Fundamentos conceptuales del postconflicto

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CONCEPCIONES SOBRE DERECHOS HUMANOS Y POSTCONFLICTO José Vicente Vergara Hoyos


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FUNDAMENTOS CONCEPTUALES DEL POSCONFLICTO

Desde una mirada retrospectiva hay que tener en cuenta que las fuentes del conflicto, en el origen de los Estados Modernos, hay que ubicarlas en la tensión entre la Autoridad Estatal, quien establece la Ley, el Orden Jurídico y el Estado de Derecho, por una parte, y por otra, el individuo o grupo de individuos. Como afirma A. Parra: “El Estado de derecho y la fuerza de la ley, así como el monopolio de las armas y el uso legítimo y legal de la violencia por parte del Estado, llevan en sí mismos un concepto peyorativo y degradante del ser humano, que debe ser reprimido y castigado, y un concepto de norma que tiene su pivote en ella misma, no propiamente en la dignidad y la grandeza de un ser humano libre, autónomo, ético, que por su propio actuar pueda ser modelo de actuación para los otros, según el postulado kantiano de la razón práctica” (Parra 2010, Violencia Total y Paz Real, 37)

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Desde esta perspectiva es claro que la fuerza coercitiva que establece el Estado de derecho, quien ordena el cumplimiento de la ley, le convierte en el monopolio estatal al concentrar las armas y la violencia. Luego: “No existe en nuestro ordenamiento jurídico un solo código que no haya sido elevado al máximo posible de coerción y de represión: el código de comercio, el código aduanero, el código civil, el código de policía, el código de procedimiento penal, el código carcelario; y hay multitudes que saludarían con delirio el establecimiento de la pena de muerte, que fuera el triunfo y supremacía definitiva del derecho y de la ley por sobre el definitivo envilecimiento humano. Sólo que el abultado volumen de las leyes coercitivas y punitivas es apenas proporcional con el prontuario de la propia descomposición moral” (Parra 2010, Violencia Total y Paz Real, 37)


El Posconflicto es: <<Superación parcial o total de los conflictos armados>> 1. 2.

“Puede entenderse como un concepto de un único atributo: la reducción del número de homicidios relacionados con el conflicto”. En pro de la construcción de la Paz y para no recaer en el conflicto que se pretende superar, se acuerda: “El DDR (procesos de desarme, desmovilización y reintegración de excombatientes), la reconciliación, la atención a población vulnerable, la construcción de memoria y verdad, la justicia transicional y la reparación, la prevención de la violencia y el crimen, la reforma de las Fuerzas Armadas y de Policía, la reconstrucción y el desarrollo económico, la estabilización política y la participación del sector privado, la sociedad civil y la comunidad internacional en todos ellos (Galtung 1975; Boutros-Ghali 1992; Chetail 2009; Rettberg 2003 y 2012)”. “No puede haber construcción de paz en medio del cruce del fuego entre actores. Pero sí podría hablarse de construcción de paz en zonas y espacios que no estén en medio de las hostilidades. Es decir, cuando existen ventanas de postconflicto (Ugarriza 2013).” Vease: http://www.urosario.edu.co/jurisprudencia/jurisprudenciareconciliacion/ur/Postconflicto/(9-Marzo-2016)

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En nuestro caso se habla de acuerdo de paz entre el Gobierno y la FARC-EP, no es negociación –entregar y recibir-. Lo cual indica que en dicho acuerdo no se incluye al ELN. Sin embargo, este grupo guerrillero puede aprovechar esta oportunidad que ofrecen los acuerdos de la Habana. La especificidad de los “acuerdos de paz con las FARC” se diferencia de otros acuerdos con otros grupos guerrilleros (lucha contra las estructuras autoritarias, por la soberanía, etc.). En este caso, y como lo afirmaba el alto comisionado para la paz, Sergio Jaramillo, la paz tiene como característica fundamental la recuperación territorial.


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El posconflicto como Reconstrucción y Rehabilitación.

El posconflicto no es fin total del conflicto, sino parcial: en cuanto se pide a la insurgencia la dejación del combate. La superación del conflicto solo será total cuando se haya solucionado las situaciones que produjeron el conflicto (lucha por la tierra y otras causas). Las partes comprometidas asumen el trabajo por la reconstrucción de las ciudades y de la vida en el campo, pero además, están obligados a rehabilitar en términos sociales y humanos a la población afectada en cuanto víctima del conflicto. El compromiso por parte del grupo insurgente es la dejación de las armas, el abandono de la violencia y su participación política por las vías democráticas, no por la vía armada. Por parte del Estado y el gobierno de turno, el compromiso principal es protección del proceso como también dar la garantías a los desmovilizados para lograr lo establecido en los acuerdos.


“Recuperación del pacto social entre centro y las regiones” 1. Superación de los homicidios producidos por el conflicto activo e interno. 2. Reducción de la confrontación y reintegración de grupos armados. 3. Reconocimiento de un marco legal –común- que permita el orden jurídico y el cumplimiento de la constitución o reformas constitucionales establecidas. 4. Para el caso de los acuerdos de la Habana y como superación definitiva del conflicto, el Gobierno debe procurar: • Reforma rural y agraria: acceso a la tierra y reestructuración del campo • Establecer la titulación de propietarios y el mejor uso de la tierra. • Se trata de reintegrar a los excombatientes a la vida civil y política. • La participación política de los grupos guerrilleros, entendida como la posibilidad que trasciende las fuerzas bi-partidista, los partidos tradicionales y que reconoce el pluralismo político de la nación, desde el cual de abre espacios a las idea y no a la violencia producida por las armas. • La regulación y control de las economías ilegales (minería, explotación de recursos, etc.) se busca caminos y canales que permitan el desarrollo de las regiones. Los Invito, por último, a revisar los textos complementarios y realizar el Foro Sincrónico.


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