AVALES DE LA POSGUERRA
Al finalizar la guerra civil española, muchas miles de personas fueron encarceladas por el mero hecho de haber vivido la contienda en territorio republicano. En el caso concreto de la provincia de Ciudad Real, toda ella permaneció fiel a la República durante los casi tres años de enfrentamiento armado, a pesar de los intentos de conquista por parte del bando nacional de, al menos, el suroeste la provincia, donde se encuentra Almadén y sus minas de mercurio. Este metal era muy apreciado en esa época y Franco, de acuerdo con el gobierno italiano, deseaba recuperar Almadén cuanto antes para seguir dominando el mercado mundial del mercurio. Representantes de Franco y Mussolini se entrevistaron en Salamanca para pergeñar una estrategia comercial, pero el mercurio de Almadén permaneció en manos de la República española hasta el final de la guerra.
Cuando ésta concluyó, todas las cárceles y depósitos municipales de nuestra provincia se llenaron de presos preventivos a la espera de los Consejos de Guerra. Entre ellos mucha gente del campo: agricultores, ganaderos, pastores, carboneros..., pero también muchos mineros de Almadén y Puertollano, maestros de escuela e, incluso, amas de casa; en la inmensa mayoría de los casos buenas personas que no habían hecho daño a nadie, pero que habían pertenecido a partidos políticos y sindicatos como Izquierda Republicana, Partido Socialista, Partido Comunista, Unión General de Trabajadores o Confederación Nacional del Trabajo. Rencores y envidias hicieron que muchos de ellos fueran acusados por sus propios vecinos de perseguir, encarcelar y hasta matar a gente de derechas y, menos mal, que hubo otros paisanos que intentaron evitarles la cárcel o el paredón, certificando su buena conducta ante los jueces y fiscales militares. Estos avales permitieron a algunos salir de prisión antes del juicio y a otros conseguir sentencias absolutorias o rebajar de manera sustancial sus condenas.
Ramón Robles Contreras, un labrador de Alcolea de Calatrava, tenía 48 años en 1939, cuando fue acusado por las autoridades de marxista. Casado y con cuatro hijos, sus vecinos hicieron todo lo posible para que volviera a su casa cuanto antes y presentaron cuatro instancias solicitando su libertad: la primera, el día de Nochebuena de 1941, firmada por cinco de ellos; la segunda y la tercera en enero de 1942, firmadas por diez y quince vecinos, respectivamente; y la cuarta en junio de 1943, firmada por otros nueve; esta última parece que por fin surtió efecto, pues fue puesto en libertad nueve días después, mas entretanto habían pasado cuatro años.
En los archivos militares se conservan muchos expedientes judiciales de casos como el anterior, que no paso a relatar para no extenderme en demasía. En todos ellos resulta que los encausados no son, como se dice en la acusación, marxistas de perversidad revolucionaria ni inductores de detenciones ni asesinatos, sino concejales de los ayuntamientos, delegados de la UGT, miembros de los comités de defensa o voluntarios del Ejército de la República. De Marcelino Rebollo Corral, hasta el párroco de su localidad, Castilblanco (Badajoz), informa favorablemente; de Ignacio Lucas Lizcano, jornalero de Campo de Criptana, afirman nueve vecinos, dos de ellos de la Vieja Guardia de la FET y de las JONS1, que es persona de completo orden, honrada, trabajadora y de conducta intachable, y que no fue inductor de crímenes ni detenciones, pues sus buenos sentimientos no le permiten tales hechos. Dice Isaías Lafuente en su magnífico libro Esclavos por la Patria2: Franco le tenía ganas a los mineros. Recién ascendido a comandante, participó al mando de una compañía en la represión de la huelga de agosto de 1917 en Asturias. Ya general, dirigió la represión de la revolución de octubre de 1934. Y en plena guerra, ya generalísimo, se mostró especialmente cruel en la “liberación” de Oviedo en octubre de 1937. En consecuencia, la mayor parte de las sentencias de los Consejos de Guerra de Asturias y León referidas a mineros es de reclusión perpetua, pena que se conmuta siempre por treinta años de reclusión mayor. Por fortuna, también muchas penas de muerte son conmutadas por la anterior.
Los mineros de Almadén nunca fueron tan combativos como los del carbón del norte de España, pero su mercurio sirvió de sostén a la Republica, que había ingresado muchas divisas con su exportación. Además, Almadén había sido escaparate de la Republica con su participación estelar en la Exposición Internacional de París de 1937, ya que a pesar de varios intentos, las tropas franquistas no habían podido conquistarlo hasta el final de la guerra. Así es que a su término, a la depuración política de casi la mitad de la plantilla laboral del establecimiento minero, se unieron los Consejos de Guerra que encarcelaron a otros muchos operarios, sentenciándolos a duras condenas que cumplirían en prisiones del norte de España.
1
Siglas de Falange Española Tradicionalista y Juntas Ofensivas Nacional Sindicalistas.
2
Isaías Lafuente. Esclavos por la Patria. Ediciones Temas de Hoy. Madrid, 2002.
Francisco Ortega Marjalizo es vecino de Chillón y trabaja en las minas de Almadén, ejerciendo además de barbero en su localidad. Tiene 31 años, casado y con dos hijos, y posee una cierta instrucción. Ingresa en la prisión central de Almadén el 10 de agosto de 1941 y al día siguiente es trasladado a la provincial de Ciudad Real. Allí continúa un año y medio después, a la espera de un Consejo de Guerra que se retrasa demasiado tiempo. El 5 de marzo de 1943, siete vecinos suyos hacen constar en un escrito dirigido a la autoridad militar que no tienen noticias de que Francisco se haya metido con alguien, que es persona que no ha hecho mal y que su conducta moral es intachable. El 3 de junio de 1943 es puesto en prisión atenuada después de pasar 22 meses en la cárcel sin motivo alguno.
Los Consejos de Guerra imponían condenas muy duras, aunque en muchos casos se viera claramente que eran injustas Tal es el caso de Vicente Reina Duque, un agricultor de Hoyo de Mestanza, soltero y de 30 años, que ingresó en agosto de 1940 en la prisión del partido judicial de Almodóvar del Campo. Aunque fue puesto en libertad provisional un mes después, el Consejo de Guerra que juzgó su causa lo condenó a doce años y un día de reclusión menor por el delito de auxilio a la rebelión. En el sumario presentado por el fiscal militar se dice de manera textual: Antes del Glorioso Movimiento Nacional y durante la dominación marxista en Hoyo de Mestanza pertenecía a la UGT, en cuyo pueblo no se cometió ningún asesinato; fue miembro del comité rojo, exaltó la causa marxista y prestó servicio de guardia, quedando probado que debido a su intervención se evitaron atropellos y detenciones, que quitó infinidad de multas a sus vecinos y que su conducta fue buena durante el poco tiempo que estuvo en el comité, cuyo cargo aprovechó en beneficio de las personas afectas a la causa nacional. Trasladado de la cárcel de Almodóvar del Campo a la prisión provincial de Ciudad Real, empieza a cumplir la condena impuesta, que afortunadamente es conmutada al poco tiempo por la de seis años y un día, lo que le permite obtener la libertad condicional en enero de 1942. Como los informes de las autoridades locales (Ayuntamiento, Falange y Guardia Civil) son favorables, no es desterrado y puede volver a residir en su localidad. El licenciamiento definitivo de su condena le es otorgado en julio de 1946.
A Ponciano Rodríguez Lebrusán, un tejero de Fuente el Fresno, casado y con siete hijos, también lo sentenciaron injustamente. Ingresado en la prisión del partido de Daimiel en mayo de 1940, el
Consejo de Guerra juzgó su causa a finales de
septiembre de 1942, resultando sentenciado a doce años y un día de reclusión menor por el delito de auxilio ¡a la rebelión militar! Dicho así, queda claro que para los
vencedores de la guerra civil era la República la que se había levantado en armas contra ellos. El expediente judicial demuestra de forma contundente que el encausado merecía la libertad: En el sumario constan varios documentos acreditativos de la buena conducta y actuación del mismo, de haber escondido en su casa a D. Pedro López, que era perseguido por los rojos, de haber auxiliado a D. Faustino López, también perseguido por aquellos, y haber evitado la detención y posible muerte del anterior y de D. Blas Camacho García, personas adictas a la Causa Nacional. Ponciano no fue puesto en libertad condicional hasta octubre de 1943, después de pasar casi tres años y medio en prisión.
Los Consejos de Guerra juzgaron, si cabe, con mayor severidad a alcaldes y concejales republicanos, a comisarios políticos, a mineros y a maestros nacionales. A estos últimos les acusaron de ser los responsables de aquella escuela de la República, tan alejada en su contenido y forma de los ideales que la nueva jerarquía del Régimen preconizaba. En resumen, se trataba de restaurar el sentido confesional católico de la enseñanza, suprimido durante la República. De este modo, la depuración del magisterio tuvo un elevado componente de represión religiosa, de modo que miles de maestros fueron represaliados por ser de ideologías izquierdistas, por militar en alguna organización afecta a la República, por mantener una actitud contraria a la Causa Nacional, o por irreligiosidad o ateismo. Ninguno de los maestros depurados pudo volver a ejercer la profesión, al menos en una escuela pública, y alguno se ocultó durante años por miedo a las represalias.
Aurelio Trujillo Godoy era maestro en Almadén y tenía solo 28 años cuando fue detenido por primera vez. Casado con Elena Vázquez, y con un hijo de corta edad, es conducido de la prisión de Almadén a la de Ciudad Real en julio de 1940, restando a disposición de la Auditoría de Guerra. En abril de 1941 se le traslada de nuevo a la cárcel de Almadén y pasa a disposición del Juzgado Militar nº1. Aunque en octubre de 1941 es puesto en libertad provisional por orden de dicho juzgado y en enero de 1942 su causa es sobreseída, cinco meses después reingresa en la misma prisión, ahora por orden del Juzgado Militar de Almodóvar del Campo.
El auto de ratificación de prisión, procedimiento sumarísimo ordinario 465/42, afirma que pertenecía a las Juventudes Socialistas Unificadas antes y durante el Glorioso Alzamiento Nacional, que exaltó la causa roja e injurió a la nacional, que intervino en registros domiciliarios y que fue el encargado de llevar la orden de detención contra D. Jesús Muñoz Campos en tono de violencia y conminación. Por todo ello es acusado
del delito de rebelión militar, debiendo continuar encarcelado hasta que se celebre el Consejo de Guerra.
En julio de 1942 es trasladado de nuevo a la prisión provincial de Ciudad Real y en su expediente carcelario figura un certificado del director de la prisión de Almadén, en el que se indica que ha redimido 172 días como escribiente de las oficinas de la cárcel, lo que equivale a 344 días de prisión. En octubre de 1942 solicita al director de la cárcel de Ciudad Real una plaza de escribiente para continuar redimiendo pena y le es concedida. En enero de 1943 pasa a depender del Juzgado Militar de Manzanares, pues el de Almodóvar del Campo ha sido disuelto.
En la primavera de 1943 continúa en prisión a la espera de juicio y sus amigos y convecinos de Almadén estiman que ha llegado el momento de solicitar su libertad y se ponen manos a la obra. En mayo de 1943 José Sánchez Hidalgo, Manuel Ortega Saucedo, Braulio Correal Perianes, Eduardo Arriaga Usandizaga y Luciano Tapia Arenas, excombatientes de la División Azul, excautivos por Dios y por España, y de la FET y de las JONS, certifican que durante la dominación roja de esta ciudad observó una conducta completamente inactiva, creyéndole incapaz de ningún acto delictivo, los cuales censuró siempre con energía, exponiéndose con su actitud a graves perjuicios.
Otros vecinos de Almadén: Pablo Tapia Arenas, Tomás Prieto Tapia, Ángel Izquierdo Naharro, José Rodríguez Rubio y José Chamero Cuadrado también certifican que lo conocen desde su infancia por la estrecha convivencia que han tenido con él, que es incapaz de cometer acto delictivo alguno, no ya de hecho sino de palabra, habiéndose mostrado siempre enemigo de los atropellos cometidos por los rojos.
Por fin, a primeros de junio de 1943 es puesto en prisión atenuada por orden del presidente de la Comisión Provincial de Excarcelamiento. Ahora ya es libre de volver a su hogar, aunque solo puede salir del mismo para atender a su trabajo (si consigue alguno) e ir a la iglesia. En marzo de 1944 se le otorga la libertad condicional por orden de la Auditoría de Guerra de la 1ª Región Militar y en mayo de dicho año su causa es sobreseída definitivamente. © Ángel Hernández Sobrino