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HOSTELERÍA NACIONAL

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DIÁLOGOS DE SALA

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CURSO BARTENDER PROFESIONAL

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 En los últimos días del mes de enero y los primeros de febrero de 2022 se ha llevado a cabo en la sede social de las asociaciones de Maîtres y Barman de Aragón, el curso de BARTENDER PROFESIONAL.

Treinta y dos horas de formación teóricopráctica, con un importante desarrollo de nuevas técnicas de trabajo en el servicio de barra y la ejecución de nuevos cocteles y nuevas tendencias en el mundo de la coctelería.

El curso ha sido impartido por los miembros del staff de RBS Aragón; Alegría Laínez, Bartender del Praga, que se ha encargado de los cocteles tropicales e internacionales. Adrián Orgaz, socio-formador de Expertos en Hostelería y bartender que ha impartido las clases de flair y coctelería clásica. Roger Guevara bartender y propietario del Mai Tai zaragozano que ha impartido coctelería Tiki y el trabajo del bartender en barra. Carlos Orgaz, ha ejercido como director del curso y coordinador del mismo.

Cinco alumnos, tres alumnas de los establecimientos AURA, MAI TAI Y ATIPICO y dos alumnos de HOTEL RAUSAN Y SELVATIK, han recibido una extraordinaria formación casi casi particular, impartida por profesionales con una amplia experiencia docente. Una de las aportaciones más interesantes de este curso, ha sido la actualización hecha por los profesores de las técnicas de elaboración de los diferentes cocteles, su manejo y tratamiento de los útiles del bartender. A continuación detallamos Métodos de elaboración 1. Directo / construido o build Directo al vaso Cocteles realizados directamente en el vaso de servicio al cliente.

2. Agitado: en coctelera Boston o Cobbler Mezcla homogénea y fría de los ingredientes Temperatura ideal - 2º 15 segundos aproximadamente de agitado. Manejo de la coctelera Boston con tin y con vaso y manejo de la coctelera clásica de tres cuerpos con el batido japonés o hard shaker. 3. Batido o frozen En batidora Mezcla de elementos sólidos 35 seg. Cócteles realizados en Vaso Americano y Batidores, utilizando el hielo pilé ( frozen). 4. Refrescados o stir Líquidos de igual densidad Enfriamiento del vaso !Ojo a la dilución!. Cócteles realizados en vaso mezclador. 5. Macerados o machacados Mortero Extracción de jugos y aceites. Cócteles realizados generalmente en vaso collins empleando el muddler. 6. Layer / en capa Por densidad de líquido Peso= azúcar/ vaso chupito Terminamos este artículo, el primero del año 2022 con la receta de un coctel maravilloso, lleno de glamour y muy cinéfilo. El COSMOPOLITAN

Ingredientes: vodka, cointreau, zumo de lima y zumo de arándanos. Realizado en coctelera y servido en copa de coctel. El Cosmopolitan fue creado o perfeccionado por Dale Degroff en 1996 en el Rainbow room de NY, el cóctel preferido de Madonna. Siéntete como las chicas de “Sex and the city” tomando un Cosmopolitan en la gran manzana.

La pena de las redes sociales

En una sociedad en que la vida se narra en las redes sociales, cada vez es más habitual que una persona sea considerada culpable de un delito tan solo por el hecho de haber sido denunciado o querellado. No podemos olvidar que el Juez Instructor que conoce de las denuncias y querellas presentadas le basta con que la parte que las presente cuente unos hechos que puedan revertir carácter delictivo para iniciar un procedimiento contra alguien. Pero será hasta después cuando en la instrucción se confirmen estas sospechas y finalmente en la fase de juicio oral, cuando se pueda obtener una condena. Por tanto, aunque el que interpone una denuncia a sabiendas de que no existe delito, sino que lo hace por hacer daño, se expone a que luego pueda estar imputado por un delito por denuncia falsa, basta con que esa denuncia o querella se sustente sobre hechos o indicios meramente razonables.

Desde el mismo momento en que se conoce la participación de una persona en un procedimiento en calidad de investigado comienzan las especulaciones, y ahora, no solo se expone a aparecer en la prensa, sino que ahora también existe lo que ya se le ha denominado la “pena de las redes sociales”. En las redes mucha gente actúa como si pudiera decir en todo momento lo que quisiera, lo primero que a uno se le pasa por la cabeza, sin pensar en las consecuencias, sin pensar en que podemos estar dando una opinión sobre una información falsa o sin conocer aspectos importantes de la investigación. Por lo tanto, la pregunta que en muchas ocasiones se nos plantean es: ¿Hay alguna manera de compensar el daño que se ha hecho a mi reputación y honor? Al final, esta persona está siendo juzgada por un Tribunal, pero también está sometida a un juicio mediático que en muchas ocasiones es más duro e implacable que el primero. Pese al daño claro y evidente sufrido, lo cierto es que no existe un marco normativo que legitime al afectado a reclamar este daño, cosa distinta es que este pueda demandar a la Administración de Justicia por daños patrimoniales en los que puedan incluirse su reputación. Aunque realmente, resulta más factible reclamar al medio de comunicación o la persona que en las redes sociales ha difundido una determinada información, una indemnización entendiendo que se ha vulnerado su derecho al honor al no haberse respetado un principio consagrado en nuestra legislación como es la presunción de inocencia, por lo que, ya en vía civil podría hacer valer sus derechos de retirada de la información, publicación de la Sentencia, indemnización, etc… No obstante, los medios de comunicación o la información que se comparte por redes sociales estará protegida (bajo el paraguas del interés general) hasta que se confirme el archivo definitivo de la causa o la absolución del investigado y el medio de comunicación o la persona que este difundiendo esa información persista en su difusión pese a conocer (o deber conocer) el estado del procedimiento. Desde este momento, no se estaría dando cumplimiento al requisito de la veracidad.

Patricia Millastre Valencia.

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