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é tica y d eontología
Entrevista a la Dra. Pilar León
La Dra. Pilar León es miembro de la Comisión Central de Deontología del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España (CGCOM) y secretaria de la Comisión Deontológica del Colegio de Médicos de Navarra.
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En el VIII Congreso Nacional de Ética y Deontología Médica, en el que participó como ponente, subrayó que el nuevo Código de Deontología “servirá para identificar mejor los valores, virtudes y deberes esenciales de la práctica médica y mantener los niveles de competencia de nuestra profesión”.
- ¿qué suPone Para la ProFesiÓn méDiCa el nuevo CÓDiGo De DeontoloGía?
-En una primera aproximación, en la actualización del código de deontología médica de 2022 descubrimos tres aspectos importantes para la profesión médica: el primero es que mantiene una saludable independencia entre la Ética y la Deontología médicas y el Derecho. El documento pone de manifiesto que no todas las acciones humanas caen bajo la autoridad de la ley, y que la deontología aporta la reflexión ética sobre los deberes morales propios del ejercicio de las profesiones (en especial, de la medicina). Lógicamente, como bien establece el código, cuando un profesional actúe amparado por las leyes del Estado, no podrá ser sancionado deontológicamente.
En segundo lugar, observamos la continuidad de unos Principios Generales que reúnen valores permanentes propios de la Ética Médica. Así lo expresa el Artículo 4.1: “El médico está al servicio del ser humano y de la sociedad. Respetar la vida humana, la dignidad de la persona y el cuidado de la salud del individuo y de la comunidad son los deberes primordiales del médico”.
En tercer lugar, el nuevo código destaca, desde su inicio, que los médicos somos agentes morales, no simplemente proveedores de servicios, de ahí que entre los Principios Generales ha incluido que “el médico tiene el deber y el derecho de ejercer su profesión con autonomía profesional e independencia clínica” (Artículo 6.5). Eso sí, también ha de ser capaz de justificar que actúa “sin influencia de partes o personas externas, en beneficio de sus pacientes y de la sociedad” (Artículo 6.5).
Este tipo de documentos necesariamente contienen recomendaciones generales, puesto que su aplicación depende, en muchas ocasiones, de las circunstancias particulares de los casos, sin embargo, los redactores iniciales del código se propusieron dejar claras las obligaciones de los profesionales, y el nuevo código contiene muchas recomendaciones directas y específicas sobre lo que el médico debe o no debe llevar a cabo en el ejercicio de su profesión.
Sin duda, el nuevo código nos servirá para identificar mejor los valores, virtudes y deberes esenciales de la práctica médica y mantener los niveles de competencia de nuestra profesión.
-¿CuÁles son las PrinCiPales noveDaDes que inCorPora?
-El código aprobado a finales de 2022 incrementa casi un 50% el articulado, pasa de 66 a 93 artículos. El aumento se debe a la aparición de nuevos capítulos dedicados a la Seguridad del paciente (capítulo X), a la telemedicina y a la tecnología de la información y la comunicación (capí- tulo XXIII), y a la deontología de la Inteligencia artificial y bases de datos sanitarios (capítulo XXIV). Algunos de los temas ya habían sido tratados en Informes y Declaraciones de la Comisión de Deontología aprobados por el Consejo General.
Además, se han desdoblado otros dos capítulos: del capítulo III (Relaciones del médico con sus pacientes) se ha separado uno nuevo dedicado a la Deontología de la Historia Clínica y la documentación (capítulo IV). También se ha subdividido el capítulo sobre la Calidad en la atención médica (capítulo V) y añadido otro titulado “la Responsabilidad del médico” (capítulo VI), que caracteriza la conducta del profesional ante el paciente y le exige asumir y reparar las consecuencias negativas de sus actuaciones o errores en el curso de su ejercicio profesional (Artículo 24.2).
Hasta aquí los cambios que podríamos considerar estructurales. El nuevo código también ha prestado atención a cuestiones deontológicas que han adquirido relevancia y actualidad en la práctica médica como la sexualidad humana o la atención médica en casos de violencia, que hemos de detectar e intentar erradicar (Artículo 68.2).
El Código obliga a todos los médicos por el hecho de estar colegiados, por eso hay que conocerlo y consultarlo de vez en cuando, para que inspire nuestra conducta profesional y revisar cómo estamos ejerciendo la medicina.