención de que no se ha usado, los productos o servicios específicos a los que se aplicará la marca y los demás que prevenga el reglamento de la LPI. Es importante precisar que a la solicitud de registro deberá acompañarse el comprobante de pago de la Tarifa para registro de una marca, que asciende a la cantidad de $3,126.40 (Tres mil ciento veintiséis pesos 40/100 M.N.) incluyendo el Impuesto al Valor Agregado, de conformidad con el Acuerdo por el que se da a conocer la Tarifa por los Servicios que presta el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Recibida la solicitud, el Instituto procederá a su publicación en la Gaceta de la Propiedad Industrial, que es el órgano de información que edita el IMPI, a más tardar en los diez días hábiles siguientes a su recepción, y efectuará un examen de forma de la misma, así como de la documentación exhibida, para comprobar si se cumplen los requisitos que previene la LPI y su reglamento, de conformidad con el artículo 119 de la LPI. Cabe mencionar que todas las notificaciones, requerimientos o avisos relativos al trámite administrativo de registro de una marca, se publican en la Gaceta de la Propiedad Industrial, por ello es sumamente importante el monitoreo permanente de ese medio de difusión por parte de los abogados que se dediquen a la materia de propiedad industrial.

La finalidad de la publicación en la Gaceta del inicio de trámite de una marca, es que cualquier persona pueda oponerse al registro de la misma cuando se actualicen los impedimentos de registro establecidos en los artículos 4 y 90 de la LPI. Cabe mencionar que la oposición se deberá plantear ante el IMPI, en un plazo improrrogable de un mes, y se deberá pagar la tarifa correspondiente por el trámite de la oposición. Concluido el examen de forma, se procederá a realizar el examen de fondo, a fin de verificar si la marca es registrable en los términos de la LPI. En ese contexto, si la solicitud o la documentación exhibida no cumple con los requisitos legales o reglamentarios; si existe algún impedimento para el registro de la marca o si existen anterioridades, el IMPI lo comunicará por escrito al solicitante otorgándole un plazo de dos meses para que subsane los errores u omisiones en los que hubiese incurrido y manifieste lo que a su derecho convenga en relación con los impedimentos y las anterioridades citadas; reiterando que dicha notificación se realizará en la Gaceta de la Propiedad Industrial. Cabe mencionar que, si a efecto de subsanar el impedimento legal de registro, al contestar dentro del plazo concedido, el solicitante modifica o sustituye la marca, ésta se sujetará a un nuevo trámite, por lo cual deberá pagar una nueva tarifa, de conformidad con lo establecido en el artículo 123 de la LPI. Concluido el trámite de la solicitud y satisfechos los requisitos legales y reglamentarios, se expedirá el título marcario por parte del IMPI, el cual tendrá una vigencia de diez años, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de protección marcaria. En caso de que el Instituto niegue el registro de la marca, lo comunicará por escrito al solicitante, expresando los motivos y fundamentos legales de su resolución. Las resoluciones sobre los trámites de registro de marca deberán ser publicados en la Gaceta de la Propiedad Industrial, independientemente de que sean favorables o no al solicitante. Una vez otorgado el título de la marca, el titular deberá declarar ante el IMPI, acompañando el pago de la tarifa correspondiente el uso real y efectivo de la marca. Dicha declaración se deberá presentar durante los tres meses posteriores, contados a partir de que se cumpla el tercer año de haberse otorgado el registro, so pena de que caduque el registro de la marca.

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En ese contexto, la aplicación de la LPI, su reglamento, así como de las demás normas generales que se expidan en materia de propiedad industrial, corresponde al Poder Ejecutivo por conducto del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), el cual es un organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sectorizado a la Secretaría de Economía, de conformidad con los artículo 1° y 6° de la LPI.

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DERECHO ANIMAL Por: Mtra. Elizabeth Montero Romero

¿Qué es el Derecho Animal?

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Derecho

Animal

La palabra derecho puede tomarse en tres acepciones distintas. En el derecho objetivo: designa el conjunto de normas o reglas que rigen la actividad humana en la sociedad, cuya inobservancia está sancionada. En segundo lugar, derecho subjetivo, designa esta palabra las facultades pertenecientes al individuo.

Ser vivo irracional que siente y se mueve por sí mismo.

En tercer lugar, el derecho como equivalente a justicia, como portador del valor justicia

Después de leer un breve significado de ambas palabras, podemos señalar que el Derecho Animal es una colección de derechos positivos y jurisprudencia en la cual el objeto de derecho es la naturaleza (legal, social o biológico) de animales. Es usar el derecho para proteger las vidas y defender los intereses de todos los animales.

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Desmenucemos los significados de estos dos términos:

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Redactar datos históricos suele ser algo tedioso, pero señalaré a grandes rasgos los más relevantes (a nivel internacional). Y me gustaría decirles que no lo vean como una línea de tiempo sino como una serie de eventos que han dado la consolidación de esta área. Pitágoras fue el primer filosofo de derechos de los animales pues proclamaba que hombres y animales tienen la misma alma y compraba perros del mercado para darles la libertad, valor preciado en aquella época. Fue hasta el siglo XVII que se promulgarían las primeras leyes proteccionistas. En 1635 en Irlanda se prohibió atar arados (instrumento en agricultura) a las colas de los caballos o fisurar al ganado ovino para la obtención de lana.

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En el año 1641 se aprobó el Massachussets Body of Liberties, cuyo artículo 92 establecía: “A ningún humano le es permitido efectuar ningún tipo de tiranía o crueldad hacia alguna criatura nacida que esté retenida para uso humano”.

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En 1654 el gobierno inglés de Oliver Cromwell prohibió las peleas de toros, gallos y perros. Tanto influye esto que el mismo John Locke en sus tratados argumentaba que la crueldad con los animales podía tener efectos negativos sobre la evolución ética de los niños por cuanto podrían acabar transmitiendo la brutalidad en sus relaciones sociales. Para 1821 el parlamento inglés pro-

hibió el maltrato de caballos y 20 años después prohíbe el maltrato de perros y gatos. Curioso es que primero se protegiera al caballo antes que a lo que hoy en día consideramos “mascotas” o animales de compañía. Acto seguido Schopenhauer difundió tan fuertemente la protección animal que hoy en día es el padre del proteccionismo animal en el siglo XIX. Se crearon a partir de aquí sociedades proteccionistas, personas abogando esta protección. En 1978 la ONU y UNESCO aprobaron la Declaración Universal de los Derechos del Animal. La Declaración originalmente contenía 14 artículos y enuncia derechos fundamentales en favor de los animales. Dicha declaración no tiene ningún alcance jurídico, así es como lee, ninguno. La Declaración ha sido proclamada en la UNESCO y no por la UNESCO. Es lo que hace la diferencia. Si hubiese sido adoptada por la misma institución, la Declaración habría tenido un alcance moral superior, sería algo como un Tratado internacional o documento jurídico vinculante. Para finalizar con esta declaración, destaco que posteriormente se promulgaron dos declaraciones universales, la de 1989 y la de 2000. De ahí se han originado miles y miles de normas en todos los continentes (década de los 80 principalmente) donde se ocupan de respetar al menos cinco derechos básicos en todas esas normas: No sufrir molestias No padecer hambre ni sed No sufrir miedo ni angustia ni dolor, heridas o enfermedad Libertad para expresar su comportamiento natural.

Situándonos en nuestra zona geográfica, hoy en día nuestro derecho mexicano sigue siendo renuente a abordar el tratamiento jurídico de los animales y a plantearnos un cambio en el estatuto jurídico de los mismos y a pesar de que los tiempos han cambiado en el país se sigue considerando que hacen falta todavía más avances en el tema o bien pulir de una mejor manera lo que hoy en día contamos. En México aún no llegamos al nivel de cambios que han hecho los países de Alemania, Suiza, Austria y Chequia, Francia y Portugal, los cuales han modificado en sus códigos civiles sus textos con el fin de declarar a los animales como no- cosas, significando esto último que dejan de ser tratados como cosas. Siendo curioso que en el caso de Alemania ya se reconoce a nivel constitucional la protección animal y de la naturaleza como una obligación que el Estado asume frente a las generaciones futuras. ¿Pero entonces “No cosas” sería el término correcto para los animales? En realidad el término ideal y más propio sería el de seres sintientes (en inglés sentient beings). La definición de sintiente es simplemente “capaz de percibir o sentir cosas”. Estas dos palabras son las “palabras mágicas” las que deberían ser parte ahora como términos jurídicos las que deberían de incluirse en nuestras leyes. Pues si estos son incluidos y reconocidos por nuestras leyes, sería más fácil tratar el tema con personas que son responsables o que bien tratan diariamente el bienestar animal. Desviémonos de nueva cuenta al Derecho Animal en México El sistema legal de México tiene su origen en el Derecho Romano,

por lo que localizaremos enseguida dentro del derecho civil las tan estudiadas figuras de: persona, cosas, propiedad, derechos civiles y reales. Las personas tienen derechos y obligaciones, así como propiedad sobre las cosas. Entonces es común que se concluya que lo que no es persona es por consecuencia una cosa (en técnica normativa) incluyendo así a los animales dentro de los bienes muebles o en semovientes (según el texto consultado pues puede llegar a variar). Siendo sólo el caso de la Constitución Política de la Ciudad de México el único ordenamiento que reconoce a los animales como seres sintientes y como sujetos de consideración moral. ¿Entonces si no están reconocidos como seres sintientes a nivel nacional (Constitución o Ley General o Ley Federal), sería necesario mapear y analizar cada una de la legislación actual de los animales en el país para poder darles una mejor protección? Sí… Como ayuda les señalaré brevemente (pues será tarea de todos los abogados mexicanos abordar exhaustivamente cada una de las leyes) a las Leyes Generales, Federales y Estatales, Normas Oficiales Mexicanas, Reglamentos, Códigos Penales o Civiles. En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, norma suprema del cuerpo jurídico de nuestro país, encontramos a los animales bajo el término medio ambiente (artículo 4º párrafo quinto.) y se señala que el Estado mexicano debe procurar que, a las personas, que se encuentren en el territorio mexicano, se le respete el derecho humano al medio ambiente sano así como también señala que el Estado debe sancionar a todo aquel que dañe o deteriore esta misma.

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El derecho animal, es importante señalar, que no es algo reciente, sino que ha ido formándose históricamente de manera paulatina a medida que las sociedades han ido avanzando en términos éticos y sucesivamente han ido ampliando el ámbito de protección legal.

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En México existen diversas leyes generales y federales que tienen como propósito proteger y conservar los recursos naturales, así como establecer ciertas medidas que aseguren la sustentabilidad de su aprovechamiento y garanticen su preservación. Entre estas leyes (en esta jerarquía) tenemos: • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • •

Código Civil Federal Código Federal de Procedimientos Civiles Código Penal Federal Ley Aduanera Ley de Aviación Civil Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación Ley de Organizaciones Ganaderas Ley de Productos Orgánicos Ley de Vías Generales de Comunicación Ley Federal de Derechos Ley Federal de Responsabilidad Ambiental Ley Federal de Sanidad Animal Ley Federal de Seguridad Privada Ley Federal del Trabajo (en cuanto a trabajadores de campo) Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable Ley General de Desarrollo Rural Sustentable Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables Ley General de Salud Ley General de Vida Silvestre Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente Ley General para la Inclusión de las personas con discapacidad Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

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Es importante señalar que no debemos pasar por alto los respectivos reglamentos de las leyes antes citadas.

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Considero importante señalar que la Ley General de Vida Silvestre establece lo que es el Maltrato Animal en su artículo 3 Inciso XXVI: Todo hecho, acto u omisión del ser humano, que puede ocasionar dolor, deterioro físico o sufrimiento, que afecte el bienestar, ponga en peligro la vida del animal, o afecte gravemente su salud o integridad física, así como la exposición a condiciones de sobreexplotación de su capacidad física con cualquier fin. En el caso de nuestro Código Civil Federal, este cuerpo legal considera aún a los animales bienes muebles conforme a los siguientes artículos: Artículo 752.- Los bienes son muebles por su naturaleza o por disposición de la ley. Artículo 753.- Son muebles por su naturaleza, los cuerpos que pueden trasladarse de un lugar a otro, ya se muevan por sí mismos, ya por efecto de una fuerza exterior. Artículo 759.- En general, son bienes muebles, todos los demás no considerados por la ley como inmuebles. En resumen, nuestro Código Civil los considera meramente cosas. Ahora bien, en nuestro Código Penal Mexicano Federal se mencionan a los animales dentro de los delitos contra el consumo y la riqueza nacionales en su artículo 254 fracción II que señala la aplicación de una sanción cuando se ocasione la difusión de una enfermedad de las plantas o de los animales con peligro de la economía rural; dentro de los delitos contra la Vida y la Integridad Corporal (lesiones) en su artículo 301

donde nos indica que se aplicará una pena por las lesiones que a una persona cause algún animal bravío. Se señala a los animales el Código Penal en su artículo 381 Ter en cuanto al delito de abigeato. Por último, en los artículos 417, 419bis, 420, 420 bis se señalan diversos delitos contra el Ambiente y la Gestión Ambiental. Después de señalar lo anterior es notoria la ausencia de la tipificación del Delito de Maltrato Animal en este cuerpo legal. Aunque recientemente se han propuesto en este año iniciativas para reformar el citado código para incluir disposiciones que sancionen el maltrato animal en cualquiera de sus modalidades, además de garantizar sus derechos como seres vivos.

La mayoría de los estados ya han reformado los códigos penales para tipificar los crímenes de zoofilia, maltrato, crueldad animal y abandono, castigándose dichos delitos con multas y algunos casos hasta con años de prisión. Una parte importante sobre la inclusión en los códigos penales de los delitos de abuso animal es el hecho de que, al castigarse estos actos cometidos en contra de los animales, se mejora la calidad de vida tanto de los animales como de la sociedad, porque al detener a las personas que son violentas con los animales se evita que escalen su peligrosa conducta hacia los seres humanos. Las leyes de protección animal reitero son consideradas por muchos expertos como indicadores de una mejoría en la civilidad y moral colectiva de un País.

Señala una de las iniciativas que la Ley de Sanidad Animal, la Ley General de Vida Silvestre y la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente “pretenden” garantizar la protección de los animales, pero en la práctica se siguen cometiendo atrocidades en su contra. En cuanto a la legislación mexicana, jerarquía nivel estatal, ya se han aprobado diversas Leyes Estatales en México que protegen la vida animal y también los estados han reformado sus códigos penales para incluir delitos de crueldad animal. Hoy el 99% de los estados de la República Mexicana cuentan con una Ley de Protección Animal (el Estado de Oaxaca no la tiene a pesar de haber reformado su código penal), con diferentes nombres por estado, pero todas ellas protegiendo la vida de los animales variando un tanto que tipo de animales se protegen, las sanciones administrativas y las conductas a normar.

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Por lo tanto, si los animales pertenecen al medio ambiente es entonces que su maltrato, daño o deterioro está sancionado y todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar este derecho humano al medio ambiente.

Asimismo, de éstas numerosas leyes que hemos citado solo comentaremos algunos rasgos interesantes de tres de éstas.

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Métodos para dar muerte a los animales domésticos y silvestres.

Las más relevantes (y no es mención limitativa) para nuestro caso de Derecho Animal Mexicano serían:

NOM-001-SAG/GAN-2015: Sistema Nacional de Identificación Animal para Bovinos y Colmenas

Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo.

NMX-AA-165-SCFI-2014: Que establece los requisitos para la certificación con respecto al bienestar animal, conservación, investigación, educación y seguridad en los zoológicos.

Norma Oficial Mexicana NOM-003-ZOO/1994, criterios para la operación de laboratorios de pruebas aprobados en materia zoosanitaria. Norma Oficial Mexicana NOM-062-ZOO-1999, especificaciones técnicas para la producción, cuidado y uso de los animales de laboratorio. Norma Oficial Mexicana NOM-051-ZOO-1995: Trato humanitario en la movilización de animales. Norma Oficial Mexicana NOM-033-SAG/ZOO-2014:

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Postgrado. Máster en Derecho Animal y Sociedad. Universidad Autónoma de Barcelona (España). 2013- 2014. Estatus: Titulada.

NOM-011-SSA2-2011: Para la prevención y control de la rabia humana y en los perros y gatos NOM-042-SSA2-2006: Prevención y control de enfermedades. Especificaciones sanitarias para los centros de atención canina

Superior. Licenciatura en Derecho. Universidad Iberoamericana Puebla (México). 2006- 2010. Estatus: Titulada y con cédula profesional. Intercambio Académico. Universidad de Santiago de Compostela (España). 2009. Otros. Licenciatura en Derecho. Escuela Libre de Derecho Puebla (México). 2005- 2006. Certificación en “Animal Behaviour and Welfare” impartido por la Universidad de Edimburgo y Coursera. febrero 2015 - abril 2015 (Edimburgo, Escocia).

Después de leer este breve mapeo considero sin duda alguna que tenemos por delante interesantes retos de futuro sobre los que tanto la Ciencia jurídica como la Política deben de ir de la mano para que el Derecho Animal siga siendo una realidad viva y nuestro Derecho Mexicano esté adecuado al actual pensar social.

PUBLICACIONES Colaboración en el reporte que contiene recomendaciones claras y concretas para el bienestar de los equinos en la UE: “Removing the Blinkers: The Health and Welfare of the European Equidae in 2015”. (2015)

Uno de los primeros retos después de tipificar a nivel federal el maltrato y crueldad animal será el reto de cambiar el estatuto jurídico de los animales (de todas las categorías sin excepción) de “cosas” a “seres vivos dotados de sensibilidad” en toda la legislación sin discriminación alguna.

Páginas de interés en Derecho Animal:

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FORMACIÓN

https://derechoanimal.info/es http://apasdem.org/ https://www.globalanimallaw.org/ https://law.lclark.edu/law_reviews/animal_law_review/ Literatura en Derecho Animal: https://www.tirant.com/editorial/colecciones/animales-y-derecho https://www.derechoanimal.info/es/libros https://www.marcialpons.es/libros/el-derecho-de-los-animales/9788416402212/

Comentario respecto a la prohibición de circos con animales en México: debate social y propuestas legales (agosto 2014) Novedades Legislativas de Derecho Animal en México (abril 2014).

ELIZABETH MONTERO ROMERO

PARTICIPACIONES Ponencia en el cine-Foro: Tauromaquia como fenómeno social, fiesta que rescata tradición o tortura que promueve violencia. Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades “Alfonso Vélez Pliego”, ICSyH / BUAP. febrero 2015. (Puebla, Puebla, México). Participación en la redacción y exposición en el II Congreso Iberoamericano de Justicia Terapéutica del documento Bienestar Animal y Justicia Terapéutica (L. Morales Quintero, E. Montero, L. Greathouse Amador. Resúmenes de comunicaciones. Puebla, 2014, Páginas 130135). diciembre 2014. (Puebla, Puebla, México).

EXPERIENCIA Editorial Tirant lo Blanch México (Ciudad de México, México). Departamento de Edición. agosto 2015- abril 2019.

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En cuanto a las Normas Oficiales Mexicana, regulaciones técnicas de observancia obligatoria expedidas por las dependencias competentes, que tienen como finalidad establecer las características que deben reunir los procesos o servicios cuando estos puedan constituir un riesgo para la seguridad de las personas o dañar la salud humana; así como aquellas relativas a terminología y las que se refieran a su cumplimiento y aplicación.

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Coordinar procesos editoriales: Tareas operativas de planificar, compaginar y controlar todos los procesos y profesionales que intervienen en la producción de nuestros libros conforme a nuestras políticas editoriales. También intervengo en selección de originales y administración de éstos. Gobierno Municipal de San Andrés Cholula (Puebla, México). Asesora externa del Departamento del Juzgado Calificador. 2015. Colaboración y parte del equipo que realizaría la reforma del bando de policía y gobierno de San Andrés Cholula. En mi ámbito aporté propuestas que hacían falta dentro de los lineamientos de dicho bando, relacionadas a los animales. Eurogroup for Animals (Bruselas, Bélgica). Prácticas profesionales/ Asistente de investigación para el proyecto de Bienestar de equinos de la Unión Europea. Investigar, analizar la legislación existente de cada estado miembro de la UE para posteriormente crear una sinopsis plasmando lo más relevante. Principalmente me enfoqué en la documentación necesaria para el proyecto de Finlandia, Suecia, Alemania, Eslovenia y Hungría. Grupo de Investigación Animales, Derecho y Sociedad (ADS- SGR) de la Universidad Autónoma de Barcelona (Barcelona, España). Derecho Animal –Da- Webcenter. Reportero Legal / Corresponsal en México. Deloitte (Puebla, México). Abogada / Impuestos y Servicios Legales. 01 de julio 2011 hasta 31 de diciembre de 2012. Intervención y cooperación en: Los escritos necesarios para los diversos trámites tales como el de inconformidad, recursos de revocación, demandas de nulidad, demandas de amparo indirecto y directo.

VOLUNTARIADO

DICIEMBRE / ENERO

Consejo Ciudadano de Bienestar Animal del municipio de Puebla (Puebla, México). Consejera Titular. junio de 2013 – agosto 2015.

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Fundación Dejando Huella (Puebla, México). Miembro. mayo de 2013.



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