Año 5 - No. 67, febrero de 2016, Precio: $35.00 m.n.
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Director General y Presidente del Consejo Editorial Mario Luis Fuentes CONSEJO EDITORIAL Jesús Kumate Rodríguez
Rolando Cordera Campos Carlos Rojas Gutiérrez Enrique Del Val Blanco Fernando Cortés Cáceres Miguel Concha Malo Irasema Terrazas Enrique Provencio Durazo Marcela Rovzar de González Gustavo Gordillo De Anda Nashieli Ramírez Mónica González Contró
Director Editorial Saúl Arellano Almanza Coordinadora Editorial Laura Ilarraza Gálvez Edición Electrónica Jesús Mendoza Franco México Social es una publicación inscrita en el Padrón Nacional de Medios Impresos de la Secretaría de Gobernación. http://pnmi.segob.gob.mx
04 Saldar una deuda histórica Alejandro Robledo 10 Los Acuerdos de San Andrés: 20 años de indiferencia Jaime Martínez Veloz 16 Acuerdos desconocidos e incumplidos Juan Santamaría 20 Presupuesto para el Desarrollo Integral Israel Martínez 24 Riqueza concedida Margarita Rodríguez 30 El camino a la paz, la justicia y la democracia Adelfo Regino 36 Chihuahua y sus pueblos indígenas Isela González 40 Ciudad de México: Entidad Pluricultural Julio Moguel 44 Sierra Norte de Puebla: Entre el despojo y la resistencia Raymundo García 48 Guerrero y la Constitución Marcos Matías LAS ENFERMEDADES DE LA DESIGUALDAD 52 La incansable Bernardo Kliksberg defensa del territorio yaqui Mario Luna 56 La deforestación en México Bertha Rosas
México Social, Año 5, No. 67, febrero de 2016, es una publicación mensual editada por el Instituto de Capacitación, Estudios e Investigación en Desarrollo y Asistencia Social, S. C. (CEIDAS). Pennsylvania No.86, Col. Parque San Andrés, CP. 04040 Delegación Coyoacán, México, D.F. Tels. 5659-6120 y 5659-6209 www.ceidas.org.mx, informacion@ceidas.org.mx. Editor responsable: Saúl Arellano Almanza. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo No. 04-2014-052912521500-102 ISSN: 2007 - 2600, ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Licitud de Contenido No. 15077, otorgado por la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación. Permiso SEPOMEX IM09- 0840. Impresa por Multigráfica Publicitaria S.A. DE C.V. Avena No. 15 Col. Granjas Esmeralda Del. Iztapalapa C.P. 09810 México D.F. Tels. 54451590, 55822344. Distribuida por la Comercializadora GBN S.A. de C.V., Calzada de Tlalpan No.572, Desp. C-302,Col. Moderna, Del. Benito Juárez C.P. 03510, México D.F. Tel. 0155-56188551 Mail: comercializadoragbn@yahoo.com.mx comercializadoragbn@gmail.com este número se terminó de imprimir el 25 de enero de 2016.
PRÓXIMO NÚMERO: TRABAJO DOMÉSTICO NO REMUNERADO
Los artículos e imágenes publicados en esta edición son de responsabilidad exclusiva en su contenido y forma de las y los autores que generosamente contribuyen en nuestra publicación. Sus opiniones teóricas no necesariamente reflejan la postura del editor. Queda estrictamente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos e imágenes de la publicación sin previa autorización del Instituto de Capacitación, Estudios e Investigación en Desarrollo y Asistencia Social, S. C. (CEIDAS).
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as personas hablantes de lenguas indígenas y quienes forman parte de las comunidades y pueblos originarios han sido y siguen siendo quienes en mayor medida viven los dañinos efectos de un modelo económico-cultural que los excluye del acceso al cumplimiento efectivo de sus derechos. Según el Consejo Nacional para la Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), actualmente únicamente tres de cada 100 personas hablantes de lenguas indígenas son consideradas simultáneamente como no pobres y no vulnerables, dato en el que se sintetiza el conjunto de contradicciones y de rezagos que debemos saldar como sociedad a fin de convertirnos en una nación pluriétnica y multicultural, equitativa e incluyente. De acuerdo con las mediciones que hemos construido en CEIDAS, AC y en el Programa Universitario de Estudios del Desarrollo (PUED-UNAM), entre las niñas y niños indígenas se concentran los peores indicadores del desarrollo: son víctimas de las más altas tasas de morbilidad y mortalidad por enfermedades infecciosas; y presentan las más altas tasas de mortalidad por causas prevenibles y en exceso evitables. Los datos son dramáticos e indican que ser niña o niño hablante de una lengua indígena, o nacer en una localidad o pueblo indígena, implica hasta tres veces mayores probabilidades de morir antes de cumplir los cinco años, respecto de las probabilidades registradas para las niñas y los niños que no son indígenas. Asimismo, los mayores porcentajes de rezago educativo; de acceso a servicios básicos; de calidad de la vivienda;
Editorial MARIO luis fuentes
de registro oportuno al nacimiento; de vulnerabilidad por carencia a la alimentación; de ingresos bajos y de carencia de acceso a la seguridad social; están concentrados también en los pueblos y comunidades indígenas. Lo anterior se expresa en indicadores síntesis como lo son la tasa de mortalidad infantil y la tasa de mortalidad materna, las cuales llegan a ser hasta cinco veces más altas en algunas localidades indígenas, respecto de los promedios nacionales registrados. Hace 21 años el EZLN logró poner al centro del debate político y social del país la cuestión indígena y el olvido en que han vivido los pueblos originarios desde hace 500 años. Posteriormente, en febrero de 1996, precisamente hace 20 años, el Gobierno de la República firmó con el EZLN los llamados Acuerdos de San Andrés, los cuales contenían la que es considerada hasta ahora la agenda más amplia -aunque aún inacabadade discusión de los derechos de los pueblos indígenas; la que, a pesar de las reformas constitucionales y legales, no ha terminado de ser incluida en toda su amplitud y sentido en el Orden Jurídico nacional. En esa lógica, a pesar de los avances y de las importantes sumas de recursos que se han invertido para avanzar en el abatimiento de los rezagos que les afectan, los datos indican que las condiciones estructurales que generan la desigualdad y el maltrato a los pueblos indígenas persisten. Siguen sin reconocerse muchos de sus derechos colectivos; sigue sin asumirse a plenitud la noción de “naciones y pueblos indígenas”; sigue sin reconocerse la autonomía y pleno dominio sobre sus territorios; la educación bilingüe es to-
Integrante de la Junta de Gobierno de la UNAM; institución en la que también es Coordinador de la Especialización en Desarrollo Social del Posgrado de la Facultad de Economía; Investigador del Programa Universitario de Estudios sobre el Desarrollo; y titular de la Cátedra Extraordinaria Trata de Personas. Es Director general del CEIDAS, A.C.
davía una realidad muy lejana; el acceso efectivo al cumplimiento del derecho a la salud es limitado y una larga lista de pendientes que es urgente atender con la seriedad que se requiere. Frente a ello, no debe olvidarse que en agosto del año pasado el Presidente de la República ratificó el compromiso del Estado mexicano de dar cumpli-miento a los Acuerdos y Plan de Acción de las Naciones Unidas en materia de derechos y desarrollo de los pueblos originarios, por lo que el entramado institucional debería alinearse en todos sus órdenes y niveles a fin de impulsar una nueva relación del Estado con los pueblos indígenas y propiciar su plena incorporación al bienestar y el desarrollo. En la visita que hará este mes el Papa Francisco a México estará en el estado de Chiapas y se ha anunciado que visitará la tumba de Samuel Ruiz, un teólogo de la liberación y quizá el principal aliado y defensor de la causa zapatista y, en general, de la amplia agenda de los derechos incumplidos de las personas hablantes de lenguas indígenas. El significado político y simbólico de esta visita, a la par de los rezagos materialmente existentes, pondrán nuevamente en la palestra de discusión nacional el tema de los Acuerdos de San Andrés, y la lucha que se ha desarrollado desde hace 20 años por construir un país que, de una vez por todas, pueda garantizar equidad, justicia y dignidad para todos.
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Saldar una
DEUDA HISTÓRICA por ALEJANDRO ROBLEDO
L SOBRE EL AUTOR: Abogado por la Universidad Autónoma de Coahuila, Máster en Gestión Pública por la Universidad Complutense de Madrid y cursa la Maestría en Derechos Humanos por la Universidad Iberoamericana. Especialista en temas de derechos indígenas, derechos humanos y participación ciudadana
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os Derechos Humanos son el reconocimiento y la protección a los derechos fundamentales de las personas; constituyen el signo de la evolución de los órdenes jurídicos de los países; y son la expresión de la ideas de justicia, libertad e igualdad. Los derechos humanos, al ser una obligación de los Estados el garantizarlos, miden la eficacia del orden político establecido y la vida social. El filósofo alemán Jürgen Habermas define a los derechos humanos como: “el lenguaje transcultural y universal con las que se regulan las
relaciones mundiales”. Existe un consenso sobre los valores de los derechos humanos, sin embargo, en su forma de interpretarlos hay diversas visiones culturales sobre ellos, lo que en la última década ha formado una interpretación multicultural, fundamentada en la pluriculturalidad, que es la variedad de culturas que conviven en una nación o comunidad. El multiculturalismo se define como un proceso de diálogo y relación social entre grupos culturales distintos, en donde ninguno prevalece sobre el otro, sino que se privilegian la diversidad, la con-
SOBRE EL AUTOR: Foto: cortesía de EXCÉLSIOR
En materia de derechos indígenas y su marco legal internacional, se ha ido más allá, pues en los documentos e instrumentos jurídicos en la materia se reconoce la importancia de las particularidades de los pueblos indígenas y de sus patrimonios históricos, culturales y espirituales. Este reconocimiento hace viable y posible la aplicación y protección de los derechos colectivos indígenas vivencia y los valores democráticos; en donde cada cultura se enriquece entre sí, con sus costumbres, lenguas, tradiciones y valores. Como menciona el sociólogo Boaventura de Souza, el multiculturalismo y el diálogo cultural que de él emana debe estar basado en el reconocimiento de los derechos humanos, y que éste a su vez derive en la integración de las culturas, en su complementación como sociedad y en políticas incluyentes, respetando la diversidad. El multiculturalismo de los derechos humanos es la lucha por el reconocimiento de la diversidad
cultural; es decir, que los derechos no prescindan para su definición, reconocimiento y protección, de sus aspectos culturales, lingüísticos y étnicos. Esa es la clave para zanjar las diferencias radicales entre culturas, y la definición y garantía de sus derechos, aceptando que cada cultura tiene un valor, y que los conceptos y formas de entender al ser humano y su dignidad son igualmente válidas. Con el proceso de globalización, coexisten culturas en el mismo tiempo, lugar y en permanente contacto, aumentando la conciencia sobre la diversidad; sin embargo, la
premisa de “universalidad” predomina en los modos de tutela legislativa y en el accionar de las instituciones de muchos países. En el ámbito internacional se han hecho esfuerzos para dirimir la interpretación de los derechos, su contenido y su aplicación en las diversas Declaraciones, Tratados y Convenciones de Derechos Humanos. En este sentido, en materia de derechos indígenas y su marco legal internacional, se ha ido más allá, pues en los documentos e instrumentos jurídicos en la materia se reconoce la importancia de las particularidades de los pueblos indígenas y de sus
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Acuerdos de San Andrés: 20 años después patrimonios históricos, culturales y espirituales. Este reconocimiento hace viable y posible la aplicación y protección de los derechos colectivos indígenas. La importancia del tema de derechos indígenas en la agenda internacional, aunado a la evolución vertiginosa de las doctrinas, prácticas e interpretación de los derechos humanos, ha derivado en instrumentos como: el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo del año 1989; la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de 2007; y las Normas y Jurisprudencias del Sistema Interamericano de Derechos Humanos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y Tribales sobre sus Tierras Ancestrales y Recursos Naturales. Cabe resaltar que el Estado mexicano ha sido de los principales impulsores de estos instrumentos a favor de los pueblos indígenas ante los organismos internacionales y con otros países. El Estudio Martínez Cobo establece una definición político-social sobre los pueblos indígenas como sujetos de derechos y el objetivo primordial del reconocimiento de éstos: “Las comunidades, pueblos y naciones indígenas son aquellos que, teniendo una continuidad histórica con las sociedades previas a la invasión y precoloniales que se desarrollaron en sus territorios, se consideran a sí mismas diferenciadas de otros sectores de las sociedades que prevalecen actualmente
en sus territorios, o en parte de ellos. Ellos forman en el presente sectores no dominantes de la sociedad y están determinados a preservar, desarrollar y transmitir a las generaciones futuras su cultura, sus territorios ancestrales y su identidad étnica como la base de su existencia continuada como pueblos, de acuerdo con sus propias instituciones sociales”. Por lo mencionado en párrafos anteriores, diversos países del continente han modificado sus constituciones adoptando nuevas legislaciones. Este proceso se debe a la reivindicación de las causas indígenas, el fortalecimiento de la identidad cultural, la cooperación y avances internacionales en materia de derechos indígenas y humanos. Con ello iniciaron la transformación de la relación EstadoPueblos Indígenas. La realidad de los pueblos indígenas de México no es tan distinta: es un país pluricultural, de composición multiétnica, lo que se refleja en los 68 pueblos indígenas que lo habitan y a los cuales pertenecen más de 15 millones de mexicanos. Estos pueblos se han constituido en actores sociales, culturales y políticos importantes para la vida nacional. Durante las tres últimas décadas han planteado de una manera recurrente el reconocimiento de sus derechos colectivos, como: libre determinación; reconocimiento de sus sistemas normativos;
El multiculturalismo de los derechos humanos es la lucha por el reconocimiento de la diversidad cultural y que los derechos no prescindan para su definición, reconocimiento y protección, de sus aspectos culturales, lingüísticos y étnicos. Esa es la clave para zanjar las diferencias radicales entre culturas, y la definición y garantía de sus derechos 6
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Foto: cortesía de EXCÉLSIOR
desarrollo social con pertinencia cultural; derecho a la consulta; entre otros. Estos derechos no son una forma de oposición a un orden normativo en México, sino a favor del reconocimiento de la diversidad y su preservación cultural, amparados en instrumentos jurídicos internacionales. El marco legal nacional en materia de derechos indígenas también ha evolucionado, producto de la lucha de los pueblos por este cambio. La reforma constitucional
al Artículo 2º sobre derechos indígenas del año 2001 fue una respuesta, aunque insuficiente, a las demandas planteadas a raíz del levantamiento armado del Ejército Zapatista de Liberación Nacional en enero de 1994, y plasmadas en los Diálogos y los Acuerdos de San Andrés en 1996, entre el Estado mexicano y los pueblos indígenas. Como es sabido, en aquel entonces dichos Acuerdos fueron firmados pero no se llevaron a cabo, hecho que constituye una asig-
natura pendiente para el Estado Mexicano. A pesar del avance en el reconocimiento de los derechos colectivos indígenas en México, siguen presentándose algunas violaciones a éstos, producto de una dinámica de discriminación y exclusión que ha persistido durante décadas. Lo anterior, aunado a la aprobación de la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas en el año 2007 y otros instrumentos internacionales,
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Acuerdos de San Andrés: 20 años después En México existen nuevos instrumentos que garantizan los derechos humanos de los pueblos indígenas, tales como: • La Reforma al Artículo Primero de la Constitución en el año 2011, que le otorga rango constitucional a los Tratados y Convenios Internacionales sobre Derechos Humanos • La resolución 293/11 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que hace de observancia obligatoria la jurisprudencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos como las Jurisprudencias del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y resoluciones del Sistema de Naciones; la Convención Americana de Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; y la Convención Internacional en Contra de Todas las Formas de Discriminación Racial, nos lleva a la necesidad como país de armonizar el marco legislativo y constitucional nacional con el internacional en materia de derechos indígenas, para reconocer sus derechos colectivos, su protección y garantía de ejercicio. El reconocimiento de los derechos colectivos en la Constitución propiciará una nueva relación Estado mexicano-Pueblos indígenas. Es hasta el actual gobierno federal que el tema de los derechos indígenas y su reconocimiento con la armonización legislativa ocupa un lugar importante en la agenda política y social nacional; como se constata en
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el marco de actuación del gobierno en el Programa Sectorial de la Secretaría de Gobernación 2013-2018, en particular la Línea de Acción 1.5.3. Impulsar la armonización del marco legal con los tratados nacionales e internacionales en materia indígena y en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 para promover y garantizar los derechos humanos e indígenas. Esta armonización forma parte también de los trabajos para completar la Reforma Constitucional sobre derechos humanos del año 2011. Otra importante definición sobre el tema de derechos indígenas fue la que hizo el Presidente Enrique Peña Nieto en la Conferencia Mundial de Pueblos Indígenas de la Organización de las Naciones Unidas, en donde el Estado mexicano valoró la propuesta del Pleno -y la aceptó junto con los demás países miembros- de armonizar las leyes de los países, siguiendo el
espíritu de la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Además, se pueden mencionar las acciones que realiza el Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, para establecer un diálogo constructivo con los pueblos y comunidades indígenas y garantizar sus derechos. La armonización legislativa en materia de derechos de los pueblos indígenas y la reforma que de ésta emane son de interés nacional; además de ser una política de derechos humanos, coadyuvarán para garantizar la paz, el desarrollo y prevenir conflictos derivados del no ejercicio de los derechos o las violaciones a los mismos. Asimismo, permitirán saldar las deudas históricas con los pueblos indígenas del país, cuyos integrantes y comunidades han sido partícipes importantes y definitorios en la construcción de la historia nacional, no sólo porque son los que dieron
origen y sustento al país, también porque han participado en los hechos más trascendentales de éste: en la guerra de Independencia los pueblos indígenas estuvieron con los Insurgentes en la lucha por la libertad. Durante el siglo XIX defendieron la soberanía de nuestra entonces joven nación de las intervenciones de países extranjeros, como en la Batalla de Puebla. Para inicios del siglo XX, los pueblos indígenas formaron parte fundamental de la primera revolución social y agraria del siglo: la Revolución Mexicana, a favor de la justicia, democracia e inclusión; éstas no hubieran sido posibles sin la participación de los indígenas. Du-
rante nuestra historia, los pueblos indígenas han estado en la defensa de la unidad del país, su libertad y su soberanía. El Estado mexicano tiene hoy la voluntad y la oportunidad histórica para transformar la relación con los pueblos indígenas a través de una reforma y armonización que reconozca sus derechos colectivos, para que, bajo los principios de inclusión, no discriminación, igualdad, democracia, puedan alcanzar su desarrollo y conservación de su cultura, lo que sería benéfico para el país en su conjunto, pues sólo así se logrará el objetivo de forjar el México justo, equitativo, democrático y de derechos por el que se trabaja diariamente.
Pese al avance en el reconocimiento de los derechos colectivos indígenas, éstos siguen siendo violados o incumplidos como consecuencia de las dinámicas de discriminación y exclusión, lo que nos lleva a la necesidad de armonizar el marco legislativo y constitucional nacional con el internacional para reconocer sus derechos colectivos, protegerlos y garantizar su ejercicio Foto: cortesía de EXCÉLSIOR
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LOS ACUERDOS DE SAN ANDRÉS:
20 años
de indiferencia por JAIME MARTÍNEZ VELOZ
Las causas que dieron origen al levantamiento zapatista en 1994 no se han modificado sustantivamente, a pesar de las acciones y los esfuerzos sinceros que se han llevado a cabo durante todo este tiempo para lograr cambios perdurables en beneficio de los pueblos indígenas SOBRE EL AUTOR: Titular de la Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México. Es Arquitecto por la Universidad Autónoma de Coahuila, institución en la que ha fungido como Secretario General, director de la Facultad de Arquitectura y profesor. Es Articulista del periódico La Jornada, y autor de libros como "Chiapas: la paz inconclusa". Dentro de la función pública se ha desempeñado como Coordinador de diferentes programas sociales en los estados de Coahuila, Baja California y Chiapas, y ha formado parte en cuatro ocasiones de la Comisión para la Concordia y la Pacificación en Chiapas, dos como diputado federal y dos como representante del Gobierno de Chiapas en la LX y LXI Legislaturas.
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n 1994 el EZLN se levantó en armas, enarbolando las causas que hoy documenta el CONEVAL. Los números no mienten. Las estadísticas no tienen signo político, solo muestran resultados: en los dos últimos años hay medio millón más de indígenas pobres y un aumento en 300,000 en el número de indígenas en pobreza extrema. Entre 2012 y 2014 se amplió la brecha de pobreza y, particularmente, la de pobreza extrema entre la población indígena y no indígena. El porcentaje de población indígena en pobreza pasó de 72.3% a 73.2%, esto es, 8.7 millones de personas; medio millón más que en 2012.
Foto: cortesía de EXCÉLSIOR
El porcentaje de pobreza extrema pasó de 30.6% a 31.8%, es decir, 3.8 millones de indígenas; 300,000 más que en 2012. La población con al menos una carencia social pasó de 92.6% a 92.1%; y aquella con al menos tres carencias de 56.1% a 54.8%. El rezago educativo, el acceso a los servicios de salud, la carencia por acceso a la seguridad social, la calidad y los espacios en la vivienda fueron las carencias sociales que se redujeron. En sentido opuesto, las carencias sociales que se incrementaron fueron los servicios básicos en la vivienda y el acceso a la alimentación. Esta última con la mayor variación al pasar de 34.4% a 38.8%, 600
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Acuerdos de San Andrés: 20 años después
Los pueblos indígenas han tenido un avance muy lento en materia económica y social, por lo que siguen representando el sector de la población con los más altos niveles de pobreza, las mayores carencias sociales, el menor nivel de ingreso, la menor representación política y quienes sufren la mayor discriminación mil personas más que en 2012. La población indígena con un ingreso inferior a la línea de bienestar mínimo pasó de 42.4% a 43.9%, y la población con un ingreso inferior a la línea de bienestar pasó de 74.5% a 76.1%. A pesar de las reformas jurídicas aplicadas y los cada vez mayores recursos destinados para su atención, los pueblos indígenas han tenido un avance muy lento en materia económica y social, por lo que siguen representando el sector de la población con los más altos niveles de pobreza, mayores carencias sociales, menor nivel de ingreso, menor representación política y los que sufren la mayor discriminación entre los diversos grupos. El incremento de recursos financieros a este sector no ha influido en la disminución de los niveles de pobreza de la población indígena, porque es ahí donde reside la necesidad de entender que enfrentar este grave problema no es solo un asunto presupuestal, sino un tema que requiere abordarse en el marco del contexto económico y jurídico en el que se produce, que permita incorporar los derechos de los pueblos indígenas, excluidos hasta hoy, para que puedan ser ejercidos a cabalidad. Ante esta realidad, las instituciones de la República y la sociedad en su conjunto tenemos la obligación de reflexionar sobre las causas de este grave fenómeno y construir las opciones para enfrentarlo.
Contexto económico Los ajustes en la forma de conducir la economía nacional a partir de los años 80
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implicaron modificar la política económica y social a partir de la aplicación de medidas que buscaban dar cumplimiento a compromisos asumidos por México con organismos internacionales y gobiernos de países desarrollados, en aras de incrementar la apertura y desregulación de la economía, y reducir drásticamente la participación del Estado como actor preponderante en la conducción de los procesos de desarrollo nacional. Las expectativas que en su momento se generaron con estas reformas eran las de lograr estabilidad macroeconómica, mayores tasas de crecimiento, e incremento de la competitividad en los sectores y ramas de la economía que estarían vinculados a mercados internacionales; además, estos procesos tendrían un efecto redistributivo a partir de la reducción de las brechas salariales, tanto entre sectores como con nuestros socios comerciales, y de una mayor eficiencia en la aplicación del gasto, lo cual, en suma, se traduciría en una reducción de la pobreza y de la desigualdad. A más de tres décadas, se puede afirmar que la realidad ha sido muy distinta a la proyectada. En los últimos 20 años, la economía ha tenido un comportamiento pobre que se refleja en un promedio de crecimiento anual de 2.6% para el caso del PIB, y de 1.3% al considerar el PIB per cápita. En la historia económica reciente encontramos períodos con algunos destellos en el comportamiento económico; en el peri-
odo de 2008 a 2013, el país creció en un 2%, nivel por encima del promedio del conjunto de países de la OCDE, que fue del 0.8%; sin embargo, el porcentaje del gasto público respecto del PIB fue de apenas el 27.2%, cuando el promedio del conjunto de países de la OCDE fue del 42%. Los niveles productivos se mantuvieron estables, de esta forma se esperaría que las economías de las familias se comportaran de la misma manera, sin embargo no fue así. La problemática se encuentra en el con-
trato social, en donde la distribución de los beneficios solamente favorece al capital y no al trabajo. En los últimos 20 años, el salario mínimo real tuvo un decremento del 27% y las fortunas de las nueve familias más ricas del país han crecido casi 10 veces entre 1996 y 2014, al pasar de un total de 13,300 millones de dólares en 1996 a 131,700 millones en 2014. Ningún país aguanta una situación de esta naturaleza sin pagar las consecuencias.
Las propuestas atendidas y las que no se escucharon Ninguna sociedad es monolítica; sólo las dictaduras. En la democracia se escuchan las voces de los diferentes grupos políticos y poderes fácticos organizados. ¿Cuáles eran las propuestas hace veinte años en el debate sobre nuestra economía, y sexenio tras sexenio? ¿Qué distinciones se pueden identificar en el manejo de los instrumentos de política económica?
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Acuerdos de San Andrés: 20 años después Las carencias sociales que se incrementaron en los pueblos indígenas fueron los servicios básicos en la vivienda y el acceso a la alimentación, la cual pasó
de 34.4% a 38.8%, es decir,
600 mil personas más que en 2012
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Todos los grupos políticos enarbolan medidas para alcanzar el bienestar social, ahí no hay diferencias; el problema es el cómo, las prioridades y los énfasis que se aplican en cada medida para modificar el rumbo de la economía y hacia qué sectores van dirigidos los beneficios. Las propuestas de los grandes empresarios tenían que ver con la confianza en el libre mercado: mientras menos participara el Estado en la economía, más competencia de los agentes económicos, nacionales y extranjeros y, por lo tanto, mayores niveles de empleo y bienestar. El debate entre los académicos y los sectores más críticos al libre mercado pugnaba por establecer mecanismos estatales para impedir la formación de monopolios y no confiaban que la libre empresa fuera la panacea para los grandes problemas del país. Las crisis, se argumentaba, eran producto de la rapiña, y sin la conducción estatal la distribución de los frutos del progreso sería inequitativa y se profundizaría la brecha entre ricos y pobres. En medio de este debate, surgieron voces y propuestas más aterrizadas en la problemática nacional e hicieron énfasis en las economías regionales. La más trascendente fue la respuesta del EZLN. Desde el mes de enero de 1994 pusieron el dedo en la llaga y exigieron al gobierno federal atender los reclamos y demandas
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históricas. En términos económicos fueron ideas muy simples, más que propuestas de tipo económico, eran reclamos en donde subyacía el señalamiento para saber por dónde no transitar, porque los resultados estaban a la vista, y las medidas adoptadas en las últimas décadas no habían arrojado resultados alentadores. Para los grupos que enarbolaban estos reclamos estaba claro que la medicina inyectada al país no era la adecuada.
¿Existen alternativas a la grave situación que viven los pueblos indígenas? A raíz del levantamiento Zapatista, en el año de 1994 se inició el proceso de los diálogos de San Andrés Larráinzar, donde los pueblos indígenas y el gobierno federal construyeron los Acuerdos para el reconocimiento de sus derechos. El próximo 16 de Febrero de 2016 se cumplirán 20 años de haberse firmado. Es el proceso de construcción de acuerdos más amplio y horizontal que se ha producido en México en las últimas décadas. Ahí están expresados los pensamientos no sólo del EZLN, sino de la mayoría de los pueblos indígenas del país. Sin embargo, la reforma constitucional aprobada en materia indígena en el año 2001 excluyó
El reconocimiento y la protección de los derechos indígenas se configuran a partir de los siguientes elementos: a) Reconocimiento constitucional de la existencia de los pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derechos
b) Establecimiento de los derechos de los pueblos a disponer de los medios para su reproducción y sobrevivencia c) Derecho de los pueblos al desarrollo
d) Derecho al ejercicio de su cultura y su conservación
e) Establecimiento de las condiciones jurídicas y políticas que aseguren el ejercicio de estos derechos las partes sustantivas de los derechos esenciales de los pueblos, que habían sido acordados en San Andrés. El no cumplimiento de estos acuerdos ha configurado escenarios de pobreza y confrontación, al no existir las herramientas jurídicas para garantizar sus derechos. La apuesta de las cúpulas políticas y económicas de reducir la compleja problemática indígena a un asunto solo de programas sociales ha fracasado. Los datos del CONEVAL no mienten. Durante los últimos años, los movimientos indígenas nacionales han planteado de manera recurrente el reconocimiento de sus derechos colectivos; estas exigencias buscan que los derechos sean parte del orden normativo del país en atención a la diversidad y particularidad de los pueblos, y representan su
plataforma étnico-nacional, sustentada en los avances internacionales en la materia. A través del cumplimiento de los Acuerdos de San Andrés y de la armonización del marco legislativo y constitucional nacional con el internacional, comprometida por el Presidente de la República en la Conferencia Mundial de los Pueblos Indígenas de la ONU celebrada en septiembre de 2014, junto a las luchas, iniciativas, esfuerzos y empuje de los pueblos, se podrá contar con un nuevo y mejor marco normativo que permita a las comunidades indígenas salir del atraso, la pobreza y la conflictividad en que subsisten. Estos cambios permitirán resolver las tensiones históricas que, de no ser atendidas por la vía institucional, generarán más conflictos y un posible choque cultural, que puede generar
violencia y vulnerar la gobernabilidad del Estado nacional. No hay lugar para regateos; las instituciones del Estado estamos obligadas a construir soluciones que reviertan esta situación injusta y desigual; .as salidas deben ser estructurales, solo de ese modo se logrará que los cambios sean endógenos y permanezcan en las comunidades; se trata de generar una dinámica indígena de prosperidad que contribuya a la construcción de un país moderno y pluricultural. En esta tarea, que requiere la participación más amplia posible de todos los poderes, órganos de gobiernos y sectores económicos, políticos y sociales, nos corresponderá a cada quien decidir el carácter de nuestra participación: como compañero de viaje o como escollo avasallado.
La reforma constitucional en materia indígena aprobada en 2001 excluyó partes sustantivas de los Acuerdos de San Andrés, lo que configuró escenarios de pobreza y confrontación, al no existir las herramientas jurídicas para garantizar sus derechos
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ACUERDOS DE SAN ANDRÉS: 2O AÑOS DESPUÉS
Acuerdos desconocidos e INCUMPLIDOS Hay aspectos del proceso de construcción de los Acuerdos de San Andrés que deben ser recordados, ya que refuerzan su alcance, su vigencia y la enorme necesidad de su cumplimiento. En este artículo se enumeran una serie de temas y apuntes en torno a su construcción amplia y colectiva, y a la depreciación del Diálogo y Negociación como vía política en México por JUAN SANTAMARÍA
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1) Solemos referimos siempre a los Acuerdos de San Andrés, no obstante, estos fueron la cúspide de un sinnúmero de difíciles acuerdos igualmente ignorados e incumplidos, a saber: • Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz Digna en Chiapas, emitida por el Congreso de la Unión el 10 de marzo de 1995. • Declaración conjunta de San Miguel, acordada por las partes (EZLN y Gobierno Federal) el 9 de abril de 1995, donde se establecen principios,y se hace un diseño general de la negociación (Protocolo de Bases), asentando, entre otros aspectos, por ejemplo: “1. Buena fe en todo trato, intercambio, contacto, acción, entendimiento, acuerdo o compromiso entre las partes”. • Medidas mínimas de seguridad para los Encuentros del Diálogo entre el EZLN y el Gobierno Federal, acordadas por las partes el 15 de mayo de 1995. • Agenda, formato y reglas de procedimiento del protocolo de bases para el diálogo y la negociación de un Acuerdo de Concordia y Pacificación con justicia y dignidad entre el gobierno federal y el EZLN, acordado por las partes el 11 de septiembre de 1995. En él se establece, entre otros, la Agenda General: “a) Distensión integral, que comprende las medidas de distensión que erradiquen las posibilidades de que se reanuden las hostilidades y que conduzcan a un Acuerdo de Concordia y Pacificación con Justicia y Dignidad.
b) Temas políticos, sociales, culturales y económicos, que comprenderán: 1. Derechos y cultura indígena 2. Bienestar y desarrollo 3. Democracia y justicia 4. Derechos de la Mujer en Chiapas c) Conciliación entre los distintos sectores de la sociedad chiapaneca. d) Participación política y social del EZLN, conforme al artículo 2 de la Ley para el Diálogo, la Conciliación y la paz Digna en Chiapas”
Es necesario anotar que el Diálogo y la Negociación sólo desarrolló el tema 1, “Derechos y Cultura Indígena”, de la Agenda General. Lo acordado ahí, es lo que se conoce como Acuerdos de San Andrés. La mesa sobre el tema “Democracia y Justicia” se inició después del tema 1, pero quedó inconclusa dada la crisis de esa etapa, fruto del desconocimiento de lo firmado, por parte del gobierno federal.
• Resolutivo acordado por las delegaciones del gobierno federal y el EZLN sobre desagregación del tema, número de invitados, sede y tiempos de la mesa y grupos de trabajo de derechos y cultura indígena, acordado por las partes el 3 de octubre de 1995. • Acuerdos de San Andrés, que es como se conocen los acuerdos de la Segunda Plenaria Resolutiva de la Mesa I, “Derechos y Cultura Indígena”, firmados el 16 de febrero de 1996, y que constan de cuatro documentos finales. • Resolutivo sobre la mesa II correspondiente al tema de democracia y justicia, adoptado por las delegaciones del EZLN y del gobierno federal en la plenaria celebrada el 16 de febrero de 1996 • Resolutivo acordado por las delegaciones del gobierno federal y del EZLN sobre desagregación del tema, grupos de trabajo y plenarias sobre democracia y justicia, acordado por las partes el 11 de marzo de 1996.
• Medidas mínimas de seguridad para los encuentros del Diálogo y Negociación entre el gobierno federal y el EZLN, así como para la las mesas y grupos de trabajo, acordado por las partes el 2 de octubre de 1995.
• Reglamento para el funcionamiento de las mesas, grupos de trabajo y plenarias de los temas democracia y justicia y bienestar y desarrollo, acordado por las partes el 11 de marzo de 1996.
• Reglamento para el funcionamiento de las mesas y grupos de trabajo, acordado por las partes el 3 de octubre de 1995.
• Por último, se acordó, el 11 de julio de 1996, la instalación, composición y reglamentación de la Comisión de seguimiento y verificación.
Un análisis detallado de todos y cada uno de los anteriores acuerdos (debidamente firmados) revela que el desconocimiento y posterior incumplimiento de lo firmado en la mesa I -por parte del gobierno federal- significó el bloqueo e inicio de la deconstrucción de uno de los procesos de diálogo y negociación más relevante y participativo de la historia reciente; y un análisis de los hechos debe recordar que el 9 de febrero de 1995 (previo a que se emitiera la Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz Digna en Chiapas), y en medio de intentos diversos para reanudar la negociación iniciada con los Diálogos de la Catedral, ocurre la ofensiva del Ejército y el encarcelamiento de dirigentes y no dirigentes vinculados al EZLN. Ello creó toda una base de desconfianza para la etapa siguiente. MÉXICO SOCIAL Febrero 2016
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ACUERDOS DE SAN ANDRÉS: 2O AÑOS DESPUÉS 2) Lo negociado y acordado en Chiapas entre 1994 y 1996 fue una obra colectiva, y supuso el concurso de una diversidad de actores sociales y políticos provenientes de todo el país Del 3 al 8 de enero de 1996 se realiza el “Foro Especial Indígena” convocado por el EZLN y respaldado por el Congreso Federal. Tal Foro será la base de lo posteriormente firmado. Se organiza en seis mesas de trabajo, con una participación total de 236 representantes y líderes indígenas hablantes de 25 lenguas y provenientes de 16 estados del país, además de 198 representantes de diversas organizaciones sociales del país. La participación general en todo el proceso de Diálogo y Negociación es relevante: equipos de asesores de ambas partes, invitados, observadores, mediadores, coadyuvantes (como la Comisión de Concordia y Pacificación y el Comité Internacional de la Cruz Roja), entre otros. El desconocimiento e incumplimiento de lo negociado y acordado es también un incumplimiento a todos esos actores sociales y políticos distintos al zapatismo, en especial, al conjunto de pueblos originarios representados en las mesas y foros de San Andrés, pues, recordemos también: los acuerdos de la mesa I (“Los Acuerdos de San Andrés”) son de alcance y aplicación nacional.
Es indispensable que el Estado mexicano asuma su responsabilidad frente a lo firmado en el proceso de Diálogo y Negociación de 1994, 1995 y 1996 18
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Foto: cortesía de la CDPIM
3) El zapatismo, después de muchos intentos para que los acuerdos fueran cumplidos, decide hacia el año 2000, implementar, ahondar y construir -paralelamente- su derecho a la libre determinación y autonomía Inicia -o continúa- todo un proceso de construcción de estructuras organizativas, de gobierno autónomo y de trabajo, que hoy son novedad y aporte en el ámbito indígena nacional y latinoamericano. Un panorama inequívoco de tal proceso se expresa en el documento titulado: “Palabras del EZLN en el 22 aniversario del inicio de la guerra contra el olvido”, hecho público el 1 de enero de 2016.
4) El Diálogo y la Negociación, cuyo primer intento fueron “Los Diálogos de la Catedral” (febrero de 1994), surgen como alternativa viable al camino de las armas; como alternativa política a la violencia; como alternativa a esas causas reconocidamente justas Así lo ofreció el Estado Mexicano, así lo demandó la llamada Sociedad Civil y así lo asumió, con la desconfianza necesaria, el zapatismo. Su fracaso, al desconocerse e incumplirse todo lo acordado, significó y significa el fracaso de la vía del diálogo y la negociación y la consecuente incredulidad en la palabra del Estado. Tal incredulidad ha estado presente y ha jugado un papel determinante en el devenir de la vida política nacional. El Estado Mexicano dialogó, negoció y acordó, con un actor serio, que ofrecía garantías de cumplimiento. No con un actor acéfalo e improvisado sin capacidad de control de sus acciones y sus miembros. Negoció con un actor estructurado, con posiciones y propuestas claras y concretas frente a los problemas nacionales. Haber valorado esto por parte del Estado mexicano; haberlo tomado en serio, negociando con verdad y responsabilidad pudo haber significado una contribución ejemplar a la vida política del país. No obstante, es indispensable que el Estado mexicano asuma su responsabilidad y actuación en el proceso de Diálogo y Negociación de 1994, 1995 y 1996: su responsabilidad frente a lo firmado. Hasta hoy, el Estado ha hecho caso omiso, e incluso, en su interior, se ignora ya lo ocurrido en Chiapas en esos años. Cumplir lo acordado es responsabilidad del Estado mexicano y de todos los actores participantes en este proceso vivo.
Foto: cortesía de EXCÉLSIOR
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Presupuesto para el DESARROLLO INTEGRAL por ISRAEL MARTÍNEZ
Desde las instituciones del Estado se ha reconocido una deuda histórica con los pueblos y comunidades indígenas de México, lo que ha originado la aprobación y puesta en marcha de reformas jurídicas e institucionales, así como el incremento en el número de políticas públicas específicas y de recursos públicos asignados para contribuir a su desarrollo integral SOBRE EL AUTOR:
Maestro en Economía por la Universidad de las Américas Puebla, (UDLAP) Con una amplia experiencia en el tema de Política de Desarrollo Social y de Combate a la Pobreza. A lo largo de su actividad profesional ha ocupado diferentes cargos en el gobierno federal, estatal y como Consultor en temas de Diseño, Implementación y Evaluación de Política Pública.
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L
a Reforma Constitucional de 2001 representó un avance en el reconocimiento de los derechos indígenas, estableció las bases para una política indigenista con un enfoque transversal que mandata la participación de los pueblos y comunidades, obligando al Estado a establecer un marco institucional que se encargue de promover su desarrollo integral y a los congresos federal y estatales para que incluyan en sus presupuestos de egresos las partidas y programas correspondientes. No obstante, a pesar de la mayor atención y del incremento de los recursos destinados a promover su desarrollo, los pueblos indígenas de México siguen representando el sector de la población con los mayores rezagos sociales, la mayor pobreza y marginación en el país.
Presupuesto indígena En el ámbito federal, desde 2002 se incluye en el Presupuesto de Egresos de la Federación un capítulo específico de las Erogaciones para el Desarrollo Integral de los Pueblos y Comunidades Indígenas (EDIPCI), el cual hasta 2007 incluía sólo el monto total y a partir de 2008 se desagrega en ramos administrativos y designaciones, lo que implica una mayor transparencia en la asignación del presupuesto y en las responsabilidades de las entidades y dependencias que tienen a su cargo los programas.
Integración del presupuesto Las EDIPCI se componen por la suma de recursos de programas presupuestarios de distintas dependencias y entidades de
MÁS RECURSOS En el periodo comprendido entre 2002 y 2016 el presupuesto indígena pasó de 15,108 a 85,260 millones de pesos, lo que representa un incremento de más de cinco veces en términos nominales y más de tres veces en términos reales
85,260
Erogaciones para el Desarrollo Integral de los Pueblos y Comunidades Indígenas, 2002-2016 (millones de pesos)
26,431
15,108 2002
2003
2004 2005
2006
2007
2008
Nominal
2009
2010
2011
2012
2013
2014
2015
2016
Real
* A precios de diciembre de 2015 Fuente: Presupuesto de Egresos de la Federación de 2002 a 2016 MÉXICO SOCIAL Febrero 2016
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Acuerdos de San Andrés: 20 años después
La política indigenista privilegia la atención de las carencias sociales y tiene poca participación en sectores asociados con el bienestar económico y la generación de ingresos:
65.9%
del presupuesto indígena se destinó a programas de infraestructura y bienestar social, y sólo 9% se ha destinado a la promoción de la economía y el empleo
la Administración Pública Federal (APF), representando en cada caso una proporción del presupuesto total. En 2016 se incluyen 14 ramos administrativos que comparten la responsabilidad de la ejecución de estos recursos, lo cual demanda una eficaz rectoría y orientación estratégica, así como la existencia de lineamientos y especificaciones para el gasto que garanticen la mayor eficiencia posible.
Distribución por ramo administrativo La revisión de la evolución del presupuesto permite advertir el peso relativo que tienen las entidades responsables del gasto en 2016, resaltando que Desarrollo Social concentra más de una tercera parte (33.6%) del presupuesto indígena total, mientras la CDI, entidad no sectorizada, tiene 14% y las Aportaciones Federales para Entidades y Municipios el 11.9%, lo que representa más de 10,160 millones de pesos a los que resulta complicado dar seguimiento y evaluar sus resultados, dado que la responsabilidad de la ejecución recae directamente en los gobiernos estatales y municipales. Las entidades que operan programas y acciones que promueven el desarrollo económico y la generación de ingresos o el desarrollo rural tienen una participación limitada, por ejemplo, SAGARPA concentra sólo el 4.8% del presupuesto, SEDATU el 2.6% y Economía el 0.03%.
Distribución por vertiente del gasto Para profundizar el análisis del presupuesto in-
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dígena, se clasificaron las designaciones de los ramos administrativos en vertientes del gasto de acuerdo con su finalidad y objetivos, siendo éstos: bienestar social; infraestructura; desarrollo económico; salud; gestión; educación; alimentación vivienda; ambiental; cultura y justiciaderechos humanos. Se encontró que la mayor parte del presupuesto durante 2008-2016 se destinó a infraestructura (201,000 millones de pesos) y bienestar social (184,000 millones de pesos). Los programas de ambas vertientes han concentrado el 65.9% (34.4 y 31.5, respectivamente) de los recursos etiquetados. Por el contrario sólo se ha destinado el 9% a promoción de la economía y empleo.
Distribución por programas presupuestarios (Denominaciones) Al analizar la distribución del presupuesto indígena por programas presupuestarios se identifica que en 2016 los que concentran más recursos son: Programa de Inclusión Social, PROSPERA, incluyendo las dimensiones de bienestar social, educación y salud (25,867 millones); Programa 70 y más (12,991 millones de pesos); FAIS Municipal (8,203 millones) y el Programa de Infraestructura Indígena (7,591 millones). Entre los cuatro programas concentran el 64.1% del total del presupuesto indígena. El alto porcentaje de recursos que otorgan transferencias parece reflejar que la política indigenista privilegia la atención de las carencias sociales y tiene poca participación en sectores asociados con el bienestar económico y la generación de ingresos.
Seguimiento y evaluación En términos del seguimiento del presupuesto indígena, únicamente se aplican los mecanismos que determina la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para los presupuestos transversales, siendo éstos los informes periódicos
en los que se presenta el avance en el ejercicio del presupuesto y el grado de cumplimiento de las metas físicas; sin embargo, no se capta información que permita dar seguimiento a la orientación estratégica de este gasto, como podría ser el cumplimiento de metas de gestión o resultados,
cobertura, coordinación, acciones afirmativas, por mencionar algunas. Adicionalmente, aunque se ha avanzado en la evaluación de programas indígenas, no existe evidencia de la realización de evaluaciones al presupuesto transversal bajo un enfoque integral.
ÁREAS DE OPORTUNIDAD El análisis del presupuesto indígena permite identificar áreas de oportunidad para incorporar mejoras en la gestión de los programas presupuestarios y en la manera en que se ejerce el gasto. Como sugerencias puntuales se presentan las siguientes:
• Modificar la composición del presupuesto indígena para ampliar el monto destinado a la promoción del desarrollo económico, en particular a aquellos programas que promuevan las actividades productivas y la generación de ingresos • Reasignar el presupuesto para incrementar los recursos correspondientes a programas de educación, salud, alimentación y nutrición dirigidos a la población indígena
• Articular la política federal de promoción del desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas con la de las entidades federativas y municipios. Ello incluye la complementariedad de los recursos destinados a los programas sociales • Emitir lineamientos generales para el diseño, operación, seguimiento, control y evaluación de este presupuesto
• Monitorear permanentemente la evolución de las prioridades de la política de promoción del desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas, analizar el cumplimiento de compromisos institucionales, logro de metas y consecución de objetivos para orientar la retroalimentación programática
• Establecer procedimientos específicos para verificar que los recursos etiquetados se destinen exclusivamente a la atención de población indígena
• Coordinarse con los gobiernos de las entidades y los municipios para aplicar mecanismos de seguimiento y control al presupuesto indígena que se les transfiere
• Transparentar la información de los programas con presupuesto transversal, sus reglas de operación, recursos y cobertura • Presentar informes periódicos del cumplimiento de metas y objetivos operativos, presupuestales y estratégicos de la política de promoción del desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas. MÉXICO SOCIAL Febrero 2016
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Foto: Dan1215vega
SOBRE LA AUTORA: Licenciada en Economía por la Universidad Panamericana; en Lenguas Modernas por la Universidad de Essex, Inglaterra, y en Asesoría de la Salud por el Institute of Integrative Nutrition en Nueva York. Cuenta con estudios en Políticas Sociales y Estrategias de Participación Ciudadana, así como en Estrategia Corporativa y Gobierno Corporativo. Es Activista y defensora los derechos humanos e indígenas.
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RIQUEZA concedida por MARGARITA RODRÍGUEZ
México, rico en recursos y cultura, con un patrimonio único y un potencial enorme, cede por debajo de la mesa la propia tierra, sin considerar a quienes más necesitan, y que significan la riqueza más grande del país: los pueblos indígenas
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a evolución de la minería se caracteriza por episodios de auge y depresión, con una inversión extranjera que data desde la etapa de las nacionalizaciones cardenistas a la fecha, como resultado de una serie de reformas puestas en marcha en el país en sus diferentes etapas, teniendo un fuerte repunte a raíz de la apertura del modelo económico neoliberal en 1982 que permitió la entrada de capital extranjero a México, al ser un país con una vasta riqueza en minerales y metales. La minería es una de las principales actividades productivas, y México es uno de los primeros países en el mundo en cuanto a minerales, cuya exploración y explo-
tación representaron el 4.6% del PIB nacional al primer trimestre de 2015. El atractivo que tiene el país para la inversión minera extranjera se deriva de los múltiples apoyos que existen, así como de los tratados internacionales, en especial el poco gravamen a la actividad minera, sin tomar en cuenta la etapa en la que se encuentre. México posee facilidades para la constitución de empresas provenientes del extranjero al tener acceso a un mercado potencial de más de 1,000 millones de consumidores y 63% del PIB mundial, ya que cuenta con 28 Acuerdos para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones (APPRI) y acuerdos
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Acuerdos de San Andrés: 20 años después
El sector minero en México extrajo 173 veces más de lo que pagó de impuestos por explotación de 2008 a 2013. La ASF reveló que de 2007 a 2012 el valor de la producción minera ascendió a 693,066.9 millones pesos, de los cuales 15,231.43 millones ingresaron a las arcas nacionales por el concepto de pago de derechos sobre minería. Este monto representa solo el 2.2% del valor total de la producción minera para evitar la doble tributación con más de 40 países. Dada a su ubicación geográfica, tiene acceso a los océanos Atlántico y Pacífico, y es intermediario en los mercados de Norteamérica y Sudamérica, donde el crecimiento se está potencializando. De acuerdo con datos de la Camimex, en 2010 la participación extranjera en la minería era de 70%, dejando solamente 30% de participación nacional. De esta cifra, Canadá participa con el 74%, USA con el 15% y China con el 8.3%. Tan sólo como ejemplo, de las 10 minas de oro más grandes en México, siete están concesionadas a empresas de origen canadiense: Goldcorp, Agnico Eagle, Alamos Gold, New Gold, Yamana Gold y Torex Gold Resources, con la mayor producción de oro en la mina Peñasquito, con 411,000 onzas de producción. Respecto al capital mexicano, alrededor del 30% del mercado minero se encuentra distribuido entre 10 empresas nacionales, de las cuales destacan: • Grupo Frisco (Familia Slim): Principales minas: Minera María; Real de Ángeles Asientos; Real Ángeles Coronel; Real Ángeles San Felipe; San Francisco del Oro; y Tayahua. El Grupo cuenta con un total de 455
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títulos, los cuales fueron cedidos durante los sexenios presidenciales panistas de Fox y Calderón, que equivalen a casi el 70% del total, con una equivalencia en hectáreas de 1,066,599.63 correspondientes al 87.15% del total. • Grupo México (Familia Larrea): Principales minas: Mina Cananea; Copper México; National Minerals. o El Grupo cuenta con 411 títulos, los cuales fueron cedidos durante los sexenios presidenciales panistas de Fox y Calderón, que equivalen al 62.17% del total, con una equivalencia en hectáreas de 414,740.15 correspondientes al 82.28% del total. • Grupo Peñoles (Familia Bailleres): Principales minas: Mina Francisco I. Madero; Mina Bismark; Mina Milpillas; Mina Sabinas; Mina Tizapa; y Mina Naica. De los tres grupos mexicanos más importantes, Grupo Peñoles ha sido el más beneficiado de la bonanza panista ya que, del total de títulos, 1,161 fueron cedidos durante los sexenios de Fox y Calderón, que equivalen a casi el 85% del total, con una equivalencia en hectáreas de 2,150,639.43 correspondientes al 95.11% del total. Comportamiento de las Concesiones
Este comportamiento es consistente con el desarrollo general que ha tenido el país durante los últimos 20 años respecto a la concesión de la tierra, el cual es facultad del gobierno federal, lo que limita la participación de los gobiernos estatales y municipales como promotores y defensores de los intereses de sus habitantes. Las concesiones mineras en México las otorga la Secretaría de Economía y pueden durar hasta 50 años, con la posibilidad de renovarse otros 50 años y no hay límite en el número de concesiones otorgadas. La Ley Minera establece que las concesiones se otorgarán al primer solicitante, no al que presente el proyecto con las mejores condiciones técnicas y económicas para el desarrollo. Las empresas extranjeras se pueden constituir con 100% de capital extranjero, teniendo como ventaja que
el gobierno no cobra derechos sobre productos minerales, además se pueden transferir a ciudadanos o empresas mexicanas.
Impuestos a la Minería Los impuestos y tratados en el sector minero juegan un papel muy importante, puesto que son los destinatarios para resarcir los problemas sociales y ambientales que causa la minería en una comunidad. Si bien para la mayoría de los países mineros esta es la lógica que opera, en México fue apenas en el año 2014 que se consideró aplicar un impuesto a la minería mismo que todavía no empieza a madurar. Tal es el caso de las mineras canadienses en México, cuyo único impuesto a pagar es el ISR, el cual es acreditable gracias al Convenio de Eliminación de Doble Tributación que tienen ambos países, firmado
desde 1991 y reformado en 2006 durante la administración de Felipe Calderón, y las retenciones tienen una tasa preferencial. La Reforma Hacendaria que se planteó en 2014 establece la necesidad de reconsiderar los impuestos sobre la minería al introducir una tasa de 7.5% sobre los ingresos netos, teniendo en cuenta que los minerales y sustancias del subsuelo son bienes no renovables de la naturaleza. De igual manera, se presentó la reforma a la Ley Federal de Derechos, la cual entró en vigor el 1 de enero de 2014, en la que se fija una base real y conveniente para el cálculo del pago de derechos por parte de las empresas mineras al establecerse sobre la utilidad neta derivada exclusivamente de dicha actividad. Sin embargo, el sector público ha tenido una baja captación de recursos fiscales a consecuencia de las altas tasas de informalidad, la débil
ALTA VOCACIÓN MINERA El valor total de la producción ascendió a 263,687,249,345 tan sólo en 2013. Los cinco estados con mayor producción fueron: ESTADOS/AÑOS
2009
2010
2011
2012
2013 P/
291,148,862,94
TOTAL DEL PERIODO
TOTAL ANUAL:
263,687,249,345
1,138,498,821,288
SONORA
133,860,431,499 24,395,709,924
187,511,873,971 37,366,247,969
65,744,733,572 72,461,989,648
66,618,953,015
266,587,634,128
ZACATECAS
21,245,872,217
37,022,350,692
59,315,353,310 63,614,289,936
47,098,802,489
228,296,668,644
CHIHUAHUA
16,982,913,633
23,444,691,793
28,252,797,773 35,566,262,470
29,763,792,988
134,010,458,657
17,208,064,394 20,209,269,630
22,302,267,166
59,719,601,190
15,077,553,749
12,622,388,784
DURANGO SLP
10,779,307,946
12,441,696,676
COAHUILA
11,062,922,162
13,086,476,235
262,290,403,532
15,369,819,070
50,920,947,155 39,519,217,467
TOTAL ANUAL 5 ESTADOS:
84,466,725,882
123,361,463,365
185,890,768,119 206,929,365,433
178,406,204,442
779,054,527,241
APORTACIÓN % CINCO ESTADOS EN RELACIÓN CON EL NACIONAL:
63%
66%
71%
71%
68%
68%
Producción Minera Total Por Entidades Federativas, 2009-2013 MÉXICO SOCIAL Febrero 2016
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Acuerdos de San Andrés: 20 años después
SE PRODUCE MÁS ORO Entre los años 1994 y 2015 se produjeron 1,089 toneladas de oro, cuando en tres siglos de Colonia sólo se produjeron 182 toneladas; es decir, en 21 años se produjo casi seis veces el oro que se produjo en más de tres siglos de la Colonia Oro
Plata
Plomo
Cobre
Zinc
1521-1820 Virreinato
182,065.00
53,496,000.00
ND
ND
ND
ND
ND
ND
1821-1876 Post Independencia
84,292.00
22,708,960.00
1877-1911 Porfiriato
531,253.20 48,305,757.60
1,663,222,400.00
633,538,000.00 77,312,600.00
1912-1993 Gob. Revolución
350,866.60
60,927,815.80
5,432,288,200.00
4,407,526,000.00
7,016,441,800.00
Últimos 21 años
1,089,024.90
74,784,056.50
3,626,472,000.00
7,833,204,000.00
10,176,102,500.00
Total kilogramos
2,237,501.70
260,222,589.90
10,721,982,600.00
12,874,268,000.00
17,269,856,900.00
260,222.59
10,721,982.60
12,874,268.00
1994-2015*
Total toneladas
2,237.50
17,269,856.90
*Las cifras representan el total nacional en kilogramos *Para el último trimestre del año se utilizaron valor estimados al cierre de la producción de metal, ceteris paribus.
capacidad que ha tenido el Estado para combatir a la elusión y evasión fiscal y, principalmente, la existencia de privilegios y esquemas de exención fiscal que benefician a los grandes contribuyentes y que incluyen los ingresos fiscales que se dejan de percibir debido a los 40 convenios y tratados de doble tributación que tiene México firmado con igual cantidad de países de 2000 a 2014. La Auditoría Superior de la Federación publicó en marzo de 2015 los datos sobre la cuenta pública 2013, donde especifica que México dejó de recaudar 1.1 billones de pesos debido a los regímenes especiales que permiten a los contribuyentes no pagar el total de sus obligaciones fiscales. El sector minero en México extrajo 173 veces más de lo que paga de impuestos por explotación en el periodo comprendido
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entre 2008 y 2013. Finalmente, es importante resaltar que la explotación minera en territorio nacional se hace indistintamente en tierras rurales e indígenas, siendo en éstas últimas donde ha sido catalizadora de la tensión social entre las comunidades, empresas y gobierno de distintos órdenes. La explotación minera en territorio indígena es la génesis de múltiples conflictos sociales, que, en algunos casos, han derivado en enfrentamientos armados, desplazamientos forzados de comunidades y aumento de la violencia, acelerando la descomposición del tejido social. Esta explotación se ha realizado generalmente a cielo abierto y de manera masiva, lo que conlleva a que se trabaje en una mayor cantidad de tierras, no sólo para su exploración y extracción, sino también para el acondic-
ionamiento y funcionamiento de la industria (caminos, tiraderos, remoción de tierra), además de que predomina en estos territorios la minería que utiliza grandes cantidades de cianuro para el proceso de lixiviación, que contamina extensiones y volúmenes mayores de tierra y agua. Asimismo, se ha realizado sin respetar los derechos de los pueblos indígenas sobre su territorio: a su propiedad, al uso y goce de sus recursos y a la Consulta, consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los Convenios y Tratados internacionales en la materia. Es importante destacar que el derecho a la Consulta es una herramienta fundamental que tienen los pueblos originarios para la defensa de sus tierras, territorios y recursos naturales, frente a los proyectos extractivos, de construcción de vías, presas y declaratorias de áreas de reservas. Ante el crecimiento de estos
proyectos, el reclamo de los pueblos indígenas para el reconocimiento de sus derechos a la Consulta y al consentimiento previo, libre e informado y a la participación, se ha vuelto más insistente debido a que los proyectos inciden directamente en la vida comunitaria y en su cultura. En México muchas han sido las consecuencias y repercusiones de un modelo mal entendido, poco madurado y con falta de controles que ha favorecido el deterioro ambiental y del tejido social con pocos ingresos recaudados de la actividad. Es válido aclarar que una cosa es el crecimiento de un sector derivado de los movimientos de capitales y otra muy diferente es el crecimiento de un país gracias a la mejora de sus indicadores clave como lo son los salarios. Si bien el auge de los consorcios minero-metalúrgicos en estos últimos veinte años en nuestro país estuvo favorecido por el alza de los precios
de los metales, también lo fue por la complacencia estatal ante la exploración y explotación de los pozos sin atender reclamos laborales y sociales de las comunidades mineras. Incluso las concesiones se otorgan sin la exigencia de pagos fiscales y con ínfimas regalías a los originales dueños de las tierras y aguas, y lo único que realmente ha crecido ha sido el grado de conflictividad en las zonas indígenas y campesinas. Esta riqueza concedida a los consorcios mineros privados se acompaña de exenciones fiscales; autoridades serviciales; leyes laxas e incumplidas; complicidades de funcionarios públicos; daño ecológico; persecución sindical; asesinato o aprehensión de dirigentes; florecimiento del crimen organizado; outsourcing; inseguridad e insalubridad para los trabajadores; y una enorme explotación de la mano de obra, entre otras características, como en los mejores tiempos de la Colonia.
Foto: Cortesía de Excélsior
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ACUERDOS DE SAN ANDRÉS: 2O AÑOS DESPUÉS
El cumplimiento de los Acuerdos de San Andrés es un imperativo legal para el Estado mexicano, y el único camino para que haya paz, justicia y democracia en el país, como lo demandan los zapatistas, los pueblos indígenas y la sociedad mexicana. Sólo así podremos reconciliarnos con nuestras raíces y nuestra dolorosa historia. por ADELFO REGINO
Foto: cortesía de la CDPIM
SOBRE EL AUTOR: Secretario de Asuntos Indígenas del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Oaxaca. Pertenece al Pueblo Ayuuk-Mixe, nacido en la comunidad de Santa María Alotepec, Oaxaca. Es activista, formador y escritor sobre los derechos de los pueblos indígenas. Es abogado egresado de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca. Entre otros cargos, fue Asesor del EZLN en el marco de los Diálogos de San Andrés sobre los Derechos y Cultura Indígenas; impulsó la iniciativa de reformas constitucionales sobre derechos de los pueblos indígenas elaborada formalmente por la COCOPA en 1996; y participó en el proceso de creación e implementación del Mecanismo de Expertos sobre los derechos de los pueblos indígenas del Consejo de Derechos Humanos de la ONU.
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El CAMINO a la paz, la justicia y la democracia
“
Razón y corazón indígena en el nacimiento del milenio” fue el significado dual que Ricardo Robles Oyarzun, en aquellos tiempos asesor de la Delegación Zapatista, dio a los Acuerdos de San Andrés sobre Derechos y Culturas Indígenas, suscritos por el Gobierno Federal y el Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN), el 16 de febrero de 1996, en el marco del proceso de diálogo y negociación establecido por mandato de la Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz Digna en Chiapas. En los albores del nuevo milenio y a 20 años de este histórico acontecimiento, que en la cuenta de los soles y las lunas del calendario indígena significa el cumplimiento de un ciclo de vida, los Acuerdos de San Andrés adquieren una relevancia especial en virtud de que, a semejanza de un árbol, han echado raíces en la vida de nuestros pueblos y han tenido implicaciones positivas en los procesos de reconocimiento de los derechos indígenas en el contexto global. Tal como lo describe Ricardo Robles, al momento de la firma de los Acuerdos, que
la Delegación Zapatista realizó en un acto privado, “(…) parecía entonces que, pese a todo, se iban dando pasos hacia una paz con justicia y dignidad. Se creyó que el gobierno mexicano cumpliría su palabra firmada, aunque tratara luego de achicarla con candados legales o administrativos. Los zapatistas, al firmar, no se engañaron. Veían venir, con toda claridad, lo que sucedería. Desde la historia, desde la vida, descifraban ya los signos de tormenta (…)”. En el año 2001 esta profecía se cumplió. Pese a que los Acuerdos de San Andrés representaban el máximo consenso alcanzado en relación con los derechos de los pueblos indígenas en el contexto nacional, muchos de sus importantes postulados no fueron reconocidos en la Constitución Federal, tal como lo establecían las reglas de procedimiento del proceso de diálogo y negociación, así como la Propuesta de Reforma Constitucional de la Comisión de Concordia y Pacificación (COCOPA), misma que fue elaborada por mandato de las partes. Aunque en aquel entonces el titular del Poder Ejecutivo Federal, en ocasión de
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ACUERDOS DE SAN ANDRÉS: 2O AÑOS DESPUÉS la alternancia en el ámbito federal y después de una gran movilización indígena, envió la iniciativa de reforma constitucional al Congreso de la Unión en los términos propuestos por la COCOPA, los senadores y diputados soslayaron y omitieron cuestiones de fondo y forma que hoy es necesario recordar. En cuanto a las cuestiones sustantivas, uno de los aspectos altamente críticos de esta reforma fue lo relativo al derecho a la libre determinación y la autonomía, pues, aunque fue reconocido en término genéricos en el Artículo 2º de la Constitución Federal, no se establecieron los principios y mecanismos para su implementación concreta. En particular, se eliminó el derecho de los pueblos indígenas de ejercer su autonomía en los ámbitos y niveles que libremente decidan, pudiendo abarcar uno o más pueblos, dependiendo de las circunstancias particulares y específicas de cada entidad federativa. Asimismo, se omitió el reconocimiento de las comunidades indígenas como entidades de derecho público y la capacidad de asociación de las comunidades y los municipios indígenas para coordinar sus acciones en tanto pueblos. Como cereza en el pastel, el legislador dio la cat-
egoría de entidades de interés público a las comunidades indígenas, como si fueran objetos y no sujetos, delegando a las entidades federativas la regulación específica en la materia. En cuanto a los derechos a la tierra, el territorio y los recursos naturales, la reforma se limitó a establecer el acceso al uso y disfrute preferente de los recursos naturales de los lugares que habitan y ocupan las comunidades, estableciendo restricciones excesivas en menoscabo de los derechos territoriales establecidos en el Convenio 169 de la OIT. En lo que concierne a las cuestiones de forma, el procedimiento seguido para la aprobación de la reforma constitucional aludida tuvo fallas de consideración. En este sentido, un aspecto relevante es que al realizarse modificaciones sustantivas a la iniciativa de la COCOPA debió haberse realizado un proceso de consulta en los términos estatuidos en el artículo 6 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que establece “(...) los gobiernos deberán (…) consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instancias representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afec-
tarles directamente”. Al existir una afectación directa a los derechos de los pueblos indígenas, sobre todo al desconocerse el contenido explícito de los Acuerdos de San Andrés y las normas del derecho internacional en la materia, el Constituyente Permanente cometió una clara omisión y sus actos fueron contrarios a la ley. Éste fue uno de los alegatos que los municipios indígenas del país realizaron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a través de las controversias constitucionales que oportunamente presentaron para expresar su inconformidad con la reforma aludida. Aunque en aquel momento dichas controversias constitucionales fueron sobreseídas, más por razones de carácter político que por cuestiones jurídicas, hoy día la SCJN, al resolver las acciones de inconstitucionalidad 83/2015 y acumulados 86/2015 y 91/2015, así como la controversia constitucional 32/2012, ha cambiado su criterio y ha expresado que cualquier legislación susceptible de afectar los derechos de los pueblos indígenas debería considerar la participación de dichos pueblos antes de que se expida y entre en vigor, cuestión que evidentemente no ocurrió en el caso de la reforma constitucional que nos ocupa.
La insuficiencia de la reforma constitucional demostró una vez más la falta de voluntad política del Estado mexicano para reconocer los derechos indígenas, y su incapacidad estructural para modificar las normas jurídicas que regulan su organización jurídica y política, así como la convivencia entre los mexicanos, a fin de dar cabida a la diversidad indígena
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La amplia presencia y representación de los pueblos indígenas de todo el país, que ostentaban el carácter de invitados o asesores, le dio una amplia legitimidad a los Diálogos de San Andrés, y permitió que los contenidos tuvieran una amplitud, integralidad y profundidad en la temática
Foto: cortesía de la CDPIM
La insuficiencia de la reforma constitucional demostró una vez más la falta de voluntad política del Estado mexicano para reconocer los derechos indígenas, y su incapacidad estructural para modificar las normas jurídicas que regulan su organización jurídica y política, así como la convivencia entre los mexicanos, a fin de dar cabida a la diversidad indígena. Todo ello trajo consigo un severo cuestionamiento del EZLN, de los pueblos indígenas del país y de amplios sectores de la sociedad nacional e internacional, acrecentando su histórica y natural desconfianza hacia las instituciones del Estado mexicano.
Como lo hemos señalado con antelación, esta inconformidad se materializó con la impugnación jurídica que alrededor de 300 municipios indígenas interpusieron ante la SCJN, la que, aunque no tuvo el efecto jurídico deseado, dio pie para hacer la denuncia formal respecto de la injusticia cometida y que el asunto fuera objeto de presentación y consideración ante diversas instancias internacionales, entre ellas la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), entre otras. Es aquí, en estas instancias internacionales, donde la voz de los pueblos
indígenas tuvo mayor eco. A la par de las importantes recomendaciones emitidas por las instancias correspondientes del Sistema Interamericano y de las Naciones Unidas, debemos destacar el Informe realizado por el doctor Rodolfo Stavenhagen, en aquel entonces Relator Especial de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas, en ocasión de su visita oficial a México en el año 2003, en el que afirmó: “La reforma constitucional de 2001 en materia indígena no satisface las aspiraciones y demandas del movimiento
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ACUERDOS DE SAN ANDRÉS: 2O AÑOS DESPUÉS indígena organizado, con lo que se reduce su alcance en cuanto a la protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas, y también dificulta la reanudación del diálogo para lograr la paz en el estado de Chiapas”. En atención a esta delicada situación en nuestro país, el Relator Especial recomendó al “Congreso de la Unión reabrir el debate sobre la reforma constitucional en materia indígena con el objeto de establecer claramente todos los derechos fundamentales de los pueblos indígenas de acuerdo con la legislación internacional vigente y con apego a los principios firmados en los Acuerdos de San Andrés”. Es justo en este punto donde radica el nudo de la falta de voluntad gubernamental, de la indiferencia y el desdén de los legisladores y de la apatía de quienes apuestan al olvido y quizás a la sistemática desaparición de los pueblos indígenas. Pero no será, ni debe ser así. El mayor mérito de los Acuerdos de San Andrés es que son resultado de un proceso de construcción colectiva, en el que, si bien la delegación zapatista tenía la representación formal en los diálogos con el gobierno federal, lo cierto es que había una amplia presencia y representación de los pueblos indígenas de todo el país, mismos que ostentaban el carácter de invitados o asesores. Este hecho le dio una amplia legitimidad a los Diálogos de San Andrés, y permitió que los contenidos tuvieran una amplitud, integralidad y profundidad en la temática relativa a los derechos de los pueblos indígenas. Al mismo tiempo, este proceso tuvo un sólido respaldo social, en particular con la organización de las Convenciones Nacionales Indígenas convocadas por el EZLN y, posteriormente, en los Foros Nacionales Indígenas celebrados en San Cristóbal de Las Casas y en Oventic en enero y en julio de 1996, respectivamente. De manera especial, los Acuerdos de San Andrés fueron ratificados por el Congreso Nacional Indígena (CNI) en octubre de 1996. Gracias al levantamiento zapatista, y en particular los Diálogos de San Andrés y el Acuerdo sobre Derechos y Cultura Indíge-
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na, se desató un proceso organizativo indígena nunca visto en la historia de México: por primera vez, los pueblos indígenas de este país se planteaban una seria articulación de sus demandas y aspiraciones. Un actor, incómodo para muchos, emergía en el escenario nacional y proponía una nueva relación entre los pueblos indígenas, la sociedad en general y el gobierno, basada fundamentalmente en el reconocimiento de los derechos colectivos para la reconstitución de la vida indígena. Por esta poderosa razón es que los Acuerdos de San Andrés han tenido un proceso de apropiación e implementación en diversas regiones indígenas del país, incluso en algunos lugares del mundo, más allá de los ámbitos normativos e institucionales del Estado, incluso fuera de ella y a contracorriente. Al estar ahí su palabra, sus sueños y aspiraciones de vida, nuestra gente, naturalmente, como en un espejo, se ve reflejada en dichos Acuerdos. Por eso su aceptación y arraigo. La puesta en práctica de los Acuerdos de San Andrés ha sido parte de los consensos del movimiento indígena en el país. Ejemplo destacado de ello son, entre otros, los municipios autónomos y las Juntas de Buen Gobierno creados por los zapatistas en diversas regiones indígenas de Chiapas; la lucha por la autodefensa y la construcción de la autonomía en Chéran, Michoacán, actualmente gobernada por un Consejo Mayor de Gobierno Comunal, integrado por representantes de sus barrios; y la Policía Comunitaria en las regiones de la Costa Chica y la Montaña de Guerrero, para hacer frente a la delincuencia y la represión estatal. Mención especial merecen todas las luchas que libran los pueblos indígenas en la defensa de sus tierras, territorios y bienes naturales en diversas partes del país, como es el caso, entre otras, de la defensa del agua del río Yaqui por parte de la tribu Yaqui, del cual ha sido despojada por el proyecto Acueducto Independencia; la resistencia de las comunidades indígenas de la Sierra Norte de Puebla en contra del establecimiento de minas e hidroeléctricas; el trabajo
de las comunidades zapotecas de los Valles Centrales de Oaxaca para el rescate del río Atoyac y su exigencia de consulta para la revisión de un Decreto de Veda. En Oaxaca, el trabajo por el reconocimiento y el ejercicio de las formas propias de elección y nombramiento de las autoridades indígenas en el ámbito comunitario y municipal, se vio fortalecido en 417 municipios indígenas. En este sentido, bajo un claro espíritu comunalista, se han ido consolidando las asambleas comunitarias como espacio de toma de decisiones; el sistema de cargos para el servicio comunitario; la defensa y la protección del territorio comunal; y el tequio para la implementación de acciones comunitarias. Luchas que por cierto han ido a contracorriente de las pretensiones de los partidos políticos, las empresas y otros actores externos que pugnan por exterminar los procesos de autonomía y las formas de organización y autogobierno comunitario. Sin duda ha sido un camino lleno de grandes adversidades; sin embargo, gracias a la capacidad de resistencia y a la tenacidad en los principios comunitarios, estas experiencias nos han reafirmado que la lucha por los derechos de los pueblos indígenas contenidos en los Acuerdos de San Andrés son nuestra alternativa frente a la descomposición generalizada que vive el país. Una lucha que pese a todas las inercias, resistencias y agresiones sistemáticas de
quienes detentan los poderes políticos y económicos, incluidos los poderes fácticos y la delincuencia organizada, tiene hoy un importante fundamento y respaldo en el contexto internacional, particularmente de las redes de cooperación y solidaridad de la sociedad civil, así como de los nuevos marcos normativos que se han ido construyendo en el Sistema de las Naciones Unidas y el Sistema Interamericano. En este contexto es importante mencionar la adopción de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas por parte de la Asamblea General de la ONU el día 13 de septiembre de 2007, que ha sido posible gracias al trabajo y a la lucha de los diversos pueblos indígenas del mundo entero, en la que debemos destacar el aporte realizado a partir de los postulados y principios contenidos en los Acuerdos de San Andrés. Como una justa retribución por este aporte, y tomando en consideración el reiterado incumplimiento de los Acuerdos de San Andrés a 20 años de su firma, es necesario invocar el cumplimiento del artículo 37 de esta Declaración que establece que: “Los pueblos indígenas tienen derecho a que los tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos concertados con los Estados o sus sucesores sean reconocidos, observados y aplicados, y a que los Estados acaten y respeten esos tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos”.
Foto: cortesía de EXCÉLSIOR
La lucha por los derechos de los pueblos indígenas contenidos en los Acuerdos de San Andrés es nuestra alternativa frente a la descomposición generalizada que vive el país
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Los integrantes de los pueblos indígenas que sobrevivieron al proceso colonizador: el ódami o tepehuánII, el rarámuri o tarahumara; el o´oba o pima; y el warijó o warijío, son quienes habitan la Sierra Tarahumara. Actualmente, este territorio es compartido con población mestiza, y en él se establecen relaciones interétnicas asimétricas y complejas, en las que el poder económico, social y político lo detentan unas cuantas familias mestizas de los municipios serranos
por JAIME MARTÍNEZ VELOZ
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CHIHUAHUA
y sus I pueblos indígenas por ISELA GONZÁLEZ
L
a fortaleza de la cultura de estos pueblos permanece en mayor o menor grado, dependiendo del nivel de interacción que tienen con agentes externos como las instituciones gubernamentales, las iglesias, las escuelas y Organizaciones no Gubernamentales (ONG), y existen lugares en los que, a pesar de la violencia, los ciclos rituales y festivos continúan realizándose año con año. Los Sistemas Normativos Internos también se encuentran vigentes, en algunos lugares más articulados que en otros. Igual sucede con la vitalidad de sus idiomas y sus Sistemas Médicos Tradicionales: médicos, prácticas curativas y recursos naturales y simbólicos. Vergonzosas desigualdades Las condiciones socioeconómicas de la población indígena chihuahuense son de vergonzosas desigualdades. Cuando com-
paramos el Índice de Desarrollo Humano entre poblaciones indígenas y no indígenas, el estado de Chihuahua obtiene el deshonroso primer lugar en desigualdad interétnica en nuestro país. Según el Informe Sobre Desarrollo Humano de los Pueblos Indígenas de México 2006, publicado por la Comisión para el Desarrollo de Ios Pueblos Indígenas (CDI) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), en el estado de Chihuahua el índice de desarrollo humano en poblaciones indígenas es 49.1% menor al nivel nacional y la diferencia a nivel estatal entre población indígena y no indígena alcanza el 26.1%. En la Sierra Tarahumara la sobrevivencia infantil indígena es 30.5% menor que la mestiza; su índice de educación difiere en un 34.1%; y la diferencia entre el índice de analfabetismo es de 36.4%. En cuanto a la asistencia escolar, se reporta que “poco más de la mitad
SOBRE la autora:
Directora de Alianza Sierra Madre, AC
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Acuerdos de San Andrés: 20 años después
NOTAS: I. El contenido del artículo presenta
una panorámica de los pueblos originarios que han permanecido durante más de tres siglos de colonización y dominación en el estado de Chihuahua. Es preciso puntualizar que la situación de las condiciones de vida que se muestran está enfocada principalmente en los pueblos que permanecen asentados en la Sierra Tarahumara. De manera tangencial a los que han tenido que emigrar a las principales ciudades del estado: Cuauhtémoc, Ciudad Juárez, Chihuahua capital y Parral y no hay ninguna referencia de los indígenas migrantes provenientes del centro y sur del país, los cuales llegan a nuestro estado para emplearse temporalmente como jornaleros agrícolas o para incorporarse a la economía informal como vendedores ambulantes. II. Nombre con el que se conoce a los ódami que habitan en el estado de Chihuahua. Los originarios del estado de Durango se autonombran o´odam y se conocen como tepehuanos III. Entendido no solo como una superficie geográfica, sino como espacios étnico culturales imprescindibles para la reproducción material y simbólica de las culturas indígenas
de niños indígenas están en la escuela, frente a cerca de cuatro de cada cinco de los no indígenas”. Por otra parte, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) estableció que dentro de las 10 entidades con más rezago social en México, tres son los municipios serranos Batopilas, Guadalupe y Calvo, así como Chínipas. Asimismo, de acuerdo con el Observatorio de Mortalidad Materna en México, Chihuahua ocupa el tercer lugar de los cinco estados con mayor porcentaje de muerte materna en mujeres hablantes de algún idioma indígena: Oaxaca (55.9%), Guerrero (47.2%), Chihuahua (35.9), Yucatán (25%) y Chiapas (24.6%). El porcentaje referido para Chihuahua puede incrementarse si tomamos en cuenta el resultado de un autodiagnóstico realizado por la extinta organización Mujeres Indígenas Tepehuanas y Tarahumaras A.C. (MITYTAC) en el que las participantes evidenciaron la muerte de mujeres indígenas del municipio de Guadalupe y Calvo, las cuales fallecieron durante el embarazo parto o puerperio sin tener acceso a ningún servicio de salud. Por otra parte, la Alianza Sierra Madre, AC documentó los casos de cinco mujeres que fallecieron en la misma circunstancia durante 2013 en la comunidad rarámuri de Choréachi (Pino Gordo) del mismo municipio. En esta misma comunidad, en agosto de 2015 murió una joven de 18 años después de haber sido trasladada tardíamente a la ciudad de Chihuahua.
Despojos y violencia Las condiciones de marginación en la que sobreviven los pueblos indígenas solo se explica por el despojo histórico del que han sido objeto. Durante la Colonia fue la minería; desde finales del siglo XIX hasta nuestros días se ha desarrollado el modelo económico de extracción forestal, el cual a mediados del siglo XX engrosó las fortunas de dos grupos madereros: González Ugarte y Vallina. Hoy esta actividad beneficia a los que controlan los ejidos, caciques, funcionarios gubernamentales y a algunos técnicos forestales. En los municipios con poco recurso forestal y con infraestructura ferroviaria y carretera, el modelo turístico es el que genera grandes ganancias, que benefician a políticos convertidos en inversionistas. Finalmente, no quiero omitir la inseguridad y violencia en la que se encuentra sumida la Sierra Tarahumara desde 2006, cuando Felipe Calderón declaró la “guerra” contra el narcotráfico y Enrique Peña Nieto la adoptó en 2012. En todos estos años la muerte, desolación y desplazamiento forzado no han cesado. En medio de la oscuridad que nos ha tocado vivir, se encienden luces que iluminan un camino esperanzador, a través de nuevas estrategias que los pueblos indígenas están impulsando para mantener sus prácticas culturales y la defensa legal que algunas comunidades hacen de sus territoriosIII, con significativos triunfos.
El estado de Chihuahua obtiene el deshonroso primer lugar en desigualdad interétnica en nuestro país: el índice de desarrollo humano de sus poblaciones indígenas es 49.1% menor al nivel nacional (Informe Sobre Desarrollo Humano de los Pueblos Indígenas de México, 2006)
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LA SIERRA TARAHUMARA La Sierra Tarahumara es una porción de aproximadamente 60,000 kilómetros cuadrados de la Sierra Madre Occidental (Sariego, 2002), y abarca 17 municipios de los 67 que conforman el estado de Chihuahua: Balleza; Batopilas; Bocoyna; Carichí; Chínipas; Guachochi; Guadalupe y Calvo; Guazaparez; Guerrero; Maguarichi; Morelos; Moris; Nonoava; Ocampo; Temósachi; Urique; y Uruachi. El paisaje se conforma por elevadas cadenas montañosas que contrastan con la profundidad de las barrancas. Las primeras se conocen comúnmente como sierra o cumbre y tienen altitudes superiores a los 2,000 msnm. Una excepción es el cerro Mohinora, ubicado en el municipio de Guadalupe y Calvo con altitud de 3,350 msnm en la parte más alta. Los nichos ecológicos son característicos de bosques de coníferas, pino-encino y selva baja caducifolia. De acuerdo con los datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el total de población de 5 años y más hablante de lengua indígena en el estado de Chihuahua suma 104,014 personas, de las cuales 77.8% son tarahumaras, 7.6% tepehuanes, 0.4% pimas y el resto del porcentaje a indígenas migrantes de otros estados, sin reportar a los warijíos. Esto, a pesar de que el INEGI, en el Conteo de Población y Vivienda 2005, reportó a 816 personas de este pueblo indígena. (Datos del Censo de Población y Vivienda, 2010)
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ACUERDOS DE SAN ANDRÉS: 2O AÑOS DESPUÉS
Ciudad de México: entidad PLURICULTURAL por JULIO MOGUEL
El presente artículo se realizó con una serie de considerandos enumerados de forma tal que permitan ser apuntes concretos en el planteamiento de la nueva Constitución Política de la Ciudad de México Foto: cortesía de EXCÉLSIOR
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1.
La Constitución Política de la Ciudad de México debe marcar desde sus primeras líneas la idea de la pluriculturalidad que desde 1992 está inscrita en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2.
El concepto de pluriculturalidad debe tener una connotación más precisa, de tal forma que debe citarse o incluirse la idea de que la Ciudad de México tiene una composición pluricultural, plurilingüística y multiétnica. Una formulación posible sobre el punto pudiera ser: “La Ciudad de México tiene una composición pluricultural, plurilingüística y multiétnica sustentada originalmente en sus Pueblos y Barrios Originarios, que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual de la urbe al iniciarse la colonización, y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas”
3.
Debe reconocerse, como parte de esa misma condición pluricultural, plurilingüística y pluriétnica la existencia de otro tipo de núcleos sociales de origen indígena, como los de aquellos que, por vía de la migración, se han asentado en el territorio de la ciudad, conformando lo que se ha dado en llamar Comunidades Indígenas Residentes.
4.
Deberá integrarse el reconocimiento de derechos sociales, económicos, políticos y culturales que a dichos términos o conceptos corresponden.
5.
En la formulación del esquema de derechos debe primar el reconocimiento de los Pueblos y Barrios Originarios y las Comunidades Indígenas de Residencia
como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio (y no de “interés público”, como se encuentra establecido en la Constitución Federal).
6.
Consustancial a dicho esquema de reconocimientos es el de su derecho a la libre determinación y autonomía. Lo que conlleva a:
7.
El derecho a su
8.
y autonomía
El reconocimiento de sus formas propias de organización social, política y cultural. Las consecuencias de este reconocimiento resultan significativas de cara a la organización municipalista que está prefigurada en la reforma política que se anuncia. Una de ellas es que los órganos municipales de representación, como el cabildo, tienen que conformarse en forma mixta o híbrida, con fórmulas flexibles y variables dependientes de la presencia en el territorio –y relevancia de la presencia en dichos territorios– de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades de Residencia.
libre determinación conlleva al reconocimiento de sus formas de organización social, política y cultural
9.
El nuevo sistema democrático municipalista no sólo reside en el equilibrio de poderes que pudiera alcanzarse con la existencia del sistema de cabildo y la flexibilización de las fórmulas de representación –que den pie justo a representaciones ad hoc de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes–, sino con la transformación de los tradicionales “órganos auxiliares de gobierno” municipales (comisarías, jefes de tenencias, encargados del orden, etcétera) en niveles específicos de gobiernos de nivel sub o microrregional (dentro del ámbito territorial del municipio). Estos subsistemas de gobierno estarían representados con propiedad en el cabildo, y funcionarían bajo la modalidad de “regidores de pueblo” o “presidentes de comunidad”.
SOBRE EL AUTOR: Economista y escritor. Asesor del EZLN en los Diálogos de San Andrés, Febrero de 1996.
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ACUERDOS DE SAN ANDRÉS: 2O AÑOS DESPUÉS
10.
Esta fórmula, de prosapia indígena por la aplicación del denominado “sistema de usos y costumbres”, puede extenderse a los ámbitos municipales donde no existan Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes, beneficiando así la constitución de nuevas estructuras democráticas en las que se implique el conjunto de la población.
11.
Otra implicación significativa en el orden de este reconocimiento es el de la aceptación de
las fórmulas propias de participación y de representación de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Residentes, con las variantes que se impliquen en el ejercicio de su autonomía y libre determinación. Ello valdrá de manera relevante para que se legisle para lograr una inscripción justa y natural de estos organismos en los denominados procesos sociales y políticos de participación ciudadana.
12.
Tales reformas orientarían, en consecuencia, a la formulación y aprobación de una nueva Ley de Participación Ciudadana y de Presupuesto Participa-
tivo, entre otras líneas de reforma a programar.
13.
Los Pueblos y Barrios Originarios y las Comunidades Indígenas Residentes deben contar con fórmulas jurídicas propias, justas y equilibradas, para que puedan presentar, con independencia a los partidos políticos, candidaturas a puestos de representación política municipal, estatal y federal. Se trataría, con ello, de hacer extensivo a dichos pueblos, barrios y comunidades un derecho que ya se contempla en la legislación para las denominadas candidaturas independientes.
Los Pueblos y Barrios Originarios y las Comunidades Indígenas Residentes deben contar con fórmulas jurídicas propias, justas y equilibradas Foto: cortesía de la CDPIM
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SIERRA NORTE DE PUEBLA:
Entre el despojo y la resistencia por RAYMUNDO GARCÍA
Ante la amenaza global que se cierne para la Sierra Norte de Puebla, los pueblos y comunidades indígenas se han unificado y están decididos a defender el territorio SOBRE EL AUTOR: Politólogo, egresado de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, UNAM, miembro fundador de la Corriente Democrática y de la Corriente Crítica del PRI. Su trabajo como politólogo le ha permito tener puestos como Consejero Nacional del PRD; Secretario Técnico de la Comisión de Asuntos Indígenas en la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, Asesor de la Comisión de Educación y Servicios Educativos de la LXII Legislatura de la H. Cámara de Diputados, Secretario Ejecutivo de Causa Indígena A.C. y fundador de Serranos Unidos en Resistencia Indígena (SURI).
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a otrora estable región indígena de esta parte de la República se encuentra en franca movilización, lo que no sucedía desde que el totonaco Serafín Olarte encabezó una lucha en la región del totonacapan veracruzano, o cuando “Los Tres Juanes” de la Sierra de tradición liberal y con contingentes formados en las comunidades indígenas se enfrentaron a las tropas francesas, tanto en la ciudad de Puebla como en algunos sitios de la región. La tranquilidad política de la región, sumida en la pobreza, es interrumpida por la disposición del Gobierno Federal al autorizar casi 100 concesiones mineras y 12 autorizaciones para la construcción de hidroeléctricas en ciudades rurales estratégicamente ubicadas en municipios indígenas, en donde se planea explotar las minas y utilizar grandes cantidades de agua, al usar el método de explotación de fractura hidráulica, gasoductos y proyectos de alto turismo, así como un ambicioso proyecto gubernamental de introducir capitales extranjeros en la región de Libres, pretendiendo hacer uso del agua de las comunidades asentadas en dicha subregión, como lo ejemplifica el caso de Ocotepec. Sobre la naturaleza del conflicto y las opciones a seguir se presentaron una serie de encuentros y desencuentros, los cuales se perfilan en escenarios de diálogo con negociación o confrontación sin diálogo. Algunos concluimos que el conflicto es político y que en su solución se tienen que utilizar las herramientas del diálogo y la negociación, en el marco de un contexto político y legal adverso, pero apoyándonos en los resquicios legales obtenidos por la lucha de otros pueblos indígenas del país, pugnando por el respeto a nuestros derechos, creando las diversas instancias de representación indígena y vinculándonos con otros esfuerzos de lucha regional y nacional. Para tal efecto, tras un trabajo de reacercamiento con unos y de convencimiento con otros en octubre de 2012, se determinó formar el agrupamiento Serranos Unidos en Resistencia Indígena (SURI) y se aprobó su documento fundacional de-
nominado “Luchar por la Vida, Oponerse a la Muerte”. Dicho documento contiene un pequeño diagnóstico, su concepción de la situación regional creada con las concesiones mineras y las autorizaciones para construir hidroeléctricas y ciudades rurales; define, asimismo, su posición central en consi-derar que dichas acciones de gobierno son nulas de pleno derecho, al no llevarse a cabo la Consulta Indígena Libre, Previa e Informada, posicionamiento que es inamovible, así como el reconocimiento y respeto al Territorio Indígena, como es la Sierra Norte de Puebla, bajo la directriz de la Libre Determinación. Con el Estado mexicano no existía diálogo sobre la situación que prevalecía en el conflicto regional; en ese momento político las opciones implicaban un enorme desgaste y sufrimiento de los pueblos y comunidades indígenas. A nivel local, el gobierno adoptó una total ignorancia de nuestros derechos como pueblos indígenas, siendo evidente tal actitud en Tetela de Ocampo con las respuestas del Titular de la Secretaría de Economía. Al interior de las comunidades existían los rumores del Destino Manifiesto: “Las minas y las hidroeléctricas van por que van”. Diría don Jesús Reyes Heroles: “Que impere la fuerza de la política, no la política de la fuerza”. Necesariamente apelamos al quehacer político para adoptar el diálogo como nuestra vía y herramienta para acercar a los representantes del poder a escuchar la posición de los pueblos indígenas de la Sierra Norte de Puebla. En el lapso de marzo a octubre de 2013 logramos el reconocimiento de la lucha de los pueblos indígenas serranos al aceptar que nuestra lucha es legítima. Una de nuestras demandas de hacer respetar nuestro Derecho a la Consulta Indígena, Libre, Previa e Informada se ha hecho visible en la aprobación del Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA) de la Minera Espejeras del Grupo Frisco en Tetela de Ocampo, por lo que solicitamos la intervención del representante de la Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México (CDPIM) mediante
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Acuerdos de San Andrés: 20 años después
El conflicto es político y en su solución se tienen que utilizar las herramientas del diálogo y la negociación; en el marco de un contexto político y legal adverso, es preciso apoyarse en los resquicios legales obtenidos por la lucha de otros pueblos indígenas del país una misiva enviada el Titular de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), quien el 4 de octubre solicitó suspender la resolución en favor del Proyecto de Exploración Espejeras “hasta en tanto no se cumplan todas y cada una de las disposiciones en la materia, contempladas en el marco normativo mexicano e internacional”, por lo que la Semarnat anuncia que queda suspendida la resolución hasta que la empresa no presente el acuerdo definitivo con las comunidades, y faculta ilegalmente a la empresa de Carlos Slim para organizar la Consulta Indígena y presentar el documento final del Acuerdo. Aun cuando no participamos en el proceso de gestión para presentar un Punto de Acuerdo sobre el caso de Olintla, le dimos seguimiento a través de los Diputados promoventes, convenciendo a más de 20 Diputados de diversas Fracciones Parlamentarias de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados a presentar un Punto de Acuerdo sobre el Resolutivo de la Semarnat, en el caso del Proyecto de Exploración Espejeras, convencidos de que violaba el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, al facultar a la empresa a organizar la Consulta Indígena. En iguales términos se autoriza el resolutivo del proyecto hidroeléctrico “San Antonio”, que amenaza a seis municipios indígenas. Respecto a este Punto de Acuerdo, así como el de Olintla, se tiene documentado con las respuestas el tratamiento de algunas dependencias a nuestros derechos como pueblos indígenas. De igual forma, las respuestas de algunos funcionarios de la Semarnat, la Profepa y la Secretaría de Economía. Es necesario destacar el procedimiento de la Semarnat, ya que después de la aparición de la
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resistencia indígena en la Sierra Norte, algunos proyectos los autoriza sin mencionar el tema de la Consulta Indígena, como es el caso del proyecto de exploración minera “El Aretón” en Tlatlauquitepec; y del Proyecto Hidroeléctrico Puebla 1 de la empresa Deselec 1, S. de R.L. de C.V. aprobado en diciembre de 2011, en el cual no se establece la realización de la Consulta Indígena. La Secretaría de Energía intentó llevar una Consulta Indígena mediante una solicitud de información, por medio del Director de Pueblos Indígenas de Semarnat sobre la MIA del proyecto hidroeléctrico Pilotos Uno Sapi, que amenaza a los municipios de Zapotitlán de Méndez, Atlequizayan, Caxhuacan y Huehuetla, y dicen no saber qué área lo dictamina, por lo que la Delegación Semarnat-Puebla da a conocer que dicho proyecto es rechazado. Y qué decir del estado de sitio prevaleciente en Ixtacamaxtitlán, en donde la empresa minera no permite acercarse a los activistas e investigadores, utilizando la amenaza, sin que el gobierno intervenga. Al mismo tiempo de nuestro trabajo con las comunidades, participamos en el Foro Nacional Indígena convocado por la Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México y el Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública de la LXII legislatura de la Cámara de Diputados celebrado el 26 de febrero de 2014 con el criterio de participar, proponer y debatir los contenidos de la necesaria reforma indígena inconclusa, ahora con nuevos ingredientes de la situación prevaleciente en las regiones indígenas, sobre todo en la defensa del territorio, haciendo nuestra la recomendación redactada en los términos de: “ (…) hacemos un llamado (…) al conjunto de los pueblos indígenas del país, a no cesar en la defensa de sus territorios,
lenguas, culturas y derechos, en el entendido de que todo proceso legislativo y de armonización legislativa, o de aplicación y desarrollo de políticas públicas depende fundamentalmente de lo que hagan o dejen de hacer los propios pueblos y comunidades indígenas (…).” Dicha recomendación coincide con las posiciones de Serranos Unidos en Resistencia Indígena, independientemente de divergencias respetables con acciones de otros agrupamientos, pero la idea fundamental es otorgar a las comunidades indígenas su propia decisión de hacer las cosas en los tiempos y ritmos que se acuerden formando las representaciones legal y legítimamente reconocidas en las normas internacionales y nacionales,
tal como se ha venido planteando en la vertiente de Agenda Nacional Indígena en la que participan liderazgos de distintas partes del país. Para terminar, es necesario recordar las palabras de Diputado Constituyente, Pastor Rouaix, poblano de la región de Tehuacán, cuando en su libro Génesis de los Artículos 27 y 123 de la Constitución Política de 1917, editado por el PRI en el año 1984, molesto por el despojo de la nación, observaba: “En la vida independiente de México, y especialmente desde la iniciación de la política plutocrática, no volvió a ver la nación un solo edificio construido ni una sola donación pecuniaria para el establecimiento de escuelas, hospitales o templos, que hubieran mostrado, la gratitud siquiera,
de los explotadores de los filones metalíferos para el pródigo país que se los entregaba. A las grandes ciudades americanas y europeas iba el fruto de las bonanzas para ser repartido entre directores y accionistas, dando esplendor a extrañas familias”. Este sentir del Diputado Constituyente que convivió con los indígenas de Tehuacán, Puebla, a quienes reconoció y valoró, participa y sufre en carne propia los torbellinos de una revolución; por eso, al explicar las repercusiones y la amenaza de las concesiones mineras y las hidroeléctricas, un totonaco de casi 70 años de la comunidad de Tapayula, San Pedro Camocuatla me interrumpe diciendo: “Entonces tenemos que hacer otra revolución”. Foto: Cortesía de la CDPIM
Foto: cortesía de EXCÉLSIOR
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ACUERDOS DE SAN ANDRÉS: 2O AÑOS DESPUÉS
GUERRERO
y la
CONSTITUCIÓN La Ley 701 del estado de Guerrero reglamenta un artículo constitucional que ha sido derogado y, por lo tanto, urge un nuevo ordenamiento jurídico para armonizar los nuevos por MARCOS MATÍAS
A la memoria de Carlos Reyes Romero (qepd), ideólogo y escribano de los principales fragmentos de la Ley 701
SOBRE EL AUTOR: Investigador Titular del CIESAS
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* Este artículo de opinión fue publicado en El Sur. Periódico de Guerrero. Acapulco, Guerrero. 8 de enero de 2016. Se reproduce con autorización del autor
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a Ley 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Guerrero, en vigor desde el 8 de abril de 2011, en breve tiempo perderá su vigencia. Esta ley es reglamentaria del artículo 10 Constitucional que fue abrogado por la reforma a la Constitución Política de Guerrero el 30 de junio de 2014, y en uno de los transitorios del Decreto Constitucional señala claramente: “El Congreso del Estado de Guerrero deberá aprobar y reformar, en un plazo no mayor de 24 meses, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, las leyes que sean pertinentes para hacer concordar la legislación con las nuevas disposiciones constitucionales”. En sustitución del artículo 10, que ha sido modificado, la nueva Constitución política de Guerrero, vigente desde el 30 de junio de 2014, reconoce un apartado específico sobre los “Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos”. Del Artículo 8 al 14 de este apartado están expresados los derechos fundamentales de los pueblos indígenas y afrodescendientes de Guerrero. Este pequeño bloque de artículos constitucionales demanda la reglamentación de una nueva Ley Indígena. Puede ser la 701 revisada, mejorada o transformada o, sencillamente, una nueva normatividad jurídica fundamentada a partir del artículo 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 de la Constitución vigente. La Ley 701 contiene derechos indígenas que deben ser la plataforma primordial para la elaboración de una nueva reglamentación jurídica. Sus seis capítulos y sus 74 artículos contienen derechos irrenunciables y son el techo básico para armonizarlos con los siete artículos de la nueva Constitución de Guerrero. De ambos instrumentos jurídicos debe dimanar una nueva armonización reglamentaria que consagre los derechos fundamentales de los pueblos indígenas y los afrodescendientes. Asimismo, la Ley 701 contiene capí-
tulos temáticos, como el derecho a la salud; el desarrollo económico; el derecho a la autonomía; la atención a los niños, mujeres y adultos mayores; el trabajo artesanal; la educación; el aprovechamiento de los recursos naturales; y el derecho a la consulta. Es trascendental el capítulo sobre tierras y territorios: “Las autoridades y los particulares, deberán consensar con las comunidades indígenas, los proyectos e iniciativas de obras que impacten los recursos naturales comprendidos en sus territorios”. Consensar implica dialogar, consultar y respetar la decisión de los pueblos indígenas; este debe ser un derecho irrenunciable e indeclinable para proteger la sobrevivencia de los pueblos indígenas de Guerrero. Sin tierra ni territorio no hay futuro posible. El Artículo 2 de la Constitución Política Federal es un referente obligado del derecho de los pueblos indígenas para instaurar sus propios sistemas de justicia. En este tema, el Artículo 37 de la Ley 701 es contundente: “El Estado de Guerrero reconoce la existencia del sistema de justicia indígena de la Costa-Montaña y al Consejo Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC) (…) esta Ley confirma el reconocimiento de la Policía Comunitaria, respetando su carácter de cuerpo de seguridad pública”. Este artículo, han intentado abolirlo infinidad de veces. Su contenido ha generado controversia, y, ciertamente, es un tema delicado que demanda ser analizado con mucha cautela. Sin embargo, a pesar de ser un tema espinoso, en el Artículo 14 de la nueva Constitución lo han contemplado en su aspecto esencial y de allí derivará su reglamentación específica. La parte medular de la Ley 701 tomó, como base fundamental, el contenido del Artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 2001, y diversas leyes vigentes de diversos estados de la República. El Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de 1989 y la Declaración de las Naciones Unidas
Actualmente sería injustificable elaborar cualquier nuevo ordenamiento jurídico sin el derecho a la consulta indígena bajo consentimiento libre, previo e informado
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Foto: Cortesía de Excélsior
La Ley precisa que la “policía comunitaria” debe tener coordinación y no subordinación con el sistema de seguridad estatal 50
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Si en la Ley 701 los derechos de los pueblos afrodescendientes eran considerados tangencialmente, ahora, en el Artículo 8 de la nueva Constitución, sus derechos están en pie de igualdad con la de los pueblos indígenas. Guerrero es una de las pocas legislaciones que reconoce el derecho de los pueblos de origen negro
sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de 2007 también fueron parte de la normatividad internacional que fortaleció la Ley Indígena en referencia. Toda armonización reglamentaria en materia indígena debe considerar los anteriores instrumentos jurídicos, que deben ser insoslayables. Los Artículos 8 a 14 de la nueva Constitución Política de Guerrero, correspondientes al apartado de los “Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos”, requieren una reglamentación específica. Varios derechos están salvaguardados e indudablemente hay avances considerables. Si en la Ley 701 los derechos de los pueblos afrodescendientes eran considerados tangencialmente, ahora, en el Artículo 8 de la nueva Constitución sus derechos están en pie de igualdad con la de los pueblos indígenas. Guerrero es una de las pocas legislaciones que reconoce el derecho de los pueblos de origen negro. El Artículo 9 consagra el legítimo derecho a la autonomía y libre determinación de los pueblos indígenas y afromexicanos. Proclama respetar los principios consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos “y en los instrumentos internacionales en la materia e incorporados al orden jurídico internacional”.
El Artículo 10 reconoce el derecho a la autoadscripción. Los artículos 11 y 12 examinan los sistemas normativos indígenas; el derecho a elegir a sus propias autoridades; el derecho a proteger sus recursos naturales, tierras y territorios; su derecho a la consulta bajo consentimiento libre, previo e informado; cultura, lengua e identidad; el derecho a la educación indígena; el sistema de becas indígenas; entre otros. El Artículo 13 señala el tema de la necesaria reglamentación jurídica: “Las obligaciones que correspondan a cada uno de los poderes del Estado se determinarán en una Ley Reglamentaria (…)”. En el Artículo 14 se señalan diversos aspectos de seguridad pública, prevención de delito y la justicia indígena. Este artículo ya no hace referencia sólo a la CRAC, sino a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas “de acuerdo con sus prácticas tradicionales, cuyo seguimiento de acción se dará a través de su policía comunitaria o rural, integradas por los miembros de cada comunidad y designados en asamblea general (…) Dichas policías tendrán una estrecha vinculación, colaboración y coordinación con el Sistema Estatal de Seguridad Pública”. La Ley precisa que la “policía comunitaria” debe tener coordinación y no
subordinación con el sistema de seguridad estatal. Insisto en que el congreso local y el titular del ejecutivo local deben organizar con urgencia un proceso de consulta para elaborar la reglamentación necesaria a los siete artículos del apartado sobre los “Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos”. Dejemos atrás los tiempos de legislar sin la genuina participación de los sectores afectados. Si en años anteriores la reglamentación de la Ley 701 consideró la consulta y participación de los pueblos indígenas, en el tiempo actual sería injustificable elaborar cualquier nuevo ordenamiento jurídico sin el derecho a la consulta indígena bajo consentimiento libre, previo e informado. El tiempo apremia y hasta el próximo mes de junio, el Congreso local debe tener una nueva normatividad de la Ley 701. La reseña de este artículo señala mucha tela de dónde cortar para una reglamentación con la justa armonización de los instrumentos internacionales, la legislación federal y el avance de la legislación vigente de diversos estados de la República. Seguro estoy que los poderes locales actuarán con la velocidad que los acontecimientos requieren.
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La INCANSABLE defensa del territorio yaqui
Foto: Tomás Castelazo. Tomada de wikipedia.org/wiki/Yaqui_River#/media/File:Yaqui_River.jpg
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El río, la sierra, el mar y el valle constituyen el universo en el cual el pueblo yaqui se identifica, se reproduce y se integra como un elemento más del todo. Es por esta razón que la defensa del territorio yaqui se da en todas las partes con la misma intensidad, entendiendo que una cosa no camina sin la otra por MARIO LUNA
SOBRE EL AUTOR: Vocero del Pueblo Yaqui
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E
l pasado histórico reciente del pueblo yaqui se documenta como un encuentro tardío entre los invasores españoles y los nativos del noroeste del país (1533), encuentros en los que se dejó clara muestra del alto grado de organización militar y sociopolítico, mismo que valió para propinarle serias derrotas a los intentos de conquista e invasión de los colonizadores y sus aliados. La riqueza en recursos naturales (agua, bosque, tierra fértil) ha sido desde aquel entonces motivo de codicia de los invasores y de arraigo e identidad para el pueblo yoeme, que desde siempre ha habitado esta parte del mundo. Después de cientos de años y de intentos fallidos por incursionar militarmente al territorio yaqui, se hicieron acuerdos para el acceso a misioneros jesuitas, de quienes el pueblo esperaba asimilar conocimientos tecnológicos y científicos que hacían altamente productivo el sistema de misiones implementado con los pueblos vecinos; es así que comienza una etapa de relaciones ríspidas y de intercambio de conocimientos, en los cuales ambas partes ceden
para lograr avanzar en la construcción de un nuevo sistema de producción, y una nueva forma de relacionarse con sus dioses. El yaqui, siempre autónomo en su forma de gobierno, ha logrado mantener una cultura viva que se desarrolla día a día dentro de lo que es su territorio, el cual a lo largo de cientos de años poco a poco se ha ido reduciendo, pero que aún conservan a base de miles de sacrificios. Lo anterior mediante ataques sistemáticos que han mantenido en estado de guerra al pueblo yaqui, que resiste y se niega a avasallar su autonomía ante el Estado mexicano en sus diferentes etapas históricas, de tal manera que en la actualidad los yaquis cuentan con un decreto de restitución de tierras de alrededor de 485,000 hectáreas y el derecho al agua del río Yaqui, que equivale al 50% del agua almacenada de la presa la Angostura, hoy conocida como Lázaro Cárdenas, más los escurrimientos y aguas broncas no controladas, aguas abajo de la citada presa y que hoy se almacenan en el resto de las presas del sistema de cuencas del río Yaqui.
Este pueblo, a pesar de haber resistido campañas de exterminio, que incluyen deportaciones masivas de niños y mujeres hacia el otro extremo del país e incluso al extranjero, bombardeos aéreos, etcétera, sigue defendiendo con la misma intensidad el territorio y los recursos naturales que recibieron como herencia de sus mayores. En la actualidad se libran varias batallas para conservarse como un pueblo autónomo que aspira a vivir y desarrollarse con estrategias de lucha y de defensa, que incluyen por primera vez la defensa jurídica de sus derechos humanos y constitucionales aplicados, por ejemplo, en la lucha por el agua, que sostienen firmemente desde el año 2010, y con la cual han logrado amparos otorgados en la misma Suprema Corte de Justicia de la Nación. Con este ejercicio de sus derechos han puesto a prueba la capacidad del Estado mexicano para respetar y llevar a cabo los convenios y tratados internacionales que México como país ha firmado en materia de derechos indígenas y humanos.
La consulta al pueblo yaqui es la primera que se ordena llevar a cabo para un pueblo indígena; sin embargo, no se le ha dado la debida atención, por lo que deja un antecedente muy negativo para este pueblo y para quienes aún creen en la vía institucional para la efectiva aplicación y ejercicio del derecho constitucional y humano vigente en el derecho internacional y sus organismos multinacionales
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El pueblo yaqui, acostumbrado a luchar con dignidad y fortaleza por el bien de sus generaciones presentes y futuras, se declara en alerta permanente, y acude a la sociedad civil organizada y a las diferentes luchas y resistencias autónomas para continuar en la defensa de su territorio, tierra y agua Tal es el caso del amparo que la SCJN le otorga al pueblo yaqui para que le sean respetados sus derechos de audiencia y de libre determinación, ordenando la realización de una consulta (Exp. 631/12), basada en estándares nacionales e internacionales, para poder emitir o negar en su caso un manifiesto de impacto ambiental para el Acueducto Independencia, mismo que pretende trasvasar de la cuenca del río Yaqui a la cuenca del río Sonora 75,000,000 m 3 al año que los yaquis reclaman como propios. Desde 2012 a la fecha no se les ha dado cumplimiento cabal a estos ordenamientos judiciales, puesto que la intención hasta hoy manifiesta utilizar esta consulta como simple requisito para validar el despojo de los recursos naturales del pueblo yaqui y no para garantizar el respeto al derecho humano al agua, a la vida, al trabajo y a la alimentación. Lo anterior ha sido documentado por cientos de organizaciones de defensores de los derechos humanos e indígenas, agrupados en la Misión Civil de Observación a la Consulta del Pueblo Yaqui (MCO). La consulta debería de ser previa, de buena fe, libre e informada, buscando el consentimiento del pueblo consultado; sin embargo, la MCO documenta la entrega de información manipulada e incompleta, además de amenazas y hostigamientos a los defensores del pueblo yaqui, incluyendo la criminalización de las pro-
testas y movilizaciones que incluyen el encarcelamiento y la persecución judicial de cuatro de los portavoces más visibles de la defensa yaqui. El encarcelamiento de Mario Luna y Fernando Jiménez por más de un año mediante un proceso plagado de irregularidades y falto de pruebas demuestra la incapacidad para implementar las medidas a favor de los pueblos indígenas, y pone de manifiesto la aplicación selectiva de la ley, con lo cual se envía un peligroso mensaje a los pueblos que luchan por la vía institucional, de indefensión jurídica y nulo respeto a los derechos humanos, y que se pone de manifiesto con la pretensión de construir en territorio yaqui un gasoducto de 90 km de longitud aprovechando el desconcierto provocado por la persecución y encarcelamiento de sus líderes. El pueblo yaqui, acostumbrado a luchar con dignidad y fortaleza por el bien de sus generaciones presentes y futuras, se declara en alerta permanente, y acude a la sociedad civil organizada y a las diferentes luchas y resistencias autónomas para continuar en la defensa de su territorio, tierra y agua, porque queda claro que para los gobiernos el ejercicio del derecho es considerado como un privilegio que no están dispuestos a otorgarnos de momento, por lo tanto la lucha sigue y ya ha escalado a nivel internacional mediante una demanda en la Corte Interamericana (Petición 2097/13).
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La deforestación permanece como un fenómeno imparable en nuestro país. Más de 10 millones de mexicanos viven en los bosques afectados, por lo que es necesario un aprovechamiento responsable y una protección prudente de los recursos, a fin de mejorar sus condiciones de vida, pues a pesar de las riquezas naturales que les rodean, estas personas suelen vivir en condiciones de marginación SOBRE LA AUTORA: Licenciada en Historia. Egresada de la UNAM, pasante de la Maestría en Historia de México S. XX. Ha ejercido el periodismo cultural, lo que le valió el Premio Estatal de Periodismo en Morelia, Mich. Ha tenido varios cargos en la Semarnat, Conanp y Cecadesu.Su actividad profesional le ha permitido conocer y trabajar con pueblos indígenas y conocer de los problemas ambientales del país, coordinar suplementos culturales, boletines históricos y organizar el archivo del Gral. Joaquín Amaro en el archivo Plutarco Elías Calles y Fernando Torreblanca. Colaborada cercana con la organización Carta de la Tierra.
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La
DEFORESTACIÓN
en México por BERTHA ROSAS
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a ubicación geográfica de México, su variedad de climas, topografía e historia geológica dan como resultado que nuestro país cuente con una riqueza biológica extraordinaria en el mundo. Aunada a la enorme variedad de especies de plantas y animales, otra de sus características es la gran diversidad de comunidades vegetales que se encuentran en el territorio continental e insular, las cuales van desde las afines zonas alpinas, hasta las dunas costeras y humedales, pasando por matorrales xerófilos, bosques templados, selvas, bosques mesófilos de montaña y pastizales naturales. Uno de los factores que más ha influido en la transformación de los ecosistemas terrestres en el mundo fue el crecimiento poblacional global del siglo XX, ya que, de acuerdo con datos del Millenium Ecosystem Assessment (2005), para el año 2000, 42% de los
bosques mundiales habían sido transformados, así como 18% de las zonas áridas y 17% de los ecosistemas insulares, principalmente a zonas de cultivos y potreros, o bien, abiertos para el establecimiento y desarrollo de poblados, ciudades y de infraestructura de caminos, eléctricas y de almacenamiento de agua. De acuerdo con lo publicado en el Informe de la Situación del Medio Ambiente en MéxicoI, nuestro país no ha sido la excepción en este proceso de degradación y pérdida de ecosistemas terrestres. Una importante proporción de su territorio se ha transformado en campos agrícolas, pastizales y zonas urbanas, y de los ecosistemas que aún persisten muchos de ellos muestran en mayor o menor medida signos de alteraciones. México cuenta con 138 millones de hectáreas (ha) con vegetación forestal, equivalentes al 70% del territorio
nacional. Los principales ecosistemas que componen esta superficie son: los matorrales xerófilos (41.2%); los bosques templados (24.24%); las selvas (21.7%); los manglares y otros tipos de asociaciones de vegetación forestal (1.06%); y otras áreas forestales (11.8%). Los bosques mesófilos de montaña abarcan más de 1.7 millones de hectáreas; los manglares ocupan una superficie de 887,000 hectáreas; y la vegetación comprendida en la categoría de otras asociaciones (palmares, sabana, selva de galería, entre otros) es de 575,000 hectáreas de la superficie forestal del país. La extensión de estas formaciones vegetales constituye ecosistemas sumamente importantes desde el punto de vista de su biodiversidad, las altas tasas de captura de carbono y su capacidad de amortiguamiento ante eventos hidrometeorológicos, entre otros as-
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ACUERDOS DE SAN ANDRÉS: 2O AÑOS DESPUÉS NOTA: I. Compendio de estadísticas
ambientales indicadores clave y de desempeño ambiental, edición 2012, Semarnat, México.
pectos relevantes. La deforestación es el cambio de una cubierta dominada por árboles hacia una que carece de ellos. La alteración (también llamada degradación) implica una modificación inducida por el hombre en la vegetación natural, pero no un reemplazo total de la misma, como en el caso de la deforestación. Ante la riqueza natural que posee el país, como se ha mencionado en los párrafos anteriores, en México poder conocer con precisión las mediciones de la deforestación que se ha dado a lo largo de décadas se ha caracterizado por la gran disparidad en las estimaciones. En los últimos 20 años se han generado cifras que van desde las 155,000 hasta 776,000 hectáreas al año. La estimación más reciente de la Comisión Nacional Forestal (Conafor) reportada
a la FAO, que abarca el periodo 2005-2010, alcanza las 155,000 hectáreas deforestadas por año, cifra que actualmente se encuentra en proceso de revisión y actualización. De acuerdo con los informes reportados a la FAO, entre 1990 y 2010 se observa una tendencia a la reducción de la superficie deforestada anualmente en el país: mientras que entre 1990 y 2000 se calcula que se perdían 354,000 hectáreas anuales, esta cifra se redujo a 235,000 y 155,000 para los periodos 2000-2005 y 2005-2010, respectivamente. Ahora bien, la deforestación depende de varios factores, y es muy importante el económico, al favorecer las actividades que permiten la mayor ganancia a corto plazo, y una de ellos es la explotación de madera para satisfacer el mercado, la cual impulsa la deforestación de los bosques, principalmente los dominados por una especie, lo
De 1993 a 2013 se otorgaron 45,779 autorizaciones de aprovechamiento forestal maderable; Durango, Veracruz y Michoacán son las entidades que más permisos han otorgado representando en conjunto un total de 17,611 autorizaciones, lo que es un 38% del total de permisos autorizados. La administración que más permisos otorgó en ese periodo fue la correspondiente al Presidente Ernesto Zedillo Ponce de León
Anuario Estadístico de la Producción Forestal
47,115,520
41,409,634 36,140,832
5,882,859 Enrique Peña Nieto
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Felipe Calderón Hinojosa
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Vicente Fox Quesada
Ernesto Zedillo Ponce De León
Aun cuando lo reportado por la Conafor fuese lo más cercano a la realidad de la superficie deforestada en nuestro país, y se señale una disminución respecto de los años anteriores a 2010, si la cifra de 155 mil hectáreas deforestadas por año continuase en ese camino, en unos años más una buena parte de la República será un páramo
que hace rentable su explotación. De la misma manera, el aumento de los precios de los productos agropecuarios provoca la deforestación, pues entonces los usos no forestales del suelo son más redituables. Una de las maneras que podemos comprobar del proceso de deforestación que se da en el país, es a partir de los reportes que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) respecto de la producción forestal maderable. Durante el período 2004-2013 la producción forestal maderable ha
disminuido de forma constante, iniciando con 6.7 millones de metros cúbicos rollo (m³r) en 2004, y finalizando este periodo con 5.9 millones de m³r. Desde inicios de esta década la disminución ha sido continua, con excepción de los años 2006, 2007 y 2012, en los cuales la producción alcanzó un aumento, reportando 6.5, 7.0, y 5.9 millones de m³r respectivamente, lo que representa un incremento del 0.9%, 7.8% y del 7.4% en relación con el año anterior. Para 2013, la producción forestal maderable se mantuvo prácticamente
estable en relación con el año anterior, con 5.88 millones de m³r, lo que significó un decremento del 0.5%. Los principales estados productores en 2013 fueron Durango (32.80%), Chihuahua (16.79%), Michoacán (7.76%), Oaxaca (7.13%) y Veracruz (4.93%), los cuales contribuyeron con el 69.41% de la producción total, equivalente a 4.1 millones de m³r. Cabe resaltar que tan sólo Durango y Chihuahua tienen participación conjunta del 49.60% de la producción forestal maderable total. En 2011 México perdió 13,246 hec-
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táreas bajo el concepto de cambio de uso de suelo autorizado, lo que equivale a un incremento de 58% en relación con un año atrás. Otro de los factores de deforestación son los incendios forestales, que en 2012 sumaron un total de 7,170 y que afectaron 347,226 hectáreas en todo el país. Las entidades que sufrieron más pérdidas en superficie fueron Sonora, Chihuahua, Durango, Coahuila, Baja California y Jalisco, y entre las que reportaron el mayor número de incendios están Chihuahua, Estado de México, Michoacán y Jalisco. Sobre las autorizaciones emitidas para cambio de uso de suelo en terrenos forestales, y que se fundamentan en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y su Reglamento, representan menos del 3% respecto del total nacional anual de la deforestación. En cuanto al periodo 2009-2013, la superficie afectada más alta la encontramos en el año 2012, sobre todo en el sector minero. Aunque para el
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año 2013 la superficie afectada se incrementó en un 34.1% con respecto a 2009, representó un decremento de 21.6% en relación con 2012, destacando la afectación del rubro “otros” que presenta un aumento del 68.6% de afectación en relación con 2012. Destaca la degradación del recurso forestal, especialmente en las últimas décadas y la baja competitividad de la silvicultura nacional y la industria del ramo y, por lo tanto, de los productos derivados. Los desmontes con fines agropecuarios o de urbanización son uno de los factores que prevalecen, aunque también influyen los incendios, la tala ilegal, las plagas y enfermedades y el sobrepastoreo. Los efectos han sido muy negativos, pérdida de flora, fauna y microorganismos, la alteración del hábitat, la erosión de suelos, los azolves de ríos, mares y cuerpos acuíferos y la disminución de la recarga de acuíferos. A lo anterior se suma la falta de un sistema de información forestal actualizado en México, lo que ocasiona
que no haya un estudio confiable de la tasa anual de deforestación. Entre los años 2000 y 2010 en México se perdió un promedio de 155,000 hectáreas de bosque por año. La tasa de deforestación y la pérdida de cobertura vegetal se consideran como las principales variables para cuantificar el deterioro de los ecosistemas forestales. Se estima que los efectos causados por la compleja interacción de los factores antes descritos continuarán en las décadas siguientes, por lo cual los retos ambientales del sector forestal deben atenderse a las diferentes escalas, integrando a los diversos grupos de actores que inciden en el estado de los ecosistemas forestales en México. Como bien lo menciona Víctor M. Toledo en su libro Ecocidio en México: “Hoy ya no se puede hablar de fenómenos, catástrofes o eventos naturales, sino de procesos socionaturales o naturosociales. La naturaleza, el ecosistema planetario y las sociedades son parte ya de un mismo todo, de un mismo holón”.