Higiene industrial

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Capítulo 1. Higiene industrial: conceptos/objetivos. Agentes químicos. 1 Higiene industrial. Conceptos y objetivos.

El hombre en su puesto de trabajo está sometido a una serie de peligros de distinta naturaleza que potencialmente constituyen un riesgo de alteración o pérdida de su salud. Los denominados riesgos profesionales se agrupan dentro de dos grandes categorías, los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, que se diferencian fundamentalmente por la forma de producirse y por el tipo de lesión que pueden ocasionar.

El accidente de trabajo, se define como todo daño o lesión que el trabajador sufre con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute. Se caracteriza porque se presenta de forma inesperada y causa una lesión de tipo traumático y de carácter instantáneo. La enfermedad profesional, se puede definir como toda alteración o pérdida de salud que experimenta el trabajador y que tiene su origen en las condiciones ambientales a las que está expuesto de forma continuada en su puesto de trabajo. En general, esta pérdida de salud es consecuencia de lesiones de tipo orgánico o funcional que se desarrollan muy lentamente, de manera que el trabajador se siente realmente enfermo después de un periodo muy dilatado, a veces 15 ó 20 años de trabajo. En algunos casos, esta separación entre accidente y enfermedad, no es tan nítida, ya que puede darse el caso de accidentes de trabajo producidos por la inhalación de elevadas concentraciones de contaminantes químicos. En este caso el carácter de accidente viene establecido por la forma súbita de presentarse y la naturaleza imprevista de la misma. Por ejemplo, la inhalación de grandes cantidades de monóxido de carbono debido a un escape en una inhalación de horno alto se ha de considerar como accidente, aun cuando la exposición habitual de los trabajadores a concentraciones más bajas de esta misma sustancia es susceptible también de producir una enfermedad profesional.

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A su vez, podemos establecer una definición de enfermedad profesional desde dos puntos de vista: ¾

Enfermedad desde un punto de vista legal.

La Ley General de Seguridad Social, en su artículo 85, define como enfermedad profesional "toda enfermedad contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones oportunas, y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que se indiquen legalmente". A diferencia de lo que sucede con la definición de accidente de trabajo, la enfermedad profesional, se define con un criterio deliberadamente restrictivo, ya que en primer lugar, es necesario que la enfermedad se produzca a causa del trabajo y además, que esté reconocida legalmente, o lo que es lo mismo, que esté causada por las sustancias o agentes que figuran en una lista aprobada por una norma legal, en este caso un Real Decreto de 10 de noviembre de 2006, que aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el marco de la Seguridad Social, y establece criterios para su modificación y regitro. Por tanto, puede suceder, y de hecho sucede, que algunas enfermedades causadas por la exposición del trabajador a alguna sustancia química no incluida en la lista oficial no se consideren como profesionales, dándoselas el calificativo de enfermedades del trabajo. Cuando es evidenciable la relación de la enfermedad con las condiciones de trabajo, al no estar incluida en la lista oficial, se la trata administrativamente como si fuese un accidente de trabajo, con el fin de que el trabajador no experimente ninguna merma en el sistema de protección y tutela. Esta es la razón por la que un infarto sufrido por un trabajador se considera como accidente de trabajo si éste se produce en el centro de trabajo, mientras que sería tratado como enfermedad común, si el infarto se produce fuera del centro y del horario de trabajo. También se consideran como accidentes de trabajo las enfermedades intercurrentes o las previas que tuviese el trabajador, cuando sufren un agravamiento como consecuencia de un accidente de trabajo, así como también las que tengan su origen en el medio de curación del accidentado. Por tanto, una hepatitis adquirida por un trabajador accidentado como consecuencia de las transfusiones de sangre que se le hayan realizado, se considera, a efectos legales, como accidente de trabajo, mientras que una hepatitis adquirida por un trabajador sanitario será considerada como enfermedad profesional, si existe la posibilidad de que se deba a una contagio a causa de su trabajo. ¾

Enfermedad desde un punto de vista preventivo.

Desde un punto de vista preventivo, el concepto de enfermedad profesional, no se corresponde ni con la definición legal, ni con el concepto que comúnmente tenemos de enfermedad. Está claro, que la inclusión o no en la lista oficial no constituye motivo para dilucidar el carácter profesional o no de la enfermedad ya que el elemento definitorio es la relación con el trabajo. Sin embargo, y desde un punto de vista preventivo, es necesario distinguir varias etapas en la evolución de la enfermedad profesional. Una primera, la que aparece más tempranamente, estaría caracterizada por una "alteración", orgánica o funcional, que es objetivable, pero que normalmente no producirá sintomatología clínica, y que es plenamente reversible con el cese de la exposición del trabajador. Más avanzada en su desarrollo, se encuentra la etapa de "afectación", en la cual la alteración es más

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notable. Suele producir sintomatología clínica especifica, no es plenamente reversible con el cese de la exposición, y deja alguna secuela, aunque ésta no sea incapacitante. Finalmente está la etapa de "enfermedad", donde la alteración produce, en mayor o menor grado una incapacidad, permanente o transitoria, dejando secuelas irreversibles y en ocasiones graves, o incluso siendo causa del fallecimiento del trabajador que la padece.

La Higiene Industrial, es la técnica de prevención cuyo objetivo es evitar la aparición de enfermedades profesionales, para lo cual actúa sobre el medio ambiente o entorno físico del trabajo, con el fin de lograr unas condiciones ambientales que no dañen la salud de los trabajadores. La definición más ampliamente aceptada de la Higiene Industrial es la realizada por la American Industrial Hygiene Association, (Asociación Americana de Higiene Industrial), que la define como "la técnica dedicada al reconocimiento, evaluación y control de aquellos factores ambientales que surgen en el lugar de trabajo y que pueden causar molestias, daños a la salud o importante disconfort o ineficiencia entre trabajadores" ). Para dar una idea clara, del alcance y contenido de estos conceptos, y con ello del cometido de la Higiene Industrial, basta con realizar un análisis en profundidad de la propia definición. En primer lugar, habría que destacar, que la Higiene Industrial está relacionada con las condiciones de exposición de los trabajadores, en tanto en cuanto se habla de factores ambientales que surgen en o del lugar del trabajo y que pueden causar molestias a los trabajadores.

1.1

Clasificación de los factores ambientales.

El término "factores ambientales", que aparece en la definición enunciada anteriormente, engloba a tres grupos de agentes diferenciados entre sí, y que son los siguientes: ⇒

AGENTES FÍSICOS. Son todos ellos formas diferentes de la energía, que pueden causar alteraciones de salud cuando el trabajador recibe dosis de energía superiores a las tolerables. El concepto de dosis combina la energía recibida por el trabajador, con el tiempo de exposición. Entre las diferentes formas de la energía se incluyen en este grupo de agentes físicos las siguientes:

RUIDO.

VIBRACIONES.

CONDICIONES TERMOHIGROMÉTRICAS.

RADIACIONES Y CAMPOS ELECTROMAGNÉTICOS: o

Radiaciones ionizantes:

-

Rayos × .

-

Rayos gamma

γ 3


-

Rayos

α (partículas).

-

Rayos

β (partículas).

-

Protones.

-

Neutrones. o

Radiaciones no ionizantes:

-

Radiaciones ópticas (entre 3 -1012 Hz y 3 -1015 Hz): ultravioletas, visibles, infrarrojas.

-

Campos electromagnéticos (CEM) en el intervalo de frecuencias de

0 Hz y 300 GHz:

mircroondas, radiofrecuencias, altas y bajas frecuencias, campos eléctricos y magnéticos estáticos.

CONDICIONES DE ILUMINACIÓN.

El ruido, constituye quizás el problema más importante desde el punto de vista de la extensión de las empresas implicadas y de los trabajadores expuestos, ya que está presente, en la práctica totalidad de los sectores de actividad productiva. La exposición a niveles elevados de ruido durante tiempo prolongado causa un deterioro progresivo en el oído produciendo una pérdida de audición conocida como hipoacusia profesional, que en su fase más avanzada termina en una sordera profesional. Las condiciones termohigrométricas son un factor de riesgo: El calor, o mejor dicho, la sobrecarga térmica del ambiente de trabajo, debida a la existencia de focos o superficies a elevada temperatura que irradian calor, da lugar a una alteración del mecanismo de compensación de la temperatura del cuerpo en el hombre, generando una sudoración excesiva y produciendo síntomas de cansancio y agotamiento. La sobrecarga del ambiente es más acusada para el hombre cuando existe una elevada humedad ambiental y el movimiento de aire es muy limitado, ya que ambos factores contribuyen a reducir las posibilidades de refrigeración del cuerpo a través de la evaporación del sudor. Los riesgos derivados de las radiaciones ionizantes se pueden presentar en aquellas empresas que utilizan equipos de radiografía industrial o fuentes radioactivas para el control de los procesos de fabricación. Los riesgos derivados de los otros agentes se circunscriben a las empresas que tienen algún equipo que trabaja con estas fuentes específicas de energía. ⇒

AGENTES QUÍMICOS. Son sustancias químicas presentes en el ambiente de trabajo y que potencialmente pueden dañar la salud de los trabajadores. Se pueden presentar en forma de polvo, humos, aerosoles, nieblas, vapores y gases. Su presencia en el ambiente se debe a diversas causas entre las que cabría mencionar: la utilización de determinados productos comerciales de uso industrial, las propias materias primas que utiliza la empresa en su proceso de fabricación o las sustancias de reacción que

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se forman a lo largo del proceso y que constituyen sustancias intermedias, productos finales o simplemente productos de descomposición generados a veces por reacciones no controladas. La simple presencia de estas sustancias en el ambiente de trabajo o su utilización durante el proceso productivo no implica necesariamente que exista un riesgo para la salud de los trabajadores. Es preciso considerar, aparte de la toxicidad de estas sustancias, otros factores, como son las concentraciones ambientales, el tiempo de exposición de los trabajadores, las condiciones individuales, los elementos de protección utilizados, etc., que condicionan decisivamente el riesgo para la salud existente en los puestos de trabajo. Los efectos de estas sustancias sobre la salud, se producen a partir de su entrada en el organismo, lo que a su vez constituye el punto de arranque de complejos procesos que regulan su distribución, biotransformación, acumulación y eliminación, que van a ser determinantes en la afectación del trabajador. De ahí el interés que tiene la consideración de las rutas de penetración de los contaminantes, así como de su importancia relativa en el ambiente laboral. La principal ruta de entrada, es la vía respiratoria, a través de la cual los contaminantes penetran en el organismo mezclados con el aire inspirado. Una parte del contaminante será retenido en las vías respiratorias altas y medias, pero otra parte penetrará hasta los pulmones donde formará depósitos o se absorberá, pasando al torrente sanguíneo que lo distribuirá por todo el organismo. La aportación por esta vía de entrada, dependerá de la concentración del contaminante y, en el caso de contaminantes en forma de polvo, del tamaño de las partículas. En orden de importancia, le sigue la vía dérmica, ya que algunas sustancias en contacto con la piel son absorbidas y pasan directamente al torrente circulatorio. En ciertos casos muy especiales, la contribución de esta vía puede ser incluso más importante que la respiratoria, en la gran mayoría será una vía secundaria y en muchos casos los contaminantes no penetran por esta vía. Cuando exista penetración dérmica será necesario tenerla en cuenta a efectos de evaluación como contribución adicional a la respiratoria y, a efectos de reducción del riesgo, utilizando guantes y ropa de trabajo que impidan el contacto directo del contaminante con la piel. En último lugar, en orden de importancia se encuentra la vía digestiva, que estará casi siempre asociada a una deficiente higiene personal y a unos hábitos personales inadecuados. La penetración por esta vía, se produce casi siempre como consecuencia del hábito de comer, beber o fumar en el puesto de trabajo o en sus proximidades, sin las debidas precauciones. Para finalizar este punto destinado a tratar de los factores ambientales, es importante destacar el concepto de dosis, definiendo como tal la cantidad de contaminante realmente absorbida por el organismo del trabajador y en la cual se ha de contabilizar la procedente de las diferentes vías de entrada. El conocimiento de la dosis es importante porque la magnitud de los efectos producidos por el contaminante está relacionada con ella. Cuando la única vía significativa es la respiratoria, la dosis puede expresarse como el producto de la concentración por el tiempo de exposición. Aún cuando esta formulación es simplista en extremo, 5


ya que influyen sobre la misma las características de cada individuo, el ritmo de trabajo, su capacidad respiratoria y las condiciones térmicas del ambiente, ayuda a comprender que la dosis de un contaminante recibida por un trabajador, depende de la concentración ambiental en el puesto de trabajo y del tiempo que el trabajador permanece expuesto y que, por tanto, para reducir esta dosis es factible actuar sobre alguno de estos dos factores, o sobre ambos simultáneamente.

AGENTES BIOLÓGICOS. Constituidos por microorganismos, tales como virus, bacterias u hongos, cuya presencia en el ambiente y en contacto directo con la piel, producen enfermedades de muy diferente índole. En ambientes industriales, no tienen una particular importancia, si se exceptúan las frecuentes enfermedades de la piel producidas por contagios de hongos en los servicios de higiene de uso comunitario por los trabajadores. En ciertas actividades, como son las de servicios sanitarios y hospitalarios o en aquellas que se desarrollan en contacto con animales, la incidencia de estos agentes puede ser muy importante.

1.2

Identificación del riesgo.

Por lo tanto, el primer paso a dar, es proceder a la identificación del agente que puede causar el riesgo. La dificultad de tal identificación es muy variable. En algún caso, la identificación es evidente como ocurre con los agentes físicos y en otros casos es compleja e incluso muy difícil. En el caso de contaminantes químicos, podemos saber previamente las sustancias presentes, con lo que no es necesaria la identificación, o únicamente conocer la denominación comercial de los productos utilizados, con lo que es necesario recurrir al fabricante o suministrador para la identificación de las sustancias. Más compleja, puede ser la identificación cuando los productos utilizados se transforman, combinan o degradan durante el proceso productivo. 6


A efectos de identificación de los riesgos, es muy interesante que la empresa disponga de una ficha de seguridad de cada producto que se utiliza, la cual debe ser cumplimentada por cada suministrador y donde se recoja información relativa a composición, propiedades, efectos, riesgos de manipulación, medios de protección y otros datos que pueden ser de inmediata utilidad en caso de accidente o intoxicación.

1.3

Evaluación del riesgo.

La evaluación del riesgo, es el proceso de valoración del riego que entraña para la salud y seguridad de los trabajadores la posibilidad de que se verifique un determinado peligro en el lugar de trabajo; pretende establecer si en el puesto de trabajo existe o no riesgo para la salud de los trabajadores expuestos a unos determinados contaminantes, que lógicamente tienen que haber sido identificados previamente durante la fase de reconocimiento o identificación. La valoración del riesgo desde el punto de vista higiénico se puede resumir en :

Realización de muestreos específicos, preferentemente personales y en condiciones que sean representativas de la exposición del operario. Esta muestra se envía al laboratorio para su análisis a fin de determinar la cantidad de contaminante recogido, la cual, dividida por el volumen de aire muestreado permite determinar la concentración del contaminante en el ambiente, culminando así la primera fase del proceso de evaluación. En el caso de agentes físicos, la primera fase corresponde a unas mediciones que permiten obtener directamente el valor de las distintas magnitudes en cuestión, como pueden ser el nivel de ruido, temperaturas, etc. Para algunos contaminantes químicos, también pueden utilizarse los denominados aparatos de lectura directa que dan inmediatamente el valor de la concentración del contaminante, aunque la precisión de estos aparatos es muy variable.

En la segunda fase del proceso de evaluación, la concentración obtenida, se compara con unas concentraciones o valores límites que están fijados para cada contaminante y que se modifican en función del tiempo de exposición del operario y de la presencia simultánea en el ambiente de otras sustancias contaminantes. Fruto de esta comparación es la calificación del puesto de trabajo e incluso la cualificación del riesgo de exposición. Aunque este proceso de evaluación así explicado, es aparentemente sencillo en su fundamento, la realidad, es que en la práctica se presentan múltiples dificultades y existen muchas fuentes de posibles errores, por lo que es necesario que la evaluación sea realizada por personal cualificado y con equipos apropiados para que los resultados que se obtengan sean fiables y representativos.

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1.4

Control del riesgo.

El objetivo del control ambiental, es conseguir unas condiciones ambientales tolerables para el trabajador, sin que su salud sufra alteraciones irreversibles como consecuencia de las condiciones de trabajo a lo largo de toda su vida laboral. El control, se aplica, pues, en aquellos puestos de trabajo donde la evaluación ambiental ha denunciado la existencia de un riesgo higiénico, aunque este sea leve.

Para conseguir esta mejora de condiciones de exposición puede acudirse a una actuación sobre el proceso, la maquinaria, o la instalación, con el fin de reducir los niveles de contaminantes químicos o agentes físicos presentes en el ambiente de trabajo, (es el llamado control de ingeniería), o puede actuarse mediante la modificación de los métodos y hábitos de trabajo, (prácticas de trabajo), o acudiendo a la reducción de los tiempos de exposición, (control administrativo) o recurriendo al aislamiento o protección del operario, (protección personal).

Las medidas de control pueden aplicarse en el foco de generación, en el medio de transmisión o en el receptor.

Quizás convenga destacar dos aspectos importantes del control. Por un lado, la importancia que podría tener para una empresa, la carga económica que puede derivarse de la aplicación de estas medidas correctoras, que muchas veces exigen modificaciones en los procesos y en la maquinaria u obligan a la construcción de instalaciones de ventilación industrial. Por otro lado, el diseño de estas medidas correctoras, exige un buen conocimiento del proceso productivo, un análisis de los métodos de trabajo y, en muchas ocasiones, un conocimiento especializado de las técnicas de ventilación industrial.

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Finalmente, hay que destacar que la reducción de los niveles de exposición debe conseguirse siempre mediante la aplicación de medidas correctoras de carácter general. La protección personal, no debe ser utilizada como sustitutivo de estas medidas generales y su utilización debe limitarse a situaciones transitorias, una vez descubierta la situación de riesgo y mientras se procede a su corrección. También tiene utilidad en el caso de operaciones excepcionales de corta duración y se utilizará para la protección suplementaria de trabajadores, con una marcada susceptibilidad individual a ciertos factores ambientales.

2 Riesgos derivados de la exposición a agentes químicos. El Real Decreto 374/2001, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo, define los términos básicos que interesan en este apartado: Agente químico: Todo elemento o compuesto químico, por sí sólo o mezclado, tal como se presenta en estado natural o es producido, utilizado o vertido, incluido el vertido como residuo, en una actividad laboral, se haya elaborado o no de modo intencional y se haya comercializado o no. Exposición a un agente químico: presencia de un agente químico en el lugar de trabajo que implica el contacto de éste con el trabajador, normalmente, por inhalación o por vía dérmica (digestiva o parenteral). Peligro: La capacidad intrínseca de un agente químico para causar daño (ver artículo 4, ley 31/1995). Riesgo: La posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado de la exposición a agentes químicos. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de un daño y la severidad del mismo. Agente químico peligroso: Agente químico que puede representar un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores debido a sus propiedades fisicoquímicas, químicas o toxicológicas y a la forma en que se utiliza o se halla presente en el lugar de trabajo. Se consideran incluidas en esta definición, en particular: o

Los agentes químicos que cumplen los criterios para su clasificación como sustancias o preparados peligrosos establecidos, respectivamente, en la normativa sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y preparados peligrosos, con independencia de que el agente esté clasificado o no en dichas normativas, con excepción de los agentes que únicamente cumplan los requisitos para su clasificación como peligrosos para el medio ambiente.

o

Los agentes químicos que dispongan de un valor límite ambiéntela en el Anexo I.

Actividad con agentes químicos: todo trabajo en el que se utilicen agentes químicos, o esté previsto utilizarlos, en cualquier proceso, incluidos en la producción, la manipulación, el almacenamiento, el transporte o la evaluación y el tratamiento, o que se produzcan como resultado de dicho trabajo. 9


Agente agresivo de tipo químico, es toda sustancia orgánica o inorgánica, natural o sintética que, durante la fabricación, manejo, transporte, almacenamiento o uso, puede incorporarse al medioambiente laboral y provocar daños en la salud de los trabajadores. La procedencia de los contaminantes químicos en los ambientes de trabajo puede ser muy diversa. Sólo a título ilustrativo algunos de los procesos industriales donde se generan habitualmente este tipo de agresivos son:

2.1

Pintura Industrial.

Desengrasado de superficies metálicas.

Limpieza de instalaciones.

Fundiciones, altos hornos.

Combustiones de hornos, calderas y motores.

Fabricación de abonos.

Papeleras.

Fabricación de plásticos.

Recubrimiento de superficies metálicas.

Etc.

Características fundamentales de los contaminantes químicos.

Una de las características más representativas de los agentes contaminantes de tipo químico, es que utilizan el aire como medio para sustentarse, transportarse y difundirse en los medios de trabajo. Este hecho determina de forma esencial el comportamiento de los contaminantes químicos y nos lleva a clasificarlos según dos criterios: ⇒ SEGÚN SU ESTADO FÍSICO. En la tabla siguiente, se pueden observar las características más importantes de los contaminantes químicos, según el estado de agregación en el que están presentes en los ambientes laborales.

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⇒ SEGÚN SUS PROPIEDADES FÍSICO-QUÍMICAS. Los agresivos de tipo químico pueden clasificarse, en función de su peligrosidad, en los siguientes grupos fundamentales: ∗

Sustancias Inflamables. A este grupo, pertenecen todas aquellas sustancias que son capaces de arder en presencia de un oxidante (habitualmente el oxígeno del aire) cuando se les aporta una cierta energía de activación (llamas, chispas, etc.) Los parámetros más importantes que les definen son el punto de inflamación y el de ebullición; tienen más trascendencia desde el punto de vista de la seguridad y menos desde el de la higiene industrial.

Sustancias explosivas. Son aquellas sustancias químicas, que generan reacciones de combustión fuertemente exotérmicas, con liberación de energía de forma rápida e instantánea. Igual que en el caso de las sustancias inflamables, caen dentro del campo de la seguridad laboral.

Sustancias comburentes. Son aquellas sustancias, que pueden provocar reacciones de oxidación exotérmica cuando se ponen en contacto con sustancias inflamables en presencia de un foco de calor. Algunas sustancias como los peróxidos, los nitratos, los cloratos, etc. tienen interés para la Higiene Industrial.

Sustancias muy tóxicas, tóxicas y nocivas. Tienen un gran interés higiénico; podemos definirlas como aquellas sustancias que por inhalación, ingestión o penetración cutánea pueden provocar: 11


Riesgos para la salud extremadamente graves, tanto agudos como crónicos, e incluso la muerte, en el caso de sustancias muy tóxicas o tóxicas.

Riesgos para la salud limitados, en el caso de las sustancias nocivas.

Como puede observarse, la diferencia esencial entre las sustancias muy tóxicas, tóxicas y nocivas se basa en las consecuencias que puede originar su ataque al organismo humano. ∗

Sustancias corrosivas e irritantes. Las sustancias corrosivas son aquellas que por inhalación, ingestión o penetración cutánea pueden provocar la destrucción parcial o total de los tejidos vivos sobre los que actúan; en cambio, las sustancias irritantes sólo provocan su irritación o inflamación, normalmente reversible. Ejemplos de estas sustancias son los ácidos (sulfúrico, nítrico), las bases fuertes (sosa), el amoníaco o el cloro.

Sustancias sensibilizantes. Son sustancias que por inhalación, ingestión o penetración cutánea pueden ocasionar una reacción de hipersensibilidad, de forma que una exposición posterior a esas sustancias u otras, da lugar a efectos negativos característicos. Un ejemplo de estos productos químicos, son los isocianatos y la mayoría de los disolventes industriales.

Sustancias carcinogénicas, mutagénicas y tóxicas para la reproducción. Son aquellas que, en caso de ser inhaladas, ingeridas o si penetran por vía cutánea, pueden inducir el desarrollo del cáncer o incrementar su frecuencia en el ser humano (caso de las CANCERÍGENAS)

producir

alteraciones

importantes

en

el

material

genético

humano,

(MUTAGÉNICAS) o producir lesiones en el feto durante su desarrollo intrauterino (TÓXICAS PARA LA REPRODUCCIÓN). ∗

Sustancias peligrosas para el medio ambiente. Son sustancias, que vertidas de forma incontrolada al medio ambiente natural pueden provocar su deterioro, ya sea de forma reversible o irreversible. Tienen una gran importancia para la Higiene Industrial si son liberadas dentro del ámbito laboral.

Vías de entrada al organismo de los contaminantes químicos Entendemos por vía de entrada, aquella área anatómica-funcional a través de la cual penetra un contaminante en el ser humano, produciéndose bien un efecto local o la absorción del tóxico en un torrente sanguíneo para actuar, posteriormente, en órganos o tejidos específicos. La vía de entrada de un contaminante químico, es de suma importancia tanto para predecir sus efectos potenciales como para analizar su riesgo toxicológico y, como consecuencia, diseñar adecuadas medidas preventivas de control.

2.2

Vías de entrada de los contaminantes químicos.

Pueden utilizar las siguientes vías de penetración: •

Vía respiratoria

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Suele ser la vía de entrada más habitual de los contaminantes químicos en el organismo. A través de esta vía pueden penetrar polvos, humos, aerosoles, gases y vapores. Los contaminantes sólidos, especialmente el polvo, circulan por el aire que inhalamos; las partículas de mayor tamaño, quedan retenidas en las vías respiratorias altas y son eliminadas por la expiración o la expectoración; sin embargo, las partículas pequeñas pueden alcanzar el tejido pulmonar de los alvéolos. Los gases y vapores, al no tener forma física definida, penetran en el organismo a través del aire contaminado y quedan retenidos en unas u otras zonas pulmonares dependiendo de sus características físico-químicas, del volumen del aire respirado y del tiempo medio de permanencia del tóxico en el sistema respiratorio. Los aerosoles, tienen un comportamiento intermedio entre las partículas sólidas y los gases y vapores, debido a su carácter mixto de materia particulada líquida. •

Vía cutánea La piel, constituye una barrera natural de defensa contra agresiones externas; sin embargo, ciertos productos químicos, tienen la propiedad de atravesar la epidermis y la dermis y alcanzar los capilares sanguíneos superficiales. La penetración dérmica de un contaminante, dependerá de su concentración y de sus características físico-químicas, especialmente de su coeficiente de partición lípido/agua. Algunos detergentes y disolventes industriales, tienen la propiedad de dañar o eliminar la capa lipídica protectora y favorecer

así ataques posteriores de otros contaminantes químicos. •

Vía digestiva

La posibilidad de sufrir intoxicaciones laborales por la vía gastrointestinal, se reduce prácticamente, a acciones individuales de los trabajadores, derivadas de hábitos higiénicos sanitarios incorrectos; entre ellos, destacan el comer, beber o fumar en los centros de trabajo, y no lavarse las manos una vez manipulada una sustancia química peligrosa. •

Vía parenteral

La penetración de sustancias, puede producirse a través de llagas, heridas, eczemas, mucosas, etc. En estos casos, la barrera natural de protección de la piel, se ha visto alterada y el contaminante, no tiene obstáculos para su ingreso en el torrente sanguíneo.

2.3

Acción de los contaminantes químicos.

La exposición de un trabajador a los agentes de tipo químico, supone un riesgo potencial para su salud, que puede manifestarse en determinados cambios biológicos que, como consecuencia, puede derivar en un determinado daño en su organismo. La intensidad de este daño, depende de múltiples factores de tipo interno del trabajador, (susceptibilidad individual, raza, edad, sexo, código genético, etc.), o externos a él, (conducta alimenticia, hábitos sociales, consumo de tabaco o alcohol, tipo de trabajo desarrollado, etc.). Al actuar todos, o parte de los factores antes mencionados, se pueden producir en el 13


organismo respuestas de intensidad variable que pueden ir desde leves alteraciones de la salud hasta la muerte. Sin embargo, los factores más determinantes serán, sin duda, las características físico-químicas del xenobiótico, su concentración en el ambiente y el tiempo de exposición. La alteración o efecto de un determinado contaminante químico, lo podemos graduar en: - EFECTO AGUDO: suele provocar graves alteraciones fisiológicas que se manifiestan para cortos periodos de exposición a un contaminante. Su evolución, dependiendo del contaminante y del tiempo de exposición, puede llevar al sujeto a un estado irreversible e, incluso, a la muerte. - EFECTO SUBAGUDO: presenta una gravedad inferior al de la intoxicación aguda, no manifestando sus verdaderos efectos, hasta pasado un cierto tiempo. Este tipo de efecto suele darse para exposiciones al tóxico en dosis frecuentes y repetidas, pero no continuas. - EFECTO CRÓNICO: se produce, cuando el tóxico penetra en pequeñas dosis repetidas de forma continua durante un largo periodo de tiempo en la vida del trabajador. Se manifiesta, normalmente, a largo plazo.

El potencial agresivo de un determinado contaminante químico, suele establecerse a través de las llamadas relaciones dosis - respuesta obtenidas mediante la extrapolación de datos de la experimentación animal y de estudios epidemiológicos.

En experimentación la dosis, suele venir expresada en miligramos de tóxico por Kg. de peso corporal del sujeto y dependerá, lógicamente, de la concentración del xenobiótico en el ambiente laboral y del tiempo que el trabajador está expuesto a dicho contaminante. En Higiene Industrial se expresa en general en mg/m3, puesto que los límites están en estas unidades ( o bien en ml/m3 = p.p.m.)

14


2.4

Efectos fisiológicos.

En cuanto a los efectos que los contaminantes químicos pueden provocar en el hombre, los podemos agrupar en: ⇒ Corrosivos. Provocan la destrucción total o parcial de los tejidos vivos sobre los que interactúan. Ejemplo: ácidos fuertes sobre la piel y las mucosas. ⇒ Irritantes. Inflaman el tejido o las mucosas con las que se ponen en contacto. Ejemplo: amoníaco en el tejido pulmonar. ⇒ Neumoconióticos. Alteración crónica pulmonar, provocada por la inhalación prolongada de partículas sólidas insolubles en los fluidos biológicos. Ejemplo: polvo de sílice de las minas y canteras. ⇒ Asfixiantes. Impiden la normal transferencia del oxígeno a las células. Se dividen en: ASFIXIANTES SIMPLES:

desplazan físicamente el oxígeno del lugar que ocupan. Ejemplo de

asfixiantes simples, tenemos el nitrógeno, el dióxido de carbono y el butano ASFIXIANTES QUÍMICOS: impiden el suministro de oxígeno a las células mediante reacciones químicas. Ejemplo de asfixiantes químicos, podemos citar el monóxido de carbono y el ácido cianhídrico. ⇒ Anestésicos y narcóticos. Actúan como depresores del sistema nervioso central provocando diversas manifestaciones orgánicas, (mareos, náuseas, etc.), de carácter normalmente reversibles. Ejemplo: disolventes industriales. ⇒ Alérgicos sensibilizantes. Pueden ocasionar una reacción de hipersensibilidad. Generan respuestas inmunológicas desproporcionadas con liberación de anticuerpos e histamina que provocan cuadros con picores, rinitis, etc. Ejemplo: Ciertas maderas tropicales, látex, (dermatitis de contacto), etc. La capacidad de producir sensibilización está contemplada en la normativa sobre clasificación de sustancias peligrosas (R42 por inhalación y R43 por contacto). Si desea ampliar información, puede consultar en el apartado TEXTOS LEGALES los reales decretos sobre cancerógenos; Real Decreto 665/1997 y las modificaciones introducidas por el Real Decreto 1124/2000 y 349/2003. ⇒ Carcinogénicos, mutagénicos y tóxicos para la reproducción. Pueden provocar cáncer, modificaciones hereditarias y malformaciones en la descendencia, respectivamente, inducidos por cambios en el material genético de las células. Ejemplo: algunas variedades de amianto, ciertos pesticidas, etc. 15


⇒ Tóxicos Sistémicos. Alteración de órganos o sistemas específicos donde actúa principalmente el tóxico una vez absorbido y distribuido en el cuerpo por el torrente sanguíneo. Ejemplos: el tetracloroetano sobre el hígado, algunos hidrocarburos halogenados sobre el riñón, etc.

2.5

Metabolismo de los contaminantes químicos.

El camino que sigue un tóxico, cuando actúa sobre el organismo, es muy complejo y está influenciado por múltiples factores muy difíciles de conocer en profundidad y, por tanto, impredecibles en muchos casos. En el gráfico siguiente, se esquematiza la ruta más habitual que puede seguir un contaminante químico cuando ingresa en el organismo:

De forma muy resumida y sintética, la ruta que siguen los contaminantes es la siguiente: el agresivo químico, tras penetrar en el organismo a través de una de las VÍAS DE ENTRADA, (inhalatoria, dérmica, digestiva o parenteral), puede actuar directamente sobre las células o tejidos en el lugar de contacto, (piel, mucosas pulmonares, etc.) provocando un efecto negativo muy localizado, o puede atravesar las membranas de defensa celulares, (proceso de ABSORCIÓN) y alcanzar el torrente sanguíneo. En la sangre el tóxico puede unirse a determinadas macromoléculas portadoras (con enlaces reversibles) y realizar su DISTRIBUCIÓN a todo el organismo; según las características físico - químicas del xenobiótico éste tenderá a ALMACENARSE en determinados órganos y tejidos, (fundamentalmente en el tejido graso), o sufrir una serie de ataques químicos y biológicos (realizados por enzimas) que lo van a ir transformando, (BIOTRANSFORMACIÓN), en moléculas más fáciles de eliminar por los fluidos biológicos de excreción, (orina, heces, respiración pulmonar, sudor, etc.).

2.6

Niveles admisibles de los contaminantes químicos.

16


Puesto que la concentración de los contaminantes químicos, es un factor esencial en el potencial daño que puedan sufrir los trabajadores, se han establecido criterios legales y técnicos que limitan dichas concentraciones en los ambientes laborales.

Nuestra legislación establece límites de exposición laboral a determinados contaminantes químicos en: •

Real Decreto 374/2001, de 6 de abril sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.

Real Decreto 665/198, sobre protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo y sus modificaciones por el Real Decreto 1124/200 y 349/2003.

Tiene disponibles, alguno de ellos, en el apartado BIBLIOTECA.

Establecimiento de Valores Límites. A través de la higiene teórica, encargada del estudio de los contaminantes y su relación con el hombre, mediante el uso de estudios epidemiológicos y la experimentación; fija estos valores estándares de concentración de sustancias en el ambiente y los tiempos de exposición ante los que la mayoría de los trabajadores pueden estar expuestos dentro de su jornada laboral sin que tengan efectos nocivos para la salud. Normalmente los criterios de valoración toman la forma de Valores Límites Ambientales (VLA), que son valores de referencia para las concentraciones de los agentes químicos y representan las condiciones a las cuales la mayoría de los trabajadores pueden estar expuestos sin sufrir efectos adversos para la salud. La reglamentación específica para la evaluación de riesgos debidos a la inhalación de agentes químicos, entre otros es el R.D. 374/2001 sobre la protección y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos, el RD 665/97 sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos, modificado por el RD 349/2003 en el que se incluyen los agentes mutágenos. Recogiendo toda la reglamentación que le concierne y actualizando la publicación anualmente el INSHT publica los “límites de exposición profesional para Agentes Químicos en España “ proporcionando límites ambientales para agentes químicos, y biológicos como complemento indicador de la exposición. Cuando estos límites no son suficientes se acude a los americanos (TLV’s), o a los útiles establecidos por cualquier entidad de garantía y experiencia suficientes. El INSHT elabora una guía denominada « Documento sobre límites de exposición profesional para agentes químicos en España», para mas información puede consultar la página web del INSHT . Los valores límites son de dos tipos :

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A - VALOR LÍMITE AMBIENTAL – EXPOSICIÓN DE LARGA DURACIÓN (EXPOSICIÓN DIARIA) VLA – ED : es el valor de referencia para expuestos a una concentración media del agente químico en la zona de respiración del trabajador medida, o calculada de forma ponderada con respecto al tiempo, para la jornada laboral real y referida a una jornada estándar de 8 horas. Referir la concentración media a dicha jornada estándar implica considerar el conjunto de las distintas exposiciones del trabajador a lo largo de la jornada real de trabajo, cada una con su correspondiente duración y referida a una jornada estándar de 8 horas. Así pues, la ED puede calcularse matemáticamente por la siguiente fórmula:

siendo: ci la concentración i-ésima. ti el tiempo de exposición, en horas, asociado a cada valor ci.

Para el cálculo de la ED de cualquier jornada laboral, la suma de los tiempos de exposición que se ha de considerar en el numerador será igual a la duración real de la jornada en cuestión, expresada en horas. B - VALOR LÍMITE AMBIENTAL – EXPOSICIÓN DE CORTA DURACIÓN (EC). Es la concentración media del agente químico en la zona de respiración del trabajador, medida o calculada para cualquier período de 15 minutos a lo largo de la jornada laboral, excepto para aquellos agentes químicos para los que se especifique un período de referencia inferior, en la lista de Valores Límite. Lo habitual es determinar las EC de interés, es decir, las del período o períodos de máxima exposición, tomando muestras de 15 minutos de duración en cada uno de ellos. De esta forma, las concentraciones muestrales obtenidas coincidirán con las EC buscadas. No obstante, si el método de medición empleado, por ejemplo basado en un instrumento de lectura directa, proporciona varias concentraciones dentro de cada período de 15 minutos, la EC correspondiente se calculará aplicando la siguiente fórmula:

siendo: ci la concentración i-ésima dentro de cada período de 15 min. ti el tiempo de exposición, en minutos, asociado a cada valor ci

La suma de los tiempos de exposición que se han de considerar en la fórmula anterior será igual a 15 minutos. Indicador Biológico (IB), parámetro que se mide en un momento determinado, y está asociado, directa o indirectamente, con la exposición global, es decir, por todas las vías de entrada, a un agente químico.

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Como medios biológicos se utilizan el aire exhalado, la orina, la sangre y otros. Según cuál sea el parámetro, el medio en que se mida y el momento de la toma de muestra, la medida puede indicar la intensidad de una exposición reciente, la exposición promedio diaria o la cantidad total del agente acumulada en el organismo, es decir, la carga corporal total. Se consideran dos tipos de indicadores biológicos: IB de dosis. Es un parámetro que mide la concentración del agente químico o de alguno de sus metabolitos en un medio biológico del trabajador expuesto. IB de efecto. Es un parámetro que puede identificar alteraciones bioquímicas reversibles, inducidas de modo característico por el agente químico al que está expuesto el trabajador. Tipos de Valores limite. A- VALOR LÍMITE AMBIENTAL-EXPOSICIÓN DIARIA (VLA-ED). Como se ha señalado anteriormente, es el valor de referencia para la Exposición Diaria (ED). De esta manera los VLA-ED representan condiciones a las cuales se cree, basándose en los conocimientos actuales, que la mayoría de los trabajadores pueden estar expuestos 8 horas diarias y 40 horas semanales durante toda su vida laboral, sin sufrir efectos adversos para su salud. B - VALOR LÍMITE AMBIENTAL-EXPOSICIÓN DE CORTA DURACIÓN (VLA-EC). Es el valor de referencia para la Exposición de Corta Duración (EC), tal y como ésta se ha definido anteriormente. El VLA-EC no debe ser superado por ninguna EC a lo largo de la jornada laboral. Para aquellos agentes químicos que tienen efectos agudos reconocidos pero cuyos principales efectos tóxicos son de naturaleza crónica, el VLA-EC constituye un complemento del VLA-ED y, por tanto, la exposición a estos agentes habrá de valorarse en relación con ambos límites. En cambio, a los agentes químicos de efectos principalmente agudos como, por ejemplo, los gases irritantes, sólo se les asigna para su valoración un VLA-EC. Límites de Desviación (LD) Pueden utilizarse para controlar las exposiciones por encima del VLA-ED, dentro de una misma jornada de trabajo, de aquellos agentes químicos que lo tienen asignado. No son nunca límites independientes, sino complementarios de los VLA que se hayan establecido para el agente en cuestión, y tienen un fundamento estadístico. Para los agentes químicos que tienen asignado VLA-ED pero no VLA-EC, se establece el producto de 3 x VLA-ED como valor que no deberá superarse durante más de 30 minutos en total a lo largo de la jornada de trabajo, no debiéndose sobrepasar en ningún momento el valor 5 x VLA-ED. Así mismo algunos agentes que ejercen la misma acción sobre los mismos órganos o sistemas deben valorarse teniendo en cuenta esta acción. Para ello se considera su efecto aditivo.

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2.7

Medidas de control de los contaminantes químicos.

Para mantener las concentraciones de los contaminantes químicos por debajo de los límites tolerables, se deben implantar medidas preventivas y de control que eliminen el riesgo o, si ello no es posible del todo, lo reduzcan a niveles considerados como aceptables.

Para ello, podemos actuar en tres áreas diferentes: ⇒ Control sobre el foco de generación, por ejemplo:

Diseñar adecuadamente los parámetros físico químicos del proceso de trabajo, sus instalaciones, equipos, maquinaria, etc.

Sustituir los productos químicos peligrosos por otros más inocuos.

Modificar determinados parámetros del proceso que lo hagan menos agresivo sin alterar el resultado productivo final.

Aislar de los operarios aquellos procesos que generen productos químicos peligrosos.

Controlar los ambientes pulvígenos introduciendo métodos húmedos en lugar de métodos en seco.

Instalar sistemas de extracción localizada en sus lugares de generación.

Implantar adecuados sistemas de mantenimiento preventivo de instalaciones, cabinas de seguridad, maquinaria y equipos que eviten fugas, derrames, escapes, etc. de productos químicos.

Etc.

⇒ Control sobre el medio de transmisión.

Establecer adecuados programas de limpieza de las zonas de trabajo contaminadas, para evitar que las corrientes de aire vuelvan a ponerlos en el ambiente.

Implantar sistemas de ventilación general, que diluyan la concentración de contaminantes en el ambiente.

Aumentar la distancia entre la fuente de emisión y el receptor.

⇒ Control sobre el trabajador. 20


Establecer adecuados métodos y hábitos de actuación entre los trabajadores.

Fomentar la información, participación y formación de los operarios.

Disminuir, siempre que sea necesario, el tiempo de exposición de los trabajadores a los contaminantes. -

Aislar al operario de los ambientes contaminados.

-

Fomentar la higiene personal y las buenas prácticas sanitarias.

-

En último caso, usar Equipos de protección individual adecuados, cuando la protección colectiva no sea posible.

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