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CNE: ¿el gran derrotado?
El Consejo Nacional Electoral dejó vacíos en el control de las elecciones. Las revisiones de lavado de activos y la vigilancia del mundo virtual son pasivos de los consejeros de esa institución. El país va a las urnas el domingo 9 de febrero. 5
Imbabura y Carchi habilitarán 215 recintos electorales 3
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Vicepresidencia revivirá con el nuevo Gobierno 4
Los nexos del Tren de Aragua en Ecuador 7 SEGURIDAD
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Mejora estadía de turistas en Quito 8
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Cacería selectiva
“Tres millones de años atrás apareció una raza ya bien parecida al hombre actual: éstos ya sabían tallar las piedras, en forma muy rudimentaria”, por lo que la idea de que “Dios había creado todo al comienzo y después el mundo se había guardado más o menos igual… ya no vale”, según una edición bíblica de 1972 de la Conferencia Episcopal Ecuatoriana.
¿Cómo explicar que el Planeta Tierra hoy albergue 8.156 millones de habitantes? Millones de años después, Estados Unidos de América inició su formación en 1607 con el ingreso de ingleses, seguidos por irlandeses, escoceses, alemanes, suecos, noruegos, otros europeos, esclavos afros, judíos, rusos, asiáticos, del resto de América, quienes cimentaron y desarrollaron institucionalidad garante de inversiones, ciencia y trabajo. Los historiadores Faulkner, KepneryBartlettensuobra“Vida del Pueblo Norteamericano”, 1941, aseguran que excepto los indios, “toda persona que vive hoy en EE.UU. es un emigrante o descendiente de migrantes que llegaron aquí durante los últimos 300 años”.
A fines del siglo XIX introdujo regulaciones migratorias. El presidente Trump desciende de migrantes sueco y alemán. La aduana registró a su madre como ‘doméstica’. La Unión es crisol de culturas; hoy teme estallidos sociales incitados por migrantes indocumentados como sucedió en Ecuador, Chile, Perú y Colombia.
El universal derecho migratorio está en vilo por crecientes amenazas y asedios de fundamentalistas ideológicos; se generalizan medidas defensivas para detenerlos. Las cacerías migratorias deberían ser selectivas, no indiscriminadas.
Pues, entre 2010 y 2021, por trabajo, 500 mil ecuatorianos migraron a la Unión. 121 mil obtuvieron tarjeta de residencia; fracturas familiares que parece disfrutan quienes ejercen poder político, adversos a iniciativas que mejoren la calidad de vida de la población.
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Autoengañados
Los candidatos se autoengañan para no caer en depresión y para que sus simpatizantes crean, hasta el final, que ganarán.
1. Los seres humanos organizamos nuestros más de 65.000 pensamientos diarios -casi todos repetitivos- según nuestras creencias: vemos lo
EDITORIAL
El turismo resurge
El turismo ha sido uno de los sectores más golpeados por la inseguridad. LA HORA ha recogido testimonios de empresarios y emprendedores que relatan la falta de visitantes y comensales durante el 2024. Sin embargo, se siente un cambio.
Las últimas cifras de dos entidades del Municipio de Quito, Quito Turismo y la Empresa de Servicios Aeroportuarios, señalan que los turistas, nacionales e internacionales, se quedan más días en la capital. Hasta 2023, el promedio de una estancia era de 1,4 días y para el último año fue de 2,7 días.
Luego de la declaración de conflicto interno armado, de señalar a grupos delincuenciales como terroristas, incluso a internacionales como las FARC, el Cartel de Sinaloa y el Tren de Aragua, las recientes cifras son alentadoras y el brutal efecto de la inseguridad en la imagen del país parece retro-
ceder de a poco.
Que esto continúe no depende de restringir las noticias que ofrecen los medios de comunicación sobre la realidad de la inseguridad o de intentar castigar la publicación de capturas de cabecillas en portadas de los diarios. Tampoco depende de los pedidos de dirigentes gremiales para controlar la inseguridad, pues no es trabajo de una sola autoridad. El esfuerzo es de todos.
Hay empresarios que no han dejado de invertir y contratar personal; emprendedores que, pese a todo, ven en el país una oportunidad por la belleza de los paisajes naturales y urbanos.
En el caso de Quito , ayudará que además del turismo ecológico y de aventura, se abandonen sectarismos y se potencie, como en Roma, un turismo relacionado con lo religioso, por ejemplo. La capital tiene algunas de las iglesias más hermosas del mundo.
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que nos conviene para no sufrir. Nos autoengañamos.
2. Los políticos engañan para conseguir votos, y se autoengañan para no sufrir y mantener su estado de ánimo y el de sus seguidores en alto.
3. Los políticos y sus simpatizantes viven en un micromundo. Montar una tarima y llenar un parque, una plaza o un estadio les provoca un efecto placebo y, en un momento de éxtasis, se sienten amados y piensan que ganarán la elección.
4. Ver una tarima y una concentración, es mirar la misma foto de las campañas de hace 100 años. No llama la atención, no es novedoso ni distinto. Es como ver todos los días la majestuosidad de un cielo estrellado; ya no llama la atención.
5. Una campaña aburrida, sin acciones novedosas, sin una línea clara de nueva comunicación política que rompa esquemas y que provoque conversación, diversión y entretenimiento, la diferencia se marca por:
•Los números positivos y
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EDUARDO F. NARANJO C. eduardofnaranjoc@gmail.com
Esperanza de futuro
Lamente crea sensaciones de “esperanza” para momentos inciertos. Es una ruleta donde la apuesta puede lograr éxito, sin embargo, las probabilidades de alcanzarlo siempre son escasas.
En la elección de dirigentes nacionales, la ciudadanía mayoritariamente tiene poca esperanza de lograr éxito, evaluando el pasado y el presente como resultados, tal que su decisión obedece a supuestos de que en esta lotería logrará un mínimo beneficio, lo que define estas decisiones como de alto riesgo.
La realidad es que la gran mayoría de ciudadanos no analiza, ni parece importarle cuál es la mejor opción, después de tantos años de descalabro en los que la economía familiar y nacional permanece deprimida, como testifican los hechos y peor aun que sufrimos la pandemia del narcotráfico penetrada en todos los estratos sociales desde hace mucho.
Este escenario ha llevado al país a un estado de inseguridad personal, económica y social, en circunstancias que al ciudadano solo le queda la esperanza de que quizá esta vez acierte, porque un error más podrá tener consecuencias de desastre, sumado el retorno obligado de compatriotas que incrementarán el número de desempleados.
Ecuador, lugar fabricado al antojo de quienes estaban y eran hegemónicos, en el momento del reparto de las tierras que estaban bajo dominio del imperio español y que pese a cuatro siglos recorridos no logra construirse del todo, pese a los esfuerzos que algún momento de la historia hicieron contados valiosos líderes, independientemente de su visión política, hoy solo se vive de esperanza. Esta decisión a más de la incertidumbre que plantea nos muestra el estado de vulnerabilidad como sociedad, puesto que en el “mercado de ofertas” hay cosas imposibles de concretar por lo que la gente tomará su decisión bajo dos parámetros, el emocional y el pragmático pero en cualquiera de los casos con un mínimo de información dada la avalancha mediática en redes creando desinformación, hace la decisión sujeta al azar, por lo que resta decir “buenas noches y buena suerte”.
negativos de cada candidato.
•Su forma de actuar: cómo se diferencian de los políticos tradicionales en su forma de vestir, hablar, actuar.
•Cuántos errores cometen los candidatos.
•Qué candidato se percibe como nuevo o anticuado.
•Qué candidato es aburrido o divertido.
•Qué candidato tiene fuerza y liderazgo, o tiene jefes y es una figura secundaria.
6. Sin un norte estratégico ni estratégias de la nueva comu-
nicación política, no se marca una diferencia ni se provoca un crecimiento abismal en las intenciones de voto.
7. Mientras, los políticos siguen autoengañados en su mini mundo de tarimas, concentraciones, plazas y estadios llenos, caravanas y visitas a barrios. Es comprensible, tienen que autoengañarse para no sufrir y para mantenerse activos y contentos junto a sus convecinos, pues ya no estamos en la época del Dr. José María Velasco Ibarra.
ANTONIO RICAURTE
215 recintos se habilitarán para votar en Imbabura y Carchi
Para las votaciones del domingo 9 de febrero de 2025, en Imbabura y Carchi se habilitarán 215 recintos electorales.
IMBABURA - CARCHI.- A pocas horas de que los ecuatorianos acudan a las urnas para elegir presidente, vicepresidente, asambleístas y parlamentarios andinos, en Imbabura y Carchi se alistan los recintos que recibirán a los votantes.
En ambas provincias, ubicadas en el norte de Ecuador, el domingo 9 de febrero de 2025 se habilitarán 215 recintos electorales, para recibir a más de medio millón de votantes que constan en sus padrones.
Hasta las delegaciones provinciales del Consejo Nacional Electoral (CNE) comenzaron a llegar, desde la primera semana de febrero, los paquetes electorales con todos los insumos para el día de las votaciones, los cuales se repartirán primero a zonas alejadas.
Por ejemplo, los primeros paquetes electorales serán enviados, en el caso de Carchi, a la comunidad San Marcos y la parroquia Tobar Donoso, pertenecientes al cantón Tulcán, lugares a los que únicamente se puede ingresar vía área.
En Imbabura, por otra parte, el despliegue del material se realizará desde la madrugada del 8 de febrero, con resguardo militar, hasta los diferentes recintos electorales de los seis cantones, donde uno de los puntos de difícil acceso es Las Golondrinas, en Cotacachi.
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ELECCIONES. Entre las 07:00 y 17:00 estarán habilitados los recintos electorales para recibir a los votantes.
Comenzaron votando en las cárceles
°Las votaciones iniciaron oficialmente el 6 de febrero, con el sufragio de las personas privadas de la libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada. En la provincia de Imbabura, un total de 68 reclusos ejercieron su derecho al voto, de los 156 empadronados para este proceso, en la cárcel de Ibarra.
Desde la Delegación Provincial Electoral informaron que, para garantizar el desarrollo ordenado y seguro del sufragio, se instalaron dos Juntas Receptoras del Voto Móvil, cada una integrada por cuatro funcionarios electorales. Por otra parte, en la cárcel de Tulcán (Carchi) se habilitó el proceso para 34 electores, de los cuales sufragaron 9 hombres y 2 mujeres. Por otra parte, para el 7 de febrero está programado el Voto en Casa, que involucra a personas con discapacidad igual o superior al 75% y mayores de 50 años con movilidad reducida. En este grupo, en Carchi se encuentran empadronadas nueve personas, en los cantones Tulcán y San Pedro de Huaca. Y en Imbabura son 22 beneficiarios, de Ibarra, Antonio Ante, Otavalo y Cotacachi.
advirtiendo que la Policía Nacional revisará las pertenencias.
que se repartan en cada provincia, incluyen papeletas, padrones, certificados de votación, actas de instalación y de escrutinio, documentos electorales, urnas, biombos y material genérico, como sobres, etiquetas, candados de seguridad, esferos, huellero, linternas y demás útiles necesarios para el sufragio.
Cuatro papeletas
Los paquetes electorales, que llegan desde Quito para
A pesar de que en Imbabura se escogen cuatro asambleístas provinciales y en
Carchi a tres, en ambas provincias se repartirán cuatro papeletas para que cada ciudadano debe ejercer su derecho al voto.
Para el binomio presidencial, la papeleta será color café ; para asambleístas provinciales, color melón; para asambleístas provinciales será verde; y rosada para parlamentarios andinos.
En cada papeleta se deberá colocar una línea vertical dentro del casillero que estará en la parte superior, caso contrario el voto podría
ser anulado o considerado como blanco.
“Si marcas más de una lista el voto será considerado nulo . De igual manera, si escribes la palabra “nulo” o “anulado”, realizas tachaduras u otras marcas también será considerado como voto nulo. Las papeletas que no tengan ninguna marca serán consideradas como voto en blanco y no se contabilizará en el resultado final, es decir no será asignado a ningún candidato ”, apuntaron desde el CNE. (FV)
EL DATO
En Imbabura se habilitarán 137 recintos electorales, mientras que en Carchi serán 78, sumando 215 entre ambas provincias.
Dentro del padrón electoral de Imbabura constan 395.165 personas. En Carchi son 150.459.
El CNE recomienda evitar llevar bolsos o mochilas,
TOME NOTA
¿La Vicepresidencia de Ecuador podrá reactivarse?
El sitio web de la Vicepresidencia de Ecuador, así como sus redes oficiales no reflejan difusión de la gestión. ¿Es una institución que debe reactivarse?
La Vicepresidencia de la República del Ecuador nació en 1830 , tras la separación de los territorios de Quito, Guayaquil y Cuenca de la República de la Gran Colombia, reseña la institución en su sitio web.
El guayaquileño José Joaquín de Olmedo fue el primero en ocupar el cargo de vicepresidente del Estado ecuatoriano. A lo largo de los años, esta figura ha sido eliminada varias veces. Ecuador estuvo sin Vicepresidencia por última vez hasta 1979 . Ese año Osvaldo Hurtado Larrea fue vicepresidente. Desde entonces han ocupado el cargo 18 personas hasta noviembre de 2023, incluyendo a Alfredo Borrero, vicepresidente de Guillermo Lasso. Contando tanto a funcionarios elegidos por votación popular como designados o encargados.
En el Gobierno actual, que inició el 23 de noviembre de 2023, han asumido la Vicepresidencia tres personas. Primero Verónica Abad , elegida en las urnas; Sariha Moya , designada por el mandatario; y Cynthia Gellibert, también designada tras la renuncia de Moya. Abad ha utilizado varias vías para poder ejercer el reemplazo del mandatario durante la campaña electoral que concluyó el 6 de febrero.
Vicepresidente, ¿aliado o enemigo?
Otto Sonnenholzner fue vicepresidente en la administración de Lenín Moreno, desde diciembre de 2018 hasta julio de 2020. Fue designado por la Asamblea Nacional.
“Un vicepresidente debe ser y debería ser siempre un gran aliado del Gobierno y del Presidente, que es quien lidera ese Gobierno. Me parece que, si ya no hay coincidencias, si ya no hay el
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EDIFICIO. La Vicepresidencia está ubicada en el Centro Histórico de Quito, así lucía el 30 de diciembre de 2024. (Foto: Archivo).
proyecto en común, lo mejor que puede hacer un vicepresidente es agradecer y buscar su camino. Mi opinión personal”, expresó Sonnenholzner.
Pero eso no significa que se pueda violar la ley, aclaró.
“Eso no significa que Abad no tenga derecho a defender su posición dentro de la ley. ¿Cómo resolver esto? Debió haberse resuelto desde el inicio, por las buenas, dialogando y encontrando solución. Suficientes problemas tenemos los ecuatorianos como para sumarle a tanto problema esta disputa. En lo legal, me parece que la Corte Constitucional es la única instancia que debe dirimir en este tema”, apuntó el exvicepresidente.
Una Vicepresidencia inactiva
El último boletín que difundió la Vicepresidencia, en su sitio web, sobre su gestión fue el 27 de marzo de 2024. En X y en Facebook de la institución se publicó contenido hasta diciembre de 2024. Mientras que el personal de la Vicepresidencia se man-
tiene en teletrabajo desde el 23 de diciembre de 2024, tras una disposición del Ministerio de Trabajo. Para la constitucionalista Ximena Ron, hay una vicepresidenta en derecho, que es Abad, y otra vicepresidenta de facto (hecho) impuesta de forma inconstitucional, dijo respecto a Gellibert.
Por eso considera que “la Vicepresidencia es una institución que no está funcionando, quien está ahí dudo que esté haciendo algo. Dudo que esté ejecutando alguna labor, la institución”.
Al no estar activa, no hay afectaciones, según la experta: “En términos prácticos, no tiene afectación porque la Vicepresidencia no hace una función específica para decir que como no está actuando, entonces estamos perdiendo esta competencia. No tiene ninguna función específica en este momento, en términos prácticos no se pierde mucho”.
En cambio, sí ve otros efectos. “En términos constitucionales sí, esto involucra un proceso de debilitamien-
cia es necesario “para que pueda sumar al Gobierno y representar al país siempre al más alto nivel, porque la función de la sucesión también es importante”. Pero para que el rol de una o un segundo mandatario sea valioso debe ser “bien escogido”, solo “si se escoge adecuadamente es un gran aliado del Gobierno”, insistió. Para Ron, no es factible determinar qué pasará en la relación del binomio que gane las elecciones, porque “saber si va haber o no una tensión en algún momento del Gobierno es imposible”. Ejemplifica que en el Gobierno de Lasso no se evidenció tensiones, pero sí en el de Moreno. “Tuvimos tres vicepresidentes en el periodo de Moreno”, apuntó.
En cambio, Zaidán estima que hay un binomio en el que, de ganar las elecciones, podría repetirse la situación de tensiones y la figura de vicepresidente no podría ejercer.
¿Qué hacer con la Vicepresidencia?
to de la Vicepresidencia. Luego, esto abona al debilitamiento total de las instituciones, a un Legislativo que está desprestigiado, a un Consejo de Participación Ciudadana y Control Social que ni siquiera tiene titulares en este momento, a la Función Judicial también absolutamente desprestigiada con todo lo que ha ocurrido con los procesos penales. Hay una destrucción absoluta del tema institucional en el país”, refirió.
¿La Vicepresidencia se podrá reactivar?
Sonnenholzner señaló que los problemas entre un presidente y vicepresidente se pueden evitar al momento de elegir un binomio con quien se tiene coincidencias y un rol claro. Espera que quien gane la Presidencia haya “hecho bien la tarea de escoger a su binomio y asignar adecuadamente funciones para que las cosas caminen en beneficio del país”. Analizó que el desempeño del cargo de quien resulte electo para la Vicepresiden-
Para Ron, la Vicepresidencia debe ser eliminada. Esto requiere de una reforma constitucional. “No la necesitamos. La única función natural que tiene un vicepresidente es reemplazar al presidente en caso de ausencia, pero se puede reemplazar de manera general con un ministro de confianza”, plantea. Quien esté en la Presidencia debería poder escoger quién lo reemplace, añadió. “Hay que eliminar la figura (de vicepresidente)”, recalcó.
Zaidán es partidario de que se reforme la Constitución, pero para incorporar atribuciones específicas: “Es importante mantener la institución de la Vicepresidencia, pero se debería establecer en la Constitución las atribuciones claramente establecidas para quien ejerce la Vicepresidencia, no puede depender de la emisión de decretos. Que no sea solamente el asumir la Presidencia en caso de ausencia del presidente”.
El titular de la Vicepresidencia debería tener a su cargo el área social, el manejo de lo económico o la planificación, ejemplificó. (KSQ)
Los cuestionamientos al CNE siguen al final de la campaña
Fuentes del CNE defienden la gestión. Aseguran que a lo largo de los últimos meses sí se generaron mecanismos de control determinados en el Código de la Democracia.
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DECISIONES. Los ecuatorianos irán a las urnas el domingo 9 de febrero de 2025. (Foto archivo)
La campaña electoral para los comicios presidenciales y legislativos del 9 de febrero de 2025 concluyó a la medianoche del 6 de febrero de 2025, pero los cuestionamientos al Consejo Nacional Electoral (CNE), presidido por Diana Atamaint, por una presunta ausencia de controles en lo que fue la precampaña y campaña, se mantienen.
Luis Verdesoto, exconsejero electoral; y el consultor en comunicación política , Andrés Jaramillo, enumeran lo que ellos consideran falencias y hacen un llamado a hacer ajustes o correcciones para futuros procesos electorales.
Luis Verdesoto pone énfasis en varios puntos, entre ellos lo que fue la campaña virtual:
1Aunque el CNE tuvo en sus manos reglamentos, hubo un déficit y no se trabajó en el control de la campaña virtual. Según Verdesoto, la excesiva digitali-
zación de la campaña lleva a que el manejo de la emoción sea el elemento central y no la racionalidad.
2
El CNE no dio muestras que le interese, dice Verdesoto, para que a través de la Unidad de Análisis Financiero del Ecuador (UAFE), se haya identificado posibles infiltraciones de narcotráfico y lavado de activos, que puede llegar a los escenarios electorales por la vía de la elección popular.
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A su criterio, el Consejo Electoral tampoco mostró interés en trabajar en lo que fue el avance central de las últimas reformas electorales incluidas en el Código de la Democracia relativos al tema económico, de decir, cómo desarrollar un control del gasto que vaya más allá de la formalidad de entrega de recibos, etc. Considera que una clave es la entrega de cuentas quincenales para la determinación del gasto total de las campañas
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La norma permitía controlar la distorsión de la voluntad ciudadana por el excesivo gasto. Estos temas, que no los atendió el CNE, “supone un Consejo más idóneo políticamente, lo cual no ocurrió”, sostiene el exconsejero.
Mecanismos para un ejercicio de control Andrés Jaramillo subraya que el CNE ha reconocido que es incapaz de poder ejercer autoridad en las esferas digitales.
A su criterio, la premisa planteada por el CNE es una verdad parcial, porque es imposible regular y controlar las redes sociales. En ningún país del mundo se han registrado casos en los que efectivamente alguien haya podido regular la campaña virtual. Sin embargo, para Jaramillo, sí existen mecanismos e iniciativas que permiten a los organismos electorales de cualquier país hacer un ejer-
cicio de control. Esto se logra involucrando e incluyendo a grupos especialistas en temas digitales que se encargan de identificar, rastrear cuentas, comunicaciones falsas, ataques digitales, e incluso usar las tecnologías y herramientas digitales como un aliado para poder detectar alertas sobre posibles cometimientos de faltas al Código de la Democracia. No obstante, añade que el CNE no tendría la voluntad política para hacer ajustes o cambios que permitan involucrar a expertos para que lo puedan hacer desde el interior del Consejo. Desde la Corporación Participación Ciudadana (CPC), que ha realizado procesos de observaciones a eventos electorales a lo largo de los últimos años, se anunció la entrega de un informe con recomendaciones. Eso se hará una vez que haya finalizado el proceso con los resultados electorales. (SC)
CNE advirtió a funcionarios sobre la prohibición de inducir al voto °Fuentes del CNE defendieron la gestión y recordaron que en enero de 2025, en un comunicado, se advirtió a los funcionarios sobre la prohibición de inducir al voto a favor de alguna organización política Se hizo en el marco del inicio de la campaña electoral. También se anunció mayor vigilancia hasta el 9 de febrero, día de las elecciones. El CNE recordó a los servidores públicos que está prohibido hacer aportaciones económicas a cualquier candidatura u organización política, así como utilizar recursos públicos con fines políticos. También destacó que está prohibida la entrega de donaciones o regalos y la participación de los candidatos en actos de inauguración o entrega de obras públicas. El incumplimiento de estas normativas será sancionado por el Tribunal Contencioso Electoral, recordó el organismo e hizo un llamado a los sujetos políticos a reportar irregularidades que pudieran presentarse en cualquier dependencia del Gobierno. También subrayó que, en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, garantiza los principios de transparencia, equidad y seguridad jurídica que deben regir los procesos democráticos en el país. En ese sentido, el CNE recordó este 6 de febrero que ha ingresado denuncias por el cometimiento de presuntas infracciones electorales ante el TCE; entidad encargada de tramitar y sancionar estos supuestos actos, y aclaró que el Sistema Informático de Escrutinios y Resultados cuenta con una arquitectura de seguridad que resguardará cada etapa del proceso, permitiendo que los delegados de organizaciones políticas, observadores nacionales e internacionales, medios de comunicación y ciudadanía, puedan dar seguimiento a las actas de escrutinio y transmisión de resultados oficiales.
Hasta 17% se reducirá el gasto familiar en alimento de mascotas
La eliminación del IVA, como consecuencia de una decisión del presidente de la República, Daniel Noboa, genera un ahorro en el presupuesto de las familias que tienen mascotas y gastan en su alimento. Ese ahorro va de $2 a $49 por mes.
Desde el 1 de febrero de 2025 está en vigor la eliminación del IVA que antes gravaba al alimento para mascotas. Según un reciente estudio de Oikonomics Consultora Económica, esta medida tomada por el presidente de la República, Daniel Noboa, generará un ahorro de entre 3% y 17% en el gasto mensual que las familias ecuatorianas hacen en el alimento para sus mascotas
Actualmente, en Ecuador el 58,3% de los hogares cuenta por lo menos con una mascota. De este porcentaje, el 31,3% está conformado por familias que poseen perros (dos en promedio), el 6,9% tiene gatos y el 20,1% habita con los dos tipos de animales. El 98% de la oferta de comida de perro se concentra en croquetas, las cuales son comercializadas en su mayoría en presentaciones de 2 kilogramos. Además, el 35% de las marcas que venden este tipo de alimentos son nacionales, mientras que, el porcentaje restante son internacionales.
Con este panorama en cuenta, Oikonomics analizó el impacto en el gasto en alimento de mascotas con la eliminación del IVA. Para este estudio segmentó el análisis en razas pequeñas, medianas y grandes de perros (mascota más popular en Ecuador).
Alimento para razas pequeñas
Antes de la eliminación del IVA, el precio máximo del
Costo mensual en comida para mascota
PERROS DE RAZA GRANDE
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kilo de alimento llegaba a $59,98. Este precio baja a $57,95.
En este caso, el gasto total al mes se reduce en más de $8.
Antes de la eliminación del IVA, el precio promedio del kilo de alimento llegaba a $12,23. Este precio baja a $10,77.
En este caso, el gasto total al mes se reduce en más de $6,14.
Antes de la eliminación del IVA, el precio mínimo del kilo de alimento llegaba a $3,12. Este precio baja a $2,71.
En este caso, el gasto total al mes se reduce en más de $1,71.
El cálculo se da a partir de los siguientes supuestos:
• El alimento que consumen
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baja a $6,30.
En este caso, el gasto total al mes se reduce en más de $9,83.
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los perros son croquetas.
• Se considera el gasto en un perro.
• Un perro de raza pequeña consume 4,2 kg de alimento al mes.
Alimento para razas medianas
Antes de la eliminación del IVA, el precio máximo del kilo de alimento llegaba a $25,67. Este precio baja a $22,32.
En este caso, el gasto total al mes se reduce en más de $25,13.
Antes de la eliminación del IVA, el precio promedio del kilo de alimento llegaba a $7,61. Este precio
Antes de la eliminación del IVA, el precio mínimo del kilo de alimento llegaba a $2,45. Este precio baja a $2,13.
En este caso, el gasto total al mes se reduce en más de $2,40.
El cálculo se da a partir de los siguientes supuestos:
• El alimento que consumen los perros son croquetas.
• Se considera el gasto en un perro.
• Un perro de raza mediana consume 7,5 kg de alimento al mes.
Alimento para razas grandes
Antes de la eliminación del IVA, el precio máximo del kilo de alimento llegaba a $23,05. Este precio baja a $20,05.
En este caso, el gasto total al mes se reduce en más de $49,13.
Antes de la eliminación del IVA, el precio promedio del kilo de alimento llegaba a $6,37. Este precio baja a $5,40.
En este caso, el gasto total al mes se reduce en más de $15,87.
Antes de la eliminación del IVA, el precio mínimo del kilo de alimento llegaba a $2,45. Este precio baja a $2,13.
En este caso, el gasto total al mes se reduce en más de $5,23.
El cálculo se da a partir de los siguientes supuestos:
• El alimento que consumen los perros son croquetas.
• Se considera el gasto en un perro.
• Un perro de raza grande consume 16,35 kg de alimento al mes. (JS)
El Tren de Aragua ya es una amenaza para Ecuador
El Gobierno de Ecuador ya considera al Tren de Aragua como un grupo terrorista que “constituye una amenaza para la población nacional”. Pero qué hallazgos sobre este temido y sanguinario grupo criminal hay en el país.
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La tortura y las muertes sanguinarias son su sello. El Tren de Aragua nació en Venezuela, pero desde 2018 se expande por Latinoaméri -
Colombia
ca. Primero llegó a Perú, luego fue a Brasil, a Colombia y en Chile ya representa una amenaza con altos niveles de violencia criminal. ¿Dónde
La caída de alias ‘Chocolate’ y su negocio con migrantes
° Beraldo Enrique Atencio Padilla, alias ‘Chocolate’, es uno de los cabecillas del Tren de Aragua. Fue detenido en Colombia y se conoció que se sometió a varias cirugías estéticas para cambiar su apariencia.
“Alias ‘Chocolate’ realizaba estos movimientos por esa zona del país (Colombia) porque sus negocios criminales estaban en dos frentes: el control del tráfico de migrantes desde Venezuela hasta Ecuador y Estados Unidos y, por supuesto, el narcotráfico”, señala diario EL TIEMPO.
Las autoridades determinaron que este sicario venezolano captaba migrantes en la zona de frontera y les daba millonarios créditos a estas personas para que pudieran realizar su tránsito a Ecuador y Estados Unidos. “Tenía un sofisticado sistema de cobros. A las personas ‘beneficiarias’ se les hacía un seguimiento minucioso y debían comenzar a pagar desde que llegaban al país de destino”, detalla el medio colombiano.
queda Ecuador?, ¿Qué pruebas hay de que este temido grupo criminal esté en el país, que ya le teme a bandas como los Choneros, los Lobos o los Tiguerones?
Lo que enciende las alertas sobre la presencia de integrantes del Tren de Aragua en territorio ecuatoriano es el decreto presidencial 517, emitido el 30 de enero de 2025, donde se declara a la banda criminal venezolana como grupo terrorista de crimen organizado.
El documento emitido por el presidente de la República, Daniel Noboa, destaca que se trata de una estructura delincuencial que “constituye una amenaza para la población nacional”
El decreto dispone que el Centro de Inteligencia Estratégica (CIES) haga un
El Tren de Aragua es una de las organizaciones delictivas más importantes a nivel sudamericano y la más grande de Venezuela.
Ecuador. Aunque fue detenido en Loja. También pasó por Guayaquil y Portoviejo. En Colombia, ‘Satanás’ era buscado por cometer al menos 18 sicariatos y homicidios. Descuartizaba a muchas de sus víctimas.
Casas ‘infernales’ en Colombia
Uno de los datos más escalofriantes sobre ‘Satanás, quien caminaba por las calles de Loja y vivía con una mujer extranjera antes de su detención, es ser el creador de las casas de pique en Bogotá-Colombia.
Estas casas fueron descubiertas entre 2022 y 2023, y son sitios donde los miembros del Tren de Aragua torturan, asesinan y desmembran a enemigos de bandas rivales o a quienes no pagan extorsiones (vacunas).
análisis de la incidencia o presencia de este grupo armado y los otros que ya operan en Ecuador. Mientras la institución evalúa la presencia del Tren de Aragua y sus posibles vínculos con grupos de delincuencia organizada nacionales, ya existen antecedentes que lo demostrarían.
‘Satanás’ vivía en Ecuador
Su nombre causa terror entre la población de Colombia. Se trata de José Manuel Vera Sulbarán , alias ‘Satanás’.
Era el feriado del 2 de noviembre de 2023 cuando la Policía de Ecuador confirmó la detención del peligroso sicario venezolano, quien tiempo atrás se había fugado de una prisión en Colombia. Llevaba dos meses en
Fuentes policiales de Ecuador destacan que es alta la probabilidad de que integrantes del Tren de Aragua operen junto a bandas ecuatorianas y que “lo hagan de manera sigilosa”, lo que permite “que no sean descubiertos, como ya ha pasado en otros territorios”.
La forma de llegar a tener territorio en Ecuador – indican las fuentes– es mediante el financiamiento a bandas más pequeñas.
La fuga del ‘Niño Guerrero’ En septiembre de 2023, tanto Ecuador como Perú emitieron alertas por el intento de ingreso a estos países de Héctor Guerrero Flores , conocido como ‘Niño Guerrero’, el máximo líder de la organización criminal venezolana ‘ Tren de Aragua’ Guerrero es buscado por las autoridades de Venezuela desde el 23 de septiembre de ese año, luego de que se fugó del Centro Penitenciario de Aragua, conocido como Tocorón (DLH)
La detención de alias ‘Chocolate’ en
muestra los vínculos del Tren de Aragua en ese país y las alianzas en Ecuador.
Estadía de turistas mejora gracias a la oferta cultural y gastronómica
Quito ha registrado un crecimiento en el arribo de turistas, con una estadía promedio de 2,7 días. Un 87% de los visitantes planea regresar. Las ofertas culturales y gastronómicas son los principales atractivos.
El turismo en Quito muestra señales de crecimiento. En una entrevista con LA HORA, el alcalde Pabel Muñoz reveló que ha aumentado el número de noches que los visitantes permanecen en la capital. Esta tendencia se confirma con los datos que se manejan en Quito Turismo y la Empresa Pública Metropolitana de Servicios Aeroportuarios
Suben cifras de visitas
Quito ha registrado un incremento significativo en el tiempo de estadía de turistas promedio de 2,7 días en 2024. Esto significa un incremento en comparación con 2023, cuando los visitantes solo pasaban 1,4 noches en la capital y luego salían a otras ciudades. El incremento en las estadías se ha visto especialmente en los meses de verano (junio a octubre) y en diciembre, coincidiendo con festividades de la temporada y vacaciones de otros países, lo que ha impulsado la actividad turística y económica en la ciudad.
Según Quito Turismo, estos son los resultados de las campañas que se han realizado en Estados Unidos y Europa. También porque los hoteles de la capital tienen mejores servicios y precios que los de Colombia y Perú.
Según la Empresa Pública Metropolitana de Servicios Aeroportuarios, el 27% de los visitantes llega a Quito con fines turísticos, mientras que un 22% lo hace por negocios o actividades laborales.
Además, el 20% de los viajeros usa la ciudad como punto de partida para visitar otros destinos dentro del país, lo que la convierte en un eje estratégico para el turismo en Ecuador. En cuanto a la duración de la estadía, los visitantes extranjeros permanecen más tiempo que los nacionales. El 41% de los turistas internacionales se queda entre 4 y 7 días, mientras que un 35% permanece entre 8 y 15 días, y un 9% supera las dos
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semanas en la ciudad. En el caso de los turistas nacionales, la mayoría opta por estadías más cortas: el 44% permanece entre 1 y
3 días, y el 34% entre 4 y 7 días. El tipo de hospedaje varía según el perfil del visitante. Los hoteles son la opción más
VISITAS. En Quito se pueden observar más turistas. (Foto: Quito Turismo)
la gastronomía local, con una mayor valoración entre los turistas extranjeros que tienen entre 41 y 60 años, y el 51% mencionó la calidez de los quiteños como un factor positivo. Dentro de las actividades turísticas más realizadas, el turismo cultural es el más popular, con un 85,6% de los visitantes que prefiere los lugares históricos y culturales de la ciudad. El turismo de naturaleza y actividades al aire libre también ha ganado protagonismo, con un 59,3% de los turistas eligiendo esta opción. El turismo gastronómico sigue siendo un atractivo importante, con un 22,8% de visitantes que muestran interés por descubrir la oferta culinaria de la ciudad.
En qué gastan más los turistas en Quito
En términos de gasto, los turistas invierten entre 51 y 100 dólares diarios en alojamiento en el 38% de los casos, mientras que un 30% gasta hasta 25 dólares, reflejando la diversidad de opciones disponibles en la ciudad.
En cuanto a alimentación y otros gastos, más del 56% de los turistas gasta entre 51 y 100 dólares diarios, y un 19% destina entre 101 y 200 dólares, especialmente los visitantes extranjeros.
El perfil del turista que llega a Quito muestra que el 52% corresponde a ecuatorianos y el 48% a extranjeros, en su mayoría de Estados Unidos, Colombia, España, Perú y Holanda
común, con un 44% de preferencia, especialmente entre los extranjeros y de mayor edad. En tanto, el 32% se aloja en casas de familiares o amigos, una tendencia predominante entre los nacionales. Las plataformas digitales como Airbnb han ganado popularidad, con un 19% de turistas eligiéndolas como alternativa de hospedaje.
¿Qué atrae a los turistas a Quito?
Los principales atractivos de Quito para los visitantes son su riqueza cultural, su gastronomía y la amabilidad de su gente. El 85% de los encuestados destacó los sitios turísticos y culturales como su principal motivación para visitar la ciudad. Además, el 56% resaltó
La gran mayoría de visitantes viajan solos (31%), seguidos de quienes lo hacen con su familia (28%) o con amigos (18%).
Lo negativo que perciben los turistas de Quito
Los turistas señalaron que el tráfico, la inseguridad y la contaminación son los principales problemas de la ciudad. El tráfico es la mayor preocupación, mencionada por el 59,3% de los encuestados, especialmente por los visitantes más jóvenes. La inseguridad fue destacada por el 41,5% y la contaminación por el 28%.
A pesar de estos desafíos, la intención de retorno de los turistas es alta. Un 87% de los visitantes planea regresar, siendo el turismo la principal motivación para hacerlo (76%), seguido por la visita a familiares y amigos (13%). (EC)
Argentina protege a menores ante cirugías de cambio de sexo
El Gobierno de Javier Milei decidió prohíbir los tratamientos y cirugías de cambio de sexo en menores de edad en Argentina.
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Presidente de Argentina, Javier Milei, decidió prohibir los tratamientos y cirugías de cambio de sexo en menores de edad, apenas cuatro días después de una masiva manifestación en protesta por las declaraciones del mandatario contra la comunidad LGBTQ.
Milei alegó que “la ideología de género llevada al extremo y aplicada en niños por la fuerza o la coerción psicológica constituye lisa y llanamente abuso infantil”.
En este sentido, hizo hincapié en que “los niños no tienen la madurez cognitiva necesaria para tomar
decisiones sobre procesos irreversibles que en muchos casos implican la mutilación de órganos saludables , y que son factibles de ocasionar infertilidad, problemas cardiovasculares, y consecuencias catastróficas en la salud mental”.
El anuncio, en línea con decisiones similares de su homólogo estadounidense, Donald Trump, se realizó a través de un comunicado de la Presidencia argentina en el que ha destacado que su gabinete busca “terminar con los privilegios y promover la igualdad ante la ley”, así como “poner fin al abuso in-
fantil apañado en una agenda de género y terminar con las avivadas de los delincuentes”.
Estrategia contra delincuenciales
Milei informó que “decretará que el alojamiento de los detenidos carcelarios se determinará según el sexo registrado en el momento del hecho delictivo, para evitar que cualquiera pueda usar la excusa del cambio de género para pedir un traslado de la cárcel en la que se encuentra”.
“Ningún hombre que haya solicitado la rectificación de su género antes de cometer un delito podrá ser alojado
en las cárceles de mujeres si fue condenado por delitos sexuales, trata de personas o crímenes violentos contra mujeres, ni en caso de que la evaluación penitenciaria lo determine”, ha agregado. Este anuncio tuvo lugar después de que Buenos Aires anunciara la próxima salida del país de la Organización Mundial de la Salud (OMS) por las “profundas discrepancias” en torno a la gestión de la pandemia de COVID-19 y en aras de la “soberanía” nacional en temas sanitarios, también siguiendo la línea marcada por Trump en Estados Unidos. (EUROPA PRESS)
Anuncio de salida de Argentina de la OMS
° El Gobierno de Argentina anunció la próxima salida del país de la Organización Mundial de la Salud (OMS) por las “profundas discrepancias” en torno a la gestión de la pandemia de COVID-19 y en aras de la “soberanía” nacional en temas sanitarios, una medida con la que el país sudamericano sigue la línea marcada por Donald Trump en Estados Unidos. El presidente Javier Milei considera a la OMS como “ideóloga” de la “cuarentena cavernícola” adoptada por el Gobierno de Alberto Fernández en los peores momentos de la pandemia. “Fue el brazo ejecutor de lo que fue el mayor experimento de control social de la historia”, ha denunciado en redes sociales. Milei considera incluso que implicó una violación del Estatuto de Roma, base del Tribunal Penal Internacional (TPI), hasta el punto de considerarlo un crimen contra la humanidad. Considera, de hecho, que fue “uno de los delitos de lesa humanidad más estrafalarios de la historia”. La Presidencia ha explicado en un comunicado que la OMS “falló en su mayor prueba de fuego” al promover “cuarentenas eternas sin sustento científico”, provocando “una de las mayores catástrofes económicas de la historia mundial”. “En nuestro país, la OMS respaldó a un Gobierno que dejó a los niños fuera de la escuela, a cientos de miles de trabajadores sin ingresos, llevó a comercios y pymes a la quiebra, y aún así nos costó 130.000 vidas”, ha señalado la oficina de Milei.
FO CUS
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Autoconocimiento, pensar en grande y crisis de los 40
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Con Gabriela Vivanco
Barcos de EE.UU. sí tendrán que pagar por usar el Canal de Panamá
El presidente de Panamá negó que los barcos de Estados Unidos podrán pasar gratis por el Canal. También considera “intolerable” la postura de la Administración Trump.
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AUTORIDAD. El presidente de Panamá, José Raúl Mulino.
MADRID. El presidente panameño, José Raúl Mulino, desmintió las afirmaciones del Departamento de Estado de Estados Unidos, que difundió el 5 de febrero de 2025 un comunicado en el que aseguraba que a partir de ahora los buques estadounidenses podrían circular por el canal de Panamá de forma gratuita. Mulino, que dijo sentirse
“sorprendido” por el documento en cuestión, afirmó que se trata de una “falsedad” que resulta “intolerable”, y explicó que existe una “imposibilidad legal y constitucional para fijar, aumentar o retirar peajes en el Canal”.
Así se pronunció durante una rueda de prensa en la que afirmó que carece de dicha “potestad” como jefe de
Estado dado que el artículo 76 de la ley que rige la Autoridad del canal de Panamá y el artículo 319 de la Constitución panameña establecen “claramente” que “ni el Gobierno ni la Autoridad del Canal podrán exonerar del pago de estas tasas”.
Rechaza comunicado de EE.UU. “Es una limitación consti -
tucional y se enmarca con claridad meridiana. Por eso, a mí me sorprende muchísimo el comunicado del Departamento de Estado de ayer, un comunicado importante que un Departamento que rige la política exterior está basado en una falsedad”, añadió.
En este sentido, mostró un “rechazo absoluto ” a “seguir explorando la vía
de manejar la relaciones bilaterales sobre la base de mentiras y falsedades”. “Panamá no es el primer país del mundo pero tampoco es el último, y he pedido igualmente al Ministerio de Exteriores que difunda a través de los canales diplomáticos el comunicado de la Autoridad del Canal, que es claro”, sostuvo.
“Esta situación no ha sido para nada agradable y en todo momento he conducido esto como deben conducirse las relaciones exteriores entre los dos países: de buena fe. Yo puedo hacer lo que puedo hacer, pero no voy a transgredir la Constitución nacional por nada ni nadie”, aclaró antes de subrayar que entiende “los problemas internos que puede tener Estados Unidos ”. “Yo tengo los míos aquí, pero no por eso me voy a saltar las leyes democráticas para imponer mi deseo, voluntad o capricho”, ha matizado.
Mulino dijo además sentir “pena” dado que las conversaciones mantenidas previamente con varios altos cargos del Gobierno estadounidense “fueron positivas”. “Hay muchas cosas que nos unen más allá de unos peajes por el Canal, que además no llegan a suponer ni 10 millones de dólares para un país como Estados Unidos”, destacó. “Tampoco es que estos pagos estén quebrando la economía del país”, puntualizó antes de incidir en que “así no se manejan las relaciones bilaterales entre dos países amigos y socios”. (EUROPA PRESS)
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CRISIS. Los comerciantes tenían la esperanza de generar mayores ventas en diciembre por las festividades de Navidad y Fin de Año, pero no fue así.
Ventas en Babahoyo se han reducido un 60%
La baja en las ventas ha golpeado duramente a muchos comerciantes.
BABAHOYO. La crisis económica en Babahoyo y la provincia se agrava con la falta de empleo y la creciente inseguridad, lo que ha generado gran preocupación entre los comerciantes, quienes indicaron que las ventas han bajado aproximadamente el 60%.
La baja en las ventas en los últimos meses ha golpeado duramente a muchos de ellos, quienes tenían la esperanza de que la situación mejoraría durante diciembre de 2024. Sin embargo, la realidad fue otra.
Patricia Gavilanes, propietaria de una tienda de ropa, compartió que, aunque diciembre fue un mes movido, no cumplió sus expecta-
tivas. “Agradezco a Dios porque pude recuperar el dinero invertido, pero las ventas no fueron como esperaba”, comentó.
Falta de trabajo e inseguridad
La inseguridad y la falta de oportunidades laborales son factores que agravan aún más la situación para los comerciantes. Mario Díaz, dueño de un local de ventas de bisutería, señaló que, pese a las dificultades económicas, la inseguridad es un factor clave que afecta directamente al comercio. “Las personas no tienen confianza para salir a comprar, y eso afecta todo el sector comercial”, explicó.
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Comercio nocturno
Además, los comerciantes nocturnos también se enfrentan a una situación crítica. Jorge Bravo Cabezas, quien ha sido emprendedor por muchos años, expresó su preocupación por el cierre de numerosos negocios debido a la inseguridad en la ciudad. “Muchos negocios han cerrado y hemos tenido que
despedir a nuestros empleados porque ya no podemos más. El toque de queda no ha detenido la ola de delincuencia que azota a la provincia”, afirmó.
Los comerciantes nocturnos, frustrados por la falta de soluciones, piden a las autoridades locales y nacionales que tomen medidas efectivas para salvaguardar el comercio y garantizar la seguridad.
“Nosotros seguimos luchando por nuestras familias y nuestra ciudad, pero no podemos más. Pedimos que el gobierno y las autoridades nos ayuden antes de que la situación empeore”, concluyó Bravo.
Dura situación
La falta de empleo, los negocios cerrados y la creciente delincuencia reflejan la difícil realidad que enfrentan los comerciantes en la provincia. El sector comercial pide soluciones inmediatas y un enfoque más efectivo para restaurar la seguridad y la estabilidad económica en la región. (KAT)
Arranca la ley seca por el proceso electoral
A partir de las 12:00 de este viernes 7 de febrero, inicia la ley seca en el territorio ecuatoriano, medida que se extiende hasta el mediodía del lunes 10.
La ley seca es una medida común durante los procesos electorales y está estipulada en el artículo 123 del Código de la Democracia , que prohíbe la venta, distribución y consumo de bebidas alcohólicas.
Las personas que incumplan esta normativa y consuman alcohol se exponen a una sanción económica equivalente al 50% del salario básico unificado, es decir, 235 dólares.
Planificación local
En Santo Domingo de los
Tsáchilas ya se han hecho las coordinaciones para ejecutar controles referentes a la ley seca, en los cuales participarán delegados del Consejo Nacional Electoral (CNE) e integrantes de las instituciones de seguridad.
Víctor Hugo Valderrama, presidente de la Junta Provincial Electoral (JPE), confirmó que está listo el protocolo a seguir en caso de detectar a ciudadanos con ingesta de licor.
El funcionario detalló que habrá supervisiones estrictas en los recintos ha-
Refuerzan seguridad en recintos electorales
Desde el sábado 8 de febrero, se intensificarán las medidas de seguridad en los 143 recintos electorales habilitados en Santo Domingo de los Tsáchilas.
En las próximas horas, iniciará la distribución de papeletas en estos establecimientos, y el objetivo es evitar inconvenientes para que el proceso democrático marche de manera correcta.
La operación de vigilancia estará comandada por las Fuerzas Armadas, con el apoyo de la Policía Nacional , quienes permanecerán en estos sitios hasta que finalice el sufragio ciudadano.
Medidas de contingencia
Durante la jornada del domingo, se cercarán los recin-
143
recintos electorales están habilitados en la provincia. CIFRAS
tos electorales, especialmente para evitar que ingresen vehículos particulares y así garantizar la seguridad de los votantes.
Horas antes, el Consejo Nacional Electoral coordinará el retiro de las publicidades políticas que se encuentran en un perímetro de 100 metros a la redonda. El día del sufragio, tampoco se permitirán actos de
SANTO DOMINGO 12
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Comercialización prohibida
° Los comercios no podrán exhibir bebidas alcohólicas hasta el mediodía del lunes 10 de febrero; caso contrario, también se exponen a sanciones. La Intendencia de Policía se encargará de hacer operativos para evitar incumplimientos.
bilitados para el sufragio. Los presidentes de las juntas activarán el procedimiento adecuado y harán que se notifiquen las sanciones a ciudadanos que incumplan la ley seca. Los operativos de control
se extenderán en los espacios públicos de la provincia, tanto en las zonas urbanas como rurales. Estos procedimientos contarán con el resguardo de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas , cuyos uni-
Si una persona se acerca a votar en estado etílico, será multada con el 50% del salario básico unificado”.
VÍCTOR HUGO VALDERRAMA, PRESIDENTE DE LA JPE.
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formados estarán presentes para evitar que los libadores intenten evadir o cuestionar el trabajo del personal acreditado por el CNE. (JD)
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SEGURIDAD. Personal militar y policial darán resguardo durante las elecciones 2025.
proselitismos a favor de ninguna organización; caso contrario, los causantes serán intervenidos por los agentes de seguridad.
Los representantes de la Policía Nacional han activado todo el contingente para garantizar el orden en la provincia. También ha-
brá personal vestido de civil para detectar inconductas de ciudadanos que acostumbran a actuar al margen de la ley. (JD)
PLANIFICACIÓN. Se ejecutarán operativos para hacer respetar la ley seca.
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La mayor estructura del universo es nombrada Quipu
Astrónomos han descubierto la estructura más grande del universo hasta ahora, llamada Quipu en honor a un sistema de medición inca, que se extiende por más de 1.300 millones de años luz. La imagen muestra cinco superestructuras recién descubiertas. Quipu (rojo). Las otras son Shapley (azul), Serpens-Corona Borealis (verde), Hercules (violeta) y Sculptor-Pegasus (beige). EUROPA PRESS
VIERNES 07 DE FEBRERO DE 2025
Imbabura - Carchi
REVISTA JUDICIAL
AUTORES:
ACCIÓN DE PROTECCIÓN
YANDRY M. LOOR LOOR & NORIEL BENÍTEZ
Introducción
Dentro del marco jurídico de América latina existen diversas acciones que pretenden precautelar los Derechos de las personas cuando estos por una u otra razón han sido vulnerados, y siendo estos mecanismos los más eficientes y eficaces a la hora de hacer prevalecer dichos derechos, en muchas ocasiones evitando incluso el agotamiento de las etapas de vía administrativa, tal como lo determina la sentencia de fecha 19 de noviembre de 2019 de la Corte Constitucional del Ecuador, donde se determina dentro de su contexto resolutivo y reflexivo que “La acción de protección es una acción directa e independiente, bajo ningún concepto puede ser residual y exigir el agotamiento de otras vías o recursos para poder ser ejercida” 1 este significativo “análisis” se da en virtud de que todos aquellos derechos que se encuentren plenamente establecidos en la Constitución, se convierten en la puerta abierta hacia un Estado Constitucional, puerta que se encuentra aperturada a los ciudadanos, a la naturaleza y a la comunidad internacional que se encuentre dentro del territorio, o que dentro del territorio pretenda hacer valer esos derechos constitucionales, de ahí que su ejercicio debe estar plenamente garantizado, rebasando así las disposiciones legales contenidas en el texto y convirtiéndose las mismas en el mecanismo de avance significativo y evolutivo constante.
En este estudio, como tal nos centraremos en uno de los mecanismos adoptados por las Constituciones actuales como es la llamada en algunos países como Acción de Amparo, y en nuestro país denominada Acción de Protección, la cual su origen se remonta a la Convención Americana de Derechos Humanos o
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Pacto de San José, inscrita el 22 de noviembre de 1969 que menciona en su artículo 25 inciso primero que:
¨Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la presente Convención, aun cuando tal violación sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales. En su inciso segundo indica que: Los Estados Parte se comprometen: a) a garantizar que la autoridad competente prevista por el sistema legal del Estado decidirá sobre los derechos de toda persona que interponga tal recurso; b) a desarrollar las posibilidades de recurso judicial, y c) a garantizar el cumplimiento, por las autoridades competentes, de toda decisión en que se haya estimado procedente el recurso¨2
Los Estados modernos enfocados a proteger a la ciudadanía de quienes mal intencionadamente controlan el sistema común de justicia o de privados que atenten a los derechos fundamentales
ven la acción de protección una vía efectiva de reclamo para quienes fueron vulnerados en sus derechos. Es así que Latinoamérica a tomado la posta y en diversos países como por ejemplo Chile, Colombia, México entre otros, poseen en sus constituciones la acción de protección, aplicándola de forma concreta en los fallos de Corte Constitucional, que tienden la mayoría a ser favorables a la persona que sufrió abusos o negligencias en sus derechos3, así como del reconocimiento de estos que mediante algún acto administrativo y sin la observancia adecuada al proceso de protección de estos derechos se dejó en indefensión o sin alguna garantía que proteja estos derechos. Acción de protección en la Constitución
La Constitución ecuatoriana de 2008, siguiendo los pasos de sus países vecinos, reconoce en su articulado a la Acción de Protección particularmente en su Art. 88, que tiene como objeto subsanar integralmente la violación de derechos que vengan de una autoridad privada o pública, lo que significa que la Constitución del Ecuador es garantista de derechos4 . El tratadista Ferrajoli
encasilla a la Acción de Protección como garantía primaria que son útiles para garantizar el correcto funcionamiento del “Estado, como Estado de derechos, el reconocimiento del principio de legalidad, la normativización del principio de supremacía de la Constitución y la definición de los fines últimos del Estado”5
Es así, que dentro de todo contexto jurídico y legal, la Acción de Protección se convierte en la garantía jurisdiccional más importante en función de su ámbito de protección, teniendo en cuenta que la misma no solo tutela los derechos reconocidos en la Constitución y en los Tratados Internacionales referentes a Derechos Humanos, incluso protege los derechos que no estén amparados por una vía procesal específica por lo cual es una herramienta elemental para el ordenamiento jurídico ecuatoriano, y por otro lado, teniendo en consideración que las medidas de reparación integral ordenadas y derivadas de la acción de protección, pueden significar nuevos avances en el ordenamiento jurídico, toda vez que de acuerdo al Reglamento de Sustanciación de Procesos de Competencia de la Corte Consti-
CONSULTA LABORAL
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¿Cuáles son las normas sobre la apelación de providencias que aprueban las liquidaciones?
RESPUESTA
La norma del Art. 611 del Código del Trabajo esta derogada y en materia de ejecución de sentencia, rige actualmente las normas del COGEP. En materia laboral es en la propia sentencia que la jueza o juez establecerá el monto de las indemnizaciones y obligaciones pendientes que ordena pagar; siendo la liquidación parte de la sentencia. Sin que por este motivo, sea necesario nombrar liquidador al momento de dictar el mandamiento de ejecución.
El Art.100, inciso segundo del COGEP establece que los errores de escritura, de nombres, de citas legales, de cálculo o estrictamente numéricos podrán ser corregidos de oficio o a petición de parte, aún durante la ejecución de la sentencia.
De acuerdo con los Art.250 y 256 del COGEP, el recurso de apelación solo procede en los casos expresamente establecidos en la ley, por lo que, en lo referente a la liquidación de lo que se ordena pagar en los juicios laborales, no es suceptible de apelación, sino de corrección en caso de error de cálculo.
Por lo tanto, en los juicios laborales, el juez debe liquidar los valores por indemnización y obligaciones pendientes, en la misma sentencia. Esto puede hacerlo en la sentencia escrita. De esta liquidación solo cabe solicitar corrección de error de cálculo.
Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008
La Hora QUITO, ECUADOR
La Hora QUITO, ECUADOR
VIERNES, 7 DE FEBRERO DE 2025
tucional, nos establece la libertad que los jueces a la hora de estar con la investidura Constitucional, podrán determinar cualquiera de estas con el fin de que ello genere un aspecto significativo de promoción y protección de Derechos tal como lo analizaremos más adelante.
Pero, de donde nace esta denominada acción de protección, pues bien, la misma nace a raíz de la Declaración Universal de Derechos Humanos promulgada desde 10 de diciembre de 1948 en la cual se estableció en su contenido que: “Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra acto que violen sus derechos reconocidos por la Constitución o por la ley”. Dado el principio de protección a los derechos de las personas promulgados por esta institución, el Pacto de San José influyeron de forma positiva en América Latina, una de las primeras constituciones en adoptar el mecanismo de acción de protección fue en el siglo XIX la mexicana, con su Carta Federal de 1957 que recogía el espíritu británico de protección a la integridad de las personas y la libertad, la acción era el amparo que se lo utilizaba como al recurso de casación ecuatoriano6 .
Historia de la Acción de Protección
Ya entrando al plano de la historia de la Acción de protección en el Ecuador esta tiene sus
primeros pasos de inicio bajo el nombre de Amparo Constitucional desde 1967 pero en esa época no se promulgaron leyes y reglamentos para su aplicación, todo esto pese a los esfuerzos por considerarlo, quedó solo en el papel7. Al pasar los años se intentó aplicar el Amparo Constitucional pero no fue hasta el año 1997 que La Ley de Control Constitucional y el Reglamento Orgánico del Tribunal Constitucional, reformado en 1998, que confirió al “Tribunal Constitucional la capacidad de conocer el recurso de amparo, en la etapa de apelación cuando se le hubiera concedido o se hubiere negado en segunda instancia”8. El recurso de Amparo también tenía carácter cautelar y reparatorio al mismo tiempo, sin embargo, se convirtió en una medida preventiva o provisional que tampoco cumplió con el principio de celeridad ya que los jueces no actuaban de inmediato para evitar o mitigar un daño y se transformó en un proceso contencioso9 . En el año 2008 con la expedición de la nueva Constitución de la República del Ecuador, los constituyentes encargados de darle vida priorizaron como ejes principales los derechos humanos, en ese contexto como dice Juan Montaña “se estableció normativamente que las garantías son de dos tipos preventivas y reparatorias y dividiendo el amparo constitucional en dos
acciones independientes: las medidas cautelares cuando se trate de evitar la vulneración de un derecho constitucional, y la acción de protección para reparar integralmente el daño a un derecho cuando este se causa efectivamente”10
Objeto de la acción de protección
El tratadista Ferrajoli nos ofrece una perspectiva amplia “considera que son derechos fundamentales todos aquellos que corresponden universalmente a todos los seres humanos en cuanto dotados del estatus de personas, ciudadanos o personas con capacidad de obrar, cualquier expectativa positiva o negativa adscrita a un sujeto por una norma jurídica”11
La Constitución de la República del Ecuador publicada el 20 de octubre de 2008, siguiendo los pasos de sus países vecinos, define en su articulado a la Acción de Protección particularmente en su Art. 88 que indica que:
“La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos constitucionales, por actos u omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas públicas cuando supongan la privación del goce o ejercicio de los derechos constitucionales;
y cuando la violación proceda de una persona particular, si la violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios públicos impropios, si actúa por delegación o concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de subordinación, indefensión o discriminación”12
La Acción de Protección por consiguiente fue regulada en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ley que se encuentra en vigencia desde el 2009, y que recoge lo esencial de todas las garantías jurisdiccionales, en la misma encontramos que marca los principios fundamentales de la acción tales como determinar los casos de improcedencia, dividiendo y expandiendo los requisitos de admisibilidad de la demanda, como los requisitos que debe contener la sentencia. Se centra básicamente en la ejecución de reglas procesales comprendidas en el art.43. Por lo cual analizaremos el contenido de la acción diferentes aspectos.
Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional en su Capítulo III, en su artículo 39 establece: “La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en
la Constitución y tratados internacionales sobre derechos humanos, que no estén amparados por las acciones de hábeas corpus, acceso a la información pública, hábeas data, por incumplimiento, extraordinaria de protección y extraordinaria de protección contra decisiones de la justicia indígena”13 Características de la Acción de Protección
Es menester indicar que la naturaleza de la Acción de Protección es de carácter preventivo lo cual no necesita que haya existido un perjuicio de derechos consagrados en la Constitución es suficiente que exista la amenaza o riesgo que produzca una vulneración, sin embargo, la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional ecuatoriana considera los siguientes elementos a la hora de hablar sobre la acción de protección propiamente dicha, y que la misma debe de considerar la existencia de:
1. Violación de un derecho constitucional;
2. Acción u omisión de autoridad pública o de un particular de conformidad con el artículo siguiente;
3. Inexistencia de otro mecanismo de defensa judicial adecuado y eficaz para proteger el
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2. APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR.
3. DELEGACIÓN PARA FIRMA DE ACTA DE COMPENSACIONES 4TO Y 5TO BIMESTRE.
4. DELEGACIÓN DE FIRMA DE ACTA DE COMPENSACIONES QUE SEAN NECESARIAS.
5. DELEGACIÓN PARA EL COBRO DE COMPENSACIONES DE LAS UNIDADES DE LA COMPAÑÍA.
6. OFICIOS Y RESOLUCIONES.
7. CLAUSURA.
Atentamente,
Sr. Fernando Tituaña Ing. Edwin Cueva PRESIDENTE GERENTE GENERAL
derecho violado14 .
Otros elementos intrínsecos de la Acción de Protección son: El proceso deberá ser fácil, ágil y eficiente debe carecer de formulismos que posee los pasos de acceso a la justicia comunes que algunas veces pueden ser retrasados por métodos burocráticos, ésta característica también incluye que para presentar la acción lo puede hacer cualquier persona que vea afectados sus derechos, además incluye “la facultad de notificar a los legitimados activos o pasivos por cualquier medio que considere el juzgador”15 .
El procedimiento a trámite debe desarrollarse de manera expedita es decir con la mayor prontitud, separando la complejidad que tiene por ejemplo un juicio ordinario referente al cumplimento de formalidades innecesarias, ya dentro del proceso la receptación y práctica de la prueba deben pretender el principio de celeridad procesal, en plazos mínimos para alcanzar una resolución pronta16 . La informalidad es una ca-
racterística básica que distingue a esta acción de otras, ya que puede ser propuesta de forma oral o mediante escrito, sin necesidad de citar y motivar normas jurídicas, solo se necesita detallar la acción u omisión que afecta al derecho tutelado, por lo cual consta con “una estructura procesal simple que se caracteriza por la inmediación de las relaciones entre el juzgador y la partes, con un proceso sumario presidido por la oralidad”17 , por lo cual en el procedimiento constitucional se realiza una audiencia única que no impugna ninguna resolución judicial sino que da a conocer al juzgador un acto u omisión que afecte un derecho garantizado en la Constitución.
Legitimidad Activa
La legitimidad activa se traduce como la capacidad para actuar en un proceso, la da la característica de ser popular, es decir que la puede proponer la persona afectada con la vulneración de un derecho o un tercero que no haya intervenido en el acto como tal. La Constitución de la República
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Pedro Vicente Maldonado, 7 de febrero 2025
CONVOCATORIA
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 236 de la Ley de Compañías; el artículo 1 del Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas; y el articulo Décimo tercero de los Estatutos de la compañía, se convoca a los Señores Accionistas de la compañía Transportes San José de Minas S.A., a la Junta General Extraordinaria, de manera presencial, la misma que se llevará a cabo el día 14 de febrero del 2025, a las 10:00 horas, en el domicilio principal y legal de la compañía, ubicada en la calle 27, numero 72 e intersección 22 del barrio Kennedy Baja, referencia a la entrada a La Celica, junto al Mercado Central del cantón Pedro Vicente Maldonado, provincia de Pichincha, en la que se tratará el siguiente orden del día:
1. Lectura y aprobación del acta anterior
2. Análisis y resolución sobre la Resolución 032
3. Análisis y resolución sobre la elaboración del nuevo cuadro de trabajo
4. Análisis y resolución sobre la apertura de cuenta, convenio y préstamo a realizar con la Coop. de Ahorro y Crédito Jardín Azuayo
5. Análisis y resolución sobre el cupo pendiente de habilitación de la resolución 032
6. Análisis y resolución sobre las comisiones de timbres y disciplina
7. Autorización para realizar la reforma de Estatutos y Reglamento Interno de la compañía
8. Clausura
En cumplimiento con el Art.242 de la Ley de compañías y Art.3 literal b) del Reglamento de Junta de Accionistas, se comunica y convoca de manera especial e individual a la Sra. Andrea Cepeda, como Comisario de la empresa.
Nota: Para los accionistas que residen fuera del país, se informa que la junta también se desarrollara por videoconferencia, el link de acceso y claves correspondientes se le enviara al correo electrónico un día antes de la celebración de la junta.
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Atentamente, WILSON CHANCOSA PRESIDENTE
R. DEL E.
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO NAPO-TENA
EXTRACTO JUDICIAL
ACTOR: JOSE WILSON CORTEZ DELGADO
DEMANDADO: COORDINACION ZONAL 2 DEL REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACION Y CEDULACION
JUEZ: DR. GERMAN RICARDO CASANOVA BORJA
SECRETARIA: ABG. CARMEN LEONOR ORTIZ GUEVARA
JUICIO: 15951-2024-00903
CAUSA: INSCRIPCION TARDIA DE NACIMIENTO
TRAMITE: VOLUNTARIO
CUANTIA: INDETERMINADA
SE HACE SABER. - Que en la UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el señor JOSE WILSON CORTEZ DELGADO, presentó la demanda de INSCRIPCIÓN TARDIA DE NACIMIENTO, cuyo extracto es como sigue:
“ Tena, martes 14 de enero del 2025, a las 11h37.- VISTOS.- En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Tena, (…) En lo principal: Avoco conocimiento de la presente causa; se procede a calificar la demanda presentada por el compareciente señor: JOSE WILSON CORTES DALGO la misma que se la califica de clara, completa y por reunir los requisitos de Ley, se la acepta al trámite correspondiente de conformidad a lo establecido en los Arts. 25, 26 y 31 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, en concordancia con el Art. 334 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos y en observancia con el numeral 28 del artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador.- Cítese a la COORDINACION ZONAL 2 DEL REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACION Y CEDULACION DE NAPO, representado por el economista Rodrigo Avilés Jaramillo, a quien se le citará en las Oficinas de Registro Civil, Identificación y Cedulación, ubicada en las calles Chontayacu s/n y Gabriel Espinoza, de esta ciudad de Tena. Publíquese por una sola vez el extracto de la demanda en el Diario de amplia circulación, esto es el Diario “La Hora”. Téngase en cuenta el anuncio de prueba, así como la documentación que se adjunta a la presente, (…) Convalidación: En lo principal: (…) se dispone: Por mandato del numeral 1 del Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador, así como del numeral 8 del Art. 130 del Código Orgánico de la Función Judicial; al suscrito como Autoridad Judicial le corresponde garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes procesales, de oficio se convalida el auto de calificación de la demanda de fecha martes 14 de enero del 2025, a las 11h37, específicamente en la parte que consta: “...se procede a calificar la demanda presentada por el compareciente señor: JOSE WILSON CORTES DALGO...” CUANDO LO CORRECTO ES: “... se procede a calificar la demanda presentada por el compareciente señor: JOSE WILSON CORTEZ DELGADO...”. En todo lo demás las partes procesales estén a lo ordenado en el auto que se convalida. La actuaria deberá hacer constar esta convalidación en el extracto correspondiente…- NOTIFÍQUESE”. - Fdo) DR. CASANOVA BORJA GERMAN RICARDO-JUEZ.DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE TENA.
LO CERTIFICO.
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del Ecuador abre la posibilidad de que no solo los representantes de un colectivo o el Defensor del Pueblo intervengan puedan intervenir en el trámite, lo que no sucedía con la Constitución anterior.
El Sistema Interamericano influyo de manera positiva a que se pueda realizar el cambio en la nueva Constitución ecuatoriana de 2008, ya que desde la experiencia a promulgado un sistema abierto de acción popular basándose en los principios de los derechos humanos, que deben ser de interés colectivo y por lo tanto la vulneración de derechos no solo recae en el afectado sino que converge a toda la sociedad18
Legitimación Pasiva
La Legitimación Pasiva procede como lo estable Art. 41 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional contra:
1.- Todo acto u omisión de una autoridad pública no judicial que viole o haya violado los derechos, que menoscabe, disminuya o anule su goce o ejercicio.
Teniendo en cuenta que los organismos públicos pueden en el marco de sus funciones atentar o vulnerar derechos de las personas garantizados en la Constitución, es por eso que los poderes del Estado no se excluyen de ser demandados en el caso que hayan cometido o atentando a los derechos de las personas de los cuales emitieron una resolución.
2.- Toda política pública, nacional o local, que conlleve la privación del goce o ejercicio de los derechos y garantías.
Como menciona Cornejo “… Las políticas públicas, destacan que en ciertas ocasiones estas están direccionadas a controlar y sancionar, como deber general del Estado, mismo que busca desarrollar un plan que asegure el cumplimiento de las obligaciones y derechos, con políticas claramente formuladas y adaptadas, aplicando los principios de inclusión, participación, rendición de cuentas, responsabilidad, e igualdad y no discriminación”19
3.-Todo acto u omisión del prestador de servicio público que viole los derechos y garantías.
Se resume que quien presta un servicio público que en el ejercicio de sus funciones genere un acto u omisión que se contrapone con los derechos garantizados en la Constitución, las normas constitucionales bus-
caran subsanar los efectos, o la violación de los derechos que se deriven de esa aplicación.
4. Todo acto u omisión de personas naturales o jurídicas del sector privado, cuando ocurra al menos una de las siguientes circunstancias:
a) Presten servicios públicos impropios o de interés público; b) Presten servicios públicos por delegación o concesión;
c) Provoque daño grave;
d) La persona afectada se encuentre en estado de subordinación o indefensión frente a un poder económico, social, cultural, religioso o de cualquier otro tipo.
5. Todo acto discriminatorio cometido por cualquier persona.”20 Es decir, cualquier persona puede acceder a la Acción de Protección no importa su g énero, condición, etnia, religión, cultura, la Constitución ampara el libre acceso siempre y cuando se un derecho reconocido en la carta suprema. Contactos: yandrylooryl_97@hotmail.com y norielbenitez89@gmail.com
1.https://webcache.googleusercontent.com/searc h?q=cache:0z5zXv6Pp34J:https://es.scribd.com/ document/457588541/BoletinDiciembre2019jurisprudencia-Corte-Constitucional+&cd=7&hl=e s&ct=clnk&gl=ec 2.https://www.oas.org/dil/esp/tratados_b-32_ convencion_americana_sobre_derechos_humanos.htm
3.Alcides J. López-Zambrano, Vol. 4, núm. 1, enero, 2018, pp. 155-177
4.SILVA PORTERO, CAROLINA. “Las garantías de los derechos ¿invención o reconstrucción?”, en ÁVILA SANTAMARÍA, RAMIRO (ed.). Neoconstitucionalismo y sociedad, V & M Gráficas, Quito, 2009, Serie Justicia y Derechos Humanos, t. 1
5.Ferrajolli, Luigi. Derechos y garantías: la ley del más débil. Madrid, Editorial Trotta, 2001, p. 43
6.Ávila Santamaría, Ramiro. (2011). Del amparo a la acción de protección jurisdiccional. Revista IUS, 5(27), 95-125. Recuperado en 16 de julio de 2020, de http://www.scielo.org. mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S187021472011000100006&lng=es&tlng=pt. 7.Pazmiño Freire. P. (2008). Desafíos Constitucionales, La Constitución ecuatoriana del 2008 en perspectiva, Quito, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Tribunal Constitucional del Ecuador, p.11.
8.Bravo Izquierdo, C. (2011). Tratado de Derecho Constitucional. Cuenca-Ecuador. Ediciones Carpol,p.54
9.Ávila Santamaría, Ramiro. “Las garantías: herramientas imprescindibles del cumplimiento de los derechos”. Desafíos constitucionales: la Constitución Ecuatoriana de 2008 en perspectiva. Quito, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2008, p. 96.
10.Montaña Pinto Juan, Porras Angélica, Apuntes de Derecho Procesal constitucional, Tomo 2, Corte
ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA Por pérdida de certificado de inversión Nro. 002000120000755001 Cliente GUALPA LLUMIQUINGA
SEGUNDO MIGUEL Cédula de Ciudadanía Nro. 1702835628 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso. 001-003-5151
Constituional del Ecuador, pags.106-107. 11.Moreno Cruz, Rodolfo. (2007). El modelo garantista de Luigi Ferrajoli: Lineamientos generales. Boletín mexicano de derecho comparado, 40(120), 825-852. Recuperado en 17 de julio de 2020, de http://www.scielo.org.mx/ scielo.php?script=sci_arttext&pid=S004186332007000300006&lng=es&tlng=es. 12.Constitución del Ecuador, R.O. 449 del 20 de octubre del 2008, Art. 88, Título 2.
13.Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, Registro Oficial Suplemento 52 de 22-oct-2009
14. Ibidem.
15.Alcides J. López-Zambrano, Vol. 4, núm. 1,
enero, 2018, pp. 155-177
16.Alcides J. López-Zambrano, Vol. 4, núm. 1, enero, 2018, pp. 155-177
17.Ele jalde Astudillo, M. (2006). “Principios Básicos de Interpretación Constitucional”, en, Temas Constitucionales, Revista del Tribunal Constitucional del Ecuador, No. 8. Pag.19 18.Cuadernos de procedimiento 120-121
19.Cornejo Aguiar, Análisis de la Acción de Protección, 2016, Derecho Ecuador.
20.Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, Registro Oficial Suplemento 52 de 22-oct-2009; Cornejo Aguiar, Análisis de la Acción de Protección, 2016, Derecho Ecuador.
FEDERACION CANTONAL DE LIGAS BARRIALES Y PARROQUIALES DE RUMIÑAHUI
Sangolqui,7 de Febrero del 2025
Señores: CLUBES DEPORTIVOS BASICOS PARROQUIALES DE COTOGCHOA Presente: De mis consideraciones
CONVOCATORIA
EL DIRECTORIO DE FELIRUM, de conformidad con lo que Establece el Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la Ley del Deporte en su artículo 16 y de conformidad con las disposiciones Estatutaria de la Resolución Administrativa No: MD-CZ2-2017-0004 del 16 de enero del 2017 convoca con carácter de obligatorio a todos sus Filiales de Liga Deportiva Parroquial COTOGCHOA General Extraordinaria de ELECCIONES para el 24 de febrero del 2025 las 19H00 en la Sede Social de la Liga Ubicado en la Parroquia de Cotogchoa del Cantón Rumiñahui ,Provincia de Pichincha. Bajo el siguiente orden del día
1. Constatación del Cuórum
2. Elección del nuevo Directorio de Liga Parroquial Cotogchoa Periodo 2025-2029.
3. Toma de juramento, posesión, elaboración de nombramientos y aceptaciónes del nuevo directorio.
Atentamente
Samuel Lllumiquinga PRESIDIENTE FELIRUM
CONVOCATORIA
A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE PUNTOQUIMICA S. A.
De conformidad con lo dispuesto en la ley de compañías y en los estatutos sociales, convoco a los señores accionistas de PUNTOQUIMICA S.A., a la junta general ordinaria de accionistas que se reunirá en las oficinas de la compañía ubicadas en la calle De los Arupos E9-51 y Calle E9, de esta ciudad el día viernes, 21 de febrero de 2025 a partir de las 08h00 para conocer y resolver sobre los siguientes puntos:
1. Aprobación de los estados financieros correspondientes al ejercicio 2024.
2. Aprobación de los informes de Gerente General, Directorio y Comisario.
3. Decisión, destino y uso de los beneficios sociales
4. Remoción, Designación o ratificación de Vocales Principales y Suplentes de Directorio.
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5. Nombramiento o ratificación del Comisario de la compañía
6. Reforma de Estatutos Sociales
Los informes y estados financieros, se encuentran a disposición de los accionistas en la oficina principal de la empresa. Se convoca de manera especial al señor Lcdo. William Navarrete, Comisario de la Compañía sin perjuicio de convocársele individual y personalmente.
Quito, 7 de febrero de 2025
Atentamente, ALBERTO KLING FERNANDEZ GERENTE GENERAL