3.6. Reglamento de Convivencia Pacífica. Acuerdo Ministerial No. 01-2011 La Constitución de la República de Guatemala propicia la protección de personas con discapacidades de diferente índole, a su vez vela por la creación de programas que permitan la inclusión a la sociedad. El ejercicio de hacer partícipe en todo ámbito, sin discriminación alguna, permite fortalecer el desarrollo integral del individuo mediante la educación, asegurando el acceso en cumplimiento de sus derechos.
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Inclusiva
3.7. Reglamento de Convivencia Pacífica. Acuerdo Ministerial No. 01-2011, contiene reformas según Acuerdo ministerial No. 1505 - 2013 La integración de los acuerdos ministeriales 01-2011 y 1505-2013, En él sé norma la comisión de disciplina, con el fin de garantizar el proceso de enseñanza – aprendizaje, promoviendo una cultura de la paz, igualdad y armonía, garantizando el estado de derecho. Seguir hipervínculos > 1505-2013
01-2011
Tabla No. 11 Integración del Reglamento de Convivencia Pacífica. Acuerdo Ministerial No. 01-2011 y Acuerdo Ministerial No. 1505-2013 Artículo
Acuerdo No.
Artículo 3°
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Convivencia pacífica con base a valores que favorecen el proceso de enseñanza - aprendizaje
Artículo 4°
01-2011
Cumplimiento de la disciplina que propicie una convivencia pacifica
Artículo 9°
01-2011
Conocimiento y cumplimiento con asistencia regular y puntual.
Artículo 11°
01-2011
Los padres deben informar con antelación alguna ausencia y justificar la misma, de no realizarlo el centro educativo debe contactar a los padres.
Artículo 14°
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Cumplir con el código de vestimenta establecido por el centro educativo
Descripción
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