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b. Flora

Los productos fabricados con fauna silvestre pasan por el mismo procedimiento que aquellos de piel proveniente de aprovechamientos de UMA extensivas.

b. Flora

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Los viveros registrados como UMA deben comprobar la legal procedencia de las plantas (propagación vegetativa), semillas (propagación sexual)39 además de establecer el modo de comprobación de esta legal procedencia para almacenamiento y transporte. También se considera el aprovechamiento en terrenos diferentes a los forestales dentro del artículo 109 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal sustentable

Palmas y Plantas de ornato Existen varias iniciativas de viveros registrados para plantas nativas. Sin embargo, todos lo que están listados en SEMARNAT y de los cuales hemos tenido la oportunidad de conocer a la mayoría, además del registro, el Plan de Manejo y ocasionalmente un informe anual, no llevan un seguimiento de inventarios tiene estas instalaciones para exhibición y conservación, como parte de un proyecto de Ecoturismo o como parte del cumplimiento a condicionantes ambientales requeridos por la SEMARNAT para autorización de su proyecto de desarrollo.

39 Reglamento de la LGDFS. Capítulo 4º, Sección Primera. De la legal procedencia de las materias primas forestales. Artículo 94 Las materias primas forestales, sus productos y subproductos, respecto de las cuales deberá acreditarse su legal procedencia, son las siguientes: …VI Plantas completas…..VII ….Semillas…provenientes de vegetación forestal. DOF 16/02/2005.

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