Felipe El Bretón. Trompeta de caballería de su Majestad Felipe V entre Caudiel y Segorbe, durante la Guerra de Sucesión (1709)
David Montolío Torán
Estudios y ensayos de historia y arte Revista MdR · nº 17, julio de 2022
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Maestro de Rubielos. Investigación, estudios y ensayos de historia y arte (2016 - 2022) CRÉDITOS © MdR · Revista Maestro de Rubielos. Investigación, estudios y ensayos de historia y arte. Coordinación: David Montolío Torán · Jorge Civera Porta Textos: David Montolío Torán Consejo asesor: Ángel Albert Esteve, Manuel Barea Cambres, Joaquín Campos Herrero, José Cebrián Cebrián, Sonia Cercós Espejo, Jorge Civera Porta, Juan Esteve Marcos, Víctor García Gil, Josep Lluís Gil Cabrera, María Gómez Rodrigo, David Igual Tomás, Vicente Martínez Molés, Rafa Martínez-Porral, Vicente Palomar Macián, Mar Rey Bueno, Adrián Rius Espinós, Pere Saborit Badenes, Raúl Francisco Sebastián Solanes, Rafael Simón Abad, Juan Serra Lluch, Pilar Vañó Arándiga, Jesús Vilar Vilar, Arturo Zaragozá Catalán. Fotografías: © Los autores y las Instituciones. Edita: Revista Maestro de Rubielos.
https://independent.academia.edu/DavidMontolioiToran http://www.davidmontoliotoran.es/maestro-de-rubielos/ Calle Obispo Sánchez, 24. 44415 Rubielos de Mora (Teruel) Correo mail: maestroderubielos@gmail.com ISSN: 2172-7570 Portada: Ricardo Balaca y Orejas Canseco: «La Batalla de Almansa», detalle. Óleo sobre lienzo, 1862. © Museo Nacional del Prado.
Felipe El Bretón. Trompeta de caballería de su Majestad Felipe V entre Caudiel y Segorbe, durante la Guerra de Sucesión (1709). David Montolío Torán Dr. en Historia del Arte · Universitat de València
Segorbe, a finales del siglo XIX, vivía un tiempo de cierta tranquilidad, los «felices tiempos del barroco», previa al estallido de la guerra de Sucesión (1701-1714) que iba a alterar las vidas de los españoles durante décadas, teniendo un gran impacto en la ciudad, sede episcopal, ducal y conventual, y en todas poblaciones regadas por el río Palancia. Villegas: «Caballería de línea y mosquetero de la guardia de Felipe V (1702-1703)». Litografía. Álbum de la caballería española del teniente general Conde de Clonard. Madrid, 1861.
Es bastante poco lo que se conoce de la historia de nuestros pueblos durante el conflicto, aun teniendo como referente los episodios parejos de las Germanías en el siglo XVI, en la que la ciudad «intentó» permanecer en la neutralidad. Sin embargo, en los sucesos de principios del setecientos, fue muy difícil persistir en la misma, ante el continuo movimiento de tropas, arriba y abajo, por el Camino Real, así como por los continuos combates y sitios, amenazas y escaramuzas y derramas de la autoridad civil y religiosa hacia uno y otro bando, con alojamientos forzosos y manutenciones impuestas por los batallones y regimientos de uno y otro lado. No obstante, la declaración de guerra a Felipe V fue aprovechada por las autoridades segorbinas para sacar réditos políticos sirviéndose de la debilidad ducal, reconocida partidaria del Borbón, sin tener que enfrentarse, de manera directa, con éste. Un hecho radicado en que el ducado no se podía permitir una oposición beligerantemente activa en el epicentro de sus dominios señoriales en tierras valencianas.1
1
PÉREZ GARCÍA, P., Segorbe. A través de su historia, Segorbe, 1998, p. 272.
2
MARTÍN ARTÍGUEZ, R. y PALOMAR MACIÁN, V., Las fortificaciones de Segorbe a lo largo de la historia, Segorbe, 1999, pp. 125126.
Los primeros momentos de la guerra en el Palancia vieron aflorar el avance de las tropas anglo-austríacas, afirmados por los movimientos populares favorables de muchos pueblos del interior, en un momento de bloqueo comercial con Inglaterra. La carta de 23 de agosto de 1705, del duque Luis Francisco de la Cerda al Concejo de Segorbe pidiendo adhesión pública a la causa felipista, fue bien acogida por el gobierno municipal, que ya había comenzado los preparativos para la defensa ante un más que probable ataque e invasión austracista. El mes siguiente comenzaban los trabajos de reparación de las murallas y las inversiones en armamento y alistamientos en su población.2 Mientras en diciembre de 1705 Valencia caía en manos de Carlos de Austria, Segorbe estaba preparada, en lo posible, para las hostilidades, con los
altos del Castillo y San Blas fuertemente fortificados, pero con un casco urbano que había sobrepasado, en demasía, su perímetro defensivo. Dos regimientos completos, uno de ellos compuesto por ingleses y catalanes, se les venían encima; la ciudad, la comarca, estaba sola ante el avance. A principios de marzo de 1706, las tropas invasoras se encontraban frente a los muros de la ciudad, bajo el mando de José Nebot y el teniente coronel José Bellver. Era entonces cuando comenzaban las negociaciones por una rendición en paz de la plaza, de la mano de Francisco Catalá de Monsonís, diputado de la Generalitat Valenciana. Sin embargo, entre las propuestas de los recién llegados no estaba la reducción y restricciones de derechos señoriales del duque, aspiración de la ciudad, sino respetar el status quo existente. Así pues, el 3 de abril de 1706 Segorbe capitulaba ante las tropas de D. Carlos, en un escenario que vino a prolongarse a lo largo de un año. El 19 de mayo, los austracistas abandonaban la ciudad. Una anualidad que vino a desembocar en la desazón del gobierno local ante las reivindicaciones incumplidas ante la ciudad, no sólo en la consideración de rango a la altura de otras ciudades equivalentes del reino, Xàtiva y Alicante, sino también en la regulación de los censos, diezmos, primicias y monopolios ducales. Bajo el dominio austracista, Segorbe nunca logró mejora jurídica alguna, pese a no perder sus privilegios, ni ver favorecida su vieja aspiración de convertirse en real patrimonio. Medio mes después de la batalla de Almansa (25 de abril de 1707), el duque de Berwick pidió el reconocimiento
E. Gregori: «Uniformidades de los regimientos de caballería española en 1718».
Segorbe: Castillo-Alcázar. Siglo XIX. Aguafuerte y buril, coloreado a mano. Col. particular.
3
VV. AA., “Historia de las diócesis españolas: La Iglesia de Segorbe-Castellón”, en Biblioteca de Autores Cristianos, Segorbe, 2005; MONTOLÍO TORÁN, D. y CERCÓS ESPEJO, S., Convento de Monjas Carmelitas
Descalzas Nª Sª de Gracia y San José de la Villa de Caudiel. 350 años (1671-2021), Caudiel, 2021
del rey Felipe V a la ciudad señorial de Segorbe, lo cual no tuvieron más remedio que aceptar, suponiendo, a la larga, un retroceso de su contenida autonomía. A partir de diciembre de ese mismo año, la Real Chancillería comunicaba al municipio la obligatoriedad de sumarse a la legalidad castellana y sus denominaciones. El Justicia pasaba a llamarse Alcalde Mayor, el Jurado a Regidor, el Síndico a Procurador General, el Almotacén a Fiel, el Lugarteniente del Justicia a Alcalde de la Hermandad. Por todo ello, el «Decreto de Nueva Planta» y la centralización económico y social, castraba la municipalidad encorsetándola en la prestación de servicios elementales. En términos eclesiásticos,3 con el recuerdo del pontificado del mercedario fray José Sánchez (1673-1679), el conocido como «obispo arquitecto», la diócesis de Segorbe había asistido al último de una larga saga de obispos pertenecientes a órdenes religiosas, para dar lugar a los de procedencia nobiliaria, como Crisóstomo Royo de Castellví (1680-1691) o Antonio Ferrer y Milà (16931707). Un momento histórico singular donde la visibilidad de los rangos, eclesiásticos o civiles, augurio de unos nuevos tiempos de preeminencias y prestigios sociales, personales e institucionales, se querían ir haciendo más y más visible, conllevando numerosos pleitos y desencuentros entre las autoridades. No sólo la problemática del hábito coral en la Catedral de Segorbe volvió a plantearse, sino que la unión de la casa ducal con el solar castellano de los Medinaceli decantó el protocolo local hacia una «pompa y circunstancia» anteriormente no conocida.
Hyacinthe Rigaud: «Felipe de Borbón, duque de Anjou». Ca. 1701, óleo sobre lienzo. Palacio de Versalles.
Juan Carreño de Miranda: «Carlos II» Ca. 1680, óleo sobre lienzo. © Kunsthistorisches Museum Wien.
François Gérard: «Proclamación de Felipe V como rey de España en el Palacio de Versalles (Francia) el 16 de noviembre de 1700». 1800-1824, óleo sobre lienzo. © Museo de Versalles.
4 GILA MEDINA, L., Un espléndido retrato inédito de José Risueño: el del obispo D. Rodrigo Marín y Rubio”, en Laboratorio de Arte, nº 26, 2014, pp. 447-456. 5
Archivo Catedralicio de Segorbe, 539.
6
Archivo Catedralicio de Segorbe, 595.
El estreno de la nueva centuria, el siglo XVIII, determinaría años de guerra total y el fraccionamiento social de las gentes, divididas entre los partidarios de los dos aspirantes a la Corona de España. Es el comienzo de grandes cambios motivados en la conflagración conocida, por la historiografía, como Guerra de Sucesión. En la confrontación entre Felipe V de Borbón y el archiduque Carlos de Austria, el obispo de Segorbe, Ferrer y Milà, se emplazaba entre los seguidores del segundo, siendo quien le tomaba juramento de los viejos fueros valencianos en la Seo Metropolitana de Valencia, en ausencia del arzobispo de Valencia Folch de Cardona, expatriado en Madrid. Tras el fallecimiento del prelado, el candidato austracista propuesto para el cargo, el capuchino valenciano fray José de Zurita Tárrega, ante el cambio de las tornas bélicas, acabó expatriado a Viena, como la generalidad de los adictos e incondicionales al archiduque. La pertenencia del obispo a la causa austracista, junto con la deriva política emanada del efecto de la guerra, con la derogación del derecho foral de los valencianos y el afianzamiento de la nueva dinastía borbónica, devino en el comienzo del nombramiento de patriarcas «extranjeros» a lo largo de todo el setecientos ilustrado, de procedencias de diversos reinos y territorios limítrofes (andaluces, castellanos o aragoneses). EL nuevo monarca, el rey Felipe V, presentó la designación de un capitular granadino, natural de Almería, Rodrigo Marín Rubio (1708-1714), excepcionalmente retratado en 1708 por el granadino José Risueño (1665-1732) para la galería de retratos de la Catedral de Segorbe,4 que se tropezó con una sede eclesiástica de población fraccionada en sus vertientes ideológicas. Sin embargo, pese a que Segorbe, por influencia de su señor el duque de Segorbe y de Medinaceli, era adepta a los borbones, su nuevo obispo, castellano en unas demarcaciones claramente hostiles por su vinculación al aspirante Carlos, le impidió cualquier gobierno de la diócesis ni visita pastoral, pues su fidelidad se mantuvo siempre del lado de la causa del monarca quien, tras la contienda, vino a declarar abiertamente la excomunión de las milicias austracistas conocidas por «migueletes» y de todos los colaboradores con la causa de éstos, especialmente los clérigos y, sobre todo, entre los cartujos de Valldecrist. No obstante, con el advenimiento de su sucesor, el salmantino Diego Muñoz Baquerizo (1714-1730), pese a persistir los escenarios derivados de la confrontación y las contrariedades de orden público, tanto en laicos como en religiosos, además de unas grandes carestías en toda la comarca, fueron varias las muestras y los intentos de las autoridades en la superación del conflicto. Muestra de ello es una carta del rey Felipe V al obispo de Segorbe,
fechada en 11 de marzo de 1715, pidiéndole su colaboración, junto con la de los demás prelados, para alcanzar el bienestar y serenidad de todos sus vasallos después de lo acontecido en la pasada guerra de Sucesión.5 Años más tarde, el 2 de junio de 1725, se montarían unas luminarias en la Catedral de Segorbe para pedir por la paz del rey y del ya emperador de Austria.6
La Guerra de Sucesión y el ejército de Felipe V Mientras la guerra de Sucesión se convertía en una contienda plenamente internacional, en España, los reinos navarro y castellano se unían a la causa borbónica, perfilándose del bando austracista casi toda la Corona de Aragón. No obstante, el trascurso de la guerra fue rápidamente inclinándose del lado felipista que, tras la victoria en la batalla de Almansa (1707), decantó la balanza casi definitivamente hacia el control de los reinos de Aragón y Valencia. El nombramiento en 1711 del archiduque como Carlos VI, emperador del Sacro Imperio, vendría a influenciar definitivamente en el conflicto español, pues las grandes potencias comenzaron a recelar de su acumulación de dominio, retirando sus mesnadas y firmando el Tratado de Utrech, por el que cambió profundamente el mapa de Europa, reconociendo a Felipe por rey, por la que la corona hispana perdía sus demarcaciones europeas más allá de los Pirineos, pasando Menorca y Gibraltar a manos Británicas. Como es apreciable, Gran Bretaña fue la principal favorecida del conflicto y del posterior tratado, no sólo por motivos económicos, truncando el monopolio comercial de España con América, sino por sus beneficios territoriales, conteniendo las ambiciones expansivas de un Luis XIV de Francia angustiado por los gastos militares, equilibrando el dominio mediterráneo al instalar su flota en Gibraltar y Menorca. Como consecuencia de todo ello,
Bonaventura Ligli: «La Batalla de Almansa» 1709, óleo sobre lienzo. © Museo del Prado.
Ricardo Balaca y Orejas Canseco: «La Batalla de Almansa» 1862, óleo sobre lienzo. © Museo del Prado.
nacía un nuevo árbitro de las potencias en la antigua Europa en detrimento de la vieja España de los tercios que, pese al florecimiento y cierta recuperación en el reinado de Carlos III, volviendo a ser la potencia naval perdida en el Atlántico y el Mediterráneo, ya no acabó siendo la misma. En el tratado de Viena (1725), entre Carlos VI del Sacro Imperio Romano Germánico y Felipe V de España, el primero desistió a sus ambiciones a la corona española en litigio durante la Guerra de Sucesión, y el segundo desistía de la recuperación de los antiguos departamentos imperiales en Italia y los Países Bajos. Felipe El Bretón, protagonista del presente artículo, formaba parte de las tropas reformadas del rey Felipe V de Borbón, Duque de Anjou, nuevo rey de España (Bisnieto de Felipe IV y sobrino nieto de Carlos II, reyes de España, y nieto de Luis XIV de Francia, el rey sol), desde las «Ordenanzas de Flandes» de 1702, modernizando a todas luces el vetusto e insuficiente ejército de la Corona española de los Austrias, preparándolo para abordar las necesidades de la tropa contemporánea, bregar en la contienda sucesoria con el aspirante el archiduque Carlos (Bisnieto, a su vez, del rey Felipe III de España) y rivalizar con las potencias de toda la vida del corazón de Europa y ultramar. Unas reformas a la manera del ejército galo que fueron plasmadas por los marqueses Bedmar y de Canales, Jean Orry, Amelot y el mariscal de Puységur, siguiendo el modelo del ejército francés. La transformación progresiva abordada por Felipe V, que no remataría completamente hasta el siglo XIX, consistió en la supervisión Real de las operaciones de las huestes,
Jean Ranc: «La familia de Felipe V». 1723, óleo sobre lienzo. © Museo del Prado.
bajo las órdenes de oficiales nobles profesionales formados en el escalafón y formación castrense. Ello incidió en la formación de una tropa permanente con el apoyo de un servicio militar obligatorio, alejando la temporalidad e imponiendo una férrea disciplina en la vida militar. De unos 30.000 efectivos hábiles en el ejército, antes de la llegada del Borbón, se pasó a unos 70.000 antes de la invasión de Cerdeña (1717); por Real Ordenanza de 1718, el ejército quedaba fijado en 73 regimientos de infantería, 21 de caballería, 10 de dragones y uno de artillería. En cuanto a las fuerzas de élite, derivadas del antiguo sistema de los Austrias, las viejas guardias cercanas a la figura del Rey, fueron corregidas y reemplazadas por tres compañías de Guardias de Corps (Española, Italiana y Flamenca), encomendadas de la seguridad interna de palacio, dos regimientos de Guardias de Infantería (Española y Valona), que patrullaban el exterior del mismo, y una compañía de Alabarderos, que ocupaban una posición intermedia entre los dos anteriores. Estos cuerpos, los más prestigiosos de todas las unidades, constituían la verdadera tropa de choque, los primeros en entrar en combate y los últimos en retirarse siendo sus miembros, por tanto, los más ascendidos en la línea de mando, acabando por ocupar la parte más alta de los escalafones borbónicos. Durante la guerra asistimos también a la creación de las Milicias Provinciales (Ordenanza de Milicias, 1704), una leva o reclutamiento distribuida por las diecisiete provincias castellanas que aportaba unos veinticinco mil hombres a las huestes profesionales. Una estructura temporal que, en la reforma de 1734, acabó por transformarse en un verdadero «ejército de reserva nacional». Obteniendo el trato de cadetes a los nobles e hidalgos que ingresaran en el regimiento de cien hombres por compañía, la edad para alistarse y servir en la compañía se limitaba entre los veinte y cuarenta años. Mientras los regimientos de Infantería sufrieron una buena reforma tras la guerra, estableciéndose la desaparición y fusión de nuevas unidades en sesenta y dos regimientos, quedando en treinta y siete regimientos de infantería española, cinco de irlandeses, seis italianos y catorce valones. Una tropa nacional que, excepto la extranjera, iba a adoptar un uniforme moderno al estilo francés, vistiendo de blanco, al igual que el principal enemigo austriaco, e identificar a los suyos y distinguirlos de británicos de rojo, franceses de gris, prusianos de azul, rusos de verde y suecos de amarillo. Así pues, dentro de la tropa hispana, cada regimiento se reconocía por el color de las vueltas de puño y casaca. Pero es en cuanto a la caballería, que nos ocupa en el presente artículo, donde debemos ahondar más en
nuestro análisis. Al acabar la Guerra de Sucesión estaba conformada por los Reales Guardias de Corps, veintiún regimientos de caballería (catorce españoles, un italiano y seis borgoñones), y diez regimientos de dragones (cuatro españoles, un italiano, tres borgoñones y dos británicos). Todos ellos obtuvieron sus denominaciones a partir de 1718, vistiendo el mismo color que la infantería, como columna principal del ejército al igual que aquellos, pero con casacas más largas para la protección de las extremidades y botas de montar en lugar de polainas. Los diferentes colores identificativos de cada bloque de regimientos, entre rojo, azul, azul celeste y verde. En 1710 se creaba el Real Cuerpo de Artillería y el de Ingenieros, constituyendo un tema aparte la marina.
El testamento de Felipe El Bretón El Archivo Catedralicio de Segorbe conserva un documento manuscrito con el último testamento y voluntad de Felipe el Bretón, de nación francesa, natural de la villa de Quimper (la antigua «Kimper» bretona, villa francesa del departamento de Finistère, región de Bretaña ), localidad de la Bretaña, francesa desde 1532, curiosamente con sede episcopal y bajo el poder del Duque de Bretaña. Era soldado y trompeta del nuevo Regimiento Nuevo de Caballería de Granada, de tropas españolas de la Majestad del Señor Felipe V, Rey de España, sirviendo a las órdenes del Capitán Antonio Vitoria, muerto en el lugar de Caudiel, por aquel entonces perteneciente al señorío del Monasterio de San Miguel de los Reyes, en el Reino de Valencia. Dicho soldado había caído muy enfermo al paso de su tropa por dicha localidad del Camino real en dirección al Reino de Aragón, alojándose en casa de Floriano Aloy e Isabel Collado, haciendo testamento, nombrando albacea a mosén José Lozano, vicario perpetuo de la parroquial, de mano de escribano Vicente Juan Ximeno, encomendándose a la Santísima Trinidad y mostrándose como un devoto fiel católico. Fue su voluntad ser enterrado en la Iglesia parroquial del lugar de Caudiel, actualmente desaparecida, vestido de militar y con asistencia del clero local, recitando el salmo del Miserere y tres responsos cantados, con misa de cuerpo presente con diacono y subdiácono, en honor de San Felipe y a la Virgen Santísima del Rosario, en su capilla y altar, con salve y letanías cantadas, acompañada del órgano. También dejó misas en el Convento de Agustinos descalzos de la misma villa, a celebrar en la capilla de la Virgen del Niño Perdido. Todo el documento muestra un interesante listado de pertenencias y posesiones propias de un militar de la época, importante listado de conceptos y denominaciones
Augusto Ferrer-Dalmau: «Regimiento Asturias avanzando durante la Guerra de Sucesión Española». Siglo XXI. Óleo sobre lienzo.
que resultan un testimonio directo para el conocimiento del estado del ejército y sus renovaciones, en su primer momento, tras la llegada del Borbón, así como su pertenencia al destacamento, uniforme, ropajes, prendas, indumentarias, armas, pertrechos y enseres. Firmado y otorgado ante testigos, Melchor Bravo, Juan Agustín, Roque Alegre, Joseph Bolos Menor, y Joseph Boix labradores del lugar de Caudiel, vecinos y habitadores, el 24 de mayo de 1709, el 25 de junio de ese mismo año el militar ya había muerto, publicándose el presente testamento, prestando como testigos del fallecimiento Andrés Alos Maior y Andrés Alos Menor, habitadores de Caudiel, Joseph Lozano vicario y albacea, ante el escribano Vicente Juan y Ximeno, que firma con fecha del día siguiente.
h 1709, junio 26. «Ultimo testamento y voluntad de Felipe el breton de nación francessa, soldado y trompeta del nuevo Regimiento de Cavalleria de Granada, de tropas españolas de la Magestad del Señor Felipe quinto Rey de España, Dios le guarde, que murió dicho soldado en el lugar de Caudiel Reyno de Valencia». Archivo Catedralicio de Segorbe, 642 / 5. V-1A-5.
En el nombre de Dios Nuestro Señor y de la Virgen Santissima su Madre y Señora Nuestra concebida sin mancha ni sombra de la culpa original, en el primero instante de su ser Purissimo y natural amen. Sepasse como yo Felipe El Breton de nacion francessa del Reyno de la Gran Bretaña; hijo natural de la villa de Quimper soldado de Cavalleria y trompeta en la Compania del Capitan Don Antonio Vitoria del Regimiento Nuevo de Granada de tropas españolas de nuestro Gran Monarca el Señor Felipe quarto Rey de las Españas, que Dios guarde, estando enfermo en cama con gran enfermedad, de la que temo morir, en el lugar de Caudiel Reyno de Valencia, cassa Floriano Aloy mi patrón, por a ver llegado a dicho lugar parte de dicho Regimiento, por transito que hacia, al Reyno de Aragon, por dicho motivo, allandome indispuesto me quede enfermo: mysero estando en mi libre juicio memoria y entendimiento natural. Y creciendo, como firmemente creo en el misterio de la Santissima Trinidad, Padre, Hijo, y Espiritu Santo, tres personas distintas y un solo Dios verdadero, y en lo
demás, que tiene cree y confiessa nuestra Santa Madre Yglesia de Roma, en cuia fe he vivido y pretendo vivir y morir, serviendome de la muerte, que es natural, y desseando salvar mi alma, otorgo mi testamento en poder del Escrivano infraescrito en la forma siguiente. Primeramente mando, y encomiendo mi alma, a Dios // Nuestro Señor que la crio e redimio con su Preciossisima Sangre, y suplico a su Magestad la lleve consigo, a su Santa Gloria para donde fue criada; y mi cuerpo mando a la tierra de que fue formado. Yttem quiero y mando, que quando la voluntad de Dios Nuestro Señor fuere servida, llevasseme desta presente vida, mi cuerpo sea sepultado, si muriere, en el presente lugar de Caudiel, en la Yglesia Parrochial de aquel, pagando el drecho de sepultura, acostumbrado, que hecho cadaver para ser enterrado, vaia vestido a lo militar, que mi entierro sea con assistencia de todo el reverendo clero de dicha Yglesia; que llevandole a sepultar de la cassa de dicho mi patron, si muriere en ella, o de la que muriere, a la Yglesia, se digan el salmo de Miserere, y tres responsos cantados y mi cuerpo presente, el dia de mi entierro, si fuere hora, y huviere comodidad, y sino al otro siguiente, se diga por mi alma, Missa de cuerpo presente con diacono y subdiácono, una del santo de mi nombre, el Señor San Felipe, y otra de la Virgen Santissima del Rosario blanca, en su capilla y altar, con salve cantada y haciendo tañer a ella el organo, a maior onrra y gloria de Dios Nuestro Señor, todos con letanias cantadas, con ofrendas de pan vino y cera segun la costumbre de dicha Parrochia. Yttem quiero y mando, que para pagar todo lo por mi dispuesto en la forma sobredicha, se tome de sus bienes y dinero infraescrito, quanto fuere necesario. Y nombro por mi albacea testamentaria y executora del bien de toda mi alma reverendo Mosen Joseph Lozano Presbitero Vicario, perpetuo de la Yglesia Parrochial del dicho lugar de Caudiel, al qual dos […] // que se requiere, para que todos mis bienes muebles infraescritos pueda vender, y executar, con la porcion de dinero que le dexo y el producto de aquellos, mis obras pias sobre dichos y todo el bien de mi alma, encargandole sobre su conciencia mire por dicha mi alma, y lo que obrare valga como si yo lo hiciera y otorgasse dandole con el presente como le doy; poder para cobrar, dar cartas de pago y lo que fuese necesario y conveniente segun el casso que se pueda ofrezer, y quanto por drecho se pueda y lo deva hazer en lo sobredicho. Yttem quiero ordeno y mando por legado graciosso por servicios agradables a Floriano Aloy y Ysabel Collado coniugues, mis patrones, por lo bien que me asisten en mi enfermedad, un doblon de quatro libras; el qual les entregara después de mi muerte mi dicha albacea testamentaria para que dispongan como cossa propria. Y esta es mi voluntad.
Y cumplido y pagado este mi testamento en la forma que lo llevo dispuesto en el remanente de mis bienes y deudas infraescritas instituio y nombro por heredera mia a mi alma, para lo qual y pagar mis dichas obras pias y legado sobredicho, al presente entriego al dicho reverendo mosén Joseph Lozano vicario mi albacea y en presencia del Escrivano y testigos instrumentales: cinquenta una libra treze sueldos y nueve dineros, en oro, quarenta ocho libras y lo restante en plata, y dexo por bienes mios proprios y deudas que de deven los siguientes. Primeramente un cavallo pelo negro con todos sus adrezos, excepto la mantilla y botas que estas son del Rey mi señor. Yttem quatro pistolas de argon. Yttem un clarin con un cordon de seda con ilos de platya usado. Yttem una cassaca paño fino colorado usada. Yttem una casaquilla paño azul de Segobia fino, con parches de plata // botones de ilo de plata, y unos calzones de lo mesmo, con un parchecillo de plata a cada lado. Yttem dos camissas de ruan nuevas sin mojar, la una guarnecida con randa y la otra sin ella. Yttem unas medias azules de estambre nuevas. Yttem unas medias de estambre blancas usadas. Yttem un par de medias de lana de travesa azules usadas. Yttem tres pañuelos blancos delgados usados. Ytem una mantilla de paño azul con un galon de plata viejo. Yttem dos tapafundas de pistolas de paño azul, con un galon viejo; y ellas muy usadas. Ytem otro cordon para el clarin, de seda colorada con algunos ilos de plata, y otro cordon azul usados, Yttem una servilleta crecida de algodon usado. Yttem un jalain de ante para espadin. Yttem unos botines de lienzo ussados. Yttem unas medias de seda blancas usadas. Yttem un juboncillo. Yttem unas medias de seda blancas usadas. Yttem un juboncillo de cordellate blanco, y unos calzones de lo mesmo usados. Yttem una corbatilla delgada. Yttem un flasquillo pequeño para llevar polvora. Yttem dos sombreros uno con un galoncillo de oro, alrededor, y el otro llano, del Rey mi señor. Yttem una capa blanca y una almuaza para limpiar el cavallo usada. Yttem una grupera para la silla al cavallo usada. Yttem saquito con cossa de dos onzas polvora y quince bolas. Yttem una espada con su veridicu de coleto. Todos los quales bienes se allan y estan en mi poder de los que hago entrego a dicho Licenciado Joseph Lozano vicario mi albazea. Yttem diez y seis reales de a ocho, que me deve Don Antonio Victoria mi capitán del dicho Regimiento Nuevo de Granada, por seis meses de mi sueldo, y officio que cada un mes me pagava, seis reales de a ocho y haviendo // estado en la compañía, y servicio, asta el dia de hoy, quatro meses a dicha razon, son veinte y quatro pesos, de los quales, cobre ocho pessos en dos doblones, y se me restan debiendo dichos diez y seis. Yttem cinco doblones que me deve Don Juan de Miesses Capitan del Regimiento de Cavalleria de la Reyna mi señora, como consta en papel de su mano del que hago entrego a dicho licenciado Joseph Lozano mi
albacea. Yttem tres doblones que me debe don Antonio Tristan Capitan del Regimiento de su Magestad la Reyna mi señora consta con papel de su mano, del que hago entrego a dicha mi albacea. Yttem el drecho de pedir y recobrar de el albeytar, y herrero de la Compañia de Don Antonio Vitoria mi Capitan, del Regimiento Nuevo de Granada, una cuchara y tenedor de plata crecidos por a vérsemelos llevado, después que me quede enfermo en el presente lugar de Caudiel en cassa de mi dicho patron. Yttem el drecho de recobrar, de Bautista el trompeta del Regimiento de su Magestad la Reina una espada. Y quiero que todos los bienes míos arriva referidos por mi dicho albacea sean vendidos, y las deudas recobradas, y con su procedido, lo primero se pague la funeraria y todo mi entierro, y el gasto que yo hiciese durante mi enfermedad y con lo residuo se digan para mi alma, y en remission de mis pecados, tantas missas de réquiem rezadas, quantas decir se podran, con limosna de tres sueldos por cada una missa en esta forma: veinte missas en el convento de Jesús Nazareno Agustinos descalzos, construido extramuros del presente lugar de Caudiel por los religiosos de aquel, en la capilla de la Virgen Santissima de Niño Perdido; y todas las otras, que huviesse para decir; se digan y celebren en la yglesia parrochial del presente lugar // de Caudiel por los vicario y beneficiados de aquella residentes. Y quiero que los bienes arriba expresados que son de su Magestad el Rey mi Señor, se entreguen a uno de sus ministros, a aquel que fuere mas de razon dexandolo todo a la disposicion, y conciencia de mi dicho albacea por tener de aquel mucha feé, y confianza. Y esta es mi voluntad. Y revoco, y anullo otros qualesquier testamento y codilicios, que antes deste haga hecho por escrito, de palabra o en otra forma, para que no valgan ni hagan feé e salvo este que agora otorgo, que quiero , que valga por mi testamento y ultima voluntad, por la via y forma que mejor haya lugar de drecho. En cuio testimonio lo otorgo assi en el lugar de Caudiel en veinte y quatro días del mes de maio del año mil setecientos y nueve. Siendo presentes por testigos a todas las dichas cosas, Melchor Bravo, Juan Agustin, Roque Alegre, Joseph Bolos Menor, y Joseph Boix labradores del lugar de Caudiel, vecinos y habitadores y a ruegos de dicho Felipe El Breton testador, que no sabe firmar, firmaran por el dichos Melchor Bravo y Juan Agustin, de que y el escrivano doy feé. Melchor Bravo testigo, por el dicho parte Juan Agustin por el otorgante ante mi Vicente Juan Ximeno escrivano. E despues en veinte y cinco días del mes de junio año de mil setecientos y nueve a muchos días dffunto, Felipe El
Breton testador sobredicho, en la cassa de mi escrivano infraescrito; justante y requiriente el reverendo mosen Joseph Lozano vicario perpetuo de la Yglesia Parroquial del lugar de Caudiel albacea
testamentaria del dicho Felipe El Breton; por mi Vicente Juan y Ximeno escrivano infraescrito, fue leído y publicado desde la presente // linea asta la ultima inclusive; y respondo, que administra con gran gusto y buena voluntad el albazeazgo del ya diffunto dicho Felipe EL Breton testador sobredicho, del modo y forma expressado en dicho su testamento que procura poner en execucion sus obras pias y a maior onora y gloria de Dios Nuestro Señor, que fue echo esto en el presente lugar de Caudiel, en dicho dia veinte y cinco de junio del año mil setecientos y nueve; siendo testigos a todas las dichas cosas, Andres Alos Maior y Andres Alos Menor del lugar de Caudiel habitadores y el dicho reverendo dicho Joseph Lozano vicario y albazea se firmo; legendo el escrivano doy feé. Mosen Joseph Lozano presbitero y vicario. Ante mi Vicente Juan y Ximeno escrivano. Yo el dicho Vicente Juan y Ximeno escrivano, a todo lo sobredicho, fui y me alle presente y a su otorgamiento; saque este, concorda con el original y en feé de echo, conforme y signe, hoy dia veinte y seis de junio del año mil setecientos y nueve, en papel del sello tercero, de dicho año. E doy testimonio de verdad. Vicente Juan y Ximeno escribano [rubricado]
«Maestro de Rubielos» Revista Digital ISSN 2172-7570
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