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Figura 20
La Constitución de la República de Guatemala propicia la protección de personas con discapacidades de diferente índole, a su vez vela por la creación de programas que permitan la inclusión a la sociedad. El ejercicio de hacer partícipe en todo ámbito, sin discriminación alguna, permite fortalecer el desarrollo integral del individuo mediante la educación, asegurando el acceso en cumplimiento de sus derechos. Seguir hipervínculos > Política de Educación Inclusiva
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3.7. Reglamento de Convivencia Pacífica. Acuerdo Ministerial No. 01-2011, contiene reformas según Acuerdo ministerial No. 1505 - 2013
La integración de los acuerdos ministeriales 01-2011 y 1505-2013, En él sé norma la comisión de disciplina, con el fin de garantizar el proceso de enseñanza – aprendizaje, promoviendo una cultura de la paz, igualdad y armonía, garantizando el estado de derecho. Seguir hipervínculos > 1505-2013 01-2011
Tabla No. 11
Integración del Reglamento de Convivencia Pacífica. Acuerdo Ministerial No. 01-2011 y Acuerdo Ministerial No. 1505-2013
Artículo Acuerdo No. Descripción
Artículo 3° 01-2011 Convivencia pacífica con base a valores que favorecen el proceso de enseñanza - aprendizaje Artículo 4° 01-2011 Cumplimiento de la disciplina que propicie una convivencia pacifica Artículo 9° 01-2011 Conocimiento y cumplimiento con asistencia regular y puntual. Artículo 11° 01-2011 Los padres deben informar con antelación alguna ausencia y justificar la misma, de no realizarlo el centro educativo debe contactar a los padres. Artículo 14° 01-2011 Cumplir con el código de vestimenta establecido por el centro educativo
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