Reglamento de Régimen Interior CEIP MIGUEL DELIBES (Aldeamayor de S. Martín)
Reglamento Régimen Interior
CEIP MIGUEL DELIBES Aldeamayor de San Martín Valladolid
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INTRODUCCIÓN MARCO LEGAL CAPÍTULO I: ORGANIZACIÓN DEL CENTRO 1.1. ÓRGANOS DE GOBIERNO 1.1.1. ÓRGANOS UNIPERSONALES Dirección Jefatura de Estudios Secretaría 1.1.2. ÓRGANOS COLEGIADOS A. Consejo Escolar a.1. Comisión Económica a.2. Comisión Permanente a.3. Comisión de Convivencia a.4. Coordinador de convivencia a.5. Representante para la Igualdad B. Claustro de Profesores 1.1.3. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE a. Equipos docentes de nivel b. Equipos docentes internivel c. Comisión de coordinación pedagógica. d. Coordinadores de nivel, internivel y ciclo: competencias e. Comisiones de dinamización del centro y otros responsables. 1.1.4. PERSONAL “NO DOCENTE” 1.1.5. ASOCIACIÓN DE PADRES Y MADRES (AMPA) CAPÍTULO II: ORGANIZACIÓN DEL ALUMNADO Y DEL PROFESORADO 2.1. CRITERIOS PARA EL AGRUPAMIENTO DE ALUMNOS 2.2. CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA ELABORACIÓN DE HORARIOS 2.3. ORGANIZACIÓN DEL PROFESORADO 2.3.1- Tutorías 2.3.2. Profesorado Especialista 2.4. HORARIO DEL PROFESORADO 2.5. VIGILANCIA Y CUIDADO DE RECREO 2.6. SUSTITUCIONES EN AUSENCIAS CORTAS DEL PROFESORADO 2.7. ORGANIZACIÓN DE APOYOS EDUCATIVOS 2.8. ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES 2.9. ATENCIÓN E INFORMACIÓN A LAS FAMILIAS 2.9.1. Equipo Directivo 2.9.2. Profesorado tutor 2.9.3. Profesorado especialista 2.9.4. Horario de atención a las familias 2.9.5.Petición de entrevista de las familias Página 2
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2.10. DESPLAZAMIENTOS, ESPACIOS Y SERVICIOS 2.10.1 Entradas y salidas 2.10.2 Espacios comunes 2.11. OTROS SERVICIOS 2.11.1 Comedor Escolar 2.11.2 Madrugadores 2.11.3 Transporte Escolar CAPÍTULO III 3. DERECHOS Y DEBERES DE PROFESORES, FAMILIAS Y ALUMNOS 3.1. PROFESORES 3.2. FAMILIAS 3.3. ALUMNOS CAPÍTULO IV 4. NORMAS DE CONVIVENCIA 4.1. GENERALES 4.2. FAMILIAS 4.3. PROFESORADO 4.4. ALUMNOS 4.5. NORMATIVA DEL PROGRAMA RELEO CAPÍTULO V 5. DISCIPLINA ESCOLAR: ACTUACIONES Y MEDIDAS CORRECTORAS 5.1. CLASIFICACIÓN DE LAS CONDUCTAS PERTURBADORAS DE LA CONVIVENCIA 5.2. TIPOS DE CORRECCIÓN 5.3. CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE LAS ACTUACIONES CORRECTORAS 5.4. ÁMBITO DE LAS CONDUCTAS A CORREGIR 5.5. GRADACIÓN DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS Y DE LAS SANCIONES 5.6. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS 5.7. COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL 5.8. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR 5.9. PROCESO DE MEDIACIÓN Y ACUERDO REEDUCATIVO 5.9.1. La mediación escolar 5.9.2. Los procesos de acuerdo reeducativo 5.10. La Mediación escolar 5.11. Procesos de acuerdo reeducativo 6. DISPOSICIONES FINALES
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Atendiendo a los Objetivos Educativos Generales que se establecen en el PEC y, ajustándonos a lo legalmente establecido en todas las leyes y normas que regulan el funcionamiento de los centros escolares, se elabora en el CEIP MIGUEL DELIBES DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN, el Reglamento de Régimen Interior. El RRI, desarrollará unas normas que regulen el funcionamiento del Centro, determinando los derechos, deberes y tareas de todos los miembros que componen la Comunidad Educativa, tanto a nivel individual como colectivo y por tanto será, una vez aprobado por el director del centro, de obligado cumplimiento para todos: Profesorado, Alumnado, Familias y Personal no docente. La finalidad de dicho documento, es propiciar un clima adecuado de convivencia que garantice una educación de calidad en una sociedad democrática e innovadora.
MARCO LEGAL
Constitución Española, Art. 27.
Ley Orgánica 8/2013 de 9 de diciembre de mejora de la calidad educativa
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Colegios de Educación Primaria (BOE 20-02-1996).
DECRETO 86/2002, de 4 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Centros de Educación Obligatoria. (BOC.y L de 10 de julio de 2002)
DECRETO 51/2007 en el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos modificado por DECRETO 23/2014, de 12 de junio. BOCyL del 13 de junio de 2014).
Orden EDU/1921/2007, de 27 de noviembre, por la que se establecen medidas y actuaciones para la promoción y mejora de la convivencia en los Centros educativos de Castilla y León (BOC. Y L de 3-diciembre-2007)
DECRETO 23/2014, de 12 de junio, por el que se establece el marco del gobierno y autonomía de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León.
ORDEN EDU/519/2014, de 17 de junio, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación primaria en la Comunidad de Castilla y León.
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CAPÍTULO Í 1. ORGANIZACIÓN DEL CENTRO
1.1. ÓRGANOS DE GOBIERNO 1.1.1. ÓRGANOS UNIPERSONALES Los órganos unipersonales de este Centro son: Directora, J. de Estudios y Secretaria. Las competencias de los Órganos Unipersonales se establecen en la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. 1.
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El equipo directivo, órgano ejecutivo de gobierno de los centros públicos, estará integrado por el director, el jefe de estudios, el secretario y cuantos determinen las Administraciones educativas. El equipo directivo trabajará de forma coordinada en el desempeño de sus funciones, conforme a las instrucciones del director y las funciones específicas legalmente establecidas. El director, previa comunicación al Claustro de profesores y al Consejo Escolar, formulará propuesta de nombramiento y cese a la Administración educativa de los cargos de jefe de estudios y secretario de entre los profesores con destino en dicho centro. Todos los miembros del equipo directivo cesarán en sus funciones al término de su mandato o cuando se produzca el cese del director.
Competencias del Director
Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa. Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar. Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo de centro Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes. Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro. Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos y alumnas, en cumplimiento de la normativa vigente, sin perjuicio de las Página 5
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competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127 de esta Ley orgánica. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros. Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos y alumnas. Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado. Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro del profesorado del centro y ejecutar los acuerdos adoptados, en el ámbito de sus competencias. Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas. Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar del centro. Aprobar los proyectos y las normas a los que se refiere el Capítulo II del Título V de la LOMCE. Aprobar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente. Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen. Aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3. Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
En cuanto a las funciones específicas sobre la convivencia escolar según el DECRETO 51/2007 en el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos modificado por DECRETO 23/2014, de 12 de junio. BOCyL del 13 de junio de 2014). Favorecer la convivencia del centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que corresponden a los alumnos y alumnas, sin perjuicio de las atribuidas al consejo escolar en el artículo 19 de este decreto y aprobar el plan de convivencia y las normas que sobre esta materia se contemplen en el reglamento de régimen interior.
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Imponer las medidas de corrección que se establecen en el artículo 38 de este Decreto, que podrá delegar en el jefe de estudios, en el tutor docente del alumno o en la comisión de convivencia, en su caso. Garantizar el ejercicio de la mediación y los procesos de acuerdo reeducativo para la resolución de conflictos según los procedimientos establecidos para cada uno de ellos en este Decreto. Incoar expedientes sancionadores e imponer, en su caso, las sanciones que correspondan, sin perjuicio de las competencias atribuidas al consejo escolar. Velar por el cumplimiento de las medidas impuestas en sus justos términos.
Competencias de Jefatura de Estudios •
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Coordinar y dirigir las actuaciones del Coordinador de Convivencia, de los tutores y de los profesores, establecidas en el Plan de Convivencia y R.R.I., relacionadas con la convivencia escolar. Imponer y garantizar, por delegación del Director, las medidas de corrección que se lleven a cabo en el centro. Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director dentro del ámbito de su competencia.
1.1.2. ÓRGANOS COLEGIADOS
A. CONSEJO ESCOLAR El Consejo Escolar de los centros públicos estará compuesto por los siguientes miembros: El director del centro, que será su Presidente. El jefe de estudios. Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle radicado el centro. Un número de profesores y profesoras que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo, elegidos por el Claustro y en representación del mismo. Un número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo. Un representante del personal de administración y servicios del centro. El secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin voto. Una vez constituido el Consejo Escolar del centro, éste designará una persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres. Página 7
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Uno de los representantes de los padres en el Consejo Escolar será designado por la asociación de padres más representativa del centro, de acuerdo con el procedimiento que establezcan las Administraciones educativas. El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias: Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del Título V de la Ley orgánica de Mejora de la Calidad Educativa: Proyecto Educativo, Proyecto de Gestión, Planes de Calidad y Reglamento de Régimen Interior. Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente. Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos. Participar en la selección del director del centro, en los términos que la LOMCE establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director. Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen. Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas. Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la LOMCE, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género. Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3. Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos. Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro. Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la
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gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma. Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa
En cuanto a la convivencia el DECRETO 23/2014, de 12 de junio, por el que se establece el marco del gobierno y autonomía de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León, establece como competencias del Consejo Escolar. 1. Evaluar el plan de convivencia y las normas que sobre esta materia se contemplen en el reglamento de régimen interior y elaborar periódicamente un informe sobre el clima de convivencia, especialmente sobre los resultados de la aplicación del plan de convivencia. 2. Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. 3. Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación Se crearán las siguientes comisiones a.1. Comisión Económica Integrada por el Director, Secretario, un maestro, un padre/madre o tutor de alumnos. Competencias: Informar al Consejo Escolar sobre cuantas materias de índole económica, éste le encomiende. Se reunirá de acuerdo con la necesidad de emitir los informes preceptivos y en aquellas otras ocasiones en que el Consejo Escolar juzgue necesario. Los pagos del Centro serán ordenados por el Director del Centro y realizados por talón bancario en el que además firmará el Secretario y en ausencia de éste, la Jefe de Estudios. Igualmente se podrán realizar por transferencia bancaria. En caso de ausencia o enfermedad del Director, las firmas autorizadas serán las del Secretario y la Jefe de Estudios a.2. Comisión Permanente Integrada por el Director, J. de Estudios, Secretario, con voz, pero sin voto; dos profesores, dos padres; elegidos estos últimos entre los representantes de sus respectivos grupos. Página 9
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Competencias: Aprobado por el Consejo Escolar por unanimidad, su función específica será: Reunirse para la tramitación de documentación que no afecte directamente a la toma de decisiones de todo el Consejo: tramitación de proyectos de formación del profesorado, envío urgente de documentación, aprobación de actividades complementarias…etc. a.3. Comisión de Convivencia Integrada por el Director, J. de Estudios, dos profesores y dos padres, todos ellos miembros del Consejo Escolar. Asimismo el Coordinador de Convivencia, que asistirá a las reuniones, con voz pero sin voto. La composición de la misma está recogida en el DECRETO 51/2007, de 17 de mayo. De igual forma la comisión podrá convocar a sus sesiones a cuantos representantes de otros sectores considere, con voz pero sin voto, con la finalidad de contribuir a la mejora de sus fines. Competencias Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar la convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia en los Centros. Adoptar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de las normas de convivencia del Centro. Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación del alumnado, estableciendo planes de acción positiva que posibiliten la integración de todos los alumnos y alumnas. Mediar en los conflictos planteados. Imponer, en su caso, las correcciones que sean de su competencia. Realizar el seguimiento del cumplimiento efectivo de las correcciones en los términos en que hayan sido impuestas. Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el Centro. Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del curso, de las actuaciones realizadas y de las correcciones impuestas, para ello se reunirá con anterioridad a la celebración de las sesiones del Consejo Escolar en las que habrá de informar sobre sus actuaciones, así como cuantas otras reuniones se consideren para el ejercicio de sus atribuciones. Convocar a sus sesiones a cuantos representantes de otros sectores considere, con voz pero sin voto, con la finalidad de contribuir a la mejora de sus fines. Cualesquiera otras que puedan serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas a las normas de convivencia en el Centro. Página 10
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a.4. Coordinador de Convivencia Es nombrado por el Director entre el profesorado del Claustro. Competencias Coordinar, en colaboración con la Jefe de Estudios, el desarrollo del Plan de Convivencia del Centro y participar en su seguimiento y evaluación. Participar en la aplicación del PAT, en colaboración con el EOEP, en lo referente al desarrollo de la competencia social del alumnado y la prevención y resolución de conflictos entre iguales. Participar en las actuaciones de mediación en colaboración con la Jefe de Estudios y el tutor. Participar en la comunicación y coordinación de las actuaciones de apoyo individual o colectivo y promover la labor cooperativa entre el profesorado y las familias. Aquellas otras encomendadas por el Equipo Directivo encaminadas a favorecer la convivencia escolar a.5. Representante para la igualdad Elegido entre los miembros del consejo para fomentar la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres. Competencias Colaborar con el equipo directivo, en la elaboración del Plan para el fomento de la igualdad real entre hombres y mujeres del Centro. Facilitar un mayor conocimiento de las diferencias entre niños y niñas, hombres y mujeres, que permita evitar y corregir las discriminaciones que de aquellas se derivan, así como favorecer las relaciones basadas en el reconocimiento y libertad de elección. Promover condiciones escolares que favorezcan prácticas educativas correctoras de estereotipos de dominación y dependencia. Fomentar el cambio de las relaciones de género formando al alumnado en la autonomía personal. Corregir el desequilibrio existente entre profesores y profesoras en actividades y responsabilidades escolares de tal modo que se ofrezca a niños y niñas modelos de actuación diversos, equivalentes y no estereotipados.
B. CLAUSTRO DE PROFESORES Es el órgano de participación de los profesores en el gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro. Los miembros del equipo directivo y los profesores y Página 11
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profesoras serán considerados autoridad pública. Estará compuesto por el Director del Centro que será su Presidente y la totalidad del profesorado que preste sus servicios en el Centro. Las competencias del Claustro de profesores se establecen en la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa y además las establecidas para garantizar la convivencia escolar en el Centro: Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro. Estas propuestas serán tenidas en cuenta en la Elaboración del Plan de Convivencia. Conocerá la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones en sus reuniones ordinarias o extraordinarias si fuera preciso, velando para que éstas se atengan a la normativa vigente. Formular propuestas para favorecer las relaciones del Centro con las instituciones de su entorno. Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del Centro realice la Administración Educativa o cualquier informe referente a la marcha del mismo. Analizar y valorar el proceso de enseñanza llevado a cabo en el Centro e informar de ello al Consejo Escolar. El Claustro se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre, y siempre que lo convoque el Director o lo solicite un tercio, al menos, de sus miembros. En todo caso, de las tres convocatorias preceptivas, una de las sesiones del Claustro se celebrará al principio del curso y otra al final del mismo. 1.1.3. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE El profesorado realizará sus funciones bajo el principio de colaboración y de trabajo en equipo en los diferentes niveles de actuación de centro, etapa, área, curso y grupo de alumnos. La finalidad de la coordinación docente es velar por la coherencia y continuidad de las acciones educativas a lo largo de la etapa o etapas educativas, tanto en aspectos organizativos como pedagógicos y de convivencia. En los centros docentes que imparten educación primaria existirán, además del claustro del profesorado, máximo órgano de coordinación docente, al menos, las siguientes figuras colectivas de coordinación horizontal y vertical: a) Equipos docentes de nivel. b) Equipos docentes internivel. Página 12
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c) Comisión de coordinación pedagógica. A) EQUIPOS DOCENTES DE NIVEL y EQUIPO DE CICLO DE INFANTIL Los equipos docentes de nivel estarán formados por todos los maestros que imparten docencia en un mismo curso. La finalidad del equipo docente de nivel es coordinar las actuaciones educativas del curso, reforzar el proceso educativo del alumnado y prevenir los problemas que pudiera aparecer a lo largo del mismo, compartiendo toda la información que sea necesaria para trabajar de manera coordinada en el cumplimiento de las siguientes funciones:
Elaborar, hacer el seguimiento y evaluar las programaciones didácticas de cada uno de los cursos, de acuerdo con los criterios establecidos por la Comisión de coordinación pedagógica.
Elaborar los aspectos docentes de la programación general anual correspondientes al curso. Realizar propuestas al equipo directivo relativas a la elaboración y revisión del proyecto educativo y de la programación general anual. Tomar decisiones curriculares y organizativas que afectan al curso realizando las propuestas que estime oportunas a la comisión de coordinación pedagógica. Diseñar las directrices metodológicas y organizativas del curso y su revisión periódica.
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Organizar actividades complementarias y extraescolares conjuntas relacionadas con el proceso de enseñanza-aprendizaje y el fomento de la convivencia y la cultura. Intercambiar información sobre las características generales y específicas del alumnado. Desarrollar programas específicos para atender a la diversidad del alumnado. Conocer y compartir todos los problemas y conflictos que han podido surgir en la clase en cualquier área y su resolución, arbitrando medidas de corrección de conducta de los casos que lo precisen, que se aplicarán por parte de todos los profesores.
Realizar la evaluación de los aprendizajes del alumnado a partir de criterios comunes de evaluación, calificación y promoción. En E. Infantil, se elaborará el proyecto del Periodo de Adaptación de los alumnos que se incorporarán por primera vez al Centro. Programar estrategias de incorporación de las TIC, en el trabajo en el aula. Proponer y programar actividades de innovación y perfeccionamiento. Realizar las sesiones de evaluación, valorando los resultados académicos y tomar decisiones derivadas de la misma. Implicarse en el funcionamiento del Centro, participando en actividades propuestas por el Equipo Directivo y el Claustro. Seleccionar los libros de texto y otros materiales atendiendo al desarrollo del currículo y a los objetivos educativos del Centro, teniendo en cuenta que los mismos son un recurso más de aprendizaje y no un fin en sí mismos. Informar al Equipo Directivo, de la selección de los textos y materiales escolares, para que se ponga en conocimiento de las familias, antes de finalizar el curso. Estos Página 13
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materiales curriculares no podrán ser sustituidos por otros durante un periodo mínimo de cuatro años. Elaborar el calendario de reuniones informativas a las familias, teniendo en cuenta que: se hará una al inicio de cada curso por aula o nivel en la que se informará de los objetivos, contenidos, criterios e instrumentos de evaluación, metodología, propuesta de actividades, otra a mitad de curso para informar sobre la evolución y otra a final del curso por aula, para hacer una valoración de la consecución de objetivos y dinámica de la clase. Organizar y realizar actividades complementarias y extraescolares propias del ciclo coordinadas por la Jefe de Estudios y conforme a las directrices establecidas en el PEC.
Se reunirán quincenalmente cada equipo de ciclo o nivel y estarán dirigidos por un coordinador que desempeñará su cargo durante un año académico. Deberán ser maestros que impartan docencia directa en nivel y preferentemente con al menos una año de antigüedad en el centro. Será nombrado por el Director, oído el Equipo de Ciclo o nivel y, salvo excepciones, será rotatorio. El Equipo de Educación Infantil se agrupara en un equipo de Ciclo agruparán a todos los profesores que impartan docencia en este ciclo. El Equipo de Ciclo, es el órgano encargado de organizar y desarrollar, bajo la supervisión del J. de Estudios, las enseñanzas propias del Ciclo. Se reunirán quincenalmente y realizarán reuniones con los niveles de primaria al menos, al inicio y final de cada curso, con el fin de informar y coordinar la promoción del grupo de alumnos de un Ciclo a otro. El equipo de Ciclo estará dirigido por un Coordinador que desempeñará su cargo durante un año académico y tendrá las mismas funciones que los equipos de nivel e internivel. Deberán ser maestros que impartan docencia directa en el Ciclo con destino definitivo y horario completo en el Centro y al menos un año de docencia en el centro. Será nombrado por el Director, oído el Equipo de Ciclo y, salvo excepciones, será rotatorio. Los coordinadores de los distintos equipos docentes de nivel y de ciclo deberán realizar actas de todas aquellas reuniones en las que se llegue a acuerdos específicos que impliquen de cualquier forma la organización del centro. Estas actas deberán ser entregadas en Jefatura de Estudios a la finalización de curso escolar o trimestralmente. Además será el encargado de hacer llegar a Jefatura de estudios el documento de planificación de las distintas actividades complementarias que se realicen en el centro, así como su evaluación. Página 14
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B) EQUIPOS DOCENTES INTERNIVEL Tienen la finalidad de coordinar la práctica docente entre los niveles o cursos. Habrá dos equipos docentes internivel. Uno que estará formados por los coordinadores de los equipos docentes de nivel de 1.º, 2.º y 3.º cursos y otro por los coordinadores de los equipos docentes de nivel de 4.º, 5.º y 6.º cursos, pudiendo incorporarse otro profesorado del centro de acuerdo si se considera necesario para la coordinación del centro como un coordinador de educación física, de inglés … Son funciones de los equipos docentes internivel: Establecer las estrategias organizativas, curriculares, metodológicas que sean necesarias para que los alumnos adquieran las competencias claves acordes con su edad. Analizar y proponer las líneas de actuación del Plan de Acción Tutorial. Diseñar y coordinar la realización, en su caso, y valorar las evaluaciones individualizadas que se realicen en 3.º y 6.º de educación primaria, adoptando a partir de los resultados de las mismas las decisiones individuales y colectivas que sean precisas. Coordinar la selección de materiales pedagógicos y didácticos de acuerdo con los criterios establecidos por la comisión de coordinación pedagógica para el centro. Definir las líneas de actuación pedagógica para el establecimiento de los refuerzos educativos de acuerdo con los criterios establecidos para todo el centro. Proponer planes de mejora, formación y actividades complementarias a la comisión de coordinación pedagógica. Participar y colaborar en el desarrollo y consecución de planes desarrollados por el centro o el Proyecto de Autonomía si fuera el caso Cualquier otra que les sea encomendada en el ámbito de sus competencias. Habrá un coordinador de cada equipo docente internivel que será designado por el director entre los miembros del equipo una vez oídos los mismos. El equipo internivel se reunirá al menos una vez al mes. Los coordinadores de estos deberán realizar actas de todas aquellas reuniones en las que se llegue a acuerdos específicos que impliquen de cualquier forma la organización del centro. Estas actas deberán ser entregadas en Jefatura de Estudios a la finalización de curso escolar o trimestralmente. Además será el encargado de hacer llegar a Jefatura de estudios el documento de planificación de las distintas actividades complementarias que se realicen en el centro, así como su evaluación.
C. COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA Página 15
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La comisión de coordinación pedagógica estará formada por el director del centro, o persona en quien delegue, que la presidirá, los coordinadores de los equipos docentes internivel, el coordinador de la etapa de Educación Infantil, el orientador del centro, el especialista de PT, el coordinador de convivencia y el jefe de estudios del centro que será el coordinador de la comisión. Se reunirá una vez al mes, preferentemente el último miércoles de cada mes, con carácter ordinario, fijándose las fechas en la PGA correspondiente y tantas como sea necesario para el adecuado cumplimiento de sus competencias. Se informará previamente del orden del día. Además se realizará dos CCP extraordinarias una al inicio de curso y otra al final. Cada coordinador informará a los compañeros de los distintos niveles que organiza, de los acuerdos tomados en estas reuniones lo antes posible (preferentemente por vía email). El secretario de la Comisión, el más joven de la misma, levantará acta de cada una de las sesiones y entregará esta acta (previamente a convocatoria de la siguiente CCP) en Jefatura de Estudios para que sea expuesta para todo el profesorado en la Sala de profesores del Aula Virtual. Las funciones del coordinador son:
Establecer las directrices generales para la elaboración, revisión y evaluación de la propuesta curricular y de las programaciones didácticas. Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de la propuesta curricular de etapa y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el proyecto educativo. Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del plan de acción tutorial. Velar por la coherencia y continuidad de las acciones educativas a lo largo del centro por el cumplimiento y posterior evaluación de las propuestas curriculares de centro. Establecer los criterios pedagógicos para determinar los materiales y recursos de desarrollo curricular. Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación, de acuerdo con la jefatura de estudios. Proponer al claustro de profesores el plan para evaluar la propuesta curricular de la etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general anual, la evolución del aprendizaje y el proceso de enseñanza. Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del centro, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno del centro docente o de la Administración Educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones. Página 16
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Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas a los alumnos con necesidades educativas especiales. Hacer propuestas de planes de formación en el centro.
D. COORDINADORES DE NIVEL, INTERNIVEL Y CICLO: COMPETENCIAS. • • • • • • •
Participar en la elaboración de las programaciones didácticas y elevar a la CCP, las propuestas formuladas por su ciclo. Coordinar las funciones de tutoría de los alumnos de ciclo o nivel y establecer las actuaciones necesarias para mejorar el clima de convivencia del grupo. Coordinar la enseñanza en el correspondiente ciclo o nivel de acuerdo con las programaciones didácticas. Coordinar las sesiones de ciclo y levantar acta de los asuntos tratados. Organizar y preparar las actividades extraescolares y complementarias de ciclo o nivel, de acuerdo con las directrices de la Jefe de Estudios. Hacer llegar a todos los componentes del Ciclo o nivel, las decisiones tomadas en la CCP Aquellas otras funciones que le encomiende la Jefe de estudios en el ámbito de su competencia, especialmente las relativas a refuerzo educativo y adaptaciones curriculares.
E. COMISIONES DE DINAMIZACIÓN DE CENTRO Y OTROS RESPONSABLES En la primera reunión ordinaria del Claustro de cada curso académico, se procederá al nombramiento de los encargados y constitución de Comisiones de Dinamización del Centro: comisión de Biblioteca, comisión de TIC, comisión de actividades extraescolares y complementarias, representante del CFIE, coordinador de formación, coordinador de convivencia. En caso de no existir consenso para pertenecer a las comisiones, éstas serán designadas por el director. Todos los maestros del centro deben pertenecer al menos a una de las comisiones de dinamización y cada una de ellas tendrá un coordinador. Los integrantes de estas comisiones deberán asistir a cuantas reuniones se convoquen durante el curso, se encargarán de la organización de actividades y existirá un coordinador de cada comisión que realizará y remitirá a jefatura de estudios un acta con las decisiones tomadas en dicha comisión que se colgará en el aula virtual. Los representantes del claustro en esas comisiones se encargarán de transmitir a sus compañeros de nivel e internivel las decisiones tomadas. 1.1.4. PERSONAL NO DOCENTE
Lo forman: Página 17
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• • • •
Conserje Personal de Comedor Escolar Monitores del Programa Madrugadores Monitores de Transporte Escolar
Se regirán por lo que establezca para cada uno de ellos la legislación vigente, el cuerpo al que pertenezcan o las clausulas del contrato de prestación de servicio, tanto en lo referente a derechos y deberes, como en faltas y sanciones. Deberán acatar las normas generales del centro y hacer cumplir al alumnado a su cargo las normas de convivencia. El equipo directivo podrá requerir reunirse con el personal no docente para informar y hacer propuestas de mejora de los distintos servicios del centro. 1.1.5. ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES
El principio que rige su actuación está determinado por la necesidad de unir esfuerzos a los del Centro como medio de mejorar la educación de los alumnos/as. La asociación debe ser un enlace eficaz entre todos los miembros de la comunidad educativa. Objetivos: Contribuir a la formación de los escolares colaborando con el Centro en el orden cultural, educativo o asistencial, fomentando actividades de ayuda escolar, personal, material,…etc. o mediante la concesión de subvenciones o aportaciones económicas para instalaciones o útiles complementarios a los que no pueda llegar el Centro por sus propios medios. Participar en la gestión del Centro posibilitando el desarrollo de la personalidad humana, en el respeto a los principios democráticos de convivencia en los términos y forma que establezca la legislación vigente correspondiente a la materia. Contribuir a una mejor formación de sus miembros, organizando charlas, coloquios,…etc. Ser el punto de unión entre la escuela y la familia en defensa de los intereses comunes de ambos. Canalizar las inquietudes, sugerencias, iniciativas,…etc.; de los asociados en el orden educativo haciéndolo llegar a la Dirección del Centro. Recabar de la Administración Pública los medios necesarios para que el Centro escolar pueda realizar una labor docente adecuada. En general, organizar o promover todo tipo de actos de tipo recreativo, cultural, artístico, deportivo,…etc.; que contribuyan al perfeccionamiento general progresivo de los escolares y que representen un complemento conveniente de la formación que procura el Centro, y todos cuantos fines son recogidos en la legislación sobre la materia.
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Las normas de funcionamiento, se recogen en los estatutos de dicha asociación. La normativa reguladora de estas asociaciones así como sus competencias están recogidas en el Real Decreto 1533/1986, de 11 de julio, en LEY ORGÁNICA 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y en el Artículo 55 del Real Decreto 82/1996, de 26 de enero.
CAPÍTULO II 2. ORGANIZACIÓN DEL ALUMNADO Y DEL PROFESORADO 2.1. CRITERIOS PARA EL AGRUPAMIENTO DE ALUMNOS El agrupamiento de alumnos y alumnas se hará respetando las ratios que marca la Ley vigente. Al inicio de la etapa de Educación Infantil, los grupos se constituirán teniendo en cuenta lo siguiente: • Buscando el equilibrio numérico, la igualdad entre ambos sexos y fecha de nacimiento. • Distribución equilibrada de alumnos/as con necesidades educativas especiales, minorías étnicas y de compensación educativa. • Los hermanos gemelos o mellizos serán separados en dos grupos. En Educación Primaria en los cursos de 1º y 3º cursos, si se decide hacer una reestructuración de los grupos, se llevará a cabo por el equipo de nivel del año académico anterior al de la nueva composición, oído el equipo directivo, siguiendo los criterios expresados anteriormente e indicaciones pedagógicas. Los padres de los alumnos serán informados de esta reestructuración a principios del curso siguiente. En el caso de alumnado repetidor, éste se adscribirá de manera equilibrada y equitativa entre los distintos grupos del nivel correspondiente. Los alumnos que soliciten ser matriculados en el Centro comenzado el curso escolar, serán incluidos en el grupo de su nivel que le corresponda atendiendo a los criterios de equilibrio numérico y distribución equilibrada de alumnado de atención especial. En el caso de que lleguen a un mismo nivel dos o más hermanos estarán en grupo separados. 2.2.
CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE HORARIOS
Criterios Pedagógicos para la elaboración de horarios en educación infantil: En Educación Infantil el tratamiento horario se hará teniendo en cuenta la globalización de los contenidos y sus ritmos de actividad y rincones educativos. El recreo Página 19
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se desarrollará de 12:00 a 12:45 horas incluyendo el periodo del almuerzo y las rutinas de aseo. El área de Lengua Extranjera (Inglés), contará con una dedicación horaria de una hora semanal en el nivel de 4 y 5 años y dos medias horas en el nivel de 3 años y será impartido por el profesor/a especialista y adscrito al centro. Las enseñanzas no impartidas por el profesor/a tutor/a en este ciclo se ubicarán por consenso entre el equipo educativo y la Jefatura de Estudios, en una franja horaria que permita la continuidad de las rutinas propias del ciclo. Criterios Pedagógicos para la elaboración de horarios en educación primaria: La jornada escolar se distribuirá en sesiones de trabajo estándar de una hora y una sesión después del recreo de media hora, pudiéndose combinar según necesidades. La jornada lectiva se equilibrará situando el periodo de descanso para el alumnado (recreo) aproximadamente en el centro de la jornada. El horario será de 12:00 a 12:30 h. En la organización del horario para el alumnado se garantizará el horario lectivo mínimo obligatorio que establece la legislación vigente para cada una de las áreas de aprendizaje del currículo. El profesor/a tutor/a iniciará la jornada, en lo posible, con su grupo de alumnos/as de referencia, siempre que el horario de dedicación al área por parte los distintos profesores/as especialistas así lo permita. De no ser posible, se respetará este criterio en los cursos correspondientes a niveles más bajos en orden ascendente. La adjudicación horaria de las distintas especialidades (Inglés, E. Física, Música) a un grupo de alumnos/as se realizará atendiendo a la edad del alumnado. En el alumnado de menor edad se respetará, en la medida de lo posible, las sesiones previas al recreo. En caso de necesidad, se adjudicarán las sesiones de especialidad más largas a los niveles más altos y las sesiones de especialistas más cortas para los niveles más bajos. Las reducciones horarias establecidas en la normativa vigente (equipo directivo, coordinadores/as de ciclo, de planes y proyectos, mayores de 55 años...) se distribuirán de tal forma que optimicen su atención y faciliten el buen funcionamiento del centro. En el caso de maestros/as especialista que sean tutores se procurará que, además del área de su especialidad, imparta al menos dos de las siguientes áreas: Lengua, Matemáticas y/o Conocimiento del Medio, Naturales y Sociales.
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Se evitará, en lo posible, la entrada de un número excesivo de maestros/as en una misma tutoría. El tiempo de atención a las tareas de apoyo de cada profesor se dedicará preferentemente a la etapa a la que pertenece o al propio nivel si se considera adecuado. Sí no fuera posible atender las necesidades de apoyo de una etapa con el profesorado perteneciente a él se rentabilizará los recursos personales y se equilibrarían los esfuerzos con profesorado de otras etapas. Con carácter general, el horario dedicado a la utilización de servicios del Centro será el siguiente: Madrugadores: De lunes a viernes de 07:30 a 09:00 horas. Comedor escolar: De lunes a viernes de 14:00 a 16:00 horas. Actividades extraescolares: De lunes a viernes de 16:00 a 18:00 horas. El profesorado del centro se encargará de coordinar los talleres que se realizan y se prestará a solucionar todo lo que pudiera surgir tanto a los monitores que imparten los talleres, como a los alumnos que acuden a ellos.
2.3.
ORGANIZACIÓN DEL PROFESORADO
2.3.1. TUTORÍAS ORGANIZACIÓN Cada grupo de alumnos tendrá un maestro tutor que velará por cuantos aspectos les afecten. La asignación de tutorías se atendrá a los criterios que están señalados en el Reglamento Orgánico. Se respetará la permanencia del profesorado con los mismos grupos hasta finalizar el Ciclo en E. Infantil y en E. Primaria los tutores de 1º deberán continuar con el mismo grupo de alumnos hasta 2º independientemente de su situación administrativa en el centro, siempre que no concurran circunstancias, que valoradas por el Equipo Directivo, será quien los designe. COMPETENCIAS Coordinación de los profesores que imparten docencia al grupo de alumnos de su tutoría, mediando entre profesores, alumnos y familias o tutores legales. Impulsará las acciones del plan de convivencia con su grupo. El tutor tendrá conocimiento de las actuaciones inmediatas y medidas adoptadas por los profesores que imparten docencia en su grupo de tutoría, con el objeto de resolver los conflictos y conseguir un adecuado marco de convivencia que facilite el desarrollo de la actividad educativa. Realizar el Plan de Acción Tutorial y de Orientación, establecido en el P.E.C. y aprobado por el Claustro. Página 21
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Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo, cumplimentar los documentos que se deriven de la misma y, al final de cada ciclo, adoptar la decisión que proceda acerca de la promoción de los alumnos de un ciclo a otro, teniendo en cuenta los criterios aprobados por el Claustro a propuesta del equipo de ciclo, así como los informes de los otros maestros del grupo. Esta decisión requerirá la información previa a sus padres, madres o tutores cuando comporte que el alumno no promocione al ciclo o etapa siguiente. En este caso, con anterioridad a la decisión, han de realizarse las acciones siguientes: Informar a las familias de la posibilidad de repetición del alumno a la vista de los resultados escolares obtenidos durante el desarrollo del ciclo. Comentar con las familias, cuantas ocasiones sea preciso, el desarrollo del proceso de aprendizaje, para lo cual deberá conservar aquellos instrumentos de evaluación que sean imprescindibles para tomar las decisiones. Adoptar las medidas de apoyo que precise el alumno para la mejora de su rendimiento escolar. Realizar las pruebas que acordadas en el centro de forma general y aquellas que considere para conocer el nivel de competencia. Recoger por escrito la firma de los padres/tutores, de haber sido informados de la decisión, independientemente de que estén o no de acuerdo con la misma. En el supuesto de incomparecencia de los padres, se hará constar tal eventualidad en el apartado de observaciones de los documentos de evaluación. Atender a las dificultades de aprendizaje de los alumnos, para proceder a la adecuación personal del currículo y establecer, con el asesoramiento de los servicios de apoyo y/o de orientación, los refuerzos educativos y las adaptaciones curriculares para los alumnos que lo precisen, así como velar por su puesta en práctica. Coordinarse con los maestros que impartan docencia o intervengan en su grupo, con respecto a la programación y a la evaluación continua del rendimiento académico del alumno y del desarrollo de su proceso educativo. Informar a los padres, madres o tutores, maestros y alumnos del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico, así como recabar de aquéllos la información que se precise. Controlar las faltas de asistencia y puntualidad de los alumnos de su tutoría y comunicar éstas y otras incidencias a sus padres o tutores, así como al Jefe de Estudios. Informar a los alumnos y a sus familias, al principio de curso, los objetivos, criterios de evaluación y calificación, normas de funcionamiento. Orientar al alumnado en sus procesos de aprendizaje.
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2.3.2. PROFESORADO ESPECIALISTA COMPETENCIAS En general serán todas aquellas que les sobrevengan en su condición de profesor del centro. Participar en las actividades generales del centro y de forma particular en aquellas otras que, por relacionarse directamente con su especialidad, sean convenientes. Responsabilizarse de los movimientos de sus alumnos por el centro y la utilización de aulas específicas. Responsabilizarse del material específico y de su control. Facilitar a los profesores tutores cuantos datos relacionados con el rendimiento de sus alumnos sean necesarios, así como las calificaciones que deban figurar en las evaluaciones preceptivas. Asistir regularmente a las reuniones del ciclo o nivel en que hayan sido adscritos y a aquellas otras específicas de área, nivel o equipo en que su presencia sea necesaria. Participar en las reuniones de su especialidad con el fin de unificar criterios, programaciones, metodologías, materiales etc. En Infantil, si hay profesor de apoyo, realizará sus funciones atendiendo a los siguientes criterios: Durante el Periodo de Adaptación, el apoyo se centrará en las unidades de 3 años. Cuando un tutor de E.Infantil cause baja temporal en el centro, será el profesor de apoyo el que le sustituirá hasta que la Administración nombre a otra persona para asumir esa tutoría. El resto de apoyos en las aulas deberá de ser equitativo entre todas, siempre que no concurran casos excepcionales. Con el fin de evitar que cualquier actividad de la que sea responsable el maestro de apoyo pierda continuidad por la realización de sustituciones, los profesores tutores serán responsables de las misma. El maestro de apoyo facilitará la programación de las actividades para el periodo que tiene que dedicar a realizar sustituciones. El puesto de Profesor de Apoyo, será rotativo entre los profesores que acaben Ciclo, a excepción de situaciones en las que los miembros del Ciclo decidan de forma consensuada, y de acuerdo con el Equipo Directivo, otra medida.
2.4.
HORARIO DEL PROFESORADO
La normativa legal regula los horarios del profesorado así como las compensaciones horarias al profesorado itinerante, coordinadores de ciclo o nivel, representante de CFIE Página 23
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y equipo directivo. El horario de trabajo del profesorado de Educación Infantil y Educación primaria es de 37 horas y media semanales de las cuales 30 horas tienen la consideración de lectivas y complementarias de obligada permanencia en el centro y 7 y media serán de libre disposición de los maestros/as para la preparación de actividades docentes, perfeccionamiento profesional o cualquier otra actividad pedagógica complementaria. Estas 7 horas y media pueden hacerse dentro o fuera del centro. El horario lectivo, es de 9 a 14 h de lunes a viernes. Las horas de obligada permanencia quedarán distribuidas de la siguiente manera: Todo el Claustro dedicará las horas de 14:00 a 15:00 de martes y miércoles, para reuniones de ciclo, reuniones de CCP, claustros, reuniones de comisiones y cursos de formación de profesorado, una hora más que cada maestro situará en el horario a libre elección y se completará el horario de obligada permanencia, una tarde a la semana de 16:00 a 18:00, dedicando una de esas horas a la coordinación de talleres y la otra a la tutoría de padres. La elección de la tarde si no existiese consenso, se realizará por orden de antigüedad en el Centro habiendo el mismo número de maestros cada tarde. Una vez cubierto el horario de las tutorías o especialidades correspondientes, el profesorado realizará algunas tareas dentro de su horario lectivo y con la prioridad siguiente: o Actividades lectivas de docencia directa con un grupo de alumnos del colegio. o Apoyo a alumnos/as con dificultades de aprendizaje, prioritariamente en las áreas instrumentales y a los de su nivel y ciclo. o Participación en alguna de las comisiones y en la realización de las tareas que éstas tengan encomendadas en cada momento: TIC, Biblioteca, Ciencias, Actividades Generales. Las reuniones de carácter sindical se desarrollarán en horario no lectivo o recreos, siempre que no interfiera en actividades previamente programadas, siendo voluntaria la asistencia. Como norma general no se realizarán reuniones de carácter comercial.
2.5.
VIGILANCIA Y CUIDADO DE RECREOS
La organización del profesorado para la vigilancia y cuidado de los periodos de recreo se establece de acuerdo con la ORDEN de 29 de febrero 1996 capítulo V, apartado 79: “para el cuidado y vigilancia de los recreos podrá organizarse un turno entre todos los maestros/as del Centro, a razón de un maestro/a por cada 60 alumnos/as de Educación Primaria, o fracción, y un maestro/a por cada 30 alumnos/as
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de Educación Infantil, o fracción, procurando que siempre haya un mínimo de dos maestros/as”. El centro dispone de dos recintos de recreo, uno para el alumnado de la etapa de Infantil y otro para Primaria, separados físicamente y con y con diferente horario. El horario de recreo de E. Primaria es de 12:00 a 12:30 horas y el de E. Infantil de 12:00 a 12:45 horas incluyendo dentro de este horario las rutinas de aseo y almuerzo. Con el objetivo de garantizar el control, cuidado y vigilancia de los alumnos y alumnas se establecerán por parte del coordinador/a de infantil en la Etapa de Infantil y de la J. de Estudios en la etapa de Primaria, turnos semanales de todo el profesorado del centro, separados por etapas, y programados por meses. El control y vigilancia de los recreos se desarrollará teniendo en cuenta los siguientes criterios: La distribución semanal de los turnos de cuidado y vigilancia de patio del curso escolar se expondrá en los lugares acordados para la presentación de la información al profesorado. Cuando algún maestro sepa con antelación que no acudirá a su puesto de trabajo un día que coincide con su guardia de recreo deberá cambiarlo con uno de sus compañeros Con el fin de evitar situaciones de riesgo, el profesorado encargado del recreo deberá estar puntualmente en él. Evitará la realización de otra actividad. Si por cualquier circunstancia, no pudiera salir con la puntualidad requerida, lo dirá a otro compañero para que lo realice y ponerlo en conocimiento del E. Directivo. Los días en los que la climatología impida salir al alumnado al patio de recreo, todo el profesorado del centro asumirá las siguientes funciones: o Los tutores y tutoras serán los que permanecerán de vigilancia con su grupo de alumnos. o El profesorado especialista, adscrito al ciclo o etapa, apoyará la labor de vigilancia y colaborará con los tutores y tutoras en el cuidado de los grupos de alumnos, al menos un especialista por ciclo. o En Infantil, lo hará el profesor de apoyo. Si en el periodo de recreo algún alumno o alumna precisara atención fuera del recinto del patio, será uno de los docentes al cuidado del mismo quien se haga cargo de la situación, acompañando al alumno o alumna al interior del edificio escolar. Siempre que un alumno sufra un accidente en el patio durante la hora de recreo, será atendido por uno de los profesores de vigilancia quien avisará al tutor, para que en caso necesario informe a la familia de la necesidad o conveniencia de atención médica. Página 25
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No podrán permanecer en las aulas o espacios de uso común como Biblioteca, Usos múltiples y Polideportivo, alumnos/as sin vigilancia de un profesor bien sea para realización de actividades o cumplimiento de sanciones. Todo el profesorado velará porque se cumplan las normas básicas de comportamiento y convivencia entre el alumnado, así como que se haga un uso adecuado de las instalaciones y materiales deportivos o de juego en el patio en los momentos de recreo, posibilitando de esta forma el correcto desarrollo del mismo y anticipando y evitando situaciones de riesgo o accidente. Será función de todo el profesorado hacer cumplir las normas de comportamiento y uso del patio de recreo a todo el alumnado, recriminando para ello las actitudes erróneas en el momento de producirse e incidiendo en la reducación de hábitos. Existirá la figura del cuidador de recreos dentro del recinto de Primaria. Alumnos voluntarios de 5º y 6º de Primaria cuidarán por dentro del edificio durante el tiempo de recreo para que ningún alumno se quede dentro del recinto. Los alumnos deberán obedecer y respetar a estos cuidadores. Llevarán puesto un chaleco identificativo. El cuadrante de los turnos lo realizarán por meses los tutores de 5º y 6º de primaria junto con la coordinadora de convivencia.
2.6.
SUSTITUCIONES EN AUSENCIAS DEL PROFESORADO
Las ausencias o retrasos serán comunicadas a la Jefa de Estudios, Directora, o Secretaria, a ser posible con antelación y siempre con la mayor diligencia, para asignar las sustituciones oportunas. Si la ausencia se ha previsto de antemano, el docente que se ausenta, dejará preparadas las actividades necesarias para facilitar la tarea de sustitución. En caso contrario, será el profesor del mismo nivel el que señalará las actividades que deben realizar los profesores que sustituyan Las sustituciones se realizarán atendiendo a los siguientes criterios: o Si el maestro ausente pertenece a la Etapa de E. Primaria, sustituirán los maestros de primaria siempre y cuando no están realizando labores de apoyo a alumnos con necesidades educativas ya que en ese caso la sustitución la realizará el profesorado de E. Infantil. o Si el maestro ausente pertenece a la Etapa de E. Infantil, sustituirán los maestros de Infantil siempre y cuando no estén realizando labores de apoyo a alumnos con necesidades educativas ya que en ese caso la sustitución la realizará el profesorado de E. Primaria. o Para facilitar la organización del centro y favorecer a los alumnos de menor edad que son los que cursan Educación Infantil, si se ausenta durante varios días seguidos un tutor de esta etapa, le sustituirá el maestro de apoyo de Página 26
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o
o o
o
infantil. Se intentará siempre que sea posible, que los maestros encargados de coordinaciones (Ciclo, Cfie, Biblioteca, Medios informáticos…) no realicen sustituciones en su hora de reducción por coordinación. Si no existiera profesorado libre para sustituir, se repartirán los alumnos, a ser posible en otras clases del mismo nivel o ciclo Si en los cambios de clase el profesor que sustituye se retrasa, el profesor que está en el aula de al lado se encargará de supervisar a los alumnos mientras estén solos. Las sustituciones se expondrán, siempre que sean posible, antes de las 9 de la mañana en el tablón de corcho situado en el vestíbulo del edificio principal. Todos los maestros deberán comprobar a primera hora si tienen que realizar sustitución ese día.
2.7. ORGANIZACIÓN DE APOYOS EDUCATIVOS Se planificarán medidas de apoyo educativo a los alumnos que presentan dificultades de aprendizaje, en las áreas básicas del currículo, para seguir el ritmo normal de la clase, apoyos para aquellos alumnos con carencias en hábitos de trabajo, dificultades en procedimientos asociados al lenguaje y razonamiento matemático y apoyos a aulas como refuerzo a la labor del tutor por sus peculiaridades y características especiales. Cuando un tutor considere que necesita refuerzo educativo para algún alumno, rellenará la solicitud correspondiente y la entregará en jefatura de estudios para que se le asigne a ese alumno un horario de refuerzo. Los refuerzos y apoyos se realizarán preferentemente dentro del aula y en la modalidad individual o grupal. Las familias de los alumnos deberán ser informadas y el centro debe contar con su consentimiento por escrito, cuando excepcionalmente el refuerzo se realice fuera del aula La asignación de los apoyos y refuerzos, se hará por el orden siguiente: profesorado de la etapa, profesorado del mismo nivel, profesorado del ciclo o nivel y profesorado de otros ciclos o niveles. Siempre que sea posible se intentará realizar grupos flexibles, que permita el mejor aprovechamiento de los recursos tanto humanos como espacio-temporales
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2.8.
ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES
2.8.1 ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Las actividades Complementarias se incluirán en la PGA y serán aprobadas por el Claustro y el Consejo Escolar al principio de cada curso. Aquellas actividades que no estén recogidas en la PGA, deberán ser aprobadas por el Consejo Escolar para su realización, preferentemente a través de la comisión permanente. Aquellas que se realicen en el centro serán obligatorias para todos los alumnos. Las que necesiten salir del centro para su realización, es necesaria la autorización de los padres sin la cual no podrán realizar dicha actividad. Tendrán, por lo tanto, carácter voluntario. A estas salidas fuera del centro no se les permite a los alumnos llevar teléfonos móviles, consolas, aparatos de juego electrónicos, ni dinero. Aquellos alumnos que no asistan a este tipo de actividades deberán acudir al centro, donde estarán bajo la vigilancia de algún profesor. La organización de estas vigilancias la realizará la J. de Estudios. Los alumnos que no asistan a este tipo de actividades se quedarán con el grupo de alumnos del nivel inferior o superior al que pertenece y llevarán organizado trabajo que previamente les habrá puesto su tutor. La Planificación y organización de estas actividades corresponderá, al Equipo de Ciclo o nivel correspondiente. En la Planificación del resto de actividades generales de Centro: Navidad, Paz, Carnaval, Fin de Curso, participarán los profesores del claustro adscritos a la comisión de extraescolares. El Equipo Directivo colaborará para la realización de las mismas. Los coordinadores de cada ciclo o nivel elaborarán un plantilla de planificación y otra de evaluación de estas actividades al final de cada trimestre y la enviarán por correo electrónico a la jefatura de estudios del centro. Los tutores que no estén dispuestos a realizar salidas fuera del Centro, a pesar de lo dispuesto en el PEC, deberán hacerlo saber al comienzo del curso al equipo de ciclo o nivel, equipo directivo y a los padres, asumiendo que su grupo de alumnos no participará en ellas. Los tutores, podrán decidir sobre la asistencia o no a las actividades de determinados alumnos atendiendo a su comportamiento u otras circunstancias y justificándolo con partes de convivencia.
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Los alumnos irán acompañados por los tutores y algún profesor especialista o de apoyo, siempre que se considere oportuno. 2.8.2. ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Durante el mes de septiembre, el Centro junto con el AMPA y el Ayuntamiento ofertarán diferentes actividades e irán dirigidas a todos los niveles educativos. La organización y normas de las mismas, serán puestas en conocimiento de los padres, así como las circunstancias que obliguen a su suspensión. Estas actividades se impartirán los días y en horario aprobados en la PGA. Tendrán carácter voluntario para el alumnado. Se podrá privar del derecho de participación en las actividades extraescolares por motivos disciplinarios o de otra índole, en los términos establecidos en el presente Reglamento. Las actividades deberán ser aprobadas por el Consejo Escolar y las normas estarán sujetas a los organizadores de las mismas, teniendo en cuenta que, aquellas que se realicen en las instalaciones del centro, implican por parte de los monitores y en última instancia de quien las organice, el compromiso de cuidado y respeto tanto de los espacios como los materiales. Los maestros deberán hacerse cargo de la coordinación, supervisión y atención de estas actividades. Cada maestro será responsable de los talleres en la hora de la tarde que se le asigne y para ello deberá estar atento a las entradas y salidas de estos talleres y atenderán a los monitores que imparten estas actividades en el momento que estos lo soliciten.
2.9. ATENCIÓN E INFORMACIÓN A LAS FAMILIAS 2.9.1. EQUIPO DIRECTIVO El equipo directivo del centro atenderá a las familias previa cita y siempre en horario de Dirección, Jefatura de Estudios o Secretaría. Mantendrá una reunión, antes del periodo de matrícula, en lo que se denomina “Jornada de Puertas Abiertas” con las familias de los alumnos que se incorporen al Centro por primera vez, sea cual sea su nivel. El objetivo de la misma, será presentar a las familias el Centro y sus líneas principales de actuación educativa, señalar aspectos sobre el periodo de adaptación de los alumnos de 3 años y mostrar las instalaciones. 2.9.2. PROFESORADO TUTOR El profesorado tutor convocará a las familias de su alumnado, de forma conjunta, en Página 29
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tres ocasiones en el curso escolar. Estas reuniones preceptivas de carácter conjunto se celebrarán: o Comienzo del curso escolar: o En el mes de Septiembre o primera quincena de octubre. En su convocatoria constará el orden del día y, al menos figurarán aspectos de la tutoría: criterios de evaluación y calificación, normas básicas de la tutoría,… o Final de curso: o En la segunda quincena del mes de mayo, para hacerles un resumen del curso señalar algunas normas de cara al siguiente. o Durante el curso: o Se convocará una reunión conjunta más durante el curso, cuando el profesorado lo considere necesario. De la misma forma el profesorado tutor convocará, al menos una vez a lo largo del curso, a las familias o tutores legales del alumnado, de forma individual, y con el fin de intercambiar informaciones de carácter educativo y sobre la marcha del curso de los mismos. La convocatoria se hará a través de la agenda o de una nota escrita. En el supuesto de que no acudan, después de tres notificaciones, se informará al E. Directivo para que adopte las medidas oportunas y establezca comunicación con las familias. 2.9.3. PROFESORADO ESPECIALISTA El profesorado especialista informará del progreso educativo de su alumnado al profesorado tutor, que lo comunicará si fuera preciso, a las familias de su alumnado en las reuniones individuales que con las mismas se produzcan. Por su parte este profesorado podrá convocar a las familias siempre que lo considere necesario en los tramos horarios de que disponga. Estas reuniones será necesario que previamente se comuniquen al tutor o tutora y que a través de él se realicen. 2.9.4. HORARIO DE ATENCIÓN A LAS FAMILIAS Todo el profesorado dispondrá de una sesión semanal para entrevistarse con las familias. Este horario se publicará a comienzo de curso y en la PGA. Salvo casos excepcionales y previa comunicación a Jefatura de Estudios, no se convocará a los padres en horario lectivo. 2.9.5. PETICIÓN DE ENTREVISTA DE LAS FAMILIAS Las familias o tutores legales del alumnado solicitarán, de forma escrita a través de la agenda del alumno, su interés por entrevistarse con el mismo o con el profesorado especialista. El profesorado tutor responderá a la petición del mismo haciendo constar el día y hora de entrevista adjudicada e informará al especialista, en su caso, para que señale su disponibilidad. Página 30
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2.10. DESPLAZAMIENTOS, ESPACIOS Y SERVICIOS
2.10.1. ENTRADAS Y SALIDAS INFANTIL La entrada al Centro se hará a las 9h. por la verja situada al lado del edificio de infantil. Cada nivel, lo hará por la puerta de su clase accediendo desde el patio de infantil, siendo los tutores, los responsables de recogerlos. En cada aula, estará puntualmente, el profesor especialista que le corresponda en la 1ª sesión de clase. La salida de clase de los alumnos se realizará a las 13:55 (para facilitar a las familias las recogida de los alumnos de primaria), en filas, conducidos por los tutores y acompañados por los especialistas que tengan clase a última hora en las aulas de infantil. Los alumnos de transporte y comedor serán colocados por los maestros en sus correspondientes filas y recogidos por los monitores de estos servicios. El tutor o especialista que esté a última hora con los alumnos se asegurará de que cada niño esté colocado en la fila correspondiente. Para la fila de comedor deberá revisar diariamente la lista, con la relación de alumnos que utilizarán este servicio. El conserje del centro o en su ausencia el profesorado de E. Infantil, serán los encargados de abrir a las 9 la verja y cerrar cuando terminan las actividades lectivas y todos los alumnos hayan abandonado el centro. Para ello, el coordinador de ciclo realizará un cuadrante con turnos. Los alumnos que por alguna circunstancia no se incorporen al centro a primera hora de la mañana, o necesiten salir antes de terminar la jornada, deberán esperar a que sea hora punta y termine la clase (10:00, 11:00, 12:00, 12:30). A partir de las 12:30, ningún alumno podrá entrar ni salir del centro, ya que la jornada laboral del conserje termina a las 12:30 y por tanto no hay personal que pueda atender desde esa hora a las familias. Para estas salidas puntuales, los alumnos deberán ser recogidos por sus padres o tutores legales. PRIMARIA La entrada al Centro se hará a las 9h. Los alumnos habrán hecho previamente filas por cursos en los porches de entrada. Los alumnos de 1º, 2º y 3º de primaria en el porche principal y los alumnos de 4º, 5º y 6º en el porche lateral, frente a la Urbanización “La Lanchuela”. El profesorado encargado de la vigilancia de recreo de ese día, será el encargado Página 31
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de abrir la puerta y recibir a los alumnos, que irán en filas hasta sus respectivas aulas. Cuando todos los alumnos estén en el centro, el conserje o en su ausencia los profesores encargados de la vigilancia del recreo ese día, cerrará la puerta principal y la verja lateral. En cada aula, estará puntualmente, el tutor o el profesor especialista que le corresponda en la 1ª sesión de clase. La salida de clase se hará la realizarán todos los alumnos por la puerta principal, siendo responsables los profesores que estén con el grupo en esa sesión, acompañándoles hasta la salida, para evitar aglomeraciones. Los alumnos que por alguna circunstancia no se incorporen al centro a primera hora de la mañana, o necesiten salir antes de terminar la jornada, deberán esperar a que sea hora punta y termine la clase (10:00, 11:00, 12:00). A partir de las 12:30, ningún alumno podrá entrar ni salir del centro, ya que la jornada laboral del conserje termina a las 12:30 y por tanto no hay personal que pueda atender desde esa hora a las familias. Para estas salidas puntuales, los alumnos deberán ser recogidos por sus padres o tutores legales.
2.10.2. ESPACIOS COMUNES Las instalaciones y servicios del Centro estarán a disposición de los miembros de la comunidad educativa, pudiendo ser utilizados de acuerdo a las disponibilidades horarias, y siempre que no interfiera en el desarrollo de la actividad docente y funcionamiento del centro. Los despachos de uso Administrativo y Dirección e instalaciones con características especiales no pueden utilizarse sin la autorización del E. Directivo o de las personas responsables de las mismas. Los materiales de uso común se solicitarán de forma oral a cualquier miembro del Equipo Directivo o persona responsable si la hubiere. No se permitirá la entrada en la zona de aulas durante las horas de clase a ninguna persona ajena al claustro, salvo causa justificada y autorización del E. Directivo. AULAS, PASILLOS Y ASEOS Al inicio de cada curso escolar, el equipo directivo organizará la disposición de las aulas de E. Infantil y E. Primaria, teniendo en cuenta los horarios y la mejor organización del curso escolar que comienza. El profesorado hará llegar a los alumnos, entre las normas de clase, la necesidad de hacer un uso adecuado de los espacios comunes: Orden en los desplazamientos por el colegio (no correr, no gritar). Página 32
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Limpieza en los aseos (no tirar agua ni manchar suelos o paredes, no jugar en los servicios) Cuidado de los elementos decorativos y escolares en los pasillos. DIRECCIÓN, SECRETARIA y JEFATURA DE ESTUDIOS
Destinados a la gestión administrativa del Centro y a la custodia de documentos oficiales del centro y material de oficina. La consulta o retirada de documentos con datos personales deberá hacerse con previa autorización de la secretaria del centro y ateniéndose en su consulta a lo que se dispone en la legislación vigente sobre protección de datos. Los equipos informáticos que en él se encuentran, son de uso exclusivo y restringido porque en ellos se encuentran los programas, documentos de gestión y datos de alumnos y profesores del centro. Se podrán utilizar por el resto del profesorado en situaciones que así lo requieran y previa autorización de alguno de los miembros del E. Directivo. BIBLIOTECA ESCOLAR
Se utilizará como lugar de consulta y lectura por los profesores y alumnos del centro. Los responsables del funcionamiento de la misma serán los profesores de la Comisión de Biblioteca. Cada curso escolar se establecerá un horario de utilización de forma que todos los grupos de alumnos tengan acceso, al menos durante una hora semanal, a su utilización La biblioteca permanecerá abierta en horario lectivo, de 9:00 a 14:00. Los tutores se encargaran de sus alumnos en la hora de biblioteca que se les haya asignado en el horario, realizando los préstamos y devoluciones y controlando los plazos establecidos para la devolución de los libros. Los alumnos/as no podrán estar o ir a la Biblioteca fuera de los horarios establecidos y sin que les acompañe un profesor. En ningún caso se podrán realizar préstamos sin la utilización del programa de gestión de biblioteca por el profesor. En el caso de necesitar algún libro de forma puntual, se dejará una nota para que pueda ser localizado rápidamente y se restituirá lo antes posible. No se podrán sacar de la biblioteca aquellos libros que estén así señalados. El préstamo se podrá hacer de dos ejemplares como máximo, durante un período de 15 días, renovables por otros 15. En caso de pérdida o deterioro de un libro o revista, se restituirá el material en cuestión por uno igual o de características similares, previa comunicación a los tutores de curso y a los padres. Página 33
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Normas de uso • En la biblioteca se estará en silencio o utilizando un tono de voz bajo, para no molestar al resto de usuarios. • Tratar de mantener el orden adecuado hasta que se les pueda atender. • Utilizar de forma adecuada las instalaciones y diferentes materiales. • Permanecer sentados, en el momento de lectura, de forma correcta. • No olvidar pasar por el punto de registro, cuando se vaya a coger o dejar un ejemplar. • Cuando se coja un libro, para leer en la biblioteca, se dejará en el lugar en el que estaba o en la estantería de devoluciones. • Pedir información, a las personas encargadas, de lo que se necesite. • Utilizar los puntos de lectura, evitando hacer marcas o señales en los libros. • El profesor tutor o un niño del grupo tiene que encargarse de comprobar que todos los libros estén correctamente colocados en las estanterías o en la caja de devoluciones cuando se abandone la biblioteca. AULAS TIC El centro cuenta con una sala TIC que tiene 26 ordenadores y una pizarra digital interactiva. Un profesor del centro será nombrado Coordinador de medios audiovisuales y será el encargado de esta aula junto con los demás miembros de la Comisión TIC Esta aula está reservada para los alumnos de Educación Infantil que acuden una vez por semana para dar clase de informática y realizan desdoble en los grupos. Para el resto de horario, los profesores deben hacer reserva y apuntarse el día antes, en un panel situado en la puerta de la sala. Algunas aulas del centro no tienen pizarra digital, por lo que se realiza un horario para que estos alumnos puedan utilizar las pizarras de las otras aulas cuando los alumnos no están en ellas. Normas de uso: El uso de los ordenadores del centro por parte de los alumnos es con fines educativos, evitando las redes sociales. Se accederá a los ordenadores a través de usuario. Los archivos, documentos o imágenes se guardarán en la carpeta “Mis documentos” y dentro de la carpeta del grupo o de profesores, evitando dejar documentos en el escritorio. No debemos entrar ni alumnos ni profesores en las propiedades de los ordenadores y cambiar la configuración del monitor, como por ejemplo el fondo de pantalla. Página 34
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El horario de la sala para los alumnos es de 9:00 a 14:00 horas y siempre en presencia del profesor. Después de este horario, el uso de la sala está destinado al profesorado del centro. Cuando terminemos de trabajar, debemos apagar todos los ordenadores. Evitar en la medida de lo posible instalar programas. Para hacerlo hay que consultar con el coordinador de medios audiovisuales del centro. Los alumnos no podrán instalar programas. Notificar siempre y a la mayor brevedad posible, problemas de funcionamiento de los ordenadores. POLIDEPORTIVO Instalación Municipal, que cede su uso para la realización de actividades, en el periodo y horario lectivo al Centro. Está sujeto a las normas de uso recomendadas por el Ayuntamiento, para tener un adecuado mantenimiento del mismo, como son uso de calzado adecuado, limpieza y orden tanto de instalaciones como del material. El número de unidades del centro, hace que en ocasiones coincidan varios niveles, con lo que es necesario establecer prioridades cuando concurran estas circunstancias. La organización y funcionamiento será responsabilidad de la J. de Estudios en colaboración con los profesores de E. Física y Psicomotricidad. En ocasiones señaladas, se usará para la realización y celebración de actividades Complementarias del Centro previa solicitud de autorización al Ayuntamiento. SALA DE PSICOMOTRICIDAD Esta sala se utilizará dando preferencia a las sesiones de psicomotricidad realizada con los alumnos de educación infantil. Cuando sea preciso se utilizará para reuniones y otras actividades del centro. Esta sala, debido a la limitación de espacios en el Centro, se dedicará si fuera preciso a: • Aula de música • Aula polivalente • Aula de Educación Física • Aula de Ciencias • Sala de Reuniones Los profesores que hagan uso de dicha sala, deberán cuidar el material que en ella haya y dejarla siempre en el orden necesario para la realización de las actividades Página 35
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siguientes. SALAS DE PROFESORES (Edificio Principal y Edificio de Infantil) Estas salas son de uso exclusivo para el profesorado del Centro y por tanto ningún alumno/a puede permanecer en ellas salvo en compañía de un profesor. En ellas se realizan todo tipo de reuniones (ciclos, Evaluaciones, CCP, Consejos Escolares…) En estas salas están las fotocopiadoras y es preciso tener unas normas mínimas de orden y limpieza, para lo cual cada uno se responsabilizará de recoger las fotocopias que haya hecho y dejar las inservibles en una bandeja para su posterior reutilización o reciclaje. Cada profesor tendrá un código de la fotocopiadora y de esta manera se intentará hacer un uso adecuado y controlado de las fotocopias.
2.11. OTROS SERVICIOS 2.11.1 COMEDOR ESCOLAR El servicio y funcionamiento del Comedor Escolar está supeditado a lo que indica la legislación vigente. BOCyL, Decreto 20/2008, de 13 de marzo, por el que se regula el servicio público de comedor en los centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León, desarrollado por la Orden EDU/693/2008, de 29 de abril publicada en el BOCyL de fecha 2 de mayo de 2008. Mensualmente el menú se publica en la página web de la empresa de comedores y se da a los usuarios una copia del mismo. FUNCIONAMIENTO La utilización del servicio de comedor está sujeta a la normativa vigente y lo que la empresa concesionaria señale. El alta y baja en el comedor, el pago y la comunicación de ausencias se realizará según lo estipulado en ese momento. En la web del centro y en la secretaría se pueden informar para su realización. Para hacer uso de este servicio, es imprescindible cumplimentar la hoja de inscripción. NORMAS DE USO Y CONVIVENCIA Se enseñaran y se hará un correcto seguimiento de las normas sociales básicas que deben respetarse antes, durante y después de las comidas. Todos los alumnos deben respetar al resto de sus compañeros. Tratar con respeto a los monitores y personal de cocina, obedeciendo y respondiendo con educación. Todos los alumnos deben respetar los servicios e instalaciones del comedor y del Centro. El menú es común para todos los niños, salvo por prescripción facultativa. Deben traer: bolsa de aseo. En educación infantil, babi específico para el Página 36
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comedor. Si por cualquier motivo, el comportamiento de su hijo no se adecuara a estas normas, la empresa y con la autorización de la Dirección del Centro, podrá tomar las medidas que considere necesarias para la buena marcha y funcionamiento del comedor. Existe en el centro un Plan de Comedor donde se expone detalladamente el funcionamiento de este servicio.
2.11.2. SERVICIO DE MADRUGADORES La situación laboral de los padres y madres de nuestros alumnos hace necesaria la puesta en funcionamiento de este servicio con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral de los mismos de los mismos. La necesidad de conciliación podrá estar motivada por cualquier causa que afecte a las familias. La acreditación de la necesidad de conciliación se realizará mediante declaración responsable de los representantes legales. Obligaciones de los usuarios • Respetar horarios de entrada y salida establecidos. • En el caso de usuarios esporádicos, la entrada deberá realizarse, al menos, media hora antes de finalización del programa. • Entregar al monitor del programa, en los primeros quince días de cada mes, justificante de pago original o fotocopia del precio del programa. • Se llevará un control de asistencia. • Los alumnos, deben estar siempre acompañados por la persona que les acompañe hasta que sean recogidos por los monitores encargados. • Es necesario hacer buen uso de las instalaciones y materiales. Los alumnos y alumnas deberán respetar las normas del programa y del centro. En el caso de incumplirlas, se hablará con la familia para tomar las medidas oportunas. Existe en el centro un Plan de Madrugadores, donde se expone detalladamente el funcionamiento de este servicio RECURSOS HUMANOS Un profesor/a del centro, responsable del buen funcionamiento del programa, designado por el director. Monitores/as pertenecientes a la empresa adjudicataria. RECURSOS MATERIALES El centro dispone de recursos materiales suficientes para diferentes tipos de actividades, pudiéndose utilizar los distintos espacios: aulas, Página 37
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sala de usos múltiples, previa autorización del Director. El material para la realización de las actividades lo aportará la Junta de Castilla y León o empresa en quien delegue el servicio.
HORARIO Se atenderá al alumnado en horario de 7.30 a 9.00 horas. La entrada en el colegio para hacer uso de este servicio tiene el siguiente horario Esta franja horaria se distribuye como sigue: 7:30 – 8:00 - 8:30 y 8:45 horas. 2.11.3. TRANSPORTE ESCOLAR Para conseguir el buen funcionamiento de este medio de transporte y debido al aumento del número de alumnos que utiliza este servicio, es imprescindible seguir estas normas: 1. El uso del Autobús Escolar es única y exclusivamente para los niños/as dados de alta en este servicio. 2. El uso del Transporte implica el cumplimiento de las normas de convivencia y atender a las instrucciones del conductor y el acompañante. 3. Los padres/madres deberán estar con suficiente antelación en la parada, tanto a la ida como a la vuelta, ya que los autobuses no pueden esperar. 4. Los niños/as que hagan uso de este servicio deben obligatoriamente ir y volver en él y subir y bajar en la misma parada, para facilitar el trabajo y la organización del transporte por los monitores encargados. Este servicio no puede utilizarse para hacer únicamente la ida al colegio o solamente la vuelta a casa, únicamente es posible si se compatibiliza con el servicio de madrugadores o de comedor. Según la nueva normativa de la Dirección Provincial de Valladolid SI FUERA PRECISO SE PUEDE RETIRAR LA ACREDITACIÓN DE USUARIO DE TRANSPORTE AL ALUMNO por el incumplimiento de la norma. 5. Avisar siempre a la monitora si por causa justificada puntualmente no se va a hacer uso del autobús a la ida como a la vuelta o si va a recoger al niño/a una persona distinta a la habitual. 6. Los niños de Educación Infantil y 1º y 2º de Primaria deben llevar bien visible la acreditación de usuarios del servicio de trasporte del presente curso escolar. Los niños de 3º a 6º de primaria deben llevar dicha acreditación en su mochila. 7. Los alumnos de E. Infantil serán recogidos a la salida de las clases por las monitoras de transporte y trasladados a los autobuses correspondientes. 8. Los alumnos de E. Primaria acudirán al salir de las clases a su autobús correspondiente. 9. Dentro del autobús no está permitido beber o comer, ni el uso de lápices o pinturas. Se prohíbe distraer al conductor y desatender sus instrucciones. 10. No se puede llevar juguetes, cromos, etc., ya que pueden ser motivo de riñas. Las pelotas deberán ir dentro de las mochilas o en una bolsa, nunca sueltas. 11. Los usuarios deberán ir siempre sentados correctamente y con el cinturón de seguridad abrochado. 12. Es muy importante comunicar los cambios de números de teléfono, tanto a las monitoras como al Colegio. Página 38
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13. La aceptación del uso del Transporte Escolar, por parte de los alumnos/as, implica que se va hacer uso de éste durante todo el curso escolar. El transporte se iniciará para todos los usuarios el primer día de clase y finalizará el último día del curso escolar, excepto los niños/as de nueva incorporación al centro con periodo de adaptación. Responsabilidad de los padres/tutores de los alumnos (Protocolo de transporte escolar en centros públicos de la provincia de Valladolid Curso 2014/15. Los padres/tutores de los alumnos en cuanto a su responsabilidad en la seguridad de sus hijos, deberán enseñarles a comportarse adecuadamente como peatones, cuando suben y bajan del autobús y cuando van dentro de él. En particular, los padres/tutores son responsables de la seguridad en el traslado de sus hijos desde el domicilio familiar hasta el lugar de la parada y el tiempo de espera hasta la llegada del vehículo, y viceversa. Si de forma excepcional no está la persona responsable o autorizada en la parada para recoger a un alumno de educación infantil o primaria, el acompañante telefoneará a la familia del alumno para que acuda a recogerlo en la última parada o dónde se determine. Si al finalizar la ruta sigue sin haber nadie que se haga cargo del alumno el acompañante podrá avisar a la dirección del centro y/o a la autoridad competente (Guardia Civil)
CAPITULO III 3. DERECHOS Y DEBERES DE PROFESORES, FAMILIAS Y ALUMNOS
ESTE CAPÍTULO ESTÁ EN REVISIÓN PARA ADAPTARSE A LA LOMCE
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