Boletín
PARA REGISTRADORES CIVILES N° 20 / DICIEMBRE 2015
LA RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTAS REGISTRALES
L
as rectificaciones administrativas son el conjunto de actos o trámites solicitados por quienes encuentran errores u omisiones en sus actas. Estas rectificaciones pueden ser necesarias:
- Cuando en el acta existe error y omisión atribuible al Registrador Civil. - Cuando en el acta existe error y omisión, NO atribuible al Registrador Civil.
LA RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTAS POR ERROR Y OMISIÓN ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR CIVIL. Este tipo de rectificación procederá en los siguientes casos: •
Cuando el registrador que realizó la inscripción, cometió error en la consignación de datos en cualquiera de los campos del acta, ya sea en su cuerpo principal, en el rubro de las anotaciones marginales o textuales. También es error del registrador de la época haber consignado en el acta datos que no debieron anotarse, ya que no figuraban en los documentos de sustento y normas de la época.
Elaborado por la Escuela Registral