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FUNDACION UNIVERSITARIA AGRARIA DE COLOMBIA

FACULTAD DE CONTADURIA PUBLICA CURSO DE PROFUNDIZACION AUDITORIA FORENSE CON VISION INTERNACIONAL

ROL DEL PERITO CONTABLE COMO AUXILIAR DE JUSTICIA EN LA AUDITORIA FORENSE

GLORIA MAYERLY SANCHEZ CARVAJAL JENNIFER SMITH RODRIGUEZ MORENO BOGOTA D.C., COLOMBIA 2012


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Tabla de contenido

1. Título: ROL DEL PERITO CONTABLE COMO AUXILIAR DE JUSTICIA EN LA AUDITORIA FORENSE ................................................................................................... 1 2. Descripción del Problema............................................................................................... 1 3. Justificación ................................................................................................................... 3 4. Objetivo General ............................................................................................................ 5 4.1 Objetivos Específicos ................................................................................................... 6 5. Marco Teórico................................................................................................................ 6 5.1 Auditoria .......................................................................................................................... 7 5.2 Auditoria Forense ........................................................................................................... 9 5.3 Antecedentes De La Auditoria Forense ............................................................................. 9 5.4 Perito Contable ...............................................................................................................14 5.5 Perfil Del Perito Contable.................................................................................................14 5.6 Clases De Peritos Judiciales..............................................................................................17 5.7 El Perito Como Auxiliar De Justicia ...................................................................................18 Anexo No. 1 ..........................................................................................................................21 5.8 El Peritaje Contable .........................................................................................................22 5.9 Etapas Del Peritaje Contable ............................................................................................24 5.10 Partes Del Informe Pericial.............................................................................................30 5.11 El Informe De Auditoria Forense ....................................................................................32

6. Contexto Legal............................................................................................................. 37 7. Diseño Metodológico .................................................................................................. 42 8. Cronograma ................................................................................................................. 43 9. Recursos ...................................................................................................................... 44


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CONCLUSIONES ........................................................................................................... 45 RECOMENDACIONES .................................................................................................. 47 GLOSARIO ..................................................................................................................... 48 BIBLIOGRAFIA ............................................................................................................. 52


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1. Título: ROL DEL PERITO CONTABLE COMO AUXILIAR DE JUSTICIA EN LA AUDITORIA FORENSE

2. Descripción del Problema

Actualmente y ante la complejidad que genera la globalización, el crimen organizado se ha agigantado tanto en los métodos que utiliza para delinquir como en la facilidad de violar normas y principios legales amparados en sus conocimientos y en el poder obtenido por la fuerza o por el dinero mal habido; sin embargo, con la auditoría forense se vienen desarrollando en Colombia técnicas de investigación eficaces para aplicar la ley y hacer justicia ante la impunidad generada por la corrupción. Una clara muestra de la corrupción que se vive en Colombia ha sido el llamado “carrusel de contratación en Bogotá” protagonizado por los hermanos Manuel y Miguel Nule Velilla y su primo Guido Nule Mariño, el cual involucra congresistas, alcaldes, concejales y contratistas, además de algunas personalidades como los hermanos Moreno (Samuel Alcalde mayor de Bogotá e Iván Senador de la República), la ex directora del IDU Liliana Pardo, al ex contralor de Bogotá Miguel Ángel Moralesrussi, al ex subdirector técnico del IDU Inocencio Meléndez, entre otros que fueron parte de los hechos.

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(http://mediatikday.blogspot.com/2011/04/los-nule-un-caso-que-revela-la.html#!/ 2011/04 /los-nule-un-caso-

que-revela -la.html)


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La corrupción es una de las principales causas del deterioro del Patrimonio económico

(Ley 599 de 2000, título VII, Código de procedimiento legal, Articulo 251 al 256),

la

auditoría forense es una de las herramientas para combatir este flagelo y se convierte en una alternativa porque permite que un experto emita ante los jueces conceptos y opiniones de valor técnico que le permiten a la justicia actuar con mayor certeza especialmente en lo relativo a la vigilancia de la gestión fiscal.

El problema, en parte, está constituido por el desempleo que según el DANE en su Boletín de prensa unificado de marzo 2012 reporta que el porcentaje es del 10.4%, la problemática no puede ser resuelta por el gobierno únicamente; hace falta la intervención del sector privado. En el mundo de hoy más de la mitad de los problemas que genera la corrupción se deben, al afán de enriquecerse que tienen los empresarios. Además, los gobiernos no combaten la corrupción de la manera adecuada lo que permite que estos delincuentes puedan actuar libremente en medio de la sociedad.

Es por ello que la auditoría forense puede ser utilizada en los sectores privados y públicos (ley 610 del 2000, Art. 1) ante disputas que conlleven a una acción legal en donde su aplicación se expande a cuantificar pérdidas financieras, arbitraje,


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demandas de seguros, disputas matrimoniales, herencias o negligencia en el desarrollo del cargo.2 Entonces, ¿Qué mediación tiene para la auditoria forense el rol del perito contable en la aplicación de justicia?

3. Justificación

Los tiempos modernos exigen de la profesión contable nuevas tareas y presenta nuevos retos; el fraude, la corrupción, el narcotráfico, el terrorismo asociado, el lavado de dinero y activos, hacen que el profesional de la contaduría sea más especialista y experto en su labor.

Por esto la Auditoría Forense se presenta como una opción válida para que el perito contable se desempeñe en el campo de la justicia aportando sus conocimientos profesionales, técnicos y su experticia contable. Adicional a esto, el Auditor Forense no debe estar ajeno a comprender que ante la globalización se vienen firmando acuerdos bilaterales acelerándose la estandarización de normas y leyes no solo de tipo penal para proteger los negocios, sino comerciales y de

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(http://ideaf.org/web/images/ideaf_trab_pregrado_para_enviar2.pdf)


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información, estos hechos ponen en plena vigencia la homologación de las Normas Internacionales de Auditoría emitidas por la Federación Internacional de Contadores IFAC, las Normas Internacionales de Contabilidad expedidas por la Junta de Estándares Internacionales de Contabilidad IASB y las Normas de Información Financiera expedidas por International Financial Reporting Standards IFRS, conocidas como las NIA´s, NIC´s y NIIF´s. Adicionalmente están en pleno vigor leyes extraterritoriales como “USA Patriot”, “Victory Act” y “Sarbanes-Oxley”.

Colombia, reglamenta sus normas de auditoría en el artículo No. 7 de la ley 43 de 1990, el cual dice “Las normas de auditoría generalmente aceptadas se relacionan con las cualidades profesionales del Contador Público, con el empleo de su buen juicio en la ejecución de su examen y en su informe referente al mismo…”

El mundo va cambiando, nos preparamos a la convergencia, se arman nuevas redes de corrupción que no se resuelve con un cambio de gobierno. Hace falta que la sociedad idee algo diferente. Algo como vigilar desde abajo o crear formas de hacer público y castigar al corrupto. De allí que la Auditoria Forense sea, en opinión de muchos, una forma de poder castigar a los corruptos.

La Organización de las Naciones Unidas (ONU) así lo ha entendido y por eso solicita se conformen grupos de Auditores Forenses expertos que investiguen y den a la luz pública la forma y los medios que emplean los terroristas para lavar y financiar sus operaciones ilícitas; a partir de la ley USA PATRIOT, (Unir y


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fortalecer América al proporcionar las herramientas necesarias para interceptar y obstruir el terrorismo), el interés del mundo se centra en conocer el origen de capitales y su destino y se amplían el número de delitos que cubren el tema de lavado de activos.

Estamos frente a un campo nuevo y del cual los profesionales de contaduría pueden apoyarse para convertirse en verdaderos custodios del bien social frente al fraude, la corrupción y el terrorismo.

Es necesario señalar que la aplicación de normas es también un reto para los Contadores Públicos, que exige constante capacitación profesional para un cabal desempeño como Peritos Oficiales con el fin de desarrollar un trabajo técnico, resguardando los aspectos éticos y la dignidad profesional, cuyas conclusiones se verán plasmadas en un informe pericial debidamente apoyadas, claras y firmes que permita a los investigadores y juzgadores aclarar y resolver los puntos controvertidos cumpliendo así con el objetivo de la auditoria forense

4. Objetivo General

Exponer el rol del perito contable como auxiliar de justicia en la auditoria forense.


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4.1 Objetivos Específicos

1. Recopilar información de la investigación objeto de estudio. 2. Indagar el rol del perito contable en la auditoria forense, su perfil y las funciones que por ley están establecidas. 3. Resaltar el impacto del rol del perito contable en la aplicación de justicia.

5. Marco Teórico

El marco teórico, según Tamayo y Tamayo, es el grupo central de conceptos y teorías que se utiliza para formular y desarrollar un argumento (o tesis). Esto se refiere a las ideas básicas que forman la base para los argumentos, para la realización de la monografía sobre el “Rol del Perito Contable como Auxiliar de Justicia en la auditoria forense”, se identificó una serie de conceptos y teorías que sirven de fundamento a los aspectos: contable, económico, ético, financiero, fiscal y legal, con el propósito de hacer una descripción detallada de los elementos que contribuyen a resaltar el impacto del rol del perito en la justicia a fin de facilitar la debida explicación del mismo sustentado en el conocimiento científico. Para ello, describiremos algunos conceptos que nos van a ubicar dentro del contexto.


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5.1 Auditoria

La Auditoría es una de las aplicaciones de los principios científicos de la contabilidad, basada en la verificación de los registros patrimoniales de las haciendas para observar su exactitud; no obstante, este no es su único objetivo. Su importancia es reconocida desde los tiempos más remotos, teniéndose conocimientos de su existencia ya en las lejanas épocas de la civilización sumeria. (Arens, 1995)

Inicialmente, la auditoria se limitó a las verificaciones de los registros contables, dedicándose a observar sí los mismos eran exactos. Por lo tanto esta era la forma primaria: Confrontar lo escrito con las pruebas de lo acontecido y las respectivas referencias de los registros. Con el tiempo, el campo de acción de la auditoria ha continuado extendiéndose, no obstante, son muchos los que todavía la juzgan como portadora exclusiva de aquel objeto remoto, es decir, observar la veracidad y exactitud de los registros.

(Rondón, 2009)

En forma sencilla y clara, escribe Holmes: "... la auditoria es el examen de las demostraciones y registros administrativos. El auditor observa la exactitud, integridad y autenticidad de tales demostraciones, registros y documentos."


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También, considera que las auditorías se clasifican en tres grandes categorías: Auditoría de Estados Financieros, Auditorías de Cumplimiento y Auditorías Operacionales. A continuación se mencionan a las auditorías que se desprenden de esas tres categorías utilizadas en la actualidad: 1. Auditorías Gubernamental 2. Auditorías de Estados Financieros 3. Auditorías de Cumplimiento 4. Auditorías de Gestión y Operacionales 5. Auditorías Internas 6. Auditorías Especiales 7. Auditorías de Control Interno

Los distintos tipos de auditorías son importantes porque proveen confiabilidad en la información financiera lo que permite a las entidades la asignación de forma eficiente de los recursos. La contribución del auditor, es proporcionar credibilidad a la

información

para

los

Accionistas,

Acreedores,

Clientes

Reguladores

Gubernamentales entre otros. Una vez se hace este recuento, se encuentra que la Auditoria forense hace parte de las auditorias de cumplimiento, de la cual se trata a continuación.


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5.2 Auditoria Forense

En términos de investigación contable y de procedimientos de auditoría, la relación con lo forense se hace estrecha cuando hablamos de la auditoria encaminada a aportar pruebas y evidencias de tipo penal, por lo tanto según René Mauricio Castro (2003), se define inicialmente a la Auditoria Forense como “una auditoria especializada en descubrir, divulgar y atestar sobre fraudes y delitos en el desarrollo de las funciones públicas y privadas”. Ahora, de acuerdo con diversas definiciones del término auditoría forense, se considera como: “el uso de técnicas de investigación criminalística, integradas con la contabilidad, conocimientos jurídico-procesales, y con habilidades en finanzas y de negocio, para manifestar información y/o opiniones, como pruebas en los tribunales. El análisis resultante además de poder usarse en los tribunales, puede servir para resolver las disputas de diversas índoles, sin llegar a ser jurisdiccional”. (Villalobos)

5.3 Antecedentes De La Auditoria Forense

Como antecedentes de la Auditoría Forense encontramos el hecho histórico de apresar a Al Capone debido a que durante la época de la prohibición del licor y el juego, el crimen organizado prosperó como nunca antes en Estados Unidos. El dinero era lavado y permitía a los jefes principales del gángster permanecer fuera


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de las manos de la ley viviendo como magnates. Poco podía hacer la justicia contra la lucha de estas actividades criminales. Por alguna razón desconocida no se dió el impulso suficiente a esta rama de las ciencias contables en esa oportunidad y el gran momento de la auditoría forense fue diferido hasta los años 70 y 80 donde surgió de nuevo en Estados Unidos como herramienta para suministrar pruebas a los fiscales, luego vinieron los auditores forenses privados y en los años 90 surgió el gran Boom de la Auditoría Forense.

(www.gerencie.com)

A lo largo de la historia se han realizado distintos tipos de auditoría, resaltándose en los últimos años la auditoria forense como medio para prevenir y detectar el fraude financiero. El significado de auditor fue “persona que oye”, y fue apropiado en la época durante la cual los registros de contabilidad eran aprobados solamente después de la lectura pública en la cual las cuentas eran leídas en voz alta. Desde tiempos medievales, y durante la revolución Industrial, se realizaban auditorias para determinar si las personas en posiciones de responsabilidad oficial en el gobierno y en el comercio estaban actuando y presentado información de forma honesta.

(www.gerencie.com)

A mediados del siglo XX, el enfoque del trabajo de auditoría se alejó de la detección de fraude y se encamino a demostrar

si los estados financieros

presentaban razonablemente la posición financiera

y los resultados de las

operaciones. A medida que las entidades corporativas se expandían los auditores


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comenzaron a trabajar sobre la base de transacciones escogidas y en adición tomaron conciencia de la efectividad del control interno.

La profesión reconoció que las auditorías para descubrir fraudes serían muy costosas, por esto el control interno fue reconocido como mejor técnica. A partir de la década de los 60`s en Estados Unidos, la detección de fraudes asumió un papel más importante en el proceso de auditoría. Este seguimiento en la detección de fraude fue el resultado de: un incremento del Congreso para asumir una mayor responsabilidad por los fraudes en gran escala, una variedad de procesos judiciales exitosos que reclamaban que los informes financieros fraudulentos habían quedado de manera impropia sin detección por parte de los auditores independientes y la seguridad por parte de los contadores públicos que debería esperarse de las auditorías la detección de fraude material.

En 1996, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, emitió una guía para los auditores requiriendo una evaluación explícita del riesgo de errores en los estados financieros en todas las auditorías, debido al fraude.

Como consecuencia de diversos actos fraudulentos las principales organizaciones de contabilidad patrocinaron

la Comisión Nacional sobre Presentación de

informes Financiero Fraudulentos, muchas de las recomendaciones a los auditores fueron reglamentadas por la Junta de Normas y Auditoría, una de la más


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importante fueron sobre la efectividad del control interno y la demanda de la atestación de los auditores.

En estos tiempos de cambios en el mundo, la sociedad y la empresa, se debe fomentar y enriquecer la implementación y desarrollo de la Auditoria Forense como una metodología efectiva profundizando la lucha contra la corrupción. La auditoría ha revolucionado para adaptarse a estos nuevos procesos y enfrentar las grandes innovaciones en los diferentes ambientes.

Por lo tanto surgen herramientas tales como son el boletín Interamericano de Contabilidad de la Asociación Internacional de Contabilidad (AIC), en el 2002 en la cual publicó lo siguiente: ".. ..El número creciente de escándalos financieros y fraudes en años recientes ha hecho a la contabilidad forense una de las áreas de crecimiento más rápidas de la contabilidad y una de las trayectorias de carrera más seguras para los contadores”.

En abril 11 de 2002, ABC News transmitió una extraña noticia imaginando una nueva serie de televisión llamada "La brigada del fraude", la cual dramatizaría este campo de rápido crecimiento, escribe ABC, "Es como Quincy, solamente que con balances generales en lugar de cadáveres".


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Algunos hechos y recursos para aquellos que consideren esta nueva e interesante trayectoria de carrera son: 1. U.S. News y Word Report nombraron a la auditoría forense como uno de los ocho más seguros caminos en América en su reporte de febrero 8 de 2002. 2. Muchos auditores forenses encuentran este campo más apasionante que el campo de la auditoría porque las responsabilidades del trabajo son menos estructuradas y definidas. 3. El mercado para la contabilidad forense continúa creciendo, como la reciente erupción de colapsos corporativos y fallas de negocio que están impulsando a los negocios a contratar contadores forenses para prevenir, además de investigar varios tipos de errores.

(Lugo, 2008)

La Auditoría Forense por lo tanto más que una especialidad profesional tiene una finalidad fundamental, una misión; prevenir y detectar el fraude financiero. La importancia de la Auditoría Forense reside en que es un mecanismo legal que permite el esclarecimiento de un hecho, en este caso la ocurrencia del fraude, ya que esta estudia los efectos de hechos que pueden ser delictivos o no, para aportar al juez las pruebas periciales en donde se involucran registros de contabilidad, pruebas técnicas científicas del perito contable para el desarrollo científico de la investigación judicial. (www.ucse.edu.ar)

Seguidamente, se abordaran algunos temas que caracterizan al perito contable.


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5.4 Perito Contable

Se denomina perito contable a un testigo experto, a un profesional, conocedor a profundidad de un tema y con capacidad de análisis, que pueda servir al Fiscal para establecer una verdad, por medio de la experiencia y/o pruebas técnicas, que determinan un hecho y que de este testimonio, depende la responsabilidad de un acusado en un hecho imputado.

5.5 Perfil Del Perito Contable

De acuerdo a lo establecido en el Código de Procedimiento Penal, Articulo 408, el perito contable puede ser: 1. Persona con título legalmente reconocido en la respectiva ciencia, técnica o arte. 2. Personas de reconocido entendimiento en la respectiva ciencia, técnica, arte, oficio o afición aunque carezca de título.

Para el ejercicio de sus funciones, todo perito debe contar con un adecuado perfil profesional en cuanto a condiciones y cualidades personales y adquiridas; tales como:

a. Condiciones personales


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Son los valores que atañen directamente al profesional y que en conjunto representan su valor intangible, que dentro de los más relevantes podemos citar:

1. Integridad, Implica rectitud, justicia y firmeza en las resoluciones u opiniones que tome el Perito, tanto en el ejercicio de sus funciones, como fuera de ellas.

2. Independencia de criterio Una condición especial del perito, es la independencia de criterio frente al resultado del trabajo que realiza; el profesional debe expresar juicios imparciales, considerando los fundamentos objetivos del caso y no los de naturaleza subjetiva.

3. Puntualidad Es la materialización del grado de responsabilidad frente a la aceptación de las obligaciones. Implica cuidado y diligencia en realizar las tareas encomendadas a su debido tiempo.

4. Trato social Es el comportamiento frente a las personas con quienes se mantiene diversas relaciones. En el caso del Perito, la experiencia adquirida durante el trayecto de su vida, deberá adecuarla, si es necesario, al trato cortés pero enérgico del profesional que desarrolla su labor, sin interferir ni causar molestias a nadie.


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5. Discreción Está relacionada directamente con la confidencialidad y buen uso de la información que el Perito obtiene durante el curso de su trabajo. En este sentido, no debe divulgar la información obtenida del expediente y cuidar de no proporcionar explicaciones de carácter técnico o legal sobre los cuales no está plenamente seguro o no haya pronunciamiento oficial, pues una interpretación equivocada, atenta contra el prestigio profesional, y en última instancia, contra la propia Administración de Justicia.

6. Capacidad intelectual Está relacionada directamente con el grado de inteligencia que tenga el Perito y la cultura que indispensablemente debe de adquirir, para alcanzar un elevado desarrollo personal y profesional.

b. Condiciones adquiridas

Estas condiciones están referidas al conocimiento que el Perito debe tener sobre este campo. El profesional antes de realizar las labores inherentes a su cargo, debe prepararse y capacitarse de tal forma, que realice satisfactoriamente su trabajo cuando sea requerido. (penal, 2004)


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5.6 Clases De Peritos Judiciales

Según el código de procedimientos penales (Art. 165) el código procesal civil (Art. 262, 264, 269 y 271) nos ilustran sobre las clases de peritos, así pues que existen tres clases de peritos judiciales: Perito de Oficio, Perito de Parte y Perito Dirimente.

(penal, 2004)

1. Perito De Oficio

Es cuando sin haber sido ofrecida la prueba de peritos por ninguna de las partes o litigantes el juez y el fiscal (Ministerio Público) ordenan el peritaje porque creen que se requiere de conocimientos especiales (puede ser económico, contable, financieros y otros de otra naturaleza) los que van a auxiliar para vislumbrar hechos controvertidos.

2. Perito De Parte

Son nombrados o requeridos a solicitud de las partes en litigio, cuya finalidad es presentar sus puntos de vista debidamente fundamentadas. El nombramiento de los peritos de parte no necesariamente debe ser los que figuran en las nóminas oficiales del poder judicial, pueden ser Profesionales Universitarios con experiencia (Contadores, Médicos, Ingenieros, Asistentes Sociales, etc. Depende de la materia que se quiere demostrar).


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3. Perito Dirimente

Estos son nombrados por el poder judicial, a fin de deslindar una tercera posición y discrepancias existentes frente a los informes presentados por otros peritos. El juez nombrará de la nómina que figura oficialmente en la corte.

5.7 El Perito Como Auxiliar De Justicia

En cuanto al perito existen dos concepciones: Una considera como asesor de la justicia y otro como auxiliar de la justicia. Sin embargo para la justicia se considera al perito en general como auxiliar de la justicia.

Partiendo del significado de la palabra auxiliar, que significa auxilio a alguien que pide o solicita con urgencia por algún problema en el momento que se le presente, estos pueden ser problemas económicos, políticos, tributarios, otros. (penal, 2004)

En consecuencia se puede decir que el perito dentro de la justicia es más un auxiliar que un asesor, porque el juez lo requiere en un determinado momento del proceso judicial y es la persona clave para vislumbrar las controversias que se presentan en un caso litigioso; el perito en la justicia entonces es, el que ilustra y


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ayuda a esclarecer dichas controversias que serán plenamente explicadas por el perito.

De aquí la diferencia del auxiliar con el perito, porque el primero es asesor de su cliente y el perito es auxiliar de la justicia (el perito judicial). Puede el perito ser un asesor, dentro de su disciplina para casos administrativos de parte o al cliente a quien le sirve. La presencia del perito es precisamente para ilustrar al juzgador sobre hechos o controversias donde el magistrado tiene duda por ser una opinión eminentemente científica o técnica. Así el perito participa en las inspecciones judiciales a requerimiento del juez, para constatar los hechos, objetivos o circunstancias que observan directamente y se describirá en el acta en resumen un pertinente de las observaciones de los peritos.

En tal sentido, existe la necesidad de preparar personas con visión integral, que faciliten evidenciar especialmente, delitos como: la corrupción administrativa, el fraude contable, el delito en los seguros, el lavado de dinero y el terrorismo, entre otros.

De acuerdo al Art. 408 del código de procedimiento penal colombiano, el perito o sujeto investigador debe ser un verdadero experto, porque no se trata de exponerle al juez percepciones ordinarias que efectué sobre determinados hechos, sino de emitir conceptos u opiniones de valor técnico, artístico o científico; por lo tanto, el aseguramiento y valoración pericial está garantizado por el grado


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de preparación y experiencia adecuada para realizar las tareas por parte del investigador ya que en la selección se ha debido tener en cuenta el perfil requerido para el ejercicio de la auditoría a efectuar.

Es importante destacar, que esta disciplina es de carácter penal debido a su origen de orden procesal y penal, porque está considerada en el marco de las disciplinas auxiliares penales y porque con su aplicación científica contribuye para conocer los hechos y llegar a las penalidades determinadas por los jueces. Cabe mencionar en este tema el último párrafo del artículo 420 del Código de procedimiento legal la Nación, el cual dice: “el juez tendrá en cuenta la idoneidad técnico científica y moral del perito… el grado de aceptación de los principios científicos, técnicos o artísticos en que se apoya el perito, los instrumentos utilizados y la consistencia del conjunto de respuestas”. Tal afirmación parece implicar que lo que juez habrá de tomar en cuenta es la capacidad del profesional para realizar su labor y no el producto final de su trabajo, es decir, el dictamen pericial incluido en el informe que tal profesional presenta.

(Cashin, Newirth, & S., 2000)

En la investigación de los delitos económicos es habitual requerir la participación de peritos contadores, con el objeto que la información que produzcan contribuya a establecer modalidades, circuitos financieros, dimensionar el perjuicio o establecer el procedimiento criminal.

Se requieren peritajes en las investigaciones por lavado de dinero, realizadas como consecuencia de la comisión de otros delitos, tales como: narcotráfico,


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corrupción administrativa, contrabando de armas, asociación ilícita, tráfico de órganos, blancas y niños.

Con la labor de investigación y su pericia, el perito contable presenta como resultado de su labor la estructura en que recopila sus evidencias de su Auditoria Forense, que se evidencia en el peritaje contable.

Anexo No. 1 A continuación se destacan los aspectos relevantes del perito contable en la aplicación de justicia, tales como: funciones, norma, aporte del perito contable a la justicia y el impacto que genera su actuación en la sociedad.


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IMPACTO DEL ROL DEL PERITO CONTABLE FUNCIONES

REGULADAS POR

APORTE DEL PERITO

IMPACTO

Asumir el cargo, cuando la designación sea hecha por el Juez

Articulo 410, Código de Procedimiento Legal Colombiano

Prevenir y reducir el fraude a través El perito demuestra su interés y de la implementación de profesionalismo para desempeñar recomendaciones para el el cargo asignado. fortalecimiento de acciones de control que se puedan proponer.

Comparecer ante el juez o secretario.

Articulo 412, Código de Procedimiento Legal Colombiano

Mostrar el posible testimonio pericial de la contraparte además de rendir testimonio en forma convincente

Practicar personalmente las operaciones necesarias para su dictamen, en la forma que la ley procesal determine.

Articulo 406, Código de Procedimiento Legal Colombiano

Elaborar los debidos papeles de trabajo soporte y demás trabajos Proceder a la evaluación continua de especializados que se requieran sistemas de control interno a fin de como base para aportar elementos que sea fortalecido frecuentemente. de convicción a los juzgadores en el desarrollo de la pericial.

Aporta las pruebas periciales para que sean utilizadas como evidencias en los tribunales de justicia, además que contribuye con la determinación de los culpables y para el juzgamiento de los involucrados

La prueba pericial se hace importante Obrar y conceptuar con Educar al fiscal en el campo técnico Ley 43 de 1990, Artículos cuando sea necesaria cuando se lealtad, imparcialidad y y Ayudarlo a prepararse para el del 35 al 40 requieran conocimientos científicos, buena fe. juicio técnicos, artísticos o especializados. Brindar soporte técnico (evidencias Fomentar su dictamen y Articulo 413, 415, 424, Mostrar los puntos débiles y fuertes sustentables) a los órganos de la de rendirlo en forma clara Código de Procedimiento de la evidencia. función judicial, para la investigación y precisa. Legal Colombiano de delitos. Guardar el secreto profesional cuando el caso lo requiera y siempre durante el proceso.

Ley 43 de 1990, Articulo 63; Código de Comercio, Articulo 62

Respaldar y brindar protección legal e Genera confiabilidad al fiscal para institucional a los peritos contables, en poder imputar cargos al procesado. todas las etapas de la ejecución.

Fuente: Código de Procedimiento Penal

5.8 El Peritaje Contable

El peritaje contable se define, según el Centro de Especialización en contabilidad y finanzas E.J.R.L, como “un medio probatorio o labor de investigación efectuada por personas especializadas que tienen en cuenta normas, técnicas y procedimientos relacionados con su especialidad.”


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Por otra parte se señala que el perito o experto puede definirse como “la persona que teniendo especiales conocimientos teóricos o prácticos, informa bajo juramento al juzgador sobre puntos litigiosos en cuanto se relacionan con su especial saber o experiencia. Aun cuando los peritos más corrientes en los tribunales y en la Administración Pública son los que tienen conocimientos médicos, caligráficos, contables, químicos, balísticos, pueden serlo también quienes, aun no teniendo títulos habilitantes, poseen conocimientos sobre cualesquiera otras materias de las infinitas que pueden interesar a un pleito civil o Contencioso Administrativo.

(http://pasceriabogados.com)

El peritaje cobra cada día mayor importancia en los procesos penales, civiles, laborales y contencioso-administrativos. Hay que pensar que la justicia en general, y la penal en particular, ha de fundarse sobre una certeza que pueda ser contrastada y compartida por los demás. Existen muchos tratados e historiadores de la contabilidad, pero no de la auditoría forense, ya que además en un momento determinado los tribunales por lo general no se enfocaban en la búsqueda de evidencias para demostrar la culpabilidad de las personas, por tal razón se encuentra un vacío enorme en la auditoría forense.

(ww.theiia.org)

Actualmente se observa en el país un amplio movimiento contra la corrupción, este tipo de movimientos resultan positivos y deben ser estimulados. La actuación de personas profesionales, conocedoras de los negocios y de los mercados, que


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actúan sin escrúpulos para lograr sus objetivos de obtener dinero sin importar la forma en que lo obtenga, el avance tecnológico proporciona las condiciones para la falsificación de todo tipo de instrumentos financieros o documentos que posibiliten la obtención dolosa del dinero, de igual manera los sistemas informáticos permiten que se produzca una mayor velocidad en el movimiento de fondos posibilitando la realización de un fraude.

De acuerdo a lo anterior nos muestra un entorno competitivo, por un lado la actuación de las empresas proporciona nuevas oportunidades de fraude por errores propios de la operación. La globalización ha generado de alguna manera fraudes internacionales y la gestión financiera desarrollándose a través de instrumentos que presentan alta complejidad en su manejo y su administración.

5.9 Etapas Del Peritaje Contable

Para llevar a cabo la responsabilidad que requiere el peritaje contable, los peritos tienen que tener en cuenta una serie de etapas o fases que deben desarrollar en orden lógico y secuencial para cumplir con los objetivos de forma óptima, ágil y oportuna. Estas etapas involucran la planeación, la ejecución del trabajo, la redacción del informe y finalmente el testimonio ante la Corte como testigo experto, las cuales se detallaran a continuación:


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1. Planeación Consiste en establecer los objetivos específicos, determinando los varios pasos a seguir, y definir el trabajo para controlar la conducta del compromiso dado a tiempo y con fijación de los costos, la información y personas del recurso disponible, y la libertad concedida para llevar a cabo el trabajo. Los hechos y circunstancias de cada compromiso de contabilidad forense son únicos y deben repasarse para desarrollar un plan de acción conveniente que parta de los objetivos del compromiso y los métodos a utilizar. La planificación adecuada le permitirá al perito forense direccionar la auditoria de manera eficiente, eficaz y efectiva. De inmediato que existe una orden judicial para adelantar la investigación, la Fiscalía nombra al ente que va a realizar la experticia. El perito contable

y los ayudantes más experimentados asignados al trabajo, deben

entender claramente su propósito, y cada procedimiento que se adopte debe encaminarse directamente hacia ese fin. Si la experticia se va a realizar en un ente público los organismos fiscalizadores deben tener independencia tanto del poder legislativo como del ejecutivo para la realización de su actividad fiscalizadora y la credibilidad de sus resultados, con el fin de conservar una posición imparcial en el ejercicio de sus funciones de auditoria, lo cual significa que los organismos fiscalizadores no deben responder a los deseos de intereses políticos concretos. (Arens, 1995)

El plan de trabajo de en el proceso de peritaje contable debe contener:


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a) Determinación del periodo a investigar: Teniéndose en cuenta que el delito económico presupone un periodo determinado y una actividad o actividades específicas, se debe definir el periodo a investigar, lo que plantea ventajas como facilidades y agilidad en el trabajo de las personas y entidades que van a suministrar información.

b) Identificación de las personas o grupo de personas cuyo movimiento económico se va a investigar: El investigador puede ir ampliando el círculo de personas naturales y jurídicas a investigar tales como familiares, amigos, socios, sociedades o firmas que se puedan identificar mediante el análisis de documentos como declaraciones de renta, extractos de cuentas bancarias, escrituras de constitución de sociedades y de compra de bienes inmuebles, etc.

c) Determinación de las fuentes y clases de información necesaria para la investigación. Es conveniente definir la fuente y clase de información que se utilizara en el proceso investigativo, para proceder a solicitarla en forma ordenada, completa y oportuna.

2.

Ejecución


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El perito contable debe presumir la posibilidad de deshonestidad a diferentes niveles de la administración, incluyendo complicidad, anulación de controles internos y falsificación de documentos, por lo que deben hacer pruebas de confirmación para detectar fraude utilizando los conceptos sobre escepticismo profesional.

(Arens, 1995)

Esta técnica incluye: a) Solicitud de registros y controles que se tengan establecidos. b) Confirmaciones escritas con documentos de soporte. c) Solicitud de información con el uso de formatos, para obtener datos completos y precisos. d) Establecimiento de fuentes alternas con el propósito de analizar si el implicado o los implicados se encuentran registrados en la cámara de comercio u otro tipo de entidades financieras. e) Prueba de cuentas que los auditores no prueban normalmente por considerarse de bajo riesgo o inmateriales. f) Entrevistas. Esta información puede ser obtenida en:


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1. Organismos y archivos gubernamentales. 2. Base de datos comerciales. 3. Fuentes financieras (extractos, créditos, inversiones) 4. Fuentes empresariales, industriales y comerciales. 5. Títulos Valores (acciones, fondos de inversión, operaciones a futuro, certificados) 6. Registros Públicos (registros de propiedad, licencias, etc.) Para que las pruebas puedan ser habilitadas como evidencia legal para acusación deben cumplirse con los siguientes factores de admisibilidad: a) Orden del Juez competente para investigar y recopilar evidencia. b) Deben ser obtenidas bajo un sistema técnico de investigación y planificación c) No haber cometido errores o mala práctica por negligencia o inexperiencia d) No haber cometido divulgación de la información con las personas comprometidas. e) No haber cometido mala manipulación y contaminación de las evidencias, borrar información por descuido.


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f) No deben ser recopiladas en forma tendenciosa o maliciosa para incriminar a alguien. Cualquier falla en el proceso de recopilación y obtención de evidencias, puede anular la investigación y las evidencias pueden ser descartadas por la Fiscalía, el Juez o la Defensa que puede interponer una contrademanda o pedir una anulación del juicio, al respecto la Declaración.

(Arens, 1995)

Sobre Normas y Procedimientos de Auditoría Nº 10 declara: "Para ser adecuada, la evidencia tiene que ser válida y relevante. La validez de una evidencia depende en tal grado de las circunstancias bajo las cuales se obtiene". Para evaluar la suficiencia y adecuación de la evidencia, el auditor forense debe considerar si tal evidencia obedece a la ley, es admisible por la ley, y es suficientemente persuasiva para apoyar la conclusión, considerando su calidad y cantidad, así como la cadena de causalidad de la evidencia.

3. Redacción de Informe pericial

Informe pericial es un documento redactado por un profesional en la materia que responde a una expresión de un estudio realizado por el experto mediante las técnicas específicas relacionadas con el área específica de conocimiento de dicho profesional.

(www.informepericial.org)


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Un informe suele ser algún tipo de documento que presenta información. Dichos datos, por otra parte, surgen de una tarea investigativa. Un científico, por citar un caso, puede escribir un informe después de alcanzar algún descubrimiento explicando los pasos que siguió y cuáles son sus conclusiones al respecto. Por lo general, la finalidad del informe es, obviamente, informar. De todas formas, estos escritos pueden incluir consejos u otros elementos que apunten a la persuasión. Los informes, pueden ser públicos o privados según el objetivo de divulgación. En cuanto a los formatos de los informes, pueden ser simples o complejos de acuerdo a su estructura y a sus contenidos.

En el ámbito del derecho, por otra parte, un informe es una exposición que un fiscal o un letrado realiza ante los jueces que tienen la responsabilidad de emitir el fallo de un proceso judicial. El término informe, por último, puede tener su origen en el latín informis. En este sentido, hace referencia a algo que no dispone de la forma o de la apariencia que debería tener debido a su naturaleza.

5.10 Partes Del Informe Pericial

1. La estructura lógica del desarrollo de un informe: a) Introducción o presentación.


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b) De qué trataba el proyecto. c) A qué necesidad o problemática de información respondía o por qué era necesario. d) Qué se pretendían lograr con él.

2. Planteamiento y realización de la acción a) Qué planearon hacer. b) Con qué recursos y medios. c) Qué fuentes buscaron, con qué estrategias. d) Cuáles encontraron y cómo las validaron.

3. Resultados y su valoración a) Síntesis o resumen b) Análisis crítico c) Comentarios y juicios críticos.

4. Conclusiones construidas con los hallazgos. a) Lo relevante, lo débil, las ausencias. b) Razones o causas, implicaciones y consecuencias, c) Las tendencias, alternativas y escenarios futuros.

5. Anexos


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(Contenidos referidos en el informe que por su amplitud y especificidad no se incluyen en él)

6. Bibliografía y Fuentes

5.11 El Informe De Auditoria Forense

En la Auditoria Forense, los análisis y conclusiones del perito forense deben ser basados sobre todo en los conceptos teóricos válidos sujetos a las reglas, prácticas o normas y en la ley aplicable. El Código de procedimiento Penal establecen en

su artículo 413 las características del informe, el cual deberá

contener, de manera clara y precisa, el motivo por el cual se practica la experticia, la descripción de la persona que sea objeto de la misma, la relación detallada de los exámenes practicados, los resultados obtenidos y las conclusiones que se formulen respecto del peritaje conforme a los principios.

La estructura y el formato del informe de auditoría han de ser coherentes y atractivos para su destinatario, ha de incitar a ser leído.

Es recomendable que el informe este dividido:

1. Introducción a) Objetivo de la auditoría y origen de la misma: quién la pide y por qué razón.


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b) Alcance: espacio físico, temático y temporal que se audita; periodo durante el cual se realiza la auditoría. c) Opinión de auditoría: juicio del auditor sobre el tema, proceso, actividades estudiadas. d) Resumen de las observaciones principales: conclusiones, recomendaciones y acciones propuestas.

2) Cuerpo del Informe Cabes dos alternativas: estructurar el cuerpo del informe basándose en los temas auditados analizando la situación de cada unidad funcional respecto al tema o, a la inversa, estructurándolo según las unidades funcionales y analizando todos los temas que afecta la unidad.

Se estructure según un modelo u otro, el cuerpo del informe deberá contener: a) Observaciones: incluyen una breve descripción del proceso analizado, hechos detectados (anomalías, puntos débiles detectados al comparar con las referencias); causas han generado las anomalías y debilidades; recomendaciones que no se han aplicado y que se hablan hecho en informes anteriores. b) Datos: cifras y detalles en las que se basan las observaciones. c) Conclusiones: posición definida sobre las observaciones, que ha de deducirse lógicamente de los hechos detectados, sustentados en datos.


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Al formar una conclusión, el perito contable debe apoyar la conclusión con la evidencia apropiada suficiente, él o ella debe recoger la información y la evidencia exigida para apoyar su conclusión, como los análisis, notas de la entrevista, declaraciones por escrito, pistas y los documentos de apoyo, generalmente se expresan las conclusiones a través de un informe escrito. Al expresar una conclusión, el informe del auditor forense debe ser entendible, bien organizado, documentado y consistente.

Finalmente, el perito no debe expresar una conclusión en un párrafo y contradecirse en el siguiente. Sin embargo, la descripción escrita del pro y el contra del problema en cuestión, puede a menudo ser una excelente guía para quienes

reciben el informe. Inclusive hacer uso de gráficas y cuadros

especialmente en los casos de valuación. Tales deben presentarse en el informe como anexos y pueden emplearse para reflejar tendencias en producción o en ventas, para mostrar el impacto sobre el volumen de negocios, del tiempo, las restricciones gubernamentales, la inflación y muchas otras circunstancias fuera del control de la administración de los negocios, así como de aquellas que están bajo su control.

Estos, son útiles para presentar hechos y estimaciones basadas sobre tales hechos, a personas que no entiendan fácilmente la significación de Estados Financieros. Las gráficas se usan a veces eficazmente en los juzgados, donde


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crean una impresión sobre el jurado que no puede lograrse fácilmente mediante una narración de hechos en terminología contable convencional.

4. Testimonio ante los Estrados Judiciales

Además del informe escrito, normalmente exigen al perito que comunique la conclusión oralmente como parte de su testimonio, en este momento los clientes o los jueces generalmente aprecian las opiniones precisas según Art. 412 del Código de Procedimiento Penal.

Habitualmente el título de Contador Público acredita a su tenedor como un experto en asuntos relacionados con la contabilidad. Sin embargo, en la mayor parte de los casos ventilados en un Tribunal, el testimonio del contador se restringirá a aquella parte del trabajo de contabilidad que hubiere sido realizada por él, 3 o bajo su directa supervisión y en su presencia. En ningún otro sector de la experiencia profesional, llega a ser tan significativa la independencia del contador como cuando es llamado como testigo experto. Cualquier indicio de parcialidad que deje adivinar su testimonio, desacreditara sus declaraciones y puede ser descalificado como testigo competente. 4

3

(Código de procedimiento penal, Articulo 417 – “El perito debe ser interrogado sobre los antecedentes que

acrediten su conocimiento técnico en el tema auditado y sobre los métodos empleados. ) 4

(Código de procedimiento penal, Articulo 418 – “se podrá utilizar el contrainterrogo (refutar la información del

perito))


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La posibilidad de que se requiera dar testimonio ante los tribunales después de una investigación especial, enfatiza aún más el extremo cuidado requerido en la ejecución del trabajo, así como la precaución necesaria en la preparación del informe.

En muchos casos ventilados en el Tribunal, se ha observado que los abogados contrarios se interesan, no tanto en examinar rigurosamente cada detalle del informe del contador, sino en tratar de destruir su testimonio por medio de dos estratagemas: a) Tratando de restarle importancia argumentando que está basado en alguna presunción del contador (tal como la aceptación como exacto, de un inventario inicial de algún año anterior, obviamente no presenciado por el contador atestiguante).

Enfatizando exageradamente algún pequeño error de parte del testigo y, por ese medio, desacreditando su informe entero bajo la teoría de que probablemente contiene otros errores.

b) La mayor parte de los abogados no conocen de contabilidad, y la mayor parte de los jurados malinterpretan completamente el testimonio contable. El contador testigo debe tener cuidado de presentar su caso clara y concisamente, y de evitar fraseología técnica.

(http://ideaf.org)


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6. Contexto Legal

En la actualidad, no se cuenta con principios y normas de auditoría forense o estándares de general aceptación, sin embargo se están haciendo intentos de unificar y establecer estándares claros en el desempeño de la labor de los auditores forenses. Por esta razón, dentro de la investigación se ha recurrido a la normativa legal que regula los peritajes o experticias. En Colombia es la ley 906 del 31 agosto de 2004, el Código de procedimiento Penal, Art. 405 al 423, que rigen en esta materia, establece que: "los peritos deberán poseer título en la materia relativa al asunto sobre el cual dictaminarán, siempre que la ciencia, el arte u oficio estén reglamentados. En caso contrario, deberán designarse a personas de reconocida experiencia en la materia".

El Fiscal debe señalarle a los peritos asignados, los aspectos más relevantes que deben ser objeto de la peritación sin que esto sea limitativo y el plazo dentro del cual presentaran su dictamen. De acuerdo a este marco legal la prueba pericial es una prueba de naturaleza personal, pues el medio de prueba se integra por la opinión a dictamen de una persona y al mismo tiempo una prueba indirecta, pues proporciona conocimientos técnicos para valorar los hechos controvertidos pero no un conocimiento directo sobre cómo ocurrieron los hechos; por esta razón, los delincuentes se esfuerzan en ocultar o desfigurar las evidencias de sus delitos y la


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justicia necesita ciertas garantías como la reserva de pruebas y la detención preventiva para evitar que aquello ocurra una vez que se les identifica. (www.interamericanusa.com)

Un medio de prueba, para ser admitido, debe referirse, directa o indirectamente, al objeto de la investigación y ser útil para el descubrimiento de la verdad. Los Tribunales podrán limitar los medios de prueba ofrecidos para demostrar un hecho o una circunstancia, cuando haya quedado suficientemente comprobada con las pruebas ya practicadas. Podemos mencionar adicional a lo anterior dentro del marco legal decretos y leyes que si bien es cierto no tienen relación con el perito contable lo tienen con la normatividad del fraude corporativo y delitos financieros entre ellos:

a) Decreto 1964 de 1998 Artículo 1: Para contribuir al control y detección de operaciones relacionadas con el lavado de activos, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público conformará una Unidad Especial de Información y Análisis para el Control del Lavado de Activos, encargada de centralizar, sistematizar y analizar la información a que se refieren los artículos 102 al 107 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, de conformidad con el Parágrafo Primero, artículo 40 de la Ley 190 de 1995.

b) Ley 87 de 1993


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Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras disposiciones.

c) Ley 800 de 2003 Por medio de la cual se aprueba la “Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional”. Entre otras disposiciones.

d) Ley 610 del 2000 Artículo 1: se habla del proceso de responsabilidad fiscal con el fin de determinar y establecer la responsabilidad de los servidores públicos y de los particulares, cuando en el ejercicio de la gestión fiscal o con ocasión de ésta, causen por acción u omisión y en forma dolosa o culposa un daño al patrimonio del Estado.

e) Ley 599 del 2000 Por la cual se expide el Código Penal: Titulo VII: Delitos contra el patrimonio económico. Titulo IX: Delitos contra la fe pública. (Capítulo III: De la falsedad de documentos) Titulo X: Delitos contra el orden económico social. (Capítulo II: De los delitos contra el contrabando; capítulo V: Del lavado de activo)

f) Ley 906 del 2004: Por la cual se expide el sistema penal acusatorio. Otras normas


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g) Normas Internacional para el Ejercicio Profesional de la Auditoría Interna (NEPAI) 1210 –Pericia: Los auditores internos deben reunir los conocimientos, las aptitudes y otras competencias necesarias para cumplir con sus responsabilidades individuales. 1220 –Debido cuidado profesional: Los auditores deben cumplir su trabajo con el cuidado y la pericia que se esperan de un auditor interno razonablemente prudente y competente. El debido cuidado profesional no implica infalibilidad. 1300 –Programa de aseguramiento de la calidad y el cumplimiento: El director ejecutivo de auditoría debe desarrollar y mantener un programa de aseguramiento de calidad y mejora que cubra todos los aspectos de la actividad de auditoría interna y revise continuamente su eficacia. Este programa incluye evaluaciones de calidad externas e internas periódicas y supervisión interna continua. 1311 –Evaluaciones internas con sus respectivos parámetros. 1312 –Evaluaciones externas con sus respectivos parámetros. 2421 –Errores y omisiones: Si una comunicación final contiene un error u omisión significativos, el director ejecutivo de auditoría debe comunicar la información corregida a todas las partes que recibieron la comunicación original. 2430 –Declaración de incumplimiento con las normas y todo lo que en ellas se debe contener cuando sea el caso.

h) Declaración sobre las Normas de Auditoria (SAS)


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SAS 82: Aspectos del fraude en una auditoria de estados financieros. Sustituidas por las SAS 99. SAS 99: SAS 99 define el fraude como un acto intencional que resulta en una inexactitud importante en los estados financieros. Hay dos tipos de fraude en cuenta: errores derivados de la presentación de informes financieros fraudulentos (por ejemplo, falsificación de registros contables) y errores derivados de la apropiación indebida de activos (por ejemplo, el robo de bienes o de los gastos fraudulentos).

i) Normas Internacional de Auditoria (NIA) 1. Fraude y error (240): Esta norma trata la responsabilidad del auditor para la detección de información significativamente errónea que resulte de fraude o error, al efectuar la auditoría de información financiera. Proporciona una guía con respecto a los procedimientos que debe aplicar el auditor cuando encuentra situaciones que son motivo de sospecha o cuando determina que ha ocurrido un fraude o error.

j) Estatuto Orgánico del Sistema Financiero Capitulo XVI: Prevención de actividades delictivas 1. Artículo 102: Régimen general 1.1. Obligación y control a actividades delictivas 1.2. Mecanismos de control 1.3. Adopción de procedimientos


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1.4. Alcance y cobertura de control 2. Artículo 103: Control de las transacciones en efectivo. 2.1. Transacciones sujetas a transacción 2.2. Control de múltiples transacciones en efectivo 3. Artículo 104: Información periódica.

7. Diseño Metodológico

Para exponer el rol del perito contable como auxiliar de justicia en la auditoria forense, en cumplimiento a los objetivos específicos de la investigación se utilizó una metodología descriptiva documental haciendo revisión de textos, normas como el código de procedimiento penal ley 906 de 2004 y el código de ética del Contador Público ley 43 de 1990 artículos 35 al 40, para lograr a través de esos aportes el fortalecimiento intelectual de esta investigación. El estudio se constituyó en fases con la finalidad de realizar un trabajo de investigación, coordinado, organizado y coherente:

1. Fase Inicial: Se consideraron pasos importantes, entre las que destacan: ubicación del tema a ser investigado, planteamiento y formulación del mismo, así como el establecimiento de los objetivos de investigación y sistema de variables.


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Nuestra finalidad al presentar la investigación es describir sistemáticamente el rol del perito contable en la auditoria forense y su vinculación con la actividad contable en el campo laboral lo cual le da un aspecto importante y significativo a la investigación, de igual manera analizar la utilización del peritaje contable como herramienta en la lucha del crimen organizado guardando relación directa con la investigación ya que ambas nos muestran la utilidad de esta práctica en la aplicación de justicia.

2. Fase Conclusiones y recomendaciones: Se establecieron las conclusiones pertinentes a la investigación, donde se reflejaron las respuestas a cada uno de los objetivos trazados, y a la vez, se lograron las recomendaciones pertinentes a las necesidades reflejadas al problema planteado.

8. Cronograma

CRONOGRAMA DE TRABAJO FECHA lunes, 23 de abril de 2012 lunes, 30 de abril de 2012 lunes, 28 de mayo de 2012 Jueves, 07 de junio de 2012 Miércoles, 13 de junio de 2012 Viernes, sábado y Martes, 15, 16 y 19 de junio de 2012

ACTIVIDADES Presentación de propuesta Aprobación de propuesta y designación de director Entrega de Trabajos a Jurados Devolución a estudiantes por parte de jurado entrega definitiva Sustentación de la monografía


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9. Recursos

Para el desarrollo de nuestra investigación se debe considerar especialmente recursos financieros y humanos utilizados en el proceso, recursos que se describen a continuación:

RECURSO FINANCIERO

RECURSO HUMANO HORAS 10.000,00 DEDICADAS 10.000,00 VALOR X HORA 25.000,00 TOTAL COSTO 35.000,00 HORAS

PAPELERÍA FOTOCOPIAS IMPRESIONES

$ $ $

INTERNET TELÉFONO O CELULAR

$ $

COMPUTADOR

$

0,00

TRANSPORTES REFRIGERIOS

$ $

15.000,00

ENCUADERNACIÒN

$

5.000,00

TEXTOS O LIBROS OTROS

$ $

IMPREVISTOS (10%)

$

TOTAL COSTO FINANCIERO

$ 120.000,00

COSTO TOTAL (TOTAL COSTO FINANCIERO+TOTAL COSTO HORAS)

$ 245.000,00

10.000,00

10.000,00

16 $ 125.000,00

$ 125.000,00


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CONCLUSIONES

Con esta monografía se presentan aspectos relevantes en donde se enmarcan tanto la conceptualización de la auditoria forense como la relación del

perito

contable en el marco de la justicia, vinculando sus cualidades como profesional experto, todo esto con la única finalidad de hacer de la auditoria forense un campo más de aplicación del Contador Público, sumado evidentemente a otras competencias inmersas que se deben de obtener.

El perfil del Perito Contable debe ser, un profesional altamente capacitado con amplia experiencia en el campo de la profesional y de la auditoría forense, que le permita garantizar razonablemente que su intervención como auxiliar de justicia es un gran aporte en aras de vislumbrar las controversias, y ser parte integral de un juicio de forma independiente aportando con el Dictamen Pericial, a los órganos que procuran y administran justicia, el saneamiento y fortalecimiento de los controles internos de los entes del Estado. Se requiere de él, conocimientos interdisciplinarios y un perfil exigente. Experto conocedor de: Contabilidad, auditoria, control interno, tributación, finanzas, informática, legislación penal, técnicas de investigación y otras disciplinas.


46

El impacto del rol del Perito Contable en su ejercicio de la Auditoría Forense se presenta como una alternativa que permite dar al Contador Público otro campo de acción, con actuación especializada en descubrir, divulgar y atestar sobre fraudes y delitos en el desarrollo de las funciones públicas y privadas en especial en el campo de la pericia contable, en un país en donde los delitos o fraudes corporativos, se dan frecuentemente, permitiendo mitigar el riesgo de fraude en cualquiera de sus tipologías, para lograr que haya justicia, transparencia en entidades públicas y privadas y la optimización de los recursos hacia el mejoramiento continuo de la calidad de vida de la sociedad.


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RECOMENDACIONES

1. Que los gremios, universidades, las empresas públicas y privadas diseñen campañas que impulsen la práctica de auditoría forense en sus organizaciones como un mecanismo legal para fortalecer el campo de la justicia, divulgando las normas, fundamentación y dando relevancia al perito contable.

2. Que los peritos forenses se preparen integralmente no solo en el campo contable y financiero, sino en el campo jurídico y legal, para que en sus investigaciones abarquen el entorno global y se exponga el valor agregado como perito contable, destacando su moral y ética individual y social.

3. Que se fortalezca el sistema de control interno a fin de prevenir el aumento de los fraudes a nivel público y privado otorgando al Perito Contable los elementos para un ejercicio integral, transparente y confiable.


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GLOSARIO

Apropiación de bienes públicos: es todo aprovechamiento indebido de bienes o fondos que pertenecen a una institución o a terceros y a los cuales se ha tenido acceso gracias a las funciones que desempeña el individuo.

Auditoría: Rama o especialidad de la contabilidad, que se encarga de la verificación, corrección de la informaciones financieras y evalúa la gestión administrativa.

Auditoría Forense: es una alternativa para combatir la corrupción, porque permite que un experto emita ante los jueces conceptos y opiniones de valor técnico, que le permiten a la justicia actuar con mayor certeza, especialmente en lo relativo a la vigilancia de la gestión fiscal.

Auditoría Gubernamental: es el examen profesional, objetivo, independiente, sistemático, constructivo y selectivo de evidencias, efectuado con posterioridad a la gestión de los recursos públicos, con el objeto de determinar la racionabilidad de la información financiera, el grado de cumplimiento de los objetivos y metas, así como respecto de la adquisición, protección y empleo de los recursos.


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Dictamen: Es el concepto emitido por las personas expertas en una ciencia, disciplina o arte referente a sus análisis realizados con el lleno de los requisitos legales.

Delito: Conducta humana que viola sin justa causa un bien jurídico, se puede realizar a dolo, es decir, con la conciencia y la voluntad de efectuar la conducta, o por culpa, o sea, por imprudencia, negligencia, imprudencia, negligencia, impericia o violación de reglamentos. Delincuente: Persona que ha sido declarada penalmente

Fraude: (Del lat. fraus, fraudis). Acción contraria a la verdad y a la rectitud, que perjudica a la persona contra quien se comete. Acto tendente a eludir una disposición legal en perjuicio del Estado o de terceros. Delito que comete el encargado de vigilar la ejecución de contratos públicos, o de algunos privados, confabulándose con la representación de los intereses opuestos. Engaño, inexactitud, consistente, abuso de confianza, que produce o prepara un daño, generalmente material.

Fraude contable. Una manipulación deliberada y el abuso de la grabación de los ingresos o una aleta gastos de un lograr beneficio operativo de la empresa para aparecer mejor de lo que es realmente.


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Forense: (Del lat. forensis). 1. adj. Perteneciente o relativo al foro. 2. adj. ant. Público y manifiesto.

Hallazgo: Es la recopilación de información específica sobre una operación, actividad, organización, condición u otro asunto que se haya analizado y evaluado y que se considera de interés o utilidad para los funcionarios del organismo. Indicadores de fraude: se deriva del impacto que causa el fraude en la empresa si este llega a ocurrir, lo que implica construir indicadores que permitan determinar estas alertas.

Informe: Comunica a las autoridades pertinentes los resultados de la auditoría. Los requisitos para la preparación del informe son claridad y simplicidad, importancia del contenido, respaldo adecuado, razonabilidad, objetividad entre otros.

Informes financieros fraudulentos: implica la modificación o alteración de los estados contables de una compañía.

Métodos de fraude: proceso en donde se tiene identificadas áreas de riesgo, impactos y matrices de probabilidad que pueden efectuar a la compañía en situaciones de fraude.

Malversación de activos o fondos: corresponde al robo o uso indebido de recursos de la compañía, como dinero y bienes.


51

Prueba: Elemento que, una vez se hace parte de un proceso judicial, pretende hacer llegar al convencimiento acerca de la certeza de la existencia u ocurrencia de un determinado.


52

BIBLIOGRAFIA

Tamayo y Tamayo, T. T., “Serie aprende a investigar” (2000). Mario Tamayo y Tamayo Arens, A. A. (1995). Auditoria Un enfoque Integral. Cashin, J. A., Newirth, P. D., & S., L. J. (2000). Lugo, D. C. (2008). Auditoria Financiera Forense. Ecoe Ediciones. penal, c. d. (2004). código de procedimiento penal. En L. 906, código de procedimiento penal. Rondón, F. G. (2009). Auditoria Administrativa. Enciclopedia de Auditoría. España: Editora Océano Centrum. Villalobos, L. J. práctica de investigaciones forenses DELOITTE. DELOITTE. http://ideaf.org. (s.f.). Recuperado el mayo de 2012, de http://ideaf.org/web/images/ideaf_trab_pregrado_para_enviar2.pdf http://ideaf.org/web/images/ideaf_trab_pregrado_para_enviar2.pdf. (s.f.). http://mediatikday.blogspot.com/2011/04/los-nule-un-caso-que-revela-la.html#!/ 2011/04 /los-nule-un-caso-que-revela -la.html. (s.f.). http://pasceriabogados.com. (s.f.). http://pasceriabogados.com. Recuperado el Abril de 2012, de http://pasceriabogados.com/Download/peritajecontable.htm http://www.theiia.org/chapters/pubdocs/70766573/Auditoria.pdf http://www.cedha.org.ar/es/iniciativas/celulosa/cao-final-audit-report-spa.pdf http://www.informepericial.org/INFORME-PERICIAL/1


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http://www.ucse.edu.ar/web/sede_sgo/fce/documents/AuditoriayperitajesUCSEpub licacion.pdf www.interamericanusa.com. (s.f.). www.interamericanusa.com. Recuperado el Mayo de 2012, de http://www.interamericanusa.com/articulos/Auditoria/Rol-Cont1.htm www.informepericial.org. (s.f.). www.informepericial.org. Recuperado el Mayo de 2012, de www.gerencie.com. (s.f.). Recuperado el MAYO de 2012, de http://www.gerencie.com/auditoria-forense.html www.cedha.org.ar. (s.f.). www.cedha.org.ar. Recuperado el Mayo de 2012, de www.theiia.org. (s.f.). www.theiia.org. Recuperado el Abril de 2012, de www.proyectosfindecarrera.com. Recuperado el Mayo de 2012, de (http://www.proyectosfindecarrera.com/informe-auditoria.htm) www.ucse.edu.ar. (s.f.). Recuperado el Abril de 2012, de


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