Informe “Monitoreo del nuevo régimen de declaraciones juradas en Argentina"

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Proyecto: “Monitoreo del nuevo régimen de declaraciones juradas en Argentina para capacitar a periodistas y comunicadores” Informe narrativo

Realización de investigación sobre nuevo régimen de DDJJ Teniendo en cuenta que en el año 2013 se aprobó en Argentina la ley N° 26.857, que modificó el régimen de publicidad de las declaraciones juradas (DDJJ) para los tres poderes del Estado, junto con el Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) nos propusimos investigar cómo es que efectivamente está funcionando el régimen en cada uno de los poderes, y qué grado de cumplimiento hay respecto de la presentación de DDJJ por parte de los funcionarios públicos. Entre los cambios más sustantivos de la nueva normativa se encuentra la publicación online de las DDJJ, la incorporación de los candidatos a cargos electivos como sujetos obligados, y la equiparación de la información con las DDJJ que deben presentarse ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Todos estos aspectos novedosos fueron parte del estudio y evaluación realizado en este proyecto, y se encuentran volcados en el “Informe sobre el nuevo régimen de declaraciones juradas en Argentina” realizado entre octubre del 2015 y mayo de 2016. En el informe se puede encontrar un análisis sobre la evolución histórica de las DDJJ en nuestro país, y se hace especial hincapié en explicar cómo ha quedado la regulación vigente desde la reforma de 2013 en cada uno de los poderes del Estado. Posteriormente, se analiza la regulación de las DDJJ en todas las provincias argentinas1, y luego se evalúa cómo se implementó en la práctica el nuevo régimen y se formulan observaciones al respecto. Finalmente, se formulan recomendaciones para la reforma del régimen en miras a alcanzar mayor transparencia y libre accesibilidad a las DDJJ de funcionarios públicos, y así garantizar que la información disponible permita identificar potenciales enriquecimientos indebidos, incompatibilidades y conflictos de intereses en el ejercicio de la función pública. Con el fin de recabar la información, consultamos la normativa sobre DDJJ vigente a nivel nacional y provincial para cada uno de los poderes; relevamos las páginas web oficiales de 1 Argentina es un país federal, y como tal las provincias controlan la regulación del funcionamiento de sus instituciones locales.


los gobiernos provinciales y organismos competentes a nivel nacional, notas periodísticas y materiales publicados por la Oficina Anticorrupción (OA); realizamos pedidos de acceso a información; y también entablamos contacto directo con autoridades de distintos organismos. Surge de las conclusiones del informe que, aun cuando se advierte un avance en el cumplimiento de la presentación de DDJJ de funcionarios de los tres poderes del Estado nacional, en el caso del Legislativo se evidencia el mayor nivel de incumplimientos en relación a la normativa vigente. El hecho que la OA sea una dependencia administrativa en el ámbito del Poder Ejecutivo pareciera dificultar su capacidad de obligar a los legisladores a presentar sus declaraciones juradas, al tiempo que tampoco dispone de capacidad para sancionarlos, lo que coadyuva a los reiterados incumplimientos. Por otra parte, también se desprende del informe que la Corte Suprema de Justicia no brinda información sobre las DDJJ de sus miembros, y que no ha respondido a pedidos de información, lo cual crea un escenario de opacidad y falta de transparencia preocupante. En lo que respecta a los jueces inferiores, si bien se puede acceder a sus DDJJ por medios escritos, el Consejo de la Magistratura aún no ha permitido su accesibilidad por medios online. Finalmente, si bien el Legislativo y el Ejecutivo, que han hecho públicas sus DDJJ a través de un sistema online, el mecanismo implementado es poco accesible, ya que los mecanismos de búsqueda de la plataforma hacen muy dificultoso visualizar las declaraciones juradas cargadas, el sistema de búsqueda no proporciona los nombres de los sujetos obligados; y las DDJJ se encuentran en formato “pdf” en lugar de presentarse mediante datos abiertos, lo que facilitaría su descarga, análisis y reutilización por parte de cualquier ciudadano. Entre las recomendaciones extendidas a nivel nacional a partir de la evaluación del cumplimiento de la normativa de DDJJ vigente desde 2013, surge la necesidad de rever las reglamentaciones que surgieron tras la ley N° 26.857, con el objetivo de dotar de mayor transparencia al ejercicio de la función pública y fomentar los mecanismos de control, y reducir la alta dispersión normativa que existe al respecto. Se sugiere, por ello, mejorar la calidad de los formularios de manera que se identifiquen integralmente los bienes del funcionario, sus antecedentes profesionales así como la información patrimonial de los/as cónyuges e hijos/as menores del declarante, pues todos esos datos son claves para identificar incompatibilidades, conflictos de interés y/o potencial enriquecimiento ilícito. También se llama la atención sobre la importancia de establecer claramente cuál será el órgano de aplicación de la Ley de DDJJ en cada poder, y se recomienda especialmente que el Poder Legislativo establezca su propia agencia, con competencias y facultades claras para hacer cumplir el régimen de presentación de DDJJ en dicha órbita. En el caso del Poder Judicial, resulta imperativo el acceso a las DDJJ de los jueces de la Corte Suprema, y que se permita el acceso online a las de los jueces inferiores. Asimismo, se sugiere el rediseño y mejora de los portales web en los que se publican las DDJJ, a fin de facilitar efectivamente el libre acceso, y de preferencia en formato de datos abiertos. Por último, se recomienda generar un sistema de estadísticas sobre los grados de cumplimiento de la Ley de DDJJ que contribuya a analizar los cumplimientos e incumplimientos en la presentación de las DDJJ por los funcionarios de los tres Poderes del Estado, y con esa información realizar los ajustes normativos correspondientes. Finalmente, el informe consta de un último apartado en el cual se analiza cómo ha sido el impacto de las variaciones en la regulación de las DDJJ en el ejercicio de la actividad


periodística de investigación. Se hace allí una explicación sobre la relevancia de las DDJJ en la actividad de investigación periodística, y luego se efectúa un racconto sobre las distintas regulaciones que existieron en la materia, su relación con el derecho de acceder a información pública y finalmente se explica cómo deben hacer los periodistas para acceder a las DDJJ en la actualidad.

La elaboración del Informe sobre el nuevo régimen de declaraciones juradas en Argentina A los fines de hacer el informe accesible a un público no especializado en materia de regulación del régimen de DDJJ, buscamos emplear un lenguaje sin tecnicismos y procuramos introducir tablas que distinguen todas las dimensiones analizadas (organismos competentes y normativa vigente para cada poder, tanto a nivel nacional como provincial) y gráficos que visualizan el sistema de presentación de DDJJ. Asimismo, a nivel subnacional sistematizamos el régimen de accesibilidad a las DDJJ de los funcionarios públicos según cada jurisdicción, distinguiendo entre tres categorías: provincias con libre acceso a DDJJ, provincias con un régimen restringido de acceso, y provincias donde impera un régimen secreto de DDJJ. Ello permite aprehender visualmente el diagnóstico federal, al tiempo que se puntualiza la situación y normativa vigente en cada una de las provincias argentinas. En lo relativo al monitoreo sobre el cumplimiento en los diferentes poderes del Estado nacional de la Ley de DDJJ sancionada en 2013, generamos información estadística y comparativa interanual que puede visualizarse en tablas, lo que permite identificar avances y retrocesos en el acceso efectivo a DDJJ. Finalmente, experimentados periodistas como Gabriel Michi y Mariel Fitz Patrick, integrantes de FOPEA, explican por qué el acceso a las DDJJ es importante en el ejercicio de la actividad periodística, y cómo ha ido variando el acceso a ellas según las diferentes regulaciones, para luego explicar a qué dependencias deberían solicitarle las DDJJ los periodistas que pretendan acceder a ellas. Luego de la elaboración del informe, las conclusiones fueron presentadas en dos instancias. En primer lugar, en un taller para comunicadores que fue realizado el 9 de mayo de 2016 en el marco de un congreso organizado por FOPEA. El segundo ámbito fue el taller “”organizado por la Oficina Anticorrupción y el Banco Mundial, en el que fueron discutidos los diagnósticos del régimen actual de declaraciones juradas y donde integrantes de ACIJ dieron a conocer las conclusiones del informe y nuestras propuestas.

Dictado de taller sobre DDJJ a periodistas El día 9 de mayo desde ACIJ brindamos taller sobre declaraciones juradas en la Universidad de Palermo (Ciudad de Buenos Aires), que estuvo dirigido a periodistas y se


enmarcó en un evento convocado por FOPEA. Del dictado del taller participaron Fernando Bracaccini (ACIJ), Gabriel Michi y Vanina Berghella (FOPEA). El objetivo del taller fue capacitar a comunicadores y periodistas sobre la importancia de las DDJJ en el marco de investigaciones, en particular, aquellas relativas a corrupción en el ejercicio de la función pública, y participaron de ese encuentro 20 personas.

Presentación del informe de DDJJ en taller organizado por la Oficina Anticorrupción y el Banco Mundial

Si bien el proyecto inicial contemplaba la realización de otro taller (como el dictado en la Universidad de Palermo), ante la invitación cursada a ACIJ para participar del “Taller sobre la administración de las Declaraciones Juradas de Interés y Patrimonio”, organizado por la Oficina Anticorrupción (OA) y el Banco Mundial los días 28 y 29 de junio de 2016, se decidió reemplazar el segundo taller a dictarse a periodistas por la participación en este encuentro, dado que la participación en este ámbito ofrecía posibilidades para optimizar el impacto del proyecto, ya que permitía participar en la discusión sobre la reforma del régimen de DDJJ. El evento tuvo por objetivo facilitar el debate entre los funcionarios técnicos de la OA y de otros organismos y entidades vinculadas con la temática de DDJJ en relación con sus funciones y facultades para identificar posibles reformas referidas a los procedimientos y herramientas para mejorar la gestión y fiscalización de las DDJJ. En este marco, presentamos las conclusiones del informe y compartimos el diagnóstico sobre la situación nacional y provincial en materia de acceso a DDJJ de funcionarios públicos a partir de la reglamentación vigente desde 2013. También expresamos allí nuestras recomendaciones para generales para garantizar la disponibilidad y acceso efectivo a las DDJJ. Participar de este ámbito resultó particularmente valioso, dado que la nueva dirección de la OA se encuentra actualmente trabajando en la planificación e implementación de un nuevo sistema de Declaraciones Juradas de Funcionarios Públicos, con el objeto de modernizarlo


y de solucionar los inconvenientes surgidos como consecuencia de la reforma normativa del año 2013. La participación en este taller y los contactos mantenidos con la OA ampliaron el alcance de la investigación realizada por ACIJ y FOPEA, y generaron un nuevo campo de oportunidades de incidencia en la reforma del régimen de DDJJ. En distintos encuentros mantenidos durante 2016 con funcionarios del organismo se nos ha manifestó el interés en contar con nuestros aportes en el diseño y la gestión del nuevo sistema de DDJJ.


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