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Conozcamos nuestra
Un encuentro con la Bolivariana
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HUGO CHÁVEZ FRÍAS Presidente de la República Bolivariana de Venezuela ELÍAS JAUA Ministro de Agricultura y Tierras
Edición revisada por el Ministerio de Educación y Deportes; a través de su Dirección de Educación Básica, Comisión para la Orientación de la Enseñanza y Uso de la Lengua Materna. Dicha Dirección recomienda este texto para el público en general y para estudiantes, especialmente para la segunda y tercera etapa de Educación Básica. Se han observado las correcciones recomendadas por el Ministerio.
CONOZCAMOS NUESTRA CONSTITUCIÓN Un encuentro con la Bolivariana Ministerio de Agricultura y Tierras Textos: Viviana Rengifo y Eleonora Silva Concepto gráfico y de ilustraciones: Carlos Vlacar Desarrollo editorial: Viviana Rengifo y Eleonora Silva Impreso en Venezuela / Printed in Venezuela
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Contenido
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Presentación
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Nuestro país y su Constitución
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Nuestro espacio geográfico y su división política
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Derechos humanos, garantías y deberes
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El Poder Público
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Organización del Poder Público Nacional
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El sistema socioeconómico
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La seguridad de la Nación
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Protección de nuestra Constitución
113
La reforma constitucional
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Glosario
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PRESENTACIÓN
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l Ministerio de Agricultura y Tierras se suma a la iniciativa de hacer llegar a manos de niñas, niños y adolescentes los principios fundamentales de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Esta publicación forma parte del objetivo superior de difundir, a todos los niveles de la ciudadanía, los principios de justicia e igualdad social que se propone la Venezuela Bolivariana como horizonte. En este sentido, se ha puesto todo el esmero para adaptar los contenidos de la Constitución a un vocabulario mucho más accesible a los lectores y lectoras que se están iniciando en las escuelas y los liceos en el conocimiento y apropiación de los valores de participación, solidaridad y soberanía. Este volumen ilustrado recoge todos los capítulos que componen la Constitución. Se seleccionaron los artículos centrales de cada capítulo, los cuales son expuestos de manera sencilla, acompañados de explicaciones y comentarios resumidos, que buscan la fácil comprensión de un texto originalmente escrito para todo público. Cada extracto dispone del número del artículo correspondiente para facilitar una lectura completa en la Constitución original. Esperamos que Conozcamos nuestra Constitución forme parte de la biblioteca de referencia para la joven ciudadanía participativa y protagónica. ELÍAS JAUA, Ministro de Agricultura y Tierras
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Nuestro país y su Constitución
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Nuestro país es libre e independiente y basa sus valores en el pensamiento de Simón Bolívar: libertad, igualdad, justicia, solidaridad y paz internacional. Por eso se dice que es un Estado democrático y social, de derecho y de justicia, en donde todos debemos ser responsables en la construcción de nuestra sociedad. Ahora nuestro país se llama República Bolivariana de Venezuela. Es un Estado federal descentralizado porque está dividido en estados y municipios, sin embargo deben orientarse por los principios de integridad territorial, cooperación y solidaridad, es decir que trabajarán juntos para que toda Venezuela avance por igual y permanezca unida. Nuestros símbolos patrios son la Bandera Nacional, con sus colores amarillo, azul y rojo; el Escudo Nacional y el himno Gloria al bravo pueblo . El idioma oficial de Venezuela es el castellano, también son oficiales los idiomas indígenas.
[Referido especialmente a los artículos 1, 2, 4, 8 y 9 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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El Estado tiene la función de construir una sociedad justa y pacífica, impulsar nuestro bienestar (vivir sin que nos falten las cosas necesarias) y hacer que se cumplan los derechos y deberes que aparecen en nuestra Constitución. También el Estado se encarga de proteger, desarrollar y respetar la personalidad de cada uno de nosotros.
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La Constitución es la norma más importante y es creada por todos los venezolanos, ya que nuestro pueblo es soberano, o sea que somos nosotros mismos quienes creamos nuestras reglas y nos gobernamos. Esto lo hacemos eligiendo representantes mediante el voto y participando en asuntos que nos atañen de nuestra sociedad.
[Referido especialmente a los artículos 3, 5 y 7 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Los gobiernos de nuestro país y sus estados y municipios serán siempre: democráticos, ya que es la forma de gobierno en donde el pueblo tiene el poder; participativos, ya que todos podemos participar en la toma de decisiones y en la realización de los asuntos del país y de nuestra comunidad; electivos, ya que es el pueblo quien elige a sus gobernantes mediante el voto;
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descentralizados, ya que las funciones deberán ser repartidas entre los gobiernos municipales, estadales y el nacional y las organizaciones vecinales y comunitarias; alternativos, ya que debe haber elecciones al finalizar cada período de los gobiernos; responsables, ya que los miembros de los gobiernos deberán rendir cuentas de su gestión; pluralistas, ya que debe existir diferentes formas de pensamiento dentro de los gobiernos; y de mandatos revocables, ya que los miembros de los gobiernos podrán ser destituidos. [Referido especialmente al artículo 6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Nuestro espacio geográfico y su división política
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El espacio geográfico de nuestro país comprende: espacio continental, es decir tierra firme; mar territorial; espacio insular, como el archipiélago de Los Roques, la isla de Margarita, los cayos de Morrocoy, entre otros; espacio marítimo y espacio aéreo. Todos los yacimientos mineros y de hidrocarburos en Venezuela nos pertenecen a los venezolanos. Nuestro territorio jamás podrá ser cedido o prestado a ningún país extranjero.
[Referido especialmente a los artículos 11 al 13 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Las relaciones con otros países deben basarse en la independencia de cada uno, en el respeto mutuo, en la paz y en la solidaridad para el bienestar de todos. Nuestro país también favorecerá la integración latinoamericana y caribeña. Nuestro espacio geográfico es zona de paz, por lo tanto no pueden establecerse en él bases militares extranjeras. Las embajadas y consulados sólo podrán estar en las zonas permitidas.
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Nuestro territorio está organizado políticamente en estados, distrito capital y dependencias y territorios federales. Todos a su vez se organizan en municipios. La capital de Venezuela es Caracas, por eso las sedes de los órganos del Poder Público están allí.
[Referido especialmente a los artículos 13, 16 y 18 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Derechos humanos, garantĂas y deberes
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El Estado nos garantiza a todos y sin discriminación los derechos humanos. Todos tenemos derecho a desarrollar libremente nuestra personalidad, respetando siempre la de otros. Somos iguales ante la ley, por eso ella no permite discriminaciones de raza, sexo, religión, clase social o aquellas que irrespeten los derechos de otras personas; y protegerá especialmente a los más vulnerables, es decir aquellos que suelen ser marginados y perjudicados, como los pobres, los ancianos, enfermos y personas con discapacidad. La ley nos tratará de ciudadanos y ciudadanas y no reconocerá títulos nobiliarios ni distinciones hereditarias, como por ejemplo reyes, duques, marqueses, princesas, entre otros.
[Referido especialmente a los artículos 19 al 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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El funcionario público no podrá infringir ninguno de nuestros derechos, ni siquiera por órdenes superiores, y si lo hace será sancionado. Los delitos contra los derechos humanos cometidos en nuestro país deberán ser investigados y castigados. El Estado tendrá que reparar los daños causados a las víctimas de estos delitos. Todos tenemos derecho a una justicia gratuita, rápida y responsable que haga valer nuestros derechos e intereses.
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Tenemos derecho a conocer la información que sobre nosotros tienen los registros oficiales o privados.
[Referido especialmente a los artículos 25, 26, 28, 29 y 30 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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La nacionalidad Son venezolanos: los venezolanos por nacimiento y los venezolanos por naturalización. Los venezolanos por nacimiento son: todos los nacidos en Venezuela;
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los nacidos en el exterior hijos de padre o madre venezolanos por nacimiento; los nacidos en el exterior hijos de padre o madre venezolanos por naturalización, siempre que antes de cumplir 18 años viva en nuestro país y antes de cumplir los 25 años declare que quiere la nacionalidad venezolana.
[Referido especialmente al artículo 32 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Los venezolanos por naturalización son: los extranjeros que hayan vivido en nuestro país por lo menos 10 años; se reducirán a 5 años los españoles, portugueses, italianos, latinoamericanos y caribeños; los extranjeros que se casen con un venezolano luego de 5 años a partir de su matrimonio; los extranjeros menores de edad para el momento de la naturalización del padre o de la madre, siempre que declaren querer ser venezolanos antes de los 21 años y hayan vivido en nuestro país los 5 años anteriores.
[Referido especialmente al artículo 33 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Los venezolanos por nacimiento no perderán su nacionalidad a menos que lo deseen y los venezolanos por naturalización sólo la perderán si lo desean o mediante sentencia judicial. Podemos adquirir otra nacionalidad sin perder la venezolana.
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[Referido especialmente a los artículos 34 al 36 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Los derechos civiles El derecho a la vida debe respetarse siempre, por lo tanto la pena de muerte no está permitida. La libertad personal es inviolable. Sólo se puede ser arrestado por orden judicial o cuando se es sorprendido infraganti cometiendo un delito, siempre y cuando la autoridad que haga la detención se identifique.
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Toda persona es inocente hasta que se compruebe lo contrario y no se puede obligar a nadie a confesarse culpable ni a declarar contra sus parientes cercanos. El detenido tiene derecho a comunicarse con sus familiares y abogados, quienes podrán ser informados sobre el lugar donde se encuentra, el motivo de la detención y su estado físico. Debe respetarse nuestra integridad física, psíquica y moral.
[Referido especialmente a los artículos 43, 44, 46 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Nadie puede ser torturado ni tratado cruelmente, ni sometido sin su consentimiento a experimentos científicos o exámenes médicos, a menos que su vida se encuentre en peligro. Nuestra casa es inviolable, ninguna autoridad puede entrar en ella sin nuestro consentimiento, a menos que sea para impedir un delito. También son inviolables las comunicaciones privadas, como el teléfono, el correo, entre otros.
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Podemos transitar libremente por el país, mudarnos y viajar. Todos tenemos derecho a ser protegidos por los órganos de seguridad ante situaciones de riesgo o amenaza. Los ciudadanos podemos participar en la prevención del delito y crear planes de seguridad, siempre de acuerdo con la ley. Los mecanismos de defensa del orden público por parte de la policía deben ser prudentes y de acuerdo con la situación. En todos los casos se respetarán la dignidad y los derechos humanos. Nadie puede ser sometido a esclavitud o servidumbre. [Referido especialmente a los artículos 46 al 48, 50 y 54 al 56 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Tenemos derecho a tener nombre y apellido, tambiĂŠn a conocer la identidad de nuestros padres. Por eso todos tenemos derecho a ser inscritos gratuitamente en el registro civil.
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Todos tenemos derecho a expresarnos libremente. Siempre lo haremos utilizando nuestro verdadero nombre y no podremos dar mensajes que discriminen a otros. También tenemos derecho a réplica cuando nos veamos afectados por informaciones incorrectas. A su vez, sobre todo los niños y adolescentes, tenemos derecho a recibir información que promueva nuestro desarrollo integral.
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Si se nos ha violado un derecho o queremos ganar uno nuevo, tenemos derecho a manifestar pacíficamente y sin armas. Tenemos derecho a la libertad de conciencia (tener ideales propios) y a profesar nuestra religión, por lo tanto podemos manifestar nuestras creencias. Nuestros padres tienen derecho a elegir nuestra educación religiosa de acuerdo con sus convicciones. Tenemos derecho a la protección de nuestro honor y nadie podrá dañar nuestra imagen y reputación. La ley, por su parte, cuidará que la informática (internet) respete nuestra intimidad personal y familiar.
[Referido especialmente a los artículos 57 al 61 y 68 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Derechos políticos Todos tenemos derecho a participar en los asuntos públicos, es decir, en las cosas que nos atañen a todos como sociedad. Podemos hacerlo nosotros mismos o por medio de representantes elegidos. Esta participación debe ser promovida por el Estado y la sociedad. Son medios de participación y protagonismo del pueblo:
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la elección de cargos públicos (presidente de la República, alcaldes, gobernadores, asambleístas, etc.); el referendo, la consulta popular, la revocación del mandato; la creación y aprobación de leyes y normas (iniciativa legislativa); el cabildo abierto, la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, entre otros. También participamos en la vida económica y social de nuestro país mediante la autogestión (organización donde los integrantes participan activamente para mejorar su condición), las cooperativas, la empresa comunitaria y otras agrupaciones guiadas por la cooperación y la solidaridad. [Referido especialmente a los artículos 62 y 70 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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El sufragio es una de las formas de participar y es un derecho que se ejerce mediante el voto. El voto es libre, votamos por quienes queremos; es universal, todos podemos votar si cumplimos con los requisitos; es directo, sin intermediarios; es secreto, nadie puede obligarnos a revelar o mostrar nuestro voto. Siempre sabremos el nombre de las personas por quienes votemos. Podrán votar los venezolanos mayores de 18 años; y los extranjeros mayores de 18 años con más de 10 años en nuestro país podrán votar en las elecciones municipales, parroquiales y estadales.
[Referido especialmente a los artículos 63 y 64 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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El referendo es otra forma de participación política con la que contamos. Existe el referendo consultivo y sirve para que decidamos sobre asuntos importantes de nuestra sociedad. Todos los cargos o representantes elegidos popularmente son revocables, luego de que haya transcurrido la mitad de su período. Esto se podrá hacer mediante un referendo para la revocatoria del mandato.
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También podrán ser sometidos a referendo los proyectos de ley (propuestas de nuevas leyes); así como alguna ley vigente que queramos abolir. Según sea el caso, podemos convocar a referendo los ciudadanos, el presidente de la República o la Asamblea Nacional.
[Referido especialmente a los artículos 71 al 74 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Derechos sociales y de las familias El Estado protegerá a la familia, la cual debe basarse en la comprensión, el respeto mutuo y en el esfuerzo de todos y para todos. Los niños y adolescentes tenemos el derecho a ser criados por nuestra familia. Si esto no es posible, tenemos derecho a que una familia sustituta gustosamente nos adopte.
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La maternidad y la paternidad serán protegidas. El Estado garantiza asistencia y protección durante todo el embarazo, el parto y el posparto, y asegurará servicios de planificación familiar, es decir, orientará a las personas sobre cuándo y cómo quedar embarazadas. Nuestros padres nos formarán, educarán, mantendrán y criarán amorosamente y al crecer nosotros los asistiremos si ellos no pueden hacerlo por sí mismos.
[Referido especialmente a los artículos 75 y 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Los niños y adolescentes podemos ejercer todos nuestros derechos. El Estado, la familia y la sociedad deben asegurar nuestra protección e incorporación a la vida activa de nuestro país, y brindar a los jóvenes la capacitación y las herramientas necesarias que les permitirán participar en la construcción de nuestro país. El Estado garantiza a los ancianos sus derechos. Junto con la familia y la sociedad, está obligado a respetarlos y asegurarles atención y los beneficios de la Seguridad Social. También se les garantizará un trabajo acorde con sus deseos y capacidades.
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Todas las personas con discapacidad tienen derecho a integrarse normalmente en la comunidad y la familia. Debemos garantizarles respeto, igualdad de oportunidades y buenas condiciones de trabajo. El Estado impulsará su formación, capacitación y acceso al empleo.
[Referido especialmente a los artículos 78 al 81 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Todos tenemos derecho a una vivienda segura, cómoda e higiénica, y en un ambiente familiar y vecinal saludable. La salud es un derecho fundamental y el Estado está obligado a garantizarla como parte del derecho a la vida. El sistema público de salud (hospitales, medicaturas, dispensarios, etc.) es gratuito. Sin embargo, el Estado y la comunidad tenemos el deber de prevenir las enfermedades.
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Todos tenemos derecho a la Seguridad Social, que es un organismo para prevenir y remediar algunas de nuestras necesidades (maternidad, enfermedad, pérdida de empleo, vejez, vivienda). El sistema de Seguridad Social es para todos (universal) y debe ser participativo y de financiamiento solidario (mediante pequeños pagos de los trabajadores y trabajadoras del país). También las amas de casa tienen derecho a la Seguridad Social, porque su trabajo es fundamental para el bienestar social. Si alguien no pudiera contribuir monetariamente no podrá ser excluido de la protección de este sistema.
[Referido especialmente a los artículos 82 al 84, 86 y 88 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Todos tenemos derecho al trabajo. El Estado fomentará el empleo y garantizará que se cumplan las leyes del trabajo. El Estado cuida que: los trabajadores tengan un salario justo, que les permita vivir dignamente y cubrir para su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales; no haya discriminación de los trabajadores por razones de edad, sexo, religión, entre otros;
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los adolescentes puedan trabajar sin afectar su desarrollo integral; la jornada de trabajo diurno no sobrepase las 8 horas diarias, y que la nocturna no sea mayor de 7 horas diarias; los trabajadores gocen del descanso semanal, de vacaciones pagadas y prestaciones sociales (pago al finalizar un período de trabajo en una compañía o institución); el trabajador goce de estabilidad laboral y que no sea despedido sin causa válida y que no se cometan injusticias con el trabajador contratado o a destajo (alguien que es contratado por poco tiempo, no mayor de 3 meses); los trabajadores puedan constituir y participar libremente en sindicatos y ejercer el derecho a la huelga dentro del marco de la ley. [Referido especialmente a los artículos 87 al 95 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Derechos culturales y educativos La creación científica, tecnológica, artística e intelectual es libre. Los valores de la cultura venezolana son un derecho fundamental. El Estado protegerá, preservará y enriquecerá la herencia cultural e histórica venezolana, para que siempre nos pertenezca y perdure en el tiempo.
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Los medios de comunicación deben difundir los valores de la tradición popular y la obra de artistas y creadores venezolanos; también la televisión debe incorporar traducción a la lengua de señas venezolanas para las personas con problemas auditivos.
[Referido especialmente a los artículos 98 al 101 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Todos tenemos derecho a una educación gratuita, de calidad, continua, en igualdad de condiciones y oportunidades. También la educación es un deber social, por eso es obligatoria desde el maternal hasta el diversificado. La educación es un servicio público y respeta todas las formas de pensamiento para desarrollar el potencial creativo de cada uno de nosotros.
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La ley garantizará igual atención a personas con necesidades o circunstancias especiales (con discapacidad, presos o en situación de pobreza, entre otros) para que permanezcan en el sistema educativo. Nuestros maestros y profesores deberán tener un nivel académico adecuado y un comportamiento honrado. Además, deben estar comprometidos con sus alumnos. Todas las instituciones deben cumplir con la enseñanza de la educación ambiental, la lengua castellana, la historia y la geografía de Venezuela, así como de los principios del ideario bolivariano. Los medios de comunicación deberán ayudar en esta formación. Tendremos acceso a la información mediante los servicios públicos de radio y televisión y redes de bibliotecas e informática que el Estado debe garantizar.
[Referido especialmente a los artículos 102 al 104, 107, 108 y 110 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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También la educación superior es gratuita. Las universidades son autónomas, es decir, tienen su propio cuerpo de vigilancia y seguridad y crean sus propias normas. La autonomía además permite que sus miembros (profesores, estudiantes y egresados) desarrollen libremente sus investigaciones y estudios. Las universidades deben contribuir y orientar el desarrollo material y espiritual de nuestro país.
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[Referido especialmente a los artículos 103 y 109 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Todos tenemos derecho al deporte y a la recreación porque son de gran ayuda en nuestra formación física y mental. Es obligatoria la enseñanza de la educación física en nuestras escuelas. El Estado apoyará al deporte de alta competencia y estimulará a quienes realicen actividades deportivas en el país.
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[Referido especialmente al artículo 111 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Derechos económicos Todos podremos dedicarnos libremente a la actividad económica que queramos, siempre que respetemos las leyes sobre seguridad, sanidad, ambiente y otras de interés social.
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El Estado está obligado a planificar e impulsar el desarrollo integral de nuestro país, promoviendo la iniciativa privada (creación de empresas, compañías, cooperativas, asociaciones) así como la economía popular, para lograr una justa distribución de la riqueza y garantizar la producción de bienes y servicios que todos necesitamos. No se permitirán monopolios (que una sola empresa domine cierta actividad económica), ni la especulación (vender un producto a un precio mayor del que vale), ni el acaparamiento (escasear un producto en el mercado para luego venderlo a un mayor precio), ni otros mecanismos que nos perjudiquen. Todos tenemos derecho a la propiedad, es decir usar y disfrutar nuestros bienes. El Estado puede comprar nuestra propiedad en caso de interés general. Al comprar productos y servicios tenemos derecho a que sean de calidad, a que se nos informe correctamente sobre su contenido y características, y a elegirlos libremente.
[Referido especialmente a los artículos 112 al 115, 117 y 118 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Derechos de los pueblos indígenas Todos respetaremos los pueblos indígenas, sus culturas, costumbres, idiomas, religiones y organizaciones sociales, políticas y económicas, así como las tierras que han ocupado hace cientos de años, incluso antes de la llegada de Colón.
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Los pueblos indígenas tienen derecho a desarrollar sus culturas, sus valores y creencias religiosas. También tienen derecho a una educación que integre la cultura de su comunidad con la nacional, así como la enseñanza en su idioma y en castellano. Los pueblos indígenas podrán practicar su medicina tradicional y sus métodos de salud. Los pueblos indígenas tienen derecho a continuar las prácticas económicas de sus culturas, para así participar en la economía nacional. También pueden formarse profesionalmente y participar en planes que fortalezcan sus actividades económicas y el desarrollo local sustentable; y sus derechos laborales serán garantizados por el Estado. Los indígenas pueden participar directamente en la política del país; se garantiza su representación en la Asamblea Nacional y en otros organismos. Se protegerán los recursos y conocimientos indígenas que han pasado de generación en generación. [Referido especialmente a los artículos 119 al 125 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Derechos ambientales Todos tenemos derecho a disfrutar de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado; por eso tenemos el deber de protegerlo para nuestro beneficio y el de nuestros hijos y nietos.
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El Estado ejecutará planes de desarrollo adecuados para cada región (ordenamiento territorial) basado en el desarrollo sustentable y de acuerdo a las condiciones ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas y políticas. Todas las actividades económicas (fábricas, empresas, etc.), actividades investigativas (laboratorios, centros de experimentación), actividades recreacionales (balnearios, parques), entre otras, deben evitar daños ambientales y socioculturales y restablecer el ambiente en caso de que resulte dañado.
[Referido especialmente a los artículos 127 al 129 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Nuestros deberes Los venezolanos tenemos el deber de honrar y defender nuestro país, cultura y soberanía, y de cumplir la Constitución y demás leyes. También es nuestra responsabilidad participar en la vida política y comunitaria del país, así como prestar servicio militar, civil y electoral cuando sea necesario. (Nadie puede ser reclutado forzosamente.)
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Es deber de todos colaborar con los gastos públicos (para educación, salud, seguridad, vialidad) pagando los impuestos y contribuciones que establezca la ley. Debemos colaborar solidariamente con el Estado para lograr el bienestar de todos.
[Referido especialmente a los artículos 130 al 135 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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El Poder Público
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El Poder Público es el conjunto de autoridades que gobiernan una nación. En Venezuela se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional; a su vez el Poder Público Nacional se divide en Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Ciudadano y Electoral. La Administración Pública es el conjunto de instituciones que aseguran el cumplimiento de las leyes y el buen funcionamiento de los servicios públicos. La Administración Pública está al servicio de todos y se basa en la honestidad, participación, rapidez, eficiencia y responsabilidad en el ejercicio de sus funciones. Sus empleados son los funcionarios públicos.
[Referido especialmente a los artículos 136 y 141 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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El Poder Público Nacional
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El Poder Público Nacional es el que se encarga de cuidar y organizar asuntos de todo el país, como lo son: las relaciones internacionales, nuestra identificación (cédula de identidad, partida de nacimiento); la seguridad, defensa y prevención (Fuerza Armada y Policía); la vialidad (carreteras, autopistas, vías de ferrocarril); la educación, la salud y la vivienda; el correo y las telecomunicaciones; el cumplimiento de la justicia; los impuestos; el cuidado de minas e hidrocarburos, además de otras riquezas naturales del país; etc.
[Referido especialmente al artículo 156 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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El Poder Público Estadal El Poder Público Estadal se encarga de cuidar y organizar los asuntos de cada estado (Vargas, Carabobo, Zulia, Sucre, Barinas, etc.) tales como: la organización de municipios, la administración de sus recursos, de su policía estadal, el mantenimiento de la vialidad, legislación sobre asuntos internos, entre otros. Cada estado tiene su gobernador electo por voto popular por un período de 4 años.
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Los estados consiguen el dinero para cumplir sus funciones mediante: los impuestos estadales, el dinero que la nación reparte entre sus estados (situado constitucional) y el provecho de los bienes que les pertenecen. La Contraloría del Estado controlará y vigilará el manejo de este dinero.
[Referido especialmente a los artículos 160, 163, 164 y 167 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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El Poder Público Municipal Los municipios son la base de la organización nacional y, aunque son la entidad más pequeña, son muy importantes ya que tienen el trato más directo con el ciudadano. El Poder Público Municipal se ocupa de los asuntos locales de cada municipio, así como son: su desarrollo integral; los servicios públicos como el gas, el agua, el aseo, etc.; atender la participación vecinal; la circulación del tránsito; la justicia de paz, que resuelve pequeños problemas comunitarios; la policía y vigilancia vecinal, entre otros. La máxima autoridad del municipio es el alcalde y es electo por voto popular por un período de 4 años. Cada municipio tiene un Concejo Municipal, integrado por concejales que también son electos por nuestro voto. Los municipios obtienen dinero para sus gastos del provecho de sus bienes, de los impuestos municipales, del dinero que el país reserva para ellos (situado constitucional) y de las multas y sanciones. Las Contralorías Municipales controlarán y vigilarán el manejo de este dinero.
[Referido especialmente a los artículos 168, 174 al 176, 178 y 179 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Los estados y municipios cederán a los grupos vecinales organizados algunos servicios como salud, educación, vivienda, deporte y cultura, para así ayudar a la descentralización. Se crean los Consejos Locales de Planificación Pública como mecanismos para que los municipios abran espacios de decisión, participación e intercambio con las comunidades. También existe el Consejo Federal de Gobierno, y se encarga de planificar y coordinar entre los estados y municipios la descentralización.
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[Referido especialmente a los artículos 182, 184 y 185 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Organización del Poder Público Nacional
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El Poder Legislativo El Poder Legislativo es un poder público nacional que mediante la Asamblea Nacional tiene la misión de elaborar leyes. Cada estado y municipio elabora sus propias leyes mediante los Consejos Legislativos de los estados y los Concejos Municipales. La Asamblea Nacional está integrada por diputados representantes de cada estado elegidos por el voto por el período de 5 años. Cada diputado tendrá su suplente. Los pueblos indígenas también elegirán, respetando sus tradiciones y costumbres, tres diputados mediante el voto. Los diputados no podrán dedicarse a otra cosa que no sea a la Asamblea Nacional y deberán atender nuestras opiniones y sugerencias y mantenernos informados sobre su labor. Los diputados que nos representan en la Asamblea Nacional no podrán seguir instrucciones de nadie en su trabajo, sólo se guiarán por su conciencia.
[Referido especialmente a los artículos 186, 191, 192, 197, 199 y 201 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Las funciones de la Asamblea Nacional son: crear leyes y proponer cambios en nuestra Constitución; impulsar nuestra participación para proponer y modificar leyes; conceder amnistías, que es quitarle la pena a alguien que haya cometido un delito político;
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aceptar el plan de desarrollo económico y social para nuestro país y aprobar el presupuesto para llevarlo a cabo; autorizar que misiones militares venezolanas vayan al exterior o que misiones militares extranjeras vengan a nuestro país; permitir la salida del presidente de la República por más de cinco días, entre otras. La Asamblea crea y establece las leyes, las cuales son un conjunto de normas que ordenan y mandan los asuntos de nuestra sociedad. Todos podemos proponer leyes recolectando suficientes firmas entre quienes estén de acuerdo. También lo pueden hacer los poderes públicos nacionales, el Tribunal Supremo de Justicia y los consejos legislativos estadales. [Referido especialmente a los artículos 187, 202 y 204 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Las leyes propuestas serán revisadas por la Asamblea Nacional y consultadas con los demás órganos del Estado, con los ciudadanos y la sociedad y con los ministros y demás representantes de los poderes públicos. Si la ley es aprobada será firmada por miembros de la Asamblea Nacional y por el presidente de la República y se hará válida al ser publicada por la Gaceta Oficial de la República. Las leyes pueden sustituirse por leyes nuevas, también pueden abolirse o modificarse por referendo.
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[Referido especialmente a los artículos 187, 206, 207, 214 y 215 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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El Poder Ejecutivo Nacional El Poder Ejecutivo lleva a cabo («ejecuta») los planes del gobierno nacional, como por ejemplo los de salud, educación, producción, etc., y está conformado por el presidente de la República, el vicepresidente, los ministros y los funcionarios públicos. El presidente es el jefe del Estado y del Ejecutivo Nacional: dirige al gobierno y escoge al vicepresidente y a los ministros, es el comandante en jefe la Fuerza Armada Nacional, hace cumplir la Constitución, dirige las relaciones exteriores de nuestro país, administra los fondos que satisfacen las necesidades de la sociedad, crea el plan nacional de desarrollo, entre otras cosas. También puede consultar al Consejo de Estado sobre asuntos importantes. El presidente debe ser venezolano, mayor de 30 años y electo por voto popular. El período presidencial es de 6 años y el presidente puede ser reelegido de inmediato y por una sola vez. El presidente es responsable de sus actos y garantizará nuestros derechos y libertades, así como la independencia y soberanía de nuestro país.
[Referido especialmente a los artículos 225 al 227, 230, 232, 236 y 251 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Nuestra Constitución soluciona la falta absoluta del presidente (que puede ser ocasionada por su muerte, renuncia, enfermedad permanente o porque el pueblo lo destituya de su cargo mediante referendo), según estas situaciones: cuando la falta se produce antes de que el presidente tome posesión de su cargo se hará una nueva elección popular; mientras tanto el presidente de la Asamblea Nacional se hará cargo de la Presidencia de la República;
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si la falta se produce durante los primeros 4 años del período presidencial se hará una nueva elección popular; mientras tanto será el vicepresidente de la República quien se encargue de nuestro país; y si ocurre en los últimos 2 años del período no se hará una nueva elección popular y será el vicepresidente quien se encargue de nuestro país, pero esta vez hasta completar el período presidencial. También puede ocurrir que la falta del presidente sea temporal (que es cuando es menor de 90 días consecutivos), y en este caso el vicepresidente de la República será quien se encargue de nuestro país.
[Referido especialmente a los artículos 233 y 234 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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El vicepresidente ejecutivo es el colaborador inmediato del presidente, y lo ayuda a dirigir el gobierno; coordina el proceso de descentralización del país; es el enlace entre el Ejecutivo Nacional y la Asamblea Nacional y suple las faltas temporales del presidente, entre otras funciones. El vicepresidente ejecutivo puede ser removido por el presidente y la Asamblea Nacional, aunque si ésta lo hace más de 3 veces en un mismo período presidencial el presidente podrá disolverla.
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Los ministros son quienes dirigen las distintas áreas que dependen del gobierno, como son la salud, la educación, la economía, el ambiente, etc. También deberán asesorar al presidente y podrán participar en la Asamblea Nacional pero sin derecho a voto. La Procuraduría General de la República asesora y defiende los bienes de nuestro país.
[Referido especialmente a los artículos 238 al 240, 242, 245 y 247 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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El Poder Judicial y el sistema de justicia El Poder Judicial se encarga de hacer cumplir las leyes y está integrado por: el Tribunal Supremo de Justicia y los demás tribunales, que son las instancias que decidirán sobre las controversias, conflictos, denuncias y acusaciones;
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el Ministerio Público, que recibe la denuncia, la ordena y la lleva a cabo respetando nuestros derechos y el buen cumplimiento del proceso judicial; la Defensoría Pública, que defiende los intereses de las personas o asociaciones acusadas de haber cometido un delito; los órganos de investigación penal, que se encargan de investigar los delitos cometidos; el sistema penitenciario, conformado por cárceles, reformatorios, centros de asistencia pospenitenciaria, etc., en los que el Estado debe garantizar la rehabilitación de sus internos y el respeto de sus derechos humanos; abogados; entre otros. [Referido especialmente a los artículos 253 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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El Poder Judicial debe tomar sus decisiones neutralmente y sin depender de nadie (partidos políticos, sindicatos, empresas, etc.) y no podrá recibir ningún pago por sus servicios.
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El Poder Ciudadano El Poder Ciudadano cuida el cumplimiento correcto del funcionario público. Igualmente, a través del Consejo Moral Republicano, promueve valores ciudadanos, como el amor a nuestro país, la solidaridad, la democracia y la responsabilidad que todos tenemos en el buen funcionamiento de las cosas. Este Consejo está integrado por:
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el defensor del pueblo, que defiende y vigila nuestros derechos e intereses, y también cuida el buen funcionamiento de los servicios públicos; el fiscal general de la República, que vela por el buen funcionamiento de los procesos judiciales; y el contralor general de la República, que controla los gastos y bienes públicos.
[Referido especialmente a los artículos 273, 274, 278, 281, 285 y 289 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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El Poder Electoral El Poder Electoral se ejerce por el Consejo Nacional Electoral (CNE). Reglamenta las leyes electorales y garantiza tanto el buen funcionamiento de las elecciones como la confiabilidad de sus resultados. Actúa sin favorecer a ningún partido político o fracción. El Consejo Nacional Electoral estará integrado por 5 personas que no pertenezcan a ninguna organización con fines políticos.
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El Poder Electoral podrá organizar elecciones de sindicatos, gremios profesionales y de otros grupos de la sociedad civil que lo soliciten.
[Referido especialmente a los artículos 292, 293 y 296 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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El sistema socioecon贸mico
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El sistema socioeconómico trata sobre el desarrollo económico de un país y su relación con el bienestar del pueblo. En Venezuela este sistema se basa en la justicia social, que es destinar recursos y esfuerzos especiales para dignificar a los más pobres; la democratización, que es que todos podamos participar en el desarrollo de nuestro país; la libre competencia, que obliga a que las empresas participen honestamente en el mercado sin que el Estado favorezca unas más que a otras; el desarrollo sustentable, que es aprovechar el ambiente sin perjudicarlo para que las generaciones futuras puedan disfrutar de él; productividad, que es utilizar bien cada uno de los recursos con que contamos; y solidaridad, que es que todos apoyemos a quienes están en una situación económica o social difícil. Estos principios deben ser impulsados por el Estado y la iniciativa privada para asegurar el desarrollo humano y una existencia digna y provechosa para todos.
[Referido especialmente al artículo 299 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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El petróleo y otras industrias relacionadas con la explotación de recursos naturales son únicamente del Estado venezolano, ya que son muy importantes para nuestro desarrollo económico. El organismo encargado de la industria petrolera (PDVSA) pertenece al Estado, y está al servicio de toda la población. El agua es un bien de todos y la ley cuidará de su protección y aprovechamiento.
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La producción de alimentos es fundamental para el desarrollo económico y social del país, por lo tanto el Estado garantizará la seguridad alimentaria (suficiente producción y disponibilidad de alimentos para la población) mediante el desarrollo de la producción agropecuaria, el apoyo económico, la tecnología, la distribución de la tierra, entre otros. El Estado protegerá a las comunidades pesqueras y su método artesanal de pesca. También impulsará el desarrollo rural garantizando bienestar a la población campesina. Los campesinos tienen derecho a la propiedad de la tierra, por esto no se permite el latifundio, que es una forma de producción agrícola donde grandes extensiones de tierra son propiedad de pocas personas. El Estado velará por el fortalecimiento del turismo nacional, así como de la producción y comercialización de la artesanía popular, ya que estas actividades pueden traernos muchos beneficios culturales, sociales y económicos. [Referido especialmente a los artículos 302 al 310 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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El Estado promoverĂĄ iniciativas populares para el trabajo regidas como propiedad colectiva (pequeĂąa y mediana industria, cooperativas y empresa familiar).
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El régimen fiscal y monetario
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El dinero del Estado se utilizará y distribuirá según un presupuesto aprobado cada año. El presupuesto es la cantidad de dinero que se calcula y se destina para enfrentar los gastos. El Estado debe explicar para qué utilizará ese dinero, y los gastos no podrán ser mayores que los ingresos obtenidos para que nuestro país no se endeude mucho. Tampoco podrán hacerse gastos que no estén dentro del presupuesto, a menos que surja una emergencia u otros casos especiales. Nuestro país también recibe dinero de los impuestos. Los impuestos los pagamos todos los ciudadanos según nuestra capacidad económica y son los pagos que hacemos para contribuir con los gastos públicos. La moneda de nuestro país es el bolívar y el Banco Central de Venezuela se encarga de estabilizar los precios y de preservar el valor de nuestra moneda.
[Referido especialmente a los artículos 311, 313, 314, 316 y 318 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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La seguridad de la Naci贸n
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La seguridad de nuestro país busca la independencia, la democracia, la libertad, la justicia, la igualdad y la satisfacción progresiva de nuestras necesidades, así como la preservación ambiental y el resguardo de nuestras fronteras (dando especial atención a la soberanía y a los pueblos y hábitat indígenas). La seguridad de nuestro país es responsabilidad del Estado y de todos los que habitamos en Venezuela (aunque el Estado es el único que puede tener y usar armas de guerra). La Fuerza Armada Nacional es una institución profesional, sin militancia política y organizada por el Estado, que garantiza la independencia y soberanía de nuestra geografía y participa activamente en el desarrollo del país. Está integrada por el Ejército, la Armada, la Aviación y la Guardia Nacional; sus miembros tienen derecho al voto pero no pueden lanzarse como candidatos ni hacer propaganda política. El gobierno protege nuestros derechos organizando también una policía nacional, un cuerpo de investigaciones penales y criminalísticas, los bomberos y una organización de protección contra desastres naturales y de asistencia civil.
[Referido especialmente a los artículos 322, 324, 326, 327, 328 y 332 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Protecci贸n de nuestra Constituci贸n
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Nuestra Constitución es la norma más importante y debemos defenderla ante cualquier hecho que quiera anularla. Todos sus derechos y garantías siempre serán respetados. En los casos en que la seguridad de la nación se vea gravemente afectada se podrán suspender algunos derechos y garantías (estado de excepción), menos los derechos de vida, los de prohibición de incomunicación y tortura, los de juicio justo, los de información y los de derechos humanos.
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[Referido especialmente a los artículos 333 y 337 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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La reforma constitucional
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Nuestra Constitución puede ser modificada o cambiada mediante: la enmienda, que es modificar uno o varios artículos de la Constitución, sin alterar su estructura principal; la reforma constitucional, que es sustituir partes de la Constitución sin cambiar su estructura principal; y la Asamblea Nacional Constituyente, que es elegida por el pueblo y se encarga de hacer una nueva Constitución. Todos estos mecanismos tienen sus requisitos para que los cambios en la Constitución sean válidos.
[Referido especialmente a los artículos 340, 342 y 347 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Nosotros los venezolanos somos quienes tenemos el poder de dar origen a una nueva Constitución, esto es lo que se llama poder constituyente originario. Por eso podemos convocar una Asamblea Nacional Constituyente para transformar el Estado y crear una nueva Constitución de acuerdo con los cambios de nuestra sociedad y en beneficio de todos.
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[Referido especialmente al artículo 347 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela]
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Glosario
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a bc d e f
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Acaparamiento. Es una práctica perjudicial para los consumidores, que consiste en que un comerciante retiene una o varias mercancías esperando que se hagan más caras. No permitamos que la bodega de la esquina acapare más leche.
nos falten y en buenas condiciones físicas y mentales.
Ambiente sano. Es un conjunto de condiciones y características físicas (aire puro, ausencia de basura, agua limpia, sin ruidos perturbadores, etc.) que hacen que nuestra vida social, cultural, colectiva y económica sea agradable y sana. Los niños queremos un ambiente sano para jugar.
cuidar nuestra escuela.
Artesanía popular. Es un arte o técnica que consiste en la fabricación de objetos a mano o sin ayuda de grandes máquinas y expresan la cultura y tradición de los pueblos. Mi mamá se asoció con mi madrina para crear una empresa de artesanía popular. Asamblea Nacional Constituyente. Es un grupo de personas elegidas por nosotros para crear y proponernos una nueva Constitución o un Estado. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela fue creada y discutida por la Asamblea Nacional Constituyente, y luego fue aprobada por los venezolanos mediante un referendo. Bienestar. Es vivir sin que las cosas necesarias
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Debemos trabajar todos juntos para lograr un mayor bienestar. Deberes. Es lo que los ciudadanos tenemos que hacer y cumplir para el bien de todos. Debemos Democracia. Es la forma de gobierno en la que el pueblo tiene el poder y en la que los ciudadanos participan en la toma de decisiones. La democracia necesita la participación de todos. Derechos. Es un conjunto de reglas y garantías que aseguran el bienestar de todos los ciudadanos. La Constitución nos garantiza nuestros derechos. Compensar. Es dar una recompensa o un beneficio para reparar o indemnizar un daño o molestia que se haya causado. Compensar nuestros errores nos hace mejores ciudadanos. Constitución. Es la norma más importante de cada país, y en ella se habla de los derechos y deberes que todos los ciudadanos tenemos; y es la base de las demás leyes. Los ciudadanos debemos conocer nuestra Constitución. Cooperativa. Es un grupo formado por producto-
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res, consumidores o vendedores para el beneficio de todos sus integrantes o socios. Hemos formado una cooperativa de vivienda para que tengamos una casa digna. Ciudadano. Persona que tiene derechos y deberes como miembro de un país. Los ciudadanos y ciudadanas queremos construir una sociedad justa.
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Derechos humanos. Son un conjunto de derechos muy importantes que el Estado debe garantizar siempre a todas las personas. La vida, la salud y la educación son derechos humanos que el Estado nos debe garantizar. Desarrollo integral. Es el mejoramiento en todos los aspectos (social, económico, político, cultural, educativo, ambiental, físico) de una persona o comunidad. Un ambiente sano es la base para impulsar el desarrollo integral de la comunidad.
recursos de las futuras generaciones y en la que la conservación ambiental es fundamental. La producción petrolera debe asegurar el desarrollo sustentable de las comunidades de la región. Descentralización. Es cuando las funciones de interés social o colectivo son llevadas a cabo por distintos organismos, incluso por la comunidad. Las comunidades organizadas consiguen la descentralización del servicio de salud. Diputados. Son las personas que elegimos para que nos representen en la elaboración de las leyes y normas que rigen nuestra sociedad. El diputado se acercó al aula para oír nuestra opinión sobre el asunto. Discriminación. Es un trato desigual e injusto que se le da a una persona o grupo por razones sociales, de sexo, raciales, religiosas o políticas. Todos debemos luchar para que se acabe la discriminación social.
Desarrollo rural. Es cuando los pueblos del interior del país alcanzan mayor bienestar, impulsando sobre todo sus economías artesanales y agrícolas. Los apureños están creando muchas cooperativas agrícolas para alcanzar su desarollo rural.
Economía popular. Es una forma de organización económica en la que se necesita poco dinero para invertir y desarrollar un negocio. Las cooperativas y empresas familiares de nuestra comunidad son formas de economía popular.
Desarrollo sustentable. Es una forma de crecimiento económico y social en la que se cuidan los
Elecciones. Son formas de participación política en las que todos opinamos mediante el voto, y que dan
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como resultado una decisión o candidatos ganadores. Este domingo es día de elecciones, vayamos juntos a votar.
gencia, y se suelen restringir ciertas garantías y dere-
Esclavo. Es una persona que no tiene libertad y que está bajo el mando de otra. En Venezuela está prohibida la esclavitud.
de golpe de Estado.
Especulación. Es una práctica comercial nociva en la que se busca vender a un precio mucho mayor que el real. No compremos en ese almacén, que el señor es un especulador.
zuela es un Estado federal porque está dividido en
Estado. Es el conjunto de instituciones de un país y está al servicio de sus ciudadanos. El Estado venezolano nos garantizará los derechos humanos.
colaboramos con ellos pagando nuestros impuestos. El gobierno se propuso disminuir el gasto públi-
Estado descentralizado. Es el Estado cuyas funciones son ejercidas entre el Estado central y los diferentes municipios y estados del país. En un Estado descentralizado los ciudadanos tenemos más formas de participación.
Igualdad. Es la semejanza que todos los ciudada-
Estado de derecho. Es el tipo de Estado que siempre debe apegarse a la Ley. En un Estado de derecho no se cometen abusos contra los ciudadanos.
Impuestos. Es el dinero con el que los ciudadanos
Estado de excepción. Es una situación que es declarada oficialmente grave, de alarma o de emer-
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chos para asegurar el orden de la Nación. El gobierno decretó estado de excepción tras el intento Estado federal. Es el Estado que está formado por territorios particulares y autónomos. Veneestados, municipios y demás entidades federales. Gastos públicos. Es el dinero que el Estado utiliza para cumplir con todas sus funciones, y nosotros
co en diez por ciento. nos tenemos ante la Ley, es decir que todos tenemos los mismos deberes y derechos, sin privilegios. La salud y la recreación son derechos que a todos se nos debe garantizar por igual. contribuimos con los gastos públicos. Si nuestros padres pagan sus impuestos tendremos más bonita la escuela. Infraganti. Es el momento en que se está cometien-
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do un delito o una acción incorrecta. Lo sorprendieron infraganti, luego lo arrestaron. Indemnizar. Es reparar o compensar a una persona por daños que ha sufrido. El Estado tendrá que indemnizar a las víctimas de delitos contra los derechos humanos. Independencia. Es poder actuar según nuestro propio juicio y de acuerdo a nuestras necesidades.
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Puede referirse tanto a un país como a una persona o grupo. Los pueblos soberanos somos independientes. Iniciativa legislativa. Es una de las formas de participación política y consiste en idear, crear, discutir y aprobar leyes y normas para nuestra sociedad. La creación de una normativa municipal para el tránsito por la avenida es parte de la iniciativa legislativa que llevan adelante los concejales que elegimos. Integración comunitaria. Es cuando todos los vecinos se suman a una sola causa para lograr lo que quieren. Con la integración comunitaria podremos
La integración latinoamericana hace más fácil el intercambio comercial entre nuestros países. Justicia. Es respetar los derechos de cada quien, es dar a cada quien lo que le corresponde. Todos esperamos justicia de nuestros gobernantes. Justicia social. Es que todos (Estado y sociedad) procuremos una vida digna para cada uno de los venezolanos, en especial esforzándonos por los más pobres. La justicia social es muy importante para lograr la igualdad entre todos. Latifundismo. Es una forma de producción agrícola en donde la mayoría de las tierras pertenece a unas pocas personas. En Venezuela no se permite el latifundismo porque sólo se benefician unas cuantas familias. Libertad. Es la facultad que tenemos los ciudadanos para obrar y para elegir. La libertad nos permite desarrollar nuestra personalidad.
Integración latinoamericana. Es que todos los países del continente latinoamericano cooperen mu-
Libertad de expresión. Es el derecho que todos tenemos de decir públicamente lo que pensamos. Tenemos libertad de expresión para proponer cambios en cosas que nos parecen injustas.
tuamente para que todos logren un mayor bienestar.
Libre competencia. Es cuando todas las empresas
construir nuestras canchas deportivas.
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actúan bajo las mismas reglas. En libre competencia el Estado trata por igual a todas las empresas, y éstas a su vez respetan todas las normas financieras, laborales, ambientales, de comercialización e importación vigentes. Medicina tradicional. Es una forma ancestral (muy antigua, que va pasando de generación en generación) de prevenir, curar y aliviar enfermedades, y la emplean sobre todo las comunidades indígenas y los ancianos. Muchas veces mi abuelito me ha sanado los golpes con la medicina tradicional, vendándome con ungüentos de plantas medicinales. Monopolio. Es una práctica comercial nociva en la que la prestación de un servicio (luz eléctrica, telefonía, transporte, etc.) o la producción de un producto (vestidos, alimentos, etc.) está bajo el control de una sola persona o un solo grupo. Ahora que el servicio telefónico no está monopolizado esperamos recibir un mejor servicio. Nacionalidad. Es el tipo de ciudadanía que todos tenemos en un país. Los derechos humanos deben respetarse por igual a los ciudadanos de nacionalidad extranjera y a los ciudadanos de nacionalidad venezolana.
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Naturalización. Adquisición de derechos de personas nacidas en otro país. Los venezolanos por naturalización tienen derecho al voto. Participación. Es hacer algo para lograr lo que queremos, también es dar a conocer nuestra opinión sobre un asunto que nos atañe. La participación de todos es la base de la democracia. Partida de nacimiento. Es el primer documento que dice quiénes somos, es decir que nos identifica. En la partida de nacimiento aparecen nuestros nombres y apellidos, los de nuestros padres y el lugar y fecha de nuestro nacimiento. Partido político. Es un grupo de personas que tienen ideas políticas comunes y que se organizan para participar en la sociedad. Los partidos se están preparando para las próximas elecciones. Paz internacional. Es cuando los países quieren el entendimiento entre ellos, sin entrar en conflictos ni guerras. La paz internacional es la mejor arma para resolver los problemas. Persona con discapacidad. Es una persona que tiene alguna deficiencia física o psíquica, por eso está limitada para realizar ciertas actividades. Las perso-
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nas con discapacidad deben recibir una atención especial para que puedan desarrollar sus proyectos. Poder constituyente originario. Es la facultad que tenemos todos los venezolanos para crear una nueva Constitución. El poder constituyente originario es expresión de nuestra soberanía.
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Política. Es la forma en que se organizan las sociedades y gobiernos. Se refiere a las acciones y proyectos de los gobernantes, políticos y ciudadanos. Los niños participamos políticamente cuando nos expresamos en las carteleras de nuestra escuela. Presupuesto. Es un cálculo más o menos exacto del dinero que se necesita para llevar adelante un plan. Hagamos un presupuesto para ver si nos alcanza el dinero para el paseo.
Referendo. Es una de las formas de participación política con las que contamos los venezolanos, y consiste en una consulta en la que todos decidimos sobre un asunto de interés nacional o local. Esta Constitución fue aprobada por un referendo. Registro civil. Es el lugar o la oficina del Estado donde nuestros padres nos inscriben con nuestros nombres y apellidos para que aparezcamos formalmente como ciudadanos. Mi mamá fue al Registro Civil para recoger mi partida de nacimiento. Relaciones internacionales. Es el trato que los países tienen entre sí. Venezuela basa sus relaciones internacionales en el respeto, la independencia, la solidaridad y la paz.
Propiedad privada. Es una cosa o bien que tiene dueño, para que éste lo disfrute y utilice como quiera, siempre dentro de los límites legales. Al comprar una casa adquirimos una propiedad privada.
Representantes. Son las diferentes personas que los ciudadanos elegimos mediante el voto para que ejerzan las distintas funciones de gobierno y legislación (diputados, presidente de la República, alcaldes, etc.). Nuestros representantes se guiarán por nuestras opiniones.
Propiedad colectiva. Es una cosa o bien cuyo propietario es un grupo o comunidad, para que éstos satisfagan parte de sus necesidades, siempre dentro de un marco legal. Las tierras donde viven y siembran las comunidades indígenas son propiedad colectiva.
Seguridad Social. Es un conjunto de instituciones y medios cuyo fin es prevenir y remediar ciertas necesidades sociales de los ciudadanos, como por ejemplo la vivienda y la salud. El derecho a la Seguridad Social es un importante logro de los trabajadores.
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Servicios públicos. Es el conjunto de servicios que el Estado está en la obligación de cumplir en forma gratuita, y en los que la comunidad debe y puede participar. Cuando nos vacunan en el hospital estamos utilizando un servicio público. Sindicatos. Son asociaciones formadas por los trabadores para la defensa y preservación de sus intereses económicos y sociales. Mi papá está en una reunión del sindicato para decidir sobre el pago de las prestaciones. Soberanía. Es la facultad que tienen todos los ciudadanos de un país para crear sus normas y formas de organización. Es la característica política más importante de los pueblos democráticos. Nuestra soberanía nos permite crear nuestra Constitución. Solidaridad. Es apoyar y respaldar a otras personas cuando se encuentran en una situación difícil o cuando nos necesitan. Ante las catástrofes, la solidaridad es nuestro mejor recurso. Títulos nobiliarios. Existen en otros países y es la distinción con que se reconoce a una persona de la nobleza o relacionada con ella, por ejemplo reyes, princesas, condes y duquesas. En Venezuela todos seremos tratados de ciudadanos y ciudadanas, por lo tanto no se utilizarán títulos nobiliarios.
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Turismo. Es viajar por placer, buscando recreación, aventura o descanso. Nos fuimos de turismo a la Península de Paraguaná, en el estado Falcón. Valores ciudadanos. Son los principios que nos orientan en nuestras relaciones con los demás y con la sociedad. La participación, la responsabilidad y la solidaridad son valores ciudadanos que nos permiten mejorar nuestra comunidad. Vida digna. Es vivir con nuestras necesidades cubiertas, en un ambiente de respeto, igualdad y democracia. Los venezolanos queremos vida digna para todos. Voto. Es una de las formas de participación con las que contamos los ciudadanos, y consiste en expresar una opinión o preferencia entre una serie de candidatos (elecciones presidenciales, de gobernadores, alcaldes y concejales, representantes a la Asamblea Nacional, etc.) o sobre un asunto en particular (referendos). Ganará quien tenga mayor número de votos. Yacimiento. Es un lugar en el que de forma natural se encuentran minerales, fósiles o restos arqueológicos. En el sur de Venezuela hay muchos yacimientos de hierro.
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Esta edici贸n de Conozcamos nuestra Constituci贸n publicada por el MAT se termin贸 de imprimir el mes de junio de dos mil seis y consta de cinco mil ejemplares
Ministerio de Agricultura y Tierras
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