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¿Cómo denunciar la violencia doméstica en Carolina del Norte?

Jeralí Giménez

Si usted es víctima de violencia doméstica puede buscar protección legal contra actos violentos cometidos contra usted o su hijo menor.

Denunciar la violencia doméstica es un paso importante para evitar los femicidios que se hacen muy frecuentes con el transcurrir de los años en todos los países del mundo.

Las mujeres deben saber que la violencia de género se manifiesta de forma física, sexual y también psicológica. Este problema afecta a mujeres de todas las edades, niveles económicos y razas. Además, puede comenzar por simples amenazas hasta convertirse en sentencias de muerte. En Estados Unidos cuatro mujeres mueren cada día como consecuencia de la violencia doméstica.

¿Qué es la violencia doméstica?

Las leyes definen la violencia doméstica “cuando alguien con quien ha tenido una relación personal le hace cualquiera de las siguientes cosas a usted o a su hijo menor de edad: n Intenta causar lesiones corporales o intencionalmente causa lesiones corporales; n Le pone a usted o a un miembro de su familia u hogar el temor de sufrir una lesión corporal grave inminente; n Acoso continuo que se eleva a un nivel tal que causa una angustia emocional sustancial; o n Comete cualquier violación u ofensa sexual“.

La importancia de denunciar el abuso por parte de una pareja permite gestionar órdenes de restricción que protejan a integridad femenina.

¿Cómo efectuar una denuncia de violencia doméstica correctamente?

Si usted es víctima de violencia doméstica puede buscar protección legal contra actos de violencia doméstica cometidos contra usted o su hijo menor por parte de: n Su cónyuge o excónyuge; n Una persona del sexo opuesto con quien vive o solía vivir; n Alguien con quien esté relacionado, incluidos padres, hijos, abuelos y nietos, mayores de 16 años; n Alguien con quien tienes un hijo en común; n Alguien del sexo opuesto con quien está saliendo o ha salido.

En Carolina del Norte, existen dos tipos de órdenes de protección contra la violencia doméstica para lo que necesita asistir a un juzgado:

1) Órdenes de protección temporales ex parte; y

2) Órdenes finales de protección contra la violencia doméstica (también llamadas DVPO o una orden 50B o una orden de restricción).

Órdenes de protección temporales exparte

Una orden de protección temporal exparte es una orden judicial diseñada para brindarle a usted y a los miembros de su familia protección inmediata contra el abusador.

Un juez puede emitir una orden ex parte el mismo día en que presente su queja para una orden de protección por violencia doméstica (sin la presencia del abusador) si cree que existe un peligro grave e inmediato para usted o su hijo. Esta orden brinda protección hasta que se lleve a cabo la audiencia judicial completa.

Órdenes finales de protección

Una orden de protección final contra la violencia doméstica (también llamada DVPO o una orden 50B u orden de restricción) dura hasta un año. Puede ción de las disposiciones de custodia), pero debe hacerlo antes de que expire. Antes de que se emita la orden, tendrá que tener una audiencia judicial completa para obtener una orden de protección definitiva contra la violencia doméstica. En esta audiencia, el abusador tendrá la oportunidad de defenderse.

Denuncie si está en peligro o busque apoyo a través de la línea de Emergencia 911. O a la Línea Directa Nacional de Violencia Doméstica 1-800-7997233 (SAFE).

¿Qué beneficios le brinda denunciar la violencia doméstica?

Un DVPO puede: n Ordenar al abusador que no agredir, amenazar, abusar, seguir, acosar o interferir con usted y sus hijos en persona, en el trabajo, por teléfono o por otros medios; n Permitirle vivir en la casa donde usted y el abusador han vivido juntos y ordenarle al abusador que se mude y no regrese, sin importar quién sea el dueño de la casa o esté en el contrato de arrendamiento; n Ordenar al abusador que le proporcione una vivienda alternativa adecuada; n Dígale a la policía que saque al abusador de la casa y le ayude a regresar nal, incluido un automóvil y artículos para el hogar, excepto las pertenencias personales del abusador; n Ordenar al abusador que se mantenga alejado de cualquier lugar que solicite, incluida su escuela, la escuela de sus hijos, su lugar de trabajo, las casas de sus amigos o cualquier lugar donde esté buscando refugio n Ordene al abusador que no lastime a su mascota; n Darle la posesión de su mascota; n Darle la custodia temporal de un niño menor, ordenarle al abusador que pague manutención infantil temporal y establecer visitas temporales (la custodia, manutención infantil y visitas solo se aplican si el abusador es el padre del niño); n Ordenar a su cónyuge que pague manutención temporal del cónyuge; n Indicar al abusador que entregue cualquier arma de fuego y prohibirle que compre un arma de fuego; n Ordenar al abusador que asista al programa de tratamiento del abusador; n Exigir al abusador que pague los honorarios del abogado.

El hecho de que un juez ordene cualquiera o todo lo anterior depende de los hechos de su caso. Si le es posible consulte su caso particular con un abogado especializado en leyes de familia.

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Castigo físico: ¿Disciplina o maltrato infantil?

Mae Lynn Reyes-Rodríguez, Ph.D.

En la cultura latina hemos aceptado con cierta normalidad y broma que aquel que no ha recibido un “chancletazo” o un “correazo” es porque no es latino. Esto se ha normalizado como una crianza firme y con disciplina, pensando que nos puede garantizar un ser humano de bien para nuestra sociedad.

El castigo físico como manera de crianza, que ha sido muy popular en nuestra cultura, choca con las leyes que se han desarrollado para prevenir el maltrato infantil. También, vemos que hoy en día la niñez conoce sobre sus derechos y amenazan a los padres y madres con llamar a Servicios Sociales para hacer una acusación de maltrato.

¿Cómo tener un balance en la disciplina de nuestros hijos?

Primero, es importante estar claros en cuál es la función principal de la disciplina. Hay quienes pueden pensar que la disciplina es para castigar a los hijos cuando hacen algo incorrecto.

La realidad es que el propósito de la disciplina es un proceso de aprendizaje. Lo que queremos es que nuestros hijos aprendan a identificar las acciones incorrectas y puedan hacer mejores decisiones con sus conductas futuras.

Disciplina Vs. castigo

Como parte del proceso de aprendizaje, cada acción conlleva unas consecuencias y en la disciplina definimos claramente cuáles son las reglas del juego y las consecuencias si no seguimos esas reglas.

En el castigo, muchas veces queremos ver algún sufrimiento en el niño porque pensamos que esta es la única manera en que puede aprender. Es por eso que, cuando usamos el uso de fuerza física para castigar y no vemos que el niño llora o sufre, surge un deseo de pegarle más fuerte hasta verlo llorar. n Tener una estructura familiar. Los niños necesitan horarios que les ayuden a organizar sus actividades (p.ej. comidas, horas de dormir, etc.). n Tener flexibilidad dentro de la estructura que se establece. Podemos dar espacio a la flexibilidad en situaciones especiales (p.ej. un viernes se pueden acostar un poco más tarde porque al otro día no hay clases) n Establecer reglas de funcionamiento en el hogar. Las reglas deben estar claramente definidas y discutidas por cada persona que forma parte de la familia. n Variar las reglas de acuerdo con las edades de los niños. n Establecer las consecuencias cuando una regla se desobedece (p.ej. no podrán usar un juego electrónico por una semana). n Ser razonables y justos con las consecuencias y estén basadas de acuerdo a la falta. n Darle espacio a los hijos para entretenimiento y actividades físicas. n Buscar ayuda profesional tan pronto sienta que tiene dificultades con la disciplina de sus hijos.

Con el uso del castigo físico, no estamos ayudando al proceso de aprendizaje. Al contrario, estamos dejando una huella de dolor que no es positivo para su salud emocional, sumado a los riesgos que hay de lastimarlos si perdemos el control al pegarles bajo coraje.

¿Cuál es la mejor manera de disciplinar a nuestros hijos?

Estas recomendaciones no sustituyen una consulta con un profesional de la salud mental para situaciones particulares. Para mayor información pueden llamar al 984-974-3795.

Mae Lynn Reyes-Rodríguez, Ph.D.

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