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Semana 06, 2021
No. 218
acceso energía 5 A veces se
gana y a veces se pierde
7 Poder Judicial y Acuerdo de Eficiencia III
9 El largo camino 11 hacia la transición energética
Cambio de fondo
Cooperación y progreso
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Baterías: una visión para 2030 I
Editorial
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a iniciativa presentada por el Presidente Andrés Manuel López Obrador encaminada a fortalecer a CFE, ha causado mucha polémica e incertidumbre acerca de las consecuencias que podría implicar.
Para Ombudsman Energía México, el riesgo más preocupante para el sector energético en el 2021 es que cualquiera que sea la decisión del gobierno en el diseño de las políticas públicas o de la iniciativa privada en el desarrollo de proyectos en nuestro país, se siga caminando en un sector energético que no pone al usuario final, al consumidor, en el centro de la toma de decisiones. Es preocupante que el acceso a la energía no sea vislumbrado como un derecho humano, como lo es, y lo sostiene la ONU-ODS7, la AIE o SEforALL, que no se atiendan seriamente la inclusión social, la pobreza energética y el potencial de los prosumidores, que se excluya a la sociedad civil organizada de opinar técnicamente y proponer constructivamente, con respeto en nuestras diferencias. Los Editores
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acceso energía Lineamientos para publicar Acceso Energía es una revista plural y abierta a todas las voces, participan en ella expertos, estudiantes, académicos y practicantes del sector energético comparten sus conocimientos, opiniones y experiencias. La revista se publica de forma electrónica una vez a la semana, los martes, a partir de las 12 del día en redes sociales. Tú también puedes participar, envíanos tu propuesta de artículo, considerando los siguientes lineamientos: • Serán considerados únicamente textos inéditos que no estén siendo sometidos para su publicación simultáneamente en otro medio. • Sólo se aceptan textos redactados en español. • Los trabajos deberán tener un mínimo de 550 palabras y un máximo de 700. • Deberá ir acompañado de una breve semblanza que incluya formación, adscripción y experiencia e intereses, así como una fotografía del autor. Así como datos de contacto (email, twitter, linkedin, etc). • Podrá incluir referencias bibliográficas • El lenguaje debe ser ágil, claro y de fácil comprensión para el lector no especializado. • El contenido de los artículos es responsabilidad exclusiva de los autores. • El autor podrá acompañar su artículo con imágenes que ilustren su contenido, que deberán ser de alta calidad y estar libres de derechos de autor. • Todos los artículos se sujetarán a un proceso de revisión, antes de ser publicados. • El Comité Editorial podrá sugerir cambios antes de la publicación. Los temas que se podrán tratar son: sector de hidrocarburos, sector eléctrico, energías renovables, aspectos sociales y ambientales de la energía, economía de la energía, política energética, comercio internacional, eventos, noticias internacionales, mercados energéticos nacionales y globales, innovaciones tecnológicas, derechos de los consumidores energéticos y temas afines.
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Contenido 5 A veces se
7 Poder Judicial
gana y a veces se pierde
y Acuerdo de Eficiencia III
9 El largo camino hacia
la transición energética I
13 Cooperación y progreso
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una visión para Notas de interés 2030 I
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Estadísticas de Mercados
ACCESO ENERGÍA. Año 5, No.218, Febrero 2021, es una publicación semanal editada por Ombudsman Energía México, A.C., Av. Paseo de la Reforma No. 26 Piso 17 Col. Juárez, Cuauhtémoc. C.P. 06600 www. oem.org.mx, contacto@oem.org.mx. Editor responsable: Edgar Alvarado Domínguez. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo: 04-2187-021813510300-218 otorgado por el Instituto Nacional de Derecho de Autor, ISSN: 2594-2020. Responsable de la última actualización de este número Lourdes Violeta Ortega Navarrete. Diseño Claudia Bello Reyes. Fecha de última modificación de 10 de Febrero 2021. Las opiniones expresadas por los autores no necesariamente reflejan la postura de Ombudsman Energía México, A.C. Queda prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos e imágenes de la publicación sin previa autorización de Ombudsman Energía México, A.C. Acceso Energía 218
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acceso energía Informar · Defender · Incidir Para construir un sector energético con rostro humano para México oem.org.mx
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A veces se gana y a veces se pierde Faraday Enjaulado Especialista del sector eléctrico que vive encerrado en su jaula, anulando el efecto de rumores para presentar sus puntos de vista.
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ientras en el Congreso de la Unión se preparan para recibir y discutir la iniciativa con proyecto de Decreto para Reformar la Ley de la Industria Eléctrica, la Secretaría de Energía sufrió otro revés con el Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que en su Controversia Constitucional 89/2020 le da la Razón a la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) al considerar que la política de confiabilidad publicada en el DOF sin el debido proceso de impacto regulatorio el pasado 15 de mayo por la SENER, vulnera los principios de libre concurrencia y afecta la competencia en el Sector Eléctrico evitando que la COFECE realice las funciones que le están encomendadas en la Constitución y las Leyes secundarias que rigen su comportamiento. COFECE expone que la política de confiabilidad contraviene los artículos 28 y 49 de la Constitución Federal, ya que violenta los principios constitucionales de competencia económica y libre concurrencia en el mercado de generación de electricidad principalmente, y el de comercialización o suministro de energía, vulnerando al mismo tiempo la autonomía y esfera competencial de la COFECE lo cual afecta gravemente la regularidad del ejercicio de sus atribuciones, en que-
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branto del principio de división de poderes. Los elementos que la Segunda Sala considera en esta Controversia Constitucional se mantienen en la iniciativa de Reforma a la LIE que presentó el ejecutivo el pasado 01 de febrero ya que se trastoca el orden de despacho de las centrales eléctricas abandonando un criterio técnico y adoptando un criterio ideológico, este cambio de fondo a la Ley de la Industria Eléctrica vulnera los principios económicos que generan incentivos para la inversión en nuevas tecnologías menos contaminantes en pro del medio ambiente y en beneficio de la salud de los mexicanos. COFECE también menciona que en la LIE prevén que la generación y comercialización de energía eléctrica son servicios que se prestan en un régimen de libre competencia y además explica que la Red Nacional de Transmisión (RNT) y las Redes Generales de Distribución (RGD) son monopolios naturales por sus características intrínsecas, misma razón por la que se dejó como actividad reservada al Estado. Ligando con la idea anterior, para que haya libre competencia en generación y comercialización, los participantes deben tener acceso abierto y no indebidamente discriminatorio a la RNT y las RGD, el cambio en el orden de despacho vulnera este acceso abierto generando barreras a la competencia que favorecen a la Empresa Productiva del Estado.
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Este cambio de fondo a la LIE vulnera los principios económicos que generan incentivos para la inversión en nuevas tecnologías menos contaminantes en pro del medio ambiente” También queda de manifiesto que al ser actividades reservadas para el Estado, la Transmisión y la Distribución de electricidad –de manera que llegue a todos los mexicanos y además provea opciones modernas, sostenibles y en pro del medio ambiente– CFE Transmisión y CFE Distribución deben realizar los trabajos de reforzamiento y modernización necesarios para permitir la adopción de mayores porcentajes de energías limpias en el mix de generación al igual que en muchos otros países. Así mismo las condiciones de la Política de Confiabilidad, que ha quedado suspendida de manera definitiva, mismos que pueden detonar conflictos internacionales al vulnerar diferentes capítulos del T-MEC y del TPP, además de afectar las metas de cumplimiento para los compromisos adquiridos en la COP-21, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y los objetivos sobre el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 7, se trasladan a la propuesta de Reforma a la LIE por lo que los riesgos de vulnerar los tratados sigue en pie. El Mercado Eléctrico Mayorista es un mecanismo complejo en el que se intercambian diferentes tipos de bienes, así mismo incluye diferentes mercados internos con diferentes plazos. La política sus-
pendida atenta contra la competencia en el Mercado de Energía de Corto Plazo, Mediano Plazo y Largo Plazo, contra el Mercado de Certificados de Energía Limpia y el Mercado de Balance de Potencia. Asimismo afecta las diferentes inversiones realizadas en el sector que siguiendo los incentivos económicos de la regulación vigente, instalaron mejores tecnologías con menores costos con la intención de ser despachados y recuperar su inversión, el cambio en el orden de despacho destruye este mecanismo que pone en riesgo los proyectos ya instalados y operando o que están por iniciar su operación. Estas características se trasladaron a la propuesta de reforma de la LIE, que tomando en cuenta que ya se suspendió una vez cuando fue Acuerdo por el CENACE, una vez más al ser Política Energética publicada por SENER, mantiene los elementos para que se revise muy seriamente en el Congreso de la Unión y evitar los costos altísimos en inversión perdida, costos elevados de generación eléctrica y los costos ambientales para México. Como siempre queremos saber tu opinión, escríbenos a nuestras redes sociales, estamos en contacto. Febrero 2021
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Poder Judicial y Acuerdo de Eficiencia III Calidad, Confiabilidad, Continuidad y Seguridad del Sistema Eléctrico Nacional CENACE. Comentarios a una sentencia.
Sergio R. Márquez Rábago smarquezr@derecho.unam.mx Doctor en Derecho por la UNAM, especialista en Poder Judicial Federal por el Instituto de la Judicatura Federal, miembro de la 1a Generación de la Especialidad en Derecho Energético de la UNAM. Académico de la Facultad de Derecho de la UNAM.
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or qué no se violenta el Principio de Relatividad de las Sentencias, según el juez: “…sin que ello necesariamente contravenga el principio de relatividad de las sentencias que se establece en el artículo 107, fracción II, de la Constitución General, ya que, como la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación lo ha reconocido, éste admite ciertas modulaciones. En el caso, si se considera que tanto los derechos a la libre concurrencia y competencia, en su dimensión individual y colectiva, como el principio de relatividad de las sentencias, están expresamente reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, su interacción debe ser armónica, por lo que la relatividad de las sentencias no puede constituir un obstáculo para la salvaguarda efectiva de aquellos derechos”. En apoyo a su resolución citó precedente de la Primera Sala del Máximo Tribunal, en el que por proteger el medio ambiente sano realizó una excepción al principio Acceso Energía 218
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de relatividad de la sentencia: “La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo en revisión 307/2016, en sesión de catorce de noviembre de dos mil dieciocho, determinó, por unanimidad de cinco votos, que tratándose del juicio de amparo en materia ambiental, era necesario reinterpretar el principio de relatividad de la sentencias con el objeto de dotarlo de un contenido que permitiera la tutela efectiva del derecho a un medio ambiente sano a partir del reconocimiento de su naturaleza colectiva y difusa. reclamado se deje de aplicar únicamente a las quejosas, se estima que el principio de relatividad de las sentencias debe modularse en el caso concreto, para que todos los participantes del mercado puedan beneficiarse de la insubsistencia de dicho Acuerdo y cumplir con el objetivo último de la Constitución, esto es, permitir una mayor participación de agentes económicos a efecto de lograr el desarrollo eficiente y competitivo de los mercados, en beneficio de los usuarios finales y de la población en general. Máxime que, a juicio de este juzgador, el principio de relatividad de las sentencias no podría justificar en modo alguno que los actos reclamados, por ese solo hecho, escapen a un análisis de regularidad constitucional, ya que con ello se contravendría el derecho de acceso a la jurisdicción que reconocen el artículo 17 constitucional y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos. En ese sentido, a fin de preservar dichos principios, se hace hincapié en que los efectos de esta sentencia comprenden no solamente a las quejosas, sino a todos los participantes del mercado eléctrico mayorista que le resulten aplicables las disposiciones contenidas en el Acuerdo reclamado”. Es por ello que decidió conceder la
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Tratándose del juicio de amparo en materia ambiental, era necesario reinterpretar el principio de relatividad de la sentencias” protección constitucional “para que se deje insubsistente el Acuerdo para garantizar la eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional, con motivo del reconocimiento de la epidemia de enfermedad por el virus SARSCoV2 (COVID-19), de veintinueve de abril de dos mil veinte; así como su Anexo único”. Rompimiento del Principio de Relatividad de la sentencia El juez operó como innovador en el primer nivel de la jerarquía jurisdiccional federal, puesto que la Suprema Corte a través de su Primera Sala lo había realizado antes para proteger la materia de medio ambiente sano, el camino que tomó parece inadecuado por diversas razones: 1º La Suprema Corte de Justicia de la Nación es la instancia máxima de interpretación constitucional y no los jueces de Distrito que realizan una importante función en la administración de justicia, pero no se les permite realizar decisiones de importancia y trascendencia que impliquen alteraciones al debido proceso de nuestro juicio de garantías. De hecho en los asuntos de su competencia, cuando se debe interpretar un artículo constitucional, nunca lo hace un ministro aislado, se espera a que el asunto llegue a pleno para la conciliación argumentativa del tribunal. 2º. Diversa naturaleza y alcance del acto
reclamado.- Ya que la Primera Sala produjo su resolución en materia de medio ambiente sano y buscaba proteger al público en general y la biodiversidad que viviera en esos espacios naturaleza colectiva y difusa, y no el espacio específico de la industria eléctrica, que carece de tal carácter. 3º. El juez de Distrito se convierte en un legislador puesto que desaplica una disposición constitucional, por una interpretación armónica, que deja sin efecto una parte específica del proceso del juicio de amparo, lo que resulta inadecuado y peligroso puesto que otros jueces de su nivel podrían tener el mismo impulso de destacarse por ese medio en la judicatura, y resultarían verdaderos “alfareros constitucionales” como señalaba Jefferson, que dan a la Consitución la forma que deseen. 4º. El piso disparejo entre los participantes del mercado resulta inexistente, ya que si este existe lo produce la propia sentencia ya que da efectos a la sentencia a personas jurídicas que no participaron del proceso y tuvieron oportunidad legal de hacerlo, como las dos empresas promotoras del juicio; quienes no interpusieron el juicio de amparo consintieron implícitamente el acto. El punto resulta de tanta relevancia que el camino adecuado a seguir sería que en la revisión del amparo concedido se ejerciera la Facultad de Atracción, a solicitud de la propia Suprema Corte, o del Tribunal Colegiado que corresponda en turno, para que establezca su criterio en la materia. 3/3 Febrero 2021
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El largo camino hacia la transición energética I
Ana Laura Barrón analaura.barron@ethos.org.mx Especialista en Derecho Financiero por la UNAM. Investigadora en Ethos Laboratorio de Políticas Públicas.
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l ‘estado de la materia’ La palabra transición hace referencia a la “Acción y efecto de pasar de un modo de ser o estar a otro distinto” y en una segunda acepción, al “paso más o menos rápido de una prueba, idea o materia a otra, en discursos o escritos” (RAE, 2020). Ambas definiciones aluden a elementos como la rapidez y el cambio de estado de una materia determinada. El sector energético no es la excepción. La transición energética significa pasar del actual modelo de una economía basada en el uso de hidrocarburos a un modelo que priorice y privilegie el uso de las energías provenientes de fuentes renovables en el corto plazo, y la manera de hacer que este modelo sea sostenible en el largo plazo, tanto en el discurso como en la práctica. De tal modo que, puede decirse que la transición energética es una forma de ser, una forma de vivir y de afrontar las necesidades públicas. En pocas palabras, necesitamos una política pública de transición energética. La transición energética importa en cuanto al alcance de las metas establecidas en el Acuerdo de París de lograr una reducción del 50% de las emisiones de gases de efecto invernadero hacia 2050. Los países que suscriben este acuerdo se han comprometido a implementar las acciones necesarias para lograr una transición efecAcceso Energía 218
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tiva hacia el uso de energías renovables y la descarbonización de sus economías en general. Esto puede lograrse a través de la aceleración en el incremento de las energías limpias en la matriz energética de los países. A nivel internacional, la transición energética ha avanzado a distintas velocidades, con países como Costa Rica, en donde desde hace cuatro años el 98% de la generación eléctrica procede de fuentes renovables; Uruguay, que ha sido reconocido por su sólido marco institucional, un andamiaje legal y regulatorio que favorecen la transición energética, a través de un modelo de negocio para el sector energético basado en alianzas público privadas. En México, la Ley de Transición Energética estableció desde 2015 como meta una participación mínima de energías limpias en la generación de energía eléctrica del 25 por ciento para el año 2018, del 30 por ciento para 2021 y del 35 por ciento para 2024. Sin embargo, en la carrera hacia la transición energética hemos quedado lejos de la meta. De acuerdo con datos de SENER, el porcentaje de energías renovables en la matriz energética nacional fue del 20.67% en 2020, por lo cual urge actuar si queremos alcanzar el objetivo hacia 2024, como lo ha señalado el gobierno de México.
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La transición energética es ‘Ley’ La Ley de la materia, en conjunto con los programas sectoriales (PROSENER, PRODESEN, PRONASE) y las estrategias del sector público (Estrategia de Transición para Promover el Uso de Tecnologías y Combustibles más Limpios, en términos de la Ley de Transición Energética) son una pieza fundamental para promover e impulsar las acciones que conlleven a un uso más eficiente de la energía y a procesos de producción limpios y renovables. Atendiendo al objeto de la Ley de Transición energética que es el de regular el aprovechamiento sustentable de la energía así como las obligaciones en materia de Energías Limpias y de reducción de emisiones contaminantes de la Industria Eléctrica, manteniendo la competitividad de los sectores productivos. La LTE ha establecido una serie de previsiones para el cumplimiento del mismo, entre las cuales se destacan: prever el incremento gradual de la participación de las energías limpias en la industria eléctrica, reducir, bajo condiciones de viabilidad económica, la generación de emisiones contaminantes en la generación de energía eléctrica; incorporar las externalidades en la evaluación de los costos
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En las últimas semanas han ocurrido tres eventos de vital importancia para el desarrollo del sector y el avance de la transición energética”
asociados a la operación y expansión de la industria eléctrica, incluidos aquellos sobre la salud y el medio ambiente, promover el aprovechamiento sustentable de la energía en el consumo final y los procesos de transformación de la energía, a reserva de no mencionar otras no menos importantes. En medio de la vertiginosa dinámica del sector energético entre las decisiones de política y las exigencias de la industria, en las últimas semanas han ocurrido tres eventos de vital importancia para el desarrollo del sector y el avance de la transición energética: la publicación del Programa de Desarrollo del Sector Eléctrico Nacional (PRODESEN) 2020-2024, la iniciativa de reforma a la Ley de la Industria Eléctrica presentada por el presidente Andrés Manuel López Obrador y la emisión del fallo de la corte sobre la controversia constitucional presentada contra la política de confiabilidad de SENER. 1/3 Febrero 2021
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Eduardo Meza Medina eduardomeza_unam@hotmail.com Ingeniero eléctrico electrónico por la UNAM. Consultor e investigador energético y docente de la Facultad de Ingeniería. Sus líneas de especialidad son energías renovables, sostenibilidad y gestión hídrica.
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l futuro de la cooperación entre México y Estados Unidos se había puesto en duda por la crispación con la que se habían desarrollado las relaciones bilaterales, sin embargo, dicha cooperación será posible a través del rubro energético, ambiental y de desarrollo social. La turbulencia que causó la incertidumbre de las elecciones en Estados Unidos sin duda mantuvo a más de uno a la expectativa. Estamos ante un escenario en el que se ha estado pocas veces: la no reelección del presidente en turno. La administración de Trump llevó hasta los ánimos álgidos a partidarios y detractores; políticas proteccionistas y centradas en los beneficios a las empresas. El componente migratorio fue de gran importancia, si no es que podríamos decir que fue lo único que le interesaba y atañía a la administración Trump. A esto el gobierno mexicano accedió, pues vio la veta de oportunidad de llevar la política energética como mejor le pareciera, lo cual fue regenerar y fortalecer las empresas productivas energéticas del estado y tratar de acercarse a la autosuficiencia energética.
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La toma de posesión de Biden denota que las reglas del juego han cambiado. Si bien el componente migratorio seguirá tras bambalinas no será la mayor preocupación con la que se llevará la administración del país durante los próximos cuatro años. La administración hará todo lo posible por diferenciarse de su antecesora dando un giro de 180° y eso lo hemos visto desde el primer día del nuevo presidente al frente de la Casa Blanca: Ha decidido regresar a la OMS y al acuerdo de París. Los estandartes principales serán la parte ambiental y energética, tratar de mitigar la pandemia lo más rápido posible y tratar de recuperar el liderazgo de la región. La gran pregunta ante este panorama es: ¿Podrá haber una cooperación entre países que sea satisfactoria para ambos gobiernos? Se podría decir que la presión de Estados Unidos sobre el gobierno mexicano para abrir de nuevo el mercado energético será constante y hasta astringente. Exigiendo las condiciones que anteriormente se habían dado a sus inversiones, si puede ser una posibilidad, los vientos parecieran cambiar y para alcanzar objetivos comunes y particulares, deberá haber colaboración mediante la suma de voluntades. En el rubro ambiental ha habido varias acciones relevantes que siguen la
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línea, como lo son la cancelación del oleoducto entre Estados Unidos y Canadá (proyecto Keystone), ante lo cual el mismo Trudeau salió a defenderlo; y el cese del plan petrolero que se tenía en el Refugio Nacional de vida Silvestre del Ártico. Una arista de convergencia podría ser el proyecto Mesoamérica; pues es de donde más se puede sacar provecho para conciliar intereses y objetivos cubriendo con las necesidades de desarrollo en la región Centroamericana para la mitigación de la migración debido a la precariedad en las condiciones de vida. Dicho proyecto tiene directrices específicas en la parte económica, como el transporte y seguridad energética y la parte social, como vivienda, seguridad alimentaria, salud y medio ambiente. El gobierno estadounidense ya se ha pronunciado y ha dicho que apoyará con 4 mil millones de dólares para el desarrollo de la región. El eje energético de la iniciativa Mesoamérica, está enfocado en el uso racional y eficiente de la energía, la interconexión eléctrica de las naciones que son parte del proyecto, y la creación de fuentes de energía renovable para la región, de los ejemplos más importantes son los proyectos de energía geotérmica que se están llevando a cabo en el Salvador. Visto desde esta perspectiva ambos
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La gran pregunta ante este panorama es: ¿Podrá haber una cooperación entre países que sea satisfactoria para ambos gobiernos?”
gobiernos tienen una cooperación que podría ser fructífera y satisfactoria para ambos, sin embargo, se deberá vigilar de cerca y fortalecer a las instituciones que reciben los apoyos e implementan los planes trazados para asegurar que se ejecuten de manera eficiente y evitar que los recursos se utilicen de manera negligente. Cabe agregar que si bien, la seguridad energética es un ámbito medular para para el crecimiento económico también lo es la soberanía, en este caso para ambas administraciones, de tal suerte que encontrar el punto medio será fundamental; también es importante mencionar que dadas las condiciones apremiantes del manejo de la pandemia, vacunación masiva y recuperación de las economías de Estados Unidos y México se puede retrasar los planes para dicha cooperación energética y ambiental al menos en el corto plazo. Febrero 2021
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Carlos López Serrano lopezc022182@hotmail.com Químico Farmacéutico por la UAM, Maestro en Bussines Administrativo por la Universidad de las Américas .
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o sería prudente asumir que las baterías de iones de litio “convencionales” se están acercando al final de su era, por lo que discutimos las estrategias actuales para mejorar los sistemas de generación actual y próxima, donde se necesitará un enfoque holístico para desbloquear una mayor densidad de energía y al mismo tiempo mantener vida y seguridad. Terminamos revisando brevemente las áreas donde se necesitarán avances científicos fundamentales para habilitar nuevos y revolucionarios sistemas de baterías. Las baterías de iones de litio (LIB), si bien se desarrollaron comercialmente por primera vez para dispositivos electrónicos portátiles, ahora son omnipresentes en la vida diaria, en aplicaciones cada vez más diversas que incluyen automóviles eléctricos, herramientas eléctricas, dispositivos médicos, relojes inteligentes, drones, satélites y almacenamiento a gran escala. A medida que se multiplica el uso de la batería, también lo hacen los requisitos específicos, con una creciente divergencia de diseños y tamaños de baterías para adaptarse a cada uso específico. Un desafío urgente, especialmente durante la próxima década, es desarrollar baterías que contribuyan de manera significativa a reducir y eventualmente eliminar las emisiones de carbono para 2050, en algunos países, incluido el Reino Unido, con el fin de mitigar el calentamiento global. Las LIB actuales son aptas para la regulación de frecuencia, Acceso Energía 218
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el almacenamiento a corto plazo y las aplicaciones de micro-redes, pero los gastos y, en el futuro, los problemas de recursos minerales, todavía impiden su difusión en la red. Hay muchas alternativas sin ganadores claros o caminos favorecidos hacia el objetivo final de desarrollar una batería para uso generalizado en la red. Las LIB actuales están altamente optimizadas y operan durante meses o años, y se espera que algunas funcionen durante décadas. Este es un logro considerable, dado que muchos de los materiales operan fuera de sus ventanas de estabilidad termodinámica, la batería sobrevive formando una capa de pasivación, o interfase de electrolitos sólidos (SEI), evitando una mayor degradación de los electrolitos. En el lado del cátodo, la corrosión del colector de corriente de Al es mitigada por la descomposición de las sales de electrolitos, de nuevo, produciendo una capa de pasivación estable. Si bien algunos avances fueron fortuitos, la mayoría fueron el resultado de esfuerzos de investigación extensos y globales, lo que condujo a un sistema altamente optimizado que se ajustaba a muchos propósitos. En consecuencia, nuestros sistemas comerciales actuales contienen materiales que operan con densidades de energía que operan cada vez más cerca de sus límites fundamentales, es decir, una mayor remoción de litio del cátodo da como resultado transformaciones estructurales irreversibles o pérdida de oxígeno, mientras que en el ánodo no quedan vacantes en la red.
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Las Baterías de Iones de Litio actuales están altamente optimizadas y operan durante meses o años, y se espera que algunas funcionen durante décadas”
Acomodar más iones de Li. Los separadores y colectores de corriente se están volviendo más delgados y las baterías se están impulsando a voltajes más altos a través de revestimientos de superficie, aditivos de electrolitos y optimización de la morfología. No sería prudente asumir que las LIB “convencionales” se acercan al final de su era; muchos enfoques de ingeniería y química todavía están disponibles para mejorar su desempeño. Si bien gran parte de la investigación se centra en realizar mejoras en componentes individuales, se necesitará un enfoque holístico para desbloquear una mayor densidad de energía y al mismo tiempo mantener la vida útil y la seguridad. Los recursos también son críticos con aumentos masivos en la producción. El cambio a materiales ricos en Niquel (Ni) en vehículos eléctricos (abordando las preocupaciones de minería de Cobalto) significa que los recursos de Ni también se vuelven críticos. Optimización de las químicas comerciales actuales y relacionadas Esta es un área con un enorme esfuerzo de investigación aplicada y fundamental global en curso. Un fuerte enfoque es mitigar la degradación, aumentar la longevidad (e indirectamente el costo) y porque la degradación se vuelve más severa a medida que aumentan los voltajes y, por ejemplo, se agregan más Ni y Si al cátodo y ánodo, respectivamente. También se espera que el aprendizaje de estos estudios pueda generalizarse y aplicarse a la próxima generación de químicas de baterías.
Cátodos A medida que estos materiales de electrodos positivos son empujados a voltajes y contenidos de níquel cada vez más altos, el aumento de las tasas de oxidación de electrolitos y el crecimiento de la capa superficial de sal de roca (RSL) se vuelven cada vez más problemáticos para mantener la vida útil práctica de las celdas, la formación de RSL generalmente conduce a un aumento de impedancia . Se ha propuesto que la formación de RSL y la pérdida concomitante de oxígeno son el principal impulsor de la oxidación de electrolitos a altos voltajes, en lugar de las corrientes faradaicas, que afectan a los materiales desde LiNiO2 hasta LCO. Sin embargo, quedan muchas preguntas fundamentales. ¿Qué factores químicos determinan la tasa de difusión de oxígeno y el crecimiento de RSL? ¿Se oxidan los componentes del electrolito en la superficie del electrodo o en la solución? El desarrollo de modelos micromecánicos detallados guiará la optimización de la morfología de las partículas (tamaño y forma) para diversos materiales y aplicaciones. Sin embargo, todos estos posibles avances dependen de la capacidad del campo para conectar conceptos fundamentales con el complejo comportamiento multiproceso de los LIB modernos y, en última instancia, demostrar que esto conduce a una vida útil más larga. Para ello, se requiere una mayor comprensión fundamental, obtenida a través de cuidadosos estudios experimentales y teóricos. 1/2 Febrero 2021
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Notas y Regulación
Notas de interés 08/Febrero/2021 Cofece estima faltante de 12 millones de Certificados de Energía Limpia El Financiero En el en 2024, México incumplirá la meta de alcanzar el 35% de su generación de energía con tecnología limpia, estimó la Comisión Federal de Competencia Económica. 09/Febrero/2021 Carso, de Slim, además de Ford y Alfa, entre las afectadas con la reforma eléctrica de AMLO El Financiero La Ley Eléctrica revocaría permisos de empresas y encarecería el servicio. En riesgo, 26 mil 735 mdd de inversión de las empresas en autoabastecimiento.
06/Febrero/2021 Arturo Herrera: México recauda poco y lo sustituimos cargándole la mano a Pemex Milenio El secretario de Hacienda dijo que se busca “desapalancar” a la petrolera para “apuntalarla” a un perfil de deuda
08/Febrero/2021 Publica Cofece versión preliminar sobre competencia en energías limpias La Jornada La Comisión hizo el llamado para que los involucrados en el tema manden sus comentarios y elaborar una versión final de documento.
05/Febrero/2021 Puebla, con “estrategia renovada” contra huachicol, robo a camión y robo a tren Milenio Recrimina gobernador Miguel Barbosa a Pemex y Profeco por falta de cooperación para inhibir venta de combustible
09/Febrero/2021 Iniciativa de reforma al sector eléctrico debe seguir sin cambios: AMLO La Jornada Los empresarios inconformes puede interponer amparos, pero el gobierno los combatirá jurídicamente, dijo el Presidente.
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Regulación Diario Oficial de la Federación 09/Febrero/2021
CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGIA
Aviso por el que se dan a conocer las Tarifas de Operación del Centro Nacional de Control de Energía, para el periodo que comprende del 1 de enero al 31 de diciembre de 2021, o hasta en tanto se expidan las disposiciones administrativas de carácter general a que se refieren los artículos 138, de la Ley de la Industria Eléctrica y 47, del Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica; o se actualicen las tarifas reguladas. 09/Febrero/2021 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Acuerdo por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica. Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, correspondientes al periodo que se especifica. Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con Guatemala, correspondientes al periodo que se especifica.
09/Febrero/2021 COMISION NACIONAL DE HIDROCARBUROS
Acuerdo CNH.E.60.006/2020 por el que se emiten los Lineamientos de Supervisión. 04/Febrero/2021 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD Acuerdo por el que se establecen los días inhábiles para la tramitación de los recursos de reconsideración ante la Instancia Colegiada a que hace referencia el artículo 83, fracción I, de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad. Modificaciones al Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Electricidad.
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Referencias Baterías: una visión para 2030 I Gray P Clare et all. (Dic 2020). Prospects for lithium-ion batteries and beyond—a 2030 vision. Nature communications
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