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LAS CINCO FUERZAS DE PORTER Y EL PROCESO TOMA DE DECISIONES RESPECTO AL LEASING FINANCIERO EN LA EMPRESA ABRIL DEMOEXCAVA S.A.S, EN EL MARCO DE LAS NIIF PARA PYMES.

MONICA ROMERO ALVARADO. ALCIRA LOPEZ ORTEGA.

FUNDACION UNIVERSIDAD AGRARIA DE COLOMBIA FACULTAD DE CONTADURIA Pร BLICA Bogotรก 2013


LAS CINCO FUERZAS DE PORTER Y EL PROCESO TOMA DE DECISIONES RESPECTO AL LEASING FINANCIERO EN LA EMPRESA ABRIL DEMOEXCAVA S.A.S, EN EL MARCO DE LAS NIIF PARA PYMES.

MONICA ROMERO ALVARADO. ALCIRA LOPEZ ORTEGA.

Monografía como requisito para optar al título de: Contador Público

Director: ESP. JUAN CARLOS RUIZ URQUIJO

FUNDACION UNIVERSIDAD AGRARIA DE COLOMBIA FACULTAD DE CONTADURIA PÚBLICA Bogotá 2013


Nota de Aceptaci贸n

_________________________________ _________________________________ _________________________________ _________________________________ _________________________________

_________________________________ Firma del Presidente del Jurado

_________________________________ Firma del Jurado

_________________________________ Firma del Jurado

Bogot谩, Marzo de 2013


Bogotá, Abril de 2013

Queremos agradecer inmensamente a nuestras familias por el apoyo constante e incondicional, por ser motor fundamental para la culminación exitosa de esta etapa, de esta fantástica travesía por el interminable camino del conocimiento; de nuestra carrera profesional.

A nuestro tutor ESP. JUAN CARLOS RUIZ URQUIJO, por su colaboración y asesoría durante estos meses, por compartir y aportar sus invaluables conocimientos

A todos nuestros compañeros, profesores y amigos de la Fundación Universidad Agraria de Colombia,

Gracias


La universidad, las directivas y los jurados del presente proyecto no se hacen

responsables

por

los

conceptos y aplicaciones expuestas en este documento.


CONTENIDO

INTRODUCCIÓN

11

JUSTIFICACIÓN

14

OBJETIVOS

18

OBJETIVO GENERAL

18

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

18

PLANTEAMIENTO PROBLEMA

18

FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

19

DISEÑO METODOLOGICO

20

INVESTIGACIÓN DOCUMENTAL

20

EL ESTUDIO DE CASO

21

FUENTES DE RECOLECCIÓN DE INFORMACIÓN

21

LA EMPRESA DEMOLICIONES Y EXCAVACIONES ABRIL DEMOEXCAVA S.A.S

23

MISIÓN

24

VISIÓN

24

ORGANIGRAMA

25

FLOTA TERRESTRE

26

VOLQUETAS:

26

MAQUINARIA:

26

TABLA1. MAQUINARIA

27

PROVEEDORES

28

IMPORTADORA CASA COLOMBIA S.AS

28

IMAGEN 1. LOGO CASA COLOMBIA S.A.S

28

FUENTE. EL AUTOR

28

PARTEQUIPOS S.A.

28

IMAGEN 2. LOGO PARTEQUIPOS S.A.

28

FUENTE. EL AUTOR

28

COMPETIDORES:

30

DIRECTOS

30


CLIENTES

30

INTERNO

30

EXTERNOS

30

INVERSIONES E INGENIERÍA.

30

HITOS URBANOS S.A

31

CONSORCIO METROPOLITANO

31

FUNDAEQUIPOS S.A.S

31

HITOS URBANOS

31

PARTICULARES

31

OTROS CLIENTES

32

LA TOMA DE DESICIONES

32

EL MODELO DE PORTER

36

LAS FUERZAS COMPETITIVAS BÁSICAS

37

LA CADENA DE VALOR

37

ANÁLISIS DE LA CADENA DE VALOR (VCA)

40

CADENA DE VALOR ABRILDEMOEXCAVA. SAS

42

ACTIVIDADES PRIMARIAS

43

LOGISTICA INTERNA

43

LOGISTICA EXTERNA

43

INFRAESTRUCTURA

44

SELECCIÓN DE PERSONAL

44

LOS PERFILES QUE SE MANEJAN SON:

45

PROCESO DE NÓMINA.

45

BENEFICIOS

45

SALUD OCUPACIONAL

45

MARCO REFERENCIAL

46

MARCO CONCEPTUAL

46

ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS “ESTADOS FINANCIEROS”

46

ARRENDAMIENTO FINANCIERO:

46

CAUCIÓN:

47

COMPAÑÍAS DE LEASING:

47


CONTRATO:

47

CONTRATO MAESTRO O MASTER LEASE:

48

DERECHO DE DOMINIO:

48

DRY Y WET LEASING:

48

EXENCIONES TRIBUTARIAS:

48

FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO:

49

GARANTES U OBLIGADOS SOLIDARIOS:

49

HIPOTECA:

49

LEASE-BACK:

49

LEASING:

49

LEASING APALANCADO:

50

LEASING DE EXPORTACIÓN:

50

LEASING DE INFRAESTRUCTURA:

51

LEASING INMOBILIARIO:

51

LEASING INTERNACIONAL O CROSS BORDER LEASING:

51

LEASING FINANCIERO:

52

LEASING MUNICIPAL:

52

LEASING OPERATIVO :

52

LEASING SINDICADO:

53

LOCATARIO :

53

PRENDA:

53

PROVEEDOR:

53

SUB LEASING:

53

VENDOR LEASING:

54

MARCO LEGAL

54

ANTECEDENTES NORMATIVOS DE LAS COMPAÑÍAS DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL EN COLOMBIA.

54

NORMATIVIDAD VIGENTE

59

MARCO TEORICO

61

EL LEASING

62

LEASING EN COLOMBIA

62


LA FEDERACION.

65

EL CONTRATO DE LEASING

66

COSTUMBRES MERCANTILES

66

CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO

67

CLASES DE LEASING

68

ELEMENTOS ESENCIALES DEL LEASING FINANCIERO.

69

ELEMENTOS ESENCIALES DEL LEASING OPERATIVO.

69

DIFERENCIA DEL LEASING FINANCIERO Y EL LEASING OPERATIVO.

70

NATURALEZA JURÍDICA DEL LEASING.

70

DIFERENCIA ENTRE UN CONTRATO DE LEASING Y UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.

71

PARTES QUE INTERVIENEN EN UN CONTRATO DE LEASING FINANCIERO.

71

PARTES QUE INTERVIENEN EN UN CONTRATO DE LEASING OPERATIVO.

72

EL LOCATARIO (ARRENDATARIO) EN UN CONTRATO DE LEASING.

72

"EL LEASING" AL ARRENDADOR DE UN CONTRATO DE LEASING.

72

LAS ENTIDADES FACULTADAS PARA REALIZAR OPERACIONES DE LEASING FINANCIERO Y OPERATIVO.

72

OBLIGACIONES DEL LOCATARIO

73

FRENTE A LA COMPAÑÍA DE LEASING:

73

DERECHOS DEL LOCATARIO.

75

EL LEASING DEBE RESPONDER POR LOS VICIOS O DEFECTOS DEL BIEN ENTREGADO EN LEASING. 76 REGISTRO DE LOS CONTRATOS DE LEASING.

76

MODIFICACIONES UN BILATERALES EN EL CONTRATO DE LEASING

77

CAUSALES DE TERMINACIÓN DE UN CONTRATO DE LEASING.

77

.

78

NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF)

DEFINICION DE NIIF PARA PYMES

79

PEQUEÑAS Y MEDIANAS ENTIDADES (PYMES)

80

ARRENDAMIENTO (SECCIÓN 20)

81

CLASIFICACIÓN DEL ARRENDAMIENTO

82

ASPECTOS CONTABLES PARA LOS ARRENDATARIOS EN EL ARRENDAMIENTO FINANCIERO

82

ASPECTOS CONTABLES PARA LOS ARRENDADORES EN EL ARRENDAMIENTO FINANCIERO

83

ASPECTOS CONTABLES PARA LOS ARRENDATARIOS EN EL ARRENDAMIENTO OPERATIVO

83


ASPECTOS CONTABLES PARA LOS ARRENDADORES EN EL ARRENDAMIENTO OPERATIVO

83

EL ARRENDAMIENTO FINANCIERO COMPARADO CON OTRAS FORMAS DE FINANCIAMIENTO

87

ARRENDAMIENTO OPERATIVO

87

ENTIDADES FINANCIERAS (BANCOS) PRESTAMOS BANCARIOS

88

RECURSOS PROPIOS

90

ARRENDAMIENTO FINANCIERO

90

TRATAMIENTO CONTABLE DEL ARRENDAMIENTO

93

EJEMPLO EMPRESA

95

ABRILDEMOEXCAVA. SAS.

EL ARRENDAMIENTO FINANCIERO EN DEMOLICIONES Y EXCAVACIONES S.A.S

97

CASO PRACTICO

97

COMPARACION DEL ARRENDAMIENTO FINANCIERO CON OTRAS FORMAS DE FINANCIAMIENTO PARA DETERMINAR LA MEJOR OPCION PARA EL ARRENDATARIO. 99 CONTABILIZACION

106

CONCLUSIONES

108

RECOMENDACIONES

110

ANEXOS

111

BIBLIOGRAFÍA

120


11

INTRODUCCIÓN La presente monografía, busca proponer un plan de mejoramiento en la toma de decisiones con base en la cadena de valor, para las actividades de leasing financiero y su correspondiente manejo contable de acuerdo con la sección 20 arrendamientos (NIIF para Pymes) para la empresa (Pyme) ABRILDEMOEXCAVA. SAS., la cual es una empresa dedicada a la demolición y excavación de bienes inmuebles, edificios casas y otras estructuras, la adecuación y preparación de todo tipo de terrenos urbanos y la cual por medio de su gestión y su objeto social, no solo ha logrado obtener un lugar destacado dentro del mercado, sino también mantenerse durante varios años en el sector de Demoliciones, en la ciudad de Bogotá.

Este proyecto se desarrolla por medio de cuatro fases importantes como son:

1.

Un análisis que permite identificar el estado inicial en que se encuentra la empresa y definir los problemas actuales, por medio de diversos instrumentos de recolección de información.

2.

La planeación donde se realizan un análisis DOFA, el cual permite proyectar las diferentes estrategias para la solución de dichos problemas.

3.

La organización en donde se ejecutan las estrategias.

4.

Una

evaluación

que

permite

controlar

constantemente

los

resultados de las estrategias, por medio de indicadores de gestión.

Con base en lo anterior, el presente proyecto de investigación tiene en cuenta el artículo: implementación Normas Internacionales de Contabilidad


12

y su impacto, Caso Colombia, el cual señala cómo en Colombia la implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) ha sido un proceso complejo, debido a que existe una "polarización" entre diversos sectores (académicos, económicos y políticos) y discutiendo si la implementación de las NIC (que es de obligatorio).1 Y su cumplimiento según el (IASB)2 resulta conveniente para Colombia.

El problema del asunto radica en la autonomía de Colombia en cuanto al manejo de la normatividad local contable, toda vez que el Modelo IFRS (International Financial Reporting Standards) modelo que regula las NIC, es un modelo supranacional, es decir, su regulación es controlada por un organismo privado internacional que es el IASB (International Accounting Standard Board), dando lugar a que las instituciones que regulan la normatividad

contable

(como

el Consejo

Técnico

de

la

Contaduría

Pública CTCP y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público) no puedan regular la normatividad del modelo IFRS. (International Financial Reporting Standards).

En otras palabras, dicho modelo conlleva en parte a una especie de sometimiento de regulación y legislación contable.

No obstante, para la gran mayoría de empresas colombianas es difícil la aplicación de las Normas Internacionales, ya que estos estándares no se ajustan a las necesidades de estas, generando así incongruencias en el modo de operación empresarial actual y en los procesos de adopción de dicha normatividad.3 1

Facultad de Ciencias Económicas de La universidad Nacional de Colombia International Accounting Standards Board (IASB) 3 Hacia la adopción y aplicación de las NIIF y su importancia. Revista virtual de estudiantes de contaduría publica , facultad de ciencias económicas Colombia:, adversia universidad de Antioquia no.8 Medellín, enero-junio de 2011. Disponible en Internet en: 2


13

En tal sentido, además de los problemas que presentan las empresas colombianas (Pymes), en comparación al grupo mundial en cuanto a volumen de operaciones y

participación en los mercados financieros,

constituye un reto adicional y algo costoso, la manera cómo las empresas llevan a cabo sus operaciones. Procesos y registros contables, generando así demoras, atrasos e incompatibilidad en los procesos que las empresas han consolidado durante muchos años, sobretodo en la parte de registro y consolidación de la información financiera. Actualmente son pocas las empresas que han adoptado el Modelo IFRS4, sin embargo, se espera que con la implementación de la nueva normatividad, ésta les permita a las demás empresas (sin importar su tamaño) acogerse a esta normatividad lo más pronto posible.

Finalmente, a través de este trabajo se describe y se identifica por medio de un estudio de caso, los efectos que posee la adopción de la sección 20 (arrendamientos) en la pyme ABRILDEMOEXCAVA. SAS, al realizar operaciones de leasing financiero.

http://aprendeenlinea.udea.edu.co/revistas/index.php/adversia/article/viewFile/10954/10047. Recuperado Febrero 14 de 2013 4

(International Financial Reporting Standards)


14

JUSTIFICACIÓN

En las organizaciones se pueden presentar diversas falencias en cualquier área funcional, por esto requieren un mejoramiento continuo porque de lo contrario, la empresa puede desaparecer del mercado en el que se encuentre a causa del

desconocimiento técnico, contable y gerencial de

quien las administra.

Por tal motivo, al realizar un estudio sobre la gestión administrativa, específicamente la toma de decisiones y el manejo contable de las operaciones de Leasing,

acorde

con las

NIIF para pymes,

de

ABRILDEMOEXCAVA. SAS, debe existir un pleno conocimiento de todo lo referente al funcionamiento de la organización, en términos estratégicos y operativos, para poder identificar con precisión los diferentes problemas que impiden su crecimiento, sostenibilidad y competitividad en un ambiente empresarial dinámico.

Para tal efecto, toda la información que se recolectó a través de este estudio permitió pensar diferentes estrategias que permitieran lograr una mayor efectividad en el

funcionamiento de cada una de sus áreas funcionales,

logrando por ende, no solo

una gerencia, administración y orientación

exitosa de la empresa, sino que la ha hecho más competitiva en el mercado.

De este modo, se han incluido conceptos de las Normas internacionales de Información Financiera (NIIF) por cuanto constituyen un amplio conjunto de reglas contables que tienen características de estándar, las cuales fueron diseñadas para ser aplicadas por las empresas que integran el mercado público de valores y algunas empresas de la industria, las cuales tienen como objetivo, proporcionar un conjunto de principios contables simplificado


15

e independiente adecuado para las entidades más pequeñas que no cotizan en bolsa.

Asi, los diversos cambios que han surgido en los últimos años a nivel global, generan la necesidad al interior de las empresas, de iniciar un proceso de adopción de las Normas Internacionales de Información financiera para Pymes, con el fin de homogenizar los procesos y las aplicaciones contables.

La guía NIIF para Pymes, Norma internacional de Información Financiera para Pymes, publicada por la Universidad Libre de Colombia señala que los estándares internacionales de contabilidad e información financiera, ya no pueden considerarse como un factor alejado de la realidad económica colombiana, es a partir de allí de donde surge la necesidad de iniciar el proceso de adopción de la Norma Internacional de Información financiera para Pymes en Colombia.

No

obstante,

actualmente

en

Colombia

se

presentan

bastantes

inconformidades entre las pequeñas y medianas empresas para la adopción de las normas internacionales, toda vez que algunas empresas se encuentran sujetas a las normas establecidas dentro de la legislación colombiana, lo cual ha generado incertidumbre para el seguimiento de las normas internacionales puesto que algunos empresarios creen que éstas no se ajustan a las necesidades de sus empresas, creando así negativas por parte de estos, por seguir estas normatividades sin plantear antes los beneficios que estos pueden traer para su empresa y para la economía colombiana en general.

Si bien en Colombia no existen estudios sobre la toma de decisiones como una herramienta adecuada de la norma internacional en la sección 20 (arrendamientos), en la parte fiscal y contable, por lo cual se realizó un


16

estudio de caso en la aplicación de la Norma Internacional de Contabilidad e Información Financiera NIC-NIIF, permitiendo así analizar el proceso de las entidades que desarrollan esta actividad en Colombia, de manera analítica examinando y evaluando su gestión integralmente, mostrando transparencia y rigor en la publicación de los resultados, revelando los diferentes eventos contables y analizando los resultados en el ámbito fiscal y contable.

Con base en lo anterior, se propuso la cadena de valor

como una

herramienta adecuada para la toma de decisiones con base en operaciones de leasing financiero implementando las NIIF para pymes según la sección 20 arrendamientos, en la empresa ABRILDEMOEXCAVA. SAS

En tal sentido, el arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, se clasifican como leasing siempre que existan los elementos de un acuerdo, el uso de un activo, el tiempo y el canon de arrendamiento.

En tal sentido, se realizaron algunas pruebas de acuerdo a la NIIF para pymes en la sección 20 (arrendamiento),

la cual es una normatividad

especial desde el punto de vista tributario, a partir del artículo 127-1 donde el contrato leasing financiero es operativo, siempre y cuando se trate de inmuebles con plazos igual o superior a 60 meses, maquinaria, equipo, muebles y enseres igual o superior a 36 meses, vehículos de uso productivo y de computación cuyo plazo se igual o superior a 24 meses, serán considerados en lo contable y tributario como leasing operativo, para que el arrendatario pueda registrar como gasto deducible la totalidad del canon de arrendamiento causado, sin que deba registrar en su contabilidad un activo o un pasivo objeto del bien arrendado.

Con base en lo anterior, al realizar la descripción mediante un estudio de caso sobre la aplicación de una norma internacional en una pyme


17

colombiana, se genera una visión real sobre los beneficios y/o prejuicios que traen estas normas para las diferentes pequeñas y medianas empresas.

Por lo anterior se tomara como ejemplo para un análisis de caso, la empresa ABRILDEMOEXCAVA. SAS, tomando como referente la norma internacional para pymes sección 20 arrendamientos, toda vez que las pequeñas y medianas empresas no se desvinculan de los mercados y por ello, sus estados financieros deben seguir las normas para la información de usuarios interesados en los mismos.


18

OBJETIVOS

Objetivo general Determinar cómo se puede tomar la decisión de llevar a cabo una operación de leasing financiero, por medio de la cadena de valor y el subsecuente registro contable con base en las NIIF para pymes. (sección 20 de arrendamiento) en la empresa ABRILDEMOEXCAVA. SAS,

Objetivos específicos 

Realizar

un

análisis de

la

situación actual

de

la

empresa

ABRILDEMOEXCAVA. SAS, en lo referente al tema de operaciones leasing, atreves de la cadena de valor. 

Revisar la Normatividad de las operaciones leasing en Colombia.

Determinar las diferencias entre los PCGA en Colombia frente a la sección 20 (Arrendamientos)

PLANTEAMIENTO PROBLEMA


19

Actualmente en Colombia se presentan bastantes inconformidades entre las pequeñas y medianas empresas para la adopción de las normas internacionales, ya que algunas empresas se encuentran sujetas a las normas establecidas dentro de la legislación colombiana, generando incertidumbre para el seguimiento de las normas internacionales puesto que algunos empresarios, creen que estas no se ajustan a las necesidades de sus empresas, creando así negativas por parte de estos por seguir estas normatividades sin plantear antes los beneficios que estos pueden traer para su empresa y para la economía colombiana en general.

De este modo, al realizar la descripción mediante un estudio de caso sobre la aplicación de una norma internacional en una pyme colombiana, se genera una visión real sobre los beneficios y prejuicios que traen estas normas para las diferentes pequeñas y medianas empresas.

Por lo anterior se tomara como ejemplo, para un estudio de caso la empresa ABRILDEMOEXCAVA. SAS, tomando la norma internacional para pymes sección 20 arrendamientos.

Formulación del problema

¿Cómo puede influir la cadena de valor en la toma de decisiones de la empresa ABRILDEMOEXCAVA. SAS, en la elección del leasing en


20

arrendamiento, con base en la sección 20 (Arrendamientos) de NIIF para pymes? DISEÑO METODOLOGICO

El tipo de estudio que se utilizara en este estudio es de tipo cuantitativo, el cual, recoge y analiza datos e información cuantificable para describir o tratar de explicar hechos o fenómenos que se quieren estudiar, para esta análisis se evaluara el impacto de la NIIF Normas internacionales para Pymes sección 20 (arrendamientos) dentro de la empresa Demoliciones y Excavaciones.

Investigación Documental La investigación documental consiste en un análisis de la información escrita sobre un determinado tema, con el propósito de establecer relaciones, diferencias, etapas, posturas o estado actual del conocimiento respecto al tema objeto de estudio.

De acuerdo con Casares Hernández, et al. (1995), la investigación documental depende fundamentalmente de la información que se obtiene o se consulta en documentos, entendiendo por éstos todo material creíble y que proceda de fuentes confiables al cual se puede acudir como fuente de referencia, sin que altere su naturaleza o sentido, los cuales aportan información o dan testimonio de un acontecimiento.


21

El estudio de caso El estudio de caso, también conocido como el método del caso, consiste en estudiar en profundidad o en detalle una unidad de análisis específica, tomada de un universo poblacional. El caso o unidad de análisis puede ser una persona, una institución o empresa, un grupo, etcétera. Las principales fuentes para la obtención de la información, en el estudio de caso, son las personas directamente relacionadas con el caso o la unidad de análisis y documentos de toda índole válidos que contengan información sobre el caso. Las técnicas más utilizadas y adecuadas para el estudio de caso son la observación estructurada, las entrevistas, los cuestionarios, los diarios, las autobiografías, los documentos personales, la correspondencia, etc.5

Fuentes De Recolección De Información De acuerdo con Cerda (1998), usualmente se habla de dos tipos de fuentes de recolección de información: las primarías y las secundarías.

Fuentes primarias: Son todas aquellas de las cuales se obtiene información directa, es decir, de donde se origina la información. Es también conocida como información de primera mano o desde el lugar de los hechos. Estas fuentes son las personas, las organizaciones, los acontecimientos, el ambiente natural, etc. Para tal efecto se tuvo en cuenta toda la información suministrada por la empresa ABRILDEMOEXCAVA. SAS, y toda la normatividad vigente en materia de Leasing Financiero y su manejo contable desde la perspectiva de las NIIF.

5

BERNAL. Cesar A. Metodología de la investigación. Ed. Pearson. Colombia. 2010. Pag. 115,116.


22

Fuentes secundarias: Son todas aquellas que ofrecen información sobre el tema que se va a investigar, pero que no son la fuente original de los hechos o las situaciones, sino que los referencian. Las principales fuentes secundarias para la obtención de la información son los libros, las revistas, los documentos escritos (en general, todo medio impreso), los documentales, los noticieros y los medios de información. En este sentido se recopilo información de libros y portales referentes a la gestión empresarial, cadena de valor, teorías de Porter, toma de decisiones y NIIF.


23

LA EMPRESA DEMOLICIONES Y EXCAVACIONES ABRIL DEMOEXCAVA S.A.S

1. Nombre de la compañía u organización. ABRIL DEMOEXCAVA S.A.S

2. Ubicación. CALLE 167ª # 54ª 29 Bogotá Colombia

3. Actividad a la que se dedica la compañía.

Demolición de bienes inmuebles, casas, edificios y otras estructuras

La Empresa ABRIL DEMOEXCAVA S.A.S, la cual ha estado en el mercado del Sector de Demoliciones y excavaciones

durante más

de 32 años

realizando contratos de demolición con diferentes empresas constructoras y 18 años en contratos de excavaciones y/o movimientos de tierra, en los cuales hemos podido demostrar en todos los proyectos que esta empresa ha llevado a cabo, tanto en nuestra ciudad como fuera de la misma, ya que nuestro personal está formado para obtener un alto rendimiento y prueba de son los trabajos que hemos realizado:

ABRIL DEMOEXCAVA S.A.S Es un conjunto de personas (empezando por nuestro Administrador), que no se amedrenta ante la adversidad, proponemos soluciones con una gran celeridad al disponer de los medios necesarios para acometer cualquier imprevisto. Nuestro espíritu es seguir dentro de esta línea de actuación, siempre construyendo futuro, con un afán de superación que no merma. Para ABRIL DEMOEXCAVA S.A.S, la empresa somos todos, ya que


24

todos formamos parte de un engranaje en el que todas las piezas son necesarias para su funcionamiento, desde el obrero hasta el Administrador.

Nosotros en ABRIL DEMOEXCAVA S.A.S, nos preocupamos por estar a la vanguardia en el ramo de la construcción, es por esto que suministramos equipos de las mejores marcas y para todo tipo de proyecto. Innovación y Calidad al mejor precio nos convierte en la mejor alternativa.

MISIÓN El compromiso de nuestra empresa, es, sin duda, hacia nuestros clientes, primando la calidad en nuestras diferentes obras contratadas mediante la mejora continua.

Nuestros clientes son la razón de ser de nuestra empresa, trabajando para satisfacer las necesidades de nuestros empresarios.

Como se ha podido demostrar en todos los proyectos realizados por nuestra empresa, tanto en nuestra ciudad como por fuera de la misma, ya que nuestro personal cumple a cabalidad en todas sus labores profesionales y tiene el conocimiento requerido para cumplir con las funciones a realizar.

VISIÓN Nuestro espíritu es seguir dentro de esta línea de actuación, siempre construyendo futuro, con un afán de superación que no merma. Para DEMOLICIONES y EXCAVACIONES JOSÉ SILVINO ABRIL, la empresa somos todos, ya que todos formamos parte de un engranaje en el que todas las piezas son necesarias para su funcionamiento, desde el obrero hasta el administrador.


25

Somos un conjunto de personas las cuales tenemos gran responsabilidad en el manejo de la documentaci贸n necesaria para la elaboraci贸n de los diferentes contratos, utilizamos el personal adecuado para un buen manejo dentro de la obra y as铆 evitamos cualquier irregularidad contra terceros.

Organigrama Grafico 1. Organigrama

Fuente: Abrildemoexcava SAS


26

FLOTA TERRESTRE Por el tipo de actividades que desarrolla la empresa ABRIL DEMOEXCAVA S.A.S, su flota Se compone como sigue:

VOLQUETAS: Encargada del transporte de todos los materiales provenientes de la excavación como son tierra, greda, barro y escombros , y también se utiliza el transporte de todos los materiales necesarios para la compactación y nivelación de los terrenos en las diferentes obras.

MAQUINARIA: Es utilizada para excavar y para el cargue de volquetas , en las diferentes obras y para trabajos de demolición de las casas, con martillo hidráulico, el martillo es el que demuele todas las partes duras existentes en concreto.


27

Tabla1. Maquinaria SBN 142 MODELO 1982 CHEVROLET BRIGADIER NO TIENE LEASING VJS 644 MODELO 1981 CHEVROLET BRIGADIER NO TIENE LEASING VOLQUETA 7600 SBA 6X4 -MARCA INTERNATIONAL PLACAS UPT 701 MODELO 2009 CAPACIDAD DE 16680KG NO TIENE LEASING VOLQUETA 7600 SBA 6X4 -MARCA INTERNATIONAL PLACAS UFZ 619 MODELO 2012 CAPACIDAD DE 16680KG INICIO LEASING BOLIVAR EN EL 5 DE JUNIO DEL 2011 POR UN PLAZO DE 36 MESES VOLQUETA 7600 SBA 6X4 -MARCA INTERNATIONAL PLACAS UFZ 831 MODELO 2012 CAPACIDAD DE 16680KG INICIO LEASING BOLIVAR EN EL 26 DE AGOSTO DEL 2011 POR UN PLAZO DE 36 MESES VOLQUETA 7600 SBA 6X4 14M3-MARCA INTERNATIONAL PLACAS TFR 441 MODELO 2013 CAPACIDAD DE 15680KG INICIO LEASING BOLIVAR EN EL 6 DE JUNIO DEL 2012 POR UN PLAZO DE 36 MESES RETROEXCAVA SOBRE ORUGAS HITACHI ZX 200 MODELO 2004 NO TIENE LEASING RETROEXCAVA SOBRE ORUGAS HITACHI ZX 135 MODELO 2005 NO TIENE LEASING RETROEXCAVA SOBRE ORUGAS HITACHI ZX 130 MODELO 2008 INICIO LEASING OCCIDENTE EL 9 DE MARZO DEL 2011 POR UN PLAZO DE 36 MESES RETROEXCAVA SOBRE ORUGAS CARTEPILLAR 312C MODELO 2006 NO TIENE LEASING RETROEXCAVA SOBRE ORUGAS HITACHI ZX 40U MODELO 2003 NO TIENE LEASING

Fuente. El autor


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PROVEEDORES

IMPORTADORA CASA COLOMBIA S.AS

Imagen 1. Logo Casa Colombia S.A.S

Fuente. El autor

Es el proveedor encargado en la importaci贸n y comercializaci贸n de MAQUINARIA PESADA, MARTILLOS HIDRAULICOS Y REPUESTOS PARA MAQUINARIA (tren de rodaje, herramienta de corte, partes para motor, y empaquetadura hidr谩ulica), siendo nuestro principal objetivo atender en su totalidad los requerimientos y necesidades de su empresa.

PARTEQUIPOS S.A.

Imagen 2. Logo Partequipos S.A.

Fuente. El autor


29

Es el proveedor encargado en la adquisición de repuestos de maquinaria pesada, brindando un servicio integral y garantizando calidad, tanto en productos originales como equivalentes, obtenidos con los concesionarios autorizados en diferentes partes del mundo.

Ofrecemos una gama de productos para maquinaria pesada en componentes hidráulicos, repuestos para motor, herramientas de corte, eléctricos, rodamiento y misceláneos.

Adicionalmente contamos con un selecto grupo de profesionales altamente calificados, disponibles para su servicio.


30

COMPETIDORES:

Directos Todas las empresas que compiten en las demoliciones como lo son Antonio & cia . Demoliciones y Excavaciones, Demoliciones y excavaciones el tornado y todas aquellas que se encuentran en las páginas amarillas.

CLIENTES Interno Son los empleados de ABRILDEMOEXCAVA. SAS los cuales sí en algún momento quieren Realizar algún tipo de demolición o comprar material de segunda, lo harían con un descuento especial entre ellos se encuentran: 

Los operarios de las maquinas

Los Conductores de las volquetas

Externos

INVERSIONES E INGENIERÍA. Nit 900.129.103-0 Ing. Martin Rodríguez. Cel. 315-6016733 Tel Oficina: 4122276 Movimiento de tierras, Manejo y uso de Geotextil, Nivelación, compactación y transporte de recebos y base, Control de maquinaria y suministros..


31

HITOS URBANOS S.A Nit 830.126.431-5 Ing. Cesar Martínez Cel. 3162353517 Tel Oficina: 6234177 Demolición y transporte de escombros edificio Calle 34 con Carrera 13.

CONSORCIO METROPOLITANO Nit 900.189.827-0 Ing. Vicente Tello Cel. 314-4743512 Tel Oficina: 2859980 Demolición Bodegas Escuela General Santander

FUNDAEQUIPOS S.A.S Es una organización cuya misión es proveer soluciones efectivas en el desarrollo de proyectos de diseño y construcción.

HITOS URBANOS Es una compañía multidisciplinaria cuya actividad se centra en la promoción integral de proyectos de arquitectura desarrollando las actividades de diseño, gerencia, construcción y ventas de sus proyectos

PARTICULARES De estrato 5 y 6 ó personas que tengan capacidad para el pago de las demoliciones.


32

OTROS CLIENTES

CLIENTE

TELEFONO

Organización Construmax... Doc. Camilo Constructora Milenio 2000 Dr. Ricardo Cardoso. Inversiones e ingeniería Ltda. Dr. Martin Rodríguez Panel Rock Colombia. Dr. Guillermo Constructora Rinsagro Dr. Ricardo Rincón Constructora Arquimeg Ltda. Arq. Víctor Mejía Hitos urbanos S.A Gerente Cesar Martínez Director de Obra Leonardo Ramírez

6227814 Cel. 3107694267 4122276 3173036 Cel.3105753407 6109360 6291192 Tel 6234177 Cel. 3162353517 Cel. 3158483718

Iconos Urbanos Arq. JUAN AGUSTIN GOMEZ

Tel 6161251

Funda equipos S.A.S Ing. Luís Eduardo Alvarado

Tel. 6230177 Cel.310 2614510

Fernando y Ricardo Rincón Arquitectos Ltda. Arq. Fernando Rincón

Tel. 6109360 2189451

LA TOMA DE DESICIONES Una decisión es la escogencia de una alternativa entre varias opciones. El proceso de la toma de decisiones comprende los pasos que da quien toma las decisiones para llegar a esta escogencia.

El proceso que el gerente adopta para tomar decisiones tiene un impacto significativo en la calidad de éstas. Si los gerentes adoptan un proceso


33

organizado y sistemático, la probabilidad de que sus decisiones sean sólidas es más alto que si adoptan un proceso desorganizado y no sistemático.6

Para tal efecto, dentro del proceso de la toma de decisiones que se tienen en cuenta los siguientes aspectos:

1. Identificar el problema. 2. Desarrollar soluciones alternas. 3. Seleccionar la opción más benéfica. 4. Ejecutar la alternativa seleccionada. 5. Recolectar retroalimentación relacionada con el problema.

La estrategia La estrategia se define como un plan amplio y general desarrollado para alcanzar objetivos a largo plazo. La estrategia de la organización puede, y por lo general lo hace, centrarse en muchas áreas diferentes de la organización,

como

mercadeo,

finanzas,

producción,

desarrollo

e

investigación, y relaciones públicas. Le da una amplia dirección a la organización. La estrategia es, en realidad, el resultado de la planeación estratégica., para tal efecto se analiza el DOFA antes de las estrategias7

6 7

CERTO. Samuel. Administracion Moderna. Ed. Prentice Hall. Colombia 2001. Pág. 150 CERTO. Samuel. Administracion Moderna. Ed. Prentice Hall. Colombia 2001. Pág. 167


34

DEBILIDADES 

Los precios de los servicios que

OPORTUNIDADES 

prestamos es muy elevado para estratos 2,3 y 4. 

para cumplir labores requeridas 

La competencia es mucha al carecer de maquinaria suficiente para el acabado de

Implementación del sistema de control interno ya que a la fecha no contaba con este.

los servicios que prestamos en las obras correspondientes.

La contratación de nuevo personal capacitado

Contratación de personal experto en el manejo del sistema utilizado por la empresa.

Aprovechamiento de las herramientas que

No hay especialización en el personal

brinda el sistema para que la gerencia se

para la atención al cliente.

encuentre informada y pueda tomar

decisiones para beneficio de la empresa

La toma de decisiones en la herramienta más adecuada en la

herramienta en lo más conveniente para la

No realizar las correspondientes

empresa

afiliaciones al ingresar el empleado a

Baja de precios en maquinaria.

laborar.

Aumento en la demanda de servicios

Contratación de personal no

Posibles clientes nuevos que surgen por

Liquidación de prestaciones sociales

antiguos (voz a voz).

La empresa cuenta con una inadecuada organización interna en el departamento de RRHH El desconocimiento de normas y leyes internacionales por parte del personal del departamento de contabilidad.

medio de recomendaciones de clientes

pagos dobles

demoliciones

administrativos.

de manera incorrecta generando 

La toma de decisiones para escoger la mejor

sección 20 arrendamientos

calificado para los cargos 

No reportan las incapacidades a tiempo a la eps o arp según sea el caso.

Sistema mal parametrizado.

Alta rotación de personal.


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FORTALEZAS 

Empresa estable en el sector de

AMENAZAS 

Demoliciones y Excavaciones. 

Apoyo a los empleados.

Constante motivación al personal.

Capacitación externa al personal

Excelente calidad en los servicios que manejamos .

 

ingresar  

La falta de gestión para hacer cumplir las normas de seguridad industrial

Se pueden presentar accidentes laborales por no hacer entrega de la dotación a tiempo.

La nueva implementación de la sección 20 en arrendamientos.

Cumplimiento en la fecha de entrega de las obras.

Sanción por no cumplir con la cuota de aprendices exigida por el estado.

Excelentes conexiones con empresas de cadena.

Multa por la no afiliación al momento de

Los nuevos artículos y normas que se están creando para que no se pueda transitar dentro

de Bogotá.

Perdurar por más de 32 (treinta y dos) años en el mercado.

precios bajos en la competencia.

servicios estandarizados por parte de la competencia.

Implementación de nueva maquinaria por parte de la competencia.

Incremento en las tasas de desempleo de la Ciudad de Bogotá.

Fuente: Demoliciones y excavaciones


36

EL MODELO DE PORTER8 El modelo de Porter para el análisis de la industria Tal vez la herramienta más conocida para formular estrategia es un modelo desarrollado por Michael E. Porter, un experto internacional en administración estratégica.

En esencia, el modelo de Porter esboza las fuerzas básicas que determinan la competitividad de la industria e ilustra cómo se relacionan estas fuerzas. El modelo sugiere que para desarrollar estrategias efectivas para una organización, los gerentes deben comprender y reaccionar ante estas fuerzas dentro de una industria que son las que determinan el nivel de competitividad dentro de la misma.

El modelo de Porter, según el cual se puede mejorar la competitividad de una industria está determinada por lo siguiente: los nuevos participantes o las nuevas compañías dentro de la industria, los productos que pueden actuar como sustitutos de los bienes o servicios que las empresas, dentro de la industria, producen; la capacidad de los proveedores para controlar asuntos como costos de materiales que las compañías usan para manufacturar sus productos; el poder de negociación que tengan los compradores dentro de la industria; y, en general, el nivel de rivalidad o competencia entre las firmas de la industria. De acuerdo con el modelo, los compradores, los productos sustitutos, los proveedores y las nuevas compañías de la industria contribuyen todos al nivel de rivalidad dentro del sector.

8

CERTO. Samuel. Administracion Moderna. Ed. Prentice Hall. Colombia 2001. Pág. 178


37

Las Fuerzas competitivas básicas Porter identifica cinco fuerzas competitivas básicas que según él determinan el grado de competencia de una industria. «La finalidad de la estrategia competitiva de una unidad de negocios de una industria determinada es encontrar una posición en la industria desde la cual, la compañía pueda defenderse a sí misma de estas fuerzas competitivas o bien pueda influir en ellas a su favor.»3 Estas cinco fuerzas competitivas son9:

1. La amenaza de la entrada de nuevas empresas. 2. El poder negociador de los compradores. 3. El poder negociador de los proveedores. 4. La amenaza de productos o servicios sustitutivos. 5. La rivalidad existente entre los distintos competidores del sector.

LA CADENA DE VALOR Michael E. Porter, un catedrático emérito de la Escuela de Negocios en la Universidad de Harvard, Boston; introdujo el concepto de “Cadena de Valor” en su libro “Competive Advantage”. Lo hizo con el propósito de generar más beneficio para el consumidor y con ello obtener ventaja competitiva. Pero, ¿Qué es una ventaja competitiva?, se dice que son aquellas actividades que desempeña una

empresa

en

diseño,

producción,

mercadotecnia, entrega y apoyo a sus productos y pueden contribuir a la

9

Boyett, Joseph H. Lo mejor de los gurús : las ideas claves de Covey, Drucker, Bennis, Champy, Hammer, Kaplan, Mintzberg, Peters, Porter, Senge y los demás gurús del management. traducción Betty Trabal. Editorial Gestión 2000. Barcelona., 2000. Pag 179, 180


38

posición de costo relativo de las empresas y crear una base para la diferenciación.

Según Porter, la cadena de valor es una herramienta básica que permite examinar todas las

actividades que desempeña una empresa y cómo

interactúan entre estas, para

diagnosticar

la

ventaja

competitiva y

encontrar la manera de crearla y mantenerla. “La cadena de valor no es una colección de actividades independientes, sino un sistema de actividades interdependientes.

Las actividades

de

valor

están relacionadas

por

eslabones dentro de la cadena de valor. Los eslabones son las relaciones entre

la

manera en que se desempeñe una actividad y el costo o

desempeño de otra”.

Una herramienta que complementa la evaluación del ambiente interno de la empresa es el análisis de la cadena de valor de la empresa. Una empresa puede considerarse como el conjunto de una serie de operaciones distintas, colocadas entre las que realizan sus clientes o distribuidores; tal que la empresa ocupa un lugar en la cadena de valor agregado desde el origen de las materias primas hasta el consumidor final (Jarillo 1992).

Porter (1987) define el valor como la suma de los beneficios percibidos que el cliente recibe menos los costos percibidos por él al adquirir y usar un producto o servicio. La cadena de valor es esencialmente una forma de análisis de la actividad empresarial mediante la cual descomponemos una empresa en sus partes constitutivas, buscando identificar fuentes de ventaja competitiva en aquellas actividades generadoras de valor. Esa ventaja competitiva se logra cuando la empresa desarrolla e integra las actividades de su cadena de valor de forma menos costosa y mejor diferenciada que sus rivales. Por consiguiente la cadena de valor de una empresa está


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conformada por todas sus actividades generadoras de valor agregado y por los márgenes que éstas aportan.

La cadena de valor de una empresa y la forma en que desempeña sus actividades individuales son un reflejo de su historia, de su estrategia, y de su enfoque para implementar la estrategia. El crear el valor para los compradores que exceda el costo de hacerlo es la meta de cualquier estrategia genérica.

1) Cadena de Valor Genérica

De acuerdo a Porter (1987) una cadena de valor genérica está constituida por tres elementos básicos:

a) Las Actividades Primarias, que son aquellas que tienen que ver con el desarrollo

del

producto,

su

producción,

las

de

logística,

comercialización y los servicios de post-venta.

b) Las Actividades de Apoyo a las actividades primarias, como son las administración de los recursos humanos, las de compras de bienes y servicios,

las

de

desarrollo

tecnológico

(telecomunicaciones,

automatización, desarrollo de procesos e ingeniería, investigación), las de infraestructura empresarial (finanzas, contabilidad, gerencia de la calidad, relaciones públicas, asesoría legal, gerencia general).

c) El Márgen, que es la diferencia entre el valor total y los costos totales incurridos por la empresa para desempeñar las actividades generadoras de valor.


40

Análisis de la cadena de valor (VCA) 10 De acuerdo con Porter, el negocio de una empresa se describe mejor como una cadena de valor, en la cual los ingresos totales menos los costos totales de todas las actividades emprendidas para desarrollar y comercializar un producto o servicio producen valor. Todas las empresas de una industria específica tienen una cadena de valor similar, la cual incluye actividades como la obtención de materia prima, diseño de productos, construcción de instalaciones, establecimiento de acuerdos de cooperación y servicio al cliente.

Una empresa será rentable mientras los ingresos totales excedan a los costos totales en los que se incurre al crear o distribuir el producto o servicio. Las empresas deben esforzarse por comprender no sólo las operaciones de su propia cadena de valor, sino también la cadena de valor de sus competidores, proveedores y distribuidores.

El análisis de la cadena de valor (valué chain analysis, VCA) se refiere al proceso por el cual una empresa determina el costo asociado con las actividades de la organización que abarcan desde la compra de la materia prima hasta la fabricación del producto y su comercialización. El VCA aspira a identificar en dónde existen las ventajas o desventajas relacionadas con bajos costos en la cadena de valor, desde la materia prima hasta las actividades de servicio al cliente. El VCA permite a una empresa identificar mejor sus fortalezas y debilidades, especialmente cuando se comparan sus propios datos con el análisis de la cadena de valor de sus competidores durante un periodo.

10

David, Fred R. Conceptos de administración estratégica / Fred R. David ; traducción Books and Words Solutions ; revisión técnica Enrique Benjamín Franklin Fincowsky. Edición: 11a. ed. Editor Pablo Miguel Guerrero Rosas. Editorial: México : Pearson, 2008.


41

Se requiere de un juicio sólidamente fundamentado al llevar a cabo el VCA, porque los diferentes elementos en la cadena de valor pueden afectar a otros positiva o negativamente, ya que existen interrelaciones complejas. Por ejemplo, tal vez un servicio excepcional al cliente resulte especialmente caro, pero reduce el costo en devoluciones e incrementa los ingresos. Las diferencias en costos y precios entre empresas rivales pueden tener su origen en las actividades de los proveedores, distribuidores, acreedores o incluso de los accionistas.

A pesar de la complejidad del VCA, el paso inicial en la implementación de este procedimiento es dividir las operaciones de la empresa en actividades o procesos de negocios específicos. Luego, el análisis intenta asignar un costo a cada actividad individual, tanto en términos de tiempo como de dinero. Finalmente, el analista transforma los datos de los costos en información al buscar fortalezas y debilidades competitivas en los costos que pudieran generar una ventaja o desventaja competitiva. Realizar un VCA apoya el examen de la RBV de los activos y las capacidades de una empresa como fuentes de competencias distintivas. Cuando un competidor importante o un nuevo participante en el mercado ofrece productos o servicios a precios muy bajos, es porque esa empresa tiene costos significativamente menores en su cadena de valor, o quizás porque está haciendo un intento desesperado por obtener ventas o participación de mercado. Así, el análisis de la cadena de valor resulta de vital importancia para una empresa a la hora de revisar si sus precios y costos son competitivos


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CADENA DE VALOR ABRILDEMOEXCAVA. SAS Gráfico. Cadena de Valor.

Infraestructura Finanzas, administración, costos y presupuestos Desarrollo tecnológico Creación e implementación de la herramienta arrendamiento Recursos humanos Búsqueda, contratación, entrenamiento y desarrollo. Abastecimiento Adquisición de maquinaria por medio del leasing Logística

Operaciones

interna

Logística externa

Marketing y

Servicio

Utilización

ventas

posventa

Recibo,

Actividades

adecuada de la

Servicios,

Servicios

y

maquinaria

de transporte

maquinaria y el

publicidad

soporte

al

distribución de

con

transporte de las

servicios

volquetas

maquinas en las

de

demoliciones

cliente

cama bajas

Fuente El autor

Con esta cadena de valor se dejan claros los procesos que actualmente se manejan, todo va guiado hacia un fin principal que es la publicidad factor que se trabajara arduamente durante este proyecto para cumplirlo a cabalidad ya que tenemos una ventaja en esto que es el apoyo de la empresa a un 100%.


43

ACTIVIDADES PRIMARIAS

LOGISTICA INTERNA La logística de la empresa se basa en el transporte y recogida de material en las

volquetas

y

las

respectivas

excavaciones

con

las

maquinas

retroexcavadoras

ACTIVIDAD Información sobre las volquetas

DESCRIPCION No se tiene un orden para el respectivo gasto de cada una de ellas

Reparación de las volquetas

Son reparadas en lugares externos.

LOGISTICA EXTERNA La logística de salida cuenta con las respectivas demoliciones y excavaciones en sus correspondientes obras contratadas

ACTIVIDAD Demolición

DESCRIPCION Es hacer caer al suelo un edificio o una construcción, instrumentos

empleando adecuados

para como

ello el

los

martillo

hidráulico, y los respectivos obreros.

Excavaciones

Consta de realizar un hoyo en el suelo para extraer la tierra y excavar un terreno para echar los cimientos al igual que la destrucción o derribo de una construcción.


44

INFRAESTRUCTURA Tal es la importancia que reviste para este tipo de empresas su infraestructura,

que

no

reparan

en

gastos

relacionados

con

sus

requerimientos, como acondicionamiento del espacio, cambio de piezas desgastadas de las volquetas y la maquinaria, lubricación, el combustible que requiere la maquinaria.

Todos estos requerimientos anteriores tienen prioridad para la empresa, si aun la maquinaria llegase a falllar, no se escatimaran recursos en su reparación y si es necesario reemplazar modulos completos de esta para su reactivación se realizaran.

RECURSOS HUMANOS

Selección de personal El proceso que se maneja en la empresa es muy básico ya que no existe como tal un departamento de recursos humanos todo esta filtrado por la Secretaria y se maneja así: 

Las hojas de vida después de ser recibidas

se les hace una

validación básica de los antecedentes disciplinarios, que no tengan comparendos, esto por motivo que el cargo que más se ofrece es el de conductor de vehículo de carga pesada o operadores de retroexcavadoras. 

Se les validan las referencias laborares.


45

Se cita para entrevista con el Jefe de Obra

Si es apto se le elabora un contrato inicial por tres meses con toda la prestación de ley.

Nota: la rotación de personal es muy mínima, por este motivo no hay muchos procesos para la selección de personal y más que todo es por recomendaciones.

Los perfiles que se manejan son: 

Conductores

Obreros

Operarios de maquina plana

Proceso de nómina. 

Se realiza la planilla de aporte (pago simple)

El pago se hace mediante en efectivo

Se liquida anualmente el 20 de diciembre de cada año

Beneficios 

A los conductores que le hagan comparendos con los vehículos de la empresa se les da el permiso para que hagan el curso y se asume el 50% del valor.

Salud ocupacional No está establecido como tal. Cuando el cliente (las constructoras) lo solicitan se hacen los respectivos exámenes con la empresa IPS SOINCO S.A.S (SALUD OCUPACIÓN INTEGRAL COLOMBIANA NIT (900.435.736-4)


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MARCO REFERENCIAL

MARCO CONCEPTUAL A continuación se relacionan algunos de los términos que requieren su definición inicial para la comprensión más clara del tema.

Arrendamientos financieros “estados financieros” Al comienzo del plazo del arrendamiento financiero, un arrendatario reconocerá sus derechos de uso y obligaciones bajo el arrendamiento financiero como activos y pasivos en su estado de situación financiera por el importe igual al valor razonable del bien arrendado, o al valor presente de los pagos mínimos por el arrendamiento, si este fuera menor, determinados al inicio del arrendamiento. Cualquier costo directo inicial del arrendatario (costos incrementales que se atribuyen directamente a la negociación y acuerdo del arrendamiento) se añadirá al importe reconocido como activo.11

Arrendamiento financiero: Se entiende por tal, cuando las condiciones económicas de un acuerdo de alquiler, se deduzca que se trasmiten de forma sustancial, todos los riesgos y los beneficios inherentes a la propiedad del activo sujeto al contrato. Se presume que se transmiten los riesgos y beneficios siempre que exista opción de compra. Si no existe opción de compra, se presume que se transmiten los riesgos y beneficios, entre otros, en los siguientes casos:  11

Si se transmite la propiedad al arrendatario al final del contrato.

” Clasificación de los arrendamientos .Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) para Pequeñas y Medianas Entidades (PYMES). IASB 2009.”


47

Cuando el periodo de alquiler coincide o cubre la vida útil económica del activo.

Si al inicio del contrato el valor actual de los pagos mínimos acordados supone la práctica totalidad del Valor Razonable del activo arrendado.

Si el arrendatario puede cancelar el contrato de alquiler y las pérdidas sufridas por el arrendador son asumidas por el arrendatario.

Cuando

las

características

especiales

del

activo

objeto

del

arrendamiento hacen que su utilidad quede restringida al arrendatario.

Caución: Significa generalmente cualquiera obligación que se contrae para la seguridad de otra obligación propia o ajena. Son especies de caución la fianza, la hipoteca y la prenda.

Compañías de Leasing: Son

Compañías

de

Financiamiento

Comercial

cuya

organización,

funcionamiento y operaciones permitidas están legalmente contenidas en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, contemplando dentro de su objeto social las operaciones de Arrendamiento Financiero Leasing .

Contrato: Es un acuerdo de dos o más partes para constituir, regular o extinguir entre ellas una relación jurídica patrimonial, y, salvo estipulación en contrario, se entenderá celebrado en el lugar de residencia del proponente y en el momento en que éste reciba la aceptación de la propuesta. Se presumirá que el oferente ha recibido la aceptación cuando el destinatario pruebe la remisión de ella dentro de los términos fijados por los artículos 850 y 851. (Artículo 864 Código de Comercio).


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Contrato maestro o master lease: Es una operación consistente en el establecimiento por parte de una compañía de leasing de un límite máximo para operaciones de leasing, por un monto y por un plazo determinados.

Derecho de dominio: Es el derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella arbitrariamente, no siendo contra ley o contra derecho ajeno. La propiedad separada del goce de la cosa, se llama mera o nuda propiedad. (Artículo 669 Código Civil).

Dry y wet leasing: Son términos utilizados en el leasing de aeronaves, donde se denomina DRY, el que tiene por objeto solamente la aeronave y WET, el que involucra dentro del canon, además del uso del equipo, la tripulación, el mantenimiento necesario para la operación y el valor de los seguros.

Exenciones tributarias: Son supuestos en los que la Ley fiscal considera un hecho imponible sujeto al impuesto, pero a cuyo sujeto pasivo exime de la totalidad del pago, ya sea por razones de política económica o por aplicación de los principios tributarios de generalidad y justicia.

Fianza: La fianza es una obligación accesoria, en virtud de la cual una o más personas responden de una obligación ajena, comprometiéndose para con el acreedor a cumplirla en todo o en parte, si el deudor principal no la cumple.


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La fianza puede constituirse no sólo a favor del deudor principal, sino de otro fiador. Fuerza mayor o caso fortuito: Es el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los autos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.

Garantes u Obligados Solidarios: Son las personas naturales ó jurídicas que se obligan subsidiariamente los primeros, ó solidariamente los segundos, frente a las Compañías de Financiamiento Comercial respecto del cumplimiento de las obligaciones dinerarias del ó de los locatarios.

Hipoteca: La hipoteca es un derecho de prenda constituido sobre inmuebles que no dejan por eso de permanecer en poder del deudor.

Lease-back: Es un contrato de Leasing en que el proveedor y el locatario son la misma persona. Esta figura es usada por empresas que desean liberar recursos para capital de trabajo, vendiendo a las compañías de leasing sus activos productivos para tomarlos en leasing.

Leasing: En sentido amplio, el leasing es un contrato mediante el cual una parte entrega a la otra un activo para su uso y goce, a cambio de un canon periódico, durante un plazo convenido, a cuyo vencimiento, el bien se


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restituye a su propietario o se transfiere al usuario, si éste último decide ejercer una opción de adquisición que, generalmente, se pacta a su favor. La denominación “leasing” es una palabra en inglés, que viene del verbo “to lease” que significa “tomar o dar en arrendamiento”, pero que no recoge de manera suficiente la complejidad del contrato, al ser especial y diferente al simple arriendo; sin embargo, la legislación y doctrina mundial, incluida Colombia, lo ha nominado “leasing” .

Leasing apalancado: Es una operación en virtud de la cual los recursos que utiliza la compañía de leasing para adquirir bienes y entregarlos en leasing, provienen de uno o varios inversionistas, por lo cual la compañía se convierte en un administrador del contrato. Bajo esta modalidad también es posible que la compañía de leasing actúe como copropietaria del bien entregado en leasing, si aporta parte de los recursos con los cuales se adquiere el bien objeto del contrato. Esta modalidad de leasing aún no se ha desarrollado en Colombia ni se encuentra regulada.

Leasing de exportación: Es un contrato sobre equipos que deben exportarse. En este tipo de contrato, la compañía de leasing es Colombiana y el locatario, de cualquier nacionalidad, está en el extranjero.

Leasing de importación: Es un contrato sobre equipos que están fuera del País y que por ende deben importarse. Por lo general, en este tipo de contratos, el locatario encarga a la compañía de leasing la negociación con el proveedor del exterior del bien que él expresamente ha escogido, así como la importación del equipo. También existe una modalidad de leasing de


51

importación en la cual se acuerda que el locatario negocie el bien con el proveedor y haga la respectiva importación, y la compañía de leasing financie todos los gastos en que incurra por tales conceptos, mediante la celebración de una promesa de contrato de leasing. Una vez el equipo se haya nacionalizado, se formaliza el contrato de leasing, adquiriendo la compañía el equipo. Cualquiera sea la modalidad operativa del leasing de importación, el canon sólo se comienza a cancelar cuando el bien importado se encuentra en operación.

Si tanto el locatario como la compañía de leasing importadora son nacionales, el leasing será de importación pero no será un leasing Internacional, carácter que adquirirá si la Compañía de Leasing es extranjera.

Leasing de infraestructura: Es aquél que versa sobre bienes destinados a la ejecución de obras o proyectos de infraestructura.

Leasing Inmobiliario: Un contrato en el cual el bien objeto del leasing es un Inmueble. Por tratarse de un contrato comercial, para que un inmueble pueda ser objeto de un contrato de leasing, debe ser susceptible de producir renta.

Leasing Internacional o Cross Border Leasing: Es un contrato en el cual la compañía de Leasing y el locatario se encuentran en países distintos y se rigen por sistemas legales diferentes.


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Una de las características mas importantes del leasing internacional en la regulación Colombiana, cuando se trata de una operación entre una compañía de leasing extranjera y un locatario domiciliado en Colombia, es que el bien objeto del contrato se importa bajo el régimen de importación temporal a largo plazo, si se cumplan los requisitos establecidos en los Decretos 1740 de 1991 y 1909 de 1992. Leasing Financiero: Es un contrato en virtud del cual, una Compañía de Financiamiento Comercial, denominada la leasing, entrega a una persona natural o jurídica, denominada el locatario, la tenencia de un activo que ha adquirido para el efecto y que éste último ha seleccionado para su uso y goce, a cambio del pago periódico de una suma de dinero (canon) durante un plazo pactado y a cuyo vencimiento, el locatario tendrá derecho a adquirir el activo por el valor de la opción de adquisición. Leasing Municipal: A pesar de que así lo denomina la doctrina, más que Municipal debería llamarse Público. En esta modalidad, el locatario o arrendador, según se trate de un leasing financiero o de uno operativo, es un Municipio u otra Entidad Territorial o Empresa Pública. Esta figura ha sido muy usada en los Estados Unidos de Norteamérica para el desarrollo de programas municipales que comprenden una gran variedad de equipos y de entidades, para su ejecución.

Leasing Operativo : Es un contrato en virtud del cual, una persona natural o jurídica, denominada la arrendadora, entrega a otra, llamada la arrendataria, la tenencia de un bien para su uso y goce, a cambio del pago de un canon o renta periódica.


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Leasing Sindicado: Es aquél en que el activo objeto del contrato de leasing pertenece a dos o más compañías de leasing, nacionales o extranjeras.

Locatario : Es la persona o personas naturales o jurídicas que recibe (n) la tenencia del bien ó de los bienes dados en leasing, para su uso y goce por parte de la Compañía de Financiamiento Comercial.

Prenda: Contrato mediante el cual se entrega una cosa mueble a un acreedor para la seguridad de su crédito.12

Proveedor: Es la persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que suministra el bien o conjunto de bienes que son entregados en leasing; debe entenderse como proveedor, también, a la persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que suministra los servicios necesarios para colocar en estado de funcionamiento los Bienes.

Sub leasing: El sub leasing es una modalidad de leasing mediante la cual, la compañía de leasing que celebra el contrato no es la propietaria del equipo objeto del mismo, sino que éste pertenece a otra compañía de leasing. La norma legal colombiana sólo autoriza el subarrendamiento o subleasing, respecto a bienes de sociedades extranjeras que se importen para dar en leasing a 12

La cosa entregada se llama prenda. El acreedor que la tiene se llama acreedor prendario.


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locatarios domiciliados o residentes en Colombia. En estos casos se requiere que la compañía de leasing extranjera autorice expresamente a la nacional, para entregar el bien en subarriendo. (Articulo 4°, D. 1799/94). Vendor Leasing: Los acuerdos entre compañías de leasing y proveedores de equipos que pueden comercializarse masivamente mediante el contrato de leasing, y en virtud de los cuales, el proveedor otorga a la compañía descuentos sobre el precio de los bienes, comisiones, y en ocasiones, asume compromisos de mantenimiento y recompra, a cambio de lo cual la compañía de leasing se constituye en el mecanismo de financiación de la venta de dichos bienes.

MARCO LEGAL

Antecedentes Normativos de las Compañías de Financiamiento Comercial en Colombia. Unas de las primeras normas sobre el tema de leasing fueron los Decreto 2369 de 1969 y 309 de 1975, que prohibían a las corporaciones financieras desarrollar operaciones de leasing.

Posteriormente, mediante la expedición del Decreto148 de 1979, se permitió a las corporaciones financieras adquirir y mantener acciones de sociedades anónimas cuyo objeto exclusivo fuera realizar operaciones de arrendamiento financiero, quedando limitada dicha inversión al 10% de los capitales pagados y reservas legales de las respectivas corporaciones (Artículo 17). La norma anterior agregó que los directivos y representantes legales de dichas corporaciones podrían formar parte de las Juntas directivas de las sociedades de leasing donde tuvieran la inversión.


55

A partir del 6 de Agosto de 1981, con la expedición del Decreto 2059 se estableció que las sociedades comerciales que se dedicaran a la actividad de leasing quedaran sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia de Sociedades.

Dicha norma suscitó varias polémicas al respecto, ya que algunos doctrinantes estaban en desacuerdo con esta determinación y consideraban que las sociedades de leasing debían estar sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Bancaria, pues intervenían en forma indirecta en la intermediación de ahorro privado, al actuar como intermediarios entre las entidades financieras que suministraban los recursos, como capital o por medio de préstamos.

En 1982 cuando el ejecutivo declaró el país en estado de emergencia económica por virtud de las facultades extraordinarias que en ese entonces le concedía el artículo 122 de la Constitución de 1886, se expidió el Decreto 2920, por el cual se dictaron normas para asegurar la confianza del público en el sector financiero colombiano.

El artículo 26 del Decreto en mención señaló que las compañías de leasing no podían realizar en forma masiva y habitual captaciones de dinero del público, las cuales fueron definidas por el Decreto 3327 de 1982, que reglamentó

parcialmente

el

Decreto

2920.

En

ese

entonces

la

Superintendencia Bancaria autorizó a las corporaciones financieras para prestar recursos a las compañías de leasing.

Como se puede apreciar existía un gran vacío legal sobre el tema, el cual solo fue llenado en el año de 1989 con la expedición de la Ley 74 del mismo año la cual ordenó el traslado de la vigilancia y control de las compañías de


56

leasing de la Superintendencia Bancaria y ordenó su organización en la Ley 45 de 1923. Es desde entonces cuando comienza un verdadero desarrollo legislativo del leasing en Colombia.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público reglamentó el artículo 11 de la Ley 45 de 1923, mediante el Decreto 3039 de 1989, lo que sería entonces el primer estatuto orgánico de las compañías de leasing del cual vale la pena resaltar los aspectos más importantes de ese entonces: •Se definió a las sociedades de arrendamiento financiero (Leasing) como aquellas que tenían capacidad legal conforme a su objeto para celebrar contratos en calidad de arrendadora. • Deberían ser sociedades por acciones las cuales su constitución, organización y funcionamiento se llevaría de conformidad a lo establecido en la Ley 45 de 1923, pudiendo realizar en forma exclusiva la actividad de leasing. • La denominación social debería estar conformada por la expresión "arrendamiento financiero o leasing". • Se fijó el procedimiento para la obtención de la autorización por parte de la Superintendencia Bancaria, para poder seguir desarrollando su objeto social.

Atendiendo los términos de la Ley 74 de 1989, la Superintendencia Bancaria mediante Res. 4460 de 1989 adscribió las funciones de vigilancia e inspección de las sociedades de leasing a la en ese entonces "División de Fondos Ganaderos" la cual dependía de la Dirección General de Intermediarios y Servicios Financieros y del Superintendente Delegado para instituciones financieras.


57

A partir de ese momento las compañías de leasing se fueron organizando conforme a las pautas fijadas por la Ley 45 de 1923. Dicha Ley organiza la banca privada y de emisión, así como la creación y organización de la Superintendencia Bancaria. Para lograr dicho objetivo la Superintendencia expide desde entonces diferentes normas de carácter interno.

En 1990 se expide la Ley 45, con la cual se presenta una reforma importante al sistema financiero que califica como sociedades de servicios financieros a las sociedades de leasing, fiduciarias, comisionistas de bolsa, almacenes generales de depósito y sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesantías. Al mismo tiempo autoriza a los bancos, a las corporaciones financieras y a las compañías de financiamiento comercial para participar en el capital de dichas sociedades de servicios financieros. Se abre entonces la inversión en el sector de leasing por parte de los bancos y las compañías de financiamiento comercial.

Dentro de este mismo periodo se expiden diferentes normas de carácter tributario. Las más sobresalientes fueron las siguientes :

Decreto 836 de 1991 ART. 36 que dispuso que en caso de enajenación de bienes objeto de un contrato de leasing, para efectos tributarios el valor comercial de enajenación sería el valor de la opción de compra ; para los bienes raíces se acepta que el precio de venta sea inferior al costo o al avalúo catastral vigente en la fecha de enajenación, siempre que el valor de la opción de compra sumado al valor de los cánones de arrendamiento causados con anterioridad a la enajenación, supere el costo o el avalúo catastral vigente.


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Decreto 2913 de 1991 ART. 2 Permite que a partir de 1992 se puedan depreciar los bienes objeto de los contratos de leasing, para efectos fiscales, durante la vida del contrato.

LEY 6a de 1992 ART. 25 Se elimina el IVA y dispuso que las personas jurídicas y sus asimiladas tendrán derecho a descontar del impuesto sobre la renta a su cargo, el impuesto a las ventas pagado en la adquisición o nacionalización de bienes de capital, de equipos de computación y para las empresas transportadoras adicionalmente de equipo de transporte, en la declaración de renta y complementarios correspondiente al año en que se haya realizado su adquisición o nacionalización, aclarándose que en caso de la adquisición de activos fijos gravados con impuestos sobre las ventas por medio de leasing, se requiere que se haya pactado una opción de adquisición irrevocable en el respectivo contrato, a fin de que el locatario tenga derecho al descuento. Esta última disposición fue reglamentada mediante el Decreto 1250 de 1992.

En 1991 el Decreto 1730 Estatuto Orgánico del Sistema Financiero de ese entonces le otorgó facultades al Gobierno Nacional para compilar todas las normas en materia financiera.

Más adelante el 5 de enero de 1993 se expide la Ley 35, la cual introduce un cambio radical en la regulación legal de la actividad de las compañías de leasing pues las obliga a convertirse en establecimientos de crédito, concretamente en compañías de financiamiento comercial. Así mismo, distinguió dos tipos de compañía de financiamiento comercial ; las ordinarias o tradicionales que pueden desarrollar operaciones de leasing en el porcentaje que fije el gobierno, y las especializadas en leasing que pueden realizar operaciones activas de crédito hasta el mismo porcentaje. Como consecuencia de la conversión deben destacarse los siguientes hechos:


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Las compañías dedicadas al leasing pueden captar recursos del público en forma masiva y habitual.

Se amplió su objeto social, pudiendo realizar operaciones activas propias de las compañías de financiamiento comercial.

Se aumentó el número de participantes en el mercado de leasing.

A la vez se dictaron normas generales y se señalaron en ellas los objetivos y criterios a los cuales debe sujetarse el Gobierno Nacional para asegurar las actividades financiera, bursátil y aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de recursos captados del público.

Adicionalmente con la Ley 35 se creó el Viceministerio Técnico del Ministerio de Hacienda Crédito Público, organismo que tiene como función ejercer las facultades de intervención en las actividades financiera, aseguradora y del mercado

de

valores

contempladas

en

esta

ley

y

que

trabaja

coordinadamente con el Banco de la República y la Superintendencia Bancaria.

Así mismo, se vió la necesidad de establecer un mecanismo institucional que permitiera ejercer adecuadamente las funciones de intervención encargadas al Gobierno Nacional con la Ley 35 de 1993, razón por la cual el D. 1698 de 1993 (Agosto 31) creó el Comité Asesor de Regulación Económica.

Normatividad Vigente


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Decreto 913 de 1993 Por el cual se dictan normas en materia del ejercicio de la actividad de arrendamiento financiero o leasing. Diario Oficial No. 40.884 de 20 de mayo de 1993 Decreto 1799 de 1994

LEY 223 DEL 20 DE DICIEMBRE DE 1995 Por la cual se expiden normas sobre Racionalización Tributaria y se dictan otras disposiciones. Publicada en el Diario Oficial 42.160 del viernes 22 de diciembre de 1995

DECRETO NUMERO 1766 DE 2004 (junio 2) Por el cual se reglamenta el artículo 158-3 del Estatuto Tributario. MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

DECRETO NUMERO 618 DE 2004 Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 127-1 del Estatuto Tributario. MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

LEY 001004 DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2005 "Por la cual se modifica un régimen especial para estimular la inversión y se dictan otras disposiciones"

LEY 1111 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2006 "Por la cual se modifica el estatuto tributario de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales." AÑO CXLII. N. 46494. 27, DICIEMBRE, 2006. PAG. 135.

DIARIO OFICIAL


61

LEY 1116 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2006 "Por la cual se establece el Rテゥgimen de Insolvencia Empresarial en la Repテコblica de Colombia y se dictan otras disposiciones".

DIARIO OFICIAL

No 46.494 Circular Externa 7/96 (SUPERINTENDENCIA BANCARIA)

CIRCULAR No. 0009 (17 de Enero de 2007) (DIAN)

RESOLUCION No. 8855 de 2007 (SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO)

DECRETO 4051 de 2007 Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2685 de 1999 y se dictan otras disposiciones

LEY 1328 DEL 15 DE JULIO DE 2009 Por la cual se dictan normas en materia financiera, de seguros, del mercado de valores y otras disposiciones. DIARIO OFICIAL. Aテ前 CXLIV. N. 47411. 15, JULIO, 2009. PAG. 45.

DECRETO No 660 de 2011 "Por medio del cual se reglamentan parcialmente los artテュculos 871, 872 y 879 del Estatuto Tributario".

MARCO TEORICO


62

EL LEASING13

Leasing en Colombia Antecedentes

En Colombia aparece el leasing a principios de la década de los 70s, como una actividad comercial no vigilada. Para esa época en el mundo, la operación

de

arrendamiento

financiero

era

ya

una

actividad

de

financiamiento que en colocaciones bordeaba los 32 billones de dólares, siendo los Estados Unidos, Alemania, el Reino Unido y Japón los países que reportaban el mayor desarrollo del negocio.

Después de un concienzudo estudio sobre la naturaleza de la operación realizada, el gobierno nacional llegó a la conclusión que el leasing era un producto comercial financiero y el 6 de agosto de 1981 expide el Decreto 2059, mediante el cual estableció que las sociedades comerciales que se dedicaran a la actividad de leasing quedarían sometidas al control y vigilancia de la superintendencia de sociedades, como cualquier otra sociedad mercantil.

Con la crisis financiera de 1982 y la declaratoria de emergencia económica, al amparo del artículo 122 de la Constitución Política de la época fue expedido el Decreto Ley 2920 que en su artículo 26 señaló que las compañías de leasing no podían realizar en forma masiva y habitual captaciones de dinero del público. En ese mismo año, la Superintendencia

13

Acosta, Fernando; Cuevas, Enrique. Tesis: "Análisis del tratamiento que en materia de impuesto sobre la renta se da a la depreciación de los activos fijos involucrados en operaciones de arrendamiento financiero o leasing realizadas por personas jurídicas domiciliadas durante el ejercicio


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Bancaria autorizó a las corporaciones financieras para prestar recursos a las compañías de leasing.

En 1989 la ley 74 ordenó el traslado de la vigilancia y control de las leasing a la Superintendencia Bancaria y ordenó que la organización de éstas compañías debía hacerse conforme lo previsto en la ley 45 de 1923; en consecuencia, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante el Decreto 3039 de 1989 reglamenta el artículo 11 de la mencionada ley 45, siendo éste decreto el primer estatuto reglamentario de la actividad.

Por su parte la Superintendencia Bancaria, mediante varios actos administrativos, entre ellos la Resolución 4460 de 1989, organiza la vigilancia de las leasing y reglamenta su actividad.

En 1990 es expedida la ley 45, de reforma financiera. Califica a las sociedades de leasing como sociedades de servicios financieros en la misma categoría de las fiduciarias, comisionistas de bolsa, almacenes generales de depósito y sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesantías.

Ya bajo la vigilancia de la Superintendencia Bancaria, se expiden varias normas de carácter tributario, reconociendo la realidad económica del contrato de leasing, donde se deja claro que es una operación especial diferente al crédito, a la venta a plazos y al arrendamiento puro, al establecer que en los casos de enajenación de los bienes objeto de un contrato de leasing y en ejercicio de la "opción de compra" el valor comercial de la enajenación sería el de dicha opción , sin importar para el caso de los inmuebles que dicho valor fuere inferior al costo ó al avalúo catastral vigente en la fecha de enajenación (Decreto 836 de 1991).


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Igualmente, el Decreto 2913 de 1991 permite que a partir de 1992 se pudieran depreciar los bienes objeto de los contratos de leasing durante la vida de los contratos; y la ley 6a del mismo año 1992 –reglamentada por el decreto 1250/92- , elimina el IVA para los cánones de arrendamiento financiero ó leasing y autoriza descontar del impuesto sobre la renta el impuesto a las ventas pagado en la adquisición de los bienes de capital entregados en leasing.

En 1993 se produce un cambio muy importante en el sector de leasing. Con el objeto de permitir a las compañías de leasing captar ahorro del público, sin que ello conllevara un cambio en la operación activa de leasing, se ordena la conversión de las sociedades de leasing en Compañías de Financiamiento Comercial, dividiendo a éstos intermediarios financieros en dos grupos: los especializados en leasing y las compañías tradicionales de financiamiento comercial. A partir de la ley 510 de 1999, de reforma financiera, la diferenciación se produce como efecto de la especialización en el principal negocio explotado, el leasing.

A partir del año 1993 las leasing se convirtieron en CFC y amplían el fondeo de

sus

operaciones:

préstamos

de

las

corporaciones

financieras,

redescuentos ante IFI y Bancoldex, emisión de bonos ordinarios y captación mediante CDT´s. Además, se les permite realizar operaciones activas propias de las compañías de financiamiento comercial. En el año 2003 se permite a Findeter re-descontar contratos de leasing en determinadas condiciones.

Durante el resto de la década de los 90, tanto el Gobierno Nacional como la propia Superintendencia Bancaria reglan con mayor profundidad la actividad de las compañías especializadas en leasing. Se destaca la expedición de los Decretos 913 y 914 de 1993, mediante los cuales se realizan un primer


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intento de reglamentación de algunos aspectos del contrato de leasing, se les reconocen sus propias características y se reglamenta de manera más puntual la operación.

Es importante mencionar que los Decretos referidos, así como todas las normas posteriores, hasta hoy, respetan la naturaleza jurídica y realidad económica de la operación; se reconoce que ella es una actividad comercial; se entiende que en ésta operación no hay intermediación de dinero, sino de bienes; su contabilización en el PUC corresponde a una cuenta especial en el activo: "bienes dados en leasing", diferente a la cuenta de "cartera de créditos"; se reconoce como una operación de arrendamiento, a tal punto que en los procesos universales, antes procesos concursales, hoy ley 550 de intervención económica, no es catalogada como crédito sino como gasto de administración, al entender que la compañía de leasing es una proveedora de bienes, no de dinero.

LA FEDERACION. FEDELEASING es una entidad sin ánimo de lucro que tiene por objeto promover, desarrollar, perfeccionar y difundir la utilización de la operación de leasing, así como propender por la adopción de convenios y disposiciones generales, orientados a mantener y mejorar las más sanas prácticas y políticas del sector.

Dentro de sus principales tareas están: 

Promover al leasing como herramienta de desarrollo;

Realizar permanentes labores de difusión para que se conozcan los alcances y beneficios del leasing;


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Servir a las entidades afiliadas como órgano consultivo y asesor en diferentes materias;

Propender por la unidad de la actividad y de los afiliados,

Mantener relación permanente con los organismos oficiales cuyas actividades tengan que ver con el sector;

Realizar estadísticas generales y especiales que permitan conocer con profundidad los resultados reales del sector y realizar estudios e investigaciones de interés para los afiliados.

EL CONTRATO DE LEASING En sentido amplio, el leasing es un contrato mediante el cual una parte entrega a la otra un activo para su uso y goce, a cambio de un canon periódico, durante un plazo convenido, a cuyo vencimiento, el bien se restituye a su propietario o se transfiere al usuario, si éste último decide ejercer una opción de adquisición que, generalmente, se pacta a su favor. La denominación "leasing" es una palabra en inglés, que viene del verbo "to lease" que significa "tomar o dar en arrendamiento", pero que no recoge de manera suficiente la complejidad del contrato, al ser especial y diferente al simple arriendo; sin embargo, la legislación y doctrina mundial, incluida Colombia, lo ha nominado "leasing".

Costumbres mercantiles Actualmente se encuentran registradas en la Cámara de Comercio de Bogotá, dos costumbres mercantiles relacionadas con el contrato de leasing, a saber:


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1. Es costumbre mercantil en el contrato de leasing que el locatario o arrendatario pueda ejercer frente al proveedor los derechos derivados de la compraventa.

2. Es costumbre mercantil contratar un seguro que ampare contra toda clase de riesgos los bienes dados en leasing, seguro en el cual el beneficiario es la compañía de financiamiento comercial. La prima del seguro debe ser pagada por el locatario y cuando éste es contratado por la Compañía de Financiamiento Comercial, el monto de la prima debe adicionarse al valor del contrato de leasing.

Características del Contrato a) Es un contrato Bilateral; vale decir, hay obligaciones reciprocas entre las partes contratantes. Se entiende sinalagmático en el sentido de que las obligaciones generadas del mismo actúan las unas como causa de las otras. b) Es un contrato Consensual; para su perfeccionamiento basta la voluntad de las partes, y no se requiere solemnidad alguna. No obstante lo anterior, para fines probatorios, la mayoría de los contratos se hacen constar por escrito y en el caso de leasing inmobiliario, no es extraño que, además, se eleve a escritura pública. No obstante, el artículo 4 del Decreto 1787 del 3 de junio de 2004 señala que los contratos de leasing habitacional destinado a vivienda familiar deben celebrarse por escrito.


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c) Es Oneroso; ambos contratantes persiguen con su celebración un beneficio económico, gravándose cada uno en beneficio del otro.

d) Es Conmutativo, puesto que existe un equilibrio entre las prestaciones de las partes. Las ventajas que esperan derivar las partes del contrato pueden ser determinadas desde el mismo momento de celebración del contrato.

e) Es de tracto sucesivo, porque las obligaciones de las partes se van cumpliendo periódicamente durante la vigencia del contrato. Las obligaciones de las partes se cumplen a cada instante, periódico y continuamente.

f) Es un contrato de naturaleza mercantil, dado que se celebra entre comerciantes y sobre bienes susceptibles de producir renta. Inclusive, si el locatario es una persona natural no comerciante, la compañía de leasing como arrendadora siempre es una sociedad comercial, lo que hace incuestionable el que el contrato se rija por las disposiciones de la ley mercantil.

g) Es principal; subsiste por sí solo sin necesidad de otro contrato.

Clases De Leasing Existen diversas modalidades de Leasing, todos las cuales se enmarcan en dos tipos fundamentales que son el Leasing Financiero y el Leasing Operativo.


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El Leasing Financiero es: Un contrato en virtud del cual, una Compañía de Financiamiento comercial, denominada LA LEASING, entrega a una persona natural o jurídica, denominada EL LOCATARIO, la tenencia de un activo que ha adquirido para el efecto y que éste último ha seleccionado para su uso y goce, a cambio del pago periódico de una suma de dinero (CANON) durante un plazo pactado y a cuyo vencimiento, el locatario tendrá derecho a adquirir el activo por el valor de la opción de adquisición.

El Leasing Operativo es: Un contrato en virtud del cual, una persona natural o jurídica, denominada LA ARRENDADORA, entrega a otra, llamada LA ARRENDATARIA, la tenencia de un bien para su uso y goce, a cambio del pago de un canon o renta periódica.

Elementos Esenciales Del Leasing Financiero. a) La entrega de un bien para su uso y goce. b) El establecimiento de un canon periódico, que lleva implícito el precio del derecho a ejercer una opción de adquisición. c) La existencia, en favor del locatario, de una opción de adquisición al terminarse el plazo pactado en el contrato, que podrá ejercer siempre y cuando cumpla con la totalidad de las prestaciones a su cargo. d) Que el bien objeto del Leasing sea susceptible de producir renta.

Elementos Esenciales Del Leasing Operativo. a) La entrega del bien. b) El pago de un canon. c) La aptitud del bien para producir renta.


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Diferencia del Leasing Financiero y el Leasing Operativo. La diferencia fundamental consiste en que en el leasing financiero siempre existe una opción de adquisición, pactada desde el inicio del contrato a favor del locatario, mientras que en el operativo sólo se presenta esta opción excepcionalmente, y de existir, es por el valor comercial del bien (Opción de compra a precio comercial).

En el leasing financiero, la vocación del bien es pasar al patrimonio del locatario, al paso que en el operativo es permanecer en poder del arrendador.

La opción de adquisición en un leasing financiero puede estar determinada en valor en el contrato, o ser determinable siempre y cuando claramente se indique como llegar a su determinación y dicha determinación guarde relación con el valor del bien en el momento en que se inicie el contrato.

La potencial opción de compra en un leasing operativo, como se dijo, se realiza por el valor comercial del bien, entendido éste valor como aquel precio en el mercado de bienes de similares características al objeto del contrato, en un momento determinado y considerando el estado en que se encuentra.

Naturaleza Jurídica Del Leasing. Tiene su propia naturaleza y no puede ser calificado o asimilado a otros tipos contractuales. Es un contrato de leasing.


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Diferencia entre un contrato de leasing y un contrato de arrendamiento.

Las diferencias señaladas anteriormente para distinguir el leasing financiero del operativo, son las mismas que lo distinguen del contrato de arrendamiento.

Entre el leasing operativo y el arrendamiento, la diferencia radica en que el bien objeto de este contrato debe ser susceptible de producir renta, exigencia que no se predica del bien objeto de un contrato de arrendamiento. Así mismo, en el leasing operativo deben cumplirse las características particulares de la operación.

Igualmente, hay que distinguir el leasing del denominado renting que es un contrato financiero por medio del cual el arrendador entrega un bien en alquiler al arrendatario, pero éste último no tiene la posibilidad de adquirirlo a la finalización del contrato, ni como ejercicio de una opción de adquisición como en el leasing financiero, ni en uso de una opción de compra a valor comercial como en el leasing operativo; en el renting normalmente se entregan servicios adicionales como el mantenimiento, operarios, posibilidad de reemplazos de los equipos, etc.

Partes que Intervienen En Un Contrato De Leasing Financiero. En todo contrato de leasing financiero tienen que intervenir por lo menos dos partes, una Compañía de Financiamiento Comercial, propietaria del bien objeto del leasing, y un locatario, persona natural o jurídica que recibe la tenencia del mismo para su uso y goce.


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Adicionalmente, suelen intervenir en el contrato, sin que sean partes necesarias en el mismo, el proveedor de los bienes objeto del leasing y los locatarios y garantes.

Partes que Intervienen En Un Contrato De Leasing Operativo. Las mismas que en el Leasing Financiero, con la diferencia de que el propietario del equipo objeto del contrato no tiene que ser necesariamente una Compañía de Financiamiento Comercial.

El Locatario (Arrendatario) en un Contrato De Leasing. Aunque en la legislación Colombiana se habla indistintamente de arrendatario y locatario, la costumbre mercantil ha utilizado el término locatario para señalar al usuario de los bienes en un contrato de leasing financiero, con el objeto de distinguirlo del arrendatario en contratos de leasing operativo o de arrendamiento.

"El Leasing" Al Arrendador De Un Contrato De Leasing. Asi se denomina porque los únicos facultados por la ley para celebrar contratos de leasing financiero en calidad de arrendadores son las Compañías de Leasing (Compañías de Financiamiento Comercial). Como se verá adelante, la ley ha permitido que, además, los Bancos sean arrendadores en los contratos de "leasing habitacional".

Las entidades facultadas Para Realizar Operaciones De Leasing Financiero Y Operativo. Conforme a la legislación vigente, el leasing financiero, desde el punto de vista activo 1.7de la operación, sólo puede ser realizado por las compañías


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de financiamiento comercial. (Estatuto Orgánico del Sistema Financiero / Decreto 663 de 1993).

Por otra parte, cualquier persona natural o jurídica, incluida las Compañías de Financiamiento Comercial, puede celebrar operaciones de leasing operativo en calidad de arrendadores.

En el caso del denominado "leasing habitacional" la ley ha facultado a los establecimientos bancarios para realizar éste tipo de leasing, ordenando que estas operaciones se consideraran leasing operativo para efectos contables y tributarios.

Desde el punto de vista pasivo de la operación, cualquier persona natural o jurídica puede celebrar contratos de leasing financiero en calidad de locatario. Así mismo, cualquier persona natural o jurídica puede celebrar contratos de leasing operativo en calidad de arrendatario.

Obligaciones Del Locatario

Frente a la Compañía de Leasing:

a)

Pagar el canon en los plazos convenidos.

b) Hacer un correcto uso del bien y conservarlo en buen estado de funcionamiento. La ley prohíbe expresamente a las compañías de leasing asumir directamente el mantenimiento de los bienes entregados en leasing financiero. Esta prohibición legal no existe para el caso de leasing operativo.


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La utilización del bien debe ceñirse a los términos convenidos en el contrato y a la naturaleza del bien; su explotación económica debe ser racional, como la desarrollaría un buen empresario respecto de sus bienes propios.

c) Permitir la inspección del bien, con el objeto de que la compañía de leasing pueda velar por la debida conservación y seguridad del bien de su propiedad; de ésta forma la sociedad arrendadora podrá cerciorarse del cumplimiento adecuado de la obligación de uso adecuado del bien por parte del locatario.

d) Dado que en el leasing financiero el locatario, además del uso y el goce del bien, tiene la vocación de adquirirlo, responde por su deterioro y contractualmente se compromete a repararlo en caso de que sea necesario. De ésta forma el locatario tiene la obligación de asumir todos los gastos de reparación, tanto necesarias para conservar el bien y mantener su buen funcionamiento, como las derivadas del uso normal del mismo.

e) Los locatarios responden por la destrucción, robo o pérdida del bien en leasing; así se debe establecer en los contratos.

f) Restituir el bien a la compañía de Leasing si no ejerce la opción de adquisición o si no ha cumplido con las obligaciones a su cargo; debe recordarse que el locatario usa y goza el bien en virtud de un título precario de mera tenencia. Los gastos de desmonte del sitio de operación y de traslado hasta el lugar de destino y restitución, son de cargo del locatario.

g) Asegurar contra todo riesgo el bien objeto del contrato. Por tener la calidad de propietaria del bien, la compañía de leasing debe ser la beneficiaria de los seguros en los contratos de leasing.


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h) Por ejercer la tenencia y guarda del bien en leasing, el locatario debe responder de los daños o perjuicios que cause el bien a terceros.

i) Informar, al final del plazo pactado, si ejerce o no la opción de adquisición. Frente al Proveedor del bien:

j) Recibir el bien en la oportunidad definida, siempre y cuando el mismo se encuentre en las condiciones de operatividad requeridas y que cumpla con los requerimientos del caso.

k) Durante la vigencia de la ó de las garantías, notificar cualquier desperfecto, daño ó hecho cobijado por la garantía, dentro del plazo definido en la misma.

Derechos Del Locatario. Frente a la Compañía de Leasing: a) Exigir la entrega del bien para su uso y goce, siempre y cuando el proveedor haya cumplido con sus obligaciones.

b) Exigir la transferencia de la propiedad del bien cuando ejerza la opción de adquisición pactada a su favor, una vez haya cumplido con todas las obligaciones a su cargo y haya cancelado el valor de la opción. Frente al Proveedor del bien:

c. De común acuerdo con la compañía de leasing, exigir el cumplimiento de las garantías del bien.


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El leasing debe responder por los vicios o defectos del bien entregado en leasing. NO. Teniendo en cuenta que es el locatario quien especifica el equipo y escoge al proveedor de acuerdo con su criterio y experiencia, la compañía de leasing queda exonerada de garantías; en el contrato se consagran cláusulas de exoneración al arrendador de toda responsabilidad por los vicios o defectos que pueda tener el equipo, así como también de la derivada de su eventual evicción.

Vale la pena anotar que en general las cláusulas de exoneración de responsabilidad por parte de la compañía de leasing, tienen como contraprestación la cesión de las garantías otorgadas por el proveedor y/o fabricante del bien, con el objeto de que de común acuerdo con el leasing el locatario pueda exigir las garantías cedidas.

Registro de los Contratos De Leasing. No hay obligación de registrar los contratos de leasing. No obstante lo anterior, cuando versen sobre bienes sujetos a registro (bienes inmuebles o vehículos), pueden registrarse ante la oficina de registro de instrumentos públicos o ante las secretarías de tránsito respectivamente. Dicho registro no tiene fines distintos de darle publicidad al contrato frente a terceros. Ninguno, puesto que hay lesión enorme cuando el vendedor en un contrato de compraventa


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Modificaciones un bilaterales en el Contrato De Leasing No. Las partes deberán acogerse a los términos del contrato hasta tanto estos hayan sido modificados por el mismo medio en el que fueron pactados originalmente, de tal manera que, cualquier modificación a cualquiera de las cláusulas del contrato, no adquiere carácter de obligatorio para la otra parte hasta tanto ésta no la acepte expresamente.

Causales De Terminación De Un Contrato De Leasing. Un contrato de leasing termina por: a) Finalización del plazo acordado. b) Mutuo acuerdo entre las partes. c) Terminación unilateral por incumplimiento de las obligaciones pactadas.

Para terminar unilateralmente un contrato de leasing, basta que la parte cumplida notifique la otra del incumplimiento de las obligaciones del contrato y de su intención de darlo por terminado. Si el incumplido es el locatario, la compañía de leasing tendrá derecho a exigir la devolución del bien sin perjuicio de las demás obligaciones y sanciones que se hayan pactado en el contrato. d) las demás causales estipuladas en el contrato.


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NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF)

Las normas, como tal, tienen su origen en el año 1973, cuando nace el International accounting standards Committee (IASC) (Comité de estándares Internacionales de Contabilidad). Este organismo tuvo como objetivo fundamental elaborar y dar a conocer normas contables aplicables a los estados financieros de las empresas, principalmente las que participan en el mercado público de valores.

La principal función del IASC fue recopilar las normas o estándares que se aplicaban en el mundo, pero esta forma de proceder fue criticada, ya que, como señala Herrera el IASC realmente no estaba produciendo normas internacionales, sino, más bien, codificando las normas existentes en los distintos países y dándoles su bendición, bajo el título de “alternativas permitidas”.

La elección de este modelo fue muy cuestionada ya que al existir multiplicidad de alternativas, existía también mayor dificultad para lograr la consecución de un mayor grado de equidad y de comparabilidad para todas las empresas.

A finales de los años 80 se inicio un proceso de transformación con miras a obtener un mayor progreso en la armonización internacional de la contabilidad definiéndose un nuevo enfoque más normativo con una base conceptual que permitiera

un proyecto de comparabilidad para elevar la

calidad de los estándares y recuperar el respeto perdido por el exceso de alternativas generando normas de congruencia y consistencia interna dentro


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de las empresas. Todo lo anterior se logro por medio de las Normas internacionales de Información Financiera NIIF como reguladoras contables.

DEFINICION DE NIIF PARA PYMES Las NIIF para PYMES establecen los requerimientos de medición, reconocimiento, medición, presentación e información a revelar que se refieren a las transacciones y otros sucesos y condiciones que son importantes en los estados financieros con propósito de información general, los cuales se preparan al cierre de un periodo para ser conocidos por usuarios indeterminados, con el ánimo principal de satisfacer el interés común del publico en evaluar la capacidad de un ente económico para generar flujos favorables de fondos , al igual también se pueden establecer estos requerimientos para transacciones, sucesos y condiciones que surgen principalmente en sectores industriales específicos.14

Se pretende que la NIIF para las PYMES se utilice por las pequeñas y medianas entidades son entidades que:

No tienen obligación pública de rendir cuentas, y publican estados financieros con propósito de información general para usuarios externos. Son ejemplos de usuarios externos los propietarios que no están implicados en la gestión del negocio, los acreedores actuales o potenciales y las agencias de calificación crediticia. 14

“Sección 1 Pequeñas y Medianas Entidades, 1.1. Alcance pretendido de esta NIIF. Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) para Pequeñas y Medianas Entidades (PYMES). IASB 2009.”


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Si una entidad que tiene obligación publica de rendir cuentas utiliza esta NIIF, sus estados financieros no se describirán como en conformidad con la NIIF para las PYMES, aunque la legislación o regulación de la jurisdicción permita o requiera que esta NIIF se utilice por entidades con obligación publica de rendir cuentas.” 15

PEQUEÑAS Y MEDIANAS ENTIDADES (PYMES) De acuerdo a lo establecido en los párrafos 1.2 y 1.3 de la NIIF para PYMES Son entidades que no tienen obligación pública de rendir cuentas, es decir, cuando esta no registra (o está en proceso de registrar) sus estados financieros en una comisión de valores u otra organización reguladora con el fin de emitir algún tipo de instrumento en un mercado público.

Colombia es un país cuya economía se soporta en empresas de pequeña escala. Sin embargo, el universo de la Pyme es desconocido, no existe consenso ni siquiera en cuanto al número de empresas que pertenecen a este estrato empresarial. A pesar de que se dispone de una definición establecida por Ley, las mismas entidades estatales utilizan diferentes criterios o rangos distintos para la clasificación de las empresas a los establecidos en la Ley.

Las Pymes, y del empresario Pyme a través de la presentación de los criterios utilizados para

delimitar el universo de pequeñas y medianas

empresas para la investigación, la disponibilidad de información en el país sobre este estrato empresarial, la distribución por tamaño del parque 15

“Sección 1 Pequeñas y Medianas Entidades, 1.1. Alcance pretendido de esta NIIF. Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) para Pequeñas y Medianas Entidades (PYMES). IASB 2009.”


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empresarial nacional, la participación sectorial de la Pyme, su distribución geográfica e importancia, el perfil de sus gestores (su experiencia empresarial, principal rol en la empresa, nivel educativo y edad), el comportamiento de sus ventas y utilidades en los últimos dos años y la distribución de estas empresas según su antigüedad.

ARRENDAMIENTO (SECCIÓN 20) En la Niif para pymes define el arrendamiento como un acuerdo por el que el arrendador cede al arrendatario, a cambio de percibir una suma única de dinero (o una serie de pagos o cuotas), el derecho a utilizar un activo durante un periodo de tiempo determinado16 Este se aplica para todo tipo de arrendamiento, excepto para:

a) Arrendamientos para uso o exploración de recursos minerales y otros recursos no renovables (Ver sección 34, actividades especiales),

b) Arrendamientos que estén comprendidos en la sección 12, Otros temas relacionados con los instrumentos financieros, c) Acuerdos de licencias para conceptos incluidos en la sección 18, activos intangibles distintos a la plusvalía, d) Arrendamientos de propiedades de inversión, e) Algunos activos biológicos (ver sección 34), f) Los arrendamientos operativos que son onerosos, en el arrendamiento, intervienen dos personas: arrendador y arrendatario, el arrendador es el

16

Libro de contabilidad-plan general contable, Manual del Nuevo Plan General Contable 2007 Autores: Sotero Amador Fernández , Javier Romano Aparicio y Mercedes Cervera Oliver, capitulo 4 arrendamientos


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dueño del bien arrendado, el arrendatario es quien toma en arrendamiento el bien. Los arrendamientos se clasifican en arrendamientos financieros y en arrendamientos operativos. Un arrendamiento se clasificará como financiero u operativo, según la esencia de la transacción y no de la forma del contrato.

Clasificación Del Arrendamiento Arrendamiento financiero: Es cuando se transfieren al arrendador todos los riesgos y ventajas del activo.

Arrendamiento operativo: Es cuando no se transfieren al arrendador todos los riesgos y ventajas del activo.

Aspectos contables para los arrendatarios en el arrendamiento financiero El valor que se paga por arrendamiento, durante el plazo pactado, se registra en el activo y en el pasivo, se contabilizará por el menor monto entre el valor presente de los pagos mínimos de arrendamiento y el valor razonable del activo, el valor presente debe calcularse utilizando la tasa de interés implícita en el arrendamiento, si no se puede determinar, se usará la tasa de interés incremental de los préstamos del arrendatario. Los costos directos iníciales del arrendamiento aumentan el valor de las cuotas por pagar, el activo se depreciará durante el menor tiempo entre el término del arrendamiento y la vida útil del bien, según la política de depreciación que se tenga. Los pagos periódicos se distribuyen entre abono al pasivo y el gasto por intereses.


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Aspectos Contables Para Los Arrendadores En El Arrendamiento Financiero Se traslada el valor del bien arrendado a una cuenta por cobrar. Los costos directos iníciales del arrendamiento aumentan esta cuenta por cobrar. Los intereses que va a devengar el arrendador deben garantizarle una adecuada tasa de retorno periódica constante en la inversión neta efectuada. Los pagos periódicos se distribuyen entre abono a la cuenta por cobrar y el ingreso por intereses, utilizando el método del interés efectivo

Aspectos Contables Para Los Arrendatarios En El Arrendamiento Operativo Los pagos por arrendamiento se registran en gastos sobre la base de línea recta. Puede suceder que los pagos se incrementen con el valor de inflación, según se haya pactado, por lo tanto, aumentan los gastos.

Aspectos Contables Para Los Arrendadores En El Arrendamiento Operativo

Los pagos recibidos por arrendamiento se registran en ingresos sobre la base de línea recta. Puede ocurrir que los pagos se incrementen con el valor de inflación, según se haya pactado; por lo tanto, aumentan los gastos. Los activos arrendados se deprecian, según la política de depreciación para activos similares que tenga el arrendador.


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De acuerdo a la sección 20

arrendamiento en el numeral 20.5 Si un

arrendamiento es un arrendamiento financiero u operativo depende de la esencia de la transacción y no de la forma del contrato. Ejemplos de situaciones que, individuamente o en combinación, normalmente llevarían a clasificar un arrendamiento como financiero, son:

a) El arrendamiento transfiere la propiedad del activo al arrendatario a la finalización de su plazo. b) El arrendatario tiene la opción de comprar el activo a un precio que se espera sea lo suficientemente inferior al valor razonable, en el momento en que la opción sea ejercitable, para que al inicio del arrendamiento se prevea con razonable certeza que tal opción se ejercitará. c) El plazo del arrendamiento es por la mayor parte de la vida económica del activo, incluso si no se transfiere la propiedad. d) Al inicio del arrendamiento, el valor presente de los pagos mínimos por el arrendamiento es al menos sustancialmente la totalidad del valor razonable del activo arrendado. Valor presente = Total del valor razonable del bien arrendado

Los activos arrendados son de naturaleza especializada que solo el arrendatario puede utilizarlos sin realizar modificaciones importantes (Sección 20.5).

e) Los activos arrendados son de una naturaleza tan especializada que solo el arrendatario puede utilizarlos sin realizar modificaciones importantes. Aunque los términos inicio del arrendamiento, vida económica y pagos mínimos por el arrendamiento no se definen en la NIIF para las PYMES, en este material de formación tienen el mismo significado que en las NIIF completas (véase el párrafo 4 de la NIC 17 aprobada el 9 de julio de 2009), es decir,


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a) El inicio del arrendamiento es la fecha más temprana entre la del acuerdo del arrendamiento y la fecha en que se comprometen las partes en relación con las principales estipulaciones del mismo.

b) Vida económica es: El periodo durante el cual se espera que un activo sea utilizable económicamente, por parte de uno o más usuarios; o la cantidad de unidades de producción o similares que se espera obtener del activo por parte de uno o más usuarios.

c) Pagos mínimos por el arrendamiento son los pagos que se requieren o

pueden

requerírsele

al

arrendatario

durante

el

plazo

del

arrendamiento, excluyendo tanto las cuotas de carácter contingente como los costos de los servicios y los impuestos que pagará el arrendador y que le serán reembolsados. También se incluye:

En el caso del arrendatario, cualquier importe garantizado por él mismo o por un tercero vinculado con él; o en el caso del arrendador, cualquier valor residual que se le garantice, ya sea por:

i) parte del arrendatario; ii) una parte vinculada con éste; o iii) una parte no vinculada con el arrendatario que sea capaz financieramente de atender a las obligaciones derivadas de la garantía prestada. Sin embargo, si el arrendatario posee la opción de comprar el activo a un precio que se espera sea suficientemente más reducido que el valor razonable del activo en el momento en que la opción sea ejercitable, de forma que, al inicio del arrendamiento, se puede prever con razonable certeza que la opción será ejercida, los pagos mínimos por el arrendamiento comprenderán tanto los


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pagos m铆nimos a satisfacer en el plazo del mismo hasta la fecha esperada de ejercicio de la citada opci贸n de compra, como el pago necesario para ejercitar esta opci贸n de compra


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EL ARRENDAMIENTO FINANCIERO COMPARADO CON OTRAS FORMAS DE FINANCIAMIENTO

ARRENDAMIENTO OPERATIVO Cuando se habla de arrendamiento, se refiere a un contrato por medio del cual se conviene el derecho de utilizar activos fijos como terrenos, maquinaria y equipo sin recibir un título de propiedad sobre ellos.

El arrendatario recibe los servicios del activo arrendado, y a cambio del uso de los activos, paga al arrendador una cuota fija periódica por un numero definido de meses o años.

Por ventajas de origen impositivo, de flujos de efectivo, y de otro tipo los arrendamientos han adquirido importancia como alternativa a la compra de bienes cuando la empresa (arrendataria) necesita obtener los bienes para sus operaciones.

Un arrendamiento operativo es un arreglo contractual en el que el arrendatario se compromete a efectuar pagos periódicos al arrendador durante un periodo determinado, por los servicios de un activo. Los contratos de arrendamiento operativo son generalmente suscritos por periodos de tiempo menores que la vida útil del activo arrendado. Al vencimiento del contrato operacional, el arrendatario reintegra el activo arrendado al arrendador, quien puede volver a arrendarlo o venderlo, lo que mas le convenga, ya que siempre ostenta la propiedad del bien.


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ENTIDADES FINANCIERAS (BANCOS) PRESTAMOS BANCARIOS Bancos son entidades jurídicas que desarrollan el negocio de la banca aceptando depósitos de dinero que a continuación prestan. El objetivo de los bancos consiste en obtener un beneficio pagando un tipo de interés por los depósitos que reciben, inferior al tipo de interés que cobran por las cantidades de dinero que prestan.

En términos contables, los depósitos constituyen el pasivo de los bancos, mientras que los préstamos son activos.

Los bancos proporcionan la mayor fuente de fondos a corto y largo plazo, la rapidez con que se pueden negociar los préstamos y sus costos de trámite, han hecho que el préstamo bancario sea una fuente popular de financiamiento.

Es preciso asegurarse de que el banco en el cual se va a solicitar el préstamo, ofrece los servicios que requiere la empresa y tomar muy en cuenta que la selección final no se basara únicamente en el costo, sino además en la extensión de los servicios que presten.

Es muy importante tener presente la buena disposición que el banco tendrá para prestar el servicio de financiamiento a la empresa y la flexibilidad que tendrá con la misma, al momento de surgir cualquier inconveniente con la demora en los pagos.

Una consideración de las más importantes para elegir un banco, es el costo de los préstamos. Aunque no es la única, obviamente se querrá obtener el


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préstamo menos caro que sea posible. La tasa de interés debe ser baja y el saldo de compensación mínimo que se requiera ha de ser pequeño.

El costo de los intereses varía según el método que se siga para calcularlos. El ejecutivo financiero de la empresa, deberá saber cómo el banco calcula el interés real por el préstamo, ya que debe saber distinguir entre una tasa nominal y una tasa real o efectiva que difiere de la nominal, debido a las condiciones del préstamo.

Básicamente, lo que se quiere es calcular la tasa real de interés entendida como la relación entre lo que se va a pagar y el importe del préstamo que en realidad se puede utilizar. El ejecutivo financiero de la empresa, si su objetivo es la búsqueda de un préstamo con una institución bancaria, tendrá que presentarse con el personal del banco correspondiente y presentar los datos siguientes: 

Finalidad del préstamo

La cantidad que se requiere

Un plan de pagos definido

Pruebas de solvencia de la empresa; como por ejemplo los estados financieros recientes e información de cuentas bancarias.

Un plan bien concebido y cuidadosamente trazado que muestre como espera la empresa desenvolverse en el futuro lograr una situación que le permita pagar el préstamo.

Una lista de los avales y garantías que la empresa está dispuesta a ofrecer, si las hay y si son necesarias.


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RECURSOS PROPIOS “Este financiamiento se utiliza, luego de una evaluación de los recursos financieros de la empresa y la capacidad de recuperación de capital de esta a corto plazo”

a) Ventajas del financiamiento con recursos propios 

Una de las ventajas principales de utilizar este financiamiento, es que no se afecta el pasivo incrementando una cuenta por pagar.

El activo de la empresa se ve beneficiado por el registro de otro activo fijo.

b) Desventajas del financiamiento con recursos propios 

La desventaja de adquirir un bien con recursos propios es que se estará desaprovechando el rendimiento que tiene el capital de trabajo el cual puede invertirse en el negocio propio, bonos, pagares u otras operaciones que darán beneficios adicionales a la empresa.

ARRENDAMIENTO FINANCIERO “El arrendamiento financiero es un contrato mercantil, en el cual se especifica que una de las partes ”arrendante” mediante un precio determinado, se obliga a adquirir un bien y ceder su uso a la otra parte “arrendatario” por un periodo determinado, al término del cual este deberá:


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Renegociar el uso del bien por un nuevo periodo de tiempo y bajo las modalidades y condiciones que les sean más favorables al arrendatario.

Comprar el bien que ha recibido en arrendamiento financiero mediante el pago de una suma “residual” previamente acordado con el arrendante.

Devolvérsela poniendo fin a la relación del arrendamiento financiero”.

a) Ventajas del arrendamiento financiero 

Permite la financiación del costo del bien en un 100%.

La garantía es el mismo bien adquirido.

El arrendamiento financiero se considera un gasto, por lo tanto reduce la cantidad a pagar.

En muchos países el monto total de las cuotas del arrendamiento puede ser registrado como un gasto, por lo que disminuye el monto de impuestos a ser cancelados al cierre del ejercicio, esto ocurre en condiciones normales de forma mas acelerada que la depreciación por uso y desgaste durante la vida útil del bien.

Asimismo, permite mantener líneas de crédito disponibles al no presentar una adquisición de activos fijos y por lo tanto tampoco el compromiso de pasivos.

El leasing financiero es el único que otorga reales ventajas fiscales, dado que permite la deducción acelerada de las cuotas pagadas, independientemente de la vida fiscal del bien.


92

c) Desventajas del arrendamiento financiero 

Los arrendamientos suelen ser mas costosos que los créditos bancarios por requerir una amortización mas acelerada de capital lo que incrementa los costos financieros de las empresas.

No es posible hacerse de la propiedad del activo hasta tanto no termina el contrato de arrendamiento, momento en que se perfecciona su transmisión.


93

TRATAMIENTO CONTABLE DEL ARRENDAMIENTO

Sección 20, basado en la norma internacional de información financiera para pequeñas y medianas entidades, en el sector de la construcción en la empresa demoliciones y excavaciones

Este capítulo presenta una serie de ejemplos prácticos los cuales pretenden abordar en toda la manera de lo posible los aspectos más importantes de la sección 20 de la NIIF para las PYMES Arrendamiento.

El capítulo se desarrolla bajo la siguiente estructura:

Presentación o planteamiento del ejercicio, políticas contables aplicables al caso práctico, procedimientos aplicables al problema formulado y solución de éste, tanto de manera descriptiva como práctica.

Ejemplo: Clasificación de arrendamiento financiero

Ej.

El 1 de enero de 2011, una entidad celebró, como arrendatario, un

acuerdo de arrendamiento no cancelable por cinco años de una máquina que posee una vida económica de diez años, al final de la cual se calcula que no tendrá ningún valor.

Al inicio del arrendamiento, el valor razonable (costo en efectivo) de la maquina asciende a 100.000 u.m.


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El 31 de diciembre de cada uno de los primeros cuatro periodos del plazo del arrendamiento, el arrendatario debe pagar al arrendador 23.000 u.m. Al final del plazo del arrendamiento, la propiedad de la máquina pasa al arrendatario tras la realización del último pago por arrendamiento de 23.539 u.m.

La tasa de interés implícita en el arrendamiento es del 5 por ciento anual, valor que se aproxima a la tasa de interés incremental de los préstamos del arrendatario.

El acuerdo es un arrendamiento financiero. Al inicio del arrendamiento, este transfiere, del arrendador al arrendatario, sustancialmente todos los riesgos y las ventajas inherentes a la propiedad.

En esencia, el arrendatario posee el activo desde el inicio del arrendamiento. La clasificación del arrendamiento financiero se pone en evidencia mediante lo siguiente:

El arrendamiento transfiere la propiedad del activo al arrendatario al finalizar el plazo del arrendamiento y al inicio del arrendamiento, el valor presente de los pagos mínimos por el arrendamiento equivale a todo el valor razonable del activo arrendado. Véase la tabla siguiente donde se calcula el valor presente de los pagos mínimos por el arrendamiento en 100.000 u.m., es decir, sustancialmente todo el valor razonable del activo arrendado.


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Tabla de valores presentes de los pagos mínimos por el arrendamiento:

AÑO

FACTOR DE

PAGO

DESCUENTO

VALOR PRESENTE DEL PAGO

2011

1,050

(23.000)

21.905

2012

1,103

(23.000)

20.862

2013

1,158

(23.000)

19.868

Fuente: El autor

a) Los pagos de 2006 a 2010 no son significativos (1 u.m. por año) y se han ignorado.

EJEMPLO EMPRESA

ABRILDEMOEXCAVA. SAS.

Está constituida por documento privado de asamblea de accionistas del 30 de Julio de 2009, inscrita el 3 de agosto de 2009 bajo el número 01316949 del libro IX, se constituyó la sociedad comercial denominada demoliciones y excavaciones José Silvino abril Ortiz SAS.

Nombre: Demoliciones y Excavaciones José Silvino abril Ortiz SAS y se reconocerá con la sigla abril demo excava SAS

Sigla: ABRILDEMOEXCAVA. SAS.

Nit: 900303440-3 administración: dirección seccional de impuestos de Bogotá, régimen común.

Domicilio: Bogotá D.C


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Objeto Social: La sociedad tendrá como objeto principal la demolición de bienes inmuebles, edificios casas y otras estructuras, la adecuación y preparación de todo tipo de terrenos urbanos y rurales para la construcción de edificaciones de tipo residencial y no residencial, ventas de materiales procedentes de las estructuras demolidas.

Según contrato de leasing No. 001-03-026144-1 se toma en contrato de leasing

financiero,

máquina

Modelo312c, a 2 años.

Retroexcavadora

sobre

orugas

usada,


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EL ARRENDAMIENTO FINANCIERO EN DEMOLICIONES Y EXCAVACIONES S.A.S CASO PRACTICO Con fecha la empresa DEMOLICIONES Y EXCAVACIONES S.A.S (Arrendataria), , suscribe contrato de arrendamiento financiero con opción a compra con LEASING BOLIVAR |1(Arrendadora) El contrato establece en otros los siguientes términos:

1. Inicio del Contrato:

Diciembre 22 de 2010

2. Arrendante:

leasing Bolivar

3. Arrendatario:

Demoliciones y Excavaciones S.A.S

4. Maquinaria a arrendar:

Retroexcavadora sobre orugas usada

5. Plazo de arrendamiento:

24 meses (2 años)

6. Cuota de arrendamiento:

$4.514.409

7. Cuota de seguro: 8. Opción de compra:

$93217.100

9. Tasa de Interes: No establecida en el contrato de arrendamiento y que para efectos financieros será DEF +13.34 10. Gastos de mantenimiento:

Los gastos de mantenimiento y repuestos son a

cargo de la arrendataria “Demoliciones y Excavaciones S.A.S” . 11. Riesgos y daños:

Corren por cuenta del arrendatario.

Según los términos establecidos en los puntos 10 y 11, son transferidos al arrendatario todos los riesgos y ventajas sustanciales inherentes a la propiedad, cumpliendo con la condición establecida en la norma internacional de contabilidad No, 17 “Arrendamientos”. Asimismo, el contrato de arrendamiento establece que a la fecha de terminación del mismo, el arrendatario puede optar por la compra del activo arrendado, transfiriendo así la propiedad del activo el arrendador al finalizar


98

el plazo, raz贸n por la cual se clasifica como arrendamiento financiero; cumpliendo de esta manera las caracter铆sticas establecidas .


99

COMPARACION DEL ARRENDAMIENTO FINANCIERO CON OTRAS FORMAS DE FINANCIAMIENTO PARA DETERMINAR LA MEJOR OPCION PARA EL ARRENDATARIO.

Derivado que la empresa DEMOLICIONES Y EXCAVACIONES S.A.S , hace uso de maquinaria pesada y considerando que la que utiliza actualmente, no le rinde beneficios esperados y tiene mas de cinco años de uso, por lo cual necesita de maquinaria de ultima tecnología que le proporcione los beneficios proyectados a partir del año 2008 al 2009 que se esperan sean de $400.000.000 por año , la administración de dicha empresa ha realizado las cotizaciones respectivas para adquirir 1 retroexcavadora y cuenta con las siguientes opciones: 

Comprar la maquinaria utilizando los recursos económicos con que cuenta la empresa.

adquirir la maquinaria mediante un contrato de arrendamiento operativo, renovable cada año , por el cual debe de cancelar anualmente la cantidad de $480.000.000

comprar la maquinaria adquiriendo un préstamo bancario por 3 años y tomando en cuenta que los intereses por la financiación que cobra la entidad bancaria es del 18% anual.

Adquirir la maquinaria por medio de un contrato de arrendamiento financiero que le ofrece la empresa “leasing de Bolivar “ por el cual debe de pagar anualmente la cantidad de $189.334.160 mas el costo del seguro de $6000.000 , es conveniente mencionar que la empresa arrendadora en este caso, es la compañía de financiamiento dedicada a la captación de recursos financieros los cuales son colocados en activos fijos entregados en arrendamiento que requiere y le ofrece al termino del contrato de arrendamiento por 3 años , la opción de compra, con solo pagar el valor de


100

$93.217.100 por 1 retroexcavadora ; asi mismo , le indica que la facturación del arrendamiento será cada fin de mes y que podrá registrarla como gasto deducible del impuesto sobre la renta. 

La empresa estima que la maquinaria, le dara rendimientos por 5 años.

Teniendo en cuenta las opciones anteriores, para que la empresa adquiera la maquinaria que necesita se realizaran los siguientes análisis:

a) Con recursos financieros propios

Es evidente que al optar por la compra de la maquinaria con fondos propios, no se estaría aprovechando el capital con que cuenta la empresa para generar beneficios en cuanto a su proceso productivo , derivado de esto el personal administrativo de la empresa arrendataria , tendría que evaluar la capacidad de recuperación de capital de esta a corto plazo. Dentro de las ventajas que se obtienen al utilizar este financiamiento, estas las siguientes: 

El arrendamiento no tendrá que pagar gastos por intereses.

El pago del seguro por la maquinaria es opcional.

La maquinaria en ese momento pasa a ser propiedad de la empresa y por ende, tiene el beneficio de registrar costos por depreciación de la maquinaria de acuerdo con las políticas adoptadas por su empresa para dichos activos.

No encurre en endeudamiento externo.

El activo de la empresa se ve beneficiado con otro activo, ya que se adquiere un activo no corriente por otro corriente.

La empresa no incurrirá en gastos por intereses y el pago del seguro que es opcional, pero si dejaría de utilizar su capital de trabajo, lo cual indica que se


101

la empresa utiliza el financiamiento propio, estaría desaprovechando su capital de trabajo y con ello una rentabilidad del mismo por $471.123.977 durante los cinco años (considerando un rendimiento del capital de trabajo del 20%), dicho valor se obtiene de utilizar la siguiente formula financiera

Rendimiento del Capital =>

S = P ( 1 + i )n

Rendimiento del Capital =>

S = $189.334.160 ( 1 + 0.20 )5

Rendimiento del Capital =>

$ 471.123.977

Rendimiento del Capital =>

$ 471.123.977

( - ) Inversión Inicial (Valor de la $ 189.334.160 maquinaria) Utilidad antes de impuesto

$ 281.789.817

( - ) I. S. R. (35%)

$ 98.626.435.95

Beneficio Neto no aprovechado

$ 183.163.381

El valor obtenido con relación a la formula financiera, es que la empresa “DEMOLICIONES Y EXCAVACIONES S.A.S”, esta dejando de obtener beneficios netos por $183.163.381 al adquirir la maquinaria con el capital de la empresa y no invertirlo en otras actividades que le generan mayores beneficios, considerando un rendimiento del capital del 20% anual. b) Con arrendamiento operativo


102

Considerando que existen empresas dedicadas al arrendamiento operativo o puro y derivado de las cotizaciones que le enviaron a la empresa, se consideró que la más conveniente y que reúne los requisitos establecidos para ser utilizada en el proceso productivo, es la siguiente:

Inicio del Contrato:

Diciembre 22 de 2010

Arrendante:

Leasing Bolívar

Arrendatario:

Demoliciones y Excavaciones S.A.S

Maquinaria a arrendar:

Retroexcavadora sobre orugas usada

Plazo de arrendamiento:

12 meses (1 años)puede ser cancelable y

renovado cada fin de año. Cuota de arrendamiento:

Vencida $4.514.409

Cuota de seguro:

Corren por cuenta del arrendador

Opción de compra:

No existe

Gastos de mantenimiento:

Son a cargo del arrendador .

Riesgos y daños:

Corren por cuenta del arrendador.

Dentro de las ventajas que se obtienen al utilizar el arrendamiento operativo están las siguientes: 

No se incurren en pagos por seguro, riesgos o daños a la maquinaria, salvo que fuera por negligencia del arrendatario.

El contrato de arrendamiento es cancelable cuando las partes “arrendatario y arrendador” asi lo establezcan de común acuerdo.

El arrendatario registra como gasto deducible del impuesto sobre la renta , la renta total facturada por el arrendador.

Dentro de las desventajas al utilizar este sistema de financiación están los siguientes:


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El arrendador puede otorgarle en arrendamiento la maquinaria que tenga disponible al momento de establecer el contrato.

No existe la opción de compra de la maquinaria arrendada.

La cuota por arrendamiento es alta, ya que el arrendador corre con los riesgos inherentes a la propiedad arrendada.

Es conveniente mencionar que en esta forma de financiación, al arrendatario no se le concede la opción de compra, ya que para el arrendador su actividad principal no es la venta de la maquinaria sino obtener beneficios con el arrendamiento de las mismas.

c) Con entidades financieras (bancos)

En cuanto a este tipo de financiación, las entidades bancarias otorgan préstamos con garantía, hipotecaria, fiduciaria y prendaria, pero no otorgan el 100% del avalúo del bien, sino únicamente un porcentaje del mismo que puede ser entre el 70 y 80% , con esta opción las empresas arrendatarias se ven en la necesidad de desembolsar un 30 o 20 % del valor de la maquinaria que desean adquirir al contado, por lo que la financiación en el caso de una entidad financiera (banco)no sería del 100% para el arrendatario. Además, de acuerdo con la investigación realizada, la tasa de interés que el banco cobra por operaciones activas en el mercado financiero, oscilan entre el 17% y 23% anual sobre saldo y con la condición de que la misma puede ser variable.

Dentro de las ventajas que obtiene el arrendatario al adquirir maquinaria por medio de préstamos a instituciones financieras (Bancos) están las siguientes:


104

La maquinaria que compre la arrendataria con préstamos bancarios, serán propios, lo cual incrementa el rubro de activos fijos.

En el último de los casos, si la empresa llegara a tener problemas de efectivo, podrá vender la maquinaria, ya que es propiedad de esta.

Los intereses que le cobre el banco por la financiación son totalmente deducibles del impuesto sobre la renta.

Aprovechar la deducción al impuesto sobre la renta de la depreciación de la maquinaria.

Dentro de las desventajas que obtiene el arrendatario al adquirir maquinaria por medio de préstamos a instituciones financieras (bancos) están las siguientes: 

La entidad bancaria solamente les puede otorgar en préstamo, el 70 o el 80% del valor de la maquinaria.

El arrendatario tiene que desembolsar entre un 20 y un 30% del valor de la maquinaria que desea adquirir al contado.

En vista de que la empresa adquiere el activo por medio de préstamo bancario, ello indica que además de registrar un activo en el balance general, debe de registrar la obligación correspondiente.

Es importante mencionar que con esta forma de financiamiento, la utilidad que el arrendatario obtiene se ve disminuida por el pago de intereses que tiene que pagar por la financiación del capital prestado.

d) Con arrendamiento financiero Mediante la adquisición de la maquinaria por medio del arrendamiento financiero, el arrendatario obtiene las ventajas siguientes:


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Comprar la maquinaria adquirida mediante el contrato de arrendamiento financiero suscrito con la empresa arrendadora con solo pagar el valor de la misma establecido previamente en el contrato.

Obtiene la financiación del 100% del valor de la maquinaria.

La garantía solicitada es la propia maquinaria arrendada.


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CONTABILIZACION 

A la firma del contrato: CONCEPTO

DEBE

HABER

DERECHOS SOBRE BIENES EN REGIMEN DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO

GASTOS POR INTERESES DIFERIDOS

189.334.160

16.707.161

ACREEDORES POR ARRENDAMIENTO FINANCIERO

206.041.321

• Por el pago de cada cuota: CONCEPTO

DEBE

HABER

ACRREEDORES POR ARRENDAMIENTO A CORTO PLAZO

4.514.409

HACIENDA PUBLICA IVA SOPORTADO

722.305

TESORERIA

5.236.714

• Por los gastos financieros devengados en cada cuota: CONCEPTO

INTERESES DE LEASING GASTOS POR INTERESES DIFERIDOS

DEBE

HABER

1.214.168 1.214.168


107

• Por la amortización: CONCEPTO

DEBE

AMORTIZACION DEL INMOVILIZADO INNMATERIAL

HABER

3.300.2 41

AMORTIZACION ACUMULADA DEL INMOVILIZADO INMATERIAL

3.300.241

Por la reclasificación de las 12 cuotas del contrato que pasan a corto plazo: CONCEPTO

ACREEDORES POR ARRENDAMIENTO FINANCIERO A LARGO PLAZO

DEBE

HABER

4.514.4 09

ACREEDORES POR ARRENDAMIENTO FINANCIERO A CORTO PLAZO

4.514.409

Por el pago de la opción de compra: CONCEPTO

ACREEDORES POR ARRENDAMIENTO FINANCIERO A CORTO PLAZO

HACIENDA PUBLICA,IVA SOPORTADO

BANCOS

DEBE

HABER

4.514.4 09

722.305

5.236.714


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CONCLUSIONES

Las empresas comerciales dedicadas a la venta de maquinaria obtienes mayores ingresos, aplicando el arrendamiento financiero como medio de venta, que utilizando el metodo de venta directa, ya que al utilizar el primero de estos, sus ingresos aumentan por la financiacion que otorga al arrendatario, y asi mismo ofrecen a sus clientes mayores ventajas financieras y ficales que las ofrecidas por otras alternativas de financiamiento.

Al aplicar el arrendamiento financiero en una empresa de servicios de maquinaria , se debe de tener claro que el objetivo principal de esta es el incremento de sus servicios , y para el arrendatario es aprovechar la financiacion, las ventajas financieras y fiscales que esta operaci贸n con lleva, asi como tambien optar por la opcion de compra que le ofrece el arrendador.

Al adquirir el arrendatario maquinaria pesada por medio de arrendamiento

financiero,

le

permitira

obtener

mayores

beneficios

comparados con otras formas de financiamiento, ya que este mecanismo le provee el 100% de financiacion del valor del bien, las cuotas pagadas al arrendador son deducibles del impuesto sobre la renta y la garantia la constituye la propia maquinaria.

El leasing financiero nos genera la ventaja de aceleramiento en la deduccion de canones o cuotas , respecto de un prestamo prendario y una compra al contado, porque se deduce frente al impuesto a las ganancias lo que efectivamente se paga como cuota, al igual que se mantienen actualizados tecnologicamente los equipos y frente al iva , el pago se realiza periodicamente en el plazo del leasing.


109

La operaci贸n, seg煤n las disposiciones contables, podra reflejarse como deuda en el balance, el bien se incorpora como activo cuando se ejerce la opcion de compra por su valor residual por lo que no tributa durante el impuesto a la ganancia minima presunta durante el leasing.


110

RECOMENDACIONES Las empresas comerciales que venden maquinaria pesada , y trabajen en el arrendamiento financiero, les hagan saber a sus clientes los beneficios financieros y fiscales que obtendrian si optan por la adquisicion de maquinaria pesada mediante este sistema.

Los responsables de registrar la contabilidad en las empresas que utilizan el arrendamiento financiero , deben de terner presente que como se identifico , existen diferencias entre la Norma Internacional de contabilidad No. 20 y la legislacion tributaria , con relacion al tratamiento y registro contable de dicha operaci贸n.

Tener presente que los resultados obtenidos en el caso practico desarrollado estan sujetos a varios factores que pueden variar de acuerdo a la situacion economica del pais y a los diferentes tipos de empresas que existen, es decir de acuerdo al sector al que pertenecen como lo son las empresas de servicios comerciales, por lo que los resultados del caso practico desarrollado estan sujetos a cambios, tanto en los valores monetarios como en los porcentuales.

Que los arrendatarios antes de suscribir un contrato de arrendamiento financiero, tengan presente con que entidad lo van a realizar, ya sea con una financiera legalmente establecida y supervisada por la superintendencia o con una empresa comercial, para que le provean el adecuado soporte especializado y tecnico como lo es el mantenimiento, los repuestos y la reparacion de la maquinaria.


111

ANEXOS


112


113


114


115

Anexo 1 RUT ABRIL DEMOEXCAVA S.A.S.


116


117


118


119

Flujo de Pago de Operaciones

Fuente: Seguros BolĂ­var


120

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