Atasco 2010-11

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EDITA: CGT-CAT

NOVIEMBRE 2010

EL Mテ々IMO RESPONSABLE DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO... Y SU OBRA


¡TRÁGALA! O EL DISCURSO DE LA IMPOSICIÓN

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Hace tiempo que venimos manifestando nuestra desaprobación por la deriva que han tomado las reuniones con la Dirección. Su celebración fue acordada en el documento que puso fin a la huelga del 2006 firmado entre las organizaciones sindicales (CCOO y CGT-CAT) y la Dirección General de Tráfico como marco de encuentro y diálogo. Desde que Adrià Puigpelat es Jefe Provincial, estos encuentros se han convertido en un mero formalismo en el que la Dirección se limita, en el mejor de los casos, a comunicar a los representantes de los trabajadores las decisiones que se van a tomar y, con lamentable frecuencia, las medidas que ya han acordado aplicar de manera unilateral. Acostumbrados, sin embargo, a un monólogo del poder, la Jefatura convirtió la reunión del pasado 14 de octubre en un enfrentamiento con CGT y, más concretamente, con su portavoz, lo que debería haber sido un dialogo pacifico y sosegado.

PRIVILEGIOS VS AUSTERIDAD Ante la pregunta de la CGT acerca del número de viviendas existentes y los criterios para su adjudicación, la Jefatura explica que son ocupadas por el Jefe Provincial de Tráfico de Barcelona y la Jefa Local de Sabadell en su condición de viviendas oficiales y como retribución en especie. Interrogados por la Dirección acerca del interés que la CGT manifiesta sobre esta cuestión, respondemos que obedece a las preguntas que los trabajadores nos hacen y que la propuesta de esta organización pasa por convertir éstas en residencia para los funcionarios desplazados. No nos parece ético que trabajadores cuyo salario apenas supera los mil euros se vean privados de unos beneficios que sí se les conceden a quienes perciben unas retribuciones considerablemente más sustanciosas, incluyendo reformas en las viviendas por valor de decenas de miles de euros.


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LEY SECA VS ALCOHOLISMO

La prohibición del consumo de alcohol en la Jefatura de Tráfico de Barcelona fue otro de los motivos de enfrentamiento. Resulta incomprensible e incongruente empeñarse en prohibir el consumo mientras se niegan a incluir esta enfermedad socio-laboral en el programa de prevención de riesgos laborales, tal y como proponemos. Desde CGT, exigimos a la Dirección que nos explique por qué ha decidido ir más allá de la instrucción dictada por la Secretaría General (donde sólo se prohibía la venta, distribución y comercialización de bebidas de más de 1º de alcohol) y negamos su competencia para tal prohibición.

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CALENDARIO LABORAL: LA LEY DEL EMBUDO

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Respecto al calendario laboral, la Jefatura plantea que a comienzos del 2011, se elaborará un calendario sobre puentes y vacaciones y propone los siguientes criterios: la petición, tanto de vacaciones como puentes, se hará 2 meses antes, siendo el plazo de solicitud de 15 días para las vacaciones y de 1 semana para los puentes y, en igual plazo, se efectuará la resolución de las peticiones. La Dirección plantea la concesión al 50% del personal de cada negociado como criterio general, aunque se reserva la posibilidad de reducir dicho porcentaje en función del número de bajas o de la especificación del puesto, potestad a la que la CGT se opone, argumentando que dicho el 50% ha de ser siempre sobre la plantilla presente, descontando bajas. Así mismo, solicitamos que se tengan en cuenta las peticiones realizadas fuera de plazo y su concesión siempre que no se haya alcanzado el porcentaje del 50%, que se le dé a la Semana Blanca el mismo tratamiento que a los demás puentes, así como a los días anteriores y posteriores a los viernes y lunes festivos, y que en los puentes y periodos de vacaciones no haya atención al público por la tarde. Una vez más, solicitamos a la Jefatura que nos indique cuáles son los criterios que se aplicarán para la denegación, a lo que se nos responde que se recurrirá a la presencia efectiva. Interrogados acerca de qué se entenderá por presencia efectiva, la Jefatura se remite a una instrucción de productividad derogada (¿?). Por lo que afecta al horario de los examinadores, desde la CGT pedimos explicaciones a la Dirección acerca de su decisión, adoptada unilateralmente, de no aplicar a este colectivo el acuerdo alcanzado con las organizaciones sindicales respecto al horario de la semana de la Mercè. La Jefatura se defiende argumentando que lo habían decidido así debido al elevado número de examinadores que se quedaban en las oficinas y que, por tanto, ya no cobraban los 5€..


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CALENDARIO LABORAL: LA LEY DEL EMBUDO

Ante nuestra petición de exigir una adecuación entre la jornada laboral de los funcionarios y los horarios de apertura y cierre, proponemos la modificación de los horarios de cierre los viernes a las 13,30 horas, y por la tarde a las 16,30 horas; la Jefatura se escuda en su falta de competencia para modificar el calendario laboral, argumento que no deja de sorprendernos, habida cuenta de que no ha tenido inconveniente en modificar a su antojo el horario de la Mercè (tal y como explicábamos anteriormente), en permitir una jornada de seis horas y media para aquellos examinadores que salen desde la Jefatura (estando sujetos al control horario mediante ficha en lugar de la hoja de firmas con la que se hace el control horario a los que salen desde Rector Triadó) o en consentir que, mientras la Jefatura de Barcelona ha de abrir cuatro tardes a la semana, Sabadell sólo lo hace los jueves. Para CGT, resulta incompresible que los trabajadores puedan entrar a las 09:00 horas, mientras que el horario de atención al público comienza a las 08:45; y demencial que, mientras la jornada del personal del turno de tarde finaliza a las 17:00 horas, en ese mismo instante un ciudadano pueda entrar por la puerta para ser atendido; irracional que, durante todo el verano, los compañeros de información o caja hayan tenido que soportar las quejas y agresiones verbales de los ciudadanos que no entendían que fuese imposible finalizar un trámite porque ya no podían abonar la tasa. Pero lo verdaderamente intolerable es que la Dirección niegue la existencia de estos problemas y eluda sus responsabilidades invocando una rigidez del calendario laboral que, sin embargo, no tiene ningún inconveniente en modificar cuando sus intereses así lo requieren y, sin ningún pudor, acusar a la CGT de faltarle al respeto si le recrimina un comportamiento tan arbitrario.

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ATASCO FORMACIÓN: UNA RELACIÓN ASIMÉTRICA Por lo que respecta a los cursos de formación, la Jefatura sigue sin adquirir el compromiso firme de permitir que se pueda compensar el tiempo invertido en los mismos fuera del horario flexible. En cualquier caso, desde CGT insistimos en la obligación de considerar todo el tiempo de formación como tiempo de trabajo, puesto que así está establecido legalmente y no podemos comprender que, en los Planes de Formación del Organismo (elaborados conjuntamente por la Dirección General de Tráfico y las Organizaciones Sindicales presentes en la mesa de negociación), se establezca una oferta formativa cuya convocatoria sólo permite compensar el 50% de las horas invertidas en realizar los cursos y únicamente en horario flexible. De hecho, nos gustaría saber por qué, cuando estas mismas organizaciones sindicales ofrecen cursos en horario laboral la Dirección no opone ningún impedimento a compensar la duración total de los mismos.

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ATASCO ... Y MI PALABRA ES LA LEY Finalmente, se interrogó a la Dirección acerca de la cobertura de determinadas vacantes, a lo que se nos respondió que se reservaban el derecho a designar libremente a los funcionarios que ocuparían determinados puestos que ellos considerasen estratégicos (léase, pondremos a quien nos dé la gana). Con idéntica arrogancia se contestó a la pregunta del representante de UGT acerca de la consecuencia de no obtener, en concurso, la plaza que determinadas personas ocupan en adscripción provisional, llegando a manifestar que, si fuese necesario, se crearía un puesto para ellos. Obviamente, tan arbitraria conducta estaría condicionada a ser de su agrado, pues, en caso contrario, tal y como determina la ley, el funcionario queda a disposición del Subdelegado del Gobierno. (R.D.364/1995 art. 63 y 72). El punto final del orden del día debió haber sido el de la información acerca de las obras que está previsto realizar. El Jefe Provincial desconocía que dicho punto había sido incluido por la propia Jefatura y, al comunicarle que el Secretario General le remite los protocolos de actuación en materia de seguridad y salud laboral, para su conocimiento, por su condición de máximo responsable en esta materia, reaccionó de forma desaforada advirtiendo: “¡no me señales con el dedo!” y “¡ASÍ NUNCA TENDRÁS NADA DE MÍ!”. Acto seguido, se levantó y abandonó la reunión. Creemos que estas palabras, pronunciadas contra el portavoz de CGT, han de considerarse como dirigidas no solo a la Confederación General del Trabajo (CGT), sino a todos aquellos que no rindan pleitesía a la Dirección, independientemente de que lo que se pida sea justo y razonable o no.

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ATASCO CALENDARIO LABORAL 2011 BARCELONA ENERO Mi Ju Vi Sa 1 3 4 5 6 7 8 10 11 12 13 14 15 17 18 19 20 21 22 24 25 26 27 28 29 31 ABRIL Lu M Mi Ju Vi Sa 1 2 4 5 6 7 8 9 11 12 13 14 15 16 18 19 20 21 22 23 25 26 27 28 29 30 Lu M

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FEBRERO Lu M Mi Ju Vi Sa 1 2 3 4 5 7 8 9 10 11 12 14 15 16 17 18 19 21 22 23 24 25 26 28

MAYO D Lu M Mi Ju Vi 3 10 2 3 4 5 6 17 9 10 11 12 13 24 16 17 18 19 20 23 24 25 26 27 30 31

JULIO Lu M

D 3 10 17 24 31

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Sa 1 3 4 5 6 7 8 10 11 12 13 14 15 17 18 19 20 21 22 24 25 26 27 28 29 31

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7 14 21 28

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JUNIO Mi Ju Vi 1 2 3 6 7 8 9 10 13 14 15 16 17 20 21 22 23 24 27 28 29 30

Sa 4 11 18 25

D 5 12 19 26

Sa D 1 7 8 14 15 21 22 28 29

AGOSTO Sa 2 9 16 23 30

4 5 11 12 18 19 25 26

Mi Ju Vi 1 6 7 8 13 14 15 20 21 22 27 28 29 OCTUBRE Mi Ju Vi

MARZO D Lu M Mi Ju Vi 6 1 2 3 4 13 7 8 9 10 11 20 14 15 16 17 18 27 21 22 23 24 25 28 29 30 31

M Mi Ju Vi Sa 2 3 4 5 6 9 10 11 12 13 16 17 18 19 20 23 24 25 26 27 30 31 NOVIEMBRE M Mi Ju Vi Sa 1 2 3 4 5 8 9 10 11 12 15 16 17 18 19 22 23 24 25 26 29 30

Lu M

SEPTIEMBRE D Lu M Mi Ju Vi Sa 7 1 2 3 14 5 6 7 8 9 10 21 12 13 14 15 16 17 28 19 20 21 22 23 24 26 27 28 29 30 DICIEMBRE D Lu M Mi Ju Vi Sa 6 1 2 3 13 5 6 7 8 9 10 20 12 13 14 15 16 17 27 19 20 21 22 23 24 26 27 28 29 30 31

D 4 11 18 25

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Festivo en Catalunya según Ordre TRE/309/2010 de 11 de mayo Festivo en Barcelona (14 de febrero ha de ser cambiado por otro día a determinar) Periodo de vacaciones anuales Puentes según la Jefatura 8

Semana blanca en Barcelona


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